La cofradía del Dulce Nombre de Jesús de Sevilla y su patrimonio escultórico a finales del siglo XVI
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241 LA COFRADÍA DEL DULCE NOMBRE DE JESÚS DE SEVILLA Y SU PATRIMONIO ESCULTÓRICO A FINALES DEL SIGLO XVI José Roda Peña 1. APROXIMACIÓN HISTÓRICA En el sínodo diocesano celebrado por el arzobispo de Sevilla don Cristóbal de Rojas y Sandoval en 1572, mandaba “a los venerables vicarios, benefi ciados, curas, clérigos y capellanes desta ciudad y todo nuestro arçobispado e vicaría de Lepe” que promovieran en sus respectivos templos la erección de una “cofradía del Nombre Sanctíssimo de Iesús, conforme a la ordenación y capítulos infra escriptos, por nos vistos, ordenados y aprouados, publicándolos en vuestras yglesias en días de domingos y fi estas de guardar, persuadiendo a vuestros feligreses e parrochianos ninguno dexe de entrar y ser cofrade desta sancta Cofradía”. El motivo que justifi caba la actuación del prelado estaba bien claro y así se lo hace saber a su clero: “lo mucho que nuestro Señor es offendido con la mala costumbre de jurar que muchos de los fi eles tienen. E aunque os a sido mandado tuuiéssedes cuydado de lo reprehender y corregir e por nos a sido hecho, todavía no se a conseguido enteramente el fi n que desseamos”. Sin duda, pensaba que el medio más efi caz para lograr la extinción de tan execrable vicio era, precisamente, la fundación de cofradías en el territorio diocesano que tuviesen como principal titular el Dulce Nombre de Jesús. Proponía, así, una breve regla de dieciséis capítulos, cuyo tenor, sancionado el 15 de enero de 1572, se contiene en el mencionado sínodo, para que sirviese de modelo a las que se fueran redactando a posteriori1. Uno de sus primeros frutos debió de ser, sin duda, la “Cofradía de el Dulsíssimo, y Santíssimo Nombre de Jesús y primera Sangre de nuestro Señor Jesu Christo” que, según queda señalado en la portadilla de sus estatutos, fue “ynstituida en esta Ciudad de Sevilla, contra los botos y juramentos por el Yllustríssimo y Reverendíssimo Señor D. n Christóval de Roxas, y Sandoval, 1 Dichos “Estatutos y ordenaciones que an de guardar los cofrades y hermanos de la Cofradía y Hermandad del Nombre Sanctíssimo de Iesús en la ciudad de Seuilla y en las demás ciudades, villas e lugares de nuestro arçobispado, donde se rescibiere la dicha Hermandad” fueron transcritos por SÁNCHEZ HERRERO, José (Ed.): CXIX Reglas de Hermandades y Cofradías andaluzas. Siglos XIV, XV y XVI. Huelva: Universidad de Huelva, 2002, pp. 355-359. Esta regla volvió a incluirse en las ediciones de 1587 y 1591 del sínodo diocesano celebrado en Sevilla por el cardenal Rodrigo de Castro en 1586. SÁNCHEZ HERRERO, José: La Semana Santa de Sevilla. Madrid: Sílex, 2003, p. 130.
242 Arçobispo de ella: En la Yglesia Parroquial de el Señor San Visente Márthir; En el Año de mil quinientos, y setenta, y dos”, aunque su texto no sería aprobado por el provisor del arzobispado hasta el 25 de septiembre de 1574 2 . Ya en su primer capítulo, consagrado a las “gracias que nos concede su ylustrísima señoría”, se transcriben todas las circunstancias y situaciones en que sus cofrades podían lucrar cuarenta días de indulgencia, según lo dispuesto por el arzobispo Rojas y Sandoval al fi nal de su texto normativo, del que también se recogen una serie de obligaciones, como la celebración de la “fi esta general del sanctíssimo Nombre de Jesús, que es nuestra advocación y professión o de la Circuncisión de Nuestro Señor Jesuchristo en memoria de la primera sangre que él derramó por nos salvar”, siempre a comienzos de enero y “con la mayor solemnidad que se pueda hazer”, debiendo acudir los cofrades tanto a las vísperas como, en la jornada siguiente, a la misa mayor y procesión, sin armas, destocados y con candelas en las manos, además de confesados y comulgados 3 . Bajo estas mismas premisas se organizaría la fi esta de la Resurrección del Señor –“el día que por nuestro cabildo fuere acordado”–, con sus vísperas y misa cantadas con ministros, sermón y procesión 4 . Las honras anuales por los cofrades difuntos y los bienhechores de la hermandad tendrían lugar después del día de Todos los Santos, con su vigilia a la tarde y misa matutina 5 . A las anteriores se añade la dedicación cada segundo domingo de mes de una misa cantada del Santísimo Nombre de Jesús, acabada la cual tendría lugar un cabildo de hermanos 6. Nos interesa particularmente que el capítulo XXIV de esta Regla recalque, de manera imperativa, “cómo esta Cofradía tiene de ser de sangre”. Y es que, ya que en la Circuncisión de Jesús, rememorada en la fi esta principal de la corporación, el Redentor “començó a derramar su preciosa Sangre por salvar el género humano”, los cofrades de esta hermandad querían imitarlo, realizando perpetuamente “el Jueves Sancto de la Cena del Señor una pro- 2 Archivo de la Hermandad de la Quinta Angustia de Sevilla (AHQAS). Libro de Reglas de la Hermandad del Dulce Nombre de Jesús. Estas reglas fueron transcritas por Juan Antonio Ruiz Domínguez y publicadas en SÁNCHEZ HERRERO, José (Ed.): CXIX Reglas de Hermandades y Cofradías andaluzas…, op. cit., pp. 361-390. A partir de ahora las citaré por su foliación original. La fecha de su aprobación y parte de su contenido los dio a conocer BERMEJO Y CARBALLO, José: Glorias Religiosas de Sevilla, ó Noticia histórico-descriptiva de todas las cofradías de penitencia, sangre y luz fundadas en esta ciudad. Sevilla: Imprenta y Librería del Salvador, 1882, pp. 87-88. 3 AHQAS. Libro de Reglas de la Hermandad del Dulce Nombre de Jesús. Capítulo XIII, f. 16r-v.; capítulo XIX, ff. 20v-21v.; capítulo XX, ff. 21v-23r.; capítulo XXI, ff. 23r-24r.y capítulo XXXII, f. 38v. 4 Ibidem, capítulo XXII, ff. 24v-25r. 5 Ibid., capítulo XXIII, ff. 25r-26r. 6 Ibid., capítulo XI, ff. 14r-15r.
243 cesión de sangre”. Los ofi ciales mayores cuidarían “que en aquel día sea la primera processión que salga de disciplina, porque ansí conviene que sea la primera conforme a nuestra advocación y devoción que es de la primera Sangre que Nuestro Señor Jesuchristo derramó”, estableciendo su itinerario por aquellas calles que conviniera conforme al lugar donde residiese la hermandad, que en esos momentos era la iglesia parroquial de San Vicente. Todos los cofrades, viviendo dentro de un radio de cinco leguas de la ciudad, tenían la obligación de participar en la procesión, acudiendo “como conviene a la limpieza de sus conciencias”, ejercitando cada uno sus sentimientos de piedad, “los de sangre con su disciplina y los de luz con su hachero ” 7. La mesa de gobierno, salida del cabildo de elecciones que se convocaba el domingo posterior a la fi esta de la Circuncisión, estaba compuesta de dos alcaldes, un mayordomo, un escribano, un prioste, un fi scal y doce diputados, que ejercían sus ofi cios durante el período de un año, discerniéndose sobre las obligaciones de cada uno de ellos8. Dado el principal fundamento de esta cofradía, el fi scal era quien se encargaba de denunciar ante los alcaldes cualquier juramento –ni “a Dios ni a sancta María ni otro… ninguno”– que pronunciara un hermano dentro o fuera de una reunión capitular, para que este fuera debidamente castigado y penado conforme a lo establecido en la regla9. Los cofrades, provistos de bacines, quedaban comprometidos a demandar limosna por la ciudad para la cera de la hermandad durante aquellos domingos y festivos que se les adjudicase, según un cuadrante preparado al efecto10. La asistencia funeral a los cofrades, a sus allegados y criados, y a los encomendados de la hermandad, como es moneda común en los estatutos cofradieros de la Edad Moderna, ocupa una buena extensión de su capitulado11. Al poco de erigirse, la Cofradía del Dulce Nombre de Jesús se marchó, dentro de la misma feligresía de San Vicente, a una casa que adquirió en el arrabal de los Humeros12. Esta mudanza provocó que los benefi ciados de aquel templo entraran en pleito contra la hermandad, con la pretensión 7 Ibid., capítulo XXIV, ff. 26r-28r. 8 Ibid., capítulo XXV, ff. 28r-30r.; capítulo XXVI, ff. 30v-32r; capítulo XXVII, ff. 32r-33r.; capítulo XXVIII, ff. 33r-34r.; capítulo XXIX, ff. 34r-35r. y capítulo XXX, ff. 35r-36r. 9 Ibid., capítulo XXXI, ff. 36r-37v.; capítulo XXXV, f. 41r. 10 Ibid., capítulo XXXII, ff. 37v-38r. 11 Ibid., capítulos XXXVII al XLI, ff. 41v-48r. 12 GONZÁLEZ DE LEÓN, Félix: Historia crítica y descriptiva de las cofradías de penitencia, sangre y luz, fundadas en la ciudad de Sevilla, con noticias del origen, progresos y estado actual de cada una, y otros sucesos y curiosidades notables. Sevilla: Imprenta y librería de D. Antonio Álvarez, 1852, p. 28.
244 de que esta permaneciera en su residencia fundacional. Todo se resolvió favorablemente para ambas partes, fi rmándose un convenio el 16 de septiembre de 1576, mediante el cual la corporación continuaría radicando en aquella casa, ofi ciando el clero de San Vicente las misas mensuales en su oratorio, en tanto que la fi esta de Resurrección y algunas de las honras funerales se mantendrían en la parroquia, donde además quedaría dispuesta en lugar preferente la insignia del Santísimo Nombre de Jesús13. Entre los fundadores de la cofradía e intervinientes en esta querella fi guraba el ceramista de origen genovés Tomás Pesaro, que vivía y tenía su industria en las mismas casas –cerca de la Puerta Real y junto a la mencionada sede corporativa–, que habían sido morada del insigne bibliófi lo Hernando Colón14. Curiosamente, nos encontramos ante el mismo personaje que pocos años después, en 1582, habría de instituir la Hermandad de Nuestra Señora de Villaviciosa, que después se uniría a la del Santo Entierro15. En cualquier caso, la estancia de la Cofradía del Dulce Nombre en el barrio de los Humeros debió de ser breve, dado que poco después la encontramos asentada en el hospital de la Santa Cruz de Jerusalén, también llamado de los Convalecientes, en la collación de Santa María Magdalena, en el mismo lugar donde una década más tarde se fundó el convento de carmelitas descalzos del Santo Ángel16. Tal como nos informa Bermejo y Carballo, la proximidad del referido establecimiento hospitalario respecto al cenobio dominico de San Pablo provocó que los religiosos tuviesen noticia de la existencia de esta hermandad, pretendiendo su prior, fray Tomás Durán, que se trasladase a él, “alegando que no podía ni debía estar fuera del mismo”, pues se estaban contradiciendo las disposiciones pontifi cias que ligaban inexcusablemente la fundación y establecimiento de tales cofradías del Dulce Nombre de Jesús en los conventos de la Orden de Predicadores, según se refl ejaba de manera explícita en sendos breves 13 GARCÍA DE LA CONCHA DELGADO, Federico: “Pontifi cia y Real Hermandad y Archicofradía de Nazarenos del Dulce Nombre de Jesús, Sagrado Descendimiento de Nuestro Señor Jesucristo y Quinta Angustia de María Santísima Nuestra Señora”. En: Misterios de Sevilla, t. II. Sevilla: Ediciones Tartessos, 1999, pp. 165-167. 14 GESTOSO Y PÉREZ, José: Historia de los barros vidriados sevillanos desde sus orígenes hasta nuestros días. Sevilla: Tipografía La Andalucía Moderna, 1903, pp. 241-244. 15 MESTRE NAVAS, Pablo Alberto: Historia de la Real Hermandad del Santo Entierro de Sevilla. Del Colegio de San Laureano al de San Gregorio de los Ingleses. Sevilla: Real Hermandad Sacramental del Santo Entierro de Nuestro Señor Jesucristo, Triunfo de la Santa Cruz y María Santísima de Villaviciosa, 2010, pp. 24-29. 16 GONZÁLEZ DE LEÓN, Félix: Historia crítica y descriptiva de las cofradías…, op. cit., p. 28. BERMEJO Y CARBALLO, José. Glorias Religiosas de Sevilla…, op. cit., p. 88.
245 otorgados por los papas Pío V y Gregorio XIII el 21 de junio de 1571 y el 21 de diciembre de 1582, respectivamente. Ello motivó un litigio entre ambas partes que se dilató durante más de tres años, concluyendo en 1587 con el abandono del hospital de los Convalecientes –sometido a la reducción decretada por el cardenal Rodrigo de Castro– y su ingreso en el Real convento de San Pablo. Quedó entonces la hermandad como fi lial de la orden dominica y exenta, por consiguiente, de la jurisdicción del ordinario, de manera que era el prior de San Pablo quien anualmente aprobaba y confi rmaba la admisión de los nuevos cofrades, como también sucedía con los hermanos de la Cofradía del Rosario17. Fue, concretamente, el 28 de febrero de 1587 cuando se fi rmó entre la Cofradía del Dulce Nombre de Jesús y la comunidad dominica de San Pablo una escritura de concierto por la que aquella se comprometía a pagar una renta anual de 9000 maravedíes –amén de dos carneros y vino–, a cambio de la adjudicación que la segunda les hizo de dos pilares situados a los lados del coro bajo de la iglesia conventual para que la hermandad erigiera sendos altares con sus rejas donde venerar las imágenes que desfi laban en la estación de penitencia del Jueves Santo, esto es, el Niño Jesús y un Crucifi cado; además, se le cedieron las capillas de los Villalobos y de los Medina para guardar sus bienes, entres ellos, las cajas que contenían las efi gies del Señor Resucitado y de Nuestra Señora, aparte de otros cajones para la cera, varios bancos y cruces; también se le señaló un pilar frontero a la puerta de la iglesia para que pudiera colocar una tabla con la insignia del Dulce Nombre de Jesús, con un cepillo debajo donde se echarían “las limosnas de los juramentos”, y donde los domingos y festivos podrían situar una mesa con una demanda para recabar donativos; con vistas a la organización de la procesión de Semana Santa –a la que concurrirían “veinte o treinta frailes con las insignias de la cofradía, cantando”– y otros ejercicios de disciplina “que entre el año hiziere”, así como para proceder a la ceremonia del “lavatorio” de los cofrades de sangre, una vez terminada la penitencia, se permite que los hermanos se juntaran en la sala grande, hospedería y claustro pequeño; las principales fi estas religiosas de la corporación y demás misas podrían ofi ciarse en el altar mayor del templo –pagando los debidos estipendios a los frailes celebrantes–, permitiéndose la convocatoria de sus cabildos en el coro bajo. Ya en el momento de rubricarse este convenio, los frailes consintieron en 17 BERMEJO Y CARBALLO, José: Glorias Religiosas de Sevilla…, op. cit., pp. 88-90.
246 que la cofradía podría considerar como suya propia la mencionada capilla de los Medina –que en aquel momento no contaba con acceso directo a la iglesia–, abriendo a su costa una puerta hacia el compás y pudiendo comunicar aquel recinto con la capilla lindera de Francisco Rosales mediante unas puertas de madera, de manera que por allí sí se pudiera entrar al templo, aunque solo los días del jubileo y fi estas de la hermandad. Estas dos capillas de los Medina y de los Rosales, fi nalmente unidas entre sí, más la donación de la adyacente capilla de Santo Tomás de Aquino en 1694, en plena reconstrucción del templo barroco de San Pablo, dieron lugar a la defi nitiva sede canónica de la corporación, constituyendo un único cuerpo de tres extraordinarias capillas mudéjares cubiertas por otras tantas bóvedas de lacerías sobre trompas, que aparecen alineadas a los pies de la nave de la epístola, con acceso desde el vestíbulo de esta iglesia que, tras la exclaustración de los religiosos dominicos, acogió a la parroquia de Santa María Magdalena, cuyo inmueble había sido destruido en 1810 por los franceses 18. Según indica González de León, el cabildo catedralicio confi ó en 1590 a esta Cofradía del Dulce Nombre de Jesús el patronato y administración de la Hermandad de Niños Expósitos que había fundado en 1558 el arzobispo de Sevilla Fernando de Valdés y Salas, y cuyo cometido era “la recogida y asistencia de niños abandonados por sus padres que amanecían en las puertas de los templos y de casas particulares o en calles y plazas públicas, con riesgo notorio de morir de hambre y de frío y a veces hollados de las bestias”. Una cédula real fi rmada en Madrid el 22 de enero de 1591 autorizó al cabildo secular hispalense para que subvencionara a la Cofradía del Dulce Nombre con 50 000 maravedíes anuales, contribuyendo así al sostenimiento de este benéfi co instituto, que mantuvo la hermandad durante 37 años, es decir, hasta 1627, en que volvió a revertir a la mitra. Durante todo ese período, nos sigue diciendo González de León, las amas de leche de la Casa Cuna se integraban en la estación del Jueves Santo, con sus niños en brazos, siendo recibida la hermandad en la catedral con particular distinción por una diputación especial del cabildo, además de seis colegiales con hachas que se situaban delante de cada uno de sus dos 18 Todo el proceso de adjudicación de capillas y lugares para el culto y almacenaje de enseres, así como la transcripción de las respectivas escrituras de concierto y donación, queda expuesto en la recomendable monografía de DÁVILA-ARMERO DEL ARENAL, Álvaro: La capilla del Dulce Nombre de Jesús en la iglesia parroquial de Santa María Magdalena de Sevilla. Arquitectura y evolución de un espacio singular. Sevilla: Hermandad de la Quinta Angustia, 2010, pp. 29-32, 45-47 y 147-152.
247 pasos, mientras el cortejo transitaba por las naves del templo metropolitano19. Esta cofradía, así como las demás de su mismo instituto y advocación en el seno de la Orden de Predicadores, se vieron favorecidas por tres breves del papa Paulo III expedidos a su favor el 31 de octubre de 1606, el 28 de septiembre de 1612 y el 1 de abril de 1613, donde se concedía indulgencia plenaria a los fi eles de ambos sexos que, confesados y comulgados, se inscribiesen como hermanos; a los cofrades que asistieran debidamente preparados a los divinos ofi cios el día de la Circuncisión, y a los que en la hora de su muerte invocaran el nombre de Jesús, sumándose a las anteriores un buen número de indulgencias parciales y cuarentenas de perdón. Todas estas gracias fueron confi rmadas por breve del papa Inocencio XI dado el 18 de abril de 1678, y nuevamente por Benedicto XIII el 26 de mayo de 172720. Se sabe que en la reducción de cofradías decretada por el arzobispo Pedro de Castro y Quiñones en 1623, a esta del Dulcísimo Nombre de Jesús se unieron la del Señor de la Sangre y San Juan Bautista, sita en el colegio de San Francisco de Paula, y la del Santo Cristo de las Siete Palabras y San Juan Evangelista, con sede en el convento del Carmen, aunque poco después volverían a separarse, manteniendo su antiguo estado21. Durante el siglo XVII, consta que la Cofradía del Dulce Nombre de Jesús asistía con regularidad a las procesiones del Corpus Christi y de la Bula de Cruzada, además de verifi car su estación de penitencia a la santa iglesia catedral. El hecho de gozar de algunas rentas procedentes de varias fi ncas y tributos, y que fuese patrona y administradora de diversas capellanías fundadas en su capilla, le permitió disfrutar de una economía saneada22. Ya en pleno siglo XVIII, consta que desfi ló procesionalmente en las Semanas Santas de 1716, 1717, 1718, 1724, 1726, 1741, 1747, 1752 y 1763, último año en que pudo practicar su salida penitencial23, dado el estado de 19 GONZÁLEZ DE LEÓN, Félix: Historia crítica y descriptiva de las cofradías…, op. cit., pp. 29-30. BERMEJO Y CARBALLO, José. Glorias Religiosas de Sevilla…, op. cit., p. 92. LÓPEZ MARTÍNEZ, Celestino: “Patronatos y Hermandades de la Infancia y Adolescencia sevillana, en el siglo XVI. Trabajo de investigación documental”. Calvario, 1955, s.p. GARCÍA DE LA CONCHA DELGADO, Federico: “Pontifi cia y Real Hermandad…”, op. cit., pp. 168-170. 20 BERMEJO Y CARBALLO, José: Glorias Religiosas de Sevilla…, op. cit., p. 93. 21 SÁNCHEZ GORDILLO, Abad Alonso: Religiosas estaciones que frecuenta la religiosidad sevillana. Estudio preliminar, selección de textos y notas por Jorge Bernales Ballesteros. Sevilla: Consejo General de Hermandades y Cofradías de la ciudad de Sevilla, 1982, p. 180. 22 BERMEJO Y CARBALLO, José: Glorias Religiosas de Sevilla…, op. cit., pp. 94-95. 23 ARTACHO Y PÉREZ-BLÁZQUEZ, Fernando de (Est.): Manuscrito sevillano. Crónica general
248 decadencia en que se hallaba inmersa dicha corporación, lo que la llevó a fusionarse en 1851 con la Cofradía del Sagrado Descendimiento de Nuestro Señor Jesucristo y Quinta Angustia de María Santísima –que se había fundado en el convento casa grande del Carmen, aprobándose su regla el 5 de febrero de 1541–, estipulándose que la imagen del Niño Jesús –junto a las imágenes que componían el misterio del Descendimiento– habría de permanecer siempre en el altar principal de su capilla de la Real parroquia de Santa María Magdalena y que en la procesión del Jueves Santo saldría en su propio paso, que se estrenó en 185824. 2. PATRIMONIO ESCULTÓRICO Niño Jesús Temprano y justo renombre adquirió la imagen del Niño Jesús que se viene atribuyendo unánimemente al escultor abulense, afi ncado en Sevilla, Jerónimo Hernández (1540-1586), quien debió de tallarlo hacia 1580 para convertirse en titular de esta Cofradía del Dulce Nombre de Jesús y Primera Sangre de Nuestro Señor Jesucristo25. Ya el dominico fray Francisco Ramírez de Solórzano, en su historia manuscrita del convento de San Pablo de Sevilla, redactada en 1625, nos dice de esta “bellíssima y devotíssima imagen del Niño Jesús, que es de singular donaire y hermosura. Es de rara belleça acompañada de çierta modestia tan amable, que lleba tras sí los ojos y captiva las voluntades. Como si tubiera vida pareçe que se acomoda a los tiempos y festividades, de tal suerte que quando va vestido de colores y de galas muestra alegríssimo semblante, y quando en adviento y quaresma le visten de los colores del tiempo representa una severidad tan agradable y devota que obliga a modestia al más libre, y representa la que podría tede cofradías, festejos, sucesos y hechos curiosos acaecidos entre 1713 y 1775. Sevilla: Guadalquivir Ediciones, 1997, pp. 37-38. González de León añade que “Hizo su última estación el año de 1763, y después solo salía con su Niño Jesús en parihuela en la procesión anual del Corpus que celebraba la comunidad de S. Pablo”. Vid. GONZÁLEZ DE LEÓN, Félix: Historia crítica y descriptiva de las cofradías…, op. cit., p. 30. 24 BERMEJO Y CARBALLO, José: Glorias Religiosas de Sevilla…, op. cit., pp. 96-97 y 458. Tras el estreno del paso del Niño, este autor consigna las salidas procesionales de la cofradía en 1859, 1860, 1862, 1865, 1866, 1868, 1876, 1877, 1878 y 1880. 25 Ibidem, p. 90. Bermejo fue el primero que en 1882 asignó esta imagen al quehacer de Jerónimo Hernández, una atribución que se vio reforzada con argumentos estilísticos a mediados del siglo XX por parte de LÓPEZ MARTÍNEZ, Celestino: “El notable escultor Jerónimo Hernández de Estrada”. Calvario, 1949, s.p. y HERNÁNDEZ DÍAZ, José: Imaginería hispalense del Bajo Renacimiento. Sevilla: Consejo Superior de Investigaciones Científi cas, 1951, p. 62.
249 ner el divino prototipo” 26. La delicada escultura, en razón de ser “joya tan preciosa, hechura singular y reliquia de tanta devoción en el pueblo”27, fue requerida en numerosas ocasiones para concurrir a las procesiones que otras hermandades celebraban por diferentes motivos, aunque, por lo general, la respuesta solía ser negativa. Así, por ejemplo, en 1715, se alegó a la petición cursada por la Sacramental de San Pedro, que esta del Dulce Nombre de Jesús no acudiría con su Niño a su procesión de Corpus, “por los muchos inconvenientes que se han reconocido en tiempos pasados de quererlo hurtar por su peregrina hechura de que no se hallará otra” 28. Este Niño Jesús, de madera tallada y policromada (mide 80 cm), puede considerarse, en el ámbito escultórico sevillano, como pionero en su género. Su esbelta fi gura erguida, que muestra un tratamiento muy correcto de la anatomía infantil íntegramente desnuda, se dispone con un marcado contrapposto de evocación clásica, dibujando su silueta una serpenteante línea de raigambre manierista, diluida por la habitual contemplación de la imagen revestida con ricos vestidos29. Con la cabeza ligeramente inclinada hacia delante y el lado derecho, la mirada entornada y los labios esbozando una sonrisa, este Niño de melancólica y tierna expresividad nos bendice con su mano derecha, al tiempo que porta una cruz en la contraria, en iconografía similar a la de un Resucitado. Se especula con que Jerónimo Hernández pudiera haber utilizado como referente visual de este triunfante desnudo heroico de Jesús niño el modelo pictórico que Pedro de Ville- 26 RAMÍREZ DE SOLÓRZANO, fray Francisco: Historia del Santo, y Real Convento de S. Pablo de Sevilla de la orden del glorioso patriarcha Santo Domingo de la provinçia del Andaluçía dedicada a la muy noble y muy leal çiudad de Sevilla. Escribiola el padre presentado fr. Francisco Ramírez de Solórçano hijo del dicho convento, califi cador del sancto offi çio en el tribunal de la çiudad de Llerena, f. 45r. Manuscrito inédito conservado en el Archivo Histórico de la Provincia Dominicana de Andalucía, con la siguiente signatura: FR, AHPDA, 9/12. 27 En estos términos se expresó una diputación de la Cofradía de la Concepción del convento dominico de Regina Angelorum de Sevilla, cuando visitó el 8 de junio de 1653 a la Hermandad del Dulce Nombre de Jesús para solicitarle que tuviese a bien concurrir con la imagen del divino Niño a una procesión que pensaba organizar, haciendo estación en la santa iglesia catedral. BERMEJO Y CARBALLO, José: Glorias Religiosas de Sevilla…, op. cit., p. 91. 28 Ibidem. 29 Unas interesantes apreciaciones estéticas a propósito de esta imagen del Niño Jesús, interpretada en clave monumental y clasicista, nos la ofrece GÓMEZ PIÑOL, Emilio: “El Niño Jesús de la Sacramental del Sagrario hispalense: introducción al estudio de la génesis de un prototipo distintivo de la escultura sevillana”. En: Actas del Coloquio Internacional: el Niño Jesús y la infancia en las artes plásticas, siglos XV al XVII. IV Centenario del Niño Jesús del Sagrario, 1606-2006. Sevilla: Archicofradía del Santísimo Sacramento del Sagrario de la Catedral de Sevilla, 2010, pp. 55-64. Véase también RODA PEÑA, José: “La escultura sevillana a fi nales del Renacimiento y en los umbrales del Naturalismo”. En: GILA MEDINA, Lázaro (coord.). La escultura del primer naturalismo en Andalucía e Hispanoamérica (1580- 1625). Madrid: Arco/Libros, 2010, p. 300.
256 Esta efi gie mariana, a raíz de la fusión de la Cofradía del Dulce Nombre de Jesús con la de la Quinta Angustia en 1851, y para evitar la duplicidad de Dolorosas, comenzó a venerarse como imagen de gloria, manteniendo su tradicional título de la Encarnación 50 . En la casa de hermandad aún se conserva esta Virgen dentro de una urna acristalada, habiéndose revestido su cabeza y manos con un ropaje de telas encoladas para conformar un busto prolongado, cortado a la altura de las caderas (0,70 m). Actualmente, luce una corona barroca de metal plateado de fi nales del siglo XVII y porta un libro abierto en cuyas páginas puede leerse lo siguiente: “H. del Dulce Nombre de Jesús, Sagrado Descendimiento de Nuestro Señor Jesucristo y Quinta Angustia de María Santísima. Soy Nuestra Señora de la Encarnación de esta hermandad” 51 . Que esta sea la misma Virgen que donara Martínez Montañés ya suscitó la interrogante –que yo comparto– del profesor Hernández Díaz 52 ; ciertamente, la duda es razonable, pues no aparecen visibles las huellas del quehacer montañesino, pero en dicho juicio crítico habrán de tenerse en cuenta las profundas alteraciones que ha experimentado esta escultura, incluyendo la incorporación en su rostro de ojos de cristal 53. 3. APÉNDICE Fray Francisco Ramírez de Solórzano. Historia del Santo, y Real Convento de S. Pablo de Sevilla de la orden del glorioso patriarcha Santo Domingo de la provinçia del Andaluçía dedicada a la muy noble y muy leal çiudad de Sevilla. Escribiola el padre presentado fr. Francisco Ramírez de Solórçano hijo del dicho convento, califi - cador del sancto offi çio en el tribunal de la çiudad de Llerena, ff. 44r-45v. Archivo Histórico de la Provincia Dominicana de Andalucía. Sign.: FR, AHPDA, 9/12. “Cap. 21 de la cofradía del dulcíssimo nombre de Jesús. Aunque jurar el nombre de dios es líçito, y acto de la virtud religión si le acompañan juiçio, verdad y justiçia como resuelve [al margen] toda la escuela theologar con el doctor angélico prínçipe della, la maliçia humana 50 BERMEJO Y CARBALLO, José: Glorias Religiosas de Sevilla…, op. cit., p. 456. 51 DÁVILA-ARMERO DEL ARENAL, Álvaro: La capilla del Dulce Nombre de Jesús…, op. cit., pp. 37-38. 52 HERNÁNDEZ DÍAZ, José: “La Parroquia sevillana de Santa María Magdalena. Templo del extinguido Convento de Dominicos de San Pablo”. Boletín de Bellas Artes, 2ª Época, nº VIII, 1980, p. 230. 53 RODA PEÑA, José: “La escultura sevillana a fi nales del Renacimiento y en los umbrales del Naturalismo”, op. cit., p. 301.
257 tiene tan desacreditado el juramento que no ai cosa más escrupulosa en la República Christiana si le falta juiçio es indiscreto, si justiçia injusto y si no estriba en verdad es juramento falso y perjurio, es pecado mortal, acto irreligioso, injuria contra la majestad divina pues trae el perjuro a dios por testigo de su mentira, y da a entender o que dios ignora la verdad o que, aunque la sepa querrá patroçinar la mentira, por eso nuestro señor en el cap. 5 de s. Matheo dissuade tanto el juramento y los padres, espeçialmente s. Juan Chrisóstomo en muchos lugares de su doctrina y más de propósito desde la homilía quarta al pueblo antiocheno hasta la 16 tratan con cuidado tan importante materia para las costumbres para evitar blasfemias y perjurios y para reverençiar el dulçíssimo nombre de Jesús se instituió su cofradía. Su institución/ (f. 44v) fue en la yglesia griega muy antigua della haçe mençión s. Juan Chrisóstomo que a más de 120 años que fl oreció; pero en la latina es muy moderno su prinçipio, pues no sabemos otro más antiguo que el que le dio el padre presentado fr. Diego de Victoria predicador y confesor del emperador Carlos 5, que murió el año de 1540. Fue el padre fr. Diego de Victoria natural de la çiudad de Victoria, hijo del convento de s. Pablo de Burgos y hermano del sapientíssimo maestro fr. Françisco de Victoria, a quien la theología escholástica y la Universidad de Salamanca deben tanto. Era fr. Diego de Victoria varón muy docto, fraile mui devoto y predicador ferboroso, zeloso y eminente y como tal era predicador ordinario del emperador Carlos 5. Como el emperador se occupó en guerras con françeses, alemanes rebeldes y con infi eles, andaban los soldados mui loçanos y aun llegaban a ser tan insolentes que pensaban algunos que era primor de la miliçia blasfemar y perjurar sin rienda. Dilatose este viçioso perniçioso por España, que como se diçe vulgarmente la mala hierba siempre creçe. Viendo el zeloso predicador fr. Diego de Victoria la perdiçión que avía en España en punto de religión tan grave, deseoso del bien de las almas, predicó con ferboroso espíritu contra este viçio. Para proveer en este daño tomó por medio instituir una cofradía para reverençiar el nombre de Jesús y evitar los juramentos. Instituió algunas cofradías, compuso Regla y constituciones y un breve tratado de las condiçiones que debe tener el juramento para ser líçito como acto de religión que mira al culto divino. Siguiose tanto fruto en España de la pía institución, y tanta reformaçión en materia de jurar, que no avía cosa de maior infamia que el perjurio. Viendo la importançia del caso, los pontífi çes confi rmaron la cofradía y dieron/ (f. 45r) con larga mano del thesoro de la yglesia a los cofrades el pontífi çe Pío 4 la confi rmó en una bula plomada dada a 12 de abril de
258 1564, el pontífi çe Pío 5 la confi rma por sus letras en forma de breve a 21 de junio de 1571, conçédele muchas indulgencias y manda que solo pueda fundarse en los conventos de la Orden, y que si se fundare fuera dellos sea por orden y consentimiento suyo. Lo mismo manda el pontífi çe Gregorio 13 en un breve dado a 21 de deçiembre de 1582 y le conçede muchas indulgencias. Está situada esta cofradía en el convento de S. Pablo en una capilla cuia puerta prinçipal sale al compás, sírvenla offi çiales prinçipales y devotos con devoçión y diligençia haçen la fi esta principal el día de la circumçisión, quando la haçe la yglesia al dulçísssimo nombre de Jesús que aquel día se puso al Señor y Salvador Jesuchristo en su tierna y santíssima infançia. El día del Juebes Santo haçen una proçessión insigne de grande número de gente de luçes y de sangre. En todos los domingos segundos del mes haçen otra solenne proçessión por la yglesia y claustro del convento y lleban en ella la bellíssima y devotíssima imagen del Niño Jesús, que es de singular donaire y hermosura. Es de rara belleça acompañada de çierta modestia tan amable, que lleba tras sí los ojos y captiva las voluntades. Como si tubiera vida pareçe que se acomoda a los tiempos y festividades, de tal suerte que quando va vestido de colores y de galas muestra alegríssimo semblante, y quando en adviento y quaresma le visten de los colores del tiempo representa una severidad tan agradable y devota que obliga a modestia al más libre, y representa la que podría tener el divino prototipo. Tiene muy/ (f. 45v) ricos ornamentos y vestidos, y todos los actos de la cofradía se haçen con grandeça y devoçión”.
259 1. Dulce Nombre de Jesús y niños expósitos. Miniatura del Libro de Regla de la Cofradía del Dulce Nombre de Jesús de Sevilla. Finales del siglo XVI.
260 2. Calvario con los Santos Juanes. Miniatura del Libro de Regla de la Cofradía del Dulce Nombre de Jesús de Sevilla. Finales del siglo XVI.
261 3. Jerónimo Hernández. Niño Jesús. Hacia 1580. Capilla del Dulce Nombre de Jesús. Parroquia de Santa María Magdalena. Sevilla.
262 4. El Niño Jesús en la procesión del Corpus chico de la parroquia de Santa María Magdalena de Sevilla.
263 5. Jerónimo Hernández. Cristo Resucitado. 1582. Capilla del Dulce Nombre de Jesús. Parroquia de Santa María Magdalena. Sevilla.
264 6. Virgen de la Encarnación. Casa de Hermandad de la Quinta Angustia. Sevilla.