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Aprovechar las oportunidades de la economía de plataformas digitales mediante la libertad sindical y la negociación colectiva

Hadwiger, Felix

Abstract

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Full text

Hadwiger, Felix Working Paper Aprovechar las oportunidades de la economía de plataformas digitales mediante la libertad sindical y la negociación colectiva ILO Working Paper, No. 80 Provided in Cooperation with: International Labour Organization (ILO), Geneva Suggested Citation: Hadwiger, Felix (2023) : Aprovechar las oportunidades de la economía de plataformas digitales mediante la libertad sindical y la negociación colectiva, ILO Working Paper, No. 80, ISBN 978-92-2-038484-8, International Labour Organization (ILO), Geneva, https://doi.org/10.54394/IMTQ2450 This Version is available at: https://hdl.handle.net/10419/278320 Standard-Nutzungsbedingungen: Die Dokumente auf EconStor dürfen zu eigenen wissenschaftlichen Zwecken und zum Privatgebrauch gespeichert und kopiert werden. Sie dürfen die Dokumente nicht für öffentliche oder kommerzielle Zwecke vervielfältigen, öffentlich ausstellen, öffentlich zugänglich machen, vertreiben oder anderweitig nutzen. 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If the documents have been made available under an Open Content Licence (especially Creative Commons Licences), you may exercise further usage rights as specified in the indicated licence. https://creativecommons.org/licenses/by/3.0/igo/ XAprovechar las oportunidades de la economía de plataformas digitales mediante la libertad sindical y la negociación colectiva Autor / Felix Hadwiger Febrero / 2023 Documento de Trabajo de la OIT 80 Copyright © Organización Internacional del Trabajo 2023 Esta es una obra de acceso abierto distribuida bajo la licencia Creative Commons Atribución 3.0 Organizaciones intergubernamentales (https://creativecommons.org/licenses/by/3.0/igo/deed.es). Los usuarios pueden reproducir, distribuir, adaptar y desarrollar el contenido de la obra original, incluso con fines comerciales, con - forme a los términos de la licencia mencionada. La OIT debe ser claramente reconocida como titular de la obra original. Los usuarios no están autorizados a reproducir el logo de la OIT en sus obras Traducciones: En caso de que se traduzca la presente obra, deberá añadirse, además de la atribución de la titularidad, el siguiente descargo de responsabilidad:La presente traducción no es obra de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ni debe considerarse una traducción oficial de la OIT. La OIT no se hace responsable del contenido ni de la exactitud de la traducción. Adaptaciones: En caso de que se adapte la presente obra, deberá añadirse, además de la atribución de la titularidad, el siguiente descargo de responsabilidad: La presente publicación es una adaptación de una obra original de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Las opiniones y puntos de vista expresados en esta adaptación son responsabilidad exclusiva de su autor o autores, y en ningún caso de la OIT. Esta licencia CC no se aplica a los materiales protegidos por derechos de autor incluidos en esta publicación que no son pertenecientes a la OIT. Si el material se atribuye a una tercera parte, la parte que utilice dicho material será la única responsable de obtener las autorizaciones necesarias por parte del titular de los derechos. Todas las consultas sobre derechos y licencias deberán dirigirse a la Unidad de Publicaciones de la OIT (Derechos de autor y licencias), CH-1211 Ginebra 22 (Suiza) o por correo electrónico a [email protected]. ISBN: 9789220384831 (print) ISBN: 9789220384848 (web-pdf) ISBN: 9789220384855 (epub) ISBN: 9789220384862 (mobi) ISBN: 9789220384879 (html) ISSN: 2708-3446 https://doi.org/10.54394/IMTQ2450 Las denominaciones empleadas en las publicaciones de la OIT, que están en concordancia con la práctica seguida en las Naciones Unidas, y la forma en que aparecen presentados los datos no implican juicio alguno por parte de la OIT sobre la condición jurídica de ninguno de los países, zonas o territorios citados o de sus autoridades, ni respecto de la delimitación de sus fronteras. La responsabilidad de las opiniones expresadas en los artículos, estudios y otras colaboraciones firmados incumbe exclusivamente a sus autores, y su publicación no significa que la OIT las suscriba. Las referencias a firmas o a procesos o productos comerciales no implican aprobación alguna por la OIT, y el hecho de que no se mencionen firmas o procesos o productos comerciales no implica desaprobación alguna. Los documentos de trabajo de la OIT presentan un resumen de los resultados de las investigaciones en curso de la OIT y su objetivo es estimular el debate sobre una serie de cuestiones relacionadas con el mundo del trabajo. Les agradecemos que remitan sus comentarios sobre el presente documento a [email protected]. Autorización para la publicación: Philippe Marcadent Los documentos de trabajo de la OIT pueden consultarse en: https://www.ilo.org/global/publications/working-papers/lang--es 01 Documento de Trabajo de la OIT 80 Resumen En el presente estudio se aportan datos empíricos obtenidos en diferentes regiones del mundo con el fin de determinar las vías de acceso de los trabajadores de la economía de plataformas digitales a la libertad de asociación y la libertad sindical y a la negociación colectiva. Los datos indican que la manifestación de protestas colectivas, la creación de nuevas organizaciones y plataformas de trabajadores, el diálogo social y, en cierta medida, la negociación colectiva son fenómenos presentes en el marco de las plataformas digitales. Las experiencias in situ descritas en este estudio ponen de manifiesto la existencia de fórmulas viables y de una demanda propicia para crear un entorno aún más favorable a la libertad de asociación y la libertad sindical y a la negociación colectiva, en el cual los trabajadores y los empleadores puedan aprovechar las oportunidades que les brinda la economía de plataformas. Sobre el autor Felix Hadwiger ha dedicado más de diez años a la investigación aplicada en el campo del diálogo social y las relaciones laborales. De 2019 a 2022 ha trabajado en el Servicio de Mercados Laborales Inclusivos, Relaciones Laborales y Condiciones de Trabajo (INWORK) de la OIT y desde 2022 es asesor de un diputado del Parlamento alemán. Es doctor en Derecho por la Universidad de Hamburgo (Alemania) y obtuvo un máster en Derecho y Economía por la Universidad de Hamburgo (Alemania) y la Universidad de Bolonia (Italia). 02 Documento de Trabajo de la OIT 80 Resumen 01 Sobre el autor 01 XIntroducción 08 Objeto de estudio: la libertad de asociación y la libertad sindical y la negociación colectiva en la economía de plataformas 08 Diversidad de la incipiente economía de plataformas digitales 09 Acceso a la libertad de asociación y la libertad sindical y al reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva 11 Enfoque de la investigación y principales resultados 13 X1 ¿Por qué motivos y de qué forma se organizan colectivamente los trabajadores de plataformas? Descripción empírica 15 Principales resultados 15 Motivaciones para asociarse con otros trabajadores y afiliarse a diversos tipos de grupos para mejorar las condiciones de trabajo en las plataformas digitales de trabajo basadas en la geolocalización 17 Resultado 1: Los trabajadores de plataformas de geolocalización no suelen conocer las organizaciones sindicales 18 Resultado 2: Los conductores y repartidores que trabajan mediante aplicaciones recurren a distintos grupos de medios sociales para asociarse con la motivación de mejorar sus condiciones de trabajo 19 Resultado 3: Los conductores y repartidores de los servicios por aplicaciones participan con menor frecuencia en acciones colectivas coordinadas que los taxistas y repartidores tradicionales 22 Resultado 4: Algunos conductores y repartidores tradicionales y de plataformas basadas en aplicaciones señalan factores que los disuaden o los han disuadido de participar en acciones colectivas coordinadas o de afiliarse a asociaciones de trabajadores o a grupos que representen sus intereses 24 Motivación para comunicarse con otros trabajadores de plataformas web de trabajo en línea 25 X2 Iniciativas de las organizaciones de empleadores y trabajadores y autoorganización de los trabajadores en la economía de plataformas 27 Principales resultados 27 Iniciativas de organizaciones de trabajadores en la economía de plataformas 29 Establecer la organización de los trabajadores en la economía de plataformas 29 Manifestaciones, huelgas y desconexiones colectivas de trabajadores en la economía de plataformas 38 Litigios y promoción pública 46 Iniciativas de plataformas digitales de trabajo, trabajadores autónomos de plataformas que crean organizaciones empresariales y actividades de promoción impulsadas por las organizaciones de empleadores 51 Índice 03 Documento de Trabajo de la OIT 80 X3 La negociación colectiva en la economía de plataformas 57 Principales resultados 57 Características de los convenios aplicables a las plataformas digitales de trabajo basadas en la geolocalización 60 Carácter experimental 60 Predominio de los convenios en el sector del reparto de comidas y en Europa 61 La mayoría de los convenios colectivos en la economía de plataformas son muy recientes 62 Los convenios colectivos son mayoritariamente de ámbito empresarial y están suscritos por las empresas de plataformas a título individual 62 Análisis del contenido de los convenios colectivos en la economía de plataformas 64 En Dinamarca y Suecia, las empresas de plataformas aplican convenios colectivos negociados para el trabajo temporal a través de agencias 70 ¿Convenios colectivos para los trabajadores por cuenta propia en la economía de plataformas? 71 Diálogo social sobre las plataformas web en línea 74 Transparencia de los algoritmos utilizados para la gestión de las actividades y el trabajo: la función de los sindicatos y representantes de los trabajadores 75 Tendencias de la negociación colectiva en la economía de plataformas basadas en la geolocalización 77 Observación 1: los cambios normativos y judiciales y las condiciones del mercado pueden estimular la concertación de convenios colectivos 78 Observación 2: tendencia a formular convenios más complejos y detallados y experimentación de ámbito sectorial 79 Observación 3: Los sindicatos o las empresas de plataformas pueden impulsar la negociación de convenios colectivos 80 Observación 4: tendencia de las plataformas internacionales a «exportar experiencias de negociación colectiva» de un país a otro 80 Efectos de los convenios colectivos que dan cobertura a las plataformas digitales de trabajo 81 XConclusión 83 En la economía de plataformas digitales surgen organizaciones de trabajadores, procesos de negociación colectiva y otras iniciativas de diálogo social 83 Diversidad de la economía de plataformas: contribución del diálogo social y de la negociación colectiva 84 Creación de un entorno regulatorio propicio para aprovechar las oportunidades de las plataformas digitales de trabajo 84 Proyección de futuro: la creciente importancia de las plataformas digitales de trabajo 86 Anexo 87 En la economía de plataformas se formalizaron varios acuerdos, en su mayoría no vinculantes 87 Referencias 91 Agradecimientos 96 04 Documento de Trabajo de la OIT 80 Lista de gráficos Gráfico 1: Número de encuestados (n = 6 739) en el sector del reparto y el taxi por aplicaciones y tradicionales, por país 16 Gráfico 2: Conocimiento de una organización sindical 18 Gráfico 3 : Participación de los conductores de servicios por aplicaciones en grupos de medios sociales, por país 20 Gráfico 4 : Participación de los repartidores de servicios por aplicaciones en grupos de medios sociales, por país 20 Gráfico 5: Participación en acciones colectivas coordinadas 22 Gráfico 6: Estudios de casos por países encargados por la OIT 28 Gráfico 7: Convenios colectivos en la economía de plataformas y de la intermitencia (enero de 2022) 58 Gráfico 8: Evolución de los convenios colectivos en la economía de plataformas, incluidos los convenios renovados (enero de 2022) 62 05 Documento de Trabajo de la OIT 80 Lista de cuadros Cuadro 1: Convenios colectivos en la economía de plataformas basadas en la geolocalización (enero de 2022) 59 Cuadro 2: Primeras observaciones y tendencias 77 06 Documento de Trabajo de la OIT 80 Lista de recuadros Recuadro 1: Los derechos de libertad sindical y de negociación colectiva 08 Recuadro 2: Antecedentes institucionales del estudio 09 Recuadro 3: Ámbito de aplicación del derecho de negociación colectiva en las normas internacionales del trabajo de la OIT 12 Recuadro 4. Aprovechar las oportunidades de la economía de plataformas para las empresas y los trabajadores 29 Recuadro 5. Ejemplos de organizaciones de trabajadores de reciente creación en plataformas basadas en la geolocalización 30 Recuadro 6. Los sindicatos estrechan lazos con los trabajadores y con sus organizaciones en la economía de plataformas 32 Recuadro 7. Análisis detallado: los sindicatos estrechan lazos con los trabajadores de plataformas en la India 33 Recuadro 8. Las organizaciones de trabajadores estrechan lazos con las trabajadoras del cuidado y la belleza en la economía de plataformas en la India 33 Recuadro 9. Análisis detallado: sindicato de trabajadores de Cornershop en la economía de plataformas de Chile 34 Recuadro 10. Dificultades para la creación de un sindicato de trabajadores de plataformas en Ucrania 35 Recuadro 11. Creación de comités de empresa y representantes de seguridad y salud 35 Recuadro 12. Iniciativas relativas a plataformas web en línea 36 Recuadro 13. Organizaciones de trabajadores y protección de los trabajadores migrantes 38 Recuadro 14. Participación de los sindicatos en las protestas 39 Recuadro 15. Ejemplos de protestas de trabajadores en plataformas de transporte y de reparto 40 Recuadro 16. Análisis detallado: protestas de trabajadores de plataformas de reparto en Ucrania 42 Recuadro 17. Protestas de trabajadoras de servicios de belleza en plataformas digitales de trabajo en la India 43 Recuadro 18. Ejemplos de la importancia de la tecnología en las acciones de protesta 44 Recuadro 19. Dificultades para organizar acciones colectivas coordinadas en la economía de plataformas 45 Recuadro 20. Resoluciones judiciales sobre la clasificación de los trabajadores de la economía de plataformas en España y Ucrania 46 Recuadro 21. Litigios incoados por sindicatos de Chile y el Uruguay 47 Recuadro 22. Ejemplos de litigios sindicales que no tienen por objeto la clasificación laboral 48 Recuadro 23. Actividades de promoción impulsadas por sindicatos y trabajadores de plataformas para lograr cambios regulatorios 49 Recuadro 24. Análisis detallado: los sindicatos del sector del cuidado participan en la investigación del Gobierno de Victoria en Australia 50 Recuadro 25. Los trabajadores de plataformas autónomos y las empresas de plataformas se adhieren a organizaciones de empleadores o crean asociaciones 51 Recuadro 26. Reacciones de las organizaciones de empleadores y de determinadas plataformas ante la Ley Rider en España 52 13 Documento de Trabajo de la OIT 80 ●La Comisión de Aplicación de Normas mantuvo en 2016 una diversa y fructífera discusión sobre los derechos de negociación colectiva de los trabajadores por cuenta propia en el contexto de un caso relativo a Irlanda en el marco del Convenio núm. 98. En sus conclusiones consensuadas, que reflejaban las opiniones divergentes de los mandantes de la OIT, la «Comisión tomó nota de que el presente caso se refiere a cuestiones de derecho de la competencia de la UE de Irlanda […] [y] sugirió que el Gobierno y los interlocutores sociales [identificaran] los tipos de modalidades contractuales que podrían tener incidencia en los mecanismos de negociación colectiva» 18. ● En dos casos, el CLS instó a los Gobiernos afectados a «celebrar consultas […] con todas las partes interesadas con el objetivo de encontrar una solución aceptable para todos a fin de garantizar que los trabajadores por cuenta propia puedan disfrutar plenamente de los derechos de sindicación para así fomentar y defender sus intereses, incluido mediante la negociación colectiva; y […] en consulta con los interlocutores sociales interesados, identificar las particularidades de los trabajadores por cuenta propia que afectan a la negociación colectiva, con miras a establecer mecanismos específicos de negociación colectiva adecuados para los trabajadores autónomos, cuando sea pertinente» 19. Enfoque de la investigación y principales resultados En el presente estudio se aportan datos empíricos obtenidos en diferentes regiones del mundo con el fin de determinar las vías de acceso de los trabajadores de la economía de plataformas digitales a la libertad de asociación y la libertad sindical y a la negociación colectiva. Esos datos indican que la manifestación de protestas colectivas, la creación de nuevas organizaciones y plataformas de trabajadores, el diálogo social y (en cierta medida) la negociación colectiva son fenómenos presentes en el marco de las plataformas digitales. Las experiencias in situ descritas en este estudio ponen de manifiesto la existencia de fórmulas viables y de una demanda propicia para crear un entorno aún más favorable a la libertad sindical y a la negociación colectiva, en el cual los empleadores y los trabajadores puedan aprovechar las oportunidades que les brinda la economía de plataformas. En la fase preparatoria de este proyecto de investigación se mantuvieron entrevistas iniciales con unos 15 expertos, tales como representantes de organizaciones de empleadores y de trabajadores e investigadores académicos, con el fin de identificar evoluciones importantes y de plantear posibles estudios de casos en diferentes regiones del mundo (las entrevistas iniciales se realizaron entre febrero y abril de 2021). Es importante señalar que los estudios de casos recogidos en el presente documento de trabajo se limitan a describir la evolución del acceso a la libertad de asociación y la libertad sindical y al reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; no analizan en profundidad las condiciones laborales de los trabajadores de plataformas. En el capítulo 1 se presenta un análisis cuantitativo de las encuestas realizadas en distintos países a conductores de VTC o taxi y a repartidores que prestaban servicio a través de aplicaciones o por vías tradicionales. Las encuestas se hicieron en la Argentina, Chile, Ghana, la India, Indonesia, Kenya, el Líbano, Marruecos, México y Ucrania a un total de 6 739 personas que desempeñaban una de las citadas actividades. En este capítulo se muestra la motivación de los trabajadores de plataformas basadas en la geolocalización para relacionarse entre sí y afiliarse a diversos tipos de grupos de intercambio de experiencias sobre temas de interés común o para mejorar colectivamente sus condiciones de trabajo. La mayoría de los repartidores y conductores de VTC o taxi por medio de aplicaciones encuestados no conocían ninguna organización sindical a la que pudieran afiliarse. En cambio, se organizaban sobre todo en grupos informales de trabajadores, por ejemplo, en Facebook, WhatsApp u otros medios sociales. 18 OIT, «Caso individual (CAS) - Discusión: 2016, Publicación: 105ª reunión CIT (2016). Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) - Irlanda (Ratificación: 1955)». 19 Véase OIT, 376.º informe del Comité de Libertad Sindical, GB.325/INS/12, 2015, párr. 351, b); y OIT, 363.er informe del Comité de Libertad Sindical, GB.313/INS/9, 2012, párr. 467, e). 14 Documento de Trabajo de la OIT 80 El capítulo 2 se centra en la situación «sobre el terreno» con el objeto de documentar ejemplos concretos de organización y negociación colectiva en la economía de plataformas. Se encargaron estudios de casos en Australia, Chile, España, la India, Nigeria y Ucrania. Los estudios de casos fueron elaborados por expertos locales, que realizaron una veintena de entrevistas con informadores nacionales (desde trabajadores y representantes de organizaciones de empleadores y de trabajadores hasta investigadores académicos). Los ejemplos nacionales ponen de manifiesto los esfuerzos de las organizaciones de empleadores y de trabajadores por atraer a los trabajadores de la economía de plataformas, en contraste con la voluntad de estos últimos de autoorganizarse con el fin de influir en sus propias condiciones de trabajo. También se muestran las posibles contribuciones del diálogo social y la negociación colectiva para resolver los conflictos laborales en la economía de plataformas. El capítulo 3 ofrece un análisis del contenido de un «primer grupo de convenios colectivos» que dan cobertura a las plataformas digitales de trabajo. El punto de partida fue un estudio preparatorio y los exámenes realizados por investigadores académicos. En total se han identificado 11 convenios colectivos que dan cobertura a las plataformas digitales de trabajo en Austria, Chile, Dinamarca, España, Italia, Noruega, la República de Corea y Suecia. Se recopilaron, tradujeron y analizaron la mayoría de los textos originales de los convenios colectivos identificados para examinarlos en este estudio. Todos los convenios regulan el tiempo de trabajo y contienen disposiciones relativas al salario por hora y a las estructuras de honorarios basadas en incentivos. Todos ellos se aplican a los trabajadores de plataformas que prestan servicio en el marco de una relación de trabajo, a menudo en el sector del reparto de comidas a domicilio en Europa. Por último, en la conclusión se exponen algunas observaciones basadas en las experiencias descritas y analizadas en los capítulos 1 a 3. 15 Documento de Trabajo de la OIT 80 X1 ¿Por qué motivos y de qué forma se organizan colectivamente los trabajadores de plataformas? Descripción empírica Principales resultados 16 Documento de Trabajo de la OIT 80 XGráfico 1: Número de encuestados (n = 6 739) en el sector del reparto y el taxi por aplicaciones y tradicionales, por país  En general, a tenor de las observaciones analizadas en las encuestas por países, los trabajadores de plataformas basadas en la geolocalización manifiestan la necesidad y la motivación de unirse y organizarse de alguna forma con el fin de mejorar sus condiciones de trabajo, a pesar del supuesto carácter individualista del mercado de trabajo digital y de las incertidumbres sobre la clasificación profesional y los derechos laborales que se asignan a esos trabajadores en muchos países. En el presente capítulo se ofrece una descripción empírica de los cauces que siguen los trabajadores de plataformas para relacionarse entre sí. Además, los datos analizados arrojan luz sobre sus motivaciones para adherirse a diversos tipos de grupos y los efectos de esa afiliación. Se analizan los datos sobre la solidaridad en el lugar de trabajo recopilados a través de encuestas por países encargadas por la OIT. La mayoría de los resultados se limitan a los trabajadores de plataformas basadas en la geolocalización. El último apartado del capítulo arroja algo de luz sobre la solidaridad en el lugar de trabajo en el caso de los trabajadores de plataformas web en línea. Los datos analizados consisten en observaciones de 6 739 personas encuestadas en una selección de diez países que son economías en desarrollo o emergentes (Argentina, Chile, Ghana, India, Indonesia, Kenya, Líbano, México, Marruecos y Ucrania) 20 . Las encuestas por países se realizaron entre abril de 2019 y febrero de 2020 en forma de entrevistas presenciales mediante técnicas de CAPI. Aunque la mayoría de las preguntas del cuestionario eran cuantitativas, algunas eran cualitativas y permitían respuestas textuales abiertas. No se dispone de estadísticas oficiales completas acerca del número y las características de los trabajadores de plataformas. Por lo tanto, no había ninguna base de la que extraer una muestra aleatoria. En el presente contexto, la finalidad principal del estudio era conseguir una muestra lo más representativa posible de la población objetivo de trabajadores de plataformas. La población objetivo estaba formada por cualquier 20 El estudio fue realizado por el Departamento de Investigaciones de la OIT y los datos consisten en observaciones de 2 077 encuestados que trabajan como conductores de taxi/VTC por medio de aplicaciones (Chile, Ghana, India, Indonesia, Kenya, Líbano, México, Marruecos y Ucrania); 1 864 encuestados que trabajan como conductores de taxis tradicionales (Chile, Ghana, India, Indonesia, Kenya, Líbano, México, Marruecos y Ucrania); 2 451 encuestados que trabajan como repartidores por medio de aplicaciones (Argentina, Chile, Ghana, India, Indonesia, Kenya, Líbano, México, Marruecos y Ucrania); y 347 encuestados que trabajan como repartidores tradicionales (Chile, India, Kenya y Líbano). 17 Documento de Trabajo de la OIT 80 trabajador mayor de 18 años que llevara al menos tres meses trabajando en el sector del taxi o del reparto. Se utilizó este criterio para que el trabajador pudiera dar respuestas significativas 21. Se agrupó a los encuestados en cuatro categorías: 1) repartidores que trabajan por medio de aplicaciones, 2) conductores de servicios de transporte en vehículo con conductor (VTC) o taxi a través de aplicaciones, 3) repartidores tradicionales y 4) conductores de servicios de taxi tradicionales. El diseño de la encuesta permite comparar los resultados entre los conductores y repartidores tradicionales y los que trabajan por medio de aplicaciones 22. Motivaciones para asociarse con otros trabajadores y afiliarse a diversos tipos de grupos para mejorar las condiciones de trabajo en las plataformas digitales de trabajo basadas en la geolocalización En general, se considera que los intereses comunes y una identidad compartida son requisitos previos para establecer una representación colectiva eficaz de los trabajadores (Hyman y Gumbrell-McCormick 2020; Rodríguez Fernández 2020). Sin embargo, el trabajo en plataformas suele caracterizarse por la falta de un lugar de trabajo común en el que los trabajadores puedan conocerse y comunicarse entre sí y con sus representantes, en particular con el fin de defender sus intereses frente al empleador. Por lo tanto, es común sostener que la dispersión del mercado laboral en las plataformas digitales de trabajo dificulta mucho que los trabajadores tomen conciencia de sus intereses colectivos y desarrollen una identidad compartida (Johnston y Land-Kazlauskas 2018; Vandaele 2018). Sin embargo, una conclusión general de los datos recogidos a través de las encuestas por países es que, en los diez países de la muestra, una proporción significativa de conductores y repartidores encuestados que utilizan aplicaciones se relacionan entre sí de alguna manera. Esto sucede a pesar del supuesto carácter individualista y disperso del mercado de trabajo digital, en el que los trabajadores están aislados. La interacción y la participación colectiva pueden producirse por cauces no ordinarios a través de encuentros cotidianos no planificados. En este sentido, según los resultados de la encuesta, cerca del 82 por ciento de los repartidores y el 66 por ciento de los conductores que trabajan por medio de aplicaciones conversan con sus colegas sobre sus experiencias laborales al menos varias veces a la semana. Ese diálogo puede producirse de manera presencial en paradas de taxi, aparcamientos, puestos de té o establecimientos de comidas, o digitalmente a través de los teléfonos móviles y los medios sociales. Además, una parte importante de los conductores y repartidores que trabajan mediante aplicaciones se inscribieron en distintos grupos de medios sociales con la motivación de mejorar sus condiciones de trabajo. La organización de los trabajadores de plataformas en diversos tipos de grupos y asociaciones23 es el tema central del presente capítulo. En los siguientes apartados se resume la información relativa a la solidaridad en el lugar de trabajo, recopilada a partir de las citadas encuestas por países de la OIT en el marco de cuatro resultados principales. 21 Véanse más detalles sobre los datos analizados en OIT, «Perspectivas Sociales y del Empleo en el Mundo 2021. Anexos». 22 La interpretación de los resultados presentados a partir de las encuestas por países está sujeta a algunas limitaciones. En primer lugar, la muestra de encuestados varía según los países; y, en segundo lugar, los mecanismos institucionales de esos países son heterogéneos. Ambos factores dan lugar a variaciones sustanciales entre países en los resultados de algunas de las preguntas. Esto indica la importancia de las circunstancias específicas de cada país, que no siempre pueden exponerse en el ámbito de este informe. 23 El término «asociación» se utiliza en este informe para describir grupos de trabajadores que conforman cualquier tipo de colectivo organizado, tenga o no la condición formal de sindicato. 18 Documento de Trabajo de la OIT 80 Resultado 1: Los trabajadores de plataformas de geolocalización no suelen conocer las organizaciones sindicales ●La gran mayoría de los conductores y repartidores encuestados que prestan servicio por medio de aplicaciones no conocen ninguna organización sindical a la que puedan afiliarse. Incluso si los trabajadores de plataformas de geolocalización conocen las organizaciones sindicales de su sector, raras veces deciden afiliarse. Esto pone de relieve una importante diferencia con respecto a los taxistas y repartidores tradicionales encuestados, que están mucho más predispuestos a afiliarse a un sindicato. En Ghana e Indonesia, por ejemplo, la probabilidad de que los taxistas tradicionales estén afiliados a un sindicato es 7 veces mayor que la de sus homólogos en los servicios por medio de aplicaciones, y en la India es hasta 26 veces mayor 24. Entre los trabajadores encuestados que prestan servicio a través de aplicaciones, alrededor del 85,7 por cien - to de los repartidores y el 68,4 por ciento de los conductores dicen no conocer ninguna organización sindical a la que puedan afiliarse (véase el gráfico 2). Esto significa que algunos de los conductores y repartidores encuestados que trabajan por medio de aplicaciones conocen una organización sindical a la que puedan afiliarse. Sin embargo, también parece que la mayoría de ellos ha decidido no afiliarse a la organización 25. XGráfico 2: Conocimiento de una organización sindical La afiliación sindical de los conductores y repartidores que trabajan mediante aplicaciones es baja En general, el nivel de afiliación sindical de los conductores y repartidores que trabajan a través de aplicaciones ha resultado ser bajo en las encuestas por países. En los casos en que los encuestados declaran estar afiliados a un sindicato, se trata sobre todo de la pertenencia a organizaciones sindicales de reciente creación que organizan principalmente a los trabajadores de las aplicaciones, como el «Sindicato de Conductores en Línea» o la «Asociación de Conductores de Uber». La mayoría de los afiliados sindicales 24 Las cifras de afiliación sindical de los conductores y repartidores a través de aplicaciones son bajas y los promedios del conjunto de los países reflejan el peso de los países atípicos. Desde una perspectiva transnacional, esto limita las posibilidades de proporcionar porcentajes comparativos de la afiliación sindical de los conductores y repartidores que trabajan a través de aplicaciones con respecto a la de los taxistas y repartidores tradicionales. Por lo tanto, el análisis se limita a las comparaciones entre países individuales. 25 En las encuestas por países no se preguntaba por las razones para no afiliarse a un sindicato, aunque los encuestados declararon conocer la existencia de una organización concreta. 19 Documento de Trabajo de la OIT 80 declaran que participan activamente en las actividades del sindicato varias veces a la semana. Los conductores encuestados que utilizan aplicaciones tienen más probabilidades de estar afiliados a un sindicato que los repartidores que utilizan aplicaciones, si bien las tasas de sindicación de ambas categorías son bajas entre los encuestados 26. Los conductores y repartidores encuestados que prestan servicio a través de aplicaciones y están afiliados a una organización sindical también tienden más a mencionar mejoras de las condiciones de trabajo en comparación con los que se han inscrito en un grupo de medios sociales 27. En cuanto a los beneficios de la afiliación sindical, los trabajadores de plataformas basadas en aplicaciones indican que el sindicato transmite a la empresa de la plataforma la información y las quejas que ellos manifiestan. Los encuestados también valoran la comunicación con otros trabajadores para recibir asesoramiento sobre derechos laborales básicos, organizar protestas, recibir información sobre la regulación gubernamental de la economía de plataformas y recibir apoyo financiero en tiempos difíciles (por ejemplo, obtener acceso a regímenes de seguros a través del sindicato). Las comparaciones muestran que los taxistas y repartidores tradicionales tienen más probabilidades de estar sindicalizados En general, los taxistas y repartidores tradicionales encuestados tienen muchas más probabilidades de estar afiliados a un sindicato que sus homólogos de los servicios a través de aplicaciones. Sin embargo, la tasa media de afiliación sindical entre países oculta importantes diferencias entre los diez países de la muestra. Las tasas de afiliación declaradas por los taxistas tradicionales oscilan entre el 0 por ciento en Kenya y México y el 40,9 por ciento en la India 28. Las diferencias entre países van desde el Líbano, donde la probabilidad de que los taxistas tradicionales estén afiliados a un sindicato es 1,2 veces mayor que la de sus homólogos en los servicios por aplicaciones, hasta la India, donde esa probabilidad es 26 veces mayor en el caso de los taxistas tradicionales respecto de los conductores a través de aplicaciones. Muy pocos de los taxistas y repartidores tradicionales encuestados declaran pertenecer a una organización sindical que también tenga afiliados adscritos a los servicios mediante aplicaciones. Resultado 2: Los conductores y repartidores que trabajan mediante aplicaciones recurren a distintos grupos de medios sociales para asociarse con la motivación de mejorar sus condiciones de trabajo ●Entre los encuestados que prestaban servicio a través de aplicaciones, alrededor del 28,4 por ciento de los conductores y el 33,3 por ciento de los repartidores declaran pertenecer a un «grupo de Facebook, WhatsApp u otros medios sociales». Una amplia proporción de conductores (el 80,1 por ciento) y de repartidores (el 76,8 por ciento) pertenecientes a esos grupos participan activamente en ellos al menos varias veces a la semana. Buena parte de esos trabajadores se han inscrito en los grupos con la esperanza o la expectativa de mejorar sus condiciones de trabajo. Una proporción considerable de ellos afirma que la pertenencia a esos grupos se traduce en una mejora real de sus condiciones de trabajo (véanse los gráficos 3 y 4). 26 Esta observación es válida para todos los países de la muestra analizada, con la excepción de México. Entre los encuestados en México que prestan servicio a través de aplicaciones, es mayor el número de repartidores que el de conductores que declaran estar afiliados a un sindicato. Con todo, las tasas globales de afiliación sindical de los trabajadores que trabajan por medio de aplicaciones deben considerarse muy bajas en el país. 27 Este resultado general excluye las observaciones del Líbano, donde casi todos los conductores que mantienen su registro legal están afiliados de facto a un sindicato y la afiliación sindical es un requisito previo para determinados procedimientos oficiales que casi siempre se solicitan durante los controles de tráfico. Sin embargo, solo una minoría de los trabajadores observan una mejora de sus condiciones de trabajo tras la afiliación a un sindicato, y aún no se ha demostrado que la sindicalización mejore las condiciones de trabajo (Yassin y Rani, de próxima publicación). 28 El estudio de los motivos que explican las divergentes tasas de afiliación sindical de los conductores y repartidores tradicionales en los distintos países queda fuera del ámbito de este informe. Sin embargo, las diferencias pueden deberse a factores específicos de cada país, como las limitaciones de la libertad de asociación y libertad sindical o los requisitos de registro obligatorio impuestos a los taxistas y repartidores. 20 Documento de Trabajo de la OIT 80 XGráfico 3 : Participación de los conductores de servicios por aplicaciones en grupos de medios sociales, por país XGráfico 4 : Participación de los repartidores de servicios por aplicaciones en grupos de medios sociales, por país Los grupos de Facebook, WhatsApp u otros medios sociales proporcionan una plataforma en la que casi un tercio de los trabajadores discuten sus problemas y se apoyan mutuamente Entre los encuestados, aquellos conductores y repartidores de los servicios por aplicaciones que pertenecen a un grupo de Facebook, WhatsApp u otros medios sociales manifiestan que esos grupos les proporcionan, sobre todo, una plataforma para discutir los problemas a los que se enfrentan y para apoyarse y ayudarse unos a otros. Entre otras cosas, comparten información sobre el tráfico y la seguridad vial o sobre los controles de las autoridades. Los grupos también ofrecen apoyo en casos de emergencia o accidentes o para la reparación, venta y alquiler de coches y motocicletas. En los grupos de medios sociales para repartidores en bicicleta también se intercambia información sobre las condiciones meteorológicas. 21 Documento de Trabajo de la OIT 80 En varios grupos se intercambia información sobre cómo aumentar los ingresos (por ejemplo, información sobre zonas de mayor demanda, mejores rutas, tarifas y sistemas de bonificación en las aplicaciones). Algunos grupos también facilitan información sobre pedidos o clientes fraudulentos y sobre problemas técnicos de la aplicación. Los grupos ofrecen foros en los que los conductores pueden recibir consejos de sus compañeros (más veteranos) sobre estas cuestiones. Además, según señalan los encuestados, varios grupos proporcionan plataformas de socialización (chistes, memes) y brindan apoyo moral a los trabajadores de las aplicaciones 29. Los encuestados indican que algunos de estos grupos aportan información sobre las actividades de presión política de los trabajadores y sus organizaciones en defensa de sus intereses; manifestaciones y huelgas; cooperación y solidaridad entre los afiliados; colectas benéficas; cómo defender los derechos de los conductores y repartidores de los servicios por aplicaciones; y debates sobre la nueva reglamentación del trabajo en plataformas digitales en sus respectivos países. Las motivaciones y razones para participar en grupos de Facebook, WhatsApp u otros medios sociales difieren según los trabajadores También se preguntó a los encuestados por sus motivaciones y razones para participar en grupos de Facebook, WhatsApp u otros medios sociales. A nivel transnacional, alrededor del 62,7 por ciento de los conductores y el 45,9 por ciento de los repartidores por aplicaciones que se inscribieron en esos grupos lo hicieron con la esperanza o la expectativa de mejorar sus condiciones de trabajo. Sin embargo, se observan grandes variaciones entre países. En el Líbano, por ejemplo, cerca del 16 por ciento 30 y, en Kenya, cerca del 70,3 por ciento de los repartidores por aplicaciones se inscribieron en un grupo de Facebook, WhatsApp u otros medios sociales con la expectativa de mejorar sus condiciones de trabajo (véase el gráfico 4). Las variaciones entre países también son notorias en el caso de los conductores de los servicios por aplicaciones (véase el gráfico 3). Participación en grupos de Facebook, WhatsApp u otros medios sociales y su repercusión en las condiciones de trabajo Alrededor del 47,2 por ciento de los conductores y el 34 por ciento de los repartidores encuestados que prestan servicio a través de aplicaciones afirman que la participación en grupos de Facebook, WhatsApp u otros medios sociales les ayuda a mejorar sus condiciones de trabajo. Hay variaciones considerables entre los diez países (véanse los gráficos 3 y 4). Muchos de los conductores y repartidores que trabajan mediante aplicaciones indican que, cuando empezaron a trabajar en las plataformas, los grupos de medios sociales les proporcionaron consejos útiles sobre cómo aumentar los ingresos. Entre otras cosas, averiguaron cuáles eran las mejores horas y zonas para trabajar y recibieron consejos sobre cómo mejorar la remuneración y conseguir más pedidos. Algunos trabajadores también indican que los grupos les ayudaron a conseguir colectivamente mejores condiciones, como la reducción de los peajes o modalidades de pago más ventajosas por el uso de las autopistas en algunos países. Varios de los conductores y repartidores de servicios por aplicaciones inscritos en grupos afirman que la participación en grupos de Facebook, WhatsApp u otros medios sociales les ayuda a recibir apoyo de otros conductores en casos de emergencia (como accidentes de tráfico o robos). Por ejemplo, uno de los encuestados relata que, cuando tuvo un accidente, otros miembros del grupo acudieron a ayudarle y llamaron a su familia. Además, los conductores valoran los grupos de medios sociales porque les ayudan a conocer mejor los procesos de trabajo, las zonas y situaciones peligrosas o cómo tratar a los clientes problemáticos. Las respuestas varían según los países. 29 Según los encuestados, los grupos también proporcionan otro tipo de información, como la relacionada con la salud física de los repartidores en bicicleta, los documentos o la situación de inmigración, los robos y asaltos o los precios del combustible. 30 En el Líbano, muchos repartidores por aplicaciones señalan que se utilizan grupos de Facebook, WhatsApp u otros medios sociales para recibir instrucciones de los jefes de equipo o para coordinar el trabajo. 22 Documento de Trabajo de la OIT 80 Además, un reducido número de trabajadores afirman que los grupos de medios sociales les ayudan a mejorar las condiciones de trabajo al poner en común sus quejas y presentar reclamaciones conjuntas a la dirección de las empresas de plataformas. Las quejas son recogidas por la persona encargada de la «administración del grupo» o de la «presidencia», que las envía a la empresa de la plataforma o entabla reuniones y discusiones con la dirección de la empresa en cuestión. También se indica que los grupos ayudan a los trabajadores a mejorar las condiciones de trabajo mediante el conocimiento de sus derechos, la organización de protestas y manifestaciones, la sensibilización de la opinión pública sobre las condiciones precarias de trabajo y la presión colectiva a nivel político para mejorar la reglamentación y las condiciones laborales. Resultado 3: Los conductores y repartidores de los servicios por aplicaciones participan con menor frecuencia en acciones colectivas coordinadas que los taxistas y repartidores tradicionales ●Aunque un número significativo de conductores y repartidores encuestados que prestan servicio a través de aplicaciones se organizan en grupos de Facebook, WhatsApp u otros medios sociales con la motivación de mejorar sus condiciones de trabajo, rara vez participan en acciones colectivas como protestas, manifestaciones o desconexiones colectivas de la aplicación para representar efectivamente sus intereses. Esta conclusión está relacionada con la cuestión de cómo la pertenencia a grupos de medios sociales se traduce en una mejora de las condiciones laborales de los trabajadores de plataformas de geolocalización. XGráfico 5: Participación en acciones colectivas coordinadas A nivel nacional, alrededor del 8,9 por ciento de los conductores y el 3,4 por ciento de los repartidores encuestados que trabajan mediante aplicaciones dicen haber participado en acciones colectivas coordinadas, como una protesta, una manifestación o la desconexión colectiva de la aplicación. Una vez más, se observan variaciones sustanciales entre países. En Chile (el 28,6 por ciento), la India (el 13,9 por ciento) y Marruecos (el 33,3 por ciento), una parte importante de los conductores encuestados que trabajan a través de aplicaciones han participado en acciones de grupo coordinadas, como una protesta, una manifestación o la desconexión colectiva de la aplicación. En otros países, como Indonesia (el 2,7 por ciento), el Líbano (el 1 por ciento) y México (el 0,5 por ciento), casi ninguno de los conductores encuestados que prestan servicio por medio de una aplicación ha participado en acciones colectivas coordinadas. De nuevo, esto pone de relieve la importancia de las circunstancias específicas de cada país y de los sistemas de relaciones laborales. 29 Documento de Trabajo de la OIT 80 los estudios de casos existentes en la bibliografía académica y en publicaciones no convencionales y artículos de prensa. XRecuadro 4. Aprovechar las oportunidades de la economía de plataformas para las empresas y los trabajadores Como se verá en este capítulo, han surgido acciones colectivas coordinadas (manifestaciones, huelgas y desconexiones colectivas) en todas las regiones del mundo, lo que indica el valor potencial del diálogo y la negociación colectiva para la paz social en la economía de plataformas. Por lo general, el diálogo y la negociación colectiva en la economía de plataformas tienen más probabilidades de producir resultados concretos si se apoyan en marcos jurídicos y normativos sólidos y si están arraigados en las tradiciones de relaciones laborales de los países. Esta consideración general puede ayudar a explicar las notables variaciones regionales que se describen en este capítulo entre los ejemplos de países del Norte y el Sur. Iniciativas de organizaciones de trabajadores en la economía de plataformas En la economía de plataformas se movilizan grupos informales de trabajadores, sindicatos de reciente creación y sindicatos preexistentes. Participan en acciones colectivas coordinadas (manifestaciones, huelgas y desconexiones colectivas); recurren a litigios estratégicos o que sientan jurisprudencia; y participan en actividades de promoción pública en medios de comunicación y en procedimientos reguladores. En la economía de plataformas también está presente el activismo sindical en nombre de grupos de trabajadores tradicionalmente desfavorecidos, como los trabajadores migrantes. Por lo general, los ejemplos de los países indican que los trabajadores de plataformas de geolocalización han adoptado estrategias más diversas que los de plataformas web en línea. A continuación, se analizan las notables diferencias entre los países del Norte y del Sur en lo que respecta a los esfuerzos organizativos. Establecer la organización de los trabajadores en la economía de plataformas Las encuestas realizadas por la OIT en diez países revelaron que las cifras de afiliación sindical de los trabajadores de la economía de plataformas son, en general, bajas (véase el capítulo 1). Sin embargo, en algunos casos los trabajadores de plataformas han creado nuevas organizaciones y a veces se han afiliado a sindicatos ya existentes (OIT 2022a; OIT 2021a; OIT 2021d). En algunos países, los sindicatos existentes han realizado una activa campaña de acercamiento a los trabajadores de la economía de plataformas, apoyando los esfuerzos de organización. Los trabajadores de plataformas crean nuevas organizaciones de trabajadores En diferentes partes del mundo se observa la creación de nuevas organizaciones de trabajadores. Sin embargo, la autoorganización de los trabajadores de plataformas que va más allá de los grupos de medios sociales ha surgido principalmente en los sectores de transporte compartido y de reparto de comidas (OIT 2022a). Los tipos de organizaciones que constituyen los trabajadores en la economía de plataformas son muy diversos. Las organizaciones recién creadas adoptan diferentes formas jurídicas y han alcanzado distintos niveles de madurez organizativa. Por ejemplo, en Chile algunas organizaciones de reciente creación exigen el pago de cuotas sindicales, han establecido estatutos, tienen sistemas de cupos y tienen representantes electos 38. Otras organizaciones, que carecen todavía de estatutos, de principios rectores y de registros de 38 Estudio de caso encargado por la OIT en Chile. 30 Documento de Trabajo de la OIT 80 afiliados, se asemejan más a los grupos informales (véanse en el recuadro 5 los nombres de las organizaciones de reciente creación y su alcance organizativo en Chile). Han surgido organizaciones sindicales y comités de empresa registrados formalmente en la economía de plataformas, sobre todo en los países con un entorno normativo propicio 39. Las interacciones entre los sindicatos ya existentes y las organizaciones de trabajadores de reciente creación pueden estar marcadas por la competencia y el conflicto o por la cooperación y el apoyo mutuo. En el recuadro 5 se ilustra con ejemplos concretos la creación de organizaciones de trabajadores y, en algunos casos, se indica cómo se relacionan esas nuevas organizaciones con los sindicatos existentes 40. XRecuadro 5. Ejemplos de organizaciones de trabajadores de reciente creación en plataformas basadas en la geolocalización ●En Australia la Rideshare Driver Network (red de conductores de vehículos compartidos) comenzó como un grupo privado de Facebook en 2018 y ahora es una organización sin ánimo de lucro, constituida formalmente, que tiene por objeto mejorar las condiciones laborales y salariales de los conductores australianos de vehículos compartidos 41.Rideshare Driver Network es miembro fundador de la Alianza Internacional de Trabajadores del Transporte Basados en Aplicaciones y ha realizado campañas conjuntas con el sindicato de trabajadores del transporte, Transport Workers' Union. ●En el Brasil, el Sindicato dos Motoristas de Transporte Individual por Aplicativo organiza a los conductores en la economía de plataformas. La organización se moviliza en diferentes estados del país (como Rio Grande do Sul 42, al sur, y en Rondonia, al noroeste 43). En algunos estados, la organización recién constituida ha colaborado con la Central Única dos Trabalhadores y ha organizado huelgas en varias ciudades junto con ese sindicato. ●En Chile 44 se han creado las siguientes organizaciones de trabajadores en la economía de plataformas: Riders Unidos Ya (constituida en enero de 2020), que organiza a trabajadores de PedidosYa y Rappi); Agrupación de Repartidores Penquistas (constituida en enero de 2018), que organiza a trabajadores de PedidosYa y Cornershop; sindicato de empresa de Cornershop (constituido en julio de 2016), que organiza a trabajadores de Cornershop; Asociación Gremial de Conductores de Aplicación (ACUA), que organiza a trabajadores de Uber y DiDi; Sindicato UBER Chile (constituido en 2018), que organiza a trabajadores de Uber, y Shoppers Unidos (constituida en 2020), que organiza a trabajadores independientes de Cornershop. ●En el Ecuador 45 y el Perú 46, diferentes grupos crean en los medios sociales espacios de colaboración para los trabajadores de plataformas, lo que tal vez representa el inicio de la continua formalización de las nuevas organizaciones de trabajadores emergentes en la economía de plataformas de esos países. ●En Georgia, los esfuerzos de autoorganización convergieron en una manifestación, tras la cual los trabajadores anunciaron la creación de un sindicato para los trabajadores de las aplicaciones de reparto de comidas Glovo, Wolt, Bolt Food y Elvis, así como de los servicios de taxi Yandex y Bolt 47 . Los principales objetivos del sindicato son conseguir contratos de trabajo para los mensa39 El artículo 5 del Convenio sobre los representantes de los trabajadores, 1971 (núm. 135) aclara que deberán adoptarse medidas para garantizar que la existencia de representantes electos no se utilice en menoscabo de la posición de los sindicatos interesados o de sus representantes y para fomentar la colaboración en todo asunto pertinente entre los representantes electos y los sindicatos interesados y sus representantes. 40 Los ejemplos del recuadro 5 se centran en la aparición de nuevas organizaciones de trabajadores, mientras que los del recuadro 6 ilustran las acciones de los sindicatos ya existentes. Sin embargo, algunos de los ejemplos enunciados pueden incluir elementos correspondientes a ambos recuadros. 41 https://rdn.org.au/. 42 https://www.cut.org.br/noticias/motoristas-de-aplicativos-do-rs-paralisam-e-cobram-reajuste-das-tarifas-ccd3. 43 https://ro.cut.org.br/noticias/criacao-do-sindicato-dos-motorista-de-aplicativos-ae91. 44 Estudio de caso en Chile; información procedente de entrevistas a expertos. 45 Observatorio de Plataformas Ecuador y FrenApp Ecuador. 46 Observatorio de Plataformas Perú. 47 Tata Shoshiashvili, «Georgian couriers vow to create ‘Gig Economy Union’ following Glovo strike», OC Media, 18 de mayo de 2021. 31 Documento de Trabajo de la OIT 80 jeros, que incluyan cobertura del seguro de salud, retribución por horas extraordinarias y primas por condiciones meteorológicas adversas, así como vacaciones remuneradas. ●En Ghana se han identificado varias asociaciones de conductores de plataformas basadas en aplicaciones, como Ghana Online Drivers Union; Ghana Online Drivers Association; Online Drivers’ Union of Ghana; Smart Drivers Union (SMART); Online Family Drivers Union; Online Drivers’ Partners Association; Ride Share Online Drivers Union, y Super Car Owners (Akorsu, de próxima publicación). Las estructuras organizativas de estas asociaciones son diversas. Unas cuentan con estatutos y un sistema de recaudación de cuotas, en tanto que otras están redactando los estatutos y recaudan contribuciones de los afiliados solo en caso de la necesidad. Algunas están afiliadas al Congreso de Sindicatos de Ghana. Los afiliados de dos de las asociaciones pagan una suscripción semanal mediante transferencias de dinero por teléfono móvil. ●En Indonesia se ha constatado en los últimos años una «asombrosa» capacidad de autoorganización, ayuda mutua y participación de la comunidad de base de los conductores de servicios de transporte por aplicaciones (Ford y Honan 2019). En 2022 se comunicó la existencia de centenares de comunidades informales de repartidores de comidas, en las que los trabajadores se reúnen a diario para pedir consejo sobre cualquier cosa, desde las mejores rutas para una entrega hasta estrategias para mejorar sus ingresos 48. ● En Nigeria se constituyó en 2019 la Professional E-Hailing Drivers and Private Owners Association (PEDPA) 49, que está afiliada al Trade Union Congress. ●En España han comenzado a surgir organizaciones de trabajadores de plataformas, como RidersxDerechos en julio de 2017 50 y FreeRiders. Estas nuevas asociaciones colaboran con las ya existentes, como la Intersindical Valenciana 51 o la Intersindical Alternativa Catalana 52, o con los mayores sindicatos de España: UGT y Comisiones Obreras (CCOO). RidersxDerechos no es un sindicato, sino que se ha constituido como asociación y ha registrado su nombre y logotipo. Esta asociación coopera con los sindicatos ya establecidos para abordar cuestiones jurídicas. Además, desde 2018 han empezado a surgir asociaciones de autónomos económicamente dependientes que defienden su clasificación como trabajadores por cuenta propia. Se trata de la Asociación Española de Riders Mensajeros (ASORIDERS), la Asociación Profesional de Riders Autónomos (APRA) y la Asociación Autónoma de Riders (AAR). En 2020 se fundó Repartidores Unidos, que defiende el trabajo colaborativo en lugar de ser una asociación de riders 53. ●En Uruguay se fundó en 2019 el Sindicato Único de Repartidores, organización formada exclusivamente por trabajadores de este sector 54. Su creación contó con el apoyo de la Federación Uruguaya de Empleados de Comercio y Servicios. Además, se creó la Asociación de Conductores Uruguayos de Aplicaciones (ACUA) para los conductores de la economía de plataformas 55. ●En los Estados Unidos, las organizaciones de trabajadores en la economía de plataformas podrían adoptar la forma de gremios afiliados a sindicatos, como el Independent Drivers Guild que representa a los conductores de Uber (Johnston y Land-Kazlauskas 2018). Los sindicatos existentes tienden la mano a los trabajadores y a sus organizaciones en la economía de plataformas El recuadro 5 muestra que muchos sindicatos de trabajadores de plataformas de reciente creación mantienen contacto regular con los sindicatos ya existentes o reciben su apoyo. En varios ejemplos de países 48 Karen Hao y Nadine Freischlad, «The gig workers fighting back against the algorithms», MIT Technology Review, 21 de abril de 2022. 49 https://pedpa.org/aims-and-objectives/. 50 https://www.ridersxderechos.org/. 51 https://intersindical.org/. 52 https://iac.cat/. 53 https://repartidoresunidos.org/. 54 Pía Mesa, «Repartidores de Pedidos Ya reclamaron por ‘malas’ condiciones de trabajo y llegaron a un acuerdo», El País, 29 de noviembre de 2019. 55 Pía Mesa, «Fallo inédito en Uruguay: Justicia considera trabajador dependiente a chofer de Uber», El País, 13 de noviembre de 2019. 32 Documento de Trabajo de la OIT 80 se observa que los sindicatos ya existentes y bien establecidos proporcionan apoyo y acceso al poder institucional en beneficio de las organizaciones emergentes de trabajadores de plataformas (véase también Webster et al. 2021). En el recuadro 6 se destacan algunos ejemplos concretos de cómo los sindicatos existentes han estrechado lazos con los trabajadores de la economía de plataformas y con sus organizaciones. XRecuadro 6. Los sindicatos estrechan lazos con los trabajadores y con sus organizaciones en la economía de plataformas ● En Georgia, tras las protestas de los trabajadores de plataformas, la Confederación de Sindicatos de Georgia expresó su solidaridad y apoyo y estudió posibles métodos de ayuda para los sindicatos existentes 56. Además, las organizaciones de la sociedad civil respaldaron las reivindicaciones de los mensajeros y su disposición a prestar asistencia jurídica en caso necesario 57. ●En Kenya, el Sindicato de Trabajadores del Transporte y Afines de Kenya (TAWU-K) es un sindicato registrado, afiliado a la Organización Central de Sindicatos y a la Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF). TAWU-K elaboró una nueva estrategia de organización y captación de nuevos afiliados, dirigida específicamente a los trabajadores de plataformas. Sobre la base de esta nueva estrategia organizativa, el sindicato declaró que había afiliado a más de 2 000 conductores de plataformas basadas en aplicaciones y que había ampliado sus actividades de Nairobi a Mombasa, Nakwu, Kisumu, Edoret y Mt Ken (Webster y Mesikane 2021). ●En Nigeria, el Sindicato de Transporte por Carretera comenzó a organizar a los trabajadores de plataformas, en particular a los conductores de Uber 58. ●En España, los dirigentes sindicales entrevistados observan que se ha acortado la distancia entre las organizaciones de trabajadores de reciente creación en la economía de plataformas y los sindicatos ya existentes, estableciéndose una tendencia hacia la armonización, la convergencia de posiciones y la colaboración. A fin de contactar con los trabajadores que prestan servicios en empresas de plataformas, los sindicatos ya existentes han colaborado no solo con esas nuevas organizaciones, sino también con otras más consolidadas, como las asociaciones de mujeres inmigrantes, para tender la mano a las personas que prestan servicios domésticos a través de plataformas 59. ●En Suiza, en el cantón de Ginebra, los repartidores de plataformas solicitaron ayuda a los sindicatos SIT y Unia para que los defendieran y representaran en un conflicto con una empresa de plataformas. Gracias al diálogo social y a la participación de los sindicatos existentes, acabó reduciéndose considerablemente el número de posibles despidos 60. ●En Ucrania, la Federación de Sindicatos de Ucrania (FPU), la mayor federación sindical del país, ha manifestado su profunda preocupación por la economía de plataformas. La Estrategia FPU para 2021-2026 contempla el objetivo de formalizar el trabajo de los trabajadores de plataformas y concederles el derecho de negociación colectiva 61. En el recuadro 7 se describe con detalle cómo un sindicato ya existente apoyó la creación y el funcionamiento de sindicatos de nueva creación para los trabajadores de la economía de plataformas en la India. El ejemplo ilustra cómo pueden colaborar los sindicatos consolidados con los nuevos sindicatos de trabajadores de plataformas. 56 https://www.facebook.com/gtuc.ge/photos/a.10151844602183073/10158400475413073/ 57 Social Justice Center, «Fair labor platform supports demands of striking Glovo workers», 5 de febrero de 2021. 58 Estudio de caso encargado por la OIT en Nigeria. 59 Estudio de caso encargado por la OIT en España. 60 SIT Syndicat, «Livraison de repas à domicile. Feu vert pour sauver les emplois!», comunicado de prensa, 25 de junio de 2021. 61 Federación de Sindicatos de Ucrania, Estrategia de la Federación de Sindicatos de Ucrania para 2021-2026: tiempo de acción y cambios cualitativos (en ucraniano), 25 de mayo de 2021. 33 Documento de Trabajo de la OIT 80 XRecuadro 7. Análisis detallado: los sindicatos estrechan lazos con los trabajadores de plataformas en la India En la India, el Centre of Indian Trade Unions (CITU), la central sindical del país, ha apoyado una serie de iniciativas encaminadas a que los trabajadores de plataformas se organicen, entre ellas la AllIndia Gig Workers Union (AIGWU), que está realizando esfuerzos intersectoriales para organizar a los trabajadores de plataformas. CITU apoya las actividades organizativas de la AIGWU, asesorándola en la formulación de las reivindicaciones y estrategias de los trabajadores. También ha apoyado a sus sindicatos estatales de trabajadores del transporte a través de la inclusión estratégica de los trabajadores de plataformas como afiliados en el marco de consejos o subcomités específicos 62. Además de aportar nuevos afiliados a los sindicatos existentes, la creación de organizaciones de trabajadores con fines específicos se ha considerado una forma de potenciar la negociación colectiva y los esfuerzos de coordinación entre los trabajadores de plataformas. Una de esas organizaciones es la Indian Federation of App-based Transport Workers (IFAT), que funciona como una federación nacional de sindicatos afiliados a nivel estatal para los trabajadores del transporte y el reparto a través de aplicaciones en diez ciudades de la India 63. La IFAT ha colaborado directamente con diversas partes interesadas mediante distintas técnicas, como las manifestaciones públicas a gran escala 64, las negociaciones directas con empresas y con el Gobierno, la interposición de litigios de interés público 65, la producción de investigaciones 66 y la participación en foros públicos y semipúblicos 67. La IFAT y la AIGWU han logrado registrarse formalmente como sindicatos, aunque el proceso no ha sido sencillo. La mayoría de las organizaciones de trabajadores de reciente creación se inscriben en el sector del transporte y el reparto por medio de aplicaciones. En el recuadro 8 se describe cómo esas organizaciones estudian las posibilidades de organizar a los trabajadores de otro sector. XRecuadro 8. Las organizaciones de trabajadores estrechan lazos con las trabajadoras del cuidado y la belleza en la economía de plataformas en la India En el norte de la India, según una organizadora de base de trabajadoras de plataformas, las cuidadoras son muy difíciles de organizar, pero ese es un gran empeño de CITU, que cuenta con un comité de coordinación de mujeres trabajadoras encargado de examinar las cuestiones de género. En Noida hay muchas empresas emergentes de plataformas con 300-400 trabajadoras que hacen masajes, trabajos de belleza y prestan otros servicios conexos. All India Domestic Workers Association, la asociación de trabajadoras domésticas de la India, encuestó a sus afiliadas para saber a qué problemas se enfrentaban durante la pandemia. El trabajo de organización de las trabajadoras de plataformas es muy nuevo, todavía no se ha formalizado y actualmente se encuentra en la fase de realizar pequeñas intervenciones para ver qué estrategias de organización pueden surtir efecto. En el recuadro 9 se describe con mayor detalle la creación de un sindicato para los trabajadores de una plataforma de reparto de productos alimenticios en régimen de relación de trabajo y se describe el vínculo con los sindicatos existentes en Chile. En este sentido, cabe destacar que en 2021 el presidente del nuevo sindicato fue elegido dirigente nacional de la organización nacional de sindicatos, la Central Unitaria de 62 Estudio de caso encargado por la OIT en la India. 63 ITF, «Indian federation of app-based transport workers launched in Mumbai», comunicado de prensa, 23 de diciembre de 2019. 64 The Times of India, «Cab drivers, delivery workers to protest on wednesday in Delhi», 5 de agosto de 2020. 65 The Leaflet, «Petition in SC seeking social security benefits for Uber, Ola, Swiggy, Zomato employees». 66 Centre for Internet and Society (CIS), «IFAT and ITF - Protecting workers in the digital platform economy: Investigating Ola and Uber drivers’ occupational health and safety», comunicado de prensa, 25 de agosto de 2020. 67 https://twitter.com/moneycontrolcom/status/1451098440444772361. 34 Documento de Trabajo de la OIT 80 Trabajadores de Chile (CUT). Además, el ejemplo ilustra las diferencias que surgen a raíz de la clasificación de los trabajadores cuando se establece una organización 68. XRecuadro 9. Análisis detallado: sindicato de trabajadores de Cornershop en la economía de plataformas de Chile En Chile se constituyó el sindicato de empresa de Cornershop en diciembre de 2016. La creación del sindicato se vio facilitada por el hecho de que, al inicio de la actividad mercantil de Cornershop, todo el personal que trabajaba en las diferentes funciones de la empresa de la plataforma tenía una relación formal de trabajo en Chile. Los afiliados se organizaron de conformidad con los poderes que les otorga el Código del Trabajo como sindicato de empresa, desarrollando actividades internas para fortalecer y proteger a los afiliados, participando en discusiones para mejorar las condiciones de trabajo, la seguridad laboral y otros asuntos. La creación de la organización fue similar a la de los sindicatos de otros sectores. Comenzó con el examen de los problemas comunes que aquejaban a los trabajadores. Poco a poco se amplió el alcance de las discusiones y estas salieron a la luz pública, en primer lugar, con la constitución formal del sindicato y, en segundo lugar, con la presentación de una petición a la empresa para celebrar un convenio colectivo. En 2017 y 2019 el sindicato y Cornershop suscribieron convenios colectivos que se aplican a los compradores empleados de la empresa de la plataforma (véase el capítulo 3). Relación con los sindicatos ya existentes: El sindicato ha establecido relaciones permanentes con otras organizaciones, como el Sindicato Interempresas Líder de Trabajadores del Holding Walmart (SIL), con el que comparten espacios de oficina. A partir de esta relación, se mantiene la participación del sindicato en la Coordinadora de Sindicatos del Comercio y Servicios Financieros (CSC-SFI). El presidente del sindicato de Cornershop presentó su candidatura a un cargo de la CUT y fue elegido dirigente nacional de la organización para el periodo 2021-2024 69. Esta es una de las primeras veces que el líder de un sindicato de reciente creación en la economía de plataformas ocupa un cargo directivo electo en un sindicato existente. Diferencias derivadas de la clasificación de los trabajadores: Cornershop empezó a contratar a conductores de reparto como contratistas independientes. El cambio en el sistema de contratación de compradores generó una segunda organización en la plataforma denominada Shoppers Unidos, que no está registrada y operaba «clandestinamente» por miedo a posibles represalias contra sus miembros 70. El ejemplo de Chile en el recuadro 9 describe el éxito de la creación de un sindicato. Sin embargo, la constitución de nuevas organizaciones de trabajadores en la economía de plataformas se enfrenta a varias dificultades, entre ellas una gran volatilidad de la afiliación debido a la naturaleza a menudo temporal de este tipo de trabajo y a los procesos de registro para el reconocimiento público como sindicato (Johnston y LandKazlauskas 2018) 71. En el recuadro 10 se describe el intento de formar un sindicato de trabajadores de plataformas en Ucrania y se describen los obstáculos conexos que son comunes en muchos países del mundo. 68 Estudio de caso encargado por la OIT en Chile. 69 El dirigente nacional de la Central Unitaria de Trabajadores de Chile representa a un grupo de 45 personas elegidas por votación para formar el Consejo Directivo Nacional de la CUT. Entre los miembros del Consejo se elige el Consejo Ejecutivo, compuesto por nueve cargos, incluido el de Presidente. 70 Posteriormente, otro cambio en la estructura organizativa del trabajo en la empresa de la plataforma provocó una gran reducción del número de compradores y la disolución de la organización Shoppers Unidos; estudio de caso encargado por la OIT en Chile. 71 Las organizaciones de empleadores y de trabajadores tienen derecho a constituir organizaciones sin previa autorización. Aunque algunas formalidades de registro pueden ser compatibles con este principio, hay que velar por que no menoscaben el derecho de libertad de asociación y libertad sindical; véanse más detalles en OIT (de próxima publicación). 35 Documento de Trabajo de la OIT 80 XRecuadro 10. Dificultades para la creación de un sindicato de trabajadores de plataformas en Ucrania En Ucrania 72, después de las protestas de trabajadores (sobre todo de Glovo, UberEats y Dominos Pizza), una treintena de riders decidieron crear un sindicato denominado Unión de Mensajeros Independientes. Adoptaron unos estatutos, pero la organización no fue aprobada en el proceso de registro estatal. Finalmente, debido a la alta rotación de trabajadores en la plataforma, los afiliados del sindicato de mensajeros cambiaron de empleo y dejaron de dedicarse a actividades sindicales. Creación de comités de empresa en la economía de plataformas En algunos países, los trabajadores de la economía de plataformas han empezado a crear comités de empresa. Dependiendo del país, los comités de empresa pueden disfrutar de derechos muy diversos, desde la información, la consulta y la participación hasta la codeterminación de derechos. Sin embargo, al tratar de constituir un comité de empresa, los trabajadores de plataformas se enfrentan a veces a obstáculos relacionados con las medidas adoptadas por las empresas de plataformas, al tiempo que el carácter temporal del trabajo en plataformas puede reducir los incentivos para que los trabajadores participen 73.El recuadro 11 ilustra la elección de comités de empresa y representantes de seguridad y salud en empresas de plataformas basadas en la geolocalización en Alemania, Australia, Austria y Noruega, así como la creación del Riders Forum en Bélgica. XRecuadro 11. Creación de comités de empresa y representantes de seguridad y salud ●En Australia 74, los sindicatos que organizan a los repartidores de comidas aplican las disposiciones de la legislación sobre seguridad y salud en el trabajo (SST) para elegir a representantes de los trabajadores. La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo establece un proceso para que los «trabajadores» elijan a los representantes de SST en un «grupo de trabajo». A principios de 2021, se eligió a siete representantes de seguridad de Deliveroo, un acontecimiento anunciado por el sindicato como «un hito para la economía de plataformas en Australia», ya que permitía a los riders ayudar a sus compañeros a hacer valer sus derechos y a contrarrestar los riesgos de seguridad, como los accidentes, las caídas y el estrés térmico 75. La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo otorga a los representantes electos importantes facultades, como las de investigar los riesgos de seguridad y las quejas de los trabajadores en relación con cuestiones de seguridad, ordenar el cese de los trabajos inseguros, notificar los incidentes de seguridad al organismo público competente en materia de SST (SafeWork) en Nueva Gales del Sur e iniciar el proceso de formación de comités de seguridad y salud en el trabajo. ●En Austria, el Sindicato de Transportes y Servicios (VIDA) creó un comité de empresa para los ciclistas de Foodora. Entre otras cosas, el comité de empresa tenía como objetivo la mejora de las condiciones de trabajo, las primas adicionales por trabajo nocturno o en temporada de invierno y los contratos de trabajo indefinidos para los pilotos 76. ●En Bélgica, la empresa de plataformas Deliveroo anunció la creación del Riders Forum, que se reunirá cada tres meses y presumiblemente servirá como foro de consulta y de debate entre la dirección y los representantes de los riders. La empresa ha anunciado que se elegirá a 20 mensajeros belgas que actuarán como portavoces de los 3 000 mensajeros que trabajan para Deliveroo en el país. Sin embargo, no constituirán un comité de empresa tradicional. Por lo tanto, los futuros portavoces de los riders no gozarán de las mismas protecciones contra el despido que los representantes sindicales 77. 72 Estudio de caso encargado por la OIT en Ucrania. 73 Véase, por ejemplo, Fairwork, «fairwork germany ratings 2021: labour standards in the platform economy», 2021. 74 Estudio de caso encargado por la OIT en Australia. 75 Transport Workers' Union, «Deliveroo Health and Safety Reps Elected in Industry First», 27 de enero de 2021. 76 www.vida.at/cms/S03/S03_0.a/1342577497037/home/artikel/betriebsrat-fuer-fahrradzustell dienst-foodora 77 Maxime Samain, «Deliveroo Belgique organise sa propre concertation sociale», L’Echo, 28 de septiembre de 2021. 36 Documento de Trabajo de la OIT 80 ● En Alemania, los riders de la empresa de la plataforma Lieferando (Just Eat Takeaway.com) crearon comités de empresa en Colonia, Stuttgart, Nurnberg y Frankfurt/Offenbach y un comité de empresa para Kiel, Hamburgo, Hannover y Braunschweig 78. Sin embargo, la prensa informa de la obstrucción de las elecciones al comité de empresa por parte de la empresa en algunos casos 79. En 2018 se firmó un acuerdo para establecer un comité de empresa europeo en la empresa de la plataforma Delivery Hero. En una de sus disposiciones se prevé la inclusión de representantes de los trabajadores en el consejo de supervisión (OIE 2019). El acuerdo se suscribió con el Sindicato de Alimentación, Bebidas y Catering, la Federación Italiana de Trabajadores de Comercio, Hostelería, Restauración y Servicios y la Federación Europea de Sindicatos de Alimentación, Agricultura y Hostelería-Turismo. En 2021, la plataforma de reparto de productos alimenticios Gorillaz recurrió a la Magistratura de Trabajo para detener la elección de un comité de empresa en Berlín. Sin embargo, la Magistratura dictaminó que los trabajadores podían proceder a la elección del comité de empresa 80. ●En Noruega, la plataforma de reparto de comidas Foodora y el sindicato Fellesforbundet han firmado un convenio colectivo (véase el capítulo 3). El convenio colectivo establece el marco para la creación de delegados sindicales en la empresa. El comité de trabajo de los delegados sindicales celebra reuniones mensuales con la dirección, en las que ambas partes plantean los asuntos. Foodora tiene la obligación de informar a los trabajadores sobre los próximos cambios y de escuchar las opiniones de los delegados sindicales 81. Iniciativas relativas a plataformas web en línea en la economía de plataformas En comparación con la situación de las plataformas basadas en la geolocalización, los obstáculos jurídicos y prácticos para crear y constituir organizaciones formales de trabajadores son aún más insoslayables en el caso de los trabajadores de las plataformas web de trabajo en línea que abarcan distintas jurisdicciones (OIT 2021a). Estos trabajadores también tienen una menor predisposición a organizarse. Esta observación se ha confirmado en el presente estudio, que constata que los colectivos de trabajadores en las plataformas de trabajo en línea suelen adoptar la forma de grupos en línea en los que los trabajadores discuten sus tareas y sus quejas. Un ejemplo son los grupos de trabajadores de microtareas en Amazon MechnicalTurk (LaPlante y Silberman 2016). Se trata de foros como Turkopticon, TurkNation y TurkerHub. Muy a menudo, estos grupos parecen limitarse a ser mecanismos de ayuda mutua (véase el capítulo 1). En el recuadro 12 se recogen algunos ejemplos de iniciativas relativas a plataformas web de trabajo en línea que se dirigen a los creadores de contenidos en plataformas como YouTube, Twitch o Instagram y a los trabajadores de plataformas como Mechanical Turk, Upwork o Clickworker. Además, ofrece un buen ejemplo de cómo las protestas contra la adopción de una nueva ley se tradujeron en manifestaciones presenciales de los trabajadores de las tecnologías de la información y de plataformas web en línea en Ucrania. XRecuadro 12. Iniciativas relativas a plataformas web en línea ● YouTubers Union es una asociación de YouTubers que se fundó en 2018. El objetivo de YouTubers Union es mejorar las condiciones de trabajo de los creadores de vídeos en YouTube 82 . Desde julio de 2019, YouTubers Union coopera con el sindicato alemán IG Metall en el proyecto «FairTube». Algunas de sus reivindicaciones son la introducción de normas claras y comprensibles para la publicidad y la eliminación de vídeos, el establecimiento de un órgano arbitral independiente y la creación de un órgano de codeterminación para los YouTubers frente al grupo. El proyecto FairTube se dirige a los creadores de contenidos que comparten sus producciones en una 78 Netzpolitik.org, «Lieferando und seine Betriebsräte», 2 de agosto de 2021. 79 Taz, «Ausgelieferte Mitarbeiter», 17 de abril de 2020. 80 Tagesspiegel, Gerichtsentscheidung in Berlin: Betriebsratswahl bei Gorillas kann stattfinden, 17 de noviembre de 2021. 81 http://foodoraklubben.com/about-us/. 82 https://youtubersunion.org/content/goals. 37 Documento de Trabajo de la OIT 80 plataforma como YouTube, Twitch o Instagram y a los trabajadores que prestan servicio en plataformas como Mechanical Turk, Upwork o Clickworker, así como a los trabajadores que completan tareas en el mundo físico, como la compra de incógnito («mystery shopping») 83 y la verificación de ofertas 84. ● En Ucrania las asociaciones de trabajadores de plataformas web en línea se crean generalmente a través de chats en Telegram o de grupos en medios sociales. En 2021, un grupo de unos 300 trabajadores de las tecnologías de la información creó la primera asociación independiente del sector de las tecnologías de la información en Ucrania, el IT Guild 85, en protesta por la Ley de Estímulo al Desarrollo de la Economía Digital en Ucrania. El IT Guild representa tanto a los trabajadores de plataformas como al personal de las empresas de tecnologías de la información 86. En julio de 2021 organizaron protestas en Kiev, Kharkiv y Dnipro contra la adopción de la citada ley 87. El grupo de Facebook «beFree – freelance for Ukrainians on Facebook» 88 tiene cerca de 32 000 miembros. Su objetivo es reunir a los autónomos, incluidos los que trabajan en plataformas web. Los participantes comparten su experiencia en la realización de tareas en diversas plataformas web, ofrecen recomendaciones sobre el registro como empresarios y el pago de impuestos, y tienen la oportunidad de recibir asesoramiento de contables, abogados y otros profesionales. ●En España, el sindicato UGT promueve una red de creadores e influencers para exigir condiciones laborales dignas a las plataformas digitales como YouTube, Instagram y Tik Tok. Los trabajadores digitales asociados a UGT denuncian «la falta de transparencia y protección de los creadores y consumidores frente a los arbitrarios algoritmos» 89. Organizar a los trabajadores migrantes en la economía de plataformas Las plataformas de trabajo son una importante fuente de empleo e ingresos para los trabajadores migrantes en varios países. Se estima que alrededor del 17 por ciento de los trabajadores de plataformas son migrantes y que la proporción es mayor en los países desarrollados (el 38 por ciento) que en los países en desarrollo (el 7 por ciento) (OIT 2022a). En la Argentina, por ejemplo, los migrantes representan alrededor del 74 por ciento de los trabajadores encuestados en el sector del reparto (OIT 2021a). En Australia abundan los datos que indican una alta concentración de trabajadores migrantes en la economía de plataformas, especialmente en los sectores de transporte compartido y de reparto de comidas. Según una encuesta realizada en 2019 por la Delivery Riders Alliance, el 75 por ciento de los trabajadores de reparto de comidas encuestados eran titulares de visados temporales, en particular, visados de estudiante internacional, de turismo o visado puente 90. En un estudio sobre las experiencias laborales de los conductores de Uber en el estado de Queensland se concluyó que: «A diferencia de los no migrantes, los conductores migrantes tienen mayores probabilidades de depender de los ingresos de Uber para procurar su propio sustento y el de sus familias. Es más, los conductores migrantes parecen tener menos opciones de trabajo alternativas, por lo que se encuentran en una situación más precaria y dependen de la plataforma Uber y de su deficiente sistema de clasificación por estrellas. Los horarios ‘flexibles’ permiten a esos migrantes en situación precaria acaparar suficiente trabajo para obtener los ingresos 83 Los llamados «mystery shoppers» son falsos clientes que visitan de incógnito tiendas, hoteles, etc. para evaluar la calidad del servicio prestado. 84 https://fairtube.info/en/seite/for-platform-operators-and-clients/. 85 Viktor Cherniivaskyi, Informe del gremio de profesionales de la informática (en ucraniano), 2021. 86 https://t.me/itguildukraine?fbclid=IwAR0p0l0tqRzcV1JKXlvr_e_6E_aMeZKVwbMYVOhA6yDoeWETwM8q1ymQtnM. 87 Estudio de caso encargado por la OIT en Ucrania. 88 https://www.facebook.com/groups/be.free.ua 89 M.A. Ruiz Coll, «UGT crea un sindicato de 'influencers' para exigir a YouTube ‘condiciones dignas de trabajo’», El Español, 24 de noviembre de 2021. 90 Delivery Riders Alliance, «Snapshot: On-Demand Food Delivery Riders». 38 Documento de Trabajo de la OIT 80 necesarios para sobrevivir, mientras que los trabajadores más seguros —que a menudo no son migrantes— pueden acceder a turnos flexibles cuando les conviene» (Holtum et al. 2021, p. 16) 91. Una elevada proporción de trabajadores migrantes puede constituir otro obstáculo para el éxito de la sindicalización de los trabajadores en la economía de plataformas. Esto puede deberse a las barreras lingüísticas, al carácter temporal de la relación laboral o a la falta de claridad de la situación inmigratoria. El recuadro 13 ilustra con ejemplos concretos las dificultades observadas y el modo en que los sindicatos han logrado conectar con los trabajadores migrantes en la economía de plataformas. XRecuadro 13. Organizaciones de trabajadores y protección de los trabajadores migrantes ●En Australia, muchos de los esfuerzos sindicales en la economía de plataformas se han llevado a cabo en nombre de los trabajadores migrantes (por ejemplo, varios de los litigios promovidos por el sindicato Transport Workers' Union (TWU), que han sentado jurisprudencia, y su defensa en respuesta a las muertes de riders en servicios de reparto de comidas en 2020). Además, las campañas y acciones sindicales en la economía de plataformas se han coordinado con el Centro para Trabajadores Migrantes (MWC) 92, que se encuentra en el Victorian Trades Hall Council de Melbourne. Como parte de su activismo para contrarrestar la explotación de los trabajadores migrantes, el MWC ha presionado a los gobiernos federales y estatales para que mejoren la protección de los trabajadores de plataformas, entre otras cosas facilitándoles información laboral en sus propios idiomas 93. ●En Chile se fundó en 2020 la asociación Riders Unidos Ya, principalmente con el objeto de organizar a los trabajadores de PedidosYa. La mayoría de los repartidores que se identifican con Riders Unidos Ya son de nacionalidad venezolana y casi todos se encuentran en situación migratoria regular 94. ● En España los inmigrantes representan una amplia proporción de los trabajadores de plataformas, en particular de los repartidores: dos de cada tres riders (el 64 por ciento) proceden de América Latina (Adigital 2020). En las entrevistas, los organizadores sindicales expresaron la opinión de que la vulnerabilidad de las personas sin permiso de trabajo obliga a los migrantes a prestar servicios sin ninguna garantía en cuanto a condiciones salariales o laborales. Y esta es también una de las dificultades que impiden la acción sindical o la afiliación de riders 95. ●En Ucrania, los trabajadores de la economía de plataformas están generalmente poco familiarizados con las actividades sindicales y desconocen que algunas organizaciones pueden defender sus intereses. Así sucede sobre todo en el caso de los trabajadores jóvenes, que están muy representados en algunas plataformas de trabajo, y en el de los trabajadores migrantes, que a menudo desconocen sus derechos o no hablan el idioma local, o solo tienen interés en trabajar temporalmente 96. Manifestaciones, huelgas y desconexiones colectivas de trabajadores en la economía de plataformas En los últimos años, el crecimiento de la economía de plataformas ha ido acompañado cada vez más de acciones colectivas coordinadas de los trabajadores de plataformas, como huelgas salvajes, desconexión 91 Véase también James (2020), donde se resumen las comunicaciones presentadas en el marco de la investigación del Gobierno de Victoria sobre el trabajo a pedido (Inquiry into the Victorian On-Demand Workforce) con respecto a la situación de los trabajadores migrantes en las plataformas. 92 https://www.migrantworkers.org.au/. 93 Occhiuzzi, Tys (2021): «Migrant employees are stuck in a 'race to the bottom' when it comes to precarious contract work», SBS News, 13 de abril de 2021. 94 Estudio de caso encargado por la OIT en Chile. 95 Estudio de caso encargado por la OIT en España; entrevistas con expertos. 96 Estudio de caso encargado por la OIT en Ucrania; véase también Aleksynska (2021). 45 Documento de Trabajo de la OIT 80 de trabajo donde los trabajadores no se conocen personalmente (Johnston y Land-Kazlauskas 2018). Otras tienen su origen en la clasificación de los trabajadores como autónomos o contratistas independientes y están relacionadas con la protección de los trabajadores cuando participan en protestas (OIT 2021a). En algunos casos, las empresas de plataformas responden a las protestas de los trabajadores penalizándolos con la desactivación de sus cuentas, negando la importancia de las protestas y enviando avisos a los trabajadores para que sigan trabajando durante los periodos de desconexión, entre otras reacciones. En esos casos, la falta de protección legal efectiva frente a las reacciones de las «empresas de plataformas» puede ser un elemento disuasorio contra las acciones colectivas de los trabajadores de la economía de plataformas (OIT 2021a). En el recuadro 19 se ilustran las dificultades para organizar protestas debido a la dispersión de los trabajadores y a la oposición y las medidas de las empresas de plataformas en respuesta a las protestas de los trabajadores, con ejemplos de diferentes regiones del mundo. XRecuadro 19. Dificultades para organizar acciones colectivas coordinadas en la economía de plataformas ●En Chile, concretamente en la ciudad de Santiago, el grupo Riders Unidos Ya denunció en abril de 2020 el despido de unos 50 trabajadores tras una manifestación pública contra una modificación del sistema de ingresos y contra los despidos antisindicales por las manifestaciones realizadas durante la pandemia de COVID-19 138. ●En Alemania el colectivo de repartidores denominado Gorillas Workers Collective en octubre de 2021 declaró que se había despedido a casi toda la plantilla de tres almacenes en huelga y afirmó que la finalidad de la medida era producir un efecto paralizador en los trabajadores 139. La empresa de la plataforma confirmó que se había despedido a los trabajadores por asistir a huelgas «sin previo aviso», ya que, según la legislación laboral alemana, no están permitidas las huelgas espontáneas no anunciadas. ●En Ghana los trabajadores de plataformas entrevistados manifestaron que, debido a su elevada carga de trabajo, no tenían tiempo para acudir a las reuniones adicionales de las organizaciones de trabajadores ni para participar en protestas, aunque en general valoraban positivamente la existencia de asociaciones (Akorsu, de próxima publicación). ●En España los repartidores de Madrid y Barcelona han llevado a cabo acciones espontáneas. ●En Nigeria algunos conductores de Uber entrevistados dijeron que no conocían las acciones de huelga. Otros afirmaron que no conocían a los supuestos líderes y que, por lo tanto, no se les podía pedir que secundaran las protestas 140. ●En España los riders de Glovo organizaron varias huelgas en 2019 para exigir su clasificación como empleados, lo que provocó la caída del servicio y de las aplicaciones de la empresa en las grandes ciudades. La plataforma respondió ofreciendo a los usuarios una prima por no secundar la huelga y, en los casos más extremos, desconectó de la aplicación a los usuarios que protestaban (Cordero Gordillo 2021). ●En Ucrania, algunos trabajadores de plataformas entrevistados señalaron que el sentido de solidaridad entre los trabajadores de plataformas se contrarresta con la competencia inherente al modelo empresarial de la economía de plataformas 141. 138 Estudio de caso encargado por la OIT en Chile. 139 Gabriel Geiger, «Gorillas Delivery App Fires Workers for Striking», Vice.com. 5 de octubre de 2021. 140 Estudio de caso encargado por la OIT en Nigeria. 141 Estudio de caso encargado por la OIT en Ucrania; entrevistas con trabajadores y expertos. 46 Documento de Trabajo de la OIT 80 Litigios y promoción pública Los ejemplos anteriores ilustran casos de manifestaciones, huelgas y desconexiones colectivas de trabajadores en la economía de plataformas. En general, se constata que los litigios son más frecuentes en las plataformas basadas en la geolocalización que en las plataformas web en línea. Además, los sindicatos y las organizaciones de trabajadores suelen adoptar una estrategia multifacética, que consiste en la combinación de litigios estratégicos o que sientan jurisprudencia con presiones a los gobiernos federales y estatales para que aumenten la regulación de la economía de plataformas. Litigios de sindicatos y trabajadores de plataformas En muchos países, las protecciones legales están vinculadas a la cuestión jurídica de «contratistas independientes frente a empleados» y, por lo tanto, los litigios estratégicos de los sindicatos se centran a veces en la clasificación de los trabajadores. Asimismo, los sindicatos ya existentes suelen prestar asesoramiento jurídico o apoyar los esfuerzos de litigación de las iniciativas de trabajadores de plataformas para organizarse en sindicatos o comités de empresa. En la bibliografía sobre este tema se recogen varios análisis comparativos de los litigios relativos a las plataformas digitales de trabajo en todo el mundo (Hießl forthcoming; ILAW Network 2021; De Stefano et al. 2021a). Por ejemplo, en International Lawyers Assisting Workers (ILAW) Network (2021) se presenta un compendio de las resoluciones judiciales más destacadas relativas a las plataformas digitales y se pone de relieve que los sindicatos en muchos casos han participado directa o indirectamente en las iniciativas de litigio (ILAW Network 2021). El apoyo de los sindicatos es a menudo crucial, ya que los litigios pueden entrañar costos elevados y los procedimientos judiciales sobre la clasificación de los trabajadores pueden prolongarse en el tiempo en varios países. En el ámbito del presente estudio no es posible presentar un panorama exhaustivo de las resoluciones judiciales que clasifican a los trabajadores de la economía de plataformas (véase también OIT 2022a). Además, como ya se ha señalado, es importante tener en cuenta que los litigios no son una actividad neutra en cuanto a costos, ni tampoco son rápidos y fáciles, lo que ha dado lugar a estrategias sindicales divergentes en los distintos países. Los sindicatos, especialmente los más institucionalizados, recurren a la vía jurídica para proteger a los trabajadores de la economía de plataformas en Europa y América del Norte. En varios países esto ha dado lugar a un elevado número de causas judiciales, mientras que en otros las organizaciones de trabajadores de base parecen confiar más en las acciones de protesta que en las acciones judiciales 142. Además, todas las actuaciones conocidas sobre la clasificación de los trabajadores de plataformas se refieren a la economía de plataformas basadas en la geolocalización y no a la economía de plataformas web en línea. Las resoluciones judiciales no son unánimes respecto de la clasificación de los trabajadores de plataformas como dependientes o autónomos (OIT 2022a). En el recuadro 20 se presentan algunos ejemplos de procedimientos litigiosos. Se resumen sucintamente las célebres sentencias del Reino Unido y del Brasil, y se ilustra con ejemplos de España y Ucrania una de las conclusiones generales señaladas anteriormente, a saber, que en algunos países hay un elevado número de litigios (por ejemplo, en España), mientras que en otros los sindicatos recurren mucho menos a los tribunales para acceder a la libertad de asociación y la libertad sindical y a la negociación colectiva (por ejemplo, en Ucrania). XRecuadro 20. Resoluciones judiciales sobre la clasificación de los trabajadores de la economía de plataformas en España y Ucrania ●En el Reino Unido la sentencia del Tribunal Supremo sobre los conductores de Uber, de 19 de febrero de 2021, determinó que los conductores de la aplicación mantienen una relación de dependencia con Uber, toda vez que esta determina la retribución que perciben por su trabajo, 142 Véase también Bessa et al. 2022. 47 Documento de Trabajo de la OIT 80 impone las condiciones contractuales, penaliza el rechazo de servicios y restringe la comunicación entre clientes y conductores (OIT 2022a). ●En el Brasil, el Tribunal Superior de Justicia dictaminó que los conductores de plataformas basadas en aplicaciones son autónomos porque prestan sus servicios de forma ocasional, sin un horario fijo, y no perciben un salario fijo 143. ● En España se interpusieron numerosas demandas contra resoluciones de contratos (desconexiones de la aplicación por decisión unilateral de la empresa) en el marco de la estrategia sindical, a fin de exigir que se considerara a los riders empleados directos y que las resoluciones de los contratos se consideraran despidos improcedentes. Por su parte, las empresas de la plataforma impugnaron judicialmente los informes de la Inspección 144 o el informe de Hacienda sobre la clasificación de los riders como empleados. La mayoría de las sentencias fueron favorables a la consideración de los riders como empleados directos 145, aunque algunas avalaron su consideración como trabajadores autónomos económicamente dependientes 146. ●Por el contrario, en el estudio de caso encargado por la OIT en Ucrania, no se identificó ninguna causa pertinente a la economía de plataformas en relación con la clasificación de los trabajadores en el país (septiembre de 2021). El Leeds Index of Platform Labour Protest señala que un número importante de acciones de protesta (el 15,3 por ciento de todas las protestas registradas) consisten en litigios incoados por sindicatos y trabajadores de plataformas (Bessa et al. 2022). En particular, los sindicatos de América del Norte, Europa y Asia Central apoyan a los trabajadores que litigan contra las empresas de plataformas, impugnan la clasificación de los trabajadores de plataformas como autónomos o tratan de lograr el reconocimiento formal de los sindicatos, además de amparar otras formas de protesta (Bessa et al. 2022). Sin embargo, también los sindicatos y las organizaciones de trabajadores de otras regiones del mundo han empezado a utilizar los litigios para defender sus intereses y proteger las iniciativas de sindicalización (véase el recuadro 21). XRecuadro 21. Litigios incoados por sindicatos de Chile y el Uruguay ● En Chile, la organización de trabajadores Riders Unidos Ya demandó a la plataforma con el apoyo de la CUT 147 e interpuso por primera vez en el país una denuncia por presunto antisindicalismo al organizar a los repartidores de plataformas basadas en aplicaciones. Se presentaron dos demandas colectivas. Una terminó en conciliación y la segunda en el Tribunal de Apelaciones tras haber sido desestimada por el Juzgado de Letras del Trabajo. 143 Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del Brasil sobre los conductores de Uber, 28 de agosto de 2019. 144 Actas de la Inspección de Trabajo de Valencia de 19 de diciembre de 2017 (núm. de referencia 462017008125108), de Madrid de 25 de enero de 2018 (acta de liquidación de cuotas núm. 282017008267948) o de Barcelona de 2 de julio de 2018. 145 Entre otras, las sentencias del Juzgado de lo Social núm. 6 de Valencia de 1 de junio de 2018 (Roj 2892/2019) y 10 de junio de 2019 (ROJ 2892/2019); la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 11 de Barcelona de 29 de mayo de 2018 (Roj 2390/2018); la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 1 de Gijón de 20 de febrero de 2019 (Roj 280/2019); la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 31 de Barcelona de 11 de junio de 2019 (Roj 2253/2019); la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 24 de Barcelona de 18 de noviembre de 2020 (Roj 5102/2020); la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 24 de Barcelona de 18 de noviembre de 2020 (Roj 5102/2020); la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 33 de Madrid de 11 de febrero de 2019 (Roj 279/2019); la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Zaragoza de 27 de abril de 2020 (Roj 279/2019); la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Zaragoza de 27 de abril de 2020 (5102/2020); la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 1 de Gijón de 20 de febrero de 2019 (Roj 280/2019); la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Zaragoza de 27 de abril de 2020 (Roj 31/2020); la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 25 de julio de 2019 (recurso núm. 0001143/201); las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 27 de noviembre y 18 de diciembre de 2019 (recurso núm. 588/2019 y 714/2019) y 17 de enero de 2020 (recurso núm. 1323/2019); las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 27 de noviembre y 18 de diciembre de 2019 (recurso núm. 588/2019 y 714/2019) y 17 de enero de 2020 (recurso núm. 1323/2019); las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 7 y 12 de mayo, 11 de junio y 22 de septiembre de 2020 (recursos núms. 5647/2019, 6774/2019, 599/2020, 899/2020); y la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León/Valladolid de 17 de febrero de 2020 (recurso núm. 2253/2019). 146 Entre otras, la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 39 de Madrid de 3 de septiembre de 2018 (Roj 3042/2018); sentencia del Juzgado de lo Social núm. 17 de Madrid de 11 de enero de 2019 (Roj 269/2019); sentencia del Juzgado de lo Social núm. 24 de Barcelona de 21 de mayo de 2019 (Roj 2931/2019); sentencia del Juzgado de lo Social núm. 1 de Salamanca de 14 de junio de 2019 (Roj 2893/2019); y sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 19 de septiembre de 2019 (recurso núm. 715/2019). 147 La Central Unitaria de Trabajadores es la confederación sindical más representativa del país. 48 Documento de Trabajo de la OIT 80 ●En el Uruguay la ACUA demandó en 2018 a la empresa de la plataforma Uber para lograr el reconocimiento de la relación de trabajo 148. Los sindicatos también pueden apoyar a los trabajadores individuales de plataformas en asuntos jurídicos distintos de la clasificación laboral. En el recuadro 22 se presentan ejemplos relacionados con las reclamaciones de seguros, el derecho a los equipos de protección personal y el uso y funcionamiento de las herramientas digitales en las aplicaciones. XRecuadro 22. Ejemplos de litigios sindicales que no tienen por objeto la clasificación laboral ●En Australia, el sindicato TWU apoyó a la familia de un rider de Uber Eats fallecido y presentó una demanda contra Uber y contra la compañía aseguradora de indemnización de trabajadores de Nueva Gales del Sur, iCare 149. ●En Alemania, el sindicato NGG apoyó el litigio de dos trabajadores de plataformas de reparto. El tribunal consideró que los repartidores tenían derecho a recibir un teléfono móvil y una bicicleta pagados por la empresa. La empresa de la plataforma ha recurrido la sentencia 150. ●En la India, en septiembre de 2021 IFAT sometió un litigio de interés público a la jurisdicción del Tribunal Supremo de la India para solicitar prestaciones de seguridad social en beneficio de los trabajadores del transporte y el reparto a través de aplicaciones 151. ●En Italia, en diciembre de 2020 un tribunal de Bolonia dictaminó que el algoritmo utilizado por una plataforma digital de trabajo era discriminatorio, ya que generaba efectos desventajosos sin tener debidamente en cuenta las diferencias entre los diversos casos (OIT 2022a). El algoritmo degradaba automáticamente a los trabajadores cuando estos regresaban de un periodo de ausencia por diversos motivos (problemas de salud, compromisos relacionados con el cuidado de familiares o acciones colectivas). La causa fue promovida por el sindicato más representativo de Italia, la CGIL. ●En el Reino Unido, el sindicato App Drivers & Couriers Union (ADCU) y Worker Info Exchange han emprendido acciones legales contra Uber por el despido improcedente de un conductor y un mensajero después de que el sistema de reconocimiento facial de la empresa no los identificara. En la investigación se constató que el software de reconocimiento facial no funciona tan bien con las personas de color y podría no reconocerlas. El sindicato Independent Workers’ Union of Great Britain afirma que se canceló la inscripción de al menos otros 35 conductores en Uber como consecuencia de supuestos errores de software152. Actividades de promoción impulsadas por sindicatos y trabajadores de plataformas para lograr cambios regulatorios Además de los litigios estratégicos o que sientan jurisprudencia, los sindicatos y las organizaciones de trabajadores suelen aplicar estrategias de promoción pública, por ejemplo, interviniendo en medios de comunicación o participando en iniciativas regulatorias. Las organizaciones de trabajadores pueden presionar a los gobiernos en diferentes ámbitos para que adopten nuevas iniciativas regulatorias (OIT 2021a). En el recuadro 23 se presentan ejemplos de actividades de promoción impulsadas por organizaciones de trabajadores en distintos países. 148 Mesa, 13 de noviembre de 2019. 149 Stephanie Palmer-Derrien, «Family of killed UberEats rider files workers’ comp claim, in what could be a landmark test case for the gig economy», Smart Company, 10 de diciembre de 2020. 150 Hessisches Landesarbeitsgericht, 14 Sa 306/20 und 14 Sa 1158/20. 151 Yatti Soni, «Indian Federation of App-based Transport Workers files PIL seeking social security benefits», Business Line, 22 de septiembre de 2021. 152 Robert Booth, «Ex-Uber driver takes legal action over ‘racist’ face-recognition software», The Guardian, 5 de octubre de 2021. 49 Documento de Trabajo de la OIT 80 XRecuadro 23. Actividades de promoción impulsadas por sindicatos y trabajadores de plataformas para lograr cambios regulatorios ●En Australia la RSDAA 153 es un grupo de presión en línea que representa los intereses de los conductores de vehículos compartidos, está constituido por afiliación y se centra sobre todo en formular propuestas a los organismos gubernamentales para ejercer presión y en proporcionar diversas formas de asesoramiento y asistencia a los conductores 154. ●En Costa Rica, una asociación de conductores que prestan sus servicios a través de aplicaciones propuso instaurar un organismo administrativo independiente para la resolución de conflictos entre las empresas de aplicaciones y los conductores. La asociación aspiraba a incorporar esta propuesta a la legislación costarricense cuando se redactó el presente documento (OIT 2021a). ●En Chile los representantes de organismos reguladores entrevistados indican que, durante la tramitación legislativa en curso iniciada en el Senado para promulgar un proyecto de ley que regula el trabajo en plataformas digitales, han mantenido contacto con algunas asociaciones de trabajadores de plataformas para escuchar sus exigencias y propuestas de mejora regulatoria. Por ejemplo, el Gremio de Conductores de Aplicaciones de Concepción y Chillán (Grecco), el sindicato de empresa de Cornershop y ACUA Chile 155. ●En Ghana, la National Alliance of Digital Drivers Union – Ghana trata de dar voz a los trabajadores de plataformas e insta al Gobierno y al Parlamento a que revisen la legislación laboral para que abarque las nuevas formas de trabajo en la economía de plataformas digitales 156. ●En la República de Corea, el Consejo Económico, Social y Laboral constituye un foro de diálogo entre los representantes de los trabajadores, los empleadores y el Gobierno. El Consejo ha creado diversos comités que se ocupan de cuestiones relacionadas con las plataformas digitales, entre ellos el Comité sobre la Transformación Digital y el Futuro del Trabajo (OIT 2021a). ●En los Estados Unidos, como reacción a la pandemia, los trabajadores de plataformas constituyeron la asociación Los Deliveristas Unidos, que según se informa está formada por miles de conductores de reparto de comidas que han organizado concentraciones y presionado al ayuntamiento de Nueva York para obtener mayores derechos y protecciones 157. La promoción pública de las organizaciones de trabajadores suele poner de relieve las condiciones laborales de los sectores del transporte y el reparto de comidas en la economía de plataformas. No obstante, varias iniciativas de promoción abarcan también otros sectores. Las empresas de plataformas digitales adquieren cada vez mayor importancia en el trabajo doméstico y la prestación de cuidados (OIT 2021b). El número de estas empresas activas en el sector del servicio doméstico y de cuidados en todo el mundo pasó de 28 plataformas en 2010 a 224 en 2020 (OIT 2021b). Como respuesta a este fenómeno, en Australia, por ejemplo, los sindicatos han aprovechado la investigación del Gobierno de Victoria sobre el trabajo a pedido (Inquiry into the Victorian On-Demand Workforce) para promover sus intereses y han presentado comunicaciones sobre el impacto de las plataformas digitales en los salarios y las condiciones de los trabajadores de los sectores del cuidado (véase el recuadro 24). 153 https://rsdaa.org.au/. 154 Estudio de caso encargado por la OIT en Australia. 155 Estudio de caso encargado por la OIT en Chile; entrevistas a expertos. 156 Cedi Dollar, «‘Gig economy platforms’ create about 100,000 jobs – report», 6 de diciembre de 2021. 157 David J. Pryzbylski, «Giggity Giggity: Gig Economy Workers Launch Unionization Effort», 6 de agosto de 2021, btlaw.com. 50 Documento de Trabajo de la OIT 80 XRecuadro 24. Análisis detallado: los sindicatos del sector del cuidado participan en la investigación del Gobierno de Victoria en Australia 158 En Australia, la investigación del Gobierno de Victoria sobre el trabajo a pedido se centró en dos plataformas de servicios de cuidado personal con fines comparativos: HireUp, un proveedor registrado en el sistema nacional de seguro por discapacidad (NDIS) (lo que significa que puede prestar cualquier servicio a todos los participantes en el sistema); y Mable, un proveedor no registrado (que puede prestar servicios a participantes autogestionados y gestionados por un plan en el marco del NDIS). Mable facilita la contratación por el cliente de cuidadores en calidad de contratistas independientes, mientras que HireUp contrata directamente a los trabajadores como empleados ocasionales en el marco del laudo correspondiente al sector de servicios sociales, comunitarios, de atención domiciliaria y de discapacidad de 2010 (James 2020; the Senate, Select Committee on Job Security 2021). Las plataformas que operan en el sector del cuidado suelen adoptar numerosos sistemas tecnológicos para controlar el rendimiento de los trabajadores y la calidad del servicio, del tipo de los que están omnipresentes en los sistemas de transporte compartido y de reparto de comidas, como las calificaciones dadas por los clientes (ratings), las reseñas, las clasificaciones (rankings) e incluso las sanciones económicas (Flanagan 2019; Macdonald 2021). Cuatro sindicatos —Australian Nursing and Midwifery Federation (ANMF), Australian Services Union (ASU), Health and Community Services Union (HACSU) y United Workers Union (UWU)— se ocupan de los trabajadores del sector de los cuidados personales. Todos ellos han participado en actividades de promoción y han presentado comunicaciones en el marco de las investigaciones gubernamentales sobre el impacto de las plataformas digitales en los salarios y las condiciones de los trabajadores de los sectores del cuidado. El HACSU comunicó a la citada investigación del Gobierno de Victoria que los niveles retributivos de los trabajadores de Mable, teniendo en cuenta que no se abonan prestaciones de jubilación y que la carga de trabajo de esos contratistas independientes es ocasional, están por debajo del salario mínimo legal para el trabajo de cuidados personales o de enfermería (James 2020). En el informe de la investigación se señalaron los riesgos para la salud y la seguridad de los trabajadores contratados a través de plataformas de servicios de cuidados sin que medie una relación de trabajo, entre otros los riesgos derivados de la entrada en domicilios privados en circunstancias en que los trabajadores son responsables de su propia seguridad (James 2020; Australia, Senate Select Committee on Job Security 2021). Al aportar datos a la investigación del Senado sobre la seguridad en el empleo, tanto ANMF como UWU indicaron que la contratación a través de plataformas (y empresas de contratación de trabajadores) en el sector de los cuidados personales llevaba a los trabajadores a trabajar habitualmente un número excesivo de horas, a menudo en varios sitios (Australia, Senate Select Committee on Job Security 2021). UWU también sostiene que «[u]na larga historia de infravaloración de los sectores feminizados ha […] contribuido a la invasión de la economía de plataformas» en el sector de los servicios de cuidados personales, de rápido crecimiento en Australia (UWU 2020, pág. 54). ASU, HACSU y UWU participan en los procesos en curso en la Comisión de Trabajo Justo relativos a los ajustes del laudo del sector de servicios sociales, comunitarios, de atención domiciliaria y de discapacidad (tratando, entre otras cosas, de contrarrestar los esfuerzos de grupos empresariales que representan a proveedores con ánimo de lucro por empeorar las condiciones de trabajo, como las disposiciones del laudo que regulan el tiempo de trabajo) (Macdonald 2021). En cambio, los sindicatos no han participado en la negociación colectiva en representación de los trabajadores de plataformas de los sectores del cuidado, lo que refleja los niveles más bajos de negociación formalizada de ámbito empresarial en el sector de los servicios sociales y comunitarios en general, así como la dispersión de los trabajadores (Macdonald 2021). 158 En los últimos años han surgido plataformas digitales que ponen en contacto a los trabajadores con los hogares, como UberCare y Better Caring, especializadas en el cuidado personal de las personas mayores; Mynder y Find-A-Babysitter, que se centran en los servicios de niñeras y cuidado de niños; y Care.com, una plataforma mundial con sede en los Estados Unidos, que opera en más de 20 países y que gestiona una amplia oferta de servicios domésticos y de cuidados en Australia (Flanagan 2019). 51 Documento de Trabajo de la OIT 80 Iniciativas de plataformas digitales de trabajo, trabajadores autónomos de plataformas que crean organizaciones empresariales y actividades de promoción impulsadas por las organizaciones de empleadores En este apartado se describe cómo las organizaciones de empleadores dan voz a las empresas de plataformas y entran en contacto con empleados, trabajadores autónomos y contratistas independientes. Algunos contratistas independientes de la economía de plataformas también se han organizado formando asociaciones empresariales. En los estudios de casos encargados con miras a la elaboración de este documento de trabajo, se realizaron encuestas en una selección de países para documentar posibles iniciativas de las organizaciones de empleadores relacionadas con la economía de plataformas. Los ejemplos encontrados se exponen en este apartado y se complementan con las iniciativas de organizaciones de empleadores y plataformas digitales de trabajo documentadas a partir de una revisión bibliográfica. En general, las empresas de plataformas tienden a regular unilateralmente las condiciones que aplican a sus trabajadores autónomos o contratistas independientes (OIT 2021a). Sin embargo, algunas empresas de plataformas se comprometen a dialogar con las organizaciones de trabajadores y con grupos informales de trabajadores o a mejorar unilateralmente las condiciones de trabajo (véase el recuadro 30). Otras empresas de plataformas han decidido adherirse a las organizaciones nacionales de empleadores (Hauben, Kahancova y Manoudi 2021) o crear nuevas organizaciones de empleadores (OIT 2022a). Los contratistas independientes o los trabajadores por cuenta propia también pueden optar por afiliarse a asociaciones empresariales u organizaciones de empleadores (OIE 2019). En el recuadro 25 se presentan ejemplos de trabajadores de plataformas autónomos y de empresas de plataformas que se unen o crean asociaciones. XRecuadro 25. Los trabajadores de plataformas autónomos y las empresas de plataformas se adhieren a organizaciones de empleadores o crean asociaciones ●En Chile, la asociación ACUA tiene características cercanas a la microempresa o al empleo por cuenta propia 159. ●En Alemania, la Deutscher CrowdSourcing Verband 160 sirve como ejemplo de creación de organizaciones empresariales específicas de plataformas para la defensa de sus intereses «patronales» (OIT 2022a). ●En Italia, un grupo de empresas de plataformas de reparto de comidas creó en 2018 una nueva organización de empleadores, AssoDelivery 161, para negociar con el Gobierno y las organizaciones de trabajadores (OIE 2019). ●En Kenya se fundó la asociación profesional OPWAK en 2019 162. Según la información facilitada, la mayoría de sus miembros son pequeñas empresas o autónomos. ●En Eslovaquia Uber se ha adherido al Sindicato Nacional de Empleadores y a la asociación profesional de empresas de tecnologías de la información (OIE 2019). ●En España muchas empresas de plataformas se han integrado en Sharing España, un grupo creado en el seno de la Asociación Española de la Economía Digital (Adigital)163 que engloba diferentes empresas de la economía colaborativa, bajo demanda y del acceso, con el objetivo de analizar y difundir el impacto que estas nuevas economías y modelos basados en plataformas tienen en el desarrollo socioeconómico y la sostenibilidad. 159 https://de-de.facebook.com/groups/188425622032569/about/. 160 https://www.crowdsourcingverband.de. 161 https://assodelivery.it/. 162 https://www.opwak.or.ke/. 163 https://www.adigital.org/. 52 Documento de Trabajo de la OIT 80 Además, algunas otras organizaciones no son específicas del trabajo en plataformas, sino que son pertinentes para los trabajadores autónomos en general. Se trata, por ejemplo, de UNIZO 164 en Bélgica, FNAE 165 en Francia, IPSE 166 en el Reino Unido y Freelancers Union 167 en los Estados Unidos. Los autónomos de las plataformas digitales de trabajo pueden optar por adherirse a estas organizaciones o a otras similares para organizarse y beneficiarse de sus servicios. Las iniciativas de acción de las organizaciones de empleadores suelen contemplar la promoción pública del modelo de contratación de las plataformas. Algunas empresas de plataformas pueden recurrir a los tribunales para que se reconozca la clasificación de los trabajadores de la economía de plataformas como contratistas independientes. En España, varias empresas de plataformas manifestaron su preferencia por clasificar a los trabajadores como autónomos en el ámbito de las plataformas digitales de reparto en respuesta a la reforma normativa de la Ley 12/2021, en virtud de la cual se introdujo una presunción refutable de la existencia de una relación de trabajo en la actividad de los riders (recuadro 26). XRecuadro 26. Reacciones de las organizaciones de empleadores y de determinadas plataformas ante la Ley Rider en España En España, las organizaciones de empleadores CEOE y CEPYME participaron en una mesa de diálogo social en la que acordaron el contenido de la Ley 12/2021, que incluye la presunción de la existencia de una relación de trabajo en el ámbito de las plataformas digitales de reparto (véanse más detalles en el capítulo 3). En respuesta, una de las empresas de reparto españolas (Glovo) anunció su salida de la organización de empleadores española CEOE porque ese acuerdo se había alcanzado a través del diálogo social. Asimismo, la Asociación de Plataformas de Servicios bajo demanda, que agrupa a las principales plataformas de reparto de comidas en España, emitió un comunicado en el que lamentaba la aprobación de la norma 168. En la economía de plataformas basadas en la geolocalización, la mayoría de las empresas de plataformas manifiestan una estricta preferencia por los repartidores autónomos e independientes, pero al mismo tiempo algunas dialogan con organizaciones de trabajadores y grupos informales de trabajadores. En el recuadro 27 se recogen las opiniones expresadas en las entrevistas con representantes de empresas de plataformas, a partir de un análisis de las declaraciones públicas de las plataformas en Chile. XRecuadro 27. Entrevistas a expertos y opiniones expresadas públicamente por representantes de empresas de plataformas en Chile En Chile 169, las entrevistas con representantes de empresas de plataformas pusieron de relieve que algunos de ellos conocían las organizaciones de trabajadores o los grupos de medios sociales de la economía de plataformas en general o incluso los grupos relacionados específicamente con su plataforma. La mayoría de los representantes de las empresas de plataformas expresaron una estricta preferencia por los repartidores autónomos e independientes. Al mismo tiempo, algunos representantes de plataformas señalaron que habían entablado contacto con las organizaciones de trabajadores y que mantenían una relación informal permanente con ellas, por ejemplo, para mejorar colaborativamente las condiciones de trabajo mediante la implantación de planes de seguros de accidentes. Otros representantes de empresas de plataformas declararon que no tenían 164 https://www.unizo.be/. 165 https://www.federation-auto-entrepreneur.fr/fondamentaux-priorites-fnae. 166 https://www.ipse.co.uk/. 167 https://www.freelancersunion.org/. 168 https://www.indisa.es/al-dia/comunicado-asociacion-plataformas-servicios-bajo-demanda-aps-ley. 169 Estudio de caso encargado por la OIT en Chile; entrevistas con representantes de empresas de plataformas y análisis de declaraciones de acceso público. 53 Documento de Trabajo de la OIT 80 conocimiento de la existencia de organizaciones de trabajadores o grupos de medios sociales pertinentes relacionados con su plataforma. Además, las organizaciones de empleadores y las empresas de plataformas suelen destacar las ventajas de la flexibilidad y las oportunidades de generación de ingresos que ofrece el trabajo en plataformas 170. XRecuadro 28. Actividades de promoción impulsadas por las organizaciones de empleadores En Australia, los principales grupos empresariales o de empleadores (por ejemplo, Australian Industry Group, Australian Chamber of Commerce and Industry) se han posicionado sistemáticamente en contra de cualquier regulación de la economía de plataformas, subrayando la importancia de su flexibilidad y las oportunidades de iniciativa empresarial (AiGroup Workforce Development 2016; James 2020). También señalan que el trabajo en plataformas ofrece oportunidades de participación en el mercado laboral a determinados grupos que de otro modo se privarían de ellas, como es el caso de los trabajadores más jóvenes que tratan de compaginar su actividad laboral con los estudios (James 2020). AiGroup presta servicios de representación a los operadores de plataformas, incluidas las actividades de promoción sobre cuestiones de política171, y en 2021 coordinó el desarrollo de los Principios Nacionales de Seguridad para las Plataformas de Reparto de Comidas, que fue firmado por Deliveroo, DoorDash, Hungry Panda, Menulog y Uber Eats 172. Las empresas de plataformas han mantenido posturas similares a las de las principales organizaciones empresariales en los debates públicos, amparadas por la opinión del Ministro de Relaciones Laborales de Australia, en el sentido de que la intervención reguladora en la economía de plataformas coartaría la innovación 173 . Deliveroo ha afirmado que, si se reclasificara a sus repartidores como empleados, disminuiría la demanda de trabajo en el sector del reparto de comidas, ya que dejaría de ser tan flexible y, por ende, atractivo para los trabajadores (Deliveroo s.f.). Las empresas de plataformas se comprometen a mejorar las condiciones de trabajo o a ofrecer un salario digno Algunas empresas de plataformas negocian con los sindicatos y se comprometen a mejorar las condiciones de trabajo. En el caso de Australia, se ha mantenido un diálogo entre empleadores y sindicatos en el contexto de la solicitud presentada por la plataforma de reparto de comidas Menulog para que la Comisión de Trabajo Justo promulgue un nuevo laudo moderno (véase un análisis de la posición de la empresa de la plataforma Just Eat Takeaway.com, de la que Menulog es filial, en el capítulo 3). En el recuadro 29 se describe con detalle el proceso y las declaraciones de la empresa de la plataforma Menulog durante la solicitud de un laudo a la Comisión de Trabajo Justo de Australia (octubre de 2021). 170 Véase, por ejemplo, https://www.adigital.org/adigital/plataformas-digitales-delivery-708-millones-euros-pib-espanol/. 171 https://www.aigroup.com.au/sectors-and-advocacy/gig--platform/. 172 Como respuesta autorreguladora a la creciente incidencia de muertes de riders, los Principios concluyen con la siguiente declaración, claramente destinada a procurar que las eventuales medidas que adopten las plataformas para mejorar la seguridad de los riders no ponga en peligro el modelo de contratación de las plataformas: «Al asumir estos principios se reconoce que los repartidores de comidas valoran enormemente la flexibilidad de operar en el sector del reparto de comidas, en particular la libertad de decidir cuándo y dónde trabajan, cuánto tiempo trabajan, u optar por no trabajar cuando no les conviene por sus circunstancias personales. Cuando trabajan, pueden conectarse a varias plataformas de reparto de alimentos en cualquier momento y pueden aceptar o rechazar pedidos en cualquier fase del proceso de reparto, e incluso desvincularse de un pedido si se sienten inseguros. En algunas circunstancias, pueden delegar su cuenta en otras personas y llegar a acuerdos comerciales a tal efecto. No se pretende que la aplicación de estos Principios ponga en cuestión las prestaciones que los repartidores de alimentos obtienen de esas modalidades flexibles». 173 Marion Rae, «Insecure Work Doesn’t Exist For Lawmakers In Australia», Zenger, 1 de junio de 2021. 54 Documento de Trabajo de la OIT 80 XRecuadro 29. La empresa de la plataforma Menulog (Just Eat Takeaway.com) solicitó a la Comisión de Trabajo Justo un nuevo laudo para el sector de los servicios de reparto bajo demanda en Australia En Australia, Menulog inició una prueba de empleo directo de algunos de sus riders en junio de 2021, de conformidad con las condiciones del laudo misceláneo 174 de 2020, que se aplica a los empleadores y empleados cubiertos por la Ley de Trabajo Justo que no están amparados por ningún otro laudo moderno 175. La prueba comenzó con unos 10 riders de Sídney; Menulog pretende elevar la cifra a 100, que trabajarán en su mayoría en turnos de cuatro horas, con sus propias bicicletas eléctricas (con un complemento salarial en concepto de mantenimiento) y equipados con uniformes de alta visibilidad proporcionados por Menulog (Workplace Express 2021a; Bonyhady 2021) 176. El Director General de la plataforma explicó que este cambio de enfoque se basaba en la necesidad de armonizar su posición con la de su nueva empresa matriz europea, Just Eat Takeway.com. Afirmó que la empresa cumple la legislación laboral, pero que podría ir más allá: «Estamos comprometidos con la seguridad de nuestros mensajeros, que cuentan con cobertura de seguros y disfrutan de unos ingresos justos. Tenemos la responsabilidad de contribuir a elevar el nivel de vida de nuestros mensajeros y, por ello, hemos empezado a estudiar cómo mejorar nuestros procedimientos operativos y, en particular, cómo desplegar un modelo de trabajo asalariado en Australia. […] [T]enemos la intención de investigar las fórmulas de empleo presentando una solicitud ante la Comisión de Trabajo Justo para que se formule un nuevo laudo moderno, además de consultar a las principales partes interesadas» (Workplace Express 2021b) 177. Menulog ha entablado consultas sobre la propuesta de laudo con el sindicato TWU, «al que reconoce como la organización de empleados que representa los intereses de los mensajeros del sector bajo demanda» (Workplace Express 2021b, párr. 11). TWU acogió con satisfacción la iniciativa de Menulog, calificándola de «momento decisivo para la economía de plataformas en Australia» y comprometiéndose a colaborar con la plataforma «en este importante ensayo que pondrá en tela de juicio el mito de que la flexibilidad y la equidad están reñidas» 178. A finales de junio de 2021, al comenzar su ensayo de empleo directo, Menulog solicitó formalmente a la Comisión de Trabajo Justo la creación de un nuevo laudo para el sector de los servicios de reparto bajo demanda 179. La creación de nuevos laudos modernos en virtud de la Ley de Trabajo Justo es bastante excepcional. Entre otros factores, la Comisión de Trabajo Justo debe tener el convencimiento de que la creación de un laudo fomentará el «objetivo de los laudos modernos» (artículo 134), a saber, la fijación de unas condiciones de empleo mínimas justas y pertinentes en función de las necesidades de los trabajadores peor remunerados, la inclusión social a través de la participación de los trabajadores, las 174 Los laudos (laudos modernos) son instrumentos jurídicos que establecen las condiciones de trabajo y el salario mínimo y se aplican a la mayoría de las personas que trabajan en Australia. Para consultar la lista completa de los 122 laudos modernos que se aplican a empleadores y empleados en función del sector o de la ocupación, véase Australia, Fair Work Commission, «Find an Award». Los sindicatos y las organizaciones de empleadores no tienen atribuida una función formal como codeterminantes de los laudos sectoriales; pueden presentar sus opiniones, pero no influyen de manera directa en su determinación». 175 Los sindicatos y las organizaciones de empleadores no tienen atribuida una función formal como codeterminantes de los laudos sectoriales; pueden presentar sus opiniones, pero no influyen de manera directa en su determinación. 176 Otros ejemplos de plataformas que siguen un modelo de empleo directo son Sidekicker, que coloca a personal ocasional en el sector de la hostelería, y Hireup, en el sector de la atención a la discapacidad; véase James (2020). 177 Véase también la declaración de Belling ante la Comisión Especial del Senado sobre seguridad en el empleo: Select Committee on Job Security 2021, págs. 150-151 (en particular, su afirmación de que Menulog desea «apostar por lo que consideramos la norma moral más elevada, que es el empleo» y que espera tener a todos sus trabajadores empleados «de aquí a unos años»). 178 TWU, «TWU welcomes Menulog trial to reclassify riders and give them rights», 12 de abril de 2021. 179 La solicitud y demás documentos relacionados con este asunto, que comprenden las alegaciones de las partes interesadas y el proyecto de laudo de Menulog para el sector de los servicios de reparto bajo demanda, pueden consultarse en: https://www.fwc.gov. au/cases-decisions-orders/major-cases/proposed-demand-delivery-services-award. El «sector de servicios de reparto bajo demanda», según la definición de Menulog, es «la recogida y entrega de comidas, bebidas, bienes o cualquier otro artículo […] pedidos por un consumidor a empresas de terceros» que ofrecen esos bienes, etc. «para su recogida y entrega inmediata en una plataforma en línea o basada en una aplicación, siempre que: a) la recogida y entrega no sea de comidas, bebidas, bienes u otros artículos propios del empleador que este pone a la venta, y que b) el empleador no tenga como actividad principal la prestación de servicios generales de transporte o reparto a gran escala de comidas, bebidas, bienes o cualquier otro artículo que no haya sido comprado en su plataforma en línea» (proyecto de laudo, cláusula 4.2). Si la Comisión de Trabajo Justo incluyera esta definición en un laudo para el sector de servicios de reparto bajo demanda como resultado de este procedimiento, significaría que todas las plataformas de reparto bajo demanda estarían cubiertas por el laudo moderno, aunque las plataformas distintas de Menulog impugnarían su aplicación a sus actividades sobre la base de su posición de que no son «empleadores» y de que no tienen ningún conductor/rider contratado como «empleado». 61 Documento de Trabajo de la OIT 80 todavía en proceso de aplicación. Muchos son de carácter experimental, ya que tratan de abordar las especificidades de la economía de plataformas. Sus disposiciones tienen en cuenta las características clásicas de una relación de trabajo, como el salario y el tiempo trabajado. Sin embargo, los convenios difieren sustancialmente en cuanto a su longitud, profundidad y alcance. En varios convenios, los interlocutores sociales declaran expresamente su intención de «aplicar experimentalmente» el primer convenio y recoger experiencias para establecer relaciones de negociación colectiva permanentes en la economía de plataformas. XRecuadro 32. Carácter experimental de los convenios colectivos ● Just Eat Takeaway.com – CGIL/CISL/UIL (Italia): «El presente convenio tiene un carácter experimental y estará en vigor hasta el 31 de marzo de 2024; hasta la fecha de su renovación, en su caso, se mantendrá en vigor» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Hilfr – 3F (Dinamarca): «Las partes declaran conjuntamente que el presente convenio colectivo experimental es un intento de tender un puente entre las plataformas digitales y el modelo de mercado de trabajo danés. El objetivo del convenio colectivo experimental es, en parte, recoger experiencias con miras a establecer relaciones permanentes de negociación colectiva» (traducción no oficial; cursiva añadida). En el anexo de este estudio se expone una visión de conjunto de los acuerdos que no representan convenios colectivos, sino códigos de conducta o pactos sociales negociados entre las organizaciones de trabajadores y las empresas de plataformas u organizaciones de empleadores, incluso dentro de la economía de plataformas en línea. Predominio de los convenios en el sector del reparto de comidas y en Europa  Varios de los convenios colectivos del sector del reparto de comidas fueron suscritos por la empresa de la plataforma Just Eat Takeway.com (o sus filiales) con organizaciones sindicales nacionales en Dinamarca, Italia y España. Además, un convenio sectorial de Austria se aplica principalmente a los repartidores empleados por Lieferando (Just Eat Takeaway.com). Todos los convenios colectivos identificados se refieren al trabajo geolocalizado y la mayoría de ellos se formalizaron en países europeos (Austria, Dinamarca, España, Italia, Noruega y Suecia). De los convenios analizados, nueve corresponden al sector del reparto de comidas (en Austria, Chile, Dinamarca, España, Italia, Noruega, República de Corea y Suecia) 189. Uno de los convenios identificados se refiere al transporte de pasajeros en Suecia 190. El convenio firmado por la plataforma Hilfr se aplica al sector de la limpieza en Dinamarca. Una de las razones de esta distribución desigual entre regiones, países y sectores puede tener su origen en las divergentes tradiciones de diálogo social. Además, los conductores que prestan servicios de transporte y reparto a través de aplicaciones en la economía de plataformas pueden reunirse y comunicarse en la calle y durante el tiempo de espera en los restaurantes más a menudo que los trabajadores de otros sectores (por ejemplo, los trabajos de limpieza y de cuidados en la economía de plataformas), lo que puede facilitar la negociación colectiva. Es también más probable que los conductores de servicios de transporte y reparto basados en aplicaciones trabajen solo para una empresa de plataforma específica, lo que facilita el surgimiento de un sentido de identidad común a todos los trabajadores. Por lo general, la proximidad física y la identidad compartida de los trabajadores del transporte y el reparto a través de aplicaciones favorecen la 189 Además, las negociaciones pendientes de un nuevo laudo moderno también están relacionadas con el sector del reparto de comidas en Australia. 190 Según las fuentes consultadas, la empresa de la plataforma Bzzt no tiene actualmente ningún empleado al que se pueda aplicar el convenio en Suecia a partir de julio de 2021. 62 Documento de Trabajo de la OIT 80 movilización y la organización sindical en mayor medida que en el caso de los trabajadores de otros sectores basados en la geolocalización y de la economía de plataformas en línea (Tassinari y Maccarrone 2020). La mayoría de los convenios colectivos en la economía de plataformas son muy recientes En el gráfico 8 se describe la evolución de los convenios colectivos en la economía de plataformas durante el periodo 2017-2021. Varios de los convenios se concertaron por un periodo de tiempo determinado y tendrán que prorrogarse o renegociarse cuando expiren (véase el cuadro 1). El gráfico 8 también indica si los convenios se prorrogaron y renovaron durante el periodo examinado. Uno los convenios renovados es el concertado por Delivery Technologies (Cornershop), que se suscribió por primera vez en 2017 y se renovó en 2020 para el periodo 2020-2022. Del mismo modo, los convenios firmados por la empresa de plataformas Bzzt y el convenio sectorial suscrito por la Cámara de Comercio de Austria se renovaron en 2021. XGráfico 8: Evolución de los convenios colectivos en la economía de plataformas, incluidos los convenios renovados (enero de 2022) El gráfico 8 muestra la tendencia a concertar un número cada vez mayor de convenios colectivos en la economía de plataformas basadas en la geolocalización. También muestra que más de la mitad de los convenios (incluidos los renovados) se formalizaron en 2021. Los convenios colectivos son mayoritariamente de ámbito empresarial y están suscritos por las empresas de plataformas a título individual La mayoría de los convenios examinados son de ámbito empresarial y se suscribieron a título individual con determinadas plataformas (en Chile, Dinamarca, España, Italia, Noruega, la República de Corea y Suecia). Es el caso de los convenios colectivos firmados por Bzzt, Delivery Technologies, Foodora (Just Eat Takeaway. com), Hilfr, Just Eat Takeaway.com y Woowahan. Hasta cierto punto, el predominio de los convenios de ámbito empresarial se explica por el hecho de que las empresas de plataformas no están afiliadas a organizaciones nacionales de empleadores u otras organizaciones sectoriales (Ilsøe y Larsen 2021). Además, algunas multinacionales de plataformas y sus sindicatos tal vez prefieren negociar en el nivel de la empresa 63 Documento de Trabajo de la OIT 80 antes que vincularse por convenios colectivos de ámbito superior (sectorial, nacional). Por último, la existencia de convenios sectoriales en sectores afines (transporte, limpieza, etc.) puede influir en el modelo de negociación de las empresas de plataformas (Ilsøe y Larsen 2021). Complementariedad y vínculos entre los convenios colectivos empresariales y sectoriales en la economía de plataformas En algunos países se observa cierta complementariedad de los convenios de ámbito sectorial y empresarial. En Italia, por ejemplo, la empresa de la plataforma Just Eat Takeaway.com y los sindicatos CGIL/CISL/ UIL acordaron aplicar a los riders el convenio sectorial de logística, transporte, mercancías y expedición, y establecer un convenio de empresa específico. En Suecia, las cláusulas de los convenios colectivos firmados entre Foodora (Just Eat Takeaway.com) y el Sindicato de Trabajadores del Transporte son complementarios del convenio colectivo sectorial de camiones pesados (convenio de transporte). El Sindicato de Trabajadores del Transporte de Suecia también ha suscrito un convenio con la empresa de la plataforma Bzzt, que se asemeja al convenio ordinario del sector del taxi en Suecia. En Dinamarca, el convenio sectorial entre la Cámara de Comercio/Just Eat y el sindicato 3F se inspiró en el convenio sectorial de logística. Convenios colectivos de ámbito sectorial en la economía de plataformas En Austria, el sindicato VIDA y la Asociación de Transporte de Mercancías de la Cámara de Comercio formalizaron un convenio sectorial para el reparto de comidas en 2021 (el convenio se suscribió inicialmente en 2019 y se renovó en 2021) 191. En octubre de 2021, el mercado austriaco de reparto de comidas se distribuía principalmente entre dos grandes empresas de plataformas, Mjam (antes Foodora y filial de Delivery Hero) y Lieferando (Just Eat Takeaway.com). Lieferando formaliza contratos de trabajo con sus repartidores de comidas, mientras que Mjam ofrece a sus riders contratos de servicios en régimen de autónomos 192. El citado convenio colectivo sectorial celebrado entre la Cámara de Comercio de Austria y VIDA es aplicable a los repartidores contratados. Por lo tanto, en la práctica, el convenio sectorial actualmente se aplica sobre todo a los repartidores de comidas que trabajan para Lieferando a través de su aplicación en Austria 193. En España se ha prorrogado un convenio del sector de hostelería suscrito entre CEHAT-FEHR y UGT-CCOOCIG con el fin de incluir a los trabajadores que presten sus servicios laborales en plataformas por cuenta ajena 194. La ampliación del ámbito funcional del convenio estatal podría suponer también la aplicación de los convenios colectivos autonómicos y provinciales de hostelería, en los que se establecen las condiciones de trabajo relativas a la jornada laboral y los salarios. Por ejemplo, el convenio colectivo provincial del sector de la hostelería en Córdoba (España) tiene el mismo ámbito personal de afectación que el convenio estatal del sector 195. Por lo tanto, incluye a los trabajadores de plataformas en su ámbito de aplicación sectorial. Sin embargo, en julio de 2021 los expertos nacionales consultados estimaron que los convenios colectivos del sector de la hostelería solo se aplican a un reducido número de repartidores empleados que trabajan a través de aplicaciones en España 196. La Cámara de Comercio de Dinamarca (DE), en nombre de Just Eat Takeaway.com, negoció con el sindicato 3F un convenio sectorial para el reparto de comidas a partir del periodo 2021-2023 (Ilsøe y Söderqvist 2022). Este nuevo convenio sectorial de la economía de plataformas, un instrumento largo y complejo, se inspira en el convenio sectorial vigente para la logística, suscrito entre 3F y DE. El objetivo del convenio es abarcar diversas plataformas en el futuro. Aquellas empresas incluidas en el ámbito de aplicación del convenio que, en el momento de su admisión en la Confederación de Empleadores de Dinamarca, no tengan suscrito un convenio colectivo o un acuerdo local con la sección de trabajadores del transporte de 3F u otra rama del sindicato, quedarán cubiertas por el convenio de reparto de comidas desde el momento de su admisión. 191 kollektivvertrag.at. 192 Martin Gruber-Risak, «Arbeitsrecht für Essenszusteller:innen – warum eigentlich nicht?», A&W blog (blog), 1 de octubre de 2021. 193 Véase un panorama general en Gruber-Risak. 194 Véase Boletín Oficial del Estado, núm. 76 (marzo de 2019), sección III, pág. 32702. 195 España, BOP Córdoba, núm. 181 (22 de septiembre de 2021), pág. 1. 196 Estudio de caso encargado por la OIT en España. 64 Documento de Trabajo de la OIT 80 Análisis del contenido de los convenios colectivos en la economía de plataformas En el siguiente apartado se presenta un análisis del contenido textual de los convenios colectivos, con el objeto de mostrar cómo las partes negociadoras tratan de conciliar las necesidades de flexibilidad de las empresas de plataformas con la protección de los trabajadores. Los convenios regulan el ámbito personal de afectación (relación de trabajo), las horas de trabajo diarias y semanales, el horario mínimo y los plazos de preaviso. En el sector del reparto de comidas, las disposiciones relativas al salario por hora suelen combinarse con una estructura de bonificaciones que depende del número de entregas. La mayoría de los convenios colectivos analizados incluyen disposiciones que dan derecho a los empleados a recibir un equipo de trabajo adecuado (como cascos de bicicleta, chubasqueros y guantes) y, en algunos de los convenios, el interlocutor social acordó disposiciones específicas relativas al control o seguimiento de los teléfonos inteligentes y demás dispositivos digitales utilizados por los repartidores. Asimismo, la mayoría de los convenios establecen los derechos y responsabilidades de las partes, a fin de garantizar unas relaciones laborales productivas y de establecer mecanismos de reclamación. Ámbito de personal de afectación: los convenios colectivos de la economía de plataformas se aplican a los empleados Los convenios colectivos identificados se aplican a los trabajadores de la economía de plataformas que se rigen por una relación de trabajo. Según el convenio colectivo concertado entre Just Eat Takeaway.com y CGIL/CISL/UIL, «los contratos de trabajo por cuenta ajena de duración indefinida son la forma común de relación de trabajo bajo la cual el trabajador presta sus servicios laborales a la empresa» (traducción no oficial). El convenio colectivo negociado entre la empresa de la plataforma Hilfr y el sindicato danés 3F utiliza un modelo opcional en el que los trabajadores, al cabo de 100 horas de trabajo a través de la plataforma, se convierten en empleados de manera predeterminada y quedan posteriormente cubiertos por el convenio colectivo. Además, algunos de los convenios colectivos examinados regulan el uso de los contratos de trabajo de duración determinada y la transición de esta modalidad contractual a la de los contratos de trabajo permanentes. En el recuadro 33 se presentan ejemplos de la redacción del ámbito personal de los convenios colectivos identificados en la economía de plataformas. XRecuadro 33. Disposiciones sobre la relación de trabajo ●Dansk Erhverv – 3F (Dinamarca): «El presente convenio colectivo se aplica a los empleados de las empresas que suministran comidas preparadas, incluidos los productos alimenticios aptos para el consumo tras una pequeña elaboración, y bebidas […] El reparto puede realizarse, por ejemplo, en bicicleta, escúter, motocicleta, automóvil de menos de 2 000 kg y vehículos similares» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●FEHR-CEHAT – UGT-CCOO-CIG (España): «Este Acuerdo es de aplicación a […] [l]os trabajadores que presten sus servicios laborales por cuenta ajena […] Igualmente estará incluido el servicio de reparto de comidas elaboradas o preparadas y bebidas, a pie o en cualquier tipo de vehículo […] por encargo de otra empresa, incluidas las plataformas digitales o a través de las mismas». ●Hilfr – 3F (Dinamarca): «Los trabajadores autónomos obtienen automáticamente la condición de trabajadores por cuenta ajena a partir de las 100 horas de trabajo a través de la plataforma y quedan posteriormente cubiertos por el presente convenio colectivo […] Los trabajadores que deseen seguir siendo autónomos después de las 100 horas de trabajo facilitadas por la plataforma deberán comunicar a Hilfr esta decisión con suficiente antelación al término de las 100 horas» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Just Eat Takeaway.com – CGIL/CISL/UIL (Italia): «La empresa se compromete a ofrecer a todos los riders colaboradores la posibilidad de firmar un contrato de trabajo indefinido» (traducción no oficial; cursiva añadida). 65 Documento de Trabajo de la OIT 80 Disposiciones sobre el salario por hora (u honorarios por resultados) Muchos de los convenios identificados en el reparto de comidas combinan un salario por hora con una estructura de primas que depende del número de entregas. Además, a menudo se acuerda una estructura de primas para incentivar el trabajo nocturno, el trabajo en fines de semana, los días festivos o el trabajo en condiciones meteorológicas adversas. Muchos convenios establecen el tiempo de trabajo ordinario máximo, definiendo las horas que superen este umbral como horas extraordinarias compensadas con primas adicionales. Al mismo tiempo, los convenios se refieren a la preocupación por la seguridad y la mitigación de riesgos como razones para limitar el número máximo de primas que se abonan a los trabajadores. Algunos convenios contemplan el derecho a disfrutar de vacaciones remuneradas u otros complementos. Como ya se ha señalado, muchos de los convenios son de carácter experimental y, en algunos de ellos, los interlocutores sociales han acordado revisar las estructuras de las primas y sus efectos en las condiciones de trabajo tras un periodo de prueba (por ejemplo, Just Eat Takeaway.com – CGIL/CISL/UIL). En el recuadro 34 se recogen ejemplos de cómo están formuladas las disposiciones sobre el salario por hora (o pago por resultados) y los complementos salariales en los convenios colectivos analizados. XRecuadro 34. Disposiciones sobre el salario por hora (u honorarios por resultados) ●Just Eat Takeaway.com – CGIL/CISL/UIL (Italia): «[…] la remuneración por hora del rider —de conformidad la tabla específica acordada por las Partes— se fija en la cantidad bruta de 8,50 euros […] una prima de productividad destinada a permitir que los riders trabajen de forma eficiente respetando las normas de seguridad y tráfico, calculada en función de los pedidos entregados durante un mes, sobre la base de las siguientes cantidades por cada entrega hasta un total de 250 en un mes: 0,25 euros; por cada entrega superior al total de 250: 0,50 euros» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Dansk Erhverv – 3F (Dinamarca): «La tarifa normal por hora garantizada es: 1 de marzo de 2021 a 1 de marzo de 2022: 124,20 coronas danesas. […] Por las tres primeras horas extraordinarias diarias se abonará una prima equivalente al 50 por ciento de la tarifa normal por hora. Por todas las demás horas, se abonará un complemento del 100 por ciento de la tarifa normal por hora. […] Se abonarán los siguientes complementos, tanto para el personal a tiempo parcial como a tiempo completo: Toda la semana de 18.00 a 23.00 horas: 10 coronas. Toda la semana de 23.00 a 6.00 horas: 20 coronas. Días festivos de 00.00 a 24.00 horas: 20 coronas» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Cámara Federal de Economía de Austria – VIDA (Austria): «Si el trabajo se realiza entre las 22.00 y las 5.00 horas, se abonará un recargo del 100por ciento […] Los empleados que lleven un año en la empresa el 1 de julio percibirán un complemento por vacaciones que se abonará el 1 de julio. El complemento por vacaciones ascenderá al 100 por ciento de un salario mínimo mensual bruto» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Just Eat Takeaway.com – CGIL/CISL/UIL (Italia): «Con el fin de minimizar el riesgo para la salud y la seguridad de los pilotos, no se tendrán en cuenta más de cuatro entregas por hora para determinar la cuantía de esta prima. Por lo tanto, las entregas realizadas más allá del umbral dentro de la misma hora no contarán para la prima» (traducción no oficial; cursiva añadida). ● Just Eat Takeaway.com – CGIL/CISL/UIL (Italia): «Esta Comisión Bilateral, una vez transcurridos 180 días desde la firma del presente acuerdo, a petición de uno o varios de sus miembros, realizará una revisión del rendimiento y del impacto de la prima de productividad, o de la futura prima de resultados, y podrá proponer cualquier cambio en su funcionamiento, incluyendo, entre otros, la hipótesis de su consolidación parcial, teniendo en cuenta la consecución media del objetivo de dos pedidos por hora» (traducción no oficial; cursiva añadida). 66 Documento de Trabajo de la OIT 80 Disposiciones sobre el tiempo de trabajo y la flexibilidad negociada Las disposiciones sobre el tiempo de trabajo en los convenios colectivos identificados tratan de conciliar las necesidades de flexibilidad de las empresas de plataformas con la protección de los trabajadores. En los convenios se regulan las horas de trabajo diarias y semanales, las horas mínimas y los periodos de preaviso, la duración mínima de los turnos, los periodos de descanso diarios y los días de descanso semanales, las vacaciones anuales y el trabajo nocturno. Por ejemplo, el convenio entre Dansk Erhverv y 3F estipula que la duración mínima y máxima de la jornada laboral semanal ordinaria será de 8 y 37 horas respectivamente. Los turnos, para los empleados a tiempo completo y a tiempo parcial, deberán ser de 4 horas como mínimo y se deberá comunicar a los empleados el turno asignado con cuatro semanas de antelación. Sin embargo, el mismo convenio ofrece flexibilidad adicional al aceptar la posibilidad de acordar horarios de trabajo semanales variables y de establecer turnos extraordinarios. Según el convenio entre Just Eat Takeaway.com y CGIL/CISL/UIL, los empleados tienen derecho a disfrutar de una pausa no remunerada si los turnos superan un determinado umbral horario. El convenio proporciona una flexibilidad adicional al estipular que, debido a las características específicas del servicio, los contratos de trabajo de los riders incluyen una cláusula elástica, que permite cambios (sin cargo adicional) en el horario semanal definido por la empresa, con un preaviso mínimo de dos días. Además, introduce el concepto de «banco de horas» o seguimiento de las horas trabajadas en «cuentas» para los trabajadores a título individual, aumentando así la flexibilidad de los horarios de trabajo 197. Se estipula que las horas extraordinarias realizadas por los riders a tiempo parcial se acumularán en un banco de horas. Por lo tanto, los trabajadores tienen entonces a un tiempo libre compensatorio o a la remuneración de las horas extraordinarias. En el recuadro 35 se exponen ejemplos de cómo están redactadas las disposiciones sobre el tiempo de trabajo y la flexibilidad en los convenios colectivos identificados. XRecuadro 35. Disposiciones sobre el tiempo de trabajo y la flexibilidad ●Dansk Erhverv – 3F (Dinamarca): «La duración mínima y máxima de la jornada laboral semanal ordinaria será de 8 y 37 horas respectivamente […] El horario de trabajo podrá establecerse con horas de trabajo semanales variables. El tiempo de trabajo semanal variable no podrá superar las 44 horas ordinarias por semana. Los turnos extraordinarios se incluirán en el cálculo de las horas ordinarias […] Los turnos de los empleados a tiempo completo y a tiempo parcial deberán ser de al menos 4 horas» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Just Eat Takeaway.com – CGIL/CISL/UIL (Italia): «[…] en tres regímenes de tiempo de trabajo (de 10 horas a 20 horas o 30 horas semanales como mínimo) repartidas en hasta 6 días de trabajo, incluso de forma discontinua en el transcurso de un mismo día, según el horario semanal […] En el caso de los turnos que superen las 6 horas, los riders tienen derecho a disfrutar de una pausa no remunerada de 30 minutos […] Las horas extraordinarias realizadas por los riders a tiempo parcial se acumularán en un banco de horas por un valor igual a la mitad de las horas trabajadas en el mes y darán derecho a un tiempo libre compensatorio» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Just Eat Takeaway.com – CGIL/CISL/UIL (Italia): «Debido a las características específicas del servicio, el contrato de trabajo de rider incluye una cláusula elástica, que permite (sin cargo adicional) cambios en el horario semanal definido por la empresa, con un preaviso mínimo de 2 días» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Delivery Technologies SpA y sindicato de empresa de Cornershop Chile (Chile): Los días 30 de abril, 17 de septiembre y 24 y 31 de diciembre, el tiempo trabajado de 17.00 a 21.00 horas se abonará 197 La introducción del banco de horas está sujeta a que la empresa proporcione las herramientas técnicas e informáticas necesarias para su correcta gestión. En caso de que se ponga en funcionamiento el banco de horas, la empresa realizará un examen conjunto previo con las partes contratantes. 67 Documento de Trabajo de la OIT 80 con un recargo del 50por ciento. […] La empresa se asegurará de que ningún empleado quede con pedidos pendientes de entrega después de las 21.00 horas de los días indicados. ●Cámara Federal de Economía de Austria – VIDA (Austria): «El descanso diario será de 30 minutos. No se asignará ninguna tarea al empleado durante las pausas de descanso comunicadas […] El empleado tiene derecho a un periodo de descanso ininterrumpido de 36 horas en cada semana natural. El empleado tiene derecho a un domingo libre de trabajo en cada mes natural» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Hilfr – 3F (Dinamarca): «Las normas sobre el tiempo de trabajo, los periodos de descanso y los periodos de descanso de 24 horas vigentes en cada momento constituyen un acuerdo de conformidad con el presente convenio colectivo» (traducción no oficial; cursiva añadida). Disposiciones sobre el acceso al equipo de trabajo La mayoría de los convenios colectivos identificados incluyen disposiciones sobre la ropa de trabajo adecuada (como cascos de ciclista, chubasqueros, pantalones de lluvia, guantes y cubrecalzado) que deberá proporcionar la empresa de la plataforma. Si los empleados utilizan equipos privados para su trabajo, la mayoría de los convenios estipulan la obligación de la empresa de la plataforma de reembolsar a los trabajadores el uso de sus propios equipos. El importe que habrá de reembolsar se calculará en función del número de horas de trabajo o de los kilómetros recorridos en el caso de los coches y las motocicletas. En el convenio firmado por la Cámara Federal de Economía de Austria y VIDA se prevé el reembolso por el uso de teléfonos móviles privados para las entregas. En el convenio firmado por Just Eat Takeaway.com en España se estipula que el teléfono móvil lo proporciona siempre la empresa de la plataforma 198. En Chile, el convenio firmado por la empresa de la plataforma Cornershop estipula que los trabajadores deberán recibir un complemento para sufragar el costo de un plan de datos por el uso de sus smartphones como herramientas de trabajo. Los detalles del equipo proporcionado difieren entre los convenios. Véanse más detalles en el recuadro 36. XRecuadro 36. Disposiciones sobre el acceso al equipo de trabajo ●Just Eat Takeaway.com – CGIL/CISL/UIL (Italia): «A modo de ejemplo, la empresa proporcionará a los riders todo el equipo de protección personal previsto por en legislación vigente (a modo de ejemplo, casco, traje de lluvia, chaleco de alta visibilidad y cualquier otro utensilio adecuado) […] La empresa reconocerá un complemento en concepto de reembolso de kilometraje a los riders que, a petición de la empresa, utilicen su propio vehículo» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Dansk Erhverv – 3F (Dinamarca): «La empresa proporcionará el vehículo y las cajas de transporte […] La empresa proporcionará ropa de trabajo adecuada, un casco de ciclista y demás elementos del equipo de protección personal, de conformidad con la Ley sobre el Entorno de Trabajo […] Si la empresa no proporciona vehículos, deberá pagar al empleado los siguientes complementos por la utilización de su propio vehículo: En el caso de los coches y las motocicletas, el kilometraje se pagará según las tarifas oficiales establecidas por el Gobierno. Si se trata de ciclomotores, escúteres y bicicletas, patinetes, etc., se aplicará un recargo de 10,00 DKK por hora» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Delivery Technologies SpA y sindicato de empresa de Cornershop Chile (Chile): «La empresa pagará a todos los trabajadores un complemento mensual, cuya finalidad es soportar el costo de un plan de datos para el uso de sus smartphones como herramientas de trabajo» (traducción no oficial; cursiva añadida). 198 María Luz Rodríguez Fernández, «En España los trabajadores de plataformas ya tienen convenio colectivo» The Conversation, 7 de diciembre de 2021. 68 Documento de Trabajo de la OIT 80 ●Cámara Federal de Economía de Austria – VIDA (Austria): «El empleador deberá proporcionar ropa de trabajo, como cascos de bicicleta, chubasqueros, pantalones de lluvia, guantes, cubrecalzado de una calidad adecuada […] Si se utiliza un teléfono móvil privado para la actividad como herramienta profesionalmente necesaria, se deberá compensar al bicimensajero por los costos correspondiente en la cuantía de 20,00 euros al mes» (traducción no oficial; cursiva añadida). Disposiciones sobre la utilización de algoritmos en la gestión del trabajo y sobre la seguridad y privacidad de los datos Algunos de los convenios incluyen disposiciones específicas sobre el control o seguimiento de los teléfonos inteligentes u otros dispositivos digitales utilizados por los repartidores. En el convenio entre Hilfr y 3F se hace referencia al derecho de los empleados a solicitar que se eliminen los comentarios despectivos y falsos de sus perfiles en línea en la plataforma. La mayoría de los convenios analizados no abordan explícitamente la cuestión de si está o no permitido el uso de los datos recogidos de los teléfonos inteligentes en relación con los procedimientos disciplinarios contra los trabajadores. En España, el convenio negociado entre Just Eat Takeaway.com y los sindicatos UGT y CCOO se adentra en un terreno novedoso al incluir disposiciones relativas a la protección de datos y la desconexión digital y la obligación de informar a los representantes de los trabajadores sobre los algoritmos utilizados para la gestión del trabajo (OIT 2022a) 199. El convenio aborda la transparencia respecto de la toma de decisiones algorítmicas y vela por que los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial utilizados estén sujetos al control humano. A tal efecto, se ha acordado crear una comisión paritaria, denominada «Comisión Algoritmo», formada por representantes de los trabajadores y de la empresa de la plataforma 200. XRecuadro 37. Disposiciones sobre seguridad y privacidad de los datos ●Dansk Erhverv – 3F (Dinamarca): «La empresa debe asegurarse de que el teléfono inteligente o dispositivo en cuestión no esté sujeto a control o rastreo durante el tiempo de ocio» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Si la empresa de la plataforma pone a disposición del repartidor un coche, la empresa puede reservarse en el contrato de trabajo normalizado «el derecho a obtener datos del GPS y del sistema logístico a fin de comprobar que el vehículo se utiliza exclusivamente para los fines de la empresa y que se cumplen las condiciones del presente contrato» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Hilfr – 3F (Dinamarca): «Las partes acuerdan que el empleado puede, en cualquier momento, solicitar que se eliminen los comentarios, imágenes o caracteres despectivos, falsos y ofensivos de su perfil y de otros lugares de la plataforma que puedan estar asociados y claramente atribuidos al empleado. Esto no podrá afectar negativamente a las condiciones de trabajo del empleado» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Just Eat Takeaway.com – UGT y CCOO (España): Se incluye un capítulo sobre el entorno digital, la privacidad y los derechos, en particular la desconexión, el derecho a la información frente a los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial de conformidad con el artículo 64.4.d) del Estatuto de los Trabajadores, incluyendo la creación de una comisión paritaria, la «Comisión Algoritmo», con competencias específicas» (resumen no oficial). 199 Rodríguez Fernández; véase también https://www.ccoo-servicios.es/archivos/Acuerdo%20Sindicatos%20JUST%20EAT(1).pdf. 200 En España, la Ley 12/2021 atribuye una nueva competencia a los representantes de los trabajadores en la empresa, independientemente de que se trate de una empresa de plataformas o de otro tipo: «se reconoce el derecho del comité de empresa a ser informado por la empresa de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles». 69 Documento de Trabajo de la OIT 80 Disposiciones sobre relaciones laborales y resolución de conflictos La mayoría de los convenios colectivos examinados abordan los derechos y responsabilidades de las partes, garantizando así unas relaciones laborales sólidas y unos mecanismos eficaces de resolución de conflictos. Sin embargo, las disposiciones varían mucho entre los convenios y, a veces, las disposiciones esenciales, como las relativas a los delegados sindicales o a la deducción de las cuotas de afiliación sindical, se aplazaron hasta una renegociación del convenio colectivo (Hilfr – 3F). El convenio entre Just Eat Takeaway.com y CGIL/CISL/UIL garantiza el ejercicio de los derechos sindicales, en las formas previstas por la legislación y por el convenio sectorial de transporte (CCNL). Además, los convenios abordan, entre otras cuestiones, la elección de los representantes sindicales, los cursos de formación para los representantes sindicales electos y los derechos de desplazamiento y de reunión, que también pueden ejercitarse en modo digital. Del mismo modo, el convenio entre Just Eat Takeaway.com y UGT/CCOO contempla los derechos de los representantes sindicales a hacer uso de tablones de anuncios virtuales y otras herramientas digitales. Algunos de los convenios regulan la remuneración de los representantes sindicales por el ejercicio de sus funciones. Varios convenios remiten los litigios derivados de la interpretación de su texto a una comisión paritaria de representantes de las partes contratantes. También incluyen referencias a los marcos o protocolos generales que se siguen para estipular las normas de gestión de conflictos laborales en los países. Además, el convenio entre Dansk Erhverv y 3F incluye un protocolo de acceso a los datos de las nóminas para evitar el dumping salarial. XRecuadro 38. Disposiciones sobre relaciones laborales y resolución de conflictos ●Just Eat Takeaway.com – CGIL/CISL/UIL (Italia): «La empresa garantiza a todos los trabajadores el ejercicio de los derechos sindicales, en las formas previstas por la legislación y por el CCNL» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Cámara Federal de Economía de Austria – VIDA (Austria): «Los conflictos derivados de la interpretación del convenio colectivo serán resueltos por una comisión paritaria compuesta por dos representantes de cada uno de los órganos contratantes y un presidente. Los representantes de los órganos contratantes serán designados entre los participantes en las negociaciones del presente convenio colectivo» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Dansk Erhverv – 3F (Dinamarca): «En cada empresa —o en el caso de las empresas más grandes, en cada una de sus secciones— con cinco o más trabajadores, estos elegirán entre sí a uno de ellos para que sea el representante sindical ante la dirección o su representante […] La sección de trabajadores del transporte de 3F se compromete a que los trabajadores elegidos como representantes sindicales que no hayan realizado un curso para representantes sindicales antes de la elección realicen dicha formación lo antes posible después de resultar elegidos. La Confederación de la Industria y de los Empleadores de Dinamarca asume el compromiso de contribuir a que el nuevo representante sindical electo tenga la libertad necesaria para asistir al curso» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Dansk Erhverv – 3F (Dinamarca): «Protocolo de acceso a los datos de las nóminas. Esta disposición tiene por objeto evitar el dumping salarial. La disposición no podrá invocarse para exigir la divulgación de información sobre salarios a efectos de una investigación general sobre la situación salarial en la empresa, incluida una investigación general sobre la posibilidad de interponer acciones colectivas contra la empresa. El representante sindical debe haber intentado infructuosamente obtener la información salarial por sus propios medios antes de presentar la reclamación. La sección de trabajadores del transporte de 3F puede solicitar la información salarial en las mismas condiciones que el representante sindical» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Dansk Erhverv – 3F (Dinamarca): «Es un requisito previo para el pago de la remuneración que el representante sindical haya completado la formación básica de la sección de trabajadores del transporte de 3F, cuya duración actual es de semanas […] La remuneración asciende a: para una circunscripción de hasta 49 personas inclusive, 9 000 coronas danesas al año; para una base 70 Documento de Trabajo de la OIT 80 electoral de entre 50 y 99 personas, 16 500 coronas al año; para una base electoral de 100 personas o más, 33 000 coronas al año» (traducción no oficial; cursiva añadida). ● Just Eat Takeaway.com – CGIL/CISL/UIL (Italia): «El derecho de divulgación de información se limitará al domicilio social y/o se ejercerá a través de tablones de anuncios digitales; el derecho de reunión se ejercerá de modo digital, o en locales de la empresa adecuados a tal efecto, facilitados por la empresa o por los sindicatos firmantes del presente convenio» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●Hilfr – 3F (Dinamarca): «El acuerdo sobre la deducción de las cuotas de afiliación sindical, las cuotas de los clubes sindicales locales, etc. se negociará como elemento opcional durante cualquier renegociación del convenio colectivo y antes del 1 de enero de 2019» (traducción no oficial; cursiva añadida). ●UGT-CCOO-CIG y FEHR-CEHAT (España): «Se designa una Comisión paritaria de las partes firmantes del Acuerdo, compuesta por representantes de las organizaciones empresariales y representantes de las organizaciones sindicales. Las atribuciones de la Comisión paritaria serán las que se establecen a continuación y todas aquellas cuestiones establecidas en la ley y cuantas otras le sean arrogadas: a) Interpretación del texto del presente Acuerdo. b) Seguimiento de su aplicación» (traducción no oficial; cursiva añadida). Otras áreas temáticas identificadas en los convenios colectivos Además, los convenios colectivos examinados abarcan otras áreas temáticas y disposiciones. En la República de Corea, por ejemplo, el convenio colectivo analizado proporciona acceso a las prestaciones de desempleo y a las cotizaciones al sistema de pensiones, y prevé también un Fondo de Desarrollo de Competencias para los empleados (OIT 2022b). Los convenios colectivos pueden mejorar el contenido y el alcance de las medidas de protección social para las personas que puedan acogerse a ellas. Varios de los convenios colectivos identificados incluyen disposiciones relativas a la protección social, como regímenes de pensiones, prestaciones de licencia por enfermedad, seguros contra lesiones relacionadas con el trabajo o daños a terceros. A menudo, el derecho a las prestaciones de protección social depende de una duración mínima de la relación de trabajo con la empresa de la plataforma. Además, varios de los acuerdos identificados incluyen referencias a disposiciones legislativas que determinan los derechos a disfrutar de prestaciones de seguridad social. La mayoría de los convenios estipulan la obligación de la empresa de la plataforma de proporcionar a los empleados las protecciones de seguridad adecuadas para su trabajo. Durante la pandemia de COVID-19, esto pudo haberse interpretado como la obligación de proporcionar equipos de protección personal adicionales a los trabajadores. Sin embargo, el convenio entre Just Eat Takeaway.com y CGIL/CISL/UIL es el único en el que se ha podido encontrar una referencia específica a la crisis de la COVID-19. XRecuadro 39. Pandemia de COVID-19 y protocolos de seguridad Just Eat Takeaway.com – CGIL/CISL/UIL (Italia): «Mientras se mantenga el estado de emergencia relacionado con la COVID-19, la empresa aplicará los protocolos de seguridad acordados por los interlocutores sociales a nivel nacional» (traducción no oficial; la cursiva es nuestra). En Dinamarca y Suecia, las empresas de plataformas aplican convenios colectivos negociados para el trabajo temporal a través de agencias En algunos países, además de los citados convenios entre sindicatos y organizaciones empresariales y empresas de plataformas, se observa otra tendencia de regulación del trabajo en la economía de plataformas. En Dinamarca y Suecia algunas plataformas han creado un «modelo de agencia temporal», en virtud del 77 Documento de Trabajo de la OIT 80 Tendencias de la negociación colectiva en la economía de plataformas basadas en la geolocalización XCuadro 2: Primeras observaciones y tendencias 78 Documento de Trabajo de la OIT 80 En este apartado se exponen las primeras observaciones y tendencias derivadas del análisis de los convenios colectivos identificados en la economía de plataformas. En primer lugar, se observa que los cambios y condiciones regulatorios y judiciales pueden estimular la negociación de convenios colectivos en la economía de plataformas. En segundo lugar, se advierte una tendencia a formalizar convenios más complejos y detallados. Además, las empresas de plataformas y los sindicatos han empezado a experimentar con la concertación de convenios sectoriales. En tercer lugar, no son solo los sindicatos los que presionan para que se negocien convenios colectivos en la economía de plataformas. Se tiene conocimiento de al menos en un país donde una empresa de plataformas se ha puesto en contacto con las organizaciones sindicales para negociar un convenio colectivo. En cuarto lugar, se observa una tendencia entre las plataformas internacionales a exportar las prácticas de negociación de un país a otro. En el cuadro 2 se sintetizan estas primeras tendencias y observaciones, indicando los países en los que se pueden observar. Observación 1: los cambios normativos y judiciales y las condiciones del mercado pueden estimular la concertación de convenios colectivos La negociación colectiva no surge de forma aislada, sino que se ve influida y puede ser incentivada por las condiciones y modificaciones legislativas y judiciales. En la economía de plataformas, esto se manifiesta más claramente en los debates sobre la clasificación de los trabajadores en la economía de plataformas y los correspondientes derechos nacionales de negociación colectiva. La introducción de una presunción jurídica de la existencia de una relación laboral (en España) o la concesión judicial de la clasificación de trabajador (en el Reino Unido) pueden reducir los obstáculos jurídicos a la negociación colectiva en la economía de plataformas. Además, la negociación colectiva puede apoyarse en otras iniciativas regulatorias. En Italia, por ejemplo, los legisladores incluyeron a los repartidores de comidas en la categoría lavoro etero-organizzato. La regulación del estado de bienestar y los interlocutores comerciales también pueden favorecer la aplicación de un convenio colectivo en algunos países. En Dinamarca, esto ha dado lugar a la celebración o aplicación de convenios colectivos en la economía de plataformas para mejorar el acceso a los mercados (Ilsøe y Larsen, 2021). En el recuadro 43 se describen con mayor detalle ejemplos de Dinamarca, España, Italia y el Reino Unido que ilustran la importancia de las condiciones regulatorias para iniciar y apoyar la negociación colectiva en la economía de plataformas. XRecuadro 43. Los cambios normativos y judiciales y las condiciones del mercado pueden estimular la concertación de convenios colectivos ●En España, en respuesta a una sentencia del Tribunal Supremo sobre la situación de los repartidores en el empleo 225, los interlocutores sociales (por el lado sindical, UGT y CCOO; por el lado empresarial, CEOE y CEPYME) constituyeron el 28 de octubre de 2020 una mesa de diálogo social que finalizó en marzo de 2021, en la que acordaron el contenido de la Ley 12/2021, que establece una presunción iuris tantum de laboralidad en el ámbito de las plataformas digitales de reparto. Tras un periodo transitorio, la Ley entró en vigor el 12 de agosto de 2021 226. Dado que las personas que trabajan en servicios de reparto a través de aplicaciones tienen la condición de empleados directos, su actividad se regirá por el convenio colectivo del sector o por los negociados en el ámbito de la empresa. Los repartidores, que estarán clasificados formalmente como empleados, tendrán todos los derechos de libertad de asociación, libertad sindical y negociación colectiva. ●En el Reino Unido, el Tribunal Supremo dictaminó en 2021 que todos los conductores de Uber se reclasificarán como trabajadores (la tercera clasificación posible en el país) lo que les dará derecho a disfrutar de vacaciones remuneradas y del derecho al salario mínimo nacional por todas las horas de conexión, además de los correspondientes derechos laborales colectivos 227. Los 225 España, sentencia del Tribunal Supremo de 25 de septiembre de 2020 (Recurso núm. 4746/2019). 226 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-7840. 227 Tribunal Supremo del Reino Unido, de 19 de febrero de 2021. 79 Documento de Trabajo de la OIT 80 demandantes principales fueron también los fundadores del sindicato ADCU. Tras la sentencia, Uber negoció un acuerdo de reconocimiento en el que reconoció a GMB como único sindicato independiente para los conductores de Uber. ●En Italia, a raíz de una modificación legislativa de 2019, se aclaró que la Ley de Empleo se extiende a aquellos trabajadores por cuenta propia que dependen del cliente para la organización de su trabajo, en particular a través de una plataforma (lavoro etero-organizzato) 228. Por lo tanto, la protección del empleo y del trabajo se aplica a los lavoratori etero-organizzati, incluso en la economía de plataformas, salvo en situaciones en que un convenio colectivo estipule otra cosa. La modificación regulatoria preveía un periodo transitorio con el objeto de que los interlocutores sociales negociaran convenios colectivos más específicos para los repartidores por aplicaciones (Aloisi 2020). En noviembre de 2020, los sindicatos CGIL, CISL, UIL y numerosas organizaciones patronales (excepto AssoDelivery) firmaron un memorando de entendimiento en virtud del cual el convenio sectorial de logística, transporte, mercancías y expedición (CCNL) pasaba a aplicarse a los repartidores a través de aplicaciones si no estaban cubiertos por un convenio colectivo más específico 229. Como consecuencia del nuevo texto legislativo adoptado en 2019, las empresas de plataformas pueden tratar de negociar convenios colectivos para evitar la aplicación de algunas leyes laborales y de empleo (Aloisi y De Stefano 2020). Como respuesta a la modificación de la ley de 2019, la organización de empleadores AssoDelivery formalizó un convenio colectivo con el sindicato UGL. Sin embargo, el Ministerio de Trabajo de Italia y los tribunales de Bolonia, Florencia y Palermo rechazaron la pretensión de que ese convenio colectivo pudiera establecer excepciones a la legislación laboral y de empleo amparándose en ley de 2019, porque el sindicato firmante carecía de suficiente representatividad entre los trabajadores de plataformas 230. Por su parte Just Eat Takeway.com, después de dejar de pertenecer a la organización de empleadores AssoDelivery, suscribió un convenio colectivo con CGIL/ CISL/UIL. Se acordó aplicar el convenio sectorial de logística, transporte, mercancías y expedición (CCNL) a los repartidores, y establecer además un convenio colectivo de empresa aplicable a los repartidores por cuenta ajena de Just Eat Takeaway.com. ●En Dinamarca, algunas grandes empresas pueden favorecer la aplicación de un convenio colectivo por sus interlocutores comerciales. La empresa de la plataforma Chabber (cuyos clientes son empresas privadas) tuvo dificultades para captar como clientes a empresas más grandes si las condiciones salariales y laborales no se ajustaban al convenio sectorial aplicable. Por ello, Chabber adoptó un modelo de agencia temporal que permitía a la empresa de la plataforma aplicar indirectamente el convenio sectorial (Ilsøe y Larsen 2021). Observación 2: tendencia a formular convenios más complejos y detallados y experimentación de ámbito sectorial Por lo general, los convenios colectivos más recientes incluyen una regulación más completa y detallada y tienen un alcance temático más amplio que los primeros convenios colectivos negociados en la economía de plataformas. A menudo, esto se consigue integrando los protocolos y acuerdos temáticos existentes entre interlocutores sociales en los convenios colectivos concertados recientemente en la economía de plataformas. Por ejemplo, el convenio entre Dansk Erhverv y 3F integra como anexos los protocolos generales sobre «Trabajo nocturno y vigilancia de la salud» y «Desarrollo de competencias profesionales y formación», 228 Italia, Ley núm. 128 de 2 de noviembre de 2019, por la que se modifica el Decreto legislativo núm. 81, de 15 de junio de 2015. Esta ley también refuerza la presunción de la existencia de un contrato de trabajo para los trabajadores de plataformas, pero añade una segunda opción. Aunque los trabajadores de plataformas sean autónomos, la ley establece que se les aplicará el convenio colectivo del sector de actividad. A falta de este convenio colectivo, la ley prevé un «nivel mínimo de protección», que consiste en conceder a los trabajadores autónomos de la plataforma determinados derechos, entre ellos el pago de un seguro contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (OIT 2022a). 229 Italia, Protocolo attuativo dell’art 47bis ss. D.igs. 81/2015 CCNL Logistica, Trasporto Merci, Spedizione, 2 de noviembre de 2020. 230 Italia, Tribunal de Palermo, orden de 12 de abril de 2021; Italia, Tribunal de Bolonia, decreto de 30 de junio de 2021, e Italia, Tribunal de Florencia, sentencia núm. 781/2021. 80 Documento de Trabajo de la OIT 80 en tanto que el convenio entre Foodora (Delivery Hero) y el Sindicato de Trabajadores del Transporte de Suecia incluye un detallado anexo sectorial sobre la «Gestión de la seguridad y la salud en el trabajo en las empresas del sector del transporte».  La tendencia a elaborar convenios más detallados y complejos puede ilustrarse simplemente observando la longitud de los textos: el convenio entre Hilfr y 3F (celebrado en 2018) tenía 11 páginas, mientras que el acuerdo sectorial entre Dansk Erhverv y 3F (suscrito en 2021) tiene 89 páginas y regula las condiciones de trabajo y el salario más minuciosamente y con un alcance temático más amplio. Un convenio colectivo suscrito en España a finales de 2021 contiene disposiciones detalladas sobre la función de los representantes de los trabajadores en la empresa (comités de empresa) en relación con los algoritmos utilizados para la gestión del trabajo. También se observa que los interlocutores sociales han empezado a experimentar con convenios sectoriales de disposiciones más complejas que regulan las condiciones de trabajo mediante normas más específicas. En Austria, Dinamarca y España se concertaron convenios colectivos sectoriales aplicables a los empleados del sector del reparto de comidas a través de aplicaciones. Además, en Italia y Suecia los convenios de empresa negociados son complementarios de los convenios colectivos sectoriales existentes, que probablemente incluirán una regulación más compleja y detallada de las condiciones de trabajo. Observación 3: Los sindicatos o las empresas de plataformas pueden impulsar la negociación de convenios colectivos Las negociaciones de convenios colectivos en la economía de plataformas han estado impulsadas principalmente por los sindicatos. En Noruega, el convenio entre la plataforma de reparto de comidas Foodora y el sindicato Fellesforbundet se cerró tras una huelga de mensajeros que trabajaban a través de Foodora (Ilsøe y Jesnes 2020). Sin embargo, se tiene conocimiento de un país donde una empresa de plataformas ha tomado la iniciativa de negociar un convenio colectivo. Curiosamente, las negociaciones para el convenio entre Hilfr y 3F se entablaron por iniciativa de la plataforma. Actualmente, el sindicato y la plataforma están renegociando el acuerdo con el propósito de crear un convenio sectorial para las plataformas de limpieza (Ilsøe 2020). XRecuadro 44. La empresa de la plataforma Hilfr inició las negociaciones de un convenio colectivo Hilfr es una plataforma fundada en 2017 que presta servicios de limpieza en los hogares. Aunque la empresa comenzó con un modelo de negocio basado en la contratación de autónomos, pronto encontró dificultades en el mercado y en relación con el estado de bienestar danés, lo que favoreció la aplicación de un convenio colectivo (Ilsøe y Larsen, 2021). En consecuencia, entabló contacto con 3F para negociar un convenio de empresa, pero el sindicato se mostró reticente al principio. Sin embargo, el hecho de que no hubiera un convenio sectorial competitivo en el mercado allanó el camino para la participación de 3F en las negociaciones (Ilsøe y Larsen, 2021). Observación 4: tendencia de las plataformas internacionales a «exportar experiencias de negociación colectiva» de un país a otro Las empresas de plataformas internacionales tienden a aprender de las experiencias de negociación colectiva y a participar posteriormente en la negociación colectiva también en otros países. Por ejemplo, Foodora (filial de Delivery Hero) formalizó su primer convenio en Noruega (2019) y su segundo convenio en Suecia (2021), mientras que Just Eat Takeaway.com participó en la negociación de ámbito sectorial en Dinamarca y poco después negoció en el ámbito de la empresa en Italia y España (ambos procesos tuvieron lugar en 2021). De 2021 a 2022, Just Eat Takeaway.com y sus filiales mantuvieron negociaciones con organizaciones sindicales en Australia. 81 Documento de Trabajo de la OIT 80 Para Just Eat Takeaway.com y sus filiales, la exportación de prácticas de negociación puede ser indicativa del valor de la experiencia y del aprendizaje adquiridos en las negociaciones de convenios colectivos de un país para las negociaciones posteriores en otros países. Efectos de los convenios colectivos que dan cobertura a las plataformas digitales de trabajo ¿Cuáles son los efectos de los convenios colectivos examinados en las condiciones de trabajo y los salarios? Dado que la mayoría de los convenios colectivos son muy recientes y algunos todavía no están plenamente en vigor, resulta difícil evaluar sus efectos en la práctica. Solo algunos de los convenios identificados tienen ya una trayectoria de varios años. Por lo tanto, buena parte de los actuales informes sobre los efectos de los convenios se basan en las primeras pruebas anecdóticas. En los próximos años y tras la aplicación de los convenios colectivos identificados, será necesario realizar más investigaciones y estudios de casos para analizar con mayor detenimiento la incidencia de los convenios colectivos sobre las condiciones de trabajo y los salarios en la economía de plataformas. XRecuadro 45. Efectos de los convenios colectivos en las condiciones de trabajo y los salarios En Dinamarca, el convenio de Hilfr repercutió rápidamente en las condiciones salariales y laborales de la plataforma. A principios de 2019, más de un tercio de los trabajos de limpieza en la plataforma eran realizados por trabajadores de la plataforma que habían superado las 100 horas de trabajo, los denominados «Super Hilfrs» (Ilsøe 2020), y en 2021 estos abarcaban ya de dos tercios de todos los trabajos (Ilsøe y Larsen, 2021). Además, muchos Super Hilfr fijan su precio por hora por encima del umbral mínimo de 141 coronas danesas (unos 19 euros), lo que indica que el convenio ha tenido un efecto positivo en los salarios (Ilsøe 2020). En Austria, algunos trabajadores de los servicios de reparto basados en aplicaciones se enfrentan a la elección entre un contrato de trabajo con la empresa de la plataforma Lieferando (Just Eat Takeaway.com) y la aplicación de un convenio colectivo o un contrato de servicios como autónomos con la empresa de la plataforma Mjam (Delivery Hero). Según los expertos consultados, el convenio colectivo solo regula unas condiciones mínimas que las empresas de plataformas mejoran con creces. Lieferando, por ejemplo, ofrece salarios por hora superiores a los estipulados en el convenio y la plataforma Mjam paga una indemnización por kilometraje revocable por encima de la tarifa establecida en el convenio colectivo si los usuarios utilizan su propio equipo (bicicletas). Los riders son conscientes de las diferencias entre un contrato de trabajo y un contrato de servicio autónomo, y es necesario profundizar en el análisis de las razones por las que eligen una de estas dos opciones 231. ¿Cuántos trabajadores están cubiertos por convenios colectivos en la economía de plataformas? Hasta la fecha, la negociación colectiva se ha llevado a cabo en la economía de plataformas basadas en la geolocalización y se ha concertado un primer grupo de convenios colectivos en diferentes regiones del mundo. Sin embargo, en general, los convenios solo se aplican a un número limitado de trabajadores de ese tipo de plataformas. Los 11 convenios colectivos de que se tiene constancia, formalizados en ocho países, únicamente se aplican a los trabajadores de plataformas que son empleados. Sin embargo, la mayoría de los trabajadores de plataformas se clasifican como contratistas independientes y no como empleados, por lo que no están 231 Véase un panorama general en Gruber-Risak. 82 Documento de Trabajo de la OIT 80 cubiertos por dichos convenios. Desde una perspectiva mundial, el número creciente pero todavía muy pequeño de convenios y su limitación al personal contratado en una relación de trabajo indican que, por el momento, la negociación colectiva apenas tiene capacidad de regular las condiciones de trabajo y la remuneración en la economía de plataformas. XRecuadro 46. Número de trabajadores de plataformas cubiertos por convenios colectivos Delivery Hero (su filial Foodora concertó convenios colectivos en Suecia y Noruega) afirma que aproximadamente el 6 por ciento (unos 2 000 empleados) de su plantilla tiene cobertura de convenios colectivos 232. Sin embargo, esta cifra incluye también a los empleados dedicados a tareas administrativas y de desarrollo de productos de Delivery Hero y no solo a los repartidores que prestan servicio a través de aplicaciones. Just Eat Takeaway.com sigue implantando un modelo de mensajería por cuenta ajena (Scoober) mediante el cual los servicios serán prestados por mensajeros empleados por la empresa de la plataforma o contratados a través de agencias. El modelo de mensajería por cuenta ajena se implantará en varios países y la empresa de la plataforma espera contratar a más de 50 000 mensajeros al año de forma continuada, ofreciendo diversas oportunidades de empleo, desde trabajo flexible y a tiempo parcial hasta a tiempo completo 233. Just Eat Takeaway.com no ha suscrito convenios colectivos en todos los países en los que opera, pero en Austria, Italia y Dinamarca los convenios examinados se aplicarán a un número cada vez mayor de mensajeros empleados por la empresa. De hecho, los costos de mensajería, que incluyen los gastos salariales y de personal de los mensajeros empleados en Just Eat Takeaway.com, aumentaron en todo el mundo de 181 millones de euros (primeros seis meses de 2020) a 1 022 millones de euros en el mismo periodo de 2021, lo que da una idea de la expansión del modelo de mensajería basado en la contratación por cuenta ajena («Scoober») 234. El futuro de la negociación colectiva en la economía de plataformas Las organizaciones de empleadores y de trabajadores han emprendido diversas iniciativas destinadas a los trabajadores de diferentes sectores de la economía de plataformas (véase el capítulo 2). Esta evolución y el primer grupo de convenios colectivos descritos en este estudio ponen de manifiesto las grandes posibilidades del diálogo social para regular las condiciones de trabajo y los salarios en los heterogéneos sectores de la economía de plataformas. Es importante señalar que la negociación colectiva es una forma de regulación que interactúa con otros tipos de regulación, como la legislación laboral, y la complementa, al tiempo que la legislación laboral puede dejar un margen más o menos holgado para la elaboración de normas a través de la negociación colectiva. En algunos países, la evolución de los aspectos regulatorios y de la jurisprudencia ha facilitado el acceso a la negociación colectiva de los trabajadores en la economía de plataformas e incluso ha apoyado la negociación colectiva. En consecuencia, en algunos países esto ha dado lugar a que la economía de plataformas basadas en la geolocalización sustituya el modelo de contratista por el modelo de empleo, con la consiguiente adopción de los primeros convenios colectivos de la economía de plataformas. 232 Delivery Hero, «Financial Reports and Presentations: 2020». 233 Just Eat Takeaway.com, «Annual Report 2020». 234 Just Eat Takeaway.com, «Just Eat Takeaway.com Half Year 2021 Results». Sin embargo, el aumento de los costos de mensajería incorpora un efecto momentáneo, derivado de que los datos del primer informe semestral de 2021 incorporan también los de la empresa Just Eat, cosa que solo sucede en 2,5 meses de 2020 (la fusión entre ambas empresas de plataformas Just Eat y Takeaway.com se produjo en 2020). 83 Documento de Trabajo de la OIT 80 XConclusión En síntesis, el presente estudio deja constancia de una serie de fenómenos relacionados con el trabajo en la economía de plataformas basadas en la geolocalización, tales como acciones colectivas coordinadas (manifestaciones, huelgas y desconexiones colectivas), el surgimiento de nuevas organizaciones de trabajadores y empresas de plataformas, e incluso procesos de negociación colectiva. Los ejemplos expuestos «desde el terreno» proceden de varios países y ponen de relieve la necesidad y la motivación de los trabajadores de ese tipo de plataformas de buscar espacios de reunión y participación que les permitan intercambiar experiencias laborales y mejorar sus condiciones de trabajo. Sin embargo, varias de las iniciativas documentadas en la economía de plataformas tienen un carácter informal o experimental y han surgido en gran medida fuera de los marcos de relaciones laborales existentes en los países en cuestión. Las experiencias sobre el terreno descritas en este estudio muestran que, de cara al futuro, hay formas de mejorar el entorno propicio a la libertad de asociación y la libertad sindical y a la negociación colectiva, incluso mediante iniciativas reguladoras, con el fin de aprovechar plenamente las oportunidades de la economía de plataformas. Los marcos legislativos nacionales deben velar por que los trabajadores de plataformas tengan derecho de sindicación y de negociación colectiva, tal como disponen las normas de la OIT. Se trata de derechos reconocidos en los Convenios fundamentales núms. 87 y 98 de la OIT, entre otros instrumentos, y la Declaración del Centenario de la OIT los describe como derechos habilitantes para alcanzar un crecimiento inclusivo y sostenible. En definitiva, las plataformas digitales de trabajo forman parte de la creciente diversidad de modalidades de trabajo que ofrecen importantes oportunidades a las empresas y los trabajadores. Si bien la diversidad de modalidades de trabajo puede contribuir a aumentar el acceso al mercado laboral, una heterogeneidad cada vez mayor puede aumentar las desigualdades. El acceso a la libertad de asociación y la libertad sindical y al reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva puede propiciar que se materialicen plenamente las oportunidades de la economía de plataformas tanto para los trabajadores como para las empresas. En la economía de plataformas digitales surgen organizaciones de trabajadores, procesos de negociación colectiva y otras iniciativas de diálogo social En los capítulos anteriores se ha descrito cómo los trabajadores de plataformas se inscriben en grupos de medios sociales, entre otros foros, con la motivación de mejorar sus condiciones de trabajo (capítulo 1). En algunos países, los trabajadores de plataformas han emprendido acciones colectivas coordinadas, como manifestaciones, desconexiones colectivas y litigios estratégicos, para expresar sus quejas, al tiempo que algunos de ellos han constituido nuevas asociaciones o se han afiliado a sindicatos ya existentes (capítulo 2). Asimismo, en la economía de plataformas basadas en la geolocalización se ha formalizado un primer grupo de convenios colectivos (capítulo 3).  Alrededor del 85,7por ciento de los repartidores y el 68,4por ciento de los conductores que prestan servicio a través de aplicaciones no conocen ninguna organización sindical a la que puedan afiliarse.  En cambio, los ejemplos documentados en este estudio muestran que, por diversas razones, los trabajadores de plataformas son más partidarios de organizarse en grupos informales de trabajadores, como en Facebook, WhatsApp u otros medios sociales.  Sin embargo, a falta de estructuras organizativas eficaces y de un reconocimiento jurídico suficiente, persisten las dudas sobre la eficacia de esos grupos para conseguir mejoras sustanciales y duraderas de las condiciones de trabajo. 84 Documento de Trabajo de la OIT 80 Grupos informales de trabajadores, sindicatos de reciente creación, sindicatos ya existentes y organizaciones de empleadores han participado en iniciativas destinadas a mejorar las condiciones de trabajo en la economía de plataformas. La autoorganización de trabajadores ha surgido sobre todo en los sectores de servicios de transporte compartido y de reparto de comidas, incluso entre los trabajadores migrantes. Se documentan menos ejemplos de organización fructífera en plataformas digitales de trabajo en línea. Especialmente en los países del Sur, muchas de las iniciativas descritas consisten en la creación de grupos informales de trabajadores, que recurren principalmente a manifestaciones y huelgas para hacer oír su voz. Algunas empresas de plataformas se han comprometido unilateralmente a mejorar las condiciones de trabajo o a colaborar con los representantes de los trabajadores. En particular, los sindicatos ya existentes en los países del Norte han formalizado una serie de convenios colectivos que se aplican sobre todo a los empleados del sector del reparto de comidas a domicilio en Europa. Muchos de los convenios son de carácter experimental, ya que tratan de abordar las especificidades de las plataformas, y todavía están en proceso de aplicación. Por lo tanto, en la mayoría de los casos es demasiado pronto para evaluar sus efectos. Además de los convenios colectivos, los sindicatos ya existentes y las organizaciones de trabajadores de plataformas de reciente creación han celebrado una serie de acuerdos no vinculantes, como declaraciones o códigos de conducta con las empresas de plataformas (véase el anexo). Diversidad de la economía de plataformas: contribución del diálogo social y de la negociación colectiva La heterogeneidad observada en las plataformas digitales de trabajo respecto de las tareas realizadas, los sectores afectados y las necesidades de los trabajadores indica que no puede haber una respuesta regulatoria única, válida para todos los tipos de trabajo mediatizados por una plataforma digital. Esto acrecienta la posible contribución del diálogo social y la negociación colectiva para formular soluciones flexibles y prácticas que tengan en cuenta la diversidad y las necesidades específicas de la economía de plataformas. La negociación colectiva reúne algunas características que parecen responder bien al rápido crecimiento de la economía de plataformas, a la continua evolución de sus condiciones técnicas y organizativas y a su expansión hacia nuevos sectores, lo que abre un inmenso abanico de oportunidades y desafíos. En primer lugar, fortalece la legitimidad, ya que la regulación a través de la negociación colectiva se basa siempre en la participación conjunta de los empleadores u organizaciones de empleadores, por una parte, y de las organizaciones de trabajadores, por otra, en la negociación de convenios colectivos. Esto es especialmente importante en las partes emergentes de los mercados de trabajo, donde la regulación a veces es de carácter experimental y trata de abordar las especificidades de la economía de plataformas. En segundo lugar, la adaptabilidad de la regulación a través de la negociación colectiva facilita su rápida implantación o renegociación en caso de cambios tecnológicos, económicos o de organización del trabajo en los nuevos modelos de negocio incipientes. En tercer lugar, la adaptabilidad o la orientación práctica de la negociación colectiva refleja las condiciones particulares de un sector u ocupación en la economía de plataformas 235. Sin embargo, como herramienta de regulación ascendente, flexible y práctica, la negociación colectiva solo puede prosperar en un entorno jurídico e institucional propicio. Creación de un entorno regulatorio propicio para aprovechar las oportunidades de las plataformas digitales de trabajo En los albores de la economía de plataformas, a menudo se dio por supuesto que la organización de los trabajadores, las acciones colectivas coordinadas y la negociación colectiva serían poco menos que imposibles, debido a los obstáculos prácticos y a las dificultades jurídicas que entrañaban. Los ejemplos de países descritos en este estudio han demostrado que las preocupaciones iniciales eran tal vez un tanto exageradas y que la motivación de los trabajadores de plataformas tiene la capacidad de superar esas barreras y 235 Sobre los argumentos de este párrafo en general, véase también Hayter y Visser (2018) y OIT (2022b). 85 Documento de Trabajo de la OIT 80 de facilitar la participación colectiva. Sin embargo, varias de las iniciativas descritas han surgido fuera de los marcos tradicionales de relaciones laborales en los países en cuestión o su alcance se limita a los empleados de la economía de plataformas. A este respecto, conviene recordar que la mayoría de las empresas de plataformas clasifican a sus trabajadores como contratistas independientes y no como empleados (De Groen et al. 2021; De Stefano et al. 2021a). En muchos países, la clasificación jurídica de los trabajadores de plataformas determina si tienen acceso a determinados derechos sindicales, como el de participar en la negociación colectiva. Las iniciativas regulatorias se refieren sobre todo a las plataformas basadas en la geolocalización y suelen ser muy recientes y todavía inconclusas  En la Declaración del Centenario de la OIT se insta a todos los Miembros, con el apoyo de la OIT, a «responder a los retos y las oportunidades que plantea la transformación digital del trabajo, incluido el trabajo en plataformas, en el mundo del trabajo» y a adoptar «políticas y medidas que permitan asegurar una protección adecuada de la privacidad y de los datos personales»236. La regulación de la emergente economía de plataformas en varios países está rodeada de inseguridad jurídica, que se manifiesta en diversas iniciativas consultivas y legislativas y también en un gran número de resoluciones judiciales. Varias iniciativas regulatorias abordan las condiciones de trabajo y la protección social en las plataformas basadas en la geolocalización, en particular con respecto a los trabajadores de las plataformas de reparto y de transporte. Toda regulación relativa a las plataformas web en línea se enfrenta a la dificultad añadida de que los trabajadores están dispersos por diferentes jurisdicciones. Si bien las iniciativas regulatorias nacionales no se refieren directamente a la libertad de asociación y la libertad sindical ni a la negociación colectiva, inciden en estos derechos cuando afectan a la clasificación de los trabajadores, que a su vez suele determinar quién tiene acceso a los derechos en cuestión. Sin embargo, las fases de aplicación de las iniciativas regulatorias nacionales varían. La mayoría de las iniciativas son muy recientes y aún no se observa una tendencia clara; los procesos no han concluido y son muy cambiantes 237. Las iniciativas legislativas en curso abordan una serie de ámbitos regulatorios con el fin de mejorar las condiciones de trabajo y de crear un entorno propicio para la libertad de asociación y libertad sindical y la negociación colectiva en las plataformas digitales de trabajo. Por ejemplo, en diciembre de 2021, la Comisión Europea propuso un conjunto de medidas dirigidas mejorar las condiciones de trabajo en las plataformas digitales de trabajo 238, como las siguientes: una propuesta para determinar correctamente la situación laboral de los trabajadores de plataformas basadas en la geolocalización y plataformas web a la luz de su relación real con la plataforma digital de trabajo 239; un proyecto de directrices sobre la aplicación del derecho de la competencia de la UE a los convenios colectivos de los trabajadores por cuenta propia sin asalariados (véase el recuadro 40), y los derechos de acceso digital para los trabajadores de plataformas y sus organizaciones (véase el recuadro 42). Con estas medidas, la Comisión Europea aspira a mejorar las condiciones de trabajo y la protección social de los trabajadores de plataformas y a crear un entorno propicio para mejorar la representación y apoyar la negociación de los convenios colectivos. 236 Párr. III, C, v). 237 Las conclusiones de este apartado se basan en un estudio preliminar elaborado por Martin Gruber-Risak y Sophie Schwertner (ambos de la Universidad de Viena) para este informe. En el estudio se analizó la evolución reciente de los aspectos regulatorios y de la jurisprudencia, mediante un examen minucioso de diez países (Argentina, Australia, Canadá, China, España, Estados Unidos, Italia, Nigeria, Reino Unido y República de Corea) y la Unión Europea. Los resultados y la evolución descritos reflejan la situación de los países analizados y no deben considerarse representativos de todo el mundo. Los países objeto de análisis se seleccionaron deliberadamente en función de su evolución legislativa y judicial innovadora, tratando de mantener un equilibrio regional. 238 Comisión Europea, «Commission proposals to improve the working conditions of people working through digital labour platforms», comunicado de prensa, 9 de diciembre de 2021. 239 Comisión Europea (2021). 86 Documento de Trabajo de la OIT 80 Proyección de futuro: la creciente importancia de las plataformas digitales de trabajo El número de plataformas digitales de trabajo aumenta de forma constante desde hace años y augura una clara expansión de la economía de plataformas en el futuro. Se prevé que la experiencia de la pandemia de COVID-19 acelere aún más la digitalización y el crecimiento de las plataformas digitales de trabajo a largo plazo. Además, la importancia de las plataformas digitales radica no solo en su magnitud, sino también en el hecho de que abre un campo experimental para las innovaciones tecnológicas y la utilización de algoritmos en la gestión de las actividades y del trabajo, que se extiende más allá de las plataformas digitales y permea varios sectores tradicionales de la economía. De cara al futuro, es importante asegurar que las oportunidades de las plataformas digitales de trabajo se materialicen tanto para los trabajadores como para las empresas. Los ejemplos observados en diferentes regiones del mundo, tal como se describen en este estudio, demuestran que la negociación colectiva y otras formas de diálogo social pueden ofrecer un valor añadido para negociar soluciones flexibles y prácticas que tengan en cuenta la heterogeneidad de las plataformas. Los ejemplos señalan asimismo posibles vías para que las organizaciones de empleadores y de trabajadores refuercen la representación, desarrollen la negociación colectiva y fomenten un diálogo social inclusivo en la economía de plataformas. Sin embargo, como herramienta de regulación ascendente, flexible y práctica, la negociación colectiva y el diálogo social solo pueden prosperar en un entorno jurídico e institucional propicio. 93 Documento de Trabajo de la OIT 80 Hayter, Susan, y Jelle Visser, eds., 2018. Collective Agreements: Extending Labour Protection. OIT. Hießl, Christina. De próxima publicación. «Case law on the classification of platform workers: Cross-European comparative analysis and tentative conclusions». Comparative Labour Law & Policy Journal. Holtum, Peter James, et al. 2021. «Business or pleasure? A comparison of migrant and non-migrant Uber drivers in Australia». Work, Employment and Society 36 (2): 1-20. 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Technology and Power: Understanding Issues of Insecure Work and Technological Change in Australian Workplaces. Submission to the Inquiry on the Impact of Technological Change on the Future of Work and Workers in New South Wales. Vandaele, Kurt. 2018. Will Trade Unions Survive in the Platform Economy?. Emerging Patterns of Platform Workers’ Collective Voice and Representation in Europe. ETUI. Webster, Edward, et al. 2021. «Beyond traditional trade unionism: Innovative worker responses in three African cities». Globalizations 18:8, 1363-1376. Webster, E., y F. Masikane. 2020. «'I Just want to survive': The case of food delivery couriers in Johannesburg». Southern Centre for Inequality Studies. Wood, Alex J., Mark Graham, Vili Lehdonvirta, y Isis Hjorth. 2019. «Good gig, bad gig: Autonomy and algorithmic control in the global gig economy». Work, Employment and Society 33 (1): 56-75. Wood, Alex J, Vili Lehdonvirta, y Mark Graham. 2018. «Workers of the Internet unite? Online freelancer organisation among remote gig economy workers in six Asian and African countries». New Technology, Work and Employment 33 (2): 95-112. Workplace Express. 2021a. «Menulog begins employed-riders trial». ———. 2021b. «Platform company trials shift away from contracting». Yassin, Jad y Uma Rani. De próxima publicación. Ride hailing vs. traditional taxi services: Experiences of taxi drivers in Lebanon. ILO Working Paper. 96 Documento de Trabajo de la OIT 80 Agradecimientos Este estudio ha sido elaborado por el Grupo de Negociación Colectiva y Relaciones Laborales del Servicio de Mercados Laborales Inclusivos, Relaciones Laborales y Condiciones de Trabajo (INWORK) de la OIT. Felix Hadwiger preparó el estudio, con la orientación de María Luz Rodríguez Fernández y Christopher LandKazlauskas, bajo la responsabilidad de Philippe Marcadent, Jefe de INWORK. En la fase preparatoria del proyecto de investigación, se mantuvieron entrevistas con representantes de organizaciones de empleadores y de trabajadores y con expertos académicos y de la sociedad civil. Eso ayudó a identificar evoluciones importantes, a plantear posibles estudios de casos en diferentes regiones del mundo y a guiar la investigación en general. Queremos dar las gracias a Bama Athreya (Open Society Foundations), Shawna Bader-Blau (Solidarity Center), Thomas Costa (Unions NSW), Michele Ford (University of Sydney), Mary Gray (Microsoft Research), Mirko Herberg (Friedrich Ebert Foundation), Hannah Johnston (Northeastern University), Baker Khundakji (ITF), Luis Rodrigo Morales (OIE), Melisa Serrano (University of the Philippines), Valerio De Stefano (Osgoode Hall Law School), Roberto Suárez Santos (OIE), Ruwan Subasinghe (ITF), Mac Urata (ITF), Jeffrey Vogt (Solidarity Center), Edlira Xhafa (Universidad de Kassel) y Rita Yip (OIE) por sus aportaciones y consejos. Varios especialistas de la OIT y colaboradores externos contribuyeron a las distintas partes del estudio. Uma Rani y Nora Gobel (ambas del Departamento de Investigaciones de la OIT, RESEARCH) no solo nos proporcionaron el análisis de los datos sobre solidaridad en el lugar de trabajo expuestos en el capítulo 1, que se recopilaron mediante encuestas por países encargadas por la OIT, sino que también nos brindaron un inestimable asesoramiento sobre la interpretación de las conclusiones. Por todo ello les expresamos nuestro agradecimiento. El análisis de la evolución de los aspectos regulatorios y de la jurisprudencia se basó en un estudio preliminar realizado por Martin Gruber-Risak y Sophie Schwertner (ambos de la Universidad de Viena). La descripción y el análisis de un primer grupo de convenios colectivos en la economía de plataformas, presentado en el capítulo 3, se benefició de un estudio preliminar y de la revisión de Anna Ilsøe (Universidad de Copenhague). Los estudios de casos encargados por la OIT ponen de manifiesto los esfuerzos de las organizaciones de empleadores y de trabajadores por atraer a los trabajadores de la economía de plataformas, en contraste con la voluntad de estos últimos a autoorganizarse con el fin de influir en sus propias condiciones de trabajo. Los estudios de casos que han fundamentado varios capítulos del presente documento de trabajo fueron elaborados por expertos locales. Los estudios de casos fueron realizados en Australia por Anthony Forsyth (RMIT University); en Chile por Pablo Zenteno Muñoz y Felipe Labra (investigadores independientes); en India y Nigeria (información proporcionada por Uma Rani (Departamento de Investigaciones de la OIT)); en Ucrania por Iryna Sakharuk (Universidad Nacional de Shevchenko); y en España por Henar Álvarez (Universidad de León). En total, los colaboradores de este estudio entrevistaron a unos 20 informadores nacionales de diferentes países, desde trabajadores de plataformas y representantes de organizaciones de empleadores y de trabajadores hasta investigadores académicos. También queremos expresar nuestra gratitud a los colegas de la OIT y a otros expertos por sus valiosas contribuciones a diferentes partes del estudio. Damos las gracias a Xavier Beaudonnet (OIT, LIBSYND); Magdalena Bober (OIT, ACT/EMP); Ariel Castro (OIT, ACTRAV); Naome Chakanya (OIT, ACTRAV-Turín); Karen Curtis (OIT, LIBSYND); Sean Cooney (Melbourne Law School); Diletta Gambaccini (consultora independiente); Tess Hardy (Melbourne Law School); Susan Hayter (OIT, GOVERNANCE); Martine Humblet (OIT, INWORK); Mélanie Jeanroy (OIT, ACTRAV); Ambra Migliore (OIT, INWORK); Karol Muszyński (KU Leuven); Shae McCrystal (University of Sydney); Mélanie Jeanroy (OIT, ACTRAV); Konstantinos Papadakis (OIT, DIALOGUE); Rafael Peels (OIT, ACTRAV); Verena Schmidt (OIT, INWORK); Maria Sedlakova (OIT, GOVERNANCE), y Harry Stylogiannis (KU Leuven). Agradecemos a Angélique Flores-Girod, Claire Piper y Kimberley Muller (OIT, INWORK) el excelente apoyo de secretaría que nos brindaron. Conditions of Work and Equality Department (WORKQUALITY) Inclusive Labour Markets, Labour Relations and Working Conditions Branch (INWORK) International Labour Organization Route des Morillons 4 1211 Geneva 22 Switzerland XImpulsar la justicia social, promover el trabajo decente La Organización Internacional del Trabajo es la agencia de las Naciones Unidas para el mundo del trabajo. Reunimos a gobiernos, empleadores y trabajadores a fin de mejorar las condiciones de trabajo de todas las personas, promoviendo un enfoque del futuro del trabajo centrado en el ser humano a través de la creación de empleo, los derechos en el trabajo, la protección social y el diálogo social. I S B N 9789220384831 9HSTCMA*dieidb+ 9 789220 384831 Contact details