La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821)
Abstract
En este artículo se analizan las provisiones de cargos de subdelegado dentro de la Intendencia de Ciudad Real, mediante el examen de diferentes tipos de documentos: las hojas de méritos y servicios presentadas por los interesados en obtener un puesto de subdelegado, las ternas elevadas al presidente de la Audiencia para la determinar quién ocuparía el cargo y los nombramientos en el periodo comprendido entre 1786 y 1821.
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Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 199 LA PROVISIÓN DE CARGOS DE SUBDELEGADOS EN LA INTENDENCIA DE CHIAPAS (1786-1821) THE PROVISION OF SUBDELEGATE POSITIONS IN THE CHIAPAS INTENDANCY (1786-1821) Ana María Parrilla Albuerne Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas ORCID: 0000-0003-0184-3205 El natural deseo que tienen todos los hombres a adquirir y alcanzar honras y riquezas los empeña insensiblemente en esta hermosa confusión No se ve nunca llena de lustre sino mientras que este primer manantial de gloria [se refiere al rey] se derrama sobre ellos y les repara como ciertos rayos de su magnificencia 1 Resumen: En este artículo se analizan las provisiones de cargos de subdelegado dentro de la Intendencia de Ciudad Real, mediante el examen de diferentes tipos de documentos: las hojas de méritos y servicios presentadas por los interesados en obtener un puesto de subdelegado, las ternas elevadas al presidente de la Audiencia para la determinar quién ocuparía el cargo y los nombramientos en el periodo comprendido entre 1786 y 1821. Palabras Clave: provisión de cargos, subdelegados, Chiapas Abstract: This article analyzes the provisions for subdelegate positions within the Ciudad Real Intendancy, by examining different types of documents: the merits and services sheets presented by those interested in obtaining a subdelegate position, the shortlists raised to the president of the Audience to determine who would occupy the position and the appointments in the period between 1786 and 1821. Key Words: Provision of charges, subdelegates, Chiapas 1 Pablo Orduna Portús, El hombre honesto o el arte de agradar a la corte de Nicolas Faret, Traducción de Ambrosio de Salazar (París: Michel Bobin, 1660), p. 229.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 200 Como señalaba Murdo MacLeod, entre otros, las relaciones de méritos aparecieron desde la etapa medieval para hacer evidente la relación de “obligación mutua” entre los diferentes estratos en un plano vertical, lo que podríamos llamar el contrato de vasallaje. 2 Años después, durante la reconquista en la Península Ibérica, se fueron sumando otros conceptos como el linaje, la nobleza inherente y la noción de pureza de sangre linaje y sangre libres de mácula, especialmente de ancestros “moros y judíos”. Este sistema de reciprocidad y creencias tuvo como consecuencia que los méritos, definido como “La acción o derecho que uno tiene al premio por lo bien hecho, o la razón de ser castigado por lo contrario”, 3 y servicios, “el acto de servir (normalmente en comisiones o cargos diversos)”, 4 hicieran a una persona, o a sus descendientes, merecedores de una dádiva o merced, por parte de la Corona. Los trabajos sobre la provisión de cargos, sus tipologías y desarrollo han sido muchos, pero la mayoría de ellos se han enfocado en los siglos XVI y XVII, así como la transición dinástica de los Austrias a los Borbones, considerando las primeras décadas del siglo XVIII. 5 Estos trabajos tienen como objetivo principal conocer todas las expresiones de la gracia regia en el Antiguo Régimen y cómo estas permanecieron, o no, durante los primeros años del cambio dinástico. Así se llega a la conclusión de que, en principio, el otorgamiento de cargos por el monarca se articulaba de dos formas: por venalidad y por 2 Murdo Macleod, “Self-Promotion: The Relaciones de Meritos y Servicios and Their Historical and Political Interpretation”, Colonial Latin American Historical Review, Vol. 7, Iss. 1 (Albuquerque, invierno 1998), p. 26. 3 Real Academia Española (a partir de ahora, RAE), Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua […] (Madrid: Imprenta de la Real Academia Española, por herederos de Francisco del Hierro, 1739), p. 552. 4 Ibid., p. 99. 5 Francisco Andújar Castillo, (eds.), "Nepotismo, clientelismo y fidelidad. De Floridablanca a Godoy (1789- 1798)”, Cuadernos de Historia Moderna, Anejos, Vol. VII, 2008, pp. 179-211; Francisco Andujar Castillo, “Venalidad de oficios y honores. Metodología de investigación”, Cargos e oficios nas monarquías ibéricas: Provimento, controlo e venalidade (séculos XVII-XVIII), eds. Roberta Stumpf y Nandini Chaturvedula (Lisboa: Universidade Nova de Lisboa, 2012), pp. 175-197; Francisco Andújar Castillo, “El mercado de venta de cargos de indias durante el último cuarto del siglo XVII. Una nueva interpretación”, Magallánica. Revista de Historia Moderna, Vol. 5, Núm. 9, 2018, pp. 80-110; Francisco Andújar Castillo “Controlar y reformar la Monarquía Hispánica (siglos XVI y XVII)”, Memoria y civilización. Anuario de Historia, Vol. 22, 2019, pp. 183-189; Guillermo Burgos Lejonagoitia, “Consideraciones en torno a la provisión de cargos y honores durante la primera mitad del siglo XVIII”, Los vestidos de Clío. Métodos y tendencias recientes de la historiografía modernista española (1973-2013), eds. Ofelia Rey Castelao y Fernando Suárez Golán (Santiago de Compostela: Universidad de Santiago de Compostela, 2015), pp. 945-960.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 201 méritos. En principio, estos dos detonantes, que sostenían las peticiones, se distinguen por la presencia de una transacción en dinero o en especie del solicitante hacia el otorgante, reforzando la idea medieval de obligaciones mutuas; sin embargo, esta característica definitoria no aparece tan claramente expresada en la práctica, puesto que los mecanismos mediante los cuales se hacían estas transacciones monetarias o en especie son variados y complejos e, incluso, en muchas ocasiones difíciles de percibir en la documentación ocasionada durante el proceso. Entre todos los trabajos publicados al respecto, algunos han puesto su mirada en las formas que la Corona utilizaba para la provisión de cargos en América y, aunque varios han puesto su mirada de la provisión por venalidad, a partir de los años 90 han surgido una serie de publicaciones que analizan la provisión por méritos; es decir, el otorgamiento de un cargo por servicios de carrera. 6 Teniendo en cuenta estos antecedentes, en donde la decisión final dependía de la voluntad regia, me gustaría proyectar en este estudio una escala más pequeña en el engranaje monárquico durante un periodo y circunstancias poco estudiados. Ahora bien, este trabajo no será el primero, como antecedente contamos con el artículo sobre “súplicas” escrito por Laura Machuca en el que analiza estas “solicitudes realizadas por los aspirantes a subdelegados de Yucatán a la Secretaría de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia, para solicitar el puesto entre 1796 y 1818”, con el objetivo de conocer las motivaciones que impulsaban a este grupo a solicitar un cargo cambiando los cauces “normales” de solicitud y elevándola directamente a la Secretaría. Sin embargo, en esta propuesta quiero estudiar la provisión de cargos a un nivel provincial, como es el caso de la concesión del puesto de subdelegado dentro de las intendencias, y por el otro, lo haré en las postrimerías del siglo XVIII y primeros años del XIX. En este caso no hablaré de expresión monárquica, sino que trataré de dilucidar el juego de intereses que se movían dentro de un espacio muy concreto, la Intendencia de Ciudad Real, y, en un nivel superior, la Audiencia de Guatemala. Para ello el trabajo se apoyará en los tres pilares metodológicos señalados por Burgos Lejonagoitia: Instituciones implicadas, conocimiento de las leyes que regían las 6 Guillermo Burgos Lejonagoitia, Gobernar las Indias. Venalidad y méritos en la provisión de cargos americanos, 1701-1746 (Almería: Universidad de Almería, 2014); Ángel Sanz Tapia, ¿Corrupción o necesidad?: la venta de cargos de gobiernos americanos bajo Carlos II (1674-1700) (Madrid: Editorial CSIC Press, 2019).
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 202 provisiones y las circunstancias de los cargos, así como la obtención de una muestra amplia que permita describir normas y excepciones. Para llevar a cabo este trabajo me baso en diferentes tipos de documentos: las hojas de méritos y servicios presentadas por los interesados en obtener un puesto de subdelegado, las ternas elevadas al presidente de la Audiencia para determinar quién ocuparía el cargo y los nombramientos. Toda la documentación utilizada procede del Archivo General de Centro América, 7 Guatemala, y algunos documentos, aclaratorios, pertenecientes al Archivo Histórico Diocesano de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas. 8 Algunos antecedentes legislativos. De los méritos y la provisión de cargos de subdelegado Como han demostrado algunos autores, distinguir el mérito de la venalidad no es tarea fácil, sobre todo en la etapa moderna o la última etapa de la época colonial en América; como señala Burgos Lejonagoitia “el dinero puede ser considerado un mérito al constituir un servicio directo al rey” 9 de manera que ya para el siglo XVIII las acciones consideradas méritos van mucho más allá de la acción que da derecho a un premio; ¿acaso el gasto de recurso propio, en la campaña de vacunación de principios del siglo XIX o en el pertrecho de milicias, no fue uno de los argumentos más utilizados en la solicitud de un puesto u honor? Igualmente, en la Recopilación de las Leyes de Indias se recogen algunas leyes de gran interés son las leyes del Tomo I, Libro II, Título II, Leyes de la XXX a la LVI dictadas durante el siglo XVI y la primera mitad del siglo XVII; que hacen referencia al reconocimiento de los méritos de los antepasados para la obtención de un cargo: 7 A partir de ahora AGCA. 8 A partir de ahora AHDSC. 9 Burgos Lejonagoitia, “Consideraciónes en torno a…”, p. 947.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 203 El que pretendiere por servicios de otro, aunque sean de su padre, demás de mostrar, que no están premiados, ha de verificar, que le pertenecen: y los papeles que se presentaren para esto los califique el consejo togado más antiguo, y el Secretario, declarando si le pertenecen y quanta parte de ellos, y conforme a la calificación que se hiciere se consulte por el Consejo. 10 De igual forma, se señala más adelante que solo podían considerarse los méritos de antepasados que no hubieran sido premiados, salvo para solicitar una ocupación al servicio de la Corona, en ese caso podrían ser considerados por el Consejo correspondiente: No se admitan, ni consulten servicios de pasados y parientes, sino se mostrare testimonio de que no están premiados; pero los pretendientes se podrán valer de ellos cuando tratasen de pretender oficios, o ocupación en nuestro servicio, y el Consejo podrá ponderalos en sus consultas, aunque estén premiados, pues en este caso, teniendo las partes necesarias, es justo que se tenga en consideración a haver servido sus pasados. 11 Además, es de interés: Mandamos, que los de nuestro Consejo de Indias, y los que tuvieren a su cargo la provisión y nombramiento de personas para oficios y cargos, Dignidades y Beneficios, que para las Indias, y en ellas se hubieren de proveer, prefieran siempre a los beneméritos y suficientes, que en aquellas partes hubiere, o que en ellas nos huvieren servido, o sirviesen, assi en pacificar, poblar y ennoblecer la tierra, como en convertir y doctrinar a los naturales de ella, conforme a las leyes de este título, y de nuestro Patronazgo Real. 12 10 Recopilación de las Leyes de Indias, Tomo I, Libro II, Título II, Ley xxxxiiij “Que el pretendiente por servicios de otro haya de verificar, que le pertenecen”, p. 243. 11 Ibid., Tomo I, Libro II, Título II, Ley xxxxviii “Que no se consulten servicios de pasados, sin testimonio de no estar premiados; pero los pretendientes se puedan valer de ellos”, p. 244. 12 Ibid., Tomo I, Libro II, Título II, Ley xxxii “Que en la provisión de Beneficios y Oficios sean preferidos los que huvieren servido en las Indias”, p. 240.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 204 Cuando se aplicó el sistema de intendencias en América, en el artículo IX de la Real Ordenanza de Intendentes del Río de la Plata de 1782 y posteriormente en el artículo XII de la de Nueva España de 1786, se establecía que el nombramiento de subdelegados debía ejecutarlo “el intendente de la provincia por sí solo y por el tiempo de su voluntad”, se llevaría a cabo en las cabeceras de partido donde hubiese habido teniente de gobernador, corregidor y alcalde mayor, que los detentadores del cargo debían ser españoles; aquí vemos un cambio de actitud con respecto a lo reflejado en la Recopilación de Leyes de Indias, y “prefiriendo en iguales circunstancias a los administradores de tabaco, alcabalas u otros ramos de mi erario”; además, debían proceder a las consabidas fianzas. Esta normatividad provocó no pocos problemas de competencia y autoridad entre los virreyes, los presidentes de las audiencias y los intendentes, como nos hizo ver José Antonio Gutiérrez; entre ellos, la idoneidad de los antiguos alcaldes mayores y corregidores para ocupar el puesto de subdelegado, como marcaba de preferencia la Ordenanza, al que se sumó la disputa por la competencia en la confirmación de posesión de cargos entre intendentes y virreyes, entre otras complicaciones más. 13 Problemas que se trataron de solventar con la emisión de la Real Cédula del 19 de enero de 1792 que establecía que los subdelegados debían ser nombrados por el virrey de entre una terna propuesta por los intendentes y el cargo tendría una permanencia de 5 años. La única novedad al respecto vendría de la mano de la Real Ordenanza de 1803 que establecía una duración del puesto de 6 años, aunque este corpus legislativo tuvo una escasa vigencia parece que, en algunas subdelegaciones altoperuanas del virreinato del Río de la Plata, según Oscar Acevedo, se puede encontrar puestos con esta duración. De esta forma podemos marcar tres momentos en cuanto a la forma de ejecutar los nombramientos de los subdelegados para el caso de la Nueva España y Guatemala: - 1786- Los nombramientos se hacían por los Intendentes, sin consultar ni dar cuenta a nadie (prefiriendo a los administradores de tabacos, alcabalas u otros ramos del erario) 13 José Antonio Gutiérrez Gutiérrez, “Las subdelegaciones novogalaicas en los gobiernos de los Intendentes Villaurrutia y Ugarte y Loyola. Problemas solventados”, Nóesis. Revista de Ciencias Sociales y Humanidades, Vol. 25, Núm.49 (México, 2016), pp.126-158.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 205 - 1788- Los nombramientos se hacían por los Intendentes, pero dando cuenta o detallando a los virreyes, presidentes o gobernadores y sin ponerlos en posesión hasta que ellos lo aprobaran. Parece que cabía la posibilidad que después de dos rechazos un subdelegado podría ser nombrado por el virrey y aprobado por el rey. También los intendentes debían comunicar los nombramientos a la Audiencia del distrito “para su inteligencia y gobierno”. Aun así, se les permitía a los intendentes colocar subdelegados interinos hasta la confirmación por parte de las autoridades competentes o en caso de extrema necesidad, o al menos eso ocurría en algunos de los territorios. - 1792- Los nombramientos se hacían por los virreyes, o en el caso de Guatemala por el presidente de la audiencia, a partir de una terna propuesta por los intendentes. Se podían, además, elegir subdelegados fuera de las ternas, siempre y cuando el virrey, presidente o gobernador, expresara los motivos de su decisión. El cargo debía ser confirmado por el monarca. Como vemos, en un principio la provisión de cargos de subdelegado correspondía a los intendentes, la autoridad regia a nivel provincial desde la aplicación de la Ordenanza de Intendentes. Ahora bien, esta facultad fue limitada sucesivamente hasta que se dictó la Cédula Real de 1792 cuando fueron los virreyes o presidentes de audiencia los que tenían reservados dichos nombramientos. En el caso de la Audiencia de Guatemala, más concretamente para Chiapas, sabemos la cédula real de 1792 no comenzó a aplicarse hasta 1799; es decir, aún en 1795 se continuaba utilizando la Real Ordenanza de 1786 y los nombramientos seguían siendo realizados por los intendentes. Durante este periodo la Intendencia de Ciudad Real solo contó con tres subdelegaciones –Ciudad Real, Tuxtla y Soconusco-, aunque en la cabecera no existiera un subdelegado nombrado. Sería hasta 1800 cuando estos partidos se comenzaron a subdividir.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 206 Mapa 1. – Intendencia de Ciudad Real y sus subdelegaciones en 1821 Agradezco a José Luis Alcauter Guzmán la realización de este mapa (2017).
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 207 Nombramientos de subdelegados. Primera etapa (1790-1800) Desde 1790 hasta 1800 solo cuatro personas habían detentado los cargos de teniente subdelegado primero y subdelegado después. De estas 4 personas 2 eran parientes por afinidad, Cayetano Benítez de Oliver y Sebastián Esponda y Olaechea, personajes sobre los que regresaremos más adelante. Tres de ellos eran peninsulares y únicamente en el caso de Sebastián Esponda se trataba de un criollo. También es interesante comprobar que dos tenían estudios en leyes, Eusebio da Silva y Sebastián Esponda y Olaechea, mientras que José Ballesteros y Nava era subteniente de milicias. Este último pasó a desempeñar el puesto de alcalde mayor en Escuintla 14 continuando con su ascenso en la carrera burocrática. También pudimos apreciar cómo los pertenecientes a la nueva élite chiapaneca, Cayetano y Sebastián, permanecieron en territorio de la intendencia de Ciudad Real detentando muchos otros cargos administrativos. Los dos primeros nombramientos de tenientes subdelegados, mas no de subdelegados, que se otorgan en la Intendencia de Ciudad Real fueron realizados por el primer intendente, Agustín de las Cuentas Zayas, en 1790 a su llegada a la nueva intendencia. 15 Los primeros elegidos para detentar el cargo fueron Cayetano Benítez de Oliver, para Tuxtla, y Eusebio da Silva Toledo, para la del Soconusco. Uno de los aspectos que llama la atención, a primera vista, sobre la provisión de cargos de teniente de subdelegado por el primer Intendente titular, Agustín de las Cuentas Zayas, es precisamente la lectura que hace del artículo 12 de la Real Ordenanza de Intendentes. El intendente menciona: […] me hallo autorizado para poner en cada pueblo de esta jurisdicción de mi cargo que sea cabecera de partido, elegir y nombrar tenientes de subdelegados a quienes privativamente corresponda conocer en prevención sobre todos y cada uno 14 La alcaldía mayor de Escuintla se encontraba dentro de la Audiencia de Guatemala, pero nada tiene que ver con el pueblo de Escuintla que se hallaba en el Soconusco. 15 Solo hay que recordar que la Intendencia de Ciudad Real se creó en 1786 por la unión de dos alcaldías mayores, Ciudad Real y Tuxtla, y una gobernación, Soconusco, que quedaron constituidas como las tres primeras subdelegaciones. Al ser Ciudad Real cabeza de la nueva jurisdicción provincial no contaba con subdelegado.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 214 lo que hizo fue separar el cargo de cobrador del de teniente letrado y encargárselo a un allegado suyo, Rafael de Tovar y Gimbarda. 34 De esta forma apareció el puesto de Subdelegado Cobrador de Tributos, en el cual se colocó a una persona de plena confianza del intendente que había viajado con él desde la Península y que tendría el objetivo de cuidar de los intereses económicos del intendente en el partido de Ciudad Real. El puesto en sí era inexistente y después de algunos años, al estar ausente el intendente, Tovar y Gimbarda se vió expuesto a la crítica y la persecución del asesor letrado, José Mariano Valero, que deseaba hacerse con las competencias que le habían sido conferidas al subdelegado cobrador y embolsarse el 5% de lo recaudado en el territorio dependiente de la cabecera de la Intendencia. Segunda etapa: 1800-1807 A partir de 1800, la situación en la provincia va a cambiar, en cuanto a la provisión de cargos se refiere, puesto que se comenzará a aplicar la cédula de 1792, que ordenaba que los nombramientos los hicieran los virreyes, o en el caso de Guatemala el presidente de la Audiencia, a partir de una terna propuesta por los intendentes. ¿Realmente esta cédula supuso un cambio significativo en cuanto a las personas que accedían a estos puestos? Este fue el periodo en que se crearon la mayoría de las subdelegaciones, a las tres existentes se agregaron otras ocho, 35 de manera que la Intendencia de Ciudad Real quedaría dividida en 11 subdelegaciones. Durante esta etapa ocuparon el cargo de subdelegado quince personas, de las cuales al menos seis fueron interinos; es decir, personas que no fueron confirmadas en sus puestos por las autoridades de la audiencia de Guatemala. Del total de subdelegados, 5 eran criollos -uno de Antigua Guatemala, Pedro José Corona, y los otros cuatro nacidos en las provincias de Chiapaslo que representa un 33.3% con lo que se cumplió en la mayoría de las ocasiones la máxima de que se nombraran peninsulares. Ahora bien, si nos fijamos con detenimiento en la tabla 1, vemos que ninguno llegó a 34 José Javier Guillén Villafuerte, “El cobro del tributo en el tiempo de los subdelegados”, Negociación y conflicto en el régimen de intendencias. El papel de los subdelegados y otros agentes de la Monarquía Hispana en el ámbito local americano, coords. Laura Machuca Gallegos, Rafael Diego-Fernández Sotelo y José Luis Alcauter Guzmán (México: El Colegio de Michoacán/ Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2022), pp. 98 y 100. 35 Ixtacomitán (1800), Llanos (1804), Palenque (1804), Tonalá (1805), Tila (1806), Huixtán (1807), Simojovel (1807) y Ocosingo (1807).
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 215 cumplir el periodo completo de mando, que eran 5 años, es más varios no duraron en el puesto más de un año; creo que esto evidencia un periodo de transición hasta que el intendente, ya por entonces Manuel de Olazábal y Munguía, decidía quiénes eran las personas “más adecuadas” para el puesto. TABLA 1.-Subdelegados interinos que no cumplieron su tiempo de 5 años en el puesto Subdelegado interino Subdelegación Año de inicio Año final Pedro José Corona Tuxtla 1800 1801 José Farrera Tuxtla 1801 1802 (†) José María Robles Ixtacomitán 1804 1808 José Domingo Olaizola Tonalá 1805 1808 José Antonio Calderón Palenque 1804 1808 (se le dio titularidad) Félix Parada y Puente Ocosingo 1807 1808 Fuente. - AGCA, A1(1), legs. 213, 285, 1.759 y 1.764. La subdelegación de Tuxtla siguió encabezada por Sebastián Esponda y Olaechea, descendiente de una familia vasconavarra, una de las más importantes de la Intendencia de Ciudad Real desde mediados del siglo XVIII, “quien desde los quince años pasó a residir a la ciudad de México y obtuvo el grado de licenciado en derecho en la Imperial Universidad de la capital novohispana”. 36 En 1795 decidió regresar a Chiapas para hacerse cargo de los asuntos familiares y, como nos comenta Gutiérrez Cruz: En 1797 fue asesor interino de la provincia por más de dos meses, ante la ausencia del propietario. Asimismo, de 1798 a 1800, representó en carácter de abogado defensor y curador adlitem los intereses de los indios chamulas en la compra de unos terrenos. En 1798 era alcalde ordinario de primer voto en Ciudad Real, al lado del peninsular Miguel Antonio Gutiérrez. En este año se le nombraba 36 Gutiérrez Cruz, Casa, crisol y altar…, p. 30.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 216 subdelegado del partido de Tuxtla. En el puesto habría de promover la división del territorio en dos partidos. 37 En el año de 1803, cuando se desempeñaba como secretario del intendente Manuel de Olazábal, se hizo juicio de residencia sobre su desempeño como subdelegado de Tuxtla, que incluía el territorio de Ixtacomitán. En un principio se llamó a declarar a varios vecinos de diversos pueblos, después lo hicieron también algunos vecinos de Tuxtla, todos ellos pertenecientes a su red social, algunos mediante el compadrazgo y otros como administradores de sus bienes. 38 “Nuevamente alcalde de primer voto en Ciudad Real en 1805, se le designó asesor ordinario de la capital provincial en abril de ese año, cargo al que renunció en 1806. Al año siguiente, presentó su candidatura para el cargo de intendente de Comayagua, en Honduras, sin éxito, pues le fue otorgado al doctor Carlos María Castañón. En 1809 era regidor bienal ordinario y al año siguiente obtenía el nombramiento de diputado por Chiapas en las Cortes de Cádiz.”. 39 En 1800 se realizó el nombramiento de Francisco Sebastián Chamorro como subdelegado del Soconusco, como reemplazo de José Ballesteros y Navas que fue nombrado alcalde mayor de Escuintla. 40 Chamorro fue propuesto en tercer lugar dentro de la terna enviada por el intendente, junto con José Farrera, en primer lugar, y Pedro José Corona, en el segundo. Tanto Farrera como Corona ya eran vecinos de la intendencia de Ciudad Real, ambos peninsulares, con demostrada experiencia en asuntos de hacienda y justicia, mientras Chamorro había detentado anteriormente la alcaldía mayor de Totonicapán. Sin embargo, el presidente de la audiencia de Guatemala, José Domas y Valle, en su expediente sobre propuesta y nombramiento incluye un escrito que dice: Mediante a este superior gobierno se halla con justas causas que oportunamente expondrá a S[u] M[ajestad] para preferir en el nombramiento a la subdelegación 37 Ibid., p. 66. 38 AGCA, A1 (1), leg. 202, exp. 1520. Autos de la residencia tomada al subdelegado de Ixtacomitán, Lic. Sebastián Esponda, 1804. 39 Gutiérrez Cruz, Casa, crisol y altar…, p. 66. 40 AGCA, A1(1), leg. 45, exp. 529, f.1. Propuesta y nombramiento de subdelegado por el partido de Soconusco a Don Francisco Sebastián Chamorro, 1800.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 217 de Soconusco a Francisco Sebastián Chamorro propuesto en tercer lugar de esta consulta. Hágasele saber que inmediatamente solicite que se le tome residencia de la alcaldía mayor interina de Totonicapán. Desgraciadamente no hemos encontrado el documento que, por vía reservada, mandó el presidente de la audiencia al rey, aunque según los documentos parece que Chamorro tuvo un papel destacado en el aislamiento de la provincia de la viruela que asolaba el Soconusco en 1795, lo cierto es que su papel dejó mucho que desear, ya que no logró cortar los caminos por donde se extendía la epidemia sin control: Tambíen se señalaba en los documentos que Francisco Chamorro había hecho grandes esfuerzoa por inocular una gran cantidad de indios, sin embargo parece que la inoculación en esta zona fue bastante limitada. De manera que el mérito de Chamorro no estuvo en ninguno de los hechos que se señalaban los documentos, sino en el pertenecer a una de las familias de comerciantes más importantes de la Ciudad de Guatemala. 41 Ahora bien, es también interesante señalar que Chamorro hizo su solicitud esperando ser nombrado corregidor de Quetzaltenango o alcalde mayor de Sacatepéquez pero, por no haber espacio, hubo de conformarse interinamente con el nombramiento de subdelegado del Soconusco. El destino no parece haber sido de su agrado pues pronto solicitó nuevamente el corregimiento de Quetzaltenango, libre por muerte de Manuel Ignacio Letona, “o con la alcaldía de Sololá, o la de Chimaltenango, o con otro empleo, que sea del Real agrado”, 42 un año después abandonaba Soconusco para detentar otro cargo, el de alcalde mayor de Escuintla. Aunque no aparece en los documentos que tenemos, sospechamos que los documentos enviados por el presidente de la audiencia al rey incluían todo un expediente de méritos familiares, ya que su padre Francisco Ignacio Chamorro ocupó diversos puestos de importancia en la administración de Guatemala. 43 41 Doy las gracias a uno de los dictaminadores de este artículo por aportar estos importantes datos sobre el personaje. 42 AGCA, A1(1), leg. 45, exp. 529, f.5. Propuesta y nombramiento de subdelegado por el partido de Soconusco a Don Francisco Sebastián Chamorro, 1800. 43 Christophe Belaubre, Biografía de Francisco Ignacio Chamorro Sotomayor y Villavicencio. Asociación para el Fomento de los Estudios Históricos en Centroamérica, 20 de agosto de 2006. Disponible en internet en: https://www.afehc-historia-centroamericana.org/index_action_lst_type_diccionario/
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 218 Sebastián de Esponda y Olaechea dejó su cargo de subdelegado de Tuxtla en 1800, puesto que se le había otorgado el de fiscal y defensor del Real Fisco. 44 Para reemplazarle, el intendente, Agustín de las Cuentas Zayas, propuso a Pedro José Corona, alcalde primero ordinario de Ciudad Real, José Farrera, que servía como comisario subdelegado en Tonalá, y una tercera persona que hasta ahora desconocemos. 45 En esta ocasión el elegido fue José Farrera, un catalán que había emigrado a América en la primera mitad del siglo XVIII, la primer mención que he encontrado de él hace referencia a su desempeño como administrador de la renta de pólvora, salitre y azufre en 1776. No sabemos si llegó directamente a la provincia chiapaneca pero sí que al implementarse el sistema de intendencias fue nombrado comisario subdelegado en diferentes pueblos, su misión consistió en realizar un nuevo conteo de tributarios, labor que hizo muy bien. No queremos detenernos demasiado en este personaje en este recorrido rápido de los elegidos para desempeñar el cargo de subdelegado, pero sí podemos decir que al igual que se habló de sus logros, también tuvo serios problemas con las poblaciones donde permanecía más tiempo. De carácter irascible y, parece ser, dado a la bebida tuvo algunos altercados con el vecindario. Pero duró poco como subdelegado interino del partido de Tuxtla, puesto que un año después de su elección falleció. Después de dos cortos interinatos, que duraron apenas unos meses cada uno, se nombró para el puesto de subdelegado de Tuxtla a José Pinto. Es interesante este personaje porque, junto a Andrés Borrego son las dos personas que más nombramientos de subdelegado recibieron. ¿Quiénes son? José Pinto era peninsular y había llegado a 44 El fiscal era el representante del rey en muchos aspectos, tenía funciones civiles y penales. Entre las primeras se encontraba el interés del Tesoro real sobre la percepción de penas de cámara, bienes confiscados y otros. Las civiles eran mucho más amplias: “la defensa de todo lo que ataña al servicio del rey y salvaguarda de su preheminencia, de la que se deriva la actuación del fiscal en pleitos sobre hidalguías, defensa de la jurisdicción real frente a otras jurisdicciones y muchas otras competencias.” María Paz Alonso Romero, El proceso penal en Castilla (siglos XIII al XVIII) (Salamanca: Universidad de Salamanca, 1982), p. 148. El fiscal tenía dos formas de actuar: como fiscal, como procurador del rey, pidiendo y demandando en defensa de los amplios intereses del fisco y del rey, y, como acusador o promotor, ejercitando en juicio la acción penal, acción que Francisco de Alfaro, en su Tractatus de officio fiscalis deque Fiscalibus Privilegiis, publicado en 1780, consideraba menos noble, aunque mucho más frecuente por el número de delitos. Este cargo era un oficio asalariado y con carácter permanente. Es por esto por lo que Sebastián Esponda aparece en muchos documentos como promotor fiscal. 45 AGCA, A1 (1), leg. 4801, f. 280. Don José Farrera es nombrado subdelegado intendente del partido de Tuxtla.23 de diciembre de 1801.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 219 Guatemala durante el siglo XVIII, sabemos que fue contralor del Hospital en Guatemala y se casó con Francisca Colmenares, quien parece ser que era hija de Juan José de Villalengua y Marfil. 46 Este último personaje es interesante porque era yerno de García León y Pizarro que había sido regente en Guayaquil, quien tuvo que abandonar su cargo y dejó en su lugar a José Villalengua, quien decidió en 1789 llevar a cabo una reforma enfrentándose con la Iglesia; como resultado de sus acciones fue trasladado a Guatemala donde llegó a ser regente y ocho días después recibió honores del Consejo de Indias. 47 José Pinto llegó a Guatemala, no sabemos aún en qué fecha. y obtuvo el puesto de contralor del Hospital de Guatemala “donde solo sirven personas distinguidas” 48 Seguramente el respaldo de su suegro le ayudó a mantener una serie de contactos beneficiosos, sabemos que José Pinto tuvo una relación comercial con Miguel Jacinto Marticorena, un destacado comerciante de Guatemala. 49 Durante su desempeño como subdelegado de Tuxtla y en su residencia los naturales del pueblo se quejaron de que Pinto había sustraído la cantidad de 878 de la caja de comunidad y debía devolverlo sumándole el total de costas; sin embargo, en 1812 se declaró insolvente por lo que se acudió a su fiador, Domingo Ignacio Esponda. Este último 46 Nacido en Málaga el 5 de enero de 1748, obtuvo el grado de bachiller de Cánones en la Universidad de Alcalá en 1767. También fue a la Universidad de Toledo y en 1763 entró en la Real Academia de San José para profesores de Leyes en Alcalá. En 1767 realizó su pasantía con Pedro Fernando de Vilches, quien pasó a servir como fiscal del Concejo de Órdenes. El Consejo Real lo recibió como abogado en 1771. Pasó a Indias en 1774. Fiscal del Crimen en las Audiencias de Quito y de Lima. Protector de Indias, Regente y presidente de la Audiencia de San Francisco de Quito. Intendente y superintendente general de la Real Hacienda, gobernador y comandante general de la provincia de Quito. Regente de la Audiencia de Guatemala. Regresó a España para entrar a formar parte del Consejo de Indias como ministro togado. Burkholder y Chadler, “Juan José de Villalengua y Marfil”, Real Academia de la Historia, Diccionario Biográfico electrónico. Disponible en internet en: https://dbe.rah.es/biografias/63782/juan-jose-de-villalengua-y-marfil. 47 Ana María Carrillo Rosero, “Al cuidado del soberano. Desorden, cuidado y vasallaje. Real Audiencia de Quito, 1780-1807”. Tesis doctoral, Tarragona, España: Universitat Rovira i Vigil, Departamento de Antropología, Filosofía y Trabajo Social, 2017. 48 AHDSC, Fondo diocesano, carpeta 4624, expediente 2. Información de limpieza de sangre, vida, y costumbres, y licencia para que vista el manto y beca de este Colegio Seminario instruida a favor de don Juan Pinto. 1808-1809. 49 AHDSC, Fondo diocesano, carpeta 5130, expediente 60. Carta de Miguel Jacinto Marticorena a fray Manuel María de la Chica en la que le comunica que hay una confusión con el dinero que se le entregó a José Cristiani, que José Pinto le entregó 1800 de la libranza, que no compró el añil que le encargó porque hay muy poco debido a la plaga de chapulines, que los del comercio teme una guerra con los ingleses y que quiere que le envíe 2 mulas. Nueva Guatemala, 3 de marzo de 1804.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 220 trató por todos los medios evitar el pago aduciendo que Pinto había declarado ser solvente en el tiempo que ocupó la subdelegación de Tuxtla. Andrés Borrego estaba emparentado con Pedro Borrego, presbítero de Salto de Agua, pueblo fundado por Agustín de las Cuentas Zayas. Ambos eran oriundos de Palenque y, por lo tanto, miembros de una familia de larga tradición en el área. Antes de ser nombrado Subdelegado de San Andrés desempeñó varios cargos: subteniente de milicias, guarda de siembras de tabaco en Simojovel, comisario subdelegado de Oxchuc, cobrador de tributos en varios pueblos, administrador de justicia en Cancuc, Tenango y Tenejapa, maestro de escuela de Huixtán, entre otros. Este fue nombrado subdelegado de Tila unos meses después de su creación, pero duró poco en el puesto, ya que poco más de un año después le nombraron subdelegado de San Andrés. La familia Borrego y Calderón tenían lazos muy estrechos por ser ambas de Palenque, 50 que pertenecían a la provincia de los Zendales. De los 15 nombramientos que se realizaron durante este periodo, 2 habían nacido en la provincia de Chiapas, Tiburcio Farrera y Cayetano Robles, y uno en la Antigua Guatemala, Pedro José Corona¸ lo que hace un total del 3%. Algunos de ellos fueron impuestos directamente por el presidente de la audiencia de Guatemala -Francisco Sebastián Chamorro, José Pinto, José Joaquín de Arriola –; en el primer caso por sus servicios en frenar el avance de la epidemia de viruela, el segundo por sus redes familiares y el tercero sigue siendo una incógnita para nosotros, aunque sabemos que antes de vivir en Ixtacomitán, lo hizo en la ciudad de Guatemala. Durante este periodo dos personas tuvieron la responsabilidad de proponer las ternas al presidente de la audiencia, Francisco Durán y Francavilla y Manuel de Olazábal y Munguía; ellos fueron los responsables de elegir a las personas que detentarían el cargo de subdelegado en los primeros partidos 50 AHDSC, Fondo diocesano, carpeta 2918, expediente 2; AHDSC, Fondo diocesano, carpeta 1662, expediente 1. Oficio en el que se certifica que al cura Pedro Borrego se le asignó a Manuel Calderón como coadjutor, para que lo ayude en la pacificación y conquista de los lacandones. Santo Domingo de Palenque, 2 de agosto de 1802. Informe de Pedro Borrego sobre la creación de nuevas haciendas; sobre la cantidad de indios y españoles, y sobre los ingresos de las parroquias de Palenque y de San Fernando. Incluye una petición de quien realiza el informe para que Palenque sea separado de la parroquia de Tumbalá y anexado a la de Salto de Agua, y así mejorar sus ingresos. Borrego menciona que en 1798 participó junto con Manuel Calderón en la pacificación y conquista de los indios lacandones. Salto de Agua, año de 1803.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 221 segregados de los 3 primeros, que fueron: Palenque, Ixtacomitán, Llanos y Tonalá. En Ixtacomitán la situación se tornó muy complicada por el largo proceso que el intendente Manuel de Olazábal entabló contra José Joaquín de Arriola, y que finalmente perdió. 51 En Llanos las confrontaciones entre el subdelegado, Tiburcio Farrera, y los dos alcaldes ordinarios de Comitán fueron constantes. 52 Tonalá no corrió con buena fortuna tampoco puesto que José de Olaizola enfrentó varias acusaciones de la población y finalmente fue separado de su cargo. Palenque fue la más estable de todas y esto se debió seguramente a que la persona elegida para el cargo, Antonio Calderón, había sido teniente de alcalde mayor en la zona desde 1751, con lo cual conocía perfectamente a la población y viceversa. Tercera etapa: 1807-1814 En 1807 se nombró nuevo intendente para Ciudad Real, Tomás de Mollinedo y Villavicencio, familiar del Presidente de la audiencia de Guatemala, Antonio González Mollinedo y Saravia, pero también de la esposa de Jacobo de Villaurrutia, Ramona de la Puente y Calera. Y aunque no es nuestro objetivo analizar las trayectorias de presidentes de audiencia e intendentes creo que, en este caso, es importante señalar que la relación entre ambas autoridades era muy estrecha. No es de extrañar que entre 1807 y 1809 se realizaran nombramientos en 8 de las 12 subdelegaciones que existían en Chiapas en aquel momento -Tuxtla, Soconusco, Ixtacomitán, Llanos, Tonalá, Huixtán, Palenque y Ocosingo (Tabla 2). Las personas elegidas fueron: Tiburcio José Farrera, José Antonio Nuño, José Pinto (que fue nombrado para Ixtacomitán y Huixtán, tema que desarrollaremos más adelante), Manuel José Gorriz, Manuel Esponda y Olaechea, José Antonio Calderón y Sebastián Fulgencio y Solórzano, respectivamente. Todos ellos ya eran vecinos de la Intendencia. 51 Ana María Parrilla Albuerne, “Un subdelegado incómodo...”, pp. 108-133. 52 Ana María Parrilla Albuerne, “La creación de la subdelegación de LLanos: conflicto y negociación entre los alcaldes ordinarios de Comitán y el subdelegado Tiburcio Farrera (1804- 1809)”, Negociación y conflicto en el régimen de intendencias. El papel del subdelegado y otros agentes de la monarquía hispana en el ámbito local americano, coords. Laura Machuca Gallegos, Rafael Diego-Fernández Sotelo y José Luis Alcauter Guzmán (México: Colegio de Michoacán, Benemérita Universidad de Puebla, 2021), pp.77- 93.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 222 Ese mismo año, el 27 de julio de 1808, falleció Tomás de Mollinedo y se sucedieron una serie de circunstancias poco comunes en la Intendencia de Ciudad Real. En su lugar quedó el asesor letrado, José Mariano Valero, que por fuertes enfrentamientos con diferentes facciones de la élite local que detentaba puesto en el gobierno municipal y miliciano fue hecho preso en septiembre de 1809 y acusado de infidencia. A este le sucedió durante unos escasos meses Ambrosio del Llano, obispo de Ciudad Real, que por este corto periodo de tiempo detentó el poder político y espiritual. Pronto fue sucedido por Manuel Junquito o Junguito que permaneció como intendente hasta 1813. En todo este periodo hubo 12 personas que detentaron el cargo de subdelegado, de los cuales 3 eran hasta donde sabemos nacidos en América y pertenecientes a familias prominentes que se habían asentado en Chiapas durante el siglo XVIII- Calderón, Farrera y Esponda-Olaechea. Los nombramientos de Tiburcio Farrera, para Tuxtla, y Juan Antonio Nuño, para Tapachula o Soconusco, se produjeron por finalización de periodo de cargo de los anteriores subdelegados. Tiburcio Farrera, hijo de José Farrera, había sido subdelegado de Llanos entre 1804 y 1809, puesto que había alcanzado por sus antecedentes familiares, pero también por su cercanía al entonces intendente Manuel de Olazábal y Munguía, con el que se desempeñaba como amanuense; aunque finalizó su mandato, tuvo serios problemas con los alcaldes ordinarios de Comitán que le disputaron parte de su jurisdicción. Sin embargo, su situación fortalecida como capitán 1º de la Compañía de milicias le permitió ganarse un puesto destacado dentro de la élite local, que dejó bien claro durante la aprehensión del asesor letrado Mariano Valero.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 223 TABLA 2.- Nombramientos y ternas entre 1807 y 1809 Subdelegación Año Subdelegado Terna Palenque 1807 José Antonio Calderón José Antonio Corona Andrés Borrego Mariano Montes de Oca Huixtán 1807 José Pinto (No pudo ejercer por no haber hecho residencia de su desempeño en Tuxtla) y se nombró a Juan de Dios Ancheita, a prevención. José Pinto Manuel Antonio Gorriz Pedro Quesada Soconusco o Tapachula 1808 José Antonio Nuño José Antonio Nuño Antonio Bordería Agustín Villa Tonalá 1808 Manuel Esponda y Olaechea Manuel Esponda y Olaechea Juan de Dios Ancheita Juan José Aguilar Ocosingo 1808 Sebastíán Fulgencio de Solórzano Sin datos Ixtacomitán 1809 José Pinto Sin terna San Andrés -Coronas 1809 Andrés Borrego Andrés Borrego Felipe Solís Juan de Dios Ancheita Tila 1809 Felipe Solís Felipe Solís Matías Camacho Sebastián Fulgencio Solórzano Fuente. - AGCA, legajo 1759, f. 88r, Mercedes y Nombramientos de empleados del tiempo del Muy Ylustre Señor Presidente Don Antonio González Mollinedo y Saravia y contiene los años de 1808, 1809 y 1810. Guatemala, 1811.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 230 Una vez desaparecido José Mariano Valero de Chiapas, el control sobre los nombramientos recayó en el obispo Ambrosio del Llano y es a través de su abundante correspondencia como apreciamos esta influencia. Llano tenía estrechas relaciones con las élites guatemaltecas y, no solo eso, el respeto de todos ellos, lo que le permitía inclinar la balanza hacia un lado u otro. Aun en este periodo la familia Esponda y Olaechea goza de un poder importante, recordemos que varios de los subdelegados pertenecían o se aliaron con la familia: José Pinto, consiguió las fianzas de un miembro de la familia, García Girón era yerno de Manuel Esponda, el propio Manuel detentó una subdelegación. Un caso interesante es el de José Mariano Coello que fue nombrado subdelegado de Tuxtla del cual se emitió el correspondiente título, pero el mismo año el intendente, Manuel Junquito y Vaquerizo, decidió nombrarle subdelegado de Llanos, “en tiempos de la constitución”. En 1819 comienza una averiguación sobre el caso: “el Lic. Don José Mariano Coello se hallaba de subdelegado de Tuxtla sin haber presentado su título al pase, ni prestado juramento con los demás requisitos” y se preguntaban si aún en ese año continuaba detentando el puesto para el que había sido nombrado. 63 El resultado de la averiguación fue que: “José Mariano Coello sirvió la subdelegación de Tuxtla sin presentar el pase ni el juramento. Que posteriormente fue nombrado subdelegado de Comitán donde seguramente entró con los mismos defectos y que últimamente se ha propuesto para la de Ocosingo”. 64 Parece ser que Coello nunca llegó a detentar la subdelegación de Ocosingo, pero no tenemos certeza de ello. Cuarta etapa: 1815-1821 El 27 de julio de 1815 Ambrosio del Llano falleció en Ciudad Real, en 1811 lo había hecho Sebastián Esponda y Olaechea en su viaje hacia España para tomar su puesto como diputado a Cortes en Cádiz, José Mariano Valero en 1811 regresó a Madrid y, coincidentemente, falleció en diciembre de1815. Los intendentes del periodo, Juan Nepomuceno Batres y Carlos Castañón, debieron hacer frente a otros problemas. El 63 AGCA, A1(1), leg. 216, exp. 1632, f.1. Pase al título de subdelegado de Comitán a favor de Don Isidro Marín, 1819. 64 Ibid., f. 2.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 231 primero, además, tuvo problemas en la provincia al meter en la cárcel al contador general de las cajas reales fue acusado por el ayuntamiento de infidente y presentar desórdenes mentales. 65 Durante este periodo solo se realizaron 9 nombramientos, de los cuales 2 se dieron a personas que ya habían ocupado una subdelegación: Andrés Borrego, Manuel García Girón y Pedro Quesada. Este último había sido un protegido del obispo Llano y, aunque no ocupó hasta 1812 la subdelegación de Palenque había sido propuesto en tercer lugar para la de Huixtán en 1807. De hecho, Pedro Quesada logró ocupar la subdelegación de Coronas en 1806, pero en 1821 se le insta a ocuparse también de la de Simojovel, con lo que reúne dos subdelegaciones bajo su mandato. Andrés Borrego había ocupado la subdelegación de Tila en 1807 y en 1816 pasó a la de Huixtán. Por su parte, García Girón ocupó la de Ixtacomitán en 1813 y en 1818 le nombraron subdelegado de Soconusco, las zonas de influencia de la familia Esponda con la cual estaba emparentado. En el caso de José Mariano Coello, personaje que tendrá un importante papel en los primeros años de la independencia, fue sustituido en Llanos o Comitán, como también se le nombraba, por Isidro Marín en 1819 cuando se comprobó que había estado ocupando dos subdelegaciones: Llanos y Tuxtla. Es importante señalar que un familiar de Coello había ejercido de fiador de Tiburcio Farrera cuando ocupó la misma plaza, lo que indica una estrecha relación entre ambas familias que explicaría esta situación, aunque no contamos con pruebas que lo avalen. Por su parte, Marín era un abogado reconocido que había estado en San Salvador ejerciendo en los juicios de infidencia derivados del alzamiento de 1812. Este fue el único personaje del que contamos con súplica de puesto, una vez terminada su labor en San Salvador, donde llegó a detentar el puesto de intendente interino. 66 Además se integrará un nuevo personaje en la subdelegación de Tonalá, el 65 Sergio Nicolás Gutiérrez Cruz, “De la intendencia de Ciudad Real al estado federal chiapaneco, 1786- 1835”, Formación y gestión del Estado en Chiapas, coords. María Eugenia Claps Arenas y Sergio Nicolás Gutiérrez Cruz (México: Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas, 2013), p. 21. 66 Sajid Alfredo Herrera Mena, El ejercicio de gobernar. Del cabildo borbónico al ayuntamiento liberal. El Salvador Colonial, 1750-1821 (Castelló de la Plana: Publicaciones de la Universitat Jaume I, 2013), p. 187.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 232 militar retirado Diego Torre Quemada o Torquemada, nombrado subdelegado de Tonalá, que contó con la fianza de Manuel Esponda y Olaechea. Durante este periodo el resto de las personas nombradas habían detentado algún puesto dentro de la administración o formaban parte de las familias de la élite chiapaneca, como es el caso de Ramón Robles. Es por ello que no contamos con muchas súplicas para detentar determinados cargos, aunque esto puede ser debido a una falta de información más que a una realidad. Algo que llama poderosamente la atención es que en 1821 cuatro de las 12 subdelegaciones no tenían subdelegado y debieron encargarse a determinadas personas, pero sin nombramiento de ningún tipo. Dado que en Chiapas el primer periodo gaditano no tuvo consecuencias importantes en cuanto a la creación de ayuntamientos constitucionales y es en 1821 cuando se van a conformar, observamos que las pugnas con los recién constituidos ayuntamientos, como sucedió en Tapachula o en Tuxtla, la falta de información sobre las competencias del ayuntamiento y del subdelegado, la merma de funciones de estos últimos, así como otros factores hicieron a este puesto poco atractivo. Palabras finales A diferencia de lo que Laura Machuca nos presentó para Yucatán, en el caso de Chiapas el número de súplicas dirigidas al rey son realmente escasas, pues solo tenemos dos excepciones: el expediente de súplica y queja de José Joaquín de Arriola, cuando no se le tuvo en cuenta en la terna para ocupar el puesto de subdelegado de Ixtacomitán, y el que por vía reservada envió el presidente de la audiencia al rey para justificar el nombramiento de Francisco Sebastián Chamorro. El resto de las solicitudes se enviaron al gobernador intendente, el cual incluía o no al solicitante en la terna, de hecho, el único caso en el que esto no sucedió fue en el de José Joaquín de Arriola. De los 32 subdelegados que, hasta ahora, ejercieron su puesto en la Intendencia de Ciudad Real, únicamente cuatro fueron impuestos desde la presidencia de Guatemala: José Joaquín de Arriola, Francisco Sebastián Chamorro, José Pinto e Isidro Marín. De todos
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 233 ellos hemos contabilizado por ahora 5 abogados, 2 comerciantes y el resto pertenecían o habían pertenecido a las milicias o el ejército; 9 de ellos detentaron varias subdelegaciones: Tiburcio Farrera, José Pinto, Manuel José Gorriz, José Mariano Coello, José Farrera, Andrés Borrego, Pedro Quesada, Cayetano Robles y Manuel García Girón. Durante el primer periodo de nombramientos, sin terna, el intendente Agustín de las Cuentas Zayas nombró en las tres subdelegaciones existentes a personas de influencia en la región: Cayetano Benítez de Oliver y Sebastián Esponda y Olaechea, incluyendo a dos personas venidas de otros lugares de la audiencia, Ballesteros y da Silva. Durante el siguiente periodo, con el inicio de las ternas, la familia Esponda trató por todos los medios de controlar los tres espacios más importantes para sus asuntos económicos en la intendencia: Tuxtla, Ixtacomitán y, posteriormente, Tonalá; en el análisis efectuado hasta ahora, al menos 12 personas pertenecían o estaban emparentadas con la familia. Para asegurar sus puestos la familia hizo donaciones y destacó su labor durante los diferentes momentos en que se produjeron crisis naturales y epidemiológicas, como lo fueron la plaga de langosta de 1769-71 67 y de 1800. Posteriormente, con la vacatio regis, se produjeron una serie de nombramientos que recayeron invariablemente en personas que ya vivían en la intendencia, que habían detentado otros cargos en la administración y, más importante, que habían establecido lazos con las élites del lugar. Observamos ciertas tensiones entre diferentes facciones de la intendencia: el obispo Ambrosio del Llano, con una gran influencia no solo en la intendencia sino en asuntos que trascendían incluso la audiencia de Guatemala; el asesor letrado, José Mariano Valero, que mantuvo fuertes controversias con los miembros de la élite chiapaneca, y las familias más destacadas: Esponda-Olaechea, Farrera y Robles. Una vez que se restableció la monarquía de los Borbones en España, las aguas regresaron a su cauce y comenzaron a nombrarse, de nueva cuenta, algunos personajes que 67 AHDSC, carpeta 1678, expediente 1. Informe de Marcos Novelo sobre el hambre y peste que sufren los pobladores de Palenque y sobre las malas cosechas que causó la plaga de langosta. Año de 1771; AHDSC, carpeta 3965, expediente 31, Expediente formado a raíz de la hambruna que están padeciendo los indios de la provincia de Chiapas por la escasez de granos, debido a la plaga de langosta que aseche sus sementeras. Año de 1771.
Ana María Parrilla Albuerne La provisión de cargos de subdelegados en la intendencia de Chiapas (1786-1821) Dossier Gobierno y sociedad local: agentes, dispositivos de poder y redes sociales en el siglo de las transformaciones (1750-1821) Número 49, diciembre 2022, pp. 199-234 DOI: https://dx.doi.org/10.12795/Temas-Americanistas.2022.i49.10 234 habían tenido un papel destacado en Guatemala, como es el caso de Salvador Javalois que había ocupado los puestos de Comandante de Trujillo y Capitán del Regimiento fijo de Guatemala participando en la expulsión de los ingleses de Trujillo en 1797. 68 Como vemos, Chiapas, un territorio en los márgenes de la Audiencia de Guatemala, fue un espacio donde las élites locales acapararon los puestos intermedios de poder con la finalidad de controlar espacios económicos que reforzaban y acrecentaban su poder social y económico, esto explicaría las escasas súplicas al rey y la importancia de las autoridades civiles y religiosas de la provincia para la toma de estas decisiones. Estos puestos fueron solicitados en escasas ocasiones por miembros destacados de la burocracia guatemalteca y si lo hicieron fue como intermedio en la espera de un destino mejor, como fue el caso de Eusebio da Silva o Francisco Sebastián Chamorro. También hubo excepciones y algunos personajes impuestos desde la audiencia lograron integrarse en esta élite burocrática, pero fueron aquellos que más que ansiar un ascenso anhelaban una mejora económica, como fue el caso de José Pinto. En general, las subdelegaciones en Chiapas fueron ocupadas por familias llegadas durante el siglo XVIII, Farrera y Esponda Olaechea, así como por oficiales reales locales que querían mejorar en sus carreras administrativas, pero sobre todo mejorar su condición económica mediante el control efectivo de diferentes partidos de la provincia. Nos quedó en este trabajo una asignatura pendiente, y es el análisis de las residencias de las cuales tenemos varios ejemplos, a diferencia de lo acontecido en otros espacios de Nueva España donde el número de residencias de subdelegados es realmente escaso. 68 Aarón Arguedas, “El capitán de morenos Tadeo Munieza y la expulsión de los ingleses de Trujillo el 27 de abril de 1797”, Revista Historia, Núm. 63-64 (España, enero-septiembre 2011), p. 37.