Declaración lamentable contra los franceses
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DECLARACION LAMENTABLE ' CONTRA LOS FRANCESES HECHA POR EL OBISPO DE LA ROCHELA, .RESIDENTE EN GUADALAJARA , EN EL MES DE FEBRERO de 1793. CON LICENCIA : En Cádiz ,en la Imprenta de Don Antonio Murguia ,Plazuela del Correo.
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/ é(^Onque al ’ñn, es cierto,. Nación abominable ,que has puesto tus manos sacrilegas sobre el Ungido del Señor con el sacrosanto Oleo ?¿qué nada ha podido detener tu brazo para dejar de manchar tus manos en la inocente san-?» gre de una sagrada victima ?¿que has condenado, yhecho executar la muerte de itu Padre biezihechor ,ydel destinado por el Ser Supremo para velar sobre tus conservaciones ?Ah !que al trazar estos renglones ,la mano rehúsa confiar al papel una noticia que llena de horror al entendimiento ,que dicta sus expresiones ,yno halla modo de familiarizarse con una idea tan criminal! En efecto, un regicidio tan meditado, deseado con todo encarecimiento, pedido con amenazas tan crueles, yproclamado tan escandalosamente^ no encuentra exenjiplar en los
3 X.... los" siglos mns rbm*::fos x-ol^seüró's V'^^^ las Naciones que" tú' lliimks Jlarbaras ^pe- ^ro que eh^rOO'mpaTabfcn de' la tuya, té pueden dar lecciones de la liumanidv'íd que tanto has decantado ,si% Vil Popullíchó ,^ sí''é’l 'Utieí% hecho^ derqoerer sut jetar áurí interrQgaídrro átu Monarca^ yjuzgar" á’ tu liiistno Juezy' ha sido la piedra de escándalo^, aün para ‘dos'J menos bbnténtos con 'él suave gobiernotqúe sü'-^ jetaba lásvoluntades detodos ála voluntad de uno soio !¿quál será la injus^ Vá' iridignacidíi dé los Ésíados bieo orga- ,'hizados 5contbmos, ydichososcon -el blando yugo de la obediencia debida áun 'Soberano cuidadoso del bien de siis vaV ‘sallos, al ver que has execuíado 'cqn ei Tuodelo de la mansedumbre/ yde iá duh zura la ultiiría de las violencias ?has querido deslumbrar los ánimos de los buenos con la aparienciá de un Procesó -falto de todas las formalidades^ haspre- tendido dorar tu perfidia con la formación dé una causa simulada, que ríi aün visos tiene de legal :¿acáso tanto en úna co-
como otra, ho se hán notado las nü^ 3idades desde su principio? ¿que había que esperar de unos Jueces, que fueron lellos mismos los acusadores ?¿qué de la Ocultación de los documentos justificativos ,de cuyo examen hubiera resultado triunfante la inocencia del Rey ?' ¿qué del olvido de las relaciones autenticas y Juradas de personas refugiadas áPaíses Extraugeros, ycomprometidas con él? Péro ,oh ceguedad í¡oh voluntad inexó** rabie de querer perderte. Monarca desgraciado! ¿De qué te acusa tu Nación? ¿es acaso de haber sacrificado tu comodidad, yla brillantez de tu Trono áel desahogo yalivio de tus vasallos? ¿de haber querido líavar ádebido efecto, y juntado la Asamblea dé los Nobles ,que otros Principes tus antecesores mas zelo— sos de su autoridad no habian practicado en el espacio de mas de ciento ycincuenta años? ¿de haber reformado á vor de tus vasallos, la Caxa Militar ?¿de haberte deshecho de tus Mosqueteros, de tus gantes de .. Amias ,yCaballos Bge-
géros, dé 'esta iTroptj escogida ^álar qnié' Xiada era capaz de corromper 5. ni sedu-í cir ?Ah !que isin estas condesceriden*-* cías de tu benévolo Soberana no estu^ •vieras hoy ,Nación infame ,congregada en ese atroz Conciliábulo 5saciándote de ks miserables reliquias de la inocencia desarmada. Acaso (volviendo áel asunto ) te hacen autor yprimer móvil de los desastres del dia 10 de Agosto, 23, y 5de Septiembre, dias memorables en Jos fastos del horror ,yseñalados con la sangre de tantos? El primero de estos estuvo anunciado ypublicado anticipadamente en la Asamblea Nacional, como un dia de espanto ycarnecería en la Ca>+ pital de Francia, según demostró, y Convenció el Defensor del Rey por. el^ testimonio de los mismos circunstantes, á quien nadie quiso contradecir ,los demas cargos fueron consecuencias de éste ,y por tanto ninguno de Jos estragos suce-*. didos en ellos pueden imputarse á-quiea en lo principal se halla inculpable; ¿Pues ^qué crimenes le haces. reo, desalma-í^ >"do
Puéblo? ¿qué propiedades' usurpó ^ guando estando sentado en el Solio^ mas brillante del Universo ^no ’reconocía sit poder otros .limites que tu voluntad? ¿qué familia cubrió de luto con alguna sentencia injusta ?¿qué. desorden dexó de corregir? Yen .fin ,¿qué acción su-r ya no fue dirigida al bien yal descanso del ingrato Pueblo que tenia ásu cuida-^ do? ¿y ésta es la recompensa de tantos desvelos? ¿es este ef galardón de tan raros cuidados ?¿Cómo justificarás: ,Gen-» vención Nacional, (mejor diría albergue de^ fieras) alos ojos de la posteridad un parricidio tan escandaloso? Es precisa que los tramites ydocumentos ,al paso que gradúen de culpable átu Rey ,ca-^. lifiqueii su conducta ,yque lejos de ha-s cerla odiosa ,se presente átu •vista en todo el explendor de la justicia^ ydeanuda de todo interes personal. ¿Estos documentos serán acaso los gritos de Turlot,^ que se ofrecía áasesinar áLukXVIr pidiéndose agritos se le permitiese* ser su .Verdugo yilos de un Carrá ^que •'que-
Quería qué el suplicio del desdichado Mo* narca sirviese deexemplar áios otros Re-. yque se desengañasen de que no era tan sagrada, su cabeza >que no pu«^ diese en un Cadahalso ser separada de el cuerpo? Oh iJenguage ,que hace geíuir ála humanidad I¡íli sentimientos, que degrad.in la Naturaleza, yprivan la vanagloria de ser hombre ,si hay hom- .hres que les dan cabida la misma Conslitucion, por la qual has querido con^ denar átu Real Prisionero ,en la mejor prueba de la nulidad, ycontradicción de tus procedimientos ,ella asegura ásu Real Persona la inviolabilidad, yaun prescribe penas álos mayores delitos, que ,enumera ypreviene ,ninguna sé adelanta mas que ála presunción de haber abdicado la Corona. Este es el castigo impuesto al crimen que supone mas inesperado ,de haberse declarado el Rey Caudillo de un Exercito destinado áoprimir la libertad Francesa ,ódexar de hacerlo para oponerse abiertamente áél en ^caso, de ser aquel levantado áeste fim :'Por
por quálqiiiet*’ Poáer Nacional,^ óextrangero, no se hace mención de la privación del Cetros únicamente de 1¿ prevención ,yera necesario juicio 'posterior para que aquella se verificara. Poi Otro lado Luis XVI. no pudo ser juz-^ gado sino, 6como Rey, ócomo partid cular^ si como Rey, tiene ásu favor la inviolabilidad por la misma Constitución^ ycomo particular ,óCiudadano^ debe disfrutar de los medios concedidos por' ley aun al mas despreciado de estos. Hasta ahora nadie se ha tomado el trabajó' de refutar las Convincentes razones por el Defehsor en favor' de su .Au'i^ gusto Cliente, ni.há argumentado sobré sb obediencia. Parece que el juicio de Luís únicamente ha tenido lugar en quanto a la forma ,ypara poder decir que no fué condenado sin ser oidó. Pero ya ,deí testa.ble Pueblo ,Pueblo desenfrenado^^ tienes delante de tus ojos dividida de su cuerpo esa Cabeza Sagrada ,contra quien tanto has conspirado ^ya puedessaciar tú im|>lácable sed' de* sangré ^en ía 'qué bro-