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FACULTAD DE COMUNICACIÓN GRADO EN PERIODISMO TRABAJO DE FIN DE GRADO PORTALES DE TRANSPARENCIA Y CIUDADANÍA. ANÁLISIS DE UTILIDAD Y USABILIDAD DEL PORTAL DE TRANSPARENCIA DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA (2016-2017) REALIZADO POR BELÉN PÉREZ GORDILLO JOSÉ ANTONIO VALLE CUEVAS TUTORA CONCHA PÉREZ CURIEL CURSO 2016/2017
ÍNDICE RESUMEN ...................................................................................................................... 1 1. PALABRAS CLAVE .................................................................................................. 1 2. INTRODUCCIÓN ...................................................................................................... 2 2.1. Comunicación y Política ............................................................................... 2 2.2. Corrupción política ....................................................................................... 2 2.3. Gobierno abierto ........................................................................................... 3 2.4. Ley de transparencia ..................................................................................... 3 2.5. La información por nuevas vías de comunicación ........................................ 4 3. PREGUNTAS DE INVESTIGACIÓN ..................................................................... 6 4. OBEJTIVOS ................................................................................................................ 7 4.1. Objetivo fundamental ................................................................................... 7 4.2. Objetivos específicos .................................................................................... 7 5. HIPÓTESIS ................................................................................................................. 8 6. METODOLOGÍA ....................................................................................................... 9 6.1. Revisión bibliográfica ................................................................................... 9 6.2. Análisis de contenido .................................................................................. 10 6.3. Encuestas .................................................................................................... 12 6.4. Entrevistas ................................................................................................... 13 7. MARCO TEÓRICO ................................................................................................. 14 7.1. Ley de Transparencia en Europa ................................................................ 14 7.2. Ley de Transparencia en España ................................................................ 15 7.3. Ley de Transparencia en Andalucía ............................................................ 16 7.4. La Transparencia y la Comunicación en Red ............................................. 18 7.5. El rol del periodista ..................................................................................... 22 8. ANÁLISIS Y RESULTADOS .................................................................................. 23 8.1. Entrevistas ................................................................................................... 23 8.2. Encuesta ...................................................................................................... 26 9. CONCLUSIONES .................................................................................................... 31 10. REFERENCIA DOCUMENTAL .......................................................................... 34
- 1 - RESUMEN Esta investigación surge de una hipótesis de partida que alberga el Portal de Transparencia del Parlamento de Andalucía. El portal tiene una serie de premisas ante la ciudadanía que se recogen en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. Esta institución elabora un proceso previo de selección de las publicaciones del portal y es esto lo que llega a las personas. Por tanto, esa información se muestra ya sesgada porque ha pasado por una selección de información. Los objetivos de la indagación han sido, principalmente, conocer quién elabora la información y está a cargo del Portal de Transparencia del Parlamento de Andalucía, midiendo el grado de usabilidad de dicho portal, así como sus herramientas de participación con la ciudadanía. La percepción de los periodistas como administradores del derecho a la información es otra de las cuestiones a remarcar en la participación de la sociedad en la vida política, ya que éstos actúan como intermediarios entre los primeros y los segundos. La metodología que se ha llevado a cabo es, en primer lugar, una búsqueda minuciosa de bibliografía clave para el tema estudiado, así como análisis cualitativos y cuantitativos y realización de encuestas mediante unas preguntas de investigación y entrevistas a distintas personalidades del ámbito periodístico y político. Los resultados obtenidos confirman que la ciudadanía no participa en la vida política a través de estos portales, que alberga una información ilegible para la sociedad y que apenas es divulgada por los periodistas. El acceso a la información muestra una opacidad, como refleja La Transparencia Engaña de María Albergamo, una metáfora cristalizada provocada por la inaccesibilidad de los usuarios al portal, la falta de información de los políticos hacia sus votantes y la falta del mensaje de los portales por parte de los periodistas a su audiencia. 1. PALABRAS CLAVE Transparencia, Política, Comunicación, Internet, Ciudadanía, Web
- 2 - 2. INTRODUCCIÓN 2.1. Comunicación y Política La comunicación y la política son conceptos que van íntimamente relacionados. El mensaje que los políticos transmiten a sus votantes se percibe a través de los medios de comunicación de masas y, todos estos, con sus respectivas políticas ideológicas. Por eso los medios y la política están tan vinculados, sin uno no puede ser el otro y viceversa. Las campañas electorales, los debates políticos, la competencia en plenas elecciones por medio de los programas de televisión, radio o prensa, son factores que hacen que, desde que comenzara el periodo de democracia en España, la comunicación haya ayudado a la política a ser el foco de atención. Tanto es así que, en la actualidad, la comunicación en los medios está totalmente politizada. Los informativos de televisión empiezan con informaciones políticas, así como los programas en radio o las noticias de las primeras páginas en prensa escrita. Con respecto a Internet, en los últimos años, ha cogido un fuerte impulso en cuanto a política. Los portales de los diferentes partidos políticos, las webs oficiales, y de las instituciones públicas aparecieron en consonancia con la red. La comunicación política en Internet es una herramienta clave en la estrategia de las instituciones, partidos y líderes políticos. Más adelante, con la Ley 19/2013, surgieron los portales de transparencia tanto a nivel europeo como nacional y autonómico. 2.2. Corrupción Política La corrupción no es un fenómeno nuevo. Según Pablo Mansilla, desde el diario El Confidencial es el “mal uso del poder público para conseguir ventajas ilegítimas”. A principios del 2017, la justicia procesó a 1.378 personas por delitos de corrupción, según ABC. Las malas prácticas de la política española con casos corruptos han incrementado la desconfianza de la ciudadanía. Una desconfianza que han intentado paliarse con el ejercicio de la transparencia. Aun así, se han asomado casos de política ilegítima con la existencia de estos portales de transparencia. Justamente por esto, no están nítidas las acciones contra la corrupción.
- 3 - 2.3. Gobierno abierto Con la democracia, un concepto empezaba a asomarse. Es el concepto de “gobierno abierto”. Se trata de una nueva forma de transparencia y acceso a la información, participación y colaboración ciudadana. Cuando hablamos de gobierno abierto hacemos referencia a una superación de opacidad, datos abiertos (open data), participación más allá del sufragio en las urnas y a la incorporación de los actores sociales a la gobernanza. Se puede entender que este método de gobierno abierto es un impulso, un intento de recuperación ciudadana tras los escándalos de corrupción y pérdida de credibilidad de los gobiernos e instituciones. Según el propio Portal de Transparencia del Gobierno de España, el país “entró a formar parte de la Alianza para el Gobierno Abierto (Open Government Partneship -OGP-) en abril de 2011. El objetivo de esta Alianza es reforzar los vínculos que unen a los ciudadanos con sus gobernantes con el establecimiento de vías de diálogo más adecuadas para que los ciudadanos puedan ser más partícipes en el desarrollo de las políticas públicas”. La colaboración, la transparencia y la participación son los pilares básicos de un gobierno abierto. Por tanto, estos valores deben hacerse partícipes en los portales de transparencia. 2.4. Ley de Transparencia Según el Portal de Transparencia del Gobierno de España, “la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos”. Dicha ley serviría para consolidar con mayor rigurosidad a la democracia, pero su cumplimiento es algo que en la actualidad se pone en duda. Por eso, hemos decidido investigar y centrarnos en un Portal de Transparencia a nivel autonómico: el Portal de Transparencia del Parlamento de Andalucía.
- 4 - Las principales leyes en las que vamos a indagar son: • Artículo 105 b) de la Constitución. Es el derecho a que todas las personas accedan a la información pública. • Ley 19/2013: De transparencia, acceso la información pública y buen gobierno. • Ley 1/2014: Transparencia pública de la ciudadanía. En nuestro trabajo de investigación pretendemos extraer una radiografía del grado de transparencia del portal de una institución como es el Parlamento de Andalucía. Lo haremos a través del establecimiento de “una marca de transparencia”, así como el grado de conocimiento, participación y percepción por parte de los profesionales de la información. 2.5. La información por nuevas vías de comunicación La sociedad actual busca en Internet información sobre cualquier ámbito y, tras los escándalos de corrupción, cualquier dato que pueda serle útil para ejercer su derecho a vivir en democracia. “No es concebible satisfacer a la ciudadanía sin restaurar el rol proactivo de las administraciones públicas en nombre del interés general. Sin embargo, los presupuestos recortados impuestos por la UE, así como las estrategias regresivas como el desmantelamiento de servicios públicos, incluidos los mediáticos, van en distinta dirección” (Zallo, R. 2016: 38). Sin duda las administraciones tienen que tener en cuenta esta nueva realidad y ceñirse a las leyes que están vigentes para poder ser útiles realmente. Según Gianni Vattimo (La Sociedad Transparente, 1989), “interpretar significa hacer transparente el significado”, pero en el caso de los portales de transparencia, los archivos que se muestran en él no están interpretados. Son base de datos a groso modo, es decir, no se interpreta ni traduce en ningún momento la información, se da por sentado que la audiencia de la web ya sabe interpretar por sí solo esos datos, es una forma de “engañar” a los ciudadanos, exponiendo datos que no entendemos, además de información sobrante, nos desinforman. Desde un aspecto sociológico y psicológico, las masa lo que hace es descuantificar esa información e intentar hacer un análisis cualitativo.
- 5 - Los medios de comunicación deberían tomar un papel importante en la divulgación de los datos, hacer una interpretación que sea entendible por la audiencia, en definitiva, descifrar aquello que no se hace por parte de las administraciones. “Las últimas propuestas de investigación inciden en el alto nivel de contaminación institucional y gubernamental que preside la información diaria en los medios de comunicación y estudian estrategias de respuesta ante el protagonismo desmesurado de individuos y grupos que conforman la superestructura política, económica y social. Los actores protagonistas del proceso informativo deforman la realidad social, descalificando el discurso de la veracidad e imponiendo la falacia de los pseudoacontecimientos. En este plano, la ciudadanía en su papel de actante, recibe un mensaje manufacturado de los hechos, que se ajusta a la medida de los intereses de los grandes interlocutores del discurso social: las fuentes institucionales.” (Pérez Curiel, C. 2011: 3).
- 12 - Personal del Parlamento • Normativas: Estatuto de Gobierno y Régimen Interior; Estatuto de Personal. • Organigrama por servicios con sus responsables. • Puestos de trabajo, organización funcional. • Oferta de empleo público y procesos de selección del personal. • Composición del Consejo de Personal del Parlamento de Andalucía. 6.3. Encuestas Hemos realizado una encuesta lanzada a través de las redes sociales, llegando a una muestra de 56 personas que ha sido lanzada desde el 25 de abril. Las preguntas han sido: • Indíquenos su sexo: Hombre o Mujer. • Rango de edad: de 18 a 30 años, de 30 a 45 años y de 45 en adelante. • Formación académica: Sin Estudios, graduado en ESO o EGB, Bachillerato, Ciclos Formativos o FP y Estudios Universitarios. • ¿Tiene usted interés en la política? • ¿Ha votado usted en las últimas elecciones autonómicas? • ¿Cómo se informa de lo que ocurre en el Parlamento de Andalucía?: Prensa, Radio, Televisión, Internet o Web del Parlamento. • ¿Ha accedido al Portal de Transparencia del Parlamento de Andalucía? • Dentro del Portal, ¿cuántas veces ha accedido al Portal? • Dentro del Portal, ¿ha encontrado la información que buscaba? • Dentro del Portal, ¿se ha puesto en contacto con la Web del Parlamento si no encontraba la información que buscaba? • Dentro del Portal, ¿cuánto tiempo ha tardado en obtener respuesta? • ¿Encuentra útil la información ofrecida por el Portal de Transparencia del Parlamento de Andalucía?
- 13 - 6.4. Entrevistas La metodología se completa con entrevistas a fuentes vinculadas al ámbito de la Comunicación y la Política, así como entidades de control gubernamentales. Las hemos dividido en varios bloques, preguntas directas a un periodista del Diario ABC centrado en la información sobre Andalucía, Romualdo Maestre Galindo: 1. ¿Suelen entrar en la web de Transparencia del Parlamento de Andalucía para consultar información? 2. ¿Qué información es la que revisan principalmente? 3. ¿Han tenido problemas para encontrar alguna información? 4. ¿Se han puesto en contacto con la persona que lleva el Portal de Transparencia si no han encontrado información? 5. ¿Han encontrado respuesta? 6. ¿Sabe quién lleva la gestión de este Portal de Transparencia? 7. ¿Qué mejoraría y qué destaca del Portal de Transparencia? Otro bloque de preguntas al jefe de prensa del Parlamento, Juan Luis Lara Villa: 1. ¿Quién lleva o qué departamento se encarga del Portal de Transparencia del Parlamento? 2. ¿Cuándo se puso en marcha el portal? 3. ¿Conocen el número de visitas que se han realizado al portal desde su puesta en marcha? 4. ¿Reciben quejas por parte de ciudadanos o medios de comunicación por alguna información que no encuentren? 5. ¿Cuánto tiempo máximo tienen estipulado para responder quejas? 6. ¿Cada cuánto se renueva la información del portal? El último bloque fue de preguntas libres a Francisco Javier Amorós Dorda. Subdirector de Transparencia y Buen Gobierno; a Amador Martínez Herrera, Secretario General del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, y Elisabet Samarra i Gallego, Presidenta de la Comisión de Garantías del Derecho de Acceso a la Información Pública de Cataluña.
- 14 - 7. MARCO TEÓRICO Se ha desarrollado una revisión bibliográfica y de las leyes de transparencia con el objetivo de crear un marco teórico. 7.1. Ley de Transparencia en Europa El Diario Oficial de la Unión Europea publica el 31 de diciembre de 2003, la Directiva 2003/98 del Parlamento Europeo y del Consejo del 17 de noviembre del mismo año, relativa a la reutilización de la información del sector público. En el artículo 2 de la Directiva, se ponen de manifiesto los organismos a los que afecta esta ley. Se refiere a los organismos del sector público y organismos de derecho público, es decir, aquellos que estén estrechamente vinculados con el Estado y donde éste sea el que financie mayoritariamente a la entidad o institución. En el artículo 3, el Parlamento Europeo y del Consejo aseguran que “en la medida de lo posible, los documentos se pondrán a disposición del público por medios electrónicos”, enlazando ya estos hechos con la transparencia. “Los organismos del sector público facilitarán sus documentos en cualquier formato o lengua en que existan previamente, por medios electrónicos cuando resulte posible y oportuno. Esto no significa que los organismos del sector público estén obligados a crear documentos o a adaptarlos para satisfacer una solicitud o a facilitar, cuando ello suponga un esfuerzo desproporcionado, extractos de documentos cuando ello conlleve algo más que una simple manipulación”. (Artículo 5, Directiva 2003/98 del Parlamento Europeo). En resumen, la Directiva expone la evolución que se ha creado en la sociedad de la información en la que dichos conocimientos afectan a todos y donde para acceder a los nuevos se necesitan otros soportes y medios. Otra de las ideas fundamentales es el papel que juegan los contenidos digitales. En la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea del 26 de octubre del 2012, se representan los “derechos que emanan de las tradiciones constitucionales y las obligaciones internacionales comunes a los Estados miembros”. En esta Carta nos centramos en el Título V que va dirigido a la ciudadanía. En el artículo 41 se hace referencia al derecho a tener una buena administración.
- 15 - La imparcialidad, equidad y objetividad del trato de las instituciones u organismos de la Unión Europea es de suma importancia para que el mensaje llegue a los ciudadanos de forma real, sin intereses de por medio. También se empieza a hablar de accesibilidad, es decir, del “derecho de toda persona a acceder al expediente que le concierna, dentro del respeto de los intereses legítimos de la confidencialidad”. Además, uno de los puntos importantes de este artículo es el de la contestación de las instituciones, donde dice que “toda persona podrá dirigirse a las instituciones de la Unión en una de las lenguas de los Tratados y deberá recibir una contestación en esa misma lengua”. Los derechos fundamentales a los que hace alusión esta Carta, y que tienen que ver con el tema que estamos viendo, es la libertad de expresión y de información, en el artículo 11. “Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión. Este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o comunicar informaciones o ideas sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras”. El artículo 42 afirma que cualquier ciudadano de la Unión Europea puede acceder a los documentos de las instituciones, órganos y organismos propios de ésta, sea cual sea su soporte. Aquí ya se alude a la transparencia política, al acceso de informaciones que tienen que ver con la ciudadanía. También apunta el tipo de soporte, por lo que puede ser más de uno, entre ellos Internet. 7.2. Ley de Transparencia en España En 2012, el diario El Economista muestra en su sección de Opinión un artículo que tiene que ver con esa nueva Ley de Transparencia que se asomaba en España. Luis Murillo Jaso, autor de dicho artículo, cuenta que ese anteproyecto de ley es “necesario en cuanto a la claridad en la actuación administrativa, al reforzamiento del derecho a la información y en materia de buen gobierno”. Asegura, además, que no es algo nuevo, sino que es una forma de perfeccionamiento y progreso a nuestro derecho de libertad de información. Muestra también a quién afecta esta ley. Es “aplicable a todas las Administraciones y a los órganos constitucionales del Estado, excepto a la Corona, y a los órganos análogos de las comunidades autónomas”. A modo de opinión, añade que el Título II recoge “principios éticos” y “principios de actuación”, cuando “bastaría con aplicar la idea de justicia y sujeción al ordenamiento jurídico”.
- 16 - La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno pretende “ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información”, además de “establecer relaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos”. Antes de la existencia de dicha ley, España era uno de los países que no tenía aún una ley reguladora de transparencia. Se creó así, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y el Portal de Transparencia en España. Los ámbitos recogidos dentro de la ley están sujetos a la publicidad activa, el derecho de acceso a la información pública, el buen gobierno y el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Algunos de los artículos más importantes son los siguientes. Según el artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el derecho al acceso de información del Portal de Transparencia tiene su límite cuando dichos datos supongan perjuicios para la seguridad nacional, la defensa, las relaciones exteriores, la seguridad pública, las funciones administrativas, los intereses económicos, la política económica y monetaria y la confidencialidad en la toma de decisiones. Según el artículo 17, para ejercer el derecho de acceso hay que presentar una solicitud ante el “órgano administrativo que posea la información”. Deben tener constancia de “la identidad del solicitante, la información solicitada, una dirección de contacto y la modalidad de información”. Según el artículo 26, buen gobierno es aquel que tiene como principios generales “la transparencia en la gestión de asuntos públicos”, la imparcialidad, la no discriminación, la “calidad en la prestación de servicios públicos”, mantener una conducta digna y asumir “responsabilidad en sus decisiones”. 7.3. Ley de Transparencia en Andalucía La disposición novena de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, establece que “los órganos de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales dispondrán de un plazo máximo de dos años para adaptarse a las obligaciones contenidas en esta ley”, por lo que no es necesario la existencia de una ley concreta de transparencia para hacer cumplir las obligaciones que tienen. Pero, aun así, algunas Comunidades Autónomas han aprobado una normativa propia para hacer efectivo este cumplimiento.
- 17 - La inexistencia de esta normativa no significa que otras regiones no sean transparentes en cuanto a información política se refiere. Aunque su existencia, compromete más aún la labor que deben hacer los altos cargos y mandatarios políticos en el Portal de Transparencia, cumpliendo todas las expectativas que la ley adjudica. Se trata de un compromiso con el ciudadano, el cual tiene derecho a participar e intervenir con la legalidad de por medio para asegurar la correcta labor de la transparencia. Con todo esto, la normativa encargada de la transparencia en Andalucía es la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública en Andalucía. En el Título I cuenta con las disposiciones generales, donde se exponen definiciones, el ámbito al que está sujeto esta ley, la obligación del suministro de información y los principios básicos. Según el artículo 6, los principios básicos que tienen que cumplir los Portales de Transparencia son: 1. Principio de transparencia, referente a información accesible. 2. Principio de libre acceso a la información pública. 3. Principio de responsabilidad. 4. Principio de no discriminación tecnológica. 5. Principio de veracidad. 6. Principio de utilidad. 7. Principio de gratuidad. 8. Principio de facilidad y comprensión. 9. Principio de accesibilidad. 10. Principio de interoperabilidad. 11. Principio de reutilización. Los derechos que aporta la ley de transparencia están dentro del artículo 7. Se concibe el derecho a la publicidad activa, el derecho de acceso a la información pública, el derecho a obtener una resolución motivada y el derecho al uso de la información obtenida.
- 18 - “Sin el conocimiento que proporciona el acceso de los ciudadanos a la información pública, difícilmente podría realizarse la formación de la opinión crítica y la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social, un objetivo irrenunciable que los poderes públicos están obligados a fomentar” (Artículos 9.2 de la CE y 10.1 del Estatuto de Autonomía de Andalucía). Esta cita del Estatuto de Andalucía muestra la importancia que tienen los ciudadanos en la participación de la vida política. Éstos son vitales para elegir a los partidos políticos que gobiernan y, por eso, deben estar informados de los movimientos de este ámbito. Es por ello, que la transparencia en política es de suma importancia. Los ciudadanos deben saber a quiénes votan y por qué, teniendo en su poder la información necesaria para llevar a cabo sus elecciones. La ley andaluza de Transparencia complementa a la española y la amplía, de hecho, es pionera en sanciones a aquellas administraciones que no cumplan con la normativa vigente en materia de Portales de Transparencia. Fue la primera ley en aprobarse, siendo una ley modélica. Amplía la legislación sobre el periodo de actualización de la Publicidad Activa, fomenta que la información solicitada sea catalogada y establece una nueva categorización de la información, creando una nueva clasificación de la misma. 7.4. La Transparencia y la Comunicación en Red ¿Saben los ciudadanos realmente qué es la transparencia? ¿Son conscientes de cuál es la línea que separa lo transparente de lo que no lo es? En este libro hay una aproximación entre opacidad y agnotología, no son simples carencias de conocimiento sino valores culturales que operan en los procesos sociales. El sociólogo Ramón Ramos (La Transparencia Engaña, 2014: 10) considera que la relación entre la transparencia y la opacidad es obvia. Pero cuando tratamos esta relación caemos en la ignorancia, que es una aproximación a la opacidad. La transparencia permite que el conocimiento sea accesible. Aquí toma partido la agnotología, el estudio de la ignorancia. La opacidad es concebida siempre como un menos, un defecto o una carencia de la transparencia.
- 19 - En esta odisea de conceptos, destacan la incertidumbre (en nuestro análisis de estudio, lo que no saben los ciudadanos, un sinónimo de la ignorancia), el error (relacionado estrechamente con la mentira), la ignorancia (también de los ciudadanos con los portales) y la irrelevancia o impertinencia (lo que los portales dejan de lado, lo que apartan y no toman en consideración). Fernando Vallespín (íd. 2014: 13) ocupa un lugar importante en el libro, hablando de la transparencia y la democracia, una cultura de datos. Hoy día el concepto de transparencia se ha convertido en una seña de identidad de la cultura. Pero, ¿por qué el tema de la transparencia es uno de los temas fundamentales de nuestro tiempo? Sobre todo, por la transformación tecnológica que se ha llevado a cabo, la nueva sociedad en la que estamos inmersos: “la sociedad de la información”. Pero, ¿cómo accedemos a ese conocimiento? ¿Cómo lo manipulamos? ¿Cómo podemos valernos de él para que ese conocimiento sirva de algo? ¿Cómo conocemos el potencial que atesora dicha información? La transparencia en política se concibe como un problema, “esa esfera que está en lucha permanente con la verdad, donde el auténtico enemigo de la política es la transparencia”, propiamente dicha. “No hay posibilidad de una política democrática sin la competencia entre opiniones”. Por eso, la cuestión es que los políticos buscan la forma de ocultar el conocimiento de tal manera que se escape a una evaluación en el entorno del debate democrático. Para someter a votación algo que es entendible por todos, donde habrá más de una opinión, se corren menos riesgos utilizando un lenguaje técnico, donde todos creerán que es lo correcto. Este es el problema de la tecnocracia. “Somos transparentes para el poder, pero el poder es opaco para nosotros”. La transparencia no es mostrar la verdad en la actualidad, sino que se traduce en publicidad. Significa que no se reservan ningún tipo de secreto, o que al menos los que guardan son secretos en los que nosotros mismos consentimos que lo sean. Se relaciona con la idea de gobierno abierto. ¿Qué significa el “gobierno abierto”? Se trata de un gobierno transparente que promueve la rendición de cuentas. En un gobierno abierto, según Fernando Vallespín, (íd. 2014: 18) se entiende que “la participación mejora la eficacia de gobierno y la calidad de la democracia, y que la colaboración entre ciudadanos y gobernantes incorpora a la ciudadanía a la acción del gobierno” y a formar parte de él.
- 20 - Por tanto, ¿de qué hablamos cuando nos referimos a que la política intenta ser transparente en Internet? “El internet-centrismo concibe la red como el espacio donde se suscitan todas las preguntas sobre el cambio democrático y donde se prioriza la herramienta antes que el entorno. Lo que Internet ha logrado y lo que ha conseguido la aparición de la transparencia de la ciudadanía a través de la red, es que la política se convierta en teatrocracia” (Han Byung-Chul, 2014: 20). Es una especie de “escenificación de la política”. El principal problema de la política es su exceso de información, desinformación, haciéndonos tener un problema de big data. Otro de los problemas al que nos enfrentamos es la tendencia a dar por trascendente a todo aquello que consideramos transparente, es decir, “si reducimos la transparencia al acceso estaríamos hablando de una transparencia inmediata”. La transparencia no es simplemente el acceso a determinadas informaciones. Esto es algo que se da en los portales de transparencia, ya que la ciudadanía cree que la política es transparente únicamente por colgar en la base de datos archivos ilegibles sobre determinadas reformas, por ejemplo. Juan Alonso, profesor de semiótica, escribe el capítulo de “las transparencias engañan”, bajo la sombra de la frase “fiémonos de las apariencias”. Tendemos a “normalizar” todo, lo normal es lo que permite continuar con nuestras actividades cotidianas, aquello que no constituye un obstáculo para nuestros intereses, no contiene ningún elemento de sorpresa (íd. 2014: 22) Las cualidades y destrezas del observador delimitan la percepción de la transparencia, de la realidad. “Muchos miran sin ver”. La transparencia, según Rayco González (íd. 2014: 25), es algo así como una operación cuya finalidad es ganarse o construir la confianza de un determinado destinatario. “Es una táctica semiótica para convencer a los ciudadanos de las buenas intenciones”. En algunas ocasiones, puede ser, que el ejercicio de la transparencia sea la verdadera tapadera para ocultar algo, es decir, desvelar para ocultar. “La Red de redes hace posible cada día que un mayor número de ciudadanos cuente con una vía de expansión, de comunicación y de intervención sin fronteras contra la que sin duda las propias superestructuras no están dispuestas a claudicar. Conseguir el control de la red es un objetivo primario para evitar que la actualidad pueda ser contada desde el prisma de la veracidad, desde una perspectiva plural y democrática.” (Pérez Curiel, C. 2011: 116)
- 21 - Internet hoy en día es una herramienta fundamental, donde la información que encontramos, siempre y cuando sepamos usarla con una buena formación académica, nos servirá de mucho. La ciudadanía, con los Portales de Transparencia, tienen una herramienta de acercamiento que no es académica, pero, como ya hemos visto en las leyes, acerca el conocimiento al hacer que lo que se publica sea comprensible. No obstante, esto no se cumple, esa labor se deja en manos de los periodistas, quienes a través de sus investigaciones destapan la información al ciudadano de a pie. “Es obvio que la opinión pública sólo cuenta con una visión sesgada de la realidad, la que le proporcionan los grupos de poder y sus fieles interlocutores (oficinas de comunicación, gabinetes de prensa, portavoces…)” (Ib, 8) El uso de fuentes oficiales, concretamente gubernamentales, no hace más que ofrecer también una información positiva acerca de la gestión gubernamental. A pesar de que el Portal de Transparencia tiene que ser objetivo y neutro, no aparecerá nunca nada negativo acerca de lo que puede estar haciéndose mal. “El Gobierno. Es una fuente de primer orden que dispone de poderosos medios para controlar el flujo informativo como agencias de información oficiales, medios del Estado, prensa del partido gobernante, además de portavoces y gabinetes que trasladan un mensaje previamente elaborado en la línea de sus intereses o actúan como guardabarreras, escudándose en la estrategia del secreto.” (Ib, 15) Entramos en un terreno donde la política y el periodismo se enfrentan, así “la teoría de la responsabilidad social exige a los poderes públicos garantizar que los medios desempeñen sus funciones de forma apropiada y que la libertad de prensa no perjudique otras libertades” (Ib, 38). Así, podemos discernir que “algunos profesionales mediáticos se posicionan y entienden esta exigencia como actitud servil ante los gobiernos que deriva en ocultación o manipulación de decisiones políticas de cara al público, reserva de espacio privilegiado para acontecimientos falsos o inventados, orden de no ofrecer otras versiones de la noticia o amenazas que pueden llegar hasta la censura más drástica incluso en un sistema democrático. En esta disyuntiva, es posible detectar modelos de actuación distintos en la relación entre periodistas y políticos.” (Ib, 38)
- 28 - Un 85,7% de los encuestados están interesados en la política. Interesarse en la política se traduce como implicación en la misma, entender que el funcionamiento de las políticas son base del funcionamiento de nuestra sociedad. Es un buen dato el arrojado por la encuesta, pues implicarse y reconocer que se está interesado en la política, es ser consciente de nuestra realidad y, por tanto, tomar partido. De igual modo, que un 89,3% haya votado en las últimas elecciones autonómicas, nos releva que la gente está implicada, una cifra prácticamente coincidente con la del interés político. Las elecciones son el instrumento que tiene la ciudadanía para rebelarse contra el poder establecido y cambiarlo si es preciso. Concretamente votar en las elecciones autonómicas incide en la preocupación que tiene la ciudadanía con su entorno más cercano. Las siguientes preguntas se centran en el Portal de Transparencia del Parlamento de Andalucía, sus repuestas arrojan luz acerca de lo expuesto en la investigación, además de servir de apoyo a las encuestas realizadas.
- 29 - La mayor parte de los encuestados prefieren informarse por televisión (63,6%) de lo que acontece en el Parlamento de Andalucía. Vemos aquí que se tiende más a ejercer de espectador que de crítico, como se puede hacer informándose por medios escritos o por Internet. Parece bastante pobre el resultado de que el acceso a la web del Parlamento no se use prácticamente (7,3%) para informarse, pero quizás sea por lo que hemos estado desgranando en esta investigación, la información no se traduce a la mayoría de la ciudadanía. Estos datos coinciden con lo que en la entrevista apuntó Juan Luis Lara Villa, aportando unos datos bastantes bajos de participación en el portal. La televisión es la forma más gráfica y más clara de aportar a la audiencia los datos e informaciones sobre el Parlamento. Así como Internet, que tiene que ver más con la divulgación de lo que sucede en esta institución. Por tanto, la televisión e Internet están relacionados con la información que los periodistas trasladan a la ciudadanía. Es una cuestión de entendimiento. Así en la siguiente gráfica, vemos que un 73,2% no accede al Portal de Transparencia, por tanto, vamos a tomar en cuenta al 26,8% que nos arrojará datos relevantes acerca del contenido de la web, objeto de estudio en esta investigación.
- 30 - Más del 66,7% han accedido más de dos veces al portal, por tanto, haber repetido es determinante para ver que el acceso se ha realizado para recabar información y no solamente, como puede ser el 13,3%, por un hecho puntual que no serviría para nuestra investigación. El 53,3% dice haber encontrado la información que buscaba en el mismo, así, esta muestra sería finalización del estudio. No obstante, el 46,7%, prácticamente la mitad de los encuestados que ha accedido al portal, dice no haber encontrado lo que buscaba, por lo que, la información puede ser que no esté clara o que no sea accesible, determinando de este modo que se debe actuar en consecuencia. Sin embargo, de los que no han encontrado información, tan solo un 14,3% se ha puesto en contacto con ellos para subsanar esta incidencia. Una persona de las encuestadas ha accedido a preguntar, sin embargo, el tiempo de espera ha sido más de 15 días. Por tanto, la espera es larga para la solicitud de información del Portal de Transparencia.
- 31 - Por último, los encuestados han encontrado poco útil la información que remite el Portal de Transparencia del Parlamento de Andalucía con un 57,1% de los encestados como resultado. 9. CONCLUSIONES La Ley de Transparencia en Andalucía se puede considerar como un modelo recomendable a nivel teórico, estructural y de contenidos que muestra cómo debería funcionar la normativa para el resto de comunidades autonómicas y Gobierno de España. Se ha respondido a las preguntas de investigación. La gestión del portal, a cargo de la Unidad de Transparencia y Atención a los diputados, es cuestionada por la selección previa de la información que se suministra en el portal. Dichos datos e informaciones no llegan igualmente a todos los ciudadanos y, entonces, no todos participan de la misma forma. La mayoría de la sociedad andaluza no entiende los tecnicismos ni el lenguaje político que se usa en el portal. Por lo que aquí, no se cumple con el nivel de transparencia tan riguroso del que parte. No se fomenta el entendimiento de la materia y los políticos proporcionan informaciones opacas que solo entienden unos pocos.
- 32 - El Portal de Transparencia del Parlamento de Andalucía es una herramienta más útil para los periodistas especializados en política que para los ciudadanos, ya que los primeros tienen más conocimientos que los segundos en este ámbito y, con estas informaciones pueden ayudar a fomentar la democracia, divulgando las informaciones políticas que se actualizan en la web del Portal de Transparencia. Por lo que se no puede considerar una herramienta que facilite el acceso, la información y la formación de la ciudadanía. Según muestra la encuesta, la mayoría accede al portal para observar las retribuciones de los cargos del Parlamento, no para ver qué temas se están llevando a cabo o que leyes se han aprobado. Interesa más conocer asuntos de corrupción que el cumplimiento de lo que se exige a la sociedad. Entonces, ante la pregunta de si el Parlamento de Andalucía es realmente transparente o no, más que contestar con una afirmación o una negación, deberíamos preguntarnos si lo que están publicando es entendible por una ciudadanía supuestamente crítica. El grado de conocimiento de la ciudadanía, según la muestra de la encuesta que hemos realizado, es casi nulo ya que un 73% de ellos no ha accedido nunca al Portal de Transparencia del Parlamento de Andalucía. Además, del porcentaje restante que sí ha accedido alguna vez, el 46% no ha encontrado lo que buscaba. Tenemos que cuestionarnos si esos datos no se han encontrado o, realmente, se han encontrado, pero no se han entendido por la mayoría, ya que su lenguaje puede ser más técnico. Cuando hablamos de publicidad activa, nos referimos a la obligación por parte de las Administraciones públicas de publicar permanentemente y de forma actualizada la determinada información pública exigida por la ley de transparencia en sus portales. En este caso el Portal de Transparencia del Parlamento de Andalucía actualiza su información aproximadamente cada mes, donde la mayoría de informaciones que sobresalen están relacionadas con las retribuciones de los diputados. En 2017 se han publicado tres informes de dichas retribuciones. Ya hemos comentado que la participación y usabilidad del portal es muy baja. Para ayudar a los ciudadanos a entender mejor el funcionamiento de dicho portal y aclarar sus posibles dudas, la web cuenta con una sección llamada “solicitud de información” donde se realizan preguntas. El plazo que estiman para responder son 20 días hábiles, pero esto no se cumple. Esto lo hemos podido comprobar con una cuestión que se mandó a la propia web en abril y sin tener aún respuesta.
- 33 - Los políticos no ponen a disposición de la ciudadanía la herramienta del portal. Es decir, la mayoría de las personas no saben de su existencia y debe ser el ámbito político quien lo dé a conocer. Como hemos avanzado anteriormente, los periodistas, como defensores del derecho a la información, deben hacer viral dichas informaciones y ayudar a que el mensaje del Portal de Transparencia llegue a todas las personas por igual, porque solo así se fomentará la democracia. La igualdad como derecho debe venir sustentada por la libertad de información previa antes de la votación del candidato político. Es por ello, que el papel de los periodistas como intermediarios es fundamental, de suma importancia para el ciudadano. La objetividad divulgada aportará una visión clara a la audiencia. El Portal de Transparencia del Parlamento de Andalucía no cumple con los requisitos fundamentales de un Gobierno Abierto. No existe apenas participación ciudadana en su ejercicio de transparencia y, además, no está consolidando entonces la democracia, base que sustenta la Constitución Española.
- 34 - 10. REFERENCIA DOCUMENTAL 10.1. Bibliografía ALBERGAMO, M. (2014). La Transparencia engaña. Biblioteca nueva: Madrid. ALMIRÓN, N. (2007): “Pluralismo en Internet. El caso de los diarios digitales españoles de información general sin referente impreso”, en Ámbitos nº15, págs. 9-31. CANEL, M. J. Comunicación política. Técnicas y estrategias para la sociedad de la Información. Tecnos. Madrid, 1999. FERNÁNDEZ RAMOS, S. y PÉREZ MONGUIÓ, J. (2015). Ley de Transparencia Pública de Andalucía. 2ª ed. Sevilla: Instituto Andaluz de Administración Pública. RAMÍREZ, T. Gabinetes de Comunicación. Bosch. Barcelona, 1995. RAMÍREZ, T. “La influencia de los gabinetes de prensa. Las rutinas periodísticas al servicio del poder”, en Revista Telos, nº 40, pp. 47-56, Barcelona. ZALLO ELGEZABAL, R. (2016). Tendencias en comunicación digital y poder. Barcelona: Gedisa. 10.2. Webgrafía ABC. (2017). Los principales casos de corrupción en España. [online] Disponible en: http://www.abc.es/espana/abci-principales-casos-corrupcion- espana-201701130332_noticia.html [Acceso abril 2017]. IZQUIERDO, P. (2017). Retrato de la corrupción en España. Blogs de Tribuna. [online] El Confidencial. Disponible en: http://blogs.elconfidencial.com/espana/tribuna/2016-08-15/retrato-corrupcion- espana_1246853/ [Acceso abril 2017]. PÉREZ-LANZAC, C. (2017). La nueva ley deja a España en el puesto 64º del ‘ranking’. [online] EL PAÍS. Disponible en: http://politica.elpais.com/politica/2014/12/09/actualidad/1418158222_717997.ht ml [Acceso mayo 2017].
- 35 - 10.3. Leyes Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. «DOUE» núm. 326, de 26 de octubre de 2012, páginas 391 a 412 (22 págs.) http://www.boe.es/doue/2012/326/Z00391-00412.pdf Directiva 2003/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, relativa a la reutilización de la información del sector público. «DOUE» núm. 345, de 31 de diciembre de 2003, páginas 90 a 96 (7 págs.) http://www.boe.es/doue/2003/345/L00090-00096.pdf Corrección de errores de la Directiva 2003/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, relativa a la reutilización de la información del sector público. «DOUE» núm. 246, de 23 de septiembre de 2011, páginas 34 a 34 (1 pág.) http://www.boe.es/doue/2011/246/L00034- 00034.pdf Directiva 2013/37/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por la que se modifica la Directiva 2003/98/CE relativa a la reutilización de la información del sector público. «DOUE» núm. 175, de 27 de junio de 2013, páginas 1 a 8 (8 págs.) http://www.boe.es/doue/2013/175/L00001-00008.pdf Reglamento (CE) nº 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión. «DOUE» núm. 145, de 31 de mayo de 2001, páginas 43 a 48 (6 págs.) http://www.boe.es/doue/2001/145/L00043-00048.pdf Directiva 2011/85/UE del Consejo, de 8 de noviembre de 2011, sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros. «DOUE» núm. 306, de 23 de noviembre de 2011, páginas 41 a 47 (7 págs.) http://www.boe.es/doue/2011/306/L00041-00047.pdf Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. «BOE» núm. 295, de 10/12/2013. http://www.boe.es/buscar/pdf/2013/BOE-A-2013-12887-consolidado.pdf
- 36 - Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público. «BOE» núm. 276, de 17/11/2007. http://www.boe.es/buscar/pdf/2007/BOE-A-2007-19814-consolidado.pdf Real Decreto 1495/2011, de 24 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, para el ámbito del sector público estatal. «BOE» núm. 269, de 08/11/2011. http://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-17560- consolidado.pdf Real Decreto 919/2014, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. «BOE» núm. 268, de 05/11/2014. http://www.boe.es/buscar/pdf/2014/BOE-A-2014-11410- consolidado.pdf Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. BOJA nº 124 de 30/06/2014. http://www.juntadeandalucia.es/boja/2014/124/BOJA14-124-00024-11103- 01_00050563.pdf Decreto 434/2015, de 29 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía. BOJA nº 193 de 02/10/2015. http://www.juntadeandalucia.es/boja/2015/193/BOJA15- 193-00009-16181-01_00077146.pdf