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Los obispos emeritenses del Imperio romano cristiano

Vilella, Josep

Abstract

Mediante una metodología histórico-prosopográfica, se establece la biografía de los obispos de Mérida atestiguados desde el reinado de Constantino I hasta las primeras entradas de los pueblos germánicos en la península Ibérica: Liberio, Florencio, Hidacio, Patruino y Gregorio. Debidamente contextualizadas, fijadas y datadas, sus actuaciones conocidas ponen de manifiesto la preeminencia alcanzada por la sede eclesiástica emeritense y su participación en diferentes coyunturas político-religiosas que tienen lugar durante el período considerado, plasmadas sobre todo en relevantes concilios eclesiásticos, celebrados en la diocesis Hispaniarum o fuera de ella.

Full text

HABIS 51 SEVILLA 2020 DIRECTORES Rocío Carande Herrero y Pilar Pavón Torrejón CONSEJO DE REDACCIÓN Luis Ballesteros Pastor (Universidad de Sevilla, España), José Luis Escacena Carrasco (Universidad de Sevilla, España), José Beltrán Fortes (Universidad de Sevilla, España), Antonio Bravo García (Universidad Complutense, España), Antonio Caballos Rufino (Universidad de Sevilla, España), José María Candau Morón (Universidad de Sevilla, España), Francisca Chaves Tristán (Universidad de Sevilla, España), Juan Fernández Valverde (Universidad Pablo de Olavide, España), Enrique García Vargas (Universidad de Sevilla, España), José María Maestre Maestre (Universidad de Cádiz, España), Carlos Márquez Moreno (Universidad de Córdoba), José Luis Moralejo Álvarez (Universidad de Alcalá, España), Salvador Ordóñez Agulla (Universidad de Sevilla, España), Antonio Ramírez de Verger (Universidad de Huelva, España), José Miguel Serrano Delgado (Universidad de Sevilla, España), José Solís de los Santos (Universidad de Sevilla, España), Francisco Villar Liébana (Universidad de Salamanca, España) SECRETARIOS Francisco José García Fernández y José Miguel Jiménez Delgado CONSEJO ASESOR Rutger J. 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Este volumen ha sido parcialmente financiado por las Facultades de Filología y Geografía e Historia de la Universidad de Sevilla. © Editorial Universidad de Sevilla 2020 c/ Porvenir, 27. 41013 Sevilla Teléfonos: 954 48 74 46 - 74 51. Fax: 954 48 74 43 Correo electrónico: [email protected] http://www.editorial.us.es Impreso en España-Printed in Spain ISSN 0210-7694 DOI: http://dx.doi.org/10.12795/Habis Depósito Legal: SE-669-1994 Maquetación: Referencias Cruzadas - [email protected] Impresión: Pinelo Talleres Gráficos, s.l.-Salteras. Sevilla 7 ÍNDICE CARLOS GRACIA ZAMACONA. ¿Qué quería? Tiempos segundos y legitimación en los textos de los ataúdes del Egipto antiguo (c. 2000- 1500 a. J. C.) ............................................................................................... 9 GONZALO BELTRÁN JIMÉNEZ SANCHO. El derecho de los héroes. Aproximación jurídica a la serie E- de las tablillas micénicas .................. 23 MANUEL GONZÁLEZ SUÁREZ. El poeta Panfo a la luz de Pausanias y de Filóstrato ...................................................................................................... 37 SILVIO BÄR. „Zur Beute den Hunden und den Vögeln zum Mahl“: Zu den iliadischen Implikationen in Aesch. Supp. 800-801 .................................... 53 ENRIQUE GARCÍA DOMINGO. La leyenda fundacional de Roma: un enfoque lingüístico ...................................................................................... 63 MARÍA DE LOS REYES LÓPEZ JURADO / ANTONIO MANUEL SÁEZ ROMERO. A propósito de un sello inédito sobre un ánfora Dressel 1 itálica encontrada en el Cerro de los Mártires (San Fernando, Cádiz)........................................................................................................... 87 ANTONIO F. CABALLOS RUFINO. Festus, Vibiorum libertus .................... 107 JULIÁN GONZÁLEZ FERNÁNDEZ. C. Iulius Quadratus Bassus y la sucesión de Trajano ..................................................................................... 117 M.ª PILAR GONZÁLEZ-CONDE PUENTE. La visita de Adriano a Hispania y la reparación de la Vía de la Plata ............................................ 139 FRANCISCA CHAVES TRISTÁN. El tesoro de aúreos hallado en Itálica ..... 161 VÍCTOR SABATÉ VIDAL / BORJA MARTÍN CHACÓN / IGNASI GARCÉS ESTALLO. Una nueva inscripción procedente del Ager Aesonensis (Isona i Conca Dellá, Lérida) .................................................. 193 DAVID SERRANO ORDOZGOITI. Ἀκμαιότερον νῦν ἐπανθεῖ: la representación del emperador Galieno (253-268) y el culto solar en las ἐπιστολαὶ ἑορταστικαί de Dionisio de Alejandría... .................................... 203 JOSEP VILELLA. Los obispos emeritenses del Imperio romano cristiano ...... 223 RAÚL SERRANO MADROÑAL. Frederico: un miembro de la dinastía visigoda de los baltingos ............................................................................. 245 FERNANDO BLANCO ROBLES. Sagunto y Numancia en las fuentes antiguas y medievales ¿Continuismo o ruptura? ........................................ 263 RESEÑAS............................................................................................................ 281 M.ª Á. Alonso Alonso, Los médicos en las inscripciones latinas de Italia (siglos II a. C. - III d. C.): aspectos sociales y profesionales, Santander, Universidad de Cantabria, 2018 (Víctor A. Torres-González) 281 ● A. Álvarez Melero, Matronae Equestres: La parenté féminine des chevaliers romains originaires des provinces occidentales sous le Haut-Empire Romain (Ier-IIIe siècles), Brepols Publishers, Bruxelles, 2018 (Antonio Fajardo Alonso) 284 ● G. Bernard, Nec plus ultra: L’Extrême Occident méditerranéen dans l’espace politique romain (218 av. J. – C. – 305 apr. J.- C.), Madrid, Bibliothèque de la Casa de Velázquez, 2018 (Daniel León Ardoy) 286 ● A. F. Caballos Rufino (ed.), De Trajano a Adriano. Roma matura, Roma mutans, Sevilla, Editorial Universidad de Sevilla, 2019 (Daniel León Ardoy) 289 ● G. Cruz Andreotti (ed.), Roman Turdetania. Romanization, Identity and Socio-Cultural Interaction in the South of the Iberian Peninsula between the 4th and 1st centuries BCE, Brill, Leiden/Boston, 2019 (Violeta Moreno Megías) 292 ● J. L. Escacena Carrasco y L. G. Pérez Aguilar (coords.), Todos en el Beagle. Darwinismo y Ciencias Históricas. Sevilla, Editorial Universidad de Sevilla, (Colección de Divulgación Científica 19), 2018 (Luis Miguel Carranza Peco) 295 ● M. P. González-Conde Puente, Las provincias de Hispania en los años de Adriano, Libros Pórtico, 2019 (Marta Moreno) 297 ● Juan Antonio López Férez (ed.), La lengua científica griega: orígenes, desarrollo e influencia en las lenguas modernas europeas. IV, Madrid, Ediciones Clásicas, 2019 (Estudios de Filología Griega; 17) (Sandra Plaza Salguero) 300 ● L. Llewellyn-Jones, Designs on the Past. How Hollywood created the Ancient World, Edinburgh, Edinburgh University Press, 2018 (Alejandro Valverde García) 303 ● P. Moret, Des noms à la carte. Figures antiques de l’Ibérie et de la Gaule (Monografías de GAHIA 2), Servicio de Publicaciones de la Universidad de Alcalá - Editorial de la Universidad de Sevilla, 2017 (Pablo González Mora) 305 ● R. Osborne. The transformation of Athens. Painted Pottery and the Creation of Classical Greece, Princeton y Oxford, Princeton University Press, 2018 (Unai Asarta Iriarte) 308 ● D. W. Roller, Cleopatra’s Daughter and Other Royal Women of the Augustan Era, Oxford University Press, New York, 2018 (Antonio Fajardo Alonso) 310 ● M. Romero Recio (coord.), El legado de los emperadores hispanos, Sevilla, Editorial Universidad de Sevilla, 2018 (Alejandro Serrano Luque) 313 ● J. A. Rosenblitt, Rome after Sulla, London-New York, Bloomsbury Academic, 2019 (Carlos Heredia Chimeno) 315 ● Luis Unceta Gómez – Carlos Sánchez Pérez (eds.), En los márgenes de Roma. La Antigüedad romana en la cultura de masas contemporánea, Madrid, Catarata – UAM, 2019 (Alejandro Valverde García) 318 ● A. Valmaña Ochaíta, Los discursos de Catón y Lucio Valerio en el 195 a. C. “Las triunfantes” (la comedia de las mujeres), una dramatización en torno a la lex Oppia de A. Valmaña Ochaíta y Arístides Mínguez Baños, Diálogos del Mundo Antiguo 1, Fundación Teatro Romano de Cartagena, Cartagena, 2019 (Francisco Cidoncha Redondo) 320. HABIS 51 (2020) 223-244 - © Universidad de Sevilla - ISSN 0210-7694 223 http://dx.doi.org/10.12795/Habis.2020.i51.13 223 LOS OBISPOS EMERITENSES DEL IMPERIO ROMANO CRISTIANO Josep Vilella Universidad de Barcelona [email protected] ORCID: 0000-0002-1510-1694 THE EMERITAN BISHOPS OF THE CHRISTIAN ROMAN EMPIRE Resumen: Mediante una metodología histórico-prosopográfica, se establece la biografía de los obispos de Mérida atestiguados desde el reinado de Constantino I hasta las primeras entradas de los pueblos germánicos en la península Ibérica: Liberio, Florencio, Hidacio, Patruino y Gregorio. Debidamente contextualizadas, fijadas y datadas, sus actuaciones conocidas ponen de manifiesto la preeminencia alcanzada por la sede eclesiástica emeritense y su participación en diferentes coyunturas político-religiosas que tienen lugar durante el período considerado, plasmadas sobre todo en relevantes concilios eclesiásticos, celebrados en la diocesis Hispaniarum o fuera de ella. Palabras clave: Mérida; obispos; biografía; concilios; primacía. Abstract: Through a historical-prosopographic methodology, this study aims to establish the biography of the bishops of Merida attested from the reign of Constantine I to the arrival of the Germanic peoples in the Iberian Peninsula: Liberius, Florentius, Hydatius, Patruinus and Gregory. Properly contextualized, fixed and dated, their known actions highlight the preeminence reached by the Emeritan ecclesiastical see. This preeminence is reflected by its participation in various political-religious conjunctures that took place during this period and were addressed by relevant ecclesiastical councils held in the diocesis Hispaniarum or beyond. Keywords: Mérida; bishops; biography; councils; primacy. RECIBIDO: 23/11/2019 ACEPTADO: 21/12/2019 * Grup de Recerques en Antiguitat Tardana (Universitat de Barcelona). Este estudio se ha realizado en el marco del proyecto de investigación HAR2016-74981-P (Ministerio de Economía, Industria y Competitividad) y del grupo 2017 SGR 211 de la AGAUR (Agència de Gestió d’Ajuts Universitaris i de Recerca). Las ediciones de las fuentes aparecen indicadas, entre corchetes, en su primera cita. Cuando corresponden a grandes colecciones con volúmenes numerados, remitimos a ellas mediante las abreviaturas usuales. En los demás casos, mencionamos el nombre del editor, junto con la ciudad y el año de publicación. 224 HABIS 51 (2020) 223-244 - © Universidad de Sevilla - ISSN 0210-7694 http://dx.doi.org/10.12795/Habis.2020.i51.13 JOSEP VILELLA Cuando Patruino pronuncia, el día 1 de septiembre de 4001, en calidad de presidente sinodal2, la alocución inaugural del concilio I de Toledo en defensa de la plena supeditación de las iglesias hispanas a los preceptos nicenos relativos a las ordenaciones clericales3, su sede no solo ostentaba la primacía lusitana, también el supermetropolitanazgo hispano4. Tal supremacía en esta asamblea episcopal supraprovincial se colige tanto de su presidencia como del hecho de que el emeritense Patruino encabece la lista que recoge los nombres de los diecinueve obispos que asistieron a ella5. Es evidente que este lugar no le correspondía por su tiempo de episcopado, habida cuenta de que fue consagrado obispo después de 384/3856. Esta cronología imposibilita que, en el año 400, Patruino fuera el obispo con más años como tal de entre los diecinueve7. Si nos retrotraemos al anterior sínodo supraprovincial atestiguado en suelo ibérico e igualmente celebrado fuera de Lusitania, adquiere todavía más realce el encumbramiento alcanzado en 400 por la sede emeritense. Originado asimismo por el conflicto priscilianista y reunido en 378/3808, el concilio I de Zaragoza contó con dos obispos lusitanos, Itacio Claro (probablemente obispo de Faro) e Hidacio de Mérida. Siempre según el testimonio de la Colección Canónica Hispana, estos prelados son mencionados, respectivamente, en séptima9 y última posición10 de una lista confeccionada en función del tiempo de episcopado11. Resulta claro que, en caso de existir entonces una primacía eclesiástica lusitana basada en el parámetro temporal, esta no podía ser ostentada por el obispo de Mérida. Sin embargo, de la información existente acerca del conflicto priscilianista se colige que, a diferencia de lo que sucedía en las otras provincias hispanas, cuando se celebra el sínodo cesaraugustano, en Lusitania estaba consolidada la primacía del obispo emeritense, sin estar ya vinculada a la antigüedad en el episcopado. Además de ser, muy probablemente, el promotor de este concilio, Hidacio en él acusa a los priscilianistas12, presenta un Commonitorium13 y consigue 1 Ver n. 190. 2 Ver n. 188. 3 Ver n. 191. 4 Ver J. Vilella, “Las primacías eclesiásticas en Hispania durante el siglo IV”, Polis 10 (1998) 269-285. 5 Ver n. 193. 6 Ver n. 160. 7 Nombrado en duodécimo lugar, Lampio fue ordenado obispo de Barcelona en el año 393. Ver J. Desmulliez, “Paulin de Nole. Études chronologiques (393-397)”, RecAug 20 (1985) 35-64, 37-64. 8 Ver n. 123. 9 Conc. Caesar. I (378/380) 292, l. 19 [La colección canónica hispana. Tomo IV. Concilios galos. Concilios hispanos, primera parte, F. Rodríguez, G. Martínez Díez (eds.) (Madrid 1984)]. 10 Ver n. 122. 11 Obispo de Agen ya en 357, Febadio figura en posición inicial del elenco cesaraugustano. Ver L. Duchesne, Fastes épiscopaux de l’ancienne Gaule, II (Paris 1900) 63; PCBE, IV/1, 795-796. 12 Ver n. 124-125 y 128-130. 13 Ver n. 126. HABIS 51 (2020) 223-244 - © Universidad de Sevilla - ISSN 0210-7694 http://dx.doi.org/10.12795/Habis.2020.i51.13 225 LOS OBISPOS EMERITENSES DEL IMPERIO ROMANO CRISTIANO que prevalezca su posición14. En el mismo sentido apunta su actividad ante las autoridades civiles y Ambrosio, obispo milanés15. En el encumbramiento de Mérida, atestiguada ya como sede episcopal desde antes de 25416, habría sido determinante su doble capitalidad17. El hecho de que fuera la residencia tanto del gobernador provincial como, sobre todo, del vicario hispano debió potenciar su temprana adecuación a la norma nicena que establecía el agrupamiento de los obispos de la misma provincia bajo la supremacía del titular de la sede ubicada en su capital, del obispo metropolitano18. Al consolidarse, a partir de la inflexión constantiniana, la trabazón entre Iglesia e Imperio y al convertirse el episcopado en un estamento privilegiado y público, se estipula la coincidencia, en términos generales, del mapa civil con el eclesiástico, con la consiguiente convergencia de las capitalidades y circunscripciones. Al igual que sucede en Oriente, la adaptación, en términos generales, de las iglesias occidentales al modelo territorial niceno se dilató en el tiempo. La primacía metropolitana de Lusitania, al parecer ya existente durante el reinado de Constantino I, hasta finales del siglo IV no tuvo equivalentes en las otras provincias hispanas, cuyos episcopados debían recelar tanto de vincular la preeminencia solo al obispo de sus respectivas capitales como de la preeminencia que el emeritense pretendería conseguir en toda la diócesis civil, de su supermetropolitanazgo. Cuando, en el concilio I de Toledo, Patruino ejerce tal predominio, lo cual implica su aceptación por obispos de otras provincias, ya hacía tiempo que el obispo de la capital lusitana e hispana había adquirido un destacado protagonismo, sin duda potenciado por las autoridades del Imperio cristiano y acrecentado por el impulso dado a los cánones nicenos tras el rechazo del arrianismo por Teodosio I. Con paralelos en Occidente19, el reconocimiento de la capitalidad supermetropolitana de Mérida coincide con la instauración, en las otras provincias hispanas, de las primacías eclesiásticas ligadas a su capital, al obispo metropolitano y ya no al obispo con más tiempo de episcopado20. En Hispania, hasta finales del 14 Ver n. 128-130. 15 Ver n. 139 y 141-142. 16 Cypr. epist. 67.5.1-3.454-455 [CCSL 3B]. 17 Así lo apuntó ya R. Étienne, “Mérida, capitale du vicariat des Espagnes”, en J. Arce (ed.), Homenaje a Sáenz de Buruaga (Badajoz 1982) 201-207, 206. 18 El c. 4 de Nicea estipula que los nuevos obispos deben tener el asentimiento de sus respectivos metropolitanos: Conc. Nicaen. I (325) [can.] c. 4.21-22 [COGD 1]. Cf. c. 5-6.22-23. El c. 6 indica diferentes singularidades. 19 Durante el siglo IV en las iglesias africanas solo existe una primacía provincial vinculada a una capital, la de Cartago sobre la Proconsularis; en las restantes provincias de la diócesis africana este honor recaía en el obispo con mayor antigüedad. Además, el prelado cartaginés tenía un rango superior respecto a los otros primatus de su diócesis civil y ostentaba la presidencia de los concilios generales. 20 Consencio menciona explícitamente como metropolitano al obispo Titiano de Tarragona: Cons. Ep. 11.2.7, en Aug. Ep. 53-54 [CSEL 88]. Este obispo preside un concilio en el año 420, ver J. Vilella, 226 HABIS 51 (2020) 223-244 - © Universidad de Sevilla - ISSN 0210-7694 http://dx.doi.org/10.12795/Habis.2020.i51.13 JOSEP VILELLA siglo IV y principios del V no se hace realidad la organización eclesiástica territorial establecida en el primer concilio ecuménico. Aunque, en términos generales, las primacías metropolitanas perdurarán en las iglesias hispanas, la presencia germánica y el eclipse del aparato imperial van a ocasionar la extinción del supermetropolitanazgo emeritense21 y la adaptación de la organización eclesiástica a las nuevas realidades territoriales: en el reino visigodo católico, Toledo detentará la doble capitalidad eclesiástica. Seguidamente, exponemos los datos biográficos (atinentes principalmente a actuaciones sinodales) que, mediante nuestro análisis histórico-prosopográfico, hemos recabado y fijado de los obispos emeritenses atestiguados desde el reinado de Constantino I hasta las primeras entradas de pueblos germanos en suelo ibérico, período en el cual Mérida se convirtió en la principal sede eclesiástica hispana. Basado en una serie considerable y desigual de textos, este estudio no solo permite vincular las concretas actuaciones de estos obispos con las coyunturas político-religiosas que acontecen durante el segmento temporal considerado y constatar la preeminencia de Mérida, también posibilita un mejor conocimiento de ellas y de sus repercusiones en Hispania. 1. Liberio Consagrado obispo emeritense22 antes del 1 de agosto de 31423, Liberio24, teniendo a su disposición el cursus publicus25, asiste26, con su diácono Florencio27, al concilio I de Arlés28. Tras aceptar, a inicios de 31429, Constantino I la apelación donatista “Los concilios eclesiásticos de la Tarraconensis durante el siglo V”, FlorIlib 13 (2002) 327-344, 330-336. De la confrontación entre la epístola 1 de Siricio (Sir. Ep. 1.12.1141 [PL 13]) y la epístola 3 de Inocencio I (Innoc. I Ep. 3.5.489 [PL 20]) resulta también que entre 385 y 408/409 se generalizan los metropolitanos en las provincias hispanas. 21 En el año 445 todavía parece persistir, aunque sin duda debilitado, el supermetropolitanazgo de Mérida. Su obispo Antonino recibe entonces de sus colegas Toribio de Astorga e Idacio (probablemente titular de la sede de Chaves) las actas del juicio episcopal atinente a unos maniqueos que se hallaban en Astorga: Hyd. chron. a. 445.122.96 [ed. R. W. Burgess (Oxford 1993)]. Cf. a. 448.130.98. 22 Episcopus (...) de ciuitate Emerita prouincia Spania, en Conc. Arel. I (314) [subscr. ex cod. C] 15, l. 59-60 [CCSL 148]. 23 Ver n. 33. 24 Liberius. Var.: Libessius (Prooem. conc. Iliberr. [nom. episc.] 240, l. 107, in app. crit. [ed. F. Rodríguez (Madrid 1984)]); Liuerius (Conc. Arel. I [314] [subscr. ex cod. D] 22, l. 44, in app. crit.). 25 Cf.: Const. I Ep. ad Aelafium 156-157, l. 82-99 [ed. J.-L. Maier (Berlin 1987)]; Id. Ep. ad Chrestum en Eus. HE 10.5.23-24.889 [GCS NF 6/2]; Petr. Annian. et Iul. Ep. ad Domitium Celsum uic. Afric. 212 [CSEL 26]. 26 Ver n. 38-40. 27 Ver n. 50-58. 28 Ver n. 38-40. 29 Ver J.-L. Maier, Le dossier du Donatisme, I. [Des origines à la mort de Constance II (303-361) (Berlin 1987) 153. HABIS 51 (2020) 223-244 - © Universidad de Sevilla - ISSN 0210-7694 http://dx.doi.org/10.12795/Habis.2020.i51.13 233 LOS OBISPOS EMERITENSES DEL IMPERIO ROMANO CRISTIANO básicamente, al traslado de clérigos (sobre todo de obispos), a la apelación de sentencias eclesiásticas, al nombramiento de obispos y a las visitas episcopales a la corte (aspectos directamente vinculados con las cuestiones que habían originado la celebración del concilio)82. Establece además un cómputo pascual83 y redacta otros documentos84. Florencio es mencionado en el lugar décimo tercero del elenco de signatarios de la circular del concilio sardicense “occidental” facilitado por Atanasio (ubicación que corresponde a quienes estuvieron presentes en Sárdica)85, en la tercera posición de la lista de obispos (“que estuvieron en el sínodo y firmaron en el juicio”86) anexada a la sinodal transmitida a Julio87, y, además, en la posición vigésima segunda de la relación de obispos que aparece al final de la epístola atanasiana enviada (desde Sárdica) a las iglesias mareóticas88. Este obispo probablemente debe ser identificado con el obispo homónimo mencionado en vigésimo séptimo lugar en la lista89 (actualmente desaparecida 82 Ver H. Hess, The Early Development of Canon Law and the Council of Serdica (Oxford 2002) especialmente 116 y 210. Ver asimismo J. Vilella, “La impronta de Osio de Córdoba en los cánones sardicenses”, en A. Guzmán y J. Velaza (ed.), Miscellanea philologica et epigraphica Marco Mayer oblata (Barcelona 2018) 922-926. 83 Ind. ep. fest. 15.243 (trad. francesa). Ver: Ch. Pietri, Roma christiana. Recherches sur l’Église de Rome, son organisation, sa politique, son idéologie de Miltiade à Sixte III (311-440), I (Roma 1976) 228- 229; A. Martin - M. Albert, Histoire “acéphale”…, 291-292, n. 47 y 295, n. 61 [A. Martin]. 84 Las cartas sinodales son: Conc. Sard. occident. (343) [ep. ad Const. imper.] en Hil. Pict. Exc. ex oper. hist. deperd. 2, B [Append. ad coll. antiar. Par.], 1.181-184; Conc. Sard. occident. (343) [ep. syn. ad uniu. eccl.] en Athan. Alex. Apol. c. Arian. 42-47.119-123; Conc. Sard. occident. (343) [ep. syn. ad eccl. Alex.] en Athan. Alex. Apol. c. Arian. 37-40.115-118; Conc. Sard. occident. (343) [ep. syn. ad episc. Aeg. et Lib.] 317-324 [PG 25]; Conc. Sard. occident. (343) [ep. ad Mareot. eccl.] en Cod. Veron. 60 657-658; Conc. Sard. occident. (343) [ep. ad Iulium papam] en Hil. Pict. Exc. ex oper. hist. deperd. 2, A [Coll. antiar. Par.], ser. B, 2.2-4.126-139. Además de la circular, el concilio escribió (quizás a iniciativa de Atanasio) a las iglesias de los depuestos declarados inocentes (con especial atención a las egipcio-líbicas y, sobre todo, a la alejandrina, entonces sometidas a Gregorio): Conc. Sard. occident. (343) [ep. syn. ad uniu. eccl.] en Athan. Alex. Apol. c. Arian. 47.1.123; Conc. Sard. occident. (343) [ep. syn. ad eccl. Alex.] en Athan. Alex. Apol. c. Arian. 40.2.118; Athan. Alex. Apol. c. Arian. 36.6.115; Id. Hist. Arian. 17.2.191; Soz. HE 3.12.116. De tales cartas no se han conservado, como mínimo, las destinadas a Ancira y Gaza (las sedes de Marcelo y Asclepas). 85 Conc. Sard. occident. (343) [subscr.] en Athan. Alex. Apol. c. Arian. 48.2.124. Ver AA.VV., Athanasius Werke III, 1, 3..., 212. 86 Conc. Sard. occident. (343) [ep. ad Iulium papam] en Hil. Pict. Exc. ex oper. hist. deperd. 2, A [Coll. antiar. Par.], ser. B, 2.4.131, l. 12. 87 Conc. Sard. occident. (343) [ep. ad Iulium papam] en Hil. Pict. Exc. ex oper. hist. deperd. 2, A [Coll. antiar. Par.], ser. B, 2.4.132. Encabezados por Osio y agrupados en el comienzo de esta lista, los seis obispos hispanos presentes en Sárdica (además de Osio y Florencio, son Aniano de Cazlona, Domiciano de Astorga, Casto de Zaragoza y Pretextato de Barcelona) representarían, en su conjunto, a todas las provincias peninsulares de la diocesis Hispaniarum. 88 Athan. Alex. Ep. ad Mareot. eccl. en Cod. Veron. 60 660. 89 Publicada por C. Baronio, Annales ecclesiastici, en O. Rinaldi, G. Laderchi y A. Bzowski (ed.), Nouissima editio, postremum ab auctore aucta et recognita, III (Antwerpen 1624) 697-698. Ver AA.VV., Athanasius Werke, III, 1 [Dokumente zur Geschichte des arianischen Streites], 4 [Bis zur Synode von Alexandrien 362] (Berlin 2014) 371-373. 234 HABIS 51 (2020) 223-244 - © Universidad de Sevilla - ISSN 0210-7694 http://dx.doi.org/10.12795/Habis.2020.i51.13 JOSEP VILELLA y que se hallaba anexada al ejemplar de la sinodal del concilio milanés enviada a Eusebio de Vercelli90 que existía en un manuscrito del archivo episcopal de esta ciudad) de treinta obispos que firmaron en este sínodo la condena de Atanasio antes de la llegada al mismo de Eusebio. De ser así, Florencio asiste al concilio de Milán, convocado (después de que, tras el sínodo reunido en Arlés a finales de 35391, Liberio solicitara a Constancio II otro concilio general92) por este emperador en Milán93, concilio (celebrado en el año 355, probablemente en verano94, con la presencia del soberano95 y pocos obispos asistentes96) en el cual vuelve a imponerse (como en Arlés y de nuevo ante la disyuntiva de firmar el edicto o de padecer exilio) la voluntad del monarca y de sus obispos cortesanos97. 90 Ver n. 89. 91 Un concilio italiano (presidido por Liberio y reunido en 353) no se pronuncia en relación con las actuaciones contradictorias de Atanasio y de los orientales (Lib. Ep. ad Const. imper. en Hil. Pict. Exc. ex oper. hist. deperd. 2, A [Coll. antiar. Par.], ser. A, 7.2.2-3.90), y pide al emperador la convocatoria de un sínodo general en Aquileya (Lib. Ep. ad Ossium en Hil. Pict. Exc. ex oper. hist. deperd. 2, A [Coll. antiar. Par.], ser. B, 7.6.1.167, l. 4-7; Id. Ep. ad Const. imper. en Hil. Pict. Exc. ex oper. hist. deperd. 2, A [Coll. antiar. Par.], ser. A, 7.1-2.89-90; A, 7.5.1.92), concilio que, por mandato de Constancio II, tiene lugar, a finales de 353 —Constancio II festeja sus tricennalia en Arlés el 8 de noviembre de 353; ver P. Bastien, Le monnayage de Magnence (350-353) (Wetteren 19832) 25—, en Arlés (Hil. Pict. Exc. ex oper. hist. deperd. 2, A [Coll. antiar. Par.], ser. B, 1.6.102), con la presencia del monarca. En él se obliga (para unir las iglesias) a los obispos asistentes (incluidos Vicente, obispo de Capua, y Marcelo, obispo de Campania, los dos delegados romanos) a firmar (siendo el exilio la alternativa) un edicto imperial que contenía las condenas de Atanasio, Marcelo y Fotino (exobispo de Sirmio), la aceptación de Jorge como obispo de Alejandría y una fórmula de fe. 92 Lib. Ep. ad Const. imper. en Hil. Pict. Exc. ex oper. hist. deperd. 2, A [Coll. antiar. Par.], ser. A, 7.6.92-93; Id. Ep. i ad Eusebium Vercell. 1.3.121-122 [CCSL 9]; Athan. Alex. Hist. Arian. 41.1.205-260. 93 Sulp. Seu. chron. 2.39.3.92; Socr. Schol. HE 2.36.2.151-152; Thdt. HE 2.15.2-3.128; Soz. HE 4.8.1.147; 4.9.1.148. 94 Para la cronología, ver: Ch. Pietri, Roma christiana ..., 244, n. 3; H. Chr. Brennecke, Hilarius von Poitiers und die Bischofsopposition gegen Konstantius II. Untersuchungen zur dritten Phase des Arianischen Streites (337-361) (Berlin 1984) 468-469, n. 63. 95 Thdt. HE 2.15.3.128. 96 Aunque Sócrates y Sozomeno afirmen que en Milán se congregaron más de trescientos obispos occidentales y unos pocos orientales (Socr. Schol. HE 2.36.1.151; Soz. HE 4.9.1.148), las asistencias debieron ser muy inferiores: Const. II Ep. ad Eusebium Vercell. 3.121, l. 18 [CCSL 9]. Respecto a la lista del archivo episcopal de Vercelli, ver n. 89. 97 Const. II Ep. ad Eusebium Vercell. 3-5.120-121; Conc. Mediol. (355) [ep. syn. ad Eusebium Vercell.] 1-2.119 [CCSL 9]; Lib. Ep. ad Eusebium, Dionysium et Luciferum en Hil. Pict. Exc. ex oper. hist. deperd. 2, A [Coll. antiar. Par.], ser. B, 7.2.164-166; Luc. Pancr. et Hil. Ep. ad Eusebium Vercell. 1-2.120 [CCSL 9]; Athan. Alex. Hist. Arian. 41.1-2.205-206; Hil. Pict. Exc. ex oper. hist. deperd. 2, B [Append. ad coll. antiar. Par.], 2.3.186-187; Id. Liber in Const. imper. 11.190 [SC 334]; Marc. et Faust. De confess. uer. fidei 22-23, Coll. Auell. 2.366 [CCSL 69]; Hier. De uir. ill. 95.46 [TU 14, 1a]; Amm. Marc. Rerum gest. libri qui supers. 15.7.7.56 [ed. W. Seyfarth, L. Jacob-Karau y I. Ulmann (Leipzig 1978)]; Sulp. Seu. chron. 2.39.3-6.92-93; Ps. Max. Taur. Serm. 7.3.25-26 [CCSL 23]; Ruf. Aquil. HE 1(10).21.987-988 [GCS NF 6/2]; Socr. Schol. HE 2.36.2-5.151-152; Thdt. HE 2.15.2-3.128; Soz. HE 4.11.2.152. HABIS 51 (2020) 223-244 - © Universidad de Sevilla - ISSN 0210-7694 http://dx.doi.org/10.12795/Habis.2020.i51.13 235 LOS OBISPOS EMERITENSES DEL IMPERIO ROMANO CRISTIANO Después del concilio sirmiense (reunido98 durante el verano de 35799, quizás en presencia de Constancio II100) que elabora la “segunda fórmula de Sirmio”101, de recibir Osio (según el De confessione uerae fidei102) del emperador el encargo de difundir e imponer en Hispania la doctrina expuesta en este sínodo103, de regresar (con toda probabilidad en otoño de 357104) este a su tierra105, y, en cumplimiento de tal mandato (básicamente de la asunción de la fórmula sirmiense106, siendo, al parecer, el exilio la alternativa107), de ponerse en contacto con el episcopado hispano (y probablemente de convocar un concilio)108, Florencio (que osten- 98 Valente, Ursacio y Germinio (obispo de Sirmio), consejeros eclesiásticos de Constancio II, dirigirían la asamblea: Conc. Sirm. (357) [fidei confess.] en Athan. Alex. De syn. Arimini in Italia et Seleuciae in Isauria 28.2.256 [ed. H.-G. Opitz, Athanasius Werke, II (Die Apologien) 6-7 (Berlin 1940-1941)]; Soz. HE 4.12.7.155. Respecto a la “segunda fórmula de Sirmio”, ver n. 101. En relación con la escasa presencia episcopal, ver: M. Simonetti, La crisi ariana nel IV secolo (Roma 1975) 229, n. 40; A. Martin - M. Albert, Histoire “acéphale”..., 198, n. 107; R. P. Cr. Hanson, The Search for the Christian Doctrine of God. The Arian Controversy 318-381 (Edinburgh 1988) 343-344. Algunos estudiosos consideran que Osio no participa en el sínodo sirmiense de 357: V. C. De Clercq, Ossius..., 463; M. Simonetti, La crisi..., 229-230, n. 40. Como ha indicado este último, probablemente habría sido intencionada la reducida asistencia al concilio de 357: los ilirios (quienes solo representaban a una parte de las diferentes posiciones doctrinales surgidas entre los eusebianos) preferirían validar sus posiciones sin tener que hacer frente a oposiciones, pensando, además, que mediante el apoyo imperial estaban en disposición de imponer sus teologemas al episcopado. 99 Para la cronología, ver: M. Simonetti, La crisi..., 229, n. 39; A. Martin, Athanase d’Alexandrie et l’Église d’Égypte au IVe siècle (328-373) (Roma 1996) 505-506, n. 191. Aa. Vv., Athanasius Werke III, 1, 4..., 376, datan esta asamblea sirmiense en el otoño de 357. 100 Phil. HE 4.3.60. 101 Se trata del texto teológico anomeo promulgado por el concilio sirmiense del año 357 (la denominada “segunda fórmula de Sirmio”): Conc. Sirm. (357) [fidei confess.] en Athan. Alex. De syn. Arimini in Italia et Seleuciae in Isauria 28.256-257. Cf.: Soz. HE 4.6.9-10.144; 4.12.5-6.155. Febadio escribe una réplica a este texto teológico: Foeb. Agenn. C. Arian. 23-52 [CCSL 64]. Cf.: Hil. Pict. De syn. 2.481 [PL 10]; Id. Liber in Const. imper. 26.218. Ver: M. Meslin, Les ariens d’Occident, 335-430 (Paris 1967) 276-278; J. N. D. Kelly, Primitivos credos cristianos (Salamanca 1980) [traducción de la tercera edición inglesa, 1972, por S. Talavero] 339-342; M. Simonetti, La crisi…, 230-233; H. Chr. Brennecke, Hilarius von Poitiers…, 319-323; R. P. Cr. Hanson, The Search…, 344-347; J. Ulrich, Die Anfänge…, 161-166. 102 Resulta claro que la parte del texto de Faustino y Marcelino, presbíteros luciferianos de Roma, relativa a Osio presenta vestigios históricos. El De confessione uerae fidei fue dirigido (después del 25 de agosto de 383 y antes del 11 de diciembre de 384) a Valentiniano II, Teodosio I y Arcadio. 103 Marc. et Faust. De confess. uer. fidei 32, Coll. Auell. 2.368. 104 Osio volvería a Córdoba tras el concilio sirmiense de 357. La indicación atanasiana de que Osio permaneció un año en Sirmio (Athan. Alex. Hist. Arian. 45.4.209) permite datar tanto su segunda ida a Milán (hacia el verano o principios de otoño de 356) como el regreso a Córdoba después de su estancia en Sirmio (con toda probabilidad en otoño de 357). 105 Phil. HE 4.3.60. Cf. Hil. Pict. De syn. 87.539. 106 Marc. et Faust. De confess. uer. fidei 43-45, Coll. Auell. 2.370-371. Ver n. 110. 107 Marc. et Faust. De confess. uer. fidei 32, Coll. Auell. 2.368; 36-37.369; 39-40.370. 108 Para el probable concilio convocado por Osio después de Nicea, ver n. 49. Acerca del sínodo hispano posterior a Sárdica: Synodicon uetus 47.42 [ed. J. Duffy y J. Parker (Washington 1979)]. Cf. Thdt. Anagn. HE 72.36-37 [GCS NF 3]. Para los concilios en apoyo de Sárdica, ver AA.VV., Athanasius Werke III, 1, 3…, 212-219; cf. A. Martin, Athanase…, 451-452. Ver asimismo: V. C. De Clercq, Ossius…, 407- 408; T. D. Barnes, Athanasius and Constantius. Theology and Politics in the Constantinian Empire (Cambridge [Mass.] 1993) 262, n. 47; J. Ulrich, Die Anfänge…, 125, n. 105. 236 HABIS 51 (2020) 223-244 - © Universidad de Sevilla - ISSN 0210-7694 http://dx.doi.org/10.12795/Habis.2020.i51.13 JOSEP VILELLA taría la primacía de Lusitania109) entra en comunión con Osio y Potamio110, pero sin subscribir la “segunda fórmula de Sirmio”111. Florencio muere antes de celebrarse, entre los años 378 y 380112, el concilio I de Zaragoza, en el cual participa el obispo emeritense Hidacio113. Es mencionado como fallecido en el De confessione uerae fidei114, texto luciferiano (escrito en 383 o 384115) que narra la muerte de Osio con anterioridad a la de Florencio116. 3. Hidacio Consagrado obispo emeritense117 antes de 378/380118, Hidacio119 es el destinatario de la denuncia que formula (ex uicino agens) Higinio, obispo de Córdoba, acerca de las actividades de Prisciliano, aún laico, Instancio y Salviano, obispos cuyas sedes no son indicadas120. Entonces, según Sulpicio Severo, Hidacio reprime a los priscilianistas llevado por su exceso de celo121. Hidacio es mencionado122 en último lugar entre los doce obispos asistentes al concilio I de Zaragoza, probablemente promovido por él y celebrado entre los 109 Ver n. 45. 110 Ver n. 106. 111 Marc. et Faust. De confess. uer. fidei 44-45, Coll. Auell. 2.371. 112 Para la cronología del concilio I de Zaragoza, ver n. 123. 113 Ver n. 122-130. Florencio es mencionado como fallecido en Marc. et Faust. De confess. uer. fidei 43, Coll. Auell. 2.370-371. Cf. 44-45.371. La literalidad del De confessione uerae fidei al respecto puede resumirse así: Florencio acepta la comunión con Osio y Potamio a pesar de tener conocimiento de la “prevaricación” de éstos, a raíz de lo cual padece un castigo divino (se desploma y sufre convulsiones cuando se hallaba en su trono de la iglesia emeritense presidiendo un acto litúrgico; después de recuperarse en el exterior y de regresar a su sitial, le sucede otra vez lo mismo; tras sentarse de nuevo vuelve a ser expulsado de su trono, al no ser digno para ocuparlo, y, postrado en el suelo con grandes sufrimientos, fallece). Este opúsculo luciferiano narra la muerte de Osio con anterioridad a la de Florencio. 114 Marc. et Faust. De confess. uer. fidei 43, Coll. Auell. 2.370-371. Cf. 44-45.371. 115 Ver n. 102. 116 Ver n. 113. 117 Emeritae sacerdo(s): Sulp. Seu. chron. 2.46.8.100, l. 7-8. 118 Ver n. 123. 119 Hydatius. Var.: Aetidacius (Conc. Caesar. I 292, l. 20, in app. crit.); Datius (Conc. Caesar. I 292, l. 20, in app. crit.); Ethidacius (Conc. Caesar. I 292, l. 20, in app. crit.); Etidacius (Conc. Caesar. I 292, l. 20, in app. crit.); Etitadius (Conc. Caesar. I 292, l. 20, in app. crit.); Idacius (Conc. Caesar. I 292, l. 20; Sulp. Seu. chron. 2.51.6.104, l. 21, in app. crit.); Idatius (Conc. Caesar. I 292, l. 20, in app. crit.; Sulp. Seu. chron. 2.46.8.100, l. 7, in app. crit.); Itadius (Conc. Caesar. I 292, l. 20, in app. crit.); Nardacius (Sulp. Seu. chron. 2.51.6.104, l. 21, in app. crit.); Naydatius (Id. chron. 2.51.6.104, l. 21, in app. crit.); Vrsacius (Prosp. chron. a. 389.462 [MGH aa 9, Chronica minora 1 (Berlin 1892)]); Vrsatius (Isid. De uir. ill. 2.135, l. 6 [ed. C. Codoñer (Salamanca 1964)]); Ydacius (Conc. Caesar. I 292, l. 20, in app. crit.; Sulp. Seu. chron. 2.46.8.100, l. 7; 2.47.5.100, l. 27; 2.47.6.101, l. 4; 2.50.1.103, l. 4; 2.51.6.104, l. 21); Ydatius (Id. chron. 2.46.8.100, l. 7, in app. crit.; 2.47.5.100, l. 27, in app. crit.; 2.50.1.103, l. 4, in app. crit.). 120 Id. chron. 2.46.8.100. 121 Id. chron. 2.46.9.100. Cf. 2.47.1.100. 122 Conc. Caesar. I (378/380) 292, l. 20. HABIS 51 (2020) 223-244 - © Universidad de Sevilla - ISSN 0210-7694 http://dx.doi.org/10.12795/Habis.2020.i51.13 237 LOS OBISPOS EMERITENSES DEL IMPERIO ROMANO CRISTIANO años 378 y 380123. Según el Liber ad Damasum, Hidacio, en Zaragoza, acusa a los priscilianistas de herejes124 y del uso de textos apócrifos (aportando, incluso, textos como fundamento de su acusación), inculpación rebatida como calumniosa por el grupo de Prisciliano125. En Zaragoza, Hidacio da también un Commonitorium en el que se imponía a los priscilianistas una disciplina de conducta126 y que, según el Liber ad Damasum, quedaba invalidado por la carta de Dámaso en la que se prohibía condenar a ausentes127. Aunque las actas del concilio I de Zaragoza no recogen ninguna condena nominal (condena imposibilitada por la mera ausencia de los priscilianistas), Hidacio impone su posición en este sínodo, en el cual se aprueban cánones que anatematizan prácticas presuntamente llevadas a cabo por los priscilianistas y consideradas heréticas128. Estas prácticas son las siguientes: reuniones de mujeres con hombres con quienes no les une ningún parentesco; ayuno dominical y ausencia de la iglesia en Cuaresma129; recepción de la eucaristía sin consumirla de inmediato; apartamiento de la iglesia en las tres semanas anteriores a la Epifanía; recepción por obispos de los excomulgados por otros obispos; abandono del sacerdocio para dedicarse al monacato; ostentación del título de doctor por todo aquél a quien no le ha sido concedido; recepción del velo por las vírgenes antes de los cuarenta años130. Según el Liber ad Damasum, justo después del concilio I de Zaragoza, Hidacio es objeto de acusaciones (no explicadas) en Mérida por parte de un presbítero suyo, cuyo nombre no es mencionado, que lo demanda ante un tribunal eclesiástico, acusaciones que, en unos términos más graves, son presentadas en las iglesias priscilianistas pocos días después en forma de libellus131. Como consecuencia de esto, y siempre según la misma fuente, Hidacio se encuentra con que se segregan de él la mayor parte de los clérigos emeritenses, quienes manifiestan su negativa a comulgar con él hasta que quedase exculpado132, y, también, laicos133. La identidad de estos laicos y su papel en los sucesos de Mérida no queda establecida de forma definitiva en el Liber ad Damasum, que se muestra deliberadamente oscuro en su narración de tales hechos134. 123 Frente a la datación tradicional de este concilio en el año 380, M. V. Escribano, Iglesia y Estado en el certamen priscilianista. Causa ecclesiae y iudicium publicum (Zaragoza 1988) 218-220, propone (aunque, como ella misma reconoce, la cuestión sigue sin estar definitivamente resuelta) el año 378. 124 Priscill. tract. 2.34, l. 7-8 [CSEL 18]; 41, l. 5. 125 Id. tract. 2.41, l. 22-24; 42, l. 12. 126 Id. tract. 2.35, l. 19-21. 127 Id. tract. 2.35; 39; 40; 42. 128 Conc. Caesar. I (378/380) 291-296. 129 Cf. Hier. Ep. 71.6.6-7 [CSEL 55]. 130 Cf. Id. Ep. 71.6.6-7. 131 Priscill. tract. 2.39, l. 23-27. 132 Id. tract. 2.39, l. 27-28. 133 Ver n. 135-136. 134 Para las hipótesis dadas acerca de tales laicos, ver: J. M. Ramos, Prisciliano. Gesta rerum (Salamanca 1952) 66-70; B. Vollmann, “Prisciliano”, RE, suppl. XIV (München 1974) 502-504; H. Chadwick, Priscillian of Avila. The Occult and the Charismatic in the Early Church (Oxford 1976) 31-32. 238 HABIS 51 (2020) 223-244 - © Universidad de Sevilla - ISSN 0210-7694 http://dx.doi.org/10.12795/Habis.2020.i51.13 JOSEP VILELLA El emeritense sigue protagonizando el decurso de los hechos sucesivos narrados en el Liber ad Damasum, según el cual los obispos priscilianistas (al menos Instancio y Salviano) escriben cartas a Higinio y a Simposio, para informarles de tales hechos y solicitar su parecer para restablecer la paz, recibiendo, de estos últimos (por lo menos de Simposio), el consejo de obtener de los laicos enfrentados a Hidacio una profesión de fe católica si este les resultaba sospechoso, así como de celebrar un concilio para restablecer la paz, indicando asimismo, Simposio, o también Higinio, que en Zaragoza no se había condenado a nadie135. Al presentarse en Mérida los obispos priscilianistas (al menos Instancio y Salviano), Hidacio, al parecer, congrega, en su contra, una multitud que no solo les impide el acceso al presbiterio sino que incluso los apalea, a pesar de lo cual los priscilianistas reciben y aceptan la profesión de fe (calificada de católica por los priscilianistas) de los susodichos laicos136. Después de tales hechos, Hidacio es sin duda denunciado por los priscilianistas en cartas (a las que adjuntan un informe y la profesión de fe) escritas por ellos a muchos obispos (entre los que estaban, sin duda, Higinio y Simposio) en las que les explican los hechos de Mérida (sin ocultar que muchos de los laicos anteriores aspiraban al sacerdocio137), aconsejándoles de nuevo, sus destinatarios, celebrar un concilio, aceptar la profesión de fe y permitir que el pueblo elija a los nuevos sacerdotes138. Según Sulpicio Severo, quien no menciona los hechos de Mérida, con posterioridad a la ordenación de Prisciliano como obispo en Ávila, Hidacio, conjuntamente con Claro, insta a las autoridades seculares en contra de los priscilianistas139. Después de numerosos enfrentamientos140, no explicitados por Sulpicio Severo, Hidacio, según el Liber ad Damasum, llevado por el temor, redacta un informe, calificado de falso, y una petición de rescripto contra los pseudoobispos y maniqueos, petición a la que también alude Sulpicio Severo141. Hidacio escribe asimismo, de manera casi simultánea, a Ambrosio un informe (cuyo contenido se desconoce), sin duda en contra de los priscilianistas, que es de nuevo calificado de falso en el Liber ad Damasum142. Publicado el rescripto de Graciano que establece la expulsión de los heréticos no solo de las iglesias o de las ciudades sino incluso de cualquier territorio143, 135 Priscill. tract. 2.40. Cf. Const. Sirmond. 2 (405), 908-909 [ed. Th. Mommsen (Berlin 1905)], menciona a tal respecto una ley promulgada por Graciano. 136 Priscill. tract. 2.40, l. 10-21. 137 Id. tract. 2.40, l. 24; 2.40, l. 24. Para el interés de los priscilianistas por acceder al episcopado, cf.: Priscill. tract. 2.35, l. 3-4; Exempl. profess. especialmente 237, l. 93-94 [ed. H. Chadwick (Oxford 1976)]. 138 Priscill. tract. 2.40, l. 21-27. 139 Sulp. Seu. chron. 2.47.5.100-101. 140 Id. chron. 2.47.6.101, l. 3-4. Quizás se alude también a los hechos de Mérida, ver n. 131-138. 141 Priscill. tract. 2.40-41; Sulp. Seu. chron. 2.47.6.101, l. 4-5. 142 Priscill. tract. 2.41, l. 2-3. Cf. 43, l. 4-5. 143 Sulp. Seu. chron. 2.47.6.101, l. 4-7. Cf.: Priscill. tract. 2.41, l. 3, donde se dice que en el rescripto se calificaba a los priscilianistas de secta; Priscill. tract. 1.4, l. 3-4. HABIS 51 (2020) 223-244 - © Universidad de Sevilla - ISSN 0210-7694 http://dx.doi.org/10.12795/Habis.2020.i51.13 239 LOS OBISPOS EMERITENSES DEL IMPERIO ROMANO CRISTIANO Hidacio escribe cartas (en las cuales también implica a Higinio en la herejía) a las iglesias144. Al abandonar sus sedes los priscilianistas145, quienes obtienen de sus iglesias cartas de apoyo destinadas a Dámaso146, y al salir de Hispania con el fin de defenderse ante el obispo romano147, Hidacio es aludido en el Liber ad Damasum (redactado para esta ocasión y al que se adjunta un opúsculo explicativo de los acontecimientos y una profesión de fe148) como el principal oponente de los priscilianistas149, siendo acusado de pedir el rescripto en base a mentiras150 y evitar así someterse a juicio en relación con los hechos acaecidos en Mérida151. En el Liber ad Damasum, Hidacio es requerido por los priscilianistas bien para que compareciera en Roma a fin de celebrarse un concilio, bien en un juicio público, bien en un concilio en Hispania, para que no se repitiera la situación de Zaragoza (donde una de las partes estaba ausente)152, peticiones cuya realización queda impedida por la negativa de Dámaso a concederles audiencia153. En la documentación acerca del desarrollo posterior del conflicto priscilianista, según parece desprenderse de Sulpicio Severo154, Hidacio probablemente asiste, junto con Claro, al concilio de Burdeos (celebrado a finales de 383 o, quizás mejor, a inicios de 384155 y cuyas actas no se han conservado), en el cual se declara a Instancio indigno del episcopado156 y Prisciliano, al percatarse de una condena segura157, hace uso de la prouocatio y, ante la inhibición al respecto de los obispos participantes en el concilio, apela al emperador158 para no ser juzgado por obispos159. De todas maneras, Hidacio no está atestiguado hasta el proceso 144 Id. tract. 2.41, l. 5-6. 145 Sulp. Seu. chron. 2.47.7.101, l. 7-8. Cf. Priscill. tract. 2.41, l. 7-8. 146 Id. tract. 2.41, l. 8-10. 147 Sulp. Seu. chron. 2.48.1.101, l. 9-11; 2.48.4.101, l. 20-22. Cf.: Priscill. tract. 2.41, l. 10; 42, l. 23; Ydat. Cont. chron. Hieron. a. 386.13.76. Ver n. 146. 148 Priscill. tract. 2.41, l. 19-21. Cf. 36-37. Probablemente también se adjuntan al Liber ad Damasum las cartas de las iglesias priscilianistas, cf. Priscill. tract. 2.42, l. 17-18. Ver n. 146. 149 Id. tract. 2.34; 35; 39-43. 150 Id. tract. 2.34, l. 7-8; 40-41. Cf. Grat. et Valent. II Ep. Coll. Auell. 13.58, l. 9-12 [CSEL 35/1]. La mendacidad en la solicitud de rescriptos comportaba su nulidad según el derecho romano: Cod. Thdt. 2.7.1(314).85 [ed. Th. Mommsen (Berlin 1905)]; 1.7.2(393).42. 151 Priscill. tract. 2.41, l. 6-7. 152 Id. tract. 2.41; 42-43. 153 Sulp. Seu. chron. 2.48.4.101, l. 20-22; Hyd. chron. a. 386.13.76. 154 Sulp. Seu. chron. 2.50.1.103. 155 Sulpicio Severo sitúa el inicio de las acciones contra los priscilianistas casi inmediatamente después de que Máximo se hallara en Tréveris. Graciano es asesinado en Lión el 25 de agosto de 383 (ver PLRE, I, p. 401, Fl. Gratianus 2). Respecto al terminus ante quem que para el concilio de Burdeos proporciona el juicio de Tréveris, ver n. 160. 156 Sulp. Seu. chron. 2.49.8.102, l. 24; 2.51.3.104, l. 9-10. 157 Prosp. chron. a. 385.462. 158 Sulp. Seu. chron. 2.49.9.102-103; Prosp. Epit. chron. a. 385.462; Hyd. chron. a. 386.13.76. 159 Sulp. Seu. chron. 2.49.9.102-103. Cf. Id. dial. 3.12.3.210 [CSEL 1]. 240 HABIS 51 (2020) 223-244 - © Universidad de Sevilla - ISSN 0210-7694 http://dx.doi.org/10.12795/Habis.2020.i51.13 JOSEP VILELLA de Tréveris (fechado a finales de 384 o en 385160), en el que actúa, según parecen evidenciar las fuentes, de acusador junto con Claro, aunque sin el protagonismo de este y sin mencionarse su actuación en este proceso161. No es posible saber con seguridad162 si, después del juicio de Tréveris, Hidacio, al igual que Itacio Claro, es juzgado o no, por su actuación en el conflicto priscilianista, en un concilio163 celebrado probablemente en Tréveris (poco posterior a las ejecuciones de los priscilianistas164 y cuyas actas no se han conservado), en el cual Claro es declarado libre de culpa por su actuación en contra de Prisciliano165. De igual modo, tampoco es posible saber si, después de este concilio166, Hidacio forma parte o no del grupo de obispos, cuyos nombres no son mencionados, que, según Sulpicio Severo, se hallan congregados (con motivo, probablemente, de la investidura de Félix167) en Tréveris y apoyan a Claro168, quien, además (según Sulpicio Severo debido a la influencia de tales obispos169), tiene la protección de Máximo, para no ser acusado de que, gracias a su actuación, Prisciliano había sido condenado de cualquier modo170. Por consiguiente, Hidacio puede participar o no en las actuaciones de tales obispos que documenta Sulpicio Severo, siendo estas actuaciones las siguientes: instan a Máximo para que envíe tribunos a Hispania con potestad de arrebatar los bienes y de condenar a muerte a los sospechosos de la herejía priscilianista171; al tener noticia de la inminente llegada a Tréveris de Martín172, acuden (temiendo los reproches de Martín por la cuestión de los tribunos y la negativa de este último a comulgar con ellos) a Máximo, consiguiendo que se decida impedir la entrada en Tréveris de Martín si este rehusaba la comunión con ellos173; estando ya en Tréveris Martín, quien se entrevista con Máximo174, vuelven a acudir a Máximo para pedirle que obligue a Martín (exponiéndole también el peligro de la intransigencia de Martín, a quien acusan de ser el 160 El terminus post quem para la fecha del proceso de Tréveris lo constituye el concilio de Burdeos (ver n. 155) y el terminus ante quem el año 386, fecha del consulado de Evodio. 161 Hier. uir. ill. 121.53; Sulp. Seu. chron. 2.50.1.103; Prosp. chron. a. 389.462; Isid. uir. ill. 2.135. 162 Ver n. 179. 163 Cf. Sulp. Seu. dial. 3.12.3.210, l. 22-24. 164 Id. dial. 3.12.3.210, l. 23, dice que el concilio tuvo lugar pocos días antes de la llegada de Martín a Tréveris para pedir a Máximo que no enviara tribunos a Hispania. 165 Sulp. Seu. dial. 3.12.3.210, l. 22-24. 166 Ver n. 164. 167 Ver n. 177. 168 Sulp. Seu. dial. 3.11.3.208, l. 21-23; 3.11.2.208, l. 17; 3.12.3.210, l. 19; 3.13.5.211, l. 17-18. 169 Id. dial. 3.11.2.208, l. 15. Cf.: 3.11.10.209, l. 23-24; 3.12.2.210, l. 14. 170 Id. dial. 3.11.2.208. 171 Id. dial. 3.11.4-5.208-209. Cf.: 3.11.9.209; 3.12.4.210; 3.13.1.210-211; Id. chron. 2.51.4.104; Greg. Turon. Hist. libri 10.31.527, l. 13-14 [MGH srm 1/1 (Hannover 1937-19512)]. 172 Sulp. Seu. dial. 3.11.3.208. Ver n. 160. 173 Id. dial. 3.11.6-7.209. 174 Id. dial. 3.11.8-10.209. Para la relación entre Martín y Máximo, cf.: Sulp. Seu. Vita s. Mart. 20.1- 7.294-298 [SC 133]; Id. chron. 2.50.6.103; Id. dial. 2.6-7.187-189; 3.11-13.208-211. HABIS 51 (2020) 223-244 - © Universidad de Sevilla - ISSN 0210-7694 http://dx.doi.org/10.12795/Habis.2020.i51.13 241 LOS OBISPOS EMERITENSES DEL IMPERIO ROMANO CRISTIANO vengador de Prisciliano, y la inoportunidad de su estancia en Tréveris) a comulgar con ellos175, terminando por solicitar al emperador que haga uso de la fuerza contra Martín176; participan (al día siguiente del acuerdo alcanzado entre Martín y Máximo consistente en hacer regresar a los tribunos enviados a Hispania a cambio de la aceptación, por parte de Martín, de la comunión con el grupo de Claro) en la ordenación de Félix como obispo de Tréveris junto con Martín, aunque este con gran renuencia177. Según Sulpicio Severo, con posterioridad al juicio de Tréveris, Hidacio, a causa de su actuación en el conflicto priscilianista, abdica de manera espontánea de su episcopado178, sin que pueda precisarse cuándo tiene lugar esta abdicación179. Al parecer después del asesinato de Máximo (28 de agosto de 388180), Hidacio, según Próspero e Isidoro, es privado de la comunión, a causa de la ejecución de Prisciliano, junto con Claro181, probablemente en el concilio, cuya concreta ciudad y fecha de celebración se desconocen (aunque realizado antes del 15 de mayo de 392182) y cuyas actas no se han conservado, donde se estipula la expulsión de Claro del episcopado183. Según Sulpicio Severo, quien no pormenoriza más al respecto, Hidacio intenta posteriormente recuperar su sede184. 4. Patruino Consagrado obispo185 emeritense antes del 1 de septiembre de 400186, Patruino187 preside el concilio I de Toledo188, convocado para alcanzar la conciliación, dentro 175 Id. dial. 3.12.1.210. Cf. Id. chron. 2.50.3-4.103. 176 Id. dial. 3.12.2.210. Ver n. 177. 177 Id. dial. 3.13.1-3.210-211. Ver n. 176. 178 Id. chron. 2.51.6.104, l. 21-22. 179 No es posible situar con precisión la abdicación de Hidacio. 180 Ver PLRE, I, 588, Magnus Maximus 39. 181 Prosp. chron. a. 389.462; Isid. uir. ill. 2.135. 182 Isidoro indica que Claro fallece Theodosio maiore et Valentiniano regnantibus: Isid. uir. ill. 2.135, l. 8-10. Para la fecha de la muerte de Valentiniano II, ver PLRE, I, 934-935, Flauius Valentinianus 8. 183 Sulp. Seu. chron. 2.51.5.104. 184 Id. chron. 2.51.6.104, l. 23. 185 Episcopus: Conc. Tolet. I (400) [subscr.] 338, l. 180 [ed. F. Rodríguez (Madrid 1984)]. 186 Ver n. 190. 187 Patruinus. Var.: Martinus (Conc. Tolet. I 326, l. 45, in app. crit.); Patrainus (Conc. Tolet. I 338, l. 180, in app. crit.); Patroinus (Conc. Tolet. I 326, l. 45; 327, l. 54; 338, l. 180, in app. crit.); Patronus (Conc. Tolet. I 326, l. 45; 327, l. 54, in app. crit.); Patrunius (Conc. Tolet. I 338, l. 180, in app. crit.); Petruinus (Conc. Tolet. I 326, l. 45; 327, l. 54, in app. crit.); Petrunus (Conc. Tolet. I 338, l. 180, in app. crit.); Poetruinus (Conc. Tolet. I 327, l. 54, in app. crit.). 188 Ver n. 191 y 193. 242 HABIS 51 (2020) 223-244 - © Universidad de Sevilla - ISSN 0210-7694 http://dx.doi.org/10.12795/Habis.2020.i51.13 JOSEP VILELLA de las condiciones impuestas por Ambrosio y Siricio, con los priscilianistas189 y celebrado del 1 al 7 de septiembre de 400190. En la apertura de este concilio, Patruino dirige una alocución a los obispos asistentes, refiriéndose a que en las iglesias hispanas no hay unidad en las ordenaciones clericales, lo cual provoca escándalos e, incluso, cismas, y proponiendo que el concilio establezca proceder al respecto de acuerdo con los cánones nicenos191, proposición aceptada por los otros asistentes192. Patruino es nombrado193, sin indicación de sede, en primer lugar entre los diecinueve obispos asistentes al concilio I de Toledo, en el que se aprueban, al parecer durante los primeros días de las sesiones194, además de la ordenación de clérigos de acuerdo con los cánones nicenos, por lo menos, veinte cánones disciplinarios195. A continuación tiene lugar la instrucción de las causas presentadas de los acusados o sospechosos de priscilianismo196 y su condena o no por éstos197, pronunciándose (el día 7 de septiembre), al respecto, la sentencia episcopal198. 189 Cf. Exempl. profess. 236-237, l. 74-77, donde se indica que, después del concilio I de Zaragoza, Ambrosio había escrito a los obispos hispanos diciendo que los priscilianistas debían arrepentirse y cumplir ciertas condiciones (no explicitadas por el Exemplar professionum pero especificadas en la carta de Ambrosio) para conseguir el restablecimiento de la paz. Siricio también había escrito a los obispos hispanos: Exempl. profess. 237, l. 77-78. 190 La Colección Canónica Hispana fecha durante el día 7 de septiembre del consulado de Estilicón (cónsul en 400 y en 405, ver PLRE, I, 853-858) la celebración del concilio I de Toledo: Conc. Tolet. I (400) [praef.] 326, l. 43-44. No hay duda de que la fecha correcta es el año 400, indicado por el códice Emilianense: Exempl. profess. 234, l. 2; cf. 236, l. 44. Esta fecha coincide, además, con la proporcionada por Idacio: Hyd. chron. a. 400.25.78. Las evidencias internas confirman asimismo el año 400: se indica que el obispo de Milán es Simpliciano (de cuya muerte, acaecida el 15 de agosto de 400, todavía no se tenía noticia en Toledo). Siricio (fallecido el 26 de noviembre de 399) es también mencionado como difunto (Exempl. profess. 237, l. 77-78). En cuanto a su duración, este sínodo empieza el día 1 de septiembre y concluye el día 7 del mismo mes (cf.: Exempl. profess. 234-235, l. 3-5; 236, l. 44; 236, l. 67). 191 Conc. Tolet. I (400) [praef.] 327, l. 54-59. Cf.: Innoc. I Ep. 3.1.486; 5.489-490; 9.492. Respecto a las ordenaciones de clérigos (sin duda de algún obispo), Rufino, cuya sede es desconocida, pide perdón, por su actuación, en el concilio I de Toledo: Innoc. I Ep. 3.5.489. Ver n. 195. 192 Conc. Tolet. I (400) [praef.] 327-328, l. 60-63. 193 Conc. Tolet. I (400) [praef.] 326, l. 45-46. Juan, obispo del cual no se conoce su sede, envía delegados al concilio I de Toledo: Innoc. I Ep. 3.6.490. Además del presbítero Donato, también asisten a este concilio presbíteros y diáconos, cuyos nombres no se indican: Conc. Tolet. I (400) [praef.] 327, l. 53. 194 Cf. Exempl. profess. 234, l. 3-4. E.-Ch. Babut, Priscillien et le priscillianisme (Paris 1909) 291- 293 y J. A. De Aldama, El Símbolo Toledano I. Su texto, su origen, su posición en la historia de los símbolos (Roma 1934) 121, proponen un orden distinto de las sesiones del concilio. 195 Conc. Tolet. I (400) [can.] 328-338. Aluden claramente a la cuestión priscilianista los c. 9, 12 y 14. Respecto a la regula fidei incluida por la Colección Canónica Hispana en la parte correspondiente al concilio I de Toledo, ver: G. Morin, “Pastor et Syagrius, deux écrivains perdus du cinquième siècle”, RBen 10 (1893) 385-394, 385-390; Fr. W. F. Kattenbusch, Das apostolische Symbol. Seine Entstehung, sein geschichtlicher Sinn, seine ursprüngliche Stellung im Kultus und in der Theologie der Kirche. Ein Beitrag zur Symbolik und Dogmengeschichte, I (Leipzig 1894) 158 y 407. 196 Exempl. profess. 234, l. 4. 197 Exempl. profess. 235-238; Hyd. chron. a. 400.25.78. 198 Exempl. profess. 237-239, l. 108-146, donde se recogen (indicándose solo nombres de obispos) las diferentes sentencias. Cf.: Conc. Tolet. I (400) [praef.] 327, l. 51-52; Innoc. I Ep. 3.2.486-487; 3.488;