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CIO 2002 ESTRATEGIA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN 377 II Conferencia de Ingeniería de Organización Vigo, 5-6 Septiembre 2002 Desarrollo Sostenible: Una Perspectiva Histórica Miguel Gutiérrez Moya; Ester Gutiérrez Moya Departamento de Organización Industrial y Gestión de Empresas, Escuela Superior de Ingenieros, Avenida de los Descubrimientos s/n 41092 Isla de la Cartuja Sevilla m[email protected].es Departamento de Organización Industrial y Gestión de Empresas, Escuela Superior de Ingenieros, Avenida de los Descubrimientos s/n 41092 Isla de la Cartuja Sevilla [email protected] RESUMEN Desde hace no pocos años se viene detectando la necesidad de elaborar programas de desarrollo económico que sean compatibles, en la mayor medida, con el entorno natural que rodea a los países en los que dichos programas son objeto de implantación. Como consecuencia de esta necesidad han sido numerosas las distintas instituciones, de diversa nacionalidad e índole, así como eventos celebrados con el objetivo de establecer principios básicos y comunes que permitan alcanzar objetivos “sostenibles”. Es por ello que se ha creído oportuno en la presente comunicación llevar a cabo un estudio histórico retrospectivo del concepto de desarrollo sostenible que permita al lector determinar los “orígenes” de tan complejo, y al mismo tiempo, relevante concepto en la sociedad actual. 1. Introducción A mediados de la segunda mitad del siglo XX empiezan a producirse a nivel internacional considerables transformaciones de naturaleza económica y geopolítica que inciden directamente en las relaciones entre el sistema humano y el medio ambiente. Por otra parte, la década que comenzaba (los "setenta") y la que había concluido(los "sesenta") conocían ya la preocupación de numerosos investigadores, pensadores y políticos que trataban de alertar al mundo sobre el camino de destrucción iniciado décadas anteriores. Prueba de estos movimientos sociales fue la creación de grades redes internacionales de “concienciación social” tales como Greenpeace, Amigos de la Tierra, etc... 2. La Conferencia de Estocolmo: un inicio en la concienciación ambiental La Conferencia del Medio Ambiente Humano, celebrada en Estocolmo, del 5 al 16 de junio de 1972, fue el primer evento, a nivel mundial, organizada por Naciones Unidas sobre Medio Ambiente. Los principios que se aprobaron en la Conferencia de Estocolmo fueron los siguientes[1]: 1. El hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, y tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio para las generaciones presentes y futuras. A este respecto, las políticas que promueven o perpetúan el apartheid, la segregación racial, la discriminación, la opresión colonial y otras formas de opresión y de dominación extranjera quedan condenadas y deben eliminarse.
378 ESTRATEGIA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN CIO 2002 2. Los recursos naturales de la tierra, incluidos, el aire, el agua, la tierra, la flora y la fauna y especialmente muestras representativas de los ecosistemas naturales, deben preservarse en beneficio de las generaciones presentes y futuras mediante una cuidadosa planificación u ordenación, según convenga. 3. Debe mantenerse y, siempre que sea posible, restaurarse o mejorarse la capacidad de la tierra para producir recursos vitales renovables. 4. El hombre tiene la responsabilidad especial de preservar y administrar juiciosamente el patrimonio de la flora y la fauna silvestre y su hábitat, que se encuentren actualmente en grave peligro por una combinación de factores adversos. En consecuencia, al planificar el desarrollo económico debe atribuirse importancia a la conservación de la naturaleza, incluidas la flora y fauna silvestre. 5. Los recursos no renovables de la Tierra deben emplearse de forma que se evite el peligro de su futuro agotamiento y se asegure que toda la humanidad comparta los beneficios de tal empleo. 6. Debe ponerse fin a la descarga de sustancias tóxicas o de otras materias, y a la liberación de calor, en cantidades o concentraciones tales que el medio no pueda neutralizarlas, para que no se causen daños graves irreparables a los ecosistemas. Debe apoyarse la justa lucha de los pueblos de todos lo países contra la contaminación. 7. Los Estados deberán tomar todas las medidas posibles para impedir la contaminación de los mares por sustancias que puedan poner en peligro la salud del hombre, dañar los recursos vivos y la vida marina, menoscabar las posibilidades de esparcimiento o entorpecer otras utilizaciones legítimas del mar. 8. El desarrollo económico y social es indispensable par asegurar al hombre un ambiente de vida y trabajo favorable y crear en la Tierra las condiciones necesarias para mejorar la calidad de la vida. 9. Las deficiencias del medio originadas por las condiciones del subdesarrollo y los desastres naturales plantean graves problemas, y la mejor manera de subsanarlas es el desarrollo acelerado mediante la transferencia de cantidades considerables de asistencia financiera y tecnológica que complemente los esfuerzos interno de los países en desarrollo y la ayuda oportuna que pueda requerirse. 10. Para los países en desarrollo, la estabilidad de los precios y la obtención de ingresos adecuados de los productos básicos y las materias primas son elementos esenciales para la ordenación del medio, ya que han de tenerse en cuenta tanto los factores económicos como los procesos ecológicos. 11. Las políticas ambientales de todos los Estados deberían estar encaminadas a aumentar el potencial de crecimiento actual o futuro de los países en desarrollo, y no deberían coartar ese potencial y obstaculizar el logro de mejores condiciones de vida para todos. Los Estados y las organizaciones internacionales deberían tomar las disposiciones pertinentes con miras a llegar a un acuerdo para hacer frente a las consecuencias económicas que
CIO 2002 ESTRATEGIA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN 379 pudieran resultar, en los planos nacional e internacional, de la aplicación de medidas ambientales. 12. Deberían destinarse recursos a la conservación y mejoramiento del medio, teniendo en cuenta las circunstancias y las necesidades especiales de los países en desarrollo y cualesquiera gastos que pueda originar a estos países la inclusión de medidas de conservación del medio en sus planes de desarrollo, así como la necesidad de prestarles, cuando lo soliciten, más asistencia técnica y financiera internacional con ese fin. 13. A fin de lograr una más racional ordenación de los recursos y mejorar así las condiciones ambientales, los Estados deberían adoptar un enfoque integrado y coordinado de la planificación de su desarrollo, de modo que quede asegurada la compatibilidad del desarrollo con la necesidad de proteger y mejorar el medio ambiente humano en beneficio de su población. 14. La planificación racional constituye un instrumento indispensable para conciliar las diferencias que puedan surgir entre las exigencias del desarrollo y las necesidades de proteger y mejorar el medio. 15. Debe aplicarse la planificación a los asentamientos humanos y a la urbanización con miras a evitar repercusiones perjudiciales sobre el medio y a obtener los máximos beneficios sociales, económicos y ambientales para todos. A este respecto deben abandonarse los proyectos destinados a la dominación colonialista y racista. 16. En las regiones en que existe el riesgo de que la tasa de crecimiento demográfico o las concentraciones excesivas de población perjudiquen al medio o al desarrollo, o en que la baja densidad de población pueda impedir el mejoramiento del medio ambiente humano y obstaculizar el desarrollo, debería aplicarse políticas demográficas que respetasen los derechos humanos fundamentales y contasen con la aprobación de los gobiernos interesados. 17. Debe confiarse a las instituciones nacionales competentes la tarea de planificar, administrar o controlar la utilización de los recursos ambientales de los Estados con el fin de mejorar la calidad del medio. 18. Como parte de su contribución al desarrollo económico y social, se debe utilizar la ciencia y la tecnología para descubrir, evitar y combatir los riesgos que amenazan al medio, para solucionar los problemas ambientales y por el bien común de la humanidad. 19. Es indispensable una labor de educación en cuestiones ambientales, dirigida tanto a las generaciones jóvenes como a los adultos y que presente la debida atención al sector de población menos privilegiado, para ensanchar las bases de una opinión pública bien informada y de una conducta de los individuos, de las empresas y de las colectividades inspirada en el sentido de su responsabilidad en cuanto a la protección y mejoramiento del medio en toda su dimensión humana. Es también esencial que los medios de comunicación de masas eviten contribuir al deterioro del medio ambiente humano y difundan, por el contrario, información de carácter educativo sobre la necesidad de protegerlo y mejorarlo, a fin de que el hombre pueda desarrollarse en todos los aspectos.
380 ESTRATEGIA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN CIO 2002 20. Se deben fomentar en todos los países en desarrollo, la investigación y el desarrollo científicos referentes a los problemas ambientales, tanto nacionales como multinacionales. A este respecto, el libre intercambio de información científica actualizada y de experiencias sobre la transferencia de ser objeto de apoyo y asistencia, a fin de facilitar la solución de los problemas ambientales; las tecnologías ambientales deben ponerse a disposición de los países en desarrollo en condiciones que favorezcan su amplia difusión sin que constituyan una carga económica excesiva para esos países. 21. De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y con los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de explotar sus propios recursos en aplicación de su propia política ambiental y la obligación de asegurar que las actividades que se lleven a cabo dentro de su jurisdicción o bajo su control no perjudiquen al medio de otros Estados o de zonas situadas fuera de toda jurisdicción nacional. 22. Los Estados deben cooperar para continuar desarrollando el derecho internacional en lo que se refiere a la responsabilidad y a la indemnización a las víctimas de la contaminación y otros daños ambientales que las actividades realizadas dentro de la jurisdicción o bajo el control de tales Estados causen en zonas situadas fuera de su jurisdicción. 23. Toda persona, de conformidad con la legislación nacional, tendrá, la oportunidad de participar, individual o colectivamente, en el proceso de preparación de las decisiones que conciernen directamente a su medio ambiente y, cuando éste haya sido objeto de daño o deterioro, podrá ejercer los recursos necesarios para obtener una indemnización. 24. Incumbe a toda persona a actuar de conformidad con lo dispuesto en la presente Carta. Toda persona, actuando individual o colectivamente, o en el marco de su participación en la vida política, procurará que se alcancen y se observen los objetivos y las disposiciones de la presente Carta. 3. Otros eventos internacionales de interés Tras la Conferencia de Estocolmo se celebraron posteriores eventos tales como la Conferencia de Tbilisi (1977), en la que se establecieron cinco áreas como objetivos de la Educación Ambiental de vigencia actual. Estas áreas son[2]: • Conciencia: ayudar a la población a adquirir mayor sensibilidad y conciencia del medio ambiente en general y sus problemas anexos. • Conocimiento: ayudar a la población a comprender como funciona el medio ambiente, la presencia del ser humano en él y las relaciones de interdependencia que se generan. • Aptitudes o habilidades: ayudar a la población a adquirir las habilidades necesarias para resolver problemas ambientales. • Participación: ayudar a la población a desarrollar su sentido de responsabilidad y a que trabajen individual y colectivamente para prevenir problemas ambientales. • Actitudes y valores: ayudar a la población a adquirir un conjunto de valores sociales y un profundo interés por el medio ambiente que los impulse a participar activamente en su protección y mejoramiento.
CIO 2002 ESTRATEGIA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN 381 Por otra parte, en 1983 la Asamblea General de las Naciones Unidas convocó urgentemente a la elaboración de "un programa global para el cambio". Para tal propósito se creó la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo presidida por la Sra. Gro Harlem Brundtland. El informe que se elaboró, denominado Nuestro futuro común, fue presentado a la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1987. Un evento de notoria relevancia fue la Conferencia sobre Educación y Formación Ambiental, organizada en agosto de 1987, en Moscú, por la UNESCO y el PNUMA(Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente). Con motivo de esta celebración se elaboró una Estrategia Internacional de Acción en Materia de Educación y Formación Ambientales para el decenio de 1990, en la que se establecen elementos de actuación para avanzar a escala mundial en la educación y la formación ambiental. De acuerdo con dicha Estrategia Internacional, [3] en España se elaboraron unas “recomendaciones” para una Estrategia Nacional de Educación Ambiental en el Sistema Educativo Español(reunidas en un informe final), durante la celebración de un Seminario específico que tuvo lugar en Las Navas del Marqués (Ávila), del 28 de Noviembre al 1 de Diciembre de 1988, siendo sus organizadores la Comisión Española de Cooperación con la UNESCO, Ministerio de Educación y Ciencia, Dirección General del Medio Ambiente (M.O.P.U.), ICONA (M.A.P.A.), Comité Español del Programa MAB(Hombre y Biosfera) y UNESCO. A partir de estos eventos.[4] se desprenden muchas iniciativas a nivel internacional y nacional, pero todas toman en consideración este marco de definiciones establecidas en la década de los 70. 4. La Conferencia de Río Reafirmando[5] la Declaración de la Conferencia de Estocolmo, y con el objetivo de establecer una alianza mundial nueva y equitativa mediante la creación de nuevos niveles de cooperación entre los Estados, los sectores claves de las sociedades y las personas, y siempre con el objetivo de proteger la integridad del sistema ambiental y de desarrollo mundial, se aprobaron cuatro documentos: la Agenda o Plan de Acción 21, la Declaración de Río; la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Convenio sobre Diversidad Biológica. La Declaración de Río, que supone el texto más completo, comprende los siguientes principios[6]: 1. Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza. 2. Los Estados tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos según sus propias políticas ambientales y de desarrollo y la responsabilidad de velar porque las actividades no causen daños al ambiente de otros Estados. 3. El derecho al desarrollo debe ejercerse de forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras.
382 ESTRATEGIA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN CIO 2002 4. A fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada. 5. Todos los Estados y todas las personas deberán cooperar en la tarea esencial de erradicar la pobreza como requisito indispensable para el desarrollo sostenible. 6. Se dará especial prioridad a la situación y necesidades especiales de los países en desarrollo. 7. Los Estados deberán cooperar con espíritu de solidaridad mundial para conservar, proteger y establecer la salud y la integridad del ecosistema de las tierras. 8. Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados deberán reducir o eliminar las modalidades de producción y consumo insostenibles. 9. Los Estados deberán cooperar en el fortalecimiento de su propia capacidad de lograr el desarrollo sostenible, aumentando el saber científico. 10. El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados en el nivel que corresponda. 12. Los Estados deberán cooperar en la promoción de un sistema económico internacional favorable y abierto que lleve al crecimiento económico y al desarrollo sostenible de todos los países, a fin de abordar en mejor forma los problemas de la degradación ambiental. 13. Los Estados deberán desarrollar la legislación nacional relativa a la responsabilidad y la indemnización respecto de las víctimas de la contaminación y otros daños ambientales. 14. Los Estados deberán cooperar efectivamente para desalentar o evitar la reubicación o la transferencia de cualesquiera actividades o sustancias que causen degradación ambiental grave o se consideren nocivas para la salud humana. 15. Los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades con el fin de proteger el medio ambiente. 16. Las autoridades nacionales deberán fomentar la internalización de los costes ambientales y el uso de instrumentos económicos, teniendo en cuenta el criterio de que el que contamina, debe, en principio, cargar con los costes de la contaminación, teniendo debidamente en cuenta el interés público y sin distorsionar el comercio ni las inversiones internacionales. 17. Deberá emprenderse una evaluación del impacto ambiental, en calidad de instrumento nacional, respecto de cualquier actividad propuesta que probablemente haya de producir un impacto negativo. 18. Los Estados parte deberán notificar inmediatamente a otros Estados de los desastres naturales u otras situaciones de emergencia que puedan producir efectos nocivos súbitos en el medio ambiente de esos Estados.
CIO 2002 ESTRATEGIA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN 383 19. Los Estados deberán proporcionar la información pertinente, o notificar previamente y en forma oportuna, a los Estados que posiblemente resulten afectados por actividades que puedan tener efectos ambientales transfronterizos adversos y celebrar las consultas con estos Estados en fecha temprana y de buena fe. 20. Las mujeres desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo. 21. Deberán movilizarse la creatividad, los ideales y el valor de los jóvenes del mundo para lograr forjar una alianza mundial orientada a lograr el desarrollo sostenible y asegurar un mejor futuro para todos. 22. Las poblaciones indígenas y sus comunidades, así como otras comunidades locales, desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y el desarrollo, debido a sus conocimientos. Los Estados deberán reconocer y apoyar debidamente su identidad, cultura e intereses y hacer posible su participación efectiva en el logro del desarrollo sostenible. 23. Deben protegerse el medio ambiente y los recursos naturales de los pueblos sometidos a opresión, dominación y ocupación. 24. La guerra es, por definición, enemiga del desarrollo sostenible. En consecuencia, los Estados deberán respetar el derecho internacional proporcionando protección al medio ambiente en épocas de conflicto armado, y cooperar para su ulterior mejoramiento, según sea necesario. 25. La paz, el desarrollo y la protección del medio ambiente son interdependientes e inseparables. 26. Los Estados deberán resolver todas sus controversias sobre el medio ambiente por medios pacíficos y con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas. 27. Los Estados y los pueblos deberán cooperar de buena fe y con espíritu de solidaridad en la aplicación de los principios consagrados en esta declaración y en el ulterior desarrollo del derecho internacional en la esfera del desarrollo sostenible. 5. Conclusión Posterior a la Cumbre de Río tuvo lugar en Nueva York, 1997, la celebración de la conferencia Río +5, la cual, fue auspiciada por Naciones Unidas y tenía como objetivo observar el cumplimiento de los objetivos marcados en la Cumbre de Río. La sensación resultó ser bastante pesimista a juzgar por lo poco que se había avanzado en cinco años. En el mes de septiembre del presente año va a tener lugar la Cumbre de Johannesburgo lo cual supone una nueva oportunidad para revitalizar los compromisos asumidos en la Agenda 21. Así, esta reunión, o Río+10, como es conocida informalmente, servirá para evaluar los resultados obtenidos nacional, regional e internacionalmente en desarrollo sostenible y para reinterpretar el mandato de la Agenda 21 a la luz de los nuevos desafíos y necesidades.
384 ESTRATEGIA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN CIO 2002 Bibliografía [1] CNUMH(1972). “Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano”, Estocolmo 1972, Tomo I, pág. 56-73Ministerio del Medio Ambiente, Madrid. [2] CNU(1980). “Conferencia de las Naciones Unidas sobre Educación Ambiental”, Tiblisi” 1977, Tomo I, pág.26-41, Ministerio del Medio Ambiente, Madrid. [3] Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo (1989). “Educación Ambiental. Situación española y estrategia internacional”. Series monografías, Madrid. [4] Banco Mundial(1999). “Greening Industry. New Rules for Communities, Markets and Goverments”, Washington, DC. [5] y [6] CNUMAD(1992). “Conferencia de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Desarrollo”, Río 92, Tomo II, Ministerio del Medio Ambiente, Madrid.