Facul ad de Ciencias Económicas y Emp esa iales
Depa amen o de Análisis Económico y Economía Polí ica
G ado en De echo
T abajo Fin de G ado
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
Au o : C is ian Ga cía Ri e o
Tu o : Don Manuel Fe nández Luna
25/06/2018
Fdo.:
C is ian Ga cía Ri e o
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
TRABAJO DE FIN DE
GRADO
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del
Pac o de Toledo
Facul ad de Ciencias Económicas y Emp esa iales
Depa amen o de Análisis Económico y Economía Polí ica
Uni e sidad de Se illa. G ado en De echo.
Fdo.:
Vº Bº
Alumno: C is ian Ga cía Ri e o
Tu o : Don Manuel Fe nández Luna
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
RESUMEN Y PALABRAS CLAVES
Debido al cambio socialdemog á ico que iene expe imen ando la Sociedad
Española, se ha lle ado a cabo una se ie de e o mas del Sis ema de Pensiones Públicas. Los
úl imos cambios se ins umen an ju idicamen e median e el Real Dec e o-ley 5/2013, de 15
de ma zo, de medidas pa a a o ece la con inuidad de la ida labo al de los abajado es
de mayo edad y p omo e el en ejecimien o ac i o y la Ley 23/2013, de 23 de diciemb e,
egulado a del Fac o de Sos enibilidad y del Índice de Re alo ización del Sis ema de
Pensiones de la Segu idad Social. Las no ma i as sob e pensiones son de g an ascencencia
económica, ya que, en el año 2018, po ejemplo, es á p e is o que el gas o en pensiones sea
de has a 144.834 millones de eu os ap oximadamen e, más de un e cio del o al del
p esupues o pa a 2018.
Es e T abajo de Fin de G ado p e ende ace ca se a analiza los e ec os de es as
medidas sob e la iabilidad del p og ama de pensiones de jubilación.
En p ime luga , se ha ealizado un análisis a in de cen a el ma co eó ico de
Sis emas de pensiones que exis en: público y p i ado. T as ello, se exponen algunos de los
a gumen os a a o del Sis ema de Pensiones Público. A con inuación, se han di e enciado
los dos Sis emas de inanciación exis en es den o del Sis ema Público, con especial
e e encia al Sis ema de Repa o. Se analiza con mayo de enimien o la inanciación que
pudie a ene el Sis ema P o esional de Repa o, po que es e es el aplicado en España.
Los siguen es epíg a es hacen e e encia al ma co no ma i o que desa olla el
Sis ema de Pensiones en España, haciendo especial hincapié en el Pac o de Toledo, así como
sus an eceden es y las no ma i as que han sido desa olladas en aplicación del mismo. El
Pac o de Toledo ue susc i o po odas las ue zas polí icas con ep esen ación pa lamen a ia
y sus acue dos ci cunsc iben las ac uaciones del pode ejecu i o.
Palab as cla es: Sis ema de Pensiones, Fac o de Sos enibilidad, Pac o de Toledo,
Jubilación, Segu idad Social.
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
ÍNDICE
Pág.
1. INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………
1
2. MARCO TEÓRICO……………………………………………………………….
3
2. 1. SISTEMAS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE SUSTITUCIÓN DE RENTAS….
3
2. 2. ARGUMENTOS A FAVOR DEL SISTEMA DE PENSIONES PÚBLICAS…
4
2.2.1. Pa e nalismo del Es ado…………………………………………………….
4
2.2.2. P oblemá ica del acceso a la In o mación y la Selección Ad e sa…………
4
2.2.3. Capacidad de hace en e a Riesgos Sociales……………………………...
5
2.2.4. Cos es de i ados de la ges ión y la ansacción de los segu os p i ados…...
6
2.2.5. Razones de Equidad………………………………………………………...
6
2.2.6. O o ipo de a gumen os a a o …..…………………………………...……
7
2.3. SISTEMAS PÚBLICOS DE ORGANIZACIÓN Y FINANCIACIÓN…………
8
2.3.1. El Sis ema Uni e sal………………………………………………..………
8
2.3.2. El Sis ema P o esional…………………………………………….………..
8
2.4 FINANCIACIÓN..………………………………………………………………..
9
2.4.1. Sis ema de Capi alización…………………………………………………..
9
2.4.2. El Sis ema de Repa o………………………………………………………
10
3. MARCO NORMATIVO. ………………………………………………………….
12
3.1 ASPECTOS DE LA NORMATIVA QUE REGULA LAS PRESTACIONES
ECONÓMICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN ESPAÑA..…………………...
12
3.2 EL PACTO DE TOLEDO..……………………………………………………….
14
3.2.1 An eceden es..………………………………………………………………..
14
3.2.2. El Pac o..…………………………………………………………………….
15
3.2.3. Ley 24/1997 de consolidación y acionalización del Sis ema de Segu idad
Social.………………………………………………………………………………….
16
3.2.4. Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas pa a el es ablecimien o de un
sis ema de jubilación g adual y lexible..……………………………………………...
17
3.2.5. Ley 40/2007, de 4 de diciemb e de medidas en ma e ia de Segu idad
Social.…………………………………..……………………………………………...
18
3.2.6. Ley 27/2011, de 1 de agos o, sob e ac ualización, adecuación y
mode nización del sis ema de la Segu idad Social.…...………………………………
18
3.2.7. Real Dec e o-ley 5/2013, de 15 de ma zo, de medidas pa a a o ece la
con inuidad de la ida labo al de los abajado es de mayo edad y p omo e el
en ejecimien o ac i o……….………………………………………………………...
23
3.2.8. Ley 23/2013, de 23 de diciemb e, egulado a del Fac o de Sos enibilidad
y el Índice de Re alo ización del Sis ema de Pensiones de la Segu idad Social……..
24
3.2.9. Real Dec e o Legisla i o 8/2015, de 30 de oc ub e, po el que se ap ueba el
ex o e undido de la Ley Gene al de la Segu idad Social…………………………….
26
4. PROYECCIONES DEMOGRÁFICAS.……………………………………………
28
5. ALGUNAS CONCLUSIONES.…….……………...………………………………
34
6. BIBLIOGRAFÍA……………………………………………………………………
36
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
1
1. INTRODUCCIÓN.
Siguiendo las de iniciones consul adas a echa de junio de 2018 en la web de la
Segu idad Social (h p://www.seg-social.es), podemos de ini la Segu idad Social como
un conjun o de egímenes de uso del Es ado pa a ga an iza a un g upo de e minado de
ciudadanos que cumplan una se ie de equisi os (p o esionales o uni e sales) una
p o ección y segu idad económica, sani a ia y social pa a las con ingencias que la Ley
p e é.
En España, la Segu idad Social dispone de es líneas de ac uación:
a) P es aciones económicas: consis en en una e ibución compensa o ia pa a a a
de ali ia una si uación sob e enida que suponga pa a el bene icia io una me ma
o una posición ad e sa pa a gene a ing esos. En es e apa ado se engloban:
• Pensiones: son ins umen os de aho o del asegu ado, po los que, dado el
cumplimien o de equisi os po pa e de és e, queda ía cubie o
económicamen e po el Sis ema si se da la con ingencia especí ica. Son
p og amas de sus i ución de en as y cub en los campos de ac uación de:
- Jubilación: se da cuando el suje o alcanza una de e minada edad y desea
no eje ce más una ac i idad p o esional.
- Viudedad: cub e al cónyuge supé s i e an e la pé dida de su pa eja, han
de es a o icialmen e casados en ma imonio álido en España.
- O andad: p o ege a los hijos meno es de 25 años an e la pé dida de uno
o ambos p ogeni o es, sus i uye a la necesidad de De echo de
Alimen os que ienen los pad es pa a con los hijos.
- In alidez: iene la in ención de sus i ui las en as que los a ec ados en
imposibles de ob ene dada su incapaci ación pa a abaja y ecibi
compensación económica a cambio.
• Desempleo: el Segu o de Desempleo ac úa como amo iguado pa a el
abajado que ha is o enada su ac i idad labo al y, po ende, la
co espondien e compensación en en as.
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
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• P og amas de incapacidad Labo al Tempo al: cub e las en as a los
abajado es que, es ando en si uación ac i a labo al, su en algún ipo de
incapacidad pa a el desa ollo de es a ac i idad, que les impide ealiza la
po un pe iodo limi ado con la consecuen e me ma de ing esos.
b) Asis encia Sani a ia: La asis encia sani a ia de la Segu idad Social iene po obje o
la p es ación de los se icios médicos y a macéu icos necesa ios pa a conse a
o es ablece la salud de sus bene icia ios, así como su ap i ud pa a el abajo.
P opo ciona, ambién, los se icios con enien es pa a comple a las p es aciones
médicas y a macéu icas, a endiendo, de o ma especial, a la ehabili ación ísica
p ecisa pa a log a una comple a ecupe ación p o esional del abajado .
c) Se icios Sociales: Los se icios sociales son p es aciones que es án incluidas
den o de la acción p o ec o a del sis ema de la Segu idad Social, cuya inalidad
es complemen a las p es aciones económicas y, a la ez, p ocu a una mejo a de
las condiciones de ida de los bene icia ios educiendo, en lo posible, las
limi aciones pe sonales mo i adas po azones de edad o discapacidad.
Dicha acción p o ec o a se amplía y complemen a con un sis ema público de
p es aciones y se icios pa a la a ención a las pe sonas en si uación de
dependencia (aquellas que po azones de edad, en e medad o discapacidad
p ecisan de la a ención de o as pe sonas o ayudas pa a ealiza las ac i idades
básicas de la ida dia ia), que se p es an a a és de la ed de se icios sociales de
las Comunidades Au ónomas.
Exis en o os p og amas de ayudas sociales, pe o son ex e nos a la Segu idad
Social, como pueden se el P og ama de Lucha Con a la Pob eza o el P og ama de
Asis encia Social, pa a Sala ios de In eg ación.
Es e T abajo de Fin de G ado se cen a á en el análisis de las P es aciones po
Jubilación.
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2. MARCO TEÓRICO.
2.1. SISTEMAS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE SUSTITUCIÓN DE RENTAS.
Pa a comenza , se expone un cuad o que esume las di e encias en e los sis emas
Públicos y P i ados de pensiones.
PENSIÓN PUBLICA
PENSIÓN PRIVADA
Cobe u a
La misma
Co izaciones
Obliga o ia e
independien e
Volun a ia, según
p ima
Indemnización
Relación indi ec a con
la Co ización
Según p ima abonada
C i e io
Redis ibución de
iqueza
Ac ua ial
Fuen e: Elabo ación p opia.
En el cuad o supe io se esumen las p incipales di e encias en e las dos e siones
de Pensiones, se obse a que ambas cub en las mismas con ingencias y an encaminadas
a cub i las mismas p es aciones, es deci , una en a pe iódica que sus i uya los ing esos
que el abajado enía gene ando du an e su ac i idad labo al a lo la go de és a. Pe o se
obse an di e encias angibles en e ellas: la p ime a es la elacionada con las
co izaciones, que en los Planes de Jubilación Públicos se es ablecen de mane a obliga o ia
( an o pa a el abajado como pa a el empleado ) y a ienden a un c i e io de abono no
elacionado di ec amen e con la p obabilidad es adís ica de que el iesgo asegu ado se
cumpla o la du ación de la cobe u a que necesi a á el asegu ado, en cambio, en los Planes
de Jubilación P i ados, el abono de la p ima es olun a io, en an o en cuan o el clien e
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
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desee es a cobe u a o no y es e impo e a di ec amen e elacionado con el iesgo, es
deci , a mayo iesgo, mayo p ima.
Po o o lado, la indemnización pe cibida po el asegu ado en el caso de las
Pensiones de Jubilación Públicas es á ela i amen e elacionada con las co izaciones, es
deci , siemp e se a a in en a que el asegu ado eciba una can idad que le pe mi a el
desa ollo económico en el plano social, independien emen e de la cuan ía que haya
abonado en líneas gene ales. En el sis ema P i ado, la elación en e las p imas pagadas
y las compensaciones ecibidas son es echas, calculadas con écnicas ac ua iales, has a
el pun o de una inculación p ác icamen e inmedia a.
En de ini i a, odos es os pa áme os si en de cla o mues a io de la esencia
p incipal de cada uno de los Planes de Pensiones: el Público p e ende una edis ibución
de la iqueza, una unción palia i a del desigual epa o económico al que la sociedad es á
expues a y que se en iende que obedece a un injus o social que enmenda , en cambio, los
Planes de Pensiones P i ados siemp e esponden a un c i e io ac ua ial, es deci , ac úan
con o me a los modelos es adís icos y ma emá icos que e i iquen la en abilidad
inancie a del negocio de cobe u a asegu ado a. Es o es así po que el Sis ema Público se
basa en p incipios de aho o o zoso, mien as que el Sis ema P i ado se basa en
p incipios de aho o olun a io.
2.2. ARGUMENTOS A FAVOR DEL SISTEMA DE PENSIONES PÚBLICAS
Siguiendo a Paniagua So o y Na a o Pascual (2016) se pueden expone
b e emen e algunos de los a gumen os a a o del Sis ema de Pensiones Públicas:
2.2.1. Pa e nalismo del Es ado, que ac úa de mane a p e en i a pa a que quienes
no han sido capaces ya sea po al a de ecu sos o de p e isión de man ene
el ni el de ida as deja de pe cibi el sala io co espondien e a su
ac i idad labo al. La ac i ud de Agen e Público lo posiciona como ga an e
de odos los ciudadanos y lo habili a y comp ome e a obliga a odos los
ciudadanos a p e e y asegu a su u u o, amén de no cae en si uación de
pob eza cuando se dé una si uación de jubilación.
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
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2.2.2. P oblemá ica del acceso a la In o mación y la Selección Ad e sa, es o se
da po que las compañías p i adas de segu os encuen an mucha di icul ad
a la ho a de es ablece unas p imas equi a i as con el iego eal que se es á
asegu ando, dada la desigualdad de p imas y iesgos. Pa a es ablece un
c i e io, las compañías siguen el c i e io de: a mayo iesgo, mayo p ima
y a meno iesgo, p ima meno , lo que es ablece un Riesgo Medio que no
compensa a nadie, a los que asumen un iesgo meno les esul a demasiado
ele ado, po lo que no lo acep an, lo que conlle a que se enca ezcan los
que asumen un mayo iesgo, aumen ando sus p imas, es e enca ecimien o
conlle a di ec amen e a ele a el Riesgo Medio, lo que, consecuen emen e
p o oca el echazo de nue o de los que asumen meno iesgo.
Se a a de un cí culo icioso que se e oalimen a debido a la
Selección Ad e sa. Sin emba go, el Sec o Público no iene es e p oblema,
además juega con en aja en es e sen ido, pese a que no acaba con la
casuís ica p oblemá ica, lo que de e mina su posición con espec o a la
Selección Ad e sa es la disposición de mucha más in o mación, es deci ,
juega con la en aja de ene como usua ios (consumido es) a odos los
abajado es de la Segu idad Social, que eniendo en cuen a que es án
odos obligados al pago, u iliza las es adís icas o ales del país.
2.2.3. Capacidad de hace en e a Riesgos Sociales, un balua e impo an e en la
de ensa de los Planes de Pensiones Públicos es la capacidad de es os pa a
a on a con ingencias que a ec en mul ila e almen e a un g an g upo
social. La posibilidad de cub i es e ipo de iesgos pa a emp esas p i adas
es cuan o menos limi ada, cuando no nulas, pudiendo i a la banca o a la
emp esa en conc e o o o zándola a incumpli su comp omiso pa a con el
consumido . Ahí es cuando el Sec o Público dispone de ecu sos
adicionales que le esul an además mucho mayo es, ya que puede
inancia se median e eci culación de impues os y la emisión de Deuda
Pública a e ce os. Así, en un caso de dep esión económica y como
consecuencia una al a asa de desempleo, los asegu ados eque i ían e i a
sus ondos de pensiones, a lo que las emp esas p i adas no pod ían hace
en e, mien as que el Sec o Público siemp e dispond á de la posibilidad
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3. MARCO NORMATIVO.
3.1 ASPECTOS DE LA NORMATIVA QUE REGULA LAS PRESTACIONES
ECONÓMICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN ESPAÑA.
Siguiendo con el análisis del Sis ema de Pensiones Públicas ins au ado en la
Segu idad Social de España, se puede ap ecia que las co izaciones sociales son
su agadas an o po el empleado como po el abajado , pa a con ingencias comunes o
desempleo, sin emba go, el Fondo de Ga an ía Sala ial es inanciado solo po el
emp esa io, ya que es es a su obligación. Pa a la aplicación del abono de co izaciones,
és as se p o a ean y di iden en e los doce meses del año.
Como se adelan ó p e iamen e, en cuan o a las Pensiones de Jubilación, exis en
unas bases de co ización máximas y mínimas, pa a ga an iza la subsis encia de es as
pensiones, de mane a que odos los abajado es, independien emen e del sala io que
engan, apo en una can idad adecuada al umb al que es ablezcan es os máximos o
mínimos. Po ejemplo: si un abajado u ie a un sueldo al que, po cen ualmen e, le
co espondiese una co ización meno de lo que se es ablece como base mínima, su
po cen aje no esul a álido y debe apo a (compa a i amen e) más que o o abajado
que enga un abajo cuya co ización po cen ual sí es é en es e umb al.
Pa a ealiza el cálculo de la pensión que le co esponde a un abajado cuando
ya se jubila, se han de ene en cuen a los siguien es elemen os pa a es ablece el impo e
de la p es ación:
a) Años de co ización, son los años que el abajado ha es ado apo ando a la
Segu idad Social. Más adelan e se exponen con mayo p ecisión es os da os.
b) Edad de jubilación, la edad con la que se empieza a dis u a de la p es ación,
desde el año 2013, se es ableció una subida de 65 a 67 años, aunque a pa i
de los 65 años, puede accede se a la jubilación si se ac edi an 38 años y medio
co izados.
c) Sueldos pe cibidos en los úl imos años an e io es a la jubilación. A mayo
sueldo, mayo p es ación, aunque, en las dis in as e o mas, se han ido
ampliando cons an emen e en núme o de los años conside ados pa a
es ablece la pensión.
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En p ime luga , el sis ema de pensiones iene es ablecido a a és del égimen
público de Segu idad Social en el a ículo 41 de la Cons i ución Española: “Los pode es
públicos man end án un égimen público de Segu idad Social pa a odos los ciudadanos,
que ga an ice la asis encia y p es aciones sociales su icien es an e si uaciones de
necesidad, especialmen e en caso de desempleo.”
Pa a su mayo desa ollo, en el Real Dec e o Legisla i o 8/2015, de 30 de oc ub e,
po el que se ap ueba el ex o e undido de la Ley Gene al de la Segu idad Social de ine
en su a ículo 204 la p es ación de jubilación como una “p es ación económica po causa
de jubilación, en su modalidad con ibu i a, se á única pa a cada bene icia io y
consis i á en una pensión i alicia que le se á econocida, en las condiciones, cuan ía y
o ma que eglamen a iamen e se de e minen, cuando, alcanzada la edad es ablecida,
cese o haya cesado en el abajo po cuen a ajena.”
En es a p ime a de inición se de ec an dos concep os que esul an necesa ios pa a
ob ene el acceso a la p es ación, siendo:
a) Alcanza la edad es ablecida, ac ualmen e impues a en 67 años po ley; y
b) Cesa en el abajo, po el in de la ida labo al ac i a del asegu ado.
Se añade además el equisi o de que ambas se den al mismo iempo, ya que se án
ambos en coexis encia los que pe mi i án que la con ingencia sea en endida como al. Así
mismo, la de inición es á ca gada de é minos que desc iben la p es ación muy
p ecisamen e, es os son:
a) Única: Cada uno de los bene icia ios pod á ecibi una sola pensión, sal ando
algunas excepciones, de i adas de pensiones de dis in os Regímenes de la
Segu idad Social.
b) Vi alicia: la du ación de la p es ación se ex iende en an o en cuan o el
bene icia io no allezca.
c) Incompa ible con el abajo po cuen a ajena: siemp e en su modalidad in eg a
de dis u e de la p es ación, pues en la modalidad de jubilación pa cial, el
abajado pod á has a que se dé la con ingencia que le pe mi a ecibi la
jubilación ín eg a, man ene las dos uen es de ing esos.
d) Indisponible: no es iable la enuncia del bene icia io a a o de un e ce o,
no siendo obje o de es a ca ac e ís ica el des ino que el bene icia io quie a
da le al dine o ob enido po la p es ación.
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
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e) Imp esc ip ible: las acciones pa a solici a la p es ación (con la ac edi ación
de la co espondien e con ingencia) no p esc iben en ningún momen o, así
pues el bene icia io puede subsana con a iedades nacidas del posible e aso
a la ho a de asigna le la co espondien e p es ación.
) Imponible: en el sen ido que se en ienden como Rendimien os del T abajo a
e ec os de ibu ación en el Impues o sob e la Ren a de las Pe sonas Físicas.
g) Pe iódica: dado su ca ác e sus i u i o de la en a, hace la unción de pago
pe iódico que co esponde ía a los sala ios que el bene icia io dis u aba en su
época ac i a en el mundo labo al.
3.2 EL PACTO DE TOLEDO.
3.2.1 An eceden es.
Ley 26/1985 de medidas u gen es pa a la acionalización de la es uc u a y la
acción de p o ec o a de la Segu idad Social.
En 1985, en España se gene ó una si uación de eme gencia, con una g a e c isis
económica que p odujo una al ísima asa de desempleo. En espues a a dicha si uación se
acue da y ap ueba la Ley 26/1985 de medidas u gen es pa a la acionalización de la
es uc u a y la acción de p o ec o a de la Segu idad Social. En su exposición de mo i os
se encuen an las cla es que pe seguía: e o za el ca ác e p o esional, con ibu i o y
p opo cional de las Pensiones de Jubilación e in alidez; co ela i a mejo a de la
p o ección no con ibu i a; mejo a de la e iciencia p o ec o a po la eo denación de
ecu sos; y acionalización de la es uc u a del Sis ema. Pa a ello se oma on las
siguien es medidas:
a) Aumen o del pe iodo de núme o de años co izados pa a accede a la
co ización, ele ando el pe iodo mínimo de co ización de 10 a 15 años.
b) Modi icación de la Base Regulado a, ampliándolo pa a es ablece la cuan ía
desde los úl imos dos años a los úl imos ocho. Es a modi icación es una
espues a a la casuís ica que enía obse ándose en la que los abajado es
aco daban con los emp esa ios una ele ación desp opo cionada de su sala io
en los dos úl imos años pa a ele a la base de cálculo.
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
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c) Aunque más le emen e, ya se ap eciaban o as medidas de p o ección de la
capacidad adquisi i a del jubilado, como son los de adap ación de la cuan ía
de las pensiones al índice de p ecios de consumo y la mejo a de odas las que
no alcanzaban el alo del Sala io Mínimo In e p o esional.
3.2.2. El Pac o.
En 1995, se acue da po odos los pa idos polí icos ep esen an es en el Cong eso
de los Dipu ados la c eación de una Ponencia pa a elabo a in o mes de análisis a in de
mengua los p oblemas es uc u ales que el Sis ema de Segu idad Social enía su iendo,
así como la indicación pa a ealiza u u as e o mas que se p e eían necesa ias en el
obje i o de ga an iza la iabilidad del sis ema público de pensiones y e i a mayo es
dé ici s en el p esupues o del Es ado. A es e documen o se le denomina Pac o de Toledo,
y desde su c eación es ablece una se ie de quince ecomendaciones en su Tí ulo IX, en e
es as p opues as igu an:
- Sepa ación y cla i icación de las uen es de inanciación de las pensiones, se
es ablecen dos uen es di e en es de inanciación: las con ibu i as se
su aga án a a és de las con ibuciones de la masa que se encuen e en ac i o
en ese momen o y las no con ibu i as se inancia án median e un ca go a los
P esupues os Gene ales del Es ado.
- C eación del Fondo de Rese a de la Segu idad Social, con a eglo a a enua
los impac os de los ciclos económicos, pa a ello se pond ían a deposi o del
Fondo los exceden es de o os pe iodos, a in de que los ondos de equilib io
basculen los bene icios de los iempos de bonanzas a a o de las ca encias que
puedan ene en iempos más p eca ios.
- Man enimien o del pode adquisi i o de las pensiones, oma medidas
pe inen es de eajus e y así ga an iza po ley la es abilidad económica de los
pensionis as.
- Financiación, simpli icación e in eg ación de egímenes especiales, eniendo
en cuen a la inmensa di e sidad labo al en la que España es aba inme sa, se
es ablecen una p o ección social equipa able en e odas las p o esiones, así
como con los au ónomos, buscando la en ada p og esi a de odos en el
Régimen Gene al.
- Mode nización e in o mación al ciudadano, con la nue a sociedad, que cada
ez enía ecibiendo una educación y o mación de mayo calidad, cabía
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
16
espe a que ue a cada ez más exigen e con el p oduc o o ecido po el
Sis ema, demandando in o mación sob e p es aciones y de echos.
- Ges ión del Sis ema, búsqueda de una e icacia ges o a en los p ocesos de
a iliación, ecaudación y abono de p es aciones, simpli icando e in eg ando el
Sis ema.
- Lucha con a el aude, a a de mengua los casos de economía sume gida e
inmig ación i egula , así como el abuso del égimen po pa e de algunos
au ónomos.
- Re ue zo de su ca ác e con ibu i o, equilib a inancie amen e el es ue zo
ealizado en los planos labo al y con ibu i o con la p es ación ecibida.
- Fijación de una edad eal de jubilación, en 65 años de edad.
- P es aciones no con ibu i as de iudedad y o andad, eque ían se e o zados
po doble ía, siendo la p incipal la cobe u a e ec i a de las necesidades
amilia es as la pé dida su ida, la segunda que es a cobe u a e ec i a se
in ensi ica a en mejo as sus anciales en pe sonas que ecibían la pensión de
iudedad y no disponían de ecu sos, especialmen e en pe sonas mayo es de
65 años. También se es ablece un aumen o pa a las pensiones de o andad, que
po di e en es causas, pueden esul a muy escasas.
- Re ue zo en el p incipio de Solida idad y de ga an ía de su iciencia.
- Además, se acogen una se ie de indicaciones pa a p omo e sis emas
complemen a ios de aho o pa a el ciudadano, a a és de la incen i ación
iscal (posibilidad de desg a a ).
Con es as indicaciones, el Pac o ha se ido de base pa a la e o mulación de
Leyes, con las que lle a a la p ác ica los acue dos, así desde su concepción se han
ap obado las siguien es:
3.2.3. Ley 24/1997 de consolidación y acionalización del Sis ema de Segu idad
Social
Las 15 ecomendaciones es ablecidas en el Pac o de Toledo se usa on de base pa a
el acue do en e el Gobie no y los sindica os en 1996 y que dio luga a la Ley 24/1997 de
consolidación y acionalización del Sis ema de Segu idad Social, es a no ma in oduce
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
17
cambios signi ican es en compa ación con la no ma i a an e io que esumidamen e se
pueden exp esa en:
a) Es ablecimien o de las ías de inanciación, elacionando cada una de las
pensiones con su uen e p ima ia, así las pensiones con ibu i as se inancian con
las p opias co izaciones del abajado y el empleado , y en cuan o a la
inanciación de las no con ibu i as con los P esupues os Gene ales del Es ado.
b) Aumen o de la edad a la que podía ene acceso a la p es ación, ijándola en 65
años. Aumen ando con es o ambién la p opo cionalidad en e años co izados y
el cálculo de la cuan ía: 35 años co izados pe mi ían dis u a del 100% de la
p es ación, 25 años, el 80% y con 15 años, 50%.
c) Aumen o del núme o de años aplicado al cálculo de la Base Regulado a, pasando
de ocho a los quince úl imos años de co ización.
d) C eación del Fondo de Rese a de la Segu idad Social, la conocida ulga men e
como “hucha de las pensiones”, con la unción de asegu a , an e imp e is os
sob e enidos, la capacidad de liquidez pa a a on a los pagos de las pensiones en
años de ecesión.
e) Re alo ización aco de con la e olución del IPC, en p o de que los jubilados
man engan su pode adquisi i o.
) En meno medidas se desa ollan sis emas al e na i os de aho o.
3.2.4. Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas pa a el es ablecimien o de un
sis ema de jubilación g adual y lexible.
Basado en el Acue do pa a la Mejo a y el Desa ollo del sis ema de P o ección
Social de 2001, ealizado con in ención de es ablece un sis ema de pensiones más
lexible y aco de con las necesidades eales de los jubilados. Pe mi e la apa ición de
nue as o mas de jubilación, como:
a) Jubilación an icipada, dada la exis encia de abajado es con la gas p oyecciones
labo ales que, de mane a in olun a ia, se encon aban desempleados y con di ícil
einco po ación al mundo labo al, se les pe mi e, con una co espondien e
educción del impo e, jubila se an es de los 65 años.
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
18
b) P olongaciones de ida labo al del jubilado, pe mi iéndole compa ibiliza és a con
un abajo a iempo pa cial, lo que esul a indudablemen e bene icioso an o pa a
el abajado como pa a la Segu idad Social.
3.2.5 Ley 40/2007, de 4 de diciemb e de medidas en ma e ia de Segu idad
Social.
Nue amen e, en el año 2003 se eúnen los di igen es polí icos del país pa a
aco da una eno ación del Pac o de Toledo, es ableciendo nue as ecomendaciones que
si ie on de base pa a la elabo ación del Acue do sob e Medidas en Ma e ia de Segu idad
Social, en el año 2006. Es e Acue do in oduce una se ie de medidas encomendadas a
aumen a la elación en e co izaciones y p es aciones del sis ema, con mejo as
sus anciales en la p opo ción con ibuciones-p es aciones. Sus p incipales cambios
ue on:
a) Ac edi ación necesa ia de un mínimo de quince años abajados pa a pode
accede a la p es ación de jubilación. Además se eliminan los “días-cuo a”, los
días co izados po las pagas ex ao dina ias.
b) Medidas gene ales encauzadas a la p olongación de la ida labo al más allá de la
edad de jubilación, incen i ando es a mane a de acceso a la pensión de jubilación.
c) Ins au ación de un p oceso conc e o pa a el acceso a la p ejubilación po pa e de
los abajado es de empleos penosos, pelig osos, óxicos o insalub es.
d) Aumen o de la edad lími e pa a la jubilación pa cial has a los 61.
e) Racionalización de los c i e ios pa a accede a las pensiones de incapacidad.
3.2.6. Ley 27/2011, de 1 de agos o, sob e ac ualización, adecuación y
mode nización del sis ema de la Segu idad Social.
La sociedad española empieza a su i las consecuencias de una se ie de cambios
sociodemog á icos p oducidos en años an e io es, como el en ejecimien o de la
población, al que se le añade una baja na alidad además de la caída del me cado de abajo
u o de una g a e c isis económica, siendo los mayo es pe judicados los jó enes, que
en e asada su en ada al me cado labo al con una caducidad más emp ane a, a ello se
le añade la ingen e can idad de p ejubilados que solici an la p es ación an es de la edad
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
19
o dina ia, como consecuencia de la g a e c isis económica padecida po el país a pa i
del año 2008. Es as nue as ci cuns ancias y las consecuencias de la c isis económica dan
pie a unos nue os acue dos pa a man ene el sis ema, de es a si uación esul a el Acue do
Social y Económico pa a el c ecimien o, el empleo y la ga an ía de las pensiones. En es e
acue do se oman las medidas de:
a) Ampliación de edad de acceso a la jubilación, ampliando és e de 65 a 67, se
man iene la edad de 65 pa a aquellos con una co ización de 38 años y 6 meses.
b) Aumen o de la can idad de años pa a de e mina la base egulado a,
es ableciéndose en 25 el núme o de años pa a compu a su cálculo, po encima de
los 15 años que enía la legislación an e io . A es a medida ambién se le adsc ibió
un pe iodo ansi o io de 10 años en los que se i ían añadiendo una aplicación
g adual, es deci , un año po pe iodo, has a llega a ija lo en 25 en 2022.
c) Rees uc u ación del po cen aje aplicable, espe a el equi alen e al 50% po 15
años co izados de la ley an e io , pe o cambia la can idad po cen ual a inc emen a
con cada año adicional, esul ando así: se aplica el po cen aje inicial del 0’21%
en 2013, a los meses que aba can desde el 1 al 163; un ipo po cen ual del 0’19%
a los meses si uados en e el 164 y el 247, así has a 2027, donde se aplica á el ipo
de 0’19% a los 248 p ime os meses y el 0’18% a los 16 siguien es. Es a ó mula
ambién añade una cláusula po la que se in oduce de mane a ansi o ia el
c ecimien o po cen ual mensualmen e de o ma p og esi a, lo que da ía el
esul ado de que:
• Du an e los años 2013 a 2019: po cada mes adicional de co ización en e los
meses 1 y 163, el 0,21% y po los 83 meses siguien es, el 0,19%.
• Du an e los años 2020 a 2022: po cada mes adicional de co ización en e los
meses 1 y 106, el 021% y po los 146 meses siguien es, el 0,19%.
• Du an e los años 2023 a 2026: po cada mes adicional de co ización en e los
meses 1 y 49, el 0,21% y po los 209 meses siguien es, el 0,19%.
• A pa i de 2027: po cada mes adicional de co ización en e los meses 1 y 248
el 19% y po los 16 meses siguien es, el 0,19%.
Pa a mejo en endimien o, se añaden las siguien es ablas elabo adas en No a écnica
elabo ada po el Depa amen o de Análisis Económico de la FCCEEyE de la US sob e
los cambios en el cálculo de pensiones aplicando la Ley ac ual
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
20
TABLA 1.- Ley 27/2011 de Ac ualización, Adecuación y Mode nización del Sis ema de
Segu idad Social (en ada en igo el 1 de ene o de 2013)
an es de la e o ma
después de la e o ma
aplicación
ín eg a
edad de jubilación
65 años
67 años
65 años con 38 años y 6
meses co izados (*)
1/1/ 2027
núme o mínimo de
años de co ización
35 años pa a cob a el 100%
de la pensión
37 años pa a cob a el 100%
de la pensión (*)
1/1/2027
pe iodo de años
co izados enidos en
cuen a en el cómpu o
15 años
25 años (**)
1/1/2022
Po cen aje
po los 15 p ime os años de
co ización, un 50%
po los p ime os 15 años
co izados, un 50%
1/1/2027
desde los 16 a los 25 años
de co ización, el 3%
y a pa i de los 26 años un
2 %,
a pa i del año 16 de
co ización, inclusi e, el
po cen aje se calcula po
meses y según los siguien es
amos:
en e los meses 1 y 248, el
0,19%
y po los 16 meses
siguien es (desde el mes 249
has a el mes 264), el 0,18%,
alcanzando el 100% con 35
años de co ización
alcanzando el 100% de la
base egulado a con37 años
de co ización (***)
No a écnica elabo ada po el Depa amen o de Análisis Económico de la FCCEEyE de
la US sob e los cambios en el cálculo de pensiones aplicando la Ley ac ual
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
21
TABLA 2.- Edad de jubilación y años de co ización, a pa i del 1 de ene o de 2013
AÑO
PERÍODOS COTIZADOS
EDAD EXIGIDA
2013
35 años y 3 meses o más.
Menos de 35 años y 3 meses.
65 años.
65 años y 1 mes.
2014
35 años y 6 meses o más.
Menos de 35 años y 6 meses.
65 años.
65 años y 2 meses.
2015
35 años y 9 meses o más.
Menos de 35 años y 9 meses.
65 años.
65 años y 3 meses.
2016
36 o más años.
Menos de 36 años.
65 años.
65 años y 4 meses.
2017
36 años y 3 meses o más.
Menos de 36 años y 3 meses.
65 años.
65 años y 5 meses.
2018
36 años y 6 meses o más.
Menos de 36 años y 6 meses.
65 años.
65 años y 6 meses.
2019
36 años y 9 meses o más.
Menos de 36 años y 9 meses.
65 años.
65 años y 8 meses.
2020
37 o más años.
Menos de 37 años.
65 años.
65 años y 10 meses.
2021
37 años y 3 meses o más.
Menos de 37 años y 3 meses.
65 años.
66 años.
2022
37 años y 6 meses o más.
Menos de 37 años y 6 meses.
65 años.
66 años y 2 meses.
2023
37 años y 9 meses o más.
Menos de 37 años y 9 meses.
65 años.
66 años y 4 meses.
2024
38 o más años.
Menos de 38 años.
65 años.
66 años y 6 meses.
2025
38 años y 3 meses o más.
Menos de 38 años y 3 meses.
65 años.
66 años y 8 meses.
2026
38 años y 3 meses o más.
Menos de 38 años y 3 meses.
65 años.
66 años y 10 meses.
A pa i del año 2027
38 años y 6 meses o más.
Menos de 38 años y 6 meses.
65 años.
67 años.
No a écnica elabo ada po el Depa amen o de Análisis Económico de la FCCEEyE de
la US sob e los cambios en el cálculo de pensiones aplicando la Ley ac ual
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
28
4. PROYECCIONES DEMOGRÁFICAS.
Como se ha expues o du an e el desa ollo de es e T abajo de Fin de G ado,
España ha su ido una se ie de cambios sociodemog á icos que, sin luga a dudas han
supues o un desa ío pa a el co ec o uncionamien o de la Segu idad Social:
Puede obse a se en las Tabla 1 y G á ico 1 expues os a con inuación como
nues a nación es á expe imen ado un en ejecimien o masi o de la población, es o iene
de i ado de la disminución de la asa de na alidad, que ha bajado de 18,70 nacidos po
cada mil habi an es en 1975 a 8,79 nacidos po cada mil habi an es en 2016, lo que se
aduce en una media de 2,79 hijos po muje en 1975 en e a 1,32 hijos po muje en
2016, es deci un o al de 1,47 hijos menos. Pa a ene una idea más cla a de la di e encia
y caída de la na alidad en España, según el INE, en 1975 se egis a on 669.378
nacimien os, mien as que en 2016, ue on 410.583, un o al de 258.795 nacimien os
menos en 31 años de di e encia.
GRÁFICO 1. NATALIDAD.
Fuen e: Ins i u o Nacional de Es adís ica, consul ado a echa de 21/06/2018
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
29
TABLA 1. NATALIDAD.
Tasa B u a de Na alidad.
Unidades: Nacidos po mil habi an es
To al Nacional
1975
18,70
1976
18,73
1977
17,96
1978
17,25
1979
16,17
1980
15,22
1981
14,10
1982
13,57
1983
12,71
1984
12,34
1985
11,85
1986
11,36
1987
11,02
1988
10,79
1989
10,51
1990
10,32
1991
10,16
1992
10,13
1993
9,80
1994
9,35
1995
9,15
1996
9,07
1997
9,20
1998
9,06
1999
9,39
2000
9,78
2001
9,94
2002
10,08
2003
10,44
2004
10,57
2005
10,65
2006
10,85
2007
10,86
2008
11,28
2009
10,65
2010
10,42
2011
10,07
2012
9,69
2013
9,11
2014
9,17
2015
9,02
2016
8,80
2017
8,37
Fuen e: Ins i u o Nacional de Es adís ica, consul ado a echa de 21/06/2018
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
30
Po o a pa e, se e leja en la Tabla 2 y G á ico 2 como la espe anza de ida
a anza sin eno en los úl imos años, ele ándose de los 73,47 años en 1975 a los 83,10
años de 2016, úl imos da os ecogidos po el INE, un o al de 9,63 años de di e encia, que
iene como consecuencia un mayo pe iodo de pe cepción de las p es aciones de
jubilación.
GRÁFICO 2. ESPERANZA DE VIDA.
Fuen e: Ins i u o Nacional de Es adís ica, consul ado a echa de 21/06/2018
El p opio INE p e é que den o de 20 años se duplica á la población mayo de 64
años, supe ando en onces el e cio de población o al española, po lo que la p oblemá ica
se ía doble, ya que no sólo hab á más pe sonas ecibiendo la p es ación, sino que la
ecibi án po más iempo. A día de hoy, los pensionis as han pasado de es a dis u ando
de la jubilación de unos 5 a 8 años ap oximadamen e a unos ein icinco o incluso ein a
años, p ác icamen e lo mismo que han es ado co izando.
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
31
TABLA 2. ESPERANZA DE VIDA.
Indicado es de Mo alidad
Espe anza de Vida al Nacimien o
To al Nacional
Ambos sexos
Años
1975
73,47
1976
73,79
1977
74,28
1978
74,48
1979
74,95
1980
75,49
1981
75,66
1982
76,28
1983
76,07
1984
76,44
1985
76,40
1986
76,67
1987
76,91
1988
76,93
1989
76,97
1990
76,97
1991
77,07
1992
77,51
1993
77,66
1994
78,03
1995
78,12
1996
78,26
1997
78,76
1998
78,87
1999
78,87
2000
79,34
2001
79,67
2002
79,76
2003
79,70
2004
80,29
2005
80,28
2006
80,94
2007
80,97
2008
81,30
2009
81,66
2010
82,07
2011
82,25
2012
82,27
2013
82,78
2014
82,92
2015
82,70
2016
83,11
2017
83,10
Fuen e: Ins i u o Nacional de Es adís ica, consul ado a echa de 21/06/2018
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
32
GRÁFICO 3. PIRÁMIDE DE POBLACIÓN.
Fuen e: Da osmac o.com, consul ado a echa de 21/06/2018
En la igu a supe io , G á ico 3, se comp ueba cómo se ha in e ido la “pi ámide”
poblacional, has a adop a una o ma de bulbo, poniendo de mani ies o las di icul ades
que un sis ema de inanciación de epa o pueda ene pa a se sos enible. Pueden
deduci se los p oblemas ac uales y u u os que end án de i ados, consecuencia de lo
acon ecido en la his o ia ecien e de nues o país.
De un lado, lo más ala man e de es a es uc u a es el es echamien o de su base,
p ueba de la escasez de población jo en, consecuencia de los bajos índices de na alidad
y ecundidad ( eco demos que es amos en unos alo es de 1,32 hijos po muje ), las
posibles causas de la mengua de es e ac o pueden se : la inco po ación de la muje al
me cado labo al, los cambios es uc u ales en las amilias y los p oblemas pa a la
inco po ación jo en labo al: al os ni eles de pa o ju enil, p eca iedad labo al, basada en
bajos sala ios y de co a du ación, di icul ades de acceso a la i ienda, al a de
expec a i as sólidas de u u o… son ac o es que e asan la edad de emancipación de los
hijos, con el consecuen e e aso pa a o ma amilias y ene hijos.
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
33
En e las causas que explican la bajada de los índices de mo alidad y el
inc emen o de la espe anza de ida es án los p og esos y mejo as en la accesibilidad y la
calidad a alimen os, higiene, sanidad, educación…
Pa a conclui , la si uación demog á ica española pone de mani ies o el o ísimo
p oceso de en ejecimien o y los bajos índices de nacimien o que se ienen ag a ando
desde hace 30 años. Todo ello pone en se io iesgo el ele o gene acional, y de segu o
conlle a á un débil c ecimien o na u al. Se espe a una escasez de población ac i a en un
u u o inmedia o (sin a ende a o os ac o es que puedan ag a a es e hecho). An e es a
esi u a socioeconómica, se equie en medidas pa a hace en e al inc emen o ya eal en
el gas o público como consecuencia de es a e olución demog á ica.
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
34
5. ALGUNAS CONCLUSIONES.
El nue o pano ama demog á ico ha p o ocado que se acome an e o mas pa a el
man enimien o del Sis ema de Segu idad Social español, una de las cla es del Es ado de
Bienes a . La Cons i ución Española es ablece que los pode es públicos debe án
ga an iza unos mínimos de bienes a a los ciudadanos. Es e comp omiso esul a más
di ícil de lle a a la p ác ica después de la c isis inancie a y económica ecien e.
Las e o mas en el Sis ema de Pensiones se di igen a educi sus cuan ías y
aumen a el núme o de años que se co izan, o sea, aumen a ing esos y educi cos es.
Los colec i os con mayo p eca iedad y con peo es condiciones labo ales se án
los más a ec ados po las e o mas, ya que son los que más lagunas labo ales aba can
(al e nan g andes pe iodos de iempo en desempleo con empleos empo ales, a me ced de
la es acionalidad) y ello implica peo acceso a las p es aciones del sis ema.
El ac ual sis ema P o esional y de epa o que se usa pa a inancia las pensiones
es á siendo cues ionado, dada la g an can idad de p oblemas écnicos que han ido
desa ollándose a consecuencia del aumen o de la espe anza de ida y la baja demog a ía
que no han podido, en p incipio, se paliados po la cuan iosas e o mas e ec uadas,
aunque sí es cie o que odo ello ha pues o de mani ies o la capacidad de consenso del
cue po legisla i o de es e país pa a aco da medidas como las ya mencionadas.
No obs an e, dichas e o mas no han llegado a iempo pa a palia los e ec os
nega i os, consecuencia de la baja demog a ía, al a espe anza de ida y p eca iedad
labo al; de hecho, pa a 2018 se p e é dé ici económico en la Segu idad Social, a pesa
del aumen o del núme o de abajado es que co izan. Es deci , las medidas an po de ás
de la ealidad y han sido a días.
Pa ece opo uno plan ea que el sis ema cuen e con inanciación p oceden e de los
P esupues os. Es deci , un sis ema mix o uni e sal-p o esional.
Se ía el momen o de diseña y con o ma polí icas de es ímulo del aho o pa a
a enua las ca encias del Sis ema Público. Desde un pun o de is a económico, mayo
Aho o acili a ía mayo In e sión, y po ello, mayo empleo y de mejo calidad, odo
ello mejo a ía la inanciación del sis ema y acili a ía los acue dos y ajus es necesa ios
pa a su man enimien o.
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
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Exis en ejemplos en Eu opa de países que, an e simila es p oblemas, han
man enido las pensiones acudiendo a su inanciación en mayo p opo ción median e
impues os, y, en pa alelo, han omen ado medidas pa a es imula el aho o, consiguiendo
al os ni eles de empleo.
Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo
36
6. BIBLIOGRAFÍA.
MANUALES
• Albi Ibáñez, E., González-Pá amo, J. M. y Zubi i, I. (2009) Economía Pública I. 3ª ed.,
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• Ley 26/1985, 31-7, de medidas u gen es pa a la acionalización de la es uc u a y de la
acción p o ec o a de la Segu idad Social (BOE núm. 183, 1-8 p.24452-24454)
• Real Dec e o Legisla i o 670/1987 de 30-4, po el que se ap ueba el Tex o Re undido
de la Ley de Clases Pasi as del Es ado (BOE núm. 126, de 27-5, p. 15598-15610)
• Real Dec e o Legisla i o 1/1994, 20-6, po el que se ap ueba el ex o e undido de la
Ley Gene al de la Segu idad Social (BOE núm. 154, 29-6 p. 20658-20708)
• Real Dec e o 2064/1995, de 22-12, po el que se ap ueba el Reglamen o Gene al sob e
co ización y liquidación de o os de echos de la Segu idad Social (BOE núm. 22, de
25-196, p.2295-2323)
• Real Dec e o 84/1996, de 26-1, Reglamen o Gene al sob e insc ipción de emp esas,
a iliación, al as, bajas y a iación de da os de los abajado es de la Segu idad Social
(BOE núm. 50, de 27-2, p. 7349-7374)
• Ley 24/1997, 15-8, de Consolidación y Racionalización del Sis ema de la Segu idad
Social (BOE núm. 169, 17-6, p. 21781-21787)
• Real Dec e o 1647/1997, 31-10, po el que se desa ollan de e minados aspec os de la
Ley 24/1997 de 15 de julio, de consolidación y acionalización del sis ema de la
Segu idad Social (BOE núm. 272, 13-11, p. 33156-33160)
• Ley 35/2002, 15-7, de Medidas pa a el es ablecimien o de un sis ema de jubilación
g adual y lexible (BOE núm. 167, 13-7, p. 25633-25638)
• Ley 40/2007, 4-12, de medidas en ma e ia de Segu idad Social (BOE núm.291 de 5-
12, p. 50186-50200)
• Ley 27/2011, 1-8, sob e ac ualización, adecuación y mode nización del sis ema de
Segu idad Social (BOE núm. 184, 2/8/11 p. 87495-87577)
• Re o ma del a ículo 135 de la Cons i ución Española, de 27 de Sep iemb e de 2011,
27-9, (BOE núm. 233, 27-9 p. 101931-109941)
• Ley O gánica 2/2012, de 27 de ab il, de Es abilidad P esupues a ia y Sos enibilidad
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• T a ado de Funcionamien o de la Unión Eu opea. Ve sión consolidada a 26/10/2012
(DOUE C 326 p. 47-390)