Villagrasa Alcaide, Carlos, El derecho de predetracción. Bienes excluidos de la herencia a favor del cónyuge viudo o de la pareja superviviente. Barcelona: Atelier, 2019. [Reseña]
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Revista de Derecho Civil http://nreg.es/ojs/index.php/RDC ISSN 2341-2216 vol. VII, núm. 1 (enero-marzo, 2020) Varia, pp. 233-235 RESEÑA BIBLIOGRAFICA Carlos VILLAGRASA ALCAIDE El derecho de predetracción. Bienes excluidos de la herencia a favor del cónyuge viudo o de la pareja superviviente1 Inmaculada Vivas Tesón Profesora Titular de Derecho Civil Universidad de Sevilla Pese a su indudable trascendencia práctica, la atención doctrinal al derecho de predetracción atribuido ex lege al cónyuge supérstite (viudo o viuda conforme al principio de igualdad entre los cónyuges consagrado en el art. 32.1 de nuestra Constitución, si bien tradicionalmente ha sido contemplado, desde una perspectiva patriarcal y sexista, como un beneficio atribuido exclusivamente a la esposa) es muy escasa, como ponen de manifiesto las dificultades interpretativas que nuestros jueces y tribunales encuentran a la hora de resolver las controversias que rodean a dicha figura. Precisamente por ello, la publicación de esta monografía de Carlos VILLAGRASA ALCAIDE no puede ser más oportuna y necesaria. La obra monográfica está estructurada en once capítulos, los cuales se abren con unas pinceladas conceptuales del derecho de predetracción, imprescindibles para que el lector se sitúe adecuadamente ante la institución a la que se presta atención en las páginas siguientes. A continuación, se realiza un recorrido por la evolución histórica de la figura, recogiéndose los precedentes normativos tanto de la regulación civil estatal como de las forales. De gran interés resulta el análisis que el profesor VILLAGRASA realiza de la función esencial que, en nuestros días, desempeña el derecho de predetracción (también denominado derecho o don de supervivencia o sobrevivencia, así como aventajas en algunos Derechos forales), destacando algunas iniciativas del Consejo de Europa 1 VILLAGRASA ALCAIDE, Carlos, El derecho de predetracción. Bienes excluidos de la herencia a favor del cónyuge viudo o de la pareja superviviente, Atelier, Barcelona, 2019.
INMACULADA VIVAS TESÓN Revista de Derecho Civil, vol. VII, núm. 1 (enero-marzo, 2020), Varia, pp. 233-235 234 encaminadas, claramente, a la tutela de la unidad familiar a través de la protección jurídica del ajuar doméstico. En palabras del autor, «la preocupación del legislador europeo por proteger la conservación del «hogar familiar» durante el matrimonio, también se prolonga, por tanto, en consideración al cónyuge viudo para el caso de disolución del matrimonio por causa de muerte». Así, pues, la ratio o finalidad legal de la atribución del derecho de supervivencia al cónyuge viudo, cualquiera que haya sido el régimen que hasta la muerte de su consorte venía rigiendo las relaciones patrimoniales del matrimonio existente entre ellos, es garantizar la continuidad del hogar familiar, es decir, permitir que siga gozando, en lo posible (pues, naturalmente, ya nada será igual), del mismo ambiente familiar existente hasta el fallecimiento de su cónyuge premuerto. En el capítulo 4, el autor se detiene en la naturaleza jurídica del derecho o beneficio de predetracción vidual, una figura a caballo entre el Derecho de familia y el Derecho de sucesiones, a pesar de estar ubicada sistemáticamente en el marco del tratamiento jurídico del régimen económico matrimonial, en concreto, en sede del régimen primario. Su singular naturaleza mixta, familiae causa y mortis causa, genera no pocos interrogantes a los cuales el profesor VILLAGRASA ALCAIDE responde esgrimiendo argumentos sólidos y convincentes de los que, como se dice ahora, no podemos hacer un spoiler que arruine la lectura de un libro altamente recomendable para cualquier operador jurídico. Distintos son el derecho de predetracción mortis causa del «ajuar de la vivienda familiar común de los esposos» a favor del cónyuge supérstite que contempla el art. 1321 del Código civil y el de atribución preferente inter vivos sobre determinados bienes personales en la liquidación del régimen económico-matrimonial de gananciales previsto en el art. 1406.1 del mismo texto legal, razón por la cual el autor dedica el capítulo 5 de su obra a exponer, con suma claridad, las diferencias que separan a uno y otro. Seguidamente se examinan, con detenimiento, los presupuestos subjetivos del derecho de predetracción, a saber, la viudez y la convivencia conyugal en el momento de la muerte o declaración de fallecimiento del causante, planteando el autor varios supuestos dudosos en cuanto a la operatividad o no en ellos del derecho a predetraer el ajuar doméstico extra relictum. En un Capítulo distinto, el octavo, se plantea la extensión del ámbito subjetivo de aplicación del derecho de predetracción del ajuar doméstico a las parejas estables o more uxorio, lo cual no está previsto expresamente por el Código civil estatal pero sí, en cambio, por algunas legislaciones autonómicas sobre uniones de hecho, en concreto, las de Aragón, Cataluña e Islas Baleares. Ello, al decir de Carlos VILLAGRASA, «transforma el beneficio vidual en un efecto legal de la
VILLAGRASA ALCAIDE, Carlos, El derecho de predetracción. Revista de Derecho Civil, vol. VII, núm. 1 (enero–marzo, 2020), Varia, pp. 233-235 235 extinción de la convivencia por fallecimiento de uno de los miembros de la pareja, por lo que se presenta como una norma protectora de la familia, sea matrimonial o no matrimonial». De gran interés resulta el Capítulo 6, en el que el profesor VILLAGRASA ALCAIDE afronta el estudio del alcance y contenido objetivo del derecho del cónyuge viudo al ajuar familiar, esto es, la composición del ajuar detraible. De este modo, el autor se propone concretar qué ha de entenderse por «las ropas, el mobiliario y enseres que constituyan el ajuar de la vivienda habitual común de los esposos», que no sean «alhajas, objetos artísticos, históricos y otros de extraordinario valor», lo que reviste enorme importancia pues, en ocasiones, se pretende la detracción indebida de bienes de la masa hereditaria del cónyuge fallecido antes de procederse a su partición alegándose formar parte integrante del ajuar doméstico. Para dicha labor delimitadora el autor considera útil el art. 606.1º de la Ley de Enjuiciamiento civil, el cual contempla el patrimonio inembargable del ejecutado. El abordaje del derecho de predetracción del ajuar doméstico desde el Derecho procesal y fiscal, así como desde la perspectiva de los conflictos de Derecho interregional e internacional privado en tres capítulos del libro nos brinda la oportunidad de conocer el completo régimen jurídico de la figura en el ordenamiento español. El último capítulo de la obra, titulado «Más allá del ajuar y de los bienes materiales: la predetracción de los archivos digitales y respecto de las redes sociales», lo reserva VILLAGRASA ALCAIDE a la predetracción de ciertos bienes digitales como los almacenados en dispositivos o los generados en escenarios digitales que, en nuestros días, como bien señala el autor «cada vez cobran más importancia que las sábanas». Y, para terminar, dos cosas: una, que el Derecho civil no se sumerge únicamente en las preocupaciones materiales o económicas de la vida privada sino también en el mundo de los afectos y sentimientos, en la dimensión espiritual de la persona; otra, que personas como el profesor Carlos VILLAGRASA ALCAIDE, de apasionado compromiso intelectual y universitario con la ciencia y con la sociedad, son las que dan auténtico sentido a nuestro oficio. Fecha de recepción: 09.01.2020 Fecha de aceptación: 24.02.2020