Indios nobles y caciques en la Corte real española, siglo XVI
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INDIOS NOBLES Y CACIQUES EN LA CORTE REAL ESPAÑOLA, SIGLO XVI. Esteban Mira Caballos I.E.S. Mariano Barbacid Introducción Como es bien sabido, a lo largo del siglo XVI arribaron a la península Ibérica varios miles de indios, siendo su trato de muy diversa índole, Unos pocos caciques fueron tratados con la dignidad que su rango merecía, mientras que la mayoría corrieron peor suerte, siendo vendidos en los principales mercados de esclavos. Efectivamente, el envío de indios con destino a la Península dio comienzo muy pronto, cuando Cristóbal Colón, al regreso de su primer viaje, trajo consigo varios presentes a los Reyes, entre los que figuraban en torno a una decena de indios, En un primer momento este tráfico fue aceptado por los Reyes que tácitamente atribuyeron a estos aborígenes el mismo status que habían gozado los musulmanes peninsulares hasta 1492, disponiendo su venta en los mercados andaluces. Sin embargo, poco después se inició un proceso legislativo, que culminó con las Leyes Nuevas de 1542, tendentes a suprimir la esclavitud de los indios. Y justo un año después, en 1543 se prohibió expresamente su trata con destino a la Península Ibérica1. Concretamente se dispuso que "ninguna persona pueda traer ni enviar indio alguno con licencia ni sin ella, aunque 1.‐Los aspectos legales de la prohibición de la trata los he analizado con detalle, tanto para el caso de los taínos de las Antillas como para el de los indios traídos a la Península Ibérica. Esteban Mira Caballos: El Indio antillano: repartimiento, encomienda y esclavitud (1492-1542). Sevilla, Muñoz Moya. Editor, 1997, págs. 261-311.- Indios y mestizos en la España del siglo XVI. Madrid, Iberoamericana, 2000, págs. 43-60. 1
pretendan ser sus esclavos y tener derecho para ello, ni de los que fueren libres, aunque digan que quieren ir de su voluntad2." Esta prohibición tenía su lógica interna por dos motivos. Primero, porque los indios fueron considerados desde tiempos de Isabel la Católica como vasallos de la Corona de Castilla, status que era incompatible con la trata y esclavitud. Y segundo, porque la trata de indios, a diferencia de lo que ocurría con el comercio de esclavos negros, no sólo no reportaba ingresos directos a la Corona sino que por el contrario suponía perder efectivos en las minas americanas. Por tanto, la trata del indio americano con destino a los mercados esclavistas españoles ni era coherente con el discurso oficial, ni era moral, ni en principio era racional desde el punto de vista económico. En aplicación de esta ley la Corona ordenó a Gregorio López que hiciese una lista con los aborígenes americanos que había en Sevilla y que debían liberarse. Pero, como era de esperar, esta revisión de los títulos de esclavitud del indio, llevada a cabo en España y en América, fue muy mal acogida por los propietarios. La Corona debió insistir para que no solo se revisasen los títulos de propiedad, sino para que se pusiese inmediatamente en libertad a las mujeres indígenas y a los menores de 14 años3. Desde entonces todos los descendientes de mujeres indígenas fueron considerados automáticamente libres, incluso en los casos en los que el padre era indio o aun negro4. La libertad otorgada al indígena de las colonias españolas así como la prohibición de su trata constituyó un hito importante en la historia social de Hispanoamérica. Sin embargo, también es justo reconocer que esta legislación no 2.‐Mira Caballos: indios y mestizos en la España del siglo XVI, pág. 57. 3.‐Ibidem, pág. 58 4.‐Por citar un ejemplo concreto, en un pleito por la libertad del indio Gaspar, en 1561, un testigo declaró lo siguiente: "A la cuarta pregunta dijo este dicho testigo que dice lo que dicho tiene en la pregunta antes de ésta y que así tiene este testigo por cierto que si el dicho mulato fuera hijo de india aunque no pidiera su libertad la justicia se la hubiera dado como ha hecho a los demás mestizos, hijos de indias e indios y de Indias y negros ... ". Otro de los testigos, Nuño de Carvallar, declaró que "ningún mulato hijo de india es esclavo" lo que deja fuera de toda duda el carácter libre de todo hijo de india ya fuese Indio, mestizo o zambo. Pleito por la libertad del indio Gaspar, propiedad de Hernando de Villanueva, 1561. AGI, Justicia 1025, N. 1, R. 2. Citado en Mira Caballos: indios y mestizos en la España del siglo XVI, pág. 58. 2
supuso a corto plazo el fin de la esclavitud indígena ni de su tráfico ilegal con destino a la Península Ibérica. Para empezar, estas medidas no afectaron a los indios esclavos ya estantes previamente en España, los cuales continuaron sumidos en la más profunda servidumbre y debieron pleitear individualmente para conseguir su ahorría. Así se deduce al menos de un informe dirigido al Rey en 1549, en el que se afirmaba que en Sevilla había "muchos indios e indias libres que los españoles los tienen por esclavos y se sirven de ellos como tales, no lo pudiendo ni debiendo hacer5." Por este motivo se ordenó que se volviesen a solicitar los títulos de esclavitud de los indios, y a los propietarios que no los tuviesen, les fuesen quitados y puestos en libertad. A pesar de todo, nuevos indios continuaron llegando a la Península a través de Lisboa, a cuyo mercado esclavista acudían los traficantes españoles a comprar indios, la mayoría procedentes del Brasil aunque no faltaban los de la América Española. Evidentemente aquellas personas que se dedicaban a traer indios americanos optaban por poner rumbo al puerto de Lisboa para evitar de esta forma las prohibiciones vigentes en los territorios castellanos. A la capital lusa acudían desde la década de los treinta muchos mercaderes españoles donde compraban "piezas indígenas" a muy bajo precio, que después vendían en distintas ciudades españolas. Hasta tal punto se siguieron vendiendo indios en España que la Corona se vio obligada a ratificar nuevamente la prohibición el 21 de septiembre de 15566, sin que sirviese tampoco para detener totalmente el tráfico de indios. Al año siguiente se prohibió la venta de 30 indios en Santo Domingo y los dueños mostraron su disgusto, afirmando que en Sevilla se vendían públicamente con el total consentimiento de las autoridades españolas. Y debía ser cierto, ya que a lo largo de toda la segunda mitad del siglo XVI, e incluso en el XVII, nos consta documentalmente la venta de indios en numerosas ciudades españolas como Córdoba, Sevilla, Badajoz, Huelva, etc. No en 5.‐Real Cédula a los oficiales de la Casa de la Contratación, Valladolid, 1 de mayo de 1549. AGI, Indiferente General 1964, L. 11, ff. 226-226v. 6.‐Recopilación de las Leyes de Indias de 1680, T. II, Lib. VI, Tit l. Ley XVI, fol. 189v., citado en Mira Caballos, Indios y mestizos en la España del siglo XVI, p. 59. 3
vano, en el capítulo XV de un memorial para la reformación de la navegación, fechado en 1568, se planteó la necesidad de comprobar si los navíos traían metales preciosos sin registrar "o si vienen algunos indios"7. Asimismo en el capítulo XVII se afirmaba que muchos españoles que llevaban numerario sin registrar lo gastaban en las Azores en comprar mercaderías y esclavos, "así negros como indios"8. Además resultaba muy difícil aplicar la legislación vigente sobre la libertad de los indígenas porque no había grandes diferencias étnicas con los indios del Brasil, cuya trata estuvo permitida al menos hasta 1570. Y cuando dejaron de venderse definitivamente como esclavos, los indios estantes en la Península siguieron sirviendo como criados, en una situación que ofrecía pocas diferencias con su antigua servidumbre. No obstante sí es cierto que, gracias a la política proteccionista del indio por parte de las autoridades españolas, la arribada de indios esclavos a la Península se ralentizó desde la década de los cuarenta y prácticamente desapareció en el último cuarto del siglo XVI. La otra cara de la moneda: el trato preferencial de los caciques Como ya hemos afirmado, desde un primer momento las autoridades españolas tuvieron un trato muy diferente y favorable con los indios pertenecientes al grupo caciquil. Se trataba de una postura que tenía rancias raíces históricas en el solar peninsular, pues en las célebres Partidas del Rey Alfonso X se recomendaba que se prestase especial atención a los hijos de los nobles9. Además, había precedentes mucho más cercanos en el tiempo, pues ya los portugueses en su proceso de expansión atlántica por el África Negra habían llevado una política similar de respeto a los privilegios de los reyezuelos locales. Sin embargo, al margen de los precedentes históricos, había una realidad evidente de la que las autoridades españolas no tardaron en percatarse y era la fe ciega que los indios profesaban a sus caciques. Así pues, la postura oficial de reconocimiento 7.‐Ordenanzas para la reformación de la Carrera de Indias, 1568, fol. 33v. AGI, Indiferente 2673. 8.‐Ibidem. 9.‐Partida I, Tít. V, Ley 51. Citado en Olaechea Labayen, Juan Bautista: "Experiencias cristianas con el indio antillano", Anuario de Estudios Americanos, XXVI (Sevilla, 1969), pág, 86. 4
de la nobleza indígena tenía su lógica, mucho más allá de la tradición histórica, pues se tenía claro que atrayendo al grupo caciquil se podría controlar mucho más fácilmente al grueso de los indios. Por ello, una de las principales estrategias utilizadas por las autoridades españolas para hispanizar al indígena fue precisamente, como afirma István Szászdi, la conversión y transformación de los caciques en vasallos ejemplares a los ojos de sus distintas comunidades indígenas10. Así, pues, desde las primeras décadas del siglo XVI se expidieron una serie de disposiciones tendentes a igualar el status de los caciques indios con el de los hidalgos castellanos11. De hecho, desde muy pronto se expidieron autorizaciones para que algunos indios de alto rango social utilizasen el título de "don". Concretamente, tal merced fue concedida en la temprana fecha de 1533 a don Enrique, indio alzado en las sierras del Bahoruco en la Española y, con posterioridad, a un sinnúmero de indios. Y hasta tal punto fue cierta la intención de equiparar a estos caciques con la nobleza española que incluso encontramos algún caso, como el del indio Melchor Carlos Inga, descendiente de Hueyna Capac, a quien en 1606 se autorizó su ingreso como caballero de la Orden de Santiago12. Este reconocimiento social se vio siempre acompañado de una política educativa que daba prioridad absoluta a los jóvenes caciques. Y el acierto fue tal que desde los primeros años de la colonización antillana reportó grandes frutos13. Más tarde, y 10.‐Szásdi León-Borja, István: "Las élites de los cristianos nuevos: alianza y vasallaje en la expansión atlántica (1485-1520)", Jahrbuch für Geschichte Lateinamerlkas, 36 (Hamburgo, 1999), pág, 31. 11.‐ Ya por una Real Cédula del 17 de julio de 1572 se eximió a los caciques del pago de impuestos, equiparándolos fiscalmente con la nobleza española. Una igualación de hecho con los nobles peninsulares que cobró naturaleza Juridica el12 de marzo de 1697 cuando, por una Real Provisión, se les reconoció explícitamente los mismos privilegios que tenían los "nobles hijosdalgos de Castilla". Citado en Larios Martin, Jesús: "Hidalguías e hidalgos de Indias", I Congreso Ítalo-español de Histona Municipal y de la Asamblea de la Asociación de Hidalgos, Madrid, Hidalguía, 1958, págs. 208-211. 12.‐Ibidem, págs. 210-211. 13.‐A decir verdad, la estrategia no pudo ser más eficiente. De hecho ya los primeros indios, educados por los franciscanos en sus conventos de Santo Domingo y Concepción de la Vega (isla Española), fueron de gran utilidad en los años sucesivos ya que se utilizaron como lenguas tanto en la conquista de las demás Antillas Mayores como de Tierra Firme. A este respecto puede verse mi trabajo: "La educación de Indios y mestizos antillanos en la primera mitad del siglo XVI", Revista Complutense de Historia de América. 25 (Madrid, 1999), pág. 53. 5
concretamente desde 1535, comenzaron a aparecer colegios especiales para los hijos de caciques, muy parecidos a los "seminarios de nobles"14. Indios nobles en la españa del siglo XVI De los hijos de caciques y de los mestizos que fueron traídos a la Península para su educación en colegios y en conventos españoles ya nos hemos ocupado en otra ocasión15. También son bien conocidos no pocos casos de mestizos que alcanzaron fama, fortuna y prestigio en la España Moderna, integrándose plenamente en la élite peninsular16. Sin embargo, muchas menos noticias teníamos de la arribada a España de indios nobles así como de su vida en Castilla y del trato recibido a este lado del océano. Por ello, en estas páginas nos vamos a centrar en algunos casos, buena parte de ellos totalmente inéditos, de caciques que arribaron a la Corte Real y que fueron tratados con las atenciones y los privilegios propios de una alta dignidad diplomática, hasta el punto de sufragar la propia Corona todos los gastos derivados de su estancia en tierras españolas. Como es sabido, los primeros jóvenes caciques que pisaron tierras peninsulares fueron los que trajo Cristóbal Colón al regreso de su primer viaje y que fueron 14.‐Larios Martín: Ob. cit., pág. 209. 15.‐Mira Caballos, "La educación de Indios y mestizos", cit., págs. 51-66. 16.‐Hay casos muy conocidos como el del inca Garcilaso, Leonor de Alvarado Xiconlencatl -casada con un noble castellano-. o sobre todo el de don Juan Cano Moctezuma, nieto del emperador azteca Moctezuma. Concretamente este último era hijo de la princesa azteca Teixtalco de Tacuba -bautizada por los españoles como Isabel de Moctezumay del cacereño Juan Cano Saavedra que se estableció en Cáceres y formó parte de la élite de esta ciudad. Sobre los Cano Moctezuma puede verse el reciente trabajo de Luis Vicente Pelegrí Pedrosa: "La élite indiana en Cáceres en el siglo XVI. Los negocios de Juan Cano Saavedra", en los XXIV Coloquios Históricos de Extremadura (Trujillo, 1998), pp. 369-397. Pero al margen de estos casos, excepcionales por su magnitud, existen decenas de ejemplos, mucho menos conocidos, de simples mestizos legitimados que, gracias a la fortuna de sus respectivos padres, pudieron vivir en el seno de las modestas élites locales en las distintas villas y ciudades españolas. Por citar un ejemplo concreto, hablaremos de la mestiza Isabel Hernández hija natural del capitán Gómez Hernández, el cual la reconoció en su testamento y la envió a su villa natal de Montijo (Badajoz) en el tercer cuarto del siglo XVI. Al parecer allí vivió holgadamente el resto de su vida, siendo como era, una de las personas más acaudaladas de la localidad. Esteban Mira Caballos: "Montijo y América en la Edad Moderna: tres siglos de relaciones", Actas de los IV Encuentros de Historia de Montijo (Badajoz, 2001), pp. 229-230. 6
bautizados en el monasterio de Guadalupe en 1493, según relata Gonzalo Fernández de Oviedo: "Y ellos de su propia voluntad y (a)consejados, pidieron el bautismo y los Católicos Reyes, por su clemencia, se lo mandaron dar; y juntamente con sus Altezas, el serenísimo príncipe don Juan, su primogénito y heredero, fueron padrinos. Y a un indio que era el más principal de ellos, llamaron don Fernando de Aragón, el cual era natural de esta isla Española y pariente del Rey o cacique Goacanagarí; y otro llamaron don Juan de Castilla; y los demás se le dieron otros nombres, como ellos los pidieron o sus padrinos acordaron que se les diese conforme a la iglesia católica"17. Es muy poco lo que sabemos de estos primeros caciques indios traídos por Colón, pues, la mayor parte de ellos murieron en breve plazo, aquejados de viruelas18. Tan sólo tenemos bien documentado a uno de ellos, es decir, al indio Diego Colón, originario de la isla de Guanahaní. Allí lo encontró el Almirante en octubre de 1492 y, como indio amigo o guaitiao, lo bautizó con el nombre de su hijo19. Su estancia en la Península debió ser muy fructífera, pues, Colón consiguió su objetivo de formar a un traductor para su segunda expedición. Y también de ello nos dejó constancia Fernández de Oviedo: "E como el Almirante volvía consigo algunos de los indios que había llevado a España, entre ellos uno que se llamaba Diego Colón, y había mejor que los otros aprendido, y hablaba ya medianamente la lengua nuestra, por su interpretación, el Almirante fue muy enteramente informado de muchos indios y del propio rey Goacanagarí de cómo había pasado lo que es dicho, mostrando este cacique mucho pesar de ello20." Posteriormente, vivió en casa del gobernador de la Española, frey Nicolás de Ovando. Sin embargo, esta situación duró muy pocos meses porque el 25 de junio de 17.‐Gonzalo Fernández de Oviedo: Historia General y Natural de las Indias. Madrid, Atlas, 1992, T. 1, Cap. VII, p. 3. Citado también en Mira Caballos: Indios y mestizos americanos, p. 67. 18.‐Szásdi León-Borja: Ob. cit., p. 20. 19.‐Pedro Mártir de Angleria: Décadas del Nuevo Mundo. Madrid, Editorial Polifemo, 1989, p. 34. 20.‐Fernández de Oviedo: Ob. cit. T. I, Lib. I, Cap. XII, pp. 46-47. 7
1503 fue enviado de nuevo a tierras castellanas, junto a otros dos caciques, en una flota que partió de Santo Domingo21. Ya en España, murieron en poco tiempo los dos caciques acompañantes mientras que Diego continuó viviendo y aprendiendo a leer, con unas cartillas que se le compraron para tal fin22. Sabemos que durante su estancia estuvo afectado por cierta enfermedad pues, en 1505, fue curado de "una postema que le salió '" en la garganta"23. El indio recibió en todo momento buen trato, pues no en vano la Corona pensaba obtener de nuevo grandes servicios a su vuelta a la Española, según se deduce de una respuesta de Su Majestad a los oficiales de la Casa de la Contratación: "Lo que decís del indio hijo de cacique que habéis hecho relación tened cuidado de lo continuar y que sea muy bien tratado así en lo espiritual como en lo temporal de manera que cuando plugiere a Dios que se haya de tornar a la Española vaya de acá muy contento para que los indios tengan conocimiento como acá son tratados y de las cosas de la fe para que sea causa de más ligeramente los atraer a ella"24. Durante su segunda estancia en Castilla el joven cacique fue instruido tanto en gramática como sobre todo "en las cosas de la fe"25. No sabemos en qué año regresó exactamente a la Española, pero en 1508 estaba ya en la isla, pues frey Nicolás de Ovando lo utilizó en un experimento de libertad. Y éste es el último dato fiable que tenemos de este cacique tras sus dos periplos en tierras peninsulares. En la lista de caciques repartidos por Alburquerque en 1514 encontramos de nuevo un indio llamado Diego Colón, aunque en principio parece difícil que pueda tratarse de la misma persona, veintidós años después de que lo encontrara el Primer Almirante. 21.‐ Roberto Marte: Santo Domingo en los manuscritos de Juan Bautista Muñoz. Santo Domingo, Fundación García Arévalo, 1981, p. 152. 22.‐Cuentas del tesorero de la Casa de la Contratación Matienzo, 1505. AGI, Contratación 4.674, L. 1, t. 483v. 23.‐Descargo al cirujano de 485 maravedís por la cura que hizo al cacique Diego Colón, 26 de junio de 1505. AGI, Contratación 4.674, L. 1, f. 96v. 24.‐ Respuesta a los oficiales de la Casa de la Contratación, Segovia 11 de agosto de 1505. AGI, Indiferente General 418, L. 1, ff. 171v-172v. 25.‐ Respuesta a los oficiales de la Casa de la Contratación, Segovia. 11 de agosto de 1505. AGI, Indiferente General 418, L. 1, ff. 171v-172. Cuentas del tesorero de la Casa de la Contratación Sancho de Matienzo. AGI, Contratación 4.674, L. 1, f. 483v. 8
Unos años después encontramos a otro cacique que acudió en compañía de su mujer e hijos a la Corte de Carlos V. Se trataba del cacique Juan Garçés, que trabajaba en una hacienda de la Rivera de Toa en Puerto Rico y que arribó a España "a nos informar de algunas cosas"26. En España debió ser recibido con los privilegios y con el trato preferencial que se les brindaba a todos los indios nobles. Por desgracia, no sabemos casi nada de su estancia en la Península, más que la petición formulada en febrero de 1528 para que le diesen pasaje para volverse a la isla de San Juan. El Emperador, como era de esperar dispuso que fuese encomendado a alguien "que lo trate bien y le dé de comer, a quien sirva para que lo pase allá"27. Pocos años después, concretamente en 1533, llegaron a tierras españolas los caciques don Pedro Moctezuma y don Gabriel, acompañados por dos indios de servicio tutelados por Francisco de Santillana. Ambos caciques permanecieron varios años en España, donde recibieron honores y privilegios propios de la alta nobleza española. Incluso el Rey tuvo a bien darle una importante merced, de esas que hasta ese momento estaban reservadas para los conquistadores españoles. Concretamente se les concedieron 2.000 pesos de oro a perpetuidad sobre "los indios vacas de México". EI22 de noviembre de 1540 solicitaron pasaje para volverse a Nueva España, retornando a su tierra en 154228. En mayo de 1554 se presentó en la Corte española don Francisco Tenamaztle, cacique de los pueblos de Noxtlan y Sucxipila, en Nueva Galicia, acompañado por un intérprete indio. El Emperador dejó dispuesto por una Real Cédula, dada en Valladolid el 10 de mayo de 1554 y refrendada del secretario Samano, que se abonasen al dicho indio cuatro reales diarios para su mantenimiento durante "todo el tiempo que estuviese en esta corte" a contar desde el 4 de mayo del citado año29. Y, en vista del trato recibido 26.‐ Real Cédula a los oficiales de la Casa de la Contratación, Burgos, 15 de febrero de 1528. AGI, Indiferente General 421, L. 12, fol. 299v. 27.‐Ibidem. 28.‐Mira Caballos: Indios y mestizos americanos en la España del siglo XVI. pág. 85. 29.‐ Cuentas de Ochoa de Luyando. AGI, Contaduría 1.050, fol. 420. Estando en prensa este artículo, apareció un libro en el que glosan algunos aspectos referentes a es1e cacique. Al parecer había llegado a la Corte desterrado de su cacicazgo de Jalisco y pretendía denunciar el atropello que había sufrido su 9