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La ganadería en Carmona durante la Baja Edad Media

Carmona Ruiz, María Antonia

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ARCHIVO HISPALENSE 2• ÉPOCA 1997 REVISTA HISTÓRICA, LITERARIA Y ARTÍSTICA PUBLICACIÓN CUATRIMESTRAL SEVILLA 1998 TOMO LXXX NÚMS. 243-244-245 LA GANADERÍA EN CARMONA DURANTE LA BAJA EDAD ME DIA No podemos olvidar que una de las principales actividades económicas de Carmona fue la ganadería. Las necesidades agrarias de un espacio extraordinariamente fértil, y la posibilidad de mantener una sólida cabaña en los baldíos del concejo, explican su extraordinario desarrollo. Así, un primer análisis de la actividad ganadera en la Carmona Bajomedieval nos obliga a hablar al menos de los lugares utilizados para el pasto, tanto los reservados específicamente al ganado, como los compartidos con otras actividades agrarias; de su reducción a fines del medievo; de las instituciones que generó; de la cantidad de ganado que existía en Carmona; de sus propietarios; y de su cuidado. Afortunadamente la documentación que referente a Carmona se ha conservado tanto en la localidad como en otros archivos es lo suficientemente rica para permitirnos realizar esta tarea, que brevemente exponemos en este trabajo. * * * La excepcional localización de Carmona, en la Depresión del Guadalquivir, una llanura de formación reciente, en la que destacan Los Alcores y a su pie la Vega de Carmona, de una fertilidad extraordinaria, ha permitido un gran desarrollo agrícola, que ha ido en aumento a lo largo de la Historia en detrimento siempre de la actividad pecuaria, con la que lógicamente tuvo que chocar, dado el carácter de ganadería extensiva predominante en las economías del Antiguo Régimen. En cualquier caso, y según la conformación habitual de los concejos medievales, en Carmona encontramos unos espacios asignados específica- 284 M' A TONIA CARMO A R UIZ mente a la ganadería, amplios en origen debido ante todo a la baja demografía existente tras la conquista cristiana, pero que fueron reduciéndose conforme se fue produciendo un desarrollo económico y el consiguiente aumento de población. Sin embargo, esto fue precisamente lo que obligó a reservar algunas zonas específicas a especies ganaderas imprescindibles, el caso del ganado de labor lógicamente, y a intentar simultanear el aprovechamiento de algunos espacios agrícolas, al menos en determinadas épocas del año, con el ganadero: nos referimos a los rastrojos y barbechos. Habitualmente los lugares de pasto eran los más alejados de los núcleos de población, más allá de los cultivos, o de escasa productividad agrícola. Eran zonas de aprovechamiento colectivo, cuyos usos principal es eran la caza, pesca, explotación maderera, recolección de frutos silvestres y la ganadería. Normalmente en Andalucía, al igual que en las Extremaduras castellanas el territorio de los concejos de realengo se distribuyó de la siguiente manera: un núcleo poblacional principal (la "villa") del que dependía un alfoz, constituido en ocasiones por unidades poblacionales menores y sometidos a su jurisdicción (la "tierra"), conformando lo que se denomina una "Comunidad de Villa y Tierra". Carmona ejemplifica claramente esta si tuación, puesto que en el término que se le asignó en el siglo XIII estaban enclavados unas serie de pueblos. La existencia de una "Comunidad de Villa y Tierra" suponía, además de la dependencia de los núcleos menores del concejo principal, la unión de derechos de contenido comunal. De este modo, y siempre de acuerdo con los fueros y ordenanzas locales, todos los vecinos de la ciudad o villa y su alfoz podían aprovecharse de los bienes comunales de todo el territorio y circular dentro de la "tierra" s in tener que pagar los tributos que pagaban los no vecinos (1). Esto benefició notablemente a la actividad ganadera ya que facilitaba la movilidad de lo s hatos en busca de buenos pastos por un territorio mucho más extenso que el del municipio al que pertenecían. Sin embargo, la "tierra" sobre la que la "villa" ejerció su dominio no era un territorio definitivamente delimitado, pudiendo ampliarse o reducirse por posteriores concesiones o reducciones de términos. Carmona, que lindaba en el siglo XIII con Écija y Palma del Río, sufrió una importante reducción de términos durante el siglo XIV, en beneficio de algunas fami- (1) GONZÁLEZ JIMÉNEZ, M.: "Orígenes de la Andalucía Cristiana". Historia de Andalucía, tomo II. (Barcelona, 1982) pág. 270-71. LA GA ADERÍA E CARMO A DURANTE LA BAJA EDAD MEDIA 285 lías nobles, viéndose despojada de las villas de Mairena, El Viso, Fuentes, La Membrilla y Guadajoz. La aldea de La Campana siguió perteneciendo al concejo carmonés (2). Tras la segregación de algunos lugares del término original, encontramos dos situaciones en Andalucía: por un lado el caso en que tras la separación, los lugares perdieron todos los derechos de aprovechamiento de pasto en el término del concejo al que originariamente pertenecían (Sevilla); por otro, el caso de Carmona en que ve mos cómo los pueblos que se segregaron del primitivo término adjudicado en el sig lo XIII a la villa mantuvieron el derecho mancomunado de aprovechamiento de los pastos y aguas (3). Posiblemente con esta situación lo que fundamentalmente se pretendía era mantener la unidad económica preexistente y evitar conflictos internos. Además, parece ser que después del perjuicio sufrido por Carmona al reducírsele su término, con esta mancomunidad en parte se le intentaba recompensar, dado que son los ganados de Carmona los que principalmente se aprovechan de los pastizales de los lugares segregados, como se demuestra en el hecho de que las quejas por adehesamientos ilegales parten siempre de Carmona, respecto a lugares como Mairena (4), cuando sabemos que Carmona también estaba realizando tales infracciones, y que sólo las denunció Sevilla (5). Además, analizando los menudos de la vicaría de Carmona, como se puede ver en el Anexo, la importancia de la ganadería carmonense respecto a los lugares de señorío es indiscutible. En cualquier caso, la situación de algunos señoríos, como es el de Fuentes, que no tenía término alguno, perjudicó al concejo de Carmona, como veremos más adelante. Lógicamente esta situación no agradó a las localidades afectadas por esta comunidad de derechos, como se ve en la queja que en 1489 el concejo de (2) GONZÁLEZ JIMÉNEZ, M.: El concejo de Cannona afines de la Edad Media (14641523). (Sevilla, 1973). págs. 23-24. (3) GONZÁLEZ JIMÉNEZ, M.: El concejo de Carmona ... op. cit. págs. 23-30. (4) En 1488 el concejo de Carmona se quejaba de que Mairena había adehesado sus términos en la parte del Alcor. 1488, diciembre 5. A.M.C. Act. Capit. 1488, f. 145. GONZÁLEZ JIMÉNEZ, M.: Catálogo de documentación medieval del Archivo Municipal de Carmona ( 14751504). (Sevilla, 1981) doc. n° 550. (en adelante, Catálogo Carmona, ll). (5) Por ello en la investigación que se realizó en 1382 en los pueblos de la sierra de Constantina para quitar todas las dehesas nuevas que se hubieran realizado, los enviados por Sevilla, el jurado Ferrand Martínez de Cádiz y Juan Núñez, preservaron una dehesa que tenía la Puebla de los Infantes realizada en 1351 por los alcaldes de mesta de Sevilla. A.M.S. Secc. l, carp. 60, n° 19. 286 M' ANTO lA CARMONA RUIZ Carmona presentó ante el de Mairena que impedía a los vecinos de Carmona entrar con sus ganados dentro de sus términos (6). Así pues, vemos como las relaciones no siempre fueron cordiales y se produjeron algunos conflictos entre las diferentes villas. Normalmente éstos estaban provocados por los impedimentos que ponían los vecinos del concejo vecino al aprovechamiento de los pastos. Éstos podían ser mediante la prohibición expresa de entrada y aprovechamiento de sus tierras comunales (7), o por el adehesamiento indebido de sus términos, caso de Mairena, pese a que estaba establecido el pasto común en todas las tierras, excepto en las dehesas antiguas (8). Los conflictos entre Carmona y Fuentes fueron especialmente duros, provocados en parte por el hecho de que el señorío de Fuentes estaba formado tan sólo por el núcleo poblacional y no poseía término propio que explotar (9), con lo cual se aprovechaban del término de Carmona, sin que esta villa tuviera ningún tipo de contrapartida a cambio. Por ello, Carmona intentó evitar por todos los medios que los vecinos de Fuentes utilizaran el término de Carmona, e incluso les acusaran de sobrexplotar sus baldíos y que "no dexan carrasco que puedan alcan{:ar a cortar nin enzina donde lo fallan" (lO). En 1513 se planteó un importante litigio entre ambas poblaciones al impedir Carmona que los vecinos de Fuentes que cortaran encinas en el chaparral y encinar de la Fuente del Cabo (11). Los pleitos continuaron durante el siglo XVI, especialmente por las quejas de los vecinos de Carmona que no estaban de acuerdo con que Fuentes realizara una dehesa boyal y un ejido a costa de los términos de Carrnona (12), hasta 1558, fecha en que Felipe 11 vendió a don Álvaro de Fuentes media legua del término de Carmona para que fuera término de Fuentes (13). Pero además de por voluntad regia, los límites del concejo carmonés fueron ampliamente dañados principalmente por los lugares de señorío colindan- (6) Así, entre otras cosas decía que " ... el término de esa villa es común a los vesinos desta villa en el pa¡:er de las yeruas et en el beuer de las aguas et cortar leña, asy como lo semejante puedenfaser los vesinos (de) esa villa en los baldíos desta". 1489, marzo 8. Carmona. A.M.C. Act. Capit., 1489 .. Catálogo de Carmona II, doc. n° 597. (7) Vid. Catálogo de Carmona, II. doc. no 78, 80, 81 , 597, 600, 1459, 1595, 1760 y 1913. (8) 1488, diciembre 5. A.M.C. Act. Capit. 1488, f. 145 . Catálogo Carmona, II, doc. n° 550. (9) GONZÁLEZ JIMÉNEZ, M.: El concejo de Carmona ... op. c it. págs. 26-28. (10) 1504, agosto 16. Carmona. A.M.C. Act. Capit. Catálogo de Carmona, II, doc. n° 2002. (11) Sobre este conflicto Vid. CARMONA RUIZ, M. A.: La ganadería en el reino de Sevilla durante la Baja Edad Media (en prensa) (12) A.M.C. 1eg. 1018 (13) GONZÁLEZ JIMÉNEZ, M.: El concejo de Carmona ... op. cit. pág. 27. LA GANADERÍA EN CARMONA DURA TE LA BAJA EDAD MEDIA 287 tes, que intentaban su expansión a costa de sus términos. En estos conflictos estuvieron implicados los ganados, que como ya hemos indicado son los que se aprovechaban de l as tierras limítrofes que por un li gero cambio de mojones modificaban su titularidad. No podemos pararnos en analizar todos los problemas, algunos objeto de otros trabajos incluidos en este libro, tan sólo indicar que los lugares que más problemas causaron fueron los señoríos situados en la ribera del Guadalquivir (Lora, Brenes, Alcolea del Río y Cantillana). En casi todos los casos Carrnona tuvo que ceder parte de sus términos, o permitir que se aprovecharan de ellos (14), a pesar de que los jueces de términos dieron sentencias favorables al concejo de Carrnona, como en los pleitos que se produjeron entre Carmona y las villas de Arahal y Mairena (15). Aunque menos graves, también Carmona mantuvo pleitos con los concejos de realengo. De los de Écija, se hablará aquí. Respecto a Sevilla, éstos se produjeron principalmente por la delimitación de sus términos en la zona de Villanueva del Camino (actual Villanueva del Río). Aunque la frontera estaba perfectamente definida por el río Guadalquivir, los problemas comenzaron cuando en 1498 se produjo una crecida de este río inundó las tierras de Villanueva y los vecinos de esta villa decidieran ocupar tierras al otro lado del Guadalquivir (16). LOS ESPACIOS DE USO PASTORIL Como ya hemos indicado, en Carmona, al igual que en el resto de los concejos andaluces se preservaron zonas de aprovechamiento comunal, espacios incultos, utilizados principalmente para actividades pastoriles. Dos son los tipos de tierras comunales que encontramos: los terrenos abiertos de aprovechamiento común y las tierras acotadas de uso comunal, surgidas estas últimas debido a la necesidad de reservar zonas de pasto a determinadas especies ganaderas. Además, el concejo carrnonés, con el fin de paliar sus (14) GONZÁLEZ JIMÉNEZ, M.: El concejo de Carmona ... op. c it. págs. 28-30. (15) Sentencia dada por Francisco Ortíz. 1491 , enero 30. Sevilla. A.M.C. leg. 1024. ( 16) A.M. S. Secc. I, carp. 72, n° 117. Entre las tierras ocupadas por Villanueva estaba una isla que el concejo de Carmona afirmaba pertenecer al donadío del Rincón, que estaba en su término. Aunque el pleito fue llevado por Pedro de Maluenda, éste no lo terminó y fue continuado por Francisco de Molina que dio en 1500 una sentencia, que no se conserva, y que po si blemente fue favorable a Carmona. De todas formas, los conflictos de términos entre ambos concejos no acabaron con esta sentencia, puesto que aún en 1511 el pleito estaba pendiente. A.G.S. Cámara Pueblo s, 5 n°5 164 y 180. 288 M• ANTO lA CARMO A RUIZ necesidades económicas tenía una serie de dehesas pertenecientes a los bienes de propios. En cualquier caso, la característica de todas estas tierras es que su explotación revertía en beneficio de toda la comunidad, por lo que conjuntamente podemos denominar propiedad comunal, frente a las dehesas particulares, o privadas. Respecto a las tierras abiertas de aprovechamiento comunal, como ya hemos indicado eran éstas normalmente las más alejadas o las de peor calidad. Podían ser sólo utilizadas por los vecinos de Carmona y su alfoz, y por aquellos pertenecientes a algunos concejos con los que Carmona había establecido tratados de hermandad. Dentro de este tipo de tierras destacan especialmente los montes. Los beneficios que se obtenían eran muy numerosos, lo que explica que tanto el concejo como la Corona vigilaran celosamente su cuidado y el reparto equitativo de sus bienes, especialmente a partir del siglo XV, que con el crecimiento de la cabaña y de la población empezó a hacerse presión sobre los baldíos en beneficio de unos pocos. Por ello es en esas fechas cuando empiezan a aparecer disposiciones que impiden las talas indiscriminadas de los montes con fines lucrativos. Una forma muy usual de obtener forraje para el ganado era mediante el ramoneo, corta de las ramas más pequeñas de los árboles, especialmente en las zonas donde escaseaba la hierba (17). El peligro que conllevaba esta actividad era claro, ya que los pastores en su deseo de obtener alimento para su ganado podían dañar irremediablemente los árboles. Por ello los concejos intentaron preservar esta riqueza poniendo severas multas a quienes talaran árboles (18). Además, para limpiar de maleza el monte y facilitar el acceso del ganado a las zonas más abruptas del mismo, los ganaderos solían prenderle fuego, máxime cuando al poco tiempo crecían nuevos brotes y pasto en zonas normalmente impenetrables, resistiendo al fuego los árboles crecidos que seguirían aportando fruto (19). Un ejemplo claro de esta acción son las actuaciones de los cabreros de Carmona (20). (17) VASSBERG, D. E. : Ti erra y sociedad en Castilla. Se11ores, "poderosos" y campesinos en la Espmia del siglo XVI. (Barcelona, 1986) pág. 59. (18) GONZÁLEZ JIMÉNEZ, M. : Ordenanzas del concejo de Carmona, (Sevilla, 1977) pág. 61. (En adelante Ordenanzas de Carmona) (19) VASSBERG, D. E.: Tierra y sociedad ... op. ci t. pág. 58. (20) " ... que puede aver veynte a11os poco más o menos que/ conreJo de la villa ouo ynform ar ión que los "cabroneros" queman secretamente los montes de la dicha villa de Ca rm ona e LA GA ADERÍA EN CARMONA DURA TE LA BAJA EDAD MEDIA 289 Pero tanto estos fuegos controlados como los que se producían de manera fortuita podían provocar importantes destrozos en Jos montes. Muchos de los fuegos eran accidentales, debido a rozas incontroladas, quema de rastrojos y fabricación de carbón, pero en otras ocasiones Jos pastores Jos provocaban intencionadamente, como hemos visto. A fin de que esto no se produjera, en 1501 se prohibió el pasto de los rebaños de cabras en las zonas quemadas durante dos años, con el fin de que se regenerara el bosque y de atajar estos abusos (21). Además, con el fin de evitar los incendios accidentales en Carmona se establecieron también otras normas, como impedir quemar rastrojos en determinados lugares o evitar encender hogueras en Jos montes durante los meses de verano o durante todo el año cuando hubiera mucha hierba (22). Uno de los bienes más preciados que se obtenía de los montes era la bellota, por lo que Jos encinares y alcornocales se apreciaban especialmente. Su valor estaba no sólo en que se empleaban para el alimento de animales y madera, sino que también podían ser útiles para el consumo humano, especialmente en épocas de hambre en que las bellotas se molían para obtener una harina con la que se realizaba pan (23). A fin de evitar que los vecinos recogieran la bellota antes de que ésta estuviera madura vareando los árboles, los montes que tenían bellota se acotaban cuando ésta empezaba a madurar (30 de septiembre), impidiéndose la entrada de personas con varas o ganados en los montes hasta que la bellota estuviera madura y cayera al suelo, abriéndose para el aprovechamiento comunal el día de Todos los Santos (24). Estas tierras se vieron reducidas notablemente debido a su roturación a partir de finales del siglo XV . Así, debido a la presión demográfica que se produjo en los concejos sevillanos a lo largo del siglo XV obligó a numerosos municipios a poner en cultivo amplias zonas baldías. Este es el caso de Carmona, que permitió la roturación de sus tierras comunales a todos los vecinos que lo solicitaron, aumentando incluso las concesiones de dos aranzadas que la cabsa del/o hera porque después de quemados los dichos montes pudiesen comer el reto· ño destos con sus cabras ... ". 1501, marzo 26. Granada. A.G.S. Consejo Real, 21, 14. (21) !bid. (22) Ordenan:as del Concejo de Cannona, op. c it. pág. 74. (23) VASSBERG, D. E.: Tierra y sociedad en Castilla ... op. c it. pág. 57. (24) Ordenanzas de Carmona, págs. 62-63. 290 M' A TONIA CARMO A RUIZ en el siglo XV a diez, a principios del XVI, siempre que las plantara de olivar o viña y nunca de cereal (2 5 ). La necesidad de garantizar el pasto al ganado local, frente a las cabañas foráneas, o para determinadas especies, como el ganado de labor o el caballar, obligaron a la creación de espacios acotados de aprovechamiento comunal. Es el caso de los ejidos, las dehesas concejiles y los echos. Encontramos ejidos en todos lo s concejos medievales. Como saben, eran las tierras que rodeaban las poblaciones y estaban destinadas al desarrollo de las actividades colectivas del lugar, destacando entre ellas el alimento de los bueyes de labor y de tiro y las bestias de arada de los vecinos del lu gar. Al tratarse de tierras incultas que limitaban directamente con las poblaciones eran zonas de ampliación urbanística, pudiéndose construir en ellos casas nuevas, con total libertad, como en Carmona, donde además de la vivienda podían hacerse zahúrdas y tinadores para sus ganados (26). Las dehesas concejiles también aparecen habitualmente en lo s concejos anda lu ces, desde el mismo momento de la conquista a fin de atraer nuevos pobladores que veían garantizados de esta forma los pastos para sus ganados, especialmente los de labranza, de ahí que en muchas ocasiones se denominaran "dehesas boyales". Las Ordenanzas de Carmona regulan perfectamente su utilización. No vamos a entrar en ello, pero ésta se debió ver desbordada, por lo que tuvo que ampliarse con las tierras del Hardal, colindantes, y pertenecientes a los propios de la ciudad. En ocasiones, en las dehesas boyales entraban otras especies ganaderas, principalmente yeguas y caballos, como en el caso de Carmona (2 7 ). Pero la utilidad de estos animales, hizo aconsejable la creación de dehesas reservadas exclusivamente para ellos. Las dehesas de caballos tenían un interés especial en las tierras de frontera, donde por su carácter estratégico se protegían especialmente su crianza y alimentación. Por ello se creó una dehesa para caballos en unas tierras de labranza que el concejo de Carmona compró para este fin (28). Otro tipo de tierra acotada son los echos. Este tipo de acotamientos de uso comunal era bastante frecuente en la zona gaditana, utilizándose en esa (25) GONZÁLEZ JIMÉNEZ, M.: El concejo de Carmona . .. op. cit. págs. 105-106. (26) Ordenanzas de Carmona, pág. 88. (27) Ordenanzas de Carmona, Título de la dehesa del conyejo. pág. 90. (28) Ordenanzas de Carmona. Título de las dehesas, pág. 60. LA GANADERÍA E CARMONA D URAN TE LA BAJA EDAD MEDIA 297 El destino de las reses apresadas por el incumplimiento de las Ordenanzas era El Corral del Concejo, en el que se recogían además las reses perdidas. Cualquiera que recogiera una res perdida o haciendo algún daño estaba obligado a llevarla a este recinto. Posteriormente el corralero estaba obligado a poner en conocimiento del alcalde de mesta la existencia de tal ganado. Éste estaba además obligado a visitar periódicamente el corral del concejo para ver cuántas reses estaban recogidas y su estado, llevándolas a las reuniones de mesta (58). Tan importante era para el ganado el pasto como el agua, por lo que se le garantizaba lugares para abrevar: ríos, arroyos, pozos y abrevaderos. El derecho castellano medieval consideraba aguas públicas sólo las fluviales, aunque también existían algunas fuentes y pozos que en el derecho local son considerados comunales y que estaban reguladas con una normativa especial en la que se establecían sus principales utilidades (59). El acceso a abrevar a los ríos se realizaba mediante vaderas. Éstas debían estar siempre accesibles y había que habilitar veredas para acceder a ellas. Además de los abrevaderos comunales, existían algunos privados, localizados en tierras privadas previa autorización del concejo (60). Otro uso privado de las aguas comunales es el que se producía mediante la construcción de pequeñas presas en que se recogían las aguas corrientes procedentes de la lluvia, fuentes naturales o pequeños arroyos. Éstas estaban muy generalizadas en Carmona y, al igual que otro tipo de construcciones se realizaban con el consentimiento previo del concejo. Además, lo s vecinos que iban a hacer una nueva presa debían de avisar a otros ganaderos que más abajo del caudal tuvieran presas para abrevar a ~us ganados, dejando correr agua "y que salga tanta como salía antes que la fiziesen" para permitir que se aprovecharan de ella estos ganados. En el caso de que las fuentes y arroyos tuvieran poca agua, y por lo tanto hubiera dificultad para que todas las presas se llenaran de agua se debían deshacer las presas, dejando las aguas libres para que fueran aprovechadas exclusivamente por los bueyes y vacas de arada (61). Además se estipuló que el ganado porcino abrevara mediante la creación (58) Ordenanzas de Carmona, Título del corral del concejo, 1, pág. 142. (59) Sobre las fuentes y pozos urban os de carácter comunal, Vid. MARTÍNEZ GIJÓN, J. M. y otros: "B ienes urbanos de aprovechamiento comunal en los derechos locales de Castilla y León". Actas del III Symposium de Hi storia de la Administración. (Madrid, 1974). (60) CARMONA RUIZ, M' A. : La ganadería en el Reino de Sevilla ... op. c it. (61) Ordenanzas de Carmona. Título de las aguas. n°5 ii , iii y iiii, págs. 125-126. 298 M' A TO lA CARMO A RUIZ de presas en el arroyo de Alcaudete, junto a la huerta del mismo nombre. Este arroyo estaba rodeado de tierras de cereal por lo que los labradores debían dejar libres a partir del 10 de junio tres sogas toledanas en cada parte del arroyo. Además todas las tierras de Alcaudete debían de dejar durante todo el año entrada para que pudieran pasar los puercos al arroyo (62). Esta práctica de construir presas se constata además en Marchena (63), aunque no estaba generalizada dentro del Reino de Sevilla. Las Ordenanzas Municipales normalmente se preocupaban por preservar aguas para la boyada del concejo, asignándoles determinadas fuentes y pozos para abrevar. Así en Carmona se hicieron dos pilares junto a la huerta de Alcaudete, uno dedicado al ganado vacuno, yeguas y asnos, y el otro al ganado menor. A estos pilares se dirigía el agua sobrante de la citada huerta (64). Normalmente el ganado menor tenían bastante restringido el acceso a los abrevaderos reservados al ganado de labor o de silla. La causa principal de esto era que enturbiaban las aguas (65). Sin embargo, en el concejo de Carmona había cuatro fuentes concejiles -las de Alcaudete, Dos Hermanas, Alvahara y Brenes-, junto con otras fuentes en que se realizaban presas, en las que el ganado ovino tenía el privilegio de beber primero, para posteriormente hacerlo los bueyes y vacas (66). A fin de evitar conflictos a la hora de llevar los ganados a beber a los pozos y fuentes comunales, los concejos establecieron algunas medidas. Así en Carmona los ganaderos podían apropiarse de uno de los pozos concejiles durante un año. La forma en que se realizaba su ocupación era mediante la colocación de una señal al amanecer del día de Año Nuevo. En el caso de que hubieran sido varias las personas que hubieran elegido el mismo pozo, entonces éste se echaba a suertes. A fin de que un ganadero no se apropiara de un abrevadero, nunca podía optar años seguidos por él. Esta posesión sólo daba derecho al propietario de ganado para abrevar primero a su ganado, puesto que el agua sobrante podía ser aprovechada por otras reses (67). * * * (62) Ordenanzas de Carmona. Título de las aguas, vi , pág. 127. (63) Ordenanzas de Marchena, Título de los pilares del con~ejo, fol. 22v. (64) Ordenanzas de Carmona. Título de la s aguas, vii , pá gs . 127-128. (65) CARMONA RU!Z, M• A.: La ganade ría en el Reino de Se villa . .. op. cit. (66) Ordenanzas de Carmona. Título de la s agua s, págs. 125-126. (67) Ordenanzas de Carmona. Título de la s aguas, x, págs. 129-130. LA GANADERÍA EN CARMO A DURANTE LA BAJA EDAD MEDLA 299 Pero en todo este sistema descrito, falta aún hablar de los caminos especialmente habilitados para conducir a los ganados a los pastizales y abrevaderos. Dos son los tipos de movirlliento que el ganado carmonés realizaba: -Uno de corto radio dentro del térrllino del concejo o a lo sumo a los concejos vecinos con los que había establecido hermandades de pasto. - U no de más largo alcance, estacional abandonando la localidad durante un largo espacio de tiempo, gracias a la hermandad establecida con Sevilla que perrllitía a los ganados carmonenses aprovecharse de los bosques del concejo hispalense, y en concreto a la zona onubense, principalmente al Andévalo (68). Para este fin, conocemos la existencia de una vereda que conducía al ganado porcino a esta zona, y que pasaba por Santiponce, el monasterio de San Isidoro del Campo, Salteras y El Campo de Tejada, pudiendo perfectamente proceder de Carmona (69). El entramado de vías pecuarias debía de ser muy denso puesto que todas las tierras de propiedad privada tenían que dejar un lugar de paso para el ganado si éstas obstaculizaban el acceso a algún lugar de pasto o abrevadero. Así pues, muchos carllinos eran temporales o estaban mal definidos, aunque existía una red principal que estaba especialmente protegida. La anchura de estas "veredas cosarias" era de treinta varas (70). En ocasiones se utilizaban los caminos reales para el traslado de ganado, por lo que en algunos casos se habilitaban unos carriles específicos para este fin, como es el caso del camino que iba de Carmona a Mairena donde se añadieron dos sogas toledanas a cada lado (71 ). Junto a las veredas controladas por el concejo existían los caminos privados que atravesaban las heredades para transportar al ganado a pastizales o abrevaderos. Éstas no tenían un trazado fijo ni tampoco una anchura determinada, puesto que los concejos sólo obligaban a los agricultores a dejar una vereda abierta. El paso continuado del ganado abonaba espontáneamente estos caminos, por lo que sus propietarios los trasladaban periódicamente. El concejo vio la productividad agrícola de las vías pecuarias, con lo que intentaron aprovecharse de ella mediante el movimiento de sus veredas. Así, el concejo de Carmona dividía las "veredas cosarias", que son l as que iban (68) A.M.C. Libro 1456. (69) CARMONA RUIZ, M• A.: La ganadería ... op. cil. (70) Ordenanzas de Carmona. Título de las veredas e vaderas. pág. 135 (71) Ordenanzas de Carmona, Título de las veredas e vaderas, v. pág. 136. 300 M' ANTO lA CARMONA RUIZ "dentro de dehesas e por baldíos" en dos hazas para sembrarlas alternativamente cada año, dejando una para el acceso del ganado (72). A cambio de tener abiertas y "desangostadas" las vereda s, los ganados tenían la obligación de pasar exclusivamente por ellas. Sin embargo, y debido a la dificultad de manejar las manada s, se preveía " un margen de error" con lo que se permitía que parte de ganado pudiera salir de los caminos. En Carrnona se estipuló que só lo se penara al ganado que iba de paso cuando se salía de las veredas más de la mitad del rebaño (73). En algunos ocasiones se abrieron caminos exclusivamente para el paso de determinadas especies, como es el caso de Carmona donde había cuatro veredas destinadas al ganado ovino y porcino que iban de la Vega a lo s montes y palmares (74 ). Poseemos información de las veredas principales de Carmona, a través de una relación recogida en las Ordenanzas Municipale s, realizada en la segunda mitad del siglo XVI de todas las veredas del término, indicándonos incluso su trazado. Poco pudieron variar con respecto a la época anterior (7 5). LAS HERMANDADES DE PASTOS A fin de evitar conflictos interconcejiles y asegurar lugares de pastos más allá de s us términos, durante la época medieval se generalizaron las llamadas "Hermandades de pastos". Estos acuerdos, de duración variable, ponían en (72) Ordenanzas de Carmona, Título de las vered as e vaderas, i, pág. 135. (73) Ordenanzas de Carmona. Título de lo s cotos y heredades, xv i. pág. 79. (74) "Para pasar los ganados ovejunos y porcunos de la vega a los montes y palmares señala mos quatro veredas: la vna dende Santana por el camino de Brenes; y la otra, dende Santana fasra la cañada de las Cabras; y la otra, de la cañada de las Cabras por la fuente del Herrad or a salir a la Vega; y la otra, desde San Roque, por el camino de Mairen a, fasta sa lir al raso del Puerto Guillén, las quales ve redas bastan para el dicho ganado."Ordenanzas de Ca rmona. Título de lo s cotos y heredades, x vii. pág. 79 (75) Éstas eran: "De Brenes, de el Ju dío, de Alcaudete, de Santo And rés, de la Torre la Menbrilla, de Torre Luenga, de los Peinadillos, de Balderrama, de los Sacristanes, del Cerro el Águila, de Santiche, de Tomeg il , San ta Marina, del Villarejo de Arriba, de la Fuente el Moro, Cantarranas, de Cort es, de entre Cortes y 0 /u era, de Arroyuela, el Albollón, el Cortijuelo, de Ranilla, de Casa Blanquilla, de Algarín, de la Copa y Ranilla la Baxa." Ordenanzas de Carmona pág. 139. Vid. también el mapa rea li zado por M ., GONZÁLEZ, pág. 16 9. LA GANADERÍA EN CARMONA DURAN TE LA BAJA EDAD MEDIA 3 01 común espacios más o menos amplios y usos diversos. A grandes rasgos, podemos decir que los que más tiempo duraron son los que se establecieron más tempranamente (ss.XIII-XIV), especialmente si éstos iban encaminados a mantener la unidad económica preexistente, que además establecían el uso mancomunado de todos los espacios comunales de los concejos, mientras que los firmados más tardíamente generalmente se producían a raíz de un conflicto y tan sólo ponían en común el espacio en litigio, durando normalmente poco tiempo (76). Carmona suscribió varios acuerdos de hermandad. En primer lugar, estaba incluida en la ya rhítica hermandad establecida por Alfonso X en 1269, que tenía como principal finalidad promocionar la repoblación de la Baja Andalucía (77). Posiblemente, la hermandad establecida entre Carmona y Sevilla hunda sus raíces en la inoperable establecida por Alfonso X. Desconocemos el momento de su formación. Posiblemente la hermandad funcionó con el acuerdo establecido en 1269 durante algún tiempo, y que Sevilla y Carmona no firmaran un acuerdo nuevo hasta que empezara a haber conflictos entre Carmona y Sevilla, provocados por la negativa de los concejos de permitir la entrada de ganados ajenos en sus términos, o por la necesidad de establecer un pacto de ayuda mutua, probablemente en el siglo XIV, durante la minoría o el reinado de Alfonso XI (78). De hecho, las primeras noticias que tenemos son del siglo XIV, exactamente de 1380, fecha en que entablaron ambos concejos un pleito de pastos (79). Dado que esta hermandad ha sido objeto de exhaustivos trabajos, uno de los cuales se presenta en este volumen, no vamos a entrar en su análisis (80). Tan sólo indicar que en ella se establecía el uso comunal de aguas y montes (76) Sobre la tipología y análisis de las diferentes hermandades que se produjeron en el Reino de Sevilla Vid . CARMONA RUIZ, M' A.: La ganadería en el Reino de Sevilla ... op. cit. (77) Englobaba a los concejos de Sevilla, Carmona, Jerez, Arcos de la Frontera, Medina Sidonia, Alcalá de los Gazules, Vejer, Huelva y Gibraleón. Más detalles sobre esta hermandad en CARMONA RUIZ, M' A.: La ganadería en el Reino de Sevilla ... op. c it. (78) Es este un momento en el que el fenómeno hermandino andaluz adquiere especial significado. Vid. GARCÍA FERNÁNDEZ, M.: "Las hermandades municipales andaluz as en tiempo de Alfonso XI" Anuario de Estudios Medievales, (Barcelona, 1989), págs. 329-343. (79) 1380, octubre 10. Sevilla Vid. Catálogo de Carmona, I, n° 32. (80) Hay que destacar especialmente la obra de GONZÁLEZ JIMÉNEZ, M.: "La Hermandad entre Sevilla y Carmona (ss.XIII-XVI)". 1 Congreso H" Andalucía. Andalucía Medieval, (Córdoba, 1978), págs. 3-20. Vid. también CARMONA RUIZ, M' A.: La ganadería en el Reino de Sevilla ... op. cit. 302 M' ANTO lA CARMONA RU!Z de ambos concejos, así como libertad de paso de personas y mercancías, y defensa y ayuda mutua en casos de peligros. Pese a los conflictos que se produjeron especialmente durante el siglo XV, especialmente debido a la dificultad de respetar estos acuerdos, la institución no desapareció, prolongándose hasta final del Antiguo Régimen. Pero a pesar de los problemas que se produjeron con Sevilla, a finales del siglo XV y principios del XVI la villa de Carmona flfillaría una serie de acuerdos de pastos con algunos de los concejos de señorío vecinos, acuerdos que en gran medida estuvieron motivados por el deseo de acabar con las frecuentes disputas de términos con dichas villas. Estas hermandades, a diferencia de la establecida con Sevilla, se establecieron para el aprovechamiento de determinados espacios pastoriles o para algunos usos concretos. En el caso de la hermandad entre Carmona y Cantillana, ésta se produjo como consecuencia de lo s continuos problemas entre los vecinos de ambos concejos, provocados principalmente por la negativa de Carmona de reconocer el privilegio de pastos concedido por Fernando IV a Cantillana en 1307, por el que la eximía del pago de impuestos por pasto y leña en el arzobispado de Sevilla (81). Así, en 1409 se entabló un pleito entre Cantillana y el arrendador de la renta del servicio y montazgo de Carmona, quien demandaba el pago de este impuesto a los ganados, vacas en su mayoría, que desde Cantillana entraban a herbajar en la dehesa del concejo de Carmona, dándose sentencia favorable a la villa de Cantillana (82). Como los conflictos continuaron, Fernando de Bobadilla, juez nombrado por el arzobispo de Sevilla y Sancho de Ávila, alcaide corregidor de Carmona, dieron en 1479 una sentencia en la que además de establecer los límites entre ambas villas, reconociendo la existencia de algunas propiedades de vecinos de un concejo en el de otro, se constituía un acuerdo de hermandad por el que se establecía una franja de tierra de pasto común, en la que se tendría cuidado de no dañar los lugares sembrados (83). (81) 1307, septiembre 7. Burgos. Casa de Velázquez, fondo Marqués del Saltillo, Ms. n° 24. Publicado por mí en " La economía ganadera de Cantillana. SS. XIV-XVI.". Cantillana. Cuadernos de Historia Local, 2. (en prensa). (82) Así, se le s reclama 1500 dobl as de oro, a razón de 3 doblas por vaca. Casa de Yelázquez, fondo Marqués del Saltillo, Ms. no 24. (83) Pub!. GONZÁLEZ JlMÉNEZ, M. : El concejo de Carmona ... op. c it. , págs. 308-309. LA GANADERÍA E CARMO A DURANTE LA BAJA EDAD MEDIA 3 03 Esta sentencia vino a confirmar un acuerdo de hermandad de fechas anteriores, posiblemente de mediados del siglo XV, y que no se cumplía. Esta hermandad, según podemos ver a través de la documentación anterior a la sentencia, permitía el pasto de los ganados de Cantillana en las vaderas del Gualdaquivir y zonas adyacentes, a cambio de la entrada en los términos de Cantillana de los ganados de labor y de cría de Carmona (84). Brenes fue otra de las villas de señorío con la que Carmona estableció un acuerdo de hermandad. Fue firmado el 10 de noviembre de 1498 y estuvo precedido por otro realizado en agosto del mismo año, por el que Carmona autorizaba a los vecinos de Brenes a entrar con sus ganados hasta la dehesa concejil, a cambio que le dejaran utilizar una vadera para que lo s ganados carmoneses bebieran en el Guadalquivir (85). Este acuerdo estuvo vigente por dos meses, hasta que se estableció un tratado definitivo por el que Brenes autorizaba la entrada del ganado de Carmona en sus términos por la vereda y vadera de Zagache y pacer en ellos hasta la vadera del Portillo de los Ladrillos. A cambio Carmona autorizaba a Brenes a pastar y cortar leña en sus términos "conforme a las ordenanr;as de Carmona, e como comen los vesinos de Carmona" (86). Frente a las dos hermandades anteriormente citadas, en las que no se ponen a libre disposición de los vecinos todos los términos de los concejos afectados, el acuerdo establecido por Carmona con las villas de Gandul y Marchenilla en 1508 permitía el pasto común en todos los términos de estas villas "asy como gozan los vesinos de la r;ibdad de Seuilla e su tierra de los términos de Carmona, y los vesinos de Carmona en los términos de Seuilla" (87). Al parecer este tratado era una renovación de una hermandad existente anteriormente, ya que en 1504 el concejo de Gandul y Marchenilla solicitaba al de Carmona que respetara la antigua hermandad (88). (84) 1470, Noviembre 13. Cantillana. Catálogo Cannona, l, doc. n° 524. 147 3, abril 22. Cantillana. Catálogo de Carmona, !, doc. n° 580. (85) 1498, agosto 9. Carmona. A. M.C. Act. Capit. fol. 86-87. Ref. Catálogo de Carmona, 11 , n° 1191. (86) A.M.C. leg. 1019. Public a. GONZÁLEZ JIMÉNEZ, M.: El concejo de Carmona ... op. cit. págs. 322-323. (87) 1508, abril 30. Carmona. A.M.C. Act. Capit.. 1508, fol. 87v. Publica GONZÁLEZ JIMÉNEZ, M.: El concejo de Carmona ... op. cit. pág. 334. (88) 1504, abril, s.d. A.M.C. Act. Capit., 1504, f. 56. Catálogo de Carmona, ll , doc. n° 19 70. 304 M' A TONtA CARMO A RUIZ Puede que Carmona tuviera algunas reticencias a la hora de renovar la hermandad, sobre todo considerando que a Carmona poco le beneficiaba ya que dichas villas apenas tenían término, por lo que ésta se estableció por un período de veinte años, pudiéndose renovar si ambas partes estaban de acuerdo. Los problemas surgidos con Sevilla debido a la hermandad que tenían para tiempo indefinido pueden explicar los posibles recelos de Carmona para establecer una hermandad con tan amplias miras en una época en que los acuerdos tenían un carácter bastante más restringido. De todas maneras, esta hermandad tuvo muy poca vida, ya que en 1512 Carmona tuvo que responder ante la reina Juana I de la queja de las villas de Gandul y Marchenilla porque no la respetaban. En la carta enviada a la reina Carmona llega incluso a negar la existencia de esa hermandad (89). Otra hermandad surgida posiblemente en el siglo XV y renovada en el siglo XVI es la que se estableció entre Carmona y Marchena. Desgraciadamente no se conserva el texto primitivo, del que conocemos algunos puntos debido a las reformas que sufrió en 1535 (90), cuando se aumentaban las penas que debían de pagar los que pescaran con red barredera y lo s que cogieran espárragos, alcachofas y "escobas" en las sementeras. Además se habilitaba una vereda que sirviera para llevar el ganado de ambas villas a beber las aguas de Dos Hermana s, perteneciente a Marchena y las de lo s pozos de la Peñuela y Cuelgamuros, situados en Carmona. Esta vereda debía tener de anchura 60 varas y en ella podían los ganados descansar (91 ). EL VOLUMEN DE LA CABAÑA CARMONENSE. LOS PROPIETARIOS Respecto al volumen de la cabaña ganadera carmonense, desgraciadamente las fuentes documentales que tenemos son bastante tardías, de principios del sig lo XVI, pero son útile s, para conocer, al menos en esas fechas, las especies ganaderas, sus propietario s, la distribución de éstos en la ciudad de (89) A.G.S. Cámara Pueblos, 5, n° 181. (90) Así, en el texto de 1535 se dice "e para ello vieron los capítulos e hordenanras que entre estas dichas villas están fechas e antiguamente se guardaron; e les paresrió que estavan buenas e conforme a buena vezindad para conservar en paz las dichas villas ... ". Ordenanzas de Carmona, pág. 132. (9 1) Ordenanzas de Carmona ... op. cit. págs. 131-133. LA GANADERÍA E CARMONA DURA TE LA BAJA EDAD MEDIA 305 Carmona, y comparar el volumen de la cabaña carmonense con otras de la archidiócesis hispalense. Las principales fuentes utilizadas para este fin son algunas de tipo fiscal: padrones fiscales y cuentas decimales eclesiásticas, que pese a las limitaciones que tienen nos permiten obtener algunos datos interesantes. Los padrones fiscales analizados proceden de la documentación conservada en el Archivo Municipal de Carmona, en la que se hace una relación de los bienes de los vecinos de las diferentes collaciones de la ciudad, además del lugar de La Campana. Los aquí estudiados están fechados entre 1508 y 1512 (92), y desgraciadamente no encontramos ningún año completo, por lo que nos dificulta la labor de comparación. Dentro del diezmo eclesiástico existe un apartado denominado menudo o minucias, en el que se recoge principalmente el diezmo correspondiente al ganado. En algunos casos, es difícil utilizar esta información dado que se incluían otros conceptos como los productos de la huerta, las semillas, la miel y la cera. Sin embargo, afortunadamente en el caso del arzobispado de Sevilla, en lo s documentos anaüzados aparecen aparte. Los datos que se obtienen son globales, por lo que no nos permite entrar en análisis como la proporción entre especies, o el número de cabezas de ganado, dado que las cantidades están expresadas en maravedís. En cualquier caso a partir de los datos obtenidos podemos ver la distribución de la ganadería en el arzobispado, y dentro de la vicaría de Carmona por parroquias, además de algunos donadíos que diezmaban aparte. Desgraciadamente, al ser las relaciones muy tardías, y con cercanía entre sí (1509, 1510, 1519 y 1520) (93) es imposible realizar una evolución de la cabaña ganadera carmonense. A través del estudio global de la s cuentas decimales del arzobispado de Sevilla, podemos observar cómo la vicaría de Sevilla era la que más riqueza ganadera tenía, en parte explicable por la gran superficie que tenía y porque en la ciudad de Sevilla se concentraba gran cantidad de propietarios de ganado. Pero, aunque sea a gran distancia, es de destacar cómo le sigue en importancia la Vicaría de Carmona, según podemos ver en el cuadro n° l. (92) A.M.C. legs. 1524 y 1525. (93) A.G.S. C.M.C. ¡• época, leg. 26 y A.C.S. legs. 1538 y 2547. Estos documentos están analizados pormenorizadamente en mi tesis doctoral. 306 M' A TO lA CARMO A RUIZ Podemos además comprobar la existencia de una serie de localidades de gran importancia poblacional que destacan por concentrarse en ellas la mayor parte de las minucias (la tercera parte): Sevilla, Carmona, Écija, Jerez, Arcos y Utrera, según se puede ver en el gráfico no l. Estas localidades se sitúan, a excepción de Sevilla, en unas zonas geográficas muy concretas: La Campiña y comarca del Guadalete. La existencia de la Frontera de Granada y el peligro constante que esto suponía explican la aparición de grandes núcleos de población de realengo en esa zona, y la existencia, especialmente en la denominada Banda Morisca de vastas zonas de monte que fueron aprovechados por una ganadería que adquirió proporciones importantes. Es pues en esta región donde se concentra la mayor parte de la producción ganadera del arzobispado. Cuadro no 1 Menudos de las Vicarías del Arzobispado de Sevilla en 1520 Sevilla ......................................................... . Carmona ..................................................... . Niebla . .. ... ................................................... . Arcos ....... .. . .. .............................................. . Jerez de la Frontera .................................... . Almonas ter ................................................. . Constantina .................... .. ... ........................ . Écija ............................................................ . Zufre ........................................................... . Obispado de Cádiz ..................................... . Tejada ......................................................... . Lebrija .. ... .. . .. .............................................. . Sanlúcar la Mayor ................. .. ... ................ . Gibraleón .................................................... . Moguer ....................................................... . Huelva .. ...... .. . .. ........................................ .. . . Rota ............................................................ . Sanlúcar de Barrameda .............................. . Puerto de Sta. María ................... .. .. ......... .. . . Aznalcázar .................................................. . (94) Datos de 1510 (95) Id. 2.049.961 rnrs. 521.750 rnrs. 507.200 rnrs. 349.800 rnrs. 299.132 rnrs. (94) 295.506 rnrs. 286.000 rnrs. 281.600 rnrs. 153.280 rnrs. 146.263 rnrs. (95) 117 .900 rnrs. 97.050 rnrs. 90.900 rnrs. 84.000 rnrs. 70.000 rnrs. 52.000 rnrs. 41.300 rnrs. 38.136 rnrs. 28.000 rnrs. 21.125 rnrs. LA GANADERÍA E CARMONA DURANTE LA BAJA EDAD MEDIA 313 padrón de albarranes realizado en Carrnona, en una fecha bastante tardía, 1534. En él se registraron 7 albarranes, de los cuales 5 eran rabadanes y los dos restantes criados. Sólo cuatro tenían ganado: el rabadán de la Cañeta tenía 50 ovejas, el rabadán de Cifuentes 100 ovejas, el criado de Cifuentes 3 vacas y el rabadán de Morillo tenía 200 ovejas (127). Otra fuente documental útil para el conocimiento del personal dedicado al cuidado de ganado son los Libros de Mesta de Carrnona donde aparecen los nombres de algunos de los pastores que trabajaban para los ganaderos de Carrnona y que llevaban los ganados de sus señores a las mestas. Como sólo debía comparecer una persona por hato, normalmente el que se presentaba a declarar era el rabadán, con lo que no estaban contabilizados sus auxiliares. Además, rara vez se indica cuál era el tipo de ganado que se llevaba. Las personas dedicadas al cuidado del ganado debieron de ser bastante numerosas, y así, por ejemplo, el 25 de febrero de 1514 se presentaron en la mesta de Carrnona 36 rabadanes, cada uno al frente de un hato de ganado diferente ( 128). Un personal importante encargado de cuidar de los ganados locales son los guardas de las manadas concejiles: los boyeros, yegüeros. El cargo de boyero se arrendaba anualmente el día de San Miguel a quien cobrara menos por el cuidado de las reses (129). A este personaje los vecinos que no tenía dehesa propia le entregaban los animales de arada. Las Ordenanzas son muy cuidadosas con este cargo. Nos indican cómo el boyero estaba encargado de acoger ganado en la boyada todo el año, y debían permanecer en la dehesa todo el tiempo que tuviera el cargo, siendo responsable de cualquier daño que recibieran o hicieran las reses. Incluso llegan al extremo de indicar las veces que debían de llevar a beber agua a los bueyes: dos veces al día en Otoño (130). Para facilitar su labor, estaban acompañados por dos mastines (131). El yegüero, era otro cargo importante, y estaba encargado del cuidado de las yeguas de los vecinos de una localidad desde que acababan sus labores de trilla y hasta el mes de febrero, fecha en que se juntaban con garañones, en ( 127) A.M. C. leg. 11 70 (128) A.M.C.leg. 1177 , cuaderno l. ( 129) Ordenanzas de Carmona. Título de la dehesa del concejo, ix. pág. 91. ( 130) Ordenanzas de Carmona. Título de la dehesa del concejo, págs. 91-93. ( 131) Ordenanzas de Carmona. Título de la dehesa del con~ejo , xvii, pág. 92. Título garañones, yeguarizos y potreros, xvii, pág. 1 OO. 314 M' ANTONIA CARMONA RUIZ manadas que no podían ser superiores a 60 cabezas (132). Las condiciones de trabajo eran similares a las del boyero del concejo. A fin de facilitar la identificación de los ganados en caso de robo o extravío, el ganado son marcados con hierros y señales. En los Libros de Mesta se recogen gran cantidad de testimonios, mediante dibujos esquemáticos, de los que buena parte han sido ya publicados por el prof. González Jiménez. También encontramos descripciones de los mismos (133). Pero además de las marcas de pez y fuego (los hierros), cada ganadero usaba unas señales que se realizaban en las orejas, muy útiles también ya que servían para reconocer el ganado en caso de que se borrara el hierro. Éstas solían ser orificios, muescas (moscas) o cortes en una o ambas orejas de la res. Los ganaderos tenían terminantemente prohibido tener más de un hierro y señal, aunque esto no siempre se cumplía y así en 1515 en el Libro de Mesta de Carmona se denuncia a Juan Chiquero el viejo porque "trahe en sus ovejas tres señales" (134). Para evitar esto y los robos o pérdidas, cuando algún ganadero comprara alguna res debía deshacer el hierro y señal que llevaba, poniéndole el suyo propio (135). Ma Antonia CARMONA RUIZ Universidad de Sevilla. (132) Ordenanzas de Carmona, Título de los garañones e yeguarizos y potreros, ix, pág. 98. (133) 1516, octubre 5. Fuentes. A.M.C. Libros de Mesta leg. 1177 , cuad. 3. M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ en el artículo "De nuevo sobre las mestas andaluzas ... " op. c it. transcribe el cuad. 2, en el que se pueden ver gran cantidad de ejemplos de este tipo. Vid. tamb. CARMONA RUIZ, M' A.: La ga nadería en el Reino ... op. cit. (134) 1515, julio 11. A. M.C. leg. 1177 , cuad.2, fol. 34r. Pub l. GONZÁLEZ JIMÉNEZ, M.: "De nuevo sobre las mestas..." op. cit. pág. 131. (135) Ordenanzas de Carmona. Título de los alcaldes de mesta, pág. 29. LA GANADERÍA EN CARMONA DURANTE LA BAJA EDAD MEDIA 3 15 ANEXO 1 Menudos del Arzobispado de Sevilla. Años 1509-1520. Vicaría de Carmona (Expresados en maravedís) (1) Parroquia 1509 1510 1519 1520 Carmona (2) Santa María 47.700 32.340 15 .500 30.000 49.342 46.659 35.000 50.000 Santiago 17.130 13.000 30.000 30.000 25.304 25.461 20.000 20.000 S. Salvador 29.705 9.039 6.000 10.000 11.374 11.575 13 .000 15.000 S. Felipe 41 .294 33.800 13.000 30.000 24.737 20.200 22.000 18.000 S. Bartolomé 21.388 17.832 12.000 18.000 24.642 21.300 13 .000 17.000 S. Bias 19 .578 15.620 5.000 10.000 17.577 17.706 16 .500 15.000 S. Pedro 8.046 9.940 8.000 10.000 11.544 13.100 10.500 11.000 Total 349.361 287.572 2 19 .500 284.000 Fuera parte de Carmona (men,vino, ace, miel) 10.009 7.800 4.500 11.000 S. Andrés de la Fuenllena (Id.) 2.232 2.289 1.500 1.000 La Monclova (Id.) --- --- 1.000 1.000 La Campana ( Id .) 3. 201 6.208 5.000 4.000 Donadíos Mayores (men, miel, cera, huertas) --- - - 3.000 3.000 Fuentes (Id.) 34.447 35.032 15 .000 20.000 Guadajoz (Id.) 13.082 -- 5.000 4.000 Alvadalejo (Id.) 220 -- 500 750 Don. Rincón de Ruy López (Todo exc. pan) --- -- 3.000 3.000 El Alhavara (Id.) --- -- 200 500 El Viso (incl. vino y aceite) 16.748 21.220 20.500 35.000 Mairena --- --- 8.000 1.200 Campaniches (men,vino, ace, huert as -- -- 500 500 Albarraniego de la Vicaría --- - - 5.000 2.000 (1) A partir de aqui, la s cifras para los años 1519 y 1520 corresponden al monto de salida para la puja. (2) La primera cifra de cada un a de la s parroquias corresponde a corderos, queso y lana, la segunda al resto de lo s menudo s. 316 M' ANTO lA CARMO A RUIZ ANEXOII PADRONES FISCALES DE BIENES DE CARMONA (3) La Campana. 1512 (4) N°V N°C %T. V % T. O M BOYAL ll 70 68'7 7'8 6'3 VACUNO 10 121 62'5 13'4 12' 1 CABALLAR 13 23 81 '2 2'5 1 '7 MULAR o o o o o ASNAL 13 27 81'2 3 2' 1 OVINO o o o o o CAPRINO o o o o o PORCINO 12 589 75 65'3 49' 1 COLMENAS 7 72 43'7 8 9'7 TGANADOS 902 TVECINOS 16 V.P o V. A 2 V.B 12 v.c 2 (3) Abreviaturas NOV.: NoC.: %T.G.: %T.V.: Número de vecinos propietarios. Cantidad total de cabezas de ganado de cada especie. Porcentaje de ganado respecto al total Porcentaje de ganado respecto al total de vecinos propietarios. U.G 70 151'2 23 o 21'6 o o 117'8 - - M.: U.G.: Media entre el número de cabezas de ganado y el número de propietario s. Unidades ganaderas* TGANADOS TVECINOS V.P: V. A: V.B: V.C: T.C.G: T. C. O: Total de ganado Total de vecinos Vecinos pobres y braceros Vecinos con ganado y otros bienes Vecinos que sólo poseen ganado Vecinos que sólo poseen otro tipo de bienes Total de cuantías, expresadas en maravedís, referentes a ganado Total de cuantías, expresadas en maravedís, referentes a otro tipo de bienes C.T: Cuantías Totales, expresadas en maravedís (*)En las Unidades Ganaderas se utiliza el sistema adoptado convencionalmente por la FAO con lo s siguientes índices: Ganado boyal: 1 u.g.; vacuno: 0'8; caballar: 1; mular: 1; asnal 0'8; ovino: O' 1; caprino: O' 1; porcino: 0'2. (4) A.M.C. leg. 1525 LA GANADERÍA E CARMO A DU RA TE LA BAJA EDAD MEDIA 317 Santiago. 1509 (5) N°V N°C % T. Y % T.G M U.G BOYAL 52 330 20'4 22'6 6'3 330 VACUNO 42 375 16 '5 25 '7 9 300 CABALLAR 38 63 14 '9 4'3 1'6 63 MULAR o o o o o o ASNAL 52 86 20'4 6 1 '6 68'8 OVINO 5 541 1'9 37 108 ' 1 54' 1 CAPRINO 1 30 0'4 2' 1 30 3 PORCINO o o o o o o COLMENAS 5 34 13'3 2'3 6'8 - TGANADOS 1.459 TVECINOS 255 V.P 24 V. A 58 V.B 5 v.c 163 (5) A.M.C. Leg. 15 24 318 M' A TO lA CARMO NA RUIZ Sta. María. 1508 (6) N°V N°C %T. Y % T.G M U.G BOYAL 74 412 23 6 '2 5'6 412 VACUNO 67 834 20'9 12 '3 12 '5 667'2 CABALLAR 39 76 12 ' 1 1'1 2 76 MULAR 5 6 1'6 0' 1 1'2 6 ASNAL 89 197 27'7 2'9 2'2 157'6 OVINO 25 4191 7' 8 61 '7 167'6 419' 1 CAPRINO 1 60 0'3 0'8 60 6 PORCINO 9 607 2'8 9 67'4 121'4 COLMENAS 21 403 6'5 5'9 19 '2 - TGANADOS 6.786 TVECINOS 321 V.P 33 V. A 117 V.B 11 v.c 160 (6) A.M.C. Leg. 15 24 LA GA ADERÍA E CA RMONA DURA TE LA BAJA EDAD MEDIA 319 S. Salvador. 1508 (7) N°V N oc %T. V %T.G M U.G BOYAL 13 68 17'3 1'5 5'2 68 VACUNO 16 275 21 '3 5 '8 17'2 220 CABALLAR 12 26 16 0'6 2' 1 26 MULAR 2 2 2'6 0'04 1 2 ASNAL 26 56 34'6 1 '2 2' 1 44'8 OVINO S 4102 6'6 87'6 820'4 410'2 CAPRINO o o o o o o PORCINO 2 29 2'6 0'62 14 '5 5'8 COLMENAS S 124 6'6 2'64 24'8 - TGANADOS 4.682 TVECINOS 75 V.P 1 V. A 29 V.B 7 v.c 38 (7) A.M.C. Leg. 1524 320 M' ANTONIA CARMO A RUIZ S. Bartolomé. 1508 (8) N°V N oc % T. V % T.G M U.G BOYAL 48 266 35 7'1 5'5 266 VACUNO 39 322 28 '4 8'5 8'2 257'6 CABALLAR 29 51 21 ' 1 1 '4 1 '7 51 MULAR 1 1 0'7 0' 03 1 1 ASNAL 60 126 43 '8 3' 34 2' 1 100 '8 OVINO 12 2630 8'7 69 '7 219 ' 1 263 CAPRINO 1 20 0'7 0'53 20 2 PORCINO 3 45 2'2 1'2 15 9 COLMENAS 15 312 11 8'2 20 '8 - TGANADOS 3.773 TVECINOS 137 V.P 27 V. A 64 V.B 11 v.c 35 (8) A.M.C. Leg. 1524 LA GANADERÍA E CARMO A DURA TE LA BAJA EDAD MEDIA 321 S. Bias. 1510 (9) N°V wc % T. V % T.G M U.G BOYAL 38 191 22'5 6'2 5 191 VACUNO 32 224 18'9 7'3 7 179'2 CABALLAR 21 39 12 '4 1 '3 1 '8 39 MULAR 2 2 1 '2 0' 07 1 2 ASNAL 48 91 28 '4 3 1 '9 72'8 OVINO 12 2135 7'1 69'2 177'9 213'5 CAPRINO o o o o o o PORCINO 7 338 4'1 10 '9 48'3 67'6 COLMENAS 6 62 3'5 2' 03 10 '3 -- TGANADOS 3082 TVECINOS 169 V.P 15 V. A 58 V.B 3 v.c 93 (9) A.M.C. L eg. 1524 322 M' ANTO lA CARMO A RUIZ S. Pedro. 1508 (10 ) N°V N°C % T. V o/o T.G M U.G BOYAL 32 144 7 7'8 4'5 144 VACUNO 15 108 3'3 5'9 7'2 86 '4 CABALLAR 18 29 4 1 '6 1 '6 29 MULAR 5 6 1'1 0'3 1 '2 6 ASNAL 111 157 24 '3 8'6 1 '4 125'6 OVINO 6 975 1 '3 53'2 162 '5 97'5 CAPRINO 1 200 0'2 11 200 20 PORCINO 3 57 0'6 3' 1 19 11 '4 COLMENAS 13 155 2'8 8'5 12 - TGANADOS 1831 TVECINOS 457 V.P 89 V. A 119 V.B 10 v.c 239 (10) A.M.C. Leg. 1524