El brigadier D. Joaquín Clarebout á sus conciudadanos
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EL BRICADIER D. JOAQUIN CLAREBOUT" ¡A-SUS CONCIUDADANOS. 7: A $ NA 17ióN Nada hay mas doloroso para un hombre dé honor que verse en la dura necesidad de tomar la pluma para hacer la apología de sí mismo. Expulsado de mi patria, y forzado á abandonar mis hogares por una órden que infama mi nombre y delicadeza, hubiera sucumbido á tamaña desgracia á no descansar en mi inocencia. No ha sido sin embargo esta suficiente 4 ponerme á salvo de insultos y contratiempos que he sufrido en mi desgraciado viage, en que siempre me he situado en despoblado por no comprometér ni comprométerme, y jamas tendria en lo sucesivo un momento de reposo si no contase con la justicia de mi causa, que á la luz de una legislacion sabia, y ante unos jueces ilustrados, hará desaparecer hasta los mas pequeños rasgos con que se ha intentado ennegrecer mi reputacion, despues de haber expuesto mi vida muchas veces por conservarla, y cuando al cabo de una Carrera sin tacha debia suponerla á cubierto de toda siniestra censura. Me parece que mi' ca-
2 vacter franco y popular, mi modo de vivir tan conocido, mi conducta pública, las persecuciones que sufrí en-el anterior sistema, el sér un 'mayorazgo que por el actual tengo la mitad de él en libertad para poder disponer á mi arbitrio, cuya libertad es tanto mas de apreciar por carecer no solo de hijos, «sino hasta de hermanos; tener mis haciendas acotadas, poder hacer los arrendamientos con libertad , y esperar que se modifiquen las contribuciones, me evitarian el penoso caso de ponerme de propósito á manifestar 4 mis conciudadanos que el destierro y confinacion con que se me ha tratado de des- . acreditar, son un enorme agravio á mis ideas y sentimientos, y contradicen abiertamente la con- . ducta con que en todos tiempos he procurado acrisolar mi pundonor. Sa ] e Que un hombre que desde sus primeros años - hasta su edad madura ha vivido honradamente, y ha amado y servido 4 su patria con el ma- - yor desinteres degenere en sedicioso, parece tan imposible como el que no se congratule al ver preparada la felicidad de la nacion en las sabias instituciones que nos rigen. Tengo la gloria de . haber merecido: el mejor concepto del pueblo en que me he criado, y que me conoce, y la de haber obtenido en las épocas mas críticas su mas. decisiva: confianza: ¿be En las convulsiones políticas del año de 1808, viviendo como 'un ¡particular tranquilo y. pacífico ciudadano, me ofrecí gustoso á ser útil, si
3 serlo podia, y el gobierno de aquella época me puso á la cabeza de cuarenta húsares, para que á la sombra de un pueblo justamente irritado los malvados no cometiesen los excesos á que por lo.comun los lleya la: exaltacion, desconociendo la obligacion de la obediencia á las autoridades. Me felicité entonces con los amigos del bien de haberlo conseguido, y la notoriedad de este hecho me excusa de comprobarlo con documentos que en caso necesario podria presentar. Es igualmente sabido que fuí nombrado Coronel del primer regimiento de voluntarios de Sevilla, y emprendí entonces una carrera para mí nueva y desconocida, que solo podian hacerme admitir mis íntimos deseos de ser útil á mi patria, y la voz del gobierno, que no quiso acceder á mis repetidos desistimientos , juzgando que mi hombría de bien, patriotismo y desinteres suplirian con ventaja mi insuficiencia y pocos conocimientos. En muy poco tiempo de una masa de hombres informe y descompuesta, organicé un cuerpo que puse en estado de combatir, pidiendo al gobierno ir al instante al frente del :enemigo, lo que me concedió, habiendo merecido el mas ventajoso concepto, como consta: por certificaciones de generales de la mejor opinion; pero las vicisitudes de la guerra redujeron 'á este Cuerpo á casi nada de su fuerza activa. : *Imposibilitado por su cortedad de continuar en el egército; me restituí á la capital segun órdenes superiores, :é inseparable: á la * cabeza
Edil reorganizar el cuerpo, y casi sin la ins» trucción necesaria marchamos segunda vez á presentar nuestros pechos al comun enemigo, ha» biendo tenido la satisfaccion de mandar un cuer- «po tan honrado como entusiasta en varias accio= nes y. últimamente en la de Almonacid, en que sellé con mi-sangre sus glorias y las mias, é inutilizado por «una herida de. gravedad y «una grande contusion , me ví con dolor en la precision de retirarme del servicio activo. -No.he querido detallar circunstanciadamente ni las acciones de guerra en que me he hallado, ni la particularidad con que me han distingui- «lo los generales á cuyas órdenes he estado, y de quienes tengo certificaciones que me hacen mu= cho honor, teniéndolo yo muy grande en no haber aceptado desde entonces sueldo alguno de la patria, desinteres que no suele ser. comun. Despues de esta época vivia sosegadamente en el retiro de mi casa, siendo notorio al pueblo entero que distante siempre de todo cargo y empleo público no codiciaba aumentar mi fortuna, ni tenia otra ambicion que la de sostener la buena opinion de mis mayores y pasados con una conducta arreglada á las leyes de mi pais y conforme 4 las opiniones recibidas, disfrutando únicamente mis bienes patrimoniales, contentándome con haber servido con honradez y fidelidad. En estas Circunstancias fuí sorprendido en mi cama á las.doce de la noche del 15: de Febrero del año. de. 1815 y conducido á un horrendo
y calabozo, adonde aun' no se me: consideraba seguro; y me trasladaron: á otro: mas malo y de aquel á otropeor, todo pordisposicion de D. Santiago Gomez de Negrete,.que se titulaba comisionado régio. Asi permanecí 105 dias incomunicado y el modo con que se me trató podrá inferirse de que se dió órden á los oficiales de la guardia encargados de mi custodia, con pena de la vida, si permitian que alguno hablase conmigo; y despues de habérseme hecho sufrir otro mes de arresto en mi casa, al fin el gobierno declaró mi inocencia.. Quedé tan enfermo por lo incómodo y húmedo de los calabozos, “que :habiéndome llenado de dolores reumáticos en mucho tiempo no pude vestirme ni comer por mi mano , pero tuve la satisfaccion de que se me . dijera podia pedir lo que me acomodase para indemnizarme del atropellamiento é injusticia cometidos conmigo, y habiéndoseme concedido el grado de: Brigadier quedé satisfecho, y con este testimonio: seme reintegró el honor que se me habia «vulnerado , pero sin sueldo alguno, pues aunque he procurado siempre servir 4 mi patria nunca ha sido mi objeto enriquecerme, satisfecho con disfrutar solo mis propios bienes. Asi «continuaba; hasta que enarbolado el estandarte de la libertad, cimentada en el firme apoyo de una Constitucion sabia, aclamada por la nacion entera, y cuando confiado en la seguridad que ofrece á: los individuos que cumplen con la ley, me: creia ya á salyo de insultos y
6 « atropellamientos arbitrarios; se me intimó el 15 de Abril porel que interinamente despachaba el gobierno político de esta provincia, refiriéndose: 4 acuerdo del ayuntamiento, una confinacion para el Puerto de Santa María, adonde se me obligó á salir en el estrecho término de 24 horas, como:resulta de la copia del oficio N? 12 sin preceder sentencia, juicio ni acusacion, ni habérseme intimado mas causa que la de conyenir-asi 4 la tranquilidad pública y á la seguridad dé mi persona, como si la «exacta cobservancia del mismo sagrado código no afianzase “una y otra, 0 como si el amor á este no: se explicase mas bien respetándolo, que desviándose tan abiertamente de lo que en él se prescribe. A. pesar de conocer estas verdades, que estan al alcance de todo hombre, obediente á una autoridad que con arreglo á la misma Constitucion pude desconocer con facultades para decretar destierros, contesté en el mismo dia que en la mañana inmediata saldria para mi destino , soli> citando al mismo tiempo se me formase el correspondiente sumario, como resulta del oficio N? 2%, habiendo salido. de esta ciudad para el unto de mi confinacion la mañana del 16; pero habiendo llegado 4 él y presentádome á sus autoridades, me manifestó el alcalde 1? constitucional que tenia una órden superior secreta para que saliéramos de allí y fuera de la provincia de Cádiz todos los que habiamos sido destinados á ella; y habiendo: exigido de aquel go»
7 bernador militár* la: certification que «se copia con el N?.3? en testimonio dé haberme presentado 'allí, me ví precisado á volver atras y «4 situarme en una hacienda de campó término de Utrera , para donde el'alcalde me dió: el: pasaporte que se copia con el N? 4? Habiendo legado á ella en la mañana del 20 oficié lo ocurrido al Capitan general como á mi inmediato gefe, segun resulta de la copia N?- 5?, esperando allí sus órdenes; este me contestó le propusiese pueblo. donde residir en el distrito de su man-, do, con tal que fuese ádistancia igual «poco mas ú menos que el Puerto de Santa María, como resulta de la copia N? 62, y en seguida le pedí se me señalase un arresto donde permanecer seguro de no ser insultado hasta yindicar mi honor, amancillado con procedimientos tan ruidosos, Como ' aparece de la copia N? 7?, habiéndome contestado loque resulta del. 8? | mi” - A este tiempo ya habia yo experimentado en ' el Gusco toda clase de privaciones, de suerte, - que careciendo allí hasta de lo mas necesario, me .ví precisado:á suplicar se me permitiese .pasar á mi hacienda de Valparaiso, como aparece de la copia N? 9”, lo que se me otorgó por un decreto puesto 4 su margen que dice, concedido, con la media firma del actual gefe superior político.. >: 0 | Aqui esperé hasta el 8 de Mayo la resolucion mi Instancia sobre que se me formase Causa, pero no habiéndola recibido, dirigí al mismo-la
8 que se copia con el N? 10, insistiendo en el contenido de la referida, y como nada se decretase á ella, me ví en la precision de acudir al Capitan general en el 19 con la que aparece del N? 11, á que me contestó lo que resulta del 12. A pesar de su contenido no desistí de mi rez solucion, para que con arreglo á las leyes se deelarase mi delito ó mi inocencia, y volví á instar sobre ello al gefe superior político por mano del Capitan general en 1? del corriente con la solicitud que se copia con el N? 13, á la que se me contestó en el 7 lo que aparece del r4. Asi he permanecido hasta ahora abstraido del comercio público, pero no tan desvalido ni tan olvidado, que en la misma soledad del campo no haya recibido mil testimonios de la benevolencia de mis parientes, y de aquellos amigos que el hombre de bien sabe formarse en la fortuna próspera, y que no se desdeñan de consolarlo en la adversa. Impávido y sin abatimien- - to confiaba siempre en mi inocencia, y en la - calma que acompaña al que está libre de culpa. inquiria con la solicitud mas ansiosa cuál era la que se me imputaba, pero nadie la determinaba, nadie sabia el origen de mi desgracia, ni nadie conocia á mis enemigos ; cuando en la tarde del 13 se me ha devuelto la instancia original que habia remitido el 8 del anterior, y se ha señalado con el N? 10, á cuya continuacion se halla estampado un decreto que copio en seguida, para que comparándolo el pú-
29 -blico con mi constante anhelo por que se me haga justicia, con las contestaciones que se me han dado anies y despues, y con las determinaciones que han recaido sobre el punto de mi re- 'sidencia, me ahorra el trabajo de reflexionar sobre todas y cada una de las cláusulas que :contiene. Dice el referido decreto.=..Sevilla 8 de » Junio de 1821.=Cuando varios interesados de “syyLos que por la conmocion dia del 14 de Abril fue ., forzoso saliesen de esta ciudad, acudieron á este gobierno político pidiendo se les designase pues- “ayto de residencia, respecto no haberlos admitido en la provincia de Cádiz, adonde parece se les “dirigió en aquel dia, el gobierno político acor- >: dó pudieran vivir en donde mejor tuviesen por »—Conveniente sin exceptuar pueblo alguno, y de »2qui debe inferirse que no les ha impedido su »» Vuelta á esta capital. La cordura y. prudencia “le este y demas interesados les ha aconsejado “que no debian presentarse en ella por los 'jus- ¿sytos temores de que pudiera renovarse la escena coydel 14. Si tienen ya otros motivos de creer que “la opinion pueda haberse rectificado, y puesto en su favor » Y si por consiguiente les parece “que podrán vivir en la capital seguros de que _=¿no han: de servir de escándalo político, causar ¿»aAlteracion en la tranquilidad, ni ser insultados, “sel gobierno político no se opondrá 4 su vuelta »'á ella; pero tampoco se lo mandará respecto á “que no le consta ni puede constarle que me- “»tezcan «ya. la confianza de sus conciudadanos, 2
16 -cion no me es posible determinar pueblo” para residir seguro de no ser insultado y expulsado como lo he sido en el Puerto de Santa María por la injusta nota con que me 'ha manchado mi “misma patria; asi estoy en el caso de pedir la -proteccion de la autoridad que existe en V. E., “no para que' me conceda gracia que nunca pediré, sino para que hecho cargo del modo con «que he sido atropellado , y lo han sido en mí las leyes con que la Constitucion de la Monarquía -protege la seguridad del ciudadano ínterin no se declare culpable, se sirva. destinarme algun arresto en el sitio ó puesto que tenga por conve- “niente, donde seguro á lo menos de mi perma- -nencia, pueda dedicarme exclusivamente á la 'vindicacion de mi honor, que estimo mas que á “mi vida, por lo que tengo pedido á V. E. seme forme el correspondiente sumario. Dios guarde “V. E..muchos años. Hacienda del Cusco 22 de “Abril de 1821.=Excmo. Sr.—Joaquin Clarebout “y Alvizu.—Excmo. Sr. Capitan general de Ansdaluetas: 2 2.> : 7 a -N? 8? poa Capitanía general de Andalucía. = Enterado «del oficio de V. S. fecha de ayer, en el que entre -otras cosas me pide le destine algun arresto en el sitio que tenga por conveniente, donde seguro lo menos de su permanencia pueda dedicarse ex” “elasivamente á' la: vindicacion de su honor en l4 “eausa que «me tiene pedido «se le forme, deb0 «decir á V. S. que el oficio en que me hizo est?
| 17 indicacion, lo he pasado por: conductodel gefe político 'al ayuntamiento, cuya contestación deberá ser la base de todo procedimiento sobre el particular. Y entretanto, y hasta nueva prevencion mia podrá V. S. permanecer en esa hacienda del Cusco, donde segun entiendo le acomodará continuar mas bien que transferirse 4 ningun pueblo. Dios guarde á V. S. muchos años. Sevilla 23 de Abril de 1821.=Joaquin Virues.= Sr. Brigadier D. Joaquin Clarebout. | N? 9? : - Sr. gefe superior político de Sevilla. =D. Joaquin Clarebout y Alvizu, Brigadier de los egércitos nacionales, á V. S. expone se le hizo saber por el Sr. Comandante general y gefe político interino de esta provincia, se trasladase al Puerto de Santa María por haber acordado esta medida el Excmo. ayuntamiento: constitucional de Sevilla. El que expone, obedeciendo como siempre á las autoridades, emprendió su marcha, para su destino., pero no habiéndosele admitido en él, hubo de venir á la hacienda del Gusco, término de la villa de Utrera, de lo que dió parte ¿4 dicho Sr. Comandante general y recibió - órden para permanecer en ella; ha sabido que osteriormente se ha acordado que los comprendidos en la disposicion del ayuntamiento puedan tener su residencia donde elijan fuera de esa ciudad, y conviniendo al exponente trasladarse á una hacienda de su propiedad llamada Valparalso, término de Mairena del Aljarafe = Supli- . 3 ,
18 ca á V. S. se' sirva permitirle sú traslatcion en los términos acordados, lo que no dada de su rectitud. El Cusco go de Abril de 1821.=Joaquin Clarebout.=Sevilla 1? de Mayo de 1821.5 Concedido.=Eseobedo.. | | ANO! N? 10. . Sr. gefe superior político de esta provincia de Sevilla.=D. Joaquin Clarebout, Brigadier de los egércitos nacionales, 4 V. S. expone que en el dia 16 del mes pasado, cuando salió para el Puerto de Santa María en cumplimiento de la órden que recibió, dejó pedido se le formase el correspondiente sumario para vindicacion de su honor ofendido, solicitando que nada se le dispensase en la prueba á satisfaccion de los que duden de su conducta y modo de pensar y demas que se necesitase para poner en claro su proceder; y no habiendo tenido hasta esta fecha resultado, vuelve á pedir 4 V. S. apoyado en las justas leyes que rigen, se le forme el dicho sumario sin que nada se omita, pues no hay una razon para que habiendo sido atropellado tan públicamente y tan contra la Constitucion de la monarquía, se le detenga con una nota tan indebida y á primera vista tan criminal, al frente de su misma patria, en donde han sido tan notorios sus servicios como los sacrificios que ha sufrido, prescindiendo de su vida por sostener su honor, reputacion y buen nombre. Es justicia que pide y siempre pedirá á la que V. S. administra. Hacienda de: Valparaiso 8 de Mayo de 1821.=Joaquin Ularebout y Alvizu,
19 | NY 11. Excmo. Sr. Capitan general de Andalucía.—D. Joaquin de Clarebout y Alvizu, Brigadier de los egércitos nacionales, á V. E. con la atencion que debe hace presente, que con fecha 15 del pasado fue sorprendido con un oficio del Sr. Capi- - tan general en virtud de un acuerdo del ayuntamiento, para que en el término de 24 horas marchase al Puerto de Santa María, ignorando el que á V. E. representa la causa, por lo que obedeciendo la órden, marchó prontamente dejando en manos del Sr. Capitan general una solicitud para que inmediatamente se le formase causa en forma, y á satisfaccion de los que dudasen de su conducta y opinion; con fecha del 8 repitió la misma instancia por no haber habido consecuencia, del mismo modo que á esta fecha tampoco ha tenido aviso ni resultado, por lo que=Suplica á V. E. que hecho cargo de cómo estará un hombre que prefiere su honor á su vida, haga que por todos los medios posibles se le forme el correspondiente sumario, nombrándole un fiscal de la plaza que precediendo las «citaciones públicas, admita cualquiera delacion que se haga contra su proceder y opinion, pues es justicia que indudablemente espera de la que V. E. administra. Hacienda de Valparaiso 19 de. Mayo de 1821.=Excmo. Sr.=Joaquin Clarebout y Alvizu. A N? 12. - Capitanía general de Andalucía.—El Mariscal
- 29D de campo D. Joaquin Virues, mi antecesor en el mando dé ésta provincia, dió cuenta á S. M. de -la ocurrencia del 14 del próximo pasado, á que se refiere V..S. en su exposicion de 19 del actual, econ remision de una lista de las personas que fueron expulsadas de esta plaza, y se previno al referido mi antecesor en Real órden de 24 del - mes último que S. M. habia oido con sentimiento este desagradable suceso ,:y. antes de decidir sobre él, determinado oir el parecer del consejo de Estado; que es cuanto puedo decir á V. S. refiriéndome á los únicos antecedentes que hay en la secretaría de esta capitanía general para su gobierno, y en contestacion á su citado papel. Dios guarde 4 V. S. muchos años. Sevilla 23 de Mayo de 182 1.—Manuel de Velasco.=Sr. Brigadier D.Joaquin de Glarebout. € : eb . ¿Ta ONurgsinsl ná : | «Sr. gefe superior político.—D. Joaquin de Clarebout y Alvizu, Brigadier de los egércitos “nacionales, á V. S. hace presente con la atencion que debe, que en el anterior sistema padeció 105 dias de prision éincomunicacion, y un mes de arresto en su casa injustamente, y por el despotismo, como quedó probado completamente, ahora desde el dia 15 del mes de Abril se halla desterrado sin preceder sumario ni causa ni razon para ello, por lo que tiene hechas varias solicitudes para que se le forme el correspondiente sumario á satisfaccion de los que duden de su conducta y opihioñ. A V. S. cónsta lo que es el honor en el ciuda-
21 dano hombre de bien y buen militar, por lo que suplica 4 V. $. de nuevo insistiendo en que se le forme.la causa que tiene pedida desde la fecha en que recibió el oficio :para salir de Sevilla, siendo justicia que espera de la que V. S. administra. Hacienda de Valparaiso 1? deJuniode1821.= Joaquin Clarebout y Alvizu. Excmo. Sr.=Paso á manos de V. E. la adjunta representacion para el Sr. gefe superior político solicitando se me forme sumaria, siendo la 4* vez que lo pido desde el 15 del mes de Abril que fuí confinado al Puerto de Santa María, por lo que espero de la rectitud de V. E. que hecho cargo de lo que es el honor en un militar, y como mi gefe inmediato se sirva darle curso y apoyarla en cuanto séa posible para que mi Opinion no quede: vacilante. Dios guarde á-V. É. muchos años. Hacienda de Valparaiso 1? de Junio de 1821.—Excmo. Sr.=Joaquin Clarebout y Alvi zu.—Excmo. Sr. Sspier general de Andalucía: 197 INVITA) Ss Con esta fecha digo al Excmo. ayuntamiento de esta ciudad lo que sigue.=Incluyo 4 V. E. á tin de quese sirva disponer lo conveniente, la instancia que con fecha 1? del corriente me ha remitido el Brigadier D. Joaquin Clarebout , solicitando se le forme la'correspondiente causa, si ha habido mérito para sospechar de su: conducta política. Y lo traslado á Y. S. para su debido conocimiento, 4 fin de que pueda: entenderse con el mismo Excmo, . ayuntamiento —constitucio-
22 nal sobre: este “asunto. Dios guarde á V. S. muchos años. Sevilla 7 de Junio de 1821.—Ramon Luis Escobedo.=Sr. D. Joaquin Clarebout. ; N? 15. --Herecibido inserta en una representacion mia, una providencia de V. S. fecha 8 del corriente, la que de ningun modo debe entenderse conmigo, respecto á que cuando oficié al antecesor de V.S. por no haber sido admitido en el Puerto de Santa María, se me contestó por el mismo propusiese pueblo adonde irá las mismas leguas de distancia de Sevilla que el referido Puerto poco mas Ó menos, cuyo oficio tengo en mi poder con fecha: de 21 de Abril; despues se me mandó por el mismo, detenerme en la hacienda del Cusco hasta nueva órden suya, y luego en solicitud que hice 4 V. S. para venir á esta:en-que me-hallo, me puso .V. S. solamente, concedido. Nunca he solicitado ir á Sevilla, ni hubiera ido respecto á estos antecedentes, cuyos documentos existen en mi poder. Mis repetidas representaciones han sido pidiendo seme forme un sumario, sin otro objeto que el poner mi honor en claro, que no se dude de mi conducta y opinion, y que conste al pueblo si soy acreedor á vivir en la ciudad que he nacido y en la que siempre he estado bien admitido de mis conciudadanos, estando seguro de no haber dado un motivo para que de ningun modo se crea puedo yo alterar su tranquilidad. Siendo preciso á mi honor que como ha sido pública mi confinacion, sea público no has
le ber yo dado causa para ella, insisto y pido á V. $. se.me forme el sumario que tengo pretendido, seguro de que no alteraré la quietud de Sevilla, si acaso. es que la puede alterar mi presencia, «pues me es muy indiferente mi residencia Como mi honor esté bien puesto, que es lo que aun se duda segun la providencia de V.:S. Dios guarde á V. S. muchos años. Hacienda de Valparaiso 14 de Junio de 1821.=Soaquin Clarebout y Alvizu.—Sr. gefe superior político. Y | .oN?TEÓ: | € Excmo. Sr.=He recibido del Sr. gefe superior «político sin solicitarla, la siguiente providencia.= Sevilla 8 de Junio de 1821.=Cuando varios interesados de los que por la conmocion del dia 14 de Abril fue forzoso saliesen de esta ciudad, acudieron á este gobierno político pidiendo se les designase puesto de residencia: respecto no haberlos admitido en la provincia de Cádiz, á donde parece se les dirigió en aquel dia, el gobierno político acordó pudieran vivir en donde mejor tu= viesen por conveniente, sin exceptuar pueblo alguno., y/de aqui debe inferirse que no les ha impedido su vuelta á esta capital. La cordura y prudencia de este y demas interesados les ha aconsejado que no debian presentarse en ella por los Justos temores de que pudiera renovarse la esceNa del 14. Si tienen ya otros motivos de creer que la opinion. pueda haberse rectificado y puesto en su favor, y. si por consiguiente les parece que“podrán vivir en la capital seguros de que no han de
servir de escándalo político, causar alteracion en la tranquilidad, ni ser insultados; el gobierno político no se opondrá á su vuelta á ella, pero tampoco se lo mandará, respecto á que no le consta ni puede constarle que merezcan ya la confianza . de sus conciudadanos, ni que por consiguiente la opinion haya mejorado con respecto á sus personas, Asi que este interesado y los demas que se hallen en su caso pueden venir ó no á esta ciudad segun les aconseje su prudencia y discrecion , en el concepto de que si volvieren, el gobierno político les dispensará la proteccion que prescriben las leyes. =Y como nunca he pretendido ir á Sevilla, y todas mis solicitudes se han dirigido á que se me forme sumario, he de merecer á V. E. como mi principal gefe inmediato, que pasando el adjunto oficio al Sr. gefe político, inste para que se verifique mi soliticitud , tomando todos los conocimientos que juzgue oportunos, pues de otro modo no puede -sosegar un hombre de bien que siempre ha cumplido las obligaciones de un buen ciudadano y de un buen militar, por lo que mi honor ofendido exige sea pública mi vindicacion , asi como lo ha sido mi destierro. Dios guarde á V. E. muchos años. Hacienda de Valparaiso 14 de Junio de 1821.=Excmo. Sr.=Joaquin Clarebout y Alvizu.=Excmo. Sr. Capitan general de Andalucía. SEVILLA | IMPRENTA DE DON BARTOLOMÉ CARO HERNANDEZ: 192L |