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El impacto del euro sobre la empresa y sus sistemas de información: Especial referencia a los cortes derivados de su implantación

Morales Caparrós, María Jesús

Abstract

A un paso de la introducción del euro en nuestro país, somos conscientes de que, ello constituye un acontecimiento histórico de singular relevancia que exige el esfuerzo conjunto de todos los agentes económicos para la adaptación al cambio que ello conlleva. La transición plantea importantes desafíos técnicos, estratégicos y organizativos que implican nuevos retos y oportunidades para la economía en general y para la empresa en particular. Al eliminar el riesgo de cambio, reducir los costes de las operaciones transffonterizas y permitir la transparencia de precios en toda la Unión Europea, el euro, consolidará el Mercado Unico Europeo. La sustitución de la peseta por el euro, y su repercusión como nuevo medio de intercambio y medida del valor, va a exigir a todas las empresas la asunción de una serie de costes de diversa índole que dependerán de su tamaño, del tipo de actividad que realicen, del grado de automatización en la contabilidad, del contacto con el consumidor final, del riesgo de cambio al que esté expuesta por las transacciones internacionales, de la mayor o menor necesidad de formación del personal, etc. La gestión del cambio debe resultar, pues, una tarea de la que se aprenda a obtener ventajas competitivas duraderas para consolidar la posición de la empresa española en este nuevo bloque económico y social que es la Unión Monetaria Europea.

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Área de Economía Financiera y Contabilidad EL IMPACTO DEL EURO SOBRE LA EMPRESA Y SUS SISTEMAS DE INFORMACIÓN: ESPECIAL REFERENCIA A LOS COSTES DERIVADOS DE SU IMPLANTACIÓN. Ma Jesús Morales Caparros Universidad de Málaga. A un paso de la introducción del euro en nuestro país, somos conscientes de que, ello constituye un acontecimiento histórico de singular relevancia que exige el esfuerzo conjunto de todos los agentes económicos para la adaptación al cambio que ello conlleva. La transición plantea importantes desafíos técnicos, estratégicos y organizativos que implican nuevos retos y oportunidades para la economía en general y para la empresa en particular. Al eliminar el riesgo de cambio, reducir los costes de las operaciones transffonterizas y permitir la transparencia de precios en toda la Unión Europea, el euro, consolidará el Mercado Unico Europeo. La sustitución de la peseta por el euro, y su repercusión como nuevo medio de intercambio y medida del valor, va a exigir a todas las empresas la asunción de una serie de costes de diversa índole que dependerán de su tamaño, del tipo de actividad que realicen, del grado de automatización en la contabilidad, del contacto con el consumidor final, del riesgo de cambio al que esté expuesta por las transacciones internacionales, de la mayor o menor necesidad de formación del personal, etc. La gestión del cambio debe resultar, pues, una tarea de la que se aprenda a obtener ventajas competitivas duraderas para consolidar la posición de la empresa española en este nuevo bloque económico y social que es la Unión Monetaria Europea. Being just a step away from the introduction of the Euro in our country, we are aware that this transition constitutes an historical event of singular importance which calls for the joint effort of all economic agencies in order to adapt to the changes that this process involves. The transition presents important technical, strategical and organizational challeges and opportunities for the economy in general and for businesses in particular. By eliminating risk in monetary exchange, reducing the costs of across-the-border operations and permitting the transparency of prices throughout the European Union, the Euro will consolidate the European Common Market. The substitution of the Peseta by the Euro and its repercussions as the new means of exchange and measure of value will require all businesses to assume a number of costs of varying nature, the amount of which will depend on a number of factors, such as the size of the business, the type of activity which is carried out, the degree of automation in accounting, the contac with the consumer, the risk of monetary exchange which the Euro is exposed to by international transactions, the greater or lesser need for employee trainnig, etc. The management of this change must therefore prove to be a task from which we can learm to obtain lasting competitive advantages in order to consolidate the position od Spanish businesses in this new economic and social block which is the Monetary European Union. PALABRAS CLAVE: Unión Monetaria Europea; Euro; empresa; coste. KEYWORDS: Monetary European Union; Euro; business; cost. 1. ANTECEDENTES DE LA INTRODUCCIÓN AL EURO La utilización de una moneda única y una sola política monetaria, definida y ejecutada por un Banco Central, es ya una realidad inminente que supone el colofón final de las distintas fases en las que se ha escalonado el proceso de integración europea diseñado en el Tratado de la Unión Europea, conocido popularmente como el Tratado de Maastricht276, en el que se recoge la aspiración comunitaria de una Unión Económica y Monetaria y una moneda única europea. Con el objetivo expreso de promover un progreso económico y social equilibrado y sostenible, mediante la creación de un espacio sin fronteras interiores y el fortalecimiento de la cohesión entre los 276 Ciudad holandesa donde el siete de febrero de 1992, se celebró el Consejo Europeo que trazó el camino conducente hacia la Unión Económica y Monetaria. 311 IX Jomadas Hispano-Lusas de Gestión Científica distintos países de la Unión, se diseñó un protocolo en el que se establecían los criterios de convergencia para acceder a dicha moneda única . La definición y aplicación de la Política Monetaria Común y del Mercado Unico, se basa, pues, en una estrecha relación económica entre los estados miembros de la Unión Europea, lo que supone, entre otras cosas, mantener la estabilidad de precios y la consiguiente fijación de tipos de cambio irrevocables entre las monedas de los distintos países, condición sine qua non para el establecimiento de una moneda común. En el Consejo Europeo de Madrid, celebrado en diciembre de 1995, se decidió el nombre específico de euro para la moneda única, en sustitución del hasta entonces utilizado ecu que, por su propia naturaleza de cesta de monedas, ya había sufrido depreciaciones, al estar compuesto por divisas fuertes y débiles, lo que proporcionaba una imagen de debilidad que dificultaría su introducción en aquellos países, como Alemania, con un tipo de moneda fuerte y estable. Así mismo, se fija el 1 de enero de 1999 como fecha de inicio de la tercera etapa, y definitiva, de la Unión Económica y Monetaria277 278, estableciendo tres fases para la introducción del euro como moneda única. Posteriormente, en diciembre de 1996, el Consejo de Ministros de la Unión Europea, celebrado en Dublin, define el marco legal de introducción al euro. Tras el cual diversas Cumbres Europeas de Jefes de Estado y de Gobierno, celebradas desde entonces, contribuyen a definir y detallar el proceso encaminado al establecimiento de la Unión Económica y Monetaria y a concretar el esquema de introducción de la moneda única para que la transición sea lo más ordenada y lo menos lesiva posible para los intereses de los distintos agentes económicos. 1. FASES DE TRANSICIÓN A LA MONEDA ÚNICA En el Consejo Europeo de Madrid se concretaron las distintas fases en las que, siguiendo un orden cronológico, se ha escalonado el proceso de transición a la moneda única y que se pueden sintetizar en las siguientes: Ia) Fase A: Puesta en marcha de la Unión Económica y Monetaria: La primera fase, que concluye el 31 de diciembre del presente año y en la que actualmente nos encontramos, viene caracterizada, fundamentalmente, por la intensificación de preparativos en los países participantes y la fijación de condiciones de aplicación de la política monetaria y cambiaría única. Es de destacar, en la misma, la reunión de la Comisión Europea y el Instituto Monetario Europeo, celebrada el 25 de marzo del presente año, en la que se publican los informes de convergencia y se califican positivamente a los 11 candidatos formales Bélgica, Alemania, España, Francia, Irlanda, Luxemburgo, los Países Bajos, Austria, Portugal y Finlandia, advirtiendo, no obstante, de los mayores niveles de endeudamiento de Bélgica e Italia. 277• Inflación: Un comportamiento de precios sostenible y una tasa promedio de inflación que no exceda en más de un l,5%las de los tres países con mejores resultados en cuanto a la estabilidad. • Déficit y deuda pública: El ratio entre el déficit presupuestario actual o previsto no exceda del 3% y del 60% para la relación Deuda Pública/Producto Interior Bruto. • Tipos de cambio: Participación en el mecanismo de tipo de cambio del S.M.E., es decir, haber observado los dos últimos años los márgenes normales de fluctuación dispuestos y no haber devaluado su moneda durante este tiempo. • Tipos de interés: Deben presentar un tipo promedio de interés nominal a largo plazo que no exceda en más de un 2% el de, como máximo, los tres estados miembros con mejor comportamiento en materia de estabilidad de precios. (Http://www. euro info.cce,es/cedoc/convergencia.html). 278La primera etapa empezó en julio de 1990 y concluyó en diciembre de 1993. El objetivo de la misma era consagrar la libre circulación de capitales, eliminar las últimas barreras para la creación del mercado único, mejorar la cooperación entre los bancos centrales, y reforzar la coordinación de las políticas económicas entre los Estados miembros. La segunda etapa, que se inicia en enero de 1994 y concluye en diciembre de 1998, viene caracterizada por el compromiso de cada estado de garantizar el cumplimiento de los criterios de convergencia económicos. 312 Área de Economía Financiera y Contabilidad En dicha reunión se habla del alto grado de convergencia alcanzado por nuestro país279, respecto del cumplimiento de las condiciones de convergencia para el acceso de los estados miembros a la moneda única recogidas en el protocolo del Tratado de Maastricht280. En reuniones celebradas durante los días 2 y 3 de mayo pasado, se confirman los estados miembros que cumplían las condiciones para la adopción de la moneda única281, se crea el Banco Central Europeo (B.C.E.) y el Sistema Europeo de Bancos Centrales (S.E.B.C.), además de nombrarse el Consejo ejecutivo del mismo y determinar los tipos bilaterales de conversión para las monedas de los países participantes. 2a) Fase B: Período transitorio: Dicho período, se inicia el 1 de enero de 1999 con la determinación del tipo de cambio fijo e irrevocable de conversión entre el euro y las monedas nacionales participantes, y concluye el 31 de diciembre del 2001, fecha en la que el euro pasará a ser una moneda por derecho propio. Esta fase está caracterizada, por la flexibilidad, pues no se especifica ningún plan o calendario sobre cómo y cuando las empresas, de forma individualizada, deben cambiar al euro, sino que cada una deberá elegir, por sí misma, cuando comenzar a realizar sus operaciones en la moneda única. Durante la misma, aún existiendo ya las tasas de conversión fijas, no podrán utilizarse los billetes o las monedas de un estado en otro estado de la Unión Europea. Al no ser todavía de uso obligatorio el euro, los billetes de bancos nacionales, seguirán siendo de curso legal en el territorio de los respectivos países participantes. Para algunos autores, este periodo, excesivamente dilatado, no resulta recomendable y podría haberse abreviado a un año como máximo, pues, el desorden que acarrea el que las empresas vayan decidiendo el paso a la nueva moneda en cualquier momento dentro de los años 1999, 2000 o 2001, ocasionará una confusión notable.(Gonzalo Angulo, José A. ,1998, pág. 12). A partir del 1 de enero de 1999, pues, los agentes económicos podrán realizar sus operaciones en euros o en pesetas, de acuerdo con el principio de “no obligación-no prohibición”282. Las empresas podrán emplear la nueva moneda, pero sólo como unidad de cuenta. Las distintas unidades monetarias de los estados miembros se sustituirán por la moneda común, que estará denominado tanto en su propia unidad (1 euro)y unidades fraccionarias (lOOcent), como en unidades monetarias nacionales. Al no existir efectivo en euros, puede que se contabilice, en dicha moneda, una operación que se realiza por caja, mientras que el flujo real es en pesetas. Surgirá, pues, una gran masa de actividades en euros, fundamentalmente, en las empresas en las que en las que el comercio internacional tenga un 279a) La legislación nacional, incluidos los estatutos de su Banco Central, es compatible con los artículos 107 y 108 del Tratado y los Estatutos del SEBC. b) La tasa media de inflación durante el año que finalizó en enero de 1998 era igual al 1,8%, esto es, inferior al valor de referencia. c) No es objeto de una decisión del Consejo sobre la existencia de un déficit público excesivo. d) Ha participado en el Mercado Común los dos últimos años y la peseta no ha estado sometida a tensiones excesivas y no ha devaluado por propia iniciativa su tipo central frente a la moneda de ningún otro estado miembro. c) En el año que finalizó en enero de 1998, el tipo medio de interés a largo plazo era en España igual al 6,3 % , esto es inferior al valor de referencia. f) Ha cumplido con sus obligaciones legales, en lo que respecta a la realización de la Unión Económica y Monetaria y con todos los criterios de convergencia y; por tanto, ha alcanzado un alto grado de convergencia sostenible. 280 Veáse cita 2. ■’Kl El artículo 1 de la Decisión del Consejo del día 2 de mayo de 1998 acordó que, Alemania, Austria, Bélgica, España, Finlandia, Francia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo y Portugal, cumplían las condiciones necesarias para adoptar la moneda única el día 1 de enero de 1999, constituyéndose la denominada Europa de los 11. 2K2 La “no obligación" implica que una de las partes de un acuerdo no puede insistir unilateralmente en que se use la unidad del euro. La “no prohibición” exige que no haya ninguna prohibición legal de usar la unidad cuando todas las partes contratantes así lo decidan. 313 IX Jomadas Hispano-Lusas de Gestión Científica gran peso específico que, con toda probabilidad, decidirán la conversión de la gestión de gran parte de sus operaciones de tesorería. En este período, se sustituirá la cesta ecu por el euro, la política monetaria y cambiaría será controlada por el B.C.E. y se iniciará el sistema de pagos conocido como TARGET283.Los mercados monetarios y de divisas operarán en euros y desaparecerán las operaciones de cambio entre monedas de los países participantes. Así mismo, las Administraciones Públicas, deberán presentar en los nuevos contratos que firmen en la unidad de cuenta peseta, su importe equivalente en la nueva moneda. Además, todas las emisiones de deuda pública deben estar denominadas en euros y sus vencimientos tendrán que ser posteriores a julio del 2002. 3a) Fase C: Período definitivo: En esta última fase, que comienza el 1 de enero del 2002, se pondrán en circulación los nuevos billetes y monedas en euros sustituyendo las antiguas unidades monetarias nacionales y no será jurídicamente posible llevar la contabilidad en pesetas. Para reducir al mínimo las complicaciones que pudiera causar, a los diversos agentes económicos, la permanencia en circulación de las unidades monetarias nacionales junto a la moneda única durante un período excesivamente dilatado, esta operación no podrá exceder de seis meses, de manera que, deberá finalizar como máximo el 1 de julio del 2002. En dicha fecha habrá culminado el proceso y los billetes y monedas nacionales dejaran de ser de curso legal, siendo reemplazados por completo por el euro en todos los estados participantes. En la etapa de transición comprendida entre del 1 de enero al 1 de julio del 2002284, en la que convivirán monedas y billetes de euros y pesetas, se complicará, aún más si cabe, algunos aspectos de la contabilidad. La tesorería, y en concreto la gestión del efectivo, puede ser más compleja, especialmente en algunos sectores, como pueden ser todos los que deban atender al público (por ejemplo grandes superficies), lo que obligará a duplicar las cuentas de cajas y su mayor.(Rodríguez Femel, Antonio, pág 31). La peseta, que tendrá exclusivamente poder liberatorio, “servirá exclusivamente para pagar importes en metálico, perderá su calidad de unidad de cuenta, ya que todos los documentos jurídicos y mercantiles, así como cualquier cuenta bancaria, título, obligación o contrato existente o futuro pasará automáticamente a denominarse en euros”(Iranzo e Izquierdo, 1998, pág 26). 3. MARCO JURÍDICO El marco jurídico establecido por la Unión Europea para la moneda única se recoge en dos Reglamentos y tiene como objeto garantizar que los diversos agentes económicos que operan en el mercado dispongan de suficiente seguridad jurídica en los contratos y obligaciones. En el primero de dichos Reglamentos285 286, se confirma la paridad 1:1 entre el ecu y el euro y se adoptan las reglas de redondeo28 . Así mismo, se establece el principio de la continuidad de los contratos de manera que, la sustitución de las monedas nacionales por el euro no alterará por sí misma la continuidad de éstos, salvo cuando en los mismos se prevea otra cosa. Consecuentemente, los importes expresados en monedas nacionales se convertirán a euros al tipo de conversión establecido. La sustitución, por sí misma, no alterará el tipo de interés nominal adeudado por el prestatario, a menos que así lo estipule el contrato. En caso de contratos expresados en el ecu-cesta oficial de la Comunidad Europea, la sustitución por el euro se realizará al tipo de cambio de uno por uno, salvo clausula en contrario. 283Trans-European Automated Realtime Gross Settlement Express Transfer System, mecanismo centralizado formado por todos los sistemas de pagos de las naciones que accedan a la moneda única. 284 Aunque así se recoge expresamente en el artículo 23 del Anteproyecto de Ley de Introducción del euro, en el momento de concluir este trabajo, el Gobierno está elaborando un Plan Nacional para acortar el período de coexistencia de las dos monedas entre uno y tres meses, lo que no implica que se reduzca el período de canje, que seguirá siendo de seis meses. 285Reglamento (CE) n°l 103/97 del Consejo sobre determinadas disposiciones relativas a la introducción del euro que entró en vigor el 20 de junio de 1997. 286Se ha propuesto una regla sencilla, de manera que los resultados que vayan de 1 a 4 en el decimal siguiente a la menor unidad fraccionaria se redondeen hacia abajo y que los que vayan de 5 a 9 se redondeen hacia arriba. 314 Área de Economía Financiera y Contabilidad En el segundo de los Reglamentos287, se tratan aspectos más generales de derecho monetario tales como: a) La equivalencia legal entre el euro y las unidades monetarias nacionales durante el periodo transitorio, lo que supone que estas últimas son fracciones no decimales del euro. b) El uso del euro en las relaciones contractuales, pudiendo realizarse los contratos tanto en unidades euro como en monedas nacionales, de acuerdo con el principio de “no obligación-no prohibición”288.El sistema financiero, actuará de catalizador y traductor de la sustitución de pesetas a euros, de manera que este principio se pueda llevar a cabo sin menoscabar la libertad de elección de todos y cada uno de los agentes. Consecuentemente, una empresa multinacional que decida realizar todos sus compras en euros desde el 1 de enero de 1999, lo podrá hacer a otra que decida seguir trabajando en pesetas, pues la capacidad del sistema bancario permitirá traducir las pesetas a euros. La entidad financiera, podrá hacer el cargo en euros en la cuenta de la multinacional y el abono en pesetas en la cuenta de la empresa vendedora, no pudiendo cobrar comisión alguna por esta redenominación. c) La introducción de billetes y monedas en euros el 1 de enero del 2002 y la consiguiente supresión de los nacionales. En nuestro país, para garantizar la seguridad jurídica del nuevo orden, se ha elaborado un Proyecto de Ley de Introducción del euro289, que garantiza, por medio de una Ley, denominada “Ley Paraguas”,que entrará en vigor el 1 de enero de 1999290, el cambio del sistema monetario nacional. En la misma se establece que, siempre que se haga referencia a la peseta, ésta se sustituirá por el euro por medio del tipo de conversión fijo, ya que peseta y euro representan lo mismo. El euro, pues, será la moneda nacional a partir del 1 de enero de 1999, con la única salvedad de que, además , es la moneda de otros diez países. 4. VENTAJAS E INCONVENIENTES DE LA INTRODUCCIÓN DEL EURO La transición al euro plantea importantes desafíos estratégicos, técnicos y organizativos e implica un reto importante para la economía en general. Pero como todo reto tiene sus ventajas y también sus inconvenientes. La cara amable del euro la constituye un conjunto de beneficios que pueden resumirse según los profesores Ontiveros y Valero (1995. págs 30 y 31) en los siguientes: a) La reducción de costes transaccionales291 derivados de la conversión de unas monedas a otras y que se identifican con tres categorías de costes: a.l) Costes financieros o externos, básicamente comisiones por operaciones de cambio de divisas y diferencias entre tipos comprador y vendedor. Estos costes de cobertura supone, en el caso de las pequeñas empresas, entre un 1 % y un 2% del volumen de operaciones. a.2) Costes internos de las empresas en lo referente a medios materiales y humanos asignados a la gestión -reducción del número de anotaciones contables generadas por la utilización de múltiples monedas, ahorro del tiempo de gestión al eliminar la necesidad de realizar un seguimiento del riesgo, ;k7 Reglamento (CE) n° 974/98 relativo a la introducción del euro aprobado el 3 de mayo de 1998. ''kkNo obstante, se han establecido excepciones a este principio en el caso de pagos de créditos, redenominación de la deuda negociable y para el paso de los mercados organizados al euro. ^Proyecto de Ley, n°121/000137 sobre la introducción del euro. Boletín Oficial de las Cortes generales, Congreso de los Diputados. 31 de agosto de 1998. Madrid. '"’'’En el momento de elaboración del presente trabajo, la Ley se encuentra en el Parlamento donde se están discutiendo las enmiendas. Las operaciones en divisas llevan aparejado un coste relacionado con el riesgo de cambio y con la transferencia real de dinero de un país a otro, éste último de importe menor. Según la Asociación para la Unión Monetaria de Europa (1998, pág 26), el primer coste se eliminará en el interior de la zona Euro, sin embargo, es probable que los bancos sigan aplicando comisiones a las operaciones internacionales aun cuando se realicen en euros, aunque está previsto que estos costes de transferencias disminuyan. 315 IX Jomadas Hispano-Lusas de Gestión Científica etcy cobertura de riesgos de precio, incluyendo los costes asociados a la ejecución de ordenes de pago internacionales. a.3) Costes de los bancos centrales y otras instituciones financieras en el control y administración de las operaciones en divisas con los países comunitarios. b) Constitución de un mercado más eficiente consecuencia de la reducción de la incertidumbre asociada a la fluctuación de los tipos de cambio. La existencia de una sola moneda permitirá una verdadera comparación de los precios de los bienes y de los servicios y supone una transparencia de la que se beneficiarán los consumidores y las empresa, fortaleciendo la competencia y estimulando el mercado. c) Estabilidad de precios y descenso de los tipos de interés a largo plazo, como consecuencia del sostenimiento de los criterios de convergencia292. Las principales objeciones a la existencia de la moneda única se centran fundamentalmente en cuatros aspectos (Serra, 1997, pág 25): 1. Renuncia a una política monetaria independiente, reduciendo gran parte del poder real de los bancos centrales nacionales cuya función queda limitada a la Política definida por el B.C.E. 2. Renuncia a la utilización de las variaciones en el tipo de cambio, como respuesta a las modificaciones en la competitividad de la economía. 3. La futura fortaleza del euro es una mera suposición, que está aún por demostrar en los mercados financieros internacionales. 4. Los costes que vienen dados por la propia puesta en marcha de la Unión Monetaria y se refieren, principalmente, a la producción de billetes y monedas en euros, las campañas de información dirigidas a empresas y ciudadanos. 5. Los costes a asumir por las empresas, referidos a los cambios en todos los sistemas que se vean afectados por la nueva moneda, es decir, todos los que impliquen cobros y pagos y, en particular, los sistemas de información contable, elaboración de informes, control de inventarios, etiquetado de artículos, etc. (a los que nos referiremos más detenidamente en un epígrafe posterior). 4.REPERCUSIONES POTENCIALES PARA LA EMPRESA DE LA IMPLANTACIÓN DEL EURO La transición al euro tendrá consecuencias prácticas que se dejaran sentir en todos los ámbitos y departamentos de la empresa, finanzas, aprovisionamiento, recursos humanos, contabilidad, producción marketing, etc. por lo que todas necesitarán, identificar las nuevas oportunidades comerciales, reducir sus costes de adaptación y mejorar, en lo posible, la eficiencia de la organización . Las repercusiones potenciales de la introducción del euro son múltiples, entre las cuales, vamos a enumerar las que, a nuestro juicio, nos han parecido más relevantes: 4.1. Repercusiones en el mercado donde opera la empresa -Acceso más fácil a los mercados europeos: Al eliminar el riesgo del cambio, reducirse los costes de las operaciones transfronterizas y producirse la transparencia de precio en toda la Unión Europea, las empresas que realizan transacciones internacionales serán las primeras en encontrar nuevas oportunidades gracias a que facilitará la identificación de los proveedores más baratos. Una vez que las grandes empresas de fabricación que operan en la Unión Monetaria hayan adoptado el euro, sus proveedores se verán presionados para establecer precios en euros para sus productos, lo cual reformará las estrategias de compra de la industria europea en general que vienen 292 Los Bancos Centrales han decidido anticiparse, sorprender y rematar tareas que parecían asignadas al próximo año. A primero de diciembre del presente año, todos los bancos emisores de los once países han concertado una rebaja automática de los tipos de interés al 3%, unas décimas por debajo del 3,3% que los expertos habían pronosticado y que las autoridades monetarias habían asignado como objetivo. 316 Área de Economía Financiera y Contabilidad repartiendo sus compras de componentes entre distintos países en función de sus ventas en esos países. (Terres de Ercilla, 1998, pág.88). La disminución en la complejidad de los trámites d exportación, que se derivaban en buena medida de los aspectos relativos a los tipos de cambio, va a permitir a las pequeñas y medianas empresas acercarse a las actividades exportadoras, ya que no necesitarán técnicos cualificados, ni procesos o transacciones complejas, para poder ofertar y vender sus productos en el exterior.(Lizcano Alvarez, J. 1998, pág. 18) -Exportaciones más baratas: El coste de las operaciones de cambio, pasará a ser innecesario , las listas y catálogos de precios para los países de la Unión Económica y Monetaria se expresarán exclusivamente en euros y , en consecuencia, las empresas estarán en condiciones de ofrecer precios menores en los mercados de exportación. -Aumento de la competencia en los mercados domésticos. El mayor grado de apertura de los mercados europeos facilitará el acceso de la competencia extranjera. Esto, afectará también a las pequeñas empresas que solo operan en sus mercados domésticos que, con frecuencia, se muestran reacias a trabajar con proveedores extranjeros debido a que implican mayor complejidad en el cálculo de precios, riesgo de cambio y coste de operaciones transfronterizas. El alcance total de la adopción de la moneda única abrirá nuevas perspectivas para estas compañías, en términos de exportaciones, así como de nuevas fuentes de aprovisionamientos y financiación, diferenciando entre las que operen principalmente en un mercado local o están en contacto con los consumidores finales que esperaran hasta el 2002, de aquellas cuyas relaciones comerciales sean más industriales que tenderán a adaptarse cuanto antes para poder aprovechar las ventajas de la Unión Económica y monetaria. -Adaptación a la nueva estructura de los mercados: El euro animará, previsiblemente, a las empresas a revisar y racionalizar la organización de su fuerza de ventas, pues serán necesarios otros canales de distribución para hacer frente a los nuevos mercados. La llegada del euro coincide con el comercio electrónico, que también fomenta el acceso directo a los consumidores, por lo que las empresas podrán incrementar su cuota de ventas directas mediante el desarrollo de nuevos métodos de distribución. 4.2. Repercusiones en los productos -Nuevos productos: El Euro creará un mercado de 370 millones de consumidores potenciales y, consecuentemente, puede brindar oportunidades para nuevos productos y servicios entre los que cabe citar: software de contabilidad, servicios de consultoría, cajas registradoras, calculadoras, máquinas convertidoras manuales o electrónicas, máquinas dispensadoras de cambio, etc. Adaptación de productos y envases: Algunos productos pueden necesitar ser adaptados (en niveles de calidad, envasado) para satisfacer las expectativas de los distintos clientes. El euro aumentará la competencia e impondrá presiones sobre los precios, especialmente en los productos estándar. Es posible que las empresas necesiten adaptar determinados productos para alcanzar niveles de precios comercialmente aceptables293 294. -Servicio de atención al cliente: El aumento de la competencia obligará a la búsqueda de nuevos métodos de diferenciación basados en factores distintos al producto o al precio, posiblemente una mejora sustancial de la calidad del servicio de atención al cliente. 4.3 Repercusiones en los precios 293E1 euro permitirá reducciones de costes significativas relacionadas con las operaciones de cambio que se estima alcanzan un importe que oscila entre el 1% y 2% de las compras y ventas de las pequeñas empresas. ( Asociación para la Unión Monetaria de Europa, pág. 17) 294E1 precio de una chocolatina que actualmente cueste 200 ptas. podría cifrarse en un euro, importe más fácil de manipular, en concreto, en máquinas expendedoras de productos y, posiblemente, deba ajustarse el envase en función del nuevo precio; en este caso el peso de la chocolatina se reduciría, siempre dentro de la legislación nacional. 317 IX Jomadas Hispano-Lusas de Gestión Científica - Transparencia en la fijación de precios: Las disparidades de los precios existentes en Europa (por ejemplo, en el sector del automóvil) como consecuencia de factores tales como aspectos culturales, discrepancias fiscales y diferentes costes salariales, permanecen parcialmente ocultas debido a que se expresan en monedas distintas. El euro posiblemente promoverá una armonización de precios al facilitar su comparación entre países. -Conversión de precios a euros: El redondeo establecido por ley puede conducir a diferencias de precios importantes en el caso productos de escaso valor, que, particularmente, tendrá incidencia en industrias de producción de gran volumen donde la pérdida de los decimales en el cálculo de la contabilidad puede llevar a perder hasta un 4% de margen real295. - Precios Psicológicos: Las empresas que quieran fijar sus precios en niveles comercialmente atractivos ( por ejemplo, 99 euros), podrían optar por modificar el diseño de su producto o su política de fijación de precios en un intento de compensar la variación296. -Doble indicación de precios: La presentación dual para cada artículo por separado puede resultar difícil. En caso de existir presentación doble de precios, los productos cuyos precios de venta al público sean fijados en la actualidad por el fabricante (libros, discos, alimentos, prendas de vestir, etc) precisarán especial atención. Los catálogos de venta por correo habrán de modificarse con la antelación que requieran sus planes de producción. El Proyecto de Ley de la Introducción al euro da la posibilidad de establecer reglamentariamente un régimen de protección de los derechos de los ciudadanos durante el periodo de transición, en el que se podría obligar a una exposición dual de precios e indicar la moneda que sirve como base para el cálculo de la conversión y el redondeo. 4.5 Repercusiones en la estrategia de aprovisionamiento y suministro -Uso del euro como medio de pago: El papel del euro como moneda de denominación de activos puede convertirlo en el contrapeso del dólar y del yen en el total de las relaciones comerciales y financieras internacionales . Su previsible solidez, nos permitirá competir con estas divisas en gran parte de las transacciones exteriores. En la industria química y del petróleo, que actualmente funcionan con una sola divisa de referencia, la moneda estándar utilizada es el dólar americano, que puede ser sustituido por el euro como medio de pago, pues las exportaciones internacionales de los países de la Unión Europea son mayores que las de Estados Unidos. El euro puede estabilizar con ello los patrones de comercio y también los costes de comercialización297. -Nuevas estrategias en el intercambio comercial: El euro supondrá un mayor impulso al desarrollo del transporte de mercancías y de la correspondiente logística, y con ello surgirán nuevas estrategias de abastecimiento y marketing. -Ampliación de la cartera de proveedores y clientes: El euro conlleva un aumento de la disponibilidad de bienes importados. Será más fácil y barato trabajar con proveedores y clientes extranjeros. Una vez que se perciba Europa como un mercado nacional y se eliminen los riesgos de cambio, se reducirá incertidumbre, pudiendo las empresas tener la oportunidad de establecer alianzas de compras con otras empresas. 295Un producto que se venda actualmente por cinco marcos tendría un precio de 2,57704 euros (dado un tipo de conversión de 1 euro = 1,94021 marcos). Aritméticamente, el precio en función de las normas de redondeo pasaría a ser 2,58 euros, lo que representa una diferencia de 0,00295 euros y un incremento del 0,11%. Por motivos comerciales el distribuidor puede optar por fijar el precio del producto en 2,5 euros -una reducción de 0,08 euros-. En este caso, el precio final del producto en euros sería inferior en un 3,2% al precio original. 296 Un establecimiento puede vender un determinado producto a 4.995 ptas. la conversión en euros (suponiendo un tipo de 1 euro= 165, 356 pesetas) llevaría a un precio de 30,21 euros. Para mantener un precio psicológico se podría reducir el precio a 29 euros, que representaría una reducción en el precio de 1, 21 euros. 97 Una empresa europea que factura actualmente en dólares porque su materia prima tiene un precio en dólares, con el uso del euro como moneda de referencia en todos los contratos, tanto los de aprovisionamiento como los de suministros, puede evitar su exposición a las fluctuaciones del dólar. 318 Área de Economía Financiera y Contabilidad -Mejora en las condiciones de financiación, siempre que se mantengan los criterios de estabilidad del Tratado de Maastricht y a partir del pacto de estabilidad y crecimiento.(Bueno Campos, E., 1998, pág 15). 5. EL IMPACTO DEL EURO EN LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN DE LA EMPRESA: ESPECIAL REFERENCIA A LOS EFECTOS EN LA CONTABILIDAD Los efectos que, en el ámbito de la Contabilidad, pueden derivarse de la introducción del euro, y la consecuente transmisión de esta información para llevar a cabo una conveniente transición, se han recogido en un documento elaborado por la Dirección General XV, Mercado Interior y Servicios Financieros de la Comisión Europea298 en donde se establecen una serie de recomendaciones, en el ámbito contable, destinadas a los estados miembros de la Unión Monetaria con la finalidad facilitar soluciones a las posibles repercusiones que pudieran surgir al realizar la citada transición. Pese a la armonización contable que, en el ámbito de la Unión Europea, han propiciado las Directivas Comunitarias, sigue existiendo importantes diferencias entre cada país, fundamentalmente, debido a los modelos operativos existentes (modelo anglosajón, menos prudente, y modelo continental, más conservador en la valoración), lo que puede provocar que dos empresas idénticas puedan dar distintos resultados contables dependiendo de su situación geográfica. Si añadimos a ello la existencia de diferentes monedas, y la habitual oscilación entre ellas, podemos concluir que existen importantes elementos que puedan distorsionar operativamente a las empresas. En este sentido, parece indudable que la implantación del euro, favorecerá la comparabilidad entre los resultados empresariales, dejando claro que no se trata de una conversión en moneda sino de una sustitución (Trigueros y Reig .1998, pág.397) Lo que desde un principio ha quedado bastante claro para la Comisión es que, la introducción del euro puede abordarse dentro de la legislación europea, en materia contable, actualmente en vigor y, consecuentemente, no requeriría la elaboración de nuevas disposiciones legislativas comunitarias ni la modificación de las Directivas vigentes. Los estados miembros pueden mantener las actuales prácticas contables autorizadas en virtud de las citadas Directivas para adaptarse a su introducción. El cambio hacia la moneda única exige variadas transformaciones a nivel intemo, que afectarán a todos los departamentos de la empresa aunque, fundamentalmente, a las áreas informática y financiera. En este sentido, la mayoría de los reajustes se refieren, fundamentalmente, en el ámbito financiero, a la presentación de los distintos estados contables, la conversión de la moneda, los estados financieros consolidados y las cifras comparativas, así como también al problema, de no menos importancia, del tratamiento de los costes ligados a su introducción. Las recomendaciones contables destinadas a los Estados miembros con el fin de facilita soluciones a la problemática contable derivada de la transición a la moneda única que se recogen en el documento elaborado por la Comisión europea han quedado estructurados, según un informe emitido por el I.C.A.C.299, en tres capítulos que, referidos al periodo transitorio y posterior definitivo, tratan los siguientes apartados: 1) Moneda en que se expresan las cuentas anuales. 2) Moneda en que se expresan los libros de Contabilidad. 3) Valoración de determinados elementos patrimoniales como consecuencia de la introducción del euro. Durante el periodo de transición se establece la posibilidad de que las empresas puedan realizar sus operaciones en euros, lo que supone que un gran número de empresas comenzarán a facturar en dicha moneda, produciéndose importantes cambios en los sistemas de información de las empresas, especialmente en la Contabilidad, que tendrán que decidir en qué soporte van a registrar sus operaciones durante el período transitorio. 298Comisión Europea. Dirección General XV, Mercado Interior y Servicios Financieros. Documento sobre aspectos contables del la Introducción del Euro. 2,9Conclusiones del grupo de trabajo creado en el I.C.A.C. para la elaboración de un informe sobre aspectos contables de la introducción del euro, publicado en el BOICAC n° 32. 319