Ordenanzas, y constituciones de la sociedad regia de los medicos revalidados de la ciudad de Sevilla, aprobadas, y confirmadas por el Supremo, y Real Consejo de Castilla su Protector ..
Full text
•Jtfji & §<? Is 1:' ’&j®* sM_ « 1&*• ?*«• *ite* i» i&¡* ** &s* ^13* fP 3tt» #, '» w »&?* •sftsf •06 «& •8*5 f •911 •PéX •^ s 2* •W61 *98 &< *06 ,? •*6® •96 £ -»fM» VW •S^G «i »9g* •se& *SS s •ge » •K £ *06 ® •06 % e»ÍSJ¿ IM> *WG 2W •*#1» rff •06 ® •98 f **% feí *06 * 9WG m mi m% m| •06 £ mfA •®e§ •06 g ?&i* i? 36* «m* %¥ $06* «* >íA* «*“ 36* Hp »36* m* 36» *16» ®SW* f&f* 2djL i- ¡Sí sN§* ív i»4* $ •08 $ •06 $ *06 *? •06 ® •06 S} •fe ® ORDENANZAS YCONSTITUCIONES DE LA SOCIEDAD?» REGIA TE LOS MEDICOS REVALIDADOS DE LA C1VDAD DE SEVILLA, 21*1 APROBADAS,YCONFIRMADAS POR EL SV- %% *pl; Prcmo>y Real Confcjo de CaftilJa fu Protc&or ,ydadas $ Jgl *luz, Tiendo Prcfidcnte de dicha Regia íociedad,el Doft. f|j£ 0$$ fe* Don Juan Muñoz yPeralca,Mcdico de Camara de fu ®|§* *í¡| &¡ Mag.y Confiliarios D.Miguel Melero Xirnenez, $0fS* ¡H ©yD.Salvador de Flores,focios, *0J «Médicos. mW ép 33* *36* §33* *33* f3<S* H3* á k> 3S* ?43*
_*._^k' ... J':'" «v ?•- -- -'# - 3, Gf v-S «i f. •• V 4 ? » -' «fe i, 1 •.4 r. n *s£ :»• ** .. ; ¿* x /•"¿'j »•Vm * # 4 4 í %¿ ** *:•*!? ' *!4i*•’ .'L, r- / •'v ‘'..*: "• i -. •? si 'H- ' ar-•: \ÍT5. '•--v . ,. -\- hr*M ~ %;:%' V- «í V. ^- •¿2 • '-.>*/ >>.-, ‘' v" rX X* V! i f'- <: *> ¡Tí t"V . V*(í. . :ái* >4•. -<- •1. v*/-.i- «r- * %v , r>V \I? ^:* '•• JÉ .*V I<> f cj',: ,:,yn . ^i•¿.í'• •'ju >.«s. 2C :;í.: 1 1\ vif.i: v•v#-.' w-.l &lí c? -i XAw» ;; i_¿ í-- r> -J * »&** •3 &• f;£ *r V» - a'£\* y *3** * .. <t M A x&$ -vz .J«íi> kcií\ .1 & IV- •33Ji1i; £•4*i a *« *•t4r Xf c rt , •- Ir <*a » !•-r-.j ;; Sf I. .•..'’•.• • ' ;t; r;v*'• s,;r T rí/%í Ir-wv. .£'»** KjtJTí.^i. •X'^O^*Í-' •*' v‘ •.. Oulií.jyi ’r. o i :/^^aírM a¿ur ••' *•* ' kJsJi^#C#Jf ,rv •> '••.- a.^r*i-ík r% ?-tv -• : **» '/ '•? '''* ’"• »-' •’íiO\J v'.'1 :-'•'* «iíy 3;•A'i» j. •<* .,.*<s«r-> v (*w w •i .ííVéJ “»->-i Vt*V^•- :’'."..v •. ^
PETICION. LOs Doñores D. luán de Cabriada ,Medico deCa’* mara de fu Mageftad ,yDon DiegoMatheo Zapata ,Medico del Tenor Prefidente de Caftilla en cfta Corte.Dezimos ,que por lafodcdad Medica de los Revalidados de la Ciudad de Sevilla ,de quien Tomos focios,fe han ejecutado diferentes conftituciones ,Eftatutos,y forma de Ordenanzas para el mejor ,ymas Taludable vTo de la Medizina ,yconforme áia coftumbre ,y pra¿lica,que fuera de Eípaña Te vTa entre todos los profeílorcs de efta Sciencia>las quales Te han remitido iefta Corte ,yTon las mifmas que Te contienen en el papel impreííojde que hazemos dcmonftracion,y preíencamos con efta petición. Yrefpcóto de que el vio de las providcncias,que fe contienen en ejes de conocido beneficio i la caufa publica ,yfu precifla obfervancia tan vtil ,para que efta Te logre,y todos cumplan cxa&amente con las providencias que en él fe contienen,(era muy ncceffario que V-A.las apruebe,imponiendo Tu Soberana authoridad, no aviendo como no ay reparo ,ni inconveniente alguno. AV.A.fuplicamos fe firva de mandarlas confirmar dando los defpachos que fueren neceflarios para la ob** fervancia de ellas,pues es de jufticia que pedimos, &c.
DON Carlos por la gracia de Dios,Rey de Caftilla, de León,de Aragón, de Navarra>de Granada ,de Toledo, de Valencia,de Galicia,de Mallorca ,de Sevilla,de Ccrdcna,de Cordova,de Córcega,de Murcia, de jaén, Señor de Vizcaya,yde Molinaje. Porquanco por parts de la fociedad Medica de los Revalidados de la Ciudad de Sevilla ,fe nos ha reprefentado avian hecho diferentes Conftiraciones, Eftatutos,y forma de Ordenanzas para el mejor vfo de la Medicina, yconforme ála coílumbre,y pra&ica, que fuera de ellos Reynosfc víaba entre toáoslos profeffores de ella, las quales eran las de que fe hazia preíentacion en debida forma, yrefpeóto de que el vfo de las providencias ,que en ellas fe prevenían,era de conocido beneficio ala caufa publica ,yfu prccifla obfervancia tan vtil para que fe logralle ,fe nos fuplicó fuellemos férvido de confirmarlas ,yaprobarlas en atención áno contener rcparo.ni inconveniente alguno ,antes bien fervir de conocida conueniencia ,ylas dichas Ordenanzas de que fe hizo prefentacion Ion del tenor fi guíente. ORDENANZA PRIMERA. PRimeramente ordenaron $que todos los hermanos han detener cuydado en los lugares que fe halla" ren de habilitar en todo lo que pudieren alosPhar - macos en la doctrina Efpagirica, para que tenga promptos los remedios precillos ,yno hallándole hábiles en la manipulación de ellos,den quenta ála íoeiedad para que fe les remita el mas feguro modo de fu manipulación ,y las Pharmacopeas,que pidieren. SEGVNDA ORDENANZA. ASfi mifmo ordenaron ,que los Arcanos Médicos yChirurgicos,que huvieren affegurado los continuos experimentos enalgunoslfedicos,fi ellos los pidiere algún hermano ,viviendo en lugar dillantc de
1 deefta fociedadfele den fielmente el tredó de ?farlo$ con to da legalidad para bien de les pobres enfermos. TERCERA ORDENANZA. ASíi mifmo ordenaron ,que fi algún Hermano tuviere alguna dificultad en lo Medico Chimico óChirurgico lo coniulte conla focicdad Medica, que fs le reíponderá todo lo que en ello alcanzaren. QVARTA ORDENANZA. ASíi mifmo ordenaron ,que el que huviere de eferívir algún libro ,óApología lo confuiré primero ala focicdad, yayudará (fino huviere padrino á quien dedicarlo] con todos los Hermanos ,fu ayuda de cofta para que fe imprima* QV1NTA ORDENANZA. ASíi mifmo ordenaron ,que quaíquier Hermano aufente defta fociedad la informe del fujetoque conociere hábil en las nuevas doctrinas ,que teniendo la bailante fuficiencía fe recibirá por focio. SEXTA ORDENANZA* ITen ordenaron, qüe qualquief empeño literario , de otra quaíquier efpecie que fea,que fe ofreciere , qualquiera Hermano fea afsiílido de todos, para tributarle el alivio que fe le pudiere dar. SEPTIMA ORDENANZA. ] ;Ten ordenáronle la focicdad tenga obligación »- ídos los años de imprimer lo que en el difeurfo dél íé Ai hu' <0 '«s
htmeíe logrado ene] adelantamiento de los «perimen-; toiPhifieos.Chimicos.y Anathomicos.yparacllo fe repartan los affumptos ¿todoslos Hermanos anfentes ,para que cada vno efciiva en ellos }lo que le fuere mas ge, , nial. OCTAVA ORDENANZA. *wr Ten ordenaron ,que todos los años fe le ¡haga vna iFicfta al Eípiritn Santo con Mifla cantada,y Sermón ** acofta de todos los Hermanos ,para que fu Magcftad les comunique fus Divinas luzes en la cnracion.de fus enfermos . nona ordenanza: ITcn ordenáronle todos los años íc hagan trcsAnathomias generales en los Hcfpitalcs ,ydenoaver cadáveres apropoíito íe elijan los animales mas apro pofito para cite fin. DEZIMA ORDENANZA. ITcn ordenaron ,que fe dén puntos para que dos vezes en la femana íc junten los Hermanos para con fcrirlos en la cafa que fcñalare el Prefidcnte, yConfiliarios.y el Hermano que faltarc,no citando enfermo; o aufente de cita Ciudad ,fea condenado por primera vez en ocho rls.de plata,y por la fegunda en diez ykis, ypor la tercera en treinta ydos ,ypor la quarta vez no fe admita en la fociedad, yeftc dinero fe aplique para los gaftos de la Fiefta dclEfpirita Santo.
VNDEZ1MA ORDENANZA: ASíi mifmo ordenaron,que los Prefidcntes fe elijan todos los anos por votos fecrctos, yeftando en^ fermo ,óaufente prefida álos ados de la fociedad el Medico mas antiguo en Revalida. DVODEZ1MA ORDENANZA: ASfi raifmo ordenaron ,que el Medico Hermano que huvierc fuera deña Ciudad, yfe qaiíiere venir 1vivirá ella, fe le afsifta en todo lo que fe le ofreciere ,yfino tuviere medios para paíTar el tiempo de fu noviciado pueda el Prefidcnte repararlo ocho dias en caía de vn Hermano, hafta que fe acabe el turno ,y defpncs buelva ácorrerlo hafta que tenga las competen-, tes conveniencias para paífar con decencia. DEZIMA TERCIA ORDENANZA: ASfi mifmo ordenaron,que fi algún Hermano fue-i re efcandalofo fe le reprehenda el vicio en la fociedadjy fi ála tercera vez no fe enmendare 5fe le niegue la entrada en ell apor ve año ,6hafta que fe en niendarCé DEZIMA QVARTA ORDENANZA. ITen,que fi algún Medico Dodoradoquifiere hallarfe en algunas conferencias, que tuviere la fociedad, ben alguno de fus adtos experimentales fe admira, danüole el lugar de huefped,dcfpuesdci de el Prefidenre, yno íe admita álafociedad hafta que fe reconozca tener los bañantes principios para admitido» DE-
DEZIMA QVINTA ORDENANZA. ITen ordenaron ,qué fi algún Cavallero quifiere entrar áíer iodo Ce admita averiguando primero fu erudición. Yviílo por los del nueftro Confejo con lo qae en razón de la exccacion de ellas,nos reprefentaron el Regen** te,yJuczes de la nueftra Audiencia de grados de la dicha Ciudad de Sevilla ,ylo que informó el Prototnedicato defta Corte,fe acordó dar efta nueftra Carta. Por la qüal confirmamos ,yaprobamos los dichos Ef* tatutos,y Ordenanzas hechas por la fociedad Medica de la Ciudad de Sevilla,que aqui van inferías, éincorpora** das,ymandamos,fe guarden,cumplan,yexecuten aora,y de aqui adelante en todo.y por todo, fegtm ,ycomo en ellas,yen cada vna dellas fe contiene ,ydeclara ,fin las contravenir en manera alguna,que afsi es nueftra volun-* tad. Dada en la Villa de Madrid áveinte ycinco dias del mcsdeMiyo,a5odemiÍy fetecientos, Fr. Don Manuel Arias. Lie. Don Juan Lucas Cortés. Don Juachin Francifcode Aguirrey Sta. Maria. Lie. Don Fernando de Mier. Lic.Don Francifco Colon yArriatigui. Yyo J)iego Guerra de NoriegaEfcrivano del Rey nueftro íc* ñor ,yfu Secretario de Camara la hize eferivir por fu mandado,con acuerdo de los de fu Confejo. Regiftrada. Don Salvador Narvaez. Por Canciller mayor. Don Salvador Narvaez. Secretario Noriega.V.A.confirma, yaprueba las Ordenanzas aqui inferías ,hechas por la íociedad Medica de los Revalidados de la Ciudad de Se-», villa,ymanda fe guarden,ycumplan. Corregida. Acvms
4 ACVERDO DESTA MVT NOBLE yMuy Leal Ciudad deSevilU>dando cumplimiento ala Cédula de fu Mugefiad >que prefento el Dooí. Don luán Muñoz yPeralta >Medico de Camura de fu Mageíiad ,j Prefidente de la Regiafociedad Medicap con petición de quefe haze relación . DOn Francifco Vela López del Cadillo, Secretario del Rey nueftro Señor,y Efcrivano del muy II! uf. treCabildo,y Regimiento dsefta muy Noble .y muy Leal Ciudad de Sevilla ,certifico ,que en el Cabii*,r do que efta Ciudad celebro oy día de la Fecha,aque aísif* tio fu Señoría el Sr. Marqués de Valhermofo, Afidete, y algunos de los Cavalieros Veíntiquatros ,yJurados ,Fe'™' gim coftumbre,fe vid vna petición dada por ciDoót. Don Juan Muñoz de Peralta, Medico de Cansara dt fu geftadjY Prefidente de !a fociedad Medica de efta Ciar dad,en que dixo,que como conftava del Real defpacho dequehazia prefentacion en forma ,fu Mageftad que Dios guarde ,ySeñores de fu Reafy Supremo Conf jo de Caftilla avian aprobado las Ordenanzas ,que por la fociedad fu parte fe prefentaron ,ymandaron fe cum^ p!ieffen,y executaííeaen todojy para que tuvieífe ef:do lo mandado por dichos Señores ,fuplicoá la Ciudad le huvidíe por demoftrado,y en fu vifta fe firvieífe de mandar fecumplieíTe ,yexecutaífe en todo ,ypor codo, íegun íu contenido. Yvifta por la Ciudad la referida petición ,yReal defpacno,que en ella fe expreffa, en que eftán infertas las Ordenanzas de la dicha fociedad Medica 5yfu Mageftad el Rey nueftro Señor ,ySeñores