Excmo Señor. La ciudad de Calatayud, y los puestos que le assisten, dizen : que auiendo sido V. Exc. seruido proponerles siete dudas, ciñendo en ellas todo lo sustancial, que puede hazer ..
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^ OI *r ^ ‘i Píg.T EXC“° SEÑOR. L a Cioáad de Calatayud, y los poeños qoc te afsiftco.dizen : Que auiendo fído Y.ExCi icruido pro* ponerles fíete dudas,ciñendo cñ ellas todo lo fuftancialtque puede hazet opoficiort á fu prctenfion ; pro¬ curarán poí efte vltimó memorialé fatisfazer á ellas, coñ la vctdad.tazoñ.y raodertiá que dcuen* PRIMERA DVDA. en Caiedral, es lp.í4 R A erigir Je nueao •vna íglefia necefario algún pretexto, y caufa muy razjonahÍe,y itoparece fe ofrece alguna a la vifiá ,pard diuidir en Jos la Cátcdralidadque vnicamentepor tantos fíglos goz^a la Santa Iglefia Catedral de Taracona. SATISFÁCÍOR ' En el mctiiorial que Cálatáyud dio a fu Magcflad , y e remitid a V. Exc, para eñe informe , fe teptefentatori ws motiuos, y caufas para erigir en Catedral ÍU Iglcfia Mayor, comofonj la naturaleza de aquel territorio, cort fber *‘’®*^>'”dcpendente del Obifpo, quando eñá «fi Jí, originado ios pleitos, que tantos anos ha que padecen.. El luñrc, y nobleza de la Ciudad} la capacidad,y decoro de la lolefií. culo material,y foratraljCl numerofo diñtito del territotioj y de los fubditos Eclcñañicos, La neceíTatia afsiñcocia deí Paflor, y leyes para reformación de fus coñómbtes,por no poderfe ccicbiat Sifliodós fuera de dicho territorio. La íubvenciotí h de
de los pobres 1 qaandolleua dos partes de renta de aquel Partido.El pfcciíTo medio que hade ícr para la extinción de los pleitos que penden , y feguridad de la pa^ que fe dcfea.Motiuos tales,y tan fupciiores, que con otros muy inferióles , íc halla auet coní^eguido muchas Iglcfias eftc niimo loflrei y efplendot .corno fueron las de Loreto, Teruel,Glafloneníe,laca, y otras,que fe refieren en el me motial que fe dio a V.Exc. Con que parece , que lo que pudo fer baflante para difmembrar dichas Iglcfias, de otras mayores, y tan antiguas como la de Tat3(¿ons , po¬ dran ferio para folo erigir en Catedral la de Calatayud, íindifmcmbracion.nidiuifion de la Mitra de aquella. . SEGVNDADVDA, A MAS de la caufa , es indiffenfable re(\uifito el tener la menfa Capitular, l a congrua,y renta fixa competente para el fufiento de las Dignidades,Canonigos,0fictos,Mtifica, y lo detnas de que fe compone el lu¬ cimiento, y ornato de vna Iglefia Catedral, y . f egun el numero de Dignidades ,y. Canónigos que diz,e tener la Iglefia de Calatayud » ha menejier de fabido , ocho , o nueue mil ducados de renta :y auiendo dado.ala Iunta de Prouinciapara la tafia del fiubfildio, y efeufado. cofa de mil dticados.poco mas,b menos de renta, d e conocida fe vee no es baflante para asna Iglefia Catedral.y para defiengañarfie en contrario,esprecifio ver vnapraban fa infirumental, que no admita duda alguna fiobre la/ur ficienciadelarenta. satisfacion. Efla mitctia de congrua, y competente dote, esarbl- ¿raria.que aunq deue regulatfe al numero de los Prebendados.y nueua calidad de la Iglefia , también deue atcndetfe al tetritotio donde fe halla fituada.al valor,y precio dcl
dcl coman comercio dellai al porte; y lucimiéntó de fus habitadores. Y es ¡negable, tjuc cl partido de Calataynd, con fa comarca, no fea él roas pingüe,íettil,y acomoda¬ do de todo eñe RcynocPot maneta,que con mucho tñenos oafto, y con mas decencia,puede qualquier Ptcbcti* dadofuñentarfeendichaCiudad queen otrasdel Rcyno, como lo experimentan los forafteros, pues con no tcnct otra renta que la de vna Canohgia , y cargada con penfion, fuftentan fu perfona, y familia , y a vezes a íus Pa;; dtes.hetmanos.y otras petíonas coniuntas. tño fupucfto, la íglcfia de Calatayüd , tietic más qué fufieientc haziendá.y patrimonio para mcrcecrefta nueua calidad,pues rentan fus propios, afsi ciertos como inciettosimas de diez mil efeudos en cada vn año,y (i fe valúa la propiedad defta renta en fu verdadera eñimacioii, importa mas de dozicntos mil ducados, disfalcando laS reatas,y obvenciones inciertas. Sin qué c 5 t t a eñó pueda facatfe argumento de lo que fe manifefto en el hueocl cmpadtonamicntodc la C¿attadeziraa,y Efcüfado.puéS como ya fe dixo en el primer papel,fe hizo el ajuñe con¬ forme la tafa antigua.con inteligencia,que tan folámente fe deuia correfpondcr por razón de los frutos deziraa- Ics. fegun que ficraprc fe aura cftilado, y conforme lo li¡? zieron otras IglcGas. Pata prueba pues, de qüe la Iglcfia tiene la propiedad de la hazicnda dicha , y las rentas que tefultan della, pot lo queje cobtó el año paíTado de idep. confta por fu H», bto cabreo lo figuientc. Ptiracramente, en fcntañja détrigo «crt treudos perpetuos, por ambas menfas 984. cahizes 7 . m.3,q. que ra¬ zonados a So.fucl. valen cada V nano 3939*Hb¿t4.fucI.3 Mas en decimas de trigo, por am¬ bas raenfas 4j9.cah¡zes j.m.q,que ra¬ zonados a So.fucl.valen i858.lib.i4.fucl.3 A 2 Poi
Por la fuma de afras.' 5778.11b. 8 . f uel . 5 Mas de centeno,por ambas menfas recibe 59.cahizcs m.i.q* que razona¬ do a 48.ruel. valen j4Klib.iz.rucI. 10 Mas de cebada,por ambas menfas, recibe ip4.cahizes p.m. z.q.; que ra¬ zonados a 40.fuel.valen 38p.Iib.17.fucI. Mas de abena. por ambas menfas recibe iz. cahizes 5.m. 3.q. que razo¬ nados a 3z.íocl.valen zo.lib. z.fucl. Mas de vino.por ambas menfas re¬ cibe d4j.a!q.5.C. que razonados a 40. íueb valen izSd.lib.id.fucl.S Mas de corderos, por ambas men¬ fas recibe i78.qu.e vendidos a difetentesptecios valieron 97.Hb. 5.fucl. Mas de cáñamo , por ambas raenfas idi.arrobas, que razonadas a 24. íu,cj,d,.valen ip,8.Iib. 4.fücl. Mas fccibc en treudos perpetuos de diocro, por arabas menfas , fobrc,ca¬ fas, y heredades 4T4,lib- Mas recibe de penfiones de Cenfales.y Arrcndamientos.que no fe inclu¬ yen awiba,por ambas menfas 24pi.lib. y.fu e l .d io8j7.lib.ij7ocl.(5 De todo cfto confta por a^oinUrumental, legalizado, y Tacado del libro Cabreo,y raanualcs que,llenan los Ma yordomosde dicha jíglefia,de, que fe bafc.fe. Y deuc también notatfc , que com^ la mas confidetable porción d.cilc patrimonio • confiftc en la renta fija de treudos perpeiuosen trigo, y diocro,la cñimacion della
dclla es macho mas quarttiofa, que ófráqualquiefc efpccie de haaiciida .pues comunmente fe eñiman dichos treudos quando fe venden,a quarenta y cinco,y cinquenta mil el millar, por fer los cargos que fe pagan de poca fuma , y los bienes fobre donde cftán impueflos de mu¬ cho valor, Y afsi pata losgaftos de la vnion de la Iglcfia de la Peña con efta Iglcfia mayor, fe juzgo por buen atbittio agenat fetenta eícudos de renta en treudos,con q fe Tacaron dos mih y feifcicntos efeudos por el precio, y eftimacion dellos, y a crte rcfpeto fedeue hazet la va¬ luación de dicha propiedad dé hazienda , con qUe fiendo muchos eftos tteudos.vienc a fec muy cxccfiua la eftimaciondefu propiedad. Deque también reíulta otroytil, aunque incietto a los Prebendados, que confifte eti los luifmos, porque de ordinario fe hazcn agenaciones del dominio vtil dedos bicneSi A lo dicho fe añade tener la Iglefia en plata labradai y jocalias, con vn legado quehadexado Don Gonzalo Muñoz Serrano, quatro mil y fetecicntos efeudos. Mas pata el adorno de Capilla mayor, diez paños de brocado con zenefas bordadas, colgadura de damafeo, y tapicclia, ornamentos ticos de brocados, y todas colores’: con fcguto.de que muchas de las Iglcfias Gatcdralcs de'Rc Rey no.con tener Obifpos, no fe hallan tan adornadas,y Con tanto lucimiento. Vea aora V.Exc. con fu mucho acuerdo. fi en cfte eftado fe puede juzgar cfta Iglefia coni a capacidad.y méritos que fe requieren,pata fer ilufttadá con a nueua calidad de Catedral, quando la duda juzga pot congrua bailante la renta de ocho mil ducados. tercera DVDA. Opitede feruir de molino la extintioh de pleitos tan antigaosiqueáy fohrela jarifdiccfoa voluntaria,y Aj con-
ó': eontenciofd, omnimodaty [obre U eelebraeton dt Pon~ tificaLqucpretende el Dean de Calatayudtppr indulto Apoftplicotpuesaunque hmieffe dos Catedrales,todo el tiempo que el Obifpo efiuuieffe fuera de Calatayud, ftempré efiarían en fu fuerca ,j tan •vinas como oy las pretenfianes de entrambas ¡¿lefias, [obre la jurtfdic¬ ción,jel Pontifical. SATISFACION. Es verdad,que con efle nucuo cfplcndor, ni el pleito de: la juiifdicion contcnciofa, ni el vfo del Pontifical, fe extinguirán del todo : pero tainpocofe puede negar.quc eftos íc fofpendcrán.y ceílatán púr el tiempo que «fidieíc cl Obifpoen aquella Ciudad , ó Tcttitorio 5 y con fu afsificncia.fcrá muy pofsible el hallar medio, para que fe extingan de raiz : con que aquella ticrraíaldiá de la feruidumbíc pcfada.quc ha padecido tantos años, y quéda¬ la cíiabíecidavnafcguraty perpetua pazv q:íartadvda. Y Dignidad de Arcediano de Calatayud, que refide en Taracona ,perciue renta confidefable de, partido de Calatayud , y fi fe hizjeffe nueua Catedral, fe auria de trasladar effaDignidad a Calatayud,y efio feria daño notable ty detrimento para la Iglefia Cate¬ dral de Tara fona,pues perdería Dignidad,y rentas fia culpa fuyayfi fe huuieffe de quedar en Tarapona,y eri¬ gir otra nueua en Calatayud, auria dificultad en afignarle renta competente, de mas de la que fe ofrecteffe en la infiitucion dcfia nueua Dignidadi SATISFACION, No puede oftcccifc duda de bíás fácil íatisfaeion que ella;
’p- e(í3; Porque G es verdad» lo que tauchas vezes confeíTado Tára^ona.que la renta dcl AtccdjanOiquc Heuaua dcCalatayodifc vnió» jr apUcóala Iglefia Catedral : de Taraífonaipaía lasdiftribuciooes dcl Coro,que gozati fus Prcbcndadüs.facando de la tnenfa rreS porciones Ca¬ nonicales pata dicho Arcediano. Quando por cíla Catcdralidad fe teflituyefle dicha Dignidad a la IglcGa; de Calata y ud * podría qúcdatfc la de Taraijona con las tres porciones que antcstenia para dichas difttibucionefey .ef Arcediano gozar en Calataynd la renta que dc aquel té? ititotio percibe,con que fe daua a cada vpo Ip que le^peíPi tenecia, Mas porque efta duda ooipuedapcáfiooar eñr». barago a la pretenfion de Calatayud. dizc. Lo pritnerdfc que la Dignidad de Arcediano,>enIaL Catedral íRO éS; precifa i y quando lo focíTc,fe podría fuplicai a fu SántÍT dad, que aunque afsiSc GU Tar39ona • tctiga facuIcadjdíL xefidit también en la de Calatay ud.afsi corno el Dean dg, Calahorra, que lo es tambien de Santo Dotninóodfc Isb Gallada, (in embargodefeí Prcfidetwq de vnpi y>otrcb Cabildo,tiene cíía mifma facultad,; y por efte medio» fe. ocurtc alincooueuicnte de inftituir, y, erigir nucua Dig.- nidad con renta competente. QJINTA D VD A. T ^fsifteneia del Ohifpo e» el Fmtida d^£aUt4i yf*d,tan numerofü,y dilatada,con}O fáve, e!S etítí/t que es de fuma conuenieneia para la adminifiracion, de. I ^^fermaciande cí!fiuml>resíy eanfu.tle J^ los fubditos i pero na fe eonftgm haz,er Catedral la Iglef 'a de CaUt‘»y'*<^ > pues aufendo dos,podía efcoger la que quifierc el Ol>ifpo,y cumpliría efiando en qualquíerparte de la Diocefi ,y aun podría fer,qaepor cuitar la competencia^ y celos de entrambas Jgle~
8 Iglíf(as,no tefdieffe en ninguna, habitando en la du¬ dad de Borja,o en otras Ciudades,j Lugar es,que dentre,y fuera defie Rey no también fon de fu Diocefi, SA TI SF ACION. Parece cierto, que la reíidencia de ios Obifpos ha de fer ¡n Cathedra , y afs¡ queda en opcion fuya refidir en qualquiera de fus Iglcfias Catedrales, pues ambas fon fus Efpofas. Mas pues la duda reconoce,que por fer numerofo.y dilatado el diftiiau de Calatayud, ha de fer de fu¬ ma conueniencia para la adminiftracion délos Sacra¬ mentos , reformación de eoftumbres, y confuelo de los íubditos la rcfidencia de los Obifpos en aquel Tertitolio, ( caufasque fon de derecho poderofas para nucuas erecciones, y difmcmbraciones de Obifpado ) no fe ha de prcfumir.ní entender, qoe el Obifpo ha de faltar a cfta obligación,aunque en otras partes pueda refidir, pues en ellas ceíTa cí concurfo de tan for^ofas, y neceflarias caufas. Demás, que fi fe ha de regular ello por razón de congruencia , y buena adminiflraclon de juflicÍ3,cs co¬ fa llana , y cierta , que el Obifpo ha de eligir para fu refidencia mas continua la Ciudad de Calatayud , no tanto por el fitio,luftte,y comodidad della,y fu Territorio, co¬ mo porque dcfdecfta Ciudad puede cxerccr toda fu julifdicion en lo redante de fu Obifpado: Y cílando fuera de Calatayud, y fu Territorio, tiene impedido el exeteiciodclla cn cfte Partido} de que nace el daño tan repeti¬ do, y lamentado , que fe padece de la falta de Sínodos* quefolo el: deuc preponderar a muchos dé los inconuc ‘ nicntcs que voluntariamente propone la iglefia de Ta- M^ona. SEX-
SEXTA DVD A. Q.OB'RE lospleitósrepridos , que oy tienenías íglefe auian de fufcitar oíros nueuos con cfla Catedrahdad en las vacantes de Obifpo^fohre diuidirfe fus infynias Pontificales i [obre él expolio, nominación de fui ColeéioriSyndico para la lunfa de Prouinciay otros que fe omiten,que parece jufio euitarlos. SATISFACIOÑ. Los inconuenientes que le refieren en la duda i fuera de pertenecer a lo tetnpotal, fon confequencia necefla” lia de la niifniá Catcdtalidad 5 f fi eftos fueran confid.clablcs .no fe houietao confeguido tantas, ni fe huuicfan viilo cleoadas a ella Dignidad; y pues no fueron impedí* mentó pata ellas,canapoco lo podran fer para eña. SEPTIMA DVD Ai AS vez.es ha pretendido Caíatajui , fe U dieffe Obifpo , y aunque es menos lo que agora de¬ fea, mas por lo que tiene de preámbulo , y dtfpoficion Id Catedrahdady Silla Epifcopalpara ¿I Obifpado,pare- ^e que ambas cofas fe han de regular por vnos mifmos ^ fu Magefiad Dios leguardciha le hlh apara negar el Obifpado las vez.es que mn Vn l , parece han de militar los mif t mos en la Catedralidad, que alprefenie fe defea. S^ATiSFAeíON. Aunque el medio de la eatedralidad* és preámbulo, f ptepatatoiio pata la Silla Epifcopal » pero no de neccfsi» dad,pues fe hallan muchas Catedrales Grt propio Obifpo.' Y las lazones.c inconuenientes ^uc fe han ofrecido, para que