Intervenciones en el Real Alcázar de Sevilla durante la Segunda República
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Intervenciones en el Real Alcázar de Sevilla durante la Segunda República La República, instaurada en España el 1" de abril de 1931, pronto quiso que el pueblo disfrutara de los bienes que la Monarquía Borbónica había poseído; así, en el decreto que aparece en la Gaceta de Madrid del día 20 de ese mismo mes, el Gobierno provisional cede al Ayuntamiento de la capital los terrenos de la Casa de Campo y el Campo del Moro, para parque de recreo e instrucción de sus habitantes. Tan sólo dos días después, el 22 de abril, ese mismo Gobierno dicta un nuevo decreto por el que cede «al Municipio de SeviIJa el Alcázar y sus jardines correspondientes, y al de Barcelona el que fue Palacio Real de Pedralbes».] La cesión fue recibida en el Cabildo hispalense con polémica, como refleja el acta del pleno del día 29 de abril, ya que las arcas municipales se encontraban en una situación precaria tras la celebración de los fastos de la Exposición Iberoamericana de 1929 y la supresión por el ministerio de Hacienda de la subvención establecida por el gobierno en favor de tal evento; más aún cuando el decreto del 22 de abril establecía que sólo se cedían por el Gobierno el recinto del Alcázar y sus jardines, pero no las fincas urbanas que constituían parte del patrimonio que la monarquía tenía en la ciudad hispalense y que conformaban el 75% del total del presupuesto de ingresos del Palacio. A pesar de las reticencias, el 26 de junio una comisión creada por el cabildo para el estudio de la cesión informa de la conveniencia de la misma, sin perjuicio de que se continuaran las gestiones iniciadas en el Gobierno para que se cedieran los demás Ángeles Herrera Saavedra Vicente Flores Alés bienes del extinguido patrimonio de la Corona en la ciudad. La cesión oficial se realizó el 31 de octubre de 1931, representado el Gobierno por el Ministro de Comunicaciones, el sevillano Diego Martínez Barrios. Tras la toma de posesión, se realizó una visita oficial al Palacio por parte del alcalde, señor José González y Fernández de la Bandera, el vicepresidente de la Comisión de Monumentos, Cayetano Sánchez Pineda, el delegado de Hacienda, Bonifacio Soriano, y el director-conservador, Alfonso Lasso de la Vega. La visita permitió realizar una inspección ocular del monumento que confirmaban una serie de reformas que mermaban el edificio. Como relata el diario El Liberal, en un suelto del día 1 de noviembre: He aquí lo segregado por el procedimiento de la tapia: - almacén del fondo del patio del tenis. - el citado patio y las habitaciones que le rodean. - de la casa de la Alcaldía todos los servicios: cocina, lavadero, etc. - con otras habitaciones de la citada casa donde estaba el archivo también se ha convertido en casa de vecindad. - el torreón que unido a la citada casa sirve de comunicación con la galería de grotescos. - algunos otros departamentos han sido tapiados en sus entradas naturales en el Alcázar y abiertas puertas a la calle. Actas del Tercer Congreso Nacional de Historia de la Construcción, Sevilla, 26-28 octubre 2000, eds. A. Graciani, S. Huerta, E. Rabasa, M. Tabales, Madrid: I. Juan de Herrera, SEdHC, U. Sevilla, Junta Andalucía, COAAT Granada, CEHOPU, 2000.
508 A. Herrera, V. Flores En la misma puerta del Alcázar, a su derecha hay otras dos tapias que hurtan unas habitaciones que se convierten así en casa de vecinos La persona responsable del edificio hasta la fecha de la entrega al Ayuntamiento sevillano, fue el delegado de Hacienda Bonifacio Soriano, responsable de la Comisión de incautación de los bienes de la Corona en la provincia de Sevilla; su misión, la custodia, conservación y administración de los mismos. Parece que, durante este período, la Comisión de Monumentos realizó una visita al Palacio en el mes de abril y se comprobó el inventario; asimismo, se realizaron algunas obras y se enviaron diversos enseres a Madrid. Sin embargo, no se dispone de documentación que permita conocer dichos hechos ante el vacío documental que de este período tiene el Archivo de la Delegación de Hacienda de la Provincia de Sevilla. En una entrevista al diario El Liberal de Sevilla, e] delegado de Hacienda declaraba que de lo incautado se había enviado notificación al alcalde de la ciudad. Pero de estas reformas nada conocía ni el Ayuntamiento, ni la Comisión de Monumentos, ni había sido consultada la Inspección provincial de Bellas Artes. La repercusión de este hecho se plasmó en una decisión de los responsables municipales por la que para cualquier reforma que fuera a efectuarse en e] edificio pa]atino sería necesario el asesoram iento de la Comisión Provincial de Monumentos, la Academia de Bellas Artes y las instituciones de la ciudad que tuvieran relación con lo artístico.2 Así lo comunicó el alca]de hispalense en la reunión a la que asistió de la Comisión Provincial de Monumentos manifestando que el Ayuntamiento -en palabras del alcalde- «se encuentra con un monumento de su custodia que es una maravilla y dada su importancia cuenta con esta comisión para todo lo que se pueda relacionar con su conservación y quiere IJegar a una tan grande compenetración entre este Ayuntamiento y ]a Comisión que siempre este asesorado por la misma para todo lo que pueda ser beneficioso a la conservación de tan maravilloso monumento»:' En esta misma sesión, informa sobre las obras que se habían realizado confirmando que las mismas se habían ejecutado en parte de las viviendas que conservaba el Estado y, por lo tanto, el conjunto monumental no había sufrido daño. Con todos estos precedentes, durante los años de la República se acometieron diversas actuaciones en el continente del Alcázar que incluyeron desde la ubicación de un kiosko para venta de recuerdos en el Patio de Banderas a las reformas del Patio del León para acondicionamiento de un acceso para visitantes. UN KIOSCO EN EL PATIO DE BANDERAS Una de las construcciones que más polémica creó durante estos años fue la instalación de un kiosco en el Patio de Banderas, junto a la puerta de acceso al Alcázar en la barredue]a que allí se forma. Según la documentación conservada en el Archivo Municipal de Sevilla, en 1932 se produce una petición por Paulino Echevarría par instalar un kiosco para venta de películas kodak, postales y recuerdos de Sevilla.4 Esta solicitud fue denegada por la Comisión de Régimen de] AJcázar el 9 de enero de 1933. A pesar de esIa negativa, en el Cabildo se produce una protesta por el señor concejal Manuel Bermudo por la instalación de un kiosco en dicho emplazamiento, constituyendo un atentado contra el urbanismo.o El aJcalde le informó que dicho establecimiento se había autorizado por el Consejo de Administración de Patrimonio de la República, que era el organismo que ostentaba ]a propiedad de ese espacio. Sin embargo, se había presentado por parte del Ayuntamiento una reclamación, ya que dicha autorización no le había sido consultada y se consideraba lesionado en sus derechos, al asumir ]a Corporación municipal con los gastos de mantenimiento y conservación de dicha vía pública. A pesar de estas aclaraciones del alcalde las protestas no se acallaron y se repiten en ]as siguientes sesiones del Cabildo y en la Comisión de Monumentos, que decide elevar una protesta ante el Director General de Bellas Artes.6 Insistentemente, el señor Bermudo Barrera repite sus airadas protestas.? En una de estas protestas, se le recuerda al concejal que el levantamiento de dicho kiosco se produciría en el momento en que el Patio de Banderas pasara a jurisdicción municipal.K Como ya se ha referido anteriormente, el antiguo patio de armas pertenecía al Estado. En 1933, se aprobó por las Cortes una Ley de Patrimonio de la República (26 de junio de 1933) por la que el Gobierno cedía a los municipios la propiedad calles, plazas y vías, previa
El Real Alcázar de Sevilla durante la Segunda RepúbJica 509 aprobación del Ministerio de Hacienda. Dicha ley excluía los terrenos que formaran parte de jardines históricos y artísticos. En estos momentos el Ayuntamiento hispalense reclamaba al Ministerio de Hacienda la propiedad del suelo del Patio de Banderas. La petición, gestionada en los momentos en los que el concejal Bermudo Barrera realizaba su solicitud, obtuvo la negación para el traspaso de propiedad basándose en la excepción que la ley preveía.9 Ante tal negativa la lucha para la erradicación de dicho kiosco se estableció en el plano legal. Se planteó la posibilidad de ilegitimidad en el cobro de las tasas por aprovechamiento especial. Parece que existió un expediente sobre esta cuestión en el Negociado del Alcázar con el número 19 bis de 1934; sin embargo, está desaparecido. Tan sólo se tiene referencia de este asunto en la Comisión de Régimen del Alcázar donde se comunica un informe de la Jefatura de Propiedades sobre dicho asunto en el que se afirma que no era procedente la aplicación de dichas tasas, quedando sobre la mesa. 10 Cerrada esta vía se intentó de nuevo la petición del Ayuntamiento sevillano ante el Consejo de Administración del Patrimonio de la República para que procediera al levantamiento de dicho kiosco. Las presiones debieron ser fuertes porque el 30 de abril de 1936 se recibe en el Ayuntamiento una petición de Napoleón Francisco Cortés Fernández, propietario del kiosco del Patio de Banderas, por contrato desde 1933 y durante diez años con el Consejo de Administración del Patrimonio de la República. En dicha solicitud plantea: «Que ha llegado a su conocimiento que ese Excmo. Ayuntamiento acordó gestionar desaparezca el referido kiosco, de su actual emplazamiento, por entender que en las cercanías del citado monumento no debe existir construcción alguna que desdiga de las características del mismo con indudable perjuicio del fomento del turismo loca!». 11 Ofrecía el señor Cortés ser indemnizado con quince mil pesetas y obtener del Ayuntamiento un emplazamiento para el subarriendo de otro kiosco en lugar adecuado de la ciudad. Todo ésto lo cuantificaba como mal menor para el Ayuntamiento al que supondría una carga excesiva la realización de una expropiación forzosa por utilidad pública. La propuesta de Napoleón Cortés fue estudiada por la Comisión de Régimen del Alcázar el 19 de junio de 1936 siendo desestimada. Esta solicitud es el último dato que en este período se conserva del polémico kiosco establecido en el Patio de Banderas. OBRAS EN LA CASA NÚMERO 11 DE LA CALLE SAN FERNANDO Una denuncia del concejal José Jiménez Gómez provocó la apertura de un expediente por la situación que exponía: la apertura de nuevos huecos en la pared medianera de la casa número II de la calle San Fernando, lindante con los jardines del Alcázar.'2 En dicha reunión se decidió pedir informes a la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento, tras el realizado por la Sección de Vías Técnicas, Obras y Parques que se había presentado en dicha Comisión y donde se establecía que la pared que separa ambos predios presenta signos aparentes que hacen presumir es medianera entre ellos hasta la altura de un vuelo de tejado existente y desde esa altura pared propia correspondiente a la casa de la calles San Fernando. En la parte que consideramos como medianera, en tanto no existe documento o títulos que demuestren lo contrario, están abiertas cuatro ventanas; dos de ellas no muestran señales recientes de alteración, en cambio las otras dos parece que han sido alteradas en época reciente, en sus dimensiones la de la parte inferior derecha y quitando alguna pantalla que impidiera las vistas la de la parte superior derecha. u Según el informe, las denuncias del concejal Jiménez Gómez tenían fundamento. Se habían reformado dos de los vanos de ventana de dicho edificio lindante con el jardín del Alcázar. El informe que la Comisión de Régimen del Alcázar había requerido a la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento se realiza el 7 de junio de 1934, en el se establece por el letrado como requisito imprescindible el conocimiento de la fecha y forma en que se había producido dicha obra, las personas que lo realizaron y testigos que pudieran corroborarlo. Alfonso Lasso de la Vega se encargó de buscar a los testigos que confirmaran los hechos. Los encontró entre el personal del Alcázar: Ciriaco Huesa Bercenoguy, antiguo conserje del Alcázar; Miguel León Álvarez, jardinero mayor y Francisco Castro Espejo, vigilante nocturno. Dichos testigos declararon que los vanos a los que se hacía referencia se abrieron el septiembre de 1931; observados los mismos por el persa-
SIO A. Herrera, V. Flores nal del Alcázar se dio parte al sargento y cabo de los carabineros de servicio en el palacio, que dieron parte a su jefe superior y este a la autoridad competente en esos momentos en el Alcázar, el Delegado de Hacienda provincial. Ambas autoridades realizaron una visita de inspección y dieron orden para que las obras no continuasen. Los tres testigos confirmaban que desde entonces no se había modificado dicha reforma. Este testimonio se apoyaba también por un informe del director-conservador en el que añadía que no se conocían las personas que habían efectuado la obra en cuestión. Con todos estos informes la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento no creía posible ejercitar ninguna acción de interdicto ante el tribunal al haber prescrito por el transcurso del plazo establecido de un año por la Ley de Enjuiciamiento Civil. Tan sólo veía posible ejercitar la acción negatoria de servidumbre para reponer las cosas al Estado en que se encontraban antes de la perturbación que suponen las alteraciones que han motivado este expediente: ahora bien, como la propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitación que las establecidas en las leyes y el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla tienen limitado su derecho de disponer del Alcázar, ya que la cesión que del mismo le había sido hecha, condicionando y limitando su dominio, con absoluta prohibición de cercenar el área actual de] inmueble y sin poderlo dedicar a otros usos que los que expresamente se señala y eJlo pudiera suponer una relación jurídica más parecida al usufructo que a la propiedad y el Código Civil en su artículo 51] determina que los usufructuarios estarán obligados a poner en conocimiento del propietario cualquier acto de un tercero que tenga noticia, que sea capaz de lesionar los derechos de propiedad y responderá, si no lo hiciera, de los daños y perjuicios como si hubieran sido ocasionados por su culpa, consignándose en la doctrina del Tribunal Superior, deducida, entre otras sentencias, de la de 22 de octubre de 1902, que sólo cuando el usufructuario ignore quien es el propietario puede ejercitar las acciones que aquel correspondieran y, por tanto, la negatoria de servidumbre, estima el letrado que suscribe que procede adoptar el acuerdo por parte de la corporación municipal de notificar al Ministerio de Hacienda las alteraciones verificadas en los huecos de la pared medianera de los jardines del Alcázar, por si estima procedente el ejercicio de la repetida acción negatoria de servidumbre.14 Así se produce y el Cabildo hispalense envía dicho informe al Consejo de Patrimonio de la República, quién solicitó (5 de octubre de 1934) copia del expediente para enviarlo al Director de lo Contencioso del Estado, que resolvió el 9 de febrero de 1935 ejercitar ]a acción negatoria de servidumbre contra el propietario de la casa número 11 de la calle San Fernando, a fin de que sea obligado a reponer la pared median era al estado en que se encontraba antes de abrir los huecos que se indican, y el abono de daños y perjuicios. Decidió, asimismo, que e] encargado de efectuar dicha acción era el Delegado de Hacienda, a quién informó de eJlo la Comisión de Régimen del Alcázar el 27 de abril de 1935, resolviéndose así este litigio. DERRIBO DE UN MURO EN LA CASA I\ÚMERO 11 DEL PATIO DE BANDERAS En el diario El Liheral de SeviJlal' (1 de noviembre de 1931) se hacía referencia a aqueJlas personas que por el procedimiento de ]a tapia se habían segregado por la Delegación de Hacienda de] Alcázar para separa ]a zona Patrimonio de la República de aqueJlas que se cedían a] Ayuntamiento sevillano. En este artículo se hace referencia a la casa número II del Patio de Banderas, a la que se había unido parte del actual jardín de la Alcubilla, donde en tiempos de Alfonso XIII se había construido la primera pista de tenis de España. Parece que durante el año 1933 se había derrumbado un muro que separaba dicha vivienda del recinto alcazareño. Conocido este derrumbamiento por el Consejo de Administración de la República solicitaba el 2 de septiembre de 1934 que quedando abierta la puerta que al hacer ]a cesión de este -e] Alcázarhabía tapado; y suponiendo que este hecho es desconocido por V.E., espera este Consejo se servirá disponer que vuelvan a ponerse las cosas en el mismo estado en que se encontraban, sin que este ruego signifique menoscabo de los derechos que pueda ejercer este Patrimonio de la República.l" Alfonso Lasso de la Vega se apresuró a solucionar esta cuestión y el día 8 de ese mismo mes informa al Consejo de Administración de Patrimonio de la República que lo derrumbado no era un muro, sino un simple tabique de mala fábrica,17 y que ya se había iniciado su recuperación con lo que se conseguía de
El Real Alcázar de Sevilla durante la Segunda República 511 nuevo el aislamicnto de la vivienda con el Alcázar como celosamentc había requerido el Patrimonio de la República. LA ESCUELA INFANTIL Desde los primeros momentos en que se discutía en el Cabildo hispalensc la aceptación de la donación del Alcázar por el Estado se planteó por parte del concejal señor Fcrnández Ballesteros la necesidad que tenían las escuelas pedagógicas modernas, orientadas a la enseñanza al aire libre de terrenos para su creación y como ello lo podría remediar los jardines del Alcázar. En esa misma sesión capitular la Junta Local de Enseñanza eleva al Ayuntamiento la propuesta de creación de una escuela infantil en uno de los pabellones de los jardines del Alcázar.lx Estudiada la proposición por el concejal Fernández Ballesteros, considera que la zona más adecuada para instalar la escuela infantil está en la parte del Alcázar que linda con los Jardines de Murillo. Donde existía una franja de mil metros cuadrados apartada de la vista del público, separada del resto de los jardines por una espesa cortina de arbustos, ocupada en parte por construcciones destinadas a garaje y que no aumentaba el atractivo de los jardines. 19 La Comisión Provincial de Monumentos emitió un informe a petición del Excmo. Ayuntamiento en su sesión de 22 de enero de 1933 (pp. 6-8) en la que se presentaba e] proyecto del arquitecto municipal Juan Talavera. En dicha sesión el Presidente, Cayetano Sánchez Pineda, recordó que en la reunión celebrada por dicha comisión el 7 de junio de 1932 habían acordado ser contrarios a que se realizaran obras en el Alcázar que pudieran menoscabar en lo más mínimo su carácter arqueológico Juan Talavera, presente en la reunión, defendía el proyecto manifestando que los garajes situados al fondo de los jardines del Alcázar son de hormigón armado, señalando que delante de ellos hay esterco- ]eros que ofrecen un aspecto lamentable. Añade que no ve inconveniente en que por la Comisión se acceda favorablemente a lo interesado por el Ayuntamiento, siempre que las Escuelas que allí se establezcan se separen del resto de los jardines de] Alcázar por un muro de la misma altura que el exterior y terminado también en almenas dejando libre la entrada del Alcázar por Catalina de Ribera y el Torreón del Agua, pues la entrada a las Escuelas en proyecto debe ser por los Jardines de Murillo. El resto de los vocales de la Comisión de Monumentos no encontró reparos en que se realizara el proyecto dando su informe favorable para dicha obra. En 1933 se requiere por parte de la Comisión mixta de la del Alcázar y Enseñanza un presupuesto para las obras. Éste queda establecido por el arquitecto municipal en 75.719 pesetas y 57 céntimos. El Presupuesto no será aprobado hasta el 2 de febrero de 1934. La escuela, de carácter municipal, a la que se quería dar el nombre de Gustavo Adolfo Bécquer, estuvo a punto de no realizarse ante una negativa ministerial a sufragar los gastos de su construcción. Pero quedó resuelto para que esta fuera realizada como proyecto de la Comisión Gestora de la Bolsa Municipal de Trabajo.2O Realizada según el proyecto ya comentado de Juan Talavera Heredia. LAS OBRAS EN EL PATIO DEL LEÓN Este espacio constituía una de las entradas al Alcázar desde antiguo, era una explanada militar separada del Patio de la Montería por un lienzo de murallas. Durante los últimos meses de gobierno de Alfonso Lasso de la Vega en el Alcázar se produjo un hallazgo artístico en dicha zona. Según un informe presentado por él mismo en la Comisión de Régimen del Alcázar se había producido el descubrimiento de un arco y varias decoraciones artísticas.21 Por ello solicitaba a dicha comisión la demolición de una parte de la casa número 2 del Patio del León, para poder realizar un estudio adecuado. Se acordó realizar una visita de investigación y solicitar informe de la Comisión de Monumentos antes de proceder al derribo que se requería. La Comisión de Monumentos en su libro de actas de sesiones no tiene referencia sobre ninguna consulta, ni cita ningún informe al respecto. Si se conoce una petición de informe favorable a la Comisión de Obras del Ayuntamiento sevillano.22 Alfonso Lasso de la Vega como ya se ha comentado es destituido el 8 de julio de 1934, puede que este hecho afectara al desarrollo del proceso de demoli-
5]2 A. Herrera, V. Flores ción. En una referencia en el libro de actas de la Comisión de Régimen del Alcázar (1 de septiembre de 1934) se cita dicho derribo quedando sobre la mesa el expediente correspondiente a este tema. Dicho expediente con número 13 bis, probablemente abierto en ]933, no se conserva en la documentación que el Archivo Municipal de Sevilla conserva del Alcázar, ni tampoco en la documentación que el Archivo del Alcázar posee de esta época. No vuelven a citarse en las fuentes documentales obras en el Patio del León hasta 1935. La petición de diversos ediles del Ayuntamiento sevillano de acondicionar como acceso para los visitantes del recinto alcazareño dicha puerta. En el Cabildo de 29 de Agosto de 1935 se asegura que se están realizando las gestiones necesarias para que dicha puerta fuera utilizada como acceso. Se aseguraba por ]a Presidencia que un miembro del Patrimonio de la República había realizado, en riguroso incógnito, una visita al Alcázar; en ella se ha convenido en ordenar al director-conservador del edificio que se proceda al derribo de las edificaciones anexas a aqueIJa dejándola expedita para la entrada a] público, plantando al efecto unos jardines.23 Rápidamente se iniciaron las obras ya que en el diario ABC se informa de una visita del alcalde, junto al delegado del Alcázar, señor Bermudo Barrera para visitar las obras de derribo de las antiguas caballerizas del patio del León.24 Dichas edificaciones se habían realizado a fines del siglo XIX y no tenían ningún valor artístico, según palabras del alcalde. Las obras se aprobaron por e] Consejo de Administración del Patrimonio de ]a República comunicándolo de forma telefónica al alcalde, lo que intensificaba las obras ya emprendidas y el desalojo de las viviendas que allí existían. Estas obras motivaron la negativa del Ayuntamiento ante una solicitud del Ateneo para tener como punto de partida de su Cabalgata de Reyes Magos durante ese año desde dicho emplazamiento.25 Las obras se desarroIJaron durante 1936 y 1937, el 19 de Junio de 1936 se aprueban los planos que Juan Talavera y Heredia realizó para dicho espacio. La Comisión de Adquisiciones y Suministros, creada tras el 18 de julio de 1936 para la administración del Alcázar, solicitó la autorización de dichas obras a la Comisión de Monumentos y a la Junta de Cultura Histórica y Tesoro Artístico de] Estado Español (19 de mayo de 1937). En julio de ese mismo año, el director-conservador realiza un pedido a la Comisión de Adquisición y Suministros para la compra de molduras y cristales para marcos que iban a ser expuestos con siete grabados, procedentes de la Hemeroteca Municipal, como exorno del nuevo apeadero del Patio del León. Ninguna nueva referencia existe en esta comisión, cuya documentación concluye en 1940, sobre pedido de presupuesto para pago de obras o material para esta estancia lo que lleva a pensar que las obras debían estar prácticamente finalizadas, con lo que se produciría la apertura de este nuevo acceso del recinto alcazareño, hoy puerta principal de acceso de visitantes y turistas. NOTAS 1. Gaceta de Madrid, 22 de abril, p.343. 2. El Correo de Andalucía, 8 de noviembre de 1931. 3. AA. C.M. (Actas de ]a ComisiÓn Provincial de Monumentos de Sevilla), 5 dc noviembre de ]931. 4. A.M.S.(Archivo Municipal de Sevilla), SecciÓn Cultura, C. 227, expediente número 19 bis dc 1932. 5. AA.PL. (Actas del Pleno del Ayuntamiento de Sevilla), Tomo 26 de noviembre de 1932, p. 66. 6. AA. C.M. 22 de enero de 1933. 7. ABC 22 de enero de ]933, p. 24 YAA.PL. Tomo 87, 17 de marzo de 1934, p. ]83. 8. AA.PL. Tomo 87, 24 de marzo de 1934, p.186. 9. AA.PL. Tomo 88, 22 dc abril de 1934, pp. 34-35. 10. AA. CRA. (Actas de ComisiÓn de Régimen del Alcázar), 8 defebrero de 1935, pp. 103-] 04. 1]. A.M.S. SecciÓn Cultura, C. 229. Expediente número 9 de 1936. 12. AA.CRA. I de junio de 1934, p. 75. 13. Informe Oficina Técnica de Obras, Vías y Parques, 31 de Marzo de 1934, expediente 25 de ]934. 14. Informe Asesoría Jurídica, 2 de agosto de 1934, expediente 25 de 1934. ]5. El Liberal de Sevilla, ]de noviembre de 193 1, p. 5. 16. A.M.S., Sección Cultura, C.228, expediente número 16 de ]933. 17. Infonne de Alfonso Lasso de la Vega, 8 dc scptiembre de ]933, expediente número 16 de 1933. ]8. AA. PL. Tomo 72,29 de abril de 1931, p. 177 19. AA.PL. Tomo 77, 19 de marzo de 1932, p. 99. 20. AA.PL. Tomo 100,23 de mayo de 1936, p. 175 bis. 21. AA. CRA. 30 de mayo de 1933. 22. ASC de Sevilla, 16 de junio de ]933. 23. AA.PL. Tomo 95, 29 de agosto de 1935, p. 159. 24. ASC de Sevilla, ]4 de septiembre de ]935, p. 29. 25. La Unión de Sevilla, 24 de diciembre de ]935.
