Constituciones, y instrucciones de la Hermandad del Real Hospicio de Pobres Mendigos del Ave María, y San Fernando, Rey de España ...
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«tó »*•» 1^ ws os <*^. <«S; y^. ^. wS i»S: <«^' <«^ M^. «»S. y^- y^ y^ ySS; y^. y^' y^; y^ y^: y^ y^' ^wX** y^: y^; y^ y^ y^ ^ÜTw» y^ y^ tJ¿¡% ^ÍFw7 - t>^ SifS MARIA CONSTI TVCIONES, INSTRVCCIONES DE LA HERMANDAD DEL REAL HOSPICIO DE POBRES MENDIGOS DEL AVE MARIA, YSAN FERNANDO, REY DE. ESPAñA. Cuyo Tatroánio tienefu Ma^eJlijd ,jfU Supremo ¡y %eal.Confejo de Cajlillai EN. MADRID,. En la Oficina de Lucas Antonio de Bedmar, AnoM.DC.EXXV.. i ií»> í^^ ÍI^ jñn 2»» 2»> 2*> 2*> 2»i 2*> 2*> 2»i 2n 2»> 2^ 2»^ 2« 2*> 2»i 2« 2í^ 2*> 2« 2» 2»^ 2»> 2« 2»» 2y 2» 2í^ ü'^'S'SS'JS.', 9$S99'Si
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TüMÍÁ fáf Sf»SSS' Ii iÉ^«2^p^ AVE MAKIA. *#* <#á ^wn’wjywsy jyis*;wiüwsywwivifí*» («^J;9>$9;^9»9:^* 9999999994{fl CIONES PARA LA HER-4 MANDAD DEL REAL HOSPICIO de Pobres del Ave MARIA, ySan Fer-^ nando ,Rey de Caftilla ,yde León, ypara el govierno dcl mifrno Hoípicio. ON(íeferedíto fe hallaba la Caridad de los Efpañolcs jfaltando en tan gran Corte ,como la de nueílro Reyj yfeñorj yavifta de fu piedad, providencia para el focorro de los Mendigos ,aviendo obras pias tan repetidas en bene-* ... ficio de las demás ncccfsidadcs, con ieralidad,y gados cxccísivos jguando debia íer el Apri*
,z Conjlltuáones del ^eal Hofpicio primer cuidado jprevenir remedio al meneílerofojíInT que para fu fuftenco ncccfsíte dcl trabajo^ yfatiga de andar mendigando ;por fer cada voz jque articula el Pobre para pedir, vn pregón ,que publica la dureza del que le aticndcjefperandola folicitud del ruego para dadeel alivio; yen codas las Republicas,y Ciudades bien governadas >fe han diputado Hoípicios ,por eurcar ía publica mendiguez, como en Roma,Venecia, Genova,Calonia> Amberes,Napoles,Pafi.s,Leon de Francia,Bar9elona, Zarago9a,y otras, Yaun muchas, éntrela 9eguedad de fus errores ,encontraron la luz de efte acierto, íín que la infeliz ignorancia,de juzgar inútil el mérito délas buenas obras, dexe de conocer, por Derecho Natural, precifo el cuidado de alimentar al Pobre jque obliga masa los Católicos, por Precepto Divino ,difpoíicionde las leyes ,y conrejo dc los Santos. Movieron eftas razones el zelo de algunos Hermanos de la Congregación del Ave MARIA jíita en el Convento de la Sancifsima Trinidad de cfta Corte, que repreíentaron aí'u Magcftad en fu Confcjo. Yno piidiendofe poner en execucion Obra tan grande lin muchos medios, fe reíolvió examinar los Pobres ,dando licencia para pedir álos que legítimamente lo eran. Yaunque fe coíiguió el fin de deíterrar muchos vagamundos ,que con el titulo aíeíflado de necefsídad, viuian mal entretenidos, en ofenfa de Dios, ydaño de la República ;no pudo fubíiftir, ni íer haftante efte remedio ;con que le juzgo prccifo pallar al vniuerfahhaziendo
De fohres delAue MarU, 5 do los mifmos Hermanos nuevas inílancias ,yreprefenraciones afu Mageft.'icl,y al Confejo. Ydefpues de confiderado por el zelo de fus Miniftros, con acuerdo de los primeros de la ]Vlon3rc|UÍaj íe reícdvio> í^uan del íervicio de ambas Mageftades jDivina íyhumana >dcl bien publico ,ypiedad Chriftiana ,era cíla Obra jfin que fucíTc baftance ádilatarla la falta de medios >que fe avia coníideradoipucs los Fieles ,que miniftfaban limofna para tanto numero de vagamundosjavian de íocorrer>y ofrecerla mas liberalmente alos legitimos Pobres ;corriendo fu folicitud,govierno,y difpoíicion, por Jos hombres de mayor luftrc jeílimacíon íypiedad ide la Corte. Yla Rcyna nueftra feñora fue férvida de aprobar eftc Inílituto>y Obra,mandaiidoXe continúaíTefu execucion,por Decreto de 5dc Iuliodc 1673.anos, referido en vn Papel eferito por Miguel Fernandez de Noriega, Secretario de fu Magellad,y íu Eferivano de Camara mas antiguo; que por íer de tanto honor ,yeftimacion de la Hermandad, yen crédito de lo que fe ha cxecutado,ha parecido infertarle ala letra ;yes como fe ligue; SEN0(^ DON DENITO T^^LLEZ. La%EXNA mejlra femra ,dConfulta del Cmfej» de 3. defie mes ^fobre la mjlmcia de la Congregación de EfcLuios del Dulce Nombre de MAl{^lA ,cerca de 'la continuación del Nojpicio ,para recojer los Tobres Mendir AXXf’r,
4Ccvjlitucicnes dtl ^eal Uofpicio vos ife ha feruido de aprobar todo lo que hajia acrafe ha éxe* cutado por la Cm^rc^aciou >ymandar, fe continué Lt difpcfu don del Hofpicio ,quedando al cuidado del Confejo el afsiflir alo necefariO)para fu logro ;afihai^mdo executar» en quan~ tóala calidad de los Tobres que fe han de recibir» breprobar, lo dfpuefo por las leyes ^ales ;como procurando lo conue-- viente dfu fabrica idotación ,formación de Ordenancas ,y lo de?n4s quejuagare htil parafu buena dirección, ygouterno. De que doyaufo dV. $. deoi^den del Confejo ,para que V. S, fefirua participarlo dla Congregación, Guarde Dios 5, muchos años, como defeo, Madrid 13.de Julio de i6y3. i i Miguel Vernandeg^ de ISÍeriegai $ Ydemás de haílárfé ya la Obra calificada c6 la orden referida jporq tuvieíTeefte ínfticüto la mayor prenda de fu feguridad ,fue fu Magellad férvido admitirle debaxo de fu Real Protección diputándola inmediatamete en ci Supremo Confep de Caftílla jyfe nombró por Proceólor al Iluftrifsinio fcííor Don Benito Tfellezj Marqués de Torralvándel Confejo, yCamara, teniendo el goviernOj ydifpoficion la Hermandad del Ave MARIA, vSan Fernando ,Tercero de eftc Nombre >Rey de Caftílla, y cíe León. Ypara bufear, yfacilitar medios ,mandó fu ALageftad formar vna Iunta,quc fe bizicíTe todos los dias en la Sala de Govíernondefpues del Confejo,con el feñor Proícaor^ dos Cavalletos Regidores de Madrid >yHer-Í
De Vibres MJue Mma. j fílanos de la Hermandad; yorros de ella, nombrados para elle fin, con afsiftencia del íeñor Hermano Mayor. Yaviendo juntado algún caudal, que produxo la piedad délos Fieles, yDevotos ,fe dio principio al Hoípicio ,y recojer todos los Pobres Mencligos,en el ano pallado de 1673. baziendo elección de íitio en la Calle Alta de Foncarral, alo vltimo de ella, por fer paraje mas faludajale ,ygozar de la pureza de los Aires. Yle fundo ,^ inftituyo la Hermandad ,cílableziendo Conftituciones para fu govierno, que aprobó el Confejo; yfon las que íe íiguen; '] CONFIfó
ConJUtuciones del ^al líofplcU C CONFIRMACION DE LAS Conftitucioncs. ON CARLOS, la Gracia de Dios ,Rey de Caltilla# de Leon,&:c. Yla REYNADoña Mariana de Auftriaí fu Madre jcomo íu Tucora^y Curadora íyGovernadora de dichos Reynos^ ySeñoríos. Por quanto por parre de la Hermandad del Hoípicio de Pobres Mendigos del Ave MARÍA>que fe ha fundado en efta nueftra Cortcj con la Advocación del Santo Rey Don Fernando^ fe Nos ha repreíentado, que para el buen goviernode dicho Hofpicio fe avian diípuefto lasConlfitucioncsj de que íc hazia prefentacion en debida forma :las quales fe avian viíloj yreconocido en la Junta ^que para eñe eícíflo fe avia convocado jfuplicandonos ,las mandaíTemos confirmar jyaprobar ,para que fe ohfcrvaílcn. Yviílo por los del nueílro Confejo ,con lo que fe dixo por el Doctor Don lofeph Fernandez de Retes ,nueílro Fifcal jy,dichas Conílícuciones, que fon del tenor íiguicntc;
Tohres del Aue Mam. 7 f<^OTECCION (J^EAL. CAT. L CTiene fu Magcfl:ad> yel Supremo Confejo de Ciftilkjla inmediata Protección de efte Hoípiciode Pobres Mendigos^ aquien fu Mageítad hazc merced de dar para Prote¿bor avno de los íenores del Confejo ,íiendolo aora el íeñor Don Benito TreJIez,CavalIero de la Orden de SantÍ3go>dcl Cotifejoj yCamara ;fin dependencia de otra jurifdicion jofupcnoridsdyEcIcdaíiics, oReguLiri para la Adminiílracionde bienesjeleccion de Miniílros* viíitas, cuentasj gaftos> empleos, ylimofnas rfalva la ley Diocefana ,yderecho Parroquial ^que coníiíle en lo Efpíritualí Adminiílracion de Sacramentos ,entierros, quartas funerales, íi las huviere, diezmos, yprimicias. Ycfpcrandola Hermandad de cíle Hoípicio continúa* da cfta merced, la (lenta como primera Conítitucion. V PRESTO VE HEf^MANO MATO^ j> Conftliams ,oDiputados. ; CAf. JL ^1ruíiguc el Puefto de Hermano Mayor ,con la ccccion ecada año> que hade hazer en las Juntas las propo-
14Confl.turmes ¿el Hfpidó eF(? 6Vos eftables.o perpetuos dcl Hoípido jfe ha cíe guardai las diTpoíiciones de los Sagrados Cánones íylas leyes de cílos Reynos, que hablan de las que fe haze de los bienes de los lugares píos, ymenores jexceproen caíodc alguna neccfsidad vfgenrc,que pida prompcacxecucion, óconvenga para el buen govierno, Óaumento del dicho Hoípicio ,yíus bienes ique en efte cafojde evidente ncceísidad>ó vtilidad jhan de poder los fenores Hermano Mavorj yDiputados vender jdempeñar jhafta en cantidad de dos mil ducados,yno mas,para ocurrir ála preciíion de la neccfsidad, dvtilidad, dando primero cuenca al Coníejo,ea Sala de Govierno, íin que fe necefsite, ni fe aya de acudir áorroíuc2,ni fe pueda entrometer en conocimiento alguno el Ordinario Eclefiaílíco, guardandofe ,yexecutádofeen todo lo difpueílo en ía Conftiíucion prímera.Peroen los bienes muebles que el tiempo detciiora,d confume,como fon frutosyy manifaturas, han de poder los dichos Hermano Mayor,y Diputados, venderlos ,óbeneficiarlos, con el mayor vtil que pudieren, poníendofeel precio en poder del Teforero ,en cuyos Libros fe han de poner ,con difiincíon ,relación ,y cargo dellos,y tomandofe de todo ello la razón en la Cótaduria.F0T{UA DE SALÍ\ LOS TOELES. CAT. XJIL (^Porque puede aver algunos Pobres que no lean “del
t)e Tobres ¿dAut Mjru. iy dcl laílicuto del Hoípicio, dtengan caufas legitimas na - rafilir jdfuera de la Corte, daque íus parientes los íiiltenten, dpor otras caulas ;fe previene la torrna que fe lia de tener para efte defpacho iyes, que el Pobre ,de niialquicra de los dos fexos,dc memorial en la Junta ^yla Junta cometa la averiguación álos Hermanos que le parcciere,íiendo alo menos dos ,trayendo firmado ,ycerrado el informe ,para que la Junta lo reconozca ;yfí fuete neceíTario le vote,ó en publico, den fecreto ,como parecjere mas conveniente ,yfe tome la fianza, yfeguridad, que fe hallare mas conforme al InlfítutOjde que nó bolvera amendigar. ATA MEDICO» ICI^^jAlSÍO. CAT. xir, I fPorque la caridad de la Caía del Hofpicío no rehufa alos Poores con enfermedades habituales ,ypara q reconozcan todas las demas>quc fe fueren ofreciendo en los Pobres, para aplicar el conveniente rerrícdio, conforme al buen govierno, ha de aver vn Medico,y Cirujano, que oy lo ion el Dodfor Peribañez, yAguífin de la Peña,pa^raqucdtftaíuertefe renczra ladiverlidad de enfermedadesíy le repartan los enfermos en las Caías de Hoípitalidad donde tocaren. DE
Confluucioms del ^dlíofpido DB LA MADTIE DE LAS !Pí?D3^E5 en fn Qj^rto. »* CAf. xr. fEl Quarto de las Mugercs le govcrnara vna Madre de Pobres, con otra mugcr que la ayude ,yla íoílicuya,y con acuerdo del Adminiftradorjy Capellán ,las introducirá en las devociones, afsi del Roíario ,como del Sacrofanto Mifterio de la MiíTa 5ytambién hará que trabajen, con iarc3s,que no tnoíeíl:cn,íino que ocupen c! tiempo con algún provccho,dandoles,par3 algún alivio, laquarta parte del dinero que íe /acare de lo que huvíercn trabajado 5yha de dar cuenta la Madre de Pobres al Ádminiftrador de lo que montare el dinero de la labor que hizieren l3smugcres,aísi con el bufo, como con la abuja jyá las impedidas, yenfermas ,no íe les ha de dar careas. Q^A\rO DE LOS CASADOS, EN que forma. CAf. XVL El Quarto de los Cafadoshade tener diferentes diviíiones, yacudirá cada vno por la comida que cocare al raarido,a la mugcr,yálos hijos, haziendo eíh fe-
De Tohres del Auc MüyIí.. paracion cnlacozina, con libro aparre; yel Adminiítrador,y Capellán cuidaran jcl vnoen loEípírícual >yct otro en lo temporal ,de todo lo que perteneciere aella, íeparacion. ENQ^ANTO alos Niños, CAf. xni. ^Alos niños de ambos fcxosjfe les ha de dar crían « ^a hafta que cumplan íietc años yydefpues ha de procurar el Hoípicioacomodarlos coníbrmeálapiedadChriftiana, con vtílidad; ya paraelReal fervicio ;ya parala República. Los que tuvieren íus padres ,ymadres ca cl Hofpociojhan de eftar con fus padres>y tnadres>á quienes no fe ha de fiar enteramente cl cuidado de la crían- ^aiíino que el Adminíftrador yyCapellán atiendan yy reconozcan, como fe cuidan, yarsilben por fus padres. Y todos los demas ñiños, que no tuvieren eíba círcuníbancía ,eíbaian en el Hoípicío con las díípoíicíoncsquc hallare mas convenientes la lunta ,fegim cl ticmpo,y con^' lOimc ci numero cjuc íe recogiere* S^E SE \E£mAlf fox TXES t>us LOS ^ere^rinos. xrm. ,or tres días íe han de recibir todos los Pobrei Cpaila-
^8 Conjlitiitiones^ ¿el^Al tlofpicid paíTágeíOs; los hombres,en los albergues de los hombres; y,las en los albergues de las mugeres ;yíi vinieren cafados ,ha de examinar el Adminiftrador los papeles jyhlos hallare legicimos ,ponerlos en el Quarto de los Cafados jyfino hgirimaren el Mit/ imonio ,dividirlos ,poniendo los hombres con los hambres jy las mugeres; coii ias^mugeres, íino, que íeatal la notoriedad, que quite el efcrupulo. »» # X *« / AYA FÑ f0<^rE\0. CAf:. XIX., , ' •'£a. 4 .qnc importa la íeguridad de las puertas, ha jde aver vn Portero,omas,j(i füefen.,neceírarios,de entera fatisfacion ,elegido por la luata de la Herujandad jyha dceftar alas ordenes dei Adminiftrador. ..CVlV^TiO. EN. LA GFAl{pJWO?J, •• CAP. XX. ^Pondrá el Adminiftrador la Guardarropa donde le pareciere mas conv'cniente ala buena economía, recogiendo ,ycuidando de todo lo neceíTario para veftirfe, y abrigarfelosPobfes,conIimpiezaj yjo que para efto ruere ncceímrio, lo librara el Hermano Mayor en el Tesorero jyla Madre de las mugeres pobres dará cuenta al -li' Admi-
De Tfhres Jel Jue \j A^miniílrador de lo que nccefsicaren en cfta parte ,con diferente diviíioo délos veftidos de ambos íexos. (M SiVE T<liJSAjEN LOS fO'B<!{_ES. « CJf. XXL < CPor evitar la ocioíidadjian de trabajar los Pobre? de ambos fexos ,íégun fu pofsibílidád 3yconforme alos oficios en que fe huvieren exercitado^ en la mifma forma queque fe previene jydiípone en todo por la Conftitucion XVí.quc trata de las mugeres. AÍA CAVA SEMANA IC'NTA V^ECISA. »•.• .CAT. XXII, ’^ fCada femaña fia de aver vna Tunta precifa en la Caía del Hoípicio jylas demás que le pareciere al Hermano Mayor,para los cafos que pueden ofrecerfe ;óíi fe necefsicare de mas expediente del que cabe en vna Tunta, »con el Hermano Mayor ,y dos Diputados, álo menos; ycita Imita ordinaria fera Tunta General ;pero la podrá reducir aTunta particular el Hermano Mayor ,yen ella quedaran con parciculaiidad laspeifonas que el Hcrmano ayoi eligiere ,como no fean mas de dos. Yen efta unta ecada letnana ,yen todas las Tuntas Generales ^y Capartí-
2OConjtltmmes del Hofpicio particulares jha de afsíftir el Secretariojy también el Admiaiftrador ,Veedor >yContador jpara que el Adminiftrador dé cuenta de lo que los Pobres neccísitaremy de las demás cofas pertenecientes ála Cafa dcl Hofpicio; yfe hagan las libranzas hrmadas por el Hermano Mayor jtomada la tazón por la Contaduría ^donde han de eftar todos los papeles tocantes ála cuenta >yála razon> finque fé haga libranza alguna íínque aya píceedido Acueido de la Junta. I Q^ESE VOTE f011 VOTOS SEOllETOS. CAf. xxm. 5Porque puedan los votos fer mas libres >aunque fe deba juzgar de los Hermanos de eftaHermandad> que ningún motivo podrá torcer íu buena intención iyporque fe guarde mas formalidad en los voros jfe previene, que quandofe aya de votar algún negocio ,en que fea parte alguno de los Hermanos >íalga fuera de la Tunta aquel Hermano en cuyo particular negocio fe votare, ó en el negocio ,ónegocios en que tuviere dependencia. VO^híA DE %_ECEDl\ LOS HERMANOS. CAT. XXIK 5Quando quifierc entrar algún Hermano jha de dar
Tohres MAuc Mana. 1 1 dar memorial >yb lunta Iiadcdar comirsion para el informe de la calidad jycortumbres del que pretendfeic entrar ,cometiendo aquien le pareciere ála lunta ,que hap-3 efte informe ,ytrayendolc dosComifíarios, firmado ,ycerrado ala lunta íiguientCj para que determine io que mas convenga para la Hermandad ,votando la entrada por votos íecrctos. QVE AYA FN \ CJT. XXF. Hade aver vn Arefiivero ,en donde aora íe pongan todos los papeles perteticcicnces al Hofpicio >ylos que con el tiempo fueren perteneciendo^ inventariandojos todos en vn Libro, que ha de citar en el mifmo Archivo,queha detener dos llavcsja vna el Hermano Mayor, yIi otra el Archivero 5yquando los Letrados y Agentes del Hoípicio ncceísicaren de algunos papeles, íc han de íacar, con afsiftericia del Hermano Mayor ,con otro Libi o,en que íc ponga la nota de los papeles de que íc facaton. AJA T>0S ABOGADOS. i cav. xxn. íTendrá la Hermandad dos Abosados ,yvn 'Agente^ r
i 21Conftifutioties del ^eal Mofpkio A>:ente, para fus negocios, ypleytos, con nombramíendfli Hermandad ,y por el tiempo que ála Hermandad Je pareciere jyde la miíma manera tendrá Procurador, A» FO^UA DE ADT{1^ LAS CAXAS, CAf. xxriL ^Del dinero que recogieren las caxas, fe les ba de dará los Pobres, dediez, vno, ylas caxas fe han de abrir en prefencia del Contador ,Teíorero, yAdroiniftrador, ylo que huvicre en ellas, íe entre en vn cepo de tres llaves, que ha de aver en el Quarto del Adminifti-ador ,teniendo dicho Adminiftrador Ja vna ,otra ej Teíorero, y otra el Contador,yJas Ümofnas que fe embiaren al Hoípicio ,las eche en el 9epo clmiímo que Jas llevare, por vna abertura ,quc para ello avrá en lo alto del ,fin que las dichas lirnoínas fe reciban en otra forma: F0%}ÍA DEL FE^trA^lO DE LOS FOD%ES. ^cat. xxriii. ^La forma del veftuario de ambos fexos ,ha de fer fiempre de la manera que aota lo difpoae la Hermánfe ñor Iuntas, .1/ el la ,ytoao lo demás dei goviemo ,queda en e Proteóhor ,Hermano Mayor ,yDiputados ,y
De Vcbres del Aue Marij. 13 para las difpoíiciones cooformc alos tierrpbs jcafes, yfuceílos, que la Herinandadí eípera déla iacetceísion de María Santilsima, con cuya voz invoca ala Divina Providencia. Porloqualfe acordo ,debíamos mandar dax efta nueftra Carta, en la dicha razón, yNos lo tuvimos por bien. Por lo quabíin perjuízio de nuefíro Pauimo- RÍo Real ,ni de otro tercero interefíado ,confirmamos, yaprobamos las dichas Conftituciones ,que de fufo van incorporadas ;ymandamos álos del nueftro Coníejojy álos demásTribunales,Iuezes,y lufticias deftos Reynos, ydemás Perfonasá quien tocare fu obíervanciajias vean, guarden ,cumplan ,ycxecucen ,yhagan guardar ,cumplir ,yexecutar ,en todo ,ypor todo ,como en ellas fe contiene ,íin las contravenir ,ni pertr ítir ,que fe con- ,cravegan en manera alguna,que afsi es nueftra voluntad . De lo qual mandamos dar ,ydimos, efta nueftra Carra, lellada con nueftro Sello, ylibrada por los del nueftro Confejo,en la Villa de Madrid ,áquinze dias del mes de Setiembre de mil yíeifcientos yfetenra yquarro años. El Conde de Villa-Vnibrofa. Don Gil de Caftejdn. Don Alonfo de Llano yValdes. Don Fernando de Ar^e yDavila. Don Alonfo de Olea. Yo Migue! Fernandez de Noriega ,Secretario de fu Mageftad ,yfu Efcrivano de Camara, la fize eferivir por fu mandado ,con Acuerdo de los de fu Coníejo. Secretario Noriega. Regiftrada. Don Pedro de Cíiftañeda. Canciller Mayor. PonPedro de Caftañéda. «*• k* íX
30 Conjlitutiones dtl 'T{tdiJofplcio. icfcridos ylos aceptaran ííin replica jy fer viran todo el ano ,afsiftiendo alas Tuntas jycargos de fu obligación: yen cafo que alguno fe aufcncc ,ótenga cícuía tan Icgiti'mayy precifa^que le obligue áefcuíarícj ha de venir perfonalmente ala Tunta ahazerlo, en la qual ,íiendo caufa bailante >fe le admitirá la dexacion, yno de otra manera. INST<lirCC!ON r. DEL OFICIO DE tíennam Mayor, ^Ha de afsiílir,y prcíidir cíHcrtnano Mayor en las luntas Generales yyparticulares que .tuviere tila Hermandad jyen las Tuntas^ oConterencias qucíc hazcn en l'alacio jprcfidiendo en todas ;ypara las particulares, dsra orden fe llame álos ídermanos que ban de afsiítir a ellas yen las quales ha de proponer las marerias de que fe huvierc de tratar ,ypara las que huvieren de votaríc,haga la propoficion lifamente ,yíin infinuar fu voto, ni interrumpir alos que fueren votando. Yaviendofe conferido ,yvotado ,data íu parecer el vlrimo jyreculados los votos ,(acara ía reíoiucion per ia mayor parecía la referirá ,para que el oecrerario la ponga por Acuerdo, ycu cxecuctori quien deba bazcrlo soíe le encomendare jy íu voto tendía cal i,erad de dos, ir concurrieren i'OuaIcs.Ha de nombrar Hermanos fecrctamente para hazer lasTnformaciones de los que prctendicren entrar ,guardando la forma que le diíponc para recibirlos jfirmará todos los decrc-.
T>e Tchres del Aue MarU. 5 1 decretos }ylibrancas que huvicre de pagar el Tcfofcroj. de ios gaílos que íc hizieren ,citando en cll ;is cl Acuerdo que huvicre precedido de la Tunta iytatribicn las ha de firmar el Secrerario. Yaísimiímo firmará las guiasjpara; los Pobres que fian de ir fuera de eíb Corre jcon dos Confilkriosj yel Secretario ;ylasconíultas ,ófuplicas que fuere neceirario hazer áfu Magcftad >al Coníejo 3o al lenor Prcíidcute ,íciian de firmar de los mifmos jyíc ha de hallar preíente átomarlas cuentas arTcíoiero>coíi el Sccretario 3Contador ,yvn Coníiliario 3el que nombrare la íuoca para cite efc(5to;;y para las comiísíones que fe otfecíerexij nombrará ios Hermanos que lepaieeíere. También ha de aísilfir al Hoípicio las yezes que pudiere^ para reconocer como íc govieriiá,y firve álos Pobres ,y executanlas ordenes,dando las quetconvengan para'ello, ylas colas de que ay ncceísidad>para dar cuenta en la Junta jyque fe hagan las provifiones >yden las ordenes convenientes. Yaísiífirá álas liftas ,yeferutinios que cada mes fe han de hazer de los Pobres j. ylas vezes que no pudiere, diputara Coníilíarios para ellojy ha de tene^ yna llave dcl Archivo. JNST<!{FCCI0N ri del oficio dm. i •'Confíliarios^ en todas las Juntas Generales xj panicu ares y en las dd Palacio jypara las patticularesi. fe
^,Conjlitliciones del d{eal TJof pido fe íes ha cíe aviíar prcciíaraentc átodos;y fe han de fentar con preícrencia alos demás Hermanos jcondes íeñores Hermano Mayor ,yProtector ,afus lados jen mejor lu'* erar jel que huviere falido con mas votos;y afsi íucefsivamenre jyafalta del Hermano Mayor^ óProteélorjha de pfcridir en la lunca el Coníiliarío mas antiguo que fe hallare ,excepto el Padre Miniftro de la Santiísima Trinidad, que nunca hade preíidir> como fe difponc en la Coafticücíon líl. Afsiílirán al Hoípício las vezes que pudieren, para reconocer, como fe govierna, yfalcas que huvierc ,dc que darán cuenta en la lunta ;yalas liftas de los Pobres codos los mefes, quando fueren nombrados para ello jyel que fe fcnalare, átomar las cuentas al Teforero. Firmarán dosde dichos Cóíiliarjos las ouias que fe dieren álos Pobres; afsimifmo las fiiplicas, dconfijltas que fe hízieren aíuMagcftad ,al Confejo ,óal feñor Prefidentc ,con el Hermano Mayor ,ySecretario; y áfrita del Hermano Mayor ,firmará el Confiliario pri^ mero las libranzas fobre el Teforero. JNST<1(VCCI0N Vil DEL OFICIO DU .SecretaiU. Ha de hallarle prccífamcnte en todas las Tuntas particulares ,yGenerales ,yde Palacio ,yen el princí- ! pió de las Gcneralcs,,deípuesdcdichoHymno,y Ora- ! don dcl fifpiricu Santo ,tórá los Acuerdos de la Tunta >-i- 4.. antccc-
.f)e Vchres Mjue Mciru> 53 antecedente ypara que íe vea ,íi eílan pucílos en cxccucion ,ylo que convenga. Aísimiímo dará cuenta de toldo lo que fe ofreciere ,yleerá los memoriales de partes que huvicrc ,donde notará lasrefolucíones ;eícrivirá á los Hermanos que fe recibieren donde viuen ,yíus ocupaciones 3con día>mes,y año 3en cí Libro de Afsientos> para.que lo firmen ;yen el ínterin que fe baze la Información délos que pretendieren entrar jfe quedará con mcmoiiade quien fon jyáque Hermanos fe han comctidolas Informaciones ,íinefcrivirlo en Libro algunoj por fino fuere apropoíito para recibirle jcfcufar la nota de fu reputación 3guardando en lo demás que toca al modo de recibir Hermanos,la ínftraccion que traca de ello ,Yen los negocios quefe votaren, dirá los votos que liuviere por cada parce al Hermano Mayor ,para que los legulc, yde el Acuerdo. Ha de leer los cxcrcicíos que fe huvieren íieclio aquella Ícman3,y por que Hermanos, de levar, ybolver los Pobres de los Hofpitales ;y nombrará los que han de ir ábazcrio en las dos femanas íiguientes ,cuyos turnos ba de leer jyafsimifmo las memorias, ycuentas de gallos ordinarios ,yextraordinarios; yhará las libranzas de lo que la lunta acordare fe libre fobre el Teforero ,citando en ellas el Acuerdo que Kuvicie procedido ,y que tome la razón el Contador ,y las ha de firmar el Hermano Mayor ,ydicho Secretario. Yen el Libi ocorriente, que tendrá de la Secretaria ,ha de poner todos los Acuerdos de las luncas ,con los Emo-
34 Cmjlituciones iel ^ealHojpicio motivos iyrcfolucioncs ,con dia ,mes, yano, ylos firmará de íu nombrcíy Oficio de efta Hermandad. Yha detener otro Libro para las luntas, óconferencias de Palacio ,donde fentará lo que fe acordare en elíay. Tendrá arsimifmo dos Libros de entradas de los Pobre,con Abecedario al principio, como los que ha de aver en el Hofpicioen poder del Adminiftrador ,donde los ha de fentar ,con la mtíma diftíncíon,aísi ios que entraren,como los queíalieren. Ytodos los meíes fe ha de hallar á Ja lifta de los Pobres ,yreconocer íus Libros con los del Adminifttador ,para que citen conformes ,ycorrientes, Hadccfciívir,y recibir todas las Cartas de la Hermandad jque leerá en la Junta 5ylas que íe eícrivícren, han de ir firmadasjcomo los demás deípachos ,deí Hermano Mayor ,dosConfiliarios ,ySecretario. También ha de hazer, yeferivir las confulcas ,díuplicas que fe hizieren á fu Mageílad ,al Confejo, dal ícfíor Preíidentcjy firmarlas en la mifma forma. Tendrá memoria délas comiísiones que íc dán álos Hermanos ,para los negocios de la Hermandad ,provi{iones de la Cafa ,dotro qualquicr eFcao ,ydará cuenta ,en la lunta de cada femana ,de las cofas que afsi eítán cometidas ,para que fe pida cuenta de lo que exccütaren ,alos que eítuvierc áfu cargo, yno aya olvido ,dretardación en los negocios. Ha de nomlirat vn Hermano cada día ,que lleve los Pobres álos Hofp.cales ,yotro cada femana ,para bolver ios que eíluvicren convalecidos iyfi fe efcuíarc alguno ,nombrar
*D( Í*íhres del Aue Márii, 5 y brar otro en fu lugar, crabiandoles para ello cédulas de avifoiy para IasIuntasextraordinarias,bparticuíares,a los Hermanos que buvierende venir aellas. Las memorias, ycuentas de gaftosordinarios,y extraordinarios, han de quedarjV eftar en fu poder,Ias quales,á fin de cada año, íc enquadernaran en vn Libro, yguardarán en el Archivo, como también re guardarán los memoriales de Hermanos que huv.ieren entrado en legajo aparte,y demás papeles que convengan; Ha de dardefpachos hablando con los íenores VeédoresdclHofpicio,ó Adminiífr,ador,íi le huvíere en propiedad,para los Pobres áquien fe diere licencia de falir de dicho Hofpicio,citando el Acuerdo de la Tunta que Imviere precedido para ello,yforma en que lale cada vnoy álos que fueren con guias,fe las dará, yá los de fian9a,tendrá Libro aparte, donde las note;y las efcrituras de ellas han dequedar en fu poder ;Todos los dichos Lihfos,y papeles ha de entregar con inventario al queje íucediere en ffte Oficio,eJquaí reguardará en el Archivo.Yafsimifmo tendrá memoria elSccretario de las caxas qhuviere pueftas en Igleíias,y otras partes ,para límofna,y vnaJlave de ellas,quc cada^mes,d quando parezca,fe han de abriny no yendo perfonalmentc áhazcrloj^ entregará la llave ,ymemoria de las caxas al Hermano áquien fe diere comifsion pata ello.
Conjlltuciones del Hofpkíi iNST^rcaoN vin. T)E los mabsV^os de OremonUs^ \ 'CLos dos Maeftros de Ceremonias fcran los mifmos que en la íunta de elecciones fe propuíieren,y en la General fe votará para efte Oficio el víio^y el que tuviere mas votos lo ferá en propiedad^y el otro en íu aufeheiaí yfian defer Sacerdotes, por la decericiade efte Oficio ,y tocaile hazer las advertencias queíe oí rezcañ jlos qualés íe fian de fenrar en el vaneo inmediato ala meíTa cravieíra> en mejor lugar qtodos los Hermanos;y dichoMaeftrode Cercmoníasjá falta de Confiliario Sacerdote, ha de dezir al principio de la Iunta el Hymno.,y Oración del Eípiritu Sanrojy áfin de tila el Te Deum Laudamus,AnríÍonas> yOraciones,íubiendo para ello ai vaneo de los Coníiliariosjdefpues del vliimory Icyendóíc negocio, dmcmoiral de Parte,que (‘íl:epreíente,le advertirá, fe íalga fuera, yal padre,hijo,d hermano, fi le tuviere allí, Yaísímífmo álos Het manos propueftos para las elecciones, acompañando. ávnos,y áoiroshalb la puerta. Yacabada la elección, d* negocio, irá államará los que huvreren íalido.- ypidien-, do qualquier Hermano fe vote por votos fecretos algún negocio,advertirá,fiendo ncceírarío,fc cxecute afsí, yno fe palle ávotar en publicory ha de cuidar de la orden de los aísicntosen las íuntas;y que ios Sacerdotes,y Ecleííafticos cílcil akmano dcrccfia,y ála otra los Seglares ,fin mas
Tóhrcs ¿ti Auf MuTié, 37 mas orácíi en los aísicntosxíioo como fueren cntrajído? excepto fi algún Ar^obifpoióübií'pdícjialbrc.cn Ja Tunta,lia detener lugar inmediato alHc.rmanoMsyor,yíi tuc re algún káorCardcnald los íeñores NmiCíd eie lu Santidad,Ar^obilpo de Toledo,oPreíideiite de C.aftiIIa>cl íeáor Hermano Mayor les ha dedar íu lugar ,ipara lo qual el" Máeftro de Cerecnonias'iiatdc.aísiftii acodas lasluncasr ycaíb' que en alguna í-altc,y ,el ñoñibrado.,para iu auíencia, íenalara el Hermano tMayor.ocro Sácerdócejque haga efte Oíiciory no aviendolejvn Hermano feglar de autoridadíy edad. r•-c . '..•.,DBL..OEIOÍO ®j5 rífiíl r;’rr:L,; VA':, ?rAü . 'V :C’Há de tener Libfosde cuenta ,yrazón de toda ía Iiazienda,Iimornas,y eícdtosdela Hermandad ,y de los papeles ,yeícriruras pertenecientes aefto,con toda claridad>enLibros íeparados para elIorHn ervnoda cuenca' coa el Tcíorcro,con cargoiydata dolo que recibiere, ypagare,y'cantidades que eíluyierca íu> cargo cobrar,ponicndocón diftincion cl vellón,yplata,y precios áque corriere: yal fin de cada año ha de ajullar las cuentas del;Teíorero> yha de tomar la razón de todas las libranzas que diere la Hermandad. Aísimifinoha de tener vn pliego en dichc» Libroideíos poderes que,diere la Hermandad áHectnaaos,o otras Perfonas para algunas.cobran§as,ó negocios* yde
3sConjlitüciones MlH('fpkío ycié los que noliuvieren dado ciicnM >ycítuviercn pendieiités.prefcnrara al priiiciptodc ¿adarmes vna memc-i ria cri la lunta^para que fe ponga el cobf,o ñcGcíTario.Ten día otro LibrOídonde feaísicácela hazienda que perteneciere ala Hernudad,eom6 fe efpcra de la Divina Provide cia>ha de tener muchas rentas.Afsimifino ba de tcnerLibroidonde fe tome la razon dc los Ornamcntosybiendsi ropa,yotras alajas dclHofpicio,donde limara el entrego que de cHas^ fe hizicíe al Mayordomo ,ylo que entre año fe comprare,yentrare de limoína, cuya cuenta,como la del Teforero ,fe ha de ajuflar también al fin del año> precifamcnte,d mas vezcs,íi pareciere ala lunta ,yreconocerla confuniida-, formando nuevamente el cargo al Mayordomo,dc que le dará ecrtificacíon, yen eílc Libro tendrá los afsientos del Adminiílfador,Mayordomo, CapelianiRcCtora, yfirvientes que huvicre en el Hofpicios, notando el diaque cntraren,y falarios que fe les dieren. Cadaaño hará vna rclacion delo que fe huvierc gaílado con los Pobres ,ylos que fe huvieren alimentado en el Hoípicio,y demás exerdeios, yfufragios hechos por los Diluntosí con coda diftincio ñapara lo qual facará razan . de los Libros del SecrecarÍo,quc feirBpriniirá,y dará áiloSf Hermanos el dia de las clccciones,para que publicandóle» fe alienten los Fieles áayudar áella Santa Obra.Ha de tenci cu Íli poder vna de las llaves de las caxas que ay fixas en as Iridias,Aduana,v:iíita de teflamcntos, votras par-i tes.yafsiftir aabrirlas cada mes con el Secretatio,y Tdo-; 'ero. ixry.
Taires Áel Aue Maríá. 39 n‘5 *f »• j\V I •"* r’ ,.r' "i O* 'X. DELOPtClO iu -r :. %%•* % >«í; . ** » i >\ íAI Teforero tocara la cobfan9a de toda la Lizíend.bmandas,liíiiornas>y efeílos que pcrccnecieten ála Her inaadad)y otorgar cartas de .pago ,en virtud del poder que fe le dará^y de todo laijuc cobrare cada fctna na,]iade dar viia relación íifmada,citaiido las fechas de las cartas dcpago,y recibos que huvieredado,y ante que Eferivano:y de dicha relación tomará la razón el Contador ila qual fe ha de leer en la lunta para que fe vea el eftado que tienen las cobran^asjy pueda hazérfe'promptp tanteo del caudal que hiivicre;y para las limofnas voluntarias ay vna caxa,y9epo en el Hoípiciojdondelos devotos las deben tracrjíin entregarlas al Teíbrerojpero en cafo que le lleven alguna,y que no la quieran traer al Hofpicío, la podrá recibir,dando rccibo,yque dcl tómela razón cl Contador,cuya diligencia hade hazer el mifmoTeforero,poí no moleftar ála parte.Yafsimifmo en las carras de pago que dierCíde LegadosjdcTeílamentos,íia. de íer ptevinicn do enellas,fe tómela razón en la Contaduría >yde otra fuerte,fean nulas.Ha de pagar todas lasííbrangas, ycantidades que librare la Hermandad para los gallos dcl Hofpicio,y demás que íe hizicren,que han de fer dcfpachadas ^nAcuerdodekíunta,citandolecnelías, firmadas del HewnanoMayofjy Secretario ;y tomada Ja razón por el Coa-
CoNjlitnemes deVl{ealHofpim bres ,han de cuidar >yfolicitar jque vna vez vcada anoj alo menos vaya ahazeríe vna Miísion al Hoípicio. CHa de aver dos ComiíTarios de Pleytos ,que cuíden )yfolicicen losque tuviere la Hermandad ;y íi alguno íe ofreciere tocante áPobre »que eíle en el Hofpicio, para lo qual fe les dará noticia por Secretaria ,yContaduriajde los pleytosqueífcofrecierenjde quedaráncucjnta ála lunta cada femanaí para que fe lepa el eftado de ellos, ydiligencias que fuereneceílariohazer ;ydarán tazón por menor de los gaftos ,para que íe libre Jo ncce,irario. Ha detener la Hermandad Procurador para fus pleylosiy en quantoá los AbogadosJoferán Josíenores Hermanos de,cfta profefsion ,repartiendo jos negocios,porqueno fe dé todoel trabajo ávno ., rerpeco de hazerJode limo,(na. .T^0T{MA t>E LAS ¡VISITAS Generales. íPor fer tan importante,ypretifo.parael aumento, confervacion,ygoviernodeeftaObra ,aya luntas ,v conl-ercncias continuadamente, avrá tunta General vn día cu la ícmana ,, <jue,al prefente es los Viernes, yfi fliere
Be feires deí Jue MarU. 47 re ncceíTario ,ylo pidiere la ocurrencia de los negocios, dos ,ómas ,como fe difpone en hConílicucion XXíI. que fe comencaran alas tres en Invierno ,yalas quatro en Verano ,por la tarde ;yhan de fer en el Hoípicio, en láCapilli,y Sala deftinada para dichas Tuntas, aque ha de preíidir el feñor Hermano Mayor jyfaltando ,el íeñor Procedor ,dCanfiliarro mas antiguo ;yno han de poder hazeríe írn el fenor Hermano Mayor, del íenor Prote(ffor, ydos Coníiliarios, ySecretario 5dfaltando los dos primeros ,el Confiliario que fe hallare mas antiguos, ' yotros dosv De forma ,quefiempre fean Eres>y el Secretario’, álas quales fe dara prineipio, diziendoeí Hymno, yOración del Efpiíitu Santo, que hadedezir clConíiliario Eccleíialtico mas antiguo ;yno avíendole, el Maeftro de Ceremonias; yáfalta fuya,el feñor Sacerdote Hermano que fe hallare en hTunta ;yG cambien falcare ,fe llamará al Capellán del Hoípício ;yquaíquiera de eífos ha de fabir ádezirle ai vaneo de los ConfiIiarios,ponicndofe eí vldmo ,por no íer decente eílé en parte inferior,v deípues íe bolverá áíu lugar; yfuera ,na Tiendo Hermano. YelSecrcrario hará relación délos Acuerdos ,Memoriales, yrelaciones de gaftos ;ypara los negocios que fe ofreciere yotar, propondrá el íeñor HermanoMayor, como efta dicho en la InfTruccion de fu Oficio ,del que prefidiere en fu lugar. Yen dicha Tunta General íe dará cuenta de lo que íe huvicré tratado en las particulares, caoque íe ayan hecho aquella femana ;yen las conferencias
'^S Confiitucimes del líof'piciB cías de Palacio jpara que íe tenga noticia >ydelibere fobretodo. Yíiendo tan importante fque Jos negocios graves fe picníen miren con madureZíCn ofreciendoíc algún oiíe propondrá jyconferirá ,yquedará íin rcíblver para la otra lunta ,ómas, coníorme la calidad de cl negocio, fi la necefsiida dno inítare fe tome prompta re- Idlucion .Yrefpeíílodc que la Hermandad tiene abroluta, yentera juriídición parala Adminiflracion,y govfer* no de efta obra ,yque la Protección del Coníejo íoló mira ápracroci liaría, nocmbara9aríe inraedíatamenteeii ella ,demás de hallarfc favorecida la Hermandad con la afsiftencia del lenor PtoteíStor ,que repreíenta la Autoridad del Coníejo ,íe refolverán en la lunta rodas las materias que fe ofrecieren ,de quajquier gravedad ,dcalidad que lean ,decidiéndolas abíolutamente ,lin otro recorfo, ni ocurrir áembarazar al Coníejo, ni al feñor Preíidente, Ycafo que por algún accidente fea neceíTario folicitar fu favor ,yhazer alguna fuplica ,dreprefentacion áfu Mageibd ,ádicho Coníejo ,dfeñor Preíidente ,ha de fer con Acuerdo de la lunta ,votandoíe ,yque la confuirá, dInplica que fe haviere de hazer, vaya firmada del feñor Heimatio Mayor ,dos Confiliarios ,ySecretario ,exprc- Cindo ,1« precedido Acuerdo de !a lunta, yno de otra manera ipues íieiido negocio, opteteníion de la Hermandad, es neceíTario que en forma deComunidad fe haga el ruego ,oreprefentacion ,por el efetito ;pero ello ao le entiende culos negocios que eftuvietcn pendiencesj
fchres iel Aue Márlil 45 tes;pijes para fu folicicudjc iní'ormar alos Míniftros que convcnga> han de ir dos Hermanos^los que nombrare la lunta: ypara las comiísiones que fuere neceíTario dar^affi prara ncgociosjcomo para otras cofas, feñal3ra,y nómbrala el Hermano Mayor, los Hermanos que le pareciere, yafalca fuya,el que preíidiere en fu Iugar,en ia luneta que fe ofrezca lo referido .En dicha lunta ,General íc lian de otorgar los poderes que la Hermandad diere para cobrangasjó negocíos,quc firmarán los Oficiales Mayores que fe hallaren ,ySecretario ,yotros dos Hermanos, íi parecierajyde todos los poderesfe ha de tomar la razón en la Contaduria. Por quanto en ia Conftitucíon lV,fedi.fporle, fe ha dehajlarel Adminiftrador en las luntas, íiempre fe entiende, queel dia que huviere lunta afsiftaen el Hofpicio, para fi le, mandaren entrar áque dé noticia de algtinai^ofa.j porque 110 fiendo Hermano, como nunca lo ha de fer., no tiene lugar ,fino llamadoj antes por averfe de tratar en la lunta del goyierno que eíta al cuidado del Adrniaxftrador ,conviene, no eiílé prefente ,porque mas libremente fe vote ,yponga el remedio neceíTario. Yal fin de la lunta General ,fe, dirá cl Hymno Te Deum laudamus,Ántifonas,y Oraciones del Dulcifsimo Nombrede MARÍA, San Miguély San Fernando ,por el ConfUiario Sacerdote mas^antiguo ,en la forma que queda advertido al príncipiojy la Ora- ,cion del Santo Sudario,por los Her- . ‘.uL wanps difuntos, , G/NSi
>B CoñJiitucmesJd^ai Ho/piM 'INST'^FCCION X'/II. VB LAS IFNTAS particubres. CKcípe(^bdé reconoceríe cn todos los ConícjoSí luntasjy Cbmunidadesjque lá’multiplicidad de votos retarda el expediente de los negocios ;yen efta Hermán^ dád es dfeceílaríb dar prbvid'cntCia ala rrias fácil execuclon ,convendrá fe bagad lüncás pahihil'aresdefpues de la General ,d,én otro dia ,el que íe feñalare jáque fe ba de báliat elfeñoi:blei^nVa'il6' Mayorjel fénor Pfocebl:or;íi qüiíicre iCbñíiliarios ^Secretario >ydeíñás Oficiales) a quiciiTe báde avífar: ypodrá el' Herrnaiio Mayor llainar pára ellas íuntas bafteiotros dos HcrrhánoS) los qüe le pareciere ,coro ofe dirponé en la Gohífícucíón •X-XIfi yaví‘endofe de trátar'de negocio que elle cómetidoá algún Hermanó ,entrará támbien en la lunra ,para dar cuentadel eftado qüe cfi’í^icrcíy que fe torne la reíolucion qüe convenga ípero de’ Codos ló's ’ríegocios fe ba de dar ^üenta en lunta Gcneralfpara fi algún Hermano tuviefe que advertir; yparccíéndo/remítirfe áparticular la refólucibn'V corno fc'ba2rcéb el ífefugio; cuyo govierño notorio. YáísímiFmojtófrbdcnddfe algún hégóció /que pida prompi*if^ima‘reíoíüCton,paH cfk pddrá dHermano Mayor bazer lunfa ebn folbs dbs Confiliarios ,yel Se-
Di fvhm del Jue Mam. Secrctírio >coípo lo dilp.one la dicha Conftítucion XXII,pero ha de íet en calo tnuy.yrgcmCj. # msT<^CClON XniJ.,pE.LAS .irNT^AS ,, ,dt. Talado. ,' .*• ** AEn cl principio.dcfta obra, para difcurrir,y bufcar tnedios ,y dar continuada providencia áfu diípoíicion ;dc orden de fu Mageftad fe-formo yna'íunca ^c6- .moefta dichoj todos,los dias,defpu.es debConfejoj en-|a Sala de Govierno ,áque afsiften los íeñores Hermapo Mayorsy Protedtoi^jCQmiírarios nombrados,yOoníiliaríos de la Hermandad,y Secretarió,y los Hermanos que fe hallan,ó tienen que dezir :la qual fe continua ,yconviene fe haga'aísi, para repetidamente conferirjlos negocios tocantes ala Hermandad, yno le podra hazer fin eí feñor Procedlor ella lunta ,por.ler en el ,PonrejO vy en ella íolo íe confierc-pará dar cueWa enJunta General: y aunque falce el Secretario, podra.hazerfc,,refpe¿l:o de fec conferenciaban que po íe hazen Acuerdos^,pero,íiemme "convcndrá;fe halle ,para dar las noticias que fueren neccífarias ,ytomar memoria de lo que huvierc.dei tiatarfe fobre lo diíeurrido alli,en la lunfa GencráL ;., t.ít i INSTI^yCCION XIX. DEL A%CHIFO fA%A LOS •pupeUs de la íleytminditL * fHa de avqr vii Archivo ,donde eílén Galos
ji Conjlitucknes ¿el^eítllíofpictó los papeles.y efcricuras derta HermandadíCon inventario de todos ;YaísimifmOí avrá vn Libro blancoj en que fe noten los que fuere ncccíTario facarfe ,yde las pertouas a quien-rcentreganiy paraque efe<5l:o> con diajmcS)y año; de cuya mano quedará firmado :Yha de aver dos llaves del dicho Archivo >la vna en poder del Hermano Mayor^y la otra del Archivero; ycada año fe reconocerá en el dicho Libro los papelesque fehan facado^ ypedirá cuenta dellds álas pérfonas áquien-fe huvieren entregado. '''• '’'‘ 'jmpi{nmN xx. del modo db' recibir Mírmams. i5‘1 “íI ^^ "'Ppr'loqúe convie^^ la corifervacioní yaufneñfo defta'Gbra Vy que los Pobres cíléri férvidos >yaísíltídos •*^‘€011 toda puñtualidadiy que páraemplearfe en eftos fántos cVercicios aya numero de Hermanos,fe recibí tán’todos los que quiíiercn entrar,cómo concurran en dios las ^códiciones que fe requieren por laGonftitucion XXIV. '.que fon ,decénciá dé la perfonáí ycalidad de Oficios ,y coíÍLimbres *,,y que tenga veinté yvn añós ycumplidos; quedando áelección He ladunta, poder dffpenfar en eíla parte de la edad. Yel que prctendiere íer recibido por Hermano, ha de traer memorial firmado de fujioiubrc, yque diga en h\ el cxcrcicio qüe^'ienekafa/y calle donde vive; yentregarle al Hermano Mayor,ó al que prefidíe- 'ícen fu lugar ;ciqual leha’dcíñítrüfrpor.fu.pcrfoffa ,o encq-
Df* "Tblres ^el Aue Maná. 55 encomendando aalgún Hermano lo haga jadvirtiendo al Prerendientc ,de los cxcrcicios en ejue íc ha de ocupar fiendo Hermano ,ycmplearfe en fervirá los Pobres jy cxccutar las ordenes, yocupaciones que íe le dieren,ydiligencias que han de preceder para recibirle ;yviniendo en ello ,íe leerá el Memorial en la lunta General ,advirtiendo le falga fuera ei Pretendiente ,para fi algún Hermano tuviere que dc2Ír,d advertir; yno hallando iacotr- Venienteen recib!rle,remitiía el íeñor Hermano Mayor el Memoriden íeereto ádos Hermanos,para que hagan las informacioítes ,confórme la Confticueion referida^ que harán el intorme,yentregaránccrradoaI Secretario^ clquahíi la información viniere bien, la leerá en la luiita ;yíi no ,dará cuenta dello al íeñor Hermano Mayota por efcuíar la nota ;yno reconociendo tener caufa por que dexe deíeradmirrdoel Pretendiente ,fe verá en la Junta General, vleerá el Secretario el Memorial, díziendo, eftar inftruido ,yviílo en Junta Particular, yGenerahy que.dpsíeñores Hermanos(íin publicar quales han fido) áquien el íeñor Hermano Mayor cometió las informacionesjas han hecho, yleerá el inforn>e,y luego fe votará por votos fecretos ,con habas blancas ,ynegras, que dara el Sccretarioá cada vno de los Hermanos ,lie' vando la caxa el que íc nombrare para ello :yregulados los votos ,fe execucará lo que íaliere por la mayor parte: yTiendo admitido, íe publicará ,yformará aGiento en el Libro? que ha de fiimat el Preteadientc >aviendo hecho antes
Cenjíifuciones del']{e<ílílófpkio antes juramento de defender la Puriísima Concepción de Nueftra Señora :Yeftas formalidades fe han de guardar con codos,íin excepción de pcrfonasjíino con la,del ftñoí protector ,entrando alguno de nuevo, que noíea Hermano ique aviendo hecho el juramento reícridoj fc íentaiá por tal Hermano,y firmara, fin prccedeninformc ,’ni diligencia alguna ,íolo con .el nombramiento de Protedloi'ipues íicndo Minillro delConfcjOjy dc.la gra- -duacion que fe éípera ,tiene la mayor calificacíon cn to- •do. Yqueriendo entrar por.Hermanoíalgun feñor CarídenahNunciOfde fu Santidad, Ar^obirpOí dObifpo, refpeíSbo de que por la Dignidad califica las condiciones de Ja Coníliiucion ,ferecibirán fin informe ,:ni votos ,haziendo el juramento ,yviniendo petfonalmentc ala Junta para ello,y firmar en el Libro. :-Ypor quanto por la.Gonílitucion III. fe difpone la vnion ,yhermandad que ha de conícrvar efta con la Congregación del AVE MAlUA ,fita en el Convento •de JaSantifsima Trinidad ,defta Corce ,yque los’Her- •manos puedan ferio de ambas partes iefto fe cntiénde, .guardando la formalidad ,ycondicioaes que difpone la Coiirtitucion XXrV. dando Memorial, yhaziendofe el informe ,‘ Comf.) para los demas que pretendeeren entrar en ella Hermandad,como efta referido. Los Predicadores que fe empicaren en hazer Plásticas ala Hermandad ,dpredicaren los Sermones.de fus .Teftividades, íi quiíicrcn >ypidieren fer admitidos por Hcr-
T)e Tohres delJue Ma/ié. $j Hermanos,fe rccibirán>hazicndo el juramento, como le pra¿lica en el Refugio. ^^ Quando algún Hermano fe mudare de vna caía a otra, dará cuenta del lo al Secretario, para que lo note iy fi fcauícncáre, íc deípediráen la luntai ybolviendo Acita Correará luego áella, para que fe tenga notieia,y ocupe en los cxercicios que fe ofrecieren. . iNST^rCCION XXL f)E LOS SrP\JGíOS QLB fe han de ha;^er por los Hermjnos ^; •V-Vdfuntosi . ' ..,. CQuando muriere algún- Hermano auícnfe,o prs - fciite ,íe dará cuenta en lunta General, ypedirá átodos íósque eftuvicren cnellá ,ofrezcan poírlurAlma los Sufragios que tuvieren devocion-, que irá, preguntando, á cada vno el MaeRro de Ceremonias jytomará memoria, dclíoel Secrctario,y la lunta mandará,felc diga vna Miffa rezada,con afsiñcncia de todos los Hefmanos,á* quien fe ha de avifarífeñalando dia para ello. Y£el Hermano difunto huv.ieíTe férvido mucho ála Hermandad, ende-f monftracionjy agradecimiento ,fe le.podrán dezir haíla tres Minas rezadas 5ylo mirmo por los Bienhechores ;y en eldia que fe hagan eftas Honras ,íe pedirá álos Hermailos que no lo huvicren hecho," ofrezcan Sutragiosvy páralos que falraren ,refeñalaráados, dquatro.Hermanos,que por Quartclcs lo íolicíten >dandoles.memoria el Se-
él Conptucknes iel Ho/pick iNsr^rccioN xxvii dh los cjsaws,. . €Alos Cafados íc Ies ha de dar acada vno apoíen- to aparteícomofe difponcporlaConllítucion XVI. advirciendojqiie en levantandofe por Ja mañana Ja ¡mugerj palie al quarto de las demaSídonde .almorzará,yellará haf xa defpues defpues de ccnaríoue fe irá al apofento -con el maridoj no óbftante, quepor dichaConftitucion fe difpone paífe el vno por,1a ^comida .dej otroí porque al prefcntc no fe puede practicar efta ordenypor ,no aver quar- to feparado para Cafados ,yeílár fus apofentos en el de los hombres tendrá ‘inconveniente .afsiílan las muge* tes en cLy afsijhaíla queJa habitación del Hoípicio tenga otra diípoíicionjíe executarála forma referida comicdo enlos Keíejftoriosjloshombres enel fuyojyJas mugercsjcn el de fu quartojíinoescn caíbquc por razón particular la luntafc lo permita ,á alguno,lo qual feprocurará eícurar,por el exemplarvy en cafo que el marido,bmuger efté malo alguno de ellos,paífará ,yeftará el otroaílilUendole. • ’ *s yporque puede ofrecerfe traer al Hofpicio algún Pobre mendigo,legítimamente impedido ,que fea cafa- .do,y íu muger puedatrabajar, óalcontrario,y eneftc calo es carga,yobligación del Matrimonio fuftentarel vno •al Ottoiy fi en el Hofpicio fe tuvieife al inhábil, feria mo- ,uvo para que algunos le ejoneraflen de fus mu<reres, 6 eftas
7)e Tobres MAue Mmi. c> eftas de fus maridos, yfepararíc de la vníon dcl Macri- TOonio; ytraerlos aarabos,és contra el ínfticiito; llegado cfte cafo, íe debe procurar por todos medios ,que td que cftuviere fin impedimento, fe encargue defumugerjo marido Pobre, yfe obligue afuftentarle, íin que mendigue, coa la pena de cincuenta ducados ,que incurriendo fc cobraran ,ydara providencia con mayor pena ,para que le buelva atener :: Ycafo que’ ib reconozca no fer poísible queel'trabajo de vno pueda íer baftantepara el fuftento de ambos ,íe traigan al Hofpicio ,obligando á trabvajar al que no fuere Pobre legitimo en lo que íe le íeñalárejcon preciíion.- Ypara executar todo lo referido tocante aCafados,fe ba de verificarlo ion legitrniamentei antes de darles apoíéntoryíiempreque entré algún Pobre ,íe fabra. dcl el eílado que tieiie,pafaqiie íiendo* Cafado,íe hagan hs diligencias dichasidmdo^ cada femana noticia el Adra tniílrador de los que Huviere deíla calidad en la Iuma> qué fe ñorabraráíx Hermanos para ello. iAxxmi DE LOS locos: •Por quanto los Locos fon muy peligrofos,)rpacden fuceder defgracias, ootros inconvenientes, íiempre que íe recoja alguno >fe embiara luegoal Hofpital que ay para ellos en efta Corte .‘ Pero eílono íé enciende con ¿os que padecieren folaiEtente alguna demencia ;i de que na
<$4 Cmjlitmones del xio fe reconozca perjuízio jdando cuenta el Veedor Admtrüílrador en la Iunta,de Ja calidad dedos, para <pi|C fe tome el expidiente c^ue convenga. i INSTRUCCION XXÍX. VE LAS MVGB\ES \ preñadas. 1. ^Si alguna preñada íe recogiere en el Hofpicioí fe icndra cuidado efpecíal con ella ,cocrio enferma ,ydel iíempoen cjue eíla ;yllegando al próximo de elíar fuera de cuenta, íe llevara al Hofpital de los Deíamparados de ella Corte,ála Sala que en el ay para paridas; yíiendo del Iníticuto, en eíiando convalecidade boIverá.aJ Hofpicio con la criatura que tuviere. Yafsí eílas,como Jas que entraren con criaturas al peeIio,Iascnaran,dandoles Jo neceíTario para ello, por el defeonfuelo quetendrian, quitándoles fus hijos: Pero fi alguna no pudiere criar ej que £uviere,fe llevara alos Njííos Expoíitos, trayendqle aJa madie cedula,o noticia del aíí>iento,para que pueda £aher de fu hijo Lo qual íe entiende con los que fueren I’^uer— fer.os,ude padres no «onocidos,G Pohrcsiporque .teniéndolos paia poderlos criar ,íe les lian de entreo-af alos ta- Icspdrcs, pues no es jufto desrar la carga d^e la aia- ' xnraalaPobre,que aun íufuífeiitoneceí- >• fita íc le dé-de Jiniofua, i. .M- •- :.•/>1i- i» *) 1.i msi €f SI
pe fobres delAue María', m^yCClONXXX, PE LOS UrCHACHOS, Alas niñosj afsi varoncSi como hembras ,íe han cíe tener todos en eí quarto de las mugeresjbaila edad de flete años ,inftruyendoles en la Do<5lrina Chriftiana jy cníeñarles áleer :ycumplida ella edadí como íe díípon e por la Conílicucion XVII. fe procuraran acomodar los muckaciiosa Oficios en cafas de Maeílros,con efcricuraí obligandofe aeníeñarlos por el tiempo que fe ajullarej oen el HoípitaídeiosDefamparados, ude la Doélrina: Yen el interim que íe acomodan »eílarán en el quarro de los liombresj aplicándolos áalguna cníeñanca ídtrabajo, para que íe inclinen áél: Yello es baila que en el Hoípicio íe puedan tener Oficinas, yMaeílfos de algunos Oficios, en que dichos muchachos íeeníeñaran. Y, las muchachas,pallados los íiefe aaos,íe procuraran acomodar aíervir en cafas principales, yde recogimiento, obligándole acnfeñailas,y dar todo lo neceííario; ypu - diendofe ajuílar ,que llegado áveinte años les den eílado, otanta cantidad para éh Yafsimifmo ,en caío de no fer aptopofito para fervir, las bolveran al Hofpicio con fus padres ,íi los tuvieren en el ,procurando ajuílar algún íalariopoc cada año de los que fe hirvieren dellas^ el qual hade percibir la Hermandad ,ygallarle en veflira la muchacha que afsi faliere ,ybolvería aacomodar. Y íi huvierc algunas ,huexíanas ,fe folicitara con la •«% f«•
Conflituáones del ^alHo/picio mandad del Refugiojcon quien ella lia de tener ficmpré grande accncion>y vnioiblas reciba en el Colegio de Ninas, que adminiftra ;yno fe echaran del Hofpicio ,íino en Iavna,o otra torma reteridas,:tenicndofe.gran cuidado en la comodidad délas ninas,por el ríeígp de perderle, folícitando fe haga como ella dicho ,dpor el medio poísibíe, que mas las aíFegure. Yaunque paííada la edad de íictcahos, nofon del ínftituró delta Obra> todavía, para quelas perfonas con quien fe acomodaren ,tengan cuidado con ellas, ylas eortijan ,ydocírinen, le ha de prevenir ,como mejorfe pueda, quedando aarbitrio de los Veedores (íin cuya orden no han de íalii jla dilpohcion,y hallandoalguna dificultad, den cuenta ala lunia.. DE LOS OFICIALES .^fic ho-dea^fer para la admh ijlracto^i del Hüfpicío^ fComoredfrponcporía Conftirucíon ÍV. hade áver vn Adminiítrador ,que cenea el vniveríal cuidado, ygoviernodcl Hofpicio afsi de^Io tocante ihombres,. como ámugeres jel qual ha de fer Sacerdote ,yConfef- or «pro ado, porladecciicíacíel pueítojV conveniencia deque .ya vno mas .finaumeiitar falario, pata la admin,ft.ac,on délos Sacramentos; yperíona de todaautoridad, yde edad, ylo ha de lervir con Titulo de fu Mageftad,y uombtamicnto del Icáor Prefidente :Ydicho Ad- » •'a tni-
'De Tobres delAue Mariá» cy miniftracíor no ha de íenni admitiríe jamás por Hcm»a.- no>aunQuefea peiíona de la mayor autoridad,mericos>y gradoSíOi poraver férvido mucho ála Cafa; pofíjue íic* do mercenario jno fe ha dedar cafo ,ni excmplar >con ningún pretexto de recibirle la Hermandad} ypor^^ucíi fuelle Hermano ,le ceílaria luego todo el falarioj yeftipendio que íe le dieíTc 3yarsirtirá álas Juntas quando Ic llamaren >node otra fuerte 3íentandoíc el vltimo de los HermaiK)s Ecleílaíticos. Yrefpeíto de que por falta de medios con que fuftentar dicho Adminill:rador> yhafta que aya Caía competente en que habite, le ha dilatado nombrar pcifona que lirva elle pueílo en propiedad, le hará luego que fe pueda ,por lo que conviene para la mejor adminiftracionyy govkrno de la Cafa,y aliviar el trabajo de los Veedores, Ha de aver afsimiímo vn Capellán, aprobado por el Ordinariode Confeílbt ;Vn Mayordomo ,que en la Conílirucíon X,fe llama Defpeníero:Vn cíiado,que cuide de la Dcfpenfa •, ypara el quarro de las mugeres ,vna Rectora, yotra muger,á cuyo cargo efíé la ropa blanca,, afsi de hombres,como mugeres. Yrodos los dichos Oficios han de fer nombrados por la Hermandad ,yaílalariados :ylos demás ,como Cocineros, Porteros, yotros para el íervicio de la Cafa ,fe nombraránde los mifmos Pobres los que fueren apropofito para ello }cuyo nombramientofe ha dehazer por los Veedores ,yAdminíftrador} yno cótormai^doíe los tres,den cuenta ála lunra. UY s»-
éS Ccnfiituciones del^ealíJvfficlo ycon el tiempo creciendo cita Obra ,como fe efpcra» nombrara la Hermandad los demás Oficios ,yfirvientes que parezcan neceíTarios. .. ofreciéndole defpedirjd hazer remoción de alguno de los dichos Oficios ,ios Veedores daran cuenca cu Itmca Particular de las cauías que huviere para ello jpor noíer jufto que en la General fe publiquen iyexaminadas en dicha junta Particular >fe tomará el defpidientc que convenga ;ydeípues en la General fe dará noticia por mayor, como íe ha defpedido ,honeftando kcaula, porque le mire por el crédito de los que lirven ála Hermaíiídad. Yofreciéndole ocafion de remover ai Adrniniílrador ,fe hará con mayor cuidado, ycaufajarsi por. el gjádo de fu períona ,como por lervír con Titulo de fn Magelbdj fe reprefencaráo ks caufasaí íeilorPreíidente por co'DÍuira ,para que fe íírva de venir en ello, yque fe buelva ánombrar ,l'oltckando la Hermandad, honre fu Magetbd al que huviere fido Adminifírador, porque con efta efperaíica fe alienten áfervir en’efte Oficio perionas del grado^y autoridad que conviene» /' ^5H.n de ettar acargo del Adtnmifttador.como eftadicho, todo el govierao de! Hofpicio.dando las ordeues couvemeates álos demas Individuos dél, afsien lo
‘Í>e Tchres iel Aut Mana. éTpitítuaUcomo en lottmporal:pc:oclicho Atltníniftrador hade eftar en todo aorden de los VeédorcS;port|uc eftos.reprelentan la Hermandad, acuyo cargo ella el govierno,y el Admintftrador es vn Miniílro para Ixvzcr executar inmediatamente las inftrucciones ,yordenes que íe le dieren ,ygovierno de la Caía ,canforme lo rcfuelco en eílas.Tendra vri Libra con Abecedario,en que fe íiencen los Pobreshombres,yotro para la smugeresjeii que hade poner cada partida depofíi,coadia,mes,y año,, nombre,Lugar,Ob!Ípado,edadjpadrcs, yropa que íleuáre el cal Pobre ,para que fe tenga noticra.de lo que fuere' neceíTario proveériej y> femara también el Hermano qué le traxo. Tendrá aísimirmo otro Libro duplicado ,para? hombresel vno,j otro para mugeres, énqiie íe han der fencar los Peregrinos, yVoluntariofSé' ¥quando aig'uno de dichos Pobres,de q.ualqaier cálidad,muriefe,;íaliere>a fe aufenráre del Hoípkiojo notara al margen de fu paría,mes>jañoiy ra2on.potque ha faltado,yen el odediGhos Libros ha de ponerdos nombres de los Pobres,yfolio áque eftan^y los que íalieren, ófallaren, feñalara éon viiaCruz en dicho Abecedano, para' que fe conozca no eftar en el Hofpício.-y de.todas las entradas, yfalta de Pobres, dará nocieia inmediatamente al feñor Secietario de la Hermandad ,para que en fus Li* bros lo note, yprejzengae'n la mifma forma,para que e£«' ten corrieñtesjy conrermes iosvños con iós otros*". Hit de yiuii: dicho Adminiftrador I
JO Conjiltudonés deVl{eálHcfp¡c¡o Ydezir todos los días Miíla en la Capilla dcl^ no cílando íegicimamence impedido }yha de cuidar de que los Pobres la ovgan,y rezen el Rofario, yconfieíTen los dias feñaiados ,yeíléa todos bien inftruidos en la Dodrina Ghriítiaaa,y entre íi tengan vnion^y coní^ormidad, yal que delinquiere,corregirlecn la forma que convenga; y cuidara de que en la comida,veftuarto,Iímpie2aiy demas govicrnodela Caía ,fe guarden las ínftrucciojies que tratan dello,y yelara,y atenderá aqué los OíiciaIes,y íirvientes de ja Cafa, cumpla cada vno con lo que elluvie* re afu cargo.Tendrá efpecial cuidado con los enfermos, difponicndo fe les provea de todo lo ncceíTarío. De nor cbc,defpues de cerradas las puertas,rondara el Hofpicio, ylosQaartos,y Dormitorios débpara que todos fe recojan alus camas,yeftén con íilencio,y quietud. Ha de tener vn Libro adonde eftc íentada toda la ropa ,yalhajas déla Cafa,que fe huviere entregado al Mayordomo; yen ci notara lo que de nuevo fe fuere comprando ,yliniofnas que entraren deftacalidad;y de dichas iímofnas dara cada femana vna relación en la Iunta,con declaración de las períonas que hízieren efta buena obra; yqu^ al píe dcUa ponga el Mayordomo, como ha rccibido/y íé le ha entregado lo refetidojy lo firme,pata que de dichas memorias le tome la razón en la Contaduría ;ycada cofa, que de nuevo entrare ,inmediatamente 1* entregará al Mayordomo,haziendole firme la partida en el LSbro.pata que fiemprefe le pueda hazer el cargo. HadetcLi otro
J)e Tobres del Jue M¿¡rii. ji otro Libro,en quelefientenlas proviíiones cjuc fe íiizieicn de Quakjuicr genero,con dÍ3,mc5, yaño,yque firme cada partida el xMayordomo jycambien fencara en el las limoíñas qucentraren dccofas comelbbles,carbon,d leña,guardando la mifma form?, ydando memoria dellas en la luntacada íemanar Otro Libro, en que fentará los Pobres ,que por qualquieraccidente comieren fuera ,o multas euie fe les hizícren del vino, para bazer las baxas en las cuencas de cada femana. Yafsimiímo,ban de eftar en fu poder los Libros de los Pobres que van alos Hofr picales,yde los que bucíVcií dclíosjy otro,en que feíren - tala ropa que dcxarendícíios Pobres en el Hofoicio quando van aí HoípítaL Yíi quando entrare algún Pobre traxerc ropa,o dmerG,quc quiera fe le guarde, tendrá Libro en que feacarlo ,yla ropa fe entregará al Adayordomo,yel dinero al Tcforcro del HoípicíOique fírmafán la partida en el Libro} yefto lia de citar adiípoñcron deí^ Pobre en vida,ómuerte. Las limornas que vinieren,como fe difpone por fa Confíitueion XXVIÍ.Íe lian de echar en la caxa,d cepo,> queeíta dcftinada encrHoípicío para ello ,por manO' dcl miímoque las traxerc: yíi alguno qüiíiefcfecibo> fe Je dara,diz¡endo,eomo ha entregado, yechado en dicha: caxa tal partida,tenfendo Libro,en que ía fenta? a, yorro’ cqueíccobfatanpor femanaSíOmefcsyiuefe bando entregar *
78 Conjlitucmes dcVlledHofpkio can; yde toda la ropa ha de dar cuenta al Mayordomo^ a cuyo cargo ha de eftar por mayor. Yha de tener aparte la ropa de la Entermeria ,yoheciendofe aver algún Pobre con achaque contagíoíoitendra la ropa ¡deíle con ícparacionjy la data álavar aparte^ porque no le mezcle có Jademas. En quantoa Jos Íalai íos que íe han dedar alos Üíiciales referidos ,fe continnara en ja forma que oy los tienen jhalla que teniendo mayor extcníion la Caía »y mas numerode Ofícialcs^por la lunra fe jes íeñale lo que pateciere; yfera íiempre,dando ácada vno ración de pá, carnejViiiOí yluz^y el falario que pareciere convenir. F.j Ad;iT5Í.n:i:ftradoríCapelIaniy ,R.cdlora}han,de aísiílir íiempre ep el Hoí aicio jno harán noche fuera íin licencia déla lunta; ylos demas QhcíaleSí dandoíela el Adminiíiraooríeícuíandolo lo pofsjbleííino en cafo muy' predio^ Cos demas Oficios de la Caía fe nombrarán de ;os mifi» mos ,1 obtcsjcn ja forma figuiente: ’xxxm. mL oficio m Erfemeros, }ía de aver dos Enfermeros,yno en cada Quartcí; .que cu.den deios enfermos,fin emplearios.nj ocharlos en otra cofa alguna iyhan dedormít en las mifmas Enremedios que mandare dMedico con toda puntualidad. dandonocicia aios fenores Veedores vFnfá» i wY>cuoics, yi.niermerosj’y al Ad-
Tchres del Aue MarU. 79 Adminiftradorjde loque fuere neceílario; yal Capellán, íi alguno eftuviere agravaclo>para que leaísiílajy aviene do muclioscnfermosjíe nombraran dosjd mas Enferme^ ros,porque no íe fi Ice aíu afsiílencia. JNSTIinXlON XXXIX. DEL OFICIO. DE ^ñtokros.. I** • * ^Hade averquatro Reíítolerosjcíos^para cada Hcfedtorio, que cuidarán de la limpieza délas msfas ,manteles, platos ,cícudillas, ydemáscofas ,ybarrer codos los dias los R.eFe6Eorios,y repartir la comida con coda buena orden iyáellos tocará el eacender las íuzes de toda la ‘'^áafa» ?• JXST^CCIOX XXXX. DEL OFICIO DE Torteros.- ^Ha de aver tres Porteros ,que afsi lia nála puertá principal ,para que eftén íiempre dos fílmente en elfa, yel vno,que entreádar los recaudos que fuere neceíTario al Adminiftrador jyno han de deyar íalir Pobre ninguno, fin orden, ylicencia del Adtniniftradoripor efcriro, ude palabra, ímo es los que van álas Demandas ,yios que el Adminiftrador tuviere fcñalados para los recaudos, déla Cafaj ylosque íalieren notará en la cabla que ay en la Portería para eft6,facaado vna,dos,d mascíncas,íegua
5oCmfiítucmes del ^al Hofpicio el numero Que cllu vieren fucia.gunídíindocft^orílcn co todii preciíionjy falcando ae!lo,Íe les caílígara.Yvin¡ca« do gente de fuera, daraii cuenta al Adminiífrador, para que íicndo perfona deautoridad,Ie aísiíl:a,ó íeñalc quien io haga. Yha de aver otro Portero, que afsííla al Torno de las mugeres para los recaudos que íe les ofrecieren ;y en el Quarto de las mugeres avrá vna Portera, que tenga ferrada la puerta, yno dexe lalir aninguna íin licencia. » -msr^ccioN xxxxi dbl oficio db Cocinaros, CHa de aver vn Cocinero mayor,ytres que le ayuden para haxcr la comida de toda la Cafa ,alsi hombres, como mugcres,cnfcrmos,y Oficiales, efto por aora,haífa que teniendo mas extenfioja jy medios la Cafa>íenga cada •Qdarto fu cocina aparte: Yal Cocinero íe le ha de entregar la carnc,peícado,y demls géneros por pefo iyha de hazer las raciones cd igualdad, yen vn pedazo cada vna, ypondrá las ollas divididas ,para cada Quarto ia fuya, con las raciones correfpondientcs alos Pobres ;ypara ícpattirlas, yque no pueda aver fraude ,dos de los Cocineros quedaran enJa cocina para los hombrcs,y dos pafi* faraii al de las mugeres con fu olla ,al fitio que ay deílinado junto al Retedtorio ,donde tendrán lumbre, parA que efté caliente la comida:y fentados los Pobres,el AdmÍQÍlfr9dor,CapciiaQ,l^e(5fQta,Q|os mifmos ^efitojeros
7)e Túhres del Alie Marti. 81 bue afsiílfcren>cont3ran los cjue ay,ylo dirán alos Cocineros antes de cmpecar arepartir Ja comida ]ylo haraa en vnas tablas de adoze platos ,embiando tantas racio - íiesjcomo Pobres liüvicrc en la mefa ;yíi pidieíTen mas, contándolos ,fe podra reconocer ,ycon eíla forma dar cuenta el Cocinero de lo que íe le entregare.Ylos Sábados ,reípeóto de que los enfermos han de comer carne, como los Viernes ,ylos que no lo eftuvierea ,groíTiira; hará ollas divididas para los víaos ,ylos otros ,íegun el numero deilos, íin mezclar en la olla de los que no eftuvieren enfermos carne que no fea permitido comer en Sabado. Yálos dichos Coc¡neroS)por el trabajo que tienen ,fe les dará alguna cofa cada dia ,como ordenare la lunca. msT(^rccioN xxxxii de la distosiciow yforma ¿[uefe ha de obferyfarpara el^oVienio de los Pobres, ^El principal rnílítuto defta Hermandad ,es deí fervicio de Nueííro Señor ;yno tanto en la parte de alimentar los Pobres ,pues mendigando tenían lo necelfario, aunque con los ínconvenienres que fe experimentaban ,íino encaminar álos Pobres legitimos álos exercicios de virtud ,de que viuian olvidados con la diverñoa de la mendiguez: yaísi feráel primer. cuidado,diíponerios ala irequencia de los Sacramentos. Para lo quaJ le or- L'de-
81Conjhtnáonés dcl Htfpicio deiiaj que todos Jos Pobres del Hoípicio íluego que entren en ch los exortCíy difponga el ¿apellan, para qne fe conficíTen inmediatamente ,ódándoles vn dia, udos de termino, para bazerlo con mejor drfpoíicion jyrodos los meíes fe confieílcn, aísi hombres, como mugeres ,el -primer Domingo los vnos,y el fegundo los otros, por fer muchos. Yarsimírmo, conleílarán todos las Paícuasdcl año jdias de Nueílra Señora ,yde fu Dulcifsimo Nombre, del Corpus, Todos Santos ,San Fernando, Sari Miguel, ylubileo de la Porciunculai yefío fin la particular devoción,ofrequencia que cada vno qüiíiere tener, inflándoles aello el Adminiftradof,y Capellán,pues por fer gente roda anciana ,. yenferma ,le debe procurar eften inasprevenidos,y bien difpueftüs. Yporque para los dias en que han de coníeíTar todos,no podra hazerio elCapeílan del Hofpicio,y Adminijíl;rador,quando le ayaiíc pedirá alos Conventos deíla Corte,enrtbien algunos Reíigiofos, que fe ocupen en efle fanto exercicrojcomo lo ha hecho hafta acra con gran caridad; yfe atenderá alrernarlos,arsi por no dar todo el trabajo avna Comunidad, como porque todos gozen del mérito defta buena obra. Cada año fe daran Bulas atodos los Pobres ,hombres,y mugeres,deíde fíete años arriba,válos que entraren de nuevo entre año ,fendo dcllnítituto. yaviendo de permanecer en eHofpicicfe le dará,fi no la tuviere: Ycambien avra Bulas de Difuntos prevenidas para los que murieic en la Cafa,como fe ha execqtado halla aora, dan-
J)eToh)'es ddAue Maris. dándolas Bulas neccílarias de Jinpofiia algunos Bienliechorcs^y Hcrmanosjcomode la piedad de Jos Devotos fe cfperaio continúen; pero faltando ,mandara la luncalé tomen Jas Bulas que tueren menefter. Rcípeíto de fer de tan grave perjuízio Ja ocioíidad jyque dclla proceden todos Jos vicios jyen las Gomunidades fe debe evitar mas ;aun<^e el intento de Ja Hermandad no es eftrecliar Jos Pobres avida de Religiofos ,fe les debe dar forma regular; para Jo qual en él xigor del inviernodos tres mefes de DiziembrejEnero,y Febrero, íe tocara la campana álevantar aJas fíete ymC’- diai veftiraníe, yantes de falír del Dormitorio,ó Crüxia# tomaran agua bendita ,ydarán gracias áNueftro Señor con alguna breve Oracíoo>conforrae la devoción de cada vnoi harán fus camas/c peynarán,y lavarán manos>y cara,á que fe les ha de obligar íin rigoriy para ello fe dexará agua en las pilas de parte de noche ,yen fiti oconveniente avrá vnas toballas, como en las Sacriftias, para que íe limpien iyalas ocho ymedía han de cílar todos en los Reteílorios áa!mor9ar. Mar9o ,hafla mediado Abril, álas ocho ihafta fin de Mayo ,álas fiete ymedia; los tres meíes del Verano, alas fiere; yel Otoño, correfpondienteá la Primavera,tocando fiemprc vna hora antes álevantarfe, ppr fer ia mas gente vieja, éimpedida, f averíe de ayudar vnos áotros. Ala hora dicha almorzarán ,en que fe ocuparán media hora ,yluego íc tocará áMiífi, quefe ha de de^zir
S4 ¡litucmés del 'l{ealHojpicio todos los dias precifamentc alas nueve en Invierno ,y correfpondientemcnce lo rcftantc del año jjque todos yayan áoírla; para lo qual fe cerrará el HofpiciOjy íi huyiere gente de fuera, paíTcn áoir la MiíTa ,odcípedirlos, no íiendo perfona de refpeto ,áquien afsjílirá el Aclminiftrador. Acabada la MiíTaíhafta las do2c,iráii átrabajar, yocuparfe en los exercícios que cada vno tuviere. A cfta hora comerán ^vtendrán de deícanío hafta la vna y inedia en Invierno ,ylas tres en Verano ,que proícguirán fus exercícios,onianifa6l:Liras,haíla tocar ai Rofario, que ferá media hora antes de las Oraciones ,áque irán á la Capilla rodos ,ycon afsiflencia del Capellán Ic rezaran acoros,y deípues del, la Salve, yLetania de Nueílra SeñGra,con fu Antífona, yOración ;yencomendarán á Dios, ypedirán la íalud de fus Mageíladess fuceísion del Rey nueftro fcñor ,paz ,ybuenos fuceíTos de la Monarquia,coníervacion, yaumento defta Obra, vpracia álos Hermanos que la adminifttani encomendándoles el Capellán alguna Oración particular por ello, en que fe ocuparan hafta que fe toque álas Oracioncs:y efte tiempo eftará cerrado el Hofpiciojcomo ála MiíTa. En Invierno íe tocara ácenar álas íictc, yen Verano a-las ocho ymedia,en que ocuparán vna hora ymedia^dffpues fe tocara arecoger. EncadaDotmitoi io ha de avcf vn quadro de alpu Santo^y pila de agua bendilevanten. Ypata cuidar de la limpieza de ios DormitotlOSi
í)e fotres del Jm Mmá. 85 ríosjcn que fe ha de tener gian atcncionjfe feñalnrán en cada vno dos Roperos ilos qualcs han de tener cuidado de acomodar alos Pobres cada vno en fu cama ,yque la tengan íenaladajíin acoftarfe vno en la de otro^y que dichas camas eftén cabales,ymudarles ropa cada mes,d antes.en alguno que fe ofrezca accidente iypara ello el día que fehuvierende mudar entregaran akmuger que cuidare de la ropa ,ks (abanas ,yalmohadas que quitaren ikqual Ies entregara otras tantas limpias ,para que pongan en las camas ryen la miíma forma íc cxecutar^ en quanto alas c;í.miks,que fe han de dar cada ocho dias^ en Verano, yen Invicrnocadadoze; paralo qual knoche antes entregara hv que cuidare de la ropa adichos- Roperos tantas carrúras como Pobres huvicre en el Dormitorio de fu cargo,con afsifíen cía del Mayordorno,quefe quede con memoria de ks camifas que fe entregana cada vno; los quales por kmanana ks llevarán álos Pobres ala cama ,yharan fe muden, recogiendo las que fe quitan, que entregarán en kmifína foíma,y cuenta que íe les dieron ks limpias.Tarabien efíos Roperós,quc han de fer hombres en fu Quarto, ymugeres en el fuyo,. han de cuidar de que íe levanten los Pobres por la mañana, defpertandolos para ello ,yque antes de falír del Dormitorio haga cada vno fu cama» yla del impedidojó anciano ,el que le aísiftiere ,de forma que áqualquiera hora que fe entre en el HofpieiOifc hallen ks camas hechasjy aílcadas ;yfí alguno no fe levantare ,de Juego cuenra ai Ad-
8éCo7tfiititcioñes del ^ealHoffdcio Aciminiílrador,ó Reábora^para que fe le afsifta íi tuviere al2;un accidente; jííendo pereza, yno acudiendo al Refeáorio áia hora que fe tocare,fe le multe en que no almuerce. Ha de aver en los Dormitorios vafos mayores, ymenores para las neceísidades que fe ofrecieren de noche ;Vlo primero que lian de hazer dichos Roperos, es# Tacarlos alas neceílarias ,ylavarlos ,donde eítarán todo él dia hafta la nociic,porque no den mal olor alos PormitorioSíque todos los días fe han de barrer precifamente ,ylos Sábados quitar todas las camas ,ylimpiarlas, y barrer por debaxo,como fe ha pra¿l:icado,quitando qiiatiocamasry bolviendolas aponecj yafsi Jas demas, teniedo gran preciíion en Ja limpieza .Yaellos Roperos, borríbres ,ymugeres ,fe les aliviara de otro trabajo íervil de laCafajy fe cendra atención con ellos, para que vayan alas comidas de la Santífsima Trinidadjy caías de Devotos,como fe liara con los enfermos,ydemas íirvientes. A los impedidos por ancianidad,d acii3ques,arsi hombres, como mugeres, fe feñalara vn compañero ácada vno, que duerma junto afu cama, yle ayúdela veilir, ylevan- :tar,y haga la cama. En conformidad de lo que fe difpone por las Conftituciones-XV. yXXr.lian de trabajar todos los Pobres, rcs,y mugeres, aplicándolos álo que cada vno puliomb di c meaios que arDitrare Japrudencia de los Veedores ,Enáei íDeros,j Admiiimrador,por evitar Ja ocioíidad,qiie es de ere,, yoheios que íu.pieren ,obligándoles ^ello por los edios que arbitrare japrudencia de ine r:..
f)e Tohres del Jiie hiárU. S7 de tanto perjuizio alas buenas coñumbres ,yconfeguir alguna veilidad para ayuda de tanto gafto >ypor no tener la Cafa oy la diípoíidonjy Oficinas neceílariasj para que las aya de los OíÍGÍos> fe ira difponiendo como mejor fe pueda; ypara elloípor fer las labores de las mugeres masfáciles de exccutar,fe dií^ndráí que todas trabajen en aquello que cada vna pudiere,previniéndolas para ello labores, como ropa blanca> hilado, puntas, yme- ’dias(exccpto las impedidas,y íirvicncesjy que eftas fe junten en las piezas donde huvicre lugar, áhazer fu labor, reparciendofela,y afsiftiendolasla Kedrora, que diputara vna de las mifmas Pobres, que fea de confianza, que elle como Maellra de todas las demas,poniendo en cada ge^ ñero de labor vna:Y en las piezas donde fe hiziere,fe difpondra fe les lea algún rato en vn Libro de devoción ,y también de entretenimiento, comofea honcflo, porque eftén divertidas: lo qiial hará alguna dellas mifmas, que fepa leerlo íi huviere algún Pobre anciano,QUc etnbiará el Adminiftrador para ello ;cuya difpoíicíon queda áfu prudencia, yJas dichas Pobres fe ocuparán en la labor que fuere neceífaria para la Caía ,de que no ie les ha de dar efti pendió, pues es parafu vtil ;yfe felicitará, que de particulares aya labores en que fe ociipen,de todos generos :Ypara t]ue en efto aya Ja buena cuenta que conviene ,toda la labor que fe traxcre de fuera fe entregará al Adminiftrador,que la ha de fenrac en vnLibro que ha de tener para ello,y precios áque fe coucertáre;pafa Jo qual paífa •
<^4 Conjl'tmones ¿el ^.il Hofftdo termos, que fu recogimiento remedio,toca álos Hof. picales ,yno ala Cafa. En mandando llevar el Medico a1$run Pebre a! HofpitaLlc confeífirá el Capellán, porque viya con ,efta prevención,yfabrcVdelíi tiene algunos bcnes oue dexar ,a guardar,d alguna declaración que hazer jVteniéndolos ,febara inventario de ellos por el Adroiniftrador, yMayordomo ,yno aviendo Adminiftrador, el Veédor,y faltando eíle^cl Capellán, de forma,qu.c lean dos ,fentandolos en el Libro que ay deífinado para ello ,cuya partida han de firmar ,yfe entregarán dichos bicnesjfieado de hombre,, 3lM*yordomo,y de muger, á la i<.e6bora,quc tendrán en parte feparada ,ycerrada, con >vna memoria de quien fon ,para en bolvícíido el Pobre entregarfclos por el mifmo inventario ,ófalleciendo ,á fus herederosy fe advertirá al míímo Pobre,quando baxa ,declárela dirpoficioh que dexa ,cafo que muera fin hazer iteílameiito •, yfe pondrá en el mifmo Libro ,para qus íiemprc confie del]o,quc fe cxecute la tal dirpoficio; Ymuriendo alguno ab inteftato ,que tenga bienes ,fin dexar herederos, fe aplicará lo que importaren, para hazer bien por fu Alma,á diípoficion de la Tunta. Si fuere algua Pobre cafado al Hofpital ,fu muger quedará en el Quarto de las mugeres ,ydormirá en él, y no en fu apofenro,hafta que Suelva el marido. Muriendo qualquicr Pobre en el Horpício, fi no dexáre bienes con que tntcirarfe,lo hará la Cafa,como Pobre.
í)e Tchres iel Juc Mmd. ^5 mT^rcciou xxxxin. de los svf^mjos qu?fe han de ha^/por los Tobres. fLuego que muera qualquier Pobre en el Hofpi- €Ío íóíc tenga noticia >quede los que.han llevado alos Hoípitalcs ha fallecido alguno íel Capellán encargará á Io§ demás Pobres jle bagan fufragios jpidiendo ácada vnOidiga lo que leofrecejde quc'hará memoria por mayor,y en la Junta primera dará cuenta por vn memorial, como avíendo muerto Fulano ,han offecido los demás Pobres por fu Alma tales,y tales fufragios; para que fe vea en ella. como íc cumple con ella piadoía Ordenanza ;Y dicho Capellán tendrá Cüidadode encargar álos Pobres,, exccuten lo que afsi huvicren ofrecidopor los difuntos. XXXXW. DEL MODO Henar los Tchres alos Hofpitaks.. ^Para llevar los enfermos álos FÍGÍpítalcs dcíía Corte, fe ha de nombrar cada:dia vn Fiermano, que por. mañana, ytarde fe ha de ocupar en elJojíi loshuviere ;y; los han de llevar en las filias ,yendo ápie el Hermano pidiendo por.las calles para ello, con vna caxaqne llevará, vn 1oiC de confianza ,yla llave el Hermafío,. como íe laz^n cRefugío,y ha de llevar el.oombrc del tal Pobre c.opicio>, yhazerleícntar por él, porque algunos íe le
5)<í ConJlitUciofies del^ealHofpkio le muílan coa animo de irle dcíde el Hofpital; yCe lu dé (blicícar, que en cllosaya Libro aparre^ donde íc íienten Jos Pobres que fe llevaren del Horpício,para que tengan feparacioníy con ella noticia pairen ála Convalecencia, para no dexatlos ir ,yentregarlos alos Hermanos que que Fueren por ellos. Yen el Libro que llevare el Hermano, fcntarala partida,con dia,mes,y ano, yíi ha íido por mañana,btarde, diziendo el Pobre, 6Pobres que ha llevado jyíi fueron con ropas, binfignias de la Cafa, Hofpiralcs en que quedan, en que íala, ycama, yfolio a que quedan Tentados ,la limofna que íe ha juntado, yde ella pagaran alos mo90s de íilla, árazón de dos reales y medio acada vno;y no aviendo bailante,ni Devoto que lo fupla, los embiara al Hofpício, para que el Mayordomo les pague,poniéndolo en el Libroj yfi Cobrarsjo dira en la partida ,firmándolo ,para que por ella fe le pida al Pobre ,yentregue el dinero al Mayordomo ;Ycafo que en el Hofpital no quieran tener Libro aparte,donde fencar cftos Pobres ,hará el Hermano fe note ala marge de la partida,fer de! Hofpiciojy fi Jos Pobres llevaren ropas,éinfignias de la Cafa,que quede rentado en el Libro del HofpitaLcon quien cílá ajuílado las han de bolver,íi murieren. Para bolver dichos Pobres de los Hofpitales, fe ha de nombrar vn Hermano cada femanamue ha deir alos Generales ,yde Ancón Martin ,yfus Convalecenciasel Miércoles ,ySábado ánjedio dú jpara lo gual le ha de
tic Tchres ^el Auc Máná, cmbiar memoria ci Adminiftradorde los (]ue cíluvicrert €n ellos ,yíi han llevado ropas, éiníignias \por la ouaí pedirá ios que cílu vieren para íalir ,que traerá al Hoípício en fu coche,)’ no teniéndole, ordenará fe le lleven íi^ lias de la Cafajpcro no fe ha de pedir para bolverlos,íiuo cafo que no aya Devoto que lo pague,lo haga el Mayordomo,ícntandodícho Hermano en el Librólos que traxcre ,yíi alguno de los demás ha muerto >ófaltado iy aviendo faJiccidoalguno dé los que llevaron ropas, cínfignksj Jas pedirá, ytraerá también, que todo Jo femará en el Libro,para que íi huviere alguna falta ,Ja Junta íolícíte el remcdiojdando cuenta ahfenor Protc<51:br de loj HofpicaJcs. .^^> •: * . t* *>•i! T>EL MOtO QTE SB jcon los Pobres que mfitereji del ‘ InHüuto. »rl íí' localidad deefta obra folo mira a u cniai los Pobres legicimosj xio ¿'mantener vatramundos, los que fe recogieren dcefta calidad ., fe han'de echar del Holpidoipara lo qtial, todos iosmefes.ó antes, ihuviere numero de Pobres que reconocer, de nuevo fe del Hermano Mayor, vn )ontiliario,y Secretario, y'Veedores ;yfaltando el Her- (1‘*^‘«)!osdemas,pr€lidiendoelm3santiguo;yre Nha
Confikuckiies ¿el (!{eal H<fpicio ha de avifar para dicho cícrutinio avn Medico ,yavn Cirujano álo menos y los que íc hallare no tener impcdimcntojrcconociendorcrvagamundos, los remitirán al feñor luez Coníervador del Hüfpicio; yefto fe entiende con hombres jymugeres ;y los que íe hallaren que pidicron.por cftar'convajcc'ientes,d otra caufa bañante que los obligaífeafneadigar ,los’defpacharan, apercibidos no buclvan apedir., con pe nade que íi incurrieren, fc.fujetarána ladcfvandoj-y leyesdeí'Rcyno, yferán remitidos al Juez :yefte apercibimiento le ha de hazer el Eferivanode la Cafa,«para. que hempre conftei yalos foraftcros^e dcípácharaniconíguias para que fe vayan áfü tierra, apercibidos que no buelvan áella Corte' con la mifmapena ^y íi íc hallare alguno que aya eftado otra Wz,«y/ííilidoCcbn apcrccbimiento ,íe remitirá' al feñor luczCofcfyadoc con papcrdcl Sccreratio déla Hermandad, en que le de noticia dé los que afsi íc le remitení yíi han eftado otra vez, y íe les ha apercibido, yal mifmo ticmpóembiaráíordca cl &cietario-dé laHcrmandád al -ÁdminiClrador. para que entregue los Pobres afsi remitid dosáquieo ordenare el feñorJuez Confervador, yquando vayan. Alguazilcs ,losfacara ala puerta ,yentregara, dándole recibo al pie,deía orden que llevaren. !, En quancQ a. as mugeres,fe acomodarán áíervir las que fe hallaren hábiles para,eUo,,lia2Ícr,do p,ipel el que las lleva. e,dc dar cuenta ála Junta quando fe deficomodarende fu cafi: ypara las que nofe hallare comodidad, fe
,7 )e fabres del Jue Mmá. 99 fe embiarara apercibidasi ylas toraí]:eras,con guias, para que vayan áíus Lugares jyíncuíriendo., íc remitirán al íeñor íücz Coníervader en la mifma torma que los hóbtes jfuftciitando íoloen el Hofpicio los . Pobres Icgrdinos. Yporque puede aver algunos Soldados hábiles pa* ra continuar ci Real ícrvicio, ccriftando lo fon, ydonde han ícr.vidojy conviene pi oíigan-en ePccxerciciodc da-!- rá cuenta en el Conícjo de Guerra,de los que huvierc de ella calidad, por íi fuere del ícivicio de íu Mageífad embiarlos áalguna parte :Yella noticia íe dará por papel del Secretario de la Hcrmandadjül del Conícjo de Gucr^ ra ;ycon íu rcípuefta ,yavifo fe entregarán áquien dicho Coníejo oídenarc;.)' hno los quiíiere emplearle ha^ rá con ellos lo que con los demás. ,: Las guias han de ir hrmadas del Hermano Mayorí dos Coníiliaríos,y Secrctariojcn Ja. horma íiguicnte; 1 ns¡S7\yCCI0NXXXXriDE LA VenjAJ DE de/pachar losDob/fs í¡ue qiiijlei-enfah det: .i '; ^''Hofpicio, :>n! :;-.r f ’ .•'i =:>>".i^i'i;\-hit -A id--i .i\j.\\^X.LG,i! ^Por quantp el intento de la Hermandad no es tener en iccluiion.los Pobres ,ííno evitar el cjuc pidan li- ir\oína,los que quiíicrcn faJir darán memoirial en Ja Junta ,yfe cxccutara lo que íc diípone por la Conftitücion XIIL yalos que oírccicren fianza fe Jes. dará licencia, •«tiico aaíacisíaciomy por cuéta,y rícígo dclEícrivano, Nzque \ 1
ICO Ccíijlitucmes ¿el Hofpicio ouc.no bolverana pedir ,con pena de cincuenta ducados ilaquab reincidierenj íc cobrara inviolablemente: yla dicha fianca no la ha de poder hazer ningún Hermano, ni el Efcri vanó recibirle, yíi lo hiziere, íe cobrara la pena dí’hy no del Hermano que fe obligó :Yel feñor Secretario de la Hermandad tendrá cuidado, quando le lleven las eícrituras de.íianca,íi la huvicrc hecho Hermano, no admitirla ,ni dar deípacho al Pobre para que lalgai ylos que fe recogiercn,aviendo fahdo con fianza, fe tendrán en. el Hofpicio ,yno dara licencia otra vez con ninguna obligación, ni fegiiridad ;porque el intento de la Hermandad no es cobrar mulcas de los Pobres ,fino aífegurar que no pidan jyno bailando la pena de cincuenta ducados ,fe reconoce es vicio que tienen en pedir,yafsi deben cftar recogidos. .Alosloraílcros,ó otros que quieran írfe defta CoftCjaunque fcan Pobres Isgirimosjporqiie noes juflo víolcn.tar los,y íolofe ha de evitar el que mendiguen en Madr¡d,dando memorial en la runu,.y precediendo la diligencia que difponc la Coaílitucion XIÍL yhallando tener caula legitima ,fe le dara licencia para que fe vaya a la parte que dixetc viá re¿la dcldc cl Hofpicio ,fm cíeteiicrfe en Madrid; para lo qua! le le dara guia con apercibimiento:y cafo que los buelvan a-.coger>cn pena de avet incurrido', tendrán ocho dias.de reclufion en elHoípicio, enlos quales no fe le.s dar4 .vino, yno fe le, concedera licencia otra vez con guia,ni ea otra forma. ‘Ref-
"De Tobres del Áue MarU* ioi Refocilo de que algunos convalecientes >yen efpccial el Invierno,fe vienen voluntarios al Hoípic¡o,pot* no poder trabajar; yrcconocicndofc por la lunfa íu neccfsidaddos manda recibirjy cftos cftando con mas fuercas no es jufto detenerlos ,ni cfperar la lunta General, que tarda ocho dias, para darles Iíccncia,íi no la huvieífe Particular en que hazerlo, íe hara lunta los Lunes coa dosConíiliarios,y el Secretario ,yvno délos VeedGres:> para que dcfpachen ios Pobres que huviere delfa calir dad voluntarios, yno otros algunos :para lo quaLavíendolos, avifara el Adminiílrador al Secretario por la ma^ nana; el qual, noaviendo lunta Particular, avifatá ados Confiliariospara ella. JNsj\raoN xxxxni mla couwa j/é ha de dar alos Tabres. ^Hafe de dar acada Pobre ,afsr hombres coma rnugeres,veinte on^asde pammedia libra de carne,qiiartiílo ymedio de vino alos hombres, yvn quartillo álas líiugercs ,en ella forma ;Quacro 00935 de pan, ymedio quartillo de vino por la mañana ;ocho 011935 de pan, media libra de carnero, ymedio quartillo de vino,amedio dia,y lo mifmo ala noche,exccpco álas rnugeres,que medio quartillo fe les ha de dar para almuef9o ,ycena,: aviendoíe aísi acordado con parccer,y junta de Médicos: Yalas mugeres que criaren fe les dará media libra de
102,Conjlitucionfs del %e dHfpida carne ma*:: Alos mucliachosiclozc on^as de pan, repartidas en almuerzo, comida, yceiiaj yvn qiiarrcron de carne-, nricad amcdiodia,y mirad ála nochc^y cumplidos los •íictc años, fe les dara ración entera, como áJos líombres, pero ím vino. Rcfpcñto deque aalgunos Pobres Ies jiaze daño el vinojcomo ion, los que tienen llagas liabituales,dcmcnfCÍa,y otros achaques, yla gente mo^a, fe guardará Ja resolución ,yorden que eftá tomada fobre elfo con junta, y. parecerde Médicos de Camara ,en que le declara los •que fe ha de prohibir iypara los que fueren entrando, quando los rccoiiczca el Afcdico, dará orden, conforme el acuerdo referido,íi fe les ha de dar vino>ó no>y paralas cuentas tendrán el Veedor, yAdminfílíador memoria de los que no han.de beber vino jyla mifma el Mayordomo,yí)erpeiiferQjnotandoíc luego que entre Pobrcjá quien no fe aya de dar. <Los Viernes fe dará media libra de pefeado abadejo guirado,para: comida,-y ccna;por mirad,yvn potatre á medio dia, el que pareciere, conforme el tiempo;Yporque la carne tiene algún deíperdício ,afsi ai hazer laL'aciones, como por el iebo que trae, que fe ha de.quitar, fe añadíran tres libras en cada ciento,porque no fea men os kración de los Pobres :yel íebo que afsi fe quitaic ,fe guardara en vna arca, yaviendo cantidad junta, fe benehciara ytrocaiapor velas^tcnicndo elfa cuenta, venidado lo. Veedores, yAdmiiüllrador; ylo qr,c.dello>oduxere.
Vchrcs dcl Auc híiñ4>103 xcre, fe Tentara en el Libro de cofas comeftibles jde í|üc5 fe facara razón en la memoria de cada ícmana. Délos deíbojos de carneros 3que íc tracji pan cenarífe harán de cada cabera quatro raciones»vna losteL Tos,otra la lengua,ydos lo reftante de la cabc9a, por mitad,yde Ir.vj aííaduras,rcrpc(51:o de fer lo ordinario pefar ca da vna tres libr3s,fe harán üoze raciones, guardándole la forma que ál preícnic fe eftila :ypara el rcpaitirnieníOi que fea con vna cuchara de cobre, que ay abújercada para ellodiecha ámedida correfpondiente de quatro on^as, para que no fe defraude la comida álos Pobres ;Yeibis aíTaduras fe darán vna noche en el Refeblorio de los hombreSíV otra en el délas tnuíTetcs. =* . Por cruantó en las comidas que Te dan álos Pobres en la Santifsima Trinidad, ycafas de algunos íeñores Devotos,en ciertos dias del año ,fe Ies dan ceftas de toda la comida que Ies fobra >por fer muy abundante ,y de regalo; roda cífa comida íe traerá al Horpicio,,íin ver def nada della,aunque fea genero de mucho valor,yáarbitrio ,y diípoficion de los Veedores íe harán raciones para los Pobres,honibrcsjy raugercsjquc eligieren,tenic? doátencion álos íirv'ientcs, yquetrabajaten en vtilidad de la Caía :ylos platos, celfas, yotra cofa, íi trajeren ,fe entregará al'Mayordomp,y fentará cn cl’Libro de ropa, yotras alha jas, aplicandolo,y beneficiándolo como mejor pacczcat Yel dinero que en algunas partes Ies dáadc limofña,clcmas de la comida^ ha de ícr para la Cafa :pero en
,IQConjlituciones del 'l{eíilHofpicio moí aa.y otra en el Hofpidoípara cjue venga cerrado. Y ertos cambien llevaran caxas jpor íi alguno diere iimofna de dinero; yvna campanilla, para que con ella avilen, Vno fea neceííario entrará pedir por las cafas; Ynande traer vn Libro ,en que vaya advertido los Conventos ,y Qaartelesáquc hade ir cada vno, porque no repitan la demanda ;cn ciqual el Convento, óParticular que diere pando ha deícntar en el Libro; paralo qual llevarán los Pobres tintero, ypluma ,yfe pedirá álos Prelados de los Conventos, manden álos Porteros lo hagan ;con que la limofna que diere n,no podtán defraudarla los Pobres; y quando vengan con clla,Ia entrarán en clquarto delAdminillrador, que la contará por el que viniere fentado en el Libró, ypelará lo que viniere en pcda90s,y lo ícntará en el Libro que hade tener para ella limofna de pin,yentregará al Mayordomo !nmcdiatamentc,qucha de rubricarla partida, para hazerle el cargo áfin déla Lemana. También irán cada día por la mañana temprano dos Pobres ala Pla9a con efpuertas, ápedir verdura para las ollas,ypotage de los Viernes; yeftds no han de pedir otra iimolna. Refpeíto de que al preíente han ofrecido algunos Devotos iimofnaspor meícs ,haftaque íiendo mas numero,íe de la providencia que convenga; avrá vii Libro, como le ay, en que fe ficnten dichas limofnas :ypara los <iue no hs embiaten al Hofpicio/e embiara todas las fe»-
Ve Tohres ¿el AuéMaría. 111 •itiatiasjomeícs» conforme fuere la promeíTa^ vnCobia-. dor con el Libro> para que el Devoto Ic dé la limofnai y fíente en dicho Libra jyporqué tiempo ;Ylas cantidades que afsi fe cobraren ,fe entregarán al Teíorero jque firmará en el Libro las partidas ,para hazerle el cargo ;y en las memorias de cada femana fe pondrán> para que la lunta tenga noticia del eftado deftas cobranzas ^yel Contador tome la razón dellas. INSTRUCCION IL. VE LOS TOVRES QVE HJN de ir alos entierros., CAlos Pobres que fe líamaren para ios entierros! nombrará el Adminrítradorí fenalando vno dellos ,que vaya governando álos demás ,para'que vayan con mo* deífiajy filencio juntos,y dedos en dos, fin permitir entren en parte alguna jydel que delinquiere dé cuenta al Adminiftradcr,para que le corrija,y caíh'gLie;Y lalimofna que fe ha de dará cada Pobre^han de fer dos reales,dc los quales íe darán dos quartos al Pobrej ylos quiazc para la Cafa jcuya cantidad ha de entrar en poder del Tcfoicro>y dar el recibo; para lo quah porque no puede cftarfiempre enelHofpicio, tendrá en poder del Mayordomo algunos recibos de áfeis^ doze jyveinte yquafro Pobres, que es lo ordinario que fueíen pedir, para que fe dé iycada (emana ajuftarán la cuenta entre los dos, yel Adminiftrador íentaia en el Libro los Pobres que embia áca-
111CauJiltHcionts delIHo/f icio acada entierro, con diftincion, yque la patridd ía rubri* que el Mayordomo, yal fin de cada femana el Tcforcro, quando ajufien la cuenta }porque quando íc den las memorias en la lunra, vaya hecho legítimamente el cargo al Teforero,y firmadas del,para que cómela razón el Contador,teniendo Libro para ello; YCi en los entierros dieren velas alos Pobres ,han de fer para ellos mifnaos. Yrcfpcdo de que por aora, yen interim, eftan en vn Sujeto los oficios de Adrainiftfador ,yMayordomo, el Capellán ,halla que aya Adminiftíndor íeparado, intervendrá en la nominación de Jos Pobres que lan de ir álos entierros, con dicho Mayordomo iyluego que íc embien ,fe han de fencar en el Libro ,aunque no fe aya cobrado la límoína iycobrada ,fe facaiá al margen lo que importare :Ycafo (aunque noparec-e pofsibÍc)quc dexca de pagar la limofna de algún cntierro,íc notará al margen ,para que confie ,yfe haga diligencia en la co^ branga. r msrnrcaoN l. vio se admitan HtTaidos en el -cfta Cafa no conviene fe admira: tetra idos ,fe ordena ,quede ninguna manera fe pueda: recibir ,ni tener en ella :Yfi fucediere venir alguno d repente.por delgracia que tuvo cerca, fin podeife ritrat V aott V
15e fotres del Jñé lim£ ,i \otfá parte >yfuera contra la piedad Chriftíaria »yalo Sagrado,y autoridad Real de la miíma Caía,echarle,hafta que íin rícfgo pueda paíTar aotro Sagrado] en eftc cafo íe podra tener folo aquel tiempoque fea neccííkio para fríe donde le convenga; quedando aarbitrio de los Tenores Vccdorcs,diíponercfto quanto antes. ' 1.. i. m^r^TiFcaoN Li qte jya nsc%]rAW> r ‘''^raspara lós negocios ,'y diligencias de la Hermandad. ^Hade'avcr vn Eferivano para los negocios que íe ofrecieren,, ydos Alguaziles, nombrados por Já lunca^de los de Corte,pVilla,para el miímo efedo, ydiligecias q fehuvieren de hazerde orde del Tenor lucz Cófervador. 'Yporqué con el tiempo puede ofrcccríc reformar, oalterar las Conñitucíones aprobadas ,yeftas ínftrucciones, yconviene Tea con dilatado acuérdoj Te ordena, que en efte caToíe diga vna MiíTa al Eípítiru Santo, encomendándole el acierto jydcTpueSíConííderado en diferentes Tuncas ,que alo menos Tca-n tres Earticularés ,y dos Gcncralcs,Tc tome con acuerdo de la mayor parce la rcfolucion que convenga.Ypor loque conviene oue las Conftitucioncs,c ínftruccioncs referidas eftén en noticia de la luntaiyHermanos que aTsifticrén áella ,chía General de cadaíemáná ,dcípuesde leídos los Acuerdos á' la precedente, fc leerá vn capitulo délas Conftitacio- £nesí
1^4 ncs CmfiHnáms Mfíofp'icio >y* otro ;dc cft^s ínftruccioncs jyaísí íuccísiVflfncntc en todas las luntas Gcncrales. ^ rYen eda conformidadjcl Excelentirsimó feñor Du^ fluc del Infantado,y dePallrana, Hermano Mayor, yloj íeñoresProtedorjCohíiliarioSíy demás Oíiciales,y Hermanos defta dieba .Hermandad dej Real Horpic-io de Pobres Mendigos del Ave María jySan Fernando, Rey de.Efpañá,íiizieron>y acorcharon eftas loftrucdones ,co ciimolimíenco He las Gonftituteiones ,para el buen goviernó de dicha Hermandad ,yReal Hoípícioiy para mavor honra ,yGloria de Dios NueRro Señor, yde k Santirsitrta 'Virgen Mafia, Señora Nuefl:ra,canGebida íin mancha dé pecado órigiiial eá cJ primer Iníláte de fu Ser, ydcl Glorioio S.Fernádo,Reyde Erpaña,y en benefició, yaliviode todósfos Robres Medigós defta,Corte, las firmaron los dichos, íeñorc^ Her^mano Mayor >ProtccRor, Gónfili arios,Gficia-lés,y Hetmanos ínfraeícriptos *efl y. de Febrero de 1675.años. >, ’;?* t- ;'4'' 'o'rn;c. ! 'ór.- t.» .4. /Don Denito ProKd:ori ^->5, Fr.Diego deSalacarj Cadena Miníáfode kSS.Trinidad Conliliaríoi í•> , ,MI Conde ¿([Cabras 9^.W-,• Coftfilíarió. hl MSegoryep'. ':/jí Cardona,>'-d. --é ” 'Confiliarío, 'aríjúh de Cajlrofmrtt > '•Confiliatio-, Don V/*! 'I ^/ar iC *f i Íí-C Coníiliario. í>.
!í). Abs^ro de OchoA Alemán» Coníiliario. Do?j Frandfeo Cantilo» Coníiliaiio. 7)on Frandfca del Cajlillo» Coníiliario. 2). Luis Cerdeñoy Honcon» Coníiliario. t iDon 'Bernardo de Orte^i yMurUi'Ui Contador. DJuan de BarabonayAguila \Veedor. Don Juan de Maluenda, Veedor. Den Diego de Siha . Don FrandfioGradan Berrugucte. Don Antonio Grgdm Aldrcte. FJ Marques de Cafldlún. Don B.iltafar de Vi bina. D.Luis de Gtit^iay Can\ijul Coníiiiario. Don Francifco de jíyala» Coníiliaiio. FlCdde de BiralteniMarques de Ve¡fue/ te» Coníiliario. D.Frañaje,Gc^aV^deOttiedo Macftrodc Ceremonias. Don Carlos Gé-beo» Tcíorcro. Don Tedro de Mirada Niño de Cajlro» Veedor. DoB,D.Franejeo de Mefeofo OJJoyíq» Don Diego Bolero yCaxal. Den Ge> on mo de CarVajal Azu^to. O Don hftph Manuel Bolero yMiiño^. El Conde de Monte-Mbo. D. litan de Mo engro Nejra Don Teuro Becerra. D.Tedro de Arit^y Jangua x. Don Luis Gcncak:^ de Oviedoy Secretario de Ja Hermandad, yRcalHofpicio.
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