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Análisis de la evolución del Sistema de Pensiones en España a raíz del Pacto de Toledo

García Rivero, Cristian

Abstract

Debido al cambio socialdemográfico que viene experimentando la Sociedad Española, se ha llevado a cabo una serie de reformas del Sistema de Pensiones Públicas. Los últimos cambios se instrumentan juridicamente mediante el Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo y la Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social. Las normativas sobre pensiones son de gran trascencencia económica, ya que, en el año 2018, por ejemplo, está previsto que el gasto en pensiones sea de hasta 144.834 millones de euros aproximadamente, más de un tercio del total del presupuesto para 2018. Este Trabajo de Fin de Grado pretende acercarse a analizar los efectos de estas medidas sobre la viabilidad del programa de pensiones de jubilación. En primer lugar, se ha realizado un análisis a fin de centrar el marco teórico de Sistemas de pensiones que existen: público y privado. Tras ello, se exponen algunos de los argumentos a favor del Sistema de Pensiones Público. A continuación, se han diferenciado los dos Sistemas de financiación existentes dentro del Sistema Público, con especial referencia al Sistema de Reparto. Se analiza con mayor detenimiento la financiación que pudiera tener el Sistema Profesional de Reparto, porque este es el aplicado en España. Los siguentes epígrafes hacen referencia al marco normativo que desarrolla el Sistema de Pensiones en España, haciendo especial hincapié en el Pacto de Toledo, así como sus antecedentes y las normativas que han sido desarrolladas en aplicación del mismo. El Pacto de Toledo fue suscrito por todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria y sus acuerdos circunscriben las actuaciones del poder ejecutivo.

Full text

Facul ad de Ciencias Económicas y Emp esa iales Depa amen o de Análisis Económico y Economía Polí ica G ado en De echo T abajo Fin de G ado Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo Au o : C is ian Ga cía Ri e o Tu o : Don Manuel Fe nández Luna 25/06/2018 Fdo.: C is ian Ga cía Ri e o Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo TRABAJO DE FIN DE GRADO Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo Facul ad de Ciencias Económicas y Emp esa iales Depa amen o de Análisis Económico y Economía Polí ica Uni e sidad de Se illa. G ado en De echo. Fdo.: Vº Bº Alumno: C is ian Ga cía Ri e o Tu o : Don Manuel Fe nández Luna Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo RESUMEN Y PALABRAS CLAVES Debido al cambio socialdemog á ico que iene expe imen ando la Sociedad Española, se ha lle ado a cabo una se ie de e o mas del Sis ema de Pensiones Públicas. Los úl imos cambios se ins umen an ju idicamen e median e el Real Dec e o-ley 5/2013, de 15 de ma zo, de medidas pa a a o ece la con inuidad de la ida labo al de los abajado es de mayo edad y p omo e el en ejecimien o ac i o y la Ley 23/2013, de 23 de diciemb e, egulado a del Fac o de Sos enibilidad y del Índice de Re alo ización del Sis ema de Pensiones de la Segu idad Social. Las no ma i as sob e pensiones son de g an ascencencia económica, ya que, en el año 2018, po ejemplo, es á p e is o que el gas o en pensiones sea de has a 144.834 millones de eu os ap oximadamen e, más de un e cio del o al del p esupues o pa a 2018. Es e T abajo de Fin de G ado p e ende ace ca se a analiza los e ec os de es as medidas sob e la iabilidad del p og ama de pensiones de jubilación. En p ime luga , se ha ealizado un análisis a in de cen a el ma co eó ico de Sis emas de pensiones que exis en: público y p i ado. T as ello, se exponen algunos de los a gumen os a a o del Sis ema de Pensiones Público. A con inuación, se han di e enciado los dos Sis emas de inanciación exis en es den o del Sis ema Público, con especial e e encia al Sis ema de Repa o. Se analiza con mayo de enimien o la inanciación que pudie a ene el Sis ema P o esional de Repa o, po que es e es el aplicado en España. Los siguen es epíg a es hacen e e encia al ma co no ma i o que desa olla el Sis ema de Pensiones en España, haciendo especial hincapié en el Pac o de Toledo, así como sus an eceden es y las no ma i as que han sido desa olladas en aplicación del mismo. El Pac o de Toledo ue susc i o po odas las ue zas polí icas con ep esen ación pa lamen a ia y sus acue dos ci cunsc iben las ac uaciones del pode ejecu i o. Palab as cla es: Sis ema de Pensiones, Fac o de Sos enibilidad, Pac o de Toledo, Jubilación, Segu idad Social. Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo ÍNDICE Pág. 1. INTRODUCCIÓN………………………………………………………………… 1 2. MARCO TEÓRICO………………………………………………………………. 3 2. 1. SISTEMAS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE SUSTITUCIÓN DE RENTAS…. 3 2. 2. ARGUMENTOS A FAVOR DEL SISTEMA DE PENSIONES PÚBLICAS… 4 2.2.1. Pa e nalismo del Es ado……………………………………………………. 4 2.2.2. P oblemá ica del acceso a la In o mación y la Selección Ad e sa………… 4 2.2.3. Capacidad de hace en e a Riesgos Sociales……………………………... 5 2.2.4. Cos es de i ados de la ges ión y la ansacción de los segu os p i ados…... 6 2.2.5. Razones de Equidad………………………………………………………... 6 2.2.6. O o ipo de a gumen os a a o …..…………………………………...…… 7 2.3. SISTEMAS PÚBLICOS DE ORGANIZACIÓN Y FINANCIACIÓN………… 8 2.3.1. El Sis ema Uni e sal………………………………………………..……… 8 2.3.2. El Sis ema P o esional…………………………………………….……….. 8 2.4 FINANCIACIÓN..……………………………………………………………….. 9 2.4.1. Sis ema de Capi alización………………………………………………….. 9 2.4.2. El Sis ema de Repa o……………………………………………………… 10 3. MARCO NORMATIVO. …………………………………………………………. 12 3.1 ASPECTOS DE LA NORMATIVA QUE REGULA LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN ESPAÑA..…………………... 12 3.2 EL PACTO DE TOLEDO..………………………………………………………. 14 3.2.1 An eceden es..……………………………………………………………….. 14 3.2.2. El Pac o..……………………………………………………………………. 15 3.2.3. Ley 24/1997 de consolidación y acionalización del Sis ema de Segu idad Social.…………………………………………………………………………………. 16 3.2.4. Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas pa a el es ablecimien o de un sis ema de jubilación g adual y lexible..……………………………………………... 17 3.2.5. Ley 40/2007, de 4 de diciemb e de medidas en ma e ia de Segu idad Social.…………………………………..……………………………………………... 18 3.2.6. Ley 27/2011, de 1 de agos o, sob e ac ualización, adecuación y mode nización del sis ema de la Segu idad Social.…...……………………………… 18 3.2.7. Real Dec e o-ley 5/2013, de 15 de ma zo, de medidas pa a a o ece la con inuidad de la ida labo al de los abajado es de mayo edad y p omo e el en ejecimien o ac i o……….………………………………………………………... 23 3.2.8. Ley 23/2013, de 23 de diciemb e, egulado a del Fac o de Sos enibilidad y el Índice de Re alo ización del Sis ema de Pensiones de la Segu idad Social…….. 24 3.2.9. Real Dec e o Legisla i o 8/2015, de 30 de oc ub e, po el que se ap ueba el ex o e undido de la Ley Gene al de la Segu idad Social……………………………. 26 4. PROYECCIONES DEMOGRÁFICAS.…………………………………………… 28 5. ALGUNAS CONCLUSIONES.…….……………...……………………………… 34 6. BIBLIOGRAFÍA…………………………………………………………………… 36 Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 1 1. INTRODUCCIÓN. Siguiendo las de iniciones consul adas a echa de junio de 2018 en la web de la Segu idad Social (h p://www.seg-social.es), podemos de ini la Segu idad Social como un conjun o de egímenes de uso del Es ado pa a ga an iza a un g upo de e minado de ciudadanos que cumplan una se ie de equisi os (p o esionales o uni e sales) una p o ección y segu idad económica, sani a ia y social pa a las con ingencias que la Ley p e é. En España, la Segu idad Social dispone de es líneas de ac uación: a) P es aciones económicas: consis en en una e ibución compensa o ia pa a a a de ali ia una si uación sob e enida que suponga pa a el bene icia io una me ma o una posición ad e sa pa a gene a ing esos. En es e apa ado se engloban: • Pensiones: son ins umen os de aho o del asegu ado, po los que, dado el cumplimien o de equisi os po pa e de és e, queda ía cubie o económicamen e po el Sis ema si se da la con ingencia especí ica. Son p og amas de sus i ución de en as y cub en los campos de ac uación de: - Jubilación: se da cuando el suje o alcanza una de e minada edad y desea no eje ce más una ac i idad p o esional. - Viudedad: cub e al cónyuge supé s i e an e la pé dida de su pa eja, han de es a o icialmen e casados en ma imonio álido en España. - O andad: p o ege a los hijos meno es de 25 años an e la pé dida de uno o ambos p ogeni o es, sus i uye a la necesidad de De echo de Alimen os que ienen los pad es pa a con los hijos. - In alidez: iene la in ención de sus i ui las en as que los a ec ados en imposibles de ob ene dada su incapaci ación pa a abaja y ecibi compensación económica a cambio. • Desempleo: el Segu o de Desempleo ac úa como amo iguado pa a el abajado que ha is o enada su ac i idad labo al y, po ende, la co espondien e compensación en en as. Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 2 • P og amas de incapacidad Labo al Tempo al: cub e las en as a los abajado es que, es ando en si uación ac i a labo al, su en algún ipo de incapacidad pa a el desa ollo de es a ac i idad, que les impide ealiza la po un pe iodo limi ado con la consecuen e me ma de ing esos. b) Asis encia Sani a ia: La asis encia sani a ia de la Segu idad Social iene po obje o la p es ación de los se icios médicos y a macéu icos necesa ios pa a conse a o es ablece la salud de sus bene icia ios, así como su ap i ud pa a el abajo. P opo ciona, ambién, los se icios con enien es pa a comple a las p es aciones médicas y a macéu icas, a endiendo, de o ma especial, a la ehabili ación ísica p ecisa pa a log a una comple a ecupe ación p o esional del abajado . c) Se icios Sociales: Los se icios sociales son p es aciones que es án incluidas den o de la acción p o ec o a del sis ema de la Segu idad Social, cuya inalidad es complemen a las p es aciones económicas y, a la ez, p ocu a una mejo a de las condiciones de ida de los bene icia ios educiendo, en lo posible, las limi aciones pe sonales mo i adas po azones de edad o discapacidad. Dicha acción p o ec o a se amplía y complemen a con un sis ema público de p es aciones y se icios pa a la a ención a las pe sonas en si uación de dependencia (aquellas que po azones de edad, en e medad o discapacidad p ecisan de la a ención de o as pe sonas o ayudas pa a ealiza las ac i idades básicas de la ida dia ia), que se p es an a a és de la ed de se icios sociales de las Comunidades Au ónomas. Exis en o os p og amas de ayudas sociales, pe o son ex e nos a la Segu idad Social, como pueden se el P og ama de Lucha Con a la Pob eza o el P og ama de Asis encia Social, pa a Sala ios de In eg ación. Es e T abajo de Fin de G ado se cen a á en el análisis de las P es aciones po Jubilación. Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 3 2. MARCO TEÓRICO. 2.1. SISTEMAS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE SUSTITUCIÓN DE RENTAS. Pa a comenza , se expone un cuad o que esume las di e encias en e los sis emas Públicos y P i ados de pensiones. PENSIÓN PUBLICA PENSIÓN PRIVADA Cobe u a La misma Co izaciones Obliga o ia e independien e Volun a ia, según p ima Indemnización Relación indi ec a con la Co ización Según p ima abonada C i e io Redis ibución de iqueza Ac ua ial Fuen e: Elabo ación p opia. En el cuad o supe io se esumen las p incipales di e encias en e las dos e siones de Pensiones, se obse a que ambas cub en las mismas con ingencias y an encaminadas a cub i las mismas p es aciones, es deci , una en a pe iódica que sus i uya los ing esos que el abajado enía gene ando du an e su ac i idad labo al a lo la go de és a. Pe o se obse an di e encias angibles en e ellas: la p ime a es la elacionada con las co izaciones, que en los Planes de Jubilación Públicos se es ablecen de mane a obliga o ia ( an o pa a el abajado como pa a el empleado ) y a ienden a un c i e io de abono no elacionado di ec amen e con la p obabilidad es adís ica de que el iesgo asegu ado se cumpla o la du ación de la cobe u a que necesi a á el asegu ado, en cambio, en los Planes de Jubilación P i ados, el abono de la p ima es olun a io, en an o en cuan o el clien e Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 4 desee es a cobe u a o no y es e impo e a di ec amen e elacionado con el iesgo, es deci , a mayo iesgo, mayo p ima. Po o o lado, la indemnización pe cibida po el asegu ado en el caso de las Pensiones de Jubilación Públicas es á ela i amen e elacionada con las co izaciones, es deci , siemp e se a a in en a que el asegu ado eciba una can idad que le pe mi a el desa ollo económico en el plano social, independien emen e de la cuan ía que haya abonado en líneas gene ales. En el sis ema P i ado, la elación en e las p imas pagadas y las compensaciones ecibidas son es echas, calculadas con écnicas ac ua iales, has a el pun o de una inculación p ác icamen e inmedia a. En de ini i a, odos es os pa áme os si en de cla o mues a io de la esencia p incipal de cada uno de los Planes de Pensiones: el Público p e ende una edis ibución de la iqueza, una unción palia i a del desigual epa o económico al que la sociedad es á expues a y que se en iende que obedece a un injus o social que enmenda , en cambio, los Planes de Pensiones P i ados siemp e esponden a un c i e io ac ua ial, es deci , ac úan con o me a los modelos es adís icos y ma emá icos que e i iquen la en abilidad inancie a del negocio de cobe u a asegu ado a. Es o es así po que el Sis ema Público se basa en p incipios de aho o o zoso, mien as que el Sis ema P i ado se basa en p incipios de aho o olun a io. 2.2. ARGUMENTOS A FAVOR DEL SISTEMA DE PENSIONES PÚBLICAS Siguiendo a Paniagua So o y Na a o Pascual (2016) se pueden expone b e emen e algunos de los a gumen os a a o del Sis ema de Pensiones Públicas: 2.2.1. Pa e nalismo del Es ado, que ac úa de mane a p e en i a pa a que quienes no han sido capaces ya sea po al a de ecu sos o de p e isión de man ene el ni el de ida as deja de pe cibi el sala io co espondien e a su ac i idad labo al. La ac i ud de Agen e Público lo posiciona como ga an e de odos los ciudadanos y lo habili a y comp ome e a obliga a odos los ciudadanos a p e e y asegu a su u u o, amén de no cae en si uación de pob eza cuando se dé una si uación de jubilación. Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 5 2.2.2. P oblemá ica del acceso a la In o mación y la Selección Ad e sa, es o se da po que las compañías p i adas de segu os encuen an mucha di icul ad a la ho a de es ablece unas p imas equi a i as con el iego eal que se es á asegu ando, dada la desigualdad de p imas y iesgos. Pa a es ablece un c i e io, las compañías siguen el c i e io de: a mayo iesgo, mayo p ima y a meno iesgo, p ima meno , lo que es ablece un Riesgo Medio que no compensa a nadie, a los que asumen un iesgo meno les esul a demasiado ele ado, po lo que no lo acep an, lo que conlle a que se enca ezcan los que asumen un mayo iesgo, aumen ando sus p imas, es e enca ecimien o conlle a di ec amen e a ele a el Riesgo Medio, lo que, consecuen emen e p o oca el echazo de nue o de los que asumen meno iesgo. Se a a de un cí culo icioso que se e oalimen a debido a la Selección Ad e sa. Sin emba go, el Sec o Público no iene es e p oblema, además juega con en aja en es e sen ido, pese a que no acaba con la casuís ica p oblemá ica, lo que de e mina su posición con espec o a la Selección Ad e sa es la disposición de mucha más in o mación, es deci , juega con la en aja de ene como usua ios (consumido es) a odos los abajado es de la Segu idad Social, que eniendo en cuen a que es án odos obligados al pago, u iliza las es adís icas o ales del país. 2.2.3. Capacidad de hace en e a Riesgos Sociales, un balua e impo an e en la de ensa de los Planes de Pensiones Públicos es la capacidad de es os pa a a on a con ingencias que a ec en mul ila e almen e a un g an g upo social. La posibilidad de cub i es e ipo de iesgos pa a emp esas p i adas es cuan o menos limi ada, cuando no nulas, pudiendo i a la banca o a la emp esa en conc e o o o zándola a incumpli su comp omiso pa a con el consumido . Ahí es cuando el Sec o Público dispone de ecu sos adicionales que le esul an además mucho mayo es, ya que puede inancia se median e eci culación de impues os y la emisión de Deuda Pública a e ce os. Así, en un caso de dep esión económica y como consecuencia una al a asa de desempleo, los asegu ados eque i ían e i a sus ondos de pensiones, a lo que las emp esas p i adas no pod ían hace en e, mien as que el Sec o Público siemp e dispond á de la posibilidad Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 12 3. MARCO NORMATIVO. 3.1 ASPECTOS DE LA NORMATIVA QUE REGULA LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN ESPAÑA. Siguiendo con el análisis del Sis ema de Pensiones Públicas ins au ado en la Segu idad Social de España, se puede ap ecia que las co izaciones sociales son su agadas an o po el empleado como po el abajado , pa a con ingencias comunes o desempleo, sin emba go, el Fondo de Ga an ía Sala ial es inanciado solo po el emp esa io, ya que es es a su obligación. Pa a la aplicación del abono de co izaciones, és as se p o a ean y di iden en e los doce meses del año. Como se adelan ó p e iamen e, en cuan o a las Pensiones de Jubilación, exis en unas bases de co ización máximas y mínimas, pa a ga an iza la subsis encia de es as pensiones, de mane a que odos los abajado es, independien emen e del sala io que engan, apo en una can idad adecuada al umb al que es ablezcan es os máximos o mínimos. Po ejemplo: si un abajado u ie a un sueldo al que, po cen ualmen e, le co espondiese una co ización meno de lo que se es ablece como base mínima, su po cen aje no esul a álido y debe apo a (compa a i amen e) más que o o abajado que enga un abajo cuya co ización po cen ual sí es é en es e umb al. Pa a ealiza el cálculo de la pensión que le co esponde a un abajado cuando ya se jubila, se han de ene en cuen a los siguien es elemen os pa a es ablece el impo e de la p es ación: a) Años de co ización, son los años que el abajado ha es ado apo ando a la Segu idad Social. Más adelan e se exponen con mayo p ecisión es os da os. b) Edad de jubilación, la edad con la que se empieza a dis u a de la p es ación, desde el año 2013, se es ableció una subida de 65 a 67 años, aunque a pa i de los 65 años, puede accede se a la jubilación si se ac edi an 38 años y medio co izados. c) Sueldos pe cibidos en los úl imos años an e io es a la jubilación. A mayo sueldo, mayo p es ación, aunque, en las dis in as e o mas, se han ido ampliando cons an emen e en núme o de los años conside ados pa a es ablece la pensión. Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 13 En p ime luga , el sis ema de pensiones iene es ablecido a a és del égimen público de Segu idad Social en el a ículo 41 de la Cons i ución Española: “Los pode es públicos man end án un égimen público de Segu idad Social pa a odos los ciudadanos, que ga an ice la asis encia y p es aciones sociales su icien es an e si uaciones de necesidad, especialmen e en caso de desempleo.” Pa a su mayo desa ollo, en el Real Dec e o Legisla i o 8/2015, de 30 de oc ub e, po el que se ap ueba el ex o e undido de la Ley Gene al de la Segu idad Social de ine en su a ículo 204 la p es ación de jubilación como una “p es ación económica po causa de jubilación, en su modalidad con ibu i a, se á única pa a cada bene icia io y consis i á en una pensión i alicia que le se á econocida, en las condiciones, cuan ía y o ma que eglamen a iamen e se de e minen, cuando, alcanzada la edad es ablecida, cese o haya cesado en el abajo po cuen a ajena.” En es a p ime a de inición se de ec an dos concep os que esul an necesa ios pa a ob ene el acceso a la p es ación, siendo: a) Alcanza la edad es ablecida, ac ualmen e impues a en 67 años po ley; y b) Cesa en el abajo, po el in de la ida labo al ac i a del asegu ado. Se añade además el equisi o de que ambas se den al mismo iempo, ya que se án ambos en coexis encia los que pe mi i án que la con ingencia sea en endida como al. Así mismo, la de inición es á ca gada de é minos que desc iben la p es ación muy p ecisamen e, es os son: a) Única: Cada uno de los bene icia ios pod á ecibi una sola pensión, sal ando algunas excepciones, de i adas de pensiones de dis in os Regímenes de la Segu idad Social. b) Vi alicia: la du ación de la p es ación se ex iende en an o en cuan o el bene icia io no allezca. c) Incompa ible con el abajo po cuen a ajena: siemp e en su modalidad in eg a de dis u e de la p es ación, pues en la modalidad de jubilación pa cial, el abajado pod á has a que se dé la con ingencia que le pe mi a ecibi la jubilación ín eg a, man ene las dos uen es de ing esos. d) Indisponible: no es iable la enuncia del bene icia io a a o de un e ce o, no siendo obje o de es a ca ac e ís ica el des ino que el bene icia io quie a da le al dine o ob enido po la p es ación. Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 14 e) Imp esc ip ible: las acciones pa a solici a la p es ación (con la ac edi ación de la co espondien e con ingencia) no p esc iben en ningún momen o, así pues el bene icia io puede subsana con a iedades nacidas del posible e aso a la ho a de asigna le la co espondien e p es ación. ) Imponible: en el sen ido que se en ienden como Rendimien os del T abajo a e ec os de ibu ación en el Impues o sob e la Ren a de las Pe sonas Físicas. g) Pe iódica: dado su ca ác e sus i u i o de la en a, hace la unción de pago pe iódico que co esponde ía a los sala ios que el bene icia io dis u aba en su época ac i a en el mundo labo al. 3.2 EL PACTO DE TOLEDO. 3.2.1 An eceden es. Ley 26/1985 de medidas u gen es pa a la acionalización de la es uc u a y la acción de p o ec o a de la Segu idad Social. En 1985, en España se gene ó una si uación de eme gencia, con una g a e c isis económica que p odujo una al ísima asa de desempleo. En espues a a dicha si uación se acue da y ap ueba la Ley 26/1985 de medidas u gen es pa a la acionalización de la es uc u a y la acción de p o ec o a de la Segu idad Social. En su exposición de mo i os se encuen an las cla es que pe seguía: e o za el ca ác e p o esional, con ibu i o y p opo cional de las Pensiones de Jubilación e in alidez; co ela i a mejo a de la p o ección no con ibu i a; mejo a de la e iciencia p o ec o a po la eo denación de ecu sos; y acionalización de la es uc u a del Sis ema. Pa a ello se oma on las siguien es medidas: a) Aumen o del pe iodo de núme o de años co izados pa a accede a la co ización, ele ando el pe iodo mínimo de co ización de 10 a 15 años. b) Modi icación de la Base Regulado a, ampliándolo pa a es ablece la cuan ía desde los úl imos dos años a los úl imos ocho. Es a modi icación es una espues a a la casuís ica que enía obse ándose en la que los abajado es aco daban con los emp esa ios una ele ación desp opo cionada de su sala io en los dos úl imos años pa a ele a la base de cálculo. Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 15 c) Aunque más le emen e, ya se ap eciaban o as medidas de p o ección de la capacidad adquisi i a del jubilado, como son los de adap ación de la cuan ía de las pensiones al índice de p ecios de consumo y la mejo a de odas las que no alcanzaban el alo del Sala io Mínimo In e p o esional. 3.2.2. El Pac o. En 1995, se acue da po odos los pa idos polí icos ep esen an es en el Cong eso de los Dipu ados la c eación de una Ponencia pa a elabo a in o mes de análisis a in de mengua los p oblemas es uc u ales que el Sis ema de Segu idad Social enía su iendo, así como la indicación pa a ealiza u u as e o mas que se p e eían necesa ias en el obje i o de ga an iza la iabilidad del sis ema público de pensiones y e i a mayo es dé ici s en el p esupues o del Es ado. A es e documen o se le denomina Pac o de Toledo, y desde su c eación es ablece una se ie de quince ecomendaciones en su Tí ulo IX, en e es as p opues as igu an: - Sepa ación y cla i icación de las uen es de inanciación de las pensiones, se es ablecen dos uen es di e en es de inanciación: las con ibu i as se su aga án a a és de las con ibuciones de la masa que se encuen e en ac i o en ese momen o y las no con ibu i as se inancia án median e un ca go a los P esupues os Gene ales del Es ado. - C eación del Fondo de Rese a de la Segu idad Social, con a eglo a a enua los impac os de los ciclos económicos, pa a ello se pond ían a deposi o del Fondo los exceden es de o os pe iodos, a in de que los ondos de equilib io basculen los bene icios de los iempos de bonanzas a a o de las ca encias que puedan ene en iempos más p eca ios. - Man enimien o del pode adquisi i o de las pensiones, oma medidas pe inen es de eajus e y así ga an iza po ley la es abilidad económica de los pensionis as. - Financiación, simpli icación e in eg ación de egímenes especiales, eniendo en cuen a la inmensa di e sidad labo al en la que España es aba inme sa, se es ablecen una p o ección social equipa able en e odas las p o esiones, así como con los au ónomos, buscando la en ada p og esi a de odos en el Régimen Gene al. - Mode nización e in o mación al ciudadano, con la nue a sociedad, que cada ez enía ecibiendo una educación y o mación de mayo calidad, cabía Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 16 espe a que ue a cada ez más exigen e con el p oduc o o ecido po el Sis ema, demandando in o mación sob e p es aciones y de echos. - Ges ión del Sis ema, búsqueda de una e icacia ges o a en los p ocesos de a iliación, ecaudación y abono de p es aciones, simpli icando e in eg ando el Sis ema. - Lucha con a el aude, a a de mengua los casos de economía sume gida e inmig ación i egula , así como el abuso del égimen po pa e de algunos au ónomos. - Re ue zo de su ca ác e con ibu i o, equilib a inancie amen e el es ue zo ealizado en los planos labo al y con ibu i o con la p es ación ecibida. - Fijación de una edad eal de jubilación, en 65 años de edad. - P es aciones no con ibu i as de iudedad y o andad, eque ían se e o zados po doble ía, siendo la p incipal la cobe u a e ec i a de las necesidades amilia es as la pé dida su ida, la segunda que es a cobe u a e ec i a se in ensi ica a en mejo as sus anciales en pe sonas que ecibían la pensión de iudedad y no disponían de ecu sos, especialmen e en pe sonas mayo es de 65 años. También se es ablece un aumen o pa a las pensiones de o andad, que po di e en es causas, pueden esul a muy escasas. - Re ue zo en el p incipio de Solida idad y de ga an ía de su iciencia. - Además, se acogen una se ie de indicaciones pa a p omo e sis emas complemen a ios de aho o pa a el ciudadano, a a és de la incen i ación iscal (posibilidad de desg a a ). Con es as indicaciones, el Pac o ha se ido de base pa a la e o mulación de Leyes, con las que lle a a la p ác ica los acue dos, así desde su concepción se han ap obado las siguien es: 3.2.3. Ley 24/1997 de consolidación y acionalización del Sis ema de Segu idad Social Las 15 ecomendaciones es ablecidas en el Pac o de Toledo se usa on de base pa a el acue do en e el Gobie no y los sindica os en 1996 y que dio luga a la Ley 24/1997 de consolidación y acionalización del Sis ema de Segu idad Social, es a no ma in oduce Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 17 cambios signi ican es en compa ación con la no ma i a an e io que esumidamen e se pueden exp esa en: a) Es ablecimien o de las ías de inanciación, elacionando cada una de las pensiones con su uen e p ima ia, así las pensiones con ibu i as se inancian con las p opias co izaciones del abajado y el empleado , y en cuan o a la inanciación de las no con ibu i as con los P esupues os Gene ales del Es ado. b) Aumen o de la edad a la que podía ene acceso a la p es ación, ijándola en 65 años. Aumen ando con es o ambién la p opo cionalidad en e años co izados y el cálculo de la cuan ía: 35 años co izados pe mi ían dis u a del 100% de la p es ación, 25 años, el 80% y con 15 años, 50%. c) Aumen o del núme o de años aplicado al cálculo de la Base Regulado a, pasando de ocho a los quince úl imos años de co ización. d) C eación del Fondo de Rese a de la Segu idad Social, la conocida ulga men e como “hucha de las pensiones”, con la unción de asegu a , an e imp e is os sob e enidos, la capacidad de liquidez pa a a on a los pagos de las pensiones en años de ecesión. e) Re alo ización aco de con la e olución del IPC, en p o de que los jubilados man engan su pode adquisi i o. ) En meno medidas se desa ollan sis emas al e na i os de aho o. 3.2.4. Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas pa a el es ablecimien o de un sis ema de jubilación g adual y lexible. Basado en el Acue do pa a la Mejo a y el Desa ollo del sis ema de P o ección Social de 2001, ealizado con in ención de es ablece un sis ema de pensiones más lexible y aco de con las necesidades eales de los jubilados. Pe mi e la apa ición de nue as o mas de jubilación, como: a) Jubilación an icipada, dada la exis encia de abajado es con la gas p oyecciones labo ales que, de mane a in olun a ia, se encon aban desempleados y con di ícil einco po ación al mundo labo al, se les pe mi e, con una co espondien e educción del impo e, jubila se an es de los 65 años. Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 18 b) P olongaciones de ida labo al del jubilado, pe mi iéndole compa ibiliza és a con un abajo a iempo pa cial, lo que esul a indudablemen e bene icioso an o pa a el abajado como pa a la Segu idad Social. 3.2.5 Ley 40/2007, de 4 de diciemb e de medidas en ma e ia de Segu idad Social. Nue amen e, en el año 2003 se eúnen los di igen es polí icos del país pa a aco da una eno ación del Pac o de Toledo, es ableciendo nue as ecomendaciones que si ie on de base pa a la elabo ación del Acue do sob e Medidas en Ma e ia de Segu idad Social, en el año 2006. Es e Acue do in oduce una se ie de medidas encomendadas a aumen a la elación en e co izaciones y p es aciones del sis ema, con mejo as sus anciales en la p opo ción con ibuciones-p es aciones. Sus p incipales cambios ue on: a) Ac edi ación necesa ia de un mínimo de quince años abajados pa a pode accede a la p es ación de jubilación. Además se eliminan los “días-cuo a”, los días co izados po las pagas ex ao dina ias. b) Medidas gene ales encauzadas a la p olongación de la ida labo al más allá de la edad de jubilación, incen i ando es a mane a de acceso a la pensión de jubilación. c) Ins au ación de un p oceso conc e o pa a el acceso a la p ejubilación po pa e de los abajado es de empleos penosos, pelig osos, óxicos o insalub es. d) Aumen o de la edad lími e pa a la jubilación pa cial has a los 61. e) Racionalización de los c i e ios pa a accede a las pensiones de incapacidad. 3.2.6. Ley 27/2011, de 1 de agos o, sob e ac ualización, adecuación y mode nización del sis ema de la Segu idad Social. La sociedad española empieza a su i las consecuencias de una se ie de cambios sociodemog á icos p oducidos en años an e io es, como el en ejecimien o de la población, al que se le añade una baja na alidad además de la caída del me cado de abajo u o de una g a e c isis económica, siendo los mayo es pe judicados los jó enes, que en e asada su en ada al me cado labo al con una caducidad más emp ane a, a ello se le añade la ingen e can idad de p ejubilados que solici an la p es ación an es de la edad Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 19 o dina ia, como consecuencia de la g a e c isis económica padecida po el país a pa i del año 2008. Es as nue as ci cuns ancias y las consecuencias de la c isis económica dan pie a unos nue os acue dos pa a man ene el sis ema, de es a si uación esul a el Acue do Social y Económico pa a el c ecimien o, el empleo y la ga an ía de las pensiones. En es e acue do se oman las medidas de: a) Ampliación de edad de acceso a la jubilación, ampliando és e de 65 a 67, se man iene la edad de 65 pa a aquellos con una co ización de 38 años y 6 meses. b) Aumen o de la can idad de años pa a de e mina la base egulado a, es ableciéndose en 25 el núme o de años pa a compu a su cálculo, po encima de los 15 años que enía la legislación an e io . A es a medida ambién se le adsc ibió un pe iodo ansi o io de 10 años en los que se i ían añadiendo una aplicación g adual, es deci , un año po pe iodo, has a llega a ija lo en 25 en 2022. c) Rees uc u ación del po cen aje aplicable, espe a el equi alen e al 50% po 15 años co izados de la ley an e io , pe o cambia la can idad po cen ual a inc emen a con cada año adicional, esul ando así: se aplica el po cen aje inicial del 0’21% en 2013, a los meses que aba can desde el 1 al 163; un ipo po cen ual del 0’19% a los meses si uados en e el 164 y el 247, así has a 2027, donde se aplica á el ipo de 0’19% a los 248 p ime os meses y el 0’18% a los 16 siguien es. Es a ó mula ambién añade una cláusula po la que se in oduce de mane a ansi o ia el c ecimien o po cen ual mensualmen e de o ma p og esi a, lo que da ía el esul ado de que: • Du an e los años 2013 a 2019: po cada mes adicional de co ización en e los meses 1 y 163, el 0,21% y po los 83 meses siguien es, el 0,19%. • Du an e los años 2020 a 2022: po cada mes adicional de co ización en e los meses 1 y 106, el 021% y po los 146 meses siguien es, el 0,19%. • Du an e los años 2023 a 2026: po cada mes adicional de co ización en e los meses 1 y 49, el 0,21% y po los 209 meses siguien es, el 0,19%. • A pa i de 2027: po cada mes adicional de co ización en e los meses 1 y 248 el 19% y po los 16 meses siguien es, el 0,19%. Pa a mejo en endimien o, se añaden las siguien es ablas elabo adas en No a écnica elabo ada po el Depa amen o de Análisis Económico de la FCCEEyE de la US sob e los cambios en el cálculo de pensiones aplicando la Ley ac ual Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 20 TABLA 1.- Ley 27/2011 de Ac ualización, Adecuación y Mode nización del Sis ema de Segu idad Social (en ada en igo el 1 de ene o de 2013) an es de la e o ma después de la e o ma aplicación ín eg a edad de jubilación 65 años 67 años 65 años con 38 años y 6 meses co izados (*) 1/1/ 2027 núme o mínimo de años de co ización 35 años pa a cob a el 100% de la pensión 37 años pa a cob a el 100% de la pensión (*) 1/1/2027 pe iodo de años co izados enidos en cuen a en el cómpu o 15 años 25 años (**) 1/1/2022 Po cen aje po los 15 p ime os años de co ización, un 50% po los p ime os 15 años co izados, un 50% 1/1/2027 desde los 16 a los 25 años de co ización, el 3% y a pa i de los 26 años un 2 %, a pa i del año 16 de co ización, inclusi e, el po cen aje se calcula po meses y según los siguien es amos: en e los meses 1 y 248, el 0,19% y po los 16 meses siguien es (desde el mes 249 has a el mes 264), el 0,18%, alcanzando el 100% con 35 años de co ización alcanzando el 100% de la base egulado a con37 años de co ización (***) No a écnica elabo ada po el Depa amen o de Análisis Económico de la FCCEEyE de la US sob e los cambios en el cálculo de pensiones aplicando la Ley ac ual Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 21 TABLA 2.- Edad de jubilación y años de co ización, a pa i del 1 de ene o de 2013 AÑO PERÍODOS COTIZADOS EDAD EXIGIDA 2013 35 años y 3 meses o más. Menos de 35 años y 3 meses. 65 años. 65 años y 1 mes. 2014 35 años y 6 meses o más. Menos de 35 años y 6 meses. 65 años. 65 años y 2 meses. 2015 35 años y 9 meses o más. Menos de 35 años y 9 meses. 65 años. 65 años y 3 meses. 2016 36 o más años. Menos de 36 años. 65 años. 65 años y 4 meses. 2017 36 años y 3 meses o más. Menos de 36 años y 3 meses. 65 años. 65 años y 5 meses. 2018 36 años y 6 meses o más. Menos de 36 años y 6 meses. 65 años. 65 años y 6 meses. 2019 36 años y 9 meses o más. Menos de 36 años y 9 meses. 65 años. 65 años y 8 meses. 2020 37 o más años. Menos de 37 años. 65 años. 65 años y 10 meses. 2021 37 años y 3 meses o más. Menos de 37 años y 3 meses. 65 años. 66 años. 2022 37 años y 6 meses o más. Menos de 37 años y 6 meses. 65 años. 66 años y 2 meses. 2023 37 años y 9 meses o más. Menos de 37 años y 9 meses. 65 años. 66 años y 4 meses. 2024 38 o más años. Menos de 38 años. 65 años. 66 años y 6 meses. 2025 38 años y 3 meses o más. Menos de 38 años y 3 meses. 65 años. 66 años y 8 meses. 2026 38 años y 3 meses o más. Menos de 38 años y 3 meses. 65 años. 66 años y 10 meses. A pa i del año 2027 38 años y 6 meses o más. Menos de 38 años y 6 meses. 65 años. 67 años. No a écnica elabo ada po el Depa amen o de Análisis Económico de la FCCEEyE de la US sob e los cambios en el cálculo de pensiones aplicando la Ley ac ual Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 28 4. PROYECCIONES DEMOGRÁFICAS. Como se ha expues o du an e el desa ollo de es e T abajo de Fin de G ado, España ha su ido una se ie de cambios sociodemog á icos que, sin luga a dudas han supues o un desa ío pa a el co ec o uncionamien o de la Segu idad Social: Puede obse a se en las Tabla 1 y G á ico 1 expues os a con inuación como nues a nación es á expe imen ado un en ejecimien o masi o de la población, es o iene de i ado de la disminución de la asa de na alidad, que ha bajado de 18,70 nacidos po cada mil habi an es en 1975 a 8,79 nacidos po cada mil habi an es en 2016, lo que se aduce en una media de 2,79 hijos po muje en 1975 en e a 1,32 hijos po muje en 2016, es deci un o al de 1,47 hijos menos. Pa a ene una idea más cla a de la di e encia y caída de la na alidad en España, según el INE, en 1975 se egis a on 669.378 nacimien os, mien as que en 2016, ue on 410.583, un o al de 258.795 nacimien os menos en 31 años de di e encia. GRÁFICO 1. NATALIDAD. Fuen e: Ins i u o Nacional de Es adís ica, consul ado a echa de 21/06/2018 Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 29 TABLA 1. NATALIDAD. Tasa B u a de Na alidad. Unidades: Nacidos po mil habi an es To al Nacional 1975 18,70 1976 18,73 1977 17,96 1978 17,25 1979 16,17 1980 15,22 1981 14,10 1982 13,57 1983 12,71 1984 12,34 1985 11,85 1986 11,36 1987 11,02 1988 10,79 1989 10,51 1990 10,32 1991 10,16 1992 10,13 1993 9,80 1994 9,35 1995 9,15 1996 9,07 1997 9,20 1998 9,06 1999 9,39 2000 9,78 2001 9,94 2002 10,08 2003 10,44 2004 10,57 2005 10,65 2006 10,85 2007 10,86 2008 11,28 2009 10,65 2010 10,42 2011 10,07 2012 9,69 2013 9,11 2014 9,17 2015 9,02 2016 8,80 2017 8,37 Fuen e: Ins i u o Nacional de Es adís ica, consul ado a echa de 21/06/2018 Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 30 Po o a pa e, se e leja en la Tabla 2 y G á ico 2 como la espe anza de ida a anza sin eno en los úl imos años, ele ándose de los 73,47 años en 1975 a los 83,10 años de 2016, úl imos da os ecogidos po el INE, un o al de 9,63 años de di e encia, que iene como consecuencia un mayo pe iodo de pe cepción de las p es aciones de jubilación. GRÁFICO 2. ESPERANZA DE VIDA. Fuen e: Ins i u o Nacional de Es adís ica, consul ado a echa de 21/06/2018 El p opio INE p e é que den o de 20 años se duplica á la población mayo de 64 años, supe ando en onces el e cio de población o al española, po lo que la p oblemá ica se ía doble, ya que no sólo hab á más pe sonas ecibiendo la p es ación, sino que la ecibi án po más iempo. A día de hoy, los pensionis as han pasado de es a dis u ando de la jubilación de unos 5 a 8 años ap oximadamen e a unos ein icinco o incluso ein a años, p ác icamen e lo mismo que han es ado co izando. Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 31 TABLA 2. ESPERANZA DE VIDA. Indicado es de Mo alidad Espe anza de Vida al Nacimien o To al Nacional Ambos sexos Años 1975 73,47 1976 73,79 1977 74,28 1978 74,48 1979 74,95 1980 75,49 1981 75,66 1982 76,28 1983 76,07 1984 76,44 1985 76,40 1986 76,67 1987 76,91 1988 76,93 1989 76,97 1990 76,97 1991 77,07 1992 77,51 1993 77,66 1994 78,03 1995 78,12 1996 78,26 1997 78,76 1998 78,87 1999 78,87 2000 79,34 2001 79,67 2002 79,76 2003 79,70 2004 80,29 2005 80,28 2006 80,94 2007 80,97 2008 81,30 2009 81,66 2010 82,07 2011 82,25 2012 82,27 2013 82,78 2014 82,92 2015 82,70 2016 83,11 2017 83,10 Fuen e: Ins i u o Nacional de Es adís ica, consul ado a echa de 21/06/2018 Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 32 GRÁFICO 3. PIRÁMIDE DE POBLACIÓN. Fuen e: Da osmac o.com, consul ado a echa de 21/06/2018 En la igu a supe io , G á ico 3, se comp ueba cómo se ha in e ido la “pi ámide” poblacional, has a adop a una o ma de bulbo, poniendo de mani ies o las di icul ades que un sis ema de inanciación de epa o pueda ene pa a se sos enible. Pueden deduci se los p oblemas ac uales y u u os que end án de i ados, consecuencia de lo acon ecido en la his o ia ecien e de nues o país. De un lado, lo más ala man e de es a es uc u a es el es echamien o de su base, p ueba de la escasez de población jo en, consecuencia de los bajos índices de na alidad y ecundidad ( eco demos que es amos en unos alo es de 1,32 hijos po muje ), las posibles causas de la mengua de es e ac o pueden se : la inco po ación de la muje al me cado labo al, los cambios es uc u ales en las amilias y los p oblemas pa a la inco po ación jo en labo al: al os ni eles de pa o ju enil, p eca iedad labo al, basada en bajos sala ios y de co a du ación, di icul ades de acceso a la i ienda, al a de expec a i as sólidas de u u o… son ac o es que e asan la edad de emancipación de los hijos, con el consecuen e e aso pa a o ma amilias y ene hijos. Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 33 En e las causas que explican la bajada de los índices de mo alidad y el inc emen o de la espe anza de ida es án los p og esos y mejo as en la accesibilidad y la calidad a alimen os, higiene, sanidad, educación… Pa a conclui , la si uación demog á ica española pone de mani ies o el o ísimo p oceso de en ejecimien o y los bajos índices de nacimien o que se ienen ag a ando desde hace 30 años. Todo ello pone en se io iesgo el ele o gene acional, y de segu o conlle a á un débil c ecimien o na u al. Se espe a una escasez de población ac i a en un u u o inmedia o (sin a ende a o os ac o es que puedan ag a a es e hecho). An e es a esi u a socioeconómica, se equie en medidas pa a hace en e al inc emen o ya eal en el gas o público como consecuencia de es a e olución demog á ica. Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 34 5. ALGUNAS CONCLUSIONES. El nue o pano ama demog á ico ha p o ocado que se acome an e o mas pa a el man enimien o del Sis ema de Segu idad Social español, una de las cla es del Es ado de Bienes a . La Cons i ución Española es ablece que los pode es públicos debe án ga an iza unos mínimos de bienes a a los ciudadanos. Es e comp omiso esul a más di ícil de lle a a la p ác ica después de la c isis inancie a y económica ecien e. Las e o mas en el Sis ema de Pensiones se di igen a educi sus cuan ías y aumen a el núme o de años que se co izan, o sea, aumen a ing esos y educi cos es. Los colec i os con mayo p eca iedad y con peo es condiciones labo ales se án los más a ec ados po las e o mas, ya que son los que más lagunas labo ales aba can (al e nan g andes pe iodos de iempo en desempleo con empleos empo ales, a me ced de la es acionalidad) y ello implica peo acceso a las p es aciones del sis ema. El ac ual sis ema P o esional y de epa o que se usa pa a inancia las pensiones es á siendo cues ionado, dada la g an can idad de p oblemas écnicos que han ido desa ollándose a consecuencia del aumen o de la espe anza de ida y la baja demog a ía que no han podido, en p incipio, se paliados po la cuan iosas e o mas e ec uadas, aunque sí es cie o que odo ello ha pues o de mani ies o la capacidad de consenso del cue po legisla i o de es e país pa a aco da medidas como las ya mencionadas. No obs an e, dichas e o mas no han llegado a iempo pa a palia los e ec os nega i os, consecuencia de la baja demog a ía, al a espe anza de ida y p eca iedad labo al; de hecho, pa a 2018 se p e é dé ici económico en la Segu idad Social, a pesa del aumen o del núme o de abajado es que co izan. Es deci , las medidas an po de ás de la ealidad y han sido a días. Pa ece opo uno plan ea que el sis ema cuen e con inanciación p oceden e de los P esupues os. Es deci , un sis ema mix o uni e sal-p o esional. Se ía el momen o de diseña y con o ma polí icas de es ímulo del aho o pa a a enua las ca encias del Sis ema Público. Desde un pun o de is a económico, mayo Aho o acili a ía mayo In e sión, y po ello, mayo empleo y de mejo calidad, odo ello mejo a ía la inanciación del sis ema y acili a ía los acue dos y ajus es necesa ios pa a su man enimien o. Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 35 Exis en ejemplos en Eu opa de países que, an e simila es p oblemas, han man enido las pensiones acudiendo a su inanciación en mayo p opo ción median e impues os, y, en pa alelo, han omen ado medidas pa a es imula el aho o, consiguiendo al os ni eles de empleo. Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 36 6. BIBLIOGRAFÍA. MANUALES • Albi Ibáñez, E., González-Pá amo, J. M. y Zubi i, I. (2009) Economía Pública I. 3ª ed., Mad id. • Na a o Pascual, R. y Paniagua So o, F. J. (2016). Hacienda Pública I. Teo ía del P esupues o y Gas o Público. 2ª ed., p 382-394. Mad id. MONOGRAFÍAS • INFORME DE EVALUACIÓN Y REFORMA DEL PACTO DE TOLEDO, Cong eso de los Dipu ados (2011). disponible en h p://www.cong eso.es/docu/comisiones/Pac Tole/153_000001_0000.pd • INFORME DEL COMITÉ DE EXPERTOS SOBRE EL FACTOR DE SOSTENIBILIDAD DEL SISTEMA PÚBLICO DE PENSIONES. Re is a Segu idad Social Ac i a (2013). Disponible en h p://www1.seg-social.es/Ac i aIn e ne /g oups/public/documen s/ e _anexo/ e _032187.pd • LA REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES EN ESPAÑA. Di ección Gene al del Se icio de Es udios del Banco de España (Eu osis ema) (2009). Disponible en h ps://www.bde.es/ /webbde/GAP/p ensa/ iche os/es/m o150409_no ase icioes udios.pd • Página web del Minis e io de Empleo (2018) h p://www.empleo.gob.es/index.h m • Página web de la Segu idad Social (2018) h p://www.seg-social.es • Segu idad Social. Guía P ác ica. Thomson Reu e s-Lex No a (2014) GRÁFICOS Y TABLAS • Da osmac o (2017) España- Pi ámide de población. h ps://www.da osmac o.com/demog a ia/es uc u a-poblacion/espana • Es adís icas del Ins i u o Nacional de Es adís ica. h ps://www.ine.es Análisis de la e olución del Sis ema de Pensiones en España a aíz del Pac o de Toledo 37 LEGISLACIÓN • Cons i ución Española, 27-12 (BOE núm. 311.1, 29/12/1978 p. 29313-29424) • Ley 26/1985, 31-7, de medidas u gen es pa a la acionalización de la es uc u a y de la acción p o ec o a de la Segu idad Social (BOE núm. 183, 1-8 p.24452-24454) • Real Dec e o Legisla i o 670/1987 de 30-4, po el que se ap ueba el Tex o Re undido de la Ley de Clases Pasi as del Es ado (BOE núm. 126, de 27-5, p. 15598-15610) • Real Dec e o Legisla i o 1/1994, 20-6, po el que se ap ueba el ex o e undido de la Ley Gene al de la Segu idad Social (BOE núm. 154, 29-6 p. 20658-20708) • Real Dec e o 2064/1995, de 22-12, po el que se ap ueba el Reglamen o Gene al sob e co ización y liquidación de o os de echos de la Segu idad Social (BOE núm. 22, de 25-196, p.2295-2323) • Real Dec e o 84/1996, de 26-1, Reglamen o Gene al sob e insc ipción de emp esas, a iliación, al as, bajas y a iación de da os de los abajado es de la Segu idad Social (BOE núm. 50, de 27-2, p. 7349-7374) • Ley 24/1997, 15-8, de Consolidación y Racionalización del Sis ema de la Segu idad Social (BOE núm. 169, 17-6, p. 21781-21787) • Real Dec e o 1647/1997, 31-10, po el que se desa ollan de e minados aspec os de la Ley 24/1997 de 15 de julio, de consolidación y acionalización del sis ema de la Segu idad Social (BOE núm. 272, 13-11, p. 33156-33160) • Ley 35/2002, 15-7, de Medidas pa a el es ablecimien o de un sis ema de jubilación g adual y lexible (BOE núm. 167, 13-7, p. 25633-25638) • Ley 40/2007, 4-12, de medidas en ma e ia de Segu idad Social (BOE núm.291 de 5- 12, p. 50186-50200) • Ley 27/2011, 1-8, sob e ac ualización, adecuación y mode nización del sis ema de Segu idad Social (BOE núm. 184, 2/8/11 p. 87495-87577) • Re o ma del a ículo 135 de la Cons i ución Española, de 27 de Sep iemb e de 2011, 27-9, (BOE núm. 233, 27-9 p. 101931-109941) • Ley O gánica 2/2012, de 27 de ab il, de Es abilidad P esupues a ia y Sos enibilidad Financie a (BOE núm. 103, de 30-4, p. 32653-32675) • T a ado de Funcionamien o de la Unión Eu opea. Ve sión consolidada a 26/10/2012 (DOUE C 326 p. 47-390)