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Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales, año 25, nº 52. Primer cuatrimestre de 2023. Pp. 61-81. ISSN 1575-6823 e-ISSN 2340-2199 https://dx.doi.org/10.12795/araucaria.2023.i52.03 La lucha por la supervivencia y la creación de un nuevo pacto social común: una prueba hobbesiana basada en el case method de L. Fuller1 The struggle for survival and the creation of a new common social pact: a Hobbesian test based on L. Fuller's case method Delia Manzanero Fernández2 Universidad Rey Juan Carlos (España) ORCID: https://orcid.org/0000-0002-6895-1254 Recibido: 03-09-2022 Aceptado: 30-12-2022 Resumen El artículo ilustra la utilización del case method a través de una investigación socio-educativa reciente donde se traza una analogía entre el caso de los exploradores de L. Fuller con la situación vital marcada por la pandemia. A tal efecto, pasa revista a cuestiones radicales que se desataron ante la urgencia de un problema cardinal de supervivencia y de salud pública que dejó todo lo demás (derecho, convenciones, moralidad, libertades) en la sombra y plantea algunos 1 Este trabajo se ha realizado en el marco de los siguientes proyectos de investigación en curso: el Proyecto financiado de Cooperación al Desarrollo “Filosofía en prisión” que coordina la autora para la realización de talleres periódicos de iniciación a la filosofía práctica en centros Penitenciarios de Madrid y Toledo y el Proyecto ApS de innovación docente “Discapacidad intelectual: Una cuestión de derecho” de la URJC. Asimismo, la autora forma parte del Grupo de investigación de alto rendimiento “La persona en la filosofía española contemporánea: vida humana y Bioderecho” (Referencia: FILPERSON) que dirige el Dr. Ignacio Sánchez Cámara en la Universidad Rey Juan Carlos. 2 ([email protected]). Profesora Titular de Filosofía Moral, Política y Social y Coordinadora del Grado en Filosofía en la URJC. Es autora, entre otros libros, de Concepción Arenal: claves de emancipación de la mujer que se halla encarcelada (Tecnos, 2023), Un alma para Europa: un modelo de armonía social de base krausista (Aranzadi, 2022) y El legado jurídico y social de Giner (UPCO, 2016). Su producción científica ha sido galardonada con varios Premios en convocatorias competitivas: XV Premios de Ensayo Breve en Ciencias Sociales Fermín Caballero, VIII Premio Ernestina de Champourcin, III Premio Rafael Altamira y Premio Europeo Carlos V de la Fundación Yuste. Comparte el mundo académico con el mundo editorial desde hace más de 15 años como Presidenta de la Asociación de Filosofía Bajo Palabra (AFBP) y Directora de Bajo Palabra. Revista de Filosofía.
62 Delia Manzanero Fernández Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales, año 25, nº 52. Primer cuatrimestre de 2023. Pp. 61-81. ISSN 1575-6823 e-ISSN 2340-2199 https://dx.doi.org/10.12795/araucaria.2023.i52.03 dilemas ético-jurídicos desencadenados bajo ciertas situaciones consideradas de emergencia extrema donde la supervivencia de todos está en juego. Frente a la trampa hobbesiana de un supuesto estado de naturaleza por el cual es justificable cualquier tipo de ataque preventivo o violencia, en el artículo se trata de argumentar, al hilo de las respuestas dadas al caso jurídico de Fuller, nuevas formas de entender la comunidad, el pacto social, lo público y lo político. Palabras-clave: pacto social, dilema ético, Fuller, pandemia, trampa hobbesiana. Abstract The article illustrates the use of the Case Method through recent socioeducational research where an analogy is drawn between the L. Fuller's case of explorers and the difficult situation marked by the pandemic. To this end, it reviews the substantive issues that were triggered by the urgency of a cardinal problem of survival and public health that left everything else (law, conventions, morality, freedoms) in the shadows and raises some ethical-legal dilemmas triggered by certain situations considered to be extreme emergencies where the survival of all is at stake. Faced with the Hobbesian trap of a supposed state of nature whereby any kind of pre-emptive attack or violence is justifiable, the article attempts to argue, in line with the answers given to Fuller's legal case, new ways of understanding the community, the social pact, the public and the political. Keywords: social pact, ethical dilemma, Fuller, pandemic, Hobbesian trap. 1. La lucha por la supervivencia en la Gran Caverna del Mundo En el preciso momento en que se declaró el estado de alarma en España por la pandemia del coronavirus el 14 de marzo de 2020, nos encontrábamos realizando con nuestros alumnos de las asignaturas de Basic Legal Principles y Ética un Comentario de Texto sobre el artículo “El caso de los exploradores de cavernas”, un caso hipotético publicado en The Harvard Law Review por Lon Fuller en el que se describe cómo un grupo de cinco exploradores salen un día de expedición y tras sufrir una avalancha de nieve, quedan atrapados en el interior de una caverna3. 3 Lon Fuller, “The case of the Spelucean Explorers”, en: Harvard Law Review, Cambridge, Mass., EE.UU, vol. 62, no. 4, 1949. El artículo ha sido traducido al español por una editorial argentina con el título de El caso de los exploradores de cavernas, trad. de Genaro R. Carrió y Leopoldo J. Niilus, Buenos Aires, Abeledo Perrot, 2002.
63 La lucha por la supervivencia y la creación de un nuevo pacto social común: una prueba hobbesiana basada en el case method de L. Fuller Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales, año 25, nº 52. Primer cuatrimestre de 2023. Pp. 61-81. ISSN 1575-6823 e-ISSN 2340-2199 https://dx.doi.org/10.12795/araucaria.2023.i52.03 Los expedicionarios habían llevado escasas provisiones y la caverna carecía de cualquier tipo de sustancia animal o vegetal que les permitiera subsistir, así que allí quedaron estos cinco exploradores, atrapados en una cueva y sin nada para comer. Tras un mes de esfuerzos por parte de las fuerzas de rescate, finalmente se logró remover los escombros que habían sellado el acceso, pero una vez que los espeleólogos fueron rescatados, se descubrió que uno de ellos había sido asesinado y comido por sus compañeros. Aquí es donde se plantea la tesis de homicidio sobre la que programamos nuestra deliberación jurídica en clase según la metodología del Case Method 4. El artículo de Fuller resulta muy didáctico porque en él se presenta el examen que hacen los cinco ministros integrantes de la Corte Suprema al conocer el caso. Lo más interesante consiste en que cada uno de los ministros personifica una de las cinco principales concepciones del Derecho en los siglos XX y XXI que hemos estudiado en clase, una cuestión teórica nada baladí, porque dependiendo del concepto del Derecho que adopta cada ministro de justicia (iusnaturalismo, positivismo, realismo jurídico, teoría crítica del derecho, etc.), ello repercute directamente en la opinión que se mantiene sobre si los acusados son o no culpables y, en consecuencia, sobre si deben o no ser ejecutados como culpables por el delito de homicidio. Los investigadores del caso pueden apreciar con esta práctica cómo las teorías jurídicas tienen una clara dimensión práctica cuando son aplicadas a un caso concreto como éste en que hay que tomar una decisión y pronunciar un veredicto. Lo que se demanda a los alumnos es que adopten por un momento la posición del juez y motiven razonadamente su sentencia. Este era el ejercicio teórico-práctico que nos encontrábamos realizando cuando de repente declararon el estado de alarma y todo cambió del día a la noche. Reflexionar sobre la tragedia de los exploradores de cavernas desde nuestra cotidianidad en años académicos previos nunca supuso un obstáculo ni un reto tan desafiante como lo constituyó este. Los comentarios de texto realizados por el alumnado universitario arrojaban respuestas creativas y bien 4 La resolución de supuestos prácticos, también denominado “método del caso” (en inglés Case Method) –muy comúnmente utilizado por las modernas tendencias pedagógicas en las escuelas de derecho norteamericanas– tiene por objeto el análisis de un suceso real o hipotético con la finalidad de engarzar dialécticamente la teoría y la práctica en un proceso de reflexión que resulte significativo como método activo de aprendizaje. El ejercicio consiste en la descripción de un hecho que permita conocerlo, interpretarlo, crear diferentes hipótesis de trabajo, realizar un diagnóstico para llegar a la resolución de este y, en ocasiones, encontrar posibles procedimientos alternativos de solución. Este ejercicio supone para el alumnado una primera toma de contacto con la realidad imprescindible en el mundo ético-jurídico –máxime si los casos propuestos son de actualidad como la situación de lucha por la supervivencia que Fuller nos plantea– y contribuye a reforzar o complementar los conocimientos expuestos y analizados en las clases teóricas o expositivas. De hecho, en el caso práctico concreto propuesto se pide a los alumnos que deliberen como jueces del caso y motiven una sentencia basada en las diversas teorías jurídicas contemporáneas. Manuel Atienza, El derecho como argumentación, Barcelona, Ariel, 2006.
64 Delia Manzanero Fernández Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales, año 25, nº 52. Primer cuatrimestre de 2023. Pp. 61-81. ISSN 1575-6823 e-ISSN 2340-2199 https://dx.doi.org/10.12795/araucaria.2023.i52.03 razonadas y, al inicio del curso, todo parecía indicar que éste sería un año como cualquier otro. Nada nos hizo prever que este curso nos encontraríamos nosotros mismos ante un peligro inimaginable que nos retendría confinados dentro del espacio amurallado de nuestras casas. Sin duda, enfocar el asunto de los exploradores de cavernas desde la inmediatez de nuestro propio confinamiento, recluidos a ese espacio interior, resultaba cuando menos chocante porque una realidad considerada hasta entonces inconcebible –propia de una distopía o de una hipótesis jurídica formulada por un filósofo del derecho para hacernos reflexionar– se había encarnado en nuestra realidad e instalado en nuestra cotidianidad de una manera tan tangible, como obscenamente irremediable. El cambio sobrevino con los zapatos silenciosos con que se suele desarrollar la normalidad. El virus avanzaba sigilosamente, como aquello que no se teme pero que representa una gran amenaza. De pronto, descubrimos que todas las cosas de la vida cotidiana se transformaron con el declarado estado de alarma y tuvimos que abrir los ojos a una nueva realidad: la prohibición de salir a la calle, la interrupción de la actividad comercial, la destrucción del empleo, la pérdida de las vidas de miles de personas reflejadas en estadísticas de enfermedades y muertes que veíamos crecer exponencialmente en los noticiarios que nos alarmaban con el descubrimiento de miles de casos nuevos a diario. La actual cercanía con la muerte que trajo consigo este suceso hizo que un sentimiento de fragilidad se apoderara de todos nosotros, que empatizáramos más con los aciagos exploradores de cavernas, que nos acercáramos más a la realidad de las personas que antes quizá no veíamos o ignorábamos y que, sin embargo, viven a diario en situaciones de extremada emergencia, aislamiento y precariedad. Una situación límite como ésta podía ponernos en relación como cuerpos susceptibles de enfermedades, potenciales víctimas de abusos y violencias, por nuestra común condición de gobernados, pero sobre todo, por nuestra común indigencia y dependencia, por esa común condición de vulnerabilidad que nos mantiene unidos y que nos permitía una nueva mirada sobre la crítica situación de los exploradores atrapados en una caverna, remedo teórico de la condición existencial de la población mundial que permanecía recluída en su domicilio. Ciertamente, la igualación de ambas situaciones no puede llevarnos a engaño, ni podemos obviar el hecho de que existen notables diferencias: nosotros no estábamos realmente aislados –como los exploradores en la caverna– pues no habíamos perdido en ningún momento el acceso a la información, a las redes sociales, a los libros, la cultura y el arte,... bastaba con deslizar solo un dedo para poder conectarnos e incluso ver a otros igualmente confinados. Nuestro aislamiento fue solamente –lo decimos sin restarle un ápice de importancia– físico. Tampoco tuvimos que sufrir en la mayoría de los
65 La lucha por la supervivencia y la creación de un nuevo pacto social común: una prueba hobbesiana basada en el case method de L. Fuller Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales, año 25, nº 52. Primer cuatrimestre de 2023. Pp. 61-81. ISSN 1575-6823 e-ISSN 2340-2199 https://dx.doi.org/10.12795/araucaria.2023.i52.03 casos el tipo de carencias que tuvieron los personajes de Fuller, incluido el frío, la estrechez, la miseria y el hambre. Los límites de esta analogía remiten pues a las peculiaridades de la vida contemporánea, a los mecanismos de auxilio social que introducen las redes y las telecomunicaciones en nuestras vidas, que nos separan pues de nuestros alter-ego bajo la caverna. Ahora bien, hecha esta salvedad, sí que existen importantes coincidencias que nos permitían trazar una analogía entre nuestra situación vital marcada por la pandemia con el caso de los exploradores relatado por L. Fuller, a saber: la destrucción de las bases naturales de la vida; un sentimiento de nuestra propia mortalidad que nos había atrapado desprevenidos; una sobrecogedora presencia invisible, una amenaza común a toda la humanidad, un contenido de peligrosidad que nos había forzado a encerrar nuestros cuerpos entre cuatro paredes y a tratar de luchar por nuestra propia supervivencia. La miseria material y la estrechez sobre todo se había puesto de manifiesto en los colectivos que se encuentran en posiciones más precarias, con más bajos recursos, los que viven en los barrios más pobres o en los arrabales de las grandes ciudades; en los países periféricos y en general en el llamado Tercer mundo, en los países que no tienen un sistema de salud público o los que directamente no cuentan con la protección de un estado social de derecho. Contextos que están siempre condicionados por la dictadura de la escasez. Lamentablemente la situación de amenaza que sufrieron los sectores más vulnerables no iba unida a la toma de conciencia del peligro. Antes al contrario, lo más habitual era que quienes vivían en cuartos abarrotados e inseguros o en trabajos con un alto riesgo de exposición por el coronavirus, como prisiones, residencias o centros de detención superpoblados, eran quienes menos medios y menos conciencia tenían sobre cómo hacer frente a ese patógeno. El ejemplo más desconsolador es el que afectó a los migrantes o los centros de refugiados, cuyos hábitats se convirtieron en verdaderos semilleros de contagio donde se daba la dolorosa coincidencia de unir a la miseria material, la ceguera ante el riesgo5. Éste es el contexto en que se desarrolló con el alumnado universitario el Case Method de Fuller. Un contexto límite que quizá la mayoría de la población ha borrado y olvidado –pues ciertos olvidos son necesarios para seguir vivos– pero que, aunque sea doloroso, conviene recordar y reparar en que esto fue hace no tanto, y algunas elecciones deberían extraerse de dicha etapa de nuestra aciaga historia colectiva más reciente. Sobre este interludio en nuestras vidas de un tiempo divergente en que todo se detuvo –que muchos recordarán con la extrañeza de un sueño profundo, pero 5 “Es difícil imaginar qué puede significar el ‘distanciamiento social’ en los enormes campamentos de refugiados, abarrotados e insalubres”. John Gray, “Adiós globalización, empieza un mundo nuevo. O por qué esta crisis es un punto de inflexión en la historia”, El País, 12 de abril de 2020. Disponible online: https://elpais.com/ideas/2020-04-11/adios-globalizacion-empieza-un- mundo-nuevo.html?ssm=TW_CC [Fecha de consulta: 15-04-2022].
66 Delia Manzanero Fernández Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales, año 25, nº 52. Primer cuatrimestre de 2023. Pp. 61-81. ISSN 1575-6823 e-ISSN 2340-2199 https://dx.doi.org/10.12795/araucaria.2023.i52.03 que para otros ha convertido sus vidas en un letargo interminable–, tenemos que reflexionar para ver si conseguimos liberarnos de ese encierro una vez se hayan abierto todas las puertas, pues ser libres radica en algo más que en no estar encerrados: hay quienes no han pisado nunca un penal o no han sido confinados, y no saben qué es elegir, no saben qué es ser libres, porque nunca han logrado interrogarse por su propia libertad, por los vericuetos por los que ha de transcurrir su propia vida. La libertad requiere esfuerzo y conflicto. De ahí que sea tan interesante hablar de la libertad cuando más escasea. 2. El interludio epidémico: un paréntesis entre el estado anterior y el nuevo estado ¿Qué debemos hacer ahora que la literatura distópica se ha hecho realidad? ¿Qué hacer cuando un relato de ficción parece jugarnos una broma pesada al convertirnos en personajes de otro mundo, creados o soñados por un Verbo que ha dibujado un nuevo escenario donde los puestos en peligro, los entes de ficción nivolescos somos nosotros? Parece que nos encontramos, por tanto, sumergidos en nuestro propio objeto, con todas las dificultades que ello comporta. Tratemos entonces de hacer por salvarnos, como el angustiado personaje creado por Unamuno, Augusto Pérez, quien sabía que, si bien no era posible salvarse de una segura muerte biológica, sí podía salvarse haciendo perdurar su sueño con su ingenio, pues Augusto Pérez como todos nosotros, nos iremos “muriendo en carne de espacio, pero no en carne de sueño, en carne de conciencia”6 donde aún cabe salvación. Los destinados a ser sujetos de reflexión en este caso hemos pasamos a ser testigos de una fractura y, por tanto, a ser considerados objetos de estudio, mariposas cazadas que merecen subir a nuestra mesa de disección para ser analizadas en un frío laboratorio experimental mientras permanecemos confinados, por decirlo con Calderón, en la Gran Caverna del mundo. Nadie sabe si seremos en el futuro soñados y analizados por algún otro curioso investigador que, en el marco de un rutinario trabajo académico, estudiará nuestro caso, algo que quizá se dé en llamar “El caso de los confinados en la pandemia”, fingiendo que se pone en nuestro lugar para interpretar nuestras dificultades y dilemas ético-jurídicos para tratar de comprender las medidas que ahora adoptamos. Ese hipotético futuro investigador, a pesar de sus buenas intenciones, no conseguirá nunca desprenderse de un halo de superioridad por su propia condición de observador, auscultando con frialdad el interior de nuestra vida, sin temblarle el pulso, con la misma imperturbabilidad con que nosotros estudiábamos a los personajes de Fuller en nuestras clases universitarias. 6 Miguel de Unamuno, Niebla, Barcelona, Vergara Editorial, 1961, p. 622.
67 La lucha por la supervivencia y la creación de un nuevo pacto social común: una prueba hobbesiana basada en el case method de L. Fuller Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales, año 25, nº 52. Primer cuatrimestre de 2023. Pp. 61-81. ISSN 1575-6823 e-ISSN 2340-2199 https://dx.doi.org/10.12795/araucaria.2023.i52.03 Nosotros no tenemos ahora ese privilegio de la distancia. Nuestra condición de sujetos pacientes nos permite ver desde dentro el suceso. Al igual que los malogrados exploradores en el mundo de pesadilla recreado por Fuller, pasamos a ser personajes horrorizados ante una distopía; ya no era un delirio en las fantasías de un autor, sino posibilidad real convertida en hecho a la expectativa. Atrapados sin poder salir de nuestras respectivas cavernas domésticas, en una quietud profundísima, aprendimos a estar distantemente juntos como diría Cortázar. Esta situación nos regalaba una oportunidad extraordinaria de silencio, de miedo agudizado, de incertidumbre y autenticidad para analizar fenómenos liminares como el actual. Era nuestro deber como investigadores aprovechar el interludio epidémico para pensar sobre los límites inter-puestos a nuestra vida, los límites a la circulación de personas y la suspensión de derechos que pudo producirse bajo la caverna, bajo las múltiples y diferentes clases de cavernas que hemos tenido que recrear bajo el paraguas del estado de alarma. Propuse, al cabo, a mis alumnos que se reafirmaran y rearmaran con historia, con derecho, con filosofía, que dedicaran el tiempo y la fuerza que pudieran sacar durante el encierro para estudiar las mejores tradiciones éticojurídicas que nos han ayudado a coexistir hasta la fecha y que trataran, al hilo de las respuestas dadas al caso jurídico de Fuller, de pensar y de idear nuevas formas de entender la comunidad, el pacto social, lo público y lo político desde este caso límite en que vivimos. El cambio de vida obligado no necesariamente debía conducirnos a una sensación de anonadamiento, a la congoja, a ahogarnos en los miedos, al estancamiento por el tiempo detenido, sino que nos debía permitir mirar con perspectiva los problemas que nos angustian para arrancarles el conocimiento sustancial que poseen, convencidos –como estábamos y seguimos estando– de que lo que nos podía dotar de la energía suficiente y necesaria para afrontar esta adversidad es tener el pensamiento fijado en el ideal futuro que está por llegar. Para evitar el entumecimiento y el embotamiento del encierro, propusimos que este paréntesis entre el estado normal anterior y el nuevo estado que ha de llegar sea un paréntesis que se abra productivo donde aprendamos a meditar sobre lo inimaginable, que nos ponga en situación de inventar una nueva sociedad donde construir una nueva manera de entender la convivencia. Este enorme arresto domiciliario que afectó a la población mundial nos llevó a preguntarnos ¿cuál ha de ser ese nuevo modelo de comunidad que deba regir nuestro resquebrajado tejido social una vez hayamos salido todos de la caverna? La propuesta incluía tener que actuar como pequeños nuevos legisladores para idear un nuevo pacto social común. Ahora, el resto es saber si tomaremos conciencia como ciudadanos para erigirnos en legisladores para
68 Delia Manzanero Fernández Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales, año 25, nº 52. Primer cuatrimestre de 2023. Pp. 61-81. ISSN 1575-6823 e-ISSN 2340-2199 https://dx.doi.org/10.12795/araucaria.2023.i52.03 ese nuevo pacto social o si permaneceremos indolentes y miraremos a otro lado ante la catástrofe sucedida. 3. La vuelta al estado de naturaleza Abocados a afrontar tal tarea, tuvimos que hacer nuestro particular viaje hacia la pérdida y posterior recuperación progresiva de derechos. Para ello, era imprescindible descender hasta los infiernos, recluirnos en esa caverna de vuelta al estado de naturaleza para, desde su interior, como sujetos confinados en pleno estado de alarma, analizar y ver qué condiciones regían para los que ahí moraban: antes, durante y después del tiempo en que allí permanecieron/ permanecimos como sujetos y al mismo tiempo como pacientes de la situación extrema vivida. Propusimos como punto de partida una analogía con la reflexión realizada bajo la Caverna porque, aunque hay diferencias insalvables (ciertamente el estado de necesidad generado en el interior de la caverna por un alud de nieve no puede compararse con la devastadora fuerza de una pandemia, ni con estar “atrapados” en un estado de alarma inducido por otro tipo de catástrofe natural de mayor impacto y dimensión como ha sido el Covid-19), sí hay coincidencias significativas como la que nos evocan esa fragilidad inherente a las instituciones humanas, esa precariedad de todo orden político, de los usos y convenciones que se establecen moralmente en sociedad cuando el estado de necesidad y el principio de subsistencia rige por encima de valores universales. ¿Qué sucedió entonces cuando los exploradores de Fuller quedaron atrapados bajo la caverna y fueron conducidos hacia lo más primitivo del ser humano, en un viaje en que progresivamente se iba destruyendo toda reglamentación social? ¿Qué fuerzas o qué mecanismos se pusieron a funcionar cuando reapareció esa barbarie contenida y latente en el seno de toda comunidad, cuando las reglas cotidianas de la vida son puestas del revés y las leyes aparentemente más férreas pierden toda su eficacia? ¿Qué cuestiones radicales se desataron ante la urgencia de un problema cardinal de supervivencia y de salud pública que dejó todo lo demás (derecho, convenciones, moralidad, libertades) en la sombra? Cabría suponer que, dadas las condiciones extremas bajo la caverna, en ella se dieran los peores ejemplos de egoísmo despiadado y de crueldad gratuita. Esto fue lo primero que se pensó cuando en el día vigésimo tercero a contar de su entrada en la caverna, los prisioneros fueron finalmente rescatados y se supo que Whetmore había sido asesinado y comida por sus compañeros.
69 La lucha por la supervivencia y la creación de un nuevo pacto social común: una prueba hobbesiana basada en el case method de L. Fuller Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales, año 25, nº 52. Primer cuatrimestre de 2023. Pp. 61-81. ISSN 1575-6823 e-ISSN 2340-2199 https://dx.doi.org/10.12795/araucaria.2023.i52.03 Sin embargo, los acusados explicaron en sus declaraciones que Whetmore había sido el primero en proponer el plan de establecer un nuevo pacto social acordado entre todos, por el que se establecía que alguno de los exploradores sirviera de alimento a los demás. La idea surgió precisamente de Whetmore y, aunque quiso retirarse en el último momento, el tiro de dados le resultó adverso por lo que terminó siendo el elegido para ser privado de la vida y ser comido por sus compañeros. Para deliberar sobre el caso, Lon Fuller expone en su artículo al menos cinco argumentos diferentes entre sí, una diversidad de respuestas que se corresponde con la complejidad del tema. Para nuestro análisis relacionado con las cuestiones ético-jurídicas del confinamiento durante la pandemia, nos centraremos en la sentencia dictada por uno de los miembros de la Corte Suprema, el personaje que representa el Ministro Foster, quien delibera sobre el caso con la siguiente orientación y sostuvo la tesis de que en el interior de la caverna ya no regían las leyes positivas de la sociedad. En su resolución al caso, Foster alegó que los infortunados exploradores no podrían ser juzgados por su crimen de acuerdo con el derecho del Commonwealth, porque todo el derecho positivo, incluyendo todas sus leyes y todos sus precedentes, era inaplicables a este caso. ¿En qué basa Foster su opinión? Esta conclusión la sustenta en la proposición de que el derecho positivo presupone la posibilidad de la coexistencia de los hombres en sociedad, esto es, que el derecho pueda regular en forma razonable y equitativa las relaciones de su vida en común y, ciertamente, este no era el caso. Los sistemas jurídicos vigentes no captaron los hechos de gravedad acaecidos bajo la caverna. Por ello, continúa Foster, cuando la suposición de que los hombres pueden vivir en común dejó de ser verdadera, como obviamente sucedió en esta extraordinaria situación, entonces las premisas básicas subyacentes a todo nuestro ordenamiento jurídico pierden su sentido y su fuerza. Al surgir una situación en la cual tal coexistencia de los hombres se hizo imposible, entonces dejó de existir una condición implícita en todos nuestros precedentes y en todas nuestras leyes. Cuando esta condición desaparece, en opinión de Foster, desaparece con ella toda la fuerza de nuestro orden positivo. Una de las tesis más controvertidas de Foster, personaje caracterizado como juez en el artículo de Fuller, es que un caso puede ser sustraído de la fuerza de un orden jurídico, no sólo en sentido geográfico sino también moral, por ejemplo, al afirmar que “cuando aquellos hombres tomaron su funesta decisión [matar a Whetmore para alimentarse], se hallaban tan remotos de nuestro orden jurídico como si hubieran estado mil millas más allá de nuestras fronteras”7. 7 Lon Fuller, “The case of the Spelucean Explorers”, op. cit., p. 22.
76 Delia Manzanero Fernández Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales, año 25, nº 52. Primer cuatrimestre de 2023. Pp. 61-81. ISSN 1575-6823 e-ISSN 2340-2199 https://dx.doi.org/10.12795/araucaria.2023.i52.03 6. Riesgos letales a los que se da carta de naturaleza Uno de los estados que han mostrado su faz hobbesiana más descarada probablemente sea el Reino Unido, que no solo empezó el 2020 abandonando la Unión Europea mientras pretendía mantener sus privilegios, sino que adoptó una más que cuestionable estrategia desde el inicio de la pandemia. Con una impronta hobbesiana donde no regía ya el miedo o la competencia, sino la obtención del beneficio por el beneficio, el Gobierno de Boris Johnson decidió no tomar medidas de ningún tipo para parar la pandemia y activó una peligrosa dinamita política que optaba por salvar la economía del país de cara a quienes “sobrevivieran”, asumiendo así que con la activación de dichas políticas habría irremediablemente bajas colaterales entre los británicos que tendrían que soportar el golpe de muertes de familiares a los que marcara arbitrariamente el virus. La estrategia darwiniana del sobreviva quien pueda quedó perfectamente materializada en la decisión política de no poner los medios para evitar la propagación del virus, supuestamente porque –decían, sin esconder la falacia de este planteamiento– un mayor porcentaje de personas contagiadas en el país serviría como medida para desarrollar la inmunidad colectiva, algo que según se ha demostrado en la práctica, se tradujo en un declarado suicidio colectivo que daba carta blanca a los gobiernos para condenar implícitamente a la población de alto riesgo. Una taimada decisión política que se ha revelado cruel e inoperante, pues no solo ha redundado en que Reino Unido sea uno de los países con más muertes de Europa, sino que ha supuesto una pérdida irremisible para su economía, golpeando no solo a sus ciudadanos sino a sus medios de producción. El efecto boomerang del virus no se ha plasmado solo en la amenaza directa de contagio y en pérdida de vidas humanas –sin medios suficientes para hacer valer su derecho a la protección social y sanitaria– sino en sus medios delegados, éstos que sí hablan un lenguaje que la política entiende: el dinero, la comercialización, la legitimación y los intereses geopolíticos en juego. Cuando Reino Unido quiso aprender por las malas esta lección, ya fue demasiado tarde. Las decisiones que se adoptaron en marzo de 2020 nos siguen afectando ahora pero no se agotan en el presente, sino que nos seguirán aquejando mucho más tarde a todos nosotros. No podemos por menos que pensar que no estaría de más que tales medidas también perjudiquen a quienes las han producido o se han beneficiado de estas decisiones, y que lleven al descrédito a quienes quisieron conducir a sus sociedades al desastre. Ahora bien, para que esto pase, es necesario poner el centro de la conciencia en una sociedad civil bien informada, que pueda oponer una resistencia
77 La lucha por la supervivencia y la creación de un nuevo pacto social común: una prueba hobbesiana basada en el case method de L. Fuller Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales, año 25, nº 52. Primer cuatrimestre de 2023. Pp. 61-81. ISSN 1575-6823 e-ISSN 2340-2199 https://dx.doi.org/10.12795/araucaria.2023.i52.03 suficiente contra el adoctrinamiento, que sepa acunar una nueva figura, que pueda pensar de una manera nueva los retos que se nos echan encima y vivir y actuar conforme a un nuevo sistema de coordenadas. Si bajo la caverna los exploradores se jugaron la vida a un tiro de dados, Boris Johnson parecería querer jugar a la ruleta rusa con todos sus conciudadanos. ¿Cómo se puede pretender salvar la economía un gobierno sin pensar antes en salvar las vidas de sus ciudadanos? ¿Qué clase de purga selectiva trató de aplicar al asumir que “serían tiempos duros” para su país? ¿Cómo es posible que ocurra todo esto con la aquiescencia de una opinión pública que además de padecer de los efectos de esta nueva enfermedad, ha tenido que soportar la negligencia, la desidia y la impasibilidad de determinados gobiernos que, tratando de evitar lo peor, han traído lo que es aún peor todavía? Resulta estremecedor la facilidad con que se aceptan y se acatan medidas en las que parece considerarse justificado que mueran algunas personas cuyas vidas no parecen tan importantes, vidas desechables que han superado determina franja de edad o que simplemente representan colectivos precarios, desvalorizados, a los que se condena socialmente hacia su destino final, pero ¿es verdaderamente aceptable un tipo de desigualdad social radical que como el estadounidense, parece querer instalarse en la vieja y nueva normalidad, ante un problema de salud mundial como el que estamos padeciendo? Todo apunta a que este supuesto pacto hecho en malas condiciones tendrá que ser sometido al juicio de la maza de la conciencia, tan pronto ello sea posible. Aceptar la pérdida de miles de personas como reveses de un destino natural, bajo la ley de la gravedad de un sistema que así lo establezca, sin indagar en sus causas ni ir más allá en la búsqueda de responsables institucionales, pareció ser la tónica al inicio de esta crisis y así sigue siendo al término de esta, a pesar de las críticas sensatas de muchos colectivos y comités de bioética que ya han denunciado que nuestras interacciones humanas no pueden verse mediadas por normas tan lábiles como las del mercado, que concibe las vidas humanas como instrumentos para obtener ganancias18. Este tipo de declaraciones y de políticas en las que, ya no se trataba tanto de impedir la enfermedad y la muerte de todos (destino que se descartaba por utópico si ello ponía nerviosos a los mercados), sino de la medida permitida de contagio y de personas fallecidas como riesgos permitidos y legitimados como algo que deviene normal, es algo que amenaza con naturalizarse, a lo que se le ha otorgado “carta de naturaleza” tras decretarse en norma. Todo esto es algo que, de prolongarse, probablemente suponga de facto un deterioro irreversible para nuestra convivencia cívica y para el buen 18 Cfr. Michael Sandel, What Money Can’t Buy: The Moral Limits of Markets, New York, Farrar Straus and Giroux, 2013. Traducción al español: Lo que el dinero no puede comprar, Barcelona, Debate, 2013.
78 Delia Manzanero Fernández Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales, año 25, nº 52. Primer cuatrimestre de 2023. Pp. 61-81. ISSN 1575-6823 e-ISSN 2340-2199 https://dx.doi.org/10.12795/araucaria.2023.i52.03 funcionamiento del sistema democrático, pues la naturalización de la vuelta al estado hobbesiano, del falso aire de naturalidad y de inevitabilidad con que está investido, de esa falta de moral donde nos quedamos sin lugar para argumentar, es una de las manifestaciones más peligrosas de esta crisis19. 7. Un nuevo pacto social El caso de los exploradores de cavernas de L. Fuller nos ayuda a reflexionar y nos lleva a otorgar una importancia existencial al debate en torno a los valores que se adoptan en situaciones límite y de extrema necesidad, a las políticas e investigaciones que redefinen la vida y la muerte, la salud y la enfermedad y sus consecuencias a corto y largo plazo. ¿Se puede o se debe injertar en el código del derecho una violencia legal y letal sin que su tronco de justicia se pudra? ¿Dónde y cómo hay que trazar los límites entre daños aún aceptables y los que ya no lo son? ¿A qué compromisos deberían llegar lo gobiernos a nivel global y nacional? Por ejemplo, ¿hay que asumir la posibilidad de un rebrote que suponga la muerte de otros miles de personas para satisfacer intereses económicos? ¿Qué vidas estamos dispuestos a salvar y cuáles serán desprotegidas y sacrificadas, sin tener que responsabilizarnos personal ni políticamente de ellas? ¿Cómo distinguiremos entre lo que son necesidades esenciales de lo que son presuntas necesidades creadas o superfluas? ¿Seremos capaces de mantener una disputa pública donde nos sea posible atribuir un nexo social y jurídico a todas estas conjeturas sobre qué medidas son “inevitables” económicamente en un estado de naturaleza selectivo controlado por las decisiones empresariales, para determinar si las 19 Esta vuelta al estado de naturaleza donde un Estado hobbesiano, ayuno de garantías, no cumple su papel asistencial ante la indolencia social generalizada es harto peligrosa, pues recuerda a la medida de control poblacional adoptada en la película distópica The Purge escrita y dirigida por James DeMonaco (2013), donde, tras un periodo de crisis económica, un gobierno totalitario decide reducir la tasa de desempleo mediante una Purga anual: durante esa noche, el Estado desaparece (cierra sus servicios básicos de hospitales, bomberos y policía) y cualquier delito es autorizado; el resultado natural de este método es que sobreviven los más ricos y se castiga y/o se deja morir a las personas más pobres y sin hogar. Por terrible que parezca, esta sigue siendo una política que se practica impunemente, mediante la dejación de las responsabilidades sociales del Estado, que no trata de impedir ni estorbar esa purga en muchos países donde se da una competencia por recursos que se presienten escasos: y no hace falta invocar al llamado Tercer Mundo, basta con señalar a Estados Unidos, que a pesar de encontrarse entre los países desarrollados sigue teniendo una red social de protección tan débil y una política que asume -o más bien permite que suceda y participa en dicha causa al convertir las necesidades básicas humanas en beneficios de mercadotodos los riesgos para los más vulnerables siempre y cuando ello represente ocasión para que medren los mercados, dejando pues una zona gris que condena a las vidas dolorosas e ingratas que están peor ubicadas, a las que no vale la pena proteger de la enfermedad o la muerte; una dejación de su responsabilidad negligente y culpable que ha hecho que la crisis del coronavirus se esté cebando y esté siendo especialmente cruel para decenas de millones de personas sin seguro médico y sin acceso a un tratamiento de vida o muerte en un sistema de salud tan desastrosamente caro.
79 La lucha por la supervivencia y la creación de un nuevo pacto social común: una prueba hobbesiana basada en el case method de L. Fuller Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales, año 25, nº 52. Primer cuatrimestre de 2023. Pp. 61-81. ISSN 1575-6823 e-ISSN 2340-2199 https://dx.doi.org/10.12795/araucaria.2023.i52.03 medidas son las apropiadas según sus diversos efectos sobre la salud y la convivencia de los seres humanos? La falsa dicotomía creada entre la salud y la economía parece querer resolverlo todo en el dilema: ¿de qué prefieren morir? ¿prefieren morir de Coronavirus? ¿o prefieren morir de hambre? La libertad es aquí entendida como libertad para morir, cada cual a su manera. Pero si aceptamos esta falaz dicotomía de esferas que compiten y luchan de manera conflictiva por su preeminencia, nos conducirán a un callejón sin salida: tener que aceptar estoicamente que nuestro destino es morir de enfermedad en este estado natural marcado por la supervivencia del más fuerte para procurar que el sistema económico funcione y no se hundan los mercados, es sencillamente falso. La razón es sencilla: no tiene sentido optar y priorizar la economía en detrimento de la vida, sin reparar en que la segunda es el soporte y debería ser el fundamento de la primera. Si no se ponen medidas para ayudar a la gente y para controlar la pandemia con una salud pública fuerte, con un Estado de bienestar que procure cuidados a todos, tampoco será posible la economía. Debemos pues alzarnos para superar los obstáculos que nosotros mismos hemos creado o aceptado por tibieza o confusión, asumiendo argumentos falaces, por la fuerza de nuestra propia costumbre o por la urgencia de la supuesta necesidad. Es necesario revitalizar nuestra capacidad para discernir y para recuperar argumentos que respeten en cada persona la dignidad de la humanidad. El reto actual es recuperar los valores lesionados en la gestión de esta crisis. ¿Seguimos y seguiremos viviendo en ese estado de naturaleza hobbesiano del sálvese quien pueda propiciado por la escasez de una caverna global o seremos ciudadanos cosmopolitas que tomen medidas políticas consensuadas bajo el paradigma de la solidaridad y que se hacen cargo de la mortalidad y la fragilidad humana para resistir juntos de otra manera? ¿Cómo ha de ser nuestro país, cómo queremos que sea España, Europa y el mundo tras el coronavirus? ¿Qué clase de mundo habitaremos cuando pase la tormenta? ¿Qué es ese aspecto de lo humano en la humanidad y qué es eso natural en ese término ambiguo y polisémico de naturaleza que queremos conservar?20 Esta es una pregunta sobre la que la mayoría de los que seguimos aún afectados por ella, carecemos de respuesta pues el peso del pasado aún predomina demasiado en estos tiempos de incertidumbre. En todo caso, y a modo de conclusión, creemos que es importante recordar que un estado de alarma no es un proyecto político per se21, es una situación 20 Miguel Grande Yáñez, “La mutabilidad del Derecho natural”, Bajo Palabra, 27 (2021), pp. 257–272. https://doi.org/10.15366/bp2021.27.013 21 Por más que haya quienes quieran establecer, como establece el marco teórico agambeniano, una relación entre la emergencia del COVID 19 y la conceptualización de un estado de excepción global y permanente que “no se superará con el final de la pandemia, del mismo modo en que no inició
80 Delia Manzanero Fernández Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales, año 25, nº 52. Primer cuatrimestre de 2023. Pp. 61-81. ISSN 1575-6823 e-ISSN 2340-2199 https://dx.doi.org/10.12795/araucaria.2023.i52.03 impuesta por necesidad, por eso es necesario pensar qué pasará después de que las restricciones de la libertad sean la prioridad por motivos sanitarios. Debemos estar preparados para alumbrar las cumbres y los nuevos escenarios de futuro que ya empiezan a perfilarse. Allí donde el peligro o la amenaza de futuras crisis sanitarias o económicas se convirtieran en algo regular, en la “nueva normalidad”, crecería con ellas la política dirigista que suele darse en fases de estado de alarma que, con el pretexto de evitar el desastre, terminan por regularizar lo que es aún mucho más desastroso todavía: como es la tendencia a implantar cada vez más modelos de autoritarismos legitimados por la situación o modelos donde la desigualdad social y la falta de recursos básicos sea la tónica general dada la lucha por la supervivencia en un estado de naturaleza que, de prolongarse en el tiempo, podría tener duros efectos secundarios para las sociedades democráticas, un dilema irresoluble que amenazaría con convertir medidas extraordinarias del estado de alarma en el paisaje costumbrista del estado normal. En nuestra mano está determinar qué libertades querremos recuperar y a qué derechos sociales y civiles no estamos dispuestos a renunciar. El potencial político de una catástrofe como ésta y la ocasión que representa la mala noticia de una crisis para crear o reinventar nuevas oportunidades, quizá nos sirva para alumbrar un nuevo mundo que, quizá ya existía, pero que ahora se nos ha abierto de manera abrupta y violenta. con ella”. Guillermo Duque Silva y Cristina del Prado Higuera, “Agamben tiene razón: COVID 19 y estado de excepción permanente”, en Bajo Palabra, 27 (2021), p. 108. https://doi.org/10.15366/ bp2021.27.005
81 La lucha por la supervivencia y la creación de un nuevo pacto social común: una prueba hobbesiana basada en el case method de L. Fuller Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales, año 25, nº 52. Primer cuatrimestre de 2023. Pp. 61-81. ISSN 1575-6823 e-ISSN 2340-2199 https://dx.doi.org/10.12795/araucaria.2023.i52.03 Bibliografía: Atienza, M., El derecho como argumentación, Barcelona, Ariel, 2006. Duque Silva, G. A. y Del Prado Higuera, C., “Agamben tiene razón: COVID 19 y estado de excepción permanente”, en Bajo Palabra, 27 (2021), pp. 105–124. https://doi.org/10.15366/bp2021.27.005 Fuller, L., “The case of the Spelucean Explorers”, en: Harvard Law Review, Cambridge, Mass., EE.UU, vol. 62, no. 4, 1949. [Traducción al español: El caso de los exploradores de cavernas, trad. de Genaro R. Carrió y Leopoldo J. Niilus, Buenos Aires, Abeledo Perrot, 2002]. Giner de los Ríos, F., “Acerca de la función de la ley”, en Boletín de la Institución Libre de Enseñanza, LVI, tomo I, (1932), pp. 33-41. Grande Yáñez, M., “La mutabilidad del Derecho natural”, Bajo Palabra, 27 (2021), pp. 257–272. https://doi.org/10.15366/bp2021.27.013 Gray, J., “Adiós globalización, empieza un mundo nuevo. O por qué esta crisis es un punto de inflexión en la historia”, El País, 12 de abril de 2020. Disponible online: https://elpais.com/ideas/2020-04-11/adios-globalizacion-empieza- un-mundo-nuevo.html?ssm=TW_CC [Fecha de consulta: 15-04-2022]. Hobbes, T., De Cive, Madrid, Alianza Editorial, 2000. Lanceros, P., El robo del futuro. Fronteras, miedos, Crisis, Madrid, Colección Pensamiento 21, Los libros de la Catarata, 2017. Manzanero, D. “Krausist’s criticism of the European imperial nationalism doctrine”, en Human Affairs. A Post disciplinary Journal for Humanities and Social Sciences, 32 (2022), pp. 39-47. https://doi.org/10.1515/ humaff-2022-0004 Peinado, F., “Los correos internos de la Comunidad de Madrid que denunciaron las muertes ‘indignas’ en las residencias”, El País, Fecha de publicación: 20/05/2020 https://elpais.com/espana/madrid/2020-06-04/los-correos- internos-de-la-comunidad-de-madrid-que-denunciaron-las-muertes- indignas-en-las-residencias.html [Fecha de consulta: 05-06-2022]. Ramos Pascua, J. A., La ética interna del derecho. Democracia, derechos humanos y principios de justicia, Bilbao, Editorial Desclée de Brouwer, 2007. Sandel, M., What Money Can’t Buy: The Moral Limits of Markets, New York, Farrar Straus and Giroux, 2013. Traducción al español: Lo que el dinero no puede comprar, Barcelona, Debate, 2013. Zapatero, V., “Alarma y democracia representativa”, El Diario, Fecha de publicación: 30/04/2020, Acceso online: https://www.eldiario.es/ tribunaabierta/Alarma-democracia-representativa_6_1021957841.html [Fecha de consulta: 01-05-22] Unamuno, M. de, Niebla, Barcelona, Vergara Editorial, 1961.