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Sociedad Curativa de la Fábrica de Tabacos de Sevilla

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>yV ¿fJ DONACION MONTOTC* SOCIEDAD CUEATIYA DE LA. FÁBRICA DE TABACOS BE SEVILLA. SEVILLA. Imp. de Gironés ¥OrduSa, Lagar 3. 1870. .. .\J.J i\£1 l.i¿iu. -1ii i i\* ' I .AU.'A- -. ' , La idea Asociación es universal, imperecedera, de utilidad tan reconocida, que el hombre, la familia, la humanidad entera la buscan afanosa desde el principio de los tiempos. Para obtener do ella resultados loables, preciso se hace que los asociados ácualquier fin de la vida cumplan con exactitud sus deberes para exigir en justicia sus derechos; caminen áun solo fin, el bien colectivo, ypospongan el individual ante el criterio de la razón social. También es indispensable que los obligados por cualquier concepto con la sociedad llenen con puntualidad sus compromisos, ytodos, sin salirse de la esfera en que los coloque su representación, é 4— imprima el cargo que ejerzan, aunar ásu engrandecimiento yprosperidad. Inculcados en sagrados principios de equidad, moralidad yjusticiaremos pem sado crear una Asociación médicó-faiv macéutica, cuyo constante anhelo yteiw dencia final es proporcionar álos asociados, con economía tal que raya en mezquindad, los elementos precisos yne-? cesarios ácombatir la principal de las, calamidades que pueden afligirles, la en-? fermedad. De todo punto es necesario que el número de suscritos sea bastante áremunerar el trabajo de los profesores médicos yfarmacéuticos yel valor de los medicamentos, yambos podrán satisfacerse, si no con exorbitancia, con moderación, cuando los asociados sean no pocos, pues es de suponer que todos no estarán enfermos al mismo tiempo; los que desgraciadamente lo estén en razón proporcjonal al total de inscritos yéstop no enfermos pagan con su cuota redupída el valor legítimo del trabajo ymoi dicinas que se empleen todos los dias En tal concepto, nos acercamos al Sr. Administrador de esa Fábrica que, con el buen criterio éinstrucción que le distingue, se hizo cargo del pensamiento yencontró beneficioso álos intereses de los que bajo su dirección se dedican al trabajo, le aceptó en todas sus partes y brindó, con sin igual galantería, un loca! dentro del Establecimiento para asistir todos los dias de doce ádos déla tarde, el facultativo de la Sociedad, al suscritor que lo desee, asegurando de ese modo suspicaz el exacto cumplimiento por parte de aquél, con lo que garantiza el derecho de sus administrados. También autorizó la creación de un provisto botiquin dentro del propio local, para de ese modo evitar molestias álas enfermas yfacilitarles la inmediata administración de medicamentos que no exijan composición oficinal, pues los que tal hagan preciso, les llevarán de la farmacia que tendrá la sociedad ólas que se creen ámedida que sus filas vayan —O— engrosándose, pues cuantas necesidades engendre otras tantas serán cubiertas inmediatamente, supuesto áser de utilidad para todos que el buen crédito de ella (del que dependerá el de los profesores) se extienda ygeneralice. Los fundadores de esta Asociación se dan por satisfechos con una pequeñez, relativamente al trabajo que sobre ellos pesará, pero anhelando únicamente crearse la reputación ybuen nombre que da el trabajo en el estudio ypráctica de cualquier profesión, sacian este deseo haciéndose pagar con moderación ysin lucro de ninguna especie. Asimple vista no se comprende, cómo por la ínfima cantidad de ‘24 rs. al año, puedan proporcionarse ácualquier persona dos elementos que se pagan triple ó cuadruplicado al padecer la más leve indisposición; pero fijándose un poco la razón se encuentra fácilmente, ella está en la asociación. Tan es así, que si algún otro úotros quisieran llevarle . á efecto sin ese elemento de sociedad ó —7— número crecido, se encontrarian chasqueados por el descrédito que igualas tan pequeñas llevan al más afamado práctico, ypor la nó remuneración de su trabajo. De lo expuesto se deduce, que si los profesores se brindan állevar á cabo pensamiento tan lucrativo álos asociados, es porque su trabajo será legítimamente pagado por aquellos de los suscritos que afortunadamente no necesiten de sus servicios, que podrán decir llenos de satisfacción: Hoy por tí, mañana por mí. La mayor seguridad que se puede ofrecer al exacto cumplimiento de este proyecto ydisposiciones que le rijan, es ponerle bajo los auspicios ypatrocinio del Sr. Administrador de la Fábrica, que por las altas dotes de probidad yjusticia ylas patentes pruebas de cariño éinterés hácia todos, es la mejor de las garantías. En su virtud, la Sociedad curativa de la Fabrica de Tabacos de Sevilla, que se constituye, se regirá por el siguiente _14 — por la botica sin objeciones ni excusas de ningún género. Art. 14. Es obligación del facultativo de la Sociedad asistir todos los dias de doce ádos de la tarde ála consulta ycuraciones en el local que se le señale en la Fábrica. Art. 15. Le es asimismo obligatorio hacer el número de visitas ádomicilio cuando el caso las exija, yjuzgue prudente al buen resultado de la curación, que tanto interesa ásu reputación yfama. Art. 16. También es deber del facultativo autorizar las fórmulas que extiendan otros de sus compañeros, que por amistad, conocimiento úotra cualquier circunstancia asistan álos Socios, para que éstos puedan exigir: su despacho de los farmacéuticos de la Sociedad. Art. 47. Es deber del farmacéutico ó farmacéuticos que tenga la Asociación, despachar todas cuantas prescripciones emanen de los facultativos. Art. 18. También es de su deber tener surtido convenientemente el botiquín que exista en la Fábrica, yponer un dependiente durante las horas de consulta, que despache todo aquello que se le ordene, para de este modo facilitar la adquisición del medicamento álos asociados. Art. 19. Es de cuenta ycargo del farmacéutico, autorizar los vales de leche, cerveza yvino que exijan los enfermos yse les prescríban por el facultativo. Art. 20. El practicante de la Sociedad está encargado, de aplicar ycurar sangrías, sanguijuelas, cáusticos yventosas, extracción de huesos de la boca yde todo aquello anexo ásu profesión, que se ordene por los médicos. Art. 21. El Sr. Presidente de la Asociación hará cumplir en todas sus partes el presente Reglamento, resolviendo, en unión álos profesores en Medicina yFarmacia yálas personas que estime conducente, cuantas dudas ocurran en su aplicación. * - fV '' '-• 1 •1 *