Señor. Don Miguel de Vrries y Navarra, Canonigo de la santa Iglesia de Zaragoça, y electo Prior de S. Christina, dize : que auiendo vacado el Arcedianato de Velchite en mes de V. Mag. el año 1648 por muerte de don Alfonso de Francia, fue seruido V. M.
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Tt*7^ Señor: Don Migiielde Vri'icsy Nsuaíta^Canonigo de la fama íglefia de Zaragoza,)' dedo Píior dé S: ChriftinajdizciQoe auicndo vacado el Arcedia* naco de Vdchicc en mes de V, Mag.d aiio de 1(548; pot mueitc de don Alonfodc Fraiicia¡,fue feruidoV.lVI. proüerlo endo Antonio Xauierte jyíti rcfultaddPnolatt) en elGanonigoIpe^^sy 4defpuesde facado ddef-, paclio de V•M#y cmbiado pot Bulas? vacó dObiTpado de Iaca?enque fue proueido dicho Canónigo Ipc^a, cledlo antesen dicho Priorato/mauer tomado poffeffiofí dd^hn embargo de tencL* yalasBulaSjpor entender no deuia tomarla ,porhallaríc Obifpo eledPo? yque proueyendoloV.M.en el Canónigo don Fernando ue Sada,condocientos ducados de pedíioníobre la Cano^ giacjLie dcxatia doc dñ Agoílode id49'ruurio el Ar*^ cediano de Velchice donAntópio Xauierre ?yV.M*. fue íeruido de liazetle merced deña dignidad ádon Ma tias de Bayetolay CauanillaSjquc entonces era Atcedia-* no de Daroca. Yfu cefulcaádon Fernandc) de Sada^ Canónigo,yeledto Prior de Tanta Chíiílina>y el Priora- to adon Miguel deVrries yNauarra^y encendiendo V . jViageñad que dicho don Fernando de Sada >intentaua tomar poílefsion de dicho PrioracojCn perjuicio ?ydañodel fucelTor defta dignidad,fue feruido V,M. ¡nadar fe le impidieffejy qiieenefta conformidad el Conde de Lemos,Virrey de Aragón jlo re piefe rrt alie alCabildo, como lo hízoporel Fifcal de V. M, haziendole requefta.para que no le dieíTe dicha poiTefsion,atendiendo (a q dicho don Fernando de Sada cílaua ya proueido en el Arcedianato de Daroca,yque no auiendob tomado el Obifpo íp€aca,noobítaateque auia facado los defpa-í chos antes de tener la merced dei Obiípado, no deuia tomariadicho donFcrnando,faca¿idolos deípaesde obte-
<• .\ ( nitla la mcrcctldcl Arccdrflníto)Jcmast]c que en elidía l.tlclia Ion incopatiblcs dosrrcucnelasjy (ienJo eflo alsi donFcinamlo (Je Sada,intenta ganar laCanongia ciul íc lialla/rl l’riorato en e]uccrtuuo proucydo ,yel Aicc. dianatodc Daroca.por prcfumirícq en cQc tiempo ya cftara paffada la gracia de dichas dos Aiccdianatcs. Lo qual viene aícr en notable daño del íuplicante.pucs auiendo aceptado la merced de dicho l’riorato, en lee de que le tocaua,y pertenecía todo lo corrido por vlti*. mo nombrado en ella dignidad,no folo perderia efto, fi; no también los docientosducadosque tiene demas de laCanongia ,por Capellán delafeñora Infanta anexos aella.Portodolo qual fuplicaa V.M. feaferuido no inouar en la orde qtiene dada,no auiendo aora nueuos motiuos para ello^iQue eft^Ue-recibirá particular metced. Supucftoq do Femado fe halla oyco vná Dignidad tan pingue,como el Arcedianato de Daroca, yel dicho Priorato es tan corto,que no equiualeá vna Ca-, nong¡a,comoclmifmo reprefenm?, V. M. quandp fe liehizolamcrced,porcuyacaufafcledicron los docié-. tos ducados de penfion ,yel fuplicante lo ha aceptado fin ella. Atendiendo folo aque es honra de la mano po;] detofade y.M. ;i ,r' ;‘ . \
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