El deseo de que la Iglesia Mayor de Calatayud sea Catedral, y se desmembre de la de Tarazona, y se le dè diferente Obispo, se ha manifestado muchas vezes; y ha dexado de efectuarse por la resistencia q ̄ha hecho la Iglesia de Tarazona, y alguna vez porqu
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IL Dcreodequeh glei-a Mayor de Cahtayud fea Catedral. y fe dcfmembte de la de Tarazona.y fe le dé difcrentcObifpo.fc ha manifcftado mochas vezesjy hadexado de cfcdaar fcporla refiftenciaqhahechola Iglella de Tarazona v La na vez porque ¡a Comunidad . temeroía do perder en'par'te fu Patronado, ha hecho también contradicion a ello ; y afsi fe de fea fabcr.fi por cftc temor deue proícguircn la contra’dicionjó pofpU! fto elle,ayudara la Ciudad,para que íe conílga cl intento. ^ ^ ' Y en quanto a las conueniencias que fe feguirian defta’, no ay nue refVcícntarlas, porque aucr de ir a Tarazona deíde los Lugares dcl - ArcMianato para todo lo que es la iurirdicion voluntaria.como ion Cartillas de Corona,publicatas para Ordenes,y dcfpucs las ordenes por las dirpcnfacioncs,afsi de Roma , como otras q puede conceder cl ScQor Obifpo a gente pobre.quc la diftancia del Lugar, afpcrcz* del camino,y gados que fe ofreccn,ocafionan a muchos a cftar en pe cado.ynoirapiditlas-eltraerlaCrifmadc Tarazona , que ordina¬ riamente haze grandes fríos,y fuclc aucr nieucs.y el camino de mo¬ tes y valles tan fugetos a ellas, colaciones de Beneficios,y otras muchas de la juriídicion voluntaria. ^ Y aun en la ;urifdic¡on contenciofa.aunque cl Vicario General de CaUtayud la exercita en la Ciudad , recibe gran perjuy zio el Arel dianato.porque muchos de los Vicarios Generales , aunoue doaos.no lo ferán tanto que fi cftunieran al lado del SefioTolfor y Ies pidiera relación Je los pleytos,y negocios v losconfi • “ ’ Bernias fcntencias con masLftificalon%l Vicarios atentados / témete fosde Dios en procurar caftigar los deliaos con teaitud v fin n i resipeto en muchos otros fe ha experimentado que todo’ 1 (ido in - teres,y pccuniar,y cafi holgarfe de que pequen los Ecl^/í tenerlos a fu difpoficion.para ganar dineros de penas lo quai nó^fe «rcuer.a a vifta de fu Prelado,que como vcrdaderop’aLc iLe mi reprchcnfion.quc los Vicarios Generales con cien penas pecuniarias.y elle modo ocafiónaapccarmas dclen «^és.y con lauidld ’iV' P^dre.y Paftor.y procede fiu iuticos tenaen “os JftoL , r '""“'"da.-Y fi acafo los Edcfiafcfto esiodi-noffr n r * viíitaSypocfcf mas frequcnrcf, aunque drccho,que°nod,i/i conforme a •rucioncsVpoL'li:!"'?: f^^rpos licuar fegln eí Drecho.y Coudiáunoue las Vifirafr 1°'"So mas de diez y feis perfonas, que aunque las v Hitas Pean de dos a dos años coirodifpouu*'*="toCó cilio Tridcntino.como ferán mas frecuentes,a viá menos que hazer, y avra lugar que fe vifice en dos dias,y el que en quatro dias,cu* yos gaílosen tierra tan fértil ^ y abundante de todos mantcnimientos;no puede Tcr porque vn Obifpo con tresCape- ]lancs,trcs pajcs,vn Vilitador,Kotario,y fu ayudante,vnFiícal,y va Nuncio,dos.ó tres mocos de muía, vna azcmila , y mas en tierra raa apacible, y que los Lugares eñán en tan poca diftancia,con cfl'as per^ A ío-
fonásllcüatodoloncccfíaríopsrah Viíltá. Y íl acafo algún Scñot Obifpoha hecho cxccfiuos gallos con grande aconipañaaiiento , lo ha hecho mal,y de cíTos pocos,que quanto menos acompañaniicnro le va a lo Apoftolicojy el fer los Obilpados mui pingues,no es conuenientc para el fcruicio de Dios,poique emplean en cijos.perlonas mui principales,y aquello lo toman como premio de fus íetuicios, y trabajos,y fe gallan Us rentas de los ObiípadoSjó en fus paricnie?, ó en vanidades,© dan en auarientos por hazer rnayorozgos, y no fo¬ jo padecen los pobres en la limofiUjlino que tampoco (c les afsieniá las funciones Pontificales,por cftar acoüübrados poco a ellas,y anee tenido otros empleos mui diferentes , no fin gran daño da la enfeñancade los rubditos,y de la adminiftracion de los Sacramentos. En quanto al fegundo punto,que es temer la Comunidad la 'dimi¬ nución,6 madan<ja de fu Patronado,es fin fundamentoj porque quatoa lo primero,elle Patronado cíláen lo jurídico tan bien fundado, que no tiene que temer contrañe alguno; porque el primero funda* mentó es la donación de las Iglefías que hizo el Reí Don Alonfo I. de Aragón,que ganó a Calatayud.y Zarago<^3,e! qual tenia gracia de los Pontífices Alexandro ll.Grcgctio Vll.y Vrbano II. de todas las decimas,y primicias de las íglefias que recobraíTcn del poderde los jMoros,e lnficles:Y el PontificcVrbano II.no folo concedió ella gra cia a los Reyes dc.Aragon,fino también a los Ricos Hombres,y Peaceres que fe auentajafícn en las guerras , y en la recuperación de las dichas tierras ocupadas de Moros, y eííando por otra parte en elle. Rcyno el Fuero de Sobrarbc.quedifponia.que el Rey tuuiefie obligacion de partir las tierras que fe ganaíTcn con fus Ricos Hombresj bien pudo hazer ello con vna Villa,y Comunidad, que htiuicra ayu- , dado mucho a la conquiíla. Que dado cafo que quificramos feguie la opinión mas rigurofa , que la concefsion de las décimas, y primi¬ cias le las Iglefias, hechas por los Pontífices a los Serenifsimos R^r yes de Aragón ^ y a fus Proceres , fueran pcríonalcs en las perfonas E.calcs,y f i Corona,y que f olo fe comunicaran a fus fuccfl'orcs, y q no pudieran difponcr dcllas en otras perfonas Seculares. Ella diípoiició no la hizo en la Ciudad,y Comunidad, fino como cnConquiíladores,dándoles parte de lo ganado? y configuiencemcntc entraron en la gracia concedida por el Pontífice a jos Proceres de Aragó, que conqu fiiran, y ganaran en guerra las tierras de Infieles, y dcípucs las defendieran. Y quando aun no fe concediera, que el Reí no pudo difponcr de las décimas,/ primicias en rccularcs,y legos,ni de vna manera,ni otra,qae es la mas rígida opinión,y es la menos cierta,patticularmc,- tc fiendo antes del Concilio Lateran.celebrado el año 117 9 . q u e pu¬ fo cíl i prohibicio.Efie dcfcflojcafo que lo huuicra.fe íuplió,y rcualido la donación Real con la confirmació del Papa Lucio, como c6f- ta de fu BuIa?con tjue queda con autoridad Real,y Pontifical del tqdo fegura , y la vna,y otra conccfsioncs boluio a confirmar el Rey Don Alonfo U.dc Aragón el año todo lo q'aal coila por el pii .üiiegio del dicho Rci Don Alonfo ll.donde efian incluios ios priuU ■ le-
Icgíos anteriores,que tienen Fe Facicnte,y cñá trafumptado en la Cor te del luüicia de Aragón. £l fegiindo fundamento, esaiierfcconferuado con contradicion del Poncificc.pucs es tradición,como lo dizc Villar,que en cíla Co* niiinidad cíluuicró defcomulgados,ó entredichos diez y ocho años, por defenfa de efle Patronadojy aunque no es alabanza,pero es cicr- to,que pues el Pontiíicc Iciiantó las ccníuras, qnedcuió tener íatiffaccion de la razón que tenían en defenderlo,ó les diípcns6,y con¬ cedió de nucuo , para que lo luuicran con buena conciencia , y con permilfo de la Sede Apollolica. El tercero es,que acudiendo como fe acude a los Vicarios, que fon los que adminiílran los Sacramentos, con el fiiílcnto ncccflario deuido de drccho natural,y diuino,y a la fabrica,y jocalins de lai lglefías: de lo redante,como no fe dcue de drecho natural, y diuino , ha podido introducir la coílumbrc inmemorial, y prcfcripcion , y mas con titulo judo de donación Real,y confirmació x\poñolica,aunque no fueran validos al principio , la judiíicacion de aplicar lo redante de las decimas,Tacado el quarto EpiTcopa!, que también aunque no en la 90ta fe le dcue de drccho natural,y diuino a otros caíos 5 y mas liendo tan licites los empleos,como es el fudcncar fus hijos Saccr^ dotes,y Coadjutores del Vicario en la adminidracion de ios Sacra¬ mentos,y Culto diuino. d en Italia han preferipto el no pagas decimas, porque a los Curas de almas, y Obifpos les proucen otro modo de alimcntos-.tainbicn en eda Comunidad , Tacando el quarto parad Cbifpo,y dando congrua fudcncacion a los Curas de almas ó Vicarios, han podido introducir por codiimbre el vro,y aplicación arbitral del rcílduodc las decimas, y primicias, y prcfcribirlo , y de nucuo adquirirlo,quando no lo íuaieran con judos titules dichos, y tan dilatada,y continuada poflcfsion. ^ Y vltimamsntc el confcntimicnto de tantos años de los Pontifíccs.y Prelados de Tarazona,el auerfe yá apurado por vn Legado del Pontífice en juyzio concradiaorio las cnunciatiuas de los Obif¬ pos,y Cabildo de Tarazona , y de los Metropolitanos ; lo aíícguran tanto,que no puede tcmctfc.contrafic alguno. colige.que no folo hiziendo memoria de vna clau P ^ «f» la Bula que diga, que fe haze fm perjuvzio del uo confir loables conúbres,queda no lolo firme, fino'de nuc¬ en la Sede Apoflolica ; y fe añade mas , que aunque fe dixeflrn-Ti^í “'j “^Bracion.y erección de nucuo Obilpado , no ra fu coufe^-uici Patronado,queda con toda íu fuerfa pandel de la Bula dcdifmcmbraciondcl Cbifpadodc Teruel que vá concíia.al nueuo Obifpo no fe le dan,ni conceden,Uno los mifmos drechos, prehemincncias , redi-, tos, a u t o r i d a d , y demas cofas que pertenecian al Obifpo de Tarazo- ; y como oy eflá defendido del de Xaraíona, b mifma defenía tendría paracidcCahtayud. Pero lo que quita dificultad , y puede perfuadir el aniraio rebcldCíCS el cjicrnpl^^ de Teruel,donde como eílá dicho fue fubregado ,
do cl Obifpo de Teruel en íos drcchos Epifcopalcs dclArgobirpo ár Zaragoza ; y ayTdos gcncros de Patronados, vno en la Ciudad,cn el qual en líete Par>qquias que ay , cl Vicario,y Racioneros dellastodos fon naturalesdc ladicha Ciudad,fin admitir eftraño alguno , les cftán aplicada.^ hs decidías de nuichoí Lugares de íu Comunidad para fu fuñeto:y para entraren las Parroquias a fer Racioneros, cfcogen la Parroquia que quieren,y fe prcícntan en las cafas de la Ciu¬ dad ante el lurado mayor,y Prior del Clero , y Vicario de la Parro¬ quia que elige, y confiando de lá naturaleza, y calidades , es admitido,y fe les dan tcfiimonialcs por eftos tres, para que el Cbifpo ha- Jlandolo lufícicntc lo ordene a titulo de aquella Ración, fin q Cbifpo alguno jamas ay a pretendido impugnar efie Patronado , ni entre, mererfe en la prouifion de las Raciones, ni examen de las retas, fino que algunos han pley teado,quc los Vicarios de las Parroquias fuefícn por opoficion entre los mifmos hijos de la Ciudad,quc ai no puc de aucr efie pleyto,fupucfto que el Obifpo lo elige. Otros Cbiípos han pleytcado las proaifiones de las Vicarias Luchares de Comunidad , de donde lleuan las décimas los Racioncros'dc las Par tequias de la Ciudad, que efio no toca , ni difminuyrcofa del Patrimonio dicho.Y el otro Patronado , ó patrinfonio rn Lugar de Cclla,6 Celda de la dicha Comunidad,que efie es parecido mas al de la Comunidad de Calarayad,porque tienen la Iglcfía yCó cejo todas las décimas,y primicias,y de ellas fe acude a h fabrica jotalias de la Igicfia Parroquialjal Obifpo fe dá fu quarro,y todo demas fe reparte crttrc el Vicario,y Racioneros,que todos fon hijos del mifmo Lugar,folo fe diferencian en que aqui no ay numero de - terminado,como en eide la Comunidad de Calatayud. Y fe ordenan también a titulo del con teftimonialcs del lutado mayor de Celda ,' r Vicario.no como en Calatayud.quc entran ya ordenadosj y en vno,. ha puefto pic/to , ni dificultad Connofabyfc a5ra priui|<;gio,niconcersion dcRcycs,niP» Uficcs.í^no folo de donaciones de Obifpos de Zaragoca , qnefupri-‘ mieron las Retoñas de los Logares,dexando Vicarios en ellas en fauor de las dichas Parroquias de Teruel ¡ y en Ccllala RetorU fe rL parte entre el Vicario,y Racioneros dclmifmo Lugar,comoeflá di¬ cho,y ello fin auer hecho memotia,ni tener claufula preferuatiua )á Bala de eflos Patronados,como coníla de fu letura • Lue»o aun no fe hizicffe memoria en la Bula. quedarla faluado libre° « fin nT/ juyzio el Patronado de la Ciudad.y Comunidad de ¿ahr /ud t^niS do tanto mas firmes fundamcntos.Efte fentimientoio he coleoido' y comunicado con perfonas graues.y doftas ; y lo que mas importa' que han platicado,y platican todo lo dicho. Teruel.y Oaubre a i x. fie 1653. El QuAváí AH del CitftíiCfjfo de Capuchinos de T^ertieE