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La efectividad de los regímenes de derechos de autor y política de competencia. Implicaciones para el bienestar social

Pulido Pavón, Noemí; Palma Martos, Luis Antonio

Abstract

La conjunción del derecho de autor con la política de competencia supone una de las controversias clave de la economía del copyright dado el poder de mercado que la institución de los derechos de autor otorga al titular de la obra protegida. En el presente trabajo se analizan las claves de esta controversia. Mediante la aplicación de técnicas de datos de panel se constata que para la consecución de un mayor nivel de bienestar social, política de competencia y derechos de autor se han de aplicar con intensidad y de forma complementaria.

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____________ Artículo recibido en marzo de 2015 y aceptado en abril de 2015 Artículo disponible en versión electrónica en la página www.revista-eea.net, ref. ә-33205 ISSN 1697-5731 (online) – ISSN 1133-3197 (print) ESTUDIOS DE ECONOMÍA APLICADA VOL. 33 - 2 2015 PÁGS. 535 – 560 La efectividad de los regímenes de derechos de autor y política de competencia. Implicaciones para el bienestar social* NOEMÍ PULIDO PAVÓN a, LUIS PALMA MARTOS a a Universidad de Sevilla, Facultad de CC.EE., Avda. Ramón y Cajal, 1, 41018 Sevilla, España. E- mail: [email protected], [email protected] RESUMEN La conjunción del derecho de autor con la política de competencia supone una de las controversias clave de la economía del copyright dado el poder de mercado que la institución de los derechos de autor otorga al titular de la obra protegida. En el presente trabajo se analizan las claves de esta controversia. Mediante la aplicación de técnicas de datos de panel se constata que para la consecución de un mayor nivel de bienestar social, política de competencia y derechos de autor se han de aplicar con intensidad y de forma complementaria. Palabras clave: Economía de los derechos de autor, Derechos de autor, Política de competencia, Técnicas de datos de panel. The Effectiveness of the Copyright and Competition Policy Regimes. Implications for Social Welfare ABSTRACT The conjunction of copyright and competition policy has emerged as one of the main controversies in copyright economics given the market power which the copyright endows the owner with over the protected work. The present paper explores key aspects underlying said controversy. By applying panel data techniques is found that for achieving a higher level of social welfare, competition policy and copyrights must be applied in a strong and complementary manner. Keywords: Copyright Economics, Copyright, Competition Policy, Panel data techniques. Clasificación JEL: D40, L50, Z10 * Este trabajo ha obtenido el Premio Asepelt Jóvenes Investigadores: Premio Bernardo Pena 2014 en el XXVIII Congreso Internacional de Economía Aplicada Asepelt. NOEMÍ PULIDO PAVÓN Y LUIS PALMA MARTOS Estudios de Economía Aplicada, 2015: 535-560  Vol. 33-2 536 1. INTRODUCCIÓN El presente trabajo se adentra en el estudio de uno de los dilemas que conforma la denominada economía del copyright (Plant, 1934; Liebowitz, 1985; Landes y Posner, 1989; Posner, 2005; Varian, 2005; Watt, 2011), el vínculo entre derechos de autor y política de competencia. Reflejo de la trascendencia de este binomio es que, a pesar de tratarse de una disciplina joven1, las primeras nociones económicas sobre los derechos de autor se remontan a los siglos XVIII y XIX; éstas consideraban que toda propiedad intelectual generaba monopolios legales y brindaban al titular la posibilidad de subir precios. No obstante estas concepciones han ido matizándose a lo largo del tiempo. La controversia entre derechos de autor y política de competencia tiene su génesis en la estructura de costes de los bienes protegidos por derechos de autor (Shapiro y Varian, 2000; Towse, 2002; Boyer, 2004; Nicita et al., 2005; Watt, 2011; OMPI, 2013), caracterizada por la coexistencia de costes fijos elevados frente a costes marginales bajos o casi nulos. Bajo estas circunstancias la fijación de precios acorde al coste marginal (como establece el principio competitivo) es económicamente inviable para el creador. Los derechos de autor funcionan como una herramienta que incentiva la producción creativa al dotar a los creadores de poder de mercado para fijar precios por encima del coste marginal de producción; contraviniendo los principios de la competencia y, consecuentemente, el grado de bienestar de los consumidores. Nos encontramos ante la controversia de impulsar la generación de bienes creativos (mediante los derechos de propiedad intelectual, DPI en lo sucesivo) y el acceso a los mismos por parte de los consumidores. Esta cuestión constituye uno de los dilemas más controvertidos de la economía del copyright (Watt 2011). Realmente, la finalidad última, tanto de la política de competencia como la correspondiente al derecho de autor converge hacia el fomento de la creatividad e innovación y, consecuentemente, hacia la generación de un mayor bienestar social. El enfoque de la economía del copyright, que estudia esta controversia, debe hacer frente a las siguientes cuestiones: ¿Por qué se produce esta controversia? ¿Qué factores influyen? ¿Se trata de mecanismos opuestos o complementarios? ¿Qué elementos, de carácter integrador, deben inspirar el diseño de 1 Situamos al trabajo de Arnold Plant “The Economic Aspects of Copyrights in Books” de 1934 como la precursora de la economía del copyright. Pero no fue hasta mediados del siglo XX cuando el derecho de autor comienza a ganar importancia en el análisis de la propiedad intelectual; hasta ese momento era la propiedad industrial, y concretamente las patentes las que acaparaban la mayor parte del análisis económico. LA EFECTIVIDAD DE LOS REGÍMENES DE DERECHOS DE AUTOR Y POLÍTICA DE COMPETENCIA… Estudios de Economía Aplicada, 2015: 535-560  Vol. 33-2 537 marcos institucionales que, simultáneamente, protejan el derecho de autor y defiendan la competencia, con el objetivo común de la maximización del bienestar social? El presente trabajo tiene como objeto estudiar el vínculo entre política de competencia y derechos de autor intentando dar respuestas a las cuestiones planteadas anteriormente. El análisis entre derechos de autor y política de competencia se va a desarrollar en dos partes. En la primera parte, punto 2, se realiza un bosquejo de la literatura más significativa que examina las claves de la controversia entre las instituciones de derechos de autor y política de competencia. El estudio del poder de mercado en las industrias del copyright, las tensiones que se pueden suceder entre las instituciones analizadas y los mecanismos para hacer frente a dichos conflictos son las piedras angulares para comprender este trade-off. La segunda parte del trabajo examinará el binomio política de competencia - derechos de autor desde la perspectiva de la evidencia empírica. Se trata de reflexionar sobre cómo lograr la combinación institucional óptima entre política de competencia y derecho de autor. Así, en el punto 3 se analizan los regímenes de DPI y política de competencia durante el período 2006 a 2013 de 24 países, los cuales se clasifican en cuatro contextos diferentes de acuerdo a la combinación del binomio política de competencia - derecho de autor. Finalmente se esbozarán una serie de consideraciones a modo de conclusión. En este sentido, la principal aportación del presente trabajo es el diseño de un marco conceptual para el diseño de marcos institucionales en los que política de competencia y DPI sean generadores del máximo grado de riqueza y bienestar social. Los resultados empíricos muestran que son aquéllos países que combinan protección de DPI fuerte con aplicación de la política de competencia intensa los que obtienen mayores índices de riqueza y bienestar; mientras que los países que aplican una combinación de protección débil de DPI frente a una intensa política de competencia son los que peores resultados obtienen respecto a la riqueza y bienestar social. 2. LA CONTROVERSIA ENTRE POLÍTICA DE COMPETENCIA Y DERECHOS DE AUTOR El análisis de la relación entre derechos de autor y política de competencia ha estado focalizado en la intensidad del poder de mercado que el primero brinda al autor (Regibeau y Rocket, 2004; Katz, 2005; Regibeau, 2007; Katz y Veel, 2013). Si, desde sus inicios como disciplina económica, la economía del derecho de autor ha considerado que el poder derivado del ejercicio de esta categoría de propiedad intelectual constituye un monopolio en toda regla, a medida que el análisis económico del derecho de autor ha ido evolucionando en NOEMÍ PULIDO PAVÓN Y LUIS PALMA MARTOS Estudios de Economía Aplicada, 2015: 535-560  Vol. 33-2 538 las últimas décadas, la concepción de monopolio asociada al derecho de autor ha ido matizándose (Handke, 2010). De acuerdo con Katz (2005) la presunción de poder de mercado en el contexto propiedad intelectual - política de competencia se resume en tres períodos: mientras que en el primero y segundo (finales siglo XIX hasta finales de la década de 1970) se consideraba tanto a patentes como a derechos de autor instituciones que conferían monopolios2; el tercer enfoque (enfoque moderno)3 considera que las políticas de competencia y de propiedad intelectual son políticas que se complementan al perseguir una finalidad común, el fomento de la innovación y consecuentemente el bienestar social. En el momento presente, la concepción dominante se basa en la idea de que el poder de mercado que el derecho de autor concede a su titular es más acorde al generado por la naturaleza económica de un bien monopolístico chamberliniano, en este sentido se debe hablar de estructura de mercado de competencia monopolística en lugar de monopolio (Towse, 2002; Handke, 2010). Pero el problema no gira en torno al poder de mercado derivado del ejercicio de los derechos de autor; según Katz (2005) y Regibeau (2007) lo relevante, desde el punto de vista de la política de competencia, es el cambio de poder de mercado que podría suceder ante la práctica de este DPI. En este escenario, el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) en su artículo 102 recoge que no se prohíbe la posición de dominio, sino el abuso que se pueda realizar de aquélla en perjuicio de los consumidores y demás agentes económicos4. 2.1. El poder de mercado en las industrias del copyright Hablar sobre el mercado de los derechos de autor es referirse a las denominadas industrias de derechos de autor o del copyright. La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual en “Guide on Surve- 2 No obstante, existen diferencias en las visiones sobre el alcance de dicho monopolio, de ahí la existencia de dos períodos. Mientras en el primer período se consideraba que los DPI concedían poder de mercado a sus titulares, la visión predominante en el segundo período era que el comportamiento anticompetitivo venía de la mano de las restricciones impuestas por los propios titulares a través de las licencias. 3 Se identifica con el cambio de enfoque que experimenta la Antitrust Division (órgano responsable de hacer cumplir las leyes antitrust en EE.UU.) ante la creciente influencia de la Escuela de Chicago en el análisis económico. 4“Será incompatible con el mercado interior y quedará prohibida, en la medida en que pueda afectar al comercio entre los Estados miembros, la explotación abusiva, por parte de una o más empresas, de una posición dominante en el mercado interior o en una parte sustancial del mismo” (art. 102 TFUE). LA EFECTIVIDAD DE LOS REGÍMENES DE DERECHOS DE AUTOR Y POLÍTICA DE COMPETENCIA… Estudios de Economía Aplicada, 2015: 535-560  Vol. 33-2 539 ying the Economic Contribution of the Copyright-based Industries”5 (más conocida como “The Guide”) identifica a las industrias de los derechos autor con “aquéllas actividades directas o indirectas donde los derechos de autor juegan un papel identificable” (OMPI, 2013:18). Los elementos que configuran el mercado de los derechos de autor y con ello las industrias del copyright se detallan a continuación: 2.1.1. Los bienes del copyright Los denominados productos del derecho de autor abarcan desde los libros, la música, la pintura, la escultura y las películas hasta los programas informáticos, las bases de datos, las publicidades, los mapas y los dibujos técnicos. Éstos se engloban dentro de los bienes creativos o del conocimiento; constituyendo un aspecto más concreto de los bienes del copyright su carácter de bien público. Los productos protegidos por derechos de autor son heterogéneos y tienden a tener muchos sustitutos cercanos; el derecho de autor impide que los competidores comercialicen productos prácticamente idénticos, por lo que el poder de mercado de los titulares de derechos se ve limitado por la posibilidad de la imitación y la presencia de sustitutos cercanos, no ostentando un monopolio completo. El lanzamiento al mercado de un disco de un cantante determinado por una discográfica supone un ejemplo de comportamiento monopolístico. Lo que diferencia el disco de dicho cantante es su estilo de música, lo cual permitirá a la discográfica fijar precios por encima del coste marginal de producción. Si este margen entre precio y coste marginal no se diferencia mucho respecto al precio de otros discos, es probable que los seguidores de este cantante lo compren; no sería el caso si tal diferencia es demasiado elevada. 2.1.2. Oferta Desde el punto de vista de la oferta, la principal característica de las industrias creativas (y del copyright) que recoge la UNCTAD (2010), es la coexistencia de un pequeño número de grandes corporaciones frente a una elevada cantidad de microempresas (en su mayoría unipersonales). En este sentido, como señalan Towse y Handke (2013), existe una dominancia por parte de unas pocas compañías a nivel internacional (edición, grabación de sonido y películas) que, al mismo tiempo, deja en desventaja, en lo que a poder de negociación se 5 Documento elaborado por “The Working Group of Experts” en Helsinki durante el año 2002. Desde que los EE.UU. tomasen la iniciativa en la década de 1990 de cuantificar el impacto económico de los derechos de autor, un número considerado de naciones se sumaron a este reto. “The Guide” busca homogeneizar las herramientas empleadas por las diferentes naciones en pro de diseñar una metodología universal. NOEMÍ PULIDO PAVÓN Y LUIS PALMA MARTOS Estudios de Economía Aplicada, 2015: 535-560  Vol. 33-2 540 refiere, a creadores y artistas, condicionando la existencia de beneficios no equilibrados entre creador e industrias. Esta concepción de la oferta se corresponde con el denominado “modelo ovario” de Rausell (2009). Como consecuencia de la importancia creciente que va adquiriendo la creatividad como input productivo, el denominado “capitalismo cultural” va ganando terreno al capitalismo industrial; esto es, los procesos de generación de riqueza pasan de estar orientados a la producción de bienes tangibles a concentrarse en la producción de bienes del conocimiento. Esta transición en el modelo productivo se ha reflejado en el modelo de las industrias creativas. La revolución tecnológica favorece que los creadores se centren en los aspectos creativos, facilitando la desaparición de los mecanismos certificadores de la calidad de la creación y contribuyendo, consecuentemente, a que el creador goce de una mayor autonomía respecto a la industria de la producción (“modelo hígado”); superando así los obstáculos a los que se enfrentaban las industrias creativas en el denominado “modelo ovario”6 de Rausell (2009). La desigualdad existente en la estructura organizacional, Towse y Handke (2013) la justifican sobre la base de la naturaleza de los productos creativos; éstos se caracterizan (entre otros aspectos) por poseer una estructura de costes desequilibrada. Lo cual conduce a la producción a gran escala (economías de escala) y genera cierta concentración de las empresas7. Este es otro aspecto a señalar de las industrias del copyright (Towse y Handke, 2013; Boix y Lazzeretti, 2011; UNCTAD, 2010; HKU, 2010) que se puede ver reforzado por la protección mediante DPI, concretamente los derechos de autor, al tratarse de instrumentos que tienen capacidad para inhibir la competencia. No obstante, la protección mediante DPI junto a la política de competencia son instrumentos necesarios al objeto de hacer frente al fenómeno de la globalización. 2.1.3. Demanda Si por algo se caracterizan los mercados de derechos de autor es por el vacío existente respecto a la disponibilidad de estudios empíricos que analicen el comportamiento de los consumidores de productos del copyright. A lo que se ha 6 Rausell (2009) identifica a la “industria ovario” con aquélla que requería de fuertes inversiones en capital físico, complejas estructuras organizativas, logísticas y de márketing y era prescriptora de la demanda a través de un sistema adherido de críticos y certificadores. En palabras de Rausell (2009: 14) “el “modelo ovario” posibilitaba que la creación “se fertilice” en el seno de la industria y se “alumbre” hacia la demanda en mercados masivos”. 7 En el caso de España, el grado de concentración es mayor que en el resto de países de la UE; siendo propicias a la creación de “clusters de aglomeración pura” debido a las economías de urbanización, economías de localización y la clase creativa (Boix y Lazzeretti, 2011). LA EFECTIVIDAD DE LOS REGÍMENES DE DERECHOS DE AUTOR Y POLÍTICA DE COMPETENCIA… Estudios de Economía Aplicada, 2015: 535-560  Vol. 33-2 541 de sumar la dificultad en la obtención de resultados robustos, debido a la escasez de datos y a la coexistencia de metodologías dispares (Watt, 2009). Sobre la base de la afirmación anterior, el grado de sensibilidad de la demanda al precio y a la renta son cuestiones ambiguas no resueltas. Lévy-Garboua y Montmarquette (2005) hacen un intento de dar respuesta a estas cuestiones centrándose en los bienes del arte, lo cual tiene su causa en la disposición de datos más precisos. Según los autores, es muy probable que la demanda de arte sea elástica respecto al precio y que el arte sea un bien de lujo. Throsby (1994) analiza el gusto por el arte, catalogando al mismo como bien de experiencia, es decir, el gusto por el arte se va incrementando en el tiempo con la exposición al mismo. Al mismo tiempo considera que el gusto cultural puede ser interpretado como un proceso que conduce hacia la satisfacción presente y al consumo futuro, este último mediante la acumulación de conocimiento y experiencia. En este sentido, existen teorías que predicen la dependencia del consumo actual del comportamiento pasado; Aguado Quintero (2011)8 destaca dos modelos de formación de gustos por los bienes culturales: • Modelo de adicción racional. Desarrollado por Stigler y Becker (1977), defiende que los cambios de comportamiento en el consumo de bienes culturales vienen explicado por las variaciones en las rentas y precios. Becker y Murphy (1988) retoman el modelo de Stigler y Becker en un marco dinámico. Según su modelo, la adictividad de un bien viene determinada por la inducción que un incremento en el consumo de un bien genera en una elevación en el consumo del mismo en el futuro. • Modelo de aprendizaje a través del consumo. Diseñado por Lévy-Gar- boua y Montmarquette (1996), el mismo sugiere que los consumidores pueden conocer sus gustos a través de la experiencia que se adquiere mediante el consumo a través de cierto tiempo. En el caso concreto de la demanda en las industrias de derechos de autor, son los estudios relativos a los efectos que la infracción de derechos de autor tiene sobre la demanda de productos de copyright legítimos los predominantes. No obstante, y una vez más, la versatilidad y heterogeneidad de los modelos de la economía de la copia conducen hacia resultados no homogéneos ni precisos. Este vacío en lo que a estudios sobre disposición a pagar de los individuos respecto a bienes creativos se refiere se amplía si se tiene en cuenta la importancia que posee la discriminación de precios en los bienes creativos9. 8 Aguado Quintero (2011) presenta una exhaustiva revisión bibliográfica sobre el análisis económico de la demanda de bienes culturales, con especial atención a las artes escénicas. NOEMÍ PULIDO PAVÓN Y LUIS PALMA MARTOS Estudios de Economía Aplicada, 2015: 535-560  Vol. 33-2 542 Llegados a este punto se puede concluir que en la industria del derecho de autor predominan los supuestos que caracterizan a un mercado de competencia monopolística (véase Tabla1). Bajo esta hipótesis, la diferencia de un mercado de competencia monopolística respecto a un mercado monopolista es el beneficio nulo a largo plazo. De acuerdo al funcionamiento de este tipo de mercado, el punto de equilibrio a largo plazo se corresponde con un nivel de actividad inferior al alcanzado en un mercado competitivo pero mayor al caso del monopolio; produciendo en el tramo descendiente de la curva de coste total medio por debajo de la escala eficiente, no maximizando el beneficio total. Tabla 1 Competencia monopolística e industria del derecho de autor COMPETENCIA MONOPOLÍSTICA INDUSTRIA DERECHO DE AUTOR Productos diferenciados que no son percibidos por los consumidores como sustitutos perfectos entre sí. Los productos protegidos por derechos de autor son heterogéneos y tienden a tener muchos sustitutos cercanos; el derecho de autor impide que los competidores comercialicen productos prácticamente idénticos. Existencia de un número elevado de pequeñas empresas así como muchos consumidores en el mercado. Coexistencia de creadores individuales junto a grandes corporaciones Pocas barreras a la entrada y salida. Acceso a todo producto derivado del intelecto Los productores poseen cierto poder de mercado para fijar precios. El poder de mercado de los titulares de derechos se ve limitado por la posibilidad de la imitación y la presencia de sustitutos cercanos Fuente: Elaboración propia. 2.2. Tensiones entre política de competencia y derechos de autor Como se ha indicado, el peligro que pueden suponer los derechos de autor respecto a la política de competencia es el ejercicio abusivo de los mismos, pudiendo dar lugar a prácticas no competitivas. A pesar de que la concepción moderna del derecho de autor entiende que tales instituciones convergen hacia un fin común (la mejora del bienestar), ambas divergen en la senda que eligen para alcanzarlo, lo cual favorece el florecimiento de ciertas tensiones. A continuación se van a señalar una serie situaciones donde se evidencian las tensiones entre política de competencia y el derecho de autor. Concretamente para Ganslandt (2008) son dos las situaciones que generan conflicto entre las instituciones estudiadas: a) la negación a la concesión de una licencia; b) la extensión de los derechos de exclusividad hacia otros mercados. Con la primera 9 La estructura de costes de estos bienes no hace posible que su precio pueda fijarse de acuerdo a los costes marginales al ser éstos muy bajos. La alternativa es fijar el precio en el valor que el consumidor otorga al producto, lo que se conoce en la ciencia económica como discriminación perfecta de precios. LA EFECTIVIDAD DE LOS REGÍMENES DE DERECHOS DE AUTOR Y POLÍTICA DE COMPETENCIA… Estudios de Economía Aplicada, 2015: 535-560  Vol. 33-2 543 se hace alusión a la doctrina de las essential facilities, mientras que la segunda se refiere a los acuerdos de vinculación. Adicionalmente se va a incluir otra situación proclive a causar tensiones (Rodríguez Tapia, 1999): c) el caso de las entidades de gestión que gozan de posición de dominio, pudiendo abusar de ésta. A continuación se expondrán cada una de las citadas situaciones comprometidas para la doctrina del derecho de autor y la política de competencia. 2.2.1. La doctrina de las essential facilities Esta doctrina reconoce la obligación que tiene un agente económico de proporcionar acceso a un bien controlado por él a un tercero que lo demanda sí y sólo sí es absolutamente necesario para competir en el mercado relevante. El agente se encuentra obligado a proporcionar el acceso a un precio y demás condiciones razonables y no discriminatorias. En el caso del derecho de autor, un bien protegido bajo este régimen constituye una essential facility cuando: a) no es sustitutivo; b) no se puede duplicar temporalmente; c) no hay rivalidad en su consumo. Bajo estas condiciones, se puede generar una situación que suponga un abuso de posición de dominio cuando el dueño de una essential facility establece un precio elevado o rechaza ofrecerla a sus competidores; generando una fuente de conflicto. Nicita y Ramello (2006) consideran que en estos casos los titulares del derecho de autor merecen una protección suplementaria respecto a un estándar de derecho de propiedad, dado que el acceso obligado a este tipo de bienes destruye el sistema de incentivos de los DPI. A fin de subsanar esta situación y recompensar el esfuerzo inversor en la creación de conocimiento, se ha de fijar un precio que compense a los titulares y elimine toda discriminación entre titulares y nuevos entrantes. Concretamente este precio debe reflejar el coste soportado por el titular, no debiendo ser confundido con los beneficios asociados a una posición monopolista. Hay que puntualizar que la doctrina de las essential facilities se trata de un mecanismo que impide la difusión de la monopolización de los mercados potencialmente competitivos, pero no elimina las ganancias de monopolio (Nicita y Ramello, 2006). 2.2.2. Acuerdos de vinculación La celebración de acuerdos de vinculación es otra esfera donde la política de competencia aplicada a los bienes del conocimiento puede ocasionar dificultades, constituyendo una de las fricciones más significativas entre política de competencia y derechos de autor. NOEMÍ PULIDO PAVÓN Y LUIS PALMA MARTOS Estudios de Economía Aplicada, 2015: 535-560  Vol. 33-2 550 Por consiguiente, la hipótesis que se pretende contrastar mediante la evidencia empírica se corresponde con lo indicado por Shastiko y Kurdin (2013) y Ganslandt (2008): “La combinación de una escasa protección de los DPI unida a un eficiente grado de aplicación de la política de competencia genera el peor escenario en lo que a niveles de riqueza y bienestar social se refiere”. Nuestra tarea ha consistido, por ende, en la obtención de todos los datos y el diseño de los modelos necesarios para la contrastación de la hipótesis fijada. 3.2. Variables de estudio En consonancia con el objetivo perseguido, las variables de estudio que van a intervenir pertenecen a tres categorías diferentes: las relacionadas con los DPI16, política de competencia y riqueza y bienestar de una nación. La Tabla 4 recoge la descripción de las mismas. Tabla 4 Variables de estudio VARIABLE FUENTE DEFINICIÓN MEDICIÓN PERIODO Human Development Index (HDI) Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) Evalúa el nivel de desarrollo de una sociedad mediante tres parámetros: salud, educación y riqueza Rango de 0 a 1: 0: Desarrollo humano nulo 1: Máximo nivel de desarrollo humano 2006-2013 Gross Domestic Product per cápita (GDPpc) Banco Mundial PIB dividido entre la población del país a mitad de año Dólares ($) corrientes 2006-2013 Effectiveness antitrust policy (AE) World Economic Forum Grado en el que la política de competencia promueve la competencia Rango de 1 a 7: 1: No la promueve 7: La promueve efectivamente 2006-2013 Intellectual Property Protection (IPP) World Economic Forum Nivel de protección de la propiedad intelectual en una nación Rango de 1 a 7: 1: Protección nula 7: Protección máxima 2006-2013 Software piracy (BSA) Business Software Alliance (BSA) Proporción de material de software protegido por derecho de autor que se consume de forma ilegal En porcentaje (%) 2006-201317 Fuente: Elaboración propia. 16 Debemos aclarar que se han considerado variables relacionadas con la propiedad intelectual en general, sin concretar en variables más relacionadas con los derechos de autor por dos razones. En primer lugar, la no existencia a nivel internacional de un indicador que evalúe exclusivamente el grado de protección de los derechos de autor; la segunda razón descansa en la hipótesis de partida, Shastiko y Kurdin (2013) y Ganslandt (2008) tratan los DPI en general sin especificar en ninguna categoría de propiedad intelectual. 17 No existen datos de piratería de software para el año 2012. LA EFECTIVIDAD DE LOS REGÍMENES DE DERECHOS DE AUTOR Y POLÍTICA DE COMPETENCIA… Estudios de Economía Aplicada, 2015: 535-560  Vol. 33-2 551 La Tabla 5 muestra la descripción estadística de las variables de estudio. Tabla 5 Descripción estadística de las variables de estudio Variable Obs Mean Std. Dev. Min Max HDI 192 .7927969 .1070666 .455 .933 GDPpc 192 21625.42 18183.37 807.9747 67524.76 AE 191 4.226949 .8776104 2.322933 6.192313 IPP 191 3.919951 1.207738 1.639485 6.479026 BSA 166 .5303614 .2272121 .18 .95 Fuente: Elaboración propia. 3.3. Metodología El estudio se desarrolla en tres fases: a) selección de la muestra de países; b) análisis gráfico; c) análisis de regresión. Como se ha adelantado, se va a trabajar con datos de panel para el período 2006 a 2013 y con una serie de países que responderían a las características de cada uno de los cuatro escenarios descritos por Shastiko y Kurdin (2013). En la primera fase del estudio el objetivo es seleccionar una muestra de países que se puedan clasificar dentro de los citados escenarios. A tal fin, la selección de los mismos se va a realizar de acuerdo a las puntuaciones que las naciones obtengan en cada una de las variables de estudio (a excepción de las variables HDI y GDPpc) para el año de referencia 201318. Para cada escenario se va a considerar una muestra de seis países. La Tabla 6 sintetiza la metodología a desarrollar en esta primera fase19. Tabla 6 Metodología selección de la muestra SITUACIÓN 1 SITUACIÓN 2 SITUACIÓN 3 SITUACIÓN 4 PC AE Alto Medio-bajo Medio-alto Bajo PI IPP BSA Alto Bajo Medio-alto Medio-bajo Medio-bajo Medio-alto Bajo Alto Fuente: Elaboración propia. 18 También se ha realizado el mismo procedimiento para el año 2011, obteniendo la misma muestra de países; lo cual robustece la calidad de la muestra. 19 Una observación necesaria respecto a la fijación de los valores de las variables relacionadas con la política de competencia (PC) y los DPI en los escenarios 2 y 3: se han establecido valores medios-bajos y medios-altos dada la inexistencia de países donde coexisten valores de política de competencia y DPI tan extremos. NOEMÍ PULIDO PAVÓN Y LUIS PALMA MARTOS Estudios de Economía Aplicada, 2015: 535-560  Vol. 33-2 552 Una vez construida la muestra de países, en la siguiente fase, se van a comparar gráficamente los niveles de riqueza y bienestar (variables GDPpc y HDI) que cada nación, y por tanto cada categoría de países, alcanzan. Con este proceso se pretende visualizar qué categoría de países alcanza mayores niveles de riqueza y bienestar social y por ende, qué escenario es más propicio para la generación de mayor riqueza y bienestar social. El mismo objetivo es el que se persigue en la tercera fase de este estudio aplicando dos modelos de regresión lineal a datos de panel, para lo cual se van a introducir variables dummys que van a identificar cada escenario. A continuación se muestran los modelos propuestos: 12 3 ln 1 2 4 it i t t t it HDI SIT SIT SIT αβ β β ε =++ + + (1) 12 3 ln 1 2 4 it i t t t it GDPpc SIT SIT SIT αβ β β ε =++ + + (2) Donde se ha tomado como variables dependientes el logaritmo neperiano del indicador HDI y GDPpc respectivamente para el país i durante el año t. El resto de variables (SIT1, SIT2 y SIT4) se identifican con los escenarios 1, 2 y 4; dado que lo que se quiere contrastar es que el escenario donde se generan los niveles de riqueza y bienestar social más bajos es el escenario 3, se ha tomado como referencia la dummy SIT3. El parámetro αi recoge los efectos específicos individuales, mientras que εit es el término de error. El análisis de regresión comienza con un pooled de datos de años y países aplicando el modelo de Mínimos Cuadrados Ordinarios (OLS). Posteriormente el análisis de datos de panel se lleva a cabo mediante la estimación de parámetros bajo el modelo de efectos aleatorios (RE)20. En tercer lugar se evalúa la idoneidad de ambos modelos (OLS y RE). Finalmente se analiza la calidad del modelo de estimación seleccionado mediante el estudio de heterocedasticidad, autocorrelación y correlación contemporánea, corrigiéndolos en su caso. 3.4. Resultados obtenidos De acuerdo a la metodología indicada, en primer lugar se selecciona la muestra de países. La Tabla 7 recoge los países sobre los que se va a realizar el análisis. Tabla 7 Muestra de países SITUACIÓN 1 SITUACIÓN 2 SITUACIÓN 3 SITUACIÓN 4 Alemania Eslovaquia Brasil Argelia Australia España Colombia Argentina 20 Dado que se trabaja con variables dummys referentes a países, la variabilidad within es nula; la estimación de los parámetros bajo el modelo de efectos fijos (FE) no tendría sentido dado que su estimador sólo utiliza la variación within de los datos. LA EFECTIVIDAD DE LOS REGÍMENES DE DERECHOS DE AUTOR Y POLÍTICA DE COMPETENCIA… Estudios de Economía Aplicada, 2015: 535-560  Vol. 33-2 553 Tabla 7 (continuación) Muestra de países SITUACIÓN 1 SITUACIÓN 2 SITUACIÓN 3 SITUACIÓN 4 Dinamarca Grecia Marruecos Georgia EE.UU. Hungría Polonia Rusia Japón Israel Senegal Ucrania Reino Unido Italia Tailandia Venezuela Fuente: Elaboración propia. Una vez que se ha fijado la muestra de países, se pasa a la ejecución del análisis gráfico. Los resultados de tal análisis se muestran en las Figuras 1 y 2. Figura 1 Evolución HDI por contextos Fuente: Elaboración propia. La principal conclusión que se deriva de la Figura 1 es que son los países encuadrados en la situación 1 quiénes alcanzan los mayores niveles de bienestar; le siguen los pertenecientes a la situación 2 y situación 4 respectivamente. Consecuentemente, la situación que genera peores resultados en bienestar social es la número 3. Figura 2 Evolución GDPpc por contextos Fuente: Elaboración propia. NOEMÍ PULIDO PAVÓN Y LUIS PALMA MARTOS Estudios de Economía Aplicada, 2015: 535-560  Vol. 33-2 554 De la Figura 2 podemos realizar las siguientes apreciaciones. La mayor riqueza se genera en los países clasificados en la situación 1, mientras que los países de la situación 2 se encuadran en segunda posición seguidos por los países de la situación 4 y 3 respectivamente. Debemos señalar la gran brecha existente entre los países de la situación 1 y 2 respecto a los encuadrados en la situación 3 y 4. Por tanto, los resultados del análisis gráfico aceptan nuestra hipótesis de partida. No obstante, se hace necesario acudir a modelos de regresión lineal para contrastar tal presunción. Las Tablas 8 y 9 contienen los resultados del análisis de regresión mediante la aplicación de técnicas de datos de panel. Tabla 8 Estimaciones modelo 1 Variable OLS1 RE1 RE1_AR1 RE1_HET FINAL_REG1 SIT1 .30660186*** .30660186*** .30987417*** .23266203*** .31058506*** SIT2 .24895779*** .24895779*** .25147965*** .1557068*** .25202751*** SIT4 .11753884*** .11753884* .11800328* -.04223967*** .11810418*** _cons -.41094856*** -.41094856*** -.41460157*** -.32885512*** -.41539516*** N 192 192 192 192 192 r2 .62263875 .99774106 .82727931 r2_a .61661702 F 103.39878 chi2 33.555262 39.856031 100659.15 1799.1385 Legend: * p<0.05; ** p<0.01; *** p<0.001. Fuente: Elaboración propia. Tabla 9 Estimaciones modelo 2 Variable OLS2 RE2 RE2_AR1 RE2_HET FINAL_REG2 SIT1 2.3480282*** 2.3480282*** 2.366875*** 1.7099838*** 2.3816989*** SIT2 1.6842974*** 1.6842974*** 1.6874117*** 1.045384*** 1.6898613*** SIT4 .30567574** .30567574 .30913172 -.72961068*** .31185016* _cons 8.4041013*** 8.4041013*** 8.3730144*** 8.870999*** 8.3485631*** N 192 192 192 192 192 r2 .74298719 .99060608 .9761771 r2_a .73888592 F 181.16035 chi2 63.098507 75.529461 46702.405 578.89365 Legend: * p<0.05; ** p<0.01; *** p<0.001. Fuente: Elaboración propia. La metodología empleada para analizar los modelos estimados (1 y 2) sigue el esquema indicado en el punto 3.3. Dadas las estimaciones realizadas mediante datos agrupados (OLS1 y OLS2 en Tablas 8 y 9) y datos de panel (RE1 y LA EFECTIVIDAD DE LOS REGÍMENES DE DERECHOS DE AUTOR Y POLÍTICA DE COMPETENCIA… Estudios de Economía Aplicada, 2015: 535-560  Vol. 33-2 555 RE2 en Tablas 8 y 9) para ambos modelos (1) y (2), las referentes a RE son las más adecuadas de acuerdo a los contrastes efectuados (test de Breusch y Pagan21). Pero antes de obtener conclusiones, se ha de estudiar la calidad del modelo. Ambos modelos adolecen de problemas de autocorrelación (prueba de Wooldridge22), heterocedasticidad (prueba Modificada de Wald23) y de correlación contemporánea (prueba de Pesaran’s CD24). Para corregir el problema de autocorrelación se aplica un modelo de efectos fijos con término (ρ) autoregresivo de grado 1 (AR1) que controla la dependencia de t con respecto a t-1 (véase RE1_AR1 y RE2_AR1 en Tablas 8 y 9). La heterocedasticidad se puede corregir mediante la aplicación de estimadores de Mínimos Cuadrados Generalizados Factibles (Feasible Generalizad Least Squares ó FGLS), o bien con Errores Estándar Corregidos para Panel (Panel Corrected Standard Errors ó PCSE); dada su mayor precisión, se opta por corregirla mediante PCSE (véase RE1_HET y RE2_HET en Tablas 8 y 9). Finalmente, para solucionar el problema conjunto de autocorrelación, heterocedasticidad y correlación contemporánea también se hace uso de PCSE; consecuentemente, las estimaciones resultantes son las pertenecientes a las estimaciones FINAL_REG1 (Tabla 8) y FINAL_REG2 (Tabla 9). En el caso de HDI (véase FINAL_REG1 Tabla 8), los resultados coinciden en afirmar que existen diferencias significativas entre los grupos de países, siendo los países pertenecientes a la situación 3 quiénes gozan de unos niveles de bienestar menor, mientras que los clasificados en la situación 1 aplican la política de competencia y ofrecen una protección de DPI que generan mayores niveles de bienestar. Los resultados de la estimación FINAL_REG2 (Tabla 9) también constatan que existen diferencias entre los distintos escenarios en lo que al nivel de riqueza de una nación se refiere. Son los países de la situación 1 quiénes poseen un diseño institucional más favorecedor para la generación de riqueza. En este caso, las diferencias registradas entre los países de la situación 3 y 4 son menos significativas, no obstante, los resultados avalan la menor riqueza en los países de la situación 3. 21 Conocido como Prueba del Multiplicador de Lagrange para Efectos Aleatorios. Si la prueba se rechaza, sí existe diferencia entre MCO y RE, y es preferible usar el método de efectos aleatorios. 22 La hipótesis nula de esta prueba es que no existe autocorrelación; naturalmente, si se rechaza, se puede concluir que ésta sí existe. 23 Se aplica este contraste al ser la prueba del Multiplicador de Lagrange de Breusch y Pagan sensible al supuesto sobre la normalidad de los errores. 24 Acudimos a esta prueba dada la imposibilidad de aplicar el test de Breusch y Pagan; en nuestro caso el número de individuos (24 países) supera el número de períodos (2006-2013). NOEMÍ PULIDO PAVÓN Y LUIS PALMA MARTOS Estudios de Economía Aplicada, 2015: 535-560  Vol. 33-2 556 Por tanto, estamos en condiciones de afirmar que el peor escenario para la generación de riqueza y bienestar lo constituye aquel donde se realiza una aplicación de la política de competencia efectiva unida a un escaso grado de protección de DPI. Estos resultados nos conducen hacia una implicación importante, el marco institucional más adecuado en pro de lograr mayor riqueza y bienestar social es aquel donde los DPI y la política de competencia son complementarios y efectivos. 4. CONCLUSIONES FINALES El estudio del binomio política de competencia - derechos de autor constituye un área en auge dentro de la economía del derecho de autor. Las características de los bienes creativos hacen del derecho de autor una institución proclive a originar conductas monopolistas al tiempo que se refuerza por su capacidad para fomentar la actividad innovadora. Desde sus inicios, la economía del derecho de autor ha concebido el poder de mercado generado por esta categoría de propiedad intelectual como monopolio. A pesar de ello, las características que presenta el mercado del derecho de autor refutan este planteamiento a favor de una estructura de mercado más inclinada hacia la competencia monopolística. Independientemente de la naturaleza del poder de mercado que genera el ejercicio de los derechos de autor, el problema se centra en la capacidad que éstos poseen para propiciar el ejercicio de dicho poder de mercado, vulnerando las leyes de competencia. En este contexto se puede decir que sí existen tensiones entre las instituciones de derechos de autor y política de competencia; en su mayoría se refieren a las prácticas de abuso de posición de dominio por parte de las entidades de gestión colectiva de derechos de autor. Esto replantea la necesidad de cambiar la forma en la que se gestionan los derechos de autor hacia un modelo que suponga un menor coste para la sociedad; se ha de hacer alusión a nuevos instrumentos alternativos al derecho de autor que permiten una conexión más directa entre titular de derechos de autor y consumidor, el copyleft y las licencias Creative Commons. Al tratarse de dos instituciones que convergen hacia un mismo fin, la no solventación de las tensiones que se generan entre política de competencia y derecho de autor merma la efectividad de cada una de estas instituciones, incidiendo negativamente sobre el fin común: el bienestar social. Se precisa la búsqueda de elementos, de carácter integrador, que maximicen la efectividad de cada institución teniendo en cuenta las posibles restricciones que la política de competencia o derechos de autor pueden imponer. ¿Cuál es la combinación óptima entre política de competencia y derecho de autor? En el presente trabajo se ha acudido al análisis empírico para dar respuesta a esta cuestión. En lugar del derecho de autor, se ha analizado los DPI en general. LA EFECTIVIDAD DE LOS REGÍMENES DE DERECHOS DE AUTOR Y POLÍTICA DE COMPETENCIA… Estudios de Economía Aplicada, 2015: 535-560  Vol. 33-2 557 De acuerdo a los escenarios planteados, los resultados obtenidos aceptan la hipótesis de partida: es el escenario caracterizado por una protección de DPI más débil unida a una política de competencia efectiva el menos propicio para la riqueza y el bienestar social. En el lado opuesto, los resultados evidencian que son aquéllos países que cuentan con una protección de DPI fuerte unida a una aplicación de la política de competencia efectiva los que presentan mayores niveles de riqueza bienestar social. Estos resultados apuntan a que el marco institucional más adecuado en pro de la riqueza y el bienestar social es aquel donde los DPI y la política de competencia son complementarias; y no debe existir supeditación alguna entre tales instituciones. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS BOYER, M. (2004). "Efficiency Considerations in Copyright Protection". 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