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¿Diezmo sobre los combustibles? Cabildo, Concejo y Hacienda Pública en el Burgos del Antiguo Régimen

Sanz de la Higuera, Francisco José

Abstract

El Cabildo catedralicio de Burgos percibía, desde época medieval, portazgo por la introducción en la ciudad de los cargamentos de combustible, carbón y leña, imprescindibles para el consumo de los hogares, los talleres artesanos, los templos y los colegios, entre otras instituciones. En el siglo XVIII, se produjeron algunos enfrentamientos, con el telón de fondo de dicho impuesto, entre el citado Cabildo Catedral, el Concejo y la Hacienda Pública, con la fiscalidad como caballo de batalla. Las acuciantes necesidades económicas de unos y las pretensiones de inmunidad de otros generaban agrias disputas alrededor del control de los abastecimientos urbanos. El devenir en el cómputo del portazgo de los combustibles y en el consumo de carbón en la Catedral sugieren, además, un progresivo enfriamiento climático, en especial en el período denominado “anomalía Maldá” ó “Mínimum Dalton”, de finales del Setecientos y principios del siglo XIX.

Full text

337 ¿Diezmo sobre los combustbles? Cabildo, concejo y hacienda pública… Hid 37 (2010) 337-364 HiD 37 (2010) ¿DiEZMO SOBRE LOS COMBUSTiBLES? CABiLDO, CONCEJO Y HACiENDA PÚBLiCA EN EL BURGOS DEL ANTiGUO RÉGiMEN Fr a n c i s c o J. sa n z d e l a Hi g u e r a iES “Torreblanca” (Sevilla)1 iNTRODUCCiÓN Y FUENTES DOCUMENTALES El quehacer de archivo, en aras de una paciente y siempre apasionante reconstrucción del pasado histórico, no deja nunca de epatarnos. Por debajo de los “estratos” tópicos y clásicos que se desvelan en el panorama bibliográfico –no por ello menos excelentes y esenciales para la historiografía2–, a veces, muy de tarde en 1. C/Torregrosa, 85, 41016, Sevilla. 669 85 25 98. [email protected] 2. Las publicaciones sobre diezmos o que tienen en las tazmías su principal yacimiento de información son, en el momento presente, tantas y de tan variado calibre, que resulta imprescindible efectuar una selección, probablemente injusta y negligente. Sin un ánimo exhaustivo y por riguroso orden alfabético, descuellan J. A. Ál v a r e z vÁ z q u e z , Los diezmos en Zamora (1500-1840). Salamanca, 1984; J. an d r é s ga l l e g o , “Datos de economía rural castellana (1676-1840)”, en Hispania, 125, (1973), 597-627; G. an e s Ál v a r e z , Las crisis agrarias en la España Moderna. Madrid, 1973; G. an e s Ál v a r e z y J. P. le Fl e m , “Las crisis del siglo XVii: producción agrícola, precios e ingresos en tierras de Segovia”, en Moneda y Crédito, 93, (1965), 3-56; M. Ba r r i o go z a l o , “Los diezmos y primicias en la diócesis de Segovia en el siglo XViii”, en Cuadernos de Investigación Histórica, 7, (1983), 133- 145; E. ca n a l e s , “Los diezmos en su etapa final”, en G. an e s Ál v a r e z (Ed.), La economía española al final del Antiguo Régimen. I. Agricultura. Madrid, 1982, 104-187; A. ei r a s ro e l , “Evolución del producto decimal en Galicia a finales del Antiguo Régimen: primeras series decimales”, en I Jornadas de Metodología Aplicada a las Ciencias Históricas, 1975, tomo iii, 51-83; l. c. ga r c í a Fi g u e r o l a , “Los diezmos en Salamanca durante el s. XViii”, en Stvdia Historica, Historia Moderna. 4/3, (1986), 129-149; A. ga r c í a sa n z , “Los diezmos del obispado de Segovia del siglo XV al XiX. Problemas de método, modos de percepción y regímenes sucesivos de explotación”, en Estudios Segovianos, 73, (1973), 7-20; M. ga r z ó n Pa r e J a , Diezmos y tributos del clero de Granada. Granada. 1974; Ch. He r m a n n , “Patronage royal et dîmes: l’enquête decimale de Grenade, de 1757”, en Mélanges de la Casa de Velázquez, 11, (1975), 253-279; m. a. la d e r o qu e s a d a y M. go n z Á l e z Ji m é n e z , Diezmo eclesiástico y producción de cereales en el reino de Sevilla (1408-1503). Sevilla, 1979; G. le m e u n i e r , “La part de Dieu. Recherches sur la levée des dîmes au diocèse de Carthagène-Murcie d’aprés les Visitas de Tercias (XViii-XiX s.)”, en Mélanges de la Casa de Velázquez, 12, (1976), 357-386; J. L. ma r t í n ro d r í g u e z , “Diezmos eclesiásticos. Notas sobre la economía de la sede zamorana (siglos Xii- 338 FRANCiSCO J. SANZ DE LA HiGUERA Hid 37 (2010) 337-364 tarde, se descubre la existencia – “arqueológica”, “subterránea” y “clandestina”3 – de algunos eventos que no sólo provocan inquietud y sorpresa sino que, además, generan, el poderoso sentimiento de estar innovando y ser protagonista en una aportación novedosa y científicamente incontestable4. Dichos fenómenos nos enfrentan a descubrimientos inusitados y desconocidos en gran parte por la comunidad científica, que, por ejemplo, se materializa, como es el caso, en el desvelamiento de la existencia de un “tributo de el Carvón y Leña” que, en la práctica, constituye un tipo de diezmo, percibido por la Mesa Capitular de la Catedral, en concepto de “Décima de los Porttazgos de estta Ziudad”, privilegio concedido en 1162 –“que corresponde al año de 1124”–. Por tal privilegio, “passó el Cavildo a administrar y arrendar la Décima del Carbón y de la Leña que enttraba por las Puerttas de estta Ziudad, según acredita del Quaderno 1º del año 1267 en que dan principio los Libros de Hacienda”5. El portazgo –señala González Mínguez– era “uno de los impuestos indirectos más familiares para el hombre medieval”6, y aún del hombre de la época Moderna, añado particularmente. Era un impuesto entre otros muchos pero como cualquier desembolso doloso tenía su importancia económica y psicológica. Los yacimientos en los que nos hemos topado con tales consideraciones se encuentran custodiados, por una parte, en el Archivo Capitular de la Catedral de Burgos. Se trata de los Libros de Registro de las Actas Capitulares de los Cabildos, ordinarios y/o extraordinarios, celebrados por los componentes de la Santa iglesia Metropolitana, en especial en el devenir del Setecientos. A ello se añaden las series de “Porttazgo”, convenientemente anotadas en los “Libros de Redondo” o contabilidad de la Mesa Capitular de dicha Catedral para el siglo XViii7 y el cómputo de los desembolsos efectuados en la adquisición de carbón por parte de los libros de Fábrica en similar periplo histórico8. No desmerece en nada, como mecanismo Xiii)”, en Actas de las I Jornadas de Metodología Aplicada a las Ciencias Históricas, 1975, tomo ii, 69-78 y M. D. mu ñ o z du e ñ a s , El diezmo en el obispado de Córdoba. Córdoba, 1988. 3. La prodigiosa obra de J. ga r c í a aB e l l Á n , La otra Murcia del siglo XVIII. Murcia, 1981 constituye, a mi juicio, uno de los referentes modélicos más encomiable y brillante de una manera de hacer historia efervescente, imaginativa, refrescante, eutrapélica, amena, sorpresiva, excitante, ... que cualquiera rubricaría con gusto. 4. Ese era el talante y la disposición de uno de los grandes maestros de la reconstrucción histórica en España –y mucho más allá–, don Julio va l d e ó n Ba r u q u e , autor de “Datos para la historia social y económica de la Castilla medieval: Las rentas de la Catedral de Burgos en 1352”, en Anuario de Historia Económica y Social, 3/3, (1970), 325-338. Valdeón señalaba, “alborotado”, que se habían “tropezado con una documentación que nos parece de excepcional interés”. Los Libros Redondos y las Actas de la Catedral de Burgos son de una “riqueza (...) inagotable”. Y aún no hemos entreabierto más que unas pocas “puertas”. Las posibilidades son oceánicas y el futuro traerá muchas sorpresas. 5. Archivo Capitular de la Catedral de Burgos (en lo sucesivo ACCB). A(ctas) C(apitulares). Cabildo ordinario del 8 de noviembre de 1779, folio 371-372. 6. C. go n z Á l e z mí n g u e z , “Aranceles de portazgo en la Corona de Castilla durante la Edad Media. Consideraciones metodológicas”, Homenaje al profesor Juan Torres Fontes, vol. i, 1987, 714 (713- 722). Una visión general en C. go n z Á l e z mí n g u e z , El portazgo en la Edad Media. Aproximación a su estudio en la Corona de Castilla, Bilbao, 1989. 7. ACCB. Libros Redondos (1700-1799). 8 . ACCB. Libros de Fábrica (1700-1799). 339 ¿Diezmo sobre los combustbles? Cabildo, concejo y hacienda pública… Hid 37 (2010) 337-364 de contraste, la consideración de las compras de carbón y leña llevadas a cabo por el Hospital de San Julián y San Quirce –vulgo “Barrantes”–, entidad sanitaria y quirúrgica controlada por el Cabildo catedralicio, a cuyas dependencias arribaban los imprescindibles combustibles con los que calentar sus estancias durante el Setecientos9. Del Archivo Municipal de Burgos10 procede, por otra parte, la información atesorada para todo lo concerniente a la “obligación” de la logística del abastecimiento de los combustibles vegetales esenciales, tanto a la carbonería como a las casas particulares e instituciones laicas y clericales de la ciudad. En los libros de Actas de los Regimientos protagonizados por los regidores perpetuos de la ciudad se reflejan los debates y decisiones habidas en el seno de la institución de gobierno municipal11. También hemos accedido a las cantidades de suministro, de carbón y leña, llegadas al Hospital de Nuestra Señora de la Concepción en la cronología anunciada12, series de carbón y leña que, en la práctica, serán esgrimidas como cuantificación de contraste con respecto a los combustibles consumidos en la Catedral. Un talante similar tienen las series recopiladas en el Archivo General de Palacio (Madrid)13 para el Hospital del Rey en la decimoctava centuria. Sus gestores adquirían carbón y leña anualmente para calentar sus estancias y alimentar las cocinas, cantidades que igualmente nos sirven como contrapunto para evaluar la magnitud de los combustibles entrados en la ciudad en su conjunto y en las diversas instituciones religiosas a que hemos tenido acceso14. En la totalidad de la documentación citada, se ha realizado un rastreo sistemático y persistente de tercer nivel, lejano de cualquier fórmula de catas ó sistema de muestras aleatorias15. 9. ACCB. Hospital de San Julián y San Quirce (Barrantes). Registro 41. Libro de Cuentas (1715-1771) y Registro 42. Libro de Cuentas (1772-1834). Véase F. J. sa n z d e l a Hi g u e r a , “Obras en Barrantes (1747-1750)”, en Boletín de la Institución Fernán González (BIFG en lo sucesivo), 230, (2005), 115-147. ¿El devenir de su carbón fue convergente o divergente con respecto a lo adquirido por la Catedral y con las tendencias del “Portazgo de la Ziudad”? 10. En lo sucesivo citado como AMB. 11. AMB. Actas de Gobierno (1700-1800). 12. AMB. Hospital de Nuestra Señora de la Concepción. Libros de caja de las cuentas del Hospital y Libramientos, recibos y justificantes de ingresos y gastos del Hospital. Múltiples legajos. Dicho hospital era dependiente y estaba administrado por el Ayuntamiento burgalés. 13. En adelante citado AGP. Patronatos. Hospital del Rey y Real Monasterio de Las Huelgas. Libros de Veeduría: Libros mayores (1700-1800). Libranzas de carbón y libranzas de desmoche de leña. Múltiples Registros. 14. Disponemos, simultáneamente, de información sobre la logística del carbón para varias parroquias de la ciudad, en concreto para Nuestra Señora de La Blanca, Santa Águeda, San Martín y Santiago de la Capilla, y del colegio de Niños del Coro, todo ello procedente de los fondos documentales custodiados en el Archivo Diocesano de Burgos (ADB) y en el Archivo Capitular de la Catedral de Burgos (ACCB). ¿La evolución de las adquisiciones de combustible efectuadas por las instituciones eclesiásticas burgaleses fue similar al sesgo de lo extraído de los arrendamientos del portazgo del carbón? 15. Véase P. cH a u n u , “Un nouveau champ pour l’histoire sérielle: le quantitatif au troisième niveau”, en Méthodologie de l’Histoire et des sciencies humaines, París, 1967, 216-217 y D. go n z Á l e z cr u z , Religiosidad y ritual de la muerte en la Huelva del siglo de la Ilustración, Huelva, 1993, 21-22. 340 FRANCiSCO J. SANZ DE LA HiGUERA Hid 37 (2010) 337-364 El Cabildo de la Catedral y las demás instituciones citadas es preciso, a mi modesto entender, visualizarlas desde la perspectiva de su ubicación en el entramado de la ciudad de Burgos, tanto en la época medieval como moderna, y con la óptica de una reconstrucción histórica de sus peculiaridades urbanísticas y socioeconómicas16. En la bibliografía que sobre los Cabildos catedralicios nos ha sido viable consultar17, se ha buscado incansablemente constatación expresa de la existencia de diezmos sobre el carbón, con un resultado adverso, que paradójicamente nos llena de un inmenso gozo dado que ello apuntala nuestra hipótesis, la de hallarnos ante un fenómeno en poco o en nada desvelado anteriormente en las Catedrales del Antiguo Régimen. Descuellan, sin embargo, con luz propia las reflexiones y propuestas de García Figuerola y Martín Martín (Salamanca), Villacorta Rodríguez En la práctica se han recorrido, ajeno el investigador a cualquier desfallecimiento físico y sin sucumbir en ningún momento al aburrimiento o la atonía, todos y cada uno de los “oceánicos” volúmenes de Actas y contabilidades de los Archivos citados y los cientos y cientos de folios que los componen. 16. A este respecto cabe citar, aunque sin un ánimo exhaustivo, las obras de T. ló P e z ma t a , La ciudad y castillo de Burgos. Burgos, 1949 y Geografía urbana burgalesa en los siglos XV y XVI. Burgos, 1952; A. Ba l l e s t e r o s y Be r e t t a , “Datos para la topografía del Burgos medieval”, en Boletín de la Comisión Provincial de Monumentos, (1941), 609-618, (1942), 1-9, 33-44, 73-82 y 113-118 y (1943), 145-152; N. González, Burgos, la ciudad marginal de Castilla. Estudio de geografía urbana. Brugos, 1958; J. A. Bo n a c H í a He r n a n d o , El Concejo de Burgos en la Baja Edad Media (1345-1426). Valladolid, 1978 y “Más honrada que la ciudad de mis reinos”. La nobleza y el honor en el imaginario urbano (Burgos en la Baja Edad Media), en J. A. Bo n a c H í a He r n a n d o (Coord.), La ciudad medieval. Aspectos de la vida urbana en la Castilla bajomedieval. Valladolid, 1996, 169-212; H. ca s a d o al o n s o , La propiedad eclesiástica en la ciudad de Burgos en el siglo XV: el Cabildo catedralicio. Valladolid, 1987 y Señores, mercaderes y campesinos. La comarca de Burgos a fines de la Edad Media. Madrid, 1987; E. go n z a l e z dí e z , El Concejo burgalés (884-1369). Marco histórico-institucional. Burgos, 1983; J. cr e s P o re d o n d o , La evolución del espacio urbano de Burgos durante la Edad Media. Burgos, 2007; i. ri l o v a Pé r e z , Burgos en la primera mitad del siglo XV. Burgos, 2008 y Y. gu e r r e r o na v a r r e t e , “Estructura urbana de Burgos en el siglo XV”, en Homenaje al profesor Juan Torres Fontes, vol. i. Murcia, 1987, 737-750. 17. De entre la inmensa nómina de historiadores que han volcado sus estudios sobre los Cabildos catedralicios descuellan, citados sin un carácter exhaustivo, por riguroso orden alfabético y sabedor de que una selección significa siempre omisiones injustas e irresponsables, M. Ba r r i o go z a l o , Estudio socio-económico de la Iglesia de Segovia en el siglo XVIII. Segovia, 1982; M. C. Bu r g o Ló P e z , “La estructura económica del Cabildo de Lugo a finales del siglo XViii”, en Obradoiro de Historia Moderna, 1, (1992), 65-79; A. ca B e z a ro d r í g u e z , Entre lo sagrado y lo profano. Clero capitular y poder clerical en Palencia durante el Antiguo Régimen. Valladolid, 1995; A. CÁ n o v a s Bo t í a , Auge y decadencia de una institución eclesial: el Cabildo Catedral de Murcia en el siglo XVIII. Iglesia y Sociedad. Murcia, 1994; L. C. Ga r c í a Fi g u e r o l a , La economía del Cabildo salmantino del siglo XVIII. Salamanca, 1989 –dispone de un excelente y bien nutrido anexo bibliográfico–; J. M. La t o r r e Ciri a, Economía y religión. Las rentas de la Catedral de Huesca y su distribución social (siglos XVI-XVII). Zaragoza, 1992; J. R. ló P e z ar é va l o , Un Cabildo Catedral de la Vieja Castilla: Ávila. Su estructura jurídica. Siglos XIII-XX. Madrid, 1966; P. C. qu i n t a n a an d r é s , a Dios rogando y con el mazo dando. Fe, poder y jerarquía en la iglesia canaria. El Cabildo Catedral de Canarias entre 1483-1820. Las Palmas de Gran Canaria, 2003; P. sa a v e d r a Fe r n Á n d e z , Economía, Política y Sociedad en Galicia. La provincia de Mondoñedo, 1480-1830. Santiago de Compostela, 1985; R. sÁ n c H e z go n z Á l e z , Iglesia y sociedad en la Castilla Moderna: el Cabildo catedralicio de la sede primada (siglo XVII). Cuenca, 2000 y T. vi l l a c o r t a ro d r í g u e z , El Cabildo Catedral de León. Estudio histórico-jurídico, siglos XIIXIX. León, 1974. 341 ¿Diezmo sobre los combustbles? Cabildo, concejo y hacienda pública… Hid 37 (2010) 337-364 (León), Barrio Gozalo (Segovia), Francia Lorenzo (Palencia), Rucquoi (Valladolid) y Morales Padrón y Serrera (Sevilla)18. El carbón y la leña, combustibles a los cuales me atrevo a calificar, quizá en un ejercicio de osadía sin precedentes, como las “cenicientas” en la consideración de los abastecimientos urbanos del Antiguo Régimen, han sido relegados a un sempiterno segundo plano ante el mayúsculo protagonismo de la logística de la carne, el pescado, el pan, el vino, ...19. Quizá por las dificultades con que se topan los investigadores en la recopilación de fuentes documentales20, carbón y leña son 18. L. C. ga r c í a Fi g u e r o l a , “Otras fuentes de ingresos”, en La economía del Cabildo salmantino del siglo XVIII, Salamanca, 1989, 121-123; J. L. ma r t í n ma r t í n , El patrimonio de la Catedral de Salamanca. Un estudio de la ciudad y el campo salmantino en la baja edad media, Salamanca, 1985, 322-326; T. vi l l a c o r t a ro d r í g u e z , “Relaciones del Cabildo con entidades civiles: Relaciones con los Reyes. 2. Otros privilegios Reales”, en El Cabildo Catedral de León. Estudio histórico-jurídico, siglo XII-XIX, León, 1974, 524-525 y 532-533; M. Ba r r i o go z a l o , “Mesa capitular: iii. Rentas del Cabildo. 4.3. Derechos del portazgo”, en Estudio socio-económico de la Iglesia de Segovia en el siglo XVIII, Segovia, 1982, 326-328; S. Fr a n c i a lo r e n z o , “El Cabildo palentino en el siglo XV”, en Publicaciones de la Institución Tello Téllez de Meneses, 34, (1974), 145-187 (en especial, la página 166); A. ru c q u o i , “La enajenación de las rentas Reales. El caso de Valladolid en los siglos Xiii a XV”, en M. A. al F o n s o an t ó n y l. ga r c í a va l d e a v e l l a n o (Eds.), Historia de la Hacienda española (épocas antigua y medieval). Homenaje al profesor García de Valdeavellano. Madrid, 1982, 799-822 y a. mo r a l e s Pa d r ó n y J. m. se r r e r a , “Obras en los Reales Alcázares de Sevilla en tiempos de los Reyes Católicos”, en Laboratorio de arte, 12, (1999), 69-77 (71 y 75). 19. De entre los muchos ejemplos posibles, traeré a colación Vitoria, Murcia, Ponferrada y Valladolid. En Vitoria, se pone un especial énfasis en la descripción de la tocinería (pp. 260-261), las pescaderías (pp. 261-263), las carnicerías (pp. 263-269), las tabernas (pp. 270-274) y las neveras (alojería, pp. 275-276) pero de la carbonería ni rastro. M. R. Po r r e s ma r i J u Á n , “Alimentación y abastecimiento en Vitoria (siglos XVi-XViii)”, en J. m. im i z c o z Be u n z a (Dir.), La vida cotidiana en Vitoria en la Edad Moderna y Contemporánea, San Sebastián, 239-289 –en especial, pp. 259-276–. En 1987 ya se había hecho mención a “Los abastos monopolizados: las tiendas concejiles”, y en concreto al abastecimiento de nieve (pp. 301-304), la tocinería (pp. 304-306), las pescaderías públicas (pp. 306-310), las carnicerías públicas (pp. 310-324), las tabernas públicas (pp. 324-330) y los artículos de venta libre: los granos (pp. 330-337), con el más evidente “olvido”, de nuevo, del carbón y de la leña, al por mayor o al por menos. M. R. Po r r e s ma r i J u Á n , Gobierno y administración de la ciudad de Vitoria en la primera mitad del siglo XVIII. (Aspectos institucionales, económicos y sociales). Vitoria, 1987. En Murcia, se dedican al carbón 2 páginas –hecho muy meritorio, gracias a la genialidad de cr e m a d e s gr i ñ Á n – pero a las bebidas (pp. 41-59 y 111-114), el pan (pp. 60-75), la carne (pp. 76-98), el pescado (pp. 97-105) o el aceite (pp. 115-133) bastante más, como es obvio. C. M. cr e m a d e s gr i ñ Á n , Alimentación y consumo en la ciudad de Murcia durante el siglo XVIII (1701-1766). Murcia, 1984. En Valladolid, se desgrana con fruición el abastecimiento de pan (pp. 240-252), la carne (pp. 253- 281), el pescado (pp. 282-286), el aceite (pp. 287-288) y el vino (pp. 299-289). Al carbón, nada. A. gu t i é r r e z al o n s o , Estudio sobre la decadencia de Castilla. La ciudad de Valladolid en el siglo XVII. Valladolid, 1989. En Ponferrada, se analiza la logística del vino (pp. 360-361), de los cereales (pp. 361-364), de la carne (pp. 364) y de la nieve (pp.364) – J. M. Ba r t o l o m é Ba r t o l o m é , “Los problemas de abastecimiento de una villa vitícola en el Antiguo Régimen: Ponferrada en el siglo XViii”, en J. M. d e Be r n a r d o ar e s (Coord.), V Reunión científica de la Asociación española de historia Moderna, La administración municipal en la Edad Moderna, tomo ii, Cádiz, 1999, 359-365 – y, de nuevo, se obvian los combustibles, base imprescindible, en cualquier localidad que citemos, en la preparación de las comidas, en la calefacción de las estancias de viviendas y grandes construcciones y en la industria artesana. 20. Es un hecho probablemente generalizado que la documentación sobre combustibles ha sucumbido a la negligencia personal o a la incuria de los tiempos o, irónicamente, se haya convertido 342 FRANCiSCO J. SANZ DE LA HiGUERA Hid 37 (2010) 337-364 difíciles de rastrear o no tienen, por su aspecto sucio y problemático, el efectismo que se obtiene en el tratamiento de los productos abastecidos más renombrados –como, por ejemplo, la carne, el pan, el pescado, etcétera–. EL DiEZMO DEL PORTAZGO DEL CARBÓN Y LA LEÑA: UN TRiBUTO AMENAZADO Y BASTANTE DESCONOCiDO Las relaciones entre Cabildos catedralicios y Concejos municipales, por lo que toca al Setecientos en la ciudad de Burgos y en el ámbito general, en los territorios de la Corona borbónica, estaban abocadas permanentemente al planteamiento de múltiples conflictos de jurisdicción, rango, preeminencia, fiscalidad, etcétera, que enrarecían el ambiente urbano y crispaban los pareceres de los componentes de las principales instituciones de gobierno de la ciudad21, litigios en los que, en muchas ocasiones, estaba también comprometida la Administración General de Rentas Reales22. Las tensiones dialécticas –horizontales y/o verticales– entre grupos sociales e instituciones, con el telón de fondo del reparto del poder y de la capacidad de decisión ejecutiva, se perciben durante la Edad Media y la Moderna, en las pugnas que incumben a la fiscalidad de la Corona, los Concejos y los Cabildos –léase iglesia católica–. Las etapas de municipalización de los tributos Reales, en materia prima para alimentar hogueras en días de frío. A la hora de optar entre unos u otros legajos, la tendencia suele decantarse por eliminar los fondos municipales más, aparente y presumiblemente, despreciables. Véase, por ejemplo, las consideraciones de G. ga r c í a -Ba q u e r o ló P e z , Sevilla y la provisión de alimentos en el siglo XVI. Sevilla, 2006, 59 y F. J. Sa n z d e l a Hi g u e r a : “De tiendas por Burgos (1750-1794)”, en Investigaciones Históricas, 26, (2006), 163. 21. Las relaciones entre los Cabildos catedralicios y la sociedad civil han sido abordadas, entre otros muchos estudios, por M. T. Be n i t o ag u a d o , La sociedad vitoriana en el siglo XVIII: el clero, espectador y protagonista. Bilbao, 2001, 241-314; A. cÁ n o v a s Bo t í a , Auge y decadencia de una institución eclesial..., Murcia, 1994, 433-444; T. vi l l a c o r t a ro d r í g u e z , El Cabildo Catedral de León. Estudio histórico-jurídico, siglo XII-XIX. León, 1974, 528-544; R. sÁ n c H e z go n z Á l e z , Iglesia y sociedad en la Castilla Moderna.... Cuenca, 2000, 95-137 y “Cabildo catedralicio y Cabildo municipal en el Toledo Moderno”, en J. M. d e Be r n a r d o ar e s , V Reunión científica..., Cádiz, 1999, 137-146; J. Ga r c í a -Cuevas Ventura, El Cabildo catedralicio cordobés desde la Revolución a la Restauración (1788- 1882). Córdoba, 1996, 161-165 y P. C. qu i n t a n a an d r é s , A Dios rogando y con el mazo dando.... Las Palmas de Gran Canaria, 2003, 698-745. Desde una óptica global, véase T. eg i d o ló P e z , “El Cabildo de Valladolid. Conflictos de jurisdicción”, en F. J. ar a n d a Pé r e z , Sociedad y élites eclesiásticas en la España Moderna. Cuenca, 2000, 21-34 y “El regalismo y las relaciones iglesia-Estado en el siglo XViii”, en R. ga r c í a -vi l l o s l a d a (Dir.), Historia de la Iglesia Española. IV. La Iglesia en la Edad Moderna. Madrid, 1979, 123-249. 22. Sobre la administración fiscal véanse, entre otros, M. Ar t o l a Ga l l e g o , La Hacienda del Antiguo Régimen, Madrid, 1982; M. A . la r e d o qu e s a d a , La Hacienda Real en Castilla en el siglo XIV, La Laguna (Tenerife), 1973; Y. gu e r r e r o na v a r r e t e , “Fiscalidad regia y poder municipal en Burgos (1453-1476)”, en En la España medieval, 5, (1986), 481-499; M. ul l o a , La Hacienda Real de castilla en el reinado de Felipe II, Madrid, 1988; C. M. cr e m a d e s gr i ñ Á n , Borbones, Hacienda y súbditos en el siglo XVIII. Murcia, 1993 y Actas del I Symposium Internacional “Estado y fiscalidad en el Antiguo Régimen”. Murcia, 1988; E, Fe r n Á n d e z d e Pi n e d o , “La fiscalidad. Centralismo, ilustración y agonía del Antiguo Régimen (1715-1833)”, en M. tu ñ ó n d e la r a (Dir.), Historia de España. Labor, Barcelona, 1980, tomo Vii, 73-87 y M. de l g a d o ri B a s , “Presión fiscal y asignación de recursos en la monarquía borbóncia”, en Manuscrits, 4-5, (1987), 25-40. 343 ¿Diezmo sobre los combustbles? Cabildo, concejo y hacienda pública… Hid 37 (2010) 337-364 en primera instancia, y la posterior ofensiva del Estado Moderno, centralista y absolutista o ilustrado según el momento histórico, en un segundo término, encontraron siempre a los clérigos como partícipes en el ágape de la fiscalidad, y más cuando se modificaban los conciertos vigentes de fiscalidad entre la Corona y los Concejos, tendentes siempre a un progresivo endurecimiento de las obligaciones contributivas23 –con un evidente deterioro de sus privilegios e inmunidades–. El diezmo del portazgo del carbón de la Ciudad era una espina clavada, muy profunda y dolorosamente, en el corazón del Concejo burgalés y de la Hacienda pública borbónica, que era preciso subsanar y cauterizar porque llevaba demasiado tiempo desviando hacia el Cabildo catedralicio parte de un tributo aún no municipalizado ni estatalizado en su totalidad. En el Cabildo ordinario del 29 de octubre de 1779 fue leída una carta del secretario del Ayuntamiento, del 27 del corriente, en la que se advertía al Cabildo catedralicio que se había discutido en un Regimiento extraordinario de Abastos24 celebrado el día 26, qué postura tomar en el Ayuntamiento ante el descubrimiento de que “en las Puertas y entradas de esta Ciudad se Cobra por los Arrendatarios de VJ cierto tributo de el Carvón y Leña que se Introduce para el consumo de ella”. El Concejo exigía al Cabildo “que se Sirba dar Razón deel motibo o Causa que tiene VJ para que los Citados Arrendatarios cobren el referido Tributo”25. La respuesta del Cabildo no fue automática. En efecto, se hizo esperar y bastante. La “maquinaria” de debate y decisión del máximo organismo eclesial urbano burgalés procesó, no sin cierta dilación y quizá despecho, el “affaire”. No fue hasta mediados de noviembre, hasta el 12 de noviembre, que, “En respuesta de la estimada de VSJ de 27 de octubre próximo, en que nos pide la razón del Derecho que a nuestro nombre se cobra a las entradas de esta Ciudad por la Leña y Carbón que se consume en ella”, los componentes del Cabildo cocinaron su ofensiva institucional. Y la contestación a la misiva del Ayuntamiento no estuvo exenta de contundencia y nitidez. “Debemos decirle –argumentaban los capitulares– que constando, como consta del Archivo de VSJ, los títulos en cuia virtud nos hallamos en la quieta y pacífica posesión inconclusamente observada y practicada a su presencia y de todos sus vecinos en el dilatado tiempo de más de Seis Siglos y medio, podrá VSJ mandar reconocer dho su Archivo y si de los documentos que en él existen, según la razón que de ello tenemos, resultase aún alguna duda a VSJ y que considerase precisa mayor instrucción para evacuarla, podrá nombrar sus 23. Véanse los planteamientos de J. A. Pa r d o s ma r t í n e z , “La renta de alcabala vieja, portazgo y barra... del Concejo de Burgos durante el siglo XV (1429-1503)”, M. i. al F o n s o an t ó n y L. ga r c í a va l d e a v e l l a n o (Eds.), Historia de la Hacienda española (épocas antigua y medieval). Homenaje al profesor García de Valdeavellano. Madrid, 1982, 607-680. 24. Desde 1771 se redactaron en la corporación municipal burgalesa Actas independientes de “Gobierno” y de “Abastos”, fenómeno inequívoco del peso específico, de la rotunda importancia y de la complejidad notoria que los asuntos de logística y abastecimiento tenían en el espíritu y el talante municipal borbónico. 25. La carta aparece en ACCB. Actas Capitulares. Registro 122. Cabildo ordinario del 29 de octubre de 1779, folios 269-270. 344 FRANCiSCO J. SANZ DE LA HiGUERA Hid 37 (2010) 337-364 Caballeros Diputados, que enterados juntos con los nuestros de los citados documentos que obran en su Archivo, vean también los antiguos y robustos títulos que paran en el nuestro, que no pueden extraer en observancia de lo mandado en esta razón por SM y Señores de su Consejo”26. Las averiguaciones de los Archivistas del Cabildo sobre el “Portazgo” concluían, y así se lo hacían saber a sus “compadres” capitulares y a la Corporación municipal, que “En la Era de 1162, que corresponde al año de 1124, el Emperador Dn Alonso dottó a estta Stta Iglesia, enttre ottras cosas, con la Décima de los Porttazgos de estta Ziudad por su Privilegio signado, que confirmaron los Reyes Dn Alonso 9, 10, 11 y Dn Fernando 3º, librando iguales privilegios que obran en los Volúmenes 2º pte 1ª, fol. 12, vol. 33, fº 89, 90, 92 y vol. 73, folio 7. A consequencia, y con arreglo a esttos Privilegios, passó el Cavildo a administrar y arrendar la Décima del Carbón y de la Leña que enttraba por las Puerttas de estta Ciudad, según se acredita del Quaderno 1º del año 1267 en que dan principio los Libros de Hacienda, haviéndose anttes sacado copia de los dhos Privilegios de Concesión y confirmazión por Lucas González, essno de Burgos a presencia de otros quattro que llaman ombres buenos, era de 1304, que se halla al vol. 41, fol. 1”27. El informe de los Archivistas no se detenía en la mera descripción del origen de tal concesión regia, sino que efectuaba un sistemático recorrido “histórico” por el devenir de su aplicación y revelaba la existencia de, al menos, tres momentos de tensión entre el Cabildo y el Concejo. En primera instancia, en el siglo Xiii, “No obstante, [ser] un derecho tan claro y reconocido” ocurrió “a poco tiempo la nobedad de que los que cobraban el Portazgo de estta Ziudad, por el año de 1273, no querían entregar a los Arrendatarios del Cabildo el Diezmo y partte que le correspondía del Portazgo”. El Cabildo, alarmado e indignado ante tamaña afrenta, recurrió al Rey don Alonso, quien mandó “librar su Real Sobre-Cédula y Priviligio, mandando al Merino de estta Ziudad que si los Arrendatarios de ella u otro qualquiera que lo huviese de haver no diesen al Cavildo la partte correspondientte, que los prendiese y afincase hastta tanto que lo diesen bien e complidamente, e al Concejo e Alcalde de estta Villa que le diesen ayuda si la huviese menester”. En segundo término, en el Seiscientos, pues “cesando las discordias [se refiere al “affaire” anterior] continuó el Cavildo en sus percepziones sin la menor alterazión ni disturbio hastta el año de 1558 en que se quejó el Arrendatario del Cavildo, que los Arrendadores de la Ciudad no le querían pagar el Diezmo que se deducía de la Carga de Leña, 3 Leños y de Carbón 2 Cornadas, con cuya Nobedad el Cavildo recurrió a la Ciudad y éstta, entterada de lo ocurrido, mandó pagassen al Cavildo lo que por razón de dho Diezmo de Portazgo se le debía”. El tercer episodio ocurrió en 1779 y llenó de sorpresa e irritación al Cabildo catedralicio, dado que, como señalaban los capitulares, “desde estta época [1558] no ha havido la menor 26 . ACCB. AC. Registro 122. Cabildo ordinario del 8 de noviembre de 1779, folios 371-372. 27 . ACCB. AC. Registro 122, Cabildo ordinario del 8 de noviembre de 1779, folios 371-372. 345 ¿Diezmo sobre los combustbles? Cabildo, concejo y hacienda pública… Hid 37 (2010) 337-364 nobedad ni alteración, continuándose esttos arriendos sin interrupción alguna, como resulta de todos los Libros redondos que hai en el Archivo”28. La espinosa correspondencia entre ambas instituciones nos permite descubrir varias circunstancias que es preciso enfatizar con detenimiento. En primera instancia, que el Cabildo se muestre “llenado de Admiración”, es decir, asombrado y molesto, al mismo tiempo y de forma bivalente, al ser sabedor de que el Concejo se ha topado –“se nos asegura haver averiguado”– con que “en las Puerttas y enttradas de estta Ciudad se cobra por nuestros Arrendattarios cierto Derecho de Carbón y Leña que se introduce para el Consumo de ella”29 no deja de ser paradójico. Siempre vigilantes para asegurar la pervivencias de sus sinecuras y privilegios, los eclesiásticos burgaleses barruntaban que semejante “affaire” podría saltar a la luz pública en cualquier momento. Afortunadamente para la iglesia sucedía en muy pocas ocasiones (1273, 1558 y 1779), pero llegado el momento los clérigos estaban obligados a defender a capa y espada la vigencia de sus “yacimientos” de ingresos, por pequeños que éstos fueran. En segundo término, puntualiza, sin ambages, que el Diezmo en el portazgo de los combustibles era una percepción “que hace más de seis siglos y medio que, quieta y pacíficamente, posehemos (...), que tubo su principio en los rebusttos y calificados títulos de que VSJ esttá entterado repettidamente y que en ella hemos conttinuado y conttinuaremos sin intterrumpción alguna con la nottoriedad de echo y de derecho que les es tan pattente, como la repugnancia y conttrariedad que dice en lo legal la averiguazión y descubrimientto delo que publicamentte se ha practicado y practtica desde tpos muy remotos a su presencia y de todos sus vecinos”30. En otras palabras, el Cabildo lanzo un órdago sin escrúpulos al Concejo al recordarle cuál es el origen, real y Real, de dicha detracción y que, en ningún 28. ACCB. AC. Registro 122, Cabildo ordinario del 8 de noviembre de 1779, folios 371-372. 29. ACCB. Libro 106, folio 30. “Carta del Cabildo de la Sta Iglesia Metropolitana al Arzobispo sobre Portazgo de Carbón y Leña que cobra a sus Arrendatarios”. 30. ACCB. Libro 106, folio 30. ibídem. Sobre dichos tributos, véase J. A. Pa r d o s , “La renta de alcabala vieja, portazgo y barra del concejo de Burgos durante el siglo XV (1429-1503)”, en M. i. al F o n s o an t ó n y L. ga r c í a va l d e a v e l l a n o (Eds.), Historia de la Hacienda española (épocas antigua y medieval). Homenaje al profesor García de Valdeavellano. Madrid, 1982, 607-680; C. Go n z Á l e z Mí n g u e z , El portazgo en la Edad Media. Aproximación a su estudio en la Corona de Castilla. Vitoria, 1989, “Aranceles de portazgo en la Corona de Castilla durante la Edad Media. .., Homenaje al profesor Juan Torres Fontes, Vol. i, 1987, 713-722; S. ma d r a z o ma d r a z o , “Portazgos y tráfico en la España de finales del Antiguo Régimen”, en Moneda y Crédito, 160, (1982), 39-84; P. A. Po r r a s ar B o l e d a s , “Los portazgos en León y Castilla durante la Edad Media. Política Real y circuitos comerciales”, en En la España medieval, 15, (1992), 161-211; J. M. Ba r t o l o m é Ba r t o l o m é , “La situación de los portazgos, pontazgos y barcajes de la provincia de León en el siglo XViii según los informes del intendente”, en Estudios Humanísticos, geografía, Historia y Arte, 21, (1999), 141-154; F. A. Ve l a s Ar t e s e r o s , “Montazgo y portazgo en el marquesado de Villena; el acuerdo de Albacete de 1384”, en Congreso de Historia de Albacete, tomo ii, 1983, 93-108; J. A. SÁ n c H e z re y , “Portazgos y otras exacciones por el uso de los caminos en la Edad Media”, en Revista de Obras Públicas, 3337, (1994), 67-79 y A. Gu t i é r r e z Al o n s o , “El comercio interior en Burgos durante la época Moderna”, en F. J. Pe ñ a Pé r e z y R. J. Pa y o He r n Á n z (Coords.), Historia del comercio de Burgos. Burgos, 2005, 169-185. El estudio C. Sa e z , “Aranceles segovianos (siglos XV y XVi)”, en En la España Medieval, 5, (1986), 1019-1032, es muy interesante porque recoge explícitamente el carbón entre sus páginas (1028). 352 FRANCiSCO J. SANZ DE LA HiGUERA Hid 37 (2010) 337-364 mil Setecientos y Quarenta libro de quenta y razón ni después le ha tenido formal ni con asiento de Ventas como debió y resulta de su Zertificación” 45. Este pleito entre Hacienda, Concejo y Cabildo catedralicio a cuenta de los excesos cometidos en la recaudación de los impuestos satisfechos por el ordo clericalis, nos regala con la existencia de la “Contestación a un cuestionario de examen sobre recaudación de impuestos”. Descuellan las respuestas del “Deán y Cavildo de esta Santa Iglesia Metropolitana de esta Ciudad, en representazión de todo el clero de esta Diócesis, en la Causa de inmunidad eclesiástica con el Sr Dn Félix y Dn Bartolomé Sánchez de Balencia, recaudadores que an sido y son de rentas Reales de este Arzobispado (...) [para que] restituian los excesos que se an exigido de los eclesiásticos en las especies sujetas a Millones y otros agravios”46. Los responsables de la gestión del Cabildo estaban muy enfadados porque “Desde este año de 1722 asta este presente y en todas las Especies Sujetas a Millones an Cargado y hecho Contribuir al eclesiástico, así en las Consumidas por maior como por menor, con Sumo Esceso y sin intervención alguna del Juez eclesiástico ni otra persona de el Clero Como también sin permitir a los Contribuientes el Reconocimiento de los testimonios de el Coste principal de las especies por aver retenido y recogido dhos testimonios en el registro y barra sin poder advertir los Clérigos el exceso con que se les a echo Contribuir”47. La indignación de los clérigos y el “aroma”, un tanto contestatario, sibilino, manipulador, tendencioso, arrogante y demagógico, de la anteriormente citada denuncia no debe hacernos olvidar que la iglesia cobraba, sin escrúpulos, los diezmos y primicias a los cultivadores y productores, con una escasa o nula percepción de qué efectos generaba la irremisible pérdida de un 10 % de sus cosechas y esquilmos en los hogares obligados a tal desembolso. Las sordas quejas de los dezmeros tardaron bastante en hacerse explícitas e incluso manifiestamente hostiles. El Estado borbónico recibía improperios y aguerridas descalificaciones pero también estaba en posición de inferir a los eclesiásticos golpes bastante duros en sus inmunidades y prebendas económicas. La administración de hacienda burgalesa, fuera por su deficiente funcionamiento o bien por un calculado intento de socavar las sinecuras fiscales del clero, había efectuado una significativa sobrecarga de impuestos que era sufrida, evaluada y sabida por los eclesiásticos, de forma que “... en todos los géneros Sujetos a Millones Comprados fuera de esta Ciudad, en lugares de este Contorno y encabezados con el mismo Administrador, an Cargado las Alcavalas y Cientos Como si fueran Vendidos en esta Ciudad y obligando a los Clérigos a responder a dhos tributo, reteniéndoles y descamisándolos el género y Causándoles otras Vexaciones y molestias como Sucede en lo que Compran dhos eclesiásticos en el hospital del Rey, Guelgas [sic] y otros lugares encabezados y lo mismo en lo que les Viene de 45. ACCB. Libro 106, folio 119. 46. ACCB. Libro 106, folios 310-312. 47. ACCB. Libro 106, folios 309-310. Se alude explícitamente a los cobros excesivos e indebidos, según el clero, de vino, aceite y vinagre, velas de sebo, carnes y demás especies comestibles. 353 ¿Diezmo sobre los combustbles? Cabildo, concejo y hacienda pública… Hid 37 (2010) 337-364 Regalo y de sus Casas, Cobrando en ello las Sisas y Millones, no obstante averse Satisfecho al mismo administrador y Cobrádolos en el encavezo y axuste o en la administrazión por sus Sualterno y de los testimonios o Certificaziones Con que vienen dhos Xéneros y obligándoles a pagar este tributo dos Vezes”48. Si la contestación a la cuestión 12ª –la citada en el párrafo precedente– fue aguerrida y desabriga, lo declarado en la cuestión 13ª tampoco tiene desperdicio. “Saven –afirman sin paliativos los clérigos– que dhas Contribuziones excesivas, Vexaziones y Molestias, son Conttra la inmunidad eclesiástica y Contra lo que se expressa en el breve de Su Santidad y diformes y Mal Vistas no sólo por hacerse Con ellas igual tributario al eclesiástico que a el Pobre lego sino también por no practicarse Con las Xusticias Seculares, Caballeros Rejidores, Abogados y Secretarios de Aiunttamiento ni Con ningún género de Guardas, Administradores, fieles, Registradores ni otras muchas Personas de Ministerio ni aún con las Comunidades Regulares Sino Sólo Con aquellos y gozando los demás que Van referidos de una absoluta liverttad así en las enttradas sin registro ni Molestias Como en no Contribuir Cosa alguna así de Derechos Reales como de los arbitrios y haciendo solamente tributarios a los Pobres y eclesiásticos”49. No queda del todo claro si lo que le dolía en lo más profundo al clero catedralicio era rascarse el bolsillo por los impuestos a que se encontraban sometidos o ser relegados a una ínfima posición social –cercana a la mendicidad y el desvalimiento de los más paupérrimos– frente a la aristocracia municipal, los burócratas y, sobre todo, frente al clero regular, de conventos y monasterios, por la patente animadversión que ambos sentían unos de otros y viceversa50. EL CARBÓN DEL CLERO ALiMENTA LAS BRASAS DE LA HiSTORiA El clero, como las restantes categorías socio-profesionales de la ciudad, consumía combustibles para aplacar, en la medida de lo posible, la hiriente climatología invernal51, ya fuera en las estancias de sus viviendas particulares o en los lugares 48. ACCB. Libro 106, folios 311-312. Respuesta a la cuestión 12ª. 49. ACCB. Libro 106, folio 312. Respuesta a la cuestión 13ª. 50. La bibliografía sobre este controvertido asunto es muy prolija. Descuellan, a mi entender, los análisis de, por ejemplo, T. Vi l l a c o r t a Ro d r í g u e z , El Cabildo Catedral de León..., León, 1974, 505- 509; P. C. Qu i n t a n a an d r é s , a Dios rogando..., Las Palmas de Gran Canaria, 2003, 213-214, 236-237, 681-691 y J. Ga r c í a -Cu e v a s Ve n t u r a , El Cabildo catedralicio cordobés..., Córdoba, 1996, 187-191. 51. Sobre el clima en Burgos, H. Ca s a d o Al o n s o , Señores, mercaderes y campesinos. La comarca de Burgos a fines de la Edad Media. Madrid, 1987, 30-32; A. C. iB Á ñ e z Pé r e z , Burgos y los burgaleses en el siglo XVI. Burgos, 1990, 69-71; N. go n z Á l e z , Burgos. La ciudad marginal de Castilla. Estudio de geografía urbana. Burgos, 1958, 48; Ma d a m e D’Au l n o y , Relación del viaje de España. Madrid, 2000, 101; A. No u g u e , “La ciudad de Burgos vista por los viajeros franceses en el siglo XiX”, en BIFG, 198, (1982), 133-160 y F. J. Sa n z d e l a Hi g u e r a , “Alojamiento de tropas en Burgos a mediados del siglo XViii. Cuarteles, alquileres y hospitales para el Regimiento de inválidos de Cataluña (1748- 1753)”, en Milicia y sociedad ilustrada en España y América (1750-1800), Actas de las XI Jornadas Nacionales de Historia Militar, tomo i, Sevilla, 2002, 343. 354 FRANCiSCO J. SANZ DE LA HiGUERA Hid 37 (2010) 337-364 en que ejercían sus trabajos ó para alimentar sus cocinas y braseros. Sus demandas eran notorias y exigentes. La Administración borbónica, exhausta y necesitada de múltiples recursos financieros, echaba la red fiscal –léase Hacienda– allí donde había dinero que drenar, fuera de quien fuera. Los eclesiásticos compraban y sobre ellos también recaían los impuestos, dado que ellos debían colaboran igualmente en el provenir del Estado. La profesora Cremades Griñán lo sintetiza con toda rotundidad –análisis con el que estoy completamente de acuerdo– al señalar que “La pugna constante por obtener el pago de los clérigos y eclesiásticos en general se hizo patente en la primera mitad del siglo, de ahí los acuerdos llevados a cabo con la Santa Sede en 1717, 1737 Y 1753”52. Los clérigos, ante tan evidentes pretensiones, se sentían amenazados y humillados. Su inclusión como “grupo sujeto al pago” les enervaba. El Breve dado en Roma por el Papa Clemente Xii el día 13 de enero de 1740 llamaba a que todos los eclesiásticos, tanto regulares como seculares, contribuyeran a las arcas del Estado53. Estas nuevas condiciones eran para muchos absolutamente inaceptables. No es de extrañar, por tanto, la existencia de altercados y renuencias y “que trece años más tarde se insistiese de nuevo en la necesidad de que los clérigos debían de colaborar con los legos en las cargas de la Corona, como precisa a la conservación de todos y a la defensa de la patria y de la religión”54. Empero, el clero catedralicio burgalés persistía en sus percepciones de los diezmos sobre los combustibles entrados por las puertas de la ciudad, cantidades arrancadas a las arcas municipales por decisión Real y, por tanto, de momento, inalterables e intocables. La problemática venía de lejos. “La inclusión del clero –nos advierte Gutiérrez Sánchez– en el servicio de millones, a partir de la concesión de Gregorio XiV a Felipe ii mediante un Breve fechado el 17 de agosto de 1591, no hizo sino aumentar un malestar y un rechazo [visceral] que se había ido acumulando a lo largo de las últimas décadas”55. “Lo que dolía al clero –reflexiona de manera aguda y proverbial la profesora Benito Aguado– no era sólo que la sangría que causaba a su bolsillo contribuir a engrosar las arcas del monarca, sino que no se respetara en ocasiones su estatuto, por la resistencia de las instituciones civiles a crear un sistema contributivo que tuviera un toque de excepción y voluntariedad”56. Dos ejemplos, polarizados en el estamento eclesiástico burgalés de mediados del Setecientos, patentizan el ambiente de crispación existente en lo tocante al pago de impuestos, la sostenibilidad del abastecimiento de combustibles y a 52. Véase C. M. Cr e m a d e s gr i ñ Á n , Alimentación y consumo en la ciudad de Murcia durante el siglo XVIII (1701-1766). Murcia, 1984, 34. 53. M. C. Cr e m a d e s gr i ñ Á n , Alimentación y consumo.... Murcia, 1984, 34. Véase también A. Mo r g a d o Ga r c í a , Iglesia y sociedad en el Cádiz del siglo XVIII. Cádiz, 1989, 27-34 y L. C. Ga r c í a Fi g u e r o l a , La economía del Cabildo salmantino.... Salamanca, 1989, 122-123. 54. M. C. Cr e m a d e s gr i ñ Á n , Alimentación y consumo.... Murcia, 1984, 35. Véase, igualmente, R. Ga r c í a -Vi l l o s l a d a , Historia de la Iglesia en España, Madrid, 1979, tomo iV, 168. 55. R. Gu t i é r r e z sÁ n c H e z , “Franciscanos contra millones: un conflicto fiscal en el siglo XVii”, en Cuadernos de Historia Moderna, 17, (1996), 58. 56. M. T. Be n i t o Ag u a d o , La sociedad vitoriana en el siglo XVIII: el clero.... Bilbao, 2001, 278. 355 ¿Diezmo sobre los combustbles? Cabildo, concejo y hacienda pública… Hid 37 (2010) 337-364 la posible, y quizá frente a la barruntada pérdida de prebendas seculares como la susodicha del diezmo en el portazgo del carbón. Una de ellas nos llega a través de las Actas del Cabildo catedralicio, en concreto en la sesión del 13 de diciembre de 1751, momento en que los capitulares trataron y debatieron con detenimiento el asunto. Con objeto de no provocar las iras de los clérigos, el Corregidor comunicó al Cabildo, a través del deán Calderón de la Barca57, que “se hallaba en orden de surtir de Carbón y Leña desde primero de Henero de Cinquenta y dos así al expresado Cavildo, sus individuos y Dependienttes como a otras Comunidades comprendidas en estta Sta Iglesia”. Los problemas en la logística del carbón y la leña eran flagrantes y, ya fuera por influencia de la pésima climatología o por la negligencia del “obligado” abastecedor, las carencias de combustibles sensibles y alarmantes. Para “remediar su necesidad prontamente (...) y que ttenga efectto estta providencia” se solicitó de cada uno de ellos, de manera individual, “notizia del consumo con expresión de lo que hubiese ser de enzina o robre [sic] y hastta qué ttiempo ttendrá probisión de ello”58. La otra situación, igualmente bastante delicada y espinosa, afecta también al acceso al carbón por parte de los miembros del Cabildo catedralicio, y a su tratamiento fiscal. Afloró en las Actas capitulares en noviembre de 1742. Un canónigo expuso ante el resto de sus compadres que había comprado carbón en Mecerreyes –lamentablemente no se significa qué cantidad ni a qué precios–, operación por la que se vio obligado a pagar al Administrador de Hacienda, en concepto de alcabalas, 4 reales por carro, “los que satisfizo por no dar lugar a que se les hiziese mala obra”. De su narración se infiere que el clero urbano adquiría carbón de por libre en los pueblos obligados – lo cual iba en detrimento del empresario abastecedor del carbón– y que, por supuesto, se “contemplaba perjudizial totalmente y Vulnerativo de la Ynmunidad eclesiástica” que se les cobrara cualquier impuesto por 57. El deán Calderón, en su puesto entre 1739 y 1773, fue un genuino representante de las tendencias más “autonomistas”, oscurantistas, reaccionarias y anti-ilustradas del Cabildo catedralicio burgalés en el Setecientos. Véase F. J. Sa n z d e l a Hi g u e r a , “Cebadas, mulas, caballos, carruajes y habas. La Catedral de Burgos en el Setecientos”, en Hispania Sacra, 116, (2005), 559-588, “Seminario de San Nicolás (Burgos, 1743): una rectoría apetecible, un litigio aborrecible”, en BIFG, 232, (2006), 149-177 y “Aproximación a la “baja laboral” en el siglo XViii. El “Punctto de Quartanario” en la Catedral burgalesa”, en Hispania Sacra, [ ] (en prensa). Véanse las reflexiones de T. Eg i d o ló P e z , “Los antiilustrados españoles”, en Investigaciones Históricas, 8, (1988), 121-141 e “ilustración, antiilustración y percepción del espacio”, en Estudios dieciochistas en homenaje al profesor José Miguel Caso González, 1995, vol. i., 261-264 y M. J. Fe r n Á n d e z co r d e r o , “Los eclesiásticos del siglo XViii ante la mentalidad burguesa”, en L. M. En c i s o Re c i o (Coord.), La burguesía española en la Edad Moderna, Madrid, 1995, tomo i, 343-373. 58. Lamentablemente, al día de hoy, no han aflorado ni en las Actas capitulares ni otra documentación de la Catedral de Burgos los memoriales ni las relaciones con la constatación de las raciones de combustible demandadas y/o asignadas a los componentes del Cabildo, como si sucede con, por ejemplo, el vino u otros bienes de consumo ordinario. Véase ACCB. Actas Capitulares. Libro de Registro 105. Cabildo del 25 de octubre de 1742, folio 1. Véase también ACCB. Actas Capitulares. Libro de Registro 108. Cabildo del 18 de julio de 1763, folio 438 –se significan las cántaras de vino, las arrobas de aceite y los carneros que se entregaban a los componentes del Cabildo–. 356 FRANCiSCO J. SANZ DE LA HiGUERA Hid 37 (2010) 337-364 sus transacciones59. El Cabildo encargó, presa del pánico y embebido de angustia y enfado a partes iguales, a sus Diputados de Hacienda y al Doctoral, don Andrés Cerezo y Nieva60, que se informasen de los perjuicios que se seguían del pago de dichos tributos y exigiesen al Administrador de las Rentas Provinciales que suprimiera cualquier gravamen impuesto sobre el carbón u “otras Cosas que Vienen a regalo para eclesiásticos”61. Algunos días más tarde, el 19 de noviembre de 1742, los susodichos Diputados de Hacienda y el Doctoral informaron que, siendo cierto que “donde se compra el Carbón se devenga y Caussa la Alcabala”, el Administrador “está aquietado en estte punto y [en la práctica] no se cobra este tributo”62. El Maestre Escuela pudo el grito en el cielo. Su intervención fue concluyente y demoledora: “la Inmunidad eclesiástica está Vulnerada pues muchos eclesiásticos Consumen Varias espezies por menor y no se les da refacción de ello, lo que es contravenir el Breve”63. El asunto finalmente parecía solucionado. Al menos, en apariencia. Empero, reaparece, de nuevo, en octubre de 1743. Los Diputados de Hacienda se reunieron otra vez con el Administrador de Rentas Reales para tratar “sobre la novedad echa en punto de Carbón”. Sánchez de Valencia les indicó que era imprescindible acompañar las operaciones de compra con “Zertificación del lugar donde se compra el Carbón y a su continuación poner después para qué Viene”64. La problemática fiscal y logística del carbón retornó al Cabildo con toda su dureza cuando, en noviembre de 1743, otro canónigo, el señor Cotorro, indicó que “no obstante averse aquietado el año pasado el Administrador de no llevar nada por el Carbón que venía con Certificación para Individuos de la Iglesia, este año ha experimentado lo Contrario, llevándole los derechos en la puerta de lo que avía Comprado sin que aya servido su representación a los Guardias para que lo vuelvan”65. En enero de 1747, el deán Calderón de la Barca se entrevistó personalmente, visto el cariz y el derrotero que tomaban los acontecimientos, con el Administrador de Rentas, el señor Castilla y Portugal, “en punto de tributo de regalos y Carbón”. El responsable de la Hacienda pública le aseguró que “en cosa de regalo Jamás se ha llevado nada (...) y que en orden a los quatro Reales del Carbón el llevarlos nace de esttar así escriturado en los encabeczos que se les han hecho a los Pueblos”. Castilla afirmaba que en ese terreno no tenía facultades para modificar la legislación. Urgió al deán, y por ende al Cabildo, a que se pusieran en contacto con don Félix Sánchez de Valencia para tratar este espinosa y candente problemática, 59 . ACCB. Actas Capitulares (AC). Libro de Registro (LR) 104. Cabildo del 9 de noviembre de 1742, folio 776. 60. Sobre Cerezo y Nieva véase A. La r a ra m o s , Iglesia y poder: propiedad y diezmos en la crisis del Antiguo Régimen, Granada, 2001, 291 y F. J. Sa n z d e l a Hi g u e r a , “Seminario de San Nicolás...”, en BIFG, 232, (2006), 153-159. 61. ACCB. AC. LR 104. Cabildo del 19 de noviembre de 1742, folio 785. 62. ACCB. AC. LR 104. Cabildo del 19 de noviembre de 1742, folio 785. 63. ACCB. AC. LR 104. Cabildo del 19 de noviembre de 1742, folio 785. 64. ACCB. AC. LR 105. Cabildo del 25 de octubre de 1743, folio 1. 65. ACCB. AC. LR 104. Cabildo del 11 de noviembre de 1743, folios 990-991. 357 ¿Diezmo sobre los combustbles? Cabildo, concejo y hacienda pública… Hid 37 (2010) 337-364 el de los gravámenes fiscales sobre el estamento eclesiástico, para que él diera las órdenes convenientes “y se proceda en este punto sin alteración”66. A finales de 1752, y después de los episodios de desabastecimiento anteriormente citados, la situación se encontraba en un tenso compás de espera. El Lectoral67 expuso ante el Cabildo que “sin embargo, de el dilatado tpo que havia mediado desde que se entregaron las relaciones a Dn felix de Valencia de las Porciones de Carbón y Leña que debían entregarse a los Señores Capitulares y lo abanzado del tppo e immediazión del Ibierno [sic], se hallaban sin probeherse de lo preziso y los más de los Señores dado sólo prinzipio de ello”68. El frío comenzaba a angustiar a los eclesiásticos capitulares69, “no siendo justo que se experimentte ni ttolere semejantte faltta”70. En diciembre aún persistía el desencuentro. Eran muchas las voces que reclamaban carbón para sus casas, “especulando si para el año que viene quedará la distribución del carbón en la forma que este o si se dejará a cada uno en libertad de proberse”71. Las patologías que les acuciaban, las enfermedades de que estaban aquejados habitualmente, incrementaban su egoísmo y la hipocresía socio-económica con la perversidad personal y el acaparamiento doméstico72. El Concejo no quedó al margen de la controversia. El canónigo Rebellón se entrevistó con el Alcalde Mayor, “quien le manifestó estaba con ánimo de completar las Cantidades ofrecidas en la misma Conformidad que lo ttenía ofrecido Dn felix de Valencia, en el supuesto que venga y que servirá en quantto ttenga arbitrio al Cavildo”73. Los intereses y estrategias del Cabildo catedralicio, del Corregidor e intendente, del Concejo, de la Hacienda pública –Administración General de Rentas Reales– y del “obligado” abastecedor de la ciudad entraban directamente 66. ACCB. AC. LR 105. Cabildo del 9 de enero de 1747, folio 471. 67. Algunas de las vicisitudes de la existencia y el talante de don Manuel Antonio Prieto Bustamante han sido rescatadas en F. J. Sa n z d e l a Hi g u e r a , “Seminario de San Nicolás...”, en BIFG, 232, (2006), 149-177 y “La librería el canónigo lectoral Prieto Bustamante. Libros y mesas de trucos a la greña. Burgos (1749-1766)”, en L. C. Ál v a r e z sa n t a l ó (Coord.), Estudios de Historia Moderna en homenaje al profesor Antonio García-Baquero, Sevilla, 2009, 639-659. Sobre las funciones del lectoral véase T. Vi l l a c o r t a ro d r í g u e z , El Cabildo Catedral de León..., León, 1974, 128-129. 68. ACCB. AC. LR 106. Cabildo del 9 de octubre de 1752, folio 528. 69. Aquejados de múltiples patologías, muchas de las cuales se originaban en la intemperie y las frialdades de la Catedral. Véase F. J. Sa n z d e l a Hi g u e r a , “Aproximación a la “baja laboral” en el siglo XViii....”, en Hispania Sacra, [ ], (en prensa). 70. ACCB. AC. LR 106. Cabildo del 9 de octubre de 1752, folio 528. Urgía a un acuerdo entre el Cabildo y las autoridades de Hacienda para que “sin que medie dilación proveha a todos los Señores Capitulares de las Cantidades de Carbón y Leña” que precisasen. 71. ACCB. AC. LR 106. Cabildo del 11 de diciembre de 1752, folio 549. 72. Así, por ejemplo, el abad de San Quirce, dignidad y canónigo de la Catedral burgalesa, don Ramón de Larrínaga y Arteaga, fue condenado por el Consejo de Castilla a pagar una multa a favor de los canónigos de dicha Colegiata por arrebatarles una parte de la leña del monte de la Abadía de forma ilícita. Las patologías que le aquejaban y mermaban su salud física, su integridad psicológica y su carácter –por lo general afable– le llevaron a cometer algunas tropelías y graves deslices en los últimos años de su existencia. Los graves problemas de salud que le acometieron han sido analizados en F. J. Sa n z d e l a Hi g u e r a , “ Aproximación a la “baja laboral” en el siglo XViii...”, en Hispania Sacra, [ ] (en prensa). 73. ACCB. AC. LR 106. Cabildo del 16 de diciembre de 1752, folio 552. 358 FRANCiSCO J. SANZ DE LA HiGUERA Hid 37 (2010) 337-364 en colisión y nadie estaba dispuesto a ceder en sus exigencias. Los clérigos burgaleses, y más sus príncipes más recalcitrantes, los prebendados de la Catedral, no asumían, en modo alguno, la concepción del impuesto al consumo como una obligación que el Estado moderno obligaba a satisfacer a todos por igual. Persistía en ellos el sentimiento medieval de la tributación como infamia impuesta a los compradores. En su fuero interno y en sus contestatarias maquinaciones, los eclesiásticos denunciaban el cobro de impuestos como una fórmula perversa que pretendía convertir a la iglesia en pechera, lo que, en la práctica, era un ataque brutal contra la teoría social más elemental y un burdo intento de minar sus privilegios desde la base. Los clérigos bramaban por sus fueros cuando tenían la más mínima sospecha, y más si era una realidad comprobada y sufrida, de que el poder civil trataba de limitar o conculcar su inmunidad fiscal o cuando se empequeñecían sus talegos con cualquier merma económica, por pequeña que fuese. Los clérigos defendían con uñas y dientes los derechos de su estamento en materia impositiva, fuera en lo tocante a la refacción de la sisa, el servicio de millones o, como en este caso, la detracción de la alcabala, ocasionando, como se ha podido comprobar, múltiples conflictos con las autoridades municipales y estatales. Ya únicamente faltaba que, además, tratara el Ayuntamiento de impedirles la percepción del diezmo en el portazgo de los combustibles74. EL DEVENiR DEL PORTAZGO DEL CARBÓN EN EL XViii Y SUS iMPLi- CACiONES ECONÓMiCAS Y CLiMÁTiCAS Un seguimiento intensivo, y de tercer nivel, de los citados Libros Redondos de la Catedral nos depara la aparición de las anotaciones que sobre los “Portazgos de la Ziudad” se suceden en la “Quenta de los mrs que valieron los Préstamos de la Iglesia y su Mesa Capitular, arrendador de mayor y por menor, Administrados y otros que por estar ajustados su Valor se tasaron a Quenta...”75 y posibilita la elaboración del GRÁFiCO i, que adjunto se muestra. 74. Los ánimos de concordia entre el Concejo y el Cabildo no atravesaban su mejor momento. A lo largo del tiempo se habían producido algunos conflictos que enconaban sus relaciones institucionales. Véase a este respecto i. Ga r c í a rÁ m i l a , “El Burgos de antaño. Conflicto entre el Corregidor D. Fernando Valdés y Quirós y el Cabildo Catedral en 1745”, en Boletín de la Comisión Provincial de Monumentos Históricos y Artísticos de Burgos (BCPMHAB), 27, (1929), 436-439, “El Burgos de antaño. Conflicto entre el Ayuntamiento y el Cabildo Catedral en 1578 sobre el lugar que habían de ocupar el Corregidor y el Regimiento”, en BCPMHAB, 28, (1929), 464-470 y F. J. Sa n z d e l a Hi g u e r a , “Cebada, mulas, caballos, carruajes y habas...”, en Hispania Sacra, 116, (2005), 580-584. 75. “El portazgo percibido por el Cabildo de Burgos no era el único existente en la geografía castellana. Tenemos otros ejemplos sobresalientes en J. M. Ba r t o l o m é Ba r t o l o m é , “La situación de los portazgos, pontazgos y barcajes...”, en Estudios Humanísticos, Geografía, Historia, Arte, 21, (1991), 146-147 (“En cuanto a los portazgos que están bajo la órbita del clero sobresale la propiedad del Cabildo catedralicio del importante portazgo de la ciudad de León...” - Real Privilegio de 1525 en AHN, Consejos, Legajo 2928 -, que en la época del Catastro de Ensenada producía 861 reales y 23 maravedíes) y en S. Ma d r a z o ma d r a z o , “Portazgos y tráfico en la España de finales 359 ¿Diezmo sobre los combustbles? Cabildo, concejo y hacienda pública… Hid 37 (2010) 337-364 El arrendamiento de las percepciones catedralicias es un asunto suficientemente estudiado y, por tanto, cuenta con un importante acerbo bibliográfico76. No me voy a detener en dicha problemática. Lo que realmente me interesa en este trabajo es analizar el devenir de los ingresos que generaba dicho diezmo de los portazgos del carbón y la leña percibidos por el Cabildo en detrimento de las cuentas municipales. García Figuerola, en su brillante estudio sobre la economía del Cabildo salmantino, señalaba que “Otro concepto de ingresos, poco destacable por su cantidad, pero interesante por su significación, es el derivado del arrendamiento de los derechos sobre el portazgo de la ciudad –referidos a la Puerta del Río, en el puente sobre el Tormes–, pertenecientes al Cabildo. Estos derechos sobre el portazgo se remontan, al parecer, a los primeros tiempos de la repoblación y, al menos en aquella época, el Cabildo era propietario de un tercio de tales derechos, del Antiguo Régimen”, en Moneda y Crédito, 169, (1982), 48-49 (“... el portazgo de Molina de Aragón cuyo Cabildo eclesiástico, todavía en 1833, exigía una elevada tarifa sin sanción Real”) - AHN, Consejos, Legajo 3823, Exp. 21 - o las exacciones del Cabildo de Ciudad Rodrigo). 76. Descuellan, en otras muchas, las aportaciones y análisis de A. Ca n o v a s Bo t í a , Auge y decadencia de una institución eclesial: el Cabildo Catedral de Murcia en el siglo XVIII. Iglesia y sociedad. Murcia, 1994, 559-563; J. J. Br a v o Ca r o , “El arrendamiento de los diezmos en el obispado malagueño en el siglo XVi”, en Baetica, 12, (1989), 177-185; H. Ca s a d o al o n s o , La propiedad eclesiástica en la ciudad de Burgos.... Valladolid, 1979, 54-55; M. D. Mu ñ o z Du e ñ a s , El diezmo en el obispado de Córdoba, Córdoba, 1988, 371-374; J. A. Ál v a r e z vÁ z q u e z , Los diezmos en Zamora (1500- 1840). Zamora, 1987, 117-152; L. C. Ga r c í a Fi g u e r o l a , “La apropiación del excedente como indicador económico en el campo salmantino durante el siglo XViii: Los Villares, Babilafuente y Rollán”, en El pasado histórico en Castilla y León, Edad Moderna, Actas del I Congreso de Historia de Castilla y León, Salamanca, 1984, vol. ii, 546-551 y “El diezmo en Salamanca durante el s. XViii”, en Stvudia Historia, Historia Moderna, 4/3, (1986), 139-145; R. iz q u i e r d o Be n i t o , “Modo de explotación del patrimonio del Cabildo de la Catedral de Toledo durante la segunda mitad del siglo XiV: contratos de arrendamiento”, en Hispania, 145, (1980), 357-393 y M. Co n c e P c i ó n Bu r g o , “La estructura económica del Cabildo de Lugo a finales del siglo XViii”, en Obradoiro de Historia Moderna, 2, (1993), 72-74. 1700 88 1706 117 1716 88 1725 100 1728 138 1731 153 1735 116 1737 90 1740 235 1755 553 1758 400 1761 620 1764 850 1767 650 1770 725 1773 470 1776 500 1779 830 1785 960 1788 900 1791 1050 1794 1150 1797 1300 0 200 400 600 800 1000 1200 1400 1700 1706 1716 1725 1728 1731 1735 1737 1740 1755 1758 1761 1764 1767 1770 1773 1776 1779 1785 1788 1791 1794 1797 88 117 88 100 138 153 116 90 235 553 400 620 850 650 725 470 500 830 960 900 1050 1150 1300 REALES DE VELLÓN GRÁFICO I "PORTAZGO DE LA ZIUDAD" 360 FRANCiSCO J. SANZ DE LA HiGUERA Hid 37 (2010) 337-364 perteneciendo a la Corona los otros dos restantes. Lamentablemente, no tenemos noticias sobre la evolución de este reparto del portazgo –y hay que decir que la documentación, en general, que hemos examinado se refiere en muy pocas ocasiones a este derecho–“77. La Puerta de las Carretas, sobre el río Arlanzón, era el lugar por el que era imperativo inexcusable penetrar en la ciudad de Burgos para quienes traían los combustibles, carbón y leña, desde los pueblos de la “obligación”78. Era allí donde se entretejían los quehaceres intervensionistas municipales del portazgo y la aprehensión eclesial del diezmo sobre los combustibles y allí donde surgían y se materializaban en la práctica las pendencias entre los arrendadores de los diezmos catedralicios y los empleados del Ayuntamiento. Una rápida ojeada al GRÁFiCO i nos depara una primera impresión impactante. Entre 1700 y 1797, el “Portazgo de la Ziudad”, es decir, el diezmo percibido por la Catedral en lo tocante al carbón y la leña, pasó desde los 88 a los 1.300 reales79. ¿Qué razones explican un incremento de esa naturaleza? ¿influye únicamente el devenir del número de habitantes de la ciudad a lo largo del Setecientos o se perciben otros procesos detonantes y causales en el sesgo del citado desembolso? ¿Cuál fue el ritmo o ritmos en la evolución secular de dicho tributo? ¿El GRÁFi- CO i es equiparable y comparable a los que se obtienen en las adquisiciones de carbón para calentar las estancias de la Catedral y de otras instituciones religiosas de la ciudad? ¿Los portazgos cobrados en las barras de la ciudad son similares a los consumos de carbón anotados en la Catedral? Los arrendadores y administradores de la décima del carbón hubieron de incrementar los desembolsos que estaban obligados a abonar a la Mesa Capitular de la Catedral al ritmo de los volúmenes de combustibles llegados a la muralla de Burgos. En esencia, a mi juicio, se pueden apreciar tres etapas bien caracterizadas. En primera instancia, un segmento temporal, 1700-1737, con un promedio de 115 reales – el mínimo, 88 reales, en 1700 y 1716 y el máximo, 153 reales, en 1731, período marcado por leves ondulaciones de la citada renta, dentro de una tónica general de escasez y cierto raquitismo en la entrada de combustibles en la ciudad. Un segundo momento, 1740-1776, en el que el promedio de arrendamientos se eleva hasta los 559 reales –el mínimo en 1740, 235 reales, y el máximo en 1764, con 850 reales–. La evolución del “Portazgo de la Ziudad” constituye, en dicha etapa, a mi modesto entender, un síntoma evidente de los problemas climáticos que arrecian sobre la península, de los incrementos de población habidos en el siglo y de la mejoría en los consumos que caracterizan la etapa central del Setecien- 77. L. C. Ga r c í a Fi g u e r o l a , La economía del Cabildo salmantino..., Salamanca, 1989, 121. 78. Véanse A. Gu t i é r r e z Al o n s o y P. Mé n d e z Sa e z , “La hacienda municipal de Burgos en la Época Moderna. Los bienes de Propios (1500-1750)”, en BIFG, 215, (1997), 327-354; N. Go n z Á l e z , Burgos, la ciudad marginal de Castilla.... Burgos, 1958, 133-134; G. Ca r m o n a Ur Á n , Historia de las viejas rusa burgalesas. Burgos, 1954, 127 y A. C. iB Á ñ e z Pé r e z , Burgos y los burgaleses en el siglo XVI. Burgos, 1990, 50-51. 79. ACCB. Libros de Redondo. 88 reales en el arrendamiento de 1700 y 1716 y 1.300 reales en el arrendamiento de 1797. 361 ¿Diezmo sobre los combustbles? Cabildo, concejo y hacienda pública… Hid 37 (2010) 337-364 tos, marcada, paradójicamente, por las guerras, las crisis económicas y climáticas, las rebeliones populares y las epidemias de tercianas80. El último cuarto del siglo, 1779-1797, con un promedio de 1.031 ½ reales –el mínimo en 1779, 830 reales, y el máximo en 1797, 1.300 reales–, lleva al paroxismo las apreciaciones indicadas en el párrafo anterior, en especial en lo tocante a climatología, crisis económica y novedades en el consumo urbano. El devenir del “Portazgo de la Ziudad” anotado en los Libros de Redondo de la Catedral de Burgos es equiparable con la evolución de la renta de la barra de la Ciudad que el profesor Gutiérrez Alonso ha reconstruido81 y con las compras de carbón de la susodicha Catedral –véase GRÁFiCO ii–. Visto desde una perspectiva amplia, es posible, a mi juicio, elevar al rango de tesis irrefutable la siguiente hipótesis: que la evolución del “Portazgo de la Ziudad”, con el trasfondo del diezmo del carbón y la leña percibido por la Catedral burgalesa, constituye una pieza esencial en la determinación del incremento, a veces pausado, a veces vertiginoso, de las necesidades de consumo de combustibles habidos en la ciudad de Burgos en el siglo XViii –véase CUADRO i–, exigencia que tiene en el aumento de la población, la mejoría en las actividades económicas –véase GRÁFiCO iii–, en el “tirón” del consumo y del lujo para una buena parte de la población de la ciudad y en el empeoramiento de las inclemencias climatológicas –tanto en las precipitaciones como en las temperaturas–, sobre todo a final del siglo82. A mi entender, de los 4 factores considerados, el substancial y, por tanto, el que de una manera más determinante explica la deriva de dicha renta, y de los consumos en la Catedral y otras instituciones religiosas, fue el imperativo climático. A más frialdad atmosférica y más precipitaciones, tanto en calidad como en cantidad, la respuesta de la Ciudad, de sus hogares y de las entidades laicas y religiosas, fue contratar más y más carbón y leña para alimentar sus chimeneas, hornos y braseros – a precios, por otra parte, cada vez más elevados, desviación generalizada en todos y cada uno de los capítulos de gasto imprescindibles, sea en arrendamientos de viviendas, adquisición de comestibles, etcétera –. La tendencia inflacionista de los precios nutre las múltiples exigencias de elevación de los salarios que se suceden en todas las instancias de trabajo de la ciudad, no sólo porque los precios se comían literalmente sus alcances sino, también, porque deseaban vivir mejor y más confortablemente y ello supone más libertad en el comprar y más inversión de dinero en el mercadeo de productos. 80. Véase V. Pé r e z Mo r e d a , Las crisis de mortalidad en la España interior. Siglos XVI-XIX. Madrid, 1980; G. An e s Ál v a r e z , Las crisis agrarias en la España Moderna. Madrid, 1974 y F. J. Sa n z d e l a Hi g u e r a , “Aproximación a la “baja laboral” ...”, en Hispania Sacra, [ ] (en prensa). 81. A. Gu t i é r r e z Al o n s o , “El comercio interior en Burgos durante la época Moderna”, en F. J. Pe ñ a Pé r e z y R. J. Pa y o He r n a n z (Coords.), Historia del comercio en Burgos. Burgos, 2005, 167-185. Son especialmente impactantes, por la calidad de la información y la perspectiva histórica que nos ofrecen, los gráficos aparecidos en las páginas 171 y 173. 82. Cfr. F. J. Sa n z d e l a Hi g u e r a , “De tiendas por Burgos (1750-1794)”, en Investigaciones Históricas, 26, (2006), 163-186.