T abajo Fin de G ado
PLANES DE PENSIONES: FISCALIDAD Y
RENTABILIDAD
Au o
Na alia Úbeda Mu o
Di ec o es
José Ma ía Gómez Sancho
Félix Domínguez Ba e o
Facul ad de Economía y Emp esa
2021
Au o : Na alia Úbeda Mu o.
Di ec o es: José Ma ía Gómez Sancho y Félix Domínguez Ba e o.
Tí ulo: Planes de pensiones: iscalidad y en abilidad.
Pension plans: axa ion and p o i abili y.
Ti ulación: De echo y Adminis ación y Di ección de emp esas.
RESUMEN: La p e isión social complemen a ia se encuen a ac ualmen e en auge
en nues o país, lo cual puede explica se po la c ecien e p eocupación sob e las pensiones
públicas. El en ejecimien o demog á ico que ha su ido la sociedad española du an e las
úl imas décadas debili a el sis ema de epa o inspi ado de nues o sis ema de Segu idad
Social. Po ello, pa ece ecomendable comple a las pensiones públicas con ins umen os
de aho o p i ado, como los planes de pensiones. El p esen e abajo comienza
exponiendo el concep o gene al de plan de pensiones, así como su egulación y e olución
no ma i a. Asimismo, se analiza á la p oblemá ica ac ual en España y las p opues as del
Gobie no an e es a si uación. Además, se lle a á a cabo una compa a i a in e nacional,
cen ando la a ención en dos modelos conc e os: el inglés y el asco. Es as explicaciones
eó icas se e án aplicadas, en úl imo luga , en una simulación p ác ica que e leja á la
en abilidad de planes de pensiones en dis in os supues os.
ABSTRACT: Complemen a y social wel a e is cu en ly on he ise in ou coun y,
which can be explained by he g owing conce n abou public pensions. The demog aphic
aging ha Spanish socie y has su e ed in ecen decades weakens he inspi ing pay-as-
you-go sys em o ou Social Secu i y sys em. Fo his eason, i seems ad isable o
supplemen public pensions wi h p i a e sa ings ins umen s, such as pension plans. This
inal deg ee p ojec begins by exposing he gene al concep o pension plan, as well as i s
egula ion and no ma i e e olu ion. Nex , cu en p oblems in Spain and Go e nmen 's
p oposals conce ning his si ua ion will be analyzed. In addi ion, an in e na ional
compa ison will be ca ied ou , ocusing on wo speci ic models: English and Basque.
These heo e ical explana ions will be applied, las ly, in a p ac ical simula ion ha will
e lec he p o i abili y o pension plans in di e en cases.
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN……………………………………………………....…...…1
II. DESARROLLO……………………………………………………...…………3
1. EVOLUCIÓN NORMATIVA Y REGULACIÓN……………………………3
2. LOS PLANES DE PENSIONES……………………………………………….5
2.1. Concep o………………………………………………...…………….…5
2.2. P incipios, elemen os pe sonales y con ingencias………………………..5
2.3. Tipos de planes………………………………………….………………..7
2.4. Planes de pensiones y iscalidad…………………...………….………….9
3. PROBLEMÁTICA ACTUAL EN ESPAÑA…………………………………11
3.1. Riesgos y p oblemas ac uales……………………………...……...…….11
3.2. Medidas adop adas y p opues as de mejo a del Gobie no………….……20
4. ANÁLISIS DE OTROS SISTEMAS: INGLATERRA Y PAÍS VASCO…...22
4.1. B e e compa a i a in e nacional……………………………………….22
4.2. Modelo inglés: la no edad del Au oma ic En olmen …………………..25
4.3. Modelo asco: las En idades de P e isión Social Volun a ia (EPSV)…27
III. CASO PRÁCTICO: RENTABILIDAD DE PLANES DE PENSIONES…..29
1. RENTABILIDAD SEGÚN LA EVOLUCIÓN DEL TIPO MARGINAL…30
1.1. P ime escena io: p0 = pn……………………………………………….30
1.2. Segundo escena io: p0 < pn……………………………………………..33
1.3. Te ce escena io: p0 > pn………………………………………………..34
2. RENTABILIDAD SEGÚN LA EDAD DEL APORTANTE Y DURACIÓN
DEL PERIODO DE ACUMULACIÓN……………………………………..36
2.1. E olución de la TIR……………………………………………………..37
2.2. E olución del VAN……………………………………………………..38
IV. CONCLUSIONES…………………………………………………………….39
1
I. INTRODUCCIÓN
La igu a de los planes de pensiones ha es ado muy p esen e en la economía española
desde la ap obación de la Ley 8/1987, de 8 de junio. La es uc u a de la ca e a de los
hoga es españoles ha e olucionado no ablemen e, pasando de p io iza los depósi os
banca ios y ac i os de en a ija a in e i en mayo p opo ción en o os ins umen os de
aho o como planes de pensiones. A lo an e io se suma la inminen e e o ma de los
sis emas de aho o p i ado en España, p omo ida po las ecomendaciones del Pac o de
Toledo
1
. Se a a de una cues ión que se encuen a ac ualmen e a la o den del día, po lo
que se ha conside ado ap opiado ealiza es e abajo de in de g ado sob e los planes de
pensiones.
La c ecien e popula idad de los sis emas de aho o p i ado puede explica se po
di e sos ac o es. En p ime luga , po el en ejecimien o demog á ico que ha su ido
nues o país en los úl imos años y, con ello, la dudosa sos enibilidad del sis ema público
de pensiones con la gene osidad que lo ca ac e iza ac ualmen e. Tal y como se desp ende
de los a ículos 41 y 50 de la Cons i ución Española, la idea que pe sigue nues o sis ema
de Segu idad Social es que las pensiones públicas o ezcan una p es ación adecuada pa a
que los pensionis as no pie dan pode adquisi i o con la llegada de la jubilación. Las
pensiones en España se es uc u an en o no a un sis ema de epa o, según el cual los
ing esos de los jubilados se sos ienen po los ac uales co izan es. Basándose en es e
p incipio, los abajado es que co izan ac ualmen e espe an pode dis u a de la misma
si uación en su jubilación.
Sin emba go, hoy en día el quid de la cues ión es la llegada masi a a la jubilación de
la gene ación nacida en el baby boom (en e los años 1960 y 1975), desde mediados de
es a década. Además de lo an e io , el aumen o de la espe anza de ida de la población
española y la educción de la na alidad en los úl imos años son o os ac o es que o iginan
una pi ámide poblacional en España o almen e in e ida.
1
Se denomina Pac o de Toledo a la ap obación del documen o e e en e al “Análisis de los p oblemas
es uc u ales del sis ema de Segu idad Social y de las p incipales e o mas que debe án acome e se” en
1995. Pos e io men e, se c ea una Comisión no Pe manen e de Seguimien o y E aluación de los Acue dos
del Pac o de Toledo, que se eúne cada cinco años pa a es udia la e olución del sis ema de pensiones y de
las p opues as de ecomendaciones pa a mejo a es e sis ema.
2
Las consecuencias económicas de es a ci cuns ancia son inminen es. Al habe cada
ez menos co izan es y más pensionis as, el sis ema de epa o que inspi a las pensiones
públicas de nues o país se ambalea. Es a si uación p eocupa a los abajado es que se
encuen an co izando ac ualmen e, ya que exis e una g an ince idumb e sob e si la
Segu idad Social española se á capaz de hace en e a las p es aciones sociales, al y
como es án ac ualmen e diseñadas, en un u u o no an lejano. Además, ac o es exógenos
como la c isis inancie a de 2008 han o iginado un aumen o en el dé ici de es e
o ganismo público.
Nos encon amos an e un asun o de máxima ac ualidad, gene ado de un deba e que
a ec a a odas las es e as de la sociedad, desde o ganismos o iciales has a los ciudadanos
abajado es que, como u u os pensionis as, se án los p incipales a ec ados.
Es po ello po lo que el ac ual minis o de Inclusión, Segu idad Social y
Mig aciones, José Luis Esc i á, se p opone lle a a cabo una e o ma de la Segu idad
Social en 2021 con el p incipal obje i o de gene a ce idumb e sob e el pac o
in e gene acional inspi ado de nues o sis ema de pensiones públicas.
Es e pano ama pesimis a en elación con la p e isión social es p ecisamen e el que
posibili a el auge de los ins umen os de aho o p i ado, con la idea de que el peso de las
pensiones no sea sopo ado en su o alidad po el Es ado, sino ambién po los p opios
ciudadanos. Aho a bien, la igu a de los planes de pensiones p i ados en su modalidad
indi idual es con o e ida y discu ida en la ac ualidad, ya que di e sos in o mes han
cues ionado que cumplan con su p incipal obje i o de aho o a la go plazo.
Den o de es e ma co de e o mas e ince idumb e, el p esen e abajo se cen a á en
la igu a de los planes de pensiones, es udiando con p ecisión es e concep o y la
incidencia de la iscalidad en su diseño. Asimismo, se analiza á la p oblemá ica ac ual en
elación con dichos ins umen os de aho o, así como las ecien es p opues as que se han
asladado al Pac o de Toledo. Po o o lado, se lle a á a cabo una sín esis de sis emas de
aho o a la go plazo al e na i os desa ollados en de e minados e i o ios, como Reino
Unido y País Vasco. Todo lo an e io se comple a á con una simulación p ác ica que se
cen a á en la a iación de la en abilidad de planes de pensiones en dis in os supues os,
medida po medio del Valo Ac ualizado Ne o (VAN) y la Tasa In e na de Ren abilidad
(TIR).
3
II. DESARROLLO
1. EVOLUCIÓN NORMATIVA Y REGULACIÓN
Has a el año 1987, no exis ía en España una egulación especí ica sob e planes y
ondos de pensiones, sino que nues o o denamien o se limi aba a egula no mas
dispe sas que con emplaban aspec os aislados sob e la ma e ia. Es a ausencia se co ige
median e la Ley 8/1987, de 8 de junio. Como no ma i a de desa ollo se p omulga el RD
1307/1988, de 30 de sep iemb e.
Pos e io men e, es a ley o igina ia es obje o de nume osas modi icaciones, po lo que
la necesidad de ac ualización e a inminen e. Así pues, el Gobie no elabo ó un ex o
e undido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, ap obado po
RDLeg 1/2002, de 29 de no iemb e, legislación igen e en la ac ualidad. Tomando como
e e encia el desa ollo no ma i o en el ámbi o de la Unión Eu opea, el RD 304/2004, de
20 de eb e o, desa olla y comple a el con enido de la ley de 2002. Al mismo iempo,
es e nue o eglamen o in eg a y sus i uye al ya mencionado eglamen o o igina io
ap obado median e el RD 1307/1988.
Aho a bien, la no ma i a enume ada an e io men e desa olla el concep o de plan de
pensiones desde un pun o de is a eminen emen e eó ico. Pa a en ende la incidencia de
es os ins umen os de aho o en la iscalidad de las pe sonas ísicas y, en su caso,
ju ídicas, hemos de acudi a lo es ablecido en la Ley 35/2006, de 28 de no iemb e (en
adelan e, LIRPF).
Conc e amen e, den o del Tí ulo IV de es a ley, ela i o a la base liquidable,
encon amos posibles educciones po a ención a si uaciones de dependencia y
en ejecimien o y, conc e amen e, educciones po apo aciones y con ibuciones a
sis emas de p e isión social (a ículo 51 LIRPF). El apa ado p ime o del p ecep o
mencionado sos iene que pod án educi se de la base imponible gene al las apo aciones
y con ibuciones a ondos de pensiones. Es a egulación se desa olla eglamen a iamen e
median e el RD 439/2007, de 30 de ma zo. Los a ículos 49 a 51 de es a no ma son los
ela i os a educciones en la base imponible po apo aciones a sis emas de p e isión
social.
4
No obs an e, la iscalidad de las apo aciones a los planes de pensiones ha sido obje o
de cons an e e olución has a llega a la egulación ac ual. A con inuación, se expond án
b e emen e algunas de las modi icaciones más impo an es que han su ido es os
ins umen os desde el pun o de is a iscal.
En p ime luga , cabe menciona la Ley 26/2014. Una de las e o mas que in oduce
es a ley es la ebaja de ipos ma ginales, y, con ella, la mino ación del 40 al 30 po cien o
del po cen aje de educción aplicable a los endimien os con pe íodo de gene ación
supe io a dos años u ob enidos de o ma no o iamen e i egula en el iempo. Pa a la
aplicación de es a e o ma a los planes de pensiones se es ablece un égimen ansi o io,
según el cual los bene icia ios de p es aciones de i adas de con ingencias acaecidas con
an e io idad al 1 de ene o de 2007 pod án aplica el égimen inancie o y, en su caso,
aplica la educción p e is a en el a ículo 17 LIRPF igen e a 31 de diciemb e de 2006.
Lo mismo ocu e con las p es aciones de i adas de con ingencias acaecidas a pa i del 1
de ene o de 2007, en la pa e co espondien e a apo aciones ealizadas has a 31 de
diciemb e de 2006.
Po o o lado, esul a de impo ancia hace e e encia a la e o ma de los planes de
pensiones e ec uada po el RD 62/2018, de 9 de eb e o. Es a no ma es ablece que las
can idades apo adas al plan y sus endimien os se pod án esca a a los diez años a pa i
de 2025. Has a la en ada en igo de dicha no ma, solo se podían esca a las
apo aciones ealizadas una ez cumplidas las con ingencias que mo i a on la c eación
del plan. Con la nue a no ma se lexibiliza es e aspec o, lo cual es obje o de c í ica po
pa e de algunos economis as, que asegu an que es a e o ma des i úa po comple o la
inalidad del plan de pensiones.
La e o ma más ecien e es la ela i a al lími e máximo anual de las apo aciones al
plan de pensiones. En es e sen ido, la Ley 11/2020, de 30 de diciemb e, de P esupues os
Gene ales del Es ado pa a el año 2021 modi ica el a ículo 52.1 y la disposición adicional
igesimosex a LIRPF, pa a mino a el lími e de apo ación anual al plan de pensiones
indi idual a 2.000 eu os
2
. No obs an e, es e lími e se inc emen a á en 8.000 eu os,
siemp e que al inc emen o p o enga de con ibuciones emp esa iales.
2
El lími e máximo an e io en los planes indi iduales e a de 8.000 eu os anuales.
5
2. LOS PLANES DE PENSIONES
2.1. Concep o
Los planes de pensiones son ins umen os de aho o diseñados esencialmen e pa a
gene a p es aciones pa a la jubilación que se basan en la acumulación p e ia de capi ales.
O o gan a las pe sonas a cuyo a o se cons i uyen el de echo a pe cibi en as o capi ales
po di e sas con ingencias como jubilación, supe i encia, iudedad, o andad o
in alidez; así como la obligación de con ibui a los mismos.
Tienen ca ác e p i ado y olun a io, po lo que sus p es aciones no se án sus i u i as
sino complemen a ias de las co espondien es en el égimen de la Segu idad Social. Es e
pun o es cla e pa a en ende la p oblemá ica ac ual en elación con los planes de
pensiones y las ecien es p opues as de modi icación de los mismos, que e emos más
adelan e. Po o o lado, los ondos de pensiones son pa imonios c eados con el único y
exclusi o obje i o de da cumplimien o a los planes de pensiones
3
.
2.2. P incipios, elemen os pe sonales y con ingencias
Todo plan de pensiones debe egis a se en la Di ección Gene al de Segu os y Fondos
de Pensiones y ha de espe a una se ie de p incipios básicos
4
, que se expond án a
con inuación:
- El p incipio de no disc iminación es ablece que cualquie pe sona ísica con
capacidad legal de con a ación y que eúna las condiciones exigidas ha de ene
ga an izado el acceso como pa ícipe al plan.
- El p incipio de capi alización, an í esis del sis ema de epa o u ilizado po la
Segu idad Social, implica que cada pa ícipe ecibi á lo que él mismo ha apo ado du an e
la igencia del plan.
3
La de inición de es os concep os se ecoge en los dos p ime os a ículos del RDLeg 1/2002 y coincide con
la que ya ecogía la ley o igina ia de 1987.
4
Los p incipios inspi ado es de los planes de pensiones se egulan en los a ículos 5 RDLeg 1/2002 y 2.4
RD 304/2004.
6
- El p incipio de i e ocabilidad de las p es aciones es ablece que una ez que se
hagan apo aciones a un plan de pensiones es as no pod án se e i adas.
- El p incipio de a ibución de de echos sos iene que las apo aciones al plan
de e mina án unos de echos de con enido económico pa a los pa ícipes de es e. Es os
de echos se des ina án a cub i las con ingencias pac adas g acias a las apo aciones del
pa ícipe y al sis ema de capi alización.
- El p incipio de in eg ación obliga o ia en un ondo de pensiones debe se
espe ado po oda pe sona que quie a pa icipa en un plan de pensiones, ya que se a a
de dos concep os au omá icamen e ligados.
Con espec o a los elemen os pe sonales de los planes de pensiones, hemos de
dis ingui en e p omo o , pa ícipe y bene icia io. En cuan o al p omo o , pod á se lo
cualquie en idad, co po ación, sociedad, emp esa, asociación, sindica o, o incluso el
emp esa io indi idual, con lo que se ab e el abanico ambién a las pe sonas ísicas. Los
pa ícipes son las pe sonas ísicas en cuyo in e és se c ea el plan, ealicen ellos o no las
apo aciones. Es e concep o es dis in o al de bene icia io, que es la pe sona ísica con
de echo a la pe cepción de las p es aciones, haya sido o no pa ícipe del plan de
pensiones
5
.
Tal y como se ha comen ado an e io men e, el RD 62/2018 es ablece que en 2025 el
me o hecho del anscu so de diez años desde la apo ación pe mi i á esca a un plan de
pensiones. Po lo an o, las con ingencias exigidas como condición necesa ia pa a pe cibi
la p es ación po los a ículos 1.1 y 8.6 RDLeg 1/2002 y po el a ículo 7 RD 304/2004
deja án de ene mucho de su sen ido en dicho año, po que se lexibiliza án no ablemen e.
Resumidamen e, es as con ingencias son la jubilación, la incapacidad labo al o al y
pe manen e o g an in alidez, la mue e del pa ícipe o del bene icia io y la dependencia
se e a o g an dependencia del pa ícipe. A las an e io es con ingencias se suma la
si uación legal de desempleo en los é minos es ablecidos en el a ículo 8.6.a) RDLeg
1/2002
6
.
5
Los elemen os pe sonales de los planes de pensiones se egulan en los a ículos 3 y 5.1 RDLeg 1/2002 y
en el a ículo 2 RD 304/2004.
6
Sin pe juicio de la posibilidad de disposición excepcional de los de echos consolidados de los planes de
pensiones po la c isis sani a ia del Co ona i us, éase a ículo 23 RD Ley 15/2020, de 21 de ab il.
13
Fuen e: Elabo ación p opia a pa i de da os INE (2020).
G á ico 3.1.2. Tasa b u a de na alidad.
El e ce indicado demog á ico po analiza es la asa b u a de mo alidad, que se ha
man enido cons an e en las úl imas décadas como puede obse a se en el g á ico.
Fuen e: Elabo ación p opia a pa i de da os INE (2020).
G á ico 3.1.3. Tasa b u a de mo alidad.
Además, es de impo ancia ae a colación el ac o mig a o io. En la época de la
posgue a y du an e la década de los 60, España se ca ac e izó po se un país
p incipalmen e emig a o io, lo que puede explica se po el a anzado desa ollo indus ial
y social del es o de países eu opeos. Sin emba go, en la década de los 70 y sob e odo a
pa i del inicio del siglo XXI, España pasó a se un país a ac i o pa a la inmig ación,
debido a su desa ollo cul u al y económico. Conc e amen e, el núme o de inmig an es
en la úl ima década ha aumen ado no ablemen e a pesa de la c isis del 2008.
14
Po úl imo, hemos de ene en cuen a el impac o de la c isis sani a ia del Co id-19
en las a iables demog á icas explicadas con an e io idad. Po un lado, la pandemia ha
p o ocado una disminución de la espe anza de ida en 2020, que se es ima en 0,9 años
pa a los homb es y en 0,8 años pa a las muje es (aunque se p e é ecupe a es e descenso
en 2021). Con espec o a la mo alidad, el núme o de de unciones ha aumen ado en el
año 2020 con espec o al año an e io y se p e é que con inúe c eciendo has a alcanza el
máximo en 2063
12
.
En las úl imas décadas, el nume o medio de pe sonas en edad de abaja po cada
pensionis a ha disminuido, po lo que se cues iona la sos enibilidad de la ele ada asa de
eemplazo con la que cuen an las pensiones públicas en España. Además, di e sos
in o mes asegu an que el en ejecimien o demog á ico es un enómeno que con inua á en
las p óximas décadas y, con él, la debili ación del sis ema público de pensiones ( éase
Doménech, 2019). Es e au o a i ma que, aunque exis e ince idumb e en las
p oyecciones de población, odo apun a a que la asa de dependencia más que se duplica á
en los p óximos 30 años. Con espec o a la p oyección del núme o de pensiones, a i ma
que exis e menos ince idumb e, ya que los abajado es del p esen e se án las pensiones
del u u o. Las p oyecciones de ambas a iables se e lejan en los siguien es g á icos.
12
No a de P ensa INE de 22 de sep iemb e de 2020 sob e P oyecciones de Población 2020-2070.
Fuen e: BBVA Resea ch.
G á ico 3.1.4. P oyección de la asa de dependencia.
Fuen e: BBVA Resea ch.
G á ico 3.1.5. P oyección del nº de pensiones.
15
Po su pa e, la Au o idad Independien e de Responsabilidad Fiscal (en adelan e,
AIReF) ealiza una p e isión, que no p oyección, sob e la u u a demog a ía y pensiones
en nues o país. La au o idad independien e sos iene que la asa de dependencia se
duplica á en las p óximas décadas, pasando del 26% ac ual al 53% en 2050. Con espec o
al gas o en pensiones en elación con el PIB, se p e é un inc emen o de 3,3 pun os
po cen uales has a el año 2050. Así se e leja en los siguien es g á icos.
Debido a odo lo an e io , es impo an e desa olla una ees uc u ación de nues o
ac ual sis ema en los p óximos años pa a da una mayo impo ancia a la p e isión social
complemen a ia y disminui la p esión sob e las pensiones públicas.
3.1.2. Planes de pensiones: In o me Spending Re iew
El in o me Spending Re iew elabo ado po la AIReF es un p oyec o de análisis de
gas o público de ca ác e plu ianual, cuya segunda ase se cen a en el es udio de los
bene icios iscales, analizando si cumplen o no con su inalidad. Conc e amen e, el
bene icio iscal que esul a de in e és pa a el p esen e abajo es la posible educción en
la base imponible del IRPF po apo aciones a sis emas de p e isión social, cuyo - eó ico-
obje i o es el aho o a la go plazo.
El Spending Re iew o mula una se ie de conclusiones sob e el sis ema de planes de
pensiones en España, y plan ea unas ecomendaciones que jus i ican una inminen e
e o ma.
Fuen e: AIReF (2020).
G á ico 3.1.6. P e isión de la asa de dependencia.
Fuen e: INE, Minis e io de SS y AIReF.
G á ico 3.1.7. P e isión del gas o en pensiones.
16
A) Conclusiones del Spending Re iew
En e las conclusiones del Spending Re iew des acan las que se exponen a
con inuación. Además de no cumpli con su obje i o p incipal de aho o, es un p oduc o
inancie o eg esi o y que supone un cos e mayo espec o a los planes de empleo y
ondos de in e sión.
1) Los planes de pensiones no cumplen con su obje i o: el aho o a la go plazo.
El in o me pone de mani ies o que las educciones po apo aciones a sis emas de
p e isión social no cumplen con su p incipal obje i o, que es -o debe ía se - incen i a el
aho o. La AIReF asegu a que la desg a ación de la que se bene ician las apo aciones a
los planes de pensiones en el IRPF no pe sigue el in de incen i a el aho o a la go plazo
como complemen o al sis ema público de pensiones.
En su luga , el obje i o p incipal que se busca ac ualmen e a la ho a de con a a un
plan de pensiones es el aho o iscal. En consecuencia, con la con a ación de planes de
pensiones no se log a un aumen o ne o en el aho o a la go plazo, sino un cambio en la
composición de ca e a de los ins umen os en los que uno in ie e.
Como puede obse a se en el G á ico 3.1.8, el aho o acumulado en planes de
pensiones an es de la jubilación es educido, incluso en e las en as bajas, lo que pone de
mani ies o que los planes de pensiones no cumplen con su p incipal unción de aho o a
la go plazo.
Fuen e: AIReF (2020).
G á ico 3.1.8.: Riqueza media en ac i os eales y inancie os a los 64 años.
17
2) El sis ema de planes de pensiones en España es muy eg esi o.
La AIReF concluye que se a a de un sis ema muy eg esi o, u ilizado solamen e
po las en as al as, que cuen an con una mayo capacidad de aho o a la go plazo. Así se
e leja en el G á ico 3.1.9, en el que puede obse a se como 1.100 millones de eu os
(70%) del bene icio iscal ob enido se concen an en el decil de en as más ele adas
(cen ilas 90 a 100). Conc e amen e, un 66% del bene icio iscal co esponde al úl imo
decil.
Po o o lado, los ciudadanos que, po su dis ibución de en a, ienen la necesidad
de complemen a sus pensiones con es e ipo de ins umen os son los que menos los
u ilizan. Las en as bajas ienden a in e esa se po el co o plazo y no suelen pa icipa en
sis emas olun a ios de aho o. Además, es de espe a que p e ie an con a a p oduc os
más ba a os y que gene en en abilidades más al as.
Lo an e io es cuan o menos con adic o io, ya que los planes de pensiones esul an
iscalmen e a ac i os sob e odo pa a las en as bajas. Es o se e leja en la siguien e
simulación de la AIReF, en la que se en en a el aho o iscal y las comisiones de es os
ins umen os de aho o pa a en as al as y bajas ( éase G á ico 3.1.10).
Fuen e: AIReF (2020).
G á ico 3.1.9.: Bene icio iscal po cen ila de en a.
18
Fuen e: AIReF (2020).
G á ico 3.1.10.: Incen i os de los planes de pensiones pa a en as al as y bajas.
Las en as más al as cuen an con un bene icio iscal du an e el ciclo i al de 773
eu os, mien as que sus comisiones ascienden a 7.776 eu os, po lo que pa a es e ipo de
aho ado es las comisiones abso ben en su o alidad el aho o iscal ob enido. Sin
emba go, las en as bajas gozan de un bene icio iscal de 9.096 eu os, una ci a supe io
a las mencionadas comisiones. Es a simulación e leja, po an o, un cla o p oblema: los
planes de pensiones solo bene ician iscalmen e a las en as bajas que no pueden
pe mi í selos.
3) Es un p oduc o inancie o muy ca o.
Las comisiones de los planes de pensiones
son muy ele adas, como se puede ap ecia en el
G á ico 3.1.11, que p ecisamen e compa a las
comisiones de los planes de pensiones
indi iduales con las de los planes de pensiones
de empleo, con una di e encia de más de un
pun o po cen ual. De hecho, es as comisiones
llegan a abso be la o alidad del aho o iscal
en de e minados casos, lo cual quizá explique
su escaso éxi o en las en as medias y bajas.
Fuen e: AIReF (2020).
G á ico 3.1.11: Comisiones medias.
19
B) Recomendación de la AIReF y eacción de o as en idades
Como esul ado del in o me Spending Re iew, la AIReF ha ecomendado al
Gobie no una “ e o mulación comple a del bene icio iscal de mane a cohe en e con las
ecomendaciones que se acue den en el Pac o de Toledo sob e aho o complemen a io a
la go plazo”
13
. Es o es, omen a la u ilización de los planes colec i os o planes de empleo
en e a los planes indi iduales.
El in o me ha sido echazado públicamen e po la pa onal del segu o UNESPA, y
po la Asociación de Ins i uciones de In e sión Colec i a y Fondos de Pensiones
(INVERCO). Es as o ganizaciones señalan que lo que debe hace el Gobie no es
p omo e el aho o complemen a io pa a la jubilación en España, an o el ealizado en
planes de pensiones indi iduales como en los de emp esa, y no pone le abas, ya que “en
países donde hay una mayo en aja iscal se obse an mayo es ni eles de aho o
complemen a io”
14
, asegu an desde INVERCO.
El pun o del in o me que más polémica ha susci ado es el cos e que el di e imien o
ibu a io de los planes gene a a las a cas del Es ado. Ambas ins i uciones insis en en que
la iscalidad de los sis emas de p e isión social supone un me o di e imien o de la
ibu ación, no una desg a ación, y su a amien o ibu a io es el mismo que ienen las
pensiones públicas.
Además, señala INVERCO, es complicado desa olla la p e isión social emp esa ial
po sí sola, sin el apoyo y complemen o de los ins umen os de aho o indi idual. Es o
es á ocu iendo según la asociación en muchos de los países que basan sus sis emas de
pensiones en el peso de una p e isión social emp esa ial muy desa ollada.
Desa olla emos más adelan e es e pun o en el caso conc e o de Reino Unido.
13
Véase In o me Spending Re iew, Bene icios Fiscales, p. 26.
14
Véase No a de P ensa de INVERCO sob e el in o me de la AIReF, p.1.
20
3.2. Medidas adop adas y p opues as de mejo a del Gobie no: e isión del sis ema
de p e isión social complemen a ia
F en e a es a si uación, el Gobie no adop a una se ie de medidas, de acue do con las
ecomendaciones del Pac o de Toledo. La p opues a que es udia emos en es e apa ado
es la de incen i a los sis emas colec i os de p e isión social complemen a ia.
A aíz de la ecomendación 16 del Pac o de Toledo, se p e ende incen i a la
u ilización de planes de pensiones de empleo que se susc iben en el seno de las emp esas.
Den o de es e con ex o, llegamos al ema que nos compe e: la e isión de nues o sis ema
de p e isión social complemen a ia. Se p opone desa olla una polí ica de incen i os
pa a omen a los planes de pensiones colec i os en las emp esas, ambién conocidos
como planes de empleo.
El concep o de plan de pensiones de empleo ha sido sucin amen e de inido con
an e io idad. Po lo an o, pasamos a es udia a con inuación las ca ac e ís icas conc e as
de es e ipo de planes, así como la p oblemá ica de los planes de pensiones indi iduales
que mo i a la inminen e e o ma del sis ema ac ual.
Los planes de empleo, al con a io que los planes de pensiones indi iduales, son
p omo idos den o de una emp esa en bene icio de sus abajado es, es deci , son
colec i os. Po lo an o, equie en la cons i ución de una Comisión de Con ol in eg ada
po ep esen an es de la emp esa y de los abajado es. Como ya se ha is o, un plan de
pensiones se es uc u a en o no a apo aciones pac adas po las emp esas, no malmen e
en negociación colec i a, a planes p i ados o públicos de jubilación de sus abajado es.
Una de las p incipales en ajas de los planes de pensiones de empleo son los
incen i os iscales. Desde el pun o de is a de la emp esa, las apo aciones son deducibles
de la base imponible del Impues o de Sociedades (a ículo 14.2 de la Ley 27/2014, de 27
de no iemb e), al se conside adas como sala ios di e idos a a o de sus empleados. Las
apo aciones no es án suje as a co ización a la Segu idad Social.
Desde el pun o de is a del abajado bene icia io del plan, las apo aciones
ealizadas ienen un impac o neu o sob e su base imponible. Po un lado, se conside an
e ibución en especie y se impu an en la base imponible gene al del IRPF del abajado
como endimien os del abajo y, po o o lado, se deducen de es a base imponible.
21
Las apo aciones pueden descon a se de la base imponible del IRPF has a un lími e
de 2.000 eu os -can idad que se inc emen a á en 8.000 eu os, siemp e que al inc emen o
p o enga de con ibuciones emp esa iales- o el 30% de los endimien os ne os del abajo
y las ac i idades económicas (la meno de es as can idades). En el momen o del esca e
del plan, la p es ación ibu a como si ue a una en a del abajo. Se a a po an o de un
di e imien o iscal simila al de los planes indi iduales (a ículos 50 y 51 LIRPF).
O a en aja de los planes de emp esa en compa ación con el sis ema indi idual son
sus meno es cos es y mayo en abilidad. En es e sen ido, INVERCO asegu a que su
en abilidad es mucho mayo a la de los planes de pensiones indi iduales, como puede
ap ecia se en el siguien e cuad o:
Fuen e: INVERCO (2019).
Cuad o 3.2.1. Ren abilidades medias anuales ponde adas de los planes de pensiones.
Pa a consegui incen i a los planes de pensiones colec i os, el Gobie no p opone
aslada los bene icios iscales de los planes de pensiones indi iduales a los colec i os,
educiendo la desg a ación de los planes de pensiones indi iduales. La idea es hace lo de
o ma p og esi a con modi icaciones no ma i as que pe mi an ex ende es os
ins umen os de aho o colec i os a mayo pa e de la población, educi sus cos es y
aumen a sus incen i os.
En p ime luga , se p opone ex ende la población cubie a po es os ins umen os de
aho o a a és de la negociación colec i a y hace llega es as ó mulas a más segmen os
de la sociedad, como au ónomos, PYMES, unciona ios, e c. Po o o lado, se pe sigue
una educción sus ancial de los cos es de ges ión, ya que si es os son supe io es al 1% no
esul a án a ac i os, con la c eación desde la Adminis ación de un ondo de pensiones
de empleo de ca ác e abie o (como en Reino Unido).
22
Po úl imo, se busca diseña un nue o incen i o iscal di igido a impulsa es e ipo
de ins umen os colec i o en de imen o de los indi iduales. Se quie e desplaza la
iscalidad a o able de los planes indi iduales hacia los planes de empleo p oceden es de
la negociación colec i a. Así, se consegui á bene icia a las en as medias y bajas e
inco po a a los jó enes en es e sis ema.
En es e sen ido, la p ime a medida ha sido in oducida median e la Ley 11/2020, de
30 de diciemb e, de P esupues os Gene ales del Es ado pa a el año 2021, en la que se
educe el lími e máximo de apo ación a planes de pensiones indi iduales de 8.000 a
2.000 eu os, ampliable en 8.000 eu os más siemp e que al inc emen o p o enga de
con ibuciones emp esa iales.
4. ANÁLISIS DE OTROS SISTEMAS: REINO UNIDO Y PAÍS VASCO
Como se ha señalado, en e las medidas más des acadas en la e o ma de los planes
p i ados, se encuen a la idea de po encia los planes de pensiones p i ados colec i os o
de empleo. En el p esen e apa ado se compa an los sis emas desa ollados po di e en es
países y, pos e io men e, se cen a á en un análisis de allado de los modelos adop ados
en Reino Unido y País Vasco, señalados como ejemplo a segui desde el Minis e io.
4.1. B e e compa a i a in e nacional
En es e apa ado se comenza á comp obando la si uación del sis ema p e isión social
complemen a ia español en el en o no in e nacional.
La OCDE di e encia en e planes de pensiones obliga o ios, cuasi-obliga o ios,
olun a ios y el sis ema de Au oma ic En olmen . En el año 2018, 17 países de la OCDE
adop a on un sis ema de planes de pensiones obliga o io o cuasi-obliga o io, asegu ando
así una g an cobe u a de la población en edad de abaja . Po ejemplo, en Finlandia y
Suiza los planes de pensiones de empleo (occupa ional pensions) son obliga o ios y
a ec an a más del 70% de la población ac i a. Po o o lado, en o os países como
Dinama ca, Holanda o Suecia se adop a un sis ema cuasi-obliga o io, que no a ec a á a
odos los sec o es y que end á, po an o, una asa de cobe u a meno que en los países
que adop an un sis ema obliga o io. Los planes de pensiones an o indi iduales como
colec i os son olun a ios en o os países, como Bélgica, República Checa, Alemania,
I landa, Polonia o Es ados Unidos. En los países mencionados an e io men e la asa de
cobe u a de los planes olun a ios onda el 40%. Sin emba go, o os países cuen an con
asas de cobe u a mucho meno es, como G ecia, cuya asa se si úa po debajo del 5%.
29
III. CASO PRÁCTICO: RENTABILIDAD DE PLANES DE PENSIONES
En el p esen e epíg a e se lle a á a cabo una simulación que e leja la ibu ación y
en abilidad de los planes de pensiones en dis in as si uaciones. Pa a es e desa ollo se
segui á la me odología de Félix Domínguez (2017) en su manual Plani icación iscal:
pe sonal y en la emp esa. Con espec o a los cálculos numé icos, ha sido de ayuda el
simulado SIMPLAF, elabo ado en el Depa amen o de Es uc u a e His o ia Económicas
y Economía Pública de la Uni e sidad de Za agoza.
Como se ha enido indicado a lo la go del abajo, los planes de pensiones cuen an
con es (p es ación o ma de capi al) o cua o (p es ación en o ma de en a) momen os
cla e desde el pun o de is a iscal: in e sión, acumulación, liquidación y p es ación. En
es os momen os, algunas de las a iables inancie as que amos a u iliza son la cuan ía
apo ada o capi al inicial (CI), el an o de capi alización (i) y el capi al inal (CF). Si es as
can idades es án ne as de impues os se les añade el subíndice N (CIN, iN, CFN). El ipo
ma ginal se denomina á p, y la cuo a ibu a ia, Tp. O as a iables ele an es se án la
espe anza de ida (w) -pa a el caso de p es ación en o ma de en a- y la du ación de la
in e sión (n). Pa a desa olla el caso p ác ico, asumi emos los siguien es alo es:
- Ren abilidad (i) = 2%.
- Ren abilidad del ac i o al e na i o (iN) = 2 · (1 – 0,2) = 1,60%.
- Espe anza de ida (w) = 18.
- Edad de jubilación = 67 años.
Exis en di e sos ac o es que pueden a ec a a la en abilidad de los planes de
pensiones. En e o os, a ec a án al endimien o de es e ac i o:
- El ipo de p es ación: en o ma de capi al o en o ma de en a.
- El ipo ma ginal inicial ( p0) y inal ( pn).
- La edad del pa ícipe y du ación del pe iodo de apo ación.
Con espec o a la o ma de la p es ación, si se op a po ecibi la en un capi al único
se ob end á una en abilidad meno que si se elige la p es ación en o ma de en a. Al
ecibi la p es ación en un único pago, la base imponible del pa ícipe se dispa a y, con
ella, el ipo ma ginal. Debido a es o, la opción de p es ación en o ma de capi al o ece
una en abilidad muy baja que incluso puede llega a se nega i a en de e minados casos,
al encon a se es a g a ada po un impues o p og esi o como es el IRPF. Lo an e io se
demues a, eco demos, desde un pun o de is a ma emá ico en el Apéndice I.
30
A con inuación, se analiza á la incidencia de la e olución del ipo ma ginal y de la
du ación de la in e sión an o en el VAN como en la TIR del plan de pensiones.
1. RENTABILIDAD SEGÚN LA EVOLUCIÓN DEL TIPO MARGINAL
Pa a comenza , se es udia á el caso de un pa ícipe de 37 años que comienza a ealiza
apo aciones anuales de 2.000 eu os a su plan de pensiones. Como suponemos que la edad
de jubilación es de 67 años, el pe iodo de acumulación end á una du ación de 30 años,
y, po ende, la apo ación se epi e 30 eces.
Veamos como e oluciona la en abilidad del pa ícipe en unción de su en a inicial y
inal, que de e mina án el ipo ma ginal inicial y inal espec i amen e. Pa a ello,
conside a emos es escena ios dis in os, en unción de si el ipo ma ginal inicial y inal
coinciden ( p0 = pn), si el ipo ma ginal inicial es in e io al ipo ma ginal inal ( p0 < pn)
o si el ipo ma ginal inicial es supe io al ipo ma ginal inal ( p0 > pn).
1.1. P ime escena io: p0 = pn
En el p ime supues o se analiza á la si uación un pa ícipe con en a inicial de 15.000
eu os y en a de jubilación de 10.000 eu os
22
, po lo que su ipo ma ginal inicial coincide
con el inal y es del 20%.
Pa a es udia la en abilidad de es e plan de pensiones nos cen a emos en los
momen os siguien es momen os cla e.
1.1.1. Apo ación
Al ealiza la in e sión, el pa ícipe pod á dis u a de una deducción aplicable en su
base imponible gene al del IRPF. Así, el aho o iscal po unidad in e ida es el ipo
ma ginal y la apo ación inicial ne a de impues os se á CIN = CI · (1 – p). En es e caso,
po an o, el aho o iscal po unidad in e ida se á del 20% y la apo ación inicial ne a
se á CIN = 2.000 · (1 – 0,2) = 1.600 eu os.
En el caso de una apo ación única, no se ían necesa ios más cálculos, el capi al
inicial ne o adop a ía el alo de 1.600 eu os. No obs an e, en la hipó esis que hemos
conside ado, el pa ícipe ealiza apo aciones anuales desde los 37 has a los 67 años,
22
Los da os ela i os a la en a inicial se han ex aído de la página del INE, ob eniendo el cua il in e io ,
mediana y cua il supe io de los sala ios anuales pa a homb es y muje es
(h ps://www.ine.es/jaxiT3/Da os.h m? =10900#! abs- abla). Los da os ela i os a la en a de jubilación se
han ob enido u ilizando la asa de eemplazo en España.
31
luego se ealizan 30 apo aciones. Po lo an o, el capi al inicial ne o se á el alo ac ual
de una en a anual cons an e de 2.000 eu os. Asumimos que la apo ación se ealiza a
p incipio de año, po lo que se a a á de una en a p epagable.
La ó mula a u iliza se á la siguien e:
𝐶𝐼#= 𝑎&¬( = 𝑎 ∙ 1 −
(
1 + 𝑖
)
0&
𝑖∙ (1 + 𝑖)
Que, sus i uyendo los da os, queda ía de la siguien e o ma:
𝐶𝐼#= 𝑎12¬2,24 = 2.000 ∙ 1 −
(
1 + 0,02
)
012
0,02 ∙
(
1 + 0,02
)
=45.689
Po lo an o, el capi al inicial ne o (CIN) es de 45.689 eu os.
1.1.2. Acumulación
Du an e la ase de acumulación los endimien os no sopo a án ibu ación alguna,
po lo que iN = i.
T as habe ealizado apo aciones anuales de 2.000 eu os al plan du an e 30 años, el
capi al inal alcanzado se á el alo inal de una en a anual, cons an e y p epagable. Así
pues, pa a el cálculo del capi al inal u iliza emos la siguien e ó mula:
𝐶𝐹 = 𝑆&¬( = 𝑎 ∙
(
1 + 𝑖
)
&− 1
𝑖∙ (1 + 𝑖)
Sus i uyendo los da os:
𝐶𝐹 = 𝑆12¬2,24 = 2.000 ∙
(
1 + 0,02
)
12 − 1
0,02 ∙
(
1 + 0,02
)
=82.759@
El capi al inal alcanza á, po an o, un alo de 82.759 eu os.
1.1.3. P es ación
En el momen o de la p es ación, el capi al acumulado se ecibi á como una en a
i alicia (R), que puede calcula se de la siguien e mane a:
𝑅 = 𝐶𝐹
1 −
(
1 + 𝑖
)
0B
𝑖
=82.759
1 −
(
1 + 0,02
)
0CD
0,02
= 5.520
La en a de 5.520 eu os ibu a á anualmen e, en es e caso al 20%, ob eniendo una
cuo a líquida de 1.104 eu os (5.520 · 0,2). Así pues, la en a ne a anual se á de 4.416
eu os (5.520 – 1.104).
32
Con es a en a ne a podemos calcula el capi al inal ne o, u ilizando la ó mula
co espondien e al alo inal de una en a cons an e y, en es e caso, pospagable:
𝐶𝐹#= 𝑆&¬( = 𝑎 ∙
(
1 + 𝑖
)
B− 1
𝑖
Sus i uyendo los da os:
𝐶𝐹#= 𝑆CD¬2,24 = 4.416 ∙
(
1 + 0,02
)
CD − 1
0,02 =94.560
Los cálculos an e io es se ecogen en la siguien e abla:
APORTACIÓN
CAPITAL INVERTIDO
2.000
CAPITAL INVERTIDO NETO
1.600
CAPITAL INICIAL NETO
45.689
ACUMULACIÓN
IMPUESTO ANUAL
0%
TIPO DE INTERÉS NETO
2%
CAPITAL FINAL
82.759
PRESTACIÓN
RENTA VITALICIA
5.520
AÑOS DE TRIBUTACIÓN
18
PARTE RENTA GRAVABLE
100%
BASE IMPONIBLE
5.520
TIPO IMPOSITIVO
20%
CUOTA LÍQUIDA
1.104
RENTA NETA
4.416
CAPITAL FINAL NETO
94.560
VALOR ACTUALIZADO NETO
VAN DE LA INVERSIÓN
4.115
VAN UNITARIO DE LA INVERSIÓN
0,09
RENTABILIDAD ANUAL
2,00%
Fuen e: Elabo ación p opia.
Tabla 1.1.: Ren abilidad del plan de pensiones si se cumple que p0 = pn.
El VAN de la ope ación es de 4.115 eu os, esul ado ob enido de la suma del alo
ac ual de las apo aciones ne as (con signo nega i o, al a a se de un desembolso) y el
alo ac ual de la en a ne a, odo ello alo ado en el momen o en el que se ealiza la
p ime a apo ación (en es e caso, a los 37 años). Pa a el cálculo de es e pa áme o se ha
hecho uso de la en abilidad del ac i o al e na i o (iN), es deci , 1,60%.
33
El VAN uni a io (VANU), que pone en elación el VAN de la ope ación con el capi al
inicial ne o, adop a un alo de 0,09 (4.115 / 45.689).
Con espec o a la en abilidad, la TIR es del 2%, alo idén ico al ipo de in e és. Es o
no es casualidad, se a a de una egla que se cumple si el ipo ma ginal inicial
(co espondien e al aho o iscal po in e sión) coincide con el ipo ma ginal inal (que
g a a la p es ación).
1.2. Segundo escena io: p0 < pn
En el segundo caso se es udia á la en abilidad ob enida po un pa ícipe con una
en a inicial de 15.000 eu os anuales y en a de jubilación de 20.000 eu os anuales, po lo
que se p oduce un sal o en su ipo ma ginal del 20% al 30%. Aplicando los mismos
cálculos que en el epíg a e an e io se ob ienen los esul ados ecogidos en la siguien e
abla:
APORTACIÓN
CAPITAL INVERTIDO
2.000
CAPITAL INVERTIDO NETO
1.600
CAPITAL INICIAL NETO
36.551
ACUMULACIÓN
IMPUESTO ANUAL
0%
TIPO DE INTERÉS NETO
2%
CAPITAL FINAL NETO
82.759
PRESTACIÓN
RENTA VITALICIA
5.520
AÑOS DE TRIBUTACIÓN
18
PARTE RENTA GRAVABLE
100%
BASE IMPONIBLE
5.520
TIPO IMPOSITIVO
30%
CUOTA LÍQUIDA
1.656
RENTA NETA
3.864
CAPITAL FINAL NETO
82.740
VALOR ACTUALIZADO NETO
VAN DE LA INVERSIÓN
- 1.211
VAN UNITARIO DE LA INVERSIÓN
- 0,03
RENTABILIDAD ANUAL
1,47%
Fuen e: Elabo ación p opia.
Tabla 1.2.: Ren abilidad del plan de pensiones si se cumple que p0 < pn.
34
En es e caso, an o el VAN como el VANU adop an alo es nega i os, siendo -1.211
y -0,03 espec i amen e.
La TIR ob enida en el p esen e supues o es del 1,47%, in e io a la en abilidad del
2% ob enida po las en as bajas. Es o se debe al aumen o del ipo ma ginal inal del
pa ícipe, que deduce la apo ación cuando su ipo es del 20% pa a inclui la en la base
imponible cuando su ipo es del 30%. Reco demos que se a a de un impues o di e ido y
se es á dejando de paga al 20% pa a paga lo en un u u o al 30%.
1.3. Te ce escena io: p0 > pn
En el e ce y úl imo escena io se analiza á la si uación de los apo an es con en as
al as, cuyo ipo ma ginal suele disminui en la jubilación. Pa a ello se conside a una en a
inicial de 80.000 eu os anuales y una en a de jubilación que se co esponde á con la
pensión máxima, 38.000 eu os
23
. Sin emba go, es común que las en as al as engan
ing esos adicionales a la pensión de jubilación. Pa a edondea el supues o, amos a
supone que dis u a de alquile es y o os ing esos que ascienden a 12.000 eu os anuales,
ob eniendo unas en as en el momen o de la jubilación igual a 50.000 eu os. Así pues, el
ipo ma ginal inicial es del 50% y el inal, del 40%.
Los esul ados co espondien es se e lejan en la Tabla 1.3.:
APORTACIÓN
CAPITAL INVERTIDO
2.000
CAPITAL INVERTIDO NETO
1.000
CAPITAL INICIAL NETO
22.844
ACUMULACIÓN
IMPUESTO ANUAL
0%
TIPO DE INTERÉS NETO
2%
CAPITAL FINAL
82.759
PRESTACIÓN
RENTA VITALICIA
5.520
AÑOS DE TRIBUTACIÓN
18
PARTE RENTA GRAVABLE
100%
BASE IMPONIBLE
5.520
TIPO IMPOSITIVO
40%
CUOTA LÍQUIDA
2.208
RENTA NETA
3.312
23
La pensión máxima pa a 2020 es de 37.566,76 eu os, en cómpu o anual, id. h p://www.seg-
social.es/wps/po al/wss/in e ne /Pensionis as/Re alo izacion/30431
35
CAPITAL FINAL NETO
70.920
VALOR ACTUALIZADO NETO
VAN DE LA INVERSIÓN
7.898
VAN UNITARIO DE LA INVERSIÓN
0,35
RENTABILIDAD ANUAL
2,71%
Fuen e: Elabo ación p opia.
Tabla 1.3.: Ren abilidad del plan de pensiones si se cumple que p0 > pn.
En es e supues o, el VAN y en VANU adop an alo es de 7.898 y 0,35
espec i amen e.
La TIR ob enida es de 2,71%, supe io al 2% que se ob iene con un ipo ma ginal
cons an e, ya que en es e caso el ipo ma ginal de jubilación es in e io al inicial (40% y
50% espec i amen e). El pa ícipe deduce la apo ación cuando su ipo ma ginal es del
50%, pa a inclui la en la base imponible cuando su ipo ma ginal es del 40%, lo que hace
que aumen e la en abilidad de es a ope ación.
En de ini i a, los ejemplos an e io es nos pe mi en llega a una se ie de conclusiones.
Con espec o a la TIR, podemos ex ae la siguien e egla gene al:
- Si el ipo ma ginal inicial del apo an e coincide con su ipo ma ginal inal, la
en abilidad se á igual al ipo de in e és.
- Si el ipo ma ginal inal es supe io al inicial, la en abilidad se á meno que el ipo
de in e és.
- Si el ipo ma ginal inal es in e io al inicial, la en abilidad se á mayo que el ipo
de in e és.
Haciendo e e encia al VAN y VANU, podemos conclui que, en el supues o conc e o
en el que hemos abajado:
- Si el ipo ma ginal inicial del apo an e coincide con su ipo ma ginal inal, an o el
VAN como el VANU son posi i os.
- Si el ipo ma ginal inal es supe io al inicial, el VAN y el VANU adop an alo es
nega i os.
- Si el ipo ma ginal inal es in e io al inicial, el VAN y el VANU oman alo es
posi i os y, además, supe io es a los ob enidos en el p ime escena io.
36
2. RENTABILIDAD SEGÚN LA EDAD DEL APORTANTE Y DURACIÓN
DEL PERIODO DE ACUMULACIÓN
Una ez sen adas las conclusiones sob e la incidencia del ipo ma ginal del pa ícipe
en la en abilidad de los planes de pensiones, pasamos a es udia la in luencia de la edad
del apo an e y du ación del pe iodo de acumulación en dicha en abilidad.
Pa a ello, es e apa ado se cen a á en analiza la e olución de los pa áme os TIR y
VAN según la edad del pa ícipe al ealiza la p ime a apo ación. En es e sen ido, si el
pa ícipe comienza a ealiza apo aciones a los 27 años, la du ación del pe iodo de
acumulación se á de 40 años y, con o me aumen e la edad de la p ime a apo ación,
disminui á la du ación del pe iodo de acumulación.
Conside a emos un supues o simila al del epíg a e an e io , es deci , un pa ícipe
que ealiza apo aciones anuales pe iódicas de 2.000 eu os al plan de pensiones.
Lo único que cambia á en es e caso se á la edad del apo an e y la du ación de la
acumulación, ya que, has a aho a, se ha enido abajando con planes de pensiones en los
que el pa ícipe comenzaba a ealiza apo aciones con 37 años, po lo que la du ación de
la in e sión e a, en odos los casos, de 30 años.
Se analiza á la e olución de la en abilidad en los es escena ios que, como ya se ha
is o, pueden da se con espec o al ipo ma ginal:
- P ime escena io: ipo ma ginal inicial igual al ipo ma ginal inal ( p0 = pn).
- Segundo escena io: ipo ma ginal inicial in e io al ipo ma ginal inal ( p0 < pn).
- Te ce escena io: ipo ma ginal inicial supe io al ipo ma ginal inal ( p0 > pn).
En el Apéndice II se desa olla una simulación simila a la del p esen e epíg a e,
pe o asumiendo que el pa ícipe, en luga de ealiza apo aciones pe iódicas al plan,
ealiza una apo ación única de 2.000 eu os al p incipio del pe iodo de acumulación.
37
2.1. E olución de la TIR
El G á ico 2.1.1 e leja la e olución de la TIR en cada uno de los es escena ios:
G á ico 2.1.1.: TIR del plan de pensiones con in e sión con inuada y p es ación en o ma de en a
Tal y como se ha demos ado en la simulación an e io , la TIR es igual al ipo de
in e és siemp e que se cumpla que p0 = pn. Po lo an o, la en abilidad en es e escena io
se man end á cons an e en el 2% independien emen e de la edad del apo an e y du ación
del pe iodo de acumulación.
Sin emba go, con espec o a los o os dos escena ios, es os se compo an de una
mane a in e sa. Po un lado, el TIR de los planes de pensiones en los que se cumple que
p0 > pn aumen a con o me aumen a la edad inicial del apo an e, es deci , con o me
disminuye la du ación del pe iodo de acumulación. Den o de es e escena io, los
pa ícipes que comienzan a ealiza apo aciones a edades emp anas (en e 27 y 30 años)
end án una en abilidad más p óxima al ipo de in e és. Sin emba go, con o me a anza
la edad del apo an e y disminuye la du ación de la acumulación, la en abilidad del plan
aumen a y se aleja del 2%, alcanzando alo es ce canos al 4%.
Po o o lado, la endencia de la TIR de los planes de pensiones en los que p0 < pn es
in e sa a la del pá a o an e io . Los pa ícipes cuyo ipo ma ginal inicial es in e io al
inal ob ienen en abilidades más ce canas al ipo de in e és si comienzan a ealiza
apo aciones en los p ime os años como co izan es. Pe o con o me aumen a la edad
inicial del apo an e y disminuye la du ación del pe iodo de acumulación, la en abilidad
disminuye y llega a adop a alo es ce canos al 0,5%.
0,000%
0,500%
1,000%
1,500%
2,000%
2,500%
3,000%
3,500%
4,000%
40 38 36 34 32 30 28 26 24 22 20 18 16 14 12 10 8 6 4 2
TIR DEL PLAN DE PENSIONES CON INVERSIÓN
CONTINUADA Y PRESTACIÓN EN FORMA DE RENTA.
p0 > pn
p0 = pn
p0 < pn
38
2.2. E olución del VAN
El G á ico 2.2.1 e leja la e olución del VAN pa a cada uno de los escena ios con
espec o al ipo ma ginal. Tal y como puede obse a se, el compo amien o de es e
pa áme o es dis in o en cada caso.
Po un lado, an o pa a el supues o de p0 > pn como pa a el caso de p0 = pn, el VAN
disminuye con o me aumen a la edad del apo an e o, lo que es lo mismo, con o me
disminuye la du ación del pe iodo de acumulación. No obs an e, el VAN no llega a
alcanza alo es nega i os en ninguno de los dos escena ios. Sin emba go, el escena io
de p0 < pn e leja un compo amien o muy dis in o al an e io . El VAN del plan de
pensiones es nega i o cualquie a que sea la edad del apo an e y la du ación del pe iodo
de acumulación. Conc e amen e, adop a la o ma de una unción con exa, cuyo pun o de
in lexión se encuen a en los 46 años del apo an e, 21 años de du ación de la in e sión
25
.
G á ico 2.2.1.: VAN del plan de pensiones con in e sión con inuada y p es ación en o ma de en a
En esumen, el VAN adop a en ocasiones alo es nega i os, mien as que la TIR se
man iene en odo caso posi i a -en mayo o meno medida-. Po lo an o, es os dos
pa áme os nos di igen a conclusiones dis in as. En es e caso, hemos de op a po la
solución que o ece el VAN, ya que la TIR no es un buen indicado pa a elegi en e
in e siones de dis in a du ación.
25
En el Apéndice III se incluye un g á ico más de allado sob e la e olución del VAN en planes de pensiones
en los que se cumple que p0 < pn.
-2.500,0000
-500,0000
1.500,0000
3.500,0000
5.500,0000
7.500,0000
9.500,0000
11.500,0000
40 37 34 31 28 25 22 19 16 13 10 741
VAN DEL PLAN DE PENSIONES CON INVERSIÓN
CONTINUADA Y PRESTACIÓN EN FORMA DE
RENTA.
p0 > pn
p0 = pn
p0 < pn
45
G á ico II.2.: VAN del plan de pensiones con in e sión uni a ia y p es ación en o ma de en a.
Aunque dec ecien es, los alo es del VAN se man ienen posi i os an o pa a p0 > pn
como pa a p0 = pn. No obs an e, esul a llama i o el caso conc e o de p0 < pn, ya que el
VAN de es os pa ícipes comienza a se nega i o a pa i de una edad de e minada (en
nues o caso los 42 años), o lo que es lo mismo, pa a du aciones del pe iodo de
acumulación in e io es a 25 años.
El siguien e g á ico mues a de una o ma más de allada la e olución del VAN pa a
el caso de que el ipo ma ginal inicial sea in e io al ipo ma ginal inal.
G á ico II.3.: VAN del plan de una en a i alicia si p0 < pn.
-200,0000
-100,0000
0,0000
100,0000
200,0000
300,0000
400,0000
500,0000
600,0000
40 38 36 34 32 30 28 26 24 22 20 18 16 14 12 10 8 6 4 2
VAN DE UN PLAN DE PENSIONES CON INVERSIÓN
UNITARIA Y PRESTACIÓN EN FORMA DE RENTA
p0 > pn
p0 = pn
p0 < pn
-200,0000
-150,0000
-100,0000
-50,0000
0,0000
50,0000
100,0000
150,0000
40 38 36 34 32 30 28 26 24 22 20 18 16 14 12 10 8 6 4 2
VAN DE UNA RENTA VITALICIA
TP0 < TPN
p0 < pn
46
APÉNDICE III: EVOLUCIÓN DE VAN EN PLANES DE PENSIONES
DE INVERSIÓN PERIÓDICA SI p0 < pn
El siguien e g á ico o ece una isión del VAN del plan de pensiones de i ado de
una in e sión pe iódica en el que se cumpla que p0 < pn. En él, se puede obse a con
cla idad cuál es el momen o en el que comienza a aumen a es e pa áme o.
G á ico III.1.: VAN del plan de pensiones si p0 < pn.
Si el pa ícipe comienza a ealiza apo aciones con 27 años, su VAN se á nega i o
y con o me a ance su edad segui á disminuyendo has a alcanza el mínimo alo a los 46
años (21 años de du ación). Pa a in e siones ealizadas después de los 46 años, su VAN
i á aumen ando con o me e asen la edad de la p ime a apo ación, sin llega nunca a
alo es mayo es que 0.
-1.600,0000
-1.400,0000
-1.200,0000
-1.000,0000
-800,0000
-600,0000
-400,0000
-200,0000
0,0000
40 38 36 34 32 30 28 26 24 22 20 18 16 14 12 10 8 6 4 2
VAN DEL PLAN DE PENSIONES SI p0 < pn
p0 < pn
47
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