El suplemento y el complemento adverbial: precisiones categoriales
Abstract
El presente artículo plantea, desde presupuestos gestálticos y pragmáticos, la obligatoriedad argumental de la categoría suplemento, bien desde un punto de vista discursivo, bien desde una perspectiva pragmática, ya que en los casos de presumible elisión, su presencia resulta implícita entre los interlocutores. No obstante, tal fenómeno origina, necesariamente, la aparición de una "huella lingüístico-cognitiva", como manifestación de su obligatoriedad en el caso de omisión: una huella que se manifiesta como una función sintáctica sustitutiva de naturaleza diversa, sin la cual el discurso deviene agramatical.
Full text
EL SUPLEMENTO Y EL COMPLEMENTO ADVERBIAL: PRECISIONES CATEGORIALES José Luis Tornel Sala I.E.S. Nº 2 de Mutxamel RESUMEN El presente artículo plantea, desde presupuestos gestálticos y pragmáticos, la obligatoriedad argumental de la categoría suplemento, bien desde un punto de vista discursivo, bien desde una perspectiva pragmática, ya que en los casos de presumible elisión, su presencia resulta implícita entre los interlocutores. No obstante, tal fenómeno origina, necesariamente, la aparición de una “huella lingüístico-cognitiva”, como manifestación de su obligatoriedad en el caso de omisión: una huella que se manifiesta como una función sintáctica sustitutiva de naturaleza diversa, sin la cual el discurso deviene agramatical. Palabras clave: Suplemento, Complemento Adverbial, Cognición, Gestalt, Pragmática.. ABSTRACT The aim of this paper is, simply, to point out the relationship between syntactic categorial functions as supplement and adverbial complement. Both of them are revealed the same categorial functions: Supplement, because the existence of common traits: argumental semantic obligatority of the verb, impossibility of sentence suppression, prepositional linking and iconic and argumental treading when discursive suppression is appeared. Keywords: Supplement, Adverbial Complement, Cognition, Gestalt, Pragmatics. . Partiendo de la definición sígnica de complemento circunstancial que elaboró Masiá Canuto (1994: 46 y ss.), por la cual el rasgo predominante que lo caracteriza es el relativo a su naturaleza no central, sino periférica; partiendo de ella, y debido a que hablar de periferia “no supone otra cosa que estar hablando de una función sintáctica oracional constituyente del predicado (…) con una vinculación a éste menor que la de las restantes funciones predicativas” (Ibíd.), es lógico inferir que la supresión o ausencia de un “complemento circunstancial” no resultará agramatical para el conjunto argumental y sintáctico de la oración en el que se integre: a) Me gusta jugar a menudo con el ordenador a´) Me gusta jugar con el ordenador b) Suelo pasear por el campo con mis hermanos los fines de semana b´) Suelo pasear (¿por el campo?) I.S.S.N. 1132-0265 Philologia Hispalensis 20 (2006) 42-52
El suplemento y el complemento adverbial 43 El listado de verbos susceptibles de incorporar complementos circunstanciales suprimibles quizá sea tan extenso como la imaginación de cada hablante, ante lo cual omitiré la prolija nómina de ejemplos que podría establecerse en este apartado. Lo cierto es que, según Masiá Canuto (opinión que comparto plenamente), los rasgos periférico y suprimible del complemento circunstancial son distintivos de esta función sintáctica, independientemente de si tal complemento se encuentra o no introducido por una preposición. Ahora bien, en lo que no estoy de acuerdo con la autora es con su concepción “flexible” de lo que se entiende por “periferia” y carácter obligatorio de una función sintáctica. Me explicaré: según Masiá Canuto, no es preciso discernir una función sintáctica diferente, por ejemplo, suplemento, dentro de la categoría funcional complemento circunstancial, y ello porque, prototípicamente hablando, en el seno de una función sintáctica como la mencionada podemos hallar “subclases funcionales” (Ibíd.: 54). La noción de efectos prototípicos (vid. capítulo cuatro) resulta tentadora por cuanto su alcance explicativo se ajusta, al menos así lo comprendo, a nuestra forma de conocimiento del mundo extralingüístico. No obstante, no es comprensible partir de ella con el fin de discriminar funciones que truncan de forma definitiva el conjunto de rasgos esenciales de tal o cual categoría; algo que sucede cuando la autora señala que “si queremos reflejar la posibilidad de que la presencia de un complemento circunstancial de lugar (en) dónde ante determinadas clases de predicado es obligatoria u opcional [sic], juzgamos más adecuado señalar este comportamiento diferente en la clase de función (…) [por ello] no consideramos necesario (…) elaborar una nueva categoría de función” (Ibíd.). Quiere esto decir que, si bien el complemento circunstancial se define como periferia, por tanto, función optativa del verbo, existen ciertos complementos circunstanciales “obligatorios” (no periféricos) que, antes que constituir una función sintáctica independiente, son incrustados, engastados prototípicamente, en una “subclase funcional” del complemento circunstancial. De esta manera, los complementos en Castellón, o en el buzón de las oraciones (1) y (2), no son sino complementos circunstanciales obligatorios del verbo, una subclase de lugar (en) dónde 2 (Ibíd.: 54-55): (1) Residen en Castellón (2) No pusiste el sobre en el buzón Igual sucede con los sintagmas subrayados siguientes: (3) El guardián condujo al prisionero a la cárcel (4) Los Reyes Católicos expulsaron de España al pueblo judío (5) Y el médico, por fin, llegó del hospital I.S.S.N. 1132-0265 Philologia Hispalensis 20 (2006) 42-52
44 José Luis Tornel Sala (6) Tu madre ha espolvoreado canela por todo el pastel (7) El concierto duró hasta las seis (8) Vuestro matrimonio no durará un mes (9) La cena es hoy (10) El concierto será al caer la tarde (Masiá Canuto, Ibíd.: 59-70). Todo ello nos conduce inevitablemente a la problemática nuclear de este apartado, a saber, la existencia o no de una clase funcional diferenciada del complemento circunstancial y de los suplementos, ajenos a los primeros por su naturaleza obligatoria-no periférica y a los segundos por su sustitución adverbialno pronominal. Evidentemente, Masiá Canuto soluciona la problemática partiendo, desde mi punto de vista, de una posición equivocada y excesivamente maleable del concepto periferia-no obligatoriedad. Ni que decir tiene que el sintagma en Castellón de Residen en Castellón, se acerca mucho más a una categoría como los suplementos que a la de los complementos circunstanciales; y ello sólo partiendo de su propio significado no periférico, sin considerar la posibilidad o no de sustitución adverbial. Engastar este tipo de complementos prepositivos en el interior de una clase circunstancial supone obviar su naturaleza nuclear respecto del sintagma verbal, propiedad inherente e inalienable de los mismos. De la misma forma, considerar complementos como en Castellón ajenos a la función suplementaria, únicamente debido a su carácter locativo-adverbial, también me resulta insuficiente, ya que, como más adelante explicitaré, diferenciar dos funciones basándonos en la posibilidad o imposibilidad de sustitución adverbial parece, cuando menos, poco justificativo (Gutiérrez Ordóñez, 1997: 192; R. Pérez, 1989; I. Bosque, 1983; M.a A. Martínez Linares, 1999: 157). De cualquier forma, aunque los complementos que analizamos han recibido distintas denominaciones entre la “literatura” suplementaria,1 todas ellas coinciden en identificar un sintagma preposicional carente de capacidad de supresión que es sustituible únicamente por referentes adverbiales, normalmente 1 Para Alarcos Llorach se trata de suplementos inherentes (Alarcos Llorach, 1986: 4; 1994: 287), y G. Rojo los considera complementos adverbiales (G. Rojo, 1985: 187; 1990: 164-170), al igual que P. Cuesta Martínez (P. Cuesta Martínez, 1997: 70) y L. Gómez Torrego (L. Gómez Torrego, 1997: 316). Por su parte, Hortensia Martínez distingue los suplementos de los aditamentos preposicionales regidos por el verbo (Hortensia Martínez, 1986: 117-119) y M.a Victoria Crego prefiere denominarlos complementos locativos regidos. I.S.S.N. 1132-0265 Philologia Hispalensis 20 (2006) 42-52
El suplemento y el complemento adverbial 45 locativos ajenos a la función suplementaria precisamente por este rasgo, y, no obstante, debido a su obligatoriedad, distintos de la función circunstancial: (11) Residía en Argentina (residían allí/allá) (12) Los aborígenes habitaban en esas cuevas (ahí habitaban) (13) En este lago desemboca el río (aquí desemboca) (14) La leyenda proviene del siglo XVI (proviene de entonces) (15) Los defectos proceden de esta administración (proceden de ahora).2 El único motivo que conduce a los autores que defienden la segregación funcional de estos “complementos adverbiales” respecto de la clase suplementaria, resulta ser la incapacidad de los primeros de ser sustituidos por un referente pronominal. Sin embargo, frente a ello, los complementos adverbiales, debido a su naturaleza locativa, siempre han de evidenciar icónicamente (vid. Haiman) una huella que los identifique como argumentos obligatorios, y ésta no puede ser sino un adverbio (allí, allá, ahí, aquí, entonces, ahora…). Dejando a un lado el hecho de que la identificación de una función sintáctica se base en la categoría funcional susceptible de conmutación (pronombre, adverbio...), que parece insuficiente,3 la cuestión resulta extraña si consideramos que para Alarcos Llorach no parece ser la sustitución por adverbios la prueba elemental para distinguir los suplementos inherentes; antes bien, lo es su obligatoriedad, como lo demuestra a modo de contraejemplos su propia ejemplificación contraria. Esto es, según Alarcos Llorach (Alarcos Llorach, 1994: 287), los suplementos inherentes se diferencian de complementos del tipo Entremos en detalles, Salid despacio o Cayeron en la tentación, no en la posibilidad de ser sustituidos por adverbios (según Alarcos Llorach, podemos encontrar Entremos ahí, en ella; Salid de ahí, de él; Cayeron allá, en ella), sino en que éstos últimos pueden ser suprimidos: Entremos, Salid, Cayeron. En realidad, Alarcos Llorach participa del contexto lingüístico y/o situacional como el gran acumulador informativo que posibilita la supresión de argumentos necesarios para la buena formación verbal; de lo contrario, no se explica que signos como entremos, salid o cayeron puedan ser considerados gramaticales. Fuera de contexto, evidentemente, no lo son. 2 Ejemplos tomados de Alarcos Llorach (1994: 287). 3 Como mucho, la diferente tipología categorial permitirá establecer rasgos distintos e internos en el seno de la prototípica función sintáctica, al igual sucede, por ejemplo, con el atributo y el predicativo (Tornel Sala, 1995; 1996ª; 1996b; 1996c). I.S.S.N. 1132-0265 Philologia Hispalensis 20 (2006) 42-52
46 José Luis Tornel Sala En consecuencia, las oraciones anteriores también evidencian la presencia de complementos no circunstanciales y, como pueden ser sustituidos por adverbios, podríamos pensar que igualmente serían suplementos inherentes. Ahora bien, si es posible la doble transformación pronominal y adverbial (Entremos en ellos/ahí; Salid de él/de ahí; Cayeron en ella/allá), ¿por qué no es plausible la doble sustitución en algunos de los suplementos inherentes que Alarcos Llorach menciona?: (16) El hedor emana de la pocilga (El hedor emana de ella/de allí) (17) Los aborígenes habitaban en esas cuevas (Los aborígenes habitaban en ellas/allí) (18) En este lago desemboca el río (Aquí desemboca; En el río desemboca) (19) Los defectos proceden de esta administración (Proceden de ella/de ahora) Es más, en algunos casos, incluso es mejor la sustitución pronominal que la adverbial. De manera paralela a las incongruencias anteriores, comparto la opinión de Gutiérrez Ordóñez cuando señala que los tradicionales adverbios de lugar y tiempo (aquí, ahí, ahora…), no son sino proformas, pronombres “que incluyen entre las condiciones de sustitución la presencia de los rasgos semánticos [+lugar] y [+tiempo] en los segmentos que reemplazan” (Gutiérrez Ordóñez, 1997: 192). Preformas semejantes a este, aquel, él, que se definen como categorías deícticas, susceptibles de remitir a unas determinadas coordenadas espacio-temporales concretas, pero no específicas, o lo que es lo mismo, son capaces de señalar un momento y/o lugar, pero de forma genérica, no de la manera puntualmente delimitadora como sí lo haría, por ejemplo, un sintagma del tipo en el despacho, el día 7 de marzo o a las nueve horas en punto.4 Partiendo de lo anterior, resulta indiferente si la proforma es o no pronominal, ya que ambos, los pronombres y los adverbios locativos y temporales tradicionales serían, en definitiva, proformas, categorías deícticas que señalan, pero no especifican. 4Cfr. Emilia-V. Enríquez, 2000; Alarcos Llorach, 1980; A. Martínet, 1972; O. Jespersen, 1975; F. Marcos Marín, 1978; M. A. Álvarez y J. A. Martínez, 1989. I.S.S.N. 1132-0265 Philologia Hispalensis 20 (2006) 42-52
El suplemento y el complemento adverbial 47 Por si ello fuera poco, Gutiérrez Ordóñez también hace hincapié en el motivo que imposibilita a verbos necesitados de complementación locativa a aparecer con preposiciones en su proceso sustitutivo, del tipo: (20) Residen en Madrid (Residen allí; *Residen en allí) (21) Vive en Alicante (Vive allí/aquí; *Vive en allí/aquí) La razón se circunscribe a la redundancia informativa que supone la coaparición de conjunta de un adverbio como allí, que significa ´lugar en donde´ con una preposición que, igualmente, posee tal significado (en, ante, bajo, sobre, so, tras) (Gutiérrez Ordóñez, Ibíd.): (22) Residen en [+loc ubi] Madrid [locativo] Residen allí [+loc ubi] *Residen en allí [+loc] [+loc] [+ubi] [+ubi] (23) Vive en [+loc ubi] Alicante [+loc ubi] Es necesario señalar, en definitiva, que distinguir los llamados complementos adverbiales de los suplementos a causa de su sustitución adverbial, aparte de no resultar oportuno, como acabamos de observar, parece derivar de la idea de que hay funciones sintácticas sustantivas y funciones adverbiales, tal como lo afirma, por ejemplo, Hortensia Martínez (Hortensia Martínez, 1995: 401); pensamiento que no comparto, fundamentalmente por dos motivos: en primer lugar, porque si admitimos el hecho de que el aditamento es de categoría adverbial, o bien se presenta mediante adverbios, o bien mediante transpositores a adverbios (preposiciones), y por tanto no se comprende una oración como Quiero que vengas esta noche a cenar, carente de unos y de otros; y en segundo término, debido a que no siempre encontramos sustitutos adverbiales de todos los complementos circunstanciales existentes (Me fui al parque con mi mujer e hijos; No me gusta comer la paella con cuchara). Analizadas las insuficiencias argumentales de distinguir entre suplementos y complementos adverbiales, el proceder justificativo de tal diferenciación se Vive Ø allí/aquí [+loc ubi] *Vive en allí/aquí [+loc ubi] [+loc ubi] I.S.S.N. 1132-0265 Philologia Hispalensis 20 (2006) 42-52
48 José Luis Tornel Sala podría fundamentar en el peculiar contenido semántico de los complementos adverbiales, puramente locativo (Residen en Vigo; Viven en Alicante; Proceden de un país extraño). Sin embargo, la noción de suplemento dista mucho de circunscribirse a una serie delimitada, fija y, ante todo, unánimemente aceptada, de papeles semánticos. Antes bien, como señala R. Cano Aguilar (R. Cano, 2000: 1817), estos complementos “pueden establecer diversas relaciones de sentido (o ´funciones semánticas´) con el verbo, en general la de ´objetivo´ de este, pero también las de ´comitativo´(Cuento contigo), ´tema´(Hablemos del asunto), ´destinatario´(Diríjase al encargado), ´origen´(Abjuró de sus creencias), ´locativo´(No reparó en el que tenía a su lado), etc., y en algunos casos la relación puede resultar inclasificable (El libro consta de dos partes)”. Incluso, como vemos, los suplementos hacen referencia a argumentos locativos (No reparó en el que tenía a su lado). Además de ello, es difícil llegar a establecer la amplia gama de modalidades semántico-argumentales que los diferentes suplementos pueden mostrar. En este sentido, M.a A. Martínez Linares incide, incluso, en el escepticismo de esta misma labor: Quizá podría parecer que está justificado el pesimismo de algunos sobre la viabilidad de una teoría “completa” de los papeles semánticos, o el escepticismo sobre su valor explicativo en los procesos sintácticos. Y ciertamente, el panorama podría ser aún más sombrío si nos adentramos en ese campo de los papeles asociados a las estructuras con complementos preposicionales de contenido “abstracto”, que se alejan de los papeles vinculados al esquema transitivo o de los complementos con contenido “local”, los más considerados, en definitiva, cuando se habla de papeles semánticos. (M. a A. Martínez Linares, 1999: 186-187) En resumen, la única diferencia que existe para poder discernir entre suplementos y complementos adverbiales es la sustitución de éstos últimos por adverbios, ya que, por un lado, el contenido locativo asociado no es unívoco y privativo de los mismos (el suplemento también hace referencia a lugares); por otro, tanto suplementos como complementos adverbiales son exigidos por el verbo y, por último, se encuentran vinculados al verbo mediante una preposición. De todo ello se deriva, digámoslo de una vez, que no existen razones suficientes para discriminar dos funciones sintácticas diferenciadas, suplementos y complementos adverbiales. Se trata, más bien, de la misma función, el suplemento, si bien dentro de ella hallamos una serie de complementos I.S.S.N. 1132-0265 Philologia Hispalensis 20 (2006) 42-52
El suplemento y el complemento adverbial 49 intercambiables por determinadas proformas adverbiales y no proformas pronominales. Pero tanto unos como otros presentan los rasgos propios de esta categoría que continuamos denominando suplemento: 1. Semánticamente son argumentos exigidos por el verbo, que concretan y delimitan el alcance significativo del mismo, bien de forma locativa, bien de cualquier otra forma: a) Residen (¿dónde?, ¿en qué lugar?) en Alicante b) Proceden (¿de qué lugar?, ¿de dónde?) de Sudamérica c) Viven (¿dónde?, ¿en qué lugar?) en la montaña d) El agua emana (¿de qué lugar?, ¿de dónde?) de una pequeña fuente e) El mago extrajo un gato (¿de dónde?, ¿de qué lugar?) de la chistera f) Subieron (¿hasta dónde?, ¿hasta qué lugar?) al último piso del rascacielos g) Los hombres primitivos habitaban (¿dónde?, ¿en qué lugar?) en las cuevas h) Los ríos desembocan (¿dónde?, ¿en qué lugar?) en el mar o en un lago i) El mal olor emana (¿de dónde?, ¿de qué lugar?) de las cañerías ya viejas de la casa j) Esta enemistad entre los dos pueblos proviene (¿de cuándo?, ¿de qué tiempo?) de antiguo 2. No pueden ser suprimidos u omitidos de la estructura oracional, ya que ocasionarían segmentos agramaticales: a) *Residen b) *Proceden c) *Viven d) * El agua emana e) *El mago extrajo un gato f) *Subieron g) * Los hombres primitivos habitaban h) * Los ríos desembocan i) * El mal olor emana j) * Esta enemistad entre los dos pueblos proviene 3. Se encuentran vinculados al verbo del que dependen mediante una preposición fija o escasamente variables: I.S.S.N. 1132-0265 Philologia Hispalensis 20 (2006) 42-52
50 José Luis Tornel Sala a) Residen en Alicante b) Proceden de Sudamérica c) Viven en la montaña d) El agua emana de una pequeña fuente e) El mago extrajo un gato de la chistera f) Subieron al último piso del rascacielos g) Los hombres primitivos habitaban en las cuevas h) Los ríos desembocan en el mar o en un lago i) El mal olor emana de las cañerías ya viejas de la casa j) Esta enemistad entre los dos pueblos proviene de antiguo Vs. a) *Residen Alicante b) *Proceden Sudamérica c) *Viven la montaña d) *El agua emana una pequeña fuente e) *El mago extrajo un gato la chistera f) *Subieron el último piso del rascacielos (cambio de significado del verbo: no se sube hasta el último piso, sino, únicamente, el último piso del rascacielos) g) * Los hombres primitivos habitaban las cuevas h) * Los ríos desembocan el mar o en un lago i) * El mal olor emana las cañerías ya viejas de la casa j) * Esta enemistad entre los dos pueblos proviene antiguo 4. La desaparición de esta función supone obligatoriamente el resurgimiento icónico de una huella argumental, una proforma pronominal o adverbial: a) Residen allí/ahí/allá/aquí b) Proceden de allí/ahí/allá/aquí c) Viven allí/ahí/allá/aquí d) El agua emana de allí/ahí/allá/aquí; de ella e) El mago extrajo un conejo de allí/ahí/allá/aquí; de ella f) Subieron muy despacio g) Subieron allí/allá/aquí/ahí h) Subieron a él I.S.S.N. 1132-0265 Philologia Hispalensis 20 (2006) 42-52