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El primer desafío del nuevo milenio, "El efecto 2000": sus repercusiones contables

Cañadas Molina, Encarnación; González Quintana, María José

Abstract

El mundo afronta actualmente uno de los grandes retos de la era de la información. Al aproximamos al nuevo milenio, muchos sistemas informáticos están preparados para volverse hacia atrás en el tiempo. Las anomalías resultantes podrían causar graves interrupciones en los diversos sectores de la economía. En nuestra comunicación abordamos los problemas que se plantean, las alternativas que se han planteado para resolverlos, su relación con el Euro, así como su tratamiento contable y el papel del auditor ante dicho panorama.

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EL PRIMER DESAFÍO DEL NUEVO MILENIO, “EL EFECTO 2000”: SUS REPERCUSIONES CONTABLES. Encamación Cañadas Molina María José González Quintana Universidad de Málaga El mundo afronta actualmente uno de los grandes retos de la era de la información. Al aproximamos al nuevo milenio, muchos sistemas informáticos están preparados para volverse hacia atrás en el tiempo. Las anomalías resultantes podrían causar graves interrupciones en los diversos sectores de la economía. En nuestra comunicación abordamos los problemas que se plantean, las alternativas que se han planteado para resolverlos, su relación con el Euro, así como su tratamiento contable y el papel del auditor ante dicho panorama. The world is presentíy facing one of the greatest challenges in the information era. As we approach the new millennium, many computer systems are ready to turn back in time. The resulting anomalies might cause serious disruptions of various economy sectors. In our paper we will deal with the problems created, the way to solve them, and their connection with the euro (ecu) as well as their financial treatment and the part auditors must play in view of the situation. PALABRAS CLAVE: efecto 2000; nuevo milenio. KEY WORDS: 2000 effect; new millennium. 1. EL PROBLEMA DEL EFECTO 2000. El efecto 2000 es el término utilizado para describir los errores de cálculo en las aplicaciones informáticas que surgirán cuando el calendario cambie de 1999 a 2000. El problema, en esencia, se origina a partir de un criterio de programación adoptado, prácticamente, a nivel universal en la década de los sesenta por la industria de los ordenadores y consiste en almacenar las fechas en un formato de seis dígitos, es decir, AA/MM/DD, donde AA corresponde a los dos dígitos del año; en consecuencia, muchos ordenadores no podrán, con la llegada del nuevo siglo, identificar si se trata del año 1900 ó 2000.El motivo inicial de utilizar dos dígitos para recoger el año fue, hace ya bastante tiempo, la necesidad de ahorrar memoria, muy cara en aquellos momentos y, en muchos casos, limitada técnicamente por la arquitectura y posibilidades de los equipos. A lo anterior, se unía la reducida capacidad de proceso y el lógico deseo de optimizar los tiempos globales de ejecución. A pesar de que las circunstancias han cambiado, como consecuencia del rápido desarrollo tecnológico, procesos posteriores han seguido con ésta misma práctica de utilizar dos dígitos para representar el año, sobre todo, para facilitar la necesaria compatibilidad con los antiguos sistemas, pero también, en parte, debido posiblemente a la costumbre. Asimismo, el problema anterior se agrava debido a la errónea consideración del año 2000 como año normal y no bisiesto, dado que, existen muchos programas que ejecutan algoritmos de cálculo, en los que no se han tenido en cuenta esta circunstancia. Es probable, que podamos deducir de lo anterior que el efecto 2000 es, fundamentalmente, un problema informático; sin embargo, debemos subrayar que conlleva repercusiones tanto económicas como sociales en todos los ámbitos de nuestra sociedad, puesto que, los sistemas informáticos son cada vez más esenciales para las empresas y la seguridad, tanto en el sector público como en el privado. En general, como consecuencia de las causas expuestas, se pueden detectar errores en los tratamientos de la información que impliquen cálculos, comparaciones y ordenaciones de fechas, que ocasionen fallos, entre otros, en; IX Jomadas Hispano-Lusas de Gestión Científica • Los ordenadores de todo tipo, tanto los sistemas informáticos de gestión como los que controlan procesos industriales. • Los sistemas telefónicos. • Las redes de suministros eléctrico, agua, comunicaciones, etc. • El control del trafico aéreo, marítimo y terrestre. • Las instalaciones donde se ubica la organización de la empresa: sistemas de seguridad y control de acceso, climatización, vitrinas frigoríficas, ascensores, teléfonos... • Los suministros de los proveedores (las empresas no recibirán a tiempo los productos o servicios para que las mismas marchen correctamente). • Los clientes (si sus sistemas informáticos fallan, su actividad se podría resentir, alterándose su solvencia económica). • Las tarjetas de crédito (imposibilidad de uso). • Las prestaciones sociales, pensiones, sanidad, seguros. • Los mercados financieros (cuentas bancarias e hipotecas, cotizaciones de bolsa...). • Las cuentas anuales de las empresas. Como se desprende de lo anterior, la importancia del asunto es de una magnitud extraordinaria, puesto que, se ven afectadas aplicaciones informáticas que están relacionadas con una gran variedad de productos y servicios, en los que se hallan implicados todos los agentes económicos, consumidores, empresas y administraciones públicas. Por una parte, los consumidores dependen, en la actualidad, de una gama cada vez más amplia de servicios tales como las pensiones, las prestaciones sociales, la sanidad, los seguros, el suministro de energía, el transporte, etc. Cada uno de esos servicios se presta a través de una extensa y completa serie de sistemas informáticos, todos los cuales son vulnerables al llamado “efecto 2000”. Por otra parte, las empresas, sean grandes o pequeñas, y las administraciones públicas dependen, igualmente, no sólo de un funcionamiento correcto de sus propios sistemas informáticos, sino también de la integridad operativa de los sistemas de sus socios comerciales, por ejemplo, clientes, proveedores, subcontratistas... Para prevenir todos estos efectos negativos y para reducir al mínimo su impacto, en los sectores público y privado, es necesario agilizar los preparativos que aseguren una transición sin incidentes al nuevo milenio de las aplicaciones informáticas existentes, en lo cual deben cooperar todos los agentes interesados dentro de su ámbito de responsabilidad y esfera de acción. 2. CÓMO ABORDAR EL PROBLEMA. El acuerdo del Consejo de Ministro, del pasado 12 de junio, encomendó tareas específicas destinadas a impulsar el proceso de adaptación de las distintas organizaciones que integran la Administración General del Estado y a estimular la adopción de medidas semejantes por el resto de la sociedad española, mediante una adecuada colaboración entre el sector público y los principales agentes del sector privado. En lo que concierne a la Administración General del Estado, el acuerdo responsabiliza, directamente, a los subsecretarios de los departamentos ministeriales de la adaptación al año 2000 de los sistemas de información y dispositivos afectados en los ministerios y organismos públicos; dispone, también, la ampliación y actualización del plan establecido por el Consejo Superior de Informática; por último, establece un calendario y adopta diversas medidas, cuya ejecución responsabiliza al centro directivo competente en cada caso. Por lo que se refiere a la colaboración con el sector privado, ésta se articula a través de la creación de una Comisión Nacional para el Efecto 2000, con representantes del sector público y del sector privado y se encomienda a distintos órganos de la Administración General del Estado llevar a cabo acciones en relación con aquellos agentes del sector privado incluidos en su ámbito competencial. No obstante, el efecto 2000 no sólo repercute en entidades de ámbito nacional, sino que, se trata de un problema que afecta a nivel mundial, motivo por el que la Comisión Europea ha diseñado y 334 Área de Economía Financiera y Contabilidad comenzado a aplicar una serie de actuaciones dirigidas a estimular a su propia organización y a los responsables de cada sector, para que tomen las medidas oportunas. El mensaje unánime que trasmiten los organismos anteriores se centra, fundamentalmente, en que no se trata de un problema irresoluble, pero sí de un proyecto complejo que se recomienda, en general, abordar cuanto antes, porque después ya será tarde. Sin embargo, debemos subrayar que aunque casi todo el proyecto del efecto 2000 de la entidad se llevará a cabo bajo la responsabilidad del departamento de informática de la misma, su gran repercusión potencial requiere la participación de toda su estructura, exigiendo una comprensión y liderazgo claros de la dirección. La aplicación con éxito de las medidas necesarias para paliar el problema, debe considerarse un objetivo estratégico en los niveles más altos de la entidad, con independencia de su dimensión y de su sector. Las medidas que se deben tomar están bien definidas y se han dado a conocer adecuadamente, en concreto, la dirección general de PYMES trabaja en crear un programa de autodiagnóstico que detecte los problemas de cualquier máquina y sugiera soluciones; además, editará una guía metodológica que pueda usarse para llevar a cabo el ajuste y se harán mailings sectoriales para áreas económicas con problemas específicos. Por lo que respecta a las medidas que se deben adoptar, es necesario hacer hincapié en la no existencia de soluciones mágicas que sean útiles en todos los casos, pero sí una forma de proceder que puede llevar a cualquier entidad a superar el efecto 2000 con éxito. En general, las acciones que se deben de emprender para atajar el problema son las siguientes: 1. Designar un responsable del proyecto 2000. 2. Asegurar que las nuevas adquisiciones de hardware o software sean compatibles con el año 2000. 3. Hacer un inventario completo de todos los sistemas informáticos, centralitas, alarmas, etc., de la propia empresa. 4. Realizar un inventario externo de clientes, proveedores e infraestructuras básicas (agua, energía, teléfono, transporte...). 5. Contactar con sus suministradores de sistemas informáticos, para recibir información acerca de la adecuación de los equipos actuales. 6. Elaborar un diagrama de flujo de información tanto intemo como extemo (desde/hacia las organizaciones con las que intercambia datos). 7. Identificar los sistemas de información vitales y examinar cuáles resultan críticos para la supervivencia de la actividad empresarial, comenzado por solucionar éstos, en primer lugar, y los demás, en orden descendente. 8. Decidir si la empresa necesita ayuda extema para resolver su problema, puesto que, puede disponer de los recursos materiales y humanos necesarios o precisar los servicios de un consultor especializado en temas informáticos. 9. Valorar los costes del plan de acción requeridos para remediar el problema. 10. Adaptar o sustituir los sistemas afectados. 11. Realizar pruebas exhaustivas de funcionamiento para tener la seguridad de que los sistemas adaptados o sustituidos funcionan adecuadamente, comprobando, especialmente, las relaciones entre aplicaciones, tanto intemas como externas; ésta es la fase más importante de todo el proceso, dedicándole, en consecuencia, más recursos y atención. 12. Preparar un plan de emergencia para el caso de que, a pesar de haber realizado todo lo anterior, los sistemas no funcionan correctamente el 1 de enero del 2000. Dada la complejidad de todas estas actividades, unido a la escasez de personal cualificado en programación y en gestión de proyectos hacen que las entidades con una importante plantilla en el departamento de informática intenten retenerla, mientras que las que necesiten acudir al exterior deban enfrentarse pronto a un rápido agotamiento de la capacidad disponible y al consiguiente aumento de precios. De todo lo anterior se deduce que la adecuación de los sistemas informáticos a la nueva realidad no sólo será una cuestión de dinero, sino también de tiempo y de falta de técnicos preparados para solucionar el problema. 335 IX Jomadas Hispano-Lusas de Gestión Científica Datos tomados de un estudio realizado por la Asociación Española de Tecnología de la Información (SEDISI), reflejan que sólo el 12,6 % de las compañías han tomado algunas medidas para solucionar el caos informático. El panorama, sin embargo, es algo más optimista en el caso de la empresa con más de quinientos empleados; en este caso, el porcentaje de empresas que han abordado proyectos de adecuación asciende al 26,2 %. Según la citada fuente, las pymes son las que menos se están preocupando por el tema y sólo un 3,8 % han tomado medidas (Polo, 1998, p. 14). 3. RELACION DEL PROYECTO 2000 CON EL PROYECTO EURO. Proyecto Euro es el conjunto de actividades que se han de realizar para la implantación de la moneda única en la Unión Económica Europea y que ésta sea operativa, en el grado de utilización que se defina, a partir del 1 de enero de 1999. Esto implica la adaptación oportuna de los sistemas de información a las nuevas necesidades, coincidiendo en el tiempo con el proceso del año 2000. Si bien, en algunos sectores de la opinión pública, la adecuación al año 2000 puede dar la impresión de que es un gasto que no aporta nada a la Administración o a las empresas, permitiendo sólo que sus ordenadores sigan funcionando como hasta ahora y que el Euro por el contrario, bien planificado supone una mejora competitiva, la cuestión es bien distinta, dado que un error de evaluación en la aportación de recursos para hacer frente a la problemática del año 2000, puede hacer que los sistemas informáticos fallen al llegar el año en cuestión y, por lo tanto, la adaptación al Euro tampoco se pueda llevar a cabo y no se realice su implantación en la fecha prevista. Como consecuencia de lo anterior, al coincidir en el tiempo ambos procesos no se puede minimizar uno en favor del otro, dado que, a pesar de que ambos problemas no tienen el mismo ámbito y la misma naturaleza, sí tienen, los dos, bastantes aspectos en común, destacando, entre otros, los siguientes: afectan a casi todos los sistemas informáticos de la organización, suponen una inversión muy elevada, tienen un plazo prolongado de ejecución y puesta en marcha. No obstante, son también evidentes las numerosas características que diferencian ambos procesos de adaptación, entre las que podemos citar, el ámbito al que afectan (mundial, en el caso del efecto 2000 y europeo, en el Euro), el origen de los mismos (técnico -proyecto 2000- y económico y político -Euro-), así como el hecho de que el efecto 2000 es un problema de informática que repercute en las empresas y el Euro es un problema empresarial con impacto en la informática. A pesar de lo anterior, las metodologías y herramientas existentes en el mercado para resolver el efecto 2000, con la adecuada reestructuración pueden ser totalmente válidas para el proceso del Euro, en lo que a formatos se refiere. Ello hace posible un mayor aprovechamiento de las inversiones correspondientes y tiene el valor añadido de poder contar con un equipo técnico, suficientemente preparado en éstos aspectos como para encarar el reto de implantación del Euro. Por todo ello, es evidente la importancia de reutilizar las experiencias acumuladas durante los procesos del año 2000, las herramientas adquiridas, la formación recibida y las estructuras organizativas de los equipos de trabajo, lo cual puede ser un factor clave para el éxito de los procesos de adaptación al Euro. 4 * * * * 4. REPERCUSIONES CONTABLES DEL EFECTO 2000. Una cuestión muy importante, propia de un estudio diferenciado, es el tratamiento que otorga la Contabilidad al efecto 2000, puesto que, las actuaciones que se han de llevar a cabo en las entidades, provocarán una serie de gastos e inversiones que serán necesario evaluar y que deberán tener el oportuno reflejo en los estados financieros de las mismas. En este sentido, se han pronunciado, tanto la Comisión Europea como el Consejo de Ministros de nuestro país. Este último, en el citado acuerdo adoptado “sobre medidas en relación al efecto 2000”, de 12 de junio de 1998 “encomienda al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) que precise la información mínima que deban incorporar las empresas en la memoria de las cuentas anuales de los ejercicios 1998 y 1999 sobre los proyectos y medidas adoptadas para evitar el 336 Área de Economía Financiera y Contabilidad efecto 2000, así como las consecuencias que se pudieran derivar en el desarrollo de su actividad mercantil”. En consecuencia, el ICAC emite una resolución con fecha 20 de julio de 1998, sobre la información a incorporar en las cuentas anuales relativa al efecto 2000. En la misma, no obstante, como se indica en su introducción, se trata el problema del año 2000 sin incorporar nuevos criterios contables, distintos a los ya existentes, dado que, entiende que los establecidos en la normativa vigente son suficientes para abordar dicha circunstancia; por consiguiente, sólo intenta aclarar, sistematizar y homogeneizar la información que la empresa debe recoger en sus estados financieros. La citada resolución, recoge los dos aspectos que los administradores de la empresa deben, en su caso, contemplar: por una parte, el tratamiento y registro de las operaciones realizadas o que se estime necesario efectuar sobre las aplicaciones informáticas e instalaciones que pudieran afectar al balance y a la cuenta de pérdidas y ganancias y, por otra parte, la información que es necesaria incluir a este respecto en la memoria. En lo que concierne al primer aspecto y en concreto al balance, consideramos necesario distinguir, previamente, la naturaleza del activo que será objeto de renovación, ampliación o mejora. En este sentido, si dichas actuaciones se llevan a cabo sobre el activo material, en el que se incluyen el equipo informático (hardware) y otras instalaciones afectadas (centralitas, ascensores, cajas de seguridad...), debemos aplicar la norma de valoración tercera, apartado f), del Plan General de Contabilidad, relativa al inmovilizado material, que señala que “los costes de renovación, ampliación o mejora305 de los bienes de inmovilizado material serán incorporados al activo como mayor valor del bien, en la medida que supongan un aumento de su capacidad, productividad o alargamiento de su vida útil, y siempre que sea posible conocer o estimar razonablemente el valor neto contable de los elementos que, por haber sido sustituidos, deban ser dados de baja del inventario”. Sin embargo, si los elementos afectados forman parte del activo inmaterial, en el que se recoge las aplicaciones informáticas (software), es necesario acudir a la norma séptima de la Resolución del ICAC, de fecha 21 de enero de 1992, referente a las normas de valoración del inmovilizado inmaterial. En dicha resolución, se pone de manifiesto que los costes devengados como consecuencia de modificaciones o modernización de aplicaciones informáticas ya existentes dentro de la estructura operativa de la empresa, en ningún caso, se activarán. Como se deduce de lo anterior, sólo será reconocido como activo el importe satisfecho por la adquisición de nuevas aplicaciones informáticas. En cuanto a la cuenta de pérdidas y ganancias, como norma general y siguiendo el principio de devengo, se imputarán a la misma como gastos en el período en que se ocasionen los importes destinados a la adecuación de las aplicaciones informáticas y otras instalaciones, no incluidos en el balance, tal y como hemos señalado en el párrafo precedente y, además, todos los gastos originados en dicho proyecto, no incluidos en ninguno de los apartados anteriores, entre los que podemos citar, los gastos realizados en el responsable del proyecto, en los inventarios (tanto extemos como intemos), en las consultas realizadas a suministradores de sistemas informáticos, en la formación del personal para las aplicaciones de sistemas informáticos, en las revisiones globales de control de los sistemas y aplicaciones informáticas, en la contratación de personal especializado, etc.. Todas estas partidas se contabilizarán en las cuentas de gastos correspondientes, según la distinta naturaleza de los mismos, en tanto en cuanto, las mismas no fueran significativas desde un punto de vista cuantitativo, puesto que, en caso contrario, se deberán considerar dentro de las partida * lo 305 La Resolución de 30 de julio de 1991, por la que se dictan normas de valoración del inmovilizado material, define el término renovación como “el conjunto de operaciones mediante las que se recuperan las características iniciales del bien objeto de renovación” (en este caso, es necesario dar de baja el elemento sustituido). Asimismo, entiende por ampliación “el proceso mediante el que se incorporan nuevos elementos a un inmovilizado, obteniéndose como consecuencia una mayor capacidad productiva”. Por último, el término mejora lo conceptúa como “el conjunto de actividades mediante las que se producen una alteración en un elemento de inmovilizado, aumentado su anterior eficiencia productiva”. En el caso de la ampliación y de la mejora, para que puedan imputarse como mayor valor del inmovilizado deberán producir (norma tercera, punto 3, a): Aumento de su capacidad de producción. Mejoras sustanciales en la productividad. Alargamiento de la vida útil estimada del activo. 337 IX Jomadas Hispano-Lusas de Gestión Científica de “gastos extraordinarios” en la cuenta de pérdidas y ganancias, evitando, de esta manera, inflar los gastos ordinarios de la empresa en el ejercicio e imposibilitando análisis comparativos y cálculo de ratios.No obstante, sin perjuicio de lo anterior, la empresa, en virtud del principio de prudencia, deberá dotar las correspondientes provisiones para riesgos y gastos, dado que las mismas tienen por objeto cubrir gastos originados en el mismo ejercicio o en otro anterior, siempre que estén claramente especificados en cuanto a su naturaleza, aunque, en la fecha de cierre del ejercicio, sean probables o ciertos pero indeterminados en cuanto a su importe exacto o fecha en que se producirán. En consonancia con lo anterior, la Asociación Española de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (AECA) indica que esta provisión se dotará en los casos en los que las reparaciones reúnan las siguientes características: 1. - Los importes sean de una cuantía importante, respecto al total de los gastos rutinarios de mantenimiento y reparaciones ordinarias de la empresa. 2. - Se trata de reparaciones que deban realizarse con carácter predeterminable y que no aparezcan regularmente en cada ejercicio. 3. - Los conceptos involucrados se refieren a obras que se realizarán con toda probabilidad, de acuerdo con el plan industrial de la empresa y la normativa vigente. 4. - La reparación no implique aumento de vida útil o de la capacidad de producción del bien objeto de la misma. Por tanto, los gastos futuros previstos para las reparaciones extraordinarias derivadas del efecto 2000, deben ser periodificados previamente en los ejercicios de 1998 y 1999 e imputados a las cuentas de resultados de dichos períodos, a través de las correspondientes provisiones, de forma tal que cuando llegue el nuevo milenio exista una provisión suficiente para cubrir dichos gastos. A este respecto, la Comisión Europea señala que la citada provisión sólo puede hacerse en un número reducido de circunstancia y la misma debe cumplir los criterios de las directivas contables. Añade, además, que cuando no se haya creado una provisión pero exista una reserva, deberá aclararse adecuadamente en la memoria. En relación con lo anterior, consideramos que, en cualquier caso, deberá tratarse de una reserva de libre disposición. Otra cuestión a tener en cuenta, también, que puede afectar a la cuenta de pérdidas y ganancias, es la relativa al tema de la amortización. Puede ocurrir que, como consecuencia de la adecuación de la empresa al año 2000, el período estimado de vida útil de determinadas aplicaciones informáticas e instalaciones se pudiera ver afectado, en algunos casos aumentando (ampliación y mejora), siendo necesario calcular un nuevo parámetro para calcular las cuotas de amortización hasta que finalice su vida útil y, en otros, disminuyendo (renovación), haciéndose preciso una amortización acelerada del bien sustituido. En relación con el segundo aspecto, referido a la memoria, la resolución del ICAC de 20 de junio de 1998 establece la información mínima que la misma debe incluir, siempre y cuando ésta sea significativa. Para llevar a cabo este cometido, se crea un apartado nuevo con la denominación “aspectos derivados del efecto 2000”, en el que deberán figurar los siguientes datos: a) Descripción, tanto de las repercusiones que produce el efecto 2000 en la estructura general de la empresa, como de los hechos más significativos. b) Desglose de las incertidumbres que dependan de la acomodación y subsanación por este hecho. c) Información sobre los riesgos asegurados. d) Los planes de actuación elaborados para hacer frente a esta situación, realizando una estimación de sus importes y de los plazos para su ejecución. e) Compromisos futuros relativos a inversiones u otras operaciones a realizar, así como los ya efectuados. f) La cuantificación de los gastos y pérdidas originados de la acomodación de las aplicaciones informáticas u otras instalaciones. g) Las provisiones que, en su caso, se dotaran y su justificación. h) Los elementos cuya vida útil resulte alterada, así como la repercusión en su amortización. i) Los hechos que puedan afectar al principio de empresa en funcionamiento. 306 306 Documento n° 11 sobre “Provisiones, contingencias y acontecimientos posteriores al cierre de los estados financieros”, p.37. 338 Área de Economía Financiera y Contabilidad 5. ACTUACIONES DEL AUDITOR RELACIONADAS CON EL EFECTO 2000. Como consecuencia del problema que tendrán que afrontar las empresas con la llegada del año 2000, comentado en los epígrafes anteriores, el ICAC publica una Resolución307 de 24 de julio de 1998 en la que se establece la “Norma Técnica de Auditoría sobre el efecto 2000”, que tiene por objeto establecer los criterios que el auditor debe seguir en la realización de trabajos de auditoría de cuentas sobre los estados financieros de las empresas afectadas. En este caso, tal y como sucede con la Resolución de 20 de julio de 1998, no se dictan procedimientos y pruebas diferentes a los existentes en la actual legislación en auditoría y que deben utilizarse ante cualquier contingencia de esta naturaleza que se produzca en la entidad auditada. En este sentido, el auditor aplicará los procedimientos que estime convenientes, con objeto de verificar que las cuentas anuales formuladas por los administradores reúnen la información necesaria y suficiente sobre el efecto 2000 y, en su caso, especificar en su informe de auditoría cual o cuáles son los aspectos que deberán ponerse de manifiesto para informar adecuadamente a los usuarios de dicho informe y de las cuentas anuales. Por consiguiente, esta norma tampoco ha de suponer una modificación en las responsabilidades del auditor en el desarrollo de su trabajo y en la emisión de su informe, sino que, su objetivo es el de poder “servir para sistematizar, aclarar y orientar la actuación del auditor en el tratamiento de esta cuestión en sus trabajos de auditoría, a fin de que se pueda obtener una homogeneidad en las actuaciones de todos los auditores de cuentas en los trabajos de auditoría que vayan a realizar próximamente y que en gran número de ellos se verán afectados por dicha cuestión”. En lo relativo al trabajo de auditoría, el auditor debe, en primer lugar, comprender la repercusión que el efecto 2000 puede tener sobre las cuentas anuales de la entidad a auditar y, en segundo lugar, valorar el riesgo de que las cuentas anuales, objeto de auditoría, contengan información incorrecta debido al problema del año 2000. Una vez obtenida la valoración de dicho riesgo, si la misma no se considera significativa no se necesita ninguna tarea adicional de auditoría, a menos que en el transcurso de ésta se obtenga evidencia que aconseje lo contrario. Por el contrario, si éste es significativo, el auditor debe, por una parte, estudiar el plan de los administradores para controlarlo; por otra parte, evaluar el impacto sobre las cuentas anuales y, por último, diseñar procedimientos de auditoría para abordar el riesgo. Ahora bien, cuando los problemas del efecto 2000 afecten directamente a los sistemas de la entidad que generan la información para la formulación de las cuentas anuales, por ejemplo el cálculo de las cuotas de amortización, el auditor debe realizar un examen minucioso de los planes de los administradores. Resulta obvio que, cuando no existan expectativas razonables de disponer de otra evidencia sobre el problema del efecto 2000, el auditor puede considerar necesario obtener manifestaciones específicas de los administradores de la empresa. De acuerdo con la Norma Técnica de Auditoría308 establecida al efecto, el auditor deberá comunicar las deficiencias significativas de control interno relacionadas con el efecto 2000. Además, se pueden detectar otras deficiencias provocadas por dicho efecto que, a pesar de no considerarse significativas, puedan ser de interés para los administradores, en cuyo caso se debe plantear informar de tales deficiencias a los mismos para que sean solucionadas. En cuanto a la repercusión que el efecto 2000 tiene sobre el informe de auditoría, el ICAC subraya algunas de las situaciones en las que el auditor podrá encontrarse con más frecuencia y el tratamiento que correspondería seguir en cada una de ellas, en función de su importancia relativa en cuanto a las cuentas anuales auditadas. En este sentido, la opinión del auditor dependerá de las circunstancias que concurran. Por una parte, emitirá una opinión con salvedades o desfavorable cuando aparezcan errores o incumplimientos de principios y normas de contabilidad generalmente aceptados en el tratamiento dado al efecto 2000 307Esta Norma Técnica de Auditoría sobre el “Efecto 2000” pasará a tener carácter definitivo, una vez transcurrido un plazo de seis meses a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado. 308 Resolución de 1 de septiembre de 1994, por la que se publica la Norma Técnica sobre “la obligación de comunicar las debilidades significativas de control interno”. 339 IX Jomadas Hispano-Lusas de Gestión Científica en las cuentas anuales. Y, por otra parte, puede emitir una opinión con salvedades o denegarla cuando existan incertidumbres o limitaciones al alcance, por no disponer el auditor de las evidencias necesarias en relación con el problema del año 2000. El auditor, también, tiene la posibilidad de incluir en su informe un “párrafo de énfasis” cuando considere oportuno resaltar la importancia de la información contenida en la Memoria del efecto 2000, aún en el caso de que en ésta aparezca con suficiente claridad. Por último, una cuestión susceptible de ser analizada en el trabajo de auditoría es la repercusión que el efecto 2000 tiene sobre el principio de empresa en funcionamiento, puesto que, a veces, dicha repercusión puede ser de una magnitud considerable que implique dudar sobre la continuidad de la empresa, salvo en las ocasiones en las que se puedan emprender acciones eficaces para evitar el problema. Una vez analizada la capacidad de la empresa para seguir con su actividad, si el auditor considera que existe alguna incertidumbre sobre la misma, deberá hacerla constar en su informe de auditoría con la salvedad correspondiente, según lo establecido en la Norma Técnica de Auditoría “sobre la aplicación del principio de empresa en funcionamiento”309. BIBLIOGRAFÍA ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS, de 12 de junio de 1998, sobre medidas en relación al efecto 2000. ÁLVAREZ LAITA, F.J.; BURGOS DE MIGUEL, J.A.; GARCÍA VILLARREAL, E.; VIGÓN ARBIZU, B. (GRUPO C.P.): Guía 2000. Guía práctica para la adaptación de los sistemas informáticos de las empresas al año 2000. Ed. Estructura, S.A. Madrid, 1998. ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE CONTABILIDAD Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS: “Provisiones, contingencias y acontecimientos posteriores al cierre de los estados financieros”. Documento n° 11, junio, 1988. CERVERA, J.: “El efecto 2000: Aún hay tiempo para evitarlo”. Diario Cinco Días. Madrid, 28, julio, 1998. 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