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Carta de la muy ilustre ciudad de Valencia al SS.mo P. Pio Sexto suplicandole se digne dar comision para reasumir la causa del beato don Juan de Ribera a fin de proceder a su canonizacion, y proceso de vecindad y conaturalizacion de dicho beato

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CARTA DE LA MUY ILUSTRE CIUDAD. DE VALENCIA AL SS."2 P, PIO SEXTO. SUPLICANDOLE : SE DIGNE DAR COMISION PARA REASUMIR EA CAUSA DEL BEATO | ELAÑAS DON JUAN DE RIBERA A FIN DE PROCEDER A SU. CANONIZACION. Y PROCESO DEVECINDAD y conaturalizacion de dicho Beato. CON LICENCIA En Sevilla, por D. Dirgo y D. Joseph de S. Roman y Codina, Compañía, calle de las Armas. Año 1797- ia A y pd AN pr A Mo e e sedal Ape (43) ADVERTENCIA. 0 D- EJIBDA En Lí 2300 Aca tie IA «que peo des esta. Capital el Beato Don Juan: de Ribera”, 'en el. largo tiempo. que «llevó sobre sí. el grave peso de sui Arzobispado, + V irreynato ., y Capitanía General «del. Reyno:, se concilió la: mayor: estimacion de todos, Y que la Ciudaden accion de gratitud , y en debida recompensa álas singulares honras que debió á, tan: Santo: Prelado':y Gefe le amase y venerase vivo como:su” Padre y Protector, y.honrase despues de su muerte, procurando hacer. las, mas fervorosas súplicas. 4 la Santa Sede. para la Beatificacion de un Prelado;» 4 quien le, parecia debia colocarse. en los Altares , -y-habiendola conseguido en 18 de Se. * tiembre: del año proximo pasado, ha renovado sus. oficios. con la Santidad de Pio Sexto pas ra que tenga la dignacion de. rehasumir la causa del mismo Beato , y llegar al feliz Puer- to : de su Canonizacion. Asilo practicó la Cia: dad , en ¿carta de primero de Marzo de este año, Gr e (4) por las razones que en ella expuso, y á fin de que todos tengan noticia de ello , se ha traducido la carta del latin al castellano , para que imptesas,> y corriendo por manos di my- “chos sepa el Reyno lo que debe á tan digno Prelado ; pero siendo el acto de mayor aprecio haberse hecho declarar vecino de esta Ciudad :;: previas las diligencias que prevenian lo$ Fueros que entonces florecian ,.se copiará en seguida el Proceso, que ante el Justicia Ci: vil ose formo “en lengua Valenciana : patina á la Castellana. +? 05: ) - No debe causar adameteión el afecto que profesaba el Beato Riberaá esta Ciudad, quan= do sabia lo mucho que en ella florecian*la San= tidad y Virtud, que le obligó á4' llamar 4 es: te Reyno felicisimo. El motivo fué ciertamente el mas glorioso que refisre la Crónica de la Provincia de S. Juan Bautista de Religiosos Menores Descalzos ; se reduce 4 que, recibidas las informaciones de la vida y milagros del Beato Pasqual Baylon en su seguida hablando con los Religiosos Fr. Juan' Xime- nez , y Fr. Antonio Vivos , dixo: Padres y Once Procesos de Canonizacion de Santos hay de presente en este felicisimo Reyno de Valencia , el duodecimo de quien será ? Y callando ellos , el mismo" Beato Ribera se respondio : El Padre Fr. Antonio Sobrino será , porque .es muy san- to , y muy humilde. Asi sucedió puntualmente y pues “habiendo. fallecido «dicho: Fr. Antonio Sobrino, en €l Convento de S. Juan de la Ribera , en 22 de Julio del año: 1622 prin cipió “las informaciones el «Sr. D. Baltasar de Borja, Arcediano: de la entonces Giudad de Xativa , Canonigo de Valencia, y despues Obispo de Mallorca, en virtud de Letras Apostólicas» Remisoriales del Señor Nuncio D. Julio Sachetfz y GF 4 y 16) SANCTISSIMO. PATRI O L PONTIFICI MAXIMO. $: ulla fuit. aetas , Bearissime Pattr in que Valentinae. Edetanorum Urbis Senatus gratum erga Sedem. Apostolicam , memoremgue . animum exhiberedebuit *, quamguam <nullo uniguani «temo pore ¿di facere praetermiserit. hac profecto:: est; in qua tot tantaque beneficia Apostolicae Ses di accepta: referes, ue nulla post hominúm memoriamaut' maiora y que gratiora-Senatui , Pos puloque > Valentino contigeritz Nam iis missis , quae in nostrates contulisti vel ab ¿0 tem. pore quo singulari Dei providentia , maximo. gue HReipublicae Christianae bono ad summun Apostolatus apicem evectus fueras : num lactio. rem , exoptatioremque prae illo nuntio accipere potuimus , quo certiores facti sumus , Te bra: torum fastis adscripsisse Nicolaum Factorem , eg Gasparem de Bono , duo Civitatis nostrae cla. rissima lumina , quae per totum , qua latissime a (0). A A eno SÁNTISIMO. PADRE. » F o Y N os 009 FICE MÁXIMO... S en algun tiempo debió el Senado de la Cin. dad de Valencia de los Edetanos dar pruebas evidentes de su agradecimiento á la Sede Apostólica, aunque en todos tiempos ha desempeñado esta obligacion , nadie dudará que es este singularmente ,. en que ha recibido tantos y tan señalados beneficios de esta Sede que jamás nuestro Senado y Pueblo los ha recibido ,.ni mas agradables ni mayores.. Porque dexando á parte los que V. Sant. ha dispensado 4 4 nuéstros paysanos , yá desde aquel instante en que por singular providen< cia de Dios, y para gran bien detodo el Orbe Católico, sé vió elevado 4 la supremá dignidad del Apostolado; ¿ por ventura podiamos recibir noticia ni mas descada ni agradable que la de haber ecclocado V. B. en el número de los Bienaventuradosá los Venerables Nicolás Factor , y Gaspar de Bono, dos lumbreras las mas brillantes de nues- parer , ee Franciscanorum , ee Minimorum or- Dem'virtutum-=, miraculorutm >> atque « sanctisatis luce mirifice splendescunt ? ld vero gratissimum nobis fuisse , per literas “ad Te datas postridie Idus Decembris anno MDCCLXXXVI. aperte significavimus. Arque eius rei quo testatior essec inenioria , decreta élegarncia Duo” iii pro. ¿psorum beatificatione edita , ex latino in hispanuin — sermonem versa 3 tum historiam rerumn in: eadem'*solemnitate> gestarum «ex: italo; sin his-; panuin sermoneip* translatani , utraque vero: prag lo commissa , Tibi misimus 2 quod memoris gra= tique animi monumenti Loco: positumesse voluj= muse His" literis. humanissime " rescripsisti datis apud -Sanctum > Petrum--tertio'' Idus. + Aprilis MDCCEXXXVH. Quamvis - autem ob - haec laetitiis omnibus laeti fuimus” dl voluptatem' tqmen maximam cepimus , quum nobis. nuntiatum fuic , Te eodem-., quo Nicolaum , et Gasparem. honore. dignum . existimasse Ándream . Hibernonium ex .praeclara discalceatorum . Sancei ERA cisci familia , qui licer Murciae celebri urbe et copiosa natus fuerit , quum magnam ¿amen. aetatis partem in Regno: nostro transegerit ; diem= que .obicrit supremum. y atque Gandiae ' sacro. els. corpus requiescat ; hand mirum videri ode. tra Ciudad que están 0 do por el vastísimo' Orbe de S.Erancisco y de los Minimos los resplan-- dores de sus virtudes; milagros:y Santidad ? Mani: festamos á Va B.:la satisfaccion: que nos :cabía:con! Carta fecha de 14 de Diciembre del año 1786: $. para que fuese mas permanente la memoria de: nuestra gratitud, incluimos enla: misma los ele-.. gántes decretos de Beatificacion qué por.orden de y V. Sant. se habian impreso, y nosotros mandamos... traducir «del latin al. castellano, y + juntamente la relacion dela Solemnidad 'con quese celebraron: en Roma sus Beatificaciones que tambien hicimos traducir del italiano 4 nuestro vulgar idioma, todo . impreso de nuestra orden para que fuese un mo-: numento auténtico de nuestro agradecimiento. A. esta carta se dignó V.Sant. contextar con expresa». nes de la mayor satisfaccion con carta dada. en S.. Pedro 4 11 de Abril de 1787. Aunque estas Beatificaciones nos llenaron: de sumo gozo, no lo fué. menor el que recibimos al saber que V. Sant. tambien habia Beatificado al Venerable Andres Hibernon Religioso Francisco Descalzo, que sin embar-=. go de haber nacido en la Must. Ciudad de Murcia; con todo por haber pasado gran parte da-su vida en nuestro Reyno, donde murió, y por des: cansar” su. Venerable Cuerpo en la Ciudad -de- ((16)) Team set: eiusdem; ¿facultatis Epublice:> docendae amnas! oDtinuiz:5 ¿amen Vrbemo nostra :ingrés. -3Us suetsi gravissimis curiv districtus y: subcissivis horis. ¿n. «graecarum' literarum.: seudium:> nonnihil opera impendebat:, docente: Johanne Mingues graes cac linguae in Academia nosera : Brofessore .: un= de vir úlle. praestantissimus > Scholae: Valentinae Alis. quodam nomine appellari potest»" Sum» mis. etiam «laudibus:: dignum: ese: studiuin 5: quo anno MDLXXXXlIL: in Civitatem nostram recipi. voluic 5 quam" tamen consequutus ese nono «Caléndas ¡Novembris-ejusdem:! anni, + ip» sumque. omnibus Civitatis:Walentinae iuribusiez . potiri; ,- et gaudere > posse publice declaratum libs ab. sha Oui 20 Qua «vero prudentia 3 rerum usu et cognis tione , in peragendis negotiis dexteritate , qua vero eloquentia> fuerit praeditus. , quum alias saepe: patefactum. est , tum. apertissime clarissimus hic Vir costendic coram. prudentissimo potentissia moque Hispaniarum Rege. Philippo IL: cuncrisque, Hispaniae proceribusin. Conventibus. gene= ralibus:, iquos Rex ville Montisoniiegit- anno 4 reparata salute MDLXXXPY: Nam. quum: Valentini Cives ofensam ¿neos Regis voluntatem Animadvertissent , eique rei causam dedisse quaedam A o man - (Eu) | bargo luego que:llegó 4 nuestra: Ciudad:, aunque cercado: de:' gravisimas .Ocupaciones.,' .Se empleaba en los ratos “de + vigar:en el ¡estudio de la lengua Griega, baxo lá direccion. de Juan Mingues, Catedrático de, dicha lengua en nuestra Universidad. Por. ¡este motivo. puede este lustre Vaton contarse entre los hijos de muestra Escuela. Tambien es «loable el. deseo. que manifestó. el, año. 1591 de ser tenido «por «hijo y veciho de: nuestra Ciudad, lo que consiguió en-el: dia :24 de Octubre del dicho año , despues de las: formalidades del derecho ante el justicia:de esta Ciudad ,: declatando .que debia' gozar: de :todas las, pretogativas, privilegios é inmunidades que pór fueros y privilegios, gozan: los. vecinos' y naturales, 4 Manifestó. «muchas' veces: su prudencia, conocimiento , : experiencia ,+ destreza. en. los asuntos. y eloquencias5 «pero con especialidad. 4 presencia. del: prudente y poderoso. Rey. Felipe. Segundo; «y: de slos Sugetos:más prin= cipales de España , en las Gostes generales: que celebró este Rey en: Monzon , en el año: del Señor 1585 Hallábamsee. afigidos nues= tros. paisanos por saber que: tenian disgusta» do 4 Su Magestad: dir lis pretensiones; > (18) Jura controversa" cognoverint, eosque , un A 'chiepis- «copus Valentinas) Johannes: resciic y moleste:y> ut par cerat., eam rem tulisse; RAR adilt", étoco- «Tam frequentissimo :optimatum consessu ita Regi per- Suaiit, jura omnia pro WValentinis stare, ut Rex deinceps propiviavin Palentinós fueric vólúntate. +2 “Nequesheic,>Sanctissime Pater, sileñtio phactereundum: est, quantum Johannes" noster” de Ribera :contulerit: ad domum: aedificandam ,' qua mulieres reciperentuts ad frugi vitamoca libidio nósa> consúetudine —revocatas y. quantumque “elabgraverit : ad Monasterium illud perficiendum, “in quo: in Monialium. numerum:: adscriberentur-> rigiga lieres illaz y quae in: eademo=domo diútius -pro- bataz, citerumad: ingenium as non redicuras, pluribus > periculis comprobatum fuerit o sumprus omnes in hane'>remo-praebente: Senati: ROSEFO”, adjuvante Johanne> de. Ribera yet vótis: “omntbws lam. pluribus ante <annis exoptante Fratre Eyano cisco 4 puero Jesu: Ordinis Excalcentorum B. Ma: rige Virginis de Monte + Carmelo”, “cujus heroicas virtutes :4 Sancta Sede Apostolica ¡am diu Juére comprobatae. . Senatus nostri sumptibus , Archi¿- piscopi Falentini munificentia, atque eleemosinis, et Fratris ¡Francisci ás puero Jesu adsiduis org tionibus » et domus constructa , et Monasterium Ii tor ron F entró en, las; Cortes. A Artigo. ¿de Y Alencia, «y persuadió. de tal. pss al, Rey. la. razon que les. asistía, que; | Su. Mg quedó. sa Hisfecho, «y. los Valencianos reconciliados, con el Rey. Sup: Ni debe. aqui. omitirse, Beatísimo, Kadre, quanto, trabajó: en la fundacion . del Convento y, casa para mugeres arrepentidas que. da, .Ciu- _,dad fundó. y. .dotó.:..y que tantos años ¿antes .golicitaba:. d Venerable, Hermano Francisco. del Niño + Jesus, Carmelita: descalzo, e SUYAS viró se, hallan: ya - declaradas. «En grado: heroi- ¿Con las: expensas sud, muestro: Senado, «con la liberalidad y. limosnas... del PIGARISDO -de Valencia, y con las continuas oraciones del «Hermano: Francisco. «se, concluyó Ja. ¿Casa y Monasterio:, y la. Iglesia se :bendixo.: el. aña parfóclum / Me Eceles ARO tac fito MDC. da die Sancti" ( Gregori M agni y > “quem ue pestis EAterminatoren" “in Patronum'' adsciverunt , > ejus- Elia Whomiñi “Easdem* aedes "inséripserunt. Mirum Gutén ae 'guod Frarér"Prancisóus” 'Senatui., Populogue” nostro" “promisit $ “puerique. Jesu nomime —spopondie numguam' posthac, A ARO: in “Régno" Hostto “ali “exlorituram! pestem!, ale a bminarbrahi, dai" Domus “hace, Ecclesia”, Monajtebiamstabite > Eaperientia varo” pos comprobadica ca “Brarer * Pranciscus”> propria Há subcripserar 2%U, p+“añttém”? Monasteriuin hoc permimere posset o," Béarús + Johanies magnam pecuniam' Monialibús “singulis quibusque'* mensi- bis impertiébacur; y atquevipse' Johannes 'per |. se Eomscibaicor Rectricóm “Domus!, £ sic enimo> adpellitant eam , quae poenicentia ductarum domus curam gerit, feminam quamdam virtutibus praecaram , quee prima strictioris observantiae habitum in Conventu Monialium ordinis S. Augustini , ut dicitur , Alcodiz induerat , quaz prudentia ceterisque animi dotibus praeclare hoc munere fungebatur. Quam vero Senatui nostro grata acceptaque fuerine Beati Johannis munera quae in domus utriusque aedificationem contulerat, satis publicó comprobavie , quum cum, ac 2 1609 .en' el. dia de JS Gregorio, que :por Abogado contra la peste se eligió: por. Patron y Titular 4. devoción | de. dicho. Hermano, «quien. ofreció: por. fiador. al Niño Jesus , de «que con tal que se. conservase: esta Casa, -no. se. veria la Ciudac oprimida de azote se- -mejante:, «lo que firmó de. su mano. El efecto -ha. correspondido á. la promesa, Para: el susento de. las : Monjas contribuía . el Señor Patriarca con: una limosna quantiosa - mensual, y él mismo puso :por.. Sl, mano por Regidora (asi llaman á la que gobierna la Casa de las “Arrepentidas) 4 una Señora muy virtuosa , la primera que tomó «el habito .en la reforma de Alcoy: «del orden. de San Agustin, la qual -con $u prudencia y talento dió disposicion y ¿cumplimiento 4. este empleo. Reconocida la -Giudad 4.lo. mucho que. debia. 4 su Prelado en la o arreglo. de ambas Casas le (22) jus “in Archipiscopatum successores: > dómus!,” ao Monasterii : inspectores > constituit”; veos ¡que praeessey ac primi suffragii' ¿ferendi Jure gaudere vo. luit. in comitiis quae ad. rectum>ordinem' in utraque domo servandum certis temporibus 'habenda sunt, Ád quam rem etiam facultatem impertivit quemcumque vellent in “suumlotum subrogandi=:Johannes, ejúsque successores ¡fere sempergvirum ali. quem illustrem iu Ecclesiastica Dignitaté. consticutum, ut hoc munere fungeretur, elegerunt, quip= p? qui -praesse deber convenñtui “ex mobilioribus> hue jus Urbis viris constant. 20 42 arm Nullum “autem aut majus ,.. aut "graviotis momento negotidin tanti viri tempore agitatum est, quam eorum: áb integro" Hispantarum:- Regno expulsio, quos Moriscos 'appellamus. Ommes" vero quí de ea “re” memoriae prodiderunt, apertissime testati sunt, expuúlsionem hanc ima: gime > executioni 'mandatáam cura; labore, ac vi. giliis Beati Johannis Archiepiscopi Valentin. Quod idem testatur etiam lapidea pila, quae extat ad introitum aedium , ubi Senarus noster haberur , in qua haec est sententia: ab integro Hispaniarum Regno eos expulsos esse , quos Moriscos dicimus, flagitante , et agente Ja. hanne á Ribera. nombró Visitador de E Presidente y primer voto en la: Janta quese: “estableció para su gobierno, «cuyo cargo” debieran” tener en adelante los Sucesores en el Arzobispado, con facultad: de nombrar Delegados para semejantes funciones, que “casi siempre le han fiado 4 una Persóna de satisfacción constituida en dignidad Eclesiástica por presidir 4 una junta que se “compone de: pe de la primera Nobléza. | EEE No: se “trató en su tiempo otro asunto mas grave ni de mayor importancia que la expulsion de los Moriscos. Todos los que han escrito de este suceso atestiguan claramente, que “el haberse executado esta expnision, $e debe al cuidado, trabajo y vigilancia del Beato Juan de Ribera, Arzobispo de “Valencia. “Esto mismo se dexa ver en una: Lápida que permanece colocada al lado de la puerta principal de las casas Consistoriales , que contiene en suma: que “la expulsion de: los” Moriscos se executó con los ruegos y solicitud de Don Juan de Ribera, A | Quod si nulla alia res esset,' haec una satis foret , ut ab eo maxima; ac singularia beneficia nos accepisse fateremur. Quod ipse. in Cathedrali Ecclesia confessus est , sermonzm (a) ad _Populum Valentinum habens. in quo sempiternas gratias Deo habet, eique agit propterea quod tam magnum, tam praeclarum , tam excelens beneficium nobis impertiri dinatus fuerit, ut expulsio haec in Regno nostro inceperit, eamque aeque animo et Senatus, et Populus Va- Jentinus . acceperit , in. quo Valentinos Cives summis laudibus extolli oportere fatetur, quum nmt:suam in: Deum pietatem, in Regem 'obedientiam - ostenderent, nec rei familiari, «nec oli sumptul, nec laboribus quibuscumque pe- —percerint, immo nec suae nec filiorum suorum vitae, quod in causa est, cur se indignum : re- | putet , qui hujusmodi oves habeat. Haec sunt y Beatissime Pater, gratissima. illa merica , quae Beato Johanni 'á Ribera initio 'harum licterarum accepta referebamus, ab quae propensiore animo in. illius amorem sumas, (a) Habita fuit haec corcio Dominica ay Seftombris auni 1609. quae proxima fuit post expulsionis promulgationem, quae contigit Martis die as ejusdem mensis, -(C25) Y aunque no tiuviesemos, otros. motivos -bastaria. este para. confesar, que hemos recibido de: él los, mayores. y mas ¡singulares beneficios. Lo que el mismo ¡Señor Patriarca asegu- 1ó en el Sermon (42), que predicó con este motivo en la: Iglesia, Catedral ¿en que dá infinitas gracias ¿da Dios. por». habernos. concedido un beneficio tan grande, tan honroso é ilustre, qual es que esta expulsion haya. comenzado. por muestro. “Reyno, y que-sus. Ovejas lohayan re: cibido de: tan buen ánimo.,- que para no. faltar al. amor de Dios , y á-la obediencia al Rey, Ro: - han perdonado. ni d-—sus haciendas,: ni á gastos y ont dá trabajos, ni .á. sus propias vidas, ni á la de sus hijos, en lo que merecen: singular alabanza, y de que él se juzgase indigno de tener tales Ovejas (B) E Estos son en suma aquellos tan agradables beneficios que al principio de esta Carta Insinuamos haber recibido del Beato Juan de Ribera, y por los quales ha merecido todo nues, D (a) Se predicó este Sermon el Domingo 27: de Setiembre 1609 , que fue el primero que ocurrió despues de publicada la expulsion en el dia Martes 22 des mismo. (32) «y provissio de aquella ch ¿Gaspar::Adell -Notari ¿¡Subsindich+personalment;.cn:; Valencia == Vila. ¿»Informacio de: Testimonis; rebuda:en la: Ciufat de Valencia':de, provissio:del Magoifich, Jas- -ticia' en lo Civil. = Die decimorseptimo mensis Octobris.anno millessimo .quingentessimo nonagessimo primo. = Lo Magnifich:Gábriel. Probado Ciutada habitador:de: Valencia dei hedad:que:dix ser dessexanta' quatre anys: testimoni. produhit y «donat per part'é instancia del discret Jaume Gris" - tofol Ferrer Notari Procurador del Himo. y Reverendisimo D. Joan de Ribera Arquebisbe de Valen- ¿cia y: Patriarca de:Antiochia, lo: qual jurá 4:nostre Senyor Deu, y als Sants quatre Bvangelis de aquell de la:sua ma dreta corporalment tocast dir, y: testifficar veritat del que sabra é sera interrogat sobre do contengut.en una Scriptura per dit Ferrer en - dit comspossada 4 dotze-dels presents «mes é any, la deposicio. del qual testimoni feta en Valencia es del tenor :«seguent. 5 | 419 + Et dictijuramenti virtute interrogat dex que . lo que ell testimoni sab de les coses contengudes en la dita -Scriptura es que ell testimoni se tro. ba presenten esta Ciutatude Valencia lo dia: y «quant lo dit Jlimo. D.: Joan de Ribera entra en esta Ciutat, y que fonch en lo mes de Mars del any mill cinchcents sexanta y nou, y que axi ha pus de vint anys: que aquell entra en esta Giutat on continuament ha vist ell testis moni aquell ha residit y tengut sa Casa do» micili y Cap major ah tots sos servidors y criats estant y habitapt en lo seu Palacio 'Archiepiscopal , é que áxi.es publica y notori : OO | , publica: rev y fama:en ¿la presento Ciutat, de Valencia. ==. «Generaliter-¡%c. et ad omula dixit -noa: fuit sibislectur eb ¡perséveravit, =. Gabriel robado. =Dictis dic et : anno» +: Lo, discret 'Andiea: Joan: de la: ¡Gasca Notari vebi y:habitador de la present Ciutat: de Valencia. dix str ode hedad de cinquanta ;y dos anys festimo- ni produhit y donat So 10. qual Jurá ¡2 nostre 'Senyor Dew Sc dir ovesitat cc: => Et dicti. Juramenti” vitute iiterrogat ¡Be =!.E. dix que cil testimoni sab y te noticia certa que lo dit. Mostrissimo y Reverendissimo: Senyor D.. Joan de Ribera: Alrquebisbe dei Valencia: en; dita Seriptura. mencionat: ha «pus: de :vints anys que esta “y habita en esta Ciutat: de «Valencia. On . per tot lo dit temps ha tengut son donricili é Cap _ Major en son Palacio Archiepiscopal ab tots sos criats*é servidors, ¿que sab. ell testimoni que ha. puside vint :anys que residix En esta Giutat:per zo que dit Mimo: Senyor D» Joan de Ribera segons es publich y notori entrá en esta Ciutat. 4 “regir son Arquebisbat en lo mes de: Mars del: any «mill: cinccents sexanta- y Mou Y”azo es 8. =: Generaliter 82c. et ad. omnia dixitonou =. fuit sibi lectum €t perseveravit =- Gasca. => Die vigéssimo primo Octobris millessimo quingentessimo nonagessimo primo , lo molt Magnifich' Justicia sen: lo. Civil. de la «present Ciutat aconsetlat-del Magnifich: Micer Frances Bonaventura de Cas, altre de sos Ássesors pres sénts, y hoyts 4 Jaume Christofol Rerrer “Notari dicto nomins de una y 4 Gaspar Adell Notari dicto nemine de altra provehi, que les ] (34) «parts pera dema tot dia diguen y alleguen lo “que vullen y posen: proces, y actes super tota “causa alias. Ecco. Ultimo vero die cintitulato: vi- 'gessimo?quarto mensis Octobris anno millessimo quingentessimo nonagessimo primo: Davant la resencia del dit: molt Magnifich Justicia en lo Givitde ¡la present Ciutat de Valencia eo en “sa Cort y Audiencia personalment comparegue 4ume! Christofol Ferrer: Notari dicto nomine “ab lo qual Jonch' publicada la. Sentencia del thenor seguent en absencia de la part altca. = JHS. E lo dit molt Magnifich Justicia en lo Civil dela: present Ciutat de Nalenciaé Jutge ¡Ordivari de aquella vista in primis una Scriptuya de requesta dabant sa Senyoria y en sa Cort y Audiencia possada per lo discret Jaume Christofol Ferrer Notari «Procurador del «¿llmo. y Reverendissimo: Senyor- Patriarca y -Arqusbisbe de Valencia en Chalendari de viot y; dos dies del 'mes' de Octubre: del any :corrent: mill cin» chents: noranta hu, provissio é intima al pen de aquella feta al discret Gaspar Adell Notari Subsindich: de la dita é present: Ciutat de Va lencia , vists los, testimonis per part: del. dit Jaume Christofol Ferrer Notari dicto nomine Cobre la dita Scriptura produbits y donats dits, y depossicions de aquells, vist lo manament de posar proces y actes: Super tota causa, fet y provshit persa: Senyoria presents y hoyts als dits Jaume Chrisrofol Ferser é Gaspar A dell Notaris dictis respective nominibus en viot y. un dia dels prop dits mes y any ,. visis vidéndis 8íc. =:hagut á Cort ác. en anta Sc... / 35 ) | = E attes y conisiderat que, per des depossicions dels dits testimonis per part del dit Jaume Cbristofol Ferrer Notari dicto, nomine sobre la dita Scriptura produhits. y donats clarament consta, y appar Jo dit: Állmo. y Rexerendissimo Senyor Patriarca y. Arquebisbe de, Valencia. haver» pus de vint anys que está. y habita en la present Ciutat tenint sa Casa parada ab crlats y familia per zo.qus aquell vingue 2 la, present, Ciutat de Valencia per .Arquehisbe. de - aquella en Christofol Ferrer dicto nomine, Per tal et alias, Justicia sich suadente provehex y declara lo dit lllmo. D. Joan de Ribera Arquebisbe de Valencia, haver pus de vint anys y com á tal deure y poderse alegrar de qualsevols prerrogatives privilegis é inmunitats que per furs y privilegis del present Regne los vehins y natuyals de Valencia poden y dehuen gozar € ax provehex y declara Latta Síc.= Vt Cas, Assesor. = Sentencia per lo dit molt Magnifich Justicia donada y promulgada los dits dia mes y any sezeñal del dit Magnifich Justicia quí la' dita Sentencia dona y promulga. = Presents foren per testimonis á la publicacio de dita Sentencia Berthomeu Tur y Llois Navarro Notaris habitadors de Valencia. = E perque a dit tresllat | | 6) en estes deu Cartes $e ma de altri escrites de son registre actuat' en la Gort Civil de Valencia fé li sia donada, Yo Joan Baptiste Vila Notari Escriva de dita Cort asi pose mon: sigakne. - Debidamente” concuerda el “antecedente inserto traslado con: el qúe' se halla en :dicho: Archivo al ue me remito; Y. para que conste donde convenga doy y libro el presente con el sello de este Real Colegio y Seminario" de” Corpus Christi,c4 reguirimiento del Sé? De Antonio Pasqual ,: Regidor. per» petuo en' clase de Nobles de esta muy lustre Ciu+ dad de Valencia, y particular orden! del Sr. D: Joseph Mas Rector del: mismo Real Colegio, que firmo en “dicho Archivová 4 de Diciembre:.de: 1736» = D. Antonio Carrera; Presbitero; Árchiveros 203 e)” . 4 E Logár 19 del “Sello. q distibabs bkicoiooib A or O ANECINDAMIENTO Señor Pátriarea de Abfioggla'Ar- : br oGLVile:5 $01 Aúño' de, la Natividad: del. Señor:mil quinientos nó» Penta y, uno” en elvdia: ticuladocdoce de' Octubre y . sh Ñ 5 y - 7 7 ) , 4 pon y EN FA ss " 8 SD PRI EN LISO Y 30 07 nt la. presencia: :del y muy Magnifico: Justicia en lo: Civilde esta; Ciudad des: Valencia: en sul Juzgado. y: Añdiencia , «persogalmente¡ compareció fayme ChristovalsFerrersNorario! Peocurador del fllmo. y, Reverendisimo: Patriarca y ¡ÁrzO> bispo de' Valencia , quien, presentó: la «Escritura del: tenor, siguicote Ante Vos: muy Magnifico Justiciarenido.¡Qivil ide: cla” presente. Ciudad de Walencia zu constituido personalmente el: Discreto Jayie -Christioval. Ferrer. Notário Procurador del. Allmo.' Patriarca-»Arzobispo de Valencia, el qual como! mejor puede ,-y debe, y para-todos los - efectos ' que mas: sde. Justicia: aprovecharle puedan yyidéban. dice¡y:própane:: Que el: dicho limo. Do Juande «Ribera:Patriarca Arzobispo de Valencia su Principal. ha: ya veinte y dos ADOS a años y mas que existe y reside en esta Ciudad en su Palacio Arzobispal con sus criados y familia, y por consiguiente conforme á las Forales disposiciones y-Privilegios del presente Rey= no y demas á que él debe gozar 'y complacerse del Privilegio de vecino de esta Ciudad, “yy por consequencia de todas las inmunidades que se hallan establecidas en. favor:de, los vecinos de la misma, y para que conste de “ello requiere y pide'se le“reciba' una: sumaria informacion de testigos á fin y efecto de probar y verificar lo que arriba “queda dicho, y si por la dicha informacion de testigos ó de otro modo constará: seruasi le plazga:proveer y. declarar que dicho: Blmo+: Da Juande Rivca ,:Arzobispo de Valencia ha ya mas de veinte años que está y reside en la presente Ciudad, y por consiguiente: que debe" y puede “gozar de qualesquiera Prerogativas Gracias y Privilegios y inmunidades que “por: los. dichos Fueros. y :Privilegios de la: Ciudad» y. Reyno están «dados y concedidos 4 sus vecinos, la que pide del: mejor modo que puede ,:como asi '8¿c. Implorando. 8c. Y puesta la dicha Escritura: desde: lues go el referido muy Magnifico Justicia aconsejado de uno de sus Asesores Ordimarios hizo: al pie de aquella la Provision siguiente. =-Reci- base la informacion y se proveherá. Y-se' notifíque = Cas Asesor =. Dia quince de Octubre de: mil quinientos noventa: y uno. Hizo relacion Geronimo Chaves Nuncio que él hoy ¿habia intimadodicha Esctitura: y su'Provision. 40Gas- 31 Adell Notario Subsindico: personalmente en alencia = Vila. ANDEAN A A > 4 Informacion de testigos recibida en la Ciuda? de Valencia por Providencia del Magnifico Justicia. en. lo: Civil. 2 OM AY OY 9130.7 Dia diez y ¡siete del mes de Octubre del año mil quinientos: noventa: y: UDO»: El Magnifico Gabriel Trobado Ciudadano vecino de Valencia de edad que dixo ser de sesenta y. quatro años testigo «producido. y dado ¿por.parte,. y 4 iosr tancia del discreto Jayme Christoval, Ferrer Nos tario Procurador del 1mo.. y Reverendisimo De Juan de Ribera Arzobispo de Valencia y Patriarca de Antioquia quien juró 4 Dios Nro. Señor: y á los. Santos quatro: Evangelios. por : su mano «derecha corporalmente tocados, decir y. atestar verdad de lo que sepa y sea preguntado sobre lo contenido en una Escritura por el.mismo Ferrer en: dicho nombre .puesta á los doce del presente mes y año: La deposicion del qual testigo: escrita en ¡Valenciano es del tenof siguientes: y en virtud: de dicho Juramento: interrogado dixo: Que lo que el testigo sabe de las cosas contenidas en la dicha Escritura es, «que: el testigose. halló presents en, esta Ciudad el dia y quando: el dicho «limo. D. Juan de Ribera entró env esta Ciudad ,. y que fue enel mes de Marzo del año mil. quinientos sesenta y nueve, y que segun ello hi mas de veinte años que aquel: entró en . esta Ciudad en la que continvamente ba visto. el, testigo que. ha. residido y tevido.su Casa domicilio y Cabeza. ma. yor de ella con todos sus: familiares y criados, estando y «habitando en, su Palacio Arzobispal, lo. que asi es publico y notorio publica voz y (9) , | fama en esta Ciudad Y Valencia, y igineralmente 8cc. Y áttodo dixo queino- Lhiosfue-leido y perseveró y firmó = Gabriel Trobado''ichos dia: y “año. “El dicreto: Andres Juan desla Gasca Notario vecino y habitador de la presente Ciudad de Valencia dixo ser de edad de cincuenta y dos años. Testigo producido y dado %c. Él qual juró-4'Dios Nro. Señor Sec: decir verdad 8c. Y en virtud de dicho juramento preguntado «dixo: Que el testigo sabe y tiene* noticia cierta «que el dicho Ílimo. y Reverendisimo Señor D. Juan de Ribera Arzobispo de Valéncia: mencionado «en dicha Escritura ha mas*de veinte añas que está y hibita “en! estar Ciudad: de Valencia en donde por todo*el: dicho” tiempo ha: tenido su: domicilio: y Cabeza mayor. en su' Palacio Arzobispal con todos sus domesticos y criados, y que sabe el testigo que ha:mas de veinte años que reside en esta” Ciudad , por razon de 'que «dicho Jilmo. Señor D. Juan: de: Ribera, segun es publico' y notorio y vino '4 esta Ciudad á regir su Arzobispado en el mes de Marzo del año mil quinientos sesenta y: mueve, y esto es Bic. generalmente y :á todo dixo que no le fue leido y perseveró y. fitmó:= Gasca =' Dia veinte y uno de Octubre de «mil quinientos noventa y uno el muy Magnifico Justicia en lo Civil de la presente Ciudad “aconsejado del Magnifico Micer Francisco Bonaventura de Cas uno de sus Asesores presentes y oidos 4 Jayme Christoval Ferrer Notario en dicho nombre de una, y á Gaspar Adell en dicho nombre de otra, proveyO que las partes para mañana por*todo «el día ( (41) “¿digan y aleguen todo lo que quieran, ysponggn LAA 0 AgOsh en, el dia, veinte, y. dos; del mes de Octu- ¿bre d .d, año, corriente, mil. quinientos noventa y ¿Bno. la. profision y. notificacion ¿al. pie ¡de .ella hecha a] discreto. Garpar. Adell Notario Subsin- Gaspar, Adell Notarios ea: dichos: sus respective nombres 4,los veinte ¡y uno. de los pioxime pas sados: Mes Y. AÑO;)1 visto pod lo que debia: verse