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Andrés Miguel COSIALLS UBACH I. Introducción El hambre como instrumento de guerra ha reaparecido en los conflictos contemporáneos con una sistematicidad que recuerda las etapas más oscuras del siglo XX. En Yemen, Siria, Tigray o Ucrania, la inanición ha sido empleada como método para quebrar la resistencia de poblaciones sitiadas, destruir su tejido social y forzarlas al desplazamiento. No se trata de un daño colateral ni de un efecto indirecto de la guerra moderna, sino de una estrategia deliberada. El Derecho Internacional Humanitario (DIH) la reconoce como una de las formas más graves de violación de las leyes de la guerra. El artículo 54.1 del Protocolo adicional I de 1977 (PA I) establece categóricamente que “Starvation of civilians as a method of warfare is prohibited”. Esta prohibición representa una cristalización normativa de un principio más antiguo: la guerra no puede tener por objetivo destruir la subsistencia del enemigo, ni menos aún, someter por hambre a quienes no participan directamente en las hostilidades. La línea que separa el combate legítimo del crimen de guerra se traza, en este contexto, en el umbral donde la estrategia militar se convierte en castigo civil. II. Génesis y consolidación normativa de la prohibición La proscripción de la inanición como método bélico no surge ex nihilo. Su genealogía jurídica hunde sus raíces en el derecho de La Haya, particularmente en la noción, ya formulada en San Petersburgo en 1868, de que el progreso de la civilización debía “alleviate as much as possible the calamities of war” y que “the only legitimate object which States should endeavour to accomplish during war is to weaken the military forces of the enemy” (Kalshoven & Zegveld, 2012, p. 9). Esta concepción restringía la violencia bélica a fines puramente militares y declaraba contrario a las leyes de la humanidad todo acto que “uselessly aggravate the sufferings of disabled men, or render their death inevitable”. Esa máxima humanitaria guió el tránsito desde las convenciones de La Haya (1899 y 1907) hasta los Convenios de Ginebra de 1949, y se codificó definitivamente con los Protocolos de 1977. Como explica Kalshoven y Zegveld, el objetivo fue “to reaffirm that all parties to an international armed conflict are obliged mutually to observe the rules of humanitarian law, no matter which party is regarded, or regards itself, as the attacker or the defender” (Kalshoven & Zegveld, 2012 p. 83). El artículo 54 del PA I se erige como una de las disposiciones más progresivas del derecho convencional moderno. En su párrafo primero prohíbe el hambre como método de guerra, y en el segundo amplía la protección a los bienes indispensables para la supervivencia civil: “It is prohibited to attack, destroy, remove or render useless objects indispensable to the survival of the civilian population, such as foodstuffs, agricultural areas for the production of foodstuffs, crops, livestock, drinking water installations and supplies and irrigation works”. Añade Dinstein a la literalidad del artículo 54.2 del Protocolo Adicional I, que “Drinking water installations encompass water reservoirs, wells and pumps. Arguably, the protection extends also to ‘electricity-generating plants that supply the power necessary for the purification and pumping of drinking water’ (without which the drinking water installations cannot function).” (Dinstein, 2022, p. 289, 1779). En el mismo sentido se pronuncian Shue y Wippman, al señalar que “[a]ttacks on power plants that supply both military and civilian needs may result in the loss of electricity used to purify water, treat sewage, run hospitals, and otherwise sustain civilian life, with grave repercussions for public health” (Shue and Wippman, 2002, p. 568). El comentario de Pilloud y Pictet al Protocolo I aclara que esta protección la lista del artículo 54(2) “is not exhaustive” (Pilloud y Pictet, 1987, pp. 651, 655). En consecuencia, la norma cubre todo aquello cuya destrucción podría provocar inanición o impedir la supervivencia digna de la población. El artículo 54(5), por su parte, admite una excepción limitada en caso de defensa del territorio nacional ante una invasión, siempre bajo “imperative military necessity” y exclusivamente en la parte del territorio bajo control propio. Tal como precisan Kalshoven y Solf, esta cláusula “condones recourse to ‘scorched earth’ measures […] but solely when the area affected belongs to the Belligerent Party and is under its control” (Dinstein, 2022, p. 290). Se trata, por tanto, de una autorización residual, incompatible con el uso del hambre como estrategia ofensiva. III. La tipificación penal internacional: del DIH al Estatuto de Roma La consolidación de la prohibición alcanzó rango penal con el artículo 8(2)(b)(xxv) del Estatuto de Roma, que tipifica como crimen de guerra “intentionally using starvation of civilians as a method of warfare by depriving them of objects indispensable to their survival, including wilfully impeding relief supplies”. La fórmula combina el verbo rector “intentionally using” con la acción de “depriving”, subrayando la exigencia de dolo específico: la privación debe ser deliberada y con la finalidad de causar hambre. El Eritrea–Ethiopia Claims Commission reconoció ya en 2005 que “the provisions of Article 54 that prohibit attack against drinking water installations and supplies […] had become part of customary El uso del hambre como arma de guerra: Una aproximación jurídica a las responsabilidades PÁGINA 45 BOLETÍN CODESEL VOLUMEN 1, Nº 5 PÁGINA 45 BOLETÍN CODESEL VOLUMEN 1, Nº 5 PÁGINA 45 BOLETÍN CODESEL VOLUMEN 1, Nº 5 ISSN-e: 3045-7750. ISSN-e: 3045-7750. Octubre 2025 Octubre 2025
international humanitarian law by 1999” (Eritrea–Ethiopia Claims Commission, Partial Award, Western Front, Aerial Bombardment and Related Claims, Eritrea’s Claims 416 (2006)). La naturaleza consuetudinaria refuerza su carácter universal, aplicable incluso a Estados no parte del Estatuto de Roma o del Protocolo I. Los Elements of Crimes de la CPI precisan los componentes probatorios: (1) que el perpetrador privó a civiles de bienes indispensables; (2) que actuó intencionalmente para usar el hambre como método; (3) que la conducta tuvo lugar en el contexto de un conflicto armado; y (4) que el autor conocía la condición civil de las víctimas. El artículo exige además que la acción sea as a method of warfare, lo que excluye situaciones de negligencia o colapso humanitario incidental. Autores como Akande y Gillard destacan que, “[h]owever, it is not necessary for death to occur. Indeed, deprivation of food unto death is very rare even during famines, where the proximate cause of death is usually infectious disease” (Akande y Gillard, 2019, p. 761, nota 27). Así, el crimen no requiere demostrar muertes, sino la intención de provocar sufrimiento alimentario como instrumento bélico. IV. El marco operativo: el hambre como táctica de asedio La práctica contemporánea revela una tendencia creciente a emplear el hambre como componente de los asedios prolongados. En Siria, el Independent International Commission of Inquiry describió la táctica de “encircle, starve, surrender, evacuate”, utilizada por fuerzas gubernamentales y grupos armados en ciudades como Madaya o Ghouta, donde la denegación de alimentos y medicinas constituyó una política de rendición forzada (OHCHR, 2018, p. 5). En Yemen, el Panel de Expertos del Consejo de Seguridad documentó la destrucción deliberada de infraestructuras portuarias, el bloqueo de rutas y la obstrucción sistemática de la ayuda humanitaria, señalando que “the conflict parties have used starvation as a method of warfare, including by impeding humanitarian access and destroying food-related infrastructure” (UN Panel of Experts, 2021). Y en Ucrania, el informe “The Hope Left Us” (Global Rights Compliance, 2024, p. 8) sobre el asedio de Mariúpol concluyó que “during the first week of the invasion, depriving women, men, and children of heat, potable water, and access to information, which residents described as a harrowing situation that forced them to both drain defunct heating systems and melt snow to fashion potable water.”. Estos informes integran matrices de prueba basadas en análisis satelitales, temperaturas, cortes eléctricos y tasas de mortalidad, que configuran un corpus forense aplicable ante la CPI. V. Responsabilidad internacional y prueba del dolo específico El principal desafío en la persecución penal del crimen de hambre reside en probar la intencionalidad (mens rea). No basta acreditar el efecto de hambre o la existencia de escasez alimentaria. Es preciso demostrar un patrón de conducta deliberado, sostenido y coherente con un propósito de coerción. Como señala Boothby, “the conduct of modern military operations, including targeting and the execution of attacks, is a challengingly complex undertaking […] a failure of any one system can prejudice the successful completion of the military task” (Boothby, 2012, p. 540). En este sentido, la complejidad técnica de la guerra moderna exige diferenciar entre errores operacionales y políticas de inanición deliberada. Para los fiscales internacionales, la prueba del dolo se construye a partir de tres ejes: (1) la existencia de órdenes o discursos públicos que equiparan el hambre con un instrumento de victoria; (2) la repetición de ataques o bloqueos sobre bienes de sustento civil; y (3) la ausencia de medidas de mitigación o de apertura de corredores humanitarios. Cuando estas condiciones concurren, el elemento subjetivo se infiere del conjunto de la conducta, sin necesidad de una orden escrita explícita. Luciano señala que la jurisprudencia internacional ofrece un marco interpretativo sólido para inferir el dolo en los crímenes de inanición, al considerar que la intención puede deducirse del carácter organizado, persistente y consciente de la conducta. Para ello, recurre al ICTR en Prosecutor v. Akayesu (1998, para. 580) y Prosecutor v. Musema (2000, para. 204), donde se define que un ataque es “widespread” o “systematic” cuando adopta una escala masiva y responde a una política estructurada, lo que permite inferir la deliberación en la comisión de los actos. Luciano cita después al ICTY en Prosecutor v. Blaškić (2000, para. 200), destacando que la existencia de un plan político o militar, la implicación de autoridades de alto nivel y la continuidad de actos inhumanos bastan para acreditar la intención criminal. Finalmente, incorpora la jurisprudencia de la Corte Penal Internacional en la Situation in the Republic of Kenya (ICC-01/09-19-Corr, 2010, para. 89), que establece que el acusado no necesita conocer todos los detalles de la política estatal, siendo suficiente con que “intended to further such an attack.” De este modo, Luciano concluye que la intencionalidad en los crímenes de hambre se infiere de la coherencia entre política, conducta y conocimiento de las consecuencias, aplicando a la privación alimentaria los mismos criterios de dolo desarrollados en la jurisprudencia sobre crímenes de lesa humanidad (Luciano, 2023, p. 284–320). VI. La Resolución 2417 (2018): el puente entre seguridad y desarrollo La adopción unánime de la Resolución 2417 (2018) por el Consejo de Seguridad representa un hito en la integración del DIH y la seguridad alimentaria dentro de la arquitectura de la paz y el desarrollo sostenibles. El texto condena “Strongly condemns the unlawful denial of humanitarian access and depriving civilians of objects indispensable to their survival, including wilfully PÁGINA 46 BOLETÍN CODESEL VOLUMEN 1, Nº 5 PÁGINA 46 BOLETÍN CODESEL VOLUMEN 1, Nº 5 PÁGINA 46 BOLETÍN CODESEL VOLUMEN 1, Nº 5 ISSN-e: 3045-7750. ISSN-e: 3045-7750. Octubre 2025
impeding relief supply and access for responses to conflict-induced food insecurity in situations of armed conflict, which may constitute a violation of international humanitarian law”. Asimismo, solicita al Secretario General que alerte al Consejo cuando exista riesgo de inseguridad alimentaria derivada de conflictos. En este sentido, la política internacional de sanciones ha comenzado a incorporar la obstrucción de la ayuda alimentaria como criterio de designación individual. La Unión Europea, Estados Unidos y el Reino Unido han adoptado sanciones específicas contra individuos y entidades responsables de bloquear convoyes humanitarios o destruir instalaciones agrícolas, aplicando el principio de responsabilidad individual previsto en la Resolución 2417. VII. La dimensión operativa: obligaciones de precaución y diligencia El DIH no solo prohíbe el uso del hambre, sino que impone un deber positivo de prevención. El artículo 57 del Protocolo I obliga a tomar precauciones en la conducción de ataques, y el artículo 58 impone medidas de protección para la población civil, entre ellas la separación de objetivos militares de bienes indispensables. Boothby señala que “the rule of distinction requires that military operations shall only be directed against military objectives… indiscriminate attacks are prohibited” (Boothby, 2012, p. 406). Aplicado al contexto alimentario, ello implica una obligación operacional de distinguir entre objetivos militares y bienes de subsistencia civil. La destrucción de puentes, silos o plantas de energía que abastecen sistemas de riego debe ser evaluada bajo el prisma de la proporcionalidad y la precaución. El Manual británico de Derecho de los Conflictos Armados, citado por Dinstein, advierte que las operaciones destinadas a “cutting off enemy supply routes” solo serán lícitas si no se espera que causen hambre civil excesiva; de lo contrario, violan tanto el principio de proporcionalidad como la obligación de proteger los bienes indispensables para la supervivencia (Dinstein, 2022, 290). VIII. Conclusiones El hambre utilizada como arma constituye una agresión contra la esencia misma del Derecho Internacional Humanitario. No es un efecto inevitable de la guerra moderna, sino una violación consciente de la línea moral que separa la estrategia militar legítima de la barbarie. La prohibición establecida en el artículo 54 del Protocolo I y en el Estatuto de Roma ha evolucionado desde su dimensión normativa hacia una exigencia operativa y ética. La jurisprudencia, la práctica estatal y la acción de Naciones Unidas confluyen en un mismo principio: ningún objetivo militar justifica el hambre de los civiles. La protección de los bienes indispensables para la supervivencia humana —agua, alimentos, cultivos, energía— debe integrarse en la planificación táctica y estratégica de todas las operaciones militares. Al mismo tiempo, la comunidad internacional debe fortalecer los mecanismos de alerta temprana, sanción selectiva y documentación forense para impedir que el hambre siga siendo una herramienta de guerra impune. La guerra que destruye los medios de vida destruye también la legitimidad de quien la libra. Por ello, el desafío del siglo XXI no es solo garantizar el respeto formal al artículo 54, sino traducirlo en una cultura operacional de humanidad que devuelva al derecho su función originaria: limitar la violencia incluso en la guerra. REFERENCIAS xAKANDE, Dapo, and E.-C. 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