Full text
UNIVERSIDAD DE SEVILLA FACULTAD DE FARMACIA TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA DE ESTUPEFACIENTES EN ESPAÑA ESTUDIO DE LOS DISTINTOS MODELOS EXISTENTES Ángela Montalbán Ruiz
2
3 FACULTAD DE FARMACIA GRADO EN FARMACIA Departamento de Prácticas Tuteladas TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA DE ESTUPEFACIENTES EN ESPAÑA ESTUDIO DE LOS DISTINTOS MODELOS EXISTENTES Trabajo de Fin de Grado En Sevilla, Julio de 2021 ALUMNA: ÁNGELA MONTALBÁN RUIZ TUTOR: MANUEL OJEDA CASARES PROYECTO BIBLIOGRÁFICO
4 RESUMEN Los medicamentos estupefacientes son unos medicamentos sujetos a normativas y restricciones estrictas debido al mecanismo de acción de sus componentes en el organismo de los seres vivos. Aunque es un tema algo ambiguo, son considerados drogas, y como definición de droga en el ámbito farmacéutico se entiende como sustancia o preparado medicamentoso con efecto estimulante, deprimente, narcótico o alucinógeno, en conclusión, capaz de generar un cambio sobre el sistema nervioso, por ello, razón más que de peso para que sobre estos medicamentos recaigan leyes y normas reguladoras de su producción, transporte, venta, compra, administración... Relativamente reciente, en la década de los 60, comenzó el proceso de regularización internacional de estas sustancias. Hoy en día, se sigue avanzando en los protocolos de gestión, administración y control de los estupefacientes, apoyando la lucha contra el tráfico ilegal y erradicando en su máxima medida la drogadicción y toxicomanía de la población. A nivel nacional y paralelamente al avance internacional, España ha sido y es uno de los países que lideran la causa y promueven más leyes para acotar el uso de los medicamentos estupefacientes, con el único uso justificado de los mismos, como analgésico y mitigador del dolor en tratamientos médicos. Un proceso lógico, visualizando la mimetización de las nuevas tecnologías en nuestro día a día, era el acoplamiento de estas herramientas a la tramitación de los medicamentos estupefacientes. Las estructuras implicadas en los movimientos de estupefacientes han visto agilizadas todas sus gestiones pertinentes. Además de aumentar la agilidad de los procesos, por supuesto también han reducido pasos, han aumentado la seguridad de los protocolos, evitando fallos del factor humano, han aumentado la fiabilidad del cumplimiento de las normativas y han aumentado la accesibilidad legítima a estos medicamentos. El objetivo de esta revisión bibliográfica es argumentar la transición del proceso manual de gestión de medicamentos estupefacientes hasta la implicación de procesos
5 informáticos para la tramitación de estos medicamentos en España y la implantación por comunidades autónomas del nuevo protocolo informatizado. Para ello, se recoge información de distintas revisiones, artículos, sitios webs, ordenanzas, leyes y decretos, donde se relatan el avance del proceso utilizado anteriormente y el utilizado de manera actual. El proceso electrónico de estupefacientes ha implicado la creación de diferentes Nodos, plataformas, módulos y programas de gestión informáticos los cuales también se describen en este proyecto. Palabras clave: vale electrónico de estupefacientes, Receta Oficial de Estupefacientes, gestión manual, Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, libro electrónico de estupefacientes, SICOMEPS. Abreviaturas: AEMPS: Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios. ONU: Organización de las Naciones Unidas. CCAA: Comunidades Autónomas. SICOMEPS: Sistema de Información, Control y Ordenación de Medicamentos y Productos Sanitarios. CACOF: Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos. ROE: Receta Oficial de Estupefacientes. BOE: Boletín Oficial del Estado. SNS: Sistema Nacional de Salud. NICA: Número de Identificación de Centro Autorizado.
6 CN: Código Nacional. OF: Oficina de Farmacia.
7 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................... 8 1.2. JUSTIFICACIÓN.................................................................................................................... 9 1.3. OBJETIVOS .......................................................................................................................... 9 1.3.1 Objetivo general ........................................................................................................... 9 1.3.2 Objetivos específicos .................................................................................................... 9 2. METODOLOGÍA ........................................................................................................................ 10 3.1. Gestión manual de estupefacientes en España ............................................................... 12 3.2. Gestión electrónica de estupefacientes en Andalucía ..................................................... 16 3.3. Gestión electrónica de estupefacientes en la Comunidad Valenciana ............................ 24 3.4. Gestión electrónica de estupefacientes en otras CCAA autónomas españolas. .............. 30 4. DISCUSIÓN ............................................................................................................................... 33 4. CONCLUSIONES ....................................................................................................................... 35 5. BIBLIOGRAFÍA .......................................................................................................................... 37
8 1. INTRODUCCIÓN La prescripción, dispensación y compra de medicamentos estupefacientes se ha realizado hasta hace poco de forma manual. La prescripción por parte del profesional médico y la dispensación del estupefaciente al paciente se realizaba mediante documentos oficiales en papel. Siendo los estupefacientes unos medicamentos sujetos a una legislación y normativa especial y más rigurosa que un medicamento convencional, debido a graves problemas de seguridad, tratamientos más costosos y con tendencia a uso irracional por parte del paciente, entre otros, aumenta de manera notoria la dificultad del procedimiento manual. (B. Santos, I. Pérez, 2002). Un protocolo regularizado por la obligada prescripción mediante Recetas Oficiales de Estupefacientes, con la totalidad de los requisitos rellenos en la misma, la responsabilidad del paciente de la entrega de ésta en los Servicios Farmacéuticos para ser posible la dispensación, además de la regularización mediante vales de estupefacientes de los movimientos del medicamento estupefaciente de entrada y salida de la Oficina de Farmacia, todos ellos recogidos en un Libro de Estupefacientes sujetos a inspección, genera la complejidad de la tramitación manual de estupefacientes. (RD 1675/2012, de 14 de diciembre). Debido a todo, la aparición de herramientas de prescripción/dispensación electrónica hizo ver la conveniencia de la creación de la tramitación electrónica de estupefacientes. Un proceso informático que regularizase y ordenase todos los pasos del proceso manual, simplificados en varios clics. El presente estudio tiene como finalidad el análisis de la tramitación electrónica de estupefacientes en España.
9 1.2. JUSTIFICACIÓN Coetáneos a la era informática en la que nos encontramos, el profesional farmacéutico ha sabido adaptarse a las circunstancias, explotando los recursos disponibles y facilitando, en concreto, la tramitación de estupefacientes. La creación de una gestión electrónica de estupefacientes era un reclamo necesario para la agilidad del trabajo farmacéutico, además de las ventajas supuestas a otros profesionales sanitarios y a los propios pacientes. La principal finalidad de este trabajo es analizar los diferentes programas de tramitación de estupefacientes, comparando antaño, únicamente manual y los presentes, manual y electrónico, incluyendo también un análisis por Comunidades Autónomas, además de ceñirnos a un marco nacional en el Servicio Oficina de Farmacia. 1.3. OBJETIVOS 1.3.1 Objetivo general Realizar un análisis de la tramitación electrónica de medicamentos estupefacientes en España, con el fin de comparar los programas vigentes en cada Comunidad Autónoma y exponer el avance que estos han supuesto. 1.3.2 Objetivos específicos - Describir el proceso manual de tramitación de estupefacientes -Describir el proceso electrónico de la tramitación de estupefacientes. -Describir la utilización de cada programa por Comunidad Autónoma. -Advertir las diferencias entre los programas existentes.
16 adjunta la representación de un vale de estupefacientes en papel. Figura 2. Imagen modelo de un vale de estupefacientes en papel para tramitación manual. (RD 1675/2012, de 14 de diciembre). Es por ello, que estas organizaciones encargadas de la producción, distribución o dispensación de medicamentos estupefacientes deberán tener un libro de contabilidad a papel de estupefacientes al día. En él, anotarán todos los movimientos de los medicamentos en cuestión. Es importante anotar siempre información indispensable como la fecha, el número de receta o vale, si se trata de entrada o salida, el proveedor o prescriptor y las observaciones pertinentes, como si su finalidad es para uso veterinario. Se le dedicarán varios folios a un mismo estupefaciente, de esta manera será más fácil encontrar la información deseada. (RD 1675/2012, de 14 de diciembre). 3.2. Gestión electrónica de estupefacientes en Andalucía La gestión electrónica de los medicamentos estupefacientes ha agilizado el procedimiento a seguir con este tipo de medicamentos.
17 El promotor de este proyecto en Andalucía fue el Consejo Andaluz de Colegios Farmacéuticos (CACOF). Uno de los principales objetivos era disminuir la utilización de vales de estupefacientes en papel, los cuales se sustituyen por unos vales electrónicos, generados a través de un sistema que se sirve de un Nodo de Certificación y Generación de vales de estupefacientes. El Nodo genera unos vales únicos y seguros gracias a un algoritmo propio, con un dígito específico de control. Ese dígito es el identificador de 13 números, que tiene un solo uso, pero es el identificador del envase del estupefaciente. Este número de los vales electrónicos de estupefacientes está formado por; el NICA que corresponde a los seis primeros dígitos; el NICA es el número de centro sanitario autorizado, los dos dígitos siguientes corresponden al año y los cinco restantes son el número de vale. El último dígito corresponde al dígito control generado por un algoritmo. (Icofma. Ilustre Colegio Oficial de Farmacéuticos de Málaga, 2017). En la siguiente Figura 3, aparece la imagen de un vale electrónico de estupefacientes consultado por el titular de la OF en concreto desde la página oficial del CACOF, en concreto del medicamento “Palexia Retard 50 mg 60 comprimidos”. En él figura el número de vale de 13 dígitos, el CN del estupefaciente, la Oficina de Farmacia que realiza la petición del vale y por tanto del medicamento, el almacén proveedor que verifica el vale generado, la cantidad de envases pedida y la cantidad de envases recepcionados, además del estado del vale y el motivo del estado. Este vale se encuentra en estado “PASIVO” o inactivo debido a que se ha completado el proceso de petición, de validación por el proveedor y se ha verificado la recepción en la Oficina de Farmacia que gestiona la petición.
18 Figura 3. Imagen de un vale electrónico de estupefacientes de Andalucía visualizado por una OF particular en la página oficial del CACOF. El farmacéutico realiza el pedido al almacén desde su programa de gestión, el cual se comunica con el Nodo del CACOF que le asigna un vale a cada estupefaciente del pedido. Este vale también le llega al proveedor, entonces valida que todos los datos estén correctamente con el Nodo. El almacén envía el pedido y automáticamente se actualiza la salida del estupefaciente en el libro de contabilidad del almacén. Al recibir el pedido en la farmacia y darles entrada a los nuevos medicamentos estupefacientes, el programa de gestión comunica al Nodo el cierre de ese vale y anota la entrada de los estupefacientes en el libro electrónico de estupefacientes de la farmacia. Si se tratase de una receta manual, el sistema pediría la introducción de los datos indispensables para que la salida fuese anotada de la misma manera en el libro electrónico de estupefacientes.
19 La figura 4 esquematiza el procedimiento que sigue el programa de gestión electrónico de estupefacientes en Andalucía. Figura 4. Esquema del funcionamiento del programa de gestión electrónica de estupefacientes andaluz. Tanto las farmacias como los almacenes distribuidores poseen un libro electrónico de estupefacientes, éste fue puesto en vigor a partir del Informe favorable emitido por la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, que aprobó la implementación del libro oficial electrónico de movimientos de estupefacientes en las oficinas de farmacia de Andalucía. El libro electrónico se encontraría disponible para las oficinas de farmacia que contasen con el programa de gestión electrónica de vales electrónicos de estupefacientes. (Icofma. Ilustre Colegio Oficial de Farmacéuticos de Málaga, 2017).
20 A continuación, se adjunta una imagen del libro electrónico de estupefacientes, como la Figura 5, siendo posible de consultar en el programa de gestión electrónico Unycop de la Oficina de Farmacia particular. En él aparecen el listado de los vales electrónicos de estupefacientes gestionados en la OF, tanto las entradas como las salidas de vales de estupefacientes. Figura 5. Imagen de la presentación del libro electrónico de estupefacientes de una Oficina de Farmacia particular por la aplicación Unycop. Aun así, los titulares de las farmacias andaluzas pueden acceder al Nodo para consultar el estado de sus vales de estupefacientes y la gestión de pedido y entrega de los estupefacientes a través de la página oficial del Consejo de cada Autonomía. (CACOF: Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, 1 de marzo de 2018). De igual manera el Consejo Farmacéutico, la Consejería de Salud, en un nivel inferior, cada Colegio Oficial de Farmacéuticos y la Inspección provincial, pueden acceder y
21 consultar el estado de los listados de vales electrónicos gestionados en cada OF que se encuentre registrada. En la imagen que se adjunta abajo como Figura 6, aparece el listado de los vales electrónicos gestionados por una Oficina de Farmacia particular, desde la pagina del CACOF, cada particular puede acceder a su usuario con su clave web, y así poder ver todos los vales tramitados e incluso mediante los filtros poder encontrar un vale más fácilmente. Figura 6. Imagen del listado de vales de estupefacientes al que puede acceder una OF andaluza particular (u otro órgano autorizado) desde la web del CACOF. Las recetas del Sistema Nacional de Salud (SNS) emitidas en soporte electrónico tendrán la consideración de recetas oficiales de estupefacientes cuando estén identificadas como ``Receta Oficial de Estupefacientes`` o bien que los sistemas informáticos que las soporten identifiquen como tales a los medicamentos prescritos. La receta médica electrónica es un procedimiento tecnológico que permite desarrollar las funciones profesionales sobre las que se produce la prescripción de medicamentos
22 de manera automatizada, de manera que las órdenes de tratamiento se almacenan en un repositorio de datos al cual se accede desde el punto de dispensación para su entrega al paciente. Por tanto, la prescripción y dispensación de medicamentos estupefacientes en receta electrónica deberá atenerse a lo descrito en el Real Decreto 1718/2020 del 17 de diciembre, sobre receta médica y ordenes de dispensación. Es decir, los sistemas informáticos deben cumplir los principios de seguridad, integridad, trazabilidad de cambios y accesibilidad y hayan sido validados. Este sistema se puso en marcha después de un proceso piloto. Tal fue su éxito, que la Consejería de Salud autorizó la implantación del proceso electrónico de estupefacientes en todas las farmacias andaluzas. Son evidentes las ventajas de este procedimiento, pero cabe destacar entre todas ellas; - Ahorro considerable de talonarios en papel, el CACOF ha contribuido en la mejora del medio ambiente mediante la introducción del soporte y herramientas electrónicas como alternativa al papel. - La Consejería de Salud tiene acceso a todos los vales generados en Andalucía. La agilidad en la gestión por parte de este Órgano facilita el control (tanto anual como más frecuente) del procedimiento de gestión electrónica de estupefacientes. Esto produce un aumento en la seguridad de los pedidos de estupefacientes, se genera una huella de los medicamentos muy sencilla de rastrear. - Es el primer paso del proceso de homogenización de los procesos administrativos en farmacias andaluzas. La receta electrónica es el modelo informático actualizado para la prescripción y dispensación de medicamentos incluidos en la financiación pública, dentro del proyecto Diraya, que inició su andadura en el año 2000 y que aprovechándose de las ventajas en telecomunicaciones y en la tecnología tic, aporta ciertos avances con respecto a la prescripción en recetas de papel.
23 Este tipo de prescripción abarca a todos los medicamentos y productos sanitarios incluidos en la financiación del Sistema Sanitario Público de Andalucía. Es evidente entonces, que incluye la prescripción de medicamentos estupefacientes. En este caso, se suprime la necesidad de presentar una ROE a papel en el mostrador de la oficina de farmacia para que sea dispensado el estupefaciente indicado. En el caso de estos medicamentos, el médico añadirá el tratamiento con estupefacientes igual que un medicamento corriente, pero vendrá conjunto a una notificación que alerte del tipo de medicamento que se va a dispensar. Es una notificación automática que genera el programa cuando aparece un medicamento contabilizado como estupefaciente, para advertir el profesional farmacéutico de la clasificación del fármaco. Esto se solapa con el procedimiento de gestión electrónica de estupefacientes, en el momento que se autorice a un farmacéutico a dispensar un estupefaciente, por orden prescrita del médico, se activará el protocolo electrónico de entrada y salida mediante vale electrónico del estupefaciente. Desde el momento que se puso en marcha su uso en oficinas de farmacia y almacenes de distribución, el uso del programa de gestión de vales electrónicos de estupefacientes ha ido en aumento. Esto podemos observarlo en la siguiente tabla comparativa de las entre varios años; de 2018 a 2021 del aumento de generación de vales electrónicos de estupefacientes. Figura 7. Tabla comparativa de los meses de 2018 hasta la actualidad. (Fuente: Departamento Nuevas Tecnologías CACOF)
24 Actualmente, se conocen cifras, que remontan a 4.841.592 vales de estupefacientes generados desde el inicio. En lo que supone al 2021 se generaron 572.575 vales de estupefacientes electrónicos. De manera mas visual, mediante los diagramas de barras de la siguiente Figura 8 podremos observar el aumento paulatino de la generación de vales de estupefacientes años tras año desde su implantación. Ello es debido a que cada vez mas Oficinas de Farmacia y Almacenes de distribución se suman al proyecto de tramitación electrónica de estupefacientes. Figura 8. Diagrama de barras que muestra la evolución del número de vales generados y la cantidad total acumulada de los vales generados desde el principio hasta el mes actual de junio de 2021. .(Fuente: Departamento Nuevas Tecnologías CACOF) 3.3. Gestión electrónica de estupefacientes en la Comunidad Valenciana La Comunidad Valenciana ha sido pionera en la digitalización de los procedimientos. La Conselleria de Sanidad tiene como claro objetivo, facilitar la prescripción y dispensación de medicamentos estupefacientes, en el ámbito de la asistencia sanitaria
25 pública, siempre garantizando el cumplimiento del control y normativa requerido. El objetivo era informatizar al completo el conjunto de movimientos de un estupefaciente. El procedimiento empleado en la Comunidad Valenciana es mediante el programa de soporte Abucasis, puesto en marcha en enero de 2009, el cual genera recetas informáticas, en un principio recetas informatizadas, con las prescripciones que correspondan a medicamentos estupefacientes (y no estupefacientes) incluidos en la Lista I de la Convención Única de Estupefacientes de 1961. (J.L. Trillo Mata, J. Muelas Tirado, M.J. Navarro Gosálbez, 2009). La implantación de este programa Abucasis, fue gracias a la firma de un Convenio de colaboración entre la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) y la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana en 2009 para la regulación de un programa piloto de receta informática y/o electrónica de estupefacientes en el ámbito de la asistencia sanitaria pública de la Comunidad Valenciana. (RSGS, 12 de enero de 2009). Este método dificulta la falsificación de la prescripción de estupefacientes, aunque prescinda del uso de la ROE, debido a que cada receta prescrita, está dotada de una firma electrónica emitida por el Entidad Certificadora de la Generalitat Valenciana, que garantiza la identidad del médico prescriptor, con un proceso de identificación inequívoco del titular de la firma y de todo el continente de la receta. (J.L. Trillo Mata, J. Muelas Tirado, M.J. Navarro Gosálbez, 2009). El farmacéutico debe dar la misma consideración tanto para las recetas manuales como para las recetas informáticas de estupefacientes, de manera que, en el proceso de dispensación, debe anotar en el dorso de la copia de la receta informática de estupefacientes el DNI o equivalente si se trata de un extranjero, de la persona que retira el medicamento. El farmacéutico, además, debe sellar, firmar y fechar tanto el original como las copias de la receta informática de estupefacientes generadas por el programa Abucasis. (J.L. Trillo Mata, J. Muelas Tirado, M.J. Navarro Gosálbez, 2009).
32 En el pasado XXIII Congreso Nacional de Informática de la Salud celebrado del 3 al 5 de marzo de 2020, se exponían datos aproximados a los que serían actuales sobre la integración en las distintas CCAA españolas del modelo de gestión electrónico de estupefacientes SICOMEPS. Si bien se obviaban las comunidades de Andalucía y Cataluña por ambas tener un modelo de gestión telemática propio e independiente, cabía destacar la evolución en la implantación del programa en el resto del territorio. La Comunidad de Madrid, en enero de este año 2021 publicó un BOCM (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid) donde se plantea la resolución de la Dirección General de Inspección sobre la gestión electrónica de los documentos oficiales necesarios para la administración de medicamentos estupefacientes en oficinas de farmacia y almacenes distribuidores. De manera que la Comunidad de Madrid conjunto a la Comunidad Valenciana, capitanean los porcentajes de integración del programa, con un 4,8% de implantación de la capital. Actualmente, a partir de febrero de este mismo año 2021, la Comunidad de Madrid daba el aviso a los propietarios de oficinas de farmacias en activo y a almacenes distribuidores que la sustitución del proceso manual por el electrónico se daba por completada. (Comunidad de Madrid). También con unos valores altos de adaptación al nuevo modelo, seguían Asturias con un 4,5% y Cantabria con un 2,5%. En la cola en el proceso de pilotaje se encuentran las Islas Canarias con un 2,08%. En Comunidades como Castilla y León, La Rioja, País Vasco, Navarra, Aragón y las ciudades de Ceuta y Melilla, la situación es en proceso de integración del programa en las oficinas de farmacia y almacenes distribuidores. Por otro lado; Extremadura, Castilla La Mancha, Murcia, Galicia e Islas Baleares se encuentran en vías de análisis, estudiando la adaptación y el proceso de implantación del modelo de gestión electrónica de estupefacientes. Esta distribución viene representada en la Figura 11.
33 Figura 7. Mapa de España con diferenciación cromática entre las comunidades autónomas y el uso del programa de gestión electrónica de estupefacientes cedido por la AEMPS. 4. DISCUSIÓN Los estupefacientes más utilizados en la práctica médica son los comprendidos en grupos como Depresores del SNC, Simpaticomiméticos, Opioides y derivados del cannabis. Por ello, son sedantes o hipnóticos; inductores y conservantes del sueño, imitan o simulan las acciones del sistema nervioso simpático o adrenérgico, causan gran analgesia, tienen efectos antieméticos sobre todo indicados para el alivio de reacciones adversas de la quimioterapia, tienen efectos miorrelajantes, anticonvulsivos… Son medicamentos con un sinfín de indicaciones para enfermedades o procesos de notoria gravedad. (R. Bolaños, M. Melgarejo, G. Cattinari, et al., 2014). Siendo unos medicamentos de peso debido a sus indicaciones tan acusadas y otros motivos como la promoción a la farmacodependencia que generan o el mecanismo de acción que tienen, la implementación de procesos que aumentasen la seguridad de su distribución, alcance y uso era completamente necesaria. Es de señalar, que, gracias a la implementación de un proceso electrónico de tramitación de los medicamentos estupefacientes, ha habido un aumento en la seguridad del protocolo a seguir, que deriva en lo mencionado anteriormente. El alcance del control por parte de los Órganos en jerarquía encargados de la supervisión y la inspección del cumplimiento de los protocolos y objetivos se ha visto aumentada, siendo una grandísima ventaja la accesibilidad que proporciona el trámite electrónico. Productivo Pilotaje Integración Análisis
34 Y no solo esta ventaja afecta a las estructuras superiores, sino también al ciudadano de a pie, a médicos de la sanidad pública española, profesionales sanitarios involucrados en el proceso de dispensación de estupefacientes y a trabajadores de almacenes distribuidores de los productos estupefacientes. Todos ellos han visto la mejora del proceso, la comodidad del trámite electrónico que no se encontraba en el proceso manual. La adaptación ha sido considerablemente fácil, pues ha supuesto la creación de otro modus operandi para el mismo trámite que se llevaba haciendo años con una rebaja importante de las responsabilidades a cumplir por las partes implicadas, sin que ello implicase una desatención de los objetivos y normativas que estrictamente deben cumplir. Abarcando algún pequeño inconveniente sobre la tramitación electrónica de estupefacientes, cabría mencionar la desigualdad del proceso a nivel nacional. Siendo muy beneficiosa la iniciativa de comunidades como Andalucía o la Comunidad Valenciana de embarcarse en un proyecto individual y potente para la tramitación de los medicamentos estupefacientes, que otras comunidades hayan esperado a la implantación del modelo proporcionado por la AEMPS en convenio con la Comunidad Valenciana ha hecho que tengamos datos muy dispares sobre la rentabilidad del proyecto a nivel nacional, incluso, que a día de hoy, se obtengan datos muy escasos en ciertas CCAA porque la implantación se encuentra poco extendida. En cuanto a los programas de envergadura mencionados en el proyecto, siendo módulos que trabajan para un mismo fin, prácticamente las diferencias que presentan son mínimas y se ciñen al procedimiento de tramitación entre las partes. Mientras el proyecto andaluz mantiene el desarrollo del programa por la corporación farmacéutica, el proyecto liderado por la Comunidad Valenciana y asimilado por el resto de las comunidades, ha mantenido la titularidad y la responsabilidad del mantenimiento de la aplicación en la Administración por parte de la Consejería Valenciana. Lo ideal de este proceso es que algún día se pudiese homogeneizar la situación en todas las comunidades, para obtener datos que se pudiesen comparar pues se partiría del
35 mismo punto, y así se ofrecería a todos los ciudadanos y actores implicados en la tramitación de estupefacientes las mismas condiciones y privilegios del uso de esta herramienta. 4. CONCLUSIONES El desarrollo de esta revisión bibliográfica sobre la Tramitación electrónica del vale de estupefacientes en España me ha llevado a las siguientes conclusiones. 1. El proceso de tramitación de estupefacientes manual, siendo un proceso que ha sido efectivo, ya que el movimiento de estupefacientes entre los organismos participantes se realizaba con éxito, era un procedimiento costoso en el sentido de precisión, claridad, seguridad y fiabilidad. 2. El procedimiento electrónico de tramitación de estupefacientes en España ha resuelto todos los inconvenientes del proceso manual. De hecho, ha supuesto una agilización del proceso en general y de la actuación de cada parte implicada. 3. La creación de un proceso electrónico ha sido un reclamo más de la era tecnológica en la que nos encontramos, una adaptación prácticamente obligada que debía sufrir el trámite de los medicamentos estupefacientes. 4. La tramitación electrónica de estupefacientes ha sido un avance en la lucha del reciclaje y reducción de producción de residuos, reduciendo notablemente el papel a utilizar en el proceso. 5. El trámite electrónico de estupefacientes facilita la supervisión, control e inspección por parte de los estamentos encargados de ello en que las partes implicadas en el proceso realicen correctamente los protocolos de actuación.
36 6. La creación de programas de tramitación electrónica de estupefacientes no ha sido homogénea en todas las comunidades españolas.
37 5. BIBLIOGRAFÍA Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. [Internet]. Estupefacientes y Psicótropos. España. [actualizada 21 de abril de 2021, citado 10 de mayo de 2021]. Disponible en: https://www.aemps.gob.es/medicamentos-de-uso- humano/estupefacientes-y-psicotropos/ B. Santos, I. Pérez. Dispensación de medicamentos de especial control. Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria, 3ª edición. Doyma. [Internet]. 2002. (Citado en marzo de 2021). Cap. 2.6.1.2. Disponible en https://www.sefh.es/bibliotecavirtual/fhtomo1/cap2612.pdf CACOF: Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos [Internet]. Las Farmacias andaluzas tramitan ya de manera electrónica el pedido de estupefacientes a los almacenes de distribución. Euromedia Comunicación. 1 de Marzo de 2018. [consultado en abril de 2021]. Disponible en https://www.cacof.es/las-farmacias- andaluzas-tramitan-ya-de-forma-electronica-el-pedido-de-estupefacientes-a-los- almacenes-de-distribucion-1/ COFRM: Colegio Oficial de Farmacéuticos Región de Murcia. [Internet]. Gestor de vales de Estupefacientes. Ámbito Nacional. Murcia. Presentación 28 de octubre de 2018. [Consultado en mayo de 2021]. Disponible en: https://nuevaweb.cofrm.com/wpcontent/uploads/2020/09/Gestor-de-Vales-Presentaci%C3%B3n.pdf Comunidad de Madrid. [Internet]. Farmacias y farmacéuticos. Madrid. [Citado en mayo de 2021]. Disponible en: https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/farmaciasfarmaceuticos Conselleria de Sanitat Universal i Salut Publica. [Internet]. Herramientas y programas. Generalitat Valenciana. 2021. [Citado 19 de abril de 2021]. Disponible en: http://www.san.gva.es/web/dgfps/sicomeps-descripcion
38 D. Bewley -Taylor, M. Jelsma. Cincuenta años de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes: una relectura crítica. Serie reforma legislativa en materia de drogas. [Internet]. 15 de marzo de 2011. [Citado en abril de 2021]. Disponible en: http://fileserver.idpc.net/library/TNI-cinc%20anos.pdf España. Decreto 165/2017, de 27 de octubre, del Consell, por el que se modifican los artículos 1, 2 y 3 de la Orden 6/2011, de 20 de abril, de la Conselleria de Sanidad, sobre autorización de las personas titulares y responsables de oficinas de farmacia abiertas al público a llevar el libro registro oficial (libro recetario), por medios electrónicos y se establece la obligatoriedad del vale electrónico de estupefacientes. [2017/9729]. Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, 2 de noviembre de 2017, núm. 8161, pp. 39271 a 39274. [Citado en junio de 2021]. Disponible en: https://dogv.gva.es/datos/2017/11/02/pdf/2017_9729.pdf España. Orden 6/2011, de 20 de abril, de la Conselleria de Sanidad, sobre autorización a farmacéuticos responsables de oficinas de farmacia abiertas al público a llevar el libro registro oficial (libro recetario), por medios electrónicos (2011/5071) Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, de 5 de mayo de 2011, núm. 6514, pp. 17616 a 17619. [Citado en mayo de 2021]. Disponible en: https://dogv.gva.es/datos/2011/05/05/pdf/2011_5071.pdf España. Real Decreto 1675/2012, de 14 de diciembre, por el que se regulan las recetas oficiales y los requisitos especiales de prescripción y dispensación de estupefacientes para uso humano y veterinario. Boletín Oficial del Estado, 29 de diciembre de 2012, número 313, pp. 89272 a 89298. [Citado en junio de 2021]. Disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2012/12/29/pdfs/BOE-A-2012-15711.pdf España. Secretaría General de Sanidad. Resolución de 12 de enero de 2009, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el convenio de colaboración, entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana, para la implantación del programa piloto de receta informática y/o electrónica de estupefacientes. Boletín Oficial del Estado, número 25, 29 de enero de 2009, número 25, pp. 10039 a 10044). [Citado en mayo de 2021]
39 Disponible en: https://www.accv.es/fileadmin/Archivos/Legislacion_espanola_pdf/BOE-A-2009- 1534.pdf España. Secretaría General de Sanidad y Consumo. Resolución de 15 de febrero de 2018, de la Secretaría General de Sanidad y Consumo, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Comunidad Valenciana, por el que se fijan las condiciones para la cesión del módulo de vales electrónicos de estupefacientes del gestor de ordenación y control de medicamentos y productos sanitarios de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. Boletín Oficial del Estado, núm. 54, de 2 de marzo de 2018, pp. 26039 a 26044. [Citado en mayo de 2021]. Disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2018/03/02/pdfs/BOE-A-2018- 2991.pdf Icofma. Ilustre Colegio Oficial de Farmacéuticos de Málaga. [Internet]. Nota informativa CIM-facturación nº 3- 2017. Málaga. 23 de mayo de 2017. [citado el 10 de junio de 2021]. Disponible en: https://icofma.es/es/1132-circulares/circulares-cim-fact/9271-23-5-17- nota-informativa-cim-facturacion-n-3-2017 J.L. Trillo Mata, J. Muelas Tirado, M.J. Navarro Gosálbez. La receta informática y/o electrónica de estupefacientes en el ámbito de la asistencia sanitaria pública de la Comunidad Valenciana. Ordenación y Control de Productos Farmacéuticos de la Comunidad Valenciana nº 02. [Internet]. Junio 2009. [citado 13 de abril de 2021]. Volumen I. Disponible en: http://www.san.gva.es/documents/152919/170020/ordenacion02.pdf Portalfarma. Vales y libros. Estupefacientes electrónicos. Madrid. Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos. [actualizado 24 de septiembre de 2018]. [Citado en mayo de 2021]. Disponible en: https://www.portalfarma.com/jornadas-congresos/3a- jornada-profesional-farmaceuticos-distribucion/Documents/PON-CONF-1-Julio- Muelas.pdf
40 R. Bolaños, M. Melgarejo, G. Cattinari, A. Venturino. Psicotrópicos y Estupefacientes. Visión farmacológica y Normativa. [Internet]. 2014. [Citado en julio de 2021]. Disponible en: http://www.anmat.gov.ar/ssce/Libro-psicotropicos-estupefacientes.pdf TNI: Transnational Institute [Internet]. Las convenciones de drogas de la ONU. A. Armenta, M. Jelsma. [citado el 23 de mayo de 2021]. Disponible en: https://www.tni.org/es/publicacion/las-convenciones-de-drogas-de-la-onu#box2