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JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 7 El cinismo, el escepticismo y la tecnocracia frente a los Derechos Humanos y el garantismo 1 Cinismo, ceticismo e tecnocracia dos Direitos e garantias humanos David Sánchez Rubio 2 Resumen Se explican cuatro posiciones existentes en torno a los derechos humanos, algunas de ellas totalmente contrarias, otras parcial o selectivamente favorables y otra manifiestamente defensora de los mismos: a) cínica; b) escéptica y/o postmoderna; c) tecnócrata o tecnocrática; y d) garantista y monocultural. Asimismo, se intenta visualizar algunos de los entornos y de los procesos que en el contexto de la globalización presentan los obstáculos, las oscuridades y los demonios que imposibilitan una mayor sensibilidad y una mayor cultura teórica y práctica de derechos humanos e impiden una mayor práctica, una mejor garantía y una real efectividad. Estos son: un totalitarismo, el del mercado apoyado por otro autoritarismo, el del Estado; dos fundamentalismos, uno religioso y otro populista; y cuatro procesos de concretización contrarios a una cultura sensible de derechos humanos. Palabras clave: Derechos Humanos; Garantismo; Globalización; Totalitarismo de mercado; Totalitarismo Estatal. Resumo São explicitadas quatro posições existentes em relação aos direitos humanos, algumas totalmente contrárias, outras parcial ou seletivamente favoráveis e outra manifestamente defensora dos mesmos: a) cínica; b) céticos e/ou pósmodernos; c) tecnocrata ou tecnocrático; e d) fiador e monocultural. Da mesma forma, procura-se visualizar alguns dos ambientes e processos que no contexto da globalização apresentam os obstáculos, obscuridades e demônios que impossibilitam uma maior sensibilidade e uma maior cultura teórica e prática dos direitos humanos e impedem uma maior prática, uma melhor garantia e eficácia real. São eles: um totalitarismo, o do mercado apoiado por outro autoritarismo, o 1 Recebido: 02.10.2023. Aprovado: 20.04.2024. 2 Profesor titular de Filsofía del Derecho em la Universidad de Sevilla, Espanha. Doctor de la Universidad de Sevilla. E-mail: [email protected]. ORCID: https://orcid.org/0000-0002-5372-9538.
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 8 do Estado; dois fundamentalismos, um religioso e outro populista; e quatro processos de concretização contrários a uma cultura sensível de direitos humanos. Palavras-chave: Direitos Humanos; Garantia; Globalização; Totalitarismo de mercado; Totalitarismo Estatal. Introducción En el actual contexto planetario denominado por muchos Antropoceno 3 , afinado por otros como de Capitaloceno 4 , voy a intentar abordar lo que considero son las más importantes posiciones que, de forma adversa, recelosa o limitada, abordan lo que denominamos derechos humanos. Creo que es importante percibir y tomar conciencia de la diferencia radical que existe entre la época actual y otras épocas de nuestra historia: nos encontramos con un peligro ontológico y un posible colapso ecosocial sin precedentes que hay que saber enfrentar, buscando caminos y opciones plurales que nos permitan cambiar el rumbo de los acontecimientos para que la Humanidad a través de la Naturaleza en la trama de la vida, no vayan directos hacia el suicidio colectivo y destructivo, teniendo claro que muchos son los humanos que van cayendo durante este trayecto y que el mundo natural no humano, nos superará, siguiendo adelante sin nosotros. La vía de posible toma de conciencia y de aprendizaje para evitarlo que ofrezco, se centra en los derechos humanos entendidos desde un sistema de multigarantías. La estructura de este trabajo se disecciona en tres partes: A) En la primera voy a explicar al menos cuatro posiciones existentes en torno a los derechos humanos, algunas de ellas totalmente contrarias, otras parcial o selectivamente favorables y otra manifiestamente defensora de los mismos. Son las siguientes: a) cínica; b) escéptica y/o post-moderna; c) tecnócrata o tecnocrática; y d) garantista y monocultural. Las tres primeras 3 CRUTZEN, Paul J.; STOERMER, Eugene F. The Antropocene. Global Change Newsletter, nº 41, 2000. Disponible en: http://www.igbp.net/publications/globalchangemagazine/globalchangemagazine/globalchangen ewslettersno4159.5.5831d9ad13275d51c098000309.html. Acesso em: 15 set. 2023. 4 MOORE, Jason W. El capitalismo en la trama de la vida. Madrid: Traficantes de Sueños, 2020.
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 9 (cínica, escéptica y tecnocrática) están muy relacionadas y emparentadas, e indicaré algunos denominadores comunes. B) En la segunda parte intentaré visualizar algunos de los entornos y de los procesos que en el contexto de la globalización presentan los obstáculos, las oscuridades y los demonios que imposibilitan una mayor sensibilidad y una mayor cultura teórica y práctica de derechos humanos e impiden una mayor práctica, una mejor garantía y una real efectividad. Subrayaré un totalitarismo, el del mercado apoyado por un autoritarismo, el del estado; dos fundamentalismos, uno religioso y otro populista; y cuatro procesos de concretización contrarios a una cultura sensible de derechos humanos. C) La tercera y última parte se centrará en la escasa fuerza del discurso oficial que existe sobre derechos humanos que denominamos garantista. El modo generalizado e institucionalizado de entender derechos humanos es estrecho, débil y con poca capacidad para garantizar y efectivizar los derechos de toda la humanidad en su conjunto y de cada uno y cada una de los seres humanos que la conforman. Además, sus premisas son monoculturales (por eurocéntricas) y se basa en un paradigma de monismo jurídico. En este caso, no nos detendremos en proponer y describir una propuesta alternativa a la posición garantista y que denomino multi-garantista e intercultural, ya que lo hago en otros trabajos 5 . 1. Cuatro posiciones en torno a derechos humanos a) La primera posición, la cínica, es aquella que, de manera arrogante y prepotente, expresa con toda su crueldad que la mitad de la humanidad debe desaparecer. Clasifica la realidad desde el par superior/inferior, amigo/enemigo, defendiendo la xenofobia, el racismo, el machismo o patriarcado, la violencia y 5 RUBIO, David Sánchez. Praxis instituyente, común y multigarantías de derechos humanos, en: BRAVO, Álvaro Sánchez; CASADO, Guadalupe Medina. (ed.). Democracia, pluralismo y derechos humanos. Pamplona: Thomson Reuters-Aranzadi, 2019a. RUBIO, David Sánchez. Derechos humanos a tiempo completo y en todo lugar: una propuesta multigarantista en materia de (mal)trata de personas, en CORDERO, Nuria; PILAR, Cruz Zúñiga (ed.). Trata de personas, género y migraciones en Andalucía (España), Costa Rica y Marruecos. Retos y propuestas para la defensa y garantía de los derechos humanos. Madrid: Dykinson, 2019b.
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 10 la desigualdad colonial. Esta filosofía o imaginario se está haciendo más pública hoy en día sin vergüenza alguna. No tiene escrúpulos. A lo largo de la historia, siempre existieron posiciones excluyentes de determinados seres humanos, de ahí que hayan existido en el pasado tantas purgas, guerras, campos de concentración, exterminios, esclavitudes…; pero lo preocupante hoy es el deseo de manifestar odio y rechazo por lo humano sin excepciones y sin pelos en la lengua no aprendiendo de pasados genocidas y repitiendo esquematismos muy parecidos. Con un maniqueismo extremista y fundamentalista, están surgiendo grupos que justifican inferiorizar, discriminar e incluso matar, calificando como enemigo (terrorista, bandido, comunista) a quien defiende derechos humanos para toda la humanidad. En este sentido, Gustavo Zagrebelsky 6 se refiere a un nihilismo estructural elevado a la máxima potencia. Está apoyado por una racionalidad económica de ganador/perdedor y por una religiosidad maniquea populista y, principalmente, de derechas ya que son las que amenazan con más fuerza la toma de los poderes de los estados. Los ejemplos de Francia con Marie Le Pen, de Italia con Matteo Salvini y su antecedente Berlusconi, de España con Santiago Abascal y Vox, el caso de Viktor Orbán en Hungría, de Jair Bolsonaro en Brasil, de Donald Trump en Estados Unidos y el fundamentalismo religioso católico y evangélico extendido por determinadas geografías del mundo, son demostrativos. Lo que denomino “populoquismo” por el dudoso equilibrio mental de casi todos estos líderes, se está convirtiendo en la norma generalizada y no en la excepción. El cinismo participa de un discurso que defiende que no hay alternativas al capitalismo y que intentar luchar contra la injusticia (que es contraria a sus intereses), nunca logra la justicia, sino produce la catástrofe 7 . En el caso particular de América Latina hay un caldo de cultivo histórico que sirve de base de la visión cínica que se avecina sin escrúpulos. La tradición autoritaria, racista, patriarcal, colonial (colonialismo interno que se suma al externo), violenta, punitiva de los países latinoamericanos, se extiende por este clima de exclusión 6 ZAGREBLESKY, Gustavo. Libres siervos: El Gran Inquisidor y los enigmas del poder. Madrid: Trotta, 2017. 7 ZAGREBLESKY, Gustavo. Libres siervos: El Gran Inquisidor y los enigmas del poder.
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 11 no escrupulosa que el capitalismo con apoyo militar y religioso, ha ido desarrollando de manera más sofisticada, pero que ahora sin tapujos, combina con mecanismos más instintivos, emocionales y básicos de exclusión. En ello se utiliza y combina varios dispositivos procedentes de la espiritualidad religiosa, la cultura consumista, la mística de las tecno-ciencias con el área militar a la cabeza, y los medios de comunicación. El ejemplo más manifiesto se plasma en la idea que en Brasil, y en otros puntos de América Latina, se tiene de los derechos humanos al entenderlo como cosa de bandidos y privilegio de delincuentes. El pensador brasileño Pedro Demo 8 , va más allá al señalar que en su país, por su cultura colonial y excluyente, desarrolla, selectiva y sesgadamente, una idea de derechos humanos supremacistas, concebidos como privilegios de una minoría o de unos pocos y nunca es un beneficio o un bien de todos o de muchos. b) La posición escéptica o post-moderna, la asocio con la modernidad líquida de Zygmun Bauman 9 . También puede ser una modernidad gaseosa, siguiendo a Innerarity 10 , porque los gases son más difusos y más difíciles de canalizar, atrapar y contener. Estamos en una especie de crisis líquida entre personas privilegiadas del capitalismo central y del capitalismo periférico que muchos colectivos vulnerabilizados reproducen, en donde se mezcla la depresión de la gente en contextos difusos y diluidos por ser fragmentados, ser insolidarios, ser egoístas y ser consumista, rodeado de miedo y sospecha hacia el otro o hacia quien es diferente. El narcisismo de la competitividad ganadora y codiciosa se mezcla con la vanidad y un sentido de lo bello y de cultivo al cuerpo que desoxigena cerebros, ocultando la importancia de la autoestima y la corresponsabilidad. El amor líquido, el miedo líquido, la cultura líquida de usar y tirar, de ficciones mentirosas e hipócritas, sufre estéticamente considerando que la solidaridad y la fraternidad son ruines. Para los escépticos, los derechos 8 DEMO, Pedro. Direitos humanos supremacistas a brasileira: De como fabrica cidadanias privilegiadas, Mimeo. Disponible en: https://pedrodemo.blogspot.com/2019/10/ensaio-450- direitos-humanos.html. Acesso en: 15 set. 2023. 9 BAUMAN, Zygmun. Tempos líquidos. Rio de Janeiro: Zahar, 2002. BAUMAN, Zygmun. Medo líquido. Rio de Janeiro, Zahar, 2008. 10 INNERARITY, Daniel. Una teoría de la democracia compleja: Gobernar en el siglo XXI. Barcelona: Galaxia Gutenberg, 2020.
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 12 humanos no sirven para nada. Se cultiva el anti-humanismo o un pseudohumanismo elitista, marcado por los de arriba, elaborándose una crítica destructiva que arrasa con todo y que nunca es constructiva. El sentimiento sensible por quienes son víctimas de un sistema desigual, desaparece y la injusticia sólida de quienes sufren, se ignora, naturalizando y normalizando la desigualdad y la asimetría racial, sexual, de género y de clase. La cultura de satisfechos resignados naturaliza una visión de la realidad que ve el vaso siempre medio lleno y nunca medio vacío por su gélida emoción hacia la barbarie 11 . Incluso acusa despectivamente de buenismo a quienes intentan luchar por un mundo más digno y más justo. En esta versión aparece un rostro más amable que se combina con planteamientos liberales con el recurso de utilizar la igualdad formal para todos (en dignidad, en libertades, en derechos), pero bajo los cimientos reforzados de una desigualdad estructural del sistema y sus subsistemas, que es la que realmente se quiere consolidar y nunca cuestionar. c) La posición tecnocrática se basa en el sentido político de la gobernanza, entendida como gobierno de tecnócratas que debe gestionarlo todo en términos económicos y de austeridad. La tecnocracia y la deudocracia (el pago de la deuda pública y sus intereses) marcan las acciones institucionales en torno a los derechos humanos que solo se garantizan en función del presupuesto público y el coste económico que conllevan 12 . Solo podrán ser reconocidos, arbitrariamente, por una especie de sentimiento caritativo de burocracias públicas y privadas que consideran a los derechos humanos como regalos para quien realmente se lo merecen por criterios de eficiencia, ideológicos y de benevolencia. Son los técnicos, inspirados desde consideraciones financieras, especulativas y económicas crematísticas quienes dan y quitan la mano, atacando y quebrando la legalidad y la normatividad de los estados constitucionales de derecho, haciendo retroceder el papel de la ley, del derecho, de los estados sociales de derecho y de las constituciones garantistas 13 . 11 ZAGREBLESKY, Gustavo. Libres siervos: El Gran Inquisidor y los enigmas del poder. 12 HOLMES, Sthepen; SUNSTEIN, Cass R. El costo de los derechos. Por qué la libertad depende de los impuestos. Madrid: Siglo XXI, 2011. 13 ZAGREBLESKY, Gustavo. Libres siervos: El Gran Inquisidor y los enigmas del poder.
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 13 Irónicamente, el buenismo ético de los ilusos idealistas y utópicos se sustituye por otro buenismo, el empresarial. La bondad de los empresarios y los tecnócratas se impone frente a cualquier propuesta de justicia social. Estas tres posiciones, en los casos en los que defienden derechos humanos, lo hacen de manera selectiva, excluyente y los conciben como que salvar, excluyendo al resto privilegios de unos pocos, que suelen estar del lado de la humanidad que hay. Además, la triada se mueve en un marco y un contexto similar al expresado por Frederic Jameson, para quien hoy es más fácil imaginar el fin del mundo que el fin del capitalismo, porque no hay alternativa posible al mismo, y si la hubiera, sería algo absurdo por imposible. 14 d) La defensa garantista de los derechos humanos es la cuarta posición. 15 Pese a ser necesaria, se muestra insuficiente y minimalista. Solo los operadores jurídicos, como únicos especialistas legítimos, junto con activistas paternalistas miembros de los organismos no gubernamentales (ONG), actúan, desde cierto halo de superioridad misionera y salvadora, a través de las instituciones estatales y solo por medio de sentencias judiciales argumentadas y políticas públicas con presupuestos monetarios restringidos. Únicamente ellos, como especialistas con un alto nivel de moralidad éticamente responsable, son los salvadores y los garantes de nuestras libertades manifestadas en forma de derechos. Pero no son muchos, pues la cultura jurídica predominante, tal como dijimos, suele ser poco sensible por derechos humanos. La escala del nivel de importancia del cargo que se tenga (juez o jueza, fiscal, magistrado/a, abogada/o…), establecerá la capacidad de garantizar los derechos, estableciéndose una jerarquía en función de una exclusiva autoridad legítima para decir cuales son y cuales no son nuestros derechos. La consecuencia se plasma en imposibilitar a cada ser humano ser responsable, partícipe y autor de su propio destino en colaboración y cooperación con los demás. Nos cruzamos de brazos esperando que los derechos humanos se hacen en otros lugares (instancias estatales de la administración de justicia), y únicamente cuando nuestros super-héroes salvadores puedan y tengan la voluntad de aplicarlos. Por 14 Referencia tomada de J.P. Garnier (2018: 23). 15 Sobre el garantismo ver Ferrajoli (1995; 2014; y 2018).
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 14 esta razón, se nos inculca una cultura pasiva, indolente, delegativa, irresponsable y excesivamente jurídico-positiva 16 . Otro elemento importante que hay que señalar, brevemente, es que, por su estrechez y limitación en la forma de entenderlo, con ella no se tiene la posibilidad de cuestionar y enfrentar el orden estructural desigual y asimétrico predominante en nuestras sociedades. 2. Comunes denominadores del cinismo, del escepticismo y de la tecnocracia Varios son los puntos comunes a las posiciones cínica, escéptica y tecnocrática: 1) En primer lugar, coinciden en la tendencia a invisibilizar las relaciones de poder que ahora se vuelven mucho más complejas y sofisticadas, afectando biológica, corporal, mental, cultural, espiritual y psíquicamente sobre la ciudadanía y sobre todos los seres humanos (desde la combinación de la biopolítica o el bio-poder estudiado, entre otros, por Foucault y el psico-poder analizado por Byung-Chul Han). 17 Pese a ser más difusas, anónimas, imperceptibles, ilocalizables, ocultas y difíciles de descifrar, siempre aparecen refrendadas por determinados actores o grupos oligárquicos que expanden un gobierno de elites sobre estructuras fractales de dominación, establecidas verticalmente en forma de red, esparcidas interseccionalmente 18 y heterárquicamente desde dinámicas excluyentes 19 . Asimismo, el historiador del derecho sevillano Bartolomé Clavero habla de poderes innominados que son los que instituyen realmente la realidad y son los que significan las normas y las 16 CORREAS, Oscar . Acerca de los derechos humanos: Apuntes para un ensayo. México D.F.: Editorial Coyoacán/UNAM, 2003. NOGUERA, Albert. Hacia una redefinición de la teoría del poder constituyentes, en DALMAU, Rubén Martinez. ed., Teoría y práctica del poder constituyente. Valencia: Tirant lo Blanch, 2014, p. 172-173. 17 Sobre el biopoder, ver Zagrebelesky (2017); Médici (2011: 131) y ss. Sobre el psico-poder, ver Han (2017 y 2018). 18 LUGONES, María. Colonialidad y género, Tabula Rasa, n. 9, jul.-dic., 2008. 19 GROSFOGUEL, Ramón. La descolonización de la economía política y los estudios poscoloniales: transmodernidad, pensamiento descolonial y colonialidad global, en B. Sousa Santos, Boaventura y Meneses, Paula (ed.). Epistemologías del Sur (Perspectivas). Madrid: Akal, 2014.
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 15 instituciones 20 . El poder del padre de familia y el poder propietario junto con el poder colonial y el poder de las iglesias sobre la espiritualidad religiosa, entre otros, se complementan con múltiples dispositivos de control y terminan consolidando una subjetividad indolente, pasiva, obediente y subyugada, así como un imaginario que aparenta una realidad donde nunca pasa nada, en la que el statu quo hay que mantenerlo por medio de jerarquías, asimetrías y desigualdades indiscutibles y blindadas. Gustavo Zagrebelsky lo explica muy bien a nivel planetario en Libres siervos. Ahora el ejercicio del poder global se diluye en su ejercicio por fuerzas anónimas y abstractas, despersonalizadas, inexorables y no controladas por la ciudadanía que son los mercados, las inversiones y los inversores, el equilibrio financiero, la deuda pública, el desarrollo y el crecimiento, la innovación y la tecno-ciencia, la competencia y la competitividad, el consumo, los bancos… funcionan y operan como fantasmas que no se pueden discutir 21 . Y, tal como nos indica el sociólogo mexicano Pablo González Casanova, refuerza un capitalismo corporativo apoyado en una combinación del paradigma científico clásico mecanicista con el nuevo paradigma de las nuevas ciencias en su versión militarizada que es funcional al sistema y que excluye, elimina y externaliza todo lo que le pone en peligro (nuevo paradigma basado en la tecno-ciencia, la cibernética, las teorías de los sistemas organizacionales complejos y autorregulados, la informática, las matemáticas, la robótica, la neurociencia, la biología, la nanotecnología, la genética, etc.); el modo de difundirse y expandirse se realiza por los medios de comunicación y las instituciones de investigación y las universidades subvencionadas por las megacorporaciones 22 . Una de las armas letales para realizarlo se ejerce por el Big Dataismo, tal como nos dice Santiago Petit, la vida controlada por la biopolítica, es entendida ahora como un algoritmo que organiza el mundo 23 . 20 CLAVERO, Bartolomé. El orden de los poderes: Historias Constituyentes de la Trinidad Constitucional. Madrid: Trotta, 2007. 21 ZAGREBLESKY, Gustavo. Libres siervos: El Gran Inquisidor y los enigmas del poder. 22 GONZÁLEZ, Pablo Casanova. Las nuevas ciencias y las humanidades: de la academia a la política. Madrid: Anthropos, 2000. 23 LÓPEZ, Petit, S. El coronavirus como declaración de guerra. In: AGAMBEN, Giorgio et. al. La sopa de Wuhan: Pensamiento contemporáneo en tiempos de pandemias. La Plata: ASPO (Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio), 2020, p. 55.
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 22 derechos. Se convierte en pura voluntad de poder 38 . La nueva razón del mundo es la razón empresarial y la instituida por la competitividad 39 . No hay un afuera más allá del mercado y su racionalidad y, si lo hay, se le aniquila, se le ningunea y se le anula por todos los medios disponibles. Los estados, en vez de ser una instancia de control de las perversidades del mercado, se convierten en su brazo derecho e izquierdo, incluso armados, para ejecutar los mandatos que el mundo económico les ordena. No son los estados instituciones que actúan en función de sus ciudadanos, sino que a los ciudadanos se los trata para que, bajo una falsa libertad, se comporten siempre siguiendo las pautas marcadas por el mercado capitalista. De ahí el incremento de la dimensión autoritaria del estado, en tanto que se posiciona como el máximo defensor de los derechos de propiedad y de libertad de contratación, imponiendo autoritariamente la obediencia ciega al sostenimiento del sistema económico basado en el desarrollo desigual y combinado. En este sentido, Alain Badiou habla de que objetivo principal de los estados es salvar el capitalismo local, respetando al máximo los mecanismos del capital 40 . 3.2. Los dos fundamentalismos Los dos fundamentalismos que acompañan al totalitarismo del mercado, son el populista y el religioso: 41 a) El populismo puede ser de derechas y de izquierdas, siendo el primero, más excluyente y cimentado sobre los pares amigo/enemigo, nosotros/ellos. Se centra en la inmigración y se muestra xenófobo, racista y machista contra el diferente y contra las mujeres. El segundo, el populismo de izquierdas, divide la política maniqueamente, en torno al concepto de pueblo, y enfrentando el mundo entre ricos y pobres, siendo un líder carismático, la 38 HINKELAMMERT, Franz. Totalitarismo del mercado, p. 1181 ss. 39 LAVAL, Cristian; DARDOT, Pierre. La nueva razón del mundo. Barcelona: Gedisa, 2013. 40 BADIOU, Alain. Sobre la situación epidémica. In: AGAMBEN, Giorgio et. La sopa de Wuhan: Pensamiento contemporáneo en tiempos de pandemias. Buenos Aires: ASPO (Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio), 2020, p. 67 ss. 41 Sobre populismos ver Vallespín y Martínez-Bascuñán (2017). Sobre fundamentalismos, ver K. Kienzler (2011); y Tamayo (2009).
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 23 solución salvadora 42 . Curiosamente, en la actualidad, la casi dudosa lucidez de los líderes políticos de las fuerzas de extrema derecha, las denomino populoquismo, por ser una versión particular del populismo caracterizada por su más que probable demencia y su manifiesta irracionalidad expresadas en sus comportamientos diarios y en la toma de decisiones en el ejercicio de sus cargos. De todas maneras, el populismo suele utilizarse como un recurso perverso muy intencionado para anular la capacidad instituyente de la ciudadanía y del pueblo como sujetos soberanos, pues parece que todo lo que tiene como propósito el atender sus necesidades o de empoderarlo internamente y con apoyo externo, se califica despectivamente de populismo. La clave está en ver si demagógicamente se utiliza la democracia para anular el poder popular (como se ha hecho recientemente en algunos gobiernos supuestamente progresistas en América Latina) y si tendenciosamente por ideología se quiere anular el protagonismo participativo y democrático de la gente, es decir, si realmente se pretende y se defiende que el pueblo sea actor protagonista de su destino, siendo considerado o como pueblo sujeto o como pueblo sujetado, según la terminología utilizada por Félix Guattari. 43 Además, en el caso de América Latina, existen los llamados estados de compromiso social popular y nacional, 44 como fueron los casos, entre otros, de México con Lázaro Cárdenas y Argentina con Juan Domingo Perón, que hay que matizar como otro modo de entender el populismo y que Ernesto Laclau enriquece y complejiza desde el modo de hacer política distinto a la de los países europeos y donde los significantes flotantes ideológicos se mueven en torno a una realidad social heterogénea, movediza y fluctuante 45 . b) El fundamentalismo religioso no solo se expresa en términos de terrorismo islámico contrario a la cultura occidental. Hay manifestaciones en el judaísmo y en el cristianismo 46 . Serían la expresión espiritual de muchos populismos de derecha, teniendo a la fe fetichista en lo trascendente la base 42 VALLESPÍN, F.; MARTÍNEZ-BASCUÑÁN. Populismos. Madrid: Alianza Editorial, 2017. HARDT, Michael.; NEGRI, Antonio. Asamblea. Madrid: Akal, 2019. p. 49 ss. 43 Referencia tomada de Laval y Dardot (2015: 507). 44 Idea sugerida por el constitucionalista y amigo Alejandro Médici. 45 LACLAU, Ernesto. La razón populista. Buenos Aires: F.C.E, 2005, p. 163 ss. 46 KIENZLER, K. . El fundamentalismo religioso. Madrid: Alianza Editorial, 2011.
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 24 para establecer un anti-ecumenismo contrario a un humanismo realmente universal e inmanente, ya que el filtro de ser creyente separa y sesga el criterio que establece quien debe ser reconocido como humano, y excluye a quien no es reconocido como tal, que es considerado como una amenaza peligrosa que hay que rechazar. El par amigo/enemigo y los dualismos creyentes/no creyentes, nosotros/ellos, se aplican de forma natural y totalmente normalizada. Estos fundamentalismos fomentan la confrontación frente al diálogo 47 y tiene un modo de entender el poder al estilo foucaultiano del poder pastoral, con el que los feligreses deben someterse y obedecer como ovejas siempre dirigidas por sus pastores. La religión evangélica en Centroamérica y en el Brasil de Jair Bolsonaro son dos muestras de ello. La fe ciega prima sobre la política y la defensa irracional de las tradiciones rechazan emocionalmente cualquier tipo de racionalidad inmanente argumentada y crítica del statu quo. 3.3. Los cuatro procesos que implementan el totalitarismo del mercado Seguidamente, explicaremos algunos de los procesos que concretizan y ejecutan el totalitarismo del mercado. Son procesos que, actualmente, están debilitando directamente a la cultura y a la sensibilidad global por los derechos humanos, por las constituciones garantistas y por la democracia entendida como poder del pueblo y para el pueblo (nunca realizada de manera duradera, efectiva y real), allá donde se han institucionalizado como conquistas populares históricas más o menos negociadas, pero que corren el riesgo de perderse. Por medio de estos cuatro procesos, derechos humanos, democracias y constituciones garantistas se acotan, limitan, reducen y vacían de contenido para la mayoría de la humanidad, ampliándose como privilegios para una minoría poderosa, cínica y arrogante: a) La primera tendencia está marcada por procesos bastante descarados de des-democratización de la democracia, entendida como poder real del pueblo y para el pueblo. Cada vez son menos los lugares donde la 47 TAMAYO, Juan José. Fundamentalismos y diálogo de religiones. Madrid: 2. ed., Trotta, 2009.
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 25 ciudadanía puede tomar decisiones de manera participativa y efectiva. Si anteriormente, durante el periodo de los estados sociales (mitad del siglo XX, principalmente), ya había una expresión bastante reducida de la democracia al asociarse solo con la representación, por medio de los partidos políticos y a través del espectáculo de las elecciones y el sufragio universal por medio del voto cada cuatro o cinco años 48 , ahora se produce un mayor vaciamiento de la presencia ciudadana participativa, puesto que se circunscribe a un área bien delimitada y mínima de corte localista y sin repercusión en ámbitos estratégicos de toma de decisiones que son más decisivos en el manejo de la política y la economía. Quienes realmente deciden en los espacios más influyentes de carácter nacional, internacional y global, son los tecnócratas, los gestores y los gobernantes con sus funcionarios tanto de las burocracias públicas (de los organismos internacionales como la UE, el FMI y el BM y de los Estados nacionales del capitalismo central y periférico), como de las burocracias privadas (sistemas financiero y bancario, así como grandes corporaciones y empresas multinacionales), que pasan a ser los reales poderes constituyentes de los sistemas políticos y sus normas. En este marco, también se suelen criminalizar y descalificar, tal como ya hemos dicho, a las luchas por los derechos y, también, la mayor participación de los movimientos sociales. Asimismo, en el marco del dominio del capital, se disminuye la fuerza del derecho de huelga de la clase trabajadora 49 . La dimensión sancionadora y punitiva de los sistemas nacionales penales contra los actores sociales que protestan se eleva sin tapujos. La democracia en tanto poder del pueblo y para el pueblo deja de ser un modo participativo de significar y defender el bien común. No responde ya al pueblo, ni a los seres humanos, sino a la lógica del mercado. El capital soberano debe ser confirmado por el 48 GALLARDO, Helio. Democratización y democracia en América Latina. San Luis Potosí: Departamento de Publicaciones de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí. 2007. e ROITMAN, Marcos. Democracia sin demócratas. Madrid: Sequitur, 2011. 49 PISARELLO, Gerardo. Un largo Termidor: La ofensiva del constitucionalismo antidemocrático. Madrid: Trotta, 2011. PISARELLO, Gerardo. Democracia y proceso constituyente: el regreso de un vínculo. In DALMAU, Rubén Martinéz (ed.). Teoría y práctica del poder constituyente. Valencia: Tirant lo Blanch, 2014.
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 26 poder soberano. El pueblo renuncia a su soberanía y la entrega al poder económico y financiero 50 . Una de las estrategias de este biopoder actualizado se realiza por medio del Big Data y los algoritmos que controlan y moldean nuestra existencia. b) La segunda tendencia se concretiza en procesos de desconstitucionalización y descaracterización del constitucionalismo social y de los derechos fundamentales 51 . Se dan allí donde se consiguieron determinadas conquistas de los estados sociales y constitucionales de derecho, debilitándose esos logros como consecuencia de la centralización sustitutoria y la hegemonía del constitucionalismo de los negocios y del mercado 52 . Se debilitan los derechos que permiten las condiciones materiales y factibles de una vida digna de ser vivida por cada ser humano, en nombre de la racionalidad instrumental económica del cálculo medio-fin y el pago de la deuda, vendiéndose la idea de que solo a través del libre mercado se puede llegar en un futuro, a satisfacer las necesidades, muchas de ellas, suntuarias y basadas en deseos consumistas, de toda la humanidad, valiendo la pena que millones de personas vayan cayendo en el camino y el resto acabe endeudándose individualmente o a través de sus estados. Los sistemas financieros y bancariocrediticios se convierten en la base de nuestras identidades y subjetividades ciudadanas. Endeudarse para tener una vivienda, comprar un coche, adquirir un ordenador o computador, costear las vacaciones o financiar los estudios se convierte en nuestra filosofía de vida. Lo mismo para los estados, que deben someterse a las condiciones de los acreedores. Se modifican las constituciones para fortalecer el pago de las deudas usureras con intereses desorbitados, siendo el artículo 135 de la Constitución española y lo sucedido en Grecia con Tsipras y Syriza, dos buenos ejemplos 53 . No hay derechos sin tarjetas de crédito 50 HINKELAMMERT, Franz. Totalitarismo del mercado. 2018, p. 190-191. 51 FERRAJOLI, Luigi. La democracia a través de los derechos. Madrid: Trotta, 2014. p. 143 ss. 52 MONERO PÉREZ, José Luis. Espacio de lo político y orden internacional: La teoría política de Carl Schmitt. Madrid: El Viejo Topo, 2015. 53 DE CABO, Carlos. Capitalismo, democracia y poder constituyente. In MARTÍNEZ DALMAU, Rubén (ed.). Teoría y práctica del poder constituyente. Valencia : Tirant lo Blanch, 2014. HINKELAMMERT, Franz. Totalitarismo del mercado.
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 27 y sin dinero. Los estados constitucionales de derecho deben agilizar la valorización del valor de cambio y el flujo del dinero controlado desde arriba. Los derechos humanos y cualquier forma de contenido ético se vacían, junto a los logros de los estados de bienestar, porque si hay que hablar de derechos son los de las empresas y no los de los seres humanos 54 . La desconstitucionalización de los derechos se ejecuta a través de procesos desconstituyentes oligárquicos acompañados de la desestatalización de lo público en esferas supraestatales y la des-normativización garantista de los derechos fundamentales 55 . c) La tercera tendencia es la más general y la que mejor expresa el totalitarismo del mercado. Nos referimos a la mercantilización de todas las parcelas de la vida 56 . En nuestras sociedades las bases del interior de la vida animal, vegetal y humana (los genes), junto con el mundo del sexo y la satisfacción libidinal empiezan a ser mercados muy rentables y sin escrúpulos, ampliándose el espectro de apropiación al ámbito del sector público y del bienestar social como la salud y la educación. Todo debe traducirse en negocio: la naturaleza y la biodiversidad, la cultura, la educación, la salud, el mundo de la sexualidad, las bases de la vida y los códigos genético, el aire, el agua, etc. La economía capitalista y su impulso de la obtención del máximo beneficio buscan nuevos mercados ya sean por la vía legal como por la ilegal. El hombre económico que se mueve solo por razones suntuarias, puede utilizar las instituciones para normalizar hábitos consumistas y competitivos de comportamiento e ir más allá de lo normativo y lo ético, si el fin es el obtener dinero, aunque tanto el medio como el sector en el que actúa sean execrables e inhumanos 57 . 54 HINKELAMMERT, Franz. Totalitarismo del mercado. p. 143 ss. 55 PISARELLO, Gerardo. Un largo Termidor: La ofensiva del constitucionalismo antidemocrático. Madrid: Trotta, 2011. PISARELLO, Gerardo. Democracia y proceso constituyente: el regreso de un vínculo, In MARTÍNEZ DALMAU, Rubén (ed.). Teoría y práctica del poder constituyente. Valencia: Tirant lo Blanch, 2014. DE CABO, Carlos. Capitalismo, democracia y poder constituyente. In MARTÍNEZ DALMAU, Rubén (ed.). Teoría y práctica del poder constituyente. Valencia: Tirant lo Blanch, 2014. 56 POLANYI, Karl. La gran transformación: Crítica del liberalismo económico. Madrid: Ediciones de La Piqueta, 1997. 57 RUBIO, David Sánchez. Derechos humanos instituyentes, pensamiento crítico y praxis de liberación. Ciudad de México: Akal, 2018.
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 28 La mercantilización viene acompañada por la expansión de una nueva subjetividad contable y una racionalidad a escala mundial con la que se está generalizando la competencia como norma de conducta y de la empresa como modelos de subjetivación 58 . Si fracasamos como emprendedores, cada uno de nosotros somos responsables y culpables. Además, nos encontramos con un tipo de espiritualidad y sociabilidad basada en la rentabilidad, la competitividad, el consumo y la obtención del máximo beneficio, en donde no caben sentimentalismos ni sensibilidades preocupadas por las condiciones de trabajo ni por las condiciones de existencia dignas de todos los sujetos. Se asimila al cálculo del pirata o del conquistador 59 , que es equivalente al cálculo empresarial de hoy en día: se trata de un cálculo basado en el pillaje y era realizado por los esclavistas, los colonizadores y los piratas europeos entre los siglos XV y XIX. No preocupan los costos materiales e inmateriales ocasionados por las acciones de esclavitud, colonización y asalto para obtener un buen botín, expresados en la destrucción de pueblos enteros y la pérdida de vidas humanas. Si el oro, la plata y los tesoros eran más que suficientes, daba igual la cantidad de vidas asesinadas y el derramamiento de sangre ocasionado. De la misma manera, el cálculo empresarial expresa de forma concreta este cálculo del pirata y de guerra, porque excluye y externaliza aquellos costes atinentes a las necesidades humanas y a la preservación de las bases naturales y existenciales de vida ambiental y laboral de los sujetos, siempre que desde la racionalidad instrumental de cálculo medio-fin se permita la obtención de un precio más barato. El criterio de eficiencia entre medios utilizados y fines producidos (productos con el menor coste posible), basado en la competitividad, se convierte en el valor supremo que decide sobre la validez de todo. La rentabilidad del proceso de producción abre una espiral de violencia, puesto que bajo una relación medio-fin que se totaliza en el campo epistemológico y metodológico de las ciencias económicas y en la práctica empresarial asumida socialmente, se termina por subvertir la racionalidad reproductiva que alude y 58 LAVAL, Cristian; DARDOT, Pierre. La nueva razón del mundo. Barcelona: Gedisa, 2013. 59 HINKELAMMERT, Franz; MORA, Henry. Hacia una economía para la vida. San José: DEI, 2006.
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 29 atiende a las condiciones de existencia dignas de los seres humanos 60 . Cualquier cosa vale en el proceso de mercantilización de todas las parcelas de la vida, expandiendo un orden destructivo basado en la primacía de las relaciones mercantiles sobre el conjunto del espacio social y el reconocimiento de los sujetos que lo conforman en sus condiciones existenciales dignas de ser vividas. En materia de derechos humanos se manifiesta con la pérdida, en todos ellos, tanto de la dimensión solidaria y fraterna, como del referente inspirador de la dignidad humana entendida no como una esencia axiológica, sino como un marco o un horizonte de apertura y de disfrute de espacios de reconocimientos efectivos de existencias y de calidades vitales, junto con la convivencia respetuosa con el medio ambiente y la naturaleza en general. Los derechos humanos, tal como vimos con la posiciónn tecnocrática, tienen un coste económico y desde él se garantizan o no se garantizan, ya que dependen del gasto público y la capacidad dineraria de los estados que no debe excederse en un presupuesto reducido en entornos de privatización. Asimismo, derechos humanos se deshacen en las esferas económica financiera tanto real como virtual, del trabajo y la producción al pasar a ser o descartes o valores serviciales de cambio a favor de la competitividad, la subjetividad depredadora y egoísta empresarial y la propiedad privada codiciosa y destructora de la naturaleza. d) Por último, entre las tres amenazas globales de la inflexibilidad absoluta de la estrategia de la globalización está la amenaza y la destrucción de la naturaleza, junto con la exclusión de la población y la subversión de las relaciones sociales 61 . La destrucción de la naturaleza se plasma por un capitalismo ecocida, destructivo, desigual y explotador de la biodiversidad animal y vegetal, por su dogma del crecimiento y de consumo con fines crematísticos 62 . También es globalifágico porque canibaliza la diversidad biológica y la devora por una racionalidad económica depredadora que idolatra a la técnica, la ciencia y el progreso como ídolos y dioses fetichizados. Las tecnologías junto a 60 HINKELAMMERT, Franz.; MORA, Henry. Hacia una economía para la vida. 61 HINKELAMMERT, Franz. Totalitarismo del mercado. 2018, p. 181 ss. 62 GONZÁLEZ, Pablo Casanova. Las nuevas ciencias y las humanidades: de la academia a la política. Madrid: Anthropos, 2000.
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 30 las ciencias que fomentan el crecimiento competitivo y el progreso centralizado se consideran que están por encima y son superiores tanto a la naturaleza como al ser humano que la protege y respeta. Ignoran que con la naturaleza se establecen las bases de la existencia y las posibilidades de la vida presente y futura. Finalmente, también es globalifóbico por el odio a aquellas culturas que se mueven por racionalidades más ecológicas y dinámicas bio-céntricas y respetuosas con el medio ambiente y por el epistemicidio que produce. 63 Finalmente, la lógica consumista de este paradigma económico y cultural, cuando intenta proteger el medioambiente, lo hace desde el imaginario de Parque Jurásico, en el sentido de crear parques protegidos para que sean visitados por turistas que los recorren como si fueran el mundo del Walt Disney. 3.4. Sobre el garantismo y su insuficiencia Ya anticipamos de qué manera, a nivel oficial y general y también en la cultura jurídica, predomina un imaginario demasiado reducido y estrechos sobre derechos humanos. La razón se debe a que se muestra exclusivamente formalista, teórico, jurídico-positivo por normativista, burocrático, delegativo, punitivo y también pos-violatorio. Debido a ello, produce una débil e insuficiente protección y garantía de los derechos. Cuando se habla de derechos humanos se suele acudir a una idea de los mismos basada en las normas jurídicas de carácter tanto nacional como internacional, en las instituciones con el estado a la cabeza y en ciertos valores que les dan fundamento (como la dignidad, la libertad, la vida, la igualdad y la solidaridad). Los derechos humanos aparecen, así como instancias instituidas, separadas de sus procesos socio-históricos de constitución y significación, como realidades ajenas a nuestro día a día a las que acudimos en situación de excepcionalidad o que, mecánicamente creemos que están ahí para agarrarlos cuando nos sentimos conculcados u ofendidos en nuestra dignidad. Por esta razón señalamos al principio que fomenta una cultura indolente, desentendida y pasiva. Desde esta óptica instituida y estrictamente jurídica de los derechos humanos, se delega íntegramente en determinados especialistas super-héroes, técnicos e intérpretes la capacidad de saber si 63 Sobre los conceptos de globalifóbico y globalifágico ver Bartra (2014).
JUSTIÇA DO DIREITO v. 38, n. 1, p. 07 - 35, Jan./Abr. 2024 REVISTA JUSTIÇA DO DIREITO DOI 10.5335/rjd.v38i1.15907 31 estamos o no estamos protegidos cuando se nos viola nuestra dignidad, nuestra libertad o nuestras condiciones de vida y, además, tendemos a reducir su efectividad solo cuando un tribunal posee la sensibilidad interpretativa de garantizarlos. En la misma línea, si ponemos una mayor atención al sistema de garantías que los hacen efectivos, comprobamos que se reducen a lo jurídicoestatal, bien a través de políticas públicas, acciones policiales o por medio de sentencias judiciales y se piensa que el derecho estatal es la única instancia salvadora de la insociabilidad humana en tanto fuente de las violaciones de los derechos. Por uno u otro motivo, se acaba por potenciar una cultura burocrática, funcionarial y normativista que reduce y encorseta la fuerza presencial e instituyente de cada ser humano, ya que nuestros derechos, desde la totalización de esas dimensiones, únicamente se garantizan cuando una norma los positiviza y cuando un cuerpo de funcionarios pertenecientes al estado o voluntarios de ONG, los hacen operativos entre reflexiones doctrinales de apoyo, dándoles curso a través de garantías concretizadas por medio de políticas públicas, acciones humanitarias y sentencias. Asimismo, tenemos la sensación de que la existencia de un derecho humano se manifiesta y aparece, en el instante en el que es violado o vulnerado, hecho que permite la apertura de los procedimientos desarrollados en los circuitos de la administración de justicia y sus instancias policiales de apoyo judiciales, pero en un sentido muy punitivo y sancionador 64 . Ya hemos denunciado en otros trabajos queque, desde este imaginario simplificado y minimalista, se hace difícil que la teoría y la práctica de los derechos humanos, su decir y su hacer vayan de la mano. No obstante, hay otro problema fundamental y nuclear: tampoco tiene capacidad de transformar las estructuras sociales, políticas, económicas, religiosas y culturales desiguales y asimétricas sobre las que se sostiene el sistema capitalista, de ahí que afirmemos que los derechos humanos en Occidente se mueven sobre discursos de inclusiones abstractas, con los cuales todos somos incluidos sobre el papel, pero sobre un suelo de convivencias, de relaciones e interrelaciones basadas en 64 RUBIO, David Sánchez. Derechos humanos instituyentes, pensamiento crítico y praxis de liberación.