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Advertencias que hace Don Lorenzo Calbo de Rozas al Manifiesto que acaba de publicar Don Ignacio Martínez de Villela

Calbo de Rozas, Lorenzo

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ADVERTENCIAS que hace Don Lorenzo Calbo de Rozas al Manifiesto que acaba de publicar Pon Ignacio Martinez de Villela, Puno para pasar á la Isla de Leon, á fin de restablecer mi quebrantada salud, se me ha dicho por persona de crédito, que el individuo del Consejo de Castilla Don Ignacio Martinez de Villela ha publicado un manifiesto vindicaudo su opinion que creo hollada por efecto de un papel publicado en un periódico de esta laza. Nada me importarian los manifiestos del señor Vilela, si en ellos no tratase de que yo compareciese como un enemigo suyo, cuando en los asuntos relativos al mismo, no he tenido mas intervencion que desempeñar los deberes de hombre público , cumpliendo con la obligacion que me impuso el reyno de Aragon que representé en la junta Central, y con los sagrados Juramen-= tos que presté al tiempo de encargarme de un destino. que me confirió la confianza de una provincia. Presen. taré, pues, solamente los documentos que copio, para que el público quede convencido de mi conducta, re. servándome el contestar al manifiesto de Villela,cuando mi salud y la oportunidad del tiempo me lo permi. tan. En todo hombre de bien es un deber ilustrará la Nacion, presentando sencillamente los hechos cuales son en sí, para que la opinion no se extravie, y pueda fixarse debidamente: yo que todo lo he sacrificado por mi patria, y que miro con el aprecio debido mi opinion, como único resto de mi patrimonio, no sufriré que impunemente se me insulte, y baxo este supuesto satisfaré siempre á las calunias é imposturas de mis enemigos; pues ara. ello junto á la impavidez de mi caracter, y'á la justificacion de mis acertos , el hallarme muy sabedor de cuanto ocurrió en Bayona, y generalmente en España, y de ótras noticias oficiales tan interesantes á los verdaderos españoles, como perjudiciales á los expureos, Cádiz 7 de mayo de 1812.—Lorenzo Calbo de Rozas, DOCUMENTO NUM. L En el artículo quinto del decreto de 31 de mayo de 1808, publicado en Aragon y circulado á do: provincias inclusa la Navarra, en donde pudo y debió leerlo Don Ignacio Martinez de Villela, se dice lo siguiente: que se tenga igualmente por nulo todo cuanto se hictere Succestoamente en Bayona, y por rebeldes 4 la patria cuantos no habiendo pasado la raya, lo hicieren despues de está publicacion.—Este decreto que sancionaron y rectificaron. las Córtes generales de Aragon en 9 de junio siguiente, no fué bastante para que Villela dexase de volver á Ba-. yona á. firmar, como firmó, la Constitucion el dia 7 de julio siguiente, NUM. II. En el artículo quinto de las instrucciones que se le dieron á D. Lorenzo Calbo por el reyno de Aragon, se dice lo siguiente. 4tenderá muy particularmente á premiar el mérito de todos los que se han distinguido en la defensa de la gran causa que ha sostenido la nacion con tanta. Toria y Y castigará los que se hubiesen comportado como »migos de ella y adictos al gobierno frances , sín olvidar e. estos son siempre enemigos de lo justo, y que cuando mos serán egoístas ó neutrales, que viene á ser lo mis= » Asi en el premio como en los castigos que se enuncian este artículo, procederá con la circunspeccion debida , sín mprometer á la inocencia, ni exponerse á que el premio caiga en quien no lo merezca.—(*). ls n_n (*) Estas instrucciones firmadas por las primeras autoridades del reyno de Aragon en 14 de setiembre de 1808 fueron remitidas á Calbo 4 Aranjuez, y existen originales en su poder, siendo dos de los treinta y seis que las firmaron D. Pedro Mariá Ric y D. José Antonio Larrumbide , ves gente el primero, y. fiscal el segundo de aquella real audieneta, residentes en Cádiz. | | | | | | | NUM. IL Artículo cuarto del juramento prestado por Calbo el dia 2 de setiembre de 1808, y anunciado en la gaceta del dia 5 del propio mes. ¿Jurais contribuir por vuestra parte a que se conserven en sus destinos los que los exercen con legítimo título, á menos que por su mala conduc. ta , legalmente acreditada , ó por adheston: calificada:al gobierno frances , se hayan manifestado enemigos de la patria sín que en este último caso tenga lugar , odio , resentimiznto nt otro motivo de interes que el bien público y la salud de la España? R. Si-juro. : Cumpliendo Calbo con su obligacion y con los sagrados deberes de la patria y del juramento, en vista del art. quinto del decreto de 31 de mayo; del art. quinto de la instruccion y del art. cuarto de la acta del juramento, presentó una nota á la junta Central cuyo tenor es el del NUM. IV, Señor.—Aproximandose la época en que esta suprema junta Central gubernativa del reyno debe trasladarse 4 Madrid, no puedo menos de presentar á V. M. el adjunto original escrito desde Tudela con fecha 14 de junio y dirigído al capitan general de Aragon por el príncipe de Castelfranco coronel de Reales Guardias Walonas, y por los ministros togados D. Ignacio Martinez Viillela, y D. Luis Marcelino Pereyra, los cuales al crimen que encierra dicho oficio añadieron el de acompañar desde Bayona - hasta las puertas de Zaragoza á nuestros enemigos con algunos otros españoles.—La vindicta pública, la seguridad individual de todos los respetables de esta junta y el exito de la justa causa, queá tanta costa ha defendido Aragon, y sostiene la nacion entera, exige que V. M. tome á cerca de este negocio la determinacion que corresponde á su gravedad, para evitar las funestas consecuencias que de lo contrario pueden seguirse, y por mi parte asi lo espero, y que V. M. se sirva mandar se meentregue copia certificada del oficio con jnsercion de esta exposicion, para los efectos conducentes. Dios guarde á V. M. imuchos años. Aranjuez 14 de octubre de 1808.—Lorenzo Calbo de Kozas. NUM. V; Copia de uno de los oficios que escribieron al general Palafox los apóstoles del intruso rey, cuyo original presentó _Calbo á la junta Central con la nota que antecede, y al cual respondió con el cañon en la mañana del 15 de julio de 1808, en que tuvo lugar la célebre batalla llamada de las Heras en las puertas de Zaragoza. A Excmo Señor.—Traspasados de dolor con la noticia de lo ocurrido ayer en Mallen, y llevados del deseo de salvar si es posible, á esa ciudad y al resto de Aragon, tomamos otra vez la pluma para rogar á V. KE. y á cuantos tengan algun influxo con el vecindario, se presten 4 la conferencia que Jes hemos propuesto. ¿Qué perderán en oir á unos amigos, á unos hermanos que por todo el proceso de su vida se han mostrado buenos españoles nada han hecho por donde puedan ser sospechosos de otra aficion , Ó desmerecer la confianza de esa ni de otra provincia del reyno ? Si nuestras razones fueren vanas, Y. E. ó los que vinieren de su parte y de la de los yecinos , las despreciarán : pero sino ¿que dolor no será para V. E. y para nosotros, ver enteramente perdido ese reyno por no haberlas entendido; á su hermosa capital convertida en un monton de ruinas; á sus habitantes tratados con todo el rigor de las leyes militares , y pasados 4 cuchillo, 6 vagando Ó mendigando su sustento ? Esto preveemos que vá á suceder si los casos de Tudela Mallen no abren á todos los ojos para conocer la diferencia de fuerzas y el modo do usar de ellas: y si V. E, pues, son tan pocos los momentos que faltan para una completa desolucion, no se apresura á avocarse con nosotros, que en desempeño de nuestra comision estamos prontos á tomar la parte de medianeros, sacrificándolo todo al bien de este reyno y al general de toda la nacion, y que á este propósito, para proporcionar la mayor brevedad vamos á partir para Mallen y acercarnos al exército frances. —Dios guarde 4 V. E. muchos años Tudela 14 de junio de 1808.—El Príncipe de Castelfranco.—Ignacio Martinez de Villela,— Luis Marcelino Pereyra. — 5 Excmo. Señor Capitan general del reyno de Aragon. (+ A consecuencia de la nota pasada por Calbo á la jun= ta Central mandó S. M. que se formase causa en el tri= bunal de vigilancia y proteccion: la ocupacion de la Corte por el enemigo impidió su progreso, y se continuó en el de seguridad pública establecido en Sevilla; á cuyo tribunal dirigió Calbo el informe contenido en el NUM. VI. Por el Señor D. Martin de Garay, secretario general de la suprema junta (cepiándome el oficio que en el dia 10 del presente ha dirigido V. S.) se me dice: que informe lo que sepa en razon de los varios puntos que comprende relativos al ministro del consejo real D. Ignacio Martinez Villela que acompañó al exército frances que se dirigió el año pasado contra Zaragoza.—El dia 14 de junio salí de aquella ciudad en compañía del capitan general y de las tropas á encontrar á los enemigos en Alagon en donde nos atacaron en la tarde del propio dia: entre los varios empleados de la contaduría y tesorería de exército que hice marchar al mismo punto conduciendo víveres , fué uno D. Felipe de Arias que por salvar una porcion de estos, quedó prisionero en dicha villa de Alagon; mas en la noche del mismo dia 14 le concedió la libertad el general Lefebre, á trueque de que pusiese en manos del general Palafox dos cartas, una de ellas la de que incluyo copia literal, escrita el mismo dia por el príncipe de Castelfranco, D. Ignacio Martinez Villela, y D. Luis Marcelino Pereyra; y la otra de la misma letra, y dictada del mismo estilo, firmada por Lefebre en que le decia que al dia síguiente entraria en Zaragoza á comer en su compañia , bien fuese por ÓN (*) La batalla de Alagon se dio á las 4de la tarde del día 14, Á las 10 de la noche del mismo se entregó el antecedente oficio con la intimación de Lefebre, á D. Felipe Arias, ofi cial de la contaduría de exército que habia quedado prisiomero, quien los entregó al amanecer del día 15 al general Palafox y úá Calbo. Dicho Arias es actualmente comisario de guerra en el exército de Aragon. grado si le entregaba la plaza, 6 por la fuerza de sus armas: al amanecer del dia 15 llegó el Don Felipe Arias con ¡las dos cartas que entregó al general y leimos sin dar otra respuesta á una ni á otra que la del cañon cuando su exército se presentó á las diez de la mañana del mismo dia.—A principios del mes de julio se hizo prisionero por nuestras tropas á un oficial español pasado á los franceses que conducia pliegos de Bayona para el exército enemigo y algunas cartas para varios indíviduos residentes en Zaragoza. Entre estas se hailó una escrita por Viliela desde Bayona á una hermana Ó paárjenta que tenia monja en aquella ciudad , cuya carta despues de leida por el general, me la entregó para que yo la leyese, asi como lo hicieron otros yarios que se hallaban á lá: sazon presentes, conservandola despues. En dicha carta decia que le habia sido muy sensible el no haber podido entrar en Zaragoza para verla y abrazar á sus amigos , que le habia sido forzoso regresar á Bayona por haber sido rechazados los franceses. Posteriormente €n agosto habiendo escrito el gobernador interino del consejo al general Palafox manifestando los deseos de aquel tribunal, haciendo una pintura la mas recomendable de sus dignos ministros, y “dando á entender que debia dicho consejo como supremo tribunal de la nacion, gobernarla, le contestó Palafox (*) teniendo presente la carta de Villela, y la escrita por Castelfranco, Pereira y el mismo Villela, y aun de'plguna otra; que AUNque£n el consejo habia hombres muy dignos, habia otros que acompañando al exército frances, habian sido espectadores de Jos atagues de estos á la ciudad, cuya carta se jmprimió en la gaceta que Con el original de que incluyo copia presenté á la junta suprema Central en 4 de Octubre y deberá existir en la secretaria general Ó en el —— —_—_ o e A A e h - (*) Palafox no tuvo mas constestaciones con D. Arias : A B Mon , que las publicadas en la gaceta de <aragoza del mes de agosto de 1808, y otra en que le dió gracias por habersele remitido trescintos mil reales voluntariamente de órden del consejo para el socorro del exércilo. Si dixese Villela que ha habido vtras contestaciones, miente, al menos hasta la £poca de la imstalacion de la Junta Central. anterior tribunal de vigilancia. Dios guarde á V. S, muchos años. Sevilla 12 de abril de 1809.—Lorenzo Calbo de Rozas—Señor D. Juan Fernando Aguirre. El tribunal de seguridad pública consultó á la junta Central el fallo de la causa de Villela, por el cua] quedó absuelto, habiendose abstenido de votar la decision el mismo Calbo. Su hermano Don Ramon era individuo de dicho tribunal, pero se hallaba ausente del mismo al tiempo del fallo. Le El pueblo imparcial conocerá si Don Lorenzo Calbo de Rozas procedió en este asunto con circunspec= cion, Ó con encono contra Don Ignacio Martinez de Villela; y el mismo público formará la debida opinion de la conducta de este ministro con vista de los documentos que se le presentan, mientras que como se dixo al principio se contestan todos los puntos contenidos en su manifiesto, PR AL AA AA AAA. NS LA colorchecker cLAssic E | E | ¡ . ] ] ] + 1 É k dl mm «dá Ú mm calilMlte Mn