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Instrucion para los señores Hazedores que án de ir à hazer las rentas de los diezmos deste Arçobispado de Sevilla

Anónimo

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33) y nfiruci on para los fet oves Haz edoves, gue an de rm hazer lasrentas de los diezmos defte Ar-: gobifpado de Sevilla. Es Rimeramente lleyarán dela Contaduria de la Iglefia la relacionde las reñtas. ppyuadernillos AL. - que van A'hazer;con el valor del año anres,para norte,y guia. Y fiel año antes fueron los ford lec de otro año proípero, Como pare-. ? ciecre á losienores Contador S APN A á o IS Poder. : 22qy o Item, llevarán fu poder firmado de dos Cañon gos dellayy del N otario, y Contador de caía de cuentos. : AInformarfe del +4 Ttemyllegado que feá4 los pueblos donde via hazer rentas ; feinformaráan= . + E qalor de las ren tes que las ponga ála vara, de quienle parecicre,de los frutos que ay ; para Gcon« forme a la relacion que hallare,afsi tenga norte enelarrendar de las dichas rEtas, Sobre lo qual fe le encarga la conciencia,pues fe adminiftra hazienda de partes. tas amtesque las poga a la vara, ó alas 4 Item,antesque le pongan ningunas rentas a lá vara, labra quien fon nombras obre el nora dos porefcuíados para la renta mayor , y para lafabrica en cada pueblo, ó colas miento de losefe cion,y publicar fe4 quien fon,para que los arren dadoreslo fepan, advirtiendo en enfadose que efte nombramieñto elle hecho con jufticia:porque donde no,los buelva 1 nó + brarantes que las rentas fe pongan, fegunla informacion que tuviere dello: el - mayor para las rentas; y el legundo mayor para la fabrica, y enla copia que truxere vendran pueltoslos que alsife nombraren.. Lo que febade: e Trem.verála relacionque lleva de los (leñores Contadores, y hará publicer las ) publicar antés condiciones, y las demas colas que fueren pueftas ea ellas, q fe ayan de publicar. "¿queje pongá las Y hará que elEfcrivano,ó Notario de rentasalsiente enfu regiftro todo lo que fe rentas. publicare, y traerlo 4 por fec,para darlo x los dichos Contadores. _ > 10 Mundamiento AÑ j Con eftos recaudos vá vn mandamiento del Juez de la Iglela,para que vn E ara que 0 preantes, y el proprio qusfe hizieren LEBIAS y otro defpues en cada lugar, ningun alleia los arre” guazibni cobrador pueda prender ¿niogun arrendador por lo que debieren de ré E ÓS 1-0 tas decimales,publicarfe ápara quelos arrendadores puedan parecer libremente A - 4poner las rentas, Y efte mandamientole ha de bolver ¿traera Sevilla. Mandamientos $ Tambien ván otrós dos mandamientos,el vno para que ninguna perlona diezz + que fehande pr me aclarre ndador q no huviere hecho publicar primero el recudimiento q tuvie blicar. re dela tal renta; y el otro contra todas las perlonas que hazen,y entiendenen ha e + zer colufion en perjuizio de las rentas decimales Daráfe vna Copia de cada vno 4 cada adminiitrador alsi como llegue, pata quefe publique, encargandoles lo hí.. gan tambien hazer algunos dias de fielta. 3 | 4. Trem,fe darán alosEfcrivanos de rentas, delas obligaciones de molde , las 4 huvieré menefter,a(si para q le obligue alas pofti ras de vara, y pujas (fc hizieren como para defpnes afiangarlas;y las q fobrarendetodoel hazimitto, fe bolver3n a Sevilla. Y avilarfe 4 a losE/crivanos,que fi les faltai en al gunas,embien por ellas. Efrituras que fe han de dar 4 los efcrivanos. 4 Itermjquandoquifieren hazerlas rentas quevá a hazer,eltará prefente eladmi- Orden pnra haz niltrador,y el clcrivano,ó notario,dóde lo huviere , y tendra tu relacion delvalor zer lasrentas. delastentas del año antes en la mano, y conformea ella,y a lainformacion q huvicre avido delos frutosque ay,pondráfus rentas ala vara,procurando de poner las en el masalto precio que pudiere, porque no le puedan ganar muchas pu pe l tem, DES o LÍ. A Ya O ED ningunaré Ñ ta fe dexe por po ner. » Queno fe admi ran los exceptar. dos. Corso fe han de admitir las pu= Jasyy donde, Dia de remates , Fees que fe han: destraer. 2573 Oue los adimini" Aa re) BE Pradores ecravil las copias com ITA e q Jtém,ninguna renta fe ha de dexar de pont ala vazatn el mejer précio que “pudiere. 4 1 | cds g Ttem,no fe ha de admitir puga,ni poflura ninguna dé perlcna que efid acptás da,que'no arriende, y afsi le publicará antes que fe arrienden lasreDtás, g 1 tem.no fe admicirá pojanin guna, fin que efitelefcrivino de rentas prefente | paraque hagan fu cbligacion,y de farca, y delpues que huvicre falido del pueblo po recibir puja nin guna, fino remitido al efcrivanos > Pe: ú Item,fe publicará como le han de rematar de vitimo remate cftas rentas en efta Ciudad en el corral de los olmos el dia lle varepor memoria en fu relacion. Laego hará con el eferivano, 4 faque fee de losprecios,y cantidades en que las rentaste huvieren puefló A la varasy. en quien, y Gpujaste huviere pujado , y quié. las puj0,que venga efpecificando tedosla qualfe tracrá en [u poder, y al pie della, comole publicaron las tales condiciones, y como [e publicó el pltimo remate delas “dichas rentas para tal dia encfla Ciudad. sie 3 4 Dirafealosad miniftradores queembienlas copias de las 16Dtas para el vltimo remate, arccaudo,y con parte, fi fuese mencfter,de manera q ue citen en eltaCiu-. dad dosdiasantes del dicho vitimoremate, y quelugo que qualefquier rentas, afsi de ménudos,como de pan, vino, y azeyte, y las demás de fus partidos eftuvio rob afiangadas,embien las copias para q fereparcialas parres, fin aguardar á eme - biarlas defpues todas ¡útos,encargádoieles mucho,cóaperceBimiéto q fe embia. e Mores 3 y [taa des, y 14 acr avi> fo. “Avifar delos Lis: PA Nofe lleve quie. puje. p Lo que fé hade hazer venidoca Sevilla. 13 por ella a lu colta. Y adviertafe a eladminiftrador!as corrija el miímo,y las be me. a q; Irem,teñdrá a cargo de faber,(i:en los pueblos dóde vá a hazer rentas, ay ar* “rendadores que hazen colufiones,o fraudes en ellas, y traer relacion dello,y de lo ' ¿que mas viere que conviene a la buena adminiftracion,para que fe yea enCabildo .y feprovealo que convenga: 4 Itemirá empre avifando deynes lugáres en otros, defte hazimiento,el dia q huxviere de llegar,para que cften prevenidos los arrendadores. * 4 Tcern,feles defiendesque ningun feñor Hazedor lleve éonfigo ninguña perfa= na quepongad la vara,nj puje ninguna rebta, porque de averpermitido, y confen+ tido efto,(c ha dado lugar, y ocafion A algunos inconvenientes. ey Venido que feaá efta ciudad,ertregard alos dichos feñotesCótadores lá rela ció que llevó del valor delasiétasdelaño antes,y defedeloenque fe puferon el... «año prefente,y la inftrució que llevó, parad por ellale vea todo lo que fe 3 hecho en las rentas,y le faque relacion delo en que eftuvieron elaño entes, y de loen q vienen,más,ó menos: la qual relacion el tal feñorHazedor l'eyaráa Cabildo, y da=- r3 cuenta delo que las dichasrentas valieron el año antes, y delo en que viene cl. teprefente,y dela demafia,ó falta que traen,como [e tiene de vío,y coftumbre, 4, Ltem,porque podria fer detenerfe el tal feñorHazedor:en algún pueblo, por % Lo gue fe Lan de oéupar en efte PS ; Lan mido. +00 -hazerbien las rentas que vá ahazer, y por publicar todas lasicondiciones quelleva por inftrucion,y por otras colas que pudieran fuceder,mas de los dias que eftáfeñalados para fu afsiento > felesaviía , que en hazer las dichas fentas le detengan odo el tiempo que vicren que conviene para la buena adminiftracion dellas, por :quetodo lo que declarare enfu conciencia averle detenido, y aves pagado, y gal* tado en Efcrivano, y pregonerosyfe les librara,y pagará: $ E x 51 Ítern, mn Á ES TEE Donde feka $ YtEmningun feñor Hazedor hado irá pelár a cala de ningun ad miniftradcr, deirapojar. > wide ningun elcrivanode tentás,niarrendado r.direccbirde ninguno dellosco» fa algunasy locontrario hizicre pierda el falario, Que movayan Y Item,elque fuere nombrado para hazedor, fe entiende queno ha de tener of. a a o Blliasy sn talo quelomombraren,fes en6 ninguna la viera fito." eletcionporque no es jufto querreciba daño e! oficio que tiene Acirgo dejare 7 porra hazer rentassfino quetodoslos que fueren oficialesfe ccupen en fus a cics. y hagan lo que conviene á ellos, linaceptarorros Cargos, y no pueda déxar el oficio que tiene,para ir 2 hazer rentas, | Que llevemeno 4 Llevará cada vno de los dichos feñores Haz edores,memoria, é inftrucion de vizde los lsza- J10sltgares donde ha deira hazer rentas, y 'aorden como ha de irá hazer rentas res donde ha de Jevnpuebloa Otro, para que no yerre cl camiño, nila orden que ha de llevar en hazer rentas. Tu hazimiento. Oviemo preda ir q Ttem,que el feñor Prebendado,que fuere vn año a vn hazimiento,no pueda dos años a mm 1ratal hazimiento el año (iguiente, hazimiento. 9 Item,feencargarlosdichos feñores hizedores. que fueren 4 hazer qualefe quier hazimientos,que vayan con el honor, y decencia quefe requiere,atéto aque Como an de ir a reprefentanla perfona del Cabildo, hazer las rétas 4 1 tem,fepa cada vn feñor Prebendado que Va á bazer rentas,que ha de [er vilita Que á de feyvido,porque el Cabildo á de embiar perfona que los vifitea tercero año inciufive,y firadoel hagequeno ha de vifitar ninguno delos que hanidoa rentas los dos añosantes . : der, 1 Y Alosadminiftradores,y elcrivanos de rentas avile v, m. que quando [e ece: Que lo: recez taremen lasrentas algunos diezmos,Ó perlonas,que pongan en los recudimientos - dimientos pon= que dieren los diezmos,ó perfonas,que aísi [e ecetaren, para que lepan los arren: gan los quefe e dadores que no los han de cobrar, (etaren. 2 Y Aloselcrivanosde rentas advierta v.mm.que en todas las elcrituras,afsi de pu Queen las eferi ja,como de vara € otras qualéfquier que ante ellos feo tot garen,tocantes a las 183 taras rentencien tas,ponigan claulula particular que declaten,que nofon foldados,artilleros,nima= losprivilegios. — nederos,ni tienen los demásoficios que les puedan eximir de no pagar lo que de bieren de rentas decimales, y elto lea aÍsi en la poftura á la vara, como:en las elcriz Que los adrrint turas de ¿hantamiento, radores Es 42 A . . ” ed f es 3 Y Alosadminiltradores advierta v.m.que quando huviere algunCavallero dé a alguno de pa abito,d beata,que [e abltenga de pagar fus diezmos, avile luego dello a eíta Cone ap por habito, taduria,para que Íe eceten en las renras, y le cojan cn faldad. e E De 4 $Advierta v.m.que no fe ha deiñovar cola ninguna decomo fuere en los qui dernillo dernillos que lleva v.m,por los inconverientes que dello pueden refultar, y fipareciere quealguna cofa conviene remediarlo, traera v. m. advertido en el mimo *- quadernillo,para Gal tiépo del vltimo ¿rrendamiento fe haga lo que convinieres Que fesuforme —s € Portodaslas partes que v.m. pofare en efte hazimiento, fe ira informando del efiadodelca Ge ya opinion de los campos,y traerá relacion de tedo, y elto encargará y, m. mu. poyfruros. choa los adminiftradores, para que avifen dello a la Contaduria. Que losadminif 6 Y A losadminiltradores,y efcrivanos de rentas advierta v.m, que quando em tradoresembien bierélascopiaspara el vltimo arrédamiento,embien en ellas quien fon les excuía NS o e > dos Pa Jl le e SU is a » AA A as E “eplas copias los” ds menorés quefe dexaton pata la fabrica deftafanta Y gleña,y que bients tés. “núbres de losexw ná de que diezman,y lo que cufados,y meno” do. UAT res. a 02130 ORIGIN Que feacifidel 9 Y por buen pafage a dos arredadore SEP . MEDRANO Ki rm * yr, EA AS z 4 to e y AI , ar o Fs y 3: A á e... A i 4 j mim . Ñ PEA y f y 337 - $ . tt > do + ' Í pre e T Erre e Sia %: £ 01 A 4 a “ po : Ñ z re : se e rm > E Ji e * nea á á pe "y 1 1 He ' la 1d 7 a E ” A ds a al de yl ya 1945 DIN 2d 09190 % 00 EITC] m9s4 a 3 o a o rl A nm E 3 y REA Y] t AS sio ¿e > > SUPERO E upory! 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E EMFA ey! , e tg cn Pie Ú que muchos délosarrendadorés nofabrán los dias querienon pita ! fiancarlas rentas; quedando en ellos de vltimo remate, hará Y m. pub less 10 so tienen lei sdias para ello, O.quebrarlas, y quela spesfonas en quien y injere P 7 quiebra, tienen obligacion cada vnoa velar Íu senta: geo GAS ia E aid Su A SO CIRO :9 ' e r a ' ; E b ; Neon lr tran ¡GIANNA TRE -