Por Martin de Heras Pedrueca, Armador de la fragata nõbrada San Miguel, y S. Hilarion, del corso de Vizcaya, de que es Capitan Iuan de Cetar, en el pleyto con Ricardo Filter, Maestre de el Nvio ... sobre la presa del dicho navio nombrado Santa Ana, y su
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* POR MARTIN DE HERAS PEdrueca,Armador dcla fragata nóbra da San Miguel,/ S.Hilarion,del cor» fo de Vizcaya,de que es Capitán luán de Cetar: EN EL PLEYTO CON Ricardo Filter > Maeftrede el navio nombrado Santa Ana* y Iorge Reíd*, a que han falidoluan Reid, y Tilo¬ mas V o q u i n , Don luán Federic, y Nataniel Hernes,todos Inglefes; Y El feñor Fifcal, que nuevamente fe ha opuefto: SOBRE La preft del dicho navio nombrado Santa Ana,y fu carga.
A fuma importancia de efle nego¬ cio, y otrosdefucaiidad, bien preve¬ nida,y eñimada por el Cófe jo, la dexó advertida con fugrande fabiduriaelfeñorRey D. Alfonfoel DccimojhijodelSantoRey Don Fernando jen la ley de la Partida, (\) áizieado: La guerra de la mar es comoco - .f.i.f<v.2+.p.2.vbi Grefa defamparada , e de mayor peligro que la de tierra, jr.Lopgíojf-1 .ex Senec. p or [ as grandes desventuras , que pueden y venir, e ■ Uxenm,de feto firbenacaejcer.L tal guerra como ejta fe face en dos maneras: ■ y:& m * r e xquiparatur h*- p r ¡ mera e$ p[ 0 f a de Galeas , e de Naves armadas íod eciamnocat Baidi« con poder degente>bien ajsf como la grana buejte, que fi’ebris feñ temía"' Pauil í^ee camino por la tierra. La /¿ganda es,armada de alirifconfuki ín i. monis gunas Galeas,'o de Leños comentes fe de Naves arma tmon. das en curfo . En confirmación de dio, ponderando fus riefgos.y acreditando fus hazañas,haze recomendación de ellas,y de fus premiosjy remuneración,en otras le2 yes, (j*) donde advierte las caufas de ello con eftas pa ..zp.&sotu.26.¡>,2. labras.-jE 1 como quier,que antiguamente nonfueffe acoj tumbradoa ejlos Curfarios de darles emiendas de los danos queovie^en recibido guerreando,por raz,on,que iban a foldada:Nos catando las lacerias, e los muchos trabajos,que paffanfe llevan, e los grandes peligros a que fe aventuran,fegttn mojlramos en algunas leyes de eflenueflro libro.aviendo voluntad, que ellos fe metan mas de recio a fervir a Dios, e a los fehores,quelos embian,non recelando muerte,nin feridas,nin otro peligro que les avinieffe,fdbiendo,que avrian emienda , e ga¬ lardón por ello. Otrofi ¡porque vayanmejorgafados de armas,que conviene mucho para tales fechos. Y con la mifma aclamación, adelantando efla forma de férvido a los cjuefehazen por tierra, paila »/ fin tit - enotraley($)alafatisfacionordinariasy enella,y en ' ' ' laadquificiondelaprefa, quiere que fe haga cumpli¬ da-
a damencc.tomandoeñeprincipio , y m o t i v o : Ardi. miento muy grande facen aquellos,que aventuran fus cuerpos andando en guerra por tierra, fegun que defu¬ fo mo¡lramos-,mas mucho es mayor de los otros,que gue¬ rrean en la mar.'i aviendo propueílo muchas razones de diferencia,}' desigualdad, concluye:.# por todas eftasrazjones, que avernos dicho, deben los que fe aven¬ turan a guerrear por mar,fer esforfados, e acucio/os,pa ra faber efcapar délos peligros déla mar fe de los ene mi gosfe quando tales fueren,deben fer honrados,eguar¬ dados. Otrof les deben dar fus foldadas,e fu pane de las ganancias,que ficteren los enemigos. Ello declaró mas en otra ley, (4) donde d¡ft¡nr (j guiendo la forma, y calidaddelos armamentos, y diftribuyendo fegun ellos, lo que las armadas, ó na* vios de corfoginaremy quitaren a los enemigos, lie gandoalaefpeciedeeftenegocio, en que el corfiíla haze todos los gados de el armamento,poniendo todaslas quatro cofas neceílams, y la ley refiere, que fon los bornes, e los cuerpos de los navios, e las ár¬ masela vianda, d ec i d e , y tbdÁzcz'. Que quien diejfe todo efio, que oviejje toda la ganancia , excepto el quinto, que pertenece a fu Mageftad, y fe le aplica parraron de &»0)7£>:{i y a no es, que otra cofaeltuviere concedido por capitulación , ó privilegio 5 por¬ que en tal cafo la miíma ley fe limita , advircienéo:E todo efo,que diximos debe fr guardado,quan¬ do los que ficteffen la Flota, o el armada, non oviejjen p o fura con el Rey fehaladamente , o tuviejfen fu prevtlle]o:Ca ejlonce,fegun la pojlurafuejfefecha.oelprervillejo dixere,debe fer guardado. Loqual íucede,y elUconccdido a los corfidas de todo el dominiodefu Mageíhd.que Dios guarde, que navegan con fu patente,conforme lasOrdenan9 a s de corto, (5) dÓde en vnodc los capítulos de ellas Sic !n te
fe ordena lo figúrente; Aunque,como a Rey y Señor natural me toca el quinto de todas las prefds , que fe haZjCn en mar,y tierra, hago merced de el a los arma - dores, y gente, que fe embarcare,y hicieren la prefa.para que lo repartan,como queda declarado en el capitulo antecedente,T afsimifmo les hago merced,y gracia de los navios,artillería,armas, municiones, vituallas, y las demas cofas,que tomaren, aunque pertenecían a mi Real hacienda, como el quinto,¡para que con lo vno,y lo otro puedan fuflentar mejor,) acudir al efecto de fus armazones. Con eílas efperancas fe han alentado muchos vaflallosdefu Mageftad / adifponcr,j' hazer armante todc algunos navios contra los enemigos de fu Co¬ ronare quien enlos años antecedentes han confegui do muy feñaladas victorias,no folo en gloria,y Utili¬ dad fuya por laspreíasadquiridas, fino también en férvido,y grande fruto de lacaufa publica, y vni verfal de el Rey no, atemorizando los enemigos, conte¬ niendo a losamigos.y confederados en las leyes de la paz,aprefando a los tranfgreffotes de ellas, y efpeciaí mente los que han pretendido con gente, armas, y mantenimientos,dar favor,y auxilio á losrebeides de Portugal. Deeftoshafido vno el Capitán luán de Cetar, que con la fragata nombrada San Miguel, deque es Armador Martin deHeras Pedrueca.delcorfodeViz cay a,ha férvido a fu Mageftad.Y auiendoaprefadoel navio Santa Ana,fobre que fe litiga,ha fido el vitima menee, fin razón,y fin jufticia ,aprcfado por navios Oiandefes,quccomboyando otros mercantiles, que par avan a Portugal.con hoftilidad, y fuerzas ventajofasdo rindieron, y con la gente lohzn trasporta¬ do a Olanda. Y aunque quien hazc efte informe al Confe jo ha de-
defendido en fu prefencialos negocios mas graves, y dificiles,quede«lgunosañosacftapattv fe han ofre¬ cido,puede aíTeguiar,y a tirina,que ninguna prefina as juítificada que efta.fegun derecho, yieyesdela paz, en la carga, y en el vagelfa llegado a fu noticia,ni a íu mano paraladefenía: folo tiene de pcrjuyzio, y de ^^ ° § ( ii f ^ mal exemplo,quelosIngleiesincerefados,aunqcfanL^rfKrLWf.rMf.ibi:Q¿«d»o» grefforcs de la paz, hallen defeníores, que los páfua- ^ . > Je t l .$ .¡nfin fifipYOj'ocioJ.cum dan a lo contrario,y los animen, fiendo ellos los pri - jW«mós./» f ¡n.ptinc.ff.dé< meros,que por fu obligaciotij reconociendo la buena fijocltÁb^fritriTfide J¿- fee.los deben defengañar.(6) J ,; um c omu X mt,i v ,i¡iii& \ defcpAY.'it. tradit exa‘ijs;. E t c obar de i> r r oq for . <* rí. 5 , cafo z.K, 77. j Proponefe la efpecie, y hecho conftante de efte negocio. Sic tn cration.ad Vatiniantí * j vbi inquit: Tantam ferppev potentUm-peritas habuit t - ví' A Vnque en las detenías délas peticiones contra** »ull¡s machims, auteuiu/zrias fe pretende variar el hecho cierto de efte negocio>la verdad no permite cavilaciones, antes mas chin caup$ nuiium patrón íxambacb, masrrfplandccc, fígunla ftntcnciade I OYdtíOtUi Cicerón. (7) Y ninguno ha de let tano(fado,y perti- <¡!f»r.sicetíam <»<» , iri • ' 1 • / - , , Pro Marco Celio, dicens:G; naz,que!apretendalubvertir,ocncubrirendanodc! mtgM y ¡ s yer ¡utis , q U 4 . * * 4 1 1 T\ f t * f ^ ^ M *.»,» 4 ti é» S ilfTPtf 1 /í I Principe,}’ perjuyziode la República,no obftante por : ello a venturara.con notorio riefgo,fu vida,como dique fiólas úmnium wfidíasft - zcvn Autor Político: (8) y fue precepto de el fcñoí c j í c P P er f ¿l PÍ am ^ e f cndat Rey D.Alonfo en vnade fus leyes.(9) Por la contextura de todo efte negocio, Et in orationepro AuloClue.^ c/o,ínquit: Multorum im , V de da* P robítate dtprafa veríta, ' emeYgit,& innocentia úefen , raciones de reltigos,con{ta 9 q u e los dichos luán Reidjjk tnteYclufarefpirdt^Uoii y Thornas Voquin,Inglefes,queha ! 6 . a ñ o s renden ^"Hf ic,i ^ 9 °’ V 1 ! en Bilbao,fabricaron el navioSanta Ana en el pumo ' 8 deZumaya,juntoaSanSebaftian: De allifaüó con s ' c DurasdePafchao ¡ ¡ , i r 1 rr- -pv . Aulicol>oltt¡co,v biínquít partcdecargadctierroae Vizcaya. y en hayona de pjemo debet celare yeyi^at Francia recibieron mas carga, que fueron 6[}.picas,^V^v^\ Pnoí 'h^ mí**» brea.y botijasde trementina,todoelíó a cargo dclot dderít. ge Rcid,hermano de el dicho luán Reíd, dueño de el 9 B nj . i « í.l.fít.lj.f.2. 1 vitas períwlu/nin
na vio,para tranfportarlo.y venderlo en Lisboa, o en orto puerco de Portugal. Na vegandy con eñe defígnio,y figuiendofu viagc ázia la coña de Portugal, con pocas noticias de la navegación,encontraron vn barco de Portuguefes,de los quales tomaron vno que lesgovernaíTe.y (irviera de Piloto para Lisboa, dán¬ dole treinta reales de a ocho por ello. Y figuiendo eñe viage en derechura a Lisboa,en el parage, y altura de el Cabo de Manteca,fíete leguas a la mar, defeubrieron la fragata de corfo San Miguel, T auiendo disfrafadoal Piloto Portugués,y preventdole, que dixeffe dio alcance la fragata,rindió,y apresó la de los Inglefes. Y aunquccomofc ha referido,cñehecho refulta de la contextura detodoslos teñigos ,con todo,para mayor demonítracion de ello, fe pondrán fuñancialmente las declaraciones principales, que fon, la de el Maeñre,la de el dicho fatorlorgeKeid , a quien ellos llaman el mercadería de el Piloto de el dicho navio, IadeelCondeftable,ladeelContramacñre de él.tor doslnglcfes.y la de el Portugués, quelesfervia vltimamentede Piloto para entrar en Lisboa. R\catáoF\\tzt>Maeflredeclnavioaprefado,fol. íí.'B.diz c: Que efe navio fe fabrico en Zumaya ,y fus dueños fon Usan Reid,y Tibornas Boquín , mercaderes de Londres, vecinos,y refidtntes en la villa de 'Bilbao, y que el dicho luán Reid bufeo al tefligo para Maef re deel,que trae carga de ferro recibida en Bilbao, canti¬ dad de picas,y brea,que fe cargo en Bayona deFrancia : Que nofabe quitn,niporque quenta fe cargo: Que fa¬ do eBajona figuiendo fu vtage para Cádiz,» J los di choslaanReidtj/Thomds Boquín le han dicho iban paraCac ¡Zj, y que el Piloto fue navegando aZjia la cofa de Portugal,y encontraron vn barco de Pórtuzut /«í,
es ,de el qual alquilaron vn Piloto en ioj }.reis , el qual temiendo a los cofártos.de confinttmiento de el te figo ,y el mercader, los metió en el futgtdero de las P ofendas , donde ejluvteron tres dias,y vino el Capitán de tierra, y les vendiovna arrobade pólvora, por cuya paga ,y fatisfacion le dieron vn panal de breáronlo qual fe par tieron en derechura para Lisboa,o otro puerto dePortugal con el dicho Piloto y eflo debaxo de la obligado que tenia eltefligo de ir a qualquiera parte adonde el dicho mercader le mandajje,y fuejfe fu voluntad:y llegando acoja dsfeis leguas a lamar de lasBerhngas, les dio ca zja,y rindió el Capitán luán de Cetar con fu Fraga¬ ta. Iorge Reíd,Ingles,natural de Londres, mercader, y fator de la hacienda que viene en el navio, fol. 8. di - zc: Que el navio fe fabrico en Zumaya, cerca de San Sebaftiany que los dueños de 'el fon, luán Reid fu her¬ mano y Tbamds Roquín, lnglefes,mercaderes de Lon¬ dres,rendentes en Bilbaoy las mercaderías fon de Don luán Fredigue, Alcalde mayor dé Londresy de fucom panta,y vienen a cargo de ejle tefligo, para poder ven - derlas,aunquepara ello no trae poder,ni otros papeles, fino vn conocimiento,y el defpacho de el Duque de Pan doma: y el hierro fue cargado,y fabricado en Vizcaya-, y las picas,y brea lo compro,y cargo en 'Bayona de Fran cía:que de allipartió para Lisboa,para donde iba confinado y d vederlo alláy yedofiguiendofu vtage, les dieron caz,a dos navios,que confideraron eran Turcos, a los quales,eflando el dicho navio en el furgideto délas Poffendas Jifparb avno de dtchos navios vna piez,a de artillería, con que feretirarony antes de llegar alfur gidero, encontraron vn navio, que pefeava con gente ponuguefa: y el te figo, y el Maeflre alquilaron vno para que los lie vafe a Lisboa, o Oporto,y le recibieron en el navio,y concertaron en i o t ¿.rei$-,y por Jer el tiempo Con-
contrario,fe (¡tuvieron en dicho furgidero defde el Jue¬ ves hafia el Sobado, que fe partieron, y les dio caz,a, J apreso la Fragaia-.y que eflando en dicho furgidero pi¬ dieron al Capitón de la tierra vna arroba de pólvora,y le dieron en reenes vnpanal de brea, Samuel Guaifen, Ingles, Piloto de el navio apreySio.contcftacon el Maeftrc,y dize: Que también car garon enBayona botijas de trementina,y que dealli partieron,conformeledixoel Maef re, para Cadizj,y queeltefligo,como Piloto deel navio, por orden de el Maejlre Ricardo Filter, y de el mercader Jorge Reid , fue governandofempredzjia la cofia de Portugal: que aviendo encontrado el barco de Portugue fes, alquilará vno para que los llevaffe a Lisboa, Oporto, o Viana , o qualquiera puerto de Portugal. IuanHens ,Ingles,Condeflable de el navio apre/d do,á\ze:Queno fabe donde fe fabrico el navio, mas de que ha oido decirlo fuera en Vizcaya , en vn puerto q fe llama Semea.ni fabe quienes fon los dueños,ni donde tienen fuafsi(lcncia, que podra aver tres mefes, poco vnA$>o menos* cjaerun mercader Ingles * llamado luán Reid,quevive en Bilbao, le tomo por marinero,y lemán do fefuejfe a efe na vio, que eflava furto en dicho puerto de Bilbao,y f fue a elfinfaber adonde navegava,mas de aver oido a dicho mercader , que iba a Bayona de Francia,y dealli a Cadiz,:que trae carga de fierro , que cargo en Bilbao-,brea,y picas, que cargo en Bayona. Y en !a ratificacion,y¿/.24.dize : Que cargaron también en Bayona trementina en botijas-,que no fabe por quenta de quien,ni a quien f avian de entregar-, y aviendo julido deBayona con dicha carga ¡figuieron (ii viage, arrimandofe f,e m p re a [ a co q a de Portugal : Como lo iba governando el Maeftre , que fe llama Ricardo Filter,también Ingles ¡y llegando frente devn lucrar , tres leguas mas alia de la villa de Ftana.hallaronpef
candó vnos Portuguefis en vn barquillo , y el Maejlre del navio mando los llamajfen a bordo,y vinieron ,y el dicho Maejlre,y mercader alquilaron a vno para que los llevajfe a Oporto,o a la ciudad de Lisboa,habiendo el oficio de Piloto. Thomás Gastos,Contramaejlre del navio aprefa• do,fol.$. ( B.conxcft.s conluati Hens,j» también en quan toa las botijas de trementina. Francifcé Martínez, Portugués, vecino de la vi¬ lla de las P ofendas en el Rey no de Portugal ,fol. 6. B. dize: Gneefiandopefcando conotros Portuguefés en vn barco,nina legua a la mar del puerto de dichas Pofen¬ das,vio venir huyedo al navio aprefado, de otros dos, q eran cofariosy el tefitgofefuea bordo con dicho fu barcoy erando en dicho navio, el mercader ,y Maejlre de el le pidieron Pilotopaya Lisboa,y el tejligofe ofreció a haberlo,y que los llevaría al puerto de dicha ciudad, (i le daban ^o.reales de a ocho,y vinieron en ello-,y porajZ figurarlos el tejligo dt los cofariosdemtiio en elJurgide - ro de las Pofendas,donde ejluvo dado fondo el navio tres dias,y el Capitán de la tierra fue d bordo ,y les preguntó, que carga traian-J el dicho Maejlre,y mercader lerefpondieron,qae tratan picas,brea,y otras cofas, que lleva-van a venderá Lisboa: y el dicho Capitán les dixo,fi le querían vender media docena de dichas picas en trueque de polvoray lcrefpondieron,que lo hartan,fe les daba por cada vna a dos Cruzados-.y como no fe concertaron , no vendió ningunas : y pidiendo el dicho mercader ,J Maejlre al dicho Capitán les diejjc alguna pólvora para pelear,fifeofreciefjeocafion,que feia paga rían enbaz¿ienda s l es diovna arroba por vn panal de brealfo/itoqual el dia figuiente fi hicieron a la vela, fien i crido fu vi age en derechura a Lisboa -,y en la altu¬ ra de el Cabo de Manteca, fíete leguas a la mar, dieron viftii a la fragata del Capitán Juan de Celar :y le preC gun-
22 ín f,c*Wfc 5 C.defurt . £? /. 2.1.12 .eod.tit. 2 ? la /.c»i» proponas 3.C de ttáut.foenor n.íQ.ibl .(^od éíét.m YCspettincataiAli'Wi, ~pel no pcrtineat,etíam recur¬ rí tu* ad cotttefturas: namfi mulaterías portat filmam , fío» prKfumtrur,(juodfit eíuSi fed ft ¡Jet itnus mercaror pra JumcretuYy quodfilma ejfet , fi*>*r¿um.ff. locan, cum ¡n p ures, § . y ebtculum, /i - c ; f 4({ p rcdtfta, eod.tit JXo - . mentiría fint cuotidiana. fores.y qüebrántádores de las pazés .* fíendo confian¬ te,que luán Reíd,dueño de el navio, hizo la carga de ¿«rracnBilbaojy preponiendo en ella,y en el vaxela fu hermano Iorge Reid,y haziendolo fator de coda la carga,de orden fuya paflaron a Bayona de Francia, donde tomaron el redo de la carga, que fueron las pcas,brea,J trementina , por otro nombre alquitrán, ycontodoellohaziendovn viage continuado, pal¬ iaron a Lisboa, y fueron apre fados en la forma refe¬ rida. Y la regla mas firme es, que aquel en cuyo poder fe aprehende la cofa prohibida,ófortuita,ocon otro vicio de efia calidad,tienecontra fi lacenlura de dere¬ cho, yfeprefumcdueñocargador, y traficados de aquellas efpecics, no verificandoconftantcmcnte lo contrariory efia fue confidcracion, y concepto de el EmperadorAlcxandroj (¿a) y enla tranfportacion de mercaderías es fcntencia de Baldo. (13) Deloqual nace muy juila interpretación,)’ prufi ba muy jurídica contra los dueños de el navio, que el Confiyo fe ha de fervir de tener prefente, por fei fun¬ damento muy principa! d; la jufticia parala dccifion de efia caufa, efpccialmcntc en la prctcnfion de el navio. Fundamentos, que juítifican la fen: tcncia, en quanto a la aplicación de el navio. E N la difpoficion de derecho común, cuya deter minacionesdefumaimportácia para eftas cau¬ las en las qucftioncsdudofas de ellas, fue eftablccido, que el tran!porcador,o traheador de armas, o mercade*
¿4 dcrias prohibidas, conchas perdieífe juntamenteel navio,como inftrumenco.y mediodela tranfportacion, y de lacontrauencion. (z/j-jCon roas ardimicrty tlVÍ ca imfimt&DmlA to.v mayores penas fue conílituido por derecho de i>us,ff>dei>M:c«a-.úr,yeft¡-¡ • . • . \ c j j y„ gal.ibr.DomimiS nAvis fiillí, clCodigo,(2jr)y porlentencia,y decreto de MarCIátfff,¿[¡quid i n nái>e t ycl ípfe¿ no.í 26I publicada contratas quebrantadores de ella W veñom imfof«eri«t,nt -¡ ley,fe mandahazer publicación vmveríal de fus bicu 2¡ . Bes , y por la difpoftcion de derecho, es refolucion coy t «„ i. $X*detiaUt.fdenar¿ niun de los Autores. (2.7) . . . 26 Por la difpoficion de las pázes quedo virtualmente determinada cfta queftion, pues aunque lité27 raímente no lo refuelvan, en la fenteneia, y deciíion Vttradunt Bartol. ind.tj Jaír/JCf/lo llLi 1U iciuci v a ) t cotem ferro, $ .Dqrninus, deellase(Ucornprehéñdido$y cftoledianincita^oribi £aid.<*«. 2 . & : inL$.c< qoeaviendo end «/.ÍM.cortiraidolap.oh.l.idon fS¡ÍSSS¡M¡St refetida de dar ayuda.fanjor^o con jejo dios enemigos* Boer. decjf 1 7 8 .n,zz O rebeldes ,y fubminifir arles foldados , manteniente »- tos,dineros,injlrumentos bélicos, municiones, bqudl ■ 41.». 3 ■ Azcycd. i» l.z}, quiera otra ajuda,y (acorro para fomentar la guerra, y repetidolo en el capit.8.$.t.cn erte $ refuelvenr 7<si¡viref[>o»/./ii.i i r e fpoj Que qualquitra que tfto atentare fea cafligado con tenas aíberifsimas , como lo Con los fediciofos, J queBcfoid . 4 ifia.de Ur.M* Cantadores de la fee^y paz*. Y en el capit . § ó,cjik hi* Fífc.iib.6 tit.srmzXbi zolamiíma prohibición,le concluye,eftabieciendo, indubitñter in commifiuíricetl y mandando execucar las penasen queincuiren los fedtt. Et co caía publican tu M 4 hi tvK k MU im, 4 ,U*. . • Y cricftáeoníideracion fe halla virtual 3 y exprei' bendam merca ípfas rr^ fa condenación de efte navio en los capítulos de las ^( t £ ( oh g r f‘ ¿c P r oÍ6 pazessporque tranfportando armas a los rebeldes, y ’ ' 2 g ;¡ con c f tocontravenido, y quebrantado eftes Iñgtcfes LMurdem f.vp.ffjeiti las pazes,de la fuerte, que antes dentar ajumadas en* treeliasdosCoronas^milicandocntrciosíübditos de lo t fd e cdptiu.tír.zó.par ¿ ellas la ley de la guerra t por la qual fuera legitima prenVc^ZdZ íalacaraa.v el y axcl:(2 8)&fsi#ambicnrtoe* ; aát'a¿wo e 'T-* & ■ .•p. 2 - -C*tuiu.row.f.t ■■ 3 /,v ,11 , j. 41 .tos?. Ayal. di ht-bel, ooftante el ajttltamieitto ele el’as,porque el queorant ador de la paz 5 coino el de la ley.no puede gozar déla E inrnu~ beiLc t $ f n » $.
2 9 U'txili um , fi.in ddiclUyff. de y ntiorib.l.jancirnns } C.dc i n Uc. c. bonx el i .de cleft.c* -vlt dcimmun. Ecclcpc.contingit ^.cap.in attdientia 3 de fon t.cxcom m. c . < ?uia frufiret, de vfar. Anchar?, confia 7n. 4 . Surd. c onf. ^y.num.i. Scacc.de a p peílat.q .5 74. RiCC./V/ p r axfor. Ecclef.decjf.Z 9 i . n.z. ?° , Bald-c?#/* 195 • W.2.».8. veri. Sed £7* illud non cfi ¡jmitrcndúm , <r/«od in capí tu - ¡ispaciscont¿jfttur t q u r ,d non ffsit , wec debent altquciJi. liarum partium, nec alitfé’k •xdiflis parí ib us daré pijfos, \>el vtftuxliaaliquibus gen. ibus armorum , qux Dellent ntrarein Lombxrdiam, vcl n Itali-xm , Ú^fpecialñer per mtes.ifel aqu.is ,&c.Erile, qujfecit novurn pontem rxbuit matcrlam itinerari, ^pxjfusy O'pYoinde reddic entes armígeras, robufiiores, , y' habtl¡0Yes,& andadores, j uam ejfentper prius, & ideo j er »o dubitat , di el uní tale in t ene fic¡o pací $ non compreben - i>quía nonfolum cogitarfed ztt,&p e r ,fi a 't apritudiuem \ , x occxjione data contra es, ' f* pteispunt^-ut fj.fi vfitf jutt.petar. I. ’ j t rim,<& notxtur exprefsé, i pdere wilit.l.f quis Barbas iUS t l ib.\z,qUis ergo foveat < ¿¿rtt pace, c/mí rumpit /cede fpacis, vt ffjocxt. Lquxro, j .interlocatorem&lexnon j \bateitm, qUiincidit in le. 5 ?«. ? 1 • ’tín clem.FajloraUs,p fane ' ■ ’fent.&'re iui.c.i, de pace • 'njlant. c. i. de pac. iuram. ; mand. Lnc.dc Penna tn , \brtc.C.de Public. Letic.hb. ! z.Montelcon in ptax.p, ,4«.876. Plaza de delift lib. Inmunidad,y beneficio de ella; (29)antesbien,porfu proprio hecho, y caufa de tranfgrefsion fe ha-zc in¬ digno de fu amparo,y reduce fus cofas a el diado, le¬ yes,y fueros,que pudieran tener,y debiera obíervar, lilas pazesnofehuvieran ajuftado, ó el quedara ex¬ ceptuado en ellas, Ello fucfentenciade Baldo, (jo) queefcrivióeneicafo,y terminosdelas pazesajuftadas entre Paduanos,y Ferrarieníes, a quien con eíle fundamento condenó, por tranfgreíforcs de la paz, como indignos de que ios paótos de ellas les afsiílieffen. Yeneíla confidecacion prevenidamente fe ca¬ pituló en las pazes con Inglaterra, que el quebrantador de ellas incurriera en las penas, y fuera caíligado, como Jedicio/o,y quebrantado? de la feey. paz^: Kcfultandodee!lo,queen.la acción criminal, cuya cauda eífá pendiente, padecerán,y fe impondrán a todos los cómplices de el delito en elle negocio, las graves pe¬ nas,que por derecho fon eftablecidas contra los tur¬ badores,ó quebtantadores deja paz publica, que es la de muerte,y vnivcrfalconfifcacion délos bienes. ( 3 > ) La defenfa contraria fe reduce a dos medios,que excluidos, queda mas calificadala culpa, yel perdi¬ miento de el navio. El primero medio es lodifpucftoenel capit.20] de las pazes,que dize ellas palabras ¡ Item,quequanda [aceda facar,o lleuarfe algunos bienes , y mercancías prohibidas délos Rey nos,y Señoríos de los dichos Sere - mfstmos Reyes,por los fubditos de el vno, o de el otro, que en tal cafi incurra en las penas [ola la perjona que delinquiere^ [an deelFi[co los bienes prohibidos tan jotamente. Elle capitulo fe entiende,y cdá practicado en las mcrcadwnas de Con^savando f que los Ipgleíesfaca* ‘ ren
i tí ren de EfpaS.ijO a! contrario, en las de el Centraban1 • Far * ? a y , * do oe Inglaterra,cjue los Efpañolcs Jacareo de ella ; y lU.p.amcl.iS6.&'feqq. no traca de la tranfportacion de armas a los enemi¬ gos,ó rebeldes,que es el cafo,y términos de efte negó cío,y muy desigual, y masrigurofo, que facarde vn Rey no mercaderías de contravando. El fegundo medio es, que los dueños de el na v io noincurren en cita pena, no teniendo noticia efpc* cia!,y ciencia de la carga, y tranfportacion de ella a los rebeldes; porqueel hecho, y tranfgrcfsiondcel Maeftre , y Marineros no puede caufar perju) zio al dueño de el navio, fegun la feniencia de el lurifécrn* fuitoPaulo.( 3 z ) Ello fe excluye con los proprios autos» y decíai„i raciones,pues por ellos confta, que eftenavio nó lo fleto el dueño a otra perfona para que lo cargare; anbl,CM - & " vtai Stesbienfemanifiefta, y lo declara el Maeftre, y los Marineros,que luán Reid.dueñodecl navio, hizo la carga de fierro en Bilbao:concertoelviage con el dicbaMaeftre.y Marineros: prepufo en efte navio a fu proptio hermano Iorge Reid, para que comofator delacargafueíTeconella; y de alli pallaron a tomar el refto de la carga en Bayona 5 y tranfportandola a \ Lisboa fueron aprefados. Infiercfede eftoconclaridad, que no falo tuvo el dueño noticia de el delito, y quebrantamiento de , la paz,fino que fue el tranfgrdfor de ella , y que fu heeboeselquelosotroscxecutavan» y fusordenes las I obfervadas:Refpe¿tode lo qual fe halla mas conven t eido, quando para la condenación fuera bailante fu eienciajy para verificarfe efta, fe eftimará qualquiera : a¿lo próximo de que fe pudiera inferir, comoíoce- . de en la fabrica de faifa moneda , en cuya pena incu¬ rren todos los participes; y fiendopropria de el delin¬ quen ;
?? In l -1. C.defulf. monet. ibií pomas yero , yel fundas in quo hxc perpétrate funt 3 fi pominus in próximo confita un fitfCttius incuria, y el ne- ’gligentia punienda efi & fi jgnorctyfifco vindlcetttr . , ?4 Xn traíl.ai mar,clauf.lib.z. i?.tO-fol-+22. quente ¡a cafa en que íc fabrica, también eftafeconfifeamo fi fuere de otro,que no fue cómplice en el de¬ lito, fi ya noes, que por la vecindad,o proximidad fe pueda inferir , y prefumir, que tuuo noticia de el delito: y lo qucmases.quceneftoscafos lanegli¿en~ cia,y defeuido fe caftiga; y es fundamento para con* fifear la cafa en que fe ha perpetrado el delito refe¬ rido , conftituido afsi por el Emperador Conftanti- »°-(3 í) Y por no dilatar mas el informe, fe pone fin a eíte.difcurfojairegurandojqueloque aqui fedefiende el lamifmo quelosTribunalesdeluftícia de In¬ glaterra determinaran cncftc negocio; porque afsi lo decidieron en otro, que refiere luán Celden, (3 4.) que eftando Efpaña, y Inglaterra en guerra en tiempo de fu Mageftad el feñor Rey Felipe II, y la Rey na Ifabel, aprefaronloslnglefes vn navio An¬ ímico, cargado de trigo, dirigido a la Ciudad de Lisboa. Los Amburguefes, que cftavanen amiftad con vno, y otro Reyno, pedían fu vagel,yla car¬ ga , fundados en el libre comercio , que con todos tenían. Y aunque efto parecía judo titulo, con to¬ do fe Ies denegó la rcílitucion, motivando la fentenciaconlaculpade rranfportar baftimentos a los enemigos,ycftarcapituladoenefta forma entre In¬ glaterra,y los Anfiaticos. Y fupuefto que efta es determinación de fus Tribunales, injuftamente pretenden los Inglefesla reftitucion de el dicho navio, quando en las pazes con Efpaña efta capitulado mas expresamente la penade latranfgrefsion;y es masodiofala tranfpottacion de armas,que la de baftimentos en el derecho, aunque vno,y otro fe prohibió con igualdad en eftas pazes.
II Todo ló qual fe califica , y es más digna'de remedio, y caíligo la culpa luán Releí, y Tomas Yoquin, dueños de el navio, por a ver mas de diez y feis años, que continuamente refiden en Efpaña, comerciando en ella cóngrandc beneficio fu* yo. Y fe debe advertir losqueen efto previnieron también las pazes; porque refpe&o de cada vno de los Reyes, lo nviftno es el vaífallo fuyo, que el ’’ brisante, o morador de lu Rey no, para incurrir cfl el delicio,y hazermas grávela culpa. Y poref¿ to en el capitulo 4,.fedixo: (díte ninguna de las par¬ ta data, ni confentird, que por ninguno de/us vaf f kilos , fu b ditos ,y moradores de fus Rey nos,fe de ayuda, favor, o conféjo , C &C. Y en el capitulo 8.$. í.fe dixo: No fe de por los fttb ditos, vasallos,o mo¬ radores de los dichos Rey nos, focorro alguno de baftimentos , armas,o indumentos, (fe. Yen el cdpit. 16.lo prohíben a los fubd'ttos,y habitantes en fus Reynos. Y no podiendo dudarle , que los dueños de eñe navio fon habitantes,y moradores de ellos q Rey nos, es mayor fu delito en fomentar » y dar ayuda,yfauoralasarmasdclosrebeldesjhaziendo mas dura,y difícil fu recuperación.^ Jrw" f < PRETENSION DE EL SE-lsL* ñor FyfcaL •*C¿ Naere/a, X/nauUna -J U L¿7??óc4te #¿e* feto ¡ti 7m en fr*¿zpac Jj&?¿t/9(XUjti¿4*rr2ÍY?é L fenor Fiícal ha falido a cita caufa 3 coadSt'é&hf??enhn ijubando el derecho délos aprefadores % en ¿J Z„ * quanto a fer legitima la prefa, y excluyéndolos de ¿,/JL t ""**1 el derecho de ella a pordezir, que no tienen recaCtnat#. cu>J?a, dos f /ea.
dos legitimos para falir a corfo: Efto vltimo eíta vencido con los inftruroentos, y recados prefen* tados.que es la patente,y teftimonio délas flaneas, con que en ello queda fin reparo el negocio , espe¬ rando los corfiftas.que tan juftamente lo merecen, fe determine en fufavor;Saívain ómnibus,&c. Lie.D.Pedro Guerrero l Zambrano , J . vVl V'.S:, W'.'.V C *. - V ^ NVWV - ,\¡Lj . J V * \X\V ^ -n. «r ~ v \\ W* %- V*V\\ v\ v * 'V ¿\vk ... .-.vísS ■ "'N