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La representación y la negociación colectiva del personal docente e investigador contratado en las universidades públicas

Ojeda Avilés, Antonio

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LA REPRESENTACIÓN Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR CONTRATADO EN LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS An onio Ojeda A ilés Ca ed á ico de De echo del T abajo Uni e sidad de Se illa SUMARIO: 1. Ca ac e ís icas con ac uales del pe sonal docen e e in es igado con a ado. 2. La ep esen ación labo al de PDI. 3. La negociación colec i a. 3.1. El epa o de compe encias en la LOU. 3.2. Legi imación pa a negocia . 3.3. La posibilidad de ins umen os colec i os mix os pa a abajado es y unciona ios. 3.4. Los con e- nios anja. 4. Re lexiones sob e la es uc u a negocia] del P.D.I. labo al. 4.1. La negociación a ni el de Uni e sidad. 4.2. La negociación colec i a de g upo de Uni e sidades. 4.3. Negociación a ni el del Es ado. 1. CARACTERÍSTICAS CONTRACTUALES DEL PERSONAL DO- CENTE E INVESTIGADOR CONTRATADO Aunque no es es e el luga ap opiado pa a analiza las ca ac e ís icas de la elación labo al del Pe sonal Docen e e In es igado (en adelan e, PDI) en la Ley O gánica de Uni e sidades 6/2001 (en adelan e, LOU), selecciona é algunos asgos con ac uales que an a condiciona su ep esen ación y negociación co- lec i as, obje o de es e comen a io. Como se sabe, el Tí ulo IX LOU con empla has a sie e modalidades con ac uales del PDI desde el ángulo especí icamen e uni e si a io, y una desde el en oque labo al. Así, los a s. 49 y siguien es de inen a los p o eso es ayudan- es, los ayudan es doc o es, los colabo ado es, los con a ados doc o es, los aso- ciados y los emé i os y isi an es, mien as que el a . 48.3 au o iza a las Uni e - sidades Públicas a «con a a pa a ob a o se icio de e minado» a cualquie ipo de pe sonal pa a el desa ollo de p oyec os conc e os de in es igación cien í ica o écnica. T 52  JORNADAS TÉCNICAS An e odo des aca la empo alidad con que se les con empla en esos a ículos, pues de las ocho ca ego ías aludidas, seis lle an el ma chamo del iem- po de e minado, y solo las de p o eso es colabo ado es y de con a ados doc o es omi en oda e e encia al é mino, lo cual no signi ica au omá icamen e que, po oposición a las demás modalidades, las Uni e sidades hab án de con a a los como ijos, sino que dispond án de au onomía pa a con a a los po iempo inde inido o empo almen e. No solo la p eca iedad se halla omnip esen e en la mayo ía de las de ini- ciones. En a ias de ellas, incluso, ya queda es ablecido desde la LOU el ca ác e imp o ogable del plazo ma cado, como sucede pa a los p o eso es ayudan es y ayudan es doc o es, cuya pe manencia en la Uni e sidad -al menos den o de esas ca ego ías- queda ijada en «cua o años imp o ogables». De lo cual no podemos in e i sic e simplici e que la LOU obligue a pasa al p o eso sin solución de con inuidad a la condición de ijo de plan illa, como sucede no mal- men e en De echo del T abajo pa a casos así; los an eceden es de es as igu as en la Ley an e io pe mi en supone jus amen e lo con a io, que no exis i á ni p ó- oga ni menos aún con e sión del con a o en po iempo inde inido, y aunque el Es a u o de los T abajado es haya de aplica se al égimen ju ídico de dicho p o e- so ado, es á po e si sus p incipios de es abilidad, po cie o algo des aídos en los úl imos años, p e alezcan en e a la LOU y sus ca egó icas exp esiones de «años imp o ogables»B . Asimismo cabe sub aya la doble p eca iedad de o as ca ego ías labo- ales del p o eso ado, pa a las cuales se exige an o empo alidad como iempo pa cial (los p o eso es asociados), a di e encia de aquellas o as donde el ma co obliga o io es jus amen e el con a io, de iempo comple o (ayudan es y ayudan- es doc o es). La huída de los asgos no males en bene icio de las modalidades a ípicas, que ma ca una honda dis ancia en e a la si uación de los cue pos docen es uni e si- a ios, iene impo ancia en o den al o o de los PDI labo ales y a su cómpu o en la con igu ación de las ep esen aciones uni a ias, así como en la o mación de un g upo 23 Así lo en iende el An ep oyec o de Ley Andaluza de Uni e sidades, cuyo a . 39 p oclama pa a los ayudan es y ayudan es doc o es que la du ación de su con a o y de sus e en uales p ó ogas "no pod á se nunca supe io a cua o años - . ORDENACIÓN Y GESTIÓN DEL P.D.J. CONTRATADO: PROBLEMAS Y SOLUCIONES  53 de in e eses di e enciado a la ho a de la negociación colec i a, capaz de o ganiza sindicalmen e a esos colec i os al ma gen de las o ganizaciones clásicas e incluso de supe a las en ue za de a as e, como emos ya en la expe iencia ecien e. Como segunda peculia idad de los egímenes de PDI con a ado cabe esal a cie a descen alización no ma i a en cuan o a las condiciones de abajo. La LOU ac úa como una no ma ma co al ija unas eglas básicas den o de las cuales delega en dos escalones in e io es los aspec os de de alle. Dichos escalo- nes son, en p ime luga , las Comunidades Au ónomas, a las cuales compe e de- e mina el égimen del PDI con a ado, y en especial el e ibu i o (a s. 48 y 55 LOU) 24 , y las p opias Uni e sidades, que den o de su au onomía económica y inancie a lle a án a cabo la aplicación de las no mas es a ales y au onómicas (a . 79), po ejemplo la con a ación del PDI o la asignación indi idual de los complemen os es ablecidos po el Es ado o las Comunidades Au ónomas (a . 55.2 LOU). Aunque oda la ma e ia se encuen a inme sa en una amplia ambigüe- dad, al pa ece como si a la au onomía uni e si a ia solo co espondie a una un- ción ejecu i a, y no no ma i a, del égimen del PDI, po debajo de la disponible espec o al pe sonal docen e unciona io y al pe sonal de Adminis ación y Se i- cios. Ello plan ea la cues ión de si la al a de capacidad no ma i a de las Uni e - sidades les impide negocia colec i amen e con su pe sonal, haciendo así que los Con enios sólo puedan es ablece se a ni el de Comunidad Au ónoma o de Es a- do. Tales son las p emisas cuyas epe cusiones en ma e ia de ep esen ación de pe sonal y de negociación colec i a he esbozado b e emen e. En los epíg a es que siguen a a é de o ece la p oblemá ica comple a y las soluciones posibles en es as dos ma e ias obje o de análisis. 2. LA REPRESENTACIÓN LABORAL DE PDI La ca ac e ís ica más no o ia de la ep esen ación del PID con a ado adica en la plu alidad de ó ganos dedicados a la a ea, unas eces de mane a "Así, el Dec e o de la Comunidad Valenciana 174/2002 sob e égimen y e ibuciones del PDI con a ado labo al de las Uni e sidades Públicas alencianas y sob e e ibuciones adicionales del p o- eso ado uni e si a io (DOCV de 22 de oc ub e de 2002). 54 JORNADAS TÉCNICAS ORDENACIÓN Y GESTIÓN DEL P.D.J. CONTRATADO: PROBLEMAS Y SOLUCIONES  55 supe pues a, y o as con un epa o de ámbi os no en e amen e sa is ac o io. Como pun o de pa ida ha de eseña se el «doble canal de ep esen ación» exis en e en odo cen o de abajo, público o p i ado, cons i uido po las ep esen aciones uni a ias y las sindicales. Y aunque las uni a ias (comi és de emp esa y/o delegados de pe sonal) no se supe ponen en e sí, aunque una misma emp esa pueda albe ga a ios co- mi és y delegaciones de pe sonal en unción del núme o y amaño de sus cen os de abajo, las ep esen aciones sindicales se supe ponen a ellas y en e sí, pues caben en p incipio an as cuan os sindica os ope an en la emp esa, y a su ez un sindica o con amplio núme o de a iliados puede es ima opo uno c ea a ias secciones sindicales. Una si uación algo caó ica que el legislado ag a a al con e- i acul ades de negociación colec i a a las ep esen aciones uni a ias, que se e igen de al o ma en di ec as compe ido as de las secciones sindicales, a pesa de que su unción inicial consis e me amen e en pa icipa en la ges ión. A la dualidad de canales ha de añadi se en los en es públicos como son las Uni e sidades una es uc u a de ep esen aciones uni a ias asimismo plu al: la Ley 9/1987, de ep esen ación y pa icipación del pe sonal unciona io, p e é la exis encia de una jun a de pe sonal pa a los unciona ios docen es y o a pa a los adminis a i os (a . 7.3.3), que se añaden, e iden emen e, a las ep esen a- ciones sindicales de dichos colec i os, de donde el pano ama en los e e idos en es públicos mues a una mul i ud de ó ganos en de ensa del pe sonal, pues apa ecen es ó ganos uni a ios (los dos pa a unciona ios y el del pe sonal labo- al) y un núme o inde e minado de secciones sindicales. La p ác ica y el legisla- do han simpli icado has a cie o pun o an abiga ado escena io, pues los sindi- ca os han p e e ido uni ica las secciones sindicales de ambas clases de pe sonal, y la Ley 9/1987 ha es ablecido po su pa e una compe encia e i o ial de los comi és de emp esa que es p o incial y no po cen o de abajo, como es la egla en las emp esas p i adas (Disp. Ad. 5). Quie e deci se que en cada p o incia donde eje ce su ac i idad la Uni- e sidad co espondien e solo exis i á un comi é de emp esa pa a odos los aba- jado es de la mencionada ci cunsc ipción, y no una ep esen ación pa a cada Fa- cul ad o Escuela con más de seis abajado es. Solo Uni e sidades cuyo ámbi o de ac uación aba ca más de una p o incia, como ocu e con la In e nacional Menéndez Pelayo, la del País Vasco, la In e nacional de Andalucía y la UNED, ienen posibilidad de mul iplica el núme o de comi és de emp esa, si bien la endencia en la p ác ica no pa ece u iliza la' . An e semejan e pano ama, la posibilidad de c eación den o del comi é de emp esa p o incial de un e ce colegio que ep esen e a los PDI con a ados esul a al amen e imp obable, no a causa de las limi aciones legales, sino más bien po la e icencia de quienes deben au o iza lo. En e ec o, nada obs a en nues- o O denamien o a que en un comi é de emp esa quede modi icada la habi ual dis ibución en e ep esen an es del pe sonal ob e o y del empleado (a . 71 ET) median e la e ección de un e ce colegio «en unción de la composición p o e- sional del sec o de ac i idad p oduc i a o de la emp esa», y hay azones más que su icien es pa a a ala esa ep esen ación especí ica pa a el PDI con a ado. Sin emba go la gemación debe ocu i po con enio colec i o, de donde debe habe acue do con o me an o po pa e de la Uni e sidad como de los ep esen an es de la plan illa en su conjun o; ab umada po la mul iplicidad de ep esen aciones, el escena io p obable consis i á en una ac i ud eacia de la Uni e sidad, que solo po- d á ence se con una p esión muy ue e de los in e esados, o con una o e a compensa o ia g andemen e a ac i a, quizá con mo i o de las elecciones a Rec o . C eo que pa a el PDI se á más sencilla la ía al e na i a de cons i ui un sindica o p opio, con implan ación su icien e pa a impone una negociación de anja o pa a ene p esencia en la comisión negociado a del con enio colec i o, en luga de en ega se a una es a egia de con lic o pa a do a se de un e ce cole- gio en el comi é. Cie amen e que con el colegio exclusi o end ía en la mano no solamen e la negociación de un con enio anja con p opios ep esen an es uni a- ios, sino ambién la pe manen e de ensa de sus in e eses en un comi é de emp e- sa cuyas compe encias en lo co idiano son muy supe io es a las del sindica o, como emos con solo echa una ojeada al lis ado del a . 64 ET. Al cabo la deci- sión hacia una u o a ía depende á de las ci cuns ancias de cada Uni e sidad, la habilidad negociado a de los PDI y sus endencias de sindicación. La Uni e sidad del País Vasco, que comp ende a los es e i o ios his ó icos, dispone de un único comi é de emp esa, como apa ece en su con enio colec i o (BOPV 5 de mayo de 1998), a . 1. En o os casos, léase UIMP y UNED. los cen os de que dispone en o as p o incias son cen os asociados, lo que sugie e una pe sonalidad ju ídica di e enciada. si bien la Uni e sidad a Dis ancia los como "uni- dades de la es uc u a académica de la UNED..., con p opia es uc u a académica y adminis a i a dependien e de la Sede Académica y Adminis a i a Cen al de la Uni e sidad": UNED, Guía del Cu so 2002-2003. In o mación Gene al, Mad id 2002, pág. 81. 56  JORNADAS TÉCNICAS Queda po esol e la cues ión del epa o de compe encias en e los ó ganos de ep esen ación especí icamen e labo ales y los de de ensa y ep esen- ación gene ales de cada Uni e sidad. Me e ie o, no a los ó ganos de ep esen a- ción necesa ia de ella como pe sona ju ídica -claus o, jun a de gobie no, e c.- sino a los es ablecidos con unciones de a ende las eclamaciones y quejas de la comunidad uni e si a ia, den o de la cual se ubica el PDI. Así, el De enso del Uni e si a io o la Comisión de Ga an ía de De echos, cuando no la p opia Comi- sión de Reclamaciones, pueden in e eni en asun os como el acoso sexual o el mobbing, la ma ginación en un p oceso de con a ación o una asignación i egu- la de a eas docen es. Los es a u os de las di e sas Uni e sidades no suelen delimi- a cla amen e las compe encias de unos y o os ó ganos, y ni siquie a la elemen al dis inción en e los de echos econocidos po las no mas labo ales y aquellos o os con emplados po los es a u os y no mas académicas si e demasiado pa a acla a la cues ión, dado que es as úl imas ambién p oclaman algunos de echos labo ales y consag an o undamen e los inespecí icos de ascendencia labo al. A mi juicio las cues iones labo ales debie an queda al cuidado del ó gano especí icamen e la- bo al, el comi é de emp esa, en aplicación del p incipio de especialidad, incluso en aquellos supues os en que ienen su sede en no mas académicas. 3. LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 3.1. El epa o de compe encias en la LOU Como he dicho más a iba, la LOU ese a compe encias aplica i as y no no ma i as a las Uni e sidades, que se en de al modo suje as a la egulación combinada del Es ado y de las Comunidades Au ónomas. Con as a el epa o con el es ablecido pa a las demás ca ego ías de empleados uni e si a ios, pues en gene al la LOU hace gala de una c i icable dispe sión de egímenes que a buen segu o es i- mula á el ag a io compa a i o en e unos y o os cue pos, con su secuela de con on- ación y pa álisis" . Si a amos de halla alguna explicación a la a iedad de solucio- 26 Po ejemplo, si pa a el PDI la e ibución iene ijada po la Comunidad Au ónoma, y a las Uni e sidades solo co esponde asigna indi idualmen e los complemen os p ees ablecidos (a . 55), pa a el pe sonal docen e unciona io la e ibución queda ijada po el Gobie no del Es ado —las Comu- nidades Au ónomas pueden añadi complemen os-, ex a . 69 LOU, pa a el pe sonal adminis a i o unciona io se es ablece á po cada Uni e sidad, den o de los lími es máximos que de e mine la Comu- nidad Au ónoma y en el ma co de las bases que dic e el Es ado (a . 74 LOU), y pa a el pe sonal admi- nis a i o labo al end á aplicación la no ma i a labo al y en su caso el con enio colec i o (a . 73.3). ORDENACIÓN Y GESTIÓN DEL P.D.J• CONTRATADO: PROBLEMAS Y SOLUCIONES  57 nes y, en conc e o pa a la cen alización y uni o midad de las condiciones labo ales de los PDI, posiblemen e el legislado haya enido in men e una dispe sión de los colec i os a la ho a de negocia con ellos y de i ma con enios, acue dos o pac os. Respec o a los PDI con a ados se plan ea además la cues ión de si el nega capacidad no ma i a a las Uni e sidades espec o a ellos impedi ía la ne- gociación colec i a de emp esa o de g upo de emp esas, y los sindica os hubie an de di igi se al ni el es a al o au onómico pa a halla la con apa e legi imada. Dos obse aciones con iene ene en cuen a an es de en a en la solución: a) La expe iencia de negociación colec i a celeb ada has a el momen o en las Uni e sidades Públicas mues a como da o ele an e el habe se e ec uado a ni el de «emp esa» o de «g upo de emp esas». En el p ime caso puede ci a se el con enio pa a la Uni e sidad del País Vasco ; en el segundo caso se hallan los demás con enios de los que engo no i- cia, en conc e o los de las Uni e sidades ca alanas, andaluzas, gallegas, cas ella- no-leonesas, alencianas y mad ileñas" . El único p oyec o de con enio pa a los PDI exis en e po aho a es ambién de ca ác e plu al/au onómico" . Algún episodio muy conocido de al e ación del pano ama se ha dado desde un con enio de g upo hacia la agmen ación del mismo po la salida de una de las Uni e sidades pa a negocia un con enio p opio, como e emos más " BOPV 5 de mayo de 1998. celeb ada de una pa e po la Uni e sidad del País Vasco, y de o a po las ep esen aciones sindicales de ELA, STEE-EILAS, CCOO, FETE-UGT y LAB, que suman la o alidad de los miemb os del comi é de emp esa. "Con enio de Uni e sidades Públicas de Andalucía y su pe sonal labo al, BOJA 30.6.94, en e "la ep esen ación de la Emp esa y sus abajado es". Con enio de Uni e sidades Públicas de Cas illa y León y su pe sonal labo al, BOCyL 14.11.2002, en e los Rec o es y CCOO, UGT y CSIF. Con enio de las Uni e sidades Públicas Ca alanas, DOGC 21.2.2001, en e CCOO, UGT y - emp esas". Con enio de las Uni e sidades Públicas de Galicia (DOGA 18.10.1996), en e CIG. CCOO, UGT y las Uni e si- dades. Con enio de las Uni e sidades Públicas de la Comunidad de Mad id, BOCM 2.11.1999, i mado po los Rec o es y FETE-UGT, CCOO, CSIF y CSITUP, "como sindica os mayo i a ios y legi imados". Con enios de las Uni e sidades Públicas de la Comunidad Valenciana, DOCV 8 de ab il de 1997, en e los ep esen an es de las es Uni e sidades y CCOO y UGT. " El p oyec o apa ece en In e ne , [email p o ec ed] , comp ende a las Uni e sidades Públicas de la Comunidad de Mad id, y iene como po enciales i man es a los Rec o es de cada Uni e sidad y a FETE-UGT, CCOO y CSI-CSIF. N. E.: concluido el 14 de ma zo de 2003 como 1 Con enio de POI con inculación labo al de las uni e sidades Públicas mad ileñas. 58  JORNADAS TÉCNICAS adelan e. En cambio, las Uni e sidades y cen os uni e si a ios p i ados acusan jus amen e la endencia con a ia, de negocia a ni el es a aP° . Todos los con e- nios mencionados, como es ob io po su nomb e, se di igen al pe sonal labo al de esas Uni e sidades; acue dos o pac os pa a pe sonal unciona io docen e y/o adminis a i o no conozco ninguno, aunque eó icamen e son posibles a i ud de la Ley 9/1987. b) Cab ía eludi las di icul ades de negociación a ni el singula de Uni- e sidades median e a ios p ocedimien os. Uno de ellos pod ía se el de u iliza las p e oga i as emp esa iales de o o ga condiciones más bene iciosas' , ob enidas en un p oceso de negociación aunque la Uni e sidad después las conceda unila e almen e. El mé odo consis- en e en negocia a ni el p o incial, no de emp esa, consiguiendo indi ec amen e el mismo esul ado, dada la dis ibución p o incial de nues os cen os uni e si- a ios públicos, hab ía de ence a ios obs áculos, de los que el más impo an e consis e en sabe si un en e que ca ece de acul ades no ma i as puede negocia sob e aspec os que no le compe en, como la e ibución o la jo nada. Ami modo de e , las elaciones labo ales de las Uni e sidades se suje an al De echo del T abajo, que no exige pa a la negociación el posee capacidad no ma i a, sino la de dispone del p opio pa imonio, y la au onomía económica y inancie a eco- nocida po el a . 79 LOU equi ale a ello. En consecuencia, las Uni e sidades pueden negocia no mas más a o ables, mejo as pa a su pe sonal sob e lo es a- blecido en la legislación básica, de igual o ma que las emp esas p i adas. Así pa ece indica lo el a . 2.1.e LOU al indica que la au onomía de las Uni e sida- des comp ende «la de e minación de las condiciones en que [su pe sonal] ha de desa olla sus ac i idades». Cla o que si acep amos las capacidad negocial de las Uni e sidades, en onces ca ece de obje o plan ea la cues ión de la negociación a ni el sec o ial/p o incial. 3 " X con enio es a al pa a Cen os de Educación Uni e si a ia e In es igación de i ula idad p i ada y su pe sonal, BOE 22.2.00, en e CECE, EyG, CCOO y USO. III con enio es a al de Uni e si- dades P i adas, BOE 20.11 .2001, en e ACI, CECE, FETE-UGT, USO y CCOO. 31 En es e sen ido, el P oyec o de con enio pa a PDI ci ado indica lo siguien e en su Disposición Final: "Sin pe juicio del con enido de los a ículos p eceden es se espe a án, en odo caso, las condicio- nes más bene iciosas co espondien es a cada Uni e sidad". ORDENACIÓN Y GESTIÓN DEL P.D.J. CONTRATADO: PROBLEMAS Y SOLUCIONES  59 3.2. Legi imación pa a negocia An e el epa o de compe encias mencionado, algunos au o es de ien- den la ó mula de una negociación a es bandas, en donde es a ían p esen es la Comunidad Au ónoma' , las Uni e sidades y los Sindica os más ep esen a i os de ni el es a al y de Comunidad Au ónoma. Sin emba go una al negociación no se ía iable como con enio ni como Acue do Ma co, pues no cumpli ía los equi- si os del ET, po lo que nos halla íamos an e un ins umen o a ípico, simila a los pac os colec i os de e icacia limi ada. En e ec o, an o los a s. 83 como 87 ET es ablecen conc e os equisi os de legi imación pa a negocia , que se conc e an pa a los Acue dos Ma co en la p esencia exclusi a y excluyen e de las o ganiza- ciones sindicales y emp esa iales más ep esen a i as a ni el del Es ado o de la Comunidad Au ónoma, equisi o que no se cumpli ía si damos en ada al gobie - no de una Comunidad Au ónoma y a los po a oces de las conc e as Uni e sida- des es ablecidas en su e i o io' . En cuan o a los con enios colec i os, si de lo que se a a es de negocia las condiciones de abajo en las Uni e sidades de una conc e a egión, en pu idad es a emos hablando de un con enio colec i o de g u- po de emp esas, que debe ían negocia los ep esen an es de cada Uni e sidad y de sus abajado es, de la mane a que de alla é después, sin acep a en ningún caso una composición ipa i a como la suge ida. Pa a mejo comp ende el p oblema pa ece opo uno menciona algu- nos supues os simila es de emp esa io di uso bien conocidos en nues o O dena- mien o. Más allá de las subcon a as, donde la i ula idad y eje cicio de los pode- es emp esa iales pe enece al emp esa io subcon a is a, que sin emba go es á condicionado po los pliegos de condiciones de su con a o me can il con el em- p esa io p incipal, hay si uaciones donde se p oduce un epa o de los pode es emp esa iales en e dos o más emp esa ios sob e una misma plan illa de pe sonal. 32 CCOO, Relaciones colec i as del pe sonal docen e e in es igado labo al, pág. 41, que cali i- ca al con enio como un Acue do ma co ipa i o. Amén del ca ác e es uc u al de los Acue dos Ma co, explici ado en las unciones que men- ciona el a . 83 ET, si bien cabe eludi es e equisi o median e la inclusión de alguna de ales unciones den o de un con enio negociado po las o ganizaciones an e is as, no malmen e a ni el egional o es a al, e incluso pa a algunos au o es po la me a mención en su a iculado de la inalidad de o dena la negociación del sec o : así, espec o al Con enio es a al de Uni e sidades P i adas, Lopez Te al', E., "Uni e sidades P i adas", en VVAA (Pé ez de los Cobos , F., coo d.), Expe iencias de Negociación Colec i a A iculada, MTAS 2003. 301. 60  JORNADAS TÉCNICAS Así ocu e espec o de los abajado es de una emp esa de abajo empo al cedi- dos a una emp esa usua ia, o en el caso de los cen os de enseñanza conce ada donde las e ibuciones de su pe sonal ienen ijadas po la Comunidad Au óno- ma; pe o sob e odo exis en g andes simili udes con el supues o de los se icios ex emalizados de una Adminis ación Pública, como po ejemplo las emp esas municipales de un g an Ayun amien o. Pues bien, en odos es os casos quien negocia en e a los abajado es es la emp esa que igu a como con apa e de sus con a os de abajo, po más que dependan o compa an con o o los pode es labo ales. Ni siquie a cuando nos encon á amos an e un con enio pa a odas las Uni e sidades de una Comunidad Au ónoma end ía cabida una mesa negociado a ipa i a, con los po a oces au- onómicos de un lado y los de cada Uni e sidad po o o. Si mi amos la expe ien- cia de los con enios de g upo de emp esa e emos cómo cada una de ellas in e - iene en pie de igualdad en la mesa negociado a. En los casos más agudos de g upo je a quizado, donde hay una emp esa dominan e muy ue e, o más cla o aún, en los g upos de en es públicos some idos a la au o idad de una de e minada Adminis ación, el empleado dominan e se sien a a negocia y has a asume la ep esen ación de odo el g upo po que iene abajado es que an a se a ec ados po el u u o con enio , lo que no sucede cuando se p e ende de e mina las con- diciones de abajo del pe sonal al se icio de las Uni e sidades. Pa a esumi , el De echo del T abajo admi e la posibilidad de que nego- cien los emp esa ios di ec os, pe o no admi e la p esencia de los indi ec os en la mesa negociado a, aunque en cie os casos les impu e una esponsabilidad en los incumplimien os del di ec o. La negociación colec i a del PDI labo al solo puede hace se, po ende, con las Uni e sidades de las cuales dependen con ac ualmen e, a despecho de la ue e sumisión de ales con apa es a las no mas de la Comuni- dad Au ónoma y del Es ado. 3.3. La posibilidad de ins umen os colec i os mix os pa a abajado es y unciona ios Cambiando aho a de ema, es menes e dedica algunas líneas a los acue - dos colec i os mix os o uni a ios o conjun os y su iabilidad espec o a los PDI labo ales. El in e és de los e e idos ins umen os de i a de la con e gencia en e los egímenes labo al y unciona ia! en los en es públicos, cuyas mani es aciones ORDENACIÓN Y GESTIÓN DEL P.D.J. CONTRATADO: PROBLEMAS Y SOLUCIONES  61 an desde la homogeneización de cie as condiciones de empleo a la inamo ilidad en el pues o de abajo o incluso a la p ohibición de con a a pe sonal labo al. La ju isp udencia se mues a eacia a la posibilidad de negocia ins umen os colec i os de aplicación simul ánea a odos los empleados públicos del en e, sean unciona ios o abajado es, con a gumen os que no son con incen es, p incipal- men e el de que disponen de egímenes ju ídicos muy dis an es en e sí' . Co no ha demos ado Ma ín Alonso, se a a de una p ác ica habi ual en las Adminis a- ciones Locales, que u ilizan di e sos p ocedimien os pa a soslaya la epulsa ju- dicial ;; , pe o ambién cabe menciona a los sucesi os Acue dos pa a la Mode ni- zación y Mejo a de los Empleados Públicos de la Adminis ación del Es ado des- de 1991, así como los análogos Acue dos de las Comunidades Au ónomas de As u ias, Ca aluña, Mu cia, Ex emadu a, A agón, Valencia y Andalucía; a los Acue dos Adminis ación-Sindica os sob e condiciones de abajo en la Función Pública de 1994 pa a la Adminis ación Cen al, y los análogos de di e sas Co- munidades Au ónomas y de la Fede ación Española de Municipios y P o incias con los sindica os, que se aplican a odos los empleados públicos de las Adminis- aciones e e idas, e incluso el Acue do Adminis ación-Sindica os pa a el pe ío- do 2003-2004, pa a la mode nización y mejo a de la Adminis ación Pública (BOE de 18 de no iemb e de 2002) en de e minados aspec os'''. Pues bien, a a o de la u ilización de dichos ins umen os, o de sus ías analógicas", enemos las ob ias iden idades en e las unciones y come idos de los docen es labo ales y unciona ios, sal ado su dis in o s a us. No iene sen ido negocia ins umen os sepa ados pa a unos y o os, si ambos g upos han de cub i Ve , po ejemplo, los a gumen os de Rod íguez Ramos, Mi., El Es a u o de los unciona ios públicos. Su con e gencia con el Es a u o de los T abajado es, Coma es, G anada 1997, especialmen e el capí ulo V, págs. 495 ss. Miñamb es Puig, C., La es abilidad de unciona ios y abajado es. ¿ Una g an dis ancia en e ambas elaciones de empleo?, CES, Mad id 2001, sob e la e olución con a ia en es e aspec o de abajado es y unciona ios, que al cabo lle an a la con e gencia. Ruano Rod íguez, L., Cons i ución, unción pública y empleo labo al, A anzadi, Elcano 1998,sob e las imp ecisiones del égimen unciona ia' y el p oceso de ace camien o al pe sonal labo al, sob e odo en libe ad sindical y ep esen ación uni a ia. a Ma ín Alonso, I., La negociación colec i a conjun a del pe sonal labo al y janciona ial en la Adminis ación Pública. Los acue dos mix os, Coma es. G anadal999, 159 ss. " Ve el es udio de es os casos en mi lib o De echo Sindical, Tecnos, Mad id 1995, págs. 832 ss. Po ejemplo, una negociación conjun a que de pie a ins umen os sepa ados. 62  JORNADAS TÉCNICAS las mismas unciones de la Uni e sidad co espondien e. Incluso más aún, meno sen ido iene negocia un con enio colec i o pa a el pe sonal labo al donde se incluya al PDI con a ado, pues las a eas y el sis ema de abajo ienen poco en común. Y la cues ión alcanza co as ayanas en el absu do cuando emos cómo los a s. 47 y 73 LOU con emplan una dico omía en e docen es unciona ios y labo- ales y en e adminis a i os unciona ios y labo ales que puede conduci a mul- iplica po cua o el núme o de ins umen os colec i os a negocia po una mis- ma Uni e sidad. Toda di isión p opicia, a mayo abundamien o, la debilidad ne- gociado a de los g upos agmen ados, cie o, pe o ambién una di e sidad de egímenes que en enena las elaciones in e nas de una en idad, capaz de desmo- aliza a los peo a ados. Los acue dos uni a ios deben negocia se con los sindica os, pues las jun as de pe sonal unciona io ca ecen de capacidad negocial a eno de la Ley 9/ 1987. Aunque p esen an ob ias en ajas, no cons i uyen la única opción al alcan- ce de los PDI, sino una más de ellas. Menciona é a con inuación o a no menos impo an e, los con enios anja. 3.4. Los con enios anja De pasada he aludido an es a la lógica de una acue do mix o pa a docen- es con a ados y unciona ios, y al deci es o daba po supues a implici amen e la negociación pa a solo una pa e de los empleados de la Uni e sidad. La a i ma- ción no p esen a nada de ex ao dina io, pues la agmen ación ep esen a i a y negociado a pensada po la LOU conduce na u almen e a ello. En el u u o es muy posible que el mono ilismo y la unidad de los ins umen os colec i os po los que se ija una Uni e sidad desapa ezca, pues se basa en el da o de que solo el PAS labo al negocia de al o ma. La apues a del legislado po la condición unciona ial, una endencia gene al desde la Ley de Re o ma de la Función Pública que sin emba go se e con adicha po la LOU, incen i a la celeb ación de acue dos y pac os pa a unciona ios públicos, y el educ o uni e si a io no a da á en e su gi las p ime as mues as de egulación negociada ambién pa a es e sec o . Los con enios anja comp enden a una ca ego ía, a ias ca ego ías o un g upo de abajado es den o del conjun o de una emp esa o un sec o . Aunque el ET los egula den o de los con enios de emp esa, no p ohibe a los de ámbi o ORDENACIÓN Y GESTIÓN DEL P.D.J. CONTRATADO: PROBLEMAS Y SOLUCIONES  63 supe io a emp esa, y un buen núme o de p o esionales dispone de con enio an- ja sec o ial, desde los ma ado es de o os has a los jugado es p o esionales de ú bol o de balonces o o incluso los es ibado es po ua ios. Conside o que los con enios anja, ya a ni el de una Uni e sidad, ya a ni el de Comunidad Au ó- noma, p esen an la mejo opción -no la única, desde luego- pa a los PDI en o den a egula especí icamen e sus condiciones labo ales pa icula es. Los suje os le- gi imados pa a negocia po pa e de los con a ados se ían los sindica os con implan ación en e dicho pe sonal que ue an designados como agen es negocia- do es po una asamblea del colec i o (a . 87.1 ET). El ET ampoco cie a la posibilidad de con enios anja negociados po un e ce colegio o po odo el comi é de emp esa, habiendo dicho ei e adamen e el TS que el comi é puede negocia en nomb e de solo una pa e de los abajado- es po él ep esen ados. En ealidad, el a . 87 ET es ablece los equisi os de un con enio que sea negociado po las ep esen aciones sindicales en una emp esa, dejando en el silencio, como hace ambién pa a o os ele an es supues os de negociación, el égimen ju ídico de la negociación «uni a ia» de anja. 4. REFLEXIONES SOBRE LA ESTRUCTURA NEGOCIAL DEL P.D.I. LABORAL Los da os de que disponemos sob e la negociación colec i a uni e si a- ia hace pensa en una ed de con enios de ámbi o au onómico como la exis en e en ma e ia de pe sonal de adminis a i o y se icios. Es más que p obable que los PDI se ag upen ambién a ese mismo ni el au onómico, de donde no a da emos en encon a una a iedad de con enios de Comunidad Au ónoma egulando sus po meno es. Sin emba go no es la única posibilidad, y de ello es buena mues a los dis in os ipos acabados de analiza . De ahí la con eniencia de e lexiona sob e la ma e ia desde una pe spec i a más écnica, la de la es uc u a de la nego- ciación colec i a, en endiendo po al al conjun o de ins umen os colec i os y a las elaciones en e ellos que se encuen an o pueden encon a se en un ámbi o geog á ico y uncional de e minado. Pa ece ú il dedica algunas palab as a las posibilidades negociales de u u o que iene el PDI, comp endiendo incluso las elaciones en e las dis in as unidades negociales, con el ánimo de depu a sus en ajas e incon enien es. No 64  JORNADAS TÉCNICAS en balde alguno de los escasos dic ámenes habidos al espec o aconseja un esque- ma negocial complejo, o mado po un Acue do Ma co de Comunidad Au ónoma y uno o a ios ni eles de con enios colec i os o dina ios, en donde se pos ula el con enio anja como el más adecuado, bien de ipo emp esa -en cada Uni e si- dad-, bien a ni el sup aemp esa ial . 4.1. La negociación a ni el de Uni e sidad El ámbi o de una sola Uni e sidad es el que en p ime a ins ancia se nos iene a la men e como el más ap opiado, a lo menos en aquellas adicionales donde se cuen a un amplio núme o de es os docen es e in es igado es, con masa su icien e pa a hace p esión en de ensa de sus ei indicaciones. Un con enio de Uni e sidad se ía el medio excelen e de conc e a las peculia idades de sus cen- os y pe sonal, que en cada una de ellas exis e, dando luga a una no ma a medi- da, ajus ada al pe il de ella. De pa ida he d ad e i , sin emba go, que pese a ales augu ios la ealidad es muy dis in a: eco demos sin i más lejos que los con enios exis en es pa a o o pe sonal ienen como ámbi o co ien e el de la Comunidad Au ónoma, con muy con adas excepciones. Los mo i os de an ex a- ño con as e en e la eo ía y la ealidad pueden halla se en dos azones: una p i- me a, que pese a odas las apa iencias, la ue za negociado a de es e pe sonal en una única Uni e sidad no es an o unda como pensamos, debido a la g an ine cia del p o eso ado en gene al, no muy pa ida io ni conocedo de los medios de acción colec i os, y ambién en buena pa e condicionado po la empo alidad de sus con a os, que le induce a un máximo de cau elas pa a conse a el pues o. La segunda azón pod ía consis i en la esis encia opues a po los o ganismos ec o es de la Uni e sidad misma, no an deseosos como pudie a pa ece de un «ma caje» an es echo que semejan e diseño a medida le p ocu a ía. En de ini i- as cuen as, el hecho de que exis a un único con enio de Uni e sidad, y que és e sea p ecisamen e el del País Vasco, pone de elie e el g ado de concienciación o sensibilización eque idos pa a alcanza acue dos a es e ni el. ORDENACIÓN Y GESTIÓN DEL P.D.J. CONTRATADO: PROBLEMAS Y SOLUCIONES  65 A a o , en cambio, de log a un con enio de emp esa encon amos un inespe ado aliado en las elecciones a los ca gos di ec i os de la Uni e sidad, donde algún in lujo ienen los o os del PDI. Ni con la LRU ni con la igen e LOU, cie amen e, la in luencia del PDI es excesi a, pe o lo sucedido con el pe sonal de adminis ación y se icios puede se i de lección si, como es p e i- sible, se asis e a un p oceso de sindicalización acele ada de los docen es, del ipo que en o os ámbi os de la enseñanza ha demos ado una inusi ada ue za pa a aglu ina a los con a ados empo ales. Cons eñido a log a el mayo núme o de o os, los candida os han hecho sus o e as a los di e en es g upos elec o ales, los cuales han ob enido sus anciosos a ances en sus condiciones de abajo allí don- de han demos ado una cie a capacidad de a as e. El clien elismo -pues a in de cuen as es oy hablando de dicho enómeno-, no es san o de de oción, y solo lo aigo a cuen o po que la c uda ealidad es que g acias al mismo es como p oba- blemen e se ob enga un Con enio de Uni e sidad. Los p incipios uni e si a ios y las limi aciones legales se i án en algún caso pa a encauza ap opiadamen e lo que no debie a se un las e deso bi ado" . Los suje os legi imados pa a negocia depende án del ipo de con enio en cues ión, pues como he dicho lo ap opiado pa a la egulación exclusi a de las condiciones del PDI consis e en negocia un con enio anja, solo pa a es e pe - sonal. En cuyo caso se án las ep esen aciones sindicales elegidas po la asam- blea del PDI las legi imadas pa a sen a se en la mesa negociado a, como he men- cionado poco más a iba. Po o o lado, de exis i un e ce colegio de PDI en el seno del comi é de emp esa, dispond ía asimismo de legi imación -más p ecisa- men e, capacidad negocial-, e igual cabe deci del p opio comi é de emp esa, a a és de los designados po él pa a ep esen a le en la negociación. Si el ámbi o subje i o comp ende a odo el pe sonal labo al, debido a las azones que sean, los ep esen an es del pe sonal en la mesa se án los habi uales, bien los sindicales, bien los uni a ios, como dispone el a . 87.1 del Es a u o de los T abajado es. 38 Molina Na a e e, C., y Mone eo Pé ez, J.L., La nue a egulación labo al del p o eso ado as la LOU: ex ensión y lími es de la egulación au onómica y es a u a ia, Jaén 2003, inédi o, pág. 88. Pa ecidamen e ambién, el In o me de CCOO Relaciones colec i as del pe sonal docen e e in es igado labo al p opone una a iculación de los ins umen os colec i os en donde cab ía pensa en un Acue do Ma co a ni el de Comunidad Au ónoma, y di e sos escalones de con enios colec i os o dina ios, an o a ni el de Uni e sidad como en Uni e sidades plu ip o inciales (?) y anja (pág. 41 ss.). " En Es ados Unidos u o g an epe cusión en la c eación de cie a leyenda neg a sindical una cláusula que los sindica os monopolís icos o muy ue es imponían a las emp esas en los con enios, y que me ecie on el exp esi o nomb e de ea he bedding. li e almen e "lecho de plumas", en o den a la inamo ilidad o ijeza de los a iliados al sindica o. ORDENACIÓN Y GESTIÓN DEL P.D.J. CONTRATADO: PROBLEMAS Y SOLUCIONES  67 66  JORNADAS TÉCNICAS No es imaginable un con enio de Uni e sidad campando en soli a io. Los con enios pa a el PAS han lab ado ya una unidad de negociación muy asen- ada en nues o país, la de Comunidad Au ónoma, y a ella c eo que se plega án ambién los con enios del PDI, excep o donde la Comunidad solo disponga de un único Alma Ma e -así, las di e sas Comunidades unip o inciales- o exis a algún ipo de p edisposición pa a la singula idad . '" • Incluso en semejan es casos, cabe pensa en cie as elaciones endidas hacia o os con enios, bien sea un «supe con enio» es uc u al del a . 83 ET, bien la habi ual ma aña de emisiones a con enios o acue dos especí icos -a la solución ex ajudicial de con lic os, a la o mación con inua, e c.-. 4.2. La negociación colec i a de g upo de Uni e sidades P obablemen e la unidad de negociación más ácilmen e alcanzable, in- cluso es ingidamen e al PDI median e con enio anja, sea és a, siguiendo el pe il de las Comunidades Au ónomas: ap o echando la e minación de igencia del con enio del pe sonal labo al exis en e, el PDI puede in eg a se en la nego- ciación del siguien e con un capí ulo p opio, o a ículos a él di igidos, o bien plan ea la negociación pa alela de un con enio especí ico que acompañe al ge- ne al del pe sonal labo al. Un p oblema plan eado ya desde hace años po es a negociación de g u- po adica en que el legislado no p e ió sus peculia idades en el a . 87 ET, po lo que hay cie as di icul ades pa a de e mina su iden idad y cuáles son los suje os legi imados pa a negocia los. El T ibunal Sup emo se a decan ando en el sen i- do de conside a los co no con enios de emp esa, que hab án de se negociados po los suje os colec i os acabados de e , pe o que po el lado de los abajado- es, y debido a las di icul ades pa a pone de acue do a los comi és de emp esa o a las ep esen aciones sindicales, pueden ambién negocia lo los sindica os. Y e ec i amen e, emos en los con enios uni e si a ios ya exis en es que al es la p ác ica, de los sindica os como i man es, en e a los ec o es de cada Uni e si- dad o, sencillamen e, en e a cada Uni e sidad, en el banco de los empleado es. "'No solamen e puede menciona se el con enio del País Vasco. Como es sabido, la Uni e sidad de San iago de Compos ela se des inculó del con enio de las Uni e sidades gallegas al obje o de nego- cia el suyo p opio, con el benepláci o del T ibunal Sup emo. Un segundo p oblema a inen e a los con enios de g upo, es a ez plan- eado di ec amen e po el T ibunal Sup emo en su Sa. de 20 de oc ub e de 1997 (R. 2717/1995), e ie e al debe de negocia . Po cuan o el legislado no con em- pla es e conc e o ámbi o negocia], conside a el TS que se a a de «unidades a i- iciales», de donde no cabe asigna les ninguna consis encia, en el sen ido de que si alguna de las emp esas que lo in eg an desea sepa a se pa a negocia su p opio con enio, puede hace lo sin que le a ec e el debe de negocia el de g upo. En ealidad debe señala se que es a doc ina judicial supone una edundancia espec- o de o a man enida po la misma sede desde an iguo, la de que el debe de negocia solo se plan ea pa a el mismo ni el del con enio an e io men e exis en- e, pe o no cuando se p e ende ab i o o dis in o ni el: así, ha de espe a se po ejemplo un con enio de Comunidad Au ónoma en el sen ido de no pode nego- cia un con enio dis in o en la misma unidad, debiendo negocia la e isión del ya exis en e, pe o sin p ejuzga las posibilidades hacia a iba -con enios naciona- les- o hacia abajo -p o inciales, de emp esa- de los a ec ados. Al ni el au onómico cumplen los con enios su máximo e ec o, la un- ción pa a la que ienen llamados con su mejo esul ado, cual es la de homogenei- za las condiciones de abajo, c ea s ánda es labo ales y e i a la compe encias desleal median e el dumping social en e los abajado es. Cie o es que median e semejan e dis ibución au onómica de egulaciones se consigue una di e encia- ción de s ánda es en e los empleados de unas y o as Comunidades Au ónomas, con el consiguien e ag a io compa a i o, que los gobie nos egionales azuzan con la concesión de dis in os ni eles e ibu i os. Pe o al menos a ni el de la misma Comunidad no se p oducen dis inciones odiosas en e los empleados de una Uni e sidad y los de la ecina. Una uni icación u homogeneización al ni el de odo el Es ado se hace bas an e más cues a a iba, pe o no es imposible, como e emos en el epíg a e siguien e. Algunos in o mes de ienden la con eniencia de que los con enios de Comunidad Au ónoma sean Acue dos Ma co del a . 83 ET, es o es, negociados po sindica os más ep esen a i os y con capacidad pa a impone manda os de ipo es uc u al a los con enios de ámbi o in e io (de Uni e sidad). En ealidad no es muy di ícil lle a la p opues a a e ec o, pues desde el Acue do In e con ede al sob e Negociación Colec i a (AINC) p ác icamen e odos los con enios nego- ciados a ni el es a al o, en su caso, egional, asumen es e ca ác e . La di icul ad consis e en que en las Uni e sidades, y más aún espec o al PDI, no siemp e los