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Mujeres y cofradías en la Andalucía de finales de la Edad Media

Abstract

Los vínculos entre las mujeres y las cofradías de la Andalucía bajomedieval son de una riqueza extraordinaria, es decir, las mujeres estaban muy presentes en las cofradías en contra de los tópicos al uso. Vínculos existenciales que abarcan un amplio espectro de relaciones económicas, sociales y asistenciales, siendo estas últimas uno de los factores que explican el extraordinario éxito experimentado por estas instituciones a finales de la Edad Media y durante la Modernidad. Y vínculos en el Más Allá establecidos a partir de un amplio conjunto de mandas de naturaleza religiosa, que ocupan un lugar predominante en esta relación testamentaria establecida entre mujeres y cofradías. Por todo ello podemos deducir que en la época estudiada las cofradías prestaron a las mujeres unos servicios y establecieron con ellas unas relaciones contractuales que situaban al colectivo femenino en unas relaciones prácticamente de igualdad con respecto a los hombres.

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Mujeres y cofradías en la Andalucía de finales de la Edad Media

Author: Pérez González, Silvia María
Year: 2012
Source: https://idus.us.es/bitstreams/0ed8925d-7406-4aed-ae6e-f81d073b73b6/download
HID 39 (2012) 185-211
MUJERES Y COFRADÍAS EN LA ANDALUCÍA DE FINALES DE LA
EDAD MEDIA.
Sil ia Ma ía Pé ez González
Uni e sidad Pablo de Ola ide (Se illa)
En la mayo ía de las g andes eligiones la muje ha expe imen ado y expe i-
men a un a o desigual en cuan o a sus de echos y su dignidad con espec o a los
a ones con los que compa e c edo y p ác icas eligiosas. Así ocu ía en la Baja
Edad Media y en una eligión conc e a, el c is ianismo omano-ca ólico1, sob e los
que e sa el p esen e abajo. Po en onces la muje , al igual que en la sociedad, la
polí ica, la economía o la amilia a las que pe enecía, eía limi ados sus de echos
como miemb o de la Iglesia c is iana.
Pe o hubo excepciones que pe mi ie on a las muje es de la Edad Media log a
un amplio ma gen de ac uación pese a las limi aciones. Hubo ías a a és de las
cuales ue posible conquis a una posición desde la que dis u a de de echos y
obligaciones simila es a los ácilmen e gozados po los homb es po el simple
hecho de su condición masculina. En o os abajos hemos es udiado algunas de
es as ías, como la eligiosidad emenina laica, a la que conside amos como la
mejo opción pa a las muje es que quisie on decidi sob e su ayec o ia i al sin
inje encia masculina y sin su i los ecelos y c í icas de la sociedad bajomedie al,
que eía a la muje des inculada de un a ón como un pelig o y una uen e de los
más abominables pecados. Es as muje es supie on con e i a su p incipal oposi-
o , la eligión, en su mejo aliado pa a el desa ollo de sus opciones y libe ades
indi iduales. Aho a abo damos el análisis de o a opción al alcance de las muje es
bajomedie ales pa a el desa ollo de sus c eencias, p ác icas eligiosas e indi i-
dualidad: la pe enencia a una co adía.
La base documen al pa a el p esen e a ículo son los P o ocolos No a iales2 de
dos de las p incipales ciudades de la Andalucía bajomedie al: Se illa y Je ez de la
F on e a3. Hemos de eco da que los P o ocolos no a iales ue on gene ados po
1. A pa i de aho a la u ilización del concep o Iglesia hace e e encia a la Iglesia de Roma, al
c is ianismo occiden al medie al.
2. Su iqueza in o ma i a pa a el es udio de los sen imien os eligiosos de las muje es ha sido
pues a de mani ies o en nume osos abajos. A modo de sín esis éase lo expues o po C. SEGURA
GRAÍÑO. “Fuen es pa a hace una his o ia de la eligiosidad de las muje es”. Religiosidad emenina:
Expec a i as y ealidades (ss.VIII-XVIII), Mad id, 1991, 19-20.
3. Indicamos los a chi os en los que se conse an: A chi o His ó ico P o incial de Se illa
(AHPS). Sección P o ocolos. Y A chi o Municipal de Je ez de la F on e a. P o ocolos No a iales
(AMJFPN).
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unos g upos sociales conc e os, aquéllos que con aban con los ecu sos económi-
cos necesa ios pa a susc ibi el elenco de negocios consignados y pa a emune a
los se icios del esc ibano público. Po ello quedan excluidos los ma ginados po
c i e ios de aza, eligión y ni eles de en a. Pe o es a documen ación ambién
debe su génesis a los elemen os sociales que ca ecían de ins umen os p opios de
alidación ju ídica, azón po la que las esc ibanías de la ciudad no ue on e-
cuen adas po las al as es e as. Ambos, seño es y ma ginados, salen a colación de
o ma indi ec a, de la mano de los au én icos a í ices de la diplomá ica no a ial:
los sec o es in e medios de la sociedad.
Po ello las muje es po noso os es udiadas en es e abajo es án inse as en
los g upos sociales a los que los P o ocolos no a iales deben su génesis. Rela-
cionadas con las co adías a a és de cauces de muy dis in a na u aleza encon-
a emos a muje es casadas (no demasiadas, pues o que su es ado ci il las hacía
es a some idas a la au o idad ma i al con la consiguien e es icción de libe ad de
ac uación), iudas, miemb os de la eligiosidad emenina laica como bea as (mu-
je es que se dedican a hace una ida de pe ección eligiosa siguiendo los ideales
mendican es, que i en en sus p opias casas man eniendo un ac i o con ac o con
el mundo4), empa edadas (muje es que op an po una ida de eligiosidad en co-
munidad en un edi icio adosado a una iglesia llamado empa edamien o, pe o que
en la Baja Edad Media ya no gua dan clausu a indi idual, no i en de la ca idad
y desa ollan una ida ac i a en con ac o con el mundo5), eilas o e ce as (mu-
je es que sin abandona el con ac o con el ex e io se dedican a hace una ida
de pe ección eligiosa siguiendo la egla de alguna O den6) y hones as (muje es
cuya ida ma e ial y espi i ual debió se muy semejan e a las de las bea as pe o
con o os ma ices que no podemos de e mina po la al a de in o mación7), y, de
o ma indi ec a, algunas ma ginadas po azón de su pob eza cuya es ancia en los
hospi ales co ades y las limosnas de las que son obje o las hacen sali a la luz de
la in o mación documen al.
1. ¿Qué eS una co adía?
Dado que se a a de uno de los componen es en la dico omía que el p esen e
a ículo abo da, c eemos necesa io in oduci algunas conside aciones ace ca de
las co adías, de sus ca ac e ís icas y de los asgos de inido es de las he mandades
andaluzas bajomedie ales. Podemos de ini la co adía de los siglos XIII a co-
mienzos del XVI, y del modo más gene al posible, como “asociación de pe sonas,
4. J.M. MIURA ANDRADES. “Fo mas de ida eligiosa emenina en la Andalucía medie al.
Empa edadas y bea as”. Religiosidad emenina: expec a i as y ealidades (SS.VIII-XVIII). Mad id,
1991, 141.
5. J.M. MIURA ANDRADES. F ailes, monjas y con en os. Las Ó denes mendican es y la socie-
dad se illana bajomedie al. Se illa, 1998, 232.
6. S.M. PÉREZ GONZÁLEZ. La muje en la Se illa de inales de la Edad Media. Sol e as,
casadas y í genes consag adas, Se illa, 2005, 107
7. Íbid., 121.
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homb es y muje es, clé igos y laicos, pe enecien es o no a una misma p o esión,
co po ación de o icio, o es amen o social que se unen pa a di e en es ines: pia-
dosos, bené icos, p o esionales, sociales, polí icos, ec ea i os, peni enciales, e c.,
con una o ganización más o menos amplia y de e minada y bajo la ad ocación de
un san o pa ón o p o ec o ”8.
Se puede habla de dos ipos de causas, o ígenes y mo i aciones de las co a-
días, ol idando aho a los ines que suelen se siemp e los mo o es. En p ime lu-
ga las co adías ienen una apoya u a humana, na u al, psicológica, p ec is iana:
exis e en el homb e una endencia na u al a asocia se, a ealiza se en y a a és de
la comunidad, y, más aún, hay una necesidad de asocia se, si lo que se pe sigue
es algo indi idualmen e imposible o muy di ícil de consegui , o si se pe sigue la
ue za, bien pa a de ende se o pa a a aca .
Hay o a causa ex e io , apa en e, cuan i a i a, que puede se indi idual o co-
lec i a: las co adías se inicia on bien po la inicia i a o la ac uación de una sola
pe sona, bien de un g upo, aunque gene almen e se die on conjun amen e ambas.
La p ime a idea su gió en muchas co adías en una sola pe sona, pe o p on o pasó
a un g upo; de modo que odas ellas, si pe du a on, ue on desde sus comienzos o
pasa on muy p on o a se colec i as.
Las co adías, siemp e pa a la época que hemos aco ado, ue on las ins i ucio-
nes eclesiás icas más au én icamen e laicales y de laicos. En ellas los laicos, desde
los siglos medie ales, no solamen e u ie on la obligación de calla y paga , sino
que ac ua on como Iglesia o como Pueblo de Dios9. Repe imos, pues, po que nos
pa ece que es un ema en el que se debe insis i , que las co adías de la época es u-
diada ue on de laicos (menos aquéllas que lo ue on exclusi amen e de clé igos,
que ambién exis ie on), han nacido en e ellos y se man u ie on en e los laicos.
An es de con inua debemos esol e un pa de cues iones p esen es en nues a
documen ación. La p ime a, que en es as ie as andaluzas ha cob ado ac ualiza-
ción en los úl imos iempos, es sabe de qué es amos hablando, de co adías o de
he mandades, o sabe qué é mino emplea la documen ación es udiada. Uno y o o
é mino, ¿qué concep o nos ansmi en? ¿a qué ealidad se e ie en?
En la ac ualidad el Código de De echo Canónico, C.298 a i ma: Exis en en la
Iglesia asociaciones... en las que los ieles, clé igos o laicos, o clé igos jun o con
laicos, abajando unidos, buscan omen a una ida más pe ec a, p omo e el
cul o público o la doc ina c is iana, o ealiza o as ac i idades de apos olado,
8. Pa a odo es e ema éanse las ob as de J. SÁNCHEZ HERRERO. Las diócesis del Reino de
León. Siglos XIV y XV. Colección “Fuen es y Es udios de His o ia Leonesa”, nº 20. León, 1978; “El o i-
gen de las co adías de Semana San a o de Pasión en la Península Ibé ica”. Temas Medie ales. 6. P og ama
de in es igaciones medie ales. Consejo Nacional de In es igaciones cien í icas y écnicas. Buenos Ai es,
1996, 31-79.; “Las Co adías de Semana San a de Se illa du an e la Mode nidad. Siglos XV a XVII”. Las
Co adías de Se illa en la Mode nidad, Uni e sidad de Se illa, 1988, 29-97. P ime a edición. Se illa,
1991, 29-97. Segunda Edición. “La e olución de las He mandades y Co adías desde sus momen os unda-
cionales a nues os días”; I Cong eso In e nacional de He mandades y Religiosidad Popula . Lib o de Ac-
as. Se illa, 27 al 31 de oc ub e de 1999. Se illa, 1999, 29-53; La Semana San a de Se illa. Se illa, 2003.
9. G. G. MEERSSEMAN. O do a e ni a is. Con a e ni e e pie á dei laici nel Medioe o. In
collabo azione con Gian Pie o Pacini. He de Edi ice e Lib e ía. Roma, 1977, 3 .
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a sabe , inicia i as pa a la e angelización, el eje cicio de ob as de piedad o de
ca idad y la animación con espí i u c is iano del o den empo al.
De inición que se comple a en o os cánones, como se a i ma en el c. 305: “To-
das las asociaciones de ieles es án bajo la igilancia de la au o idad eclesiás ica
compe en e”. Como se puede ap ecia la je a quía eclesiás ica ac ual habla exclu-
si amen e de asociaciones (no emplea ni el é mino co adía ni el de he mandad)
y las de ine de una mane a muy amplia.
Pe o el Código de De echo Canónico an e io , p omulgado en 1917, cc.700-
725, daba una de inición amplia y dis inguía en e di e en es ipos de co adías, y
en e co adías y he mandades. Así hablaba de: e ce as ó denes, a chico adías,
co adías, pías uniones p ima ias, o as pías uniones. En el Canon 707 a i maba:
1. Las asociaciones de ieles que han sido e igidas pa a eje ce alguna ob a de
piedad o de calidad, se denominan pías uniones; las cuales, si es án cons i uidas
a modo de cue po o gánico, se llaman he mandades. 2. Y las he mandades que
han sido e igidas, además, pa a inc emen o del cul o público eciben el nomb e
pa icula de co adías.
De donde deducimos que la asociación cons i uida a modo de cue po o gánico
que iene po in eje ce ob as de ca idad o de piedad es una he mandad; pe o
si es a he mandad se dedica al cul o público ecibe el nomb e de co adía. Po
an o, podemos conclui que exis en he mandades sin se co adías, pe o ambién
co adías que no son he mandades. Es deci , pueden exis i he mandades que son
co adías, co adías que son he mandades, he mandades solas sin se co adías, y
co adías que no son he mandades.
¿Qué encon amos en los P o ocolos No a iales de Se illa y Je ez de la F on-
e a? Podemos a i ma que en la documen ación es udiada no apa ece más que el
é mino co adía. Si bien odas e an he mandades, po que odas u ie on hospi al
y se dedica on a ines bené ico-asis enciales. Po an o, podemos conclui que o-
das las co adías po noso os es udiadas, en cuan o que a endían un hospi al, e an
he mandades. Po ello las denominamos indis in amen e he mandades y co adías.
Con espec o al ema que nos ocupa hemos de deci que has a el siglo XIII la
muje , como suje o eligioso, había is o que su pa icipación en la ida ins i ucio-
nal de la Iglesia a menudo había sido deslegi imada y és a había p oyec ado sob e
ella una isión es ic i a. Sin emba go a pa i del siglo XIII se p oduce una in-
lexión al comenza a desmo ona se el monopolio cul u al y eligioso eje cido po
el monaca o desde sus o ígenes. A pa i de es e momen o p oli e an los g upos de
laicos eligiosos, homb es y muje es, que desa ollan sus exis encias ma cados po
la ocación c is iana y que consiguen amplia los modelos de pe ección c is ia-
na10. An e la educción uncional emenina a lo domés ico po pa e de los mo alis-
as y eólogos de la época, ac os eligiosos ex e nos como las misas, ies as, cul o
a los san os, p ocesiones, ue on u ilizados po las muje es pa a sali del encie o
domés ico11. Y en ello las co adías u ie on un peso especí ico.
10. A. MUÑOZ FERNÁNDEZ. Muje y expe iencia eligiosa en el ma co de la san idad medie-
al, Mad id, , 1999, 19.
11. M. VIGIL. La ida de las muje es en los siglos XVI y XVII, Mad id, 1986.
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2. laS elacioneS en el MáS acá
Las muje es y las co adías12 man u ie on dis in os ipos de elaciones. Es os
ínculos se mani ies an a a és de di e en es ámbi os y se es ablecie on con la
ins i ución en gene al o con alguno de sus in eg an es en pa icula . Así los anali-
zamos.
2.a Relaciones de índole económica
Den o del conjun o de bienes que con o man el pa imonio de las co adías
documen amos es g upos: casas, p opiedades u ales y ganados. P ecisamen e a
ellos esponde buena pa e de la documen ación que di ec amen e p o agonizan
es as ins i uciones, pues son los negocios elacionados con es os bienes los que
las lle an a solici a la e pública o o gada po el esc ibano. Muje es y co adías
man u ie on luidas elaciones de índole económica, des acando de o ma cla a
los negocios inmobilia ios. Las he mandades encon a on en las muje es a ac-
i as clien es con las que es ablece negocios pa a ob ene en as egula es del
bien p edominan e den o de sus pa imonios, las casas. Muy pocas son las co a-
días que no poseían alguna y odo pa ece indica que ue on la compensación que
p e i ie on pa a su aga los cul os que se les enca gaban13. Pe o ambién ue on
nume osas las a enda a ias de casas pe enecien es a co adías que no pudie on
asumi el pago de los alquile es y ompie on el con a o de a endamien o que las
unía a la ins i ución.
Hemos documen ado un o al de 20 P o ocolos no a iales ela i os al pa imo-
nio inmobilia io co ade a endado po una muje . De ellos el 50% co esponden
a con a os de a endamien o di ec os14 y la o a mi ad a la up u a de los mis-
mos. Comenzamos po es udia es os úl imos de los que cua o con a os15 es án
p o agonizados po iudas. Hemos de eco da 16 que las co adías mues an una
p edilección po los con a os de es idas: el a endamien o se hacía po la ida
12. Pa a dis ingui las co adías de Se illa de las de Je ez de la F on e a indica emos el opónimo
en el caso de es as úl imas.
13. S.M. PÉREZ GONZÁLEZ. Los laicos en la Se illa bajomedie al. Sus de ociones y co a-
días. Huel a, 2005, 151.
14. No documen amos ninguna muje que asis ie a al ema e de unas casas: cuando una co adía
que ía a enda una casa po un iempo conc e o lo comunicaba al p egone o del concejo y és e se
enca gaba de publica lo. A con inuación, pasado un cie o iempo, quienes es aban in e esados po la
casa en cues ión acudían al hospi al de la co adía, siemp e a ho a de Víspe as, cuando había inalizado
la jo nada labo al, y an e los o iciales pujaban po ella. El iempo de la puja enía de e minado po el
que a daba en apaga se una candelilla que se encendía al comienzo de la misma. El úl imo pujado
inmedia amen e an e io a consumi se la mecha e a el que se quedaba con la casa (AHPS Sección
P o ocolos. Leg.2154 –año 1454–. Fol.371 .).
15. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1501 (año 1504). Sin olia ; Leg.2157 (año 1500). Fol.4 .;
Leg.17418 (año 1492). Fol.81 .; Leg.17421 (año 1495). Fol.222 .
16. S.M. PÉREZ GONZÁLEZ Los laicos en la Se illa bajomedie al… ob. ci ., 154-156.

SILVIA MARÍA PÉREZ GONZÁLEZ
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de quien lo i maba, su muje y un he ede o po ellos designado17. La endencia
de las co adías po some e sus p opiedades inmobilia ias a es e ipo de alquile
an p olongado puede obedece a a ios mo i os. En p ime luga en la época que
es udiamos no había un con ol an exhaus i o de la economía co adie a, en e
o as azones po que en las jun as de gobie no no había una pe sona dedicada
exclusi amen e a ella, como los ac uales eso e os. Todos, o iciales y co ades,
apa ecen implicados en negocios de a iada na u aleza, en el iempo que sus ocu-
paciones pe sonales y p o esionales les dejaba. Con es os con a os de es idas
las co adías a aban de asegu a se unas en as ijas du an e un pe iodo de iempo
p olongado, sin necesidad de e isa pe iódicamen e los con a os o con ecciona
o os nue os. Lógicamen e ello conlle aba el que los alquile es pe manecie an
ijos du an e un núme o impo an e de años, pese al lógico inc emen o del cos e de
la ida. Pe o insis imos: no es el a án de luc o lo que dis ingue a las co adías. Tan
sólo pe seguían el cob o egula de unas en as con las que cos ea sus ac i idades.
Las muje es que in i ulan es os asien os de up u a de con a o bien pudie on
se esa segunda ida del con a o susc i o po es idas. T as la mue e del ma-
ido ellas, las iudas, pasa on a he eda el alquile de la casa. Pe o, además de
la agedia amilia , su ie on la desapa ición de la p incipal uen e de ing esos
pa a su man enimien o y de su p ole y con ello la imposibilidad de asumi las
condiciones económicas del con a o de alquile . Así se explici a en la up u a de
dichos con a os cuya en a más baja e a de 450 ma a edís y la más al a de 1500
ma a edís y es pa es de gallinas. En cualquie caso odos los alquile es ue on
lo su icien emen e cuan iosos como pa a que es as iudas no pudiesen asumi su
pago y se iesen obligadas a abandona la casa p opiedad de la co adía. Su des i-
no nos es desconocido pe o, dados los da os de que disponemos, en más de un caso
los hospi ales y o as ins i uciones de ca ác e bené ico-asis encial se p esen a on
como la única posibilidad pa a la si uación de pob eza y ma ginalidad a la que se
habían is o abocadas con la mue e del esposo18. Ello se ía mo i o de una nue a
elación con las co adías, aunque en unas condiciones muy dis in as a las has a
aho a dis u adas en ida del ma ido.
En el es o de los asien os ela i os a la up u a del con a o de a endamien o
encon amos a cinco muje es sol e as y una casada19 que susc ibió el negocio con
licencia del ma ido. En el caso de las sol e as, algunas de ellas indican la causa
po la que pusie on in a la elación con ac ual con la co adía: no podían paga la
en a20. En o os asien os no se explici a21 po lo que no podemos de e mina si las
causas de la up u a con ac ual son la incapacidad de asumi los pagos, el habe
17. En los pocos casos en que hemos documen ado es e úl imo eslabón en la cadena del a enda-
mien o no malmen e es el hijo (AHPS Sección P o ocolos. Leg.9100 –año 1484–. Fol.64 .).
18. Pa a o as es a egias de supe i encia de las iudas éase: M.T. LÓPEZ BELTRÁN. “El
abajo de las muje es en el mundo u bano malagueño a inales de la Edad Media (1487-1516)”. Sabe
i i : Muje , An igüedad y Medie o, Málaga, 1996, 175-181.
19. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2158 (año 1500). Fol.368 .
20. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1497 (año 1497). Fol.203 .; Leg.2157 (año 1500). Fol.552 .Fol.552 .
21. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1500 (año 1502). Fol.585 .; Leg.17427 (año 1501). Sin o-
lia ; Leg.17429 (año 1503). Sin olia .
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encon ado o o inmueble en mejo es condiciones ma e iales y económicas o un
aslado a o a ciudad.
Los diez con a os de a endamien o documen ados pueden clasi ica se en dos
g upos: los que cons i uyen la i ma de un nue o alquile y los que consis en en
el nomb amien o del he ede o del inmueble en con a os que ue on susc i os po
a ias idas. En elación con es os úl imos hemos de deci que las pe sonas de-
signadas pa a asumi el a endamien o de una segunda ida p esen an ínculos de
na u aleza a iada con la i ula del documen o: un hijo22 (caso más ecuen e),
una he mana23 o una c iada24. Es e documen o en el que se nomb a he ede a a una
c iada es de sumo in e és, pues po un lado e ela las elaciones en e las co adías
y las mino ías é nicas (la i ula del alquile e a El i a Rod íguez, neg a, que enía
alquiladas unas casas de la Co adía de San a Ma ía de Agos o25) y, po o o, nos
in o ma de los ni eles económicos que una muje neg a podía llega a dis u a en
la Se illa de inales de la Edad Media, lo su icien emen e al os como pa a dis u a
de se icio domés ico.
En cuan o a los con a os de nue o a endamien o hemos de deci que los pe-
iodos de alquile esponden a la p edilección de las co adías po los con a os
de la ga du ación (dos idas26 y la ida de la a enda a ia27) con la excepción de
un caso en el que el iempo negociado ue de un año28. Po lo que espec a a las
en as pagadas, podemos dis ingui dos ipos: las que sólo se pagan en dine o y
las que, además, conlle an el pago de un núme o de e minado de gallinas. Las
p ime as se exp esan siemp e en ma a edís: 570 ma a edís29, 750 ma a edís30,
850 ma a edís31, 1.000 ma a edís32. No nos pa ece signi ica i o indica una can-
idad media, pues en los alquile es inciden muchos ac o es p opios y especí icos
de cada p opiedad. El pago de esos alquile es se e ec úa, mayo i a iamen e, con
un ca ác e imes al. En o os casos jun o con una can idad de dine o se obliga al
pago de gallinas en can idades a iables. El núme o de animales exigidos oscilan
22. AHPS Sección P o ocolos. Leg.9100 (año 1484). Fol.64 .; Leg.17413 (año 1462). Fol.14 .;
Leg.17426 (año 1500). Fol.3 .
23. AHPS Sección P o ocolos. Leg.3211 (año 1475). Fol.29 .
24. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2160 (año 1501). Fol.278 .
25. Pa a la iden i icación de las co adías se illanas ci adas éase: S. M. PÉREZ GONZÁLEZ.
Los laicos en la Se illa bajomedie al … ob. ci , 198-274.
26. AHPS Sección P o ocolos. Leg.3213 (año 1492). Fol.11 .
27. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1500 (Año 1502). Fol.566 .; Leg.2160 (año 1501).
Fol.278 .; Leg.2164 (año 1503). Fol.59 .
28. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2158 (año 1500). Fol.497 .
29. AHPS Sección P o ocolos. Leg.9100 (año 1484). Fol.64 .
30. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2164 (año 1503). Fol.59 .
31. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2158 (año 1500). Fol.497 .; Leg.3211 (año 1475). Fol.29 .Fol.29 .
32. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17426 (año 1500). Fol.3 .
SILVIA MARÍA PÉREZ GONZÁLEZ
192
HID 39 (2012) 185-211
en e un pa 33 y dos pa es34, pagados ochos días an es de Na idad35 o en o a echa
más aco de con los cul os co ades y celeb aciones p opias36.
Dado que las co adías u banas apenas ienen ocación po el mundo u al,
son muy escasas las elaciones económicas en e es as ins i uciones y las muje es
que ienen po obje o una p opiedad ag ícola o ganados. Tan sólo documen amos
dos con a os de a endamien o de ie as, uno e e ido a unas iñas en el pago del
Albu eca y o o sob e un haza de ie as calmas de medio cahíz de siemb a pe e-
necien es a las co adías del Cue po de Dios de la iglesia de San Juan y la de San
Sebas ián, espec i amen e37. El p ime o de es os con a os cons i uye la up u a
del a endamien o al día siguien e de la susc ipción del mismo po una iuda cuyo
ma ido mu ió la misma noche en que és e i mó el con a o del alquile de la ie a
con la co adía. Posiblemen e es a muje no se sin ió capaci ada pa a cul i a la
ie a y con los u os ob enidos asumi el pago de los 200 ma a edís anuales de
en a o bien cambió el umbo de su ida. No ue el caso de Bea iz Ruiz, quien
i mó el con a o de las ie as calmas po un pe iodo que aba ca ía oda su ida.
Muy pocas co adías son p opie a ias de animales po azones a ias (el cui-
dado y explo ación de los animales equie e unos conocimien os y una p ác ica de
la que los co ades, en su mayo ía a esanos, ca ecían. Sin ol ida los iesgos que
conlle a la adquisición de animales en lo que se e ie e a las múl iples en e meda-
des que padecen y las nume osas bajas que és as ocasionan; dis in os episodios de
enómenos na u ales que p o ocaban la pé dida del ganado, e c). Po ello an sólo
disponemos de un ejemplo en el que una co adía, la de San o Domingo, es ablece
una elación con ac ual con una muje en base a su pa imonio pecua io38. Se a a
de un suba endamien o, pues las 60 o ejas ap eciadas cada una en 110 ma a edís
las enía a endadas el p ios e de la Co adía quien las suba endó a An ona Ma í-
nez po dos años a un p ecio anual de 15 ma a edís cada o eja.
En algunos casos las elaciones de ca ác e económico en e muje es y co a-
días se es ablecie on en base a deudas de o igen a iado. Un ema que no siemp e
es ácil de documen a son las cuo as de ing eso, siendo una excepción la Co adía
de San Leand o y San a Ma ía Magdalena de Se illa, pe enecien e a los co edo es
de lonja. La can idad exigida pa a pe enece a ella ue de 3.100 ma a edís en 1497,
ci a ele ada si enemos en cuen a el cos e de las cosas en la época, lo que debió se
un elemen o es ic i o a la ho a de ing esa en la Co adía pa a quienes no pudie an
desembolsa es a ci a. Po ello hubo algún cómi e que u o que ecu i a la amilia
pa a asumi el pago de la cuo a. Así le ocu ió a Gonzalo de la Pue a pues ue su
33. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1500 (año 1502). Fol.566 .
34. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17424 (año 1498). Fol.35 .
35. La mayo ía de las co adías, al igual que o as ins i uciones eclesiás icas, ijan como momen-
o de en ega de las a es ocho días an es de Na idad, lo cual es indica i o de la impo ancia con que
se celeb aba el nacimien o de C is o po ellas o que en in ie no había que oma buen caldo calien e.
36. La Co adía de San Ba olomé es ableció el pago de un pa de gallinas ocho días an es de san
Ba olomé (AHPS Sección P o ocolos. Leg.1500 –año 1502–. Fol.566 .).
37. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2164 (año 1503). Fol.185 .; Leg.17428. Sin olia
(18.10.1502).
38. AHPS Sección P o ocolos. Leg. 2164 (año 1503). Fol.178 .
Muje es y co adías en la Andalucía de inales de la Edad Media 193
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mad e, Isabel de la Cáma a, quien pagó los 3.100 ma a edís exigidos po la Co adía
pa a pe enece a ella39.
Los p és amos a in e és o censos ue on o o ínculo en ma e ia económica en e
muje es y co adías. Ese in e és solía se en Se illa del 10% y el p és amo se si uaba
sob e un bien que, en el caso de las he mandades y po las azones an e io men e
indicadas, gene almen e ue on casas. Así sucede en los cua o ejemplos documen-
ados y que p o agonizan las Co adías se illanas de la Sang e40, de San a Ma ina41,
de San Sebas ián42 y de San a Ca alina y San C is óbal43 jun o con cua o muje es,
una de ellas una hones a44. En odos los casos es la co adía la que ac úa como p es-
amis a de es as muje es, siendo los censos de 700 ma a edís po 7.000 ma a edís;
de 550 ma a edís po 5.500 ma a edís; de 600 ma a edís po 6.500 ma a edís; y de
500 ma a edís po 5.000 ma a edís.
Es os p és amos a in e és son obje o de odo ipo de negocios en e los que se
encuen an las donaciones. P ecisamen e una donación ue la que puso en elación
a la iuda del ca pin e o Juan Ga cía con la Co adía de San C is óbal de Je ez de
la F on e a, que enía su ad ocación en el Hospi al de Zu i a. El p es amis a donó
el p és amo que había hecho a la iuda a la He mandad, con lo cual és a pasó a se
deudo a de la Co adía, siendo la can idad pe cibida de 50 ma a edís anuales45. En
elación con es e ipo de p és amos encon amos ejemplos en los que las co adías
ac ua on como agen es económicos de una muje . En es e ipo de ínculo debie on
in e ac ua dis in os ac o es: con ianza en e ambos, expe iencia y e icacia de-
mos ada po la co adía en asun os de es a na u aleza, lazos pe sonales, e c., que
la in o mación con enida en el P o ocolo no nos pe mi e dilucida . Con amos con
el caso de la Co adía de San Julián de Buena Es ella adicada en T iana a quien
Ca alina González del Real, bea a, hones a46, encomendó un p és amo de 5.000
ma a edís bajo la o ma de censo en unas casas en T iana. La can idad anual que
se pe cibi ía e a de 500 ma a edís47.
La p o ección que las co adías p es aban a sus miemb os incluía la asunción
de sus deudas e i ando con ello penas judiciales que, incluso, con emplaban el
ing eso en p isión. Ca alina Rod íguez Ca ne o debía a Ca alina Fe nández 2.000
ma a edís, can idad que ue saldada po su co adía, la de San o Domingo que
enía su ad ocación en la se illana iglesia de San Ma cos48. Que emos pensa que
es e ampa o económico se ex endía al conjun o de la co po ación y que le ue
39. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1497 (año 1497). Fol.339 .
40. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2156 (año 1498). Fol.268 .
41. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17419 (año 1493). Fol.346 .
42. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2158 (año 1500). Fol.148 .
43. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1500 (año 1502). Fol.167 .
44. S. M. PÉREZ GONZALEZ. La muje en la Se illa de inales de la Edad Media… ob. ci ,
Se illa, 2005, 121-133.
45. AMJFPN. Ba olomé de Maya. 31 de julio de 1490. Fol.114 .
46. En o os abajos hemos hablado de la con usión e minológica que pa a es as muje es mues-
a la sociedad bajomedie al: S.M. PÉREZ GONZÁLEZ. La muje en la Se illa…ob. ci ., 91-94.
47. AHPS Sección P o ocolos. Leg.3213 (año 1492). Fol.16 .
48. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17416 (año 1489). Fol.175 .
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200
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(17 mandas105), sie e (una manda106), diez ( es mandas107), 20 (una manda108), 50
(una manda109), 100 (una manda110) y 200 (una manda111).
No sólo se buscaba en los ángeles la in e cesión po el alma. También la Vi gen
Ma ía112 in e enía po ella ac uando como su abogada y las co adías con ad o-
cación ma iana, como la de San a Ma ía de la Concepción de Se illa, ecibie on
limosnas con es e in (dos113 y cinco114 ma a edís).
O a ía pa a consegui que el alma pe maneciese el meno iempo posible en
el Pu ga o io an es de alcanza la Glo ia e a enca ga a cie as pe sonas inculadas
a las co adías que ogasen po ella. Es os ínculos podían se di ec os, como en
el caso de los co ades o el pe sonal empleado en los hospi ales, o indi ec os, en
conc e o los pob es que e an ecep o es de las ac i idades bené ico-asis enciales
de las he mandades e, incluso, los p esos a endidos po la Co adía de la Cá cel.
La o ma de su aga es os uegos es a iada. En ocasiones se dona opa o mobi-
lia io pa a la do ación del hospi al co ade115 o bien can idades en me álico (100
ma a edís a la Co adía de San a Ma ía de la Concepción y o os 100 a la de los
Inocen es116; un eal y medio de pla a a la Co adía de las San as Ví genes117; 200
ma a edís a la Co adía de la Cá cel118; odas de Se illa).
3.b Co ejos úneb es y en ie os
T as el allecimien o la mue e salía del ámbi o p i ado del hoga a un es-
cena io público a a és de un ac o de especial signi icado social: el en ie o119.
105. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17413 (año 1462). Fol.12 ., 14 ., 20 .; Leg.17414 (año
1466). Fol.32 ., 33 ., 37 ., 46 ., 55 ., 63 ., 72 ., 76 ., 79 ., 81 .
106. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17414 (año 1466). Fol.67 .
107. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17414 (año 1466). Fol.49 ., 56 ., 57 .
108. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17414 (año 1466). Fol.73 .
109. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17414 (año 1466). Fol.53 .
110. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17413 (año 1462). Fol.27 .
111. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17413 (año 1462). Fol.12 .
112. “He all-pe suasi e popula cul was mainly based on he sense ha she was he mos e ec- “He all-pe suasi e popula cul was mainly based on he sense ha she was he mos e ec-
i e in e cesso wi h he son a dea h and he mos powe ul p o ec o agains li e’s ill”. (M ROGERS y
TINAGLI, P. Women in I aly, 1350-1650. Ideals and eali ies, Manches e , 2005,42).
113. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17414 (año 1466). Fol.68 .
114. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17414 (año 1466). Fol.72 .
115. Un colchón de lienzo blanco, un almad aque, dos lienzuelos de es opa, un paño blanco,
dos almohadas, unos bancos y un cañizo que es án en su cama pa a la Co adía de San Juan (AHPS
Sección P o ocolos. Leg.17419 –año 1493–. Fol.1 .); Un colchón de lana blanco, unas sábanas de lino,
una colcha de lana blanca, una almohada de lino blanca, una man a de lana pa a las Co adías de los
Ángeles, de la Sang e de C is o y de San o Domingo, espec i amen e (AHPS Sección P o ocolos.
Leg.9098 –año 1474–. Fol.210 .); unas aldillas azules pa a la hospi ale a del hospi al de la Co adía
de los ciegos (AHPS Sección P o ocolos. Leg.17417 –año 1491–. Fol.27 .); unas aldillas a una pob e
del hospi al (AHPS Sección P o ocolos. Leg.1500 –año 1502–. Fol.343 .).
116. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17414 (año 1466). Fol.55 .
117. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2165 (año 1504). Fol.618 .
118. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2154 (año 1454). Fol.15 .
119. “Non he less, women o all ages we e able o a end une als and eas s ha became such “Non he less, women o all ages we e able o a end une als and eas s ha became such
an impo an pa o a e ni y li e. Such mee ings helped o cemen close emale iendships” (M. E.

Muje es y co adías en la Andalucía de inales de la Edad Media 201
HID 39 (2012) 185-211
A di e encia de la cos umb e ac ual que p i a iza y a eces esconde casi odo lo
elacionado con la mue e, has a echas ecien es el en ie o se con e ía en el mo-
men o en que la pe sona se despedía de quienes has a en onces habían man enido
con ella elaciones amilia es, a ec i as y de ecindad120. También e a el úl imo e-
co ido po el en o no u bano que había sido el escena io de su exis encia. Po ello,
dependiendo de la capacidad económica, se in en aba en ol e es e ac o p e io
an es de se sepul ado con el mayo boa o y do a lo de la más excelsa solemnidad.
En esa in ención de emp ende el úl imo iaje con la mayo pompa cos eable
las co adías u ie on un p o agonismo incues ionable. De hecho ep esen a la se-
gunda g an ac i idad bené ico-asis encial desa ollada po las co adías después de
las a enciones p es adas en sus hospi ales121. En p ime luga la lle a on a cabo con
sus co ades, pues muchos capí ulos de egla las obligaban a ello, has a el pun o de
que cons i uye una de las p incipales azones pa a ing esa en una de es as ins i ucio-
nes, al como se e idencia en el ele ado po cen aje de los capí ulos de sus eglas que
e san sob e es a emá ica. An e la mue e el homb e omaba una se ie de ac i udes
con las que p e endían asegu a se su sal ación median e la p epa ación del “bien
mo i ”. El homb e no mal, ulga , se asociaba, se con a e nizaba con o os, dando
espues a a la p oblemá ica del in de la ida e enal y de la exis encia en el más
allá. Las co adas, po el hecho de goza de al condición, ecibían es os hono es
aunque no siemp e en la misma medida que los co ades122.
Pe o no sólo las co adas equi ie on la p esencia de las co adías en los co -
ejos úneb es y en e amien os pa a el ealce de los mismos. También lo hicie on
un g upo de muje es no co adas cuya capacidad económica les pe mi ía paga
los se icios de las he mandades. Ellas o maban pa e del g upo denominado
encomendados, quienes con ibuye on de mane a signi ica i a a inc emen a los
ing esos co ades. Sus ense es, ales como paños123 o andas, y la pa icipación
de sus he manos po ando las candelas encendidas las con i ie on en elemen os
imp escindibles en odo en ie o de cie a en idad. Especialmen e impac an e po
lo nu ido de la comi i a debió se el en ie o de Ca alina Sánchez124, iuda, quien
a cambio de cie as limosnas y posesiones ue acompañada has a su luga de en-
ie o po las co adías se illanas de los San os Ángeles, de San Be na do, del
Cue po de Dios y de Nues a Seño a de la An igua. En las eglas de las co adías
MATE: Women in Medie al English socie y. Camb ige, Uni e si y P ess, 1999, 64).
120. Todo lo dicho queda magní icamen e ejempli icado en nume osas ob as de a e como El
en ie o del Conde de O gaz: A. NEUMEYER y A. DIETERICH. El en ie o del Conde O gaz de El
G eco. Mad id, 1982.
121. “Las Co adías e an e dade as mu ualidades de segu os de en ie os”. P. SÁNCHEZ DO-
MÍNGUEZ. Muje es y co adías en Málaga, Málaga, 2003, 31.
122. Las elaciones en e muje es y co adías ambién pueden y deben se es udiadas a pa i de
o a uen e como son las eglas de las he mandades, que espe amos abo da en u u os abajos. Exis en
algunos abajos al espec o: A. MUÑOZ FERNÁNDEZ. “Las muje es en los ámbi os ins i ucionales
de la eligiosidad laica”. Religiosidad emenina… ob. ci ., 93-114.
123. EQUIP BROIDA. “Ac i udes eligiosas de las muje es medie ales an e la mue e (Los es-
amen os de ba celonesas de los siglos XIV y XV)”. Las muje es en el c is ianismo medie al, Mad id,
1989, 469.
124. AHPS Sección P o ocolos. Leg. 2154 (año 1454). Fol.15 .
SILVIA MARÍA PÉREZ GONZÁLEZ
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se es ablece que odos los co ades debían asis i al en ie o de los encomendados,
po lo que el co ejo úneb e de Ca alina debió se bas an e nu ido.
Le sigue en núme o de co adías solici adas pa a compone el co ejo úneb e
el en ie o de Ma ía González, la inaje a125, iuda, quien pagó dos mil ma a edís a
cada una de las es co adías po ella elegidas pa a ealiza jun as el úl imo iaje:
San Julián de Buena Es ella, San a Ana y San a Ca alina. Es as es he mandades
es aban adicadas en la collación en la que Ma ía González i ía, T iana. Es e da o
nos lle a a e lexiona sob e las azones que lle an a es as muje es a decan a se
po una u o a co adía. La documen ación no dice nada al espec o, pe o las ele-
gidas debie on se aquéllas po las que sen ían especial de oción, las de su colla-
ción como queda bien pa en e en es e caso, las que gozaban de un econocimien o
gene al como buenas cumplido as de mandas, e c.
La celeb ación del en ie o se ealzaba con los obje os de cul o de la co adía,
que exp esamen e solici aban quienes los enca gaban. Ca alina Fe nández pidió a
la Co adía de la San a Mise ico dia de Se illa que cub iesen su sepul u a con el
paño de seda de la He mandad y pusiesen al ededo cua o hachas de ce a y 12
candelas126. A eces el paño de la co adía cub ía el é e o mien as e a lle ado a
en e a . Así lo pidió El i a Rod íguez a la Co adía de San a Bá ba a, a cambio
de unas casas en la collación de San a Ma ía Magdalena de Se illa. Los co ades,
como e a cos umb e, i ían de ás con sus candelas encendidas127. P ecisamen e la
ce a e a uno de los capí ulos más impo an es en los p esupues os de las he man-
dades. Po ello algunas mandas des inan una de e minada can idad de dine o pa a
el pago de la misma128.
La mayo ía de los en ie os, sal o algunas excepciones129, solían paga se en
me álico dado que se a aba de un ac o pun ual que sólo se iba a celeb a una ez
a di e encia de los o icios p o emedio animae que se cos eaban con p opiedades
gene ado as de en as pa a su celeb ación ad pe pe uum. No había una can idad
es ipulada, lo que puede se indica i o de que, o bien las co adías se con o ma-
ban con lo que cada pe sona enía a bien paga , o, po el con a io, la as uosidad
(simple aslado del cue po o acompañamien o con candelas, ezos, ense es de la
co adía, e c.) de es as hon as dependía de la can idad pagada. La documen ación
no nos in o ma de ello, pe o cabe pensa que se diese la segunda posibilidad (a
más dine o, más celeb ación). Sea como ue e, las can idades documen adas son
125. AHPS Sección P o ocolos. Leg.3214 (año 1493). Fol.20 .
126. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2159 (año 1501). Fol.71 .
127. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1499 (año 1501). Fol.378 .
128. La ci ada El i a Rod íguez des inó diez eales de pla a pa a la ce a, mien as que Isabel
Fe nández mandó a la Co adía de San a Ma ía Magdalena 100 ma a edís pa a cos ea la ce a de su
en ie o (AHPS Sección P o ocolos. Leg.1500 –año 1502–. Fol.681 .).
129. Inés de Mé ida, iuda, nomb ó he ede a uni e sal a la Co adía de la Mise ico dia a cambio
de hon a su cue po el día del en ie o (AHPS Sección P o ocolos. Leg.3215 –año 1495–. Fol.24 .)
mien as que Leono González de Hue ga, iuda, lo hizo con la Co adía de la Sang e de C is o (AHPS
Sección P o ocolos. Leg.2156 –año 1498–. Fol.258 .). El i a Rod íguez donó unas casas a la Co adía
de San a Ma ía Magdalena (AHPS Sección P o ocolos. Leg.1499 –año 1501–. Fol.378 .) y Ca alina
Sánchez pagó su en ie o con cie as limosnas y posesiones (leg.2154 –año 1454–. Fol.14 .).
Muje es y co adías en la Andalucía de inales de la Edad Media 203
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100 ma a edís130, 1.000 ma a edís131, 2.000 ma a edís132 siendo la can idad más
al a de 6.000 ma a edís pagados po Juana Ga cía la Mele a a la Co adía de la
Mise ico dia de Je ez de la F on e a po acompaña su cue po a en e a 133. En oca-
siones se deja a c i e io de una ins i ución, de especial con ianza pa a la es ado a,
el impo e que hab ía de paga se a la co adía po el se icio une a io. Ma ina
Sánchez134, ecina de Je ez, pidió que la Co adía de San Sebas ián la acompañase
a en e a has a p ác icamen e los lími es de la ciudad, la To ecilla135, pues el lu-
ga elegido pa a su e e no descanso ue el Monas e io de San a Ma ía de la De en-
sión (La Ca uja) si uado a una dis ancia conside able, pa a la época, del ecin o
u bano je ezano. Los pad es ca ujos se enca ga ían de paga lo que conside asen
opo uno a la He mandad.
3.c Los o icios de di un os
Una ez deposi ado el cue po en la que se ía su úl ima mo ada, se iniciaba la
se ie de o icios de di un os136 que el es ado u ie a a bien enca ga a cambio de
la donación de cie os bienes o el pago de una de e minada can idad en me álico.
P ecisamen e es la e ien e económica de es os cul os lo que jus i ica su p esencia
en el conjun o documen al es udiado: a cambio de cie as celeb aciones las co a-
días inco po a on nue os bienes a sus pa imonios, y an o donan e como ecep o
quisie on que su acue do, a in de asegu a su cumplimien o, es u iese a i icado
an e un esc ibano público. Dado que es os enca gos con sus espec i os pagos
ue on undamen ales pa a la subsis encia de las co adías, podemos deduci que
las he mandades debie on pone especial celo en cumpli con es as mandas es-
amen a ias, po o ece una ga an ía de celeb ación de las mismas, en de ini i a,
po gana se la con ianza de posibles de o os que les apo a ían nue os bienes e
ing esos.
La mayo ía de las muje es que con ia on a las co adías la sal ación de sus
almas po medio de la celeb ación de dis in os ac os de cul o ue on no co adas.
Los mo i os son cla os: las co adas enían unos de echos, adqui idos po su con-
dición como ales, y su agados con las dis in as cuo as que es aban obligadas a
130. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1500 (año 1502). Fol.681 .; Leg.3215 (año 1495). Fol.20 .
131. AHPS Sección P o ocolos. Leg.3214 (año 1493). Fol.45 .
132. AHPS Sección P o ocolos. Leg.3214 (año 1493). Fol.20 .
133. AMJFPN. Ba olomé de Maya. 4 de ab il de 1489. Fol.55 .
134. AMJFPN. Ba olomé de Maya. 7 de eb e o de 1489. Fol.26 .
135. La To ecilla e a un an iguo cemen e io que hubo en el Ejido je ezano, donde es á hoy
Mad e de Dios y las calles Po eni y Ca uja. Según Agus ín Muñoz y Gómez iene su o igen en una
cons ucción o o e que el cabecilla Abu Yusu cons uyó cuando su asedio a Je ez en 1285, pa a di i-
sa mejo las ope aciones mili a es. (A. MUÑOZ Y GÓMEZ. Calles y Plazas de Je ez de la F on e a,
Je ez de la F on e a, 1903, 343).
136. Noso os hemos es udiado los o icios de di un os de la sociedad se illana y je ezana bajo-
medie al y no encon amos di e encias en e homb es y muje es. Po ello no es amos de acue do, al
menos pa a las ciudades y los pe iodos es udiados, con la a i mación según la cual las p ác icas une a-
ias son una o ma de a i mación de géne o en e los i os (R. GILCHRIST. “Cuidando a los mue os:
las muje es medie ales en las pompas úneb es amilia es”. T eballs d’A queologia 11, 2005, 52).
SILVIA MARÍA PÉREZ GONZÁLEZ
204
HID 39 (2012) 185-211
paga . Con iaban en que su co adía se p eocupa ía y ha ía odo lo necesa io pa a
que su alma pasase el meno iempo posible en el Pu ga o io y llegase a alcanza
la glo ia e e na137.
Pe o quienes no pe enecían a las co adías, quienes ca ecían de es e ampa o
ins i ucional y, además, e an conscien es del mucho iempo que pasa ían pu gando
sus penas en el Pu ga o io, se ie on en la necesidad de ga an iza su u u o inme-
dia o en la o a ida po medio del enca go exp eso de una se ie de celeb aciones,
cuya can idad y cualidad es aba en p opo ción di ec a con la capacidad económica
de cada uno: en p incipio, cuan o más p óspe a uese la si uación de una pe sona,
mayo e a el núme o de su agios que podía enca ga . Los que mo ían en g acia se
sal aban, los que mo ían en pecado se condenaban. Pe o los que mo ían en es ado
de g acia podían pasa un iempo de pena en el Pu ga o io, iempo cuya longu a
es aba en p opo ción di ec a con los su agios que se le celeb asen.
Pues bien, un g upo de muje es sabedo as de que su exis encia como c is ianas
no había sido p ecisamen e ejempla y habían eludido algún que o o manda o de
la Iglesia, encon a on o quisie on encon a una ayuda a su p on o ing eso en el
Pa aíso en las co adías138 po las que sen ían especial de oción, las de su colla-
ción, las que gozaban de un econocimien o gene al como buenas cumplido as de
mandas, e c.
3.c.1 Tipología de los o icios de di un os
Den o de las mandas e e idas a es a cues ión obse amos un p edominio casi
absolu o de las g andes ies as ma ianas que p esen amos a endiendo a su echa de
celeb ación en el año li ú gico.
La ies a de la Concepción es la más enca gada po las muje es obje o de nues-
o es udio, con un o al de doce ies as139. Se celeb a el ocho de diciemb e y su
con enido es la g acia dispensada a la Mad e de Dios en el p ime ins an e de su
concepción, al habe quedado po los mé i os de C is o p ese ada de oda mancha
del pecado o iginal140. Aunque es á inse a en el pe íodo del Ad ien o, no gua da
elación con él sino que se ijó el ocho de diciemb e pa a cumpli los nue e meses
an es del ocho de sep iemb e, ies a de la Na i idad de la Vi gen. No malmen e
és e e a el día en que la ies a enca gada se celeb aba, aunque exis en algunas
137. Inés Ponce, en e ma, ecue da a la Co adía de San a Ma ía de la Concepción que ha de ce-
leb a le los o icios que es obligada de deci le po azón de la he mandad que ella iene con la Co adía.
La o enda de pan, ino y ce a co e ía a ca go de sus albaceas (AHPS Sección P o ocolos. Leg.17413
–año 1462–. Fol.35 .).
138. Es lo que Man ecón denomina encomenda se, ag ega se o aco ada se. T. A. MANTE-
CÓN RODRÍGUEZ. Con a e o ma y eligiosidad popula en Can ab ia. Las co adías eligiosas.
San ande , 1990, 93 .
139. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1497 (año 1497). Fol.271 .; Leg.1499 (año 1501).
Fol.728 .; Leg.2155 (año 1495). Fol.244 .; Leg.2158 (año 1500). Fol.473 .; Leg.2159 (año 1501).
Fol.71 .; Leg.2160 (año 1501). Fol.315 .; Leg.2164 (año 1503). Fol.65 ., 280 .; Leg.3211 (año 1475).
Fol.26 .; Leg.3218 (año 1499). Fol.5 .; Leg. 9098 (año 1474). Fol.210 .; Leg.17417 (año 1491).
Fol.27 .
140. P. PARSCH. Año li ú gico, .1, Ba celona, 1962, 176.
Muje es y co adías en la Andalucía de inales de la Edad Media 205
HID 39 (2012) 185-211
excepciones: un domingo de diciemb e141, el lunes o el ma es pos e io a Pascua
Flo ida142, en el mes de oc ub e143.
Una de las ies as celeb ada con mayo solemnidad ue la enca gada po Ca-
alina Sánchez a la Co adía de la Sang e de Se illa. Las íspe as la He mandad
debía cub i su sepul u a con el paño más hon ado, odos los co ades habían de
es a p esen es con sus candelas encendidas en sus manos y se sald ía sob e su
sepul u a con esponso, agua bendi a e incienso. El domingo end ía luga la misa
can ada con diácono, subdiácono, música de ó gano y se món, cub iendo de nue o
el luga de su en e amien o con el paño y lanqueándolo con cua o hachas. Toda
la celeb ación end ía luga en el al a donde es aba si uada su umba144.
En cuan o al luga elegido po quienes enca gaban a las co adías los cul os
p o emedio suae animae, en la mayo ía de los casos no se especi ica el mismo,
po lo que suponemos que se dejaba a c i e io de la co adía designada la elección
de la iglesia o monas e io donde hab ían de celeb a se es os ac os, sin ol ida nos,
po supues o, del p opio hospi al de la co adía, que ambién debió se escena io
de ello y con ecuencia (simplemen e po azones de comodidad). En dicha elec-
ción debie on p ima c i e ios como la ce canía, la disponibilidad de ho a io en el
luga elegido y de minis os que p esidiesen la ce emonia, las p e e encias de los
co ades, e c.
No obs an e en algunos casos sí se indica el luga elegido po la es ado a pa a
la celeb ación de la ies a: la iglesia de San And és145, la iglesia de San Gil146 y la
iglesia de San Llo en e147, odas en Se illa.
Algunas de es as muje es se con i ie on en las ga an es de la sal ación del
alma de sus ma idos median e la celeb ación de o icios de di un os. Ellas ue on
las enca gadas de con a a con las co adías las ies as, misas y o as celeb acio-
nes des inadas a aco a la es ancia del cónyuge en el Pu ga o io. Es el caso de
Susana Ramí ez, quien mandó a la Co adía de San a Ma ina de Se illa 5.000 ma-
a edís pa a comp a un censo con el que cos ea una ies a de la Concepción po
el alma de su ma ido148. No podemos de e mina si la de oción de la ies a co ió a
ca go de su inicia i a pe sonal o si p e iamen e el ma ido así lo había enca gado.
O a de las g andes ies as ma ianas e a la de la Enca nación, cuya celeb ación
ue enca gada po nue e de nues as es ado as149. Se celeb a el 25 de ma zo y
puede se con emplada desde una doble óp ica, pues se a a de una ies a an o de
C is o, la Enca nación del Hijo de Dios, como de Ma ía, la Anunciación, aunque
141. AHPS Sección P o ocolos. Leg. 9098 (año 1474). Fol.210 .
142. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2155 (año 1495). Fol.244 .
143. AHPS Sección P o ocolos. Leg.3211 (año 1475). Fol.26 .
144. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1497 (año 1497). Fol.365 .
145. AHPS Sección P o ocolos. Leg. 9098 (año 1474). Fol.210 .
146. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2164 (año 1503). Fol.280 .
147. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2159 (año 1501). Fol.71 .
148. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17419 (año 1493). Fol.346 .
149. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1497 (año 1497). Fol.376 .; Leg.2154 (año 1454).
Fol.559 .; Leg.2158 (año 1500). Fols.80 ., 217 .; Leg.2164 (año 1503). Fol.280 .; Leg.3213 (año
1492). Fol.31 .; Leg.3214 (año 1493). Fols.20 . y 28 .; Leg.17425 (año 1499). Fol.155 .

SILVIA MARÍA PÉREZ GONZÁLEZ
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en la li u gia c is iana se celeb a como una ies a ma iana y desde es a pe spec i a
la es udiamos aquí.
Que emos des aca po la solemnidad de la celeb ación la ies a enca gada
po la muje del ju ado Fe nando Pé ez a la Co adía de San Isido o de Se illa.
Du an e la misma el paño más ico150 de la He mandad debía se colocado sob e
su sepul u a que es a ía lanqueada po cua o ci iales151. O la de doña Ma ía Ga-
llegos, quien además de la celeb ación de las íspe as es ableció la p esencia de
diácono y subdiácono así como la p onunciación de un se món152. En es os dos
casos, así como en el es o de las ies as enca gadas a las co adías, la solemnidad
queda ía ealzada con la p esencia de los co ades quienes, po ando las candelas
en sus manos, sald ían sob e la sepul u a.
O as ies as ma ianas ci adas en la documen ación son las de “San a Ma ía de
Agos o”, la Asunción, la ies a más an igua y más común en las celeb aciones de
la Iglesia c is iana, celeb ada el 15 de agos o153 y la de la Expec ación154.
La c eencia en el mis e io de la San ísima T inidad esume el compendio de las
e dades c is ianas doc inales imp escindibles pa a sal a se155. Una de nues as
es ado as, Leono Rod íguez, mandó a la Co adía de San Sebas ián que le cele-
b ase en la iglesia de San Gil de Se illa una misa de su o icio156.
La de oción a los san os como colec i o la encon amos en la ies a de Todos
los San os, una de las cinco más impo an es en la Iglesia medie al, celeb ada el
uno de no iemb e157, que e a la única jun o con la ies a de san And és que pa a
el mes de no iemb e es ablecía el Concilio p o incial de Se illa de 1512158. A los
san os se les conside a como los in e media ios en e Dios y los homb es. Una de
nues as es ado as, Ma ía Rod íguez, mandó a la Co adía de San C is óbal de
Se illa que le celeb ase una misa ezada el día de Todos los San os, cub iendo su
sepul u a y con la asis encia de los co ades po ando cada uno dos ci ios encen-
didos159.
Un o icio de di un os muy demandado en e nues as es ado as son las e-
memb anzas de di un os (un ecue do en o ma de misa o esponso) con un o al
150. De donde deducimos que las co adías disponían en e sus o namen os de a ios paños.
151. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2158 (año 1500). Fol.217 .
152. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2154 (año 1454). Fol.599 .
153. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2164 (año 1503). Fol.65 . Pa a el caso de Je ez de a F on e a
eseñamos la manda hecha po Ma ina Sánchez quien donó a la Co adía de San a Ma ía un censo de
50 ma a edís y o o de 36 ma a edís pa a la celeb ación de es a ies a (AMJFPN. Ba olomé de Maya.
7 de eb e o de 1489. Fol.26 .).
154. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17417 (año 1491). Fol.27 . En el es amen o hay un e o
pues se dice que la ies a se celeb e 18 días an es de Pascua de Na idad en luga del 18 de diciemb e.
155. M. GARCÍA FERNÁNDEZ. “Vida y mue e en Valladolid. Un es udio de eligiosidad po-
pula y men alidad colec i a: los es amen os”. La eligiosidad popula . Vida y mue e: la imaginación
eligiosa, .2, 230.
156. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2164 (año 1503). Fol.65 .
157. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2158 (año 1500). Fol.17 .
158. J. TEJADA Y RAMIRO. Colección de cánones y de odos los concilios de la Iglesia de
España y de Amé ica. Tomo V, 67-110. Concilio de Se illa de 1512.
159. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2166 (año 1504). Fol.22 .
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HID 39 (2012) 185-211
de doce. Las co adías se illanas que ecibie on es e enca go ue on la de San
And és y San An ón160, San Julián de Buen a Es ella161, San a Ana162, San a Bá ba-
a163, San Be na do164, San G ego io165, San Juan Bau is a166, San Julián de Buena
Es ella167, San Isid o168, San a Ma ía de Candela ia169 y San os Jus o y Pas o 170.
No malmen e se dejaba a c i e io de la co adía el luga y echa de celeb ación de
la ememb anza, sal o algunas excepciones171.
Un úl imo o icio de di un os enca gado po nues as es ado as son las misas
de na u aleza y can idad a iables: doce misas de équiem que se debían celeb a
el p ime lunes de cada mes, una misa can ada de la Enca nación y o a de la Con-
cepción po la Co adía de San Be na do de Se illa172.
Llegó un momen o en que las co adías no pudie on lle a a e ec o odos los
cul os que se les enca gaba, po un exceso de las mismas. En la documen ación
no se habla exp esamen e de ello, pe o cie os pa icula es, a la ho a de enca ga
la celeb ación de una de e minada hon a a una co adía, incluye on una cláusula
pa a ga an iza el cumplimien o de la misma: en caso de que la co adía al no
quisie a hace lo, que los bienes donados ue an pa a es a o a co adía con la mis-
ma obligación173. Esa nega i a a no que e celeb a anualmen e lo mandado y, po
consiguien e, no pode inco po a al pa imonio co ade la p opiedad donada, sólo
puede ene una explicación lógica: incapacidad de la co adía elegida en p ime
luga de cumpli con el deseo del es ado po es a desbo dada. Y ambién las
co adías podían se ecep o as de es as mandas cuando o a ins i ución no podía
cumpli con las celeb aciones174.
160. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2158 (año 1500). Fol.39 .
161. AHPS Sección P o ocolos. Leg.3214 (año 1493). Fol.20 .
162. Íbid.
163. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2158 (año 1500). Fol.80 .
164. AHPS Sección P o ocolos. Leg.3211 (año 1475). Fol.13 .; Leg.17415 (año 1476). Fol.99 .
165. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2164 (año 1503). Fol.65 .
166. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2158 (año 1500). Fol.451 .
167. AHPS Sección P o ocolos. Leg.3213 (año 1492). Fol.11 .
168. AHPS Sección P o ocolos. Leg.9102 (año 1504). Fol.427 .
169. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17425 (año 1499). Fol.155 .
170. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2155 (año 1495). Fol.26 .
171. En la iglesia de San a Ana (AHPS Sección P o ocolos. Leg.3213 (año 1492). Fol.11 .;
Leg.3214 –año 1493–. Fol.20 .); el día de Todos los San os (AHPS Sección P o ocolos. Leg.2158 –
año 1500–. Fol.80 .); el día de San Julián (AHPS Sección P o ocolos. Leg.3213 –año 1492–. Fol.11 .).
172. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1497 (año 1497). Fol.271 .
173. Ca alina López enca gó la celeb ación de una ies a de la Concepción a cambio de un censo
comp ado po 5.000 ma a edís a la Co adía de San Sebas ián y si és a no quisie e cumpli lo a la
Co adía de San a Ma ía Magdalena (AHPS Sección P o ocolos. Leg.17417 –año 1491–. Fol.27 .);
Ca alina Sánchez mandó que la Co adía de San Be na do le celeb ase una ememb anza. En caso de
no que e cumpli lo la mada pasa ía al monas e io de San a Ma ía la Real (AHPS Sección P o ocolos.
Leg.17415 –año 1476–. Fol.99 .).
174. Doña Ma ía Gallegos es ableció en su es amen o que la Co adía de la Mise ico dia le
celeb ase una ies a de la Enca nación si la iglesia de San Miguel declinaba la manda (AHPS Sección
P o ocolos. Leg.2154 –año 1454–. Fol.559 .).
SILVIA MARÍA PÉREZ GONZÁLEZ
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3.c.2 La inanciación de los o icios de di un os
La documen ación pa ece e idencia la no exis encia de una no ma i a que
es ipulase la can idad que había que paga a las co adías po la celeb ación de
los o icios, sino que és a e a ijada po quienes hacían el enca go. No malmen e
el pago no se e ec uaba en dine o pues es as muje es, a in de ga an iza se ad
pe pe uum la celeb ación de sus misas y ies as cada año du an e el iempo, más
o menos p olongado, que sus almas hubiesen de es a pu gando sus culpas y pe-
cados, p e e ían dona les cie os bienes que gene asen unas en as ijas con las
que su aga las. Es os bienes e an: casas (en las collaciones se illanas de la Mag-
dalena a la Co adía de los Ángeles175, en la calle de la Ce aje ía en San Vicen e
a la Co adía de San a Bá ba a176, en Omnium Sanc o um a la co adía de San a
Ma ía de Candela ia177, en T iana a la Co adía de San Julián de Buena Es ella178),
ie as (dos pedazos de hue as en Gel es a la Co adía de San Sebas ián179, dos
a anzadas de iñas en el pago de Go manzal en T iana180, en la Ces e ía de Se illa
a la Co adía de San Be na do181) y capi al a esanal (unas ene ías con sus noques,
pelamb es, inas y ies os en la calle de la Cu idu ía de Se illa pa a la Co adía de
la Sang e a cambio de cie os enca gados no de e minados182).
De o ma mayo i a ia los o icios ue on inanciados median e censos183 de can-
idades y localizaciones a iadas (200 ma a edís pa a la Co adía de San Isid o184,
250 ma a edís en unas casas en el compás de San Juan de Ac e pa a la Co adía de
San Juan Bau is a185, 300 ma a edís en unas casas en la Ce aje ía pa a la Co adía
de San And és y San An ón186, 300 ma a edís en unas casas en la calle Sumide os
pa a la Co adía de San Julián de Buena Es ella187, 300 ma a edís en unas casas
pa a las Co adías de San a Ca alina y San a Ana188, 400 ma a edís en unas casas
en el compás del monas e io pa a la Co adía de San Juan de Ac e189, 500 ma a-
edís en unas casas en San Vicen e pa a la Co adía de San Be na do190, o os 500
175. AHPS Sección P o ocolos. Leg.9098 (año 1474). Fol.210 .
176. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2158 (año 1500). Fol.80 .
177. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2160 (año 1501). Fol.315 .
178. AHPS Sección P o ocolos. Leg.3213 (año 1492). Fol.11 .
179. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2164 (año 1503). Fol.618 .
180. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1499 (año 1501). Fol.728 .
181. AHPS Sección P o ocolos. Leg.3211 (año 1475). Fol.13 .
182. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2161 (año 1502). Fol.11 .
183. M. BORRERO FERNÁNDEZ. “E ec os del cambio económico en el ámbi o u al. Los
sis emas de c édi o en el campo se illano ( ines del siglo XV y p incipios del XVI)”. Mundo u al y
ida campesina en la Andalucía medie al. G anada, 2003, 40-41.
184. AHPS Sección P o ocolos. Leg.9102 (año 1504). Fol.427 .
185. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2158 (año 1500). Fol.451 .
186. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2158 (año 1500). Fol.39 .
187. AHPS Sección P o ocolos. Leg.3214 (año 1493). Fol.20 .
188. AHPS Sección P o ocolos. Leg.3214 (año 1493). Fol.20 .
189. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2155 (año 1495). Fol.27 .
190. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17415 (año 1476). Fol.99 .
Muje es y co adías en la Andalucía de inales de la Edad Media 209
HID 39 (2012) 185-211
pa a la Co adía de San Be na do191 más dos mandas192 po la misma can idad pa a
la Co adía de San Julián de Buena Es ella; 600 ma a edís en unas casas pa a la
Co adía de San iago193, o os 600 ma a edís en unas casas en Omnium Sanc o-
um pa a la Co adía de la Co onación194 y una manda más de 600 ma a edís en
una hue a en El Memb illa pa a la Co adía de San a Ma ía de Candela ia195;
800 ma a edís en unas casas en San a Ca alina pa a la Co adía de San Isido o196,
1.000 ma a edís pa a la Co adía de San Eloy197 y o os 1.000 pa a la Co adía de
San a Ca alina y San C is óbal198). En el caso de és os úl imos, a eces lo que se
en egaba e a una can idad de dine o con el que comp a un censo cuya can idad
e a ya es ablecida po la p opia donan e199. Po eso a i mamos que, en gene al,
no hubo un pago en me álico de las celeb aciones, pues és e es aba des inado a
adqui i un bien gene ado de en as ijas que asegu asen la celeb ación de los
o icios de di un os.
La na u aleza de los bienes des inados a la inanciación de los o icios de di-
un os es imposible de de e mina en aquellos casos en los que las es ado as nom-
b a on a las co adías he ede as uni e sales de sus bienes200. Tampoco podemos
dilucida la impo ancia económica de la donación, pues sal o en un caso201 no se
incluye un in en a io de dichos bienes. Al menos se ían lo su icien emen e cuan-
iosos como pa a cos ea los en ie os, misas y o icios enca gados po la donan e.
Como puede obse a se exis e en e las donaciones un p edominio de bienes
si uados den o del ecin o u bano. Con ellos se gene aban unas en as ijas que
asegu a ían, al menos eó icamen e, el cumplimien o ad pe pe uum de las dispo-
siciones de quienes las donaban. Pe o ambién e an gene ado as de en as ijas las
p opiedades u ales y la donación de és as es muy in e io . No debemos ol ida
que la mayo ía de los co ades aquí es udiados se dedicaban a ac i idades incu-
ladas con los o icios u banos, po lo que la ges ión de los bienes de la co adía se
e ía acili ada po el hecho de es a si uados en la p opia ciudad. Se ocupa ían
191. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1497 (año 1497). Fol.271 .
192. AHPS Sección P o ocolos. Leg.3213 (año 1492). Fol.31 .; Leg.3214 (año 1493). Fol.28 .Fol.28 .
193. AHPS Sección P o ocolos. Leg.3218 (año 1499). Fol.5 .
194. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2158 (año 1500). Fol.451 .
195. AHPS Sección P o ocolos. Leg.17425 (año 1499). Fol.155 .
196. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2158 (año 1500). Fol.217 .
197. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1497 (año 1497). Fol.365 .
198. Íbid., Fol.376 .
199. Ca alina López mandó a sus albaceas que con 5.000 ma a edís comp asen un censo y lo
donasen a la Co adía de San Sebas ián o a la de San a Ma ía Magdalena (AHPS Sección P o ocolos.
Leg.17417 –año 1491–. Fol.27 .); Ma ía Rod íguez, muje de un ca nice o, mandó a sus albaceas
comp a un censo de 200 ma a edís pa a la Co adía de San C is óbal (AHPS Sección P o ocolos.
Leg.2166 –año 1504–. Fol.22 .); Ca alina Fe nández, hones a, mandó 8.000 ma a edís a la Co adía
de la San a Mise ico dia con la condición de que si no lo cumplían la manda se ía pa a la Co adía de
San a Ca alina cuyo hospi al es aba en la calle de Mon e os. Inmedia amen e comp a on el censo en
unas casas en San a Ma ía (AHPS Sección P o ocolos. Leg.2159 –año 1501–. Fol.71 .).
200. AHPS Sección P o ocolos. Leg.1500 (año 1502). Fol.343 .; Leg.2155 (año 1495).
Fol.254 .; Leg.2156 (año 1498). Fol.358 .; Leg.3215 (año 1495). Fol.20 .
201. AHPS Sección P o ocolos. Leg.2158 (año 1500). Fol.364 .