Teoría lingüística y enseñanza de español a propósito del Nouvelle Methode de Lancelot
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TEORÍA LINGÜÍSTICA Y ENSEÑANZA DE ESPAÑOL A PROPÓSITO DEL NOUVELLE METHODE DE LANCELOT Raquel Benítez Burraco Universidad de Sevilla. 1. PLANTEAMIENTO GENERAL DE LA OBRA El Nouvelle Methode pour apprendre facilement et enpeu de temps la langue espagnole (a partir de ahora, NM) que Claude Lancelot publica bajo el pseudónimo de De Trigny puede ser tratado en el marco de la lingüística de Port-Royal y, más en concreto, en relación con la Grcanmaire genérale et raisonnée (a partir de ahora, GG) publicada el mismo año con Arnauld. Acerca de esta autoría conjunta, es ya lugar común la afirmación de que Lancelot «es el gramático profesional y aporta un notable conocimiento teórico y práctico de la materia» (Laborda, 1981: 288), tras la publicación de su famoso Método de latín (1644), al que siguieron uno de griego (1655), otro de italiano (1660, Ia ed) y este de español (1660, Ia ed) que aquí se estudia. Como afirma el propio Lancelot, «el compromiso en que me vi, más por azar que por elección, de trabajar en las gramáticas de distintas lenguas, me ha llevado frecuentemente a inquirir las razones de varias cosas que son comunes a todas las lenguas o particulares de algunas de ellas» (GG, prefacio, I, 3). «Para él la Grammaire es un lugar de llegada» (Laborda, 1981: 288). Ahora bien, no menos se ha señalado el distinto carácter de los Métodos y la GG, no ya por la colaboración en la autoría de esta, sino, en general, por las intenciones y el método empleado. Como su propio nombre indica, la GG es una gramática general y razonada, en la que «los particularismos y el descriptivismo casuístico son excluidos» (Laborda, 1981: 333) y, como se comenta en el Prefacio, «las lenguas son utilizadas para demostrar sus teorías por la vía de la ejemplificación» (Laborda, 1981: 335-336). Por su parte, el NM está destinado a la enseñanza de español para extranjeros y, según algunos autores, se caracteriza por «la ausencia no sólo de toda sustancia especulativa, sino también de sistematización» (Donzé, 1970: XIX-XX). Acerca de esta falta de sistematización, aclara en el Método italiano: «es la diferencia que hay entre las lenguas muertas y las vivas que siendo el uso de estas más amplio, las reglas tienen que ser mucho más sucintas, ya que el uso mismo aclara lo que todo un cúmulo de reglas no podría explicar más que de una manera enojosísima e imperfecta» (MI: 53-54). Y, en el NM, insiste en que no se trata de una gramática exhaustiva de español, sino que, por el propio carácter didáctico del mismo, se hará hincapié «principalmente en lo que atañe a los idiotismos y modos de hablar»1 (60). Con todo, hay que hacer dos precisiones: la primera es que la GG es una gramática razonada, pero hay que matizar su racionalismo: «La razón, antes de ser un principio de autoridad, lo es de explicación; pues no se trata tanto de proscribir tal o cual empleo que no se ajuste a la idea que se tiene de la regularidad de la lengua, cuanto de explicarlo más bien2» (Donzé, 1970: 22). «Cuando la anomalía no puede ser explicada, Arnauld y Lancelot consignan el uso no conforme» (Donzé, 1970: 30). Es así que la GG no es tan abstracta como en un principio se pudiera suponer. La segunda precisión se refiere al carácter puramente descriptivo de los Métodos, que debe ser matizado. Así, por ejemplo, según Padley, en el Método de latín se presenta la teoría de la doble estructura sintáctica aplicando la hipótesis de Sánchez con mayor claridad que en la GG (1976: 212, cfr. Laborda, 1981: 290). En este trabajo se pretende rastrear la teoría sintáctica que subyace a la descripción lingüística en el NM a fin de demostrar que ambas facetas no son totalmente independientes. 1 Cuando cito el texto del NM no incluyo nombre en la referencia, y sólo la página del facsímil; si, por el contrario, cito (Lancelot, 1990), me refiero al estudio introductorio. La traducción del facsímil es de Antonio Benítez Gallardo (a quien agradezco, entre otras muchas cosas, la ayuda prestada para este trabajo); no conozco otra traducción al español del NM. 2 Compárese con Sánchez: «porque el asunto de que tratamos se ha de justificar primeramente por la razón, después por los testimonios y el uso» (Sánchez: 46) 166 ASELE. Actas XV (2004). RAQUEL BENÍTEZ BURRACO. Teoría lingüística y enseñanza d...
ACTAS DEL XV CONGRESO INTERNACIONAL DE ÁSELE En lo que sí parece haber acuerdo es en que Lancelot no es un teórico de la enseñanza a extranjeros: «No ha sido muy explícito a la hora de exponer su programa para la enseñanza de español a franceses. Esta carencia de explicación metodológica resalta más si lo comparamos con otros gramáticos de la época empeñados en la misma tarea» (Lancelot, 1990: 83). Ahora bien, parece siempre consciente de los destinatarios de su obra, y de ahí la continua comparación con la lengua francesa y con otras lenguas vivas o muertas. Por ejemplo, a propósito del español que, afirma que «sirve también de interrogativo y se usa en cien maneras diferentes igual que el que de los franceses o el che de los italianos» (68); o bien, en el uso del pretérito indefinido, «se sirven a veces de este último más que del otro, cosa que no estaría permitida en nuestra lengua, como yo vi esta mañana al Señor N» (73). Aunque este espíritu comparatista es el que le lleva a plantear la existencia de una gramática general, lo cual se podría presentar como un paralelismo con la GG3, parece más acertado atribuirlo a un espíritu didáctico y considerarlo un recurso metodológico en este sentido. Prueba de ello son afirmaciones como la siguiente: «para la pasiva el modo de formar con el verbo sustantivo ser es la misma que en italiano y en francés (...) Lo que no puede causar ningún problema» (74). 2. LA SINTAXIS Dentro del conjunto del NM, se han seleccionado para este trabajo las veintitrés páginas que componen la Sintaxis. La brevedad del fragmento va acorde con la amplitud con la que se trata el tema en la GG, donde aparece como último capítulo, relativo a los términos constitutivos de la proposición, el régimen y la concordancia, con un poco de orden de palabras, de manera que, según Donzé, «la teoría de las relaciones sintácticas queda, por tanto, restringida a las especies que a ellas atañen, y se encuentra como absorbida por el estudio de las formas y las propiedades» (1970: 131). En este sentido, se ha llegado a afirmar que dentro del NM «son más bien como especie de pinceladas que van a completar lo expuesto en la parte dedicada a la morfología» (Lancelot, 1990: 71). Esta afirmación se puede comprobar mediante el análisis del esquema general del fragmento, con cinco capítulos enumerados: I. Nombres y artículos. II. Pronombres. III. La forma de saludar. IV. Verbos. V. Partículas indeclinables. Ahora bien, lo cierto es que dentro de estos apartados se limita a aquellas características que tienen que ver con la unión de las palabras en el discurso, y, en este sentido, tal vez sea cierto que «se va a centrar más en lo que él denomina «propiedades del discurso» que en lo que, verdaderamente, se entendía en estos siglos como sintaxis» (Lancelot, 1990: 67). Esto se deduce de los parágrafos que componen cada capítulo, centrados en las relaciones de los tipos de palabra enumerados al formar oraciones y/o sintagmas. Claro está, que en muchos casos los fenómenos que se tratan son no ya sólo morfológicos sino morfofonológicos, y sólo se considerarían sintácticos mediante una definición muy amplia de sintaxis. Así, por ejemplo, en el uso de pronombres átonos se dice que aparecen «formando una sola palabra, como oyrémosla (...) Cuando esas mismas palabras se unen al infinitivo la r se cambia por 1, quiero dezille por decir-le» (65). A pesar de todo lo expuesto, se pueden encontrar indicaciones sobre concordancia y régimen. Es más,[En los verbos] se inicia con una serie de observaciones que se podrían encuadrar dentro de la llamada sintaxis de régimen (...) Viene a contrastar con lo expuesto en la Gramática general y razonada en la que la sintaxis de régimen se explícita a continuación del estudio de las categorías del nombre, como si fuera algo propio de las distintas partes de la oración» (Lancelot, 1990: 71). De cualquier modo, parece más interesante destacar cómo aparecen aspectos sintácticos que ni siquiera en las gramáticas de la época se consideraban como tales. Así, en el siguiente apartado se verá cómo hay una noción casi intuitiva de la transposición, en relación con las categorías de las palabras, así como una noción de la independencia entre semántica y sintaxis que lleva a afirmaciones como la siguiente reflexión final: «la diferente aplicación de las palabras no siempre cambia su naturaleza aunque se amplíe el significado. Es esto lo que hace que las lenguas con menos palabras no sean siempre las menos bellas» (82). 3 «La confrontación de unas [lenguas] y de otras, siempre muy sucinta, a la verdad, conduce entonces a establecer paralelos, lo que recuerda, aunque muy de lejos, el procedimiento de la Gramática general y razonada» (Donzé, 1970: XX). 4 En el original aparece, supuestamente por errata, «proposiciones» en el titulo del apartado. 167 ASELE. Actas XV (2004). RAQUEL BENÍTEZ BURRACO. Teoría lingüística y enseñanza d...
LAS GRAMÁTICAS Y LOS DICCIONARIOS EN LA ENSEÑANZA DEL ESPAÑOL COMO SEGUNDA LENGUA: DESEO Y REALIDAD 3. ASPECTOS DE TEORÍA GRAMATICAL EN EL MARCO DE PORT ROYAL Como se ha indicado, en este trabajo se rastrean manifestaciones de lingüística teórica dentro del NM, que es un manual de enseñanza de español para extranjeros. Obviamente, la teoría lingüística subyace a cualquier descripción, y en este sentido el NM no podía ser menos. A pesar de sus propósitos y aunque sea en pequeña medida, se deducen de sus páginas ideas que se van a presentar en la GG, de carácter marcadamente teórico. Pero, además, hay que destacar en el fragmento analizado dos digresiones que, bajo los títulos de «Advertencia» y «Aviso», recogen, respectivamente, especulaciones acerca del modo (capítulo IV, apartado V) y de las preposiciones4 (capítulo V, apartado III), que no se justifican en un manual didáctico. 3.1 CATEGORÍAS GRAMATICALES Ya se ha dicho que la mayor parte de los contenidos teóricos se encuentran implícitos en la descripción del NM. Así, por ejemplo, cuando a propósito de la construcción equivalente a un autre se habla de «el artículo un que nosotros unimos a autre...»(61), se está asumiendo la existencia del artículo indeterminado, tal como se plantea en la GG, pero no de acuerdo con todas las gramáticas de la época. Como se ha mencionado, parece más interesante la noción de transposición que se deja ver en el tratamiento de determinantes y pronombres. En principio, parece que «se ha dejado llevar del confusionismo reinante en esta época a la hora de distinguir entre artículos y pronombres» (Lancelot, 1990: 68), como en la afirmación de que «el artículo el, por metástasis, da le, que se pone a menudo al final de los verbos, donde actúa como relativo al igual que en francés, como llamadle» (69). Sin embargo, se debería ahondar en la caracterización que Lancelot hace de lo relativo, pues no parece referirse sólo a lo que se entiende generalmente por pronombre relativo, sino a cualquier valor de tipo anafórico (que se puede entender como relativo en cuanto que su referente depende de otro elemento oracional): «Yo también lo estoy. Y otras expresiones semejantes en las que se ve que el artículo se transforma en relativo del mismo modo que ocurre en francés» (69). Así, parece que no se trata tanto de una confusión sino de la posibilidad de funcionamiento doble por parte del artículo (recordemos que Bello planteará la hipótesis de que se trata de la misma clase de palabra). Esta posibilidad de un doble valor dependiente del contexto se da también cuando le sigue una proposición de relativo: «el articulo seguido de la palabra que se transforma en demostrativo, como El que, La que, Lo que. Se transforma también muy a menudo en relativo, y de todas las personas, como después de los pronombres personales: nosotros los católicos» (68). Cuando se afirma que «se transforma en demostrativo», lo que nos interesa es que se transforma en pronombre, aunque hay que reconocer que Lancelot parece que se guía por criterios semánticos más que sintácticos. Por otro lado, suponer que este artículo funciona como pronombre, en una sintaxis sistemática, equivale a entender que también lo es cuando le sigue un adjetivo. Y, sin embargo, lo que se defiende en el NM es que los adjetivos (en el ejemplo que sigue, determinativos) toman el artículo cuando funcionan como nombres. Es decir, el artículo es un elemento transpositor, aunque, obviamente, no se utiliza esta terminología: «los posesivos mío, tuyo, suyo, nuestro, vuestro y también mismo, cuando se dicen de modo absoluto y sin sustantivo toman el artículo, igual que en francés, lo mío, lo suyo» (65). La misma idea se recoge a propósito del infinitivo: «el infinitivo, llegando a perder la afirmación que es propia del verbo, tiene a menudo la fuerza del nombre en español como en todas las lenguas. De donde viene que a menudo tome un artículo delante de sí» (77). Participios y gerundios, con una pequeña confusión terminológica, se adscriben a clases nominales y no verbales (cfr. 78 y Laborda, 1981: 322). El otro aspecto relativo a las categorías gramaticales en que es preciso reparar es la caracterización de la preposición, que Donzé presenta como una innovación de los dos últimos Métodos y que se repetirá en la GG, «en relación a la sintaxis de régimen» (Donzé, 1970: 84). «Se buscaría en vano, en los Métodos para el latín y el griego, una teoría coherente de la preposición (...) Lejos de descartar la consideración del caso vinculado a la preposición, los Métodos para ! Nótese que, dentro del segundo tipo, se ha hecho una división para dar cabida a las locuciones prepositivas, que, la mayor parte de las veces, son adverbios unidos a preposición (vid infra). 168 ASELE. Actas XV (2004). RAQUEL BENÍTEZ BURRACO. Teoría lingüística y enseñanza d...
ACTAS DEL XV CONGRESO INTERNACIONAL DE ÁSELE el latín y el español recurren por el contrario a él para proponer una nueva clasificación» (Donzé, 1970: 82). En el NM se presentan dos tipos de preposiciones: unas que marcan caso y otras que marcan relaciones espaciales, temporales, etc. Además de las partículas ordinarias de los casos de las que hemos hablado antes, a saber, depara el genitivo y ablativo y apara el dativo, consideramos aquí dos clases de preposiciones. Unas, que van unidas inmediatamente al nombre, se considera que gobiernan el acusativo, por similitud con la lengua latina (...) Las otras no se unen al nombre más que por medio de partículas de caso; se considera que gobiernan el caso que corresponde a dicha partícula. Pero aunque la partícula de sirve para el genitivo y el ablativo las relacionaremos todas sin embargo con el ablativo latino, como ha hecho Miranda. Son las siguientes: acerca... 5 (80-81). Para Laborda (1981: 324), se puede hablar de valor sintáctico y valor semántico en esos grupos, que consisten, respectivamente, en «relaciones que resultan variables, en función de la clase de términos que conecta», y «en expresar de manera constante una relación». Y Donzé, por su parte, afirma que «fue una originalidad de Port-Royal el haber concebido la preposición como una relación independiente del sentido de los dos términos entre los cuales la establece el espíritu» (1970: 86). De todos modos, en esta parte, sintáctica, esta diferencia está más implícita que explícita. Interesa ahora destacar cómo en el «Aviso» se hace una digresión teórica en relación con la definición de las partes de la oración, ya que el criterio seguido es, en principio, el de la incompatibilidad sintáctica (una preposición no puede regir a otra preposición): Los gramáticos hacen pasar por preposiciones muchas palabras que no lo son, como desta parte, deste cabo, que son propiamente tres palabras de estaparte, concordando este con su sustantivo (...) Porque, como yo he dicho en la Gramática Italiana, lo que tiene delante de sí una preposición que le gobierne, no me parece propiamente preposición; si no es que se le quiere tomar por una sola palabra compuesta, como he dicho antes, acerca, recerca, detrás y algunas otras, porque su significado parece indicar que son preposiciones. Pero cuando las palabras conservan aún toda la naturaleza del nombre es en vano que se las incluya entre las preposiciones (...) Así, salvo, excepto, junto son verdaderos adjetivos que concuerdan siempre con un sustantivo, expresado o sobreentendido, como su mujer estaba junto a él (81-82). Precisiones con respecto a esta cita: en primer lugar, la citada recurrencia al gobierno para dilucidar si un elemento debe ser considerado o no preposición; en segundo lugar, la justificación de la existencia de las preposiciones del tipo acerca (vid. suprá) por proceso de lexicalización. Lo más interesante de esta afirmación no es esto, sin embargo, sino el hecho de que se acepten, en este segundo grupo, locuciones prepositivas (como acerca dé), que supondrían esa conjunción ilegítima de preposición+preposición. Aunque en realidad el primer término de estos grupos se puede considerar adverbio, no parece que se trate de «la tendencia típica de finales del siglo XVII de considerar preposiciones y adverbios como formando básicamente una y la misma clase-depalabra» (Padley: 207), que, dicho sea de paso, no se mantuvo en la lingüística de Port-Royal; antes bien, parece como si las preposiciones partículas de caso, al ser distinto tipo de palabra que las preposiciones del segundo grupo, pudieran ser compatibles con ellas. Y la base de este criterio de distinción es sintáctica, pues la marca de caso es más funcional que semántica. Finalmente, se observa la recurrencia a la estructura subyacente para explicar por qué salvo, excepto o junto no serían verdaderas preposiciones (además de recurrir a la idea de concordancia). Toda esta digresión, de carácter teórico, no tiene por qué figurar en un manual de uso, donde el hablante no pretende en principio analizar la naturaleza de los elementos que utiliza en la comunicación. 6 «Las concepciones de los dos últimos Métodos vuelven a encontrarse (pero fundadas expresamente en el análisis del pensamiento) en la Gramática general y razonada» (Donzé, 1970:117). 169 ASELE. Actas XV (2004). RAQUEL BENÍTEZ BURRACO. Teoría lingüística y enseñanza d...
LAS GRAMÁTICAS Y LOS DICCIONARIOS EN LA ENSEÑANZA DEL ESPAÑOL COMO SEGUNDA LENGUA: DESEO Y REALIDAD 3.2 RECCIÓN En relación con lo que se acaba de exponer está el concepto de rección. En la GG, como se ha indicado, este concepto está tratado en relación con el verbo, y no, como en otras gramáticas de la época, en relación con las terminaciones del nombre. Esto implica que el verbo es el organizador funcional de la oración y también que las relaciones sintácticas se pueden marcar no sólo morfológica sino también sintácticamente: Estos verbos reclaman detrás de sí un nombre que sea el sujeto o el objeto de la acción que significan. Es lo que ha hecho que se dé a estos nombres, en los idiomas que tienen casos, una nueva terminación, denominada acusativo. Amo Deum, Caesar vicit Pompeium. Nosotros no tenemos nada en nuestro idioma que distinga este caso del nominativo, pero como ponemos casi siempre las palabras en su orden natural, se reconoce el nominativo del acusativo en que, de ordinario, el nominativo va delante del verbo y el acusativo detrás (...) Inventar pequeñas palabras a fin deponerlas delante de los nombres, a causa de lo cual se las llama preposiciones (...) en los idiomas que tienen casos no se unen esas preposiciones a la primera forma del nombre, que es el nominativo, sino a alguno de los otros casos (G, II, C. VI, 27). Para Donzé (1970: 174) hacer equivaler el orden de palabras a la flexión era novedoso para la época. La equivalencia entre preposiciones y casos, en cambio, se encuentra en muchas gramáticas coetáneas. Precisamente en el NM la teoría de los casos es contradictoria. Así, en el estudio de los pronombres, parece que Dativo y Acusativo se refieren a funciones, pues ambos pueden ser presentados por la misma forma: «Mi, ti, si se ponen detrás de las preposiciones (...) Me, te, se se unen inmediatamente a los verbos y tienen función o de dativo o de acusativo» (63). Sin embargo, en las páginas dedicadas al verbo, se afirma que los verbos activos en español rigen o el Acusativo o el Dativo, sobre lo que se puede establecer la siguiente regla: si el nombre es de una cosa animada o racional, ordinariamente se pone en dativo, como Amar a Dios, Fue a ver a su padre. Pero cuando son cosas inanimadas deben ponerse en acusativo, como Fuimos a ver el palacio, Busca el entretenimiento, Halló una piedra. (70-71). Entonces, se identifica Acusativo con nombre sin preposición y Dativo con nombre precedido de a, con lo que se identifican los casos con las formas. Así pues, no se observa una teoría coherente, ni sintáctica ni morfológica, de los casos. Desde el punto de vista didáctico, sería de agradecer una homogeneidad en el planteamiento, separando forma y función. Por otro lado, se hace referencia a la rección en diferentes apartados de la sintaxis, entendiéndola de modo amplio como determinación de rasgos o exigencia de la presencia de un elemento por parte de otro. No se discute ese concepto desde el punto de vista teórico, aunque es útil en la enseñanza de segundas lenguas en forma de «reglas». Sirvan como ejemplo las siguientes afirmaciones: «más (derivado de magis) exige un qué después de sí (...) o bien el genitivo» (62); «tengo rige siempre el participio con el mismo género y número que el sustantivo que le sigue» (71); «a menudo es bastante indiferente servirse de los tiempos indicativos o de los subjuntivos, sea porque el sentido es a menudo el mismo, sea porque viene bastante determinado por alguna partícula, por el verbo siguiente, y por el sentido del discurso; con todo es necesario seguir los usos habituales» (76). En este último caso, la rección elimina la libre elección basada en el sentido. 3.3 MODOS Y TIEMPOS VERBALES Además de la dedicada a las preposiciones, hay otra digresión de tipo teórico en el apartado titulado Tiempos subjuntivos: Llamamos SUBJUNTIVOS a los tiempos que no afirman simple y directamente la cosa, como hacen los INDICATIVOS, sino con modificación y dependencia, o sea, marcan alguna condición, alguna posi170 ASELE. Actas XV (2004). RAQUEL BENÍTEZ BURRACO. Teoría lingüística y enseñanza d...
ACTAS DEL XV CONGRESO INTERNACIONAL DE ÁSELE bilidad, algún deseo o cosa semejante. Es por esto que, aparte de los tiempos primeros que son los indicativos, nombramos a todos los otros subjuntivos. Así, es una cosa muy inútil entre los gramáticos el hacer aquí un modo Optativo y discutir si este modo optativo tiene futuro o no, como cuando se dice Oxaláyo ame, Dios quiera que yo ame, puesto que aunque ame no sea más que presente de subjuntivo, es algo general en todas las lenguas, como yo he hecho constar en mi Método de Latín, que todos los subjuntivos tienen algo de futuro (75-76). Afirma Donzé que «hay que reconocer que la consideración del sentido se sobrepone a la de la forma en la teoría de los modos de Port-Royal» (1970: 119), y, en este sentido, el subjuntivo supone una idea añadida con respecto al indicativo: condición, posibilidad, deseo... Esta idea se sigue plasmando en la GG6. Sin embargo, parece que en el rechazo a la existencia del optativo, Lancelot está basándose en las terminaciones flexivas, oponiéndose así a un criterio exclusivamente mentalista, como «la definición de Prisciano, que concibe el modo como la expresión de una inclinación mental, [lo cual] explica por qué les latinos conservan el optativo, aunque no tenga inflexión particular en su lengua» (Donzé, 1970: 112). Por otro lado, la noción de dependencia gramatical es sintáctica, por lo que ambas se combinan (como sabemos, la dependencia no es criterio suficiente, ya que el indicativo también puede ser dependiente, como en Me dijo que venía). De cualquier modo, esta disquisición teórica, que refleja la teoría de los modos de Port-Royal, es una muestra evidente de cómo la lingüística teórica aflora en el NM. La existencia de tiempos compuestos en el sentido (que, para Donzé, «era, en su tiempo, un notable progreso» (1970:126)) aparece ya en el Método de latín y se mantiene en la GG: «El segundo tiempo compuesto es aquel que indica doblemente el pasado, y que a causa de ello se denomina pluscuamperfecto (...) El tercer tiempo compuesto es aquel que indica el fixturo con relación al pasado, a saber, el futuro perfecto» (II, c XV, 56-57). En el NM, como lo que se ha estudiado es la parte sintáctica, en principio no se tendría por qué mostrar una teoría del tiempo verbal. Pero sí aparece a la hora de explicar los tiempos compuestos, dentro de la parte dedicada a verbos auxiliares, ya que estos sí se consideran como combinación de palabras y por tanto entran en el análisis del discurso. Los ocho tiempos compuestos, llamados «tiempos con perífrasis»7, son los siguientes: Dos pretéritos perfectos, formados de estos dos presentes [he, haya]. Tres pluscuamperfectos, dos de los cuales se forman de sus dos últimos imperfectos [uviera, uviessejy uno de su pretérito [uve]. El futuro perfecto (es decir, que tiene pasado y futuro) que se forma con el segundo futuro simple de este verbo auxiliar (73). En este caso, está implícita la organización de los tiempos verbales como (usando una terminología más actual) absolutos y relativos. 4. CONCLUSIONES: CONSECUENCIA DEL ANÁLISIS En el análisis del NM se evidencia la imposibilidad por parte de su autor de desvincular la descripción de la teoría, y, además, se observa que en su mayor parte se reflejan las ideas que se plasmarán en la GG. ¿Quiere esto decir que el NM es una obra de lingüística teórica? Evidentemente no, salvo en las dos digresiones mencionadas en detalle en las páginas que preceden. Tanto la comparación como la terminología sintáctica son elementos de apoyo a la descripción del uso, no pasos previos para la especulación. Los métodos modernos de enseñanza de lenguas prescinden en la mayor medida posible de conceptos teóricos que puedan oscurecer el propósito didáctico8. Este defecto se le puede achacar al NM, en algunas de las cuestiones que se han señalado, o en el exceso de terminología gramatical, o en la asistematicidad en la descripción de usos... Aquí se ha tratado de extraer las ideas lingüísticas que subyacen en esta obra, y por tanto no se ha analizado tanto como método de español para extranjeros, como en su faceta de documento de la historia de las ideas lingüísticas. 1 Esto no impide que se incluya la existencia de otras perífrasis verbales: «emplean a menudo el verbo sustantivo estar, con el participio del yerbo que quieren expresar, en lugar de todas las formas de los tiempos, como los griegos (...) Hacen también la misma perífrasis mediante el verbo ir o andar» (79). 8 A pesar de ello, no parece de un atrevimiento excesivo lanzar la hipótesis de que un libro de texto sustentado por una base teórica coherente (aunque esté oculta) acaba siendo más útil para su propósito que uno que prescinda totalmente del aparato teórico. 171 ASELE. Actas XV (2004). RAQUEL BENÍTEZ BURRACO. Teoría lingüística y enseñanza d...
LAS GRAMÁTICAS Y LOS DICCIONARIOS EN LA ENSEÑANZA DEL ESPAÑOL COMO SEGUNDA LENGUA: DESEO Y REALIDAD BIBLIOGRAFÍA Arnauld, A. y Lancelot, C. (1966): Grammaire genérale et raisonnée ou La Grammaire de PortRoyal, Stuttgart, Friedrich Frommann Verlag. ed. crítica y reprod. facs. de la ed. de París, P. Le Petit, 1660. ed. facsimilar y estudio de Herbert E. Brekle. Donzé, R. (1970): La Gramática General y Razonada de Port-Royal. Contribución a la historia de las ideas gramaticales en Francia, Buenos Aires, Eudeba. Laborda, X. (1978): La Gramática de Port-Royal. Fuentes, contenido e interpretación, Barcelona, Universidad de Barcelona. (1981): Racionalismo v empirismo en la lingüística del siglo XVII: Port-Royal y John Wilkins. Barcelona. Universidad de Barcelona. Lancelot, C. (1990): Nouvelle methodepour apprendrefacilement et enpeu de temps la langue espagnoles, Murcia, Secretariado de publicaciones de la Universidad de Murcia. Reprod. facs. de la ed. de París, P. Le Petit, 1660. ed. facsimilar y estudio de Eulalia Hernández y M* Isabel López Martínez. Padley, G. A. (1976): Gramatical Theory in Western Europe, 1500-1700. The Latin Tradition, Cambridge, Cambridge University Press. Sánchez, F. (1976): Minerva o de la propiedad de la lengua latina, Madrid, Cátedra. 172 ASELE. Actas XV (2004). RAQUEL BENÍTEZ BURRACO. Teoría lingüística y enseñanza d...