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Señora. Segunda vez á los pies de V.M. se postra la parte del Maestre de Campo Joseph de Salzedo, si bien con mas esperaça, mas ofendida su honra, opinion y credito pide no la vida, que quien la supo arresgar tantas veces en sefvicio de V.M. ... execut

Salcedo, José de

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SEÑORA x. S Egunda veía los pies dé V.M. fepoftra la parte <lel fdaeitvc deCanapo jofeph de Salzedo:fi bié «on ma* eí'peráfa, utas otendída fu honra,opinión, y crédito, pide, no la vida, que quien la fupo arrefgar tatas vezes en férvido de V.M.y cófervar fu crédito,mejor la diera por ¡a mas preciolTa.Exécutofe fentencia de muerte con fobrec ¡orito de traidor al vaíallo mas humilde, mas quieto, y mas aisrftente á las justicias inferiores, que fe á reconocido en las Provincias de el Perú, en efpacio de quarenta anos, cj amable de todas ellas las habito, y no fe halló letra efenta de jufticia contra ¿1, ni judicialmente compareció anta gúna > hie b muerte mas iaftimofa,y tan ccnfible de todo c Reyr*ü 3 que haftaoy fé á experimentado: dudab la caula de tamaño cáftigo éxeeutado en <Juie¿i tenían por iaofen* te j no fea dado rajen de ella > ni losjuezesla quieren dar^ quiza porq no fe califique lo íncul pado defte vafallo, pues auiendofe deipachado Real Cédula, para que fe tra ^j C Í J les Autos,no le á podido confeguir,fino**que V. h a quié ¡ oí primer atributo toca el patroc; io de fus íubaito», defpache fobrecarta có todo apremio, para que dicho* Au¬ tos fe ¿raigan haciendo nubiolablcs íus mandatos.\ aunque como fe a reprefentade en los Memoriales del Capitán Gaf par deSalzedp,fc podía recelar fe reformaferilos Aotos(cofa increíble ) ni que cabe en pecho humano, fe h^ra breve j relación de ellos, ahí para que vena$ ~o#cia de V. M.co- * *no para que te lepa fe tiene ihrf.f; - délo prcccflado,y las depoci(sienes de los teftigfe, en procede con tan-|^ tac5£anjajquequandoffidiefe^|feídtódos lo* cargos^- injuftamentelc le imputar eran iuñcicntct?; para para quitarle la Vida. Pero mayor fue fu defcoíuelo (fi co la celeridad de !a execufion dieíTe lugar á imaginarlo) cafo raro, que fin tefiigo alguno de vifta,quedepufieífeeiveontra, no folo fe procedió á confricación de todos fus bienes, aun antes de íer proceffado^conio confia de teftimonio da¬ do en cí Cuíco, que á fu tiempo fe preíentará* fino a conde¬ nación tic muerte declarándolo por traidor á fu M. negán¬ dole la miftna deféfa natural, y privándole de la apelado, y (aplicado au en quáto ala calidad del finembargo; para i] fe hizieffe mas formidable, y efpátofa tá agria fentencia. Pata fatisfacion de toda fu califa,y que U. M. ledieífe en todo por libre,no era ñecefl'ario mas, que reconocer el mo¬ do de pro ce ífar, puesaviendo precedido lacaufa del Capi¬ tán Gafpar de Salzedo, y gravadole con cinquentay ocho cargos,fin otros que defpues fe le impufieron,fin que deftos refültafe indicio, ó delito contra el dicho Jofeph,y loque más es, ni en la caula general,que el Virrey hizo por vn Au¬ to jque le principió por decir convenía al férvido deV. M. averiguar los fuceíTos,frac 2 f os,y alborotos,que en el afsien to de Puno avian fucedido para caftigarlos, fin embargo de que defpues fe reduxo á cargos,y capítulos efpeciales,y que en eños fe nombraba al dicho Jofeph de Salzedo en algu¬ nos cargos: por ver fi los teftigos le combiciabá en ellos, no pudo hallarfe en alguno complicado. Paffó vltimamente dicho Virrey á la Provincia de Puno, donde vu hombre fadnorofo,y delatado publicamente an¬ te la jufticia por perpetrador ú i atroces .delitos, y agreífor de dos muertes alevofas, executada la vna con arma de fue¬ go en vil miferáble Indio,y otra á yn cuñado íuyo de vn balafo,y otros que no avia purgado, ni fe avian llegado áfentcnciar,dio vn papel en fecreto al dichoVirrey(que aun ci¬ ta defenfa fe le quitó al difunto,haciendo alevofa íu caula, pues file huviefe manifeftado fe huviera dado la mayor ,y mas concluyente) exprefando en el Don Juan de Molina (que afsi fe llama eñe hombre) que el dicho Jofeph de Salzedo ella va complicado en los demás cargos de fu hermanea y pavo aflegurar mejor fia venganza,y executar fu traición, concitó el animo del indignándole contra el dicho « cjuuuívj Jofcph ? poniendo tai írpor cargo,que avia tratado*qu£ lalieicn los fe avían halla Jo en la jitñfa cíe fuíiaca, y o* tros que le ha lia van delinqucntes al parage que llaman las LagunlilaSppof donde avia de paffar dicho Virrey có fu g£. te,v que apremiada ^ y compelida efta, les otorgafe nerdom general * Con efte informe fe moftró el Virrey ayrado, y eípantd* fo,y comenf o á examinar fceftigosfde que tambié l^dio me¬ moria dicho Don Juan de Molina) tiendo todos de fu afec¬ to, y devoción, y recibiéndoles el juramento,fi decían alg<* en favor del dicho Joícph de Salzedo,ónolos examinava, ó le omitía la circunftancia favorable* y viendo el tal Moli¬ na, que faltavaá lo prometido,y q no podía aiuftar las de¬ claraciones de los teftigos como con venia para condenar al dicho joleph de Salzedo, los contimidava, dicicndoles exprdamente,que jurafíen contra el Reo, que afsi darían guf- to al Vil rey,y que de lo contrario experimentarían f u rigor y caftigo* En que debe advertir V, M. que efte era jufti c i a mayorenelafsientodePuno,hacia oficio de Corregidor, y no conocía fuperior, fe hallava favorecido del Virrey, del Alcalde de Corte,y del Fiícal, con quienes afsiftia a todas oras, y folo tenían buen partido los que á él fe le arrimavan 9 fin que alguno pudicííc efperar otro amparo, A la meditación de U.M. queda calificar como ííegariari a deponer los teftigos, y que declararían por quedar libres^ quandoal mifmo tiempo experimentavan, que los que no eran de fu facción,y afedio por fia informe fe prendían en el Caíhl!o;que muchos experimenta van el vltimofuplicio > y algunos el del deftierro a Chile, y Valdivia, Como lo arrojado defte hombre,y la forma de intimidar ¿ los teftigos fue publica, y noteria:dio el ínjufto preífo vn cfcntoal dicho Don Pedro García de Ovalle Alcalde de Corté* qué auia de fentenciariy determinó la caufa,dicien¬ do en el,que como fe permitia queDon Juan de Molina in-* duxcfe teftigos amenazándoles con el rigor del Virrey, expreftadole las perfonas q fe hallaró prefctcs,y para q fe exa- ¡ annaíTen, que pues era Juez chriftiano reprimiefe íemejan* j te arnjo; á que refpondió,que no lo j^iajemediar. También fue publico en la niifiha’pcafio^,quc amenazad do en la forma referida ávn teftigoJfefáthtedeDonManuei 0* de para quitarle la vlaa.Péro mayor fue fu d¿feofuelo (fi co la celeridad de la execufion dieíTe lugar á imaginarlo) cafo raro, que fin teftigo alguno de vifta, que dcpufieííe en con¬ tra, no folo fe procedió áconfilcacion de todos fus bienes, aun antes de íer procefiadc^como confia de teftimonio da¬ do en el Cuíco,que á fu tiempo fe prefentara» fino á conde¬ nación de muerte declarándolo por traidor á fu M. negán¬ dole la mifma deféfa natural, y privándole de la apelacio, y (aplicado aü en quáto ala calidad del finembargo; para q fe hiziefle mas formidable, y efpátofa tá agria fentencia. Pata fatisfacion de toda fu califa,y que U. M. le dieíTe en todo por libre,no era ñeceífario mas, que reconocer el mo¬ do de proceífar, pues aviendo precedido lacaufa del Capi¬ tán Gaí par de Saizedo, y gravadole con cinquentay ocho cargos,fin otros que defpues fe le impufieron,fin que deftos refultaíe indicio, ó delito contra el dicho Jofeph, y loque más es, ni en la cauTa general,que el Virrey hizo por vn A li¬ to-que fe principio por decir convenía al fe r vi ció deV. M. averiguar los íiiceflbs,fracafos,y alborotos,que en el afsien to de Puno avian fucedido para caftigarlos, fin embargo de que defpuc» fe reduxo á cargos,y capítulos efpeciales,y que en eftos fe nombraba al dicho Jofeph de Salzedoen algu¬ nos cargos: por ver fi los teftigos le combiciabá en ellos, no pudo hallarle en alguno complicado. \ PaíTóvltimamente dicho Virrey ala Provincia de Puno, donde vil hombre facinotofo,y delatado publicamente an¬ te la jufticia por perpetrador o $ atroces .delitos, y agreífor de dos muertes alevofas, executadala vna con arma de fue¬ go en vn miferable Indio,y otra á vn cunado luyo de vn balafo,y otros que no avia purgado, ni fe avian llegado áfentcnciar,dio vn papel en fecreto al dicho Virrey (qué aun ci¬ ta defenfa fe le quitó al difunto,haciendo alevofa fu caula, pues fi íe huviefe manifeftado íe huviera dado la mayor ,y mas concluyente) exprefando en el Don Juan de Molina (que afsi fe llama eñe hombre) que el dicho Jofeph de Sal" zedo efta va complicado en los demás cargos de fu hermano y par? aflegurar mejor fá venganza,y exccutar fu traición, concitó d animo indignándole contra el dicho Jof C ph ? p o niendd tám|^ppor cargo,que avia tratado v q utf tros que le hallavan dclinquentes al parage que llaman las LaguníÜaSppor donde avia de pafíar dicho Virrey có fu géte,y que Apremiada j y compelida efta, les otorgafe perdón general. Con efte informe fe moftró el Virrey ayrado, y efpsntó* ib,y comenf o á examinar teftigosfde que tambié le^dio memoría dicho Don Juan de Molina) íkndo todos de fu afee» to, y devoción, y recibiéndole^ el juramento,fi decían algo en favor del dicho Joíeph de Salzedo* ó no los examinava¿ ó fe omitía la circunftancia favorable$ y viendo el tal Moli¬ na, que faltavaá lo prometido,yq no podía ajuftar las de¬ claraciones de los teftigos como convenia para condenar al dicho joíeph de Salzedo,lo8Contin2Ídava,díciendoles expreíamente,que juraffen contra el Reo, que afsi darían guf- to al Virrey,y que de lo contrario experimentarían f u r [ g Q t y caftigo. En que debe advertir V, M. que efte era juftici* mayorenelafsientode Puno,hacia oficio de Corregidor, y no conocía fuperior,fe hallava favorecido del Virrey, del Alcalde de Corte,y del Fiical, con quienes afsiftia a todas oras, y folo tenían buen partido los que á él fe le arrimavan ? fin que alguno pudiefic cfperar otro amparo. Á la meditación de U. M. queda calificar como llegarían a deponer los teftigos,y que declararían por quedar libres* quaadoal miímo tiempo eXperímcntavan, que los que no eran de fu facción,y afeólo por íu informe fe prendían en eí Caftíllojque muchos experjnientavaji el vi timo fupl icio > y algunos el del deftierro a Chile, y Valdivia. Como lo arrojado defte hombre,y la forma de intimidá? ¿ los teftigos fue publica, y notoria:dio el injufto preflo va ciento al áichoDon Pedro García de Ovalle Alcalde de Corte* qué auia de feñtenciany determino la canfa,dicien¬ do en él,que como fe permitía queDon Juan de Molina induxcfe teftigos amenazándoles con el rigor del Virrey, expreííadole las perfonas q fe hallaro prefctes,y para q fe exa- ; aiinaffen, que pues era J uez chriftiano reprimiefe femejan* \ te an»jo, á que refpondió,que no lo gc^iáremediar. También fue publico en la mift¿»|^eafiop,que amenaza.' do en la forma referida ávn íanuel dé Andrade errado del Virrey,lé reprehendió q como ame* nazava á los teftigos, que fu amo folo quería que declarafen la verdad:!obre que vbo vndifgufto muy pefado, y fue pref ío el dicho Don Manuel. Efta,Señora,no tiene titulo de fugefti 5 ,o r ro de mas apre filio fe le debe dar,y porque no fe reduce la defenfa á folo lo refendojque bañara.Pafaré á hazer mención de los cargos, rita niíé ilando la fatisfacion, que miniftraron los autos (aun hechos en efta forma)f por proceder con mas claridad,q no E rá fácil por la brevedad del tiempo en el defpacho de Ar¬ mada, y quando fe juzga va poder hablar con los autos en las manos, como por indice fe difeurrira en ellos. Suponcfe por confiante: y fe podrá omitir por la noticia, que ya V. M. tiene,que el dicho Jofcph de Salzedo, yíu hermano eran dueños délas principales minas ,e ingenios del aliento de Puno confervado#l apreciado titulo por las ordenanzas de descubridores deltas, que las mas que en el aliento tenían auiari dado á perfonas particulares que las labrafen ; y aunque participavan de iris labores, el principal ¿ntereíado era V. M. por fus reales quintos. Tiene la rnifma certidumbre5 que la riqueza defte minéral pareció fer la mas copióla deftos tiempos, pues fojos los dos hermanos dieron de quintos dos millones, y fetctamil pcfosj conque les juzgavan por los mas felizes en la laboreé inquificion de las rmnas 5 por cuya caufa ie agrego la mas gétc del Reyno en efté afsiento, erfpecialméte la que llamavan fuelta,y libre,que cituavan lus alimétos en robar dichas mi¬ nas^ por evitar cfte daño precif an i los dueños á que íes 1 o corran con dineros,c intereffe en ellas,porque de otra fuer¬ te, ni las labrarían ni aífegurarian fus vidas;y efte genero de gente folo obftenta valentia, y denuedo para confeguii el fin de fu comodidad, fin diufar arro; 0,0 delito por obte* íierle. , 1 No es de inferior certidumbre, q con el concurfo de fe-* . mejante gente a y parcialidades que llaman vandoe, por la M di veríidad de Naciones, y por averfe atenuado la® riqueza# dePotoíi,y Lipes,y fitáfccido efta,con que fue mayor el nu* mero, y fe repartían TiUdifturbios, y pendencias antiguas^ c conftapor aeél&)uméro de teftigos de la caufa dé Jofeph,y Gafpar Je Salzedo,yde las repetidas cartas,qué al niiíino tiempo efcrivieron ai govierno, aísi los Corregido¬ res, y Goveriladores, como el Obifpo de Arequípaide dode fe infiere,que en eftos accidentes los que mayor perjuy- 210 padecen ion los dueños de las minas,por los robos,y eftafas que les hazen,y eftos inefcufables quando llega el ró* pimiento entre naciones,y vandos. Y es tan grave, y general eíle daño,que no folo alcanf a á los dueños de minas, fino áíu Mageftad,)'á todo el Reyno, pues de los difttírbios referidos ,élosdueños de minas las defamparán,y trabajadas por cfte genero de gente lifen ciofa,y peí didapcomó en cofa hurtada Ies roba las puentes, y quitan las barbacoas,dexan de íeguir las betas,y deítituidas de cimientos fe derrumban, y fe pierden dichas betas, fegando totalmente la guiare que fuele reful t ar impofsibilitarfe fu labor. Enefteconflito de inconvenientes á Adornas próvido el medio de patrocinar,y amparar á los dueños de minas, continuándolos con los de fu afefto, y abrigo, y echando á losq no tienen intereffe en ellas, por fer reboltofoSj y total¬ mente vagamundos; como lo hizo Don Andrés Flore* de la Parra, defterrando del mifiño alsiento algunos Bafcogados inquietos, y con fu aufencia fe mantuvieron en paz* y labraron dichas minas,haftaquelos introduxo Don An¬ gelo de Peredo,y volvioron á principiarfe los pallados dílgüitos Es tábie cierto > q auiendofe formado de los accidente^ referidos,muchos cargos áGafpar de3alzedo,afsi del dia de San Juan del año defefenta y cinco,como delde San Lucas del mifmo año, y de fíete de Noviembre; en ninguno deftos fe complicó al dicho Joleph de Salzedo, ni ávido Cor¬ regidor que aya dado del la mas mimima quexa. De los cargos que fe le hicieron ay vnos quepor el tiem¬ po fe fwponen cometidos antes de la promulgación del in- ; dulto,y otros deí pues de fu publicación; y aunque es afsi c] fe pudiera paliar a la íatisfacion de los que fe le imputa co¬ metidos defpucs dé dicha publicac/on fe difeurrira breve- §' ■ mente por todos: porque lapafsióh'xio los juzgue indifolubles. PRIMER CARGO. * E L primer cargo fe le forma de que fomenta va el mifino feqttito que fu hermano Oaípa-r de Salzedo,y que era cabera de vanelo, y que fuftentó la gente de Ju¬ liaca. En elle cargo reparará qiial quier íurifperito , que folo fe pufo eí rotulo de cabera de vado porque huvkífc algún teíligo que fe deslizare en ella nominación, como fi baila* ra, que los teftigos dixeffen con expreíion-, que era cabera de vando,puesel ferio le eonftituye por^ftosindividua¬ les, y diciendo el teíligo en quales, y en que ocafion,y ellas ,adaptarfe al punto de derecho,que le difine,ó deicribe pof el Capitán elegido de todo el ^ando ó junta,para ofender á vnáRepubIica,óPueblo.VeaV.M.fi ay algún teíligo que aya dicho de jofeph de Salzedo,qüe los de Juliaca leeligieron por Capitán,para invadir el afsiento de Laicaeo-« ta:y qtiando en los cinquenta y ocho cargos de fu hermano Gafpar,que los rotuló el Fifcal de la caula de cabera de va¬ do,en tiempo, accidentes, y ocafiones, que la nación Vaícongada cílauaopuefta á la Andaluza, y Criolla ( y con el fentimiento de la invació en el afsiento de Laicacota pror¬ rumpieron fus paíiiones por eferito, ¿ informes exti ajudi¬ ciales ) no vbo vna letra contrajofcpii de Salzedo ,y quiíb al primer golpe culparle con el de cabera de vando. Y en elle cargo, y en todos los demás fe advierte,por no volberlo á repetir,que fe procedió có tan terrible apremio, exce¬ diendo de fugeílion,que fe íino culpavan a dicho Jofeph de Salzedo, le nombraran al teftigo expreífamente para qué le cúlpale,circunftancia que totalmente quita el crédito a los teftigos para que n,o hagan fee, ni aun indicio confor¬ me á derecho* , Viendo dicho Fifcal que la acufacion genera! no laveft tiá deíuficiente prueva, lareduxo á algunos a¿tos particu¬ lares, poniéndole por culpa,que Jofeph,y Antonio de Sal¬ zedo fus hijos naturales, focorrianla gente delajunta de Juliaca, como íi el delito del hijo le cometieííeel padrc:y para eftacomprovacionfc vallo de la declaración que hizo • , Don § : Don Juan de Vargas, cien leguas de diftancia deLaicaeotaal éxecuta riela Sentencia de muerte,y e l dicho Var¬ gas da á entender,qué Jofeph,y Antonia de Salzedo fus hijos fotorrian á dicha gente. Y efta declaración lo primero fe hizo fin citación del áu cho Jofeph de Salzedo, con que ni hazefee, ni indicio có*; tra los referidos; Lo otro, porque fe traxo al proceílo ya concluía la cali¬ fa,y afsi no fe mencionó en ella por eferito. Demás, q lie el dicho Donjuán de Vargas nodizeque vio que el dicho Jofephyy Antonio de Salzedo pagafifen dicha gente,y quando Cq ue í c niega) lo hizeffen con dine¬ ro,que dicholoíeph dcSalzcdodiefíe a fus hiios para fuftetarfé, y ellos lo ^difiribuyeifen en fus amigos,^ por otra ra- £on,no induce prucva,ni indicio contra el padre. También fe vale dicho Fifcal de otra declarado de Gre¬ gorio de Morales,que de claró fin fer citado Iofeph de Salzedo,con que no haze indicio j y esinverofimil loque de¬ clara,que en fu preferida,y en la de Don Angelo de Percdo conidio Ioíeph de Salzedo auia dado feis mil pefos pa¬ ra el focorro de la gente de Iuliaca,pues no es creíble, que delante del mi lino Corregidor contra quic quieren fe aya formado la junta ; manifeftafe fu delito fin apremio. Corroborafe lo referido, conque a viendo llegado a la Ciudad de Lima Don Angelo de Peredo, y dado dilatada relación de los culpados en dicha junta,y de los que juzgava la fome tavan,no menciona al dicholoíeph de Salzedo encircunftancia tan agravante. Y vitimamente el dicho Gregorio de Morales eftá tachado por borracho. El Fifcal no omitió circunfíancía para prueva defte car¬ go, y fe vale de dos declaraciones de Donlua» de Roxas,y deD.Iuá de Molina, q depone comoDonAngelo aviapref fo al dicho Iofeph de S alzedo; y como el Cielo quiere fe averigue la ignofiencia defte hombre, no reparó en queeftavan contrarios los íeftigos. pues Don luán de Roxas dize que Don Angelo prendió k Iofeph de Salzcdo(quanda fe fue fu hermano al Cu feo) recelofo de que también no íc aufentafie^yDonjuán de Molina, que ocho dias antes,que los de Juliac^ inuadieífen el afsiento, aviejado durado c Bt COHj «4 los cargos a que áfcfttó la Artillería. Tan fuera eftá la parte de jofcph deSalzedo de que eñe fea cargo,, que antes lereprefenta por mérito á la piedad con que V. M mira las acciones de fus vafallos, pues infor¬ mado de la verda, le concederá el lugar, que eniueítimacion merece* y lo que refulta es, que con diez y fíete teftigos que diaíofeph de Salzedo, de que aviendo fálido los Bafcongados derrotados del afsiento de Cailloma, bolvieronáhazerfegunda)unta,ycongrefíb en la Provincia de Condefvios de Arequipa, donde pidieron lesamparaííela Jufticia,y hallándole ya con numero de gente Bafcongada, y de fu facción afaltaron el Pueblo de Lampa,que diña del deLaicacota io. leguas,quitaron sop.pelbsal Cura, e hizieró otros robos, de que hizo cabera de procedo D. Fran¬ cheo Telia Corregidor deña Provincia, examin 6 teñigos, y remitió la información con vna carta al Real Govierno, queeñá á fol.2^y. del q. deyl de Septiembre de 1667. y el a uto, é información eftá á fol . 2 5 4 * figúrente del dicho q. donde con tGda -xp.rcftion motiua en el íc examinen los teñigos, fobre la u nta de losqu 1 pretenden invadir el affiento dePuno ;y con tfta no iciaique también le participo al dicho loíepL o* Salzedo como a Maeftre deCápo del a A fiento, todos los k habkava^perfonas porte,de fupoficion, y caudal, previnieron al dicho Iofephde Salzcdo rccogicífe la gétc,apreftafle el Fuerte,y le acabañe,pro¬ metiendo cada v.no íocorros,y dineros para hazerlo, como confta.de las declaraciones delSargentoMayorPedro Gar¬ cía Baquerocl CapitáMartin dé Vedares, Manuel de Caftro,Fabian Rodríguez, Capitán L). Andrés González de la Fuentc,Oapitan D.Juan de laBarreda,D.Francifco deFigueroa,D. Francifco Plomero,ElMaeñrc de Campo Don Jacinto de Guzman, p\ Capitán Don Gerónimo Lobato, y luán de Aguilar,tódasperfonashazendadas,é interefadas en Minas,y Mercaderes. Con eño perficionó elFuerte aliñó la gente, y refpondió al General D. Francifco Tello de Guzman Corregidor de Cavana ,y Cavanilla ( donde ^hay a cR dicho congreflo)como ya tenia difpueña aclh l 'j ctc P ara * a ^ c ^ e u f a de Puno, y que para ella fe avian ado WPefefudas,y el Fuertc, confta de dicha carta á wkMttEm - \ . foi. 0 ) 1 $ fol .62. del ^.q/prefentadaenlacaufadé Gafpar deSalzc-, do. Efto hizo como j ufticia mayor,y a quien imcumbia primera, y abfolutamentc, en que delinquió? Quien hizo lo q pudo? Y le pareció licito, fegun lo antecedente,y con permifl'o para hazer dicho fuerte enrefguardodepueblode tanta importancia paraV. M. y que fe le auia encargado; para cuya fupociision fe advierte brevemente,como avien* do entrado ágovernarle Don íofephdc Avellaneda, dio aviío por carta de 9 de Diciembre del ano de 1 6 66 . como ie hazian juntas de Balcón gados, y otrasNaciones en el de Caillomajy que rczelava fus hnbacioncs,yque tenia por medio mas eficaz hazer vn Fuerte, que le tendria a cabado paraNavidad del mifmo año. Y efte medio fe eligió,y a p r o « bó por el acuerdo, y fu auto de 29. de Diciembre delmif- 1110 año,y fe 1c diñ facultad de hazerle,ypreeidiarle,y e n ta conformidad fe le eferivió car» a en 1 de Enero de i6é7.yapretandolasamena^asdeaichosBafcongados,y juntafinftaen eliriifmo medio dicho ). jofeph diciendo, perheionará el Fytierte, obra tan granee, y de tanta confequencia, que áflegurará la qnietuo que fe n las palabras de liicarta^lüegoíi eftofe reconoció por ei remedio vnico ,y feguridad del 'dicho afrento* en que delinquió quien á fu cofttale acavó? Corroboran lo referido las cartas de ; ho Genérd D. Francifco Tello de 18.de Diziembre ütl año de 1666. avilando del vi timo congreíío en fuCorregimieníio dé Cavana, y Cavanillat, y ya como obra permitida por él Govi* emo, y de fumma necefsidad, dize embió á cortar Madera para 1 n f abrica, p o r fer dé gran fervicio de fu Mageftad. Y en otra carta de iodo Enero de 1 66 j. pondera el daño de que no fe aya acabado faltando tampoco, y que aífeguraria la paz,y teforo, ofreciendo,que Gafpar,y Jofeph de Salze-- do, y los demas dueños de Minas, pagaran de muy buena; i ganaloqcoftare elprecidiar efte Fuerte para eonfeguir la quietud, y labor de ellas. En efta conformidad publicamente fe acabo dichoFuer te, pufieron en el las Piceas de Artillería,y guarriiciendolc con 40. goldados fin mas delito que hazer íu oficio, defen» derfu Pueblo,y hazienda, O 2 Tic’ Tiene otra no inferior ra^on que califique fu vtilidad, pues los de la dicha junta de Cavanilla reconociendo pre¬ venido el afsiento,y defendido con el Fuerte, trataron de ainiftarfe con los del dicho afsiento, pidiendo por condi¬ ción del pafloíe demoliefe: con que reconocerá U. M. fi elle fervia de defenía al Pueblo,y embaraza va la invacion, pues le querian quitar la vida con pretexto de amiíiades, quii á para executarla con menos dificultad. Y lo que no tiene convencimiento es, que aviendo ido d Virrey, y demolido la Población del dicho afsiento de Laicacota, que fe componía de mas de gp. cafas,y templos, dexó inta&o,yprecidiadodichoFuerte con 5o.hombres, y las mi finas Peí'eíuelas,y leíufíenta haíta oy, finque á lafazó huviefle alvoroto,ni concurfo deNaciones,d aísiéto quie¬ to, yíinla riqueza demctalesque ocafiona los difluí bios; luego fue mejor acavarle para evitarlos, y defender el alfiento. Gomo Señora, fe dá titulo de traidor á quien afsi fírve á U. M.áquienle defiende fus Pueblos, ylgafta fu hazienda en conferirlos, le p. efidia con vn Fuerte! fu coftajá quic en los años antecedentes ael revdión de los Meftifos de la Ciudad de la Páz ,quando debelaren fus Provincias,mar¬ chando para dicho afsiento, les falló al encuentro, impidió fu afalto, quitó la vida ¿muchos, y executó fentencia de muerte en otros, prometiendo íit hazienda al que le truxefe la caufá del que fe nombravaCapitan Genera! de dichas Provinciasj y aora por defender fu Pueblo, hazienda,y vi¬ da, fe la quitan innnominiofamente. Contra que Pueblo afeito la artillerria de dicho Fuerte? Que refiftécia caufó, con fu fabrica .^Quédanos ocafionó perfiiáonarle? Sino es que fe diga qne erró en no colocar las piefas en las bo¬ cas de fus minas, y las de fu hermano, hazer fuertes en fus Ingenios, que pudieran para defender fus vidas, y haziendas pues los que adminifiravan jufiicia(debaxo de cuyo patrocinio fe deben prometer toda feguridad los Uafallos deV.M.) fe házian parciales abanderizando fe con fus anu¬ os, y enemigos, y con los mifmos que les querian robar, y Hmtar fus hazieodás^y'Vidas, de que confia plenifsimainenaño de C ^ e Gaí P ar Salzcdo hablando (en carta del •defoLii j.q, 3*)D* Jofcph de Avellaneda,de P ***&•* Don k ij Don Angelo dePeredo,y otras jufticias de Arequipa, Cadeíuyo s, y San Antonio, dize, fe acierta á governar quando las jbfticias fe hazen parciales , y mefclan la vtilidad pu¬ blica con la particular: y en otra de 9 de Febrero de 66 y . 3. q. refiere, que las de Arequipa* y demas Provincias pa¬ trocinan dichas juntas; q fue el motivo que tuvo el Filcal Pon Juan Baptifta Moreto para contradecir á Don Ange^ lo de Peredo, que fuerte por Corregidor á Puno, verle pa¿ yien te, y amigo de los Balcón gados. Y vltimamentc,quejufticias de V,M. pidieron al dicho [aieph de qalzcdo entregarte el Fuerte por fer en peryuyzio dei Reyno,Provincias, 6 Pueblos de V. M. que fon los términos en que el derecho repruevafemejantcsfuerfasjy Fortificaciones; y no baña el íabricarlas para imponerles pena,porque es necefíaria refiftencia al entregar] a s : f C g U n la ley recopilada.con efte cargofque aora fe reprefenta por merito)calificaron por traidor al difcho Tofeph de Salzedo s fin que fe aya vifto la mas mínima deilionfiracion contra los que tumultuando con armas ofeníibais de hecho invadiera el a isiento, robando las minas dé Gafpar, y Jofeph de Sal¬ cedo,y el defender éfta invacion *Y no querer experimen¬ tar otras.con ordenes del GóVk :no - , propuértas de los* que adminiftravan jüfticia)que todos infiften en qüan neceííaria es la fabrica del dicho Fuertecomo D. Jofeph dé Avellaneda en carta de 9. de Abril de 1667.a fol. 15 8 del 5. q. y las demas citadas) es traición, y crimen Ixfíc maierttatis| Y no lo es en los del vando contrario, que fin interefleatgunó,ni fer dueños de minas procuravan apoderarfe delasagenas. Viendo elFifcal de Lima quan corto fundamento era el del cargo antecedente, fe Vale de otro fubterfugio,fupo Hiendo queDon Francifco Tello requirió á Jofeph de Sal¬ cedo con los de la junta de Cavanilla para que demolieffq el Fuerte, y dexarte el puerto de juñicia mayor. Picconozca aora U. M. al lado d que fe inclina el Fifcarpor folo gravar a dicho Jofeph de Salzcdo, eligiendo la traición pormetito,y dexandoelíervicipde U.M. pues los de la dicha junta querían invádjr cí afsiento, y para afe^ gurar mejor fu intento* pedían fe quitare el Fuerte, como B/ . que* ÍS queda advertido,y confia de vn papel prefentado en la cait íá dé íoícpii de SalSedo, á que fie añaden las declaraciones de los teñigos del Fifcal,pues Fernando de Ledeima entre otros en la 3. pregunta añadida dize,como vio que los de la junta de Cavana,y Cavanilla enviaron á dezirá los del afsiento, que pues eran amigos, para que acaba van el Fuer¬ te? Reconozca V. M. íí importa va á la defenfa del afsiento fuperfeccion,y da va cuy dadogto a los tumultuantes, y con¬ gregados para invadirle,ypor lo menos el quitar vn Corregidor aprobado por elGovierno por inftancia folo de losíacinorofos, 110 fe excluye de notable violencia j á que refpondio el dicho Jofeph de Salzedo, que vno,y otro haría de muy buena gana como felomandafe el Real Go¬ bierno, y advirttendo el cuy dado que e! Fuerte davaálos de dicha junta (aunque por entonces fufpendieron el a fal¬ to^) recelando fu traición, perficion6 vltimamente elFuertejeomo queda dicho para defenfa del afsiento,y fus haziédas. o f tafo cAfio: E Lo&avocargofeRím ule quefiendo jufiiciamayof Joleph de Salzepo,hizo lacar de la cárcel á D Jofeph y á Diego de Herrera* Efte cargo 5 fegun la alegación del Fifcal de Lima indu¬ ce de él, que los prefos eran de la junta dejuliaca,y que co^ tinuó favoreciéndolos. Reconozca qUalqüiera buéjuyzio culos delitos que eftriva eaufa tan grave, que declara pof traidora Jofeph de Salzedo ,pues necclsita de efte afsilo, como (i el que es juflicia mayor rio pndiefle lacar vn preño quando la pi ifion fe origina del difgufto que entre los reos auia,fin intervenir muerte,ni otro delito confiderable,fino ¿vn corto hurto jlos teñigos q fe examinaron fuero losmif- Irnos que fe juzgar Ó ofendidos: Domingo Pantoja, Alonfo d i I orres, Diego CallaíTo,y otro Antonio de la Cruz, to¬ dos in timos amigos, y paniaguados de aquel Don J uan de / Molina, tachados por tales; y lo que mas es no fe halla teft\g° ? que cornprqeye'eñe cargo 7 a n t es,fi fea verificado COui ° e ¡ dicho Salzedo no afiftió á lacar eíío$ BÉ| i prefj prefos, ni trató mala Bartolomé de Torreé porque Írr*pi« dieíTe el Tacarlos, y arique le pufo vnos grillos, fue por aver reñido con otro,qllamavan el Tabaquero.Eíie.cargo cali* fica los méritos de la caufa, pues quando fe dexaífe fin fatif. facion no la agravara. NONO CA%GÓ* , | j A T nono cargo fe funda en que el dicho Jofedh de Sal- J|_ j zedole hizo dueño del Fuerte,prefidiandolccon gé*< te de guarnición,y que la tenia prevenida con pólvo¬ ra, valas,y gcte para refiftir á la que llevava el Virrey, Gen* de de Lemos quando fue á la Prouineia de Laicacota. Eñe cargo no necefsitava de mas fatisfacion 5 q u e lajlmeda dada fin introducirfe á calificar la paísion de í 0s enemi¬ gos, y la facilidad con que fé admitieron fias depof s i c ¿ 0 ¿ ñes. Y folo fe pondera, el que efte cargo fe leí imputafe a Jo¬ fedh de Salzedo quando para recebir al dicho Virrey, aca¬ bo vnacafa en el afsicto que coftó masde 16y.pelos, que fe la tuvo adornada dericas colgaduras, y telas,brocados para doceles,qiie cada vara le coftó 1 2 , peft s,y folo la colgadu¬ ra de la cama masde 2 y.peft la defpenía q 1c tuvo preveni¬ da 11 y-, peí os, fin 500, platillos de pi- - a para el Aparador de la Mefa, que fin lo que coftó la plata labrada importó el gafto referido mas de 4oy.pefos i Afsi inifrno compró vna hazienda de Ganado de Caftillaparael fuftento de los¡ foldados, y familia que llevava dicho Uirrey que habito la caía alaxada con el adorno referido, y fe logró el coi¬ to de dicha defpenía en el tiempo que afiftió en el afsiento dichoVirrcy.Ofrecefe á los ojos del entendimiento el pre-^ guntarfies creible eñe apaíionado á qi go en agafajarlc/Si derables de cafa,can agaíajo, para que f< No fe puede omitir lo que tantas* yezes fe ha repetida» M. quiená f ujliftificaqionlehadeperluadir quejo*'* íeph de Salzedo, que fe hallava fin defiío proprio 3 ni p¿u vM* / ' ti*0| iperfuadirfe humano pecho? aunque le le refiftiria,quien fe moftrava prodircfiftencia, para que gados tan coníMf ia,y lo demás referido? Yfi fe cofieífa eí arguye dicha rcfiftencia? trocinadorde los ágenos, que en las cruentas refriegas dé los Baícongados, émulos, y enemigos de Gafpar de Salzedo, y toda la Nación Andaluza (como bien lo íignificaD. jfoleph de Avellaneda en la declaración que hizo , y expoíicion de fus cartas del 3. 4. y 5 • q. de que confía en los au¬ tos de Gafpar de Saízedo) no tuvo reíquiciode culpa,ni en ellas intervino, faltando a la defenía de fu hermano, al afe¿to de fu nación por afiftir al que tenia fombra de jus¬ ticia, y las obras de parcial, y apafionado, como fe veri freo eldia7.de Noviembre del año de 1665. fiempre al lado de D. Angelo de Peredo,en la in vacion de los Bafcongados que truxode San Antonio D. Angelo al afsientode Laicacota. Y vltimamente en 40. años que habitó los Pveynos del Perú, no fe halla caufa contra él*, qué delitos auiade indultar? Que perdón auia de folicitar? Perorefponden también á eftos cargos las cartas del Obifpo de Arequipa, Jas de D. Jofeph de Avellaneda, y demás Governadorcs ,3 fus haziendas, y riquezas fon enemigos invencibles délos Salzedos. Para fervir á V. Ni. y que gloriofamente go$aíTe defte vaflallo,no era neceífario medio tí afrentofo, quien fin pe^ dir ofreció mas de t oog. pefi fi importafe al fetvicio de fu Rey mejoran^ franqueara dos millones y medio en plata, de que le reconocían por dueño,fio el valor de las minas, c ingenio. El cargo referido,fe impufo generalmente de que fe hi¬ zo dueño del Fuerte, que le guarneció con gente ; y como en efte fue fácil la refpuefta del dicho Jofeph de Salcedo: pues como k Maeftre de Capo, y Jufticia Mayor,toca va te¬ nerle en efta forma, y que entonces fe pufo mas cuy dado ¿ porque en otros affientos vezinos (llamados Arumpampa, y Anuano ) fe hazia conpreío de gente para aífaltar á Laicacota ;y efta circunftancia provó dicho Jofeph deSalzedo con crecido numero de teftigos en la i<5* pregunta delu interrogatorio j y lo que mas es, verificó con los mifmos |Mercaderes, y hazendados del afsiento,que todos le pidie¬ ron guarnecida el Fuerte, porque no fucedieífe,quelos ^dc dicha junta cómunicádos con algunos del absiento deíprevenidamente Ye otxipafen,á que afsíftió el dicho Jofeph Hfel de de Salzedo con toda voluntad y pramptitud; ocurre dicho Fiícal ahílas primeras noticias dd dicho congrefo ,:que fe dieron por vil papel de Don J úan de Molina , capital ene-, migo del dicho joieph de Salzedo^ fueron por los mefes de Enero, y Febrero, y que el cargo fe le haze poraver guarnecido el Fuerte, el mes de Abril,y Mayo; íiendo aífi¿ que en la pregunta que fe le hizo, no procedieron con eíta diftincion, porque el animo erá hazerle culpado, bnfeando ápices de aparentes delitos para quitarle la vida. Demás* que no es delito Q ni aun en la apariencia ) continuar en la defenfa del ¿ H uertc, quando fe repetían las vozes de la jun¬ ta, y teman citos tumultos, alborotos, y invafiones ,tra£lu fucefsivo legua el crédito de fus minas, y Fus metales,pues qua ndo crecía la riqueza fe fu fe i ti van, y forra* van dichos congrclos, y quando fe promuígávano aver faeadudellos, ni riqueza,cefiavan las juntas* Y vltimamentc fehalláwdefendido Jofephae Salzedo cosí la declaración de Gabriel de Molina teftigo del Fifi* cal, y pariente del dicho Don Juan de Molina ¿ el qual con bella en elle punto del Fuerte, y pregunta añadida dei Fiícal , que el embió vn papel al afsiento de Laicacota* dando avilo comolequerian asaltarlos meztizos queeftávaafuera,y que entrando defpucs cfte teftigo en dicho aisiento,vi6comoel dicho Joieph de Salzedo tenia mas prevención, y cuidado con el Fuerte $ de lo qual fe veri¬ fica,que el prcfidiurle Joieph de Salzedo,fue por defender claisiento, no porreiiltiral Virrey ; y pruevafe efta cir-«j cunitancia con los mi linos teíligos del Fiícal. Demis, que ni fe provó, que Jofeph de Salzedo inteN vinieíf* en elle paito, antes huvo muchos teftigos del Fifí cal, que depufieron en fu favor; diziendo Don Pedro Teílez de Üalderrama, que avia hecho cxa&as diligencias con Don Matías Bohorques, y por fu perfona, en orden, i á reconocer fiel dicho Jofeph de Salzedo tenia parte ( por f fer fu enemigo J en io que le tratava de falir á refiftir á Jai gente del dicho Virrey, y que le hallo totalmente ino¬ cente. Jofeph Becerra , que defpues ¿je atormentado , y páf decido dilatada pi iíloa citando al pie del Suplicio dixo ¿¿ • - iHs - ai que en ¿Icargo ele la ¡junta, no Tolo no era culpado Jo* fephde Salzedo j pero que no labia de el halla que fe lo preguntaron. Ei vnico teítigo del Flícaics, Don An¬ tonio deCiíneros, qu^ aviendo declarado en favor de Jofeph Salzedo en iuconfeision, porverfile condenáva, le dieron primer tormento, y en el abíiielvefegunda vez al dicho Jofeph de Salzedo diziendo: que avia dos anos no le comunicáva, por que íiendo íu paiíano iocorriay favore¬ cía á otros , y á el no ^ y al dicho Chineros condenaron á muerte,y dos dias antes de executarla le atormentaron, y* a las primeras b licitas dixa: queíl yáavrS declarado,y ie le avia tomado la conféffión, para qué fie le hazia fegundo martino?que le quitaílén la vida, que no era judo culpaíTe á quicnreconocia inocente; profiguieron en el tormento, y por vífíino dixo: que Jofeph, Antonio de Salzedo, y fu padre Joleph de Salzedo , íoconian dicha junta; pero, ni eXpreliaquefuefiTe de vida ; c&h edo ceda ron en el tor¬ mento , pues ya parecía aver fatisfecho di defeo. Como fia las noticias de V. M* fe encúbriclíe , que conforme á derecho, no podia hazer fee, fiencD contra¬ ria á la primera, y á fu confelsion , puesporincfcifia doftiinaquando concurren dos declaraciones,folo fubfide la primera, mayormente en favor del reo. Pero la ítiprcma Magedad modró diverfos medios para calificar la ino¬ cencia de jofehp Salzedo : y aunque naturales , no pre¬ venidos por entendimiento humano ; piles llegando á ra¬ tificar al dichoD. Antonio Cifneros,refpóndio,que quei ia falvarfe,y que lo q avia dicho contra Joleph de Salzedo en el tormento, era fallo, por aver mas de dos anos quenO le comunicáva, como lo tenia declarado antes. Pudo tanto el encono contra ede miferable hombre, que faltando ala legalidad, íepufo la ratificación del tor¬ mento en 21 .dias del mes de Septiembre de 1668. años, aviendo fido atormentado en o o.del miímo mes, añadien¬ do lacircundanciade no aver fi rmado el dicho Don An¬ tonio,por no aver podido firmar. Y teniendo noticia el qud defendía la caula del dicho Joíeph Salzedo como D.Anto-i :nio de Cifncrosno fe ayia querido ratificar enel tormento, y que fin embargbielj^ifcal fe valia de la declracion del cor-* x trienio; exclamo vknaofc f in dcfcnfa, y que las definías de derecho no lele admitían ; lo qua] llegó a oydos deiUirrey, é hizo retirar del Suplicio al dicho Don Antonio de Chileros* y el dicho Fiícal pidió por vna petición, y ex p re lamente dize en ella , que culpó en el tormento á Jofeph Salzedo , y que yendole á ratificar fe deidizé de lo que tiene declarado , y que fe le bolvieífe á dar tor¬ mento, mandóleafsi;y en 26. del dicho mes, y año, le exorta él dicho Alcalde de Coi te; aquieti fe cometió di¿ cho tormento, a que no le retrate, y que fe ratifique en el primero, á que 1 el pon d i o dicho D. Antonio,queno tiene mas qué dézir 5 que lo que dixo en f u ratificación aquel dicho dia: que eia en e\ de 26.de Septiembre de 1668. proteftando , qué fi en el tormento dixer a algo fuera de lo contenido en dicha ratificación, era contra la ver¬ dad, y por no futrir dicho tormento i y qiie a/si l 0 d e ^ clarava, y dicha retratación, y declaración, hecha en iF a _ VordeJoíhptide Salzedo antes defte vltimo tormento no íe halla eri los autos, y caulageheral: q u e a f si hombraii álaen queéfüvau las dáfpoficiones del dicho Don An¬ tonio de Ciíneros,y otros ^aunque confia défte tercer tor¬ mento, y en el refiere, que en aver culpado á Jofeph de Salzedo,falto á ia verdad, fpen todo lo que contra el dixoen el tormento antecedente* y que también era faifa éldezir, que trataron losfediciofos dé falira refifiir áí Vi-* /rey; porque la verdadera íolo que dichos mozos fe áviari de retirar del aísiento de Laicacora,iendofe i las provin¬ cias del Callao* dexarido defamparadoel aísiento, y por éfic medio rendido#* intenta van confeguir el perdón. Tambiemdixo: que el averie guarnecido el Fuerte^ y pi e venido de gente, fue por la voz que corrió , de que los nieztizr s querían matar á los Andaluzes, y que lo qué en contra dixo, fue del variando eri el tormento. Defia .f declaración, que lela apropinqua el Fifcal, refulta ple¬ na provanfa en favor de joieph dé Salzedo, puesfiendo* teftigo contra prodiicéntem* plenamente prueva, y fe ha- ' ■ % lia verificad o, que jofeph de^ Salzedo prefidió el Fuei te: porque no aíaltaílen los deheongrefo él áfiento, ni nía- ¿aliénalos Andaluzes que avia eri él, y jo que mas es, ■ . 2 ' 2 . . , • ' ti ó" "" 5° , de Andaluzes:!? preíhme que fue para vnirlós 5 íaca<ido de* p rayadas confequeacias de premifias tar licitas,y h oneftás* Y en íatisfacion defte cargo, verificó ti dicfio jeíeph de Salzedo con veinte teftigos,íuyos:y los demás ddí dea^coíno ellos aa*os,)5^0LOpo(icioiies 5 y amigar lagente erá tóAo por efcüfar difuarvios > y para eftaperíuafcion iobian todos los teftigos referido s^y bafta por prueba lo que ha entendi¬ do ViM.de l a c aufade Gaípar ele Salzedo,y de efh,que ton los diíturviosceííávan las labores de las minas de Jofeph, y Gafpar de Salzedo: principales intereíados y no avian de fomentar lu ruma,y diminución de hazien da, demás de que el Fiícal no tiene en efte panto tcíhgo que declare fiquie* ira veroíimilmente en fu íávor( ni de vifta ) muchos, fi en el de joíephde Salzedo» CA%GG DEZIMO QUINTÓ * L O s cargos dezimo quinto,y deziüio fexto fe forman de que Joíephde Salzedo hizo prender al Licenciado Don Diego Vrrea, porque prefentó vna petición* dando noticia de los que tratávan de hazer dicha junta. Aque fe fatisfaze con que efte cargo no tuvo comproba¬ ción, ™ el Fjfcal expreflá,que D.Diego de Vrrca nombraífe áJoíephdeSaizedo. Antes Dona Margarita Velazquez Camargo, teftigo prefentado por dicho Fifcal,dize que vio como queriendo prender al dicho Don Diego deVrrea>ph* dió le llevafien á cafa de Joieph de Salzedo,para ampararle del , y defta fuerte pretenden equivocar el cargo referido* También Juan de MaIavia,mofo del fervicio de Don Juan de Molina jdepone d? vifta:y como teíligo inftrumctal,qüe la petición que prefentáva el dicho D.Diego de Vrrea^ vio queladióen lumanoá dicho Donjuán deMolina:que á la fazón eráTeniente,conque fe Verifica que no puede correr «1 cargo entregando dicha petición á Jofeph de Salzedo» CA%GO DEZIMO SEfTIMÓ 4 Í^L dezimo feptimo cargo* fe haze deque nodexává entrar en el dichpFuertela Juílicia j y eílp locomprueva* tó h que llevando Don Juan cíe Molina prefoa Don An¬ tonio de Andrade, recibieron en el Caíiillo al dicho Don Antonio,y no al dicho Don Juan de Molina. Eftc le convence con notable facilidad, £afsi porque en el mifino cargo Tapone el Fifeal^que el dicho Joícph Salzedo prendió aí dicho D. Antonio 5 y Telo entregó á D. Juan de Molina > para que le lleváfíe al Fuerte- y f c ? gn<>ra como Jofeph de Salzedo refifticflc la entrada á Donjuán de Mo¬ lina en el Fuerte,ni Te compadece lo referido, quiido entrávan á guardarle efquadr|* detodas Naciones,y afeólos. Y quita toda fofpecha*6ípolhi^si 0 j i .¿^Donjuán deRoxas, teftigo del FiTcal,que dize en el punto décimo, q ue vio entrar en el Fuerte á Don Antonio de Andrade,y que a D. Juan de Molina, le perdió el refpe&o Don JuandeMcxia Cartel laño del Fuerte:De fuerte quelarefiftenciá y no dexarle entrar, fue fola efta Jin que á ella afsiftiéíTe Jofeph dé Salzedo,porque eftemefmo teftigo dize,que defde elFuerte baxó Don Juan de Molina én bnfea del dicho Joíeph de Salzedo, con quien tuvo vna pendencia, muy reñida,originada de que los que fe hallávan con titulo deCavos, y Capi¬ tanes, y guarnecian el Fuerte, dezian que no avian de obe¬ decer á los que no tuvieffen Infignia déMilicia,por eftar fi* bordinados los foldados á los Sargentos; Alférez ^ y demás Oficiales della^y los Capitanes á las Maeftresdc Campo: competencia ordinaria éntrela Jufticia política , y militar* y aunque en eftadifeordia no tenia intervención el dicho Jofeph deSalzedo,por fu natural fumamente docil,y f uave, y enemigo deftas competencias, y amantifshnode la paz, pudo tanto fu riqueza, ó el defeo de ocuparla que atro¬ pellando ellas virtudes le quitó con infamia la vida. ca^go dezimo octavo: El cargo dczitno o&avo, fe forma, de que aviedo noticia que Nicolás de la Rofa, murió de vn bocado , y queeneíle intervino Jofeph de Salzedo, porque no íc conocí eífen los - teílimonios que dicho Nicolás de la Rofa avia dado á Gaf* par de Salzedo fu hermano. No dexó la malicia humana piedra que aQ^numefle para ': ÍUR'’ 1 - fundar la caúfa de Joféph Salzedo, pero la calidad de los cargos traerán á V-.M. conocimiento dél proceder del di¬ cho Joieh dé Salzedo ^ y dé fu inocencia ; pues todo el cárgo fe fúnda ealá declaración de Diego Gil de Léon, y efe declara,que tratando de hazer anotoniia del cuerpo de Ni¬ colás de la Roía, pidieron los Cirujanos 20 o . pdbs, reípódió Jofeph de Salzedo, fi fe han de pagar de los bienes de Nicolás de la Rófánó tiene Con que éntél rarfe. También dize eí teftigOj qué el dicho Nicolás delá Roía , iiiünóde bocado, porque eftándo enfermo fe lo dixo entonces. Y con la confefsion del diefeo Acolas de lá Rofa, eicufaVá otra qualquieráprúeva.Reconozca V*M. laprueva defte cargo, y el arrojo conque oponen vn aíleíino^ fin mas mo¬ tivo que el defleo de que pereciera, y fe le quitafle la vida iefte inocente. CJ%GO 'DEZIMO NONO> E L cargo dezimo nono, fe haze de qtíe llegando vn dia Juan Fernandez de Heredia, donde efta va el dicho j ofepli de Salzedo, apaciguando á los de vná penden¬ cia (lüpone el dicho Heredia) le dixo apellide v.md. \á Voz del Réy> queáqül éftoy yo, y le afsiftircj á que refpon - dio, el Rey éfta muy lexos, y es pequeño; En efe cargo fe niegan las palabras, pero ( con el íentido que fe déve) las púdo dezfey fue en ocafion que llegan¬ do á prender a vn tumultuante, y facinorofo luán de Lara* Viendofe afsiftido el dicho Iofeph de Salzedo de muchos ^ juzgó le favorecerían Jlegó á áfsir al reo,y facó vna pifióla poniendofela á los pechos^ viendo efia acción, y refifiencia los que je acompañávan dexáron ir el ptéfojy éfto pudo fer tnotivo de las palabras referidas (qliando las dixefle)pues el dicholuañ deHeredia erá vn viejo que 110 tiraia dpada,y pobre mendigante efia, y otras cireunftancias concurrían en todos los tefttgos del Fifcal. Demás, qué fe obfervo como efté hombre publicamen¬ te, dezia como ho avia tenido ínalicia én pronunciar las pa¬ labras referidas, por averias dicho por gracia. Quañdofc propuficron los cargos referidos , pareció alFifcai qué fobraVan méritos , culpas, y delito^ p?ra fcáfc .q ui * <5'.'!car ía vicia a dicholofeph de Salcedo, mayormen te quando tenia para íolicitarlos tcíbgosal dicho D.Iuaa ■ de Molina con la mano de Teniente, favorecido del Virrey, deí Alcalde de Corte, y de dicho Fiícal; y con efta petfuacion no pufo mas cargos que les íp.ya referidos.Pero reconocida la jaftificacicn que el dícho IofephdeSalzedo dio en íuconfefsion,y que les teftioos del Fifcallelibravan de ellos, falio oponiéndolenuevaméte otros 7. y lindarle noticia, ni copia, ni averie recevidoconfefsion fobre ellos:, q ue nunca felc reci¬ bo fobre eftos: prefento tcñigos en ¿iplenario,y fe fueron examinando atoda piiía. No pudo ler tan fecreta ella diligencia, q. JC dexaffe d. llegar al que defendió a Iofeph deSalzedo, y prefin¬ id vn cfcrito,diziendo,quc como fe procedia con tan¬ ta defigualdád.y alevofia; que dieífe el Fifcal eferito de •n u evos cargos, é interrogatorio de huevas preguntas, fin participarle cftadefenía,dcxandole totalmente indefenfoi Reconozca V. M. fíleme jante modo de proceífar fe ha inventado; y fino es eñe mucho peorque el que fe reprefehtócrilacaula de Gaíparde Salzedo.pucsen cñ.i,cra apórtala fugeftion de losteftigos,y en la del dicho Iofeph,notoria el apremio, y violencia que les hazian, comofc dirá dcfpuesenla forma deexecutai: los tormentos, denegádole en ellos vltimos cargos lá defenfanatural,y noticiadeio riüfmoqucfelc imputavapordeiito. r 2>'R y l ¿ ?/,E7{' C.Í%^GO. hprnser cargo fe le formo .deque D. Angelo de heredo prendida Ióíepíi dé SalzedoquinzedidS./ «.nos que la gente de Iufeca afalcál*-ehaís¡éto de m Laicacóta,y qla prifionfué porque fomctavala geñtfi dedicha Iunta Y como nunca ha podido el Fifcal( ni puede) verifi¬ car la calidad que alegó de cabera de vando, deíefperadamente en eñe cargo, y preguntarle fu interrógate' rio introduce , que defpucs de aver entrado en el Fuerte dicha gente, que eradel fequitode Gafpar, y Iofeph de Salzedo:quieucs eran cabera de vando:eduvo dicha juntaa íu obediencia. Eftas fon las palabras del cargo,y pregunta de fu interrogatorio. Propuefto el cargo en la forma referida fu naifnia complicidad, ¿implicación lcdifuelve, puesfiD.An, gelo fue el ofendido, porque contra el fe hazia la jutas; Y’ fe pondera por el Fifcal queefta edava candeídichada, pobre,y defvalida,que fino los fuftentara lofcph de Salzedo,íc comieran vnosá otros,Con la noticia,y experiencia que pudo tener dicho D. Angelo dedefojmentofifuera verdad,le huview acufado enlas reía* ciones que dio al Govierno, y puedo por cabecade va¬ do de los de la junta de Iuliacajcofa que no hizo,como ya queda advertido. La fegunda parte de de cargo de q le prendió,v le foltó antes que invadieífe el afsiento los de dicha junta,tienelamifmainverofimilitud;puesno leaviadefoltarparaquefctncntade mejor dicha jun¬ ta, fi la prefumia en fu daño, como queda advertido en el primer cargo, cuquee da demas la contrariedad de íus tedigos? para cuya enmienda añidió,y articuló ede nuevo; y fe advierte,que nial principio,ni defpucs fe le preguntó a Iofephdc Salzcdo en la confefsion fobre edasprifiones, ni le huvierá dado lugar a defederíeen ellas, fi por la noticia extra judicial nofe huviera pedido por efcrito. /.i ' r: SECVWDO CARGÓ: E L legando cargo le forma, de que el dia dcS. Pe dronoaísiftióaD.IofephdeAuellanedaen dcncia que huvo dicho día. Eñe ca rgo es como todos, pues no fiendo entonces jufticia,niaviendo otra caufa porque afsiftir no fe le pudo hazer cargo; y fe repare lo que advirtió el Abaga¬ do deGaíparde Salzedo en eñe miímo cargo, en el cfcrito de Laicacota, pues á Galpar de Salzedo le refultavan los cargos de aver afsiftido a la juftícia.como el día íS.deO&ubre.queeftandoenfuingeniole Hamo D Angelo por vn papel, y porque obedeció con toda pútualidad, le quiíieron complicar con los que abal e ar o n á D. Angelo, V el mifmo cargo fe le hizo el día de sí Ifabel,ydcílemifmodeS.Pedro, todos de afsiflencia a las j uílicus, y aora fe le haze a Iofeph por no aver aísiftido. Defuerte que eftosdos hermanos nunca en eflaseaufas, y proce Oes pudieron acertar ¿librarle de fus caium nías, pues fi afsiftian ala jufticia ,los culpa van, y fino» también. Denlas que D. Iofcpdé Avellaneda corifieífa en laexpoíkion de fus cartas q. y. le aísiftió muy pun- ; tua!mente¡ TFRCF%0 CARGO. E L tercero cargo fe fabrica, de que el dicho Iofeph' de Salzedo acavó el Fuerte dcfpuesde ajuñadas lasamiftades conlosdeia juntado Cavanilla.y fe dio lugar a que le pulidle de nuevo el Fifcal, fin ateder a la concluyente fatisfacion del cargo 7. Y íe comience con lo ya di;chp, porqueaunque por entonces ce^aífe dicha junta riódéxó dé^eéíar el que ¥ W,.. f i r P i' s* fe hizíeffc otraj pues avicndo procedido la de S, Anto¬ nio de Eíquibche, quando afaltaron á Laicacota,lue¬ go fe hizolafegundaen Cailloma. la tercera en Condcfvios de Arequipa, y la qaarta en Cavana, y Cavani,- lla 5 d u r a n d o fiempre el rezelo de queíe bolvieílen á congregar, c o m o íucedioen el aísiéto deAnuanu:por el car<’o io. qup el mifnaoFifcal le haze.Demás,que D. luán Bueno de RoxaS en el 3. punto, y cargo del Fifcal dizc, que vio fe acav 6 el Fuerte en la ocafion de la jun¬ ta de GavanilU, $?4%T0 CtARq'O, , qus precidió elFuertc los me fes de Abril, yMayo. * A efte cargo fe fatisfizo en el ¡ 1. que fue refguardar no afaltaíTen elafsicntolos que íe a i uan congregado en el de Anuanu. SfvNto cargo: E L quinto cargo fe formo,de que D. luán de Var¬ gas , Domingo Reynofo , eran confidentes del dichoIofcplideSalzedo,y que auiendoios defterrado.le viíitavan, y focorrian. Efte queda ya íatisfechoconlo advertido en la reípueíla del cargo 1 o’ y no fe nota lo que tantas, y tan re¬ petidas vezesfe ha fígnificado aV,M.que los dueños deminas,yperfonasiicas,enlos afsientoe padecen cftafas, preñamos, y otros robos de efte genero de gen te tumultuante, que llaman Soldados fueltos, porque les dexen tra,baja_r fus minas, j no les quiten la vida, medio vnico garÍM^eg^iffe ;i qu¿etud;putsninguno volun- ^riaiutilll^fpctdieíá'fá.haziendajdemas que el Li- cenciado D. ÁntonioZapataiprefbitcro teftigo del Fifcal dize en la 9 . pregunta.que el dicho D. luán de Vargasle dixo, no quería bolveralafsieiito por hallarte dcfvalido,y folo. Y defvanccc los dos cargos antecedetes¿y todos los q fe viften defte genero de malicia, la declaración de D. Iofeph de Avellaneda: teftigo deldicho Fifcal.contenida en la declaración que hizo,exponictido fus cartas: en cfpecial la de 1 6 delulio.y figuiétesdelaño de 1667. queeftánenel j.q. afol.2ay ,y fe ha prefentado en la cíe Gaípar de Salzedo, y explicado el natural de Iofcph de Sdzedo, y el motivo que tuvo paradexarlc por juftícia mayor dixo las palabras figuienres: que no avia otra per lona, á quien poder dexar encargado el afsien- to, y que en él concurrían elfcr muy interefado en la paz, y mirar por ella, como cofa que le importaba tan¬ to, y por fu natural quieto,y pacifico le teman todos amor: quando en toda la caula no huvieífe otro teftij go,folo eñe hazia plena probanza. 1 sexro cakgo. E L fexto cargo fe hsze,de que el dicho Iofeph de Salzedo violentó a que el dicho Diegodc Vrrea hizicffe vna declaración contra la petición que pieria prefentar,dando noticia délas Provincias que c congrega van. Y eñe cargo fe haze de nuevo,porque :n el 1 s . congruamente fatisfizo a la objeccion Iofeph ie Salzedo 5 y como fe mamfeftóvna declaración del !¡choVrrei;Opueflatotalmente al cargojfelcdmpo— ne eñe, Demás que el diqho Vrrea,niotro teftigo dizc,que Iofeph de Sabedo. in&Jyjnieffe en efteárjpfemio. * M&á: 5* SEPTIMO CÁEpO. E L feptimo.y vltimocafgo fe forma de q en la pen¬ dencia que huyo entre Antonio Ortiz, yluan de Lara,qucerande parcialidades,y vandos diílmtos, no prendió a los Vargas pudiendo prenderlos. A elle cargo fe fatisfaze con lo dicho en el 1 9 . porq llegandoIofephde Salzcdo aprender,y aíiiral dicho Lara; que era del fequito de Vargas, como conficíla el mifmoFifcal, íacó vna pifióla para matarle,fin que huviefle hombre que auxilnííe al dicho Iofeph dcSalzedo. Luego no íefaca biendefte adío la ilación de que pudo prender alos Vargas en la ocafion referida, ni def vanece el Fifcal el concepto, é imprefsio que tenia he¬ cha Iofeph de Sa!zedo,de que fitratafe de prender á dichos Vargas fe tumultuaria elafsiento',y fucederian en las minas las muertes, e inconvenic tes, que en otras íueleufuceder femejates difturvios, y como quiera q eño cunfifta en aprehencion del animo,no puede con¬ vencerle el dicho Fiícalcon aétos externos, y aunque los finja á fu paladar en tiempo de quietudjqueesmuy diílinto en el de opoficion, y concurío de Naciones ;q nuu'caexperimenró dichoFifcaljyconio dizen íiempre vio de alto los toros. Eftos fon todos los caargos, que fe imputaron a Iofeph de Salzcdo,en que fe examinaron por el dicho Fifcallosamigcs J y confidétesde L>. mande Molina, ene¬ migo capital dél dicho Iofeph de Salzcdo, á quien de- Lvio el Fifcal todos los dichos cargos,y teftigos, quede I vno, y otro le diócopi 5 fin embargo feprobbcon tef¬ tigos del mifnio Fifca ■ enemiga que el dicho D.Iuan - deMoiina^cmicon lj^epIj deSalzedozen tanto grado, i -F-e fe y'^g^^ichd d e p, Diego Gaeta para ^ , c quitíEíu y ida ; al|icho jofcph deSalzedo.y afsi fue .... . i? Iigitima la tacha que fe le pufo, y a luán de Malavia, Juan del Puerto, D. Francifco de Vega, Antonio MefiaPoblete,D.Pedro de la Peña, Domingo Navero, Juan López de Afiurrizarra,TomásDdgadillo,Iofeph de Rivera, Gabriel de Molina»;/ Domingo Panto ja,to¬ dos amigos intimos del dicho D.IüandeMoiina,y que declararonáfu contemplación .inducidos, apremia¬ dos,y c 6 f ugefti 5 ; y por experimentar, que losque no declara van contra los Salzedos, padecían notablesextorciones, (fi ya no el vltimo fuplicio ) teniendo por mejor medioelde xarelafsienco, eirfehuyen¬ do, defamphrandoíu cafa y comodidades.y llego a tan¬ to como queda advertido, el arrojo deíte hombre que por apremiar, y obligar álos teftigos, les proponía icr güito del Virrey declaraífen contra Iofephde Salzedo,y lo que masespofaver declarado á contemplado de (te hombre fe permitió en el aísiento patear, losque poco antes fe avian hallado congregados enlasjantas de Cayana,y cavanilla.y otros que fe ccmunicavan c 5 los de dicha junta; como fueron luán de Aftdrrizarra* Tomas Bonifacio K y los de fu fequito; todos manifieftaimente fofpechofos. Yáeítemifmotenorfe representanlascalkhdeSjV partes de los que declararon en favor de lofeph de Salzedojpara que fe conozca fuexepcion, pues fui em¬ bargo de todo el odio referido.nu hallo en ellos la emú lacion refquicio de tacha, y fe pondrán los nombres de los masidexandolos Sacerdotes, y otras perfonas, que por los oficios que ocupavan, eftan bien acredi¬ tados. Que foneí Maeítre de Campo D. Jacinto de Guz„ man,D. Francifco de Figucrb^r|).',M;^^Rohorques D. luán de la Barreda, elSiígehrdiVf^^^dro Cu'- cia Baquero, el Capitán Martin de Vcjijliplanueí d c * : 7 "