El Espacio Europeo de Educación Superior: un estudio comparativo de la enseñanza de la contabilidad en Reino Unido y España
Abstract
El proceso de convergencia europea derivado de Bolonia está suponiendo una revisión de los sistemas educativos para alcanzar los objetivos de comparabilidad y movilidad de profesores y alumnos. Presentamos un análisis comparativo de dos países de tradiciones educativas y contextos culturales muy distintos: España y Reino Unido. Destacamos que existen diferencias profundas no sólo en la cercanía a la filosofía del EEES, sino en condicionantes culturales, personales e institucionales clave. Dado que importar recetas exitosas en los países de origen sin tener en cuenta las diferencias es extremadamente peligroso, recomendamos la necesidad de un análisis comparativo de los condicionantes contextuales.
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0 EL ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR: UN ESTUDIO COMPARATIVO DE LA ENSEÑANZA DE LA CONTABILIDAD EN REINO UNIDO Y ESPAÑA José María González González Profesor Colaborador Doctor Dpto. de Contabilidad y Economía Financiera Universidad de Sevilla Avenida Ramón y Cajal, 1 41018 - Sevilla (España) Tfno.: 954556050 Fax: 954557569 [email protected] José Luis Arquero Montaño Profesor Titular de Universidad Dpto. de Contabilidad y Economía Financiera Universidad de Sevilla Avenida Ramón y Cajal, 1 41018 - Sevilla (España) Tfno.: 954557604 Fax: 954557569 [email protected] Trevor Hassall Faculty of Organisation and management Sheffield Hallam University City Campus Howard Street Sheffield S1 1WB Telephone: 0114 2255047 Fax: 0114 2255085 [email protected] Área temática: Docencia e Investigación Contable (Área A: Información Financiera) Palabras clave: Espacio Europeo de Educación Superior, Sistema Universitario Británico, Sistema Universitario Español, Docencia en Contabilidad
1 EL ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR: UN ESTUDIO COMPARATIVO DE LA ENSEÑANZA DE LA CONTABILIDAD EN REINO UNIDO Y ESPAÑA Resumen El proceso de convergencia europea derivado de Bolonia está suponiendo una revisión de los sistemas educativos para alcanzar los objetivos de comparabilidad y movilidad de profesores y alumnos. Presentamos un análisis comparativo de dos países de tradiciones educativas y contextos culturales muy distintos: España y Reino Unido. Destacamos que existen diferencias profundas no sólo en la cercanía a la filosofía del EEES, sino en condicionantes culturales, personales e institucionales clave. Dado que importar recetas exitosas en los países de origen sin tener en cuenta las diferencias es extremadamente peligroso, recomendamos la necesidad de un análisis comparativo de los condicionantes contextuales.
2 1. INTRODUCCIÓN La firma de la Declaración de Bolonia en 1999 conllevó para los países de la Unión Europea un importante reto: la armonización de sus sistemas de educación universitarios a través de la constitución de un Espacio Europeo de Educación Superior (en adelante EEES) que deberá estar en vigor a partir de 2010. Para ello, son diversos los aspectos que están siendo revisados y modificados en los distintos países para alcanzar los que podemos considerar como los objetivos estratégicos del EEES: (1) un sistema comparable de titulaciones universitarias; (2) la estructuración de los estudios universitarios en dos ciclos; (3) la implantación de los créditos ECTS (European Credit Transfer System); (4) la garantía de la calidad de los sistemas universitarios; y (5) potenciar la movilidad de los estudiantes y del profesorado, incidiendo en última instancia en la mejora de la libre circulación del capital humano. Así pues, estos objetivos deben constituir los referentes de los cambios que están siendo implantados por los países de la Unión Europea. Ahora bien, aunque estos objetivos son comunes, los contextos en los que se deben lograr son particulares y diferentes, pues así son fundamentalmente sus culturas. En este sentido, mientras los sistemas universitarios de algunos países ya se encontraban alineados en mayor o menor grado con lo dispuesto por la Declaración de Bolonia, otros deben afrontar cambios de mayor relieve para alcanzar el mismo destino. Esta circunstancia está provocando que las estrategias desarrolladas por países más cercanos a la filosofía del EEES estén siendo adoptadas por otros, si bien pueden verse alterados su implantación y resultados debido a las particularidades de sus contextos. En este marco, los estudios comparativos entre los distintos sistemas universitarios que convergen hacia el EEES se muestran muy relevantes, puesto que nos permiten analizar sus diferencias así como diagnosticar si los cambios implantados que han tomado como referentes a los desarrollados por otros países, contribuyen al logro de los objetivos perseguidos. En esta línea, en este trabajo nos proponemos analizar comparativamente los sistemas universitarios del Reino Unido y España en función de los objetivos estratégicos del EEES previamente citados, lo que nos permitirá apreciar sus diferencias y semejanzas en el desarrollo de sus estrategias para alcanzar el objetivo final de la Declaración de Bolonia. Asimismo, para delimitar nuestro estudio, particularizaremos nuestro análisis para la enseñanza universitaria de la Contabilidad. El resto del trabajo se estructura como sigue. En el siguiente apartado describimos y analizamos individualmente la situación actual de cada uno de los objetivos estratégicos perseguidos por el EEES en los sistemas universitarios del Reino Unido y España. Posteriormente, en el tercer apartado exponemos las consideraciones finales que se desprenden del desarrollo de este trabajo.
3 2. ANÁLISIS COMPARATIVO DE LOS SISTEMAS UNIVERSITARIOS DEL REINO UNIDO Y ESPAÑA El sistema universitario del Reino Unido1 ha evolucionado en las dos últimas décadas hacia la consideración de la educación como un “mercado”. Tal como lo expresan Gammie y Gammie (2002, p. 5), “la idea legitimadora dominante de la educación superior pública ha cambiado desde una institución social a una industria”. Así, la regulación del sistema universitario del Reino Unido, Further and Higher Education Act de 1992, estableció la creación de un único sector de educación superior bajo la denominación de universidad, lo que aumentó la competencia directa entre las instituciones universitarias por sus “clientes”, los estudiantes. Según esta concepción de la universidad, las instituciones que no alcancen una determinada calidad perderán alumnos en beneficio de las que tengan una calidad superior, viéndose las primeras obligadas, por tanto, a reducir su capacidad o, incluso, a desaparecer. Además de la Further and Higher Education Act, cabe destacar que el National Committee of Inquiry into Higher Education también influyó en la evolución de los últimos años del sistema universitario del Reino Unido a través de las recomendaciones recogidas en su Dearing Report de 1997. Posteriormente, las directrices marcadas en la Declaración de Bolonia han sido las que han guiado la agenda de la educación universitaria en el Reino Unido. En el caso español, el primer gran paso hacia el sistema universitario actual fue la entrada en vigor en 1983 de la Ley Orgánica de Reforma Universitaria (LRU), justificada según el texto de la propia Ley por la necesidad de conseguir un sistema universitario que pudiera impulsar el desarrollo de la mentalidad y el espíritu científico en España, así como afrontar el número creciente de los estudiantes españoles universitarios y la previsible incorporación de España al área universitaria europea. Los principales cambios introducidos por esta Ley se resumen en los siguientes (Mora, 1999; Mora y Vidal, 2000): las universidades se convirtieron en organismos autónomos, la responsabilidad del sistema universitario se trasladó desde el gobierno central a los gobiernos regionales, se permitió el establecimiento de universidades privadas y el poder comenzó a ser compartido por el gobierno central, los gobiernos regionales y las universidades. La LRU estuvo en vigor hasta principios de 2002, año en el que fue sustituida por la actual Ley Orgánica de Universidades (LOU). Los factores que han justificado esta nueva Ley son varios, desde mejorar la calidad docente e investigadora y fomentar la movilidad de 1 Comprende los de Inglaterra, Gales, Escocia e Irlanda del Norte. Aunque cada uno presenta algunas particularidades, éstas son de escasa relevancia a los efectos de este trabajo, por lo que los consideraremos conjuntamente como un sistema universitario.
4 los estudiantes y profesores, hasta profundizar en el reparto de competencias e impulsar la integración del sistema universitario español en el nuevo espacio universitario europeo. Esta Ley, no exenta de críticas y resistencia inicial por parte de la comunidad universitaria, ha sido posteriormente desarrollada por varios Reales Decretos y, actualmente, se encuentra en proceso de modificación a causa del cambio del gobierno español en 2004. 2.1. El Sistema de Titulaciones Universitarias La Declaración de Bolonia establece que el sistema de titulaciones debe ser fácilmente comprensible y comparable entre los distintos países que integran el EEES. Para ello, una de las medidas previstas es el establecimiento del Suplemento de Diploma, que se corresponde con un documento personal adjunto al título obtenido en el que se informa sobre los estudios cursados, los resultados obtenidos, las capacidades profesionales adquiridas y el nivel de su titulación en el sistema nacional de educación superior. En el caso del Reino Unido, las titulaciones universitarias reconocidas son básicamente las de Bachelor’s Degree2, para los estudiantes que han cursado los estudios Undergraduate Studies (similar a los estudios de licenciatura en España), que tienen una duración de 3-4 años; Master’s Degree, que se obtiene cuando se cursan 2 años de estudios en una área específica tras haber conseguido previamente la titulación de Bachelor’s Degree; y el Doctorate of Philosophy, que se obtiene tras 3 años de investigación y la presentación de una tesis por los titulados Master’s Degree. En el Reino Unido no se ha llegado a implantar el Suplemento de Diploma, si bien desde 2002 las universidades proporcionan el denominado Progress File que tiene, entre otros objetivos, explicitar los logros y resultados del aprendizaje universitario (Eurydice European Unit, 2004). Siguiendo las recomendaciones del National Committee of Inquiry in Higher Education de 1997, las directrices para la elaboración del Progress File disponen que éste debe contener un expediente con el registro de los logros del estudiante, así como un plan de desarrollo personal, en el que se recogen los procesos estructurados para el desarrollo profesional, educativo y personal del estudiante (Quality Assurance Agency for Higher Education, 2002). Así pues, el Progress File viene a cumplir en el Reino Unido la finalidad perseguida por el Suplemento de Diploma en el EEES. En el caso de España, tradicionalmente, e incluso vigente en la actualidad hasta que entre en vigor lo dispuesto por los Reales Decretos3 aprobados al efecto, las titulaciones universitarias en términos generales son las de Diplomado, que se obtiene tras cursar 3 2 Si los estudios combinan varias áreas de conocimiento, el título obtenido es el de Bachelor’s Honours Degree. A su vez, en función de las calificaciones obtenidas, se distinguen varias categorías (primera, segunda y tercera clase). 3 A ellos nos referiremos específicamente en la siguiente sección del trabajo.
5 años de estudios en enseñanzas básicas y de formación general; Licenciado4, tras cursar 5 cursos académicos en los que se obtiene una enseñanza más especializada; y Doctor, cuyas enseñanzas tienen por finalidad la especialización del estudiante y su formación en técnicas de investigación dentro de un área de conocimientos. A diferencia del Reino Unido, en España no existía ningún documento personal adjunto al título obtenido similar al Suplemento de Diploma o al Progress File. No obstante, siguiendo la Declaración de Bolonia, el Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, estableció el procedimiento para el denominado Suplemento Europeo al Título, el cual podrá ser emitido para los títulos universitarios oficiales expedidos a partir del curso 2003-2004. En este Real Decreto se especifican los ocho apartados que debe contener este documento, entre los que se encuentran la información sobre el nivel de titulación, el contenido y los resultados obtenidos, la función de la titulación y el sistema nacional de educación superior. Así pues, el sistema de titulaciones en ambos países es diferente, pues mientras en el Reino Unido se expide el título de Bachelor’s Degree, en España para un nivel de estudios similar se reconocen los de Diplomado y Licenciado. Igualmente, para los estudios posteriores, en el Reino Unido se expiden los títulos de Master’s Degree y Doctorate of Philosophy, mientras que en España se reconoce sólo el de Doctor. Asimismo, las duraciones de los estudios difiere, ya que mientras la duración para la obtención del Bachelor’s Degree en Contabilidad es de 4 años, para el Licenciado en Dirección y Administración de Empresas es de 5 años. Asimismo, en relación al Suplemento de Diploma, la preocupación por la información que acompaña al título para su comparabilidad ya había surgido en el Reino Unido antes incluso de la Declaración de Bolonia, como recogen las recomendaciones del National Committee of Inquiry in Higher Education de 1997, las cuales dieron lugar posteriormente a las directrices que guían la expedición del Progress File. En España, sin embargo, no ha sido hasta su exigencia por la Declaración de Bolonia, cuando se ha regulado e introducido el Suplemento Europeo al Título. En consecuencia, mientras para el Reino Unido el Suplemento de Diploma ha supuesto la adaptación de su Progress File, en España este aspecto es más novedoso, al no partir de ningún precedente. 2.2. Los Ciclos de Grado y Posgrado En el texto de la Declaración de Bolonia se dispone una estructuración de los estudios universitarios en dos ciclos fundamentales, Grado y Posgrado, incluyéndose dentro de este segundo los estudios conducentes a los títulos de Master y Doctor. 4 Si los estudiantes proceden de la Diplomatura de la misma especialidad, deben cursar sólo dos cursos académicos más para obtener el título de Licenciado.
6 En el Reino Unido, sus enseñanzas universitarias no solo se acomodan a esta estructura de dos ciclos, sino que además la misma tiene una larga tradición en este país (Eurydice European Unit, 2004). Así, como comprobamos al considerar el sistema de titulaciones en la sección anterior, el ciclo de Grado se corresponde con la titulación de Bachelor’s Degree, y el ciclo de Posgrado con los títulos de Master’s Degree y Doctorate of Philosophy. A través de esta estructura de las enseñanzas universitarias se desarrolla el currículum. A este respecto, las fuentes de autoridad constituyen un aspecto de gran interés, dada su influencia sobre el mismo. Así, considerando específicamente la titulación de Contabilidad en el Reino Unido, podemos señalar cinco fuentes de autoridad. La primera de ellas es el gobierno que, a través de la regulación legal, especifica el marco de referencia para la enseñanza universitaria. En un segundo nivel, podemos señalar los empleadores que emiten pronunciamientos e informes sobre la enseñanza universitaria. En particular, en su informe emitido en 2002, los empleadores señalaron la brecha existente entre lo que los contables hacen y lo que enseñan los profesores de contabilidad. Así, destacan fundamentalmente la necesidad de incidir sobre las habilidades de comunicación, intelectuales e interpersonales de los estudiantes universitarios. La Quality Assurance Agency for Higher Education (QAA) constituye una tercera fuente de autoridad que emite las denominadas Subject Benchmark Statements. Estos informes describen la naturaleza y las características de los programas de una titulación específica, proporcionando además una orientación general para articular los resultados del aprendizaje asociados con los programas, si bien no constituyen una especificación de un currículum detallado. Para la titulación de Contabilidad, los Subject Benchmark Statements hacen referencia concretamente a las habilidades y conocimientos específicos (v.g. comprensión de los contextos en los que opera la contabilidad, conocimiento de las prácticas de contabilidad, preparación de informes financieros, análisis de las operaciones empresariales), las habilidades cognitivas (v.g. capacidad de evaluación crítica, capacidades para el aprendizaje independiente y autodirigido, habilidades de comunicación), las actividades de enseñanza, aprendizaje y evaluación, y las normas de rendimiento (Quality Assurance Agency for Higher Education, 2000). Los organismos profesionales5 también son una fuente de autoridad en el sistema universitario del Reino Unido. Estos organismos establecen los criterios de acreditación para los aspirantes a ejercer la actividad profesional. En el caso de la Contabilidad, uno de los 5 Para la Contabilidad, en particular, los organismos profesionales más influyentes son: Chartered Institute of Management Accountants (CIMA), Association of Chartered Certified Accountants (ACCA), Association of Corporate Treasurers, Association of Taxation Technicians, y Chartered Institute of Public Finance and Accountancy.
7 organismos reguladores de la profesión contable de mayor reconocimiento en el Reino Unido es el CIMA. Para ser miembros de este organismo los aspirantes deben pasar los módulos y exámenes establecidos por el CIMA, que de esta forma evalúa su competencia profesional. No obstante, algunos de estos módulos y exámenes presentan exenciones para aquellos que aleguen haber pasado los módulos de Contabilidad en determinadas universidades reconocidas por instituciones como la National Academic Recognition Information Centres (NARIC). De este modo, la formación alegada por los aspirantes es revisada por los asesores del CIMA, quienes consideran diferentes criterios de calidad previamente a la concesión de la exención. Los aspirantes que finalmente se incorporan al CIMA consiguen un status profesional y reconocimiento. La última fuente de autoridad la constituye la propia universidad que en definitiva establece su curriculum específico de contabilidad. Además de considerar las recomendaciones de las anteriores fuentes de autoridad, las universidades elaboran su propia política de desarrollo del currículum universitario. De esta forma, por ejemplo, Sheffield Hallam University establece y desarolla los siguientes principios clave en su informe de política: contexto internacional, igualdad de oportunidades y entorno comunitario (Sheffield Hallam University, 2003). Considerando el contexto español, cabe destacar que nuestro sistema tradicional de titulaciones no se acomoda a lo establecido en la Declaración de Bolonia. Así, actualmente nuestro sistema se estructura en tres ciclos que dan lugar, sucesivamente, a las titulaciones de Diplomado, Licenciado y Doctor. Por este motivo, en España se aprobaron los Reales Decretos 55/2005 y 56/2005, ambos de 21 de enero, por los que se establecen y regulan, respectivamente, los estudios universitarios oficiales de Grado y Posgrado. Según estos Reales Decretos, los estudios se estructuran en Grado y Posgrado, reconociéndose dentro de este último las titulaciones de Máster y Doctor. No obstante, no será hasta el curso académico 2008-2009, cuando esta estructura de dos ciclos entre en vigor en España. Con respecto a las fuentes de autoridad para el desarrollo del currículum universitario, en el caso español podemos señalar dos fuentes efectivas. La primera de ellas es el gobierno, a través del establecimiento de dos tipos de Directrices Generales: Comunes, para todos los títulos universitarios en general; y Propias, para cada título universitario específico. De esta manera, los planes de estudio para la obtención de los títulos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas o Diplomado en Estudios Empresariales6, deben someterse a las Directrices Generales Comunes y Propias establecidas por el Gobierno, lo que es controlado por el Consejo de Universidades. La 6 El área de conocimiento de Contabilidad se inserta en estas titulaciones, dado que en España no existe una titulación específica en Contabilidad, como sí ocurre en el Reino Unido y la mayoría de los demás países europeos.
8 segunda fuente de autoridad es la propia universidad que establece el currículum universitario para cada titulación dentro de los márgenes marcados por las directrices gubernamentales. El análisis comparativo de la estructuración de las enseñanzas en Reino Unido y España evidencia que existen importantes diferencias entre ambos. Así, mientras en el primero de los países los cambios a introducir son mínimos dado que su sistema tradicional ya estaba estructurado en dos ciclos, en el caso de España se ha abierto un período transitorio para introducir el sistema de dos ciclos. Las principales consecuencias de este cambio en nuestro sistema son la modificación de la duración de los estudios universitarios, suprimiéndose las Diplomaturas, reduciéndose en un año la duración de las licenciaturas y estableciendo el nuevo título de Master; así como la revisión y modificación de las Directrices Comunes y Propias establecidas por el Gobierno para acomodar los currículums a esta nueva estructura de las enseñanzas. Igualmente, se aprecian considerables diferencias entre las fuentes de autoridad que en uno y otro país influyen sobre el desarrollo del currículum universitario. Así, en el Reino Unido los empleadores, la agencia de la calidad (QAA) y los organismos profesionales tienen un peso específico a través de sus pronunciamientos, recomendaciones y criterios de acreditación, respectivamente. En España, y para la Contabilidad en particular, los empleadores no reciben incentivos de las universidades para participar en la configuración de los currículums, en parte porque el establecimiento de los currículums conlleva el reparto de poder entre los departamentos y éstos no desean la intromisión de agentes externos. Por su parte, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) no ha emitido aún ningún documento similar a los Subject Benchmark Statements existentes en el Reino Unido. Asimismo, en España no existe una asociación profesional de contables con suficiente poder y reconocimiento para imponer unos criterios de acreditación propios para el ejercicio profesional, excepto para la profesión de auditor. La Auditoría es un campo específico de la Contabilidad y para su ejercicio profesional en España es necesario estar inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), para lo cual los aspirantes deben superar un examen de aptitud profesional. 2.3. Currículum y Sistema Europeo de Transferencia de Créditos (ECTS) El sistema de créditos ECTS constituye un modelo de enseñanza centrado en el trabajo del estudiante, el cual comporta la orientación de las programaciones y las metodologías docentes hacia su aprendizaje, así como el establecimiento de un sistema de evaluación que sea comparable en el EEES. En concreto, el crédito europeo representa la unidad de medida de la cantidad de trabajo requerido al estudiante para cumplir el programa de estudios, incluyéndose aquí el tiempo dedicado a clases lectivas, teóricas o prácticas, al
15 En relación a la evaluación de la actividad investigadora, en ambos países hay establecido un sistema de evaluación, RAE en Reino Unido y CNEAI en España, con algunas diferencias. Así, mientras en Reino Unido el período de evaluación es de 5 años y en ella se tiene en cuenta tanto la estrategia de investigación como sus resultados, en España el período evaluado es de 6 años y la evaluación se enfoca prioritariamente en los resultados de la investigación. 3. CONSIDERACIONES FINALES En este trabajo hemos analizado comparativamente, con especial referencia a la enseñanza de la Contabilidad, los sistemas universitarios de Reino Unido y España en función de cada uno de los objetivos estratégicos establecidos por la Declaración de Bolonia de 1999. A pesar de haberlos considerado de forma individual, todos ellos están íntimamente relacionados, constituyendo una parte integrante del diseño del EEES que se prevé que esté en vigor en 2010. Como evidencia nuestro trabajo, el proceso de convergencia del sistema universitario del Reino Unido hacia el EEES se encuentra en la actualidad más avanzado que el español. Dos aspectos han contribuido especialmente a esta evolución: primero, que las características tradicionales del sistema universitario del Reino Unido ya se acomodaban en mayor o menor grado a los requisitos exigidos posteriormente para la implantación del EEES; y segundo, que algunos factores propios del contexto y la cultura del Reino Unido han facilitado su proceso de convergencia. Así, respecto a lo primero, destacamos que el sistema universitario del Reino Unido ya contaba con un documento similar al Suplemento de Diploma, el Progress File, estaba estructurado en dos ciclos y la metodología de la enseñanza y su sistema de evaluación se orientan a lo exigido para la implantación de los créditos ECTS. Además, el Reino Unido ha sido uno de los países pioneros en la consideración del aseguramiento de la calidad de su sistema universitario. En relación a lo segundo, destacamos que tradicionalmente en el Reino Unido ya existía una cultura de movilidad de profesores y estudiantes. Asimismo, la orientación al mercado experimentada en las dos últimas décadas por su sistema universitario se ajusta en mayor medida a la competitividad perseguida por el EEES que la consideración de la educación universitaria como una institución social. Por su parte, el sistema universitario español ha experimentado un gran impulso hacia el EEES a raíz de la aprobación de la LOU en 2002. Esta Ley ha sido desarrollada en la década de 2000 por varios Reales Decretos que regulan la implantación de los diferentes requisitos exigidos por el EEES, como son la estructura de las enseñanzas universitarias en dos ciclos, el Suplemento de Diploma y el sistema europeo de créditos. Igualmente, ya se han constituido la ANECA y varias agencias regionales que velan por la calidad y
16 competitividad del sistema universitario español. Así pues, en los próximos años y antes de 2010, nuestro sistema universitario tendrá que experimentar importantes cambios conforme a la regulación aprobada para nuestra convergencia hacia el EEES. En este sentido, por ejemplo, uno de los cambios más relevantes como es la estructuración de la enseñanza universitaria en dos ciclos está prevista que entre en vigor en el curso 2008-2009. Para la enseñanza universitaria de Contabilidad, en particular, existen en la actualidad importantes diferencias entre Reino Unido y España, fundamentalmente la inexistencia en España de una titulación específica de Contabilidad y la ausencia de asociaciones de profesionales contables con capacidad para influir en el currículum de los estudiantes y en su acreditación profesional. Asimismo, podemos destacar que la implantación del EEES conllevará un cambio en las metodologías de la enseñanza de la contabilidad y los sistemas de evaluación de los estudiantes, tal como los ya implantados en las universidades del Reino Unido, donde hay una mayor autonomía del estudiante en el desarrollo de sus estudios, se utilizan metodologías de enseñanzas más activas y se evalúan otras habilidades de los estudiantes, como las cognitivas y comunicativas, además de sus conocimientos técnicos. La mayor cercanía de la determinados sistemas educativos a los objetivos propuestos por Bolonia es una circunstancia que puede llevar a universidades e instituciones de países algo más alejados de la filosofía del EEES a adoptar metodologías docentes, sistemas de evaluación o fomento de la movilidad que están funcionando correctamente en esos países. Sin embargo, existen, como hemos indicado profundas diferencias contextuales que hacen muy poco recomendable, cuando no contraproducente, intentar importar recetas sin tener en cuneta el contexto en que se van a aplicar. En este sentido, creemos que un estudio comparativo previo de los condicionantes contextuales (culturales, personales y organizativos) es esencial. REFERENCIAS: Declaración conjunta de los Ministros Europeos de Educación, Bolonia, 19 de junio de 1999. European Association for Quality Assurance in Higher Education (2005): “Standards and Guidelines for Quality Assurance in the European Higher Education”. Ed. European Association for Quality Assurance in Higher Education, Helsinki. Eurydice European Unit (2004): “Focus on the Structure of Higher Education in Europe 2003/2004: National Trends in the Bologna Process”. Ed. Eurydice, Bélgica. Further and Higher Education Act of 1992. Gammie, B.; Gammie, E. (2002): “The Impact of Policy on Professional Practice in the University Sector”, The International Journal of Management Education, Vol. 2, nº 2, pp. 3-13. Hassall, T. (2006): “Bologna and Beyond: Accounting Education in Europe”. Ponencia presentada en la Higher Education Funding Council for England (2004): Higher Education in the United Kingdom. Ed. HEFCE, Inglaterra.
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