Últimos días de la feria de Guaditoca (4)
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8 3 BOLETIN ee: y DE LA REAL ACADEMIA SEVILLANA DE BUENAS LETRAS Año VI.—Tomo VI.—Junio DE 1922.— CUADERNO XXII A - ÚLTIMOS DÍAS DE LA FERIA DE GUADITOCA (Continuación). as ¡Triste gloria la Salcedo! No es lícito poner en duda (y líbreROS Dios de abrigar la más leve sospecha) la buena intención y alteE 2a de miras con que, tal vez, se movió el Corregidor en este asunto: Pero los resultados no respondieron a la buena intención, si ésta fué St Única consejera. Ad: El traslado de la feria fué la decadencia de esta, porque le falS zo lo gue era vital para ella, la proximidad al Santuario de Guaditood Las Innovaciones son muy peligrosas, porque no puede hacerse Mun día lo que requiere siglos para formarse. 0... Para acoplar el nuevo estaóo de cosas el Ayuntamiento acor- $, do; (1) «En primer lugar que para recordar la devoción de la Santa -—¡Mágen de nuestra Señora de Guaditoca a los fieles y devotos, se Veiga anualmente a la Parroquia Iglesia Mayor de Santa María de esce 4 Villa, en donde se le de culto por los tres días de feria, con una Mi- - Sacantada y la luminaria de cera correspondiente, y que al final de diys z E ys tres días se Saque por la tarde procesionalmente a dicha SobeTe ina Imágen al rededor de la plaza y en el siguiente se restituya con culto debido a su santa Ermita, procediendo con acuerdo en este e Particular del Sr. D. Paulino de Caro Guerrero, del Orden de SanES 280, Vicario juez cceo. y Cura de la expresada parroquial mayor 5% S ella; satistaciendo los derechos necesarios del caudal de limosnas - 3 1“€ Se recauden en los citados tres dias en conformidad de lo que es > ACuerde con el Colector de dicha Parroquial, para lo cual, y para % pag oa más abundantes las limosnas acordará este Ayuntamiento EA E der : (1) Cuaderno de Autos capitulares de este año.
0 O - nuestra Señora, sin hacer gasto alguno, ni prevención alguna dea 58 BOLETÍN DE LA R. ACADEMIA SEVILLANA DE BUENAS LETRAS” 18 anualmente el nombramiento de Comisarios para traer y llevara alimentos para los que concurran voluntariamente, quienes nombrar S ; rán en cada uno de los dichos tres días dos personas del mayor (42 rácter de esta población, para que pidan por todo el pueblo y feria des a beneficio de dicho Soberana Imagen,»: y nombraron por comisari0$ lo a D. Pedro de Tena y Cote y a Bernardino Murillo, y señalaron el E día 25 para traer en su mañana a la Stma. Virgen, «previniéndosé y al Mayordomo con anticipación lo dispuesto en este acuerdo paa <q que le conste y tome las disposiciones de colocar a nuestra Señora. en las Andas;>» y para convenir con ei Vicario se nombró a D. Martín Castelló y a D. Vicente Maeda. : 308 En el mismo día fueron estos a las casas de D. Paulino 1 precedida la urbanidad correspondiente» le dieron noticias del acuerdo anterior quedando conformes en todo; pero expresó su de seo de que se difiriera la reunión hasta el Jueves próxlmo para tra: tar con más comodidad, +4 Aceptó también el cargo de comisario D. Pedro de Tena 1 obstante de hallarse enfermo, con la cualidad de que en caso de a y no pueda por si desempeñar su cargo lo haga y ejerza sus funciones 1 su hijo D. Joaquín de Tena e Hidalgo»; pero ni ese día, ni en el SE guiente, pudo encontrarse a Benardino, y así lo hizo constar el Es cribano en su diligencia. O - Se mandaron fijar edictos en el Santuario de Guaditoca IET enviaron convocatorias a las Villas de Berlanga, Valverde y Ayllones pes para que llegase conocimiento de todos el nuevo emplazamiento SN de la feria y la treída de la Virgen al pueblo: se trajeron a la villa Le E mesas y tablaje que estaban en el Santuario y se tomeron cuantaS me didas parecieron oportunas y convenientes para el mejor éxito. de a p Ñ bi tt eL 4 el la feria; se convino también con la autoridad eclesiástica el orden desa los cultos y pago de derechos a las comunidades de Santa María; sim. : que para nada setuvieseen cuenta a la Administradora del Patronato: No podía quedar tal conducta sin la protesta de esta, y envió al Ayuntamiento un largo escrito resumen de todo lo ocurrido desde 1784, obra de Donoso, su abogado, pidiendo a lawez, en 22 de May0s 1 el expediente incohado a instancias del difunto D. Juan Pedro de Ortega, y el cumplimiento de Reales órdenes sobre la feria (1). E E «8 (1) D. María Teresa de Tena, viuda de D. Juan Pedro de Ortega Y Toledo... Administradora perpetua titular por su fallecimiento y en MA sentacion de su hijo, y mío, D. Francisco Carlos de Ortega y Tena, his
pa BOLETÍN DE LA R. ACADEMÍA SEVILLANA DE BUENAS LETRAS 50 an ER (]Á_KAKA7m=—6__ —_—_ _—_——__—_— q y - Dió el Ayuntamiento la callada por repuesta. Llegado el trajo a la S. Virgen, como se tenía dispuesto, y en la plaza de a se colocó el ferial; en zaguanes y casas encontraron lugar E que más haya lugar en derecho y sin perjuicio del recurso o recursos más vorables a dicho Santuario y al mejor desempeño y ejercicio libre de dieS Administración, que protesto en toda forma, digo: que viniendo puesto 2 Costumbre, de tiempo inmemorial, hacer a dicha soberana Imagen el Pbsequio y culto de visitar su Ermita los tres dias de Pascua de PentecosSo Venida del Espíritu Santo, cada un año el vecindario de esta dicha la y algunos otros de sus inmedjaciones, y señaladamente las de Beriga, Valverde y Ayllones con nombramiento de Mayordomos de sus Ped ncejos o Hermandades, presentación de estandartes y convoy de asisde “IItes, y celebrar en cada una de sus mañanas en el Altar de dicha Santa -Magen no solo la Misa de fundación o tabla de su capellán, sino otras Muchas votivas, o arbitrarias, y hacer en la última tarde, una procesión E Solemne, con asistencia del Clero de la Parroquia mayor de esta, observán298€ prontamente todo a las manos y asiento del Administrador para su - Tecaudacion y custodia: y siendo, asimismo, originado del eoncurso de los p Muchos devotos y asistentes a estos cultos, concurrir asimismo varios fe- : antes y trajineros de las mismas y mayores distancias, no solo con vastiMos de primera necesidad, sino también con frutas verdes y secas, £S y licores, y del mismo modo con tiendas de platería, ropas, quinca- | SA Otras de bastante comercio y conducencia para la provisión de las 2 Casas, labores y herrería, que ocupan los muchos portales, que a este fin pa an levantado, la placeta intermedia y el suelo de su circunferencia, Pesas y tablas del Santuario, y aun sin ellas, y bastante ganado asnal, a ar y Caballar, cerríl y domado, expuesto por las anchuras y vega inmee a Su venta, cambio y libre comercio con sujeción a registros, despadee Exacción de derechos y registros de instrucción de que se siguen no 0cOS intereses a la parte de la Real Hacienda, en la venta y despacho de 1Sba COS, y a esta villa y su vencindario en el aumento del ramo de AlcaMe sE y Cientos y en el mayor consumo de las cuatro especies de Millo- : a aguardientes, etc., con cuyo respeto han subido los-arriendos que EN + almente se hacen de aquellas en esta villa y por cuadrienios de la úlan eco además de las muchas limosnas que ceden a beneficio de ' Wei Santuario y su mayor ornato y culto, con que se propaga la devoción ios o Particulares convenientes de este vecindario en el despacho de vao Séneros, surtido de otros y asistencia a la forastería: de todo ello ha EA nitado granjearse dicho concurso el nombre vulgar y común estimación dE $ ide Guadalcanal por todo este país, y contornos de esta provincia od “e
60 BOLETÍN DE LA R. ACADEMIA 33VILLANA DE BUENAS LETRAS STE DN REA O POSES | apropósito los feriantes para sus puestos; otros prefirieron colocarseal aire libre en tiendas de lona, algunos colocaron sus mercade- - rías en las mesas del Santuario, extendiéndose las tiendas por las y Reinos de Sevilla, Córdoba y Granada. Y habiendo en estas circunstancias tratado de tomar conocimiento y establecer algunas providencias el Juez antecesor a V. m. por la que dictó en 14 de Mayo del año pasado de ochenta y cinco, a motivo de haber asistido en el anterior en clase de con-. vidado por el dicho mi consorte, recién llegado y posesionado en la vara, entre otras particulares, tocantes a la feria iumediata y asistencia y pag0 de su Audiencia, se reservó proveer y consultar lo conveniente a su S. M. y señores de su Real y Superior Consejo de Castilla, sobre la tolerancia, O despedida de dicho concurso con reflexión, a faltar el privilegio de Feria y la superior aprobación que estimó ser necesaria para su eontinuación y otras que pudieron asistirle: Con cuyos motivos por parte de su Consejo ' Real de la Ordenes Militares, por pertenecer este territorio y la Administración que ejercía (y en el día represento yo) a la de Santiago exponiendo lo que tuvo por conveniente contra aquellas providencias por medio de su representación de 29 de Junio del mismo año, sobre que demandó informar con presencia de una copia de ella por orden de seis de Septiembre, comunicada por Secretaria, y habiéndose retardado el informe algún tiempo y divulgado que se intentaba trastornar o quitar la dicha feria, sin embargo de la costumbre inmemorial, se le comunicó segunda en doce de Mayo de ochenta y seis por la misma vía, recordándole el pronto des= pacho del informe decretado, y que entretanto no hiciese novedad en cuanto a la celebración de dicha feria: en cuya virtud y cumplimiento sentó varias providencias para la mayor instrucción del informe, antes y después de la que se celebró en aquel año; y habiendo pasado el expediente a la escribanía de Cámara y entregádose a la parte de mi consorte prestll>, tó escrito en forma quejándose de la dilación de aquél y de que le usura paba las facultades administratorias en las disposiciones que había tomado contra lo «resolutivo de la sentencia pronunciada por aquel Regio tri- »bunal, confirmado por la Real Junta de Comisiones y ejecutoria en su ra- »zón despachada, y en cuya consecuencia se había hecho formai deslinde >del terreno de los puestos y calles que forman los. portales levantados »para la celebración de la feria y espacio intermedio, a beneficio del dicho »Santuario y su Imagen con otras cosas»: pidiendo por conclusión, se le estrechase con multas para que despachase el citado informe con extensión a ia novedad causada en cuanto a recaudación de algunos maravedíS de puestos abiertos para el pago de dependientes y escribano Diego José - de Escutia, en cuyo poder quedaron hasta la cantidad de ciento cuarenta y siete reales y veintiocho mvrs. que hasta hoy parece mantiene; sobre JO que se repitió tercera orden comunicada por Dr. Francisco Larraza en doce de Setiembre del citado año de ochenta y seis para que se evacuase el dicho informe con la prevenida y justificación y con ampliación a los pare
» da E, AN De CIA $ Ss BOLETÍN DE LA R. ACADEMIA SEVILLANA DE BUENAS LETRAS 61 ME ERIN EA, IN a A A a RA O A E Pue A Ñ de calles adyacentes, y el ganado buscó pastos y abrevaderos en la explanada del Coso y huertos inmediatos. Nuevo escrito presentó D.* M.? de Tena a 3 de Diciembre EE 7 ARE ticulares y ultimamente expuestos, con presencia de copia del recurso, después de lo cual, se repitió Real Provisión sobre lo mismo en primero 0 de Diciembre de aquel año que se mandó cumplir en el día diez y nueve, EA y puestos a su contiuuación diferentes testimonios, y otras diligencias, 0 Que resultan de los hechos anteriores del expediente formado en su razón, ET y que se me ha confiado en virtud de mi petición presentada en el día de anteayer, por medio de procurador, en ochenta y ocho hojas útiles según su numeración, compuesta de tres piezas, acumuladas, que reproduzco en Cuanto conduce al presente asunto. Finalmente 'en el veintidós de Enero pos de ochenta y siete se resolvió el dicho informe tocándose varios puntos 7 y reparos sobre los expuestos recursos, administración de¡ Santuario, mo- :< TEN do de recojer, o exijir las lismosnas y otros, entre los cuales se aseguró e Por el Juzgado con referencia al mismo expediente y providencia citada de - Citada de catorce de Mayo de ochenta y cinco, no haberse intentado 2 Pérjudicar la celebración de la feria acostumbrada, y solo si reservado con0 Sultar a la Superioridad sobre su tolerancia y continuación, o despedida, bl Por no serlo de asignación por Real provisión, y sí originada del principie que va explicado, y en el pais puesto el nombre de Veladas a semejantes HE Concursos, hasta haberse convertido en el de feria con el tiempo: y en su - Conformidad consta despachado el informe en el veintiocho del mismo Con el testimonio prevenido para su justificación en cuyo estado colmó y se mantiene hasta hoy el referido expediente (no habiéndose verificado 5d S eS este juzgado otra alguna novedad) Y ocurriendo de presente la de de- ; . “Irse de público que se determina por la villa en fuerza del patronato que Se atribuye tener en dicho Santuario, trasladar a esta Pobación la dicha AS ería, y consiguientemente la Soberana Imágen de Nuestra Señora en la Próxima Pascua, y aunque para ello se han mandado fljar edictos en el Sitio del Santuario y convocatorias a los pueblos y Justicias de las Villas ¿de Berlanga, Valverde y Ayllones, y aun conducir las mesas y tablaje der Santuario, disponiendo para el día de mañana, o el siguiente, sacar -+a Y Imágen de su Casa y Trono y conducirla por medio de Comisarios, que A tambien se dice están nombrados; tado sin mi previa citación, ni anuencia: tes bien, con desistimación de mi encargo titular de tal Administradora, e Por representación del dícho mi menor hijo; no puedo menos de raclamar Y Protestar, como por el presente reclamo y protesto en toda forma, la Alteración y novedad que se intenta hacer improvisadamente, en la remoción de dicha Sanla Imagen de su Ermita con el expuesto motivo y objeto de levantar del sitio de su Santuario el culto acostumbrado y el mercado 9 Concurso que se ha hecho en tales días de tiempo inmemorial: ya porque en esta novedad se arriesgan demasiado las limosnas y culto del San- - uario y se inutilizan aquellos edificios y los gastos en ellos hechos con AAA ' a y e + Ud
62” BOLETÍN DE LA R. ACADEMIA SEVILLANA DE BUENAS LETRAS (1) y recibido lo mandó unir el Corregidor Salcedo:a los documentos referentes al traslado, para mejor proveer en su día. Volvió a instar en 15 de Enero D.* María y dispuso el Corregidor que prenoticias de la misma Villa, su Ayuntamiento y vecindario, y aun su aprobación en que se han invertido crecidas sumas y se ha estado trabajando: y expendiendo hasta el día de ayer: ya porque teniendo tomado conoocimiento muchos años hace la superioridad del Consejo real, y aun maudado que no se haya novedad hasta otra providencia en la celebración de la celebración de la feria acostumbrada, se quebranta su Real Decreto en la disposición de trasladarla a esta Villa, su/población y ruedo, al mismo tiempo que se me desfrauda y despoja, de hecho, del uso y “ejercicio de la Administración en que estoy declarada por Real Título de S. M. y señores del mismo Real Consejo, que tengo presentada. Pues aunque para ello se dice también haber obtenido permiso la Villa, ni este me consta, ni se: ha hecho público de que tribunal dimana, ni puede menos de haberse ga” nado con algún vicio de obrepción y subrepción, y sin esta relación, y sin precisa citación; ni presumo sea del dicho Real Consejo, donde penden los antecedentes y está tocado el mismo punto y aún provenido en su razór» como queda sentado y resulta del contexto de dicho expediente, como igualmente resulta que se originó y trata en aquel regio Tribunal con la - parte del Administrador, que hoy represento, y donde como tal tengG pendiente instancia. No pareciendo regular por lo mismo, que corre divulgado ni tampoco qne se haya obtenido por otra vía de donde depende el conocimiento, por carecer de antecedentes, y por resistirlo el orden circular del mismo Real Consejo, que tengo noticia haberse comunicado en Marzo. do este mismo año. Atento a lo cual. ; A V. md. Suplico qne habiendo por reproducido el citado expediente, por lo que conduce al presente punto y a la observancia de lo mandado por dicho Real consejo, y mandado cumplir por este Real Juzgado, sirva abstenerse de causar la novedad de la traslación de que se trata, Según corre de público, y lo anuncian los preparativos, haciendo presente al Ayuntamiento esta mi reverente instancia, con lo resolutivo del precitado expediente y la reclamación y protesta que de lo contrario llevo hecha, y repito, como el uso de los recursos y remedios más eficaces y favorables al culto y beneficio de dicho Santuario, sus rentas y limosnas, y al desagravio de los superiores decretos. Para lo cual pido se me libre testimonio literal de este escrito y su providencia o acuerdo que resuelva la instancia, v orden superior en que pueda fundarse, siendo cierto haberla: Por proceder todo clerto hacerla: Por proceder todo ello de Justicia que pido; con costas etc..y Juro sin revocar el poder que tengo dado a Procurador=LiC. Dn. Antonio Donosso de lranzo=con vta. 100. rs. vn.=María teresa de tena. (1) - Pedimento.=D.4 Maria Teresa de Tena... Madre, Tutora y Curadora de D. Francisco de Ortega Tena... Administradora tituiar del Santuario de Nuestra Señora de Guaditoca..... sin desviarme de anteriores Y A "E
- BOLETÍN DE LA R. ACADEMIA: SEVILLANA [ DE BUENAS LETRAS 63 1 presentara en la Audiencia de su tribunal el inventario. de bienes - del Santuario y los libros de cuentas, y como esto era dar en la llaga, no se hizo nueva instancia y el nuevo estado de cosas quedó definitivo, 1 Hemos visto una nueva solicitud sobre el mismo asunto pre- - Sentada por D. Francisco de Ortega al Ayuntamiento en 1830 y corrió la misma suerte que las protestas de su Madre. El día en que se trasladó la ferla puede decirse que fué el último de la vida dei Patronato. Mucho recibió este cuando se creó por Felipe V; nada dejó al desaparecer, mejor diré: sólo han quedado Unos restos de las arcadas de las calles de portales del lado norte, protestas y reproducidas cuantas puedan ser útiles de dicho Santuario y Sus fondos, Digo que habiendo entendido en el último tercio del mes de Mayo de este año que se trataba de hacer la novedad de convocar a esta dicha Villa y su plaza la Feria o concurso que de tiempo inmemorial se Celebra en cada un año.... en el sitio del referido Santuario... hice formar - Y presentar a V. md cierto escrito..... Pero aunque la presentación de dicho mi escrito se hlzo algunos, aunque pocos, dias antes de la recordada Celebridad de la Pascua, como lo fué en el veinticuatro o veinticinco del dicho mes de Mayo, se mantuvo sin providencia alguna, según entendí - del presente escribano, y se dió lugar a que viuiese al Pueblo la Soberana acen y tuviese etecto el dicho concurso de feria en él, cón notable me- -hoscabo de los intereses del fondo de limosnas, que con atención al sitio Eremitorio y a las mesas, tablas y portales de acogida que en el se suministran a los feriantes o vendedores, se recojen anualmente: y considerando yo que el repetir escritos, cuando ya estaba formado el concurso, solo - Produciría aumento de gastos al Santuario, por quien miro, y que se reS€rvarían para después, como el que va citado y como el que en veintio-* Cho presenté con Real Provisión del mismo Real consejo en asunto a la - Administración, que se retardó nada menos que ocho días, el cumplimen-' farle el Ayuntamiento, a motivo de ocupaciones, tuve a bien atemperarMe ala necesidad y esperar la providencia, cuando V. md. fuese servido de dictarla. Y en esta forma esperé mucho tiempo: pero siendo ya pasado os que me pareció haber caído en el olvido, 0 haber tenido V., md. gor E lorada de no haber novedad en el expediente de aquel regio Tribunal, E E Mé veo reducida al principio de insistir en el contexto de mi anterior es- -Crito; Por tanto E A Vmd. Suplico que, habiéndole por reproducido, se sirva dar cn Su tazón la providencia que estime ser de justicia y, en defecto de ser — conforme a mi intención, concederme a lo menos testimonio de ella; el y Este para el recurso conveniente a la misma, que pido etc., etc.=Ldo. Dn Antonio Donoso de Iranzo=24 rs. vn.—D,? María teresa de tena. e
54 _ BOLETÍN DE LA R. ACADEMIA SEVILLANA DE BUENAS LETRAS mudas esfinges que lloran el despojo de que ha sido víctima el Santuario por parte de quienes debieron mirarlo como el más preciado blasón de sus cuarteles heráldicos. Ha transcurrido más de un siglo desde el traslado del ferial a la villa y después de diversos cambios de la fecha de celebrarse, lejos de volver a adquirir importancia, fué descreciendo más y más cada día. Por el año de 1897 se buscó nuevo emplazamienzo al ferial en sitio espacioso y llano, a la salida de la Villa y próximo a la estación del ferrocarril, señalándose los primeros días de Septiembre para celebrarla. Desde entonces va adquiriendo renombre y fama, siendo de desear que vuelvan los días de su antiguo esplendor. Aún se llama la Feria de Guaditoca, pero de lo pasado solo queda, como un recuerdo, la procesión que se hace con la Santa Imagen de la Virgen de Guaditoca en la última tarde alrededor del ferial. Mas la devoción y amor a la celestial Madre que, bajo la consoladora advocación de Guaditoca, es Patrona. amantísima de Gua: dalcanal y de los pueblos de la comarca, lejos de disminuir, aumenta y crece, por la misericordia de Dios, y los hijos de esta tierra tienen, como su más preclaro blasón, ser herederos de la fe de sus mayores y de su devoción a la Virgen bendita que enjuga sus lágrimas, consuela sus angustias, remedia sus males, ampara sus pueblos y €S prenda de la protección del Cielo. Testimonio fehaciente de tal amor es el hecho de que el culto Cada año es más suntuoso, y que su Hermandad, a quien corresponde la legítima gloria de ser la que lo promueve, ha podido costear, con el auxilio de las limosnas de los devotos de la Señora, una suntuosa Capilla en la Parroquia de Santa María la Mayor, para des" canso de la Santa Imagen durante el tiempo que permanece en la Villa.
BOLETÍN DE LA R. ACADEMIA SEVILLANA DE BUENAS LETRAS 65 Apéndice Pueblos de los cuales concurrían caballerías a la Feria. Aburto. —Almendral. —AlconcHtl. - Albulquérdue: RIAS. as EN chal. Azuaga, — Arroyo de San Servan. —Almadén.—Aroche.—Don enito. —Valencia del Ventoso. —Valencia de -Monbuey: —Valencia de las res. —Valverde.—Belalcazar.—Valverde de Burguillos.—Valverde de Ida.—Valverde de Leganes. —Badajoz. —Barcarrota.—Villanueva de rd enas. Villanueva de Fresno - Villagonzalo. — Villanueva la Serena: — E Aga, Boonal.—Bienvenida. —Burguillos. —Belmez. —Cazalla (Carde). —Campanario.—Cañamero. - Carmona. —Campillo. —Cañaveral.— tina.—Calera. - Calzadilla. —Cantillana. —Castuera. —Cabeza la Vaca. "Cabeza del Buey.—Casas de Reina. —Constantina.— Cazalla, — Cheles. — doba. —Crespa. - Cumbres. —Ecija. — Encinasola. —Esparrogosa. — Me de Cantos.—Fuentes de' León. —Fuenteovejuna.— Fuente Lario.— t e del Maestre —Feria. —Fuente del Arco. —Fregenal.-— —Guareña.—La rana. —Hornachos:—Higuera.— —Hinojales. —Hinojosa del Valle.—Llerena. era a.—Malpartida. —Magtilla. —Medina. —Mairena. —Mérida. —MedeMilmandar. Magacela. —Miajadas. —Montemolín.—Monasterio.— tijo. —Morera. —Monterrubio. —Nogales—Oliva. —Orellana.—Palomas. arra.—Peralera. —Pozoblanco. —Puebla de la Reina. —Puebla de San- ¿ Sho Perez, —Puebla del Prior. Puebla de la Calzada.—Rematal. Reina. : ivera.—Sevilia. Salvatierra. Salvaleón. —Santa Marta, —San Pedro / 8 - A E Torremocha. a Trasierra. pe e —Ñ
N 72 BOLETÍN DE LA R. ACADEMIA SEVILLANA DE BUENAS LETRAS Q_ÁA y A ella y de los dichos sus terminos para que los Alcaldes ordinarios que al presente son y por tiempo fueren elegidos y nombrados por la forma en el dicho asiento contenida puedan usar y usen de la dicha Jurisdiccion en primera ynstancia en la dicha villa y en los dichos sus terminos y jurisdicción y hareis pregonar publicamente en ella y en las otras partes que fuere nocesario que ninguna persona sea ossada a perturbar ni molestar a la dicha villa a uso y servicio de la dieha jurisdicción que hareis notificar al dicho Gobernador Alcalde mayer o su lugar theniente de la dicha villa de llerena que de aqui adelante hagan lo mismo y que dexen usar y exercer a la dicha villa de Guadalcanal en ella y en los dichos sns terminos la dicha Jurisdiccion segun y de la manera que aqui y en el dicho asiento se contiene y de-* clara y en el Priuillexio que dello se le ha de dar yra declarado y mandareis de mi parte y yo por la presente mando al dicho mi Gorternador o su lugar theniente del dicho Partido de llerena que den y entreguen luego al Concexo de la villa de Guadalcanal todos los pleitos que estuviesen pendientes ante ellos citiles y criminales tocantes a la dicha villa y vecinos de ella en primera ynstancia en cualquier manera que sean con los presos vienes y - prendas que hobiere enbargados y eleuados a vecinos de la dicha dicha villa de Guadalcanal y sus terminos y Jurisdicción que yo los yniuo y he por : yniuidos del conocimiento de todo ello para que de aqui adelante El concexo de lá dicha vílla de Guadalcanal y alcaldes hordinaríos que al presente son y por tiempo fuesen de ella y no otra Persona alguna tengan vsen y exerzan en mi nombre y de los Reyes mis subcesores la dicha jurisdicción ciuil y criminal en la dicha primera ynstancia en todos los casos y cosas a ella anexas y concernientes y puedan poner y pongan para el vso y exercicio de la dicha jurisdiccion Alcaldes hordinarios y de la Hermandad Alguaziles y demas oficiales del concexo que sean necesarios por la forma contenida en el dicho asiento entera y cumplidamente que yo por la presente o por su traslado signado de escriuano doy poder e facultad a los dichos Alcaldes hordinarios y de la Hermandad y a los otros oficiales para que puedan usar en mi nombre de la dicha jurisdiccion y para que los dichos Alcaldes que al presente son y por tiempo fuesen de la dicha villa y no otra persona alguna conozcan de los dichos pleitos ciuiles y criminales mouidos e por mouer de qualquier genero y calidad que sean qué en la dicha villa y en los dichos sus terminos y jurisdicción estubieren pendientes y por sentenciar y acaeciesen v'se moviesen de de aqui adelante en la dicha villa en primera ynstancia y ponga y pueda poner y tener el concexo de la dicha villa para la execucion de la Justicia horca picota: cuchillo carcel cepo cote y las demas ynsignias de Jurisdiccion que se suelen y pueden tener para lo suso dicho segun y de la mane-' ra que se haze y Ussa en las demas villas de la dicha orden de santiago que tienen Jurisdicción por mi y sobre si y en el dicho asiento se contiene y las amparareis y defendereis en la dicha posesion de manera que quede en ella quieta y pacificamente sin que el dicho gouernador de llereaa ni su lugar thenievte ni otra ninguna Justicia ni persona les pueda perturbar ni perturbela dicha jurisdiccion ni el vso y ejercicio de ella so: las peed 1 s p a iS
E e el PS Misitas que Don Enrique 00 hrad a Deville EN LOS AÑOS DE 1396 Y 1402, Y REFORMAS QUE = IMPLANTÓ EN FL GOBIERNO DE LA CIUDAD.= De feo. (Continuación). tas de los propios del concejo como enbtra manera qualquiera, Eel deho mayordomo fferrand juarez, e el dcho pero fernandez Jurado en su nombre, dieron luego la dcha quenta E monta toda la recebra delos mrs, que valieron las dchas rentas de los propios - del concejo eneste dcho año de su mayordomadgo segund que y -€X las quentas de seuilla se contiene trezientos e setenta e tres Mil e ochocientos e ocho mrs e dos dineros.» La relación anterior contradice y prueba la equivocación del analista de la ciudad cuando asegura, «que hubo esta priva- -—Ción de Veintiquatros, y otros Oficiales del Cabildo, no es negararÉ ble, y la expresa el Rey en instrumento que luego referiré; pero Que todo el Regimiento fuese suspendido, es incierto y supuesto, Y Consta lo contrario de muchas escrituras.» Como aparece del - documento fueron suspensos los Venticuatros, Alcaldes mayores Y Algualcil, cuyos nombres se consignan, que eran quienes consy bitulan el Regimiento que administraba verdaderamente en SesE Villa; pues s/bien es cierto que subsistió el Cabildo de los Jurade dos, como estos no intervenian en las rentas de la ciudad, aun Cuando tuvieron atribuciones ciertas con relación a la cosa pública, y el derecho! de inspección, no podian hacer otra cosa que , $ ss 98, que hubo suspensión de todo el/Regimiento, y ló que es más ar cuenta al Rey de que los servicios que daban incumplidos. Así se Constituyó uno nuevo compuesto del Corregidor, el Alguacil Mayor y los cinco regidores nombrados, quienes administraron 18n y tuvieron a la ciudad sosegada por tiempo de cinco años. - En el Cabildo celebrado en 29 de Abril de este año, M”