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A ; l Acuerdo de esta Audiencia \se ha dado menta de la Real orden que sigue: El Sr. Secretario interino del Despacho de Hacienda con fecha 4 del actual me dice lo - queasigue.=Al Sr. Di rector general de Aduanas y Resguardos comunico con esta fecha la Real orden siguiente,=E1 Rey se ha ente rado de la exposición de :;V. E. de 26 de Octubre últi mo y de la que le dirigió, el Intendente de Cádiz con no ticia del resultado de la causa formada sobre la detención de la Goleta Inglesa Aurora por el Corsario particular de Málaga la Cigüeña, que se halló fondeada en la Costa entre Rota y Puerto de Sta. María; tfansijiéndose apre sados y apresadores mientras lá ausencia del Intendente, recayendo auto de devolución del cargamento con pago de costas por las partes de por mitad, cumplimentándo se el mismo auto por las oficinas de la Aduana , sin no ticia de la Intendencia, y reembarcándose aquel con ace leración , por ío cual y por otras circunstancias se sospe cha haber sidov desembarcado fraudalentamente.=En su vis ta y con el fin de evitar ía repetición de las particulari dades que han mediado en este asunto, se ha servido re solver S. M. que aun cuando los armadores de Corsarios que se ejerciten en la persecución del contrabando, ten gan acción á practicar sus gestiones en los Tribunales, de ningún modo debe esta debilitar la de la Hacienda públi ca para el seguimiento de los espedientes reclamando los comisos, cualquiera que sea la jestion que dichos armado res hagan en favor de los aprendidos, procediendo el Fis cal conforme á las leyes , tanto en el curso de las cau sas en los juzgados de primera instancia como en las ape laciones á los tribunales territoriales que de las sentencias que prevengan la devolución de mercaderías detenidas y depositadas en las aduanas, se dé conocimiento á los In tendentes , para que comuniquen á los gefes de ellas la disposición conveniente para realizar las entregas ó para promover las gestiones que estuviesen al alcanze de su au toridad con arreglo á órdenes ; y por último, que se en cargue el puntual y exacto cumplimiento del artículo 14 C COI 061 rM
Cortes de i3 de Septiembre de i8i3, en los jueces y tribunales á los Inten* icias estimen, y de la resolución tamfecha en 14 de Mayo de este año, en los Administradores son parte y deben en las causas en que se interese la Haque aunque las nuevas instituciones han en el ramo de hacienda, no han altera* iniciar, ni excluido á sus representar en las causas á su favor , por ser ese á la naturaleza de sus destinos y ha las instrucciones vijentes en este pun en el art.° 68 cap.0 6. de la de ren de 1816 que no ha sido derogada.=De ido á V. S para conocimiento de esa que corresponda,=Dios guarde á V. adrid 14 de Diciembre de i82i.=Vicen- . Regenre de la Audiencia de Granada. ha mandado guardar y cumplir y que :orno lo hago para su puntual y debido > aviso del recibo por mano del Sr. iencia. V. muchos años. Granada y Diciembre D. Manuel María Segura.
del Decreto de las Cortes de i3 de Septiembre de i8i3, que previene faciliten los jueces y tribunales á los Inten dentes cuantas noticias estimen , y de la resolución tam bién de las Cortes fecha en 14 de Mayo de este año, en que se declara que los Administradores son parte y deben ser tenidos por tal en las causas en que se interese la Ha cienda pública, porque aunque las nuevas instituciones han variado los jueces en el ramo de hacienda, no han altera* do el modo de enjuiciar, ni excluido á sus representan tes de tomar parte en las causas á su favor , por ser es ta facultad inherente á la naturaleza de sus destinos y ha llarse prevenida en las instrucciones vijentes en este pun to , especialmente en el art.° 68 cap.0 6. de la de ren tas de í6 de Abril de 1816 que no ha sido derogada.=De Real orden lo traslado á V. S para conocimiento de esa Audiencia y demas que corresponda.=Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid 14 de Diciembre de i82i.=Vicente Cano Marauel.=Sr. Regente de la Audiencia de Granada. En su vista se ha mandado guardar y cumplir y que se traslade á V. como lo hago para su puntual y debido cumplimiento , dando aviso del recibo por mano del Sr. Regente de la Audiencia. . Dios guarde á V. muchos arios. Granada y Diciembre 33 de 1821. ' D. Manuel María Segura. ru > nóio; ■ - 1) fj .. oír;' ; oí'! ■ ..1; fei.il ¡rj gfcb23i”- . C ■ íjpi.fii.i'fn cu o u". q e \ji ¿vir.5: í - ;i? í) ííí3 V .:.c -0 ncóiRQf¡K-i.} : :>r:oii".or, c;,¡ i9 7S c D o *.*a . 1 " t r • : s->ík>D'u> f; oímstís neo dgdi'íoí Sr. Juez de primera instancia del partido de 4