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Penetración portuguesa en América a través del Asentamiento firmado por la Real Compañía de Guinea en 1696

Rodríguez Blázquez, Ana María

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PENETRACIÓN PORTU FIRMADO POR LA La trata de esclavos africanos, mantenida prácticamente desde su inicio en manos extranjeras, constituyó una de las fórmulas foránea en los dominios españoles de América. A lo largo de los siglos los portugueses fueron los principales concesionarios del Asiento de Negros y no en vano muchos de los mercaderes de esta nacionalidad apare dicho tráfico 1 . Dentro del amplio período de tiempo que abarca la historia de nuestro interés se centra en la transició con el último Asiento firmado por la monarquí portu gueses. Según se desprende de la Real Cé Asiento fue otorgado en esta ocasión a la Real Compañía de Guinea con sede en Lisboa, la cual se comprome tió a introducir en los diferent toneladas de negros o, lo qu 1696 y el 7 de marzo de 1703, debiendo además entregar a la Corona española 112 pesos y medio por cada una de las ton Por otra parte, en dicho Asiento se establecía que en cada facto instalarse hasta cinco personas para el buen funcionamiento de las mismas, admitiéndose la posibilidad de que éstas pudieran ser extranjeras ma yoría de estos individuos fueron portugueses e indudablemente muchos de ell aprovecharon las facilidades que les proporcio 1 Vila Vilar, Enriqueta: Los asientos portugueses Americanos” , vol. XXX (Sevilla, 1973), pág. 557. de esclavos. Sevilla, 1977, pá g. 99. 1789, Barcelona, 1979, pág. 33. 2 R eal Cédula de 17 julio 1696, en Testimonio Luz par a que salga de la isla de Cuba ( 3 Condición 14 del Asiento en Testimonio de Autos sobre la notificación para que salga de la isla de Cuba ( PORTU GUESA EN AMÉRICA A TRAVÉS DEL ASIENTO FIRMADO POR LA REAL COMPAÑÍA DE GUINEA EN 1696 Ana María Rodríguez Blázquez L icenciada La trata de esclavos africanos, mantenida prácticamente desde su inicio en manos extranjeras, constituyó una de las fórmulas más viables para la penetración foránea en los dominios españoles de América. A lo largo de los siglos los portugueses fueron los principales concesionarios del Asiento de Negros y no en vano muchos de los mercaderes de esta nacionalidad apare cieron en el Nuevo Mundo relacionados con Dentro del amplio período de tiempo que abarca la historia de la nuestro interés se centra en la transició n del siglo XVII al XVIII, etapa que se cubrió Asiento firmado por la monarquí a espa ñola con los traficantes gueses. Según se desprende de la Real Cé dula emitida el 17 de julio de 1696, el Asiento fue otorgado en esta ocasión a la Real Compañía de Guinea con sede en Lisboa, tió a introducir en los diferent es puertos de América 10. toneladas de negros o, lo qu e es igual, 30.000 piezas de Indias entre el 7 de julio de 1696 y el 7 de marzo de 1703, debiendo además entregar a la Corona española 112 pesos y medio por cada una de las ton eladas anteriormente citadas 2 . Por otra parte, en dicho Asiento se establecía que en cada facto instalarse hasta cinco personas para el buen funcionamiento de las mismas, admitiéndose la posibilidad de que éstas pudieran ser extranjeras 3 . Como es natural, la yoría de estos individuos fueron portugueses e indudablemente muchos de ell aprovecharon las facilidades que les proporcio naba su entrada legal en el territorio para Los asientos portugueses y el contrabando de negros, “Anuario de Estudios , vol. XXX (Sevilla, 1973), pág. 557. - Vila Vilar, Enriqueta: Hispanoam g. 99. - Walker, Geoffrey J.: Política espa ñola y comercio colonial eal Cédula de 17 julio 1696, en Testimonio de Autos sobre la noti ficación hecha a don Antonio de la a que salga de la isla de Cuba ( 1722). AGI, Santo Domingo, 421, fols. 6v.-9. en Testimonio de Autos sobre la notificación hecha a don Antonio de la Luz salga de la isla de Cuba ( 1722), cit., fol. 6v. 50 GUESA EN AMÉRICA A TRAVÉS DEL ASIENTO REAL COMPAÑÍA DE GUINEA EN 1696 Ana María Rodríguez Blázquez icenciada en Historia La trata de esclavos africanos, mantenida prácticamente desde su inicio en más viables para la penetración foránea en los dominios españoles de América. A lo largo de los siglos los portugueses fueron los principales concesionarios del Asiento de Negros y no en vano muchos de los Nuevo Mundo relacionados con la trata de negros, n del siglo XVII al XVIII, etapa que se cubrió ñola con los traficantes dula emitida el 17 de julio de 1696, el Asiento fue otorgado en esta ocasión a la Real Compañía de Guinea con sede en Lisboa, es puertos de América 10. 000 piezas de Indias entre el 7 de julio de 1696 y el 7 de marzo de 1703, debiendo además entregar a la Corona española 112 Por otra parte, en dicho Asiento se establecía que en cada facto ría podrían instalarse hasta cinco personas para el buen funcionamiento de las mismas, Como es natural, la yoría de estos individuos fueron portugueses e indudablemente muchos de ell os naba su entrada legal en el territorio para “Anuario de Estudios Hispanoam érica y el comercio ñola y comercio colonial 1700ficación hecha a don Antonio de la hecha a don Antonio de la Luz quedarse a residir en él. Paralelamente, otros extranjeros, relacionados de una forma u otra con los empleados de la Real Compañí circunstancia para introducirse en Indias. Así pues, esta concesión fomentaba, en cierta medida, el paso y la permanencia de portugueses en las colonias españolas de Ultra Y eso es, precisamente, lo que vamos a estudiar aquí, a través de los casos de L Acosta, Damián Pereira de Araujo, Roque Pereira de Acuña, Antonio de la Luz Joseph Pereira Pinto. Estos cinco portugueses habían llegado a Veracruz, uno de los principales puertos negreros de la América hispana, al amparo del Asiento firmado en 1 696 y, posteriormente, se establecieron de una maner dis tintos puntos del área novohispana. En primer lugar, nos referiremos a Lucas de Acosta, natural de Lisboa y casado en esta ciudad, que en 1700 se trasladó a Veracruz, ejer Real Compañía de Guinea Nueva España, siendo detenido en 17 dirigida contra los po rtugueses durante esta época sus escasos bienes, que consistían en diver plata, un catre de palo gateado torneado, una almartiga con dos frenos y, por último, varios efectos perte necientes al ajuar de la casa libertad, pues su pobreza l e exoneraba de la represalia A partir de 1705, son pocos los datos que pose Lucas de Acosta en terr itorio novohispano. 4 Declaración de Lucas de Aco sta. Córdo de orden de S. E. por el alcalde mayor de la villa d represalia (1705-1706) . AGI, México, 641, fols. 455 Pereira de Acuñ a. AGI. México, 650. Tes timonio de Autos sobre la notific Cuba (1722), cit., fols. 12v.- 13v. 5 Debemos recordar que en 1704 se emitió una Real Cédula en la que enemigos de la Corona españ ola por su par1icipació aliadas y se decretaba, por tanto, el embargo de todos sus bienes. Real Cédula al gobernador y general de la isla Españ ola y presi mayo 1704, en Testimon io de los Autos, Reales Cédulas, Duque de Alburquerque sobr e la repre 6 Inventario de los bienes embargados a Lucas de Acosta. Có Autos hechos en vir1ud de orden de S. E. por el alcalde mayor de la villa d portugueses incursos en la repr esalia (1705 7 Decreto de 14 noviembre 1705, en alcalde mayor de la villa de Córdoba contra diferentes portugu cit., fol. 523. quedarse a residir en él. Paralelamente, otros extranjeros, relacionados de una forma u los empleados de la Real Compañí a de Guinea, se valieron de esta circunstancia para introducirse en Indias. Así pues, esta concesión fomentaba, en cierta medida, el paso y la permanencia de portugueses en las colonias españolas de Ultra eso es, precisamente, lo que vamos a estudiar aquí, a través de los casos de L Acosta, Damián Pereira de Araujo, Roque Pereira de Acuña, Antonio de la Luz Joseph Pereira Pinto. Estos cinco portugueses habían llegado a Veracruz, uno de los principales puertos negreros de la América hispana, al amparo del Asiento firmado en 696 y, posteriormente, se establecieron de una maner a más o menos prolongada en tintos puntos del área novohispana. En primer lugar, nos referiremos a Lucas de Acosta, natural de Lisboa y casado en esta ciudad, que en 1700 se trasladó a Veracruz, ejer ciendo el cargo de factor de la Real Compañía de Guinea 4 . Una vez suprimido el Asiento portugués, permaneció en Nueva España, siendo detenido en 17 05 en Córdoba como consecuencia rtugueses durante esta época 5 . Asimismo, le fueron embargados sus escasos bienes, que consistían en diver sas prendas de vestir, un espadí plata, un catre de palo gateado torneado, una almartiga con dos frenos y, por último, necientes al ajuar de la casa 6 . Posteriormente sería puesto en e exoneraba de la represalia 7 . A partir de 1705, son pocos los datos que pose emos sobre la permanencia de itorio novohispano. En realidad, sólo sabemos que en 1711 sta. Córdo ba, 5 septiembre 1705, en Testimonio de Autos hechos en virt de orden de S. E. por el alcalde mayor de la villa d e Córdoba contra diferentes port ugues . AGI, México, 641, fols. 455 y 457.- Petición de cart a de nat a. AGI. México, 650. Testimonio de Joseph de Villarreal. La Habana, timonio de Autos sobre la notific ación hecha a don Antonio de la Luz para que 13v. Debemos recordar que en 1704 se emitió una Real Cédula en la que se declaraba a los port ola por su par1icipació n en la Guerra de Sucesión al lado de las potencias aliadas y se decretaba, por tanto, el embargo de todos sus bienes. Real Cédula al gobernador y ola y presi dente de la Audiencia de Santo Domingo. Campo Real de Nisa, 30 io de los Autos, Reales Cédulas, decretos y órdenes del Excelentísimo Señ e la repre salia de portugueses (1705) . AGI, México, 640, fols. 1 Inventario de los bienes embargados a Lucas de Acosta. Có rdoba, 6 septiembre 1705, en Testimonio de Autos hechos en vir1ud de orden de S. E. por el alcalde mayor de la villa d e Córdoba contra diferentes esalia (1705 -1706). cit., fols. 461-462. Decreto de 14 noviembre 1705, en Testimonio de Autos hechos en virt ud de orden de S. E. por el alcalde mayor de la villa de Córdoba contra diferentes portugu eses incursos en la represalia ( 51 quedarse a residir en él. Paralelamente, otros extranjeros, relacionados de una forma u a de Guinea, se valieron de esta circunstancia para introducirse en Indias. Así pues, esta concesión fomentaba, en cierta medida, el paso y la permanencia de portugueses en las colonias españolas de Ultra mar. eso es, precisamente, lo que vamos a estudiar aquí, a través de los casos de L ucas de Acosta, Damián Pereira de Araujo, Roque Pereira de Acuña, Antonio de la Luz y Joseph Pereira Pinto. Estos cinco portugueses habían llegado a Veracruz, uno de los principales puertos negreros de la América hispana, al amparo del Asiento firmado en a más o menos prolongada en En primer lugar, nos referiremos a Lucas de Acosta, natural de Lisboa y casado ciendo el cargo de factor de la . Una vez suprimido el Asiento portugués, permaneció en 05 en Córdoba como consecuencia de la represalia Asimismo, le fueron embargados sas prendas de vestir, un espadí n con puño de plata, un catre de palo gateado torneado, una almartiga con dos frenos y, por último, . Posteriormente sería puesto en emos sobre la permanencia de sólo sabemos que en 1711 ya ba, 5 septiembre 1705, en Testimonio de Autos hechos en virt ud ugues es incursos en la a de nat uraleza de Roque Joseph de Villarreal. La Habana, 24 abril 1722, en ación hecha a don Antonio de la Luz para que salga de la isla de se declaraba a los port ugueses n en la Guerra de Sucesión al lado de las potencias aliadas y se decretaba, por tanto, el embargo de todos sus bienes. Real Cédula al gobernador y capitán dente de la Audiencia de Santo Domingo. Campo Real de Nisa, 30 decretos y órdenes del Excelentísimo Señ or . AGI, México, 640, fols. 1 -2v. septiembre 1705, en Testimonio de e Córdoba contra diferentes ud de orden de S. E. por el eses incursos en la represalia ( 1705-1706), había regresado a Portugal, al igual que el otro factor establec Pereira de Araujo 8 . Con respecto a este último, pode 1704 continuó viviendo en el fac tores se quedó a residir de una forma definitiva en Indias, lo cierto es que ambos permanecieron ilegalmente en la zona des Compañía de Guinea portugue En cuanto a Roque Pereira de Acuña, nada sabemos hasta su aparición en México junto a los factores Lucas de Acosta y Damián Pereira de Araujo. Llegado en 1700 a Veracruz, desem peñando los cargos de escribano de Guinea, se avecindó allí después de finalizado el Asiento e ingresó en una de las compañías de milicias, actuando siempre que fue necesario en la defensa del puerto, tanto antes como después de la declaración de guer de ello, y como resultado de la represalia contra los portugueses durante la Guerra de Sucesión española, fue en carcelado y sufrió el embargo de sus bienes consistentes en distintas prendas de vestir: dos camisas y dos pares de calzones de holán us casaca de capichola, dos pares de calcetas gordas de hilera, un par de calzones de vestir de lana azul viejos, un par de medias negras usadas y viejas, un biricú de baqueta usado y un ceñidor de saya azul viejo tiempo después liberado, pues, dada su gran pobreza, no se le consider represalia 12 . Como puede deducirse de lo anteriormente expuesto, los re Roque Pereira en el momento de su detenció lado, los datos disponibles no nos permiten asegurar que llegase a poseer bienes raíces de cierta importancia, ni que contrajese matrimonio con alguna española o criolla; y en cuanto a sus años de resi dencia en terr en 1711 se decidió a solicitar la carta de naturaleza. No se cum 8 Petición de cart a de naturaleza de Roque Per 9 Nunn, Charles F.: Foreign Inmigra 140. 10 Petición de carta de nat uraleza de Roque Pereira de Acuñ 11 Inventario de los bienes embargados a Roque Pereira de Acuñ Te stimonio de Autos hechos en virt contra diferentes portugu eses incursos en la represalia ( 12 Respuesta del fi scal. México, 14 diciembre 1705, S. E. por el alcalde mayor de la villa de Córdoba contra difer (1705-1706), cit., fol. 526. había regresado a Portugal, al igual que el otro factor establec ido en Veracruz, Damián . Con respecto a este último, pode mos añadir que al menos hasta 1704 continuó viviendo en el virreinato 9 . En consecuencia, aunque ninguno de los dos tores se quedó a residir de una forma definitiva en Indias, lo cierto es que ambos permanecieron ilegalmente en la zona des pués de la disolución en 1701 de la Real Compañía de Guinea portugue sa. En cuanto a Roque Pereira de Acuña, nada sabemos hasta su aparición en México junto a los factores Lucas de Acosta y Damián Pereira de Araujo. Llegado en peñando los cargos de escribano y tesorero de la Real Compañí de Guinea, se avecindó allí después de finalizado el Asiento e ingresó en una de las compañías de milicias, actuando siempre que fue necesario en la defensa del puerto, tanto antes como después de la declaración de guer ra contra su país de origen de ello, y como resultado de la represalia contra los portugueses durante la Guerra de carcelado y sufrió el embargo de sus bienes consistentes en distintas prendas de vestir: dos camisas y dos pares de calzones de holán us casaca de capichola, dos pares de calcetas gordas de hilera, un par de calzones de vestir de lana azul viejos, un par de medias negras usadas y viejas, un biricú de baqueta usado y un ceñidor de saya azul viejo 11 . Roque Pereira, al igual que L ucas de Acosta, fue poco tiempo después liberado, pues, dada su gran pobreza, no se le consider Como puede deducirse de lo anteriormente expuesto, los re cursos económicos de Roque Pereira en el momento de su detenció n eran verdaderamente exiguos. Por otro lado, los datos disponibles no nos permiten asegurar que llegase a poseer bienes raíces de cierta importancia, ni que contrajese matrimonio con alguna española o criolla; y en dencia en terr itorio indiano, éstos no llegaban a quince cuando en 1711 se decidió a solicitar la carta de naturaleza. No se cum plían en él, por tanto, los a de naturaleza de Roque Per eira de Acuña, cit. Foreign Inmigra nts in Early Bourbon México 17001760. Cambridge, 1 uraleza de Roque Pereira de Acuñ a, cit. bienes embargados a Roque Pereira de Acuñ a. México, 9 diciembre 1705, en stimonio de Autos hechos en virt ud de orden de S. E. por el alcalde mayor de la villa d eses incursos en la represalia ( 1705-1706), cit., fols. 523v.- 524v. scal. México, 14 diciembre 1705, en Testimonio de Autos hechos en virtud de orden de la villa de Córdoba contra difer entes port ugueses incursos en la represalia 52 ido en Veracruz, Damián mos añadir que al menos hasta . En consecuencia, aunque ninguno de los dos tores se quedó a residir de una forma definitiva en Indias, lo cierto es que ambos pués de la disolución en 1701 de la Real En cuanto a Roque Pereira de Acuña, nada sabemos hasta su aparición en México junto a los factores Lucas de Acosta y Damián Pereira de Araujo. Llegado en tesorero de la Real Compañí a de Guinea, se avecindó allí después de finalizado el Asiento e ingresó en una de las compañías de milicias, actuando siempre que fue necesario en la defensa del puerto, ra contra su país de origen 10 . A pesar de ello, y como resultado de la represalia contra los portugueses durante la Guerra de carcelado y sufrió el embargo de sus bienes consistentes en distintas prendas de vestir: dos camisas y dos pares de calzones de holán us ados, una casaca de capichola, dos pares de calcetas gordas de hilera, un par de calzones de vestir de lana azul viejos, un par de medias negras usadas y viejas, un biricú de baqueta usado ucas de Acosta, fue poco tiempo después liberado, pues, dada su gran pobreza, no se le consider ó incluido en la cursos económicos de n eran verdaderamente exiguos. Por otro lado, los datos disponibles no nos permiten asegurar que llegase a poseer bienes raíces de cierta importancia, ni que contrajese matrimonio con alguna española o criolla; y en itorio indiano, éstos no llegaban a quince cuando plían en él, por tanto, los Cambridge, 1 979, pág. a. México, 9 diciembre 1705, en ud de orden de S. E. por el alcalde mayor de la villa d e Córdoba 524v. en Testimonio de Autos hechos en virtud de orden de ugueses incursos en la represalia requisitos exigidos por las leyes para la obtenció embargo, es muy probable resolución adoptada por don Alfonso Carnero, consejero de Indias: “ he ajustado con la persona que solicita esta gracia q escudos en oro, luego que S. proporciona con esta cantidad la merced que solicita, conceder según lo practicado con Ello parece indicar, además, que la situación económica de Ro experimentó en los últim os años un sensible cambio, pues, de otra forma, no se explica que pudiese satisfacer dicha suma. Pocos meses después, concretamente el 11 de octubre de 1711, el monarca español enviaba una Real Cédula al virrey de Nueva España, encomendándole que obligase a Roque Pe reira de Acuña a residir en el i puerto de Veracruz como hasta entonces había hecho. cumplimiento de esta disposición, comunicó la orden a Roque Pereira, quien a su vez manifestó el deseo de viajar a España en la próxima flota. Teniendo en cuenta que de esta forma se respetaba el fin primordial de alejarlo del mencionado puerto se dispuso en 1713 la conces ión de la oportuna licencia Pereira se establec ió definitivamente en Nueva España. Pero, sin lugar a dudas, el más destacado de los portugueses que estamos analizando fue don Antonio de la Luz, el primero de una familia que llegarí ilustrada y que lograrí a entroncar con los más importan cubanos 16 . Don Antonio de la Luz era originario de Portugal y en 1700 se trasladó a Veracruz como segundo cajero de la factoría establecida en esta ciudad Compañí a de Guinea. Una vez concluido el Asiento, permaneció residiendo en territorio hispano y en 1705, a raíz de la represalia contra los portugueses, fue detenido en 13 Esto s requisitos eran los sigui indiano, die z de ellos con casa y bienes raíces que debí casado con española o hija de extranjero nacida en Españ Indias, lib. IX, tí t. XVII, leyes 31 y 32. 14 Respuesta de Alonso Carnero. Madrid, 2 septiembre 1711. AGI, México, 15 Carta del virrey de Nueva Españ 16 Gran parte de l os datos referentes a este port Economía y sociedad, tomo VI (Madrid, 1978) requisitos exigidos por las leyes para la obtenció n de la naturaleza española embargo, es muy probable que ésta le fuese otorgada, al menos así se des resolución adoptada por don Alfonso Carnero, consejero de Indias: he ajustado con la persona que solicita esta gracia q ue entregará 450 escudos en oro, luego que S. M. venga en concedérsela, pare ciéndome q cantidad la merced que solicita, y que con seguridad se le puede conceder según lo practicado con otros” 14 . Ello parece indicar, además, que la situación económica de Ro os años un sensible cambio, pues, de otra forma, no se explica que pudiese satisfacer dicha suma. Pocos meses después, concretamente el 11 de octubre de 1711, el monarca español enviaba una Real Cédula al virrey de Nueva España, encomendándole que reira de Acuña a residir en el i nterior del continente y no en el como hasta entonces había hecho. El duque de Linares, en cumplimiento de esta disposición, comunicó la orden a Roque Pereira, quien a su vez de viajar a España en la próxima flota. Teniendo en cuenta que de esta forma se respetaba el fin primordial de alejarlo del mencionado puerto se dispuso ión de la oportuna licencia 15 . Por consiguiente, tampoco Roque ió definitivamente en Nueva España. Pero, sin lugar a dudas, el más destacado de los portugueses que estamos analizando fue don Antonio de la Luz, el primero de una familia que llegarí a entroncar con los más importan tes núcleos aristocráticos . Don Antonio de la Luz era originario de Portugal y en 1700 se trasladó a Veracruz como segundo cajero de la factoría establecida en esta ciudad a de Guinea. Una vez concluido el Asiento, permaneció residiendo en territorio hispano y en 1705, a raíz de la represalia contra los portugueses, fue detenido en s requisitos eran los sigui entes: veinte años de permanencia en la pení nsula o en el continente z de ellos con casa y bienes raíces que debí an alcanzar un valor de 4.000 duca extranjero nacida en Españ a o en América. Recopil ac t. XVII, leyes 31 y 32. Respuesta de Alonso Carnero. Madrid, 2 septiembre 1711. AGI, México, 650. Carta del virrey de Nueva Españ a al Consejo. México, 8 enero 1713. AGI, México, 484. os datos referentes a este port ugués se h allan recogidos en Marrero, Leví tomo VI (Madrid, 1978) , pág, 8. 53 n de la naturaleza española 13 . Sin se des prende de la ue entregará 450 pesos ciéndome q ue se que con seguridad se le puede Ello parece indicar, además, que la situación económica de Ro que Pereira os años un sensible cambio, pues, de otra forma, no se explica Pocos meses después, concretamente el 11 de octubre de 1711, el monarca español enviaba una Real Cédula al virrey de Nueva España, encomendándole que nterior del continente y no en el El duque de Linares, en cumplimiento de esta disposición, comunicó la orden a Roque Pereira, quien a su vez de viajar a España en la próxima flota. Teniendo en cuenta que de esta forma se respetaba el fin primordial de alejarlo del mencionado puerto se dispuso . Por consiguiente, tampoco Roque Pero, sin lugar a dudas, el más destacado de los portugueses que estamos analizando fue don Antonio de la Luz, el primero de una familia que llegarí a a ser rica e tes núcleos aristocráticos . Don Antonio de la Luz era originario de Portugal y en 1700 se trasladó a Veracruz como segundo cajero de la factoría establecida en esta ciudad por la Real a de Guinea. Una vez concluido el Asiento, permaneció residiendo en territorio hispano y en 1705, a raíz de la represalia contra los portugueses, fue detenido en nsula o en el continente an alcanzar un valor de 4.000 duca dos, y el estar ac ión de las Leyes de AGI, México, 484. allan recogidos en Marrero, Leví : Cuba: Orizaba, siendo posteriormente liberado, al no poseer bienes afincó definitivamente en La Habana, en donde contrajo matrim Mirallas, hija de una importante familia habanera Bravo de Acuña, era natural de la misma ciudad de La Habana, mient don Manuel de Mirallas o Meirelles, era de origen extranjero, ya que había nacido en San Martín de los Lagares, en el Concejo de Peñafiel, a tres leguas de distancia de la ciudad de Oporto y, en conse Marrero 19 . Doña María aportó al matrimonio a un total de 6.000 pesos, aunque no todo en efectivo, sino representado por los efectos que constan en el cuadro siguiente Sin embargo, su casamiento con doña Mar indudables beneficios económicos, sino también un ascenso en la escala social, en cuanto que le permitió en 17 Testimonio de los Autos hechas sobre la represalia de las portugueses de Orizaba por el alcalde mayar de dicha partido (1705 ). AGI, México, 640, fo 18 Petición de carta de naturaleza de don Antonio de la Luz, AGI, Santa Domingo, 421 19 Certif icación de matrimonio de don Manuel de Meirelles, en la Infor Jerónimo de Meirelles (1724 ). AGI, Santa Domingo, 421. grandes familias isleñas. Madrid, pág. 199. 20 Carta de dote. La Habana, 11 agosto Antonio de la Luz par a que salga de la isla de Cuba ( datos facilitados por Leví Marrero en este sentido no concuerdan exac hemos creí do conveniente incluir Orizaba, siendo posteriormente liberado, al no poseer bienes 17 . Finalme afincó definitivamente en La Habana, en donde contrajo matrim onio con doña María de hija de una importante familia habanera 18 . La madre de ésta, doña Sebastiana Bravo de Acuña, era natural de la misma ciudad de La Habana, mient ras que el padre, don Manuel de Mirallas o Meirelles, era de origen extranjero, ya que había nacido en San Martín de los Lagares, en el Concejo de Peñafiel, a tres leguas de distancia de la ciudad de Oporto y, en conse cuencia, portugués y no francés, como Doña María aportó al matrimonio una dote de valor conside rable, a un total de 6.000 pesos, aunque no todo en efectivo, sino representado por los efectos que constan en el cuadro siguiente 20 : Sin embargo, su casamiento con doña Mar ía de Mirallas no sólo le reportó indudables beneficios económicos, sino también un ascenso en la escala social, en cuanto que le permitió en troncar con destacadas familias cubanas. Por ejemplo, Testimonio de los Autos hechas sobre la represalia de las portugueses de Orizaba por el alcalde mayar ). AGI, México, 640, fo ls 241-243v. Petición de carta de naturaleza de don Antonio de la Luz, AGI, Santa Domingo, 421 icación de matrimonio de don Manuel de Meirelles, en la Infor mación presentada par don ). AGI, Santa Domingo, 421. - Vallellano, Conde de: Nob Madrid, pág. 199. - Marrero, tomo VI, págs. 8 y 10. Habana, 11 agosto 1711, en Testimonio de Autos sobre la not ifi a que salga de la isla de Cuba ( 1722). cit., fols. 2v.-6v. - Hemos observado que los Marrero en este sentido no concuerdan exac tamente con l os nuestros, por ello do conveniente incluir de nuevo este cuadro. Marrero, tomo VI, pág, 8. 54 . Finalme nte, en 1712 se onio con doña María de . La madre de ésta, doña Sebastiana ras que el padre, don Manuel de Mirallas o Meirelles, era de origen extranjero, ya que había nacido en San Martín de los Lagares, en el Concejo de Peñafiel, a tres leguas de distancia de la cuencia, portugués y no francés, como afirma Leví rable, pues ascendía a un total de 6.000 pesos, aunque no todo en efectivo, sino representado por los efectos ía de Mirallas no sólo le reportó indudables beneficios económicos, sino también un ascenso en la escala social, en troncar con destacadas familias cubanas. Por ejemplo, Testimonio de los Autos hechas sobre la represalia de las portugueses de Orizaba por el alcalde mayar Petición de carta de naturaleza de don Antonio de la Luz, AGI, Santa Domingo, 421 mación presentada par don Nob iliario cubano. Las ifi cación hecha a don Hemos observado que los os nuestros, por ello enlazaría con los Arango, al contraer matrimonio su cuñada, Mirallas, viuda de don Juan Croquer de los Cameros de Arroyo, con el capit Francisco de Arango 21 . En 1722, De la Luz había ido asegurando su posición ec hijos 22 . Pero, precisamente ese mismo año, el Calderón, en cumpli miento de las Reales Cédulas de 20 de octubre de 1718 y de 5 de diciembre de 1720, ordenó a don Antonio de la Luz, entre otros extranjeros, que abandonase la isla antes de cuatro meses la fecha de partida hasta la llegada de los galeones de Tierra Firme a fin de disponer lo necesario para su viaje y dejar asegurada a su familia oportunidad para solicitar del monarca español la concesión de que le fue otorgada el 26 de mayo de 1723 para tratar y comerciar en las Indias, por cuyo privilegio hubo de pagar 200 pesos escudos de plata Antonio de la Luz consiguió, por tanto, una posición verda privilegiada, a pesar de la precariedad de medios que, como ya hemos visto, sufrió en la primera etapa de su estancia en América y, consecuentemente, represen exponente del alto ni vel económico y social alcanzado por algunos de los extranjeros establecidos en a quel continente. Finalmente, analizaremos el caso de Joseph Pereira Pinto, natural de Lisboa e hijo legítimo de Pedro Gómez Pinto y de Micaela Arcángela Mundo se produjo en 1697, año de su traslado a Veracruz con la familia de do Luis de Fonseca, factor de la Real Compa documentación no se espe desempeñando, pero probablemente ésta no debió estar relacionada directamente con la Compañí a sino exclusivamente con la familia del mencionado factor. Ello se corrobora 21 Petición de do n Jerónimo de Meirelles, en la Información presentada por don Jerónimo de Meirelles (1724), cit. - Vallellano, págs, 199 22 Información de testigos, en Testimonio de Autos sobre la not para que salga de la isla de Cuba ( 23 Auto del gobernador Guazo Calderón, en Testimonio de Autos sobre la notificación hecha a don Antonio de la Luz par a que salga de la isla de Cuba (1722) 24 Petición de do n Antonio de la Luz, en Testimonio de Autos sobre la notificación hecha a don Antoni de la Luz par a que salga de la isla de Cuba ( 25 Carta de naturaleza concedida a don Antonio de la Luz. Madrid, 26 mayo 1723. AGI, Indiferente General, 16. 26 Certificació n de la partida de casamiento de Joseph Pereira Pinto. Vera México, 650. enlazaría con los Arango, al contraer matrimonio su cuñada, Antonia Dionisia de Mirallas, viuda de don Juan Croquer de los Cameros de Arroyo, con el capit En 1722, De la Luz había ido asegurando su posición ec onó mica y tenía ya tres . Pero, precisamente ese mismo año, el gobernador don Gregorio Guazo miento de las Reales Cédulas de 20 de octubre de 1718 y de 5 de diciembre de 1720, ordenó a don Antonio de la Luz, entre otros extranjeros, que abandonase la isla antes de cuatro meses 23 , No obstante, De la Luz solicitó la fecha de partida hasta la llegada de los galeones de Tierra Firme a fin de disponer lo necesario para su viaje y dejar asegurada a su familia 24 . Mientras tanto, aprovechó la oportunidad para solicitar del monarca español la concesión de la carta de naturaleza que le fue otorgada el 26 de mayo de 1723 para tratar y comerciar en las Indias, por pagar 200 pesos escudos de plata 25 . Antonio de la Luz consiguió, por tanto, una posición verda pesar de la precariedad de medios que, como ya hemos visto, sufrió en la primera etapa de su estancia en América y, consecuentemente, represen vel económico y social alcanzado por algunos de los extranjeros quel continente. Finalmente, analizaremos el caso de Joseph Pereira Pinto, natural de Lisboa e hijo legítimo de Pedro Gómez Pinto y de Micaela Arcángela 26 . Su llegada al Nuevo Mundo se produjo en 1697, año de su traslado a Veracruz con la familia de do Luis de Fonseca, factor de la Real Compa ñ ía de Guinea. Desgraciadamente en la documentación no se espe cifica en ningún momento qué ti po de actividad iba desempeñando, pero probablemente ésta no debió estar relacionada directamente con la a sino exclusivamente con la familia del mencionado factor. Ello se corrobora n Jerónimo de Meirelles, en la Información presentada por don Jerónimo de Meirelles Vallellano, págs, 199 -200. Información de testigos, en Testimonio de Autos sobre la not ificación he cha a don Antonio de la Luz salga de la isla de Cuba ( 1722), cit., fols. 12v.-20. Guazo Calderón, en Testimonio de Autos sobre la notificación hecha a don a que salga de la isla de Cuba (1722) , cit., fols, 11-12. n Antonio de la Luz, en Testimonio de Autos sobre la notificación hecha a don Antoni a que salga de la isla de Cuba ( 1722), cit., fols. 24-25v Carta de naturaleza concedida a don Antonio de la Luz. Madrid, 26 mayo 1723. AGI, Indiferente n de la partida de casamiento de Joseph Pereira Pinto. Vera cruz, 4 enero 1722. AGI, 55 Antonia Dionisia de Mirallas, viuda de don Juan Croquer de los Cameros de Arroyo, con el capit án José mica y tenía ya tres gobernador don Gregorio Guazo miento de las Reales Cédulas de 20 de octubre de 1718 y de 5 de diciembre de 1720, ordenó a don Antonio de la Luz, entre otros extranjeros, que , No obstante, De la Luz solicitó la demora de la fecha de partida hasta la llegada de los galeones de Tierra Firme a fin de disponer lo . Mientras tanto, aprovechó la la carta de naturaleza que le fue otorgada el 26 de mayo de 1723 para tratar y comerciar en las Indias, por Antonio de la Luz consiguió, por tanto, una posición verda deramente pesar de la precariedad de medios que, como ya hemos visto, sufrió en la primera etapa de su estancia en América y, consecuentemente, represen ta un buen vel económico y social alcanzado por algunos de los extranjeros Finalmente, analizaremos el caso de Joseph Pereira Pinto, natural de Lisboa e . Su llegada al Nuevo Mundo se produjo en 1697, año de su traslado a Veracruz con la familia de do n Manuel ía de Guinea. Desgraciadamente en la po de actividad iba desempeñando, pero probablemente ésta no debió estar relacionada directamente con la a sino exclusivamente con la familia del mencionado factor. Ello se corrobora n Jerónimo de Meirelles, en la Información presentada por don Jerónimo de Meirelles cha a don Antonio de la Luz Guazo Calderón, en Testimonio de Autos sobre la notificación hecha a don n Antonio de la Luz, en Testimonio de Autos sobre la notificación hecha a don Antoni o Carta de naturaleza concedida a don Antonio de la Luz. Madrid, 26 mayo 1723. AGI, Indiferente cruz, 4 enero 1722. AGI, por el hecho de que una vez fallecido Fonseca, Joseph Pereira, al no poseer otro medio de vida, optó por ingresar como soldado en la compañía de d Salazar 27 . A pesar de que esta circunstancia invalida su vinculación al Asiento, no puede negarse, sin embargo, que su desplazamiento a Indias se vio favorecido por la existencia del mismo. Por consiguiente, este ejemplo demuestra que Real Compañ ía de Guinea no fueron los únicos que tuvieron la oportunidad de introducirse y quedarse a residir ilegalmente en las provincias españolas de América, sino también otras personas ajenas a la factoría, pero relacionadas, como en esta ocasión, con alguno de sus miembros. Volviendo al caso que nos ocupa, diremos que Pereira Pinto permaneció como soldado, percibiendo 15 pesos al mes, hasta el 18 de noviembre de 1706, después de haber intervenido en la expulsión de un corsario que actuaba en la co en cuya acción resultó seriamente herido f ue admitido en la Real Contaduría 200 pesos al año 29 , siendo también elegi varias expediciones al servicio del monarca español. Entre ellas podemos citar la llevada a cabo en 1711 por don Lorenzo de la Torre, factor veedor de la Real Caja de Veracruz, con el fin de expulsar a un navío francés, y las rea un bergantí n que intentaba introducir géneros de con francés La Unión situado en la costa No cabe duda de que todas estas empresas contribuyeron a facilitar su integració n en la sociedad novohispana, pero, en este sentido, fue mucho más importante su matrimonio, el 27 de a natural de la ciudad de Veracruz e hija de don Juan López Trillanes y de do de Castro 31 . De esta unión nacieron cinco hijos: José Eugenio, Catalina Luisa, Francisca G abriela, Antonio Faustino y Marí 27 Petición de carta de naturaleza de Joseph Pereira Pinto, AGI, México, 650. Pinto, presentada ante el alcalde ordi 28 Certificación de los jueces oficiales de la Real Hacienda de Veracruz sobre la plaza de saldado de Joseph Pereira Pinto. Veracruz, 3 enero 1722, AGI, México, 650. 29 Certificación de los jueces oficiale Real Contaduría desempeñ ado por Joseph Pereira Pint 30 Certificación de servicios dada por los oficiales de la Real Hacienda abril 1724. AGI, México, 650. 31 Certificación de la partida de casamiento de Joseph Pereira P por el hecho de que una vez fallecido Fonseca, Joseph Pereira, al no poseer otro medio de vida, optó por ingresar como soldado en la compañía de d on Jerónimo de Hita . A pesar de que esta circunstancia invalida su vinculación al Asiento, no puede negarse, sin embargo, que su desplazamiento a Indias se vio favorecido por la existencia del mismo. Por consiguiente, este ejemplo demuestra que los facto res y empleados de l ía de Guinea no fueron los únicos que tuvieron la oportunidad de quedarse a residir ilegalmente en las provincias españolas de América, sino también otras personas ajenas a la factoría, pero relacionadas, como en esta con alguno de sus miembros. Volviendo al caso que nos ocupa, diremos que Pereira Pinto permaneció como soldado, percibiendo 15 pesos al mes, hasta el 18 de noviembre de 1706, después de haber intervenido en la expulsión de un corsario que actuaba en la co sta de Sotavento, en cuya acción resultó seriamente herido 28 . Posteriormente, el 22 de febrero de 1707, ue admitido en la Real Contaduría de Vera cruz en calidad de guarda y con un sueldo de , siendo también elegi do en diversas oca siones para par varias expediciones al servicio del monarca español. Entre ellas podemos citar la llevada a cabo en 1711 por don Lorenzo de la Torre, factor veedor de la Real Caja de Veracruz, con el fin de expulsar a un navío francés, y las rea lizadas en 1715, una, contra n que intentaba introducir géneros de con trabando y, otra, contra el naví situado en la costa 30 . No cabe duda de que todas estas empresas contribuyeron a facilitar su n en la sociedad novohispana, pero, en este sentido, fue mucho más importante su matrimonio, el 27 de a gosto de 1710, con doña Ana Marí natural de la ciudad de Veracruz e hija de don Juan López Trillanes y de do . De esta unión nacieron cinco hijos: José Eugenio, Catalina Luisa, Francisca abriela, Antonio Faustino y Marí a Micaela. Petición de carta de naturaleza de Joseph Pereira Pinto, AGI, México, 650. - Petición de Joseph Pereira Pinto, presentada ante el alcalde ordi nario de Veracruz el 21 abril 1724. AGI, México, 650. Certificación de los jueces oficiales de la Real Hacienda de Veracruz sobre la plaza de saldado de Joseph Pereira Pinto. Veracruz, 3 enero 1722, AGI, México, 650. Certificación de los jueces oficiale s de la Real Hacienda de Veracruz sobre el carg ado por Joseph Pereira Pint o . Veracruz, 3 enero 1722. AGI, México, 650. Certificación de servicios dada por los oficiales de la Real Hacienda y Caja de Veracru Certificación de la partida de casamiento de Joseph Pereira P inta. Veracruz, 4 enero 56 por el hecho de que una vez fallecido Fonseca, Joseph Pereira, al no poseer otro medio on Jerónimo de Hita . A pesar de que esta circunstancia invalida su vinculación al Asiento, no puede negarse, sin embargo, que su desplazamiento a Indias se vio favorecido por la existencia res y empleados de l a ía de Guinea no fueron los únicos que tuvieron la oportunidad de quedarse a residir ilegalmente en las provincias españolas de América, sino también otras personas ajenas a la factoría, pero relacionadas, como en esta Volviendo al caso que nos ocupa, diremos que Pereira Pinto permaneció como soldado, percibiendo 15 pesos al mes, hasta el 18 de noviembre de 1706, después de sta de Sotavento, . Posteriormente, el 22 de febrero de 1707, cruz en calidad de guarda y con un sueldo de siones para par ticipar en varias expediciones al servicio del monarca español. Entre ellas podemos citar la llevada a cabo en 1711 por don Lorenzo de la Torre, factor veedor de la Real Caja de en 1715, una, contra trabando y, otra, contra el naví o No cabe duda de que todas estas empresas contribuyeron a facilitar su n en la sociedad novohispana, pero, en este sentido, fue mucho más gosto de 1710, con doña Ana Marí a de Trillanes, natural de la ciudad de Veracruz e hija de don Juan López Trillanes y de do ña Catalina . De esta unión nacieron cinco hijos: José Eugenio, Catalina Luisa, Francisca Petición de Joseph Pereira Veracruz el 21 abril 1724. AGI, México, 650. Certificación de los jueces oficiales de la Real Hacienda de Veracruz sobre la plaza de saldado de s de la Real Hacienda de Veracruz sobre el carg o de guarda de la . Veracruz, 3 enero 1722. AGI, México, 650. Caja de Veracru z. Veracruz, 26 enero 1722, cit. En 1724, Pereira Pinto poseía dos pulper casa alta y baja de pie dra y madera cubierta de azotea que sale de la carni cería por la puerta reglar del convento de predicadores aproxima do era de 1.200 pesos En d efinitiva, Joseph Pereira integrarse en el nuevo paí s, hasta el punto de poseer un medio de vida, una familia y unas propiedades de valor estimable. Lo único que le restaba por hacer era legalizar su situación juríd ica solicitando la carta de naturaleza. Aunque no hemos podido hallar el correspondiente documento acredita fi scal a esta petición fue favorable, dadas las muchas cualidades que con interesado 33 . En resumen, ha quedado demostrado que el Asiento de Negros firmado en 1696 contribuyó, en cierto modo, a favorecer el asentamie españoles de América. Así establecidas en la factoría de Veracruz, supieron valerse de su entrada legal en el Nuevo Mundo para quedarse en él una vez suprimida la Compañía portuguesa, mientras que, por otro lado, una quinta pers factor de la misma para introducirse y permanecer en Indias. Al mismo tiempo, hemos podido comprobar que no todos los portugueses analizados en este artículo se establecieron defini lograron integrarse plenamente en la configuración socio hecho de que poseyeran una cultura similar a la española debió favorecer, en principi su inserción en la sociedad i que alcanzaron una buena posición económica. Ese fue el caso de Joseph Pereira Pinto y, sobre todo, de Antonio de la Luz. Ambos llegaron a contraer matrimonio con criollas, práctica bastante habitual entre los ex medio de obtener indudables beneficios económicos y sociales, sino que también era importante desde el punto de vista legal como uno de los requisitos imprescindibles para otorgar Finalmente, señalaremos que tanto Antonio de la Luz como Joseph Pereira se dedicaron 32 Petición de Joseph Pereira Pinto, presentada ante el alcalde ordinario 33 Respuesta del fiscal. Madrid. 16 octubre 1724. AGI, México, 650. En 1724, Pereira Pinto poseía dos pulper ías evaluadas en 3.500 pesos y dra y madera cubierta de azotea ” situada en Veracruz cería por la puerta reglar del convento de predicadores do era de 1.200 pesos 32 . efinitiva, Joseph Pereira en poco más de dos décadas habí s, hasta el punto de poseer un medio de vida, una familia y unas propiedades de valor estimable. Lo único que le restaba por hacer era legalizar su ica solicitando la carta de naturaleza. Aunque no hemos podido hallar el correspondiente documento acredita tivo, sabemos, sin embargo, que la respuesta del scal a esta petición fue favorable, dadas las muchas cualidades que con En resumen, ha quedado demostrado que el Asiento de Negros firmado en 1696 contribuyó, en cierto modo, a favorecer el asentamie nto de portugueses en los domini América. Así , por un lado, al menos cuatro de las cinco perso establecidas en la factoría de Veracruz, supieron valerse de su entrada legal en el Nuevo Mundo para quedarse en él una vez suprimida la Compañía portuguesa, mientras que, por otro lado, una quinta pers ona, ajena a la factoría, se sirvió de su vincula factor de la misma para introducirse y permanecer en Indias. Al mismo tiempo, hemos podido comprobar que no todos los portugueses analizados en este artículo se establecieron defini tivamente en Nueva España, ni lograron integrarse plenamente en la configuración socio -económi ca del virreinato. El que poseyeran una cultura similar a la española debió favorecer, en principi su inserción en la sociedad i ndiana, pero lo cierto es que sólo lo consiguieron aquellos que alcanzaron una buena posición económica. Ese fue el caso de Joseph Pereira Pinto y, sobre todo, de Antonio de la Luz. Ambos llegaron a contraer matrimonio con criollas, práctica bastante habitual entre los ex tranjeros, por cua nto no sólo representaba un medio de obtener indudables beneficios económicos y sociales, sino que también era importante desde el punto de vista legal , pues las leyes españolas exigí an el matrimonio como uno de los requisitos imprescindibles para otorgar la carta de naturaleza. Finalmente, señalaremos que tanto Antonio de la Luz como Joseph Pereira se dedicaron Petición de Joseph Pereira Pinto, presentada ante el alcalde ordinario de Veracruz el 21 abril 1724. cit. Respuesta del fiscal. Madrid. 16 octubre 1724. AGI, México, 650. 57 ías evaluadas en 3.500 pesos y “una situada en Veracruz “en la calle cería por la puerta reglar del convento de predicadores ”, cuyo valor en poco más de dos décadas habí a logrado s, hasta el punto de poseer un medio de vida, una familia y unas propiedades de valor estimable. Lo único que le restaba por hacer era legalizar su ica solicitando la carta de naturaleza. Aunque no hemos podido hallar el embargo, que la respuesta del scal a esta petición fue favorable, dadas las muchas cualidades que con currían en el En resumen, ha quedado demostrado que el Asiento de Negros firmado en 1696 nto de portugueses en los domini os , por un lado, al menos cuatro de las cinco perso nas establecidas en la factoría de Veracruz, supieron valerse de su entrada legal en el Nuevo Mundo para quedarse en él una vez suprimida la Compañía portuguesa, mientras que, ona, ajena a la factoría, se sirvió de su vincula ción a un Al mismo tiempo, hemos podido comprobar que no todos los portugueses Nueva España, ni ca del virreinato. El que poseyeran una cultura similar a la española debió favorecer, en principi o, lo consiguieron aquellos que alcanzaron una buena posición económica. Ese fue el caso de Joseph Pereira Pinto y, sobre todo, de Antonio de la Luz. Ambos llegaron a contraer matrimonio con criollas, nto no sólo representaba un medio de obtener indudables beneficios económicos y sociales, sino que también era an el matrimonio la carta de naturaleza. Finalmente, señalaremos que tanto Antonio de la Luz como Joseph Pereira se dedicaron de Veracruz el 21 abril 1724. cit. al comercio, actividad a la que siempre se sintieron inclinados los extranjeros y de la que verdaderamente supieron beneficiarse, a pesar de las mú dicta ron para evitar su participación. al comercio, actividad a la que siempre se sintieron inclinados los extranjeros y de la que verdaderamente supieron beneficiarse, a pesar de las mú ltiples disposiciones que se ron para evitar su participación. 58 al comercio, actividad a la que siempre se sintieron inclinados los extranjeros y de la ltiples disposiciones que se