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La Santa Iglesia patriarchal, y metropolitana de Sevilla, cuyas resoluciones ha procurado siempre sean hijas de la piedad christiana, ... en que acordò suspender la execucion de las Bullas, en que su Santidad hizo collacion de un canonicato vacante en ella, en la persona de D. Asensio Ximenez Polo...

Anónimo

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> TE | 'A'SANTA IGLESIA PATRIARCHAL, Y METRO- i | politanarde Sevilla, cuyas refoluciones ha procurado ñ ; fo frempre fean hijas dela piedad Chriftiana, lanto zelo, 4 amooo charidad Íincera, y amor a la jafticia, que: correlponde 3 | “af infticuco ¡5 nivelandolas delpues de vna prudente madura =) deliberación, y prolijo examen por eftasreglas , y “dirigiendolas 54 por eltas maximas tan proprias de fuobligacion, y cataéter; al 3) verfluétua en variedad de:opiniones la'juftificacion de aquella, Ñ ) ¿en que acordo fulpender la execucion de las Bullas ,'en que fa 31 ñ Santidad hizo collacion de vn Canonicato vacante entella, en la A p perfoñade D: Afenfio Ximenez Polo;y oponerfe a lu pretenfion $ nl con los masvivos esfuerzos, y adtiva defenía; le ve necefsitada a : : Ñ hazerpublicos, y manifieftos al mundo; los poderofos' juridicos, ¡h Y y politicos fundamentos, er que apoyo: fuacuerdo,con los pallos, Ñ que feihan dado'en efta cauía.> E EN odo y! 1 si Ent deplorable Epidemia, que padecio el año paflado de 5 E ' ferecientos y nueve la Ciudad de Sevilla, fallecio en mefes Ponti- ' 4 ficios vn numero bien quantioflo de Prebendados de efta Santa E d Iglelía; y perteneciendo ala Silla Apoltolica la provifsion de fus A Ñ Prebendas > acordo con prudentifsima prevencion fu “Cabildo, 1 E recurrir ala Santidad del Señor Clemente Vndecimo , de felice ll á | te cordacion, con la mas reverente hamilde fuplica, 4:fn de qué e: e le dignalle confolar fu afliccion, y delamparo , nombrando para las Vacantes perfonas y en: quienes concurriellen las apreciables hi circunftancias de calidad, litteratura,y virtud, que pudieflen llenar la falta de rantosinfignes fujetos, como avia perdido y mantener dA el honrofo luftre de individuos de Comunidad tan authorizaday Des y refperable, excluyendo de fi pretenfion los que, O no fuellen 4 ropófito para iHuftrarla,¡9: Colo pudieflen fervir de borron a lus glorias; y elcandalo'4 fus Hermanos, y 4 toda vna Ciudad tan popalofa; condelcendio benigno, y en Breve refponfivoal Cabildo, lu data en treze de Julio del mifmo año, delpues de confolarle, cómo piadolo Padre con fu Apoltolica Bendicion, le aflegura ha tenido elpecial cuydado de elegir entre todos los pretendientes los que hallo adornados de mas excelentes prerrogativas de virtud, litteratura, y calidad, y lo.mifino expreflan al Cabildo a cerca del animo, y mente de fu Santidad, los Eminentifsimos Cardenales Gi A Pau- 2 | Paulucci, Secretario de Eltado , y Sacripanti Prodatario en fus Cartas de fecha de Íeis, y treze de Julio, Entre los proviftos aquel año por la Silla Apoftolica en Prebendas de efta Santa Iglefia,fue vno Don Afenfio Ximenez Polo; a cuyo favor fe delpacharon Bullas de vn Canonicato con data decinco de Julio ; las que (parte por no hallar forma de delempe- Áar, parte pototros variosaccidentes ) no intento: prefentar en el Cabildo, halta el mes de Enero de fetecientos y diez y feis ; donde le obedecieron con el más debido refpeto,y profunda veneracion; pero informado. eftaban ganadas con, los notorios vicios «de obrrepcion, y furrepcion;afsi porque.callo, y oculto , que pofleia tres Capellanias Ecleltafticas en efte Arzobilpado; como porque fingio, y fupulo en las Precesfer de familia Noble, y conocida , y de litreratura muy competente en las facultades de Philofophia, y Theologia fiendo cierto, que no: folo carecia de, eftas qualidades, pero/aun de las que eran muy preciflas, para que luadmifion no cediefle en menos eftimacion del Cabildo, y. de lus Capitulas res, y eflcandalo de todo el Pueblo ; pues: lobre no exceder en la litrerátura de vn puro, y mediano Gramatico , como conftaba a los Capitulares, y Pueblo, donde pafso la mayor parte de fu juventud a vita de-todos, frendo Criado de vn Prebendado de eftz Santa Tglefía ;era hijo de Padres humildes, del Lugar de Villarras za de elta Dioecefis, y - vn hermanocarnal luyo. padecia la publica: nota, ¿ infamia, de aver Íido, como ladron de ganado lanar, y bacuno, conviéto, prelo con otros complices, y confeflo judicialmente ; como fejuftifico todo defpues en Áutos judiciales: acordo el Cabildo fe fulpendieflela exccucion, interin , que le confultaba á fu: Santidad, perfuadido, 4 que no podia fer fu piadoía mente, fe admitiefle ala poflefsion de la Canongía vn bj to, a quien faltaban todas las circunftancias , que prudentifsimamente le creja le abrian hecho digno acreedora la gracia: y mas quando tenia en lupoder el Cabildo en el Breve , y Cartas arriba referidos, vn Teftimonio autentico de efta verdad, y del animo; y voluntad del Santifsimo. ¿ido Sl , Con efta refolucion acudió Don Afenfio al Juez Executor dé £us Bullas, que lo era el Provilor, defpacho elte lu Mandamiento de immitendo, y continuo en lus procedimientos judiciales, £in embargo de la opoficion del Cabildo. lo que ocafliono varios difturbios, proteftas, y apelaciones, y récurlos al Confejo , y á z la Audiencia ; hafta que mediando la authoridad , y reprefenta: cion del Eminentifsimo Señor Cardenal Arias, nueftro dignifsimo Prelado entonces,enterado de la jufticia del Cabildo, y del legitimo recurfo, en confulta a la Silla Apoftolica, cedio el Provilor Juez Executor , y acordo remitir tambien en Confulta fus Autosa fu Santidad, con lo que fe traslado a la Cortede Roma el empeño del pleyto a fines del dicho año de ferecientos y diez y feis. | | Durante el litigio ante el Provilor Juez Executor de las Bullas, le lolicito por varias perfonas zelofas del fervicio de Dios, apartar 2 Don Afenfio del porfiado empeño de querer entrar en poflefsion de la Canonga, ofreciendole varios partidos ventaja» los en el calo derefignarla: y efpecialmente a imfluxo del Eminentifsimo Señor Cardenal Arias, y con annuencia del Cabildo, por medio de fi Vicario General Juez de la Iglelia, y del R. P. Er. Gabriel Caftellanos, del Orden de Santo Domingo , Regente de Eftudios en lu Colegio de Santo Thomas, y Examinador Sypodal de elte Arzobifpado, le le propufo perlona , que ofrecia, - con tal que le refignalle el Canonicato , darle hafta la cantidad de doze mil reales de vellon de renta Eclefialtica annual, y pagarle el empeño, que avia contraido en el Defpacho de las Bullas: pero niefta oferta, aunque tan excefsiva : ni las contingencias del pleyto, nilos gaftos, moleftías, y dilaciones, que prudentemente feleavian de feguir,y le le hizieron prelentes,baftaron para difuadirle del tenaz diótamen de feguir la caufa. Hecha por el Juez Executor, y por el Cabildo Confulta a la Silla Apoftolica, de los Autos, y de los fundamentos juridicos, en que fcapoyaba la relolucion de fulpender la execucion de las Ballas; e introducida la cauía ante fu Santidad, fe digno cometer el conocimiento de ella á vna particular Congregacion de cinco Prelados, que fueron los lllmos. Marefu/chi (oy Eminentilsimo) Lancetta, Herrera , Anfídeo , y Sardimis 3 y infinuando feria muy acepto a fuBeatitud, fe rerminafle ante motam litem la difcordia con vna tranfaccion, fele propufieron a Don Afenlio algunas, que parecieron bien juftificadas, y dignas de aceptar fé, ¿juicio del Eminentifsimo Cardenal Marefufchi primero , y delpues de los Eminentifsimos Señores Cardenales Dada , y Aquaviva, que mediaron fuccefivamente en ellas, y cuya piedad fe interefso guftola á tan fanco Áin pero todas hallaron en Don Afenfio A sico: dai to de e ak. ce carla re O ia RAN A emi a ia e Arca e Ars A a cos de A E A Te HGENET E IN TAR ALT 4 : Afenfio vna conflante repulla, finquetan foberana authorizada interpoficion le merccielle rendir lu altivez, y. prefampcion: 4 vna cortelana atenta condefcendencia ; antes li introduxo ante lu Santidad la prerenfion: de que fe le concediefle. vn relcripto «de perinde valere, o nueva gracia fublanatoria de los vicios de la primera, la que contradicha por el Cabildo; fe remitio a la mil. ma Congregacion particular. | | | Delconfiados ya por entonces, de que Don Afenfio entrafle en Concordia alguna; fe trato de feguir la caula enla Congregacion, en la que ventilada com contradiétorios de ambas parres oyendolas en julticia, y oblervados los terminos de derecho , en que fe hizieron varias probanzas , y prelentaron los inftrumentosconducentes por vía, y Otra ; en el dia [cis de Octubre de fe. tecientos y diez y Í1ete, fe pronuncio el figuiente Decreto: Dilata, U7 iuxtamenten ad auditorem SSmi. mens efi, litteras Apoftolicas non e/Je exequendas, gratiam impetrantis non e/]e fignandam, (7 pro religuo fiat Concordia, Conocida la mente de la Congregacion por elte Decreto, que fue que ni fe debian executar las Letras Apoftolicas , ni Je debia Jiznar lanueva gracia que pedia : quien le perfuadiria a que Don Afentro, no le rindiefle á admitir algun decente proyecto de compoficion, con queaflegurarle> Pues fue tan al contrario : que antes ciego, y pertinaz en lu empeño, folicito continuar el Pleyro, pidiendo a fu Santidad fe aumentafle, con otros dos Prelados el numero de la Congregacion, lo que configuio de la benignidad del Señor Clemente Vndecimo, y nombro álos lllmos. de Valentibus, y Marimon, para que juntos con los cinco primeros (entodos fueron frete) bolvieflen a ver, y determinar la cauía oyendo las partes. d | | Eftando tan declarado el animo, y defleo de la Congregaz cion de que las partes fe concordaflen, como probaba la vltima claulula de (u Decreto: fe exhibió tan prompto el Cabildoá oblequiarla, que fin dilacion bufco perfona, queofreciejfe (recayendo el Canonicaro en el) ceder a favor de Don Afenfio onze mil reales de renta Eclefíaftica annual en Beneficios Eclefafticos, la que llegaria 4 doze mil, fi Don Afenfio fé reducia arefidir vno de los Beneficios , que eftaba fito en Ciudad tan populofa como Exija : entregarle de contado mil doblones para defempeño de fus Bullas : J hazer los coftos entera» mente de toda la expedicion de efte negociado , cuyo proyeéto fe propulo a la Congregacion por mano del Señor Don Juan Antonio z | Bizarron, Sn a a 5 Bizarron, lu Arcediano Titular,y Diputado en la Corte de Roma (oy dignifsimo Arzobilpo de Mexico) el que fe cometio a Monfeñor Herrera, como mas praético en las dependencias de Efpaña; elte Prelado, comel defleo de que no pudicfle Don Alenfio pre? rextar e[cuía legitima, O probable para negarle á convenir en el, fe tomo el arbitrio de aumentarle ha/ta cantidad de feis mil pefos, lo que fele avia deentregar de contado para fu defempeño: y hafta la de doze mil reales de renta annmal lo que fe avia de ceder en Beneficios; y de treze mil realesenca/o de reducirfe a refidir el de Exija; y lin embargo de fer tan grávolo para el Cabildo, y de que tenia que luz plir de fusrentastodo el exceflo, queno: ofrecia la perfona proyeótada ; dio lu alenfo en manifeftacion de la finceridad , con que ptocedia, y defleabael alivio de Don Afenfio; pero el tan terco, e inflexible como fiempre, delpreció la propuelta , y fe nego en venir en partido alguno, que no fuelle darle la poflelsion del Canonicato.. +. ¡2 A | Evaquados loschriftianos charitativos oficios de la Congregación, a fin de concordar laspartes, reduxo lu cuydado á ver la caula enjufticia, por todoslosterminos legales, en que le confizmio la mayor parte del año de fetecientos y diez y ocho; y def. pues de“oirlaspor el medio de alternados 'contradiétorios; en que fe dixo, y alego,lo que conveniaa cada vna : profirio fu fentencia difinitiva en ambos: dubios pendientes , y "ventilados en ella. el dia diez y ocho: de Noviembre de aquel año: por la: que declaro : Que las Bullas de Don Afenfio, como fubrrepticias ,y obrrepticias, eran nulas, y de ningun momento, y no. le podian dar titulo, ni derecho alguno al Canonicato, y por configuiente, ni fe podian, ni debian exociitar : y que eramullo todo lo attuado porel Provifor Juez Executor de ellas, y el Cabildo avia apellado bien de fus procedimientos : yab/olvjo al Cabildo de la pretenfion de Don Afenfio, J condeno a efte en coftas; y enquahto al fegundo dubid:: declaro yquemi la gracia de perinde valerez ni la nueva: gracia; de provifsion : del Canonicato , que ( pr etendia Don Arola fedoliacfigid; Ue Mia sno sua notaras sbevolo aj e. ¡No fe quiera Don Afenfio 4 efta fentencia, aunque tán juftiz ficada,y circun ftanciada: apello nuevatnente de ella a lu Santidad; y pidio.fe bolvicfle 4 cometer:4 otra Congregación de tres Cardenales, lo que:configuió ,, y fe nombraron los Eminentifsimos Señores Imperialt, Corradini sy Scottsy ( y en lugar de efte vltimó difunto defpues;al Eminentifiimo Petra) pero fe fulpendio por | | fu ld e nt de le de 19 B ' / € 6 fu omifsion, y culpa, la profecucion del recurlo delde el año de N letocientos y diez y ocho, hafta el de fetecientos y veinte y feis, en que eftuvo voluntariamente detenido en Genova ; palso otra vez a Roma en efte año , y bolviendoa acalorar la dependencia, folicitó la proteccion del Eminentifsimo Señor Cardenal Belluga; exibiofle benigno 4 mediar con el Cabildo para vna decente com= poficion, y efcrivió en elte aflumpto al referido Arcediano Titus lar Señor Don Juan Antonio Bizarron; con cuya noticia por el milmo medio el Cabildo hizo ¿fu Eminencia arbitro del negocio, poniendo en lus manosla concordia, que la difcreta prudente reflexion de lu Eminencia juzgale mas juftificada : pero 4 pocos pafíos fe defengaño de que en Don Afenfio no hallaba difpoficion para vn razonable ajuíte, como avilo en Carta de fecha de quatro de Enero de fetecientos y veinte y fiete: con lo que le fulpendio en la continuacion de elte tratado. Empezada yá en la nueva Congregacion de Cardenales la controverfia : el Eminentiísimo Señor Cardenal Imperiali, Preidente de ella, empeño toda fu authorizada mediacion , y pias dolía benevola proteccion al mifmo fin de que fe concordaflem laspartes: y efcrivió al Cabildo, con fecha de dos de Oétubre de letecientos y veinte y fiete, fignificandole deffcaba Don Afenfiox Que fe le pagafjen todas fus deudas ; que declaraba por vn Extracto, queremitia adjunto, y fubian «la cantidad de diez, y feis mil quatrociens tos J. noventa y dos excudos Romanos (que hazen pelos de Elpaña, veinte mil fcifcientos y quinze ) 0/2 le entregaffen todos los frutos cardos de fuCanonicato : y que le queda/Je la facultad de refignarle en lg perfona, que eligie/Je ; y encalo de que elte proyecto le en al Cabildo duro , € impracticable, propuliefle otro 3"relpondid 4 fu Eminencia el Cabildopor fu Carta, de fecha de diez de Enero «de letecientos y veinte y ocho, con las mas debidas exprelsiones de gratitud, y reconocimiento 4 las fingulares honras, que le merecia :y á los pacificos charitarivos oficios, con que intereflaba lu elevada proteccion para que tuviefle el defleado fin vn pleyto tan dilatado, y :molefto:::peró reprefentando al miímo tiempo quan exorbitántes eran las propoficiones de Don Afenfio, y quan impolsibles de admitirle ; y para quefu Eminencia lo reconociel< Le afsi, le hizo prefente lo Íiguiente, delpues de vn exacto refiy anen de lo que avia paílado en la caula. | | | - Queenlos proyectos y que le avian propuefto hafta hs ¡ma | 7 f1empre e avia juzgado muy competente , y proporcionada la cantidad de quatro, o cinco mil pelos, para que Don Alenfio, le defempeñalle del cofto de las Bullas ; y á lo mas que fe extendio el que aprobo Monfeñor Herrera,y la Congregacion de fiete Prelados, fue a feis mil pelos ; y elto con la calidad de que avia de proponer el Cabildo perfona, enquien le refignafleel Canonica- to, enlo que alleguraba lo vno ,que fuefle del mayor luftre , y decencia; lo otro, hallar quien le.ayudalle, y contribuyefle para el pago deella: y entiempo en que aun no tenia 4 fu favor el Cabildo, vna Sentencia de la Congregacion : con que fe debia juzgar exorbitancia pretender , que oy quando fe halla ya con , aquella fentencia favorable , fe aumentafle tan confiderablemente la fumma,y no le dexafle á arbitrio del Cabildo la eleccion de la perfona, en quien fe avia de hazer la religna. Que era tan crecida la de diez y feis mil quatrocientos y noventa excudos Romanos , que no pudieran averimportado tanto los frutos del Canonicato en los doze años , que avian paflado defde que intento prelentar las Bullas, aunque fe le huviefle dado poffefsion del , y huviefle refidido 5 porque no pafla oy del valor de mil excudos Romanos cada año, con la calamidad , y penuria de los tiempos; y eftos le componen de diftribuciones quotiz dianas calitodos , y vna parte muy confiderable de Manuales, Aniverlarios, y Pitanzas, fundados, y dotados por varios bien= hechores, que folo les ganan los, interefentes : y parece no era razon fe confiderafle podia jamás tener derecho a eftas ganan cias, quien no avia celidido | + Que el Cabildo no avia intereílado cola alguna delos frutos del Canonicato: fiendo notorio avia gaftado enel feguimieny to del Pleyto (en que mantuvo feis años vn Capitular Diputado en la: Corte de Roma, con tres mil y feifcientos pelos de alsiftencias annuales : y defpues vn Agente con el falario de quinientos elos cada año, y avia hecho en diligencias judiciales , y extrajuW Siciale tan crecidos coltos) masde el duplo de lo que pudieron aver rendido fus frutos: y quando huviefle cedido (que no es afsi) lu vacante en beneficio del Cabildo,no teniendo efte otra maía, q la comun, que fe diftribuye annualmente entre los Prebendados, que reliden, a proporcion de fus ganancias , lin quedar reliduo de vn año para otro; lo que por derecho. de acrecer, O de no decrecer huyiefle tocado , y pertenecido demás á cada yno , con > ocalios X SS 2 e ocafion dela vacante de eftaCanongia, huviera cedido en Bénez ficio de los Prebendados, que ganaron; y tuvieron telidencia en aquellos años: de los qualesmuchós avian muerto, d dexado fas Prebendas, fuccediendoles otros:en fi lugar y no parecia conformea jufticia, que le le s' necefsitafle ar eltos apagar, lo que huvieflen percibido demás aquellos. .: ¡Obude das 32904019 Y vltimamente, que las deudas de Don Afentio, que confta-' ban de la memoria adjunta: vnas: eftaban con dolo malo ex. prefladasen mucho mas crecida cantidad de aquella, en que las” declaro el año de ferecientos y diez y ocho para la Concordia, ' que le trato por Monfeñor Herrera de orden de la Congregacion . de Prelados; otrasavian crecido:con los premios vÍtrarios , y excelsivos; queno debian confiderarfe legitimos : y Otras proce. dian de negociaciones particulares de Don Alenfio, que no era razon le pagafle el Cabildo :y que ni era conformeá equidad, jufticia le le abonaflen mas partidas, que las que provinieflen del + delpacho de fusBullas, y coftas del Pleyto : ni era pofsible huvielfe galtado en lolo efto, y alimentarfe vn Clerigo particular, que vivia en el Seminario de la Congregación de la: Cala de Mifsion - en-Roma, en doze años, mas «de veinte mil pefos , fobrandole dofcientos pefos cada año para: mantenerle con decencia ; y lo que gafto en los:ochoaños, q le eftuvo en Genova, y por fu culpa, no le dio paflo:en el negocio, tampoco debia confiderarle ler de la obligacion:del Cabildo bonificatfelo, por no fer expendido en . la continuacion del pleyro; 2: 00005 ER Hecha cfta reprelentacion al Eminentifsimo Señor Cardenal Imperiali,conla mas oblequiofa veneración, eri relpucita de lu Carra : fe esforzo el:Cabildo; coréldefleo de complacerle-, y' que tuvielle gloriofo finpor fumano; vn negocio tan intrincados.y ruydoto 4: poner eñla confideracion mas Juftificada , y difereta dele Eminencia vna nueva Planta de Concordia tan' ventajola para Don Afenfio; y fuperior a todas lás'antecedeñtes, somo gravola al Cabildo:;>que fe redtxo: 4 que entrando enel Canonicatolaper/ona que propufie/Je el Cabildo,y i0'ótra alguna; fe le a/Jegurariana Don Afenfio mil ducados de renta Ectlefraftica ama lesen Beneficios, penjiones 3 haziendo/e por parte del Cabildo , 0 "de Ta Perfona que propufieffe para el Canonicato, todos los cojtos de la expedi. cion de las Bullas, y defpachos, que fuejjen precifJos +y demas de efto' fe pondrian promptos en efta- Ciudad. de Sevilla: 4 la" difpoficion-de-Don oí : Afenfio Afenfio diez:mil pefos para que con ellos! extinguie/je fus: debitos., y empeños; 0v/afe de efhacantidada fuarbitrio.: toda é | Dirigiolea lu Eminencia efta reprefentacion, y propuefta, por medio del Agente del Cabildo, por quien Je tuvo la noticia de averla puefto en lu mano, y no otra; porque no ha jelniacla doa ella; ignorafle(i fue, 0 nodefu aprobacion: pero el exito ha calificado, no le exihibió efte Eminentifsimo, tan latisfechio de la juftificacion, y obfequio del Cabildo, como feprometia5- pues continuando losautos, y contradiétorios judiciales en la Con= gregacion de tres Cardenales, a los que con efpecial Decreto de lu Santidad, fe añadieron defpues otros dos, que fueron los Eminentiísimos Oliveri, y Falconieri, viftala caufael dia veinte y vno de Septiembre del año paflado de fetecientos y treinta ; fe relol: vio le compufieflen, y concordaflen las partes dentro del termino de cinco mefes, preferibiendo la forma, y fubftancia de la Concordia, quee reduce: .4 que el Cabildo de , y pague: 4 Don Afenfo, por razon de todas las: pretenfiones:, introducidas de frutos , coftos del pleyto daños, e intere/]es. ;catorzemil feifcientos y. fefenta excudos de moneda Romana (que hazen pelos de Efpaña, diez y ocho mil trefcientos y veinte y cinco) pero: de modo, que de eftos, los cinco mil y trefcientos excudos (pelos de Efpaña [cis mil feifcientos y veinte y cinco) fea de la obligacion: del Cabildo ponerles en Roma libres de: todo cambio, y por fu quenta, y riefqo:y la reftante cantidad fe ha de emplear en extinguir los debitos que Don Afenfio tiene contrasdos: en eftos Rey= 205, depofitandola á-efte fin, o tomandoen fi el Cabildo: la obligacion de fatisfacer fus Acreedores 3 que Don Afenfio efte obligado a permutar ,0 reftenar el Canonicato, como mas bien le.convinie/]e y enla perfona , que guftare, y que interin, que no lo executa/]e, tenga obligacion el Cabildo 4 pagarle todos los años feifcientos y cinguenta excudos [ que fon pelos ochocientos, y doze y medió ) pue/ftos en Roma 4 quenta , y riefgo del Cabildo, libres de todos cambios; Y en: calo de no «otorgar las partes la Concordia en eftaforma ; refervaen li la Congregacion a facultad de hazer que feororgue, paíladoslos cinco meles , de Oficio; y decretar fu execucion. 2:00 a - ¿Efta refoJucion de la Congregacion,en que configuid Don Afenfio quanto pretendia, no [e publico, ni hizo faber a los Proz curadores de las partes, hafta el día veinte y vno de Diziembre de dicho año de ferecientos y treinta 5 y la noticia de ella llego 4 efta ¿Ciudad el dia diez. de Febrero de elte prefente de fetecientos y treinta y vno, la.que coma no efperada; hizomas imprelsion en 201 C el