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Tratado de medicina legal, de jurisprudencia médica y de toxicología T. 4

Legrand du Saulle, Henri (1830-1886); Berryer, Georges (1848-1921), coaut.; Pouchet, Gabriel (1851-1938), coaut.

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MADRID EL COSMOS EDITORIAL Arco de Santa María, 4, bajo TRATADO DE - MEDICINA LEGAL DE JURISPRUDENCIA MÉDICA TOXICOLOGIA. Biblioteca PixeLegis. Universidad de Sevilla por LEGRAND DU SAULLE MÉDICO DEL HOSPITAL DE LA SALPETRIERE ( DE PARIS PERITO DE LOS TRIBUNALES MIEMBRO FUNDADOR DE LA SOCIEDAD DE MEDICINA LEGAL, ETC., ETC. GEO RG ES BERRY ER Abogado del Tribunal do Apelación (do París) Y GABRIEL POUCHET Profesor agregado de la Facultad de Medicina de París, Jefe del Laboratorio del Hospital de Saint-Louis, perito de los tribunales, etc., etc. (OBRA PREMIADA POR EL INSTITUTO DE FRANCIA) TRADUCIDO, ANOTADO Y AUMENTADO CON LA LEGISLACIÓN MÉDICO-LEGAL ESPAÑOLA, LA INGLESA, Y LAS DE LAS DIFERENTES REPÚBLICAS AMERICANAS comparada y comentada POR EL DR. D. TEODORO YÁÑEZ Y FONT Profesor de lifedicina legal ). Toxicología ,t/t la Facultad de Medicina de la Universidad Central, Socio de varias Academias científicas nacionales y extranjeras D.. CARLOS NUÑEZ GRANLS Licenciado en Derecho civil y canónico y en Derecho administrativo, Abogado del Ilustre Colegio de Madrid, ex Diputado á Cortes, etc, Y D. EDUARDO BLANCO VAZQUEZ EX MÉDICO FORENSE TOMO CUARTO 1889 Es propiedad. Queda hecho el depó- sito que marca la ley. MADRID.—«Sueesores de Rivadeneyra», Paseo de San Vicente, 20. TRATADO DE MEDICIM LEGAL JURISPRUDENCIA MEDICA Y TOXICOLOGÍA CAPÍTULO PRIMERO. Ejercicio de la Farmacia. DISPOSICIONES DE LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA. Los estudios de la facultad de Farmacia, determinados en las disposiciones vigentes sobre Instrucción pública, pueden hacerse en la Universidad Central y en las de Barcelona, Granada y Santiago. El ejercicio de la profesión de farma- céutico, el comercio de drogas y la venta de plantas medici- nales deben ajustarse á las prescripciones de las Ordenanzas 'de 18 de Abril de 1860 (I). Antes de la publicación de estas Ordenanzas regían sobre el particular las contenidas en la ley 8. a , tít. 13, lib. viir de la Novísima Recopilación, y el capítulo xiv de la ley de Sanidad de 28 de Noviembre de 1855, que trata de la expen- dicion de medicamentos, permitiéndola sólo á los farmacéuti- cos con receta de facultativo; determinando las formalidades .de las recetas, y prohibiendo la venta de remedios secretos. Las citadas Ordenanzas de 18 de Abril de 1860 clasifica- .can los géneros medicinales y determinan las personas á quienes compete su venta del modo siguiente: Art. 1.° Para los efectos de estas Ordenanzas se dividen los géneros medicinales en 1.° Medicamentos, que son las sustancias simples ó compuestas, pre- paradas ya y dispuestas para su uso medicinal inmediato. (1) Por 11. D. de 4 de Enero de 1883, se hicieron extensivas, con la modificaciones que sxprect, á la isla de Cuba. LEGRAND DU SAULLE. 2.° Drogas, objetos naturales y productos químicos empleados como primeras materias en la preparación de los medicamentos. 3.° Plantas medicinales indígenas. Art. 2.° La elaboración y venta de los medicamentos corresponde exclusivamente á los farmacéuticos aprobados y con título legal para el ejercicio de su profesión. Serán, sin embargo, de libre elaboración y venta los jarabes simples ó de refrescos, como los de agraz, grosella, horchata, limón, naranja, fresa, sangüesa, etc., más no los compuestos y propiamente medicinales_ La fabricación de las aguas minerales artificiales deberá ser dirigida necesariamente por un farmacéutico, y la venta de dichas aguas, así corno de las naturales, se hará única y exclusivamente en las boticas ó• farmacias. La venta de los objetos naturales, drogas y productos químicos co- rresponde al comercio general titulado de Droguería, y es libre. Igualmente lo es la venta al público de las plantas medicinales ó indí- genas que constituyen la industria especial de los herbolarios ó hierberos. Art. 3.° El derecho exclusivo profesional de los farmacéuticos y la libertad de comercio é industria de los drogueros y herbolarios, se su- jetarán, no obstante, en su ejercicio á las prescripciones de estas Or- denanzas. Ejercicio (le la Farmacia. — Está regulado por las dispo- siciones del capítulo u de las Ordenanzas, cuyo articulado se inserta á continuación: Art. 4.° La profesión de Farmacia se ejerce: 1.° Estableciendo una botica pública. 2.° Adquiriendo la propiedad de alguna ya establecida. 3.° Tomando á su cargo, en calidad de regente, la de alguna persona ó corporación autorizada para tenerla. Art. 5.° Todo farmacéutico que quiera establecer una botica pública ó abrir de nuevo la que tenía establecida, si hubiese estado cerrada por más de tres meses, lo participará al alcalde del pueblo en una instan- cia acompañada de los documentos que siguen : •  El título de farmacéutico ó una copia literal y autorizada del mismo. Un plano geométrico ó un croquis de las piezas ó locales destinados para elaborar, conservar y expender los medicamentos. Un catálogo de los medicamentos simples y compuestos que tenga. dispuestos para el surtido de la botica, y otro de los aparatos, instrumen, tos y enseres del laboratorio, con arreglo al petitorio que rigiere. Art. 6.° El alcalde pasará sin demora alguna el expediente al Subde-. legado de Farmacia del partido, y éste se pondrá inmediatamente de acuerdo con aquella autoridad para proceder á la visita de inspección prescrita en el art. 42 de estas Ordenanzas. Art. 7.° Acordada la autorización para abrir una botica, pondrá el far- macéutico en la parte exterior y superior de la puerta un rótulo que diga: «Farmacia del..... (licenciado ó doctor) D. N. N. (nombre y apellido).» TRATADO DE :SIEDICINA LEGAL.  7 Tendrá además un sello de mano con la inscripción: «Farmacia de  (el apellido)», que estará obligado á poner ó imprimir en todas las recetas que despache, así como en los rótulos de los botes á vasijas de la botica, y de las vasijas, cajas, papeles, etc., que contengan los medicamentos y demás artículos que despache. Art. 8.° Los farmacéuticos tendrán debidamente resguardadas en un armario especial las sustancias venenosas y los medicamentos de virtud más heroica. Art. 9. c " Los farmacéuticos están obligados á habitar en su estableci- miento, á dirigir personalmente las operaciones del laboratorio, á despa- char por sí ó bajo su inmediata responsabilidad los medicamentos y las recetas, y á guardar en su poder la llave del armario de las sustancias venenosas y de virtud heroica. Art. 10. Los farmacéuticos con botica abierta no podrán ausentarse más de un mes del pueblo donde se hallen establecidos, sin dejar un re- gente ó farmacéutico aprobado que le sustituya en la dirección y la res- ponsabilidad de la oficina. Sólo en ausencias que no excedan de un mes podrán dejar encomendado el despacho de la botica á una persona versada en él, quedando además al cuidado ó vigilancia de la oficina algún otro farmacéutico del pueblo ó de las inmediaciones. Art. 11. Ningún farmacéutico podrá tener ó regentar,más que una sola botica, sea en el mismo ó en ' diferentes pueblos. Art. 12. En las boticas públicas no podrán los farmacéuticos vender otros artículos que medicamentos, productos químicos que tengan con éstos inmediata relación, aunque siempre en cantidad ó dosis terapéutica, y aparatos, enseres ú objetos de aplicación curativa ó de uso inmediato para la curación y asistencia de los enfermos. Art. 13. Los farmacéuticos con botica abierta no pueden ejercer simul- táneamente la Medicina ni la Cirugía, aun cuando tengan el título legal para el ejercicio de estas últimas facultades (1). Art. 14. Los farmacéuticos no pueden tener ni regentar botica en los pueblos donde no haya más que un solo médico ó un solo cirujano, y esté ligado con ellos por parentesco de consanguinidad ó de afinidad en primer grado. Esta circunstancia se tendrá presente al otorgar la autorización para el establecimiento ó el traspaso de la botica; pero después de establecido ya el farmacéutico, la prohibición de ejercer en el mismo pueblo se en- tiende impuesta al médico ó cirujano pariente de aquél que quisiese es- tablecerse en él. Art. 15. Los farmacéuticos responden de la buena calidad y la prepa- ración, así de los medicamentos galénicos ó de composición no definida, que naturalmente elaborarán en su oficina, como de los medicamentos ó productos medicinales químicos de composición definida, aun cuando los adquieran en el comercio; en este último caso se hallan obligados á re- conocer científicamente su naturaleza y estado y á someterlos á la con- veniente purificación cuando fuese menester. (1) Por Real orden de 16 de Julio de 1880 se declaró que los farmacéuticos de los estable- cimientos oficiales, ó sea del Estado, la provincia ó el municipio, que no tengan despaelo para el pábilo°, no están comprendidos en el art. 13 de las Ordenanzas de Farmacia. 8  LEGRAND DU SAULLE. Art. 16. Queda absolutamente prohibida, según la ley de Sanidad, la venta de todo remedio secreto especial, específico 6 preservativo de come posición ignorada, sea cual fuese su denominación. Art. 17. Queda igualmente prohibida la venta de todo remedio galé- nico (5 compuesto del extranjero que no se halle nominalmente consig- nado en el Arancel de Aduanas (1). (El art. 18 expresa los requisitos que eran necesarios para que esta con- signación tuviese lugar.) Art. 19. Los farmacéuticos no despacharán sin receta c l e facultativo legalmente autorizado, sino aquellos medicamentos que son de uso co- mún en la medicina doméstica, y los que suelen prescribir verbalmente los mismos facultativos médicos, cirujanos ó veterinarios. Art. 20. Aun con receta, no despacharán los farmacéuticos medica- mento alguno heroico en dosis extraordinaria sin consultar antes con el facultativo que suscriba la •eceta y exigir la ratificación de ésta. Las recetas ratificadas se quedarán en poder del farmacéutico, y de las demás llevará éste un libro copiador ó registro diario, que exhibirá siem- pre que sea requerido por la autoridad competente. Art. 21. Se prohibe á los farmacéuticos, únicos autorizados para la venta de remedios y medicamentos, el anunciar éstos en periódico al-  1.11 guno que no sea especial de Medicina, Cirugía, Farmacia ó veterinaria. Art. 22. El farmacético que adquiera por compra ó traspaso una bo- tica ya establecida, lo participará al alcalde del pueblo en una instancia acompañada de los documentos que prescribe el art. 5.° de estas Orde- 'lanzas, siguiendo el expediente los mismos trámites que marca el art. 6.° Art. 23. Las viudas é hijos menores de los farmacéuticos con botica abierta que falleciesen dejando dueño ó herederos de la botica á aqué- llos, podrán seguir con la botica abierta, siempre que ésta sea regentada por un farmacéutico legalmente aprobado y autorizado. Las viudas po- drán usar de este derecho solamente mientras permanezcan en estado de  e tales, y los hijos durante su menor edad. Art. 24. En el caso de que habla el artículo anterior, la viuda ó los menores dirigirán una instancia al alcalde del pueblo, justificando su de- Techo, acompañando á esta instancia la del farmacéutico que ha de re- gentar la botica con los documentes expresados en el art. 5.° Este expe- diente seguirá los mismos trámites marcados en el art. 6.° Art. 26. Los farmacéuticos regentes contraen las mismas obligaciones éigual responsabilidad que las impuestas á los propietarios de las boti- cas en los artículos 9.° y siguientes de estas Ordenanzas. (1) Ha sido derogado en cuanto prohibe la introducción de productos galénicos de compo7 sición conocida por el decreto de 12 Abril de 1869, que dispone: 1.° Para los efectos del art. 84 de la ley de Sanidad de 28 de Noviembre de 1855, se enten- derá por remedio secreto tan sójo aquél cuya composición no fuese posible descubrir, ó cuya féirmula no hubiese sido publicada. 2.° Quedan derogadas todas las disposiciones que tiendan á impedir la introducción en Es- pana de los productos galénicos extranjeros de composición conocida. El Real decreto de 23 de Julio de 1882, en la disposición 24 de las dictadas para la aplicación del Arancel de Aduanas vigente, establece que no podrán inrroducirse en el reino: ..... 7.° Preparaciones farmacéuticas ó remedios secretos, de composición desconocida, ó cuya :Urania no hubiese sido publicada, 1 TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  9 Art. 27. Las boticas del Real Patrimonio en los sitios Reales y las de los hospitales civiles y militares, deberán estar regentadas por farma- céuticos aprobados. Art. 28. Los hospitales sólo podrán tener botica para su servicio par- ticular. Continuarán, sin embargo, con su despacho abierto al público las boticas de los presidios militares. Art. 29. Las boticas ó botiquines de los lazaretos, establecimientos de baños minerales distantes de poblado, hospicios, etc., serán surtidas de medicamentos por un farmacéutico aprobado, y su despacho estará en lo posible al cargo de éste ó de persona suficientemente entendida. Capítulo II I.—Art. 32  Los farmacéuticos, además de sellar las re -cetas que despachen, según queda preceptuado en el art. 7.°, pondrán en ellas el precio que hubieren exigido. Art. 41. Todós los farmacéuticos con botica abierta están obligados á poseer un ejemplar del petitorio, farmacopea y tarifa vigentes, con sus apéndices oficiales, si los hubiere. Los artículos 30 al 32 ordenaban que se publicase el peti- torio ó catálogo de sustancias, medicamentos oficinales y en- seres más indispensables para su preparación, que debe poseer como mínimum toda botica con despacho abierto, la farma- copea, ó colección de fórmulas y recetas para preparar - los medicamentos, y la tarifa fijando el máximum de los precios -de las sustancias y medicamentos comprendidos en el peti- torio. El 33 encomienda á la Academia de Medicina la forma- ción y venta de estas tres obras. El 34 encargó de la redac- ción de las mismas á una Comisión compuesta de cuatro médicos elegidos por la Academia y cuatro farmacéuticos, , dos catedráticos de la Facultad de Madrid y otros dos con botica abierta en la capital, nombrados por el Gobierno á propuesta del Consejo de Sanidad. Cada decenio, ó antes si lo creyese conveniente el Go- bierno, á propuesta del Consejo de Sanidad, deben ser revi- sados el petitorio, farmacopea y tarifa oficiales por una Co- misión nombrada en conformidad á lo prevenido en el art. 34. Aprobada la revisión por la Academia y oído el Consejo de Sanidad, resolverá el Gobierno (artículos 36 y 38). Rigen hoy la sexta edición de la Farmacopea aprobada por R. O. de 29 de Octubre de 1884, y el petitorio y tarifa aprobados por R. O. de 30 de Mayo de 1885. 10  LEGRAND Dti SAT:1,LE. Inspección de las boticas. Trata de este particular el capítulo iv de las Ordenanzas. Para la apertura de las boticas girará una visita el subdele- gado de Farmacia, ó si hubiere incompatibilidad , el farma- céutico más antiguo de los pueblos del partido, actuando como secretario el del Ayuntamiento del pueblo donde haya de abrirse la botica, y asistiendo como testigos de excepción los profesores de Medicina, Cirugía y de Veterinaria de primera clase del mismo punto. Si el dictamen del subdelegado fuese favorable, el alcalde librará certificado del acta de visita y del dictamen que servirá de autorización para abrir la botica.. Si no fuese terminantemente favorable no podrá abrirse hasta que el subdelegado declare que se han subsanado las faltas observadas , para lo cual será necesaria nueva visita, siendo los honorarios que por ésta se devenguen de cuenta del inte- teresado. Si éste no se conforma con el dictamen, puede ape- lar para ante el Gobernador de la provincia, quien, oyendo al subdelegado, al apelante y al Consejo provincial de Sanidad, resolverá. Los honorarios del subdelegado ó farmacéutico visitador son cien reales por cada visita y 20 más por cada legua que dis- tare el pueblo de la cabeza de partido ó de la residencia del visitador. El_ secretario percibirá 50 reales fijos. Estos hono- rarios se satisfarán de los fondos municipales, excepto en los. casos de los artículos 22 y 24, que los pagarán los intere- sados. Cuando una botica establecida cambie de local en el misma pueblo, la visita se limitará á la inspección del local, y la hará solo el subdelegado sin devengar honorarios; y cuando, cambie de pueblo , estableciéndose en. uno distinto del en que- habite el subdelegado, percibirá éste una peseta, que abonará el farmacéutico, por cada kilómetro de distancia. (R. O. de 27 de Julio de 1882.) La inspección de las boticas ya abiertas corresponde á los TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  11 subdelegados de Farmacia que, sin sujección A períodos fijos, girarán las visitas que estimen convenientes, por si solos y sin devengar honorarios, cuidando de que estén bien surtidas y regidas, y velando por el cumplimiento de las Ordenanzas, especialmente de sus capítulos II, v y vil (1). En los casos de queja grave y fundada contra el farmacéu- tico propietario, regente ó encargado de una botica, el Go- bernador de la provincia dispondrá una visita extraordinaria. Practicará esta visita el doctor ó licenciado en Farmacia que nombre el Gobernador oyendo á la Junta provincial de Sani- dad, siendo secretario el de esta Junta y testigo el alcalde. El Gobernador, vista el acta de visita y el dictamen del visi- tador, y oyendo al interesado y á la Junta de Sanidad, resol- verá lo que proceda con arreglo á las leyes y reglamentos. Por honorarios percibirán, en estas visitas, el visitador 200 reales y 100 el secretario, y ambos 40 reales más por cada legua que el pueblo diste de su respectiva residencia. Se satis- farán de los fondos del presupuesto provincial' sin perjuicio de recobrarlo á su tiempo del farmacéutico visitado ó de la persona que haya producido la queja si ésta es infundada. SANCIÓN CORRECCIONAL Y PENAL.—ORDENANZAS.—Art. 75. La corrección gubernativa de estas infracciones (de las Ordenanzas), consistirá en re- prensión privada ó pública, multa de 5 á 15 duros y arresto de uno á quince días, sin traspasar este máximum, con arreglo á lo prevenido en el art. 505 del mismo Código (penal: 625 del vigente). CÓDIGO PENAL.—Art. 343. El que atribuyéndose la cualidad de Profe- sor ejerciere públicamente actos propios de una Facultad que no pueda ejercerse sin título oficial, incurrirá en la pena de arresto mayor en su grado máximo á prisión correccional en su grado mínimo. Art. 351. El que sin hallarse competentemente autorizado elaborase sustancias nocivas á la salud, ó productos químicos que puedan causar (1) Los capítulos v y VII tratan, respectivamente, del comercio de droguería y de la venta de plantas medicinales. Entre otras disposiciones, prohiben á los drogueros la venta al por menor (ó en cantidad mena- de 20 reales] de artículos exclusivamente medicinales, á no ser á los farmacéuticos, y en todo caso sin preparación alguna, y también vender sustancias ve- nenosas, á no 1-er exigiendo nota fechada y firmada por persona responsable. Iguales prohibi- ciones se establecen respecto á los herbolarios , y tanto á éstos como á los drogueros se les prohibe la venta de alimentos , condimentos y bebidas. Anejos á las Ordenanzas se hallan tres catálogos que determinan los artículos exclusiva- mente medicinales el primero, las sustancias venenosas el segundo y las plantas medicinales no venenosas el tercero. 12  LEGRAND DU SAULLE. grandes estragos para expenderlos, ó los despachare, vendiere ó com. r- ciare con ellos, será castigado con las penas de arresto mayor y multa de 250 á 2.500 pesetas. Art. 352. El que hallándose autorizado para el tráfico de sustancias que puedan ser nocivas á la salud, ó productos químicos de la clase expresada en el artículo anterior, los despachare ó suministrare sin cumplir con las formalidades prescritas en los reglamentos respectivos, será castigado con las penas de arresto mayor y multa de 125 y 1.250 pesetas. Art. 353. Los farmacéuticos que despacharen medicamentos deterio- rados ó sustituyeren unos por otros, ó los despacharen sin. cumplir con las formalidades prescritas en las leyes y reglamentos, serán castigados con las penas de arresto mayor en su grado máximo á prisión correccio- nal en su grado mínimo, y multa de 125 á 1.250 pesetas. Si por efecto del despacho del medicamento hubi ei e resultado la muerte de una persona, se impondrá al culpable la pena de prisión correccional en sus grados medio y máximo y la multa de 250 á 2.500 pesetas. Art. 354. Las disposiciones (le los dos artículos anteriores son aplica- bles á los que trafiquen con las sustancias ó productos expresados en ellos y á los dependientes de los farmacéuticos cuando fueren los culpables. Art. 428. (párrafo 2.°) El farmacéutico que sin la debida prescripción facultativa expendiese un abortivo, incurrirá en las penas de arresto mayor y multa de 125 á 1.250 pesetas. Art. 591. Serán castigados con la pena de 5 á 25 pesetas de multa: 1.° Los que ejercieren sin título actos de una profesión que lo exija. Art. 595. Serán castigados con la pena de cinco á quince días de arresto y multa de 25 á 75 pesetas en los casos no comprendidos en el libro II: 1.° Los farmacéuticos que expendieren medicamentos' de mala ca- lidad. Art. 597. Serán castigados con las penas de uno á cinco días de arresto ó multa de 5 á 50 pesetas. 2.° Los que abrieren establecimientos de cualquier clase sin licencia de la Autoridad, cuando fuere necesaria. TEXTO FRANCÉS. Ley fundamental de Farmacia. Después de la revolución del 89, quedó abandonado, sin reglamento y sin vigilancia, el ejercicio de la Farmacia, como sucedió durante diez años, poco más ó menos con la Me- dicina. Entonces era una profesión mixta de comercio de drogas y medicamentos, en la cual la salud pública estaba materialmente más interesada ; así es que desde el 14 de TRATADO DE MEDICINA LEGAL. Abril de 179/, la Asamblea nacional, previo informe de su comité de salubridad, y mediante decreto sancionado el 17 del mismo mes, tomó la resolución de mantener provisional- mente la ejecución de las leyes, estatutos y reglamentos an- teriores sobre el particular con las penas allí establecidas, hasta tanto que con arreglo al dictamen que se diera se legis- lase definitivamente. Este decreto provisional duró hasta la época del Consulado, en que se promulgó la ley relativa á la Farmacia un mes des- pués de la correspondiente al ejercicio de la Medicina, como consecuencia y complemento de esta ley, con fecha 21 Ger- minal (1), ario xi (11 de Abril de 1803). En la nota damos un extracto de ella (2). (1) Séptimo mes del año republicano de Francia, que empezaba el 21 de Marzo y termi- naba el 19 de Abril.—( N. del T .) (2) Extracto de la ley de 21 Germinal año Xl. - Titulo 4.°— DE LA POLICÍA DE LA FAR- MACIA. Art. 21. En el espacio de tres meses, desde la publicación de la presente ley, todo farma- céutico con oficina abierta está obligado á presentar copia legalizada de su titulo al prefecto de policía de París, y en las demás ciudades al prefecto del departamento. Art. 22. También presentarán este título los farmacéuticos, en el espacio de tiempo se- ñalado, á los escribanos de cámara de los Tribunales de primera instancia bajo cuya depen- dencia se halle el punto en que se en n'entra establecida la farmacia. Art. 23. Los farmacéuticos que hayan sido recibidos en una de las tres Escuelas de Far- macia, podrán establecerse y ejercer su profesión en todo el territorio de la República. Art. 24. Los que se hubieren recibido por jurados, no podrán establecerse sino en la parte del departamento en donde se hubiere recibido. Art. 25. Ninguno podrá ejercer la profesión de farmacéutico, abrir oficina de Farmacia, preparar, vender ó despachar medicamento alguno si no se ha recibido en una de las Escuelas de Farmacia ó por jurados, con arreglo á las formas establecidas por la presente ley y después de haber cumplido todas las formalidades prescritas. Art. 27. Los ministrantes establecidos en villas, aldeas ó lugares donde no haya farma- céuticos con oficina abierta podrán, no obstante los articulos presentes, administrar medi- camentos simples ó compuestos á sus clientes, pero sin tener por eso derecho á abrir oficina de Farmacia. Art. 28. Los prefectos harán imprimir y fijar en carteles cada año las listas de los far- macéuticos establecidos en los diferentes lugares de su departamento, cuyas listas conten- drán los nombres y apellidos de los farmacéuticos, la fecha de su recibimiento y los pun- tos de residencia. Art. 29. En París y en las ciudades donde se instituyan las nuevas Escuelas de Farmacia, dos doctores y profesores de la Escuela de Medicina, acompañados de individuos de las Es- cuelas de Farmacia y auxiliados por un comisario de policía, visitarán, por lo menos una vez al año, las oficinas y almacenes de Farmacia y droguería, para comprobar la buena cali- dad de las drogas y medicamentos simples y compuestos. Los farmacéuticos y drogueros están obligados á presentar las drogas y los compuestos que tengan en sus almacenes, oficinas y laboratorios. Las drogas mal preparadas y deterioradas se confiscarán en el acto por el Comisario de po- licía, y seguidamente se procederá con arreglo á las leyes y reglamentos existentes. Art. 31. En las demás ciudades y lugares, las visitas antedichas se harán por individuos de los jurados de Medicina en unión de cuatro farmacéuticos adjuntos, con arreglo al art. 13. 14  LE:GRAND DU SAULLE. La ley se ocupa en títulos sucesivos : De la organización de las Escuelas de Farmacia.—De los alumnos de Farmacia y su disciplina.—De la forma y coste del recibimiento de los farma- céuticos, divididos en dos clases, como en medicina lo están médicos y oficiales de salud.—De la policía de farmacia, entre cuyas disposiciones se encuentran ]as de los drogueros, es- pecieros y herbolarios. La distinción entre farmacéuticos de primera y de segunda clase consiste en que los primeros po- dían establecerse y ejercer su profesión en todo el territorio, mientras que los segundos no lo podían hacer sino en la ex- tensión correspondiente al departamento en que hubieren sido recibidos. (Art. 23 y 24 de la ley.) Los farmacéuticos de segunda clase pueden ejercer actual- mente en todos los departamentos, sin excepción, para los cua- les hayan sido recibidos, aun en aquellos en que haya Escuela Superior de Farmacia. (Decreto de 22 de Julio de 1868.) Por decreto de 12 de Julio de 1878 se creó un título supe- rior de farmacéutico de primera clase, cuyo título, úticamente científico, da derecho á ser nombrado profesor ó agregado de Ciencias farmacéuticas en las Facultades mixtas , en concu- rrencia con los doctores en Ciencias físicas ó naturales. Art. 32. Los farmacéuticos no podrán dar ni despachar preparados medicamentos ó drogas compuestas de cualquier especie sino con arreglo á la prescripción que hayan formulado los doctores en Medicina ó Cirugía, ó bien los ministrantes bajo su firma. Tampoco podrán vender ningún medicamento secreto. En las preparaciones ó compuestos que deban hacer y tener en sus oficinas se ajustarán á las fórmulas escritas y descritas en los recetarios y formularios redactados ó que se redacten por las Escuelas de Medicina. No po- drán hacer en el mismo local ú oficina ningún otro comercio ó despacho que el de drogas y preparaciones medicinales. Art. 3G. Queda terminantemente prohibido todo despacho al peso medicinal, toda distribu- ción de drogas y preparados medicinales en teatros ó tablados, en plazas públicas, ferias y mer- cados; todo anuncio y cartel impreso que indique remedios secretos, bajo cualquier nombre que sea. Los contraventores serán perseguidos por este delito como medida de policía correccional, y castigados con arreglo á los artículos 183 y siguientes de los delitos y penas ($). Art. 37. En adelante no podrá vender nadie plantas ó partes de plantas indígenas, frescas ó secas, ni ejercer la profesión de herbolario, sin haber sufrido previamente un examen en las Escuelas de Farmacia ú en una de segunda clase de Medicina y de Farmacia, por el cual se pruebe que conoce exactamente las plantas medicinales. (Decreto de 22 de Agosto de 1854.— 'Véase este mismo decreto en lo concerniente á gastos de recibimiento.) zL (*) Las infracciones á lo dispuesto en este articulo se castigan con arreglo á la ley de 29 Pluvioso, año xi (25 á GOO francos de multa. Reincidencia, tres á diez días de prisión). TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  15 Respecto al ejercicio práctico de la farmacia, no existen más que dos clases de farmacéuticos. § i.—Escuelas superiores de Farmacia, Facultades mixtas y Escuelas preparatorias. El número y sitio de las Escuelas de Farmacia son los mis- mos que los de las Escuelas de Medicina. Hay seis superiores de Farmacia en los mismos puntos que las Facultades de Medicina, es decir, en París, Montpellier, Nancy, Bordeaux, Lillé y Lyon. Además, catorce Escuelas preparatorias y dos de práctica completa, repartidas en diversas partes del territorio, cuyos nombres hemos dicho anteriormente; son á la vez Escuelas preparatorias de Medicina y de Farmacia. Cuanto se refiere á la enseñanza, estudio, años, modo y coste del recibimiento ha sufrido importantes ampliaciones y modificaciones después de la ley de Germinal, año xr, me- diante leyes y reglamentos posteriores, entre los cuales hare- mos notar el decreto del Gobierno, fecha 25 Thermidor (1), año xi (13 de Agosto de 1803), y más tarde los decretos im- periales de 22 de Mayo de 1854, 23 de Mayo de 1855 y 15 de Febrero de 1860. § IL—Presentación de títulos; publicación de listas; juramento profesional. También existen disposiciones respecto á la presentación de títulos y publicación de listas, análogas á las prescritas para los médicos, ministrantes y parteras, pero con algunas dife- rencias (artículos 16 y 28 de la ley Germinal, año xi). Los títulos han de presentarse en París al prefecto de policía, y en las demás ciudades al prefecto del departamento. La ley obliga además á que se preste juramento profesional ante las (1) Undécimo mes del año republicano en Francia, que empezaba en 19 de Julio y concluía en 17 de Agosto.—(N. del T.) 16  LEGRAND DU SAULLE. autoridades dithas, el cual se hace constar en el título (ar- tículo 16), siendo ilícito el ejercicio de esta profesión antes del juramento. Si en la ciudad donde quiera establecerse el farmacéutico existiera otra escuela que aquella donde había obtenido su título, se exige, con arreglo al decreto de 25 Thermidor, año xi, art. 40, que el farmacéutico dé parte á la adminis- tración de la Escuela y la presente el acta de su recibimiento, además de exhibirla á las autoridades competentes. § III.—Inspección de oficinas y almacenes. La ley de Germinal, á imitación de lo que se practicaba en. el antiguo régimen, organizó un sistema de visitas ó inspec- ciones, que debían hacerse por lo menos una vez al año, en las oficinas y almacenes de los farmacéuticos y drogueros, para comprobar la buena calidad de las drogas y medicamen- tos; en estas visitas, si hay faltas ó contravenciones á la ley, se hacen constar (art. 29, 30 y 31). El decreto de 25 Ther- midor, año xr, sometió á estas visitas anuales á los especie- ros (art. 42), y también, con algunas modificaciones en el personal inspector, á los herbolarios (art. 46). Estas visitas anuales deben hacerse en París y en las ciu- dades donde hay Escuela de Farmacia, y por consiguiente de Medicina, por profesores de la Escuela de Medicina, acompa- ñados de individuos de la Escuela de Farmacia (art. 29).— Este mismo personal puede hacer estas inspecciones en el radio de diez leguas á la redonda de estas ciudades, autori- zado por los prefectos, subprefectos ó alcaldes de la localidad (art. 30). Fuera de estas ciudades y su radio de diez leguas, la inspección se hacía bajo la ley Germinal, año xi, por jura- dos médicos ; pero hoy la hacen los Consejos de higiene pú- blica y de sanidad en los términos que marca el decreto de 29 de Marzo de 1859 (1). Los señores individuos de este Consejo, (1) Decreto de 23 de Marzo de 1859, relativo d la inyeccidn de oficinas de Farmacia y alma- cenes de drogueros. TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  17 comisionados al efecto por orden del prefecto, en cada depar- tamento, toman el nombre de inspectores de Farmacia.—Este mismo personal tiene derecho de inspeccionar, cada uno en su circunscripción, además de los establecimientos de farma- céuticos, drogueros y especieros, todos los sitios donde se fa- briquen y despachen sin autorización legal, preparados y compuestos medicinales, y hacer constar las infracciones (ar- tículos 30 y 31 de la ley). En cuanto á las visitas anuales á los herbolarios, se ha modificado un tanto el personal inspector por el decreto de 25 Thermidor, ario xT, art. 46, en lo que se refiere á las ciu- dades donde hay Escuelas de Medicina y de Farmacia ; fuera de esto, sigue lo mismo (1). Hay que añadir que en todos los casos los individuos encargados de estas visitas de ins- pección tienen que hacerlas según la ley (arts. 29 y 30), au- xiliados del comisario de policía; que las facultades especiales de que están revestidos y que no pueden ejercer sino cuando la comisión de que forman parte está constituida conforme los preceptos de la ley y de los reglamentos, en nada menos- caban el derecho que asiste á los funcionarios de policía judi- cial para comprobar y hacer constar, según las reglas que les competen y en las formas ordinarias de nuestro procedimien- to penal, las infracciones que se les denuncien, siendo aseso- rados en caso necesario por aquellas personas científicas á quienes crean necesario interrogar. Cada farmacéutico debe pagar por gastos de inspección 6 francos, y 4 francos cada especiero y droguero (decreto de 25 Thermidor, año xr, art. 42, conforme al art. 16 de cartas paten- tes de 10 de Febrero de 1780: impuesto legislado por el poder legislativo é incluido en presupuestos desde 1818). La ley de P resupuestos de 23 de Julio de 1820 ha exceptuado de este impuesto á los especieros y drogueros que no tengan drogas (1) Decreto de 25 Thermidor, afro xi (13 de Agosto dé 1803), que contiene el reglamento de .las Escuelas de Farmacia. ART. 49.—E1 Director y profesor de Botánica y uno de los profeso- res de la Escuela de Medicina harán visitas anuales á los herbolarios en la forma estahlecida en .el art. 29 de la ley.—En las localidades donde no haya escuelas, las visitas se harán con arreglo al art. 31 de la ley de Germinal, afeo xi. TOMO IV. 18  LEGRÁND DU SAULLE. pertenecientes á la Farmacia. En cuanto á los herbolarios no están sujetos al impuesto, pero sí á la inspección. VV.—Sanciones penales: distinción de las diversas clases «le infracciones y penalidad de cada una de ellas. La parte penal de la ley de Germinal, año xi, relativa á la previsión, definición y castigo de las infracciones en Farmacia, es indudablemente defectuosa, obscura, ó insuficiente. Indepen- dientemente de otros defectos, contiene en el texto unos cuan- tos mandatos ó prohibiciones que carecen de sanción penal; lo cual ha inducido á nuestra jurisprudencia á rehacer los anti- guos reglamentos, añadiéndoles por vía de interpretación las penas. Así se ha formado jurisprudencia por decretos sobre muchos puntos dudosos, indecisos, discutibles, que podríamos llamar jurisprudencia de expedientes. Es muy necesaria una nueva ley que se desea y está anunciada hace ya tiempo. Según esta jurisprudencia, tal y como parece prevalecer hoy día, habrá que distinguir los siguientes delitos: I.° Todo despacho ilícito de medicamentos al peso medici- nal, es decir, á las dosis en que deben emplearse, ó en otros términos, al por menor. Este delito está previsto en la primera parte de la frase con que empieza el art. 36 de la ley de Ger- minal, año xi, y castigado con multa de 25 á 600 francos, y además, en caso de reincidencia, con prisión de tres días á lo menos, y de seis á lo más con arreglo á la ley del 29 Plu- vioso, año viii, que se hizo para llenar el vacío del art. 36, en el. cual no se señala peso alguno (1). 2.° Todo despacho ilícito de medicamentos al por mayor. Este delito resulta, hecha abstracción del anterior, de las dis- posiciones de los artículos 25 y 30 de la ley de Germinal, ano XI; pero como en ésta no se señala pena alguna, y el ar- (1) Ley del 29 Pluvioso, año xnr, intérprete del art. 36 de la del 21 Germinal, año xr, sobre policía de Farmacia: n (.,,Los que contravinieren al art, 36 de la ley del 21 Germinal, alío 'a, relativo á policía de Farmacia, serán acusados ante la policía correccional y castiga- dos con multa de 25 á 600 francos, y además en caso de reincidencia con prisión de tres dias á lo menos y seis á lo más. TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  1. 9 -denlo 30 alude á leyes anteriores, que por decreto de 14 de Abril de 1791 subsistían con carácter provisional, nuestra jurisprudencia aplica en este caso la pena de 500 libras de multa, que se señala en el art. (5. 0 de la declaración de 1777. Se añade que en virtud de la potestad que tenía el juez bajo el antiguo régimen para disminuir las penas, y que los actua- les deben continuar poseyendo, puede rebajarse á un franco, la multa de 500 libras (1). Así, pues, la pena por despacho ilícito al por mayor, es menor que por despacho ilícito al peso medí- , cinal, lo cual es más frecuente, pues se hace á cada individuo que hay ocasión, y por consiguiente, es más peligroso para la salud pública. El despacho de medicamentos en detalle ó por mayor es ilícito, y constituye por lo mismo el delito de ejercicio ilegal de la Farmacia desde el momento en que se hace sin autoriza- ción legal, es decir, por persona sin título de farmacéutico ,como prescribe la ley, ó excediéndose de los derechos que el título confiera, por ejemplo, ejerciendo un farmacéutico de se- gunda clase en punto distinto de aquel en donde haya sido re- cibido, ó antes de prestar el juramento profesional. El delito existe además si el despacho de drogas ó de compuestos far- macéuticos se hace por personas no farmacéuticas, pero auto- rizadas legalmente á título especial, si exceden los límites de la autorización de cualquier modo que sea. Tal es el caso del ministrarte y el doctor (¿ fortiori los que autoriza la ley .,(art. 27) , cuando se establecen en villas, aldeas ú pueblos donde no hay farmacéutico con oficina abierta, para adminis- trar á las personas á quienes asistan medicamentos simples ,ó compuestos, pero sin derecho á tener oficina abierta: si tras- „pasan los límites permitidos en la autorización especial que lienen, cometen ejercicio ilegal de la Farmacia. De igual (1) DEcLARÁciús DEL REY reglamentando las profesiones de Farmacia y especierías de París, dada en Versalles el 25 de Abril, de 1777, y registrada en el Parlamento el 13 do Mayo de 1777. — «ART. R.° Prohibimos á los espicieros y todas las personas, fabricar, vender y despachar sa- les, compuestos n preparados de cualquier clase que hayan de entrar en el interior del cuerpo ,,humano en forma de medicamentos; hacer misturas de drogas simples para administrarlas en forma de medicina, bajo la pena de 500 libras de multa, y más, si á ello hubiere lugar, etc.» 20  LEGRAND Dli SAULLE. modo el herbolario autorizado por la ley (art. 87), en virtud" de un certificado de examen, para vender plantas, ó partes de éstas, medicinales inXyenas, frescas ó secas, si se sale de esta especialidad usurpará la que corresponde á la Farmacia. Lo mismo sucederá a] especiero y al droguero que en vez de limi- tarseá hacer el comercio de drogas simples al por mayor, las vendieron al peso medicinal; esto que les prohibe la segunda . parte del art. 33 de la ley, pero sin marcar pena particular, cae de lleno en el caso ordinario de ejercicio ilegal de la Far- macia, y debe castigarse como tal. Si los especieros ó drogue- ros  • vendiesen compuestos ó preparados farmacéuticos, el he- - cho se castiga especialmente con arreglo á la primera parte • del mismo art. 33, y constituye la tercera especie de delito • que debemos anotar ahora. 3.° La venta de compuestos ó preparados farmacéuticos, que hagan especieros y drogueros. La pena particular que se-. fíala la primera parte del art. 33, es en este caso multa de 500 francos , sin que el juez pueda rebajarla; el beneficio de cir- cunstancias atenuantes es incompatible, según los principios de nuestro derecho penal común (Código penal, art. 463), á no ser que existan disposiciones fuera del Código acerca de - los delitos previstos en las leyes. 4.° Toda distribución de drogas y preparados medicinales que se haga en teatros ó tablados, en las plazas públicas, fe- rias ó mercados; todo anuncio y cartel impreso que indique re- medios secretos, sea cualquiera la denominación con que se presenten. A este delito, que se halla previsto y definido en el artículo 36 de la ley de Germinal, año pero sin señala- - miento de pena, la ley de 29 Pluvioso (1), año xiii, cuyo texto hemos dado anteriormente, le ha aplicado la de multa de 25 á 600 francos, y además, en caso de reincidencia, prisión de tres días á lo menos, y de seis á lo más. En estos delitos no se tiene en cuenta que los contraventores estén ó no provistos de su 'título. (1) Quinto mes del calendario republicano de Francia, que empezaba el 20 de Enero y con- cluía el 18 de Febrero.—(N. del T.) 11 TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  21 El delito de ejercicio ilegal de la Farmacia, existe aun cuando la distribución de medicamentos sin autorización le- al sea gratuita; esto puede servir ante el juez de atenuante de la pena en los casos en que están facultados para atenuarla, pero no destruye la infracción. Todo delito de esta clase es de la competencia de los Tri- bunales correccionales. Se reconoce á los farmacéuticos á quie- nes este delito perjudica, el derecho que frecuentemente ejer- cen como partes civiles, para acusar, ya por vía de interven- . ción, ya por vía de citación directa. No hay para qué repetir ahora, respecto de los farmacéuticos, lo que ya dejamos dicho sobre el particular con relación á los médicos. Cuando ya está recibido el farmacéutico, él mismo es el re- -gente de su farmacia, y de sentencias, tanto del Tribunal de casación (1859-1860 á 1876), como de la Audiencia de Pa- rís (1860-1869), resulta que nadie puede abrir oficina de far- macia si no posee á la vez fondos suficientes para ello y título - de farmacéutico. Se exceptúan las farmacias exclusivamente privadas y para uso de una sociedad de socorros mutuos; estas - farmacias pueden regentarse por un farmacéutico con título, aunque no sea propietario de ellas; lo mismo sucede con los farmacéuticos de los hospitales. El propietario de una farmacia, cuando no esté recibido ,de farmacéutico, puede vender su oficina á un farmacéutico con título, mas, por el contrario, un farmacéutico no puede venderla á quien no tenga título; en este caso la venta es nula. En cuanto á la sociedad de una persona sin título con uri farmacéutico, parece que es legal (Tribunal de Lyón, 22 de Mayo de 1861), siempre que el farmacéutico regente por sí la oficina y el socio no farmacéutico no tome parte alguna en la gestión; de lo contrario será nula. ¿Puede tener dos farmacias un solo farmacéutico? Sin duda alguna, si él es regente de la una y su socio farmacéutico con -título, lo es de la otra. Pero si esta otra farmacia se confía .un alumno, á éste se le puede acusar por ejercicio ilegal de la 22  LEGRAND DU SAULLE. farmacia (Briaud y Chandé), porque en este caso la vigilancia no sería eficaz. Cuando muere un farmacéutico, el art. 41 de la ley Germi- nal permite á la viuda continuar durante un año con la farma- cia abierta, á condición de que sea dirigida por un alumno de - veintidós años de edad, por lo menos, que tenga garantías de • capacidad suficiente, y que sea vigilado por un farmacéutico- especialmente nombrado al efecto. Este permiso que se Con-. cede á la viuda, no se extiende á los demás herederos del far.:_ m acéutico. V.—Cuatro obligaciones principalmente impuestas á los farma- céuticos, y sanciones penales. Importa hacer notar en el art. 3 de la ley fundamental de Germinal, año las siguientes cuatro obligaciones que im- pone á los farmacéuticos: 1. a No dar ni despachar preparados medicinales ni drogas compuestas, sin prescripción facultativa de médico, cirujano ó ministrante, y bajo su firma. 2. a No • vender ningún remedio secreto. 3. a Acomodar las preparacio- nes y compuestos, que deben hacer y tener en sus oficinas, las fórmulas insertas y descritas en el Código. No hacer en las mismas oficinas ó despachos ninguna otra clase de comer- cio cio ó venta que el de drogas y preparados medicinales. No señalándose en el art. 32 ninguna pena como sanción de (le estas cuatro obligaciones que impone á los profesores de Farmacia, nuestra jurisprudencia ha buscado si existen ó no en otros textos de los cuales pudieran tener aplicación, y se• han encontrado con tal motivo en la más inevitable situación de duda, de divergencia ó de contradicción jurídica. En tal estado de cosas, hoy día existente, la jurisprudencia se aplica según las resoluciones recaidas, del. modo siguiente: Como sanción penal á la primera obligación, que dice: No despachar medicamentos sin receta firmada por el médico, se aplica la pena de 500 francos de multa, señalada en el decrete,, TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  23 de reglamento del Parlamento de París, fecha 23 de Julio de 1748 (1). Para hacer tal aplicación el razonamiento es: que la ley de 14 de Abril de 1791 ha mantenido provisionalmente la ejecu- ción de las leyes, estatutos y reglamentos antiguos respecto á la Farmacia con las penas que en ellas se señalan; que la ley fundamental de Germinal, año x 1, remite á los antiguos re- glamentos en su art. 30 la represión de ciertas infracciones; que así, esos mismos reglamentos que sólo eran locales, tales como el decreto del Parlamento de París del año 1748, se han generalizado para toda la Francia, y deben aplicarse todavía en aquello en que leyes recientes no hayan estatuído de otro modo. Como sanción á la segunda obligación: no vender ninyún remedio secreto, se aplica la pena de 25 á 600 francos de mal- ta; y además, en caso de reincidencia, prisión de tres días á lo menos ó de seis á lo más, con arreglo á la ley del 29 Plu- vioso, año xm. Para aplicar esta pena se hace el siguiente razonamiento: Que habiéndose publicado contra el anuncio de remedios se- cretos, con más razón ha de aplicarse contra la venta de los mismos; además, se funda en el contenido del título de un decreto del 25 Pradial (2), año xm, relativo á la venta y (I) Decreto del Parlamento de París del 23 de Julio de 1748 : ((Visto por la Audiencia la demanda presentada por los decanos y doctores regentes de la Facultad de Medicina de Pa- nuestra Audiencia ordena que las ordenanzas, edictos y declaraciones registradas en nuestra dicha Audiencia, juntamente con los decretos y reglamentos de la misma, respecto de los médicos y farmacéuticos, se ejecuten según su forma y tenor, haciendo que todos los boticarios de esta villa de París y su contorno tengan obligación de ajustarse al nuevo Rece- tario, hecho por los suplentes, para la composición de los remedios que en él se mencionan, en el término de seis meses á contar desde el día del presente decreto y del acto del depósito de dicho Recetario, que se hará después de firmado por el decano de la Facultad de esta villa de París, al escribano de Cámara, de nuestra dicha Audiencia. Se veda y prohibe á los boticarios dar á los enfermos los compuestos mencionados en el dicho Recetario, ú otros que ellos hicie- ren, bajo otras órdenes que las de los doctores de la susodicha Facultad , licenciados de ella n otros que estén facultados para ejercer la Medicina en esta villa de París y su contorno y sin, órdenes fechadas y firmadas por los antedichos doctores, licenciados 0 otros que tengan facul- tad para ello, cuyas órdenes tendrán obligación los boticarios de conservar bien y fielmeni registradas, bajo las penas señaladas en las ordenanzas, edictos, declaraciones y decretos de la Audiencia (500 libras de multa).» (2) Noveno mes del calendario republicano de Francia, que empezaba el 20 de 14layo y con- cluía cl 18 de Junio.-(N . del T.) 24  LEGRAND DU SAULLE. distribución pública de ciertos remedios, que se publicó poco después de nuestra ley de Pluvioso, año xin, y en el art. 1.0 de este decreto, donde están reunidos bajo el mismo concepto de prohibición, el anuncio y la venta de remedios secretos. Como sanción á la tercera obligación: ajustarse á las fór- mulas del Codex para la preparación de remedios oficinales, la misma pena de 500 francos de multa, como en el 'primer caso ya dicho, y en virtud del mismo razonamiento que mantiene en vigor el decreto de reglamento del año 1748. Por último, en cuanto á, la cuarta obligación: no hacer nin- gún otro comercio en la misma oficina ó sitio de despacho, si la jurisprudencia fuera rigurosamente consecuente consigo mis- ma, y si procediera en virtud del mismo razonamiento, debe- ría aplicar la disposición de la declaración' de 1777, art. 4.0, donde se puede ver, aunque en términos.menos claros y gene- rales, una prohibición análoga, pues dice so pena de multa y confiscacion (I). Pero esta confiscación indeterminada, sin se- ñalar con precisión y suficientemente límites , en los objetos que se han de confiscar ó castigar, repugna á nuestro actual sistema de penalidad. Tampoco se fija cifra alguna para la multa, que por lo mismo no podría pasar hoy de la tasa de multas simples de policía, ó sea 15 francos como máximum. Añádase á esto que lo que se previene en el art 4.° de la decla- ración de 1777 no es absolutamente lo mismo que lo que dis- pone la ley de Germinal, ano xr. De modo que, aun reducida de este modo, nuestra jurisprudencia ha rechazado hasta el presente la aplicación de la pena de 1777, resultando que la cuarta obligación que se impone á los farmacéuticos carece de sanción penal jurídica. Las palabras en los mismos sitios ú oficinas, de la ley Germinal, año xr, sefialan . bien el límite de la prohibición; así es que otra clase de comercio en sitio dis- tinto del de la oficina donde se ejerce la farmacia, aunque sea (1) Declaración del Rey de 25 de Abril de 1777.—«Árt. 4. 0 Los maestros de Farmacia que compongan el colegio, no podrán en lo sucesivo hacer también comercio de especiería, Esta- r:in obligados á limitarse á la confección, preparación, manipulación y venta de drogas sim- ples y de compuestos medicinales, sin que bajo pretexto de azúcares, mieles, aceites y otros objetos que empleen puedan ponerlos á la venta 8 ' 0 pena de mulla p c o n f iscación  , TRATADO DE MEDICINA LEGAL,  25 un local ó almacén al lado, pero perfectamente separado, no cae dentro de la ley. VI.—Codex. - Lo relativo al Codex reclama particular atención. Esta compilación• oficial, llamada también recetario ó formulario, en la cual deben reunirse y publicarse con la sanción y por orden del Gobierno las principales fórmulas de los preparados medicinales y farmacéuticos más usuales, bastante numerosos y variados para poder aplicarse á los diferentes casos y situa- ciones, redactados por comisiones científicas de profesores de las Escuelas de Medicina y Farmacia, conforme al estado de la ciencia en cada época de las nuevas ediciones, data del anti- guo régimen. De ella se trata en el decreto del Parlamento de .París del 23 de Julio de 1748 á que nos hemos referido. El :artículo 38 de la ley de Germinal, año contiene los precep- tos legales que sirven de base hoy día. La primera edición que se publicó oficialmente después de esta ley fué en 1818, bajo el título de Cortex meclicamentarius seu _Ph.a2-macop<ea gallica, la segunda en 1837, la tercera en 18(36, y por último, la cuarta en 1884, obligatoria para los farmacéuticos desde 1.° de Enero de 1885. Cuando el médico compone él mismo la receta en la fórmula , del medicamento que prescribe, ó bien cuando al indicar una fórmula del Codex la modifica, de cualquier modo que sea, esta fórmula, especialmente prescrita por el maestro, ,se llama, por <esta sola .raón, fórmula -magistral; y al medicamento medica- mento magistral; el farmacéutico no puede tener de antemano estos medicamentos preparados en su oficina, en ninguna cantidad, porque su carácter es precisamente que el médico los acomoda á las circunstancias particulares del caso, y los prescribe en cada caso individual. Por el contrario, los diversos m edicamentos, cuyas fórmulas están inscriptas en el Codex, pueden estar previamente preparados por el farmacéutico y tenerlos en cantidad, siempre que su naturaleza física lo per- 26  LEGBAND DU fi AULLÉ. mita, en su oficina de Farmacia para cuando el médico quiera prescribirlos; por esta razón se llaman medicamentos oficinales, y á las fórmulas del Codex formulas oficinales. Por lo demás, ni los unos ni los otros, magistrales ú oficinales, puede darlos el farmacéutico sin receta firmada por el médico, ajustándose á la fórmula prescrita por el médico en los primeros, y á la que da el Codex en los segundos. CAPÍTULO 11. De los envenenamientos (1). De los venenos.—Del envenenamiento en general.—Modo de administrar los venenos.—Con- diciones de acción de los venenos--Influencia de la dosis de los venenos.—Influencia del su- jeto.—Influencia del medio.—Signos del envenenamiento: signos deducidos de los conmemo- rativos; signos suministrados por los síntomas que presenta la víctima ú observados en ella; signos deducidos de las lesiones anatómicas ; signos deducidos de los conocimientos quími- cos, microscópicos ó por la experimentación fisiológica.—Diagnóstico del envenenamiento.— Manera de proceder á la investigación.—De las diferentes especies de envenenamientos.-- Estadística de los envenenamientos criminales en Prancia.—División y clasificación : into- zificación por los irritantes, los hipostenizantes, los estupefacientes, los narcóticos y los neo- rosténicos.—I, Intoxicación por los irritantes : ácido sultárico, ácido nítrico, ácido clor. hídrico, ácido acético concentrado, ácido oxálico, ácido tártrico, álcalis y sales alcalinas, barita, amoniaco líquido, drásticos. II. Intoxicación por los hipostenizantes: arsénico y pre- parados arsenicales, fósforo, sales de cobre, mercurio, antimonio, emético, cloruro ó manteca de antimonio, sal de nitro, sal de acederas, digital y digitalina. III. Intoxicación por los. estupefacientes : plomo, belladona, atropina, belcho, estramonio, hierba mora, tabaco, ci-- cuta, acónito napelo, setas, cloroformo, éter y amileno, alcohol. IV. Intoxicación por los narcóticos : láudano, morfina; codeína. V. Intoxicación por los neurosténicos : estrigninn,. ácido cianhídrico, laurel-cerezo, cantáridas.--Resumen. I.—DE LOS VENENOS. Se ha indicado un gran número de definiciones del veneno' sin llegar á precisar este término con toda la claridad deseada,. de modo que no deje subsistir ninguna ambigüedad en todos los casos que pueden presentarse bajo el punto de vista mé- dico-legal. Mahon, Focléró, G-melin y Orfila, dan el nombre de veneno á toda sustancia que tomada interiormente ó aplicada de- cualquier modo sobre el cuerpo vivo, en pequeñas dosis , des- truye la salud ó hace que la vida se extinga completamente.. Devergié define el veneno: Toda sustancia que tomada in- teriormente ó aplicada al exterior del cuerpo del hombre, y en pequeñas dosis, es generalmente capaz de alterar la salud (1) La legislación relacionada con ls'nvounamientos puede verse en los capítulos ihntieictie, Lesiones y Muerte. 28  LEGRAND DU SAULLE. 6 destruir la vida sin obrar mecánicamente y sin reproducirse.» Mr. Vulpian, teniendo en cuenta que los medicamentos y los venenos no pueden définirse con precisión, aunque hay gene- ralmente conformidad en el sentido en que se deben tomar estas palabras, llama venenos á las sustancias que introdu- cidas por absorción en el organismo, determinan alteraciones en su estructura ó trastornos funcionales más ó menos graves, pudiendo además, cuando su acción llega á un alto grado de intensidad, determinar la muerte, ó cuando menos, poner la vida en peligro. Los virus según añade el mismo autor, son materias albuminoides, engendradas en la sustancia organi- zada de los animales , ya durante la vida, ya á consecuencia de la descomposición de esta misma sustancia (virus cada- véricos) y que pueden, cuando han penetrado en la circula- ción de un individuo vivo, producir trastornos morbosos más ó menos graves, algunas veces fatalmente mortales (virus rá- bico, por ejemplo). Las ponzoñas se asemejan más á los venenos que los virus. Aunque formadas en el organismo animal como los virus, determinan como los venenos efectos inmediatos y proporcio- nales á la cantidad de sustancia absorbida. Se distinguen sin embargo, de éstos, eu que su acción no llega á su máxi- mum de intensidad sino cuando se introducen directamente en el torrente circulatorio; su ingestión en las vías digestivas no produce ninguna acción tóxica como la producen la mayor parte de los venenos. Es además muy probable, según tienden á demostrar las investigaciones de Armand Gautier sobre las ponzoñas del naja y del trigonocryale, que éstas contengan productos de naturaleza alcaloides, más ó menos idénticos á las ptomainas, lo cual les asemejaría mucho más á los venenos propiamente dichos. En cuanto á los virus, creemos no esté lejano el día en el cual quedarán definidos y caracterizados como constituidos por organismos inferiores, específicos de cada una, de las afec- ciones virulentas; los interesantes trabajos de Pasteur sobre TRATADO DE MEDICINA LEGAL,  29- la rabia y los de Lutsgarten sobre la sífilis nos inclinan á sos- tener nuestra opinión. II.--DE LA INTOXICACIÓN EN GENERAL. En medicina legal el envenenamiento puede definirse: todo atentado á la vida de una persona por medio de ciertas sustancias que, ingeridas ó absorbidas, pueden producir rá- pidamente la muerte, ya por los desórdenes que determinen sobre las vías digestivas, ya en virtud de su acción especial sobre los elementos de nuestros tejidos ó de nuestros humo- res, cuando estas sustancias tóxicas son absorbidas y entran en el torrente circulatorio. Damos esta definición del envenenamiento, no con el objeto de que se sustituya á la formulada por el legislador en el ar- tículo 301 del Código penal francés, sino más bien para pre- cisar é interpretar el verdadero sentido del citado artículo. Obrando de este modo, creemos ser más útiles que si, aprove- chándonos de la vaguedad del legislador, entrásemos en dis- cusiones ó más bien en argucias, en las cuales perderíamos el tiempo lastimosamente. No es indiferente, según parece indi- carlo el texto de la ley, el modo en que se emplean ó admi- nistran las sustancias tóxicas. El ácido sulfúrico, el sublimado corrosivo ó el arsénico empleados ó administrados al exterior pueden producir sobre nuestros tejidos desórdenes de tanta importancia, que la vida se encuentre gravemente compro- metida ó que sobrevenga la muerte de un modo rápido, más rápido aún que en ciertas intoxicaciones de las más caracte- 'rizadas. Sin embargo, racionalmente pensando, no se pueden considerar como intoxicaciones verdaderas los desórdenes pro- ducidos por aquellas substancias cuando obran como hemos dicho sobre el exterior del cuerpo. Lo mismo puede decirse del vidrio machacado cuando se administra con un fin criminal. Sin duda alguna, las espinas de los pescados, los fragmen LEGRAND DU SAULLE. tos puntiagudos de diferentes cuerpos, los huesos, etc., pueden producir en el tubo digestivo desórdenes graves, y . á veces mortales. ¿ Pero esto es motivo para considerar al vidrio ma- chacado entre el número de los venenos, como durante mucho tiempo se ha venido haciendo? Lo mismo podríamos incluir entre ellos las agujas, los alfileres , las espinas, y en general todos los cuerpos extraños que pueden comprometer la salud ó la vida de un modo exclusivamente mecánico. Pero no nos detendremos en estas consideraciones, limitándonos tan sólo 11 manifestar que, para que exista intoxicación, es necesario que la sustancia, llamada veneno, reuna las dos condiciones si- guientes: 1. a , que sea ingerido ó absorbido; 2. a , que sea capaz de abolir la vida, ya por alteraciones graves de las vías di- gestivas, de una naturaleza distinta de las acciones trau- máticas; ó ya, una vez absorbido, por las alteraciones íntimas de los elementos de nuestros tejidos y de nuestros humores. Modos de administración de los venenos. La ingestión es el modo más frecuente de administración de los venenos: unas veces el veneno forma parte de un bre- baje, y otras se adiciona á los alimentos. Este hecho tan co- nocido tiene una importancia práctica considerable, sobre la cual llamaremos la atención cuando tratemos de los signos del envenenamiento en general. La ingestión de alimentos, á los cuales se han adicionado sustancias tóxicas, es fre- cuentemente voluntaria y consentida por la víctima. Los casos en los cuales el veneno ha sido administrado ó ingurgi- tado á la fuerza son excesivamente raros, solamente se ob- servan tratándose de infanticidios propiamente dichos, ó en los envenenamientos de niños ó de personas cuya debilidad hace imposible toda resistencia. Las señales de violencia y las que deja el líquido sobre los labios, sobre la parte anterior del cuello ó del pecho, cuando se han empleado venenos cáus- ticos, sirven entonces para ponernos en conocimiento del crimen. TRATADO DE MEDICINA LEGAL-.  31. Existen otras vías de adminiStración de los venenos; pero :son poco usadas en la práctica criminal del envenenamiento. Se las observa en algunos suicidios ó en algunos casos de envenenamiento accidental ó por imprudencia. La mucosa de las vías respiratorias, con su poder absorbente tan notable, merece entre todas el primer lugar; bien sabido es que por la absorción pulmonar pueden entrar en el organismo los vene- nos gaseosos; la frecuencia de los suicidios por el óxido de carbono, los envenenamientos por el cianógenos y los com- puestos ciánicos y, en otro orden de hechos, la muerte pro- ducida por el cloroformo y por el éter son bien conocidas de todos. Los casos de intoxicaciones criminales cometidos por la vía pulmonar son extremadamente raros , á no ser que con- sideremos como ciertos esos envenenamientos sutiles de que hablan las novelas y la historia antigua, y con los cuales la ciencia nada tiene que ver. Al lado de la mucosa de las vías respiratorias se colocan naturalmente las otras mucosas tapizadas de un epitelium cilíndrico, las cuales tienen también una gran facilidad para la absorción; los envenenamientos por medio de enemas de tabaco son una prueba de la absorción de la mucosa rectal. La mucosa de la uretra se encuentra en el mismo caso, como lo han demostrado las experiencias de Alling. Por el contra- rio, las mucosas de epitelium pavimentoso absorben poco, á no ser que estén inflamadas, y por consiguiente privadas de su revestimiento epitelial. Por efecto de una previa inflama- ción es como se explican los dos casos de intoxicación por el ácido arsenioso introducido en la vagina, uno de ellos rela- tado por Ansiaux en el Journal general de medicine, y el segundo consignado en las Actes de la SocietJ medica! de Copenhague. En el caso publicado por Ansiaux «se trata de una mujer de una aldea llamada Loueux, que murió á los cuarenta arios á consecuencia de una corta enfermedad que se caracterizaba por una tumefacción considerable de los órganos genitales, con flujo uterino, vómitos y deposiciones frecuen- tes». La autopsia puso de manifiesto un estado g an g renoso de n o 32  LEG1RAND DU SAULLE. la vulva y de la vagina. El vientre estaba meteorizado; los intestinos inflamados y algunas porciones de ellos atacadas por la gangrena. Del expediente instruido para esclarecimiento de la verdad resultó que el marido, en el momento de gozar de. los derechos con y ugales, había introducido el ácido arsenioso en la vagina de su mujer. El culpable fué condenado á la pena. capital.—En el segundo caso se trata también de un campe- sino que había introducido, en el momento de la cópula, ácida arsenioso en la vagina de su mujer. Los peritos encontraron, todavía óxido arsenioso en las partes genitales de aquella. desgraciada. A pesar de este resultado los magistrados abri- gaban algunas dudas, por lo cual fué consultado el Colegia de Copenhague. Entonces se hizo la experiencia siguiente: Se introdujo en la vagina de dos yeguas una media onza de ácido arsenioso; á la media hora había dolores vivos, emisiones fre- cuentes de orina, agitación extrema. Cuatro horas después se. presentó la hinchazón de la vulva, al siguiente día era imposi- ble estar en pie á los dos animales, y la vagina estaba más roja y tumefacta. Se abandonó á una de las yeguas á los efectos del veneno, á la otra se le proporcionaron los auxilios del arte. y se restableció. En la primera la inflamación llegó á un grado altísimo y el vientre se cubrió de flictenas. En la ma- ñana del cuarto día siguiente á la experiencia, no tenía más que treinta pulsaciones; la muerte sobrevino al mediodía. Al abrir el cadáver se encontró el cuello del útero tumefacto y re- cubierto de sangre coagulada; en el abdomen había un derra- me de serosidad sanguinolenta, vestigios de inflamación en el estómago, en los intestinos, en los pulmones, en la aorta y el canal torácico. El pericardio estaba lleno de serosidad sangui- nolenta. (Devergie.) Por lo demás, por débil que sea el poder absorbente de las mucosas tapizadas de epitelium pavimentos°, pueden permi- tir la absorción de las sustancias tóxicas, aun sin estar aque- llas previamente inflamadas. Así es que una gota de ácido cianhídrico ó de nicotina, instalada en la conjuntiva ocular de un perro, le produce la muerte en treinta segundos. El dermis, 115 TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  33 desprovisto de la capa epidérmica, y las heridas son vías de absorción excelentes ; de la misma propiedad goza el tejido celular subcutáneo. Bien sabido es que, en la facilidad con que estos tejidos absorben las sustancias que sobre ellos se apli- can, se fundan los métodos llamados endérmico é hipodér- mico. Los venenos también pueden entrar en el torrente cir- culatorio por medio de inyecciones venosas. No se absorben todas las sustancias indistintamente por las vías que acaba- mos de enumerar. Muchas sustancias tóxicas tienen vías pre- dilectas de absorción que bien pudieran llamarse vías de elecci(:)n y también vías exclusivas. Lo mismo sucede con los virus, que no desplegan su terrible acción sino cuando encuentran una entrada en el torrente circulatorio, ya por medio de una he- rida ó solución de continuidad, ó porque se inyectan en el tejido celular. Ciertas sustancias sépticas se encuentran en el mismo caso. Este hecho se observa con frecuencia en los an- fiteatros anatómicos. En fin, bien sabido es que el curare, uno de los venenos más temibles, cuando se inyecta en el tejido celular ó se aplica sobre una herida, es mucho menos activo que cuando se introduce en las vías digestivas. Condiciones de acción de los venenos. Toda sustancia llamada venenosa, ingerida ó absorbida, no produce constantemente una intoxicación. Su acción está subordinada á influencias diversas, como la cantidad del ve- neno, las condiciones de la persona que lo ha ingerido ó ab- sorbido y las modificaciones que experimenta la sustancia ve- nenosa en presencia de otras sustancias, que por diversos modos, pueden ponerse en contacto ó mezclarse con ella. 1.° Influencia de las dosis de los venenos.—Intencionada- mente no hemos insistido mucho en la definición de la pala- bra veneno. ¿Qué sustancia así llamada no puede encontrarse también entre las sustancias medicamentosas ? Querer esta- blecer una distinción precisa entre el medicamento y el ve- TOMO IV. 34  LEGRAND DU SAULLE. neno es cosa. imposible. Entre estás dos especies de modifica- dores del organismo no hay más que una diferencia en el grado de acción : y esta diferencia depende de multitud de circunstancias diversas para que podamos hacer una distinción exacta. Sin embargo, entre estas circunstancias hay una que ejerce influencia preponderante para que ciertos autores hayan querido hacer de ella la característica distintiva entre el me- dicamento y el veneno. Nos referimos á la noción de cantidad. Un veneno, se dice, es una sustancia que, administrada en pequeria cantidad puede comprometer gravemente la vida. Pero, como Taylor hace notar, con justa razón, ¿qué diferen- cia existe bajo el punto de vista del resultado práctico entre el envenenamiento producido por dos granos de nitro y el en- venenamiento que produce una onza de esta misma sustan- cia? Esta noción de cantidad no debe de perderse, sin embargo, de vista; pero si se quiere sacar de ella alguna utilidad, es ne- cesario transportarla desde el terreno de la intoxicación en general al de cada especie de intoxicación en particular. Sobre este nuevo terreno, esta noción adquiere la más grande im- portancia, puesto que es ella la que, en igualdad de circuns- tancias, sirve para establecer la línea de demarcación entre el medicamento y el veneno. Pero tendremos que ocuparnos de este asunto á propósito de cada intoxicación particular; en- tonces trataremos de fijar, de la manera más precisa que nos sea posible, la dosis á partir de la cual, cada sustancia es capaz de comprometer gravemente la vida, para que pueda considerársela con razón como veneno. En todo lo que acabarnos de decir nos hemos referido á la intoxicación aguda, á aquella en la cual la muerte es el resul- tado de la administración de una sola dosis de veneno, ó de muchas dosis administradas en un espacio de tiempo bastante corto para que su acción haya podido producir el mismo efecto. Pero es necesario no olvidar que el crimen se comete algu- nas veces de una manera muy ingeniosa, lo bastante para ex- traviar al médico ignorante ó poco observador, aunque no ad- mitimos que el envenenamiento se efectúe tan hábilmente TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  35 que pueda simular de una manera completa la marcha de una enfermedad natural. La intoxicación lenta que resulta de la administración de dosis relativamente pequeñas de sus- tancias venenosas, con intervalos bastan te largos para evitar accidentes alarmantes, pero no para dejar que el organismo se rehaga contra su acción destructora, presenta siempre, en sus alternativas de mejoría y agravación, ciertos accidentes insólitos ó desconocidos en la enfermedad, con la cual pudiera confundirse á primera vista. Esta confusión es imposible cuando la observación se hace de un modo formal y por un médico instruido. En cuanto á la intoxicación crónica, diremos que es casi siempre profesional ó resultado de hábitos de embriaguez. Por lo tanto no nos ocuparemos de ella. 2.° Influencia del sujeto.—En igualdad de circunstancias el niño resiste menos la acción de los venenos que el adulto: la mujer menos qne el hombre. Estos hechos son muy conoci- dos, por lo cual no insistiremos en ellos. Lo que principal- mente queremos poner de relieve es la influencia del hábito, 41e la idiosincrasia y de la enfermedad. La influencia del hábito sobre la acción de los venenos no 'puede ponerse en duda. Basta recordar para esto las cantida des de alcohol que pueden absorber casi impunemente, ó al menos sin accidentes inmediatos, ciertos bebedores. Conside- ramos que hay mucha exageración en lo que se cuenta de los ,arsenicyagos del Tirol y de la Styria: el uso del arsénico no es tan general en esas comarcas como se ha hecho creer por 'ciertos autores ávidos de relatar cosas extraordinarias. Las cantidades consumidas han sido, sin duda alguna, exageradas también de una manera general. Roscos, Madagán y Knapp, citan sin embargo algunos casos que no podemos poner en Zuda. El primero vió tomar á un campesino de la Styria cua- tro granos y medio (25 centigramos) de arsénico en un día, y al siguiente tomó otros cinco granos y medio (30 centigra- mos), sin que su salud sufriera perturbación alguna. 3lada- gán conoció á otro campesino de la Styria, de veintiséis años, 36  LEGRADiD DU SAULLE. que tomaba diariamente, hacía año y medio, de cuatro á cinco granos de arsénico blanco en polvo, sin que su salud se hu- biese resentido. En otro caso citado por el mismo autor se- trata de un hombre de cuarenta y seis años, que tomaba, de una vez, seis granos de arsénico (más de 30 centigramos) (Ed._ Med, Journal., Sept., 1664). En fin, el Dr. Knapp ha visto- á un hombre tomar siete granos y medio (cerca de 40 centi- gramos) sin producirle ningún accidente. Estos hechos nos, causan admiración al considerar que el arsénico produce acci- dentes tóxicos á la dosis de un centigramo. Conviene, sin em- bargo, recordar que la arsenicofagict, lejos de producir siempre- estos resultados maravillosos que excitan el entusiasmo de, ciertos autores, determina á la larga muy frecuentemente acci- dentes graves y aun conduce á la muerte, como refiere el doctor- Parker. (Ea'. Med. Journ., Aoñt,1864.) Se trataba de un hom- bre que sucumbió con los síntomas ordinarios de un envenena- miento crónico, después de tres ó cuatro años de haber estado, ingiriendo arsénico. El opio es, tal vez más que el arsénico,. la sustancia sobre cuya acción tiene el hábito una gran in- fluencia, no solamente en el estado de enfermedad, sino tam- bién en estado de salud. Sin referirnos á los célebres fuma- dores y comedores de opio, el hecho se ha comprobado hasta en los niños, los cuales, como es sabido, tienen para esta sustancia una sensibilidad extrema. Dice G-rainger que en las comarcas manufactureras de Inglaterra se acostumbra a. á dar opio á los niños, aumentando gradualmente la dosis partir de su nacimiento; estos niños pueden tomar sin incon- veniente de quince á veinte gotas de láudano de una sola vez._ Un niño que no estuviese acostumbrado, moriría sólo con, tomar cinco gotas de dicho líquido. (Rep. of the children' s em- poisouneinent commission.) La influencia del hábito no alcanza á todos los veneros.. Algunos de ellos resisten en absoluto á esta influencia. Se- gún Bouchardat, no se establece el hábito en las sustan- cias que obran como venenos en todos los seres de la escala orgánica: en cambio, podemos habituarnos á las sustancias- TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  37 que, aun siendo consideradas como venenos para el individuo -al cual se administran, son inofensivas para algunos otros eres de la escala animal. La influencia de la idiosincrasia, aunque menos importante, no deja, sin embargo, de observarse. Ciertos individuos, en virtud de un estado especial de su organismo, gozan, res- pecto á ciertos venenos, de una inmunidad notable, aunque no absoluta. Christian cita el ejemplo de un individuo que, sin estar habituado, tomó en una sola vez, sin que le produ- jese efecto alguno, una onza (30 gramos) de láudano. He- chos análogos se han observado con el arsénico, el mercurio, el estaño y el antimonio. Por el contrario , ciertos individuos manifiestan síntomas de intoxicación después del uso de sus- tancias inocentes y que forman á veces parte de la alimen- tación, como son las almejas , ostras, langosta, etc. El cono- cimiento de este hecho tiene su importancia en Medicina legal. Advertiremos que ciertas sustancias alimenticias, tales como la carne de cerdo , pueden en ciertas ocasiones, cuando su uso ha sido interrumpido por algún tiempo, provocar acciden- tes tóxicos, aun en aquellos individuos que en otra época de su vida han hecho uso de ellas impunemente, por estar habituados á ellas. El estado de enfermedad tiene sobre la acción de los vene- nos una doble influencia. En efecto, unas veces amortigua la acción de las sustancias tóxicas, y otras la suspende comple- tamente. En virtud de este hecho se observa que, en ciertas afecciones, se pueden administrar determinadas sustancias im- punemente á dosis enormes, las cuales, en un individuó sano, producirían con seguridad accidentes de intoxicación graves ó acaso mortales. Esta tolerancia del organismo enfermo es bien conocida en terapéutica, y se debe en unos casos á. que el medicamento es poco ó nada absorbido, cual sucede en el cólera, y en otros á que el organismo, sobrexcitado por el proceso morboso, resiste con más energía, como sucede con el tártaro estibiado en la pneumonía, etc. Pero hay que estar Yuuy alerta; esta sobrexcitación es esencialmente pasajera, y 38  LEGRAND DU SAULLE. de la tolerancia perfecta á la intolerancia radical no hay má% que un paso. La sobrexcitación morbosa determina bien pronto- el colapso sí la prudencia no preside á la administración del medicamento. Por el contrarío, ciertas enfermedades, sobre todo las afecciones crónicas, debilitantes, depresivas, dejan, por decirlo así, al individuo desarmado contra la acción de los venenos. Muchos casos de muerte por el cloroformo y por el éter deben atribuirse á esta causa. 3.° Influencia del medio.— Bajo el nombre de medios com- prendemos á las diferentes sustancias en presencia de las cua. les se pueden encontrar los venenos, sea antes, sea después de, su administración. Aquellas substancias obran de dos ma- neras sobre los venenos: ó bien descomponen la sustancia tóxica, transformándola en una sustancia inerte ó menos da- ñosa, ó bien, por el contrario, transforman químicamente en un compuesto venenoso una sustancia, que, por sí sola, es inofensiva. Algunos ejemplos pondrán más de relieve estos hechos, de cuya importancia nadie dudará. Los vene-- nos rara vez se administran solos, sino que se asocian á. los alimentos ó á las bebidas, y en estos mismos vehículos se encuentran generalmente las sustancias neutralizantes. Así se explica cómo los ácidos tóxicos pierden su acción cáustica cuando se mezclan con una gran cantidad de vino; lo mismo sucede al sublimado corrosivo, el cual pierde su acción emi nentemente tóxica cuando se le adiciona á alimentos com- puestos con clara de huevo, como tortilla, cremas, etc. Es necesario, no obstante, que la cantidad de sustancia tóxica sea 1)&1i-tejía relativamente á la proporción de la sustancia alimenticia con la cual se encuentra mezclada, á fin de que' deje de presentarse la acción venenosa de una manera más 4, menos intensa. (Véase con este motivo el notable ejemplo que se relata en el capítulo de envenenamiento por el ácido clorhídrico.) Las descomposiciones químicas obran en el mis- mo sentido en algunos casos , pero en otros obran en el contrario, dando lugar á compuestos nuevos, transformando sustancias absoluta ó relativamente inocentes en sustancia TRATADO DE MEDICINA LEGAL. muy nocivas: así sucede con los calomelanos, que se convier- ten en sublimado corrosivo cuando se ponen en presencia del. cloruro de. sodio, y con la arnigdalina, que combinándose con la diastasa, produce el ácido cianhídrico. Los obstáculos á la acción del veneno pueden, según. hemos dicho; encontrarse en el organismo. Para no entrar sobre este asunto en detalles completamente teóricos, cuya utilidad sería dudosa, nos limitaremos á señalar la gran influencia que tiene el estado de plenitud ' del estómago, y sobre todo, la presencia de gran cantidad de líquidos en esta víscera en los casos de ingestión de substancias irritantes ó cáusticas. Siendo la concentración de la sustancia tóxica una condición generalmente necesaria para obtener su acción, se comprende fácilmente que su mezcla con sustancias inertes ó su dilución en los líquidos del estómago, aminore ó destruya los efectos tóxicos de aquélla, no teniendo lugar el envenena.- miento. La presencia de la albúmina tiene una gran impor- tancia. Se sabe, en efecto, después de las experiencias de Orfila, que esta sustancia es muy á propósito para neutrali- zar la acción de un gran número de venenos, pues se mezcla con ellos y los hace impropios para obrar sobre nuestros teji: dos. Así es que la albúmina figura cen razón en primera línea en . la larga lista de los contravenenos. Existen sustancias que pueden retardar ó anular el efecto de un veneno dado, y, sin embargo, pueden facilitar la acción nociva de otra sus- tancia ,venenosa: así sucede con los cuerpos grasos y los acei:- tes, que modifican y retardan el envenenamiento por los arse- nicales, y, sin, embargo, favorecen la intoxicación por el fósforo. III.-SIGNOS DE LA INTOXICACIÓN. Los signos de la intoxicación pueden clasificarse como signe: 1. 0 Signos deducidos de los conmemorativos. 40  LEGRAND DU SAULLE. 2. o Signos deducidos de los síntomas experimentados por la víctima ú observados en ella. 3.° Signos suministrados por las lesiones anatómicas. 4. 0 Signos deducidos de la aplicación de los conocimientos químicos y microscópicos y de la experimentación fisiológica. I.—Signos suministrados por los conmemorativos. Tratándose de una intoxicación, los conmemorativos tienen una gran importancia. Los datos recogidos por los magistrados nos ponen con frecuencia en el camino, no solamente del crimen, sino también de la sustancia que ha servido para cometerle. Estos datos generalmente se ponen en conocimiento del médico legista con todos los detalles necesarios. Los detalles pue- den, á veces, parecer ridículos por lo minuciosos, pero aun siendo así, el m ó dico legista los debe de tomar siempre en gran consideración. Debe intentar clasificarlos ó catalogar- los, á fin de apreciar aquellos que le parezcan más á propó- sito para llevarle al conocimiento de la verdad. Pero debe guardarse bien de hacer exclusiones si no quiere exponerse á lamentar más tarde el haber desechado corno fútil aquello que tal vez pudiera conducirle á la certeza. El rumor público es generalmente el que liorna la atención sobre la posibilidad de un envenenamiento; nada más importante, por lo tanto, que poder llegar á las fuentes que le han dado erigen; des- graciadamente la empresa es con frecuencia imposible, y á pesar de nuestras investigaciones, quedamos generalmente con la duda. La conducta de la víctima en la época que ha precedido á la muerte ; las relaciones , el carácter, el género de vida, la moralidad y la profesión del acusado, son fuen- tes preciosas en las cuales la práctica enseña á recoger, de una manera inteligente, datos de gran utilidad. La mala con- ducta de los esposos es con frecuencia la causa primera del envenenamiento de uno de los cónyuges ; la sodomía y la prostitución juegan también un gran papel ; pero lo que mo- TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  41 Eva más frecuentemente las intoxicaciones criminales es el interés. El lucro, el interés es el móvil de la mayor parte de los envenenamientos ; cuando la vez pública designa á alguna persona como culpable de una intoxicación crimi- nal, es necesario averiguar la profesión de ese sujeto, y con este dato podemos en muchas circunstancias precisar el mo- do y sustancia con que se ha cometido el crimen. Las sus- tancias empleadas en las artes sirven con frecuencia á los criminales. El examen de las sustancias, de los paquetes, de los frascos ó vasijas encontradas en su domicilio pueden ayu- darnos á la investigación. A estos datos más ó menos vagos, más ó menos inciertos, se agregan otros más precisos y que conducen generalmente al esclarecimiento de la verdad. Unas veces después de la inges- tión de una bebida, sobrevienen de pronto los síntomas del en- venamiento; otras, después de una comida, son acometidas de vómitos, etc., todas las personas que en ella han toma- do parte, ó bien, en tanto que unas sufren estos accidentes, otras se encuentran sin alteración en su salud. No tarda en -saberse, en estos casos, que unas han comido determinados alimentos, de los cuales se han abstenido otras. El tiempo que ha transcurrido desde la ingestión de la sustancia sospechosa •á la presentación de los primeros síntomas de envenena,mien- to, debe tomarse seriamente en consideración. Este intervalo varia en efecto, según las diferentes sustancias. H.—Signos suministrados por los síntomas. Uno de los caracteres más importantes y más conocidos de la intoxicación consiste en la presentación brusca de los fenóme- nos del envenenamiento. Generalmente el individuo, en estado perfecto de salud, se encuentra acometido de pronto por acci- dentes más ó menos graves y que no tienen una explicación precisa. La naturaleza de los síntomas varía, según la sus- tancia venenosa empleada; por lo tanto, no pueden ser descri- 42  LEGRAND DU SAULLE. tos de una manera general. Sin duda alguna podríamos, como lo hacen otros autores, presentar aquí un cuadro calcado sobre la sintomatología de la intoxicación por el arsénico, pero deseamos hacer las cosas en su tiempo y lugar, limitánf donos ahora á algunas consideraciones generales. Lo que llama principalmente la atención en un envenenamiento es la imposibilidad de agrupar los síntomas que se presentan, de modo que formen el cuadro morboso de una enfermedad conocida. Aunque estos síntomas sean de una irritación vio- lenta, de una inflamación intensa de las vías digestivas, bien de un ataque profundo de los centros nerviosos , difieren esencialmente de tal manera de los síntomas de la gastritis, ó de los de la gastro-enteritis, ó de los de las af€cciones ner, viosas, que es im posible equivocarse por poca atención que se preste. Pero no siempre podemos presenciar la evolución de los fenómenos tóxicos; es necesario algunas veces contentarse- con los datos suministrados por el enfermo ó por las perso- nas que le rodean , ó bien por otro profesor. En este último • caso, los datos son generalmente precisos para poder formar un juicio exacto. Pero cuando se trata de los suministrados por gentes ignorantes, interesadas á veces en inducir al error ó dispuestas á exagerar los hechos contándolos con más ima- ginación que veracidad, entonces el juicio es más dificil ; y solamente comprobando con severidad los diferentes testimo- nios que podamos recoger, es como adquiriremos, si no ]a certidumbre, al menos grandes probabilidades de acierto. Re- sultará al menos de esta comprobación minuciosa cierto nú- mero de hechos que la unanimidad de los testigos pondrá.. fuera de duda. III.—Signos deducidos de las lesiones anatómicas. Los signos suministrados por las lesiones anatómicas va- rían según las sustancias que han ocasionado el envenena- miento. Durante mucho tiempo se han descrito como lesiones TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  43 anatómicas del envenenamiento en general las alteraciones producidas en las vías digestivas por las sustancias irritan- tes y corrosivas. Es inútil insistir sobre lo absurdo de seme- jante proceder. Y debe evitarse esta costumbre con mayor motivo, por cuanto hoy día el número de intoxicaciones pro- ducidas por sustancias irritantes, tales como el arsénico y el sublimado corrosivo, tiende á ser menor, según demostrare- mos en el correspondiente cuadro estadístico, aumentando relativamente el número de intoxicaciones producidas con otras sustancias. Así es que seguiremos, respecto á las lesiones anatómicas, el mismo método que hemos seguido al tratar de los sín- tomas del envenenamiento, es decir, que nos limitaremos á hacer algunas consideraciones generales sobre la manera de investigar é interpretar las lesiones observadas en la autop- sia, dejando para exponerlas detalladamente, al tratarse de cada intoxicación en particular, las lesiones á que da lugar. Las lesiones anatómicas de la intoxicación son de dos órdenes: unas locales, producidas por el contacto directo de las sustancias llamadas irritantes ó cáusticas sobre las vías digestivas ; otras, más generalizadas, consecutivas á la ab- sorción de la sustancia ó á su eliminación por los diver- sos emuntorios de la economía. Las primeras comprenden todos los grados de inflamación, desde el simple enrojeci- miento hiperémico, ya punteado, ya en bandas ó placas, con extravasacioues sanguíneas y abultamiento de la mucosa, hasta las ulceraciones más profundas, y por fin las perfora- ciones. De estas ulceraciones resultan dos especies de peli- gros: los unos primitivos, debidos á la reacción general pro- ducida en la economía por la inflamación violenta de las vías digestivas, por la peritonitis ó por las pleuresías por perfora- ción; los otros consecutivos, debidos á las estrecheces cicatri- ciales de los órganos ulcerados, y principalmente del esófago, cuando la intoxicación no ha sido seguida de muerte. Estas lesiones son fáciles de comprobar cuando la autopsia se hace poco después de la muerte. Pero sucede con frecuencia que la 44  LEGRAND DU SAULLE. atención de la justicia no se fija, sino bastante más tarde, en la posibilidad de un envenenamiento; los rumores vagos, las sospechas nacidas poco después del accidente, no aumentan, no toman cuerpo generalmente sino algunas semanas, algu- nos meses y hasta algunos años después de la inhumación. Se comprende que en presencia de un cadáver descompuesto, es con frecuencia imposible encontrar las lesiones anatómicas de la intoxicación. Sin embargo, algunas veces se pueden re- conocer estas lesiones, sobre todo en aquellos casos en que la sustancia venenosa es al mismo tiempo un antiséptico enér- gico, como el arsénico. Cadáveres que se creían completa- mente descompuestos, se han encontrado en un estado de conservación admirable. Las lesiones anatómicas pueden com- probarse en estos casos; pero nos vemos privados de los datos suministrados por el aspecto de las partes, por la coloración de los tejidos, como sucede con las piezas conservadas en el alcohol 6 en líquidos antipútridos. Por esta razón Tardieu re- comienda, cuando se trata de un cadáver fresco, que se haga inmediatamente la autopsia completa, antes que los tejidos hayan tenido tiempo para ser macerados por los líquidos. Ya veremos más tarde, á propósito del modo de hacer las autop- sias, cual es la practica que debe seguirse y cuáles son los medios de sacar del aspecto de los tejidos todo el partido po- sible, sin comprometer por esto los resultados del análisis químico. En la interpretación de las lesiones anatómicas, deben evi- tarse dos causas de error: 1. 0 , el atribuir á la acción de su ve- neno aquello que puede ser resultado de una enfermedad es- pontánea , ó de un envenenamiento crónico, tal como el alcoholismo: 2.°, el confundir las lesiones producidas por la ingestión de un veneno después de la muerte con aquellas que resultarían de un envenenamiento verdadero. La primera causa de error será posible, y aun inevitable, en ciertos casos de gastritis, de enteritis 6 de reblandecimiento del estómago, que se observan, sobre todo, en sujetos jóvenes, si nos guiamos exclusivamente por los datos suministrados por la inspección TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  45 anatómica. Ciertos venenos, tales como el ácido sulfúrico con- centrado y el ácido nítrico, presentan tales caracteres en la coloración de las escaras, que la duda no es posible; en cam- bio, no es tan fácil distinguir las lesiones producidas por una intoxicación por los drásticos y aun por el arsénico, de las que son consecuencia de una gastro-enteritis espontánea ó de causa no tóxica. Pero es necesario no olvidar que la inspección anatómica no está aislada; los conmemorativos, los síntomas observados durante la vida, y, sobre todo, el análisis químico, vendrán á completar aquélla, revelándonos la causa de las lesiones observadas. En cuanto á la segunda causa de error, no tenemos sino que repetir aquí lo que ya hemos dicho al tratar de las quemaduras: los cáusticos determinan escaras sobre los tejidos muertos como sobre los tejidos vivos; pero falta, cuando se aplican sobre tejidos muertos, un carácter esencial, cual es la reacción inflamatoria, más ó menos viva, que rodea siempre á los tejidos vivos impresionados por la sustancia cáustica. Algunas observaciones han demostralo que esta reacción inflamatoria puede ser muy débil y pasar desapercibida cuando el sujeto está agonizando, ó también que esta reacción puede producirse hasta cierto grado sobre el cadáver en las dos horas que siguen á, la muerte. Esto, bajo el punto de vista práctico, tiene poca importancia. En los ca- sos de ingestión mecánica del veneno después de la muerte, las lesiones no son completas sino en un espacio limitado á los puntos sobre los cuales el veneno ha sido depositado. Las lesiones consecutivas á la absorción se observan sobre todo en el hígado y en menor grado en otros órganos de la economía. Existen ciertos venenos que no producen esta clase de lesiones ; en cambio otros determinan trastornos en la cir- culación, congestiones, inflamaciones, equimosis y también degeneraciones grasosas rápidas, como sucede en las intoxica- ciones por el arsénico y el fósforo, etc. Estas últimas lesiones, por largo tiempo desconocidas , ó cuando menos ignorada su frecuencia, no han sido estudiadas hasta después de la apli- cación del microscopio á las investigaciones médico-legales. 46  LEGRAND Dti SAULLE. La esteatosis aguda consecutiva á la absorción tóxica se ma- nifiesta preferentemente en el hígado, que puede ser consi- derado como el sitio de confluencia de todas las sustancias absorbidas por las vías digestivas. Se la encuentra también en ,itros órganos, como en el corazón , los músculos, los parén- quimas, y sobre todo en los parénquimas glandulares. Esto se debe á que los venenos, una vez absorbidos, no se estacionan en el torrente circulatorio, sino que se depositan en la trama de nuestros tejidos, en donde la química nos da el medio de descubrirlos. Después se van eliminando de la economía por los diferentes emuntorios, entre los cuales el de la orina ocupa el primer lugar. Así se explica la frecuencia de la esteatosis en los riñones y de las albuminurias llamadas tóxicas. Añadiremos, por úl- timo, que no es necesario el contacto directo de las sustan- cias llamadas irritantes con las vías digestivas, para pro- ducir la inflamación de éstas; basta con que sean absorbidas á directamente inyectadas en la sangre ; tal sucede con el emético, el ars énicu , etc. IV.—Signos deducidos de los conocimientos químicos micros- cópicos y de la experimentación fisiológica. Los signos más importantes son, sin contradicción, los que nos proporciona el análisis químico. Su importancia no debe, sin embargo, exagerarse. Sin duda alguna, siempre que sea posible, es necesario ante todo poner á la vista del juez la sustancia tóxica, el veneno extraído del cadáver. Ningún relato ó exposición de un envenenamiento, por claro y cien- tífico que sea, tiene tanto valor. Ya hace siglos lo consignó Horacio ; Segnius irritant aninws deinissa per cures Quamquce sunt oculis subjecta fidelibus. Pero de esto, á pretender que el descubrimiento del veneno es el elemento constitutivo, necesario, indispensable del cri- TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  47 men, y á hacer del veneno el cuerpo del delito, hay la misma distancia que del error á la verdad. Lo que constituye el cuerpo del delito no es el veneno, no es el instrumento de la muerte, sino la muerte misma ; son las lesiones anatómicas funcionales que la han motivado. Y por haberse obsti- nado en 'Partir siempre de la noción del veneno , .en lugar de partir de la del envenenamiento, cierta escuela ha entrado en un falso camino con peligro ' de la sociedad. En materia de envenenamiento como en materia de asesinato, lo que hay que probar en primer término es que ha habido homi- cidio ; el conocimiento del medio á de los medios empleados Viene en segundo lugar. Lo que constituye la diferencia con- siste en que en el segundo caso, las lesiones que han deter- minado la muerte son más ostensibles, en tanto que en el primero son algunas veces nulas ó bastante oscuras. De aquí la necesidad de conceder al instrumento una importancia mucho más considerable. Pero para esto no es necesario pre- cisamente recurrir á la química. La experimentación fisioló- gica, juiciosamente empleada, puede darnos resultados bas- tante útiles, y algunas veces es suficiente para ponernos en conocimiento de la verdad. Esto sucede sobre todo cuando se trata de intoxicaciones con álcalis orgánicos. Todo el mundo recuerda el talento con que el nuevo método fué empleado por Tardieu en el famoso proceso de Conty de la Pommerais. Empleada ya por Orfila para investigar la acción del ve- neno, la experimentación fisiológica es hoy día aplicada para determinar la presencia de la sustancia tóxica en las mate- rias que provienen de individuos intoxicados. Puede definirse, por lo tanto, la investigación de los venenos por medio de las reacciones observadas en los animales, que pueden ser consi- derados, en este caso, como verdaderos reactivos vivientes. Daremos una idea acerca del modo de proceder en la expe- rimentación fisiológica: estando la sustancia que se considera tóxica aislada y concentrada, por los procedimientos que más adelante indicaremos, y disuelta en un líquido exento de toda materia extraña susceptible de complicar su acción, se le ad- 48  LEGRAND DU SAULLE. ministra á un animal. El modo de administración y la elección del animal no son indiferentes. De todos los modos de admi- nistración, el mejor sin duda alguna, y al cual debemos recu- rrir siempre, consiste en la inyección subcutánea por medio de la jeringa de Pravaz. Los animales que con más frecuencia se emplean para estos experimentos son las ranas; la facilidad de observar á estos animales, su docilidad, la precisión con que en ellos se presentan los diversos accidentes tóxicos, les hacen excelentes sujetos para el experimento : pero en medicina le- gal es mejor experimentar sobre animales que, por su organi- zación, se aproximen más al hombre. El perro, bajo este con- cepto, merece la preferencia. Cualquiera que sea el animal empleado es necesario observar con toda la exactitud posible la serie de accidentes tóxicos que se vayan presentando y es- tablecer la comparación con los síntomas observados en la víctima. Si sobreviene la muerte del animal en estas circuns- tancias, y si el líquido inyectado ha sido previamente desem- barazado de toda sustancia pútrida, la conclusión rigorosa será que el individuo ha sido envenenado. Queda ahora que precisar la naturaleza del veneno : se llegará á este resultado administrando comparativamente á animales semejantes en lo posible al primero, soluciones de las diferentes sustan- cias conocidas corno productoras de fenómenos semejantes análogos á aquellos que han sido observados en el primer animal de que nos hemos servido. Cualquiera que sea el resul- tado de la segunda prueba, el de la primera no podrá ponerse en duda con tal que nos hayamos puesto al abrigo de toda causa de error, y sobre todo si el resultado ha sido el mismo en muchos animales. El empleo del microscopio puede proporcionarnos grandes servicios, sobre todo en los casos de envenenamiento por las setas. Por el microscopio podemos determinar la presencia de tal ó cual sustancia en los líquidos digestivos, en los vómitos, et- cétera, que nos ponga en conocimiento de la naturaleza del veneno. TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  49' Hasta aquí sólo nos hemos ocupado de la investigación del veneno en el cadáver. Cuando el individuo envenenado sobre- vive, los reconocimientos y análisis se hacen en los líquidos deyectados y en los vómitos: el examen de la orina nunca de- jará de hacerse, pues bien sabido es que muchos venenos se. eliminan por este emuntorio. Los barios sulfurosos pueden también emplearse para demostrar la existencia de ciertos en- venenamientos, sobre todo, del envenenamiento por el plomo. IV.-DIAGNÓSTICO DE LA INTOXICACIÓN. Ya hemos dicho que hay dos clases de intoxicación; la in- toxicación aguda y la intoxicación lenta. Las causas de error en el diagnóstico varían naturalmente, según que se trate de una ó de otra clase de intoxicaciones. Pero antes de pasar de aquí, debemos hacer, bajo el punto de vista del diagnóstico médico-legal, una advertencia que tiene su importancia. Pu- rante mucho tiempo los autores de medicina legal han traba- jado inútilmente en establecer entre la intoxicación y ciertas enfermedades un diagnóstico puramente químico. Sin duda alguna se puede, en muchas circunstancias, hacer el diagnós- tico entre un envenenamiento y una enfermedad; ¿pero en cuántos otros casos nos es imposible hacerlo? Debemos establecer una diferencia radical entre lo que lla- maremos el diagnóstico médico y el diagnóstico médico-legal. En el primero, el médico no puede hacer más que guiarse que por los fenómenos subjetivos ú objetivos de la afección: en el segundo, por el contrario, los elementos del diagnóstico serán Ir las lesiones anatómicas y los resultados del análisis químico y de la experimentación fisiológica. Por esta razón Tardieu dis- distingue,bajo el punto de vista del diagnóstico, el envenena- miento seguido de muerte de aquel que no ha hecho más que F ;  atacar gravemente á la salud. Si el envenenamiento ha sido seguido de muerte, es raro TOMO IV.  4 LEGRAND DU SAULLE. que pueda confundírsele con una enfermedad espontánea. Cierto es que hay enfermedades que, por lo brusco de su apa- rición y por su curso rápido, pueden dar lugar á sospechas de envenenamiento. En esta categoría entra el cólera, la estran- gulación interna, la peritonitis, las hemorragias internas, etc. Si hemos de creer la opinión pública, los criminales se han aprovechado de la presencia de ciertas epidemias, y, sobre todo, de las del cólera para obrar impunemente y sin provocar sos- pechas. En la práctica, los casos de error disminuyen conside- rablemente tan sólo con practicar la autopsia. La inspección cadavérica, en los casos de estrangulación interna, de perito- nitis por perforación del estómago, de hemorragias internas, nos pone de manifiesto tan evidentemente estas lesiones que desechamos en seguida la idea de una intoxicación. En los casos contrarios, en los casos en que las lesiones anatómicas son nulas ó insuficientes para explicar la muerte, se recurrirá al análisis químico y á la experimentación fisiológica para la completa investigación de la verdad. El médico debe, en estos casos, manifestar en su declaración, que es necesario proceder al análisis químico de los órganos y de su contenido. Otro tanto diremos de las intoxicaciones lentas; se ha di- cho que por medio de venenos se han producido intoxicacio- nes lentas que conducían á la muerte , determinando lo que se llaman enfermedades de languidez. Generalmente se trata de tisis tórpidas, cuyas lesiones anatómicas son muy conoci- das para que puedan pasar desapercibidas. Mencionaremos también la -úlcera crónica simple del estómago que con sus alternativas de agravación y mejoría, y algunas veces, con su brusca terminación por perforación del estómago y peritonitis aguda, es una afección muy á propósito para hacernos sospe- chas tentativas sucesivas de envenenamiento. Bien conoci- das son las sospechas de envenenamiento de que la historia nos habla á propósito de la muerte, extraordinariamente rá- pida, de E nriqueta de Orleans. Pues bien; si hemos de creer á Littré, la princesa sucumbió á causa de una peritonitis por perforación, consecutiva á una úlcera simple del estómago. El TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  51 aspecto de la úlcera simple, su forma y su sitio de predilección, son hoy día bastante bien conocidos para que pueda confun- dírsela con cualquiera otra lesión. V.-MODO DE PROCEDER EN LA. INVESTIGACIÓN. Ya hemos indicado al tratar de los conmemorativos, la conducta que ha de seguir el perito encargado por la jus- ticia de buscar las pruebas de la intoxicación ; ya hemos dicho el cuidado que debe poner en el examen de los datos suministrados por la justicia. Todo lo que concierne á la víc- tima y todo lo que concierne al acusado, debe de tomarse por el médico en gran consideración: inútil creemos decir que si en el domicilio del culpado se encuentran frascos ó paquetes conteniendo sustancias sospechosas, es de extrema necesidad el hacer el análisis de ellas. También hemos indicado, á pro- pósito de los síntomas que han precedido á la muerte, el modo de sacar de ellos todo el mayor partido posible. Pero puede presentarse un caso que í propósito hemos pasado en silencio; es el de que el mismo perito sea llamado á prestar sus cuida- dos á la víctima. En este caso, ¿qué es lo que debe hacer el médico en presencia de un enfermo al que supone intoxicado? La respuesta es de las más sencillas y puede formularse así: Todo debe sacrificarse al interés del enfermo en primer lugar, y en segundo lugar se debe velar por los intereses de la justicia.. Es bien delicada esta situación del médico, pero por repugnante que le sea exponer sus sospechas , no debe prescindir de una vigilancia exacta del enfermo, conservando con el mayor cuidado las materias del vómito y las deyecciones ; debe anotar con precisión los síntomas que se vayan presentando, y, por fin, debe, ya inmedia- tamente, ó ya después de haber oído el parecer de otros com- paneros, poner sus sospechas en conocimiento de la justi- cia. A partir de este momento, su papel de vigilante ha con- 52  LEGRAND DU SAULLE. cluído; se convierte otra vez en médico. El interés del en- fermo, como ya hemos dicho, se pondrá en primer lugar; el interés de la justicia, el de la sociedad no vienen sino después, y si uno de estos intereses ha de sacrificarse será este úl- timo. Estos principios están tan conformes con el buen sen- tido, están tan en armonía con el modo de ser del médico, que parece extraño insistamos en defenderlos. Y seguramente no lo hubiésemos hecho si, en un proceso reciente, no hubié- semos visto excusarse á un médico de haber permanecido in- activo en presencia de un envenenamiento, bajo el pretexto vergonzoso de que no quería ciar un contraveneno, por no comprometer los resultados de la investigación judicial. Sea lo que quiera lo que resulte, el médico debe procurar ante todo devolver la salud al enfermo. Cuando disponga de varios medios, todos igualmente eficaces para neutralizar la acción del veneno, escogerá aquel que menos perjudique á una ulte- rior investigación médico-legal. Autopsia cadavérica y exhumación. «Ante todo—dice Tardieu—es necesario que el médico le- gista esté bien convencido del principio de que en todos los casos de envenenamiento conviene dirigir las primeras inves- tigaciones de tal modo que no puedan dificultar ó impedir operaciones ulteriores; de que es necesario sacrificar á esta ne- cesidad absoluta el deseo yaun la esperanza de llegar desde el principio á formular conclusiones formales; de que es preciso reservar el campo y los medios de una investigación más pro- funda ó de una contrainvestigación. Se me permitirá—añade el eminente profesor—trazar, por decirlo así, paso á paso, las reglas prácticas que, en las diferentes fases de su misión, tendrá que seguir el médico: »La primera comprenderá, generalmente, el examen, la abertura del cadáver. Pero desde este primer momento hay una distinción importante que hacer: ó la causa de la muerte no es ni aun sospechada, y es el perito el que tiene que deter- TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  53 minarla, sin el auxilio de toda indicación previa, ó hay ciertos indicios que nos ponen en guardia sobre la posibilidad, sobre la probabilidad misma de un envenenamiento. »En el segundo caso, las sospechas de una intoxicación nos imponen el deber de recoger todos los elementos de una investigación completa: á no ser que haya una contraindica- ción formal, ó que se compruebe una causa de muerte dis- tinta de la producida por los venenos, manifiestamente reve- lada por la autopsia cadavérica, es necesario proceder á esta operación como si ella debiese conducirnos á la comprobación del envenenamiento. Pero conviene recordar que casi siempre, en estos casos, se somete el cadáver á las investigaciones de la justicia y de la ciencia después de su exhumación, y que se originan por esto nuevas dificultades y nuevos motivos de * pre- cauciones y preliminares indispensables. »El perito debe asistir á la exhumación y notar todas sus particularidades. No hay detalle, por minucioso que sea, que no tenga utilidad. Debe describirse la sepultura, el estado de la fosa y del suelo, el ataud, su estado de integridad, ó la destrucción más ó menos completa en que se encuentre, el es- tado del sudario y de los vestidos que envuelven el cadáver. Si la inhumación está reciente y el ataud intacto, no hay más que colocarlo sobre la mesa en la cual se ha de practicar la autopsia. Si, por el contrario , por efecto de una inhumación prolongada, los tableros del ataud están desunidos y las made- ras y las ropas desechas en parte, es necesario, antes de mo- ver el cadáver, recoger algunos de los restos que estén en con- tacto con él, asi como cierta cantidad de la tierra que le rodea y que se adhiere muchas veces á su. superficie. Se recogerá también, en otra parte del cementerio, un poco de tierra para que pueda servir de comparación. »Si el ataud ha resistido á la destrucción, como sucede cuando es de plomo ó de encina y está encerrado en una se- pultura de piedra, las circunstancias exteriores pierden mu- cho interés. Pero hay que tener en cuenta una particularidad sobre la cual llamamos la atención, porque podría sorpren- 54  LEGRAND DU SAULLE. der y ser un obstáculo en la práctica de estos reconocimientos. La descomposición, en un ataud herméticamente cerrado, si- gue una marcha diferente de la que se observa en los cuer- pos simplemente enterrados en una fosa, sea común ó sea particular. El cuerpo se transforma en una especie de masa consistente, unas veces semejante al cartón, otras á cera ó á jabón, que se adhiere algunas veces sólidamente á las pare- des del ataud. En estos casos aconsejamos que no se saque el cuerpo, sino que se proceda á la autopsia en el mismo ataud, por incómoda y penosa que sea esta manera de proceder. »Las reglas de la operación en sí misma no difieren, en los casos de envenenamiento, de las que se observan en cualquier otra investigación médico-legal. El estado de conservación más ó menos perfecto del cuerpo, es la primer cosa que hay que observar. Se tendrá cuidado de indagar si se ha hecho á no el embalsamamiento. Es necesario hacer la autopsia com- pleta del cadáver, sin omitir un solo órgano, de modo que no se nos oculte ninguna lesión, ninguna causa de muerte natu- ral ó accidental. »Existe un punto sobre el que quiero insistir. Algunos mé- dicos legistas recomiendan, y yo he podido ver su práctica en conformidad con sus preceptos, que se cierren, por medio de una ligadura, los orificios superior é inferior del estómago y del conducto intestinal, separando estos órganos para exami- narlos más tarde y teniendo cuidado de no perder las materias que en ellos pueden estar contenidas. Yo modifico algo, aun- que poco, este proceder. Creo, en efecto, que importa que el médico encargado de practicar la autopsia, al que no quiero suponer ni ligero ni falto de conocimientcs, compruebe por sí mismo, en el momento de la abertura del cuerpo, el estado exacto de todos los órganos, tanto de los digestivos como de los demás; pues las alteraciones, ya muy difíciles de encontrar en muchos casos en que la muerte se remonta á una época leja- na, pierden rápidamente sus caracteres. Me ha ocurrido, más de una vez, buscar en vano las señales de lesiones, que cier- tamente debieran existir, en las vísceras extraídas después de TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  55 un tiempo bastante largo y que habían sido enviadas desde grandes distancias para ser sometidas al análisis. Es necesa- rio, pues, que cuando . nos sea posible, hagamos en el momento mismo de la autopsia la comprobación y descripción exacta de las alteraciones que pueden presentar los diversos órganos sin excepción. »El perito que procede, en las circunstancias de que se trata, debe disponer de dos grandes frascos de vidrio, nuevos, nunca de menos de dos, de ancha boca, provistos de un tapón de corcho que se adapte perfectamente : los frascos deben tener la misma forma y capacidad que los que se emplean en la conserva de ciertas frutas. Estos recipientes se destinan para recoger los órganos extraídos del cadáver. Uno de ellos se des- tinará exclusivamente á recoger el tubo digestivo, lo cual se practica de esta manera. El estómago se separará aislada- mente y de una manera rápida, sin que haya necesidad de ligar sus dos extremidades; su contenido se derramará dentro del frasco ; el intestino se introducirá igualmente, teniendo cuidado de separarlo por medio de unas tijeras ó de un escal- pelo de sus inserciones con el mesenterio; de esta manera los líquidos y materias que encierra se derramarán también en la vasija. Se podrá proceder en seguida, sin ningún incon- veniente, á examinar detenidamente la superficie de la mem- brana mucosa gastro-intestinal. Es necesario tener en cuenta que no tan sólo en el tubo digestivo se encuentran los princi- pales caracteres anatómicos del envenenamiento. El segundo frasco se reservará para las otras vísceras, las cuales, después de haber sido extraídas, con precaución, del cadáver y de haber sido examinadas atentamente en su interior y en su exterior, se introducirán en parte ó en totalidad dentro de la citada vasija. El hígado, los riñones, el corazón, el bazo, los pul- mones, algunas porciones de tejido muscular y de sustancia cerebral se introducirán en la vasija en cantidades adecuadas á la capacidad de ésta. Es conveniente separar de cada uno de estos órganos un pequeño fragmento, el cual se someterá, in- mediatamente después de la autopsia, al examen microscópico. 56  LEGRAND DU SAULLE. »La separación del tubo digestivo y de las otras vísceras ab= dominales y torácicas es de interés capital. Es una condición esencial que simplifica y facilita singularmente el trabajo del químico. Lo mismo diré de una regla frecuentemente olvidada y que yo sigo de una manera absoluta: Es necesario no intro- ducir ninguna sustancia extraña en los vasos en los cuales se han de conservar los órganos extraídos del cadáver. La adición de un líquido conservador cualquiera, la del alcohol especial- mente, no solamente es sino que también puede ser no- civa. El aspecto y la consistencia de los tejidos se modifican con su empleo y no pueden ser apreciados en su verdadero estado por los peritos que intervienen en las operaciones ul- teriores; además, la composición desconocida y á veces la im_ pureza de los líquidos empleados, crean, para el análisis quí- mico , complicaciones extremadamente peligrosas. Los fras- cos, no conteniendo más que las vísceras, serán tapados con el corcho correspondiente, el cual se cubrirá con un papel ó mejor con un pergamino; se sellarán y se les pondrá una eti- queta en la cual el mismo médico expresará por escrito los órganos colocados por él en cada vaso; autorizará esta etique- ta con su firma y la de los funcionarios del orden judicial que presenciaren el acto, ante los cuales el médico habrá prestado el debido juramento. »Todos estos detalles de la exhumación, de la autopsia ca- davérica, de la extracción de los órganos de su conserva- ción en vasos separados, del acto de sellarlos, serán expuestos en un acta que contendrá además la descripción exacta y completa de todas las alteraciones anatómicas que se hayan observado. »Pero, lo que principalmente importa no perder de vista es que estas primeras comprobaciones, relativas solamente á uno de los términos del problema, no pueden autorizar al perito á formular de una manera positiva el envenenamiento. Es ne- cesario guardar una gran reserva, y aun en el caso en que aparezca evidente una causa de muerte natural ó cuando las lesiones características y flagrantes que producen ciertos ve- TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  57 nenos corrosivos no le permitan dudar, debe suspender su juicio y contentarse con manifestar que no existe causa apre- ciable de muerte ni de envenenamiento, y que en todo caso hay lugar á proceder al análisis químico de los restos del ca- dáver, cuyos resultados, unidos á los síntomas observados du- rante la vida y á las lesiones comprobadas después de la muerte, permitirán determinar de una manera positiva si ha habido ó no envenenamiento.» Hemos creído un deber el reproducir totalmente este largo pasaje. El lector habrá leido con gesto la exposición clara y rápida del sabio é inolvidable profesor de medicina legal en la Escuela de París. Fáltanos indicar brevemente las cuestiones médico-legales que pueden originarse en un debate judicial á propósito de un envenenamiento y el modo de resolverlas. PRIMERA CUESTIÓN: ¿La muerte es el resultado de un enve- nenamiento?— Los conmemorativos, los síntomas presentados por la víctima, las lesiones anatómicas, y, sobre todo, el aná- lisis químico, y en ciertos casos la experimentación fisiológica, nos pondrán en camino de resolver esta cuestión, que es, sin duda alguna, la más importante. SEGUNDA CUESTIÓN: ¿Cual ha sido el veneno empleado?—Esta segunda cuestión, considerada indebidamente como de impor- tancia capital por cierta escuela que quiere que, ante todo, el perito-médico ponga en evidencia el cuerpo del delito, no debe colocarse sino en segunda línea. Si se nos dice que el perito debe, en cuanto le sea posible, buscar y aislar la sustancia tó- xica y que debe también tratar de descubrirla por medio de las reacciones consideradas como clásicas en medicina legal, con- vendremos en ello sin dificultad. Pero lo que no podemos ad- mitir es que el envenenamiento no pueda ser demostrado sino poniendo á la vista el cuerpo del delito. Ciertos síntomas espe- cíficos que pertenecen á determinados venenos, tales como los corrosivos y los irritantes, y las reacciones fisiológicas pro- pias de algunos otros, nos suministran pruebas bien legitimas para el diagnóstico del.envenenamieuto. 58  LEGRAND DU SAULLE. TERCERA. CUESTIÓN: ¿La sustancia empleada ha podido ducir la muerte?—Ya hemos tratado en otro lugar las Bond ciones de acción de los venenos y, entre otras cosas, hemos demostrado que tal sustancia venenosa por sí misma puede ser neutralizada por la influencia de los medios en que se use. y que, por el contrario, sustancias inertes ó relativamente ino- centes, pueden transformarse y convertirse en venenos vio- lentos. Todo lo que nos resta por decir aquí es que, para ase- gurar que ha habido un envenenamiento criminal, es necesario que la sustancia administrada haya sido primitivamente un veneno ó que se haya convertido en tal. Una mujer, con inten- ción de envenenar á su marido, le administró una gran canti- dad de limaduras de cobre puro, el cual quedó inactivo; evi- dentemente en este caso no existian las condiciones esenciales de un envenenamiento. Un marido, para envenenar á su mujer, la hizo beber vino mezclado con ácido sulfúrico: el ácido, transformado en sulfato de potasa , quedó sin acción; el marido fué absuelto (Devergie) ; por el contrario, se han producido envenenamientos con el antimonio metálico cuando esta sustancia ha permanecido largo tiempo en contacto con el vino. Estos son casos extraordinarios ; generalmente el perito no tendrá más que declarar sobre las propiedades de la sus- tancia empleada y decir si es ó no venenosa. CUARTA CUESTIÓN: ¿Á qué dosis puede la sustancia empleada producir la muerte? ¿Ha sido administrada en dosis suficiente? Esta cuestión podría considerarse en muchos casos como coro- lario de la precedente. La difusión del veneno en todo el orga- nismo, su desigual repartición en los órganos y su eliminación en parte ó en totalidad, hacen la solución casi siempre difícil, y á veces imposible. Tardieu hace notar que la solución de la primera cuestión es, y debe ser completamente independiente de la de la segunda. Pero quiere, en contraposición á Orfila, que el perito-médico trate de determinar la dosis á la cual la sustancia administrada produce efectos tóxicos, y que ex- prese, siempre que sea posible, no cuál ha sido la cantidad ad- ti TRATADO DE MEDICINA LEGAL. ministrada, sino si la dosis ha sido suficiente para determinar la muerte en vista de la cantidad recogida. Tal es en efecto la línea de conducta indicada por la razón, línea de conducta. tan natural, que el mismo Orfila , después de haber sentado como principio absoluto que el médico no debe en ningún caso. responder á esta pregunta, se vió en la precisión de reconocer tres circunstancias, en las cuales la cuestión de dosis tiene, en medicina legal, gran importancia: 1. a Cuando la cantidad encontrada es bastante considerable para denunciar por sí misma la intención del homicida. 2. a Cuando hay necesidad de distinguir si la sustancia tóxica ha sido administrada como medicamento ó como veneno. 3. « Cuando se trata de sustancias que entran naturalmente, aunque en pequefia cantidad, en la. estructura íntima del cuerpo humano. QUINTA CUESTIÓN: ¿El envenenamiento puede haber tenida lugar, y el veneno ha podido desaparecer sin que se encuentren sus señales?—¿Después de cuanto tiempo? Esta cuestión en- cierra dos puntos de vista diferentes, según que se trate del cadáver fresco ó del cadáver inhumado hace algún tiempo, y que ha sufrido una descomposición más ó menos completa. Se sabe que los venenos no permanecen en nuestros órga- nos sino durante un tiempo limitado, variable para cada ve- neno en particular. La eliminación dura también un tiempo determinado. Aunque la duración de su permanencia en la economía y de su eliminación sea muy imperfectamente conocida, no es menos cierto que las nociones que poseemos sobre algunas sustancias tóxicas pueden prestarnos un gran servicio. El examen de las orinas hará patente la eliminación de gran número de venenos. Cuando la víctima ha sobrevivido bastante tiempo para que el veneno haya sido enteramente eliminado, el médico no puede guiarse en sus afirmaciones sino por la historia de los sínto- mas y de las lesiones anatómicas, cuya duración puede ser muy larga, y cuyos estragos son á veces indelebles. Pero el lado más importante de la cuestión, según dice Tardieu, consiste en saber qué es lo que ocurre á la sustancia 60  LEGRAND DU SAULLE. venenosa en el cadáver, si existe aun en él ; si está transfor-  el mada, si se ha destruido, si resiste ó si obedece á las modi- ficaciones que se operan después de la muerte de la ma- teria organizada, en el medio en que reposan los restos del hombre. «Las diferentes sustancias venenosas, añade Tardieu, no se conducen de la misma manera  su naturaleza inorgánica 1.1 orgánica debe necesariamente influir sobre su manera de reac- cionar  Las sustancias minerales resisten indefinidamente; pero no están exentas de ciertas transformaciones, en virtud de las cuales, unas veces forman combinaciones estables en las que la química reconocerá siempre su presencia, y otras, por el contrario, originan compuestos solubles que son arras- trados frecuentemente fuera de los restos del cuerpo en des- composición. El amoniaco que se produce en la putrefacción es la base de estas combinaciones. Pero la lentitud con qne se forman y el tiempo más largo todavía que es necesario para su disolución completa, en las condiciones ordinarias de inhumación de los cadáveres, nos autorizan á decir que aun después de muchos años, y en tanto que subsistan algunos restos del cuerpo, la química puede demostrar en ellos la exis- tencia de venenos minerales.» Entre las sustancias orgánicas que son con más frecuencia empleadas como agentes venenosos, figuran los alcaloides, los cuales resisten algunas veces á la transformación de un modo verdaderamente notable. Pero las leyes y las condiciones que presiden á esta fijeza ó á su descomposición, no son bastante conocidas para que se puedan establecer conclusiones defini- tivas. SEXTA CUESTIÓN: La sustancia venenosa extraída del ca- dáver:¿ puede proceder de otro origen distinto del de un envene- namiento? —Muchos orígenes han sido indicados y se invocan con frecuencia por la defensa como productores de la penetra- ción de una sustancia tóxica en los órganos de la víctima. Un trozo de papel pintado, un pedazo de madera dejado por descuido dentro del ataud, la pintura de una mesa sobre la TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  61 cual ha reposado el cadáver, los vasos en los cuales se han encerrado los restos y un pavimento manchado por líquidos empleados en la fotografía, son otras tantas causas de error que han sido invocadas, y que no prueban sino una cosa, y es, la atención que debe prestar el médico á los menores detalles de la autopsia y de la exhumación, á fin de estar prevenido para refutar alegaciones de esta naturaleza. Hay objeciones más serias, si no en el fondo, al menos en apariencia: 1. a Los reactivos no eran puros. Es suficiente, para contes- tar á esta objeción, asegurarse con cuidado de su pureza. 2. a Durante la enfermedad han sido administrados medica- mentos que contenían sustancias venenosas. Los datos reco- gidos cuidadosamente acerca de la naturaleza de esta medica- ción, el examen de las fórmulas que han sido administradas, la determinación tan exacta como sea posible de la cantidad de sustancia tóxica empleada, teniendo cuidado de comparar los efectos que ha podido determinar con aquellos que se han observado en la víctima; la dosis á que han sido administra- dos los medicamentos y la cantidad de veneno encontrada por el análisis químico , son los elementos del diagnóstico médico- legal. 3. a El embalsamamiento con un líquido compuesto de sus- tancias tóxicas está prohibido por la ley; por lo tanto, no puede ser invocado. Por lo demás, bastará una simple inspec- ción para no pasar por alto esta particularidad. 4. a La imbibición cadavérica, que se opera de fuera adentro, ¿puede introducir en el cadáver sustancias venenosas y hacer creer por esto en un envenenamiento? La existencia en la tierra de ciertos cementerios de compuestos arsenicales ha dado ori- gen á la creencia de que estos compuestos disueltos y arrastra- dos por las aguas de lluvia podían infiltrar el cadáver é impreg- nar sus despojos. Sin duda alguna esto puede ser así ; pero es indudable también que esta especie de impregnación debe ser muy rara, por cuanto que, desde hace veinticinco arios en que la atención se ha fijado sobre este punto, no se ha precisado ;1 W .5' 91r 1: r1 fd LEGRAND DU MULLE. ningun caso concreto; no se olvidará, sin embargo, el recoger algunas porciones de la tierra que está en contacto con el cadá- ver, para hacer su análisis químico, evitando de este modo toda causa de error. Inútil es añadir que se deben recoger al mismo fiera po otras porciones de la situada á cierta distancia del cadáver para hacer su examen comparativo, pudiendo la primera haber sido impregnada por los productos de la des- composición cadavérica, ó también por las sustancias vene- nosas que á ella pudieron llegar. 5. a La putrefacción cadav é rica, ¿puede ser origen de com- puestos venenosos? Esta cuestión está, desde algunos años, resuelta afirmati- vamente. Los trabajos de Selmi, Brouardel y Boutmy, Gabriel Pouchet, Armando Gautier, Bouchard, etc., han demostrado de modo que no deja lugar á dudas, que ciertos compuestos alcaloideos, cuya toxicidad es variable, y en alguno de ellos extremadamente enérgica, toman origen., no solamente bajo la influencia del proceso de la putrefacción cadavérica, sino también durante la vida, en el curso de ciertas enfermedades sépticas (viruela, fiebre tifoidea, cólera, etc.). A pesar del gran número de trabajos verificados acerca de estos cuerpos, lla- mados por Selmi ptonzainas , nuestros conocimientos sobre este particular son todavía muy inciertos, pero no deben echarse en olvido al tratar de las investigaciones efectuadas por el método de la experimentación fisiológica. Es necesario también reconocer que, en estas condiciones, la experimenta- ción fisiológica, empleada con exclusión de toda investigación química, no tiene ningún valor, al menos en la mayor parte de los casos; y somos de opinión de que nadie está autorizado para afirmar con certeza un envenenamiento por un alcaloide, hasta tanto que la experimentación fisiológica esté de com- pleto acuerdo con las reacciones químicas para revelar la pre- sencia de tal ó cual compuesto tóxico. En otro lugar habla- remos más detenidamente acerca de las ptomainas. 6. a En cuanto á la existencia en el estado normal, en el cuerpo humano, de ciertos metales que constituyen venenos 5 TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  63 enérgicos, no diremos más que dos palabras. El número de estos pretendidos venenos normales se reduce en realidad á dos: el cobre, cuya presencia es casi absolutamente constante, y el plomo, que no se encuentra sino rara vez; estos metales están íntimamente combinados con nuestros tejidos, y, te- niendo en cuenta su modo de localización, la química no en- cuentra la menor dificultad en distinguirlos de los venenos ingeridos y absorbidos accidentalmente. SÉPTIMA CUESTIÓN: ¿En qué momento ha tenido lugar la in- gestión del veneno?—Esta cuestión tiene una gran importancia en medicina legal. La acusación y la defensa están igual- mente interesadas en que esto se precise; la acusación podrá encontrar en su solución elementos que la pondrán, no sola- mente sobre la pista del crimen, sino también sobre la del criminal; la defensa, por su parte, podrá sacar partido de ella para probar una coartada. En estos casos , el médico legista deberá ser muy prudente en sus conclusiones, porque ante todo están los intereses de la justicia. Si el veneno ha sido administrado en una sola vez, será posible determinar la época de su administración, por la de la aparición de los síntomas; pero es necesario tener presente que hay condiciones variadas que pueden activar ó retardar la absorción de las sustancias venenosas, tales son el estado de salud ó de enfermedad, y el de plenitud ó de vacuidad' del estómago. Pero si el veneno ha sido administrado en dosis sucesivas ó en muchas veces, la cuestión se hace más difícil. La escasa intensidad de los síntomas, después de la ingestión de las primeras dosis, puede hacer pasar desapercibido el en- venenamiento , ó inducir á pensar en un cólico, en una indis- posición ó en una enfermedad cualquiera. Mas lo que importa no olvidar es que ciertos venenos tienen una doble acción sobre la economía, pues obran primeramente como irritantes y de- terminan en las vías digestivas todos los síntomas de envene- namiento por las sustancias llamadas irritantes, y consecutiva- mente, después de una remisión pasajera más ó menos larga, estallan con más ó menos intensidad los accidentes consecuti- 64  LEGRAND DU SAULLE. vos á su absorción; esto es lo que se observa particularmente en los envenenamientos por el fósforo ó por el arsénico; y que. otros venenos, tales como el opio y la estrignina, aunque no obran sino después de su absorción, presentan en sus efectos exacerbaciones y remisiones especiales, las cuales es preciso conocer, á fin 1e no tomar una simple exacerbación por el efecto de la administración de una nueva dosis. OCTAVA CUESTIÓN: El envenenamiento, ¿es resultado de un homicidio, de un suicidio ó de un accidente?—Esta cuestión no puede ser resuelta de una manera general. Sin duda la natu- raleza de la sustancia empleada, el estado mental del indi- viduo envenenado y la semejanza del veneno con otras sus- tancias inertes ó alimenticias pueden en ciertos casos hacer pensar más bien en un suicidio ó en un accidente que en un crimen. Pero, si se exceptúa la manía suicida bien comproba- da por tentativas repetidas, será muy raro que el médico legis- ta encuentre pruebas de algún valor para justificar su parecer. NOVENA CUESTIÓN: El envenenamiento, ¿puede ser simulado? Sin duda alguna; pero la semejanza será entonces tosca, á menos que el impostor no haya ido más allá del fin que se proponía. Como la simulación se hace frecuentemente con vomitivos ó purgantes enérgicos, será suficiente someter al análisis químico las materias de las deyecciones ó de los vó- mitos para descubrir la impostura. Por último, las sospe- chas de . envenenamiento son algunas veces síntomas de la enajenación mental y particularmente de la forma de locura conocida con el nombre de locura melancólica. Los Tribunales reciben frecuentemente acusaciones de esta índole. De esto ya hemos tratado en el lugar correspondiente. VI,—DE LAS DIFERENTES ESPECIES DE ENVENENAMIETTO. No se hace igualmente D ivisión. uso de todas las sustancias vene- nosas, lo cual se explica fácilmente por razones diversas de- i1 AÑOS. 1 1851 1852 1853 1851 1855 1856 1857 1858 185 I 1860 1861 1862 Total. 63 39 71 56 78 47 56 49 49 32 39 36:617 26 12 16 22 17 13 18 19 11 6 13 17  190 29 25 40 24 46 26 22 15 15  14 19 10. 285 8 2 15 10 15 8 18 15 23 12 7 9 142 35 25 33 25 42 14 18 9 9 3 14 5 232 13 3 4 12 21 14 23 20 10 15 13 16 170 3 5 10 8 4 2 8 5 15 5 4 8 77 2 3 1 0 4 6 3 1 » » 2 2 » 33 1 1 2 1 2 7 1 4 4 4 1 2 30 4 1 3 3» 6 1 2 2 » 1 » 23 » » » 1 » » » » 1 1 1 2 6 Número de los crímenes por envenenamiento.. Consecuencias del envenenamiento. Muerte  Enfermedad....  Ninguna. Naturaleza del veneno empleado. Arsénico Fósforo  Sulfato de cobre. Cardenillo. Acido sulfúrico.. Cantáridas Opio TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  65 ducidas de la mayor ó menor notoriedad de ciertos venenos, de la mayor ó menor facilidad para adquirirlos, etc. La fre- cuencia del empleo de cada uno de ellos varía, por lo demás, según las diferentes épocas, según el ruido que tal ó cual proceso notable hace respecto de una sustancia hasta enton- ces desconocida, etc.; pero, en realidad, el número de sustan- cias empleadas como venenos con un fin criminal es mucho más reducido de lo que á primera vista parece. Según lo hace notar Tardieu, no hay verdaderamente más que seis, que, por la frecuencia de su empleo, merezcan fijar nuestra atención: el arsénico, el fósforo, el sulfato de cobre y el cardenillo, el ácido sulfúrico y las cantáridas, que por sí solos representan 565 casos de envenenamiento entre los 617 enumerados en el cua- dro siguiente, formado por Briand y Chaudé. CUADRO A. Estadística del envenenamiento criminal en Francia, de 1851 á 1862. TOMO IV. 66  LEGRAND DU SAULLE. AÑOS. Total. I 1852 1853 1859 1855 I 1856 1857 1858 1859 1860 18611862 Eléboro  » » » » » » » » » » 2 » 2 Emético  1 » » » » » 1 1 » » » 1 4 Sulfato de hierro. 1 » » » » » 2 » » » » 1 4 Ácido nítrico..  1 » 1 1 » » » » » » » » 3 Amoniaco  » » 1 » » » » » » » 1 » 2 Mercurio.  » » 1 » 1 » » » » 1 » » 3 Extratnonio  » » 3 » » » » » ». » » » 3 Nuez vómica..  » » » » 2 » » » » 1 » » 3 Ácido clorhídrico. » » » 1 » » » » » 1 » » 2 Vienen en seguida la potasa, el acetato de plomo, el gas ácido carbónico, los frutos de la retama, el cólchico, las setas, el euforbio, el bálsamo de Fioravanti, el agua sedativa, la be- lladona y el vidrio machacado (?), que han sido empleados cada uno una vez. CUADRO B. 1 DEPARTAMENTOS EN QUE EL ENVENENAMIENTO HA SIDO MÁS RARO. NÚMERO DE LA CLASIFICACIÓN. Ardennes. ---......----.~---- Nora Seine. --------____„---- 1825 1839 1853 1867 1825 Pri- Se- Ter- Cuar- 1825 Pri- Se- Ter- Cuar- 1825 me r gua- cer to mer gua - cer to á l'b á á á pe- do pe- pe- á pe- do pe- pe- á 1838 1852 1866 1880 1880 ríodo. n i o e d - o . -iodo. ríodo. 1880 ríodo. ríodo. riodo. rioáo 1880 84 __. 86 86 85 74 85 82 80 84 DEPARTAMENTOS EN QUE EL ENVENENAMIENTO HA SIDO MÁS FRECUENTE. NÚMERO DE LA CLASIFICACIÓN. Lozere. l'antes Alpes. Gers. -------+.------ n ---., _ Pri- Se- Ter- Cuar- 1825 Pri- Se- Ter- Cuar- 1825 Pri- Se- Ter- Cuar- 1825 mer gua- cer to mer gua- cer to mer gua- cer to pe- do Pe- P e - á pe- do pe- pe- á pe- do pe- pe- á dalo. riodo. p , nodo. ríodo 1880 ríodo. 3 Pe- riodo. nodo 1 ríodo. 1880 ríodo. 2 ne- ni  o. , nodo. 8 ríodo. 1880 1 2 3  1 TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  67 Desde la publicación de este cuadro, han sido publicados en Francia estudios estadísticos muy interesantes. Tomamos de una notable tesis del Dr. Albert Bournet (De la criminalité en France et en Italie, estudio médico-legal hecho bajo la di- rección de Mr. Lacassagne , del laboratorio de medicina legal de la Facultad de Lyon), los párrafos y documentos si- guientes: «El envenenamiento es el arma de la mujer, el arma de los débiles. »Cuando se construye un cuadro gráfico del envenena- miento criminal en Francia desde 1825 á 1880, por períodos de cinco anos, y se trazan dos líneas indicando la una el nú- mero de hombres y la otra el de mujeres perseguidos, se com- prueba que el número de mujeres acusadas es siempre superior al de los hombres. »Las dos líneas están más ó menos alejadas la una de la otra, excepto en los dos períodos de 1840-1845 y de 1850-1855, en los cuales estas lineas se igualan. (Véase el cuadro C.) CUADRO C. Estadística del envenenamiento criminal en Francia. a 1825 á 1830 1830 á 1835 1835 á 1840 1840 á 1845 1845 á 1850 1850 á 1855 1855 á 1860 1860 á 1865 1865 á 1870 1870 á 1875 Tota- les de los emn_ cuenta años. 1875 á 1880 TOTAL DE CRÍMENES POR ENVENENA- MIENTO.  150 145,221 250 259 249 281 181 165 99 2.045 89 i Acusados  )00 179 250 207 212 209 207 155 139 93 1.851 89 Hombres  77 103 127 108 105 102 95' 67 49 38 871 27 Mujeres  73 76123' 99 107 107 112 88 90 55 930 62 Grado de instrucción de los acusados  » »  » »» » » » » » » » No sabiendo leer ni escribir.  » 114 146 112 136 118 128 85 64 46 9198 » Sabiendo apenas leer y escribir  » 44 70 70 52 64 54 53 56 24 487 » Sabiendo leer y escri- bir bien  » 17  24 24 17 22 22 15 10 10 157 » Instrucción superior. » 4  10 10 7 6 3 2 9 3 49 » 63  LEGRAND DU SAULLE. 1825 1830 , ádá 1935 á 1840 á 1845 á 1850 á 1855 á 1860 á 1865 á 1870 á Tota- les de los cin- cuenta 1875 A [830 1835 1840 1845 1850 1S55 1860 1865 1870 1875 aus . 1880 VENENOS EMPLEADOS. Arsénico.  » » 110 168 179 169 92 37 36 13 804 18 Fósforo  » » » 1 4 34 94 74 60 43 310 28 Sulfato de cobre..   » » 6 12 12 29 34 28 22 24 167 14 Cardenillo  » » 15 12 12 20 9 4 4 » 76 » Acido sulfúrico  Cantáridas  » »» » 4 7 10 7 11 10; ,  7 13 8 11 7 4' 5 4 3 2 55 58 3 1 Opio-láudano  » » 1 1 2!  1  3 5  1 3  17 » Eléboro.  »  » » » 41  1 4 2  1 »  12 » Emético  » » 1 1 » '  1  2 1  » »  6 » Sulfato de hierro..  • » » » 1 »  2  2 1  2 » 8 » Acido nítrico  »  »  » 5 »  4 » »  » 1 10 » Amoniaco.  »  i  »  » » » 1 1 2 » »  4 » Mercurio ...  » » » » V  1 1 2  » »  5 » Estramonio  » » » 1 » f  3  » »  » 1'  5 » Nuez vómica  » »  » 3 7 » 2 »  1 »  13 » Acido clorhídrico  »  »  1 » 1 i  » 1 3  2 »  8 » Potasa  »  »  » » »  '  1  » 1  » »  2 » Acetato de plomo  »  »  » 6 2  1  » »  » »  9 » Gas ácido carbónico  » 1 »  » » »  » 1 »  » »  1 » Cólchico 1 »  »  » 4 »  » 1 »  » 2  7 » Setas. »  ,  »  » » » 1  » »  » »  j  1 » Euforbio  »  »  » » » 1  » »  » »  1 » Bálsamo de nora vanti.  »  »  » » » »  1 »  » »  1 » Agua sedativa  »  »  » » » »  ,  1 1  » »  2 » Belladona......,  »  I  »  5 » » 1  » »  » »  6 » Strignina  »  .  »  I  » » »  » » 4  4 1i  9 » D i g i t a 1 i n a.  »  »  » » »  » » 4 » »  2 » Ácido prúsico  » »  » » » » » 4  1 1  6 » Bicloruro de mercu-1 río  » »  » » 5 J » » »  3 »  8 » Agua de Javelle  » » » » » » » »  2 1  3 » Acetato de cobre  » » 1 7 » 1  1 »  » »  10 » Cianuro de potasio ... » » » » 2 » » »  2 »  4 » Sulfato de zinc  » » » 4 2 » » »  » 2  8 » Nicotina-Tabaco..  . » » » » » » » 1  » » 1 » 1 Aceite de croton..   » » » » » » » »  1 » 1 » i Eter  » » » » » » » »  1 » 1 » [  Cardenillo ..   » » » » » » » »  1 » 1 » Oxalato de potasa  » » » » » » » »  » 1 1 » »El otro cuadro gráfico que hemos trazado para indicar el número de envenenamientos por meses, demuestra que hay un máximum en invierno y otro en Mayo. Este último puede ser debido á que la mujer es más impresionable á la influen- TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  69 ,cia del calor, lo cual permite creer que los envenenamientos , de estío están bajo la dependencia del instinto genésico. »Los envenenamientos, gracias á los progresos incesantes .de la ciencia, no son empleados generalmente más que por los ignorantes. »Cuando se estudia, en efecto, su repartición geográfica en Francia, se comprueba que este crimen, raro en los depar- tamentos en que la instrucción- está muy difundida, como •en los Ardennes, el Nord, el Seine, Pas-de-Calais y Róhne, ts muy frecuente, por el contrario s en aquellos en que la ins- trucción está poco desarrollada; así es que bajo el punto de -vista de clasificación en el período total de 1825-1880, la Lo- zére ocupa el primer rango, Hautes-Alpes el segundo, Gers el tercero. (Véase el cuadro B.) Isere, en el que ha habido pro- porcionalmente más envenenamientos, pero que ocupa, sin em- bargo, el 11.° lugar en la clasificación, merece una mención especial. Es la patria de Locusta, la gran envenenadora, que proporcionó á Nerón el veneno con que mató á Britannicus (Suetonio, Histoire des Douze Cesars). Si la Vendée ocupa el 15 lugar, el Morbihan el 29, Cótés-du-Nord el 59 y Finisterre el 81, es por que la Bretaña, en donde la ignorancia es toda- vía tan profunda, tiene una medida de moralidad verdadera- mente excepcional. Allí se ha conservado puro el sentimiento profundo de la vida de familia, y pura también la creencia en el fin ideal de la vida. »En Francia se trata seriamente de crear escuelas en todas partes. El envenenamiento, este crimen peculiar de los igno- rantes, va, por lo tanto, á disminuir de día en día.» Transcribimos á continuacion un cuadro de los envenena- mientos de 1825 á 1880, repartidos por departamentos, formado por monsieur Lacassagne, y reproducido en el Manual de sociología, de Mr. Chapuis. (Véase cuadro D.) 70  LEGRAND DU SAULLE. CUADRO D. Envenenamientos en Francia desde 1825 á 1880. O •-•  cr; c.> --5 O ,-: V] 2 cc, a :-- 1,•=,•  . e  • 1 L--z-, --," O -,-. ce  • E ; • ec 1 1 O -,  • 1 I , . , ' - - 0 ,D _ 9 1 1> <S ,_ , _ , , , u 3 0 • 1 1  . . 5 c5 . ,•• c 013 -:•, '  o c.0 e  e n ••-, 1-•  '-' 73  "; 7 1 ,t co z . , •-. ce  e •-•- n ;••  PI  ••••• n e a. ,- DEPARTAMENTOS. o ',,, ° '9 t"-, „ czi  ,e6 DEPARTAMENTOS, o 1.' o rd :' ,. ., d 41 "In i w1.5 C9 I  Ce el 8  c - 4 5 -<7 1.,  o c•..1 ,,  e ,,,,, F+  ,,m  .~ o  , c s cg en ce e _. e . , "" „..,  c ., -9 o  ,-- n cs ' ",2, '¿. - 5 e  - _,  c,) z =. 4 co - 7 ., o  ,s , ,-- 1 ,-, ,...J 14 !- 14 ;;,. ", ^d /-4 Ri A in .  15 0,418 50° Loiret .  23 0,685 12° Aisne  17 0,310 72° Lot  ......... 16 0,553 24° A llier .  17 0,498 33° Lot-et-Garon ne  14 0,416 48° Basses-Alpes  19 3,913 ,12" Lozere  11 1,222 1° Hantes-Alpes.   . 15 1,185 2 0 Maine-et-Loire  33 0,654 13° I Al pes-Maritimes.. . . . » » » Manche.  20 0.343 65° Ardeche.  .. .  14 0,376 58° Mame  13 0,325 70° A.Lrlennes.  5 0,157 86° Mame (liante).  14 0,548 26° Ariége  16 0,626 17" Mayenne  li 0,410 38° Aube ..  19 0,740 9° INIeurthe.  20 0,523 31° Ande  11 0,389 57° Mcus,.  ' 1) 0,292 77° Aveyron.  31 0.801 6" Morbihan . ......  . . 25 0,531 29° Bouches-du-Rhime  19 0,411 51° Moselle .  9 0,581 78° Calvados  17 (1,352 62° Yievre  17 0,528 30° Cantal..  15 0,605 20" Non]...  22 0,180 85° Charente   .  . 18 0.483 34° Oise.  23 0,574 22° Chamen te-Inferieure.. 22 0 473 36" Orne.  14 0,328 60° Cher  11 0,363 60° Fas-de-Calais .   17 0,239 83° , Corréze.. 23 0,150 8° l'uy-de-1)6rue  2.6 0,448 43° I Corse  10 0,426 46° 1  Pyrénées (Bases)... . 19 0,434 45° ( ;Iite-d'Or  22 0.574 21° Pyrénées (II antes) .. 13 0,541 27° CCités-di:-IN ord.  ` ,3 0 311 59° Pyrénées-Orientales.. 8 0,440 42° Creuse  .  9 0.328 68° Rh"One .  14  0,242 82° Dorclogne  27 0,548 25° Saéne (Ilaute)  11  0,322 71° Doubs.  13 0,453 41° Saéne-et-Loire  17  0.299 74° D r O ale  25 0,189 7° Sarthe  21  0,155 40° Eure.  12 0,295 76° Savoie  »  » » Eure-et-Loir  10 0,349 63° Savoie  (ffaute ) ..... »  » a Finisterre  15 0.249 81° Seine  32  0,197 84° Gard.. 10 0,252 80° Seine Inferieure.. 33  0,435 44° .. .  , ......... G-arone ( liante). . . . . 17 0,363 61° . .  . Seine-et-Marne  14 0.412 52° Gers.  34 1,123 3° Seine-et-Oise.  20 0,396 55° Gironde  28 0,411 53" Sévres (Deux).  . 18 0,564 23° Hérault.  .  18 0,458 39° Somete  19 0,338 66° Ille- et-Vilaine.. ... , . 21 0,412 37° Tarn.  31 0,883 5° Indre .  11 0.416 49° Tarn-et-G aronne, . . . 15 0.639 11° 'mire- et-Loire .  19 0,608 19° 1  Vais.  11 0,532 28° Isere. • ,  41. 0,712 11° Vancluse,  13 0,504 32° Jura.  9 0,296 75° Vendée.  24 0,632 15° Liznd es  12 0,406 54° Vieune  .  13 0.481 41° Loir-et- Cher ..... .. . 9 0.349 64° '  Viene (liante)  15 0.483 35° Loire.  12 0.250 79° -  Vosges  10 0.391 56° Loire (liante).  10 0,329 67° Yo nne  21 2,139 10° Loire-Inferieure  34 0,626 16° . División y clasificación. En el estado actual de la ciencia es imposible establecer una clasificación de los venenos que no deje nada que desear. La mejor sería sin duda alguna la que tuviera por base la acción de las sustancias tóxicas sobre los elementos anató. Aboliendo las funciones de los nervios motores... 1.° Paralyso-motores  2. a CLASE. Neuróticos  Exagerando el poder reflejo. 2.° Espinales  TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  71 micos y sobre los humores ; pero nuestros conocimientos en este punto son todavía muy imperfectos para que podamos establecer una clasificación definitiva. La extensión de este capítulo no nos permite exponer las diferentes clasificaciones que han sido propuestas por los toxicólogos, y además su enumeración sería desde luego enojosa. Mencionaremos solamente un ensayo de clasificación pro- puesto por Mr. Rabuteau, bajo la denominación de clasifica- ciOn nacional. Este autor divide los venenos en cinco clases, según su modo de acción más característico. Óxido de carbono. I Ácido cianhídrico. Ácido sulfúrico. Obrando especialmente so- Sulfuro de amutonio. bre los glóbulos rojos 6 Compuestos de selenio y venenos globulares  de telurio. Fósforo. L a CLASE.  Arsenicales. Venenos liemáti-  Alcohólicos. cos  Nítritos y vapores nitro- sos. so mente l a especi do ran  Sales de plata inyectadas Obrand el plasma ó venenos  en las venas. plásmicos  La mayor parte de las sales metálicas (á do- sis pequeñas y conti- nuas). Curare. Haba del Calabar. Aconitina. Cicutina. Strignina. Oxígeno comprimido. Cantáridas, etc. Cobre, zinc, cadmio. Estaño, plomo. Mercurio, etc. Obrando sobre los elemen- Cloroformo. tos del cerebro y de la médula espinal  Éter. Opio. 3.° Cerebro-espinales  3. 1 CLASE.  Solanáceas virosas. Neuro muscula- Digital. res.  Antimoniales. Ácido carbónico. Inea. Veratrina. 4. 4 CLASE.  Sales de potasio. Musculares.  Sales de bario. 72  LEGRAND DU SAULLE. 5. a CLASE. Irritantes y co- rrosivos  Ácido sulfúrico. » azótico. » clorhídrico. » fluorhídrico. » oxálico. Potasa, sosa, amoniaco. Sulfuros alcalinos. Iodo, bromo, cloro, etc. Todas las clasificaciones que han sido propuestas presentan el mismo inconveniente de agrupar cuerpos tan poco simila- res y que deberían figurar en clases diferentes. Sin embargo, una clasificación, por imperfecta que sea, fa- cilita el estudio, permitiendo agrupar las sustancias de que se trata. Adoptaremos, pues, la clasificación de Tardieu, que es por lo demás un arreglo de las de Fodere, Orfila, Devergie y Giacom in. Esta clasificación no presenta ventajas sobre la de Mr. Ra- buteau, pero es en cierto modo clásica ; á imitacion de Tar- dieu, dividiremos el estudio de los envenenamientos en cinco secciones de las que nos ocuparemos detenidamente. PRIMERA CLASE : Envenenamiento por los irritantes y los co- rrosivos.— Las sustancias comprendidas en esta primera clase tienen por carácter esencial el producir localmente una irri- tación más ó menos violenta, pudiendo llegar hasta la infla- mación (irritantes) y aun hasta la modificación rápida de los tejidos (corrosivos). Aunque algunos de ellos producen además otros efectos consecutivos á su absorción, como determina la coagulación de la sangre el ácido sulfúrico, la irritación y la inflamación de los tejidos, no deja por esto de constituir el síntoma principal y el principal peligro. A esta clase pertenecen los ácidos sul- fúrico, nítrico, clorhídrico, acético, oxálico y tártrico, los álca- lis concentrados, la potasa, la sosa, el agua de jabello (1), el agua segunda (2), el amoniaco, el cloro, el iodo, el bromo, los sulfuros alcalinos y los drásticos. (1) Cloruro de potasio en disolución en el agua. (2) Acido nitrito dilatado en agua. TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  73 SEGUNDA CLASE : Envenenamiento por los hipostenizantes. —Los venenos que pertenecen á esta clase tienen por carácter esencial una depresión rápida y profunda de las fuerzas vita les, acompañada á menudo de una alteración manifiesta de la sangre. La irritación que producen localmente es secundaria, y no está en relación con la gravedad de los accidentes ge- nerales consecutivos á su absorción. A esta clase pertenecen el arsénico, el fósforo, las preparaciones de mercurio, el es- taño, el bismuto, el cobre, el emético, el nitro, la sal de ace- dera,, la digital, etc. TERCERA CLASE : Envenenamiento por los estupefacientes.— El envenenamiento por los estupefacientes tiene por carác- ter una acción directa y especial sobre el sistema nervioso, acción depresiva que produce el estupor, acompañado á veces de una irritación local de poca intensidad. A esta clase pertenecen la mayor parte de las sustancias conocidas desde Foderé, bajo la denominación de narcóticos acres, las preparaciones de plomo, el ácido carbónico, el óxido de carbono, el hidrógeno carbonado, el hidrógeno sulfurado, el éter, el cloroformo, la belladona, el tabaco y otras sol.aná- ceas virosas, y las setas. CUARTA CLASE : Envenenamiento por los narcóticos.—Este envenenamiento está caracterizado por la acción especial y distinta, que no se puede definir más que por su propio nom- bre: el narcotismo (Tardieu). A esta clase pertenecen el opio, sus alcaloides y sus com- puestos. QUINTA CLASE : Envenenamiento por los neurosténicos.—Las sustancias llamadas neurosténicas tienen, por acción espe- cial, una excitación violenta de los centros nerviosos, la cual puede llegar hasta producir una muerte rápida, y á veces ins- tantánea. A esta clase pertenecen la estrignina (nuez vómica), la brucina, el ácido cianhídrico, el sulfato de quinina, las can- táridas, el alcanfor y el alcohol. 74  LEGRAND DU SAULLE. § 1.—Primera clase: Envenenamiento por los irritantes. 1. ÁCIDO SULFÚRICO. — El envenenamiento por el ácido sulfúrico puede producirse de tres maneras : puede ser re- sultado de un error, de un intento de suicidio, ó bien puede atribuirse á un crimen. El envenenamiento por el ácido sulfúrico á consecuencia de un descuido, no es muy raro; se ve con frecuencia, que hom- bres y niños, engañados por la semejanza del ácido sulfúrico con ciertos licores, beben cantidades, á veces considerables, de aquel líquido corrosivo. Como este ácido tiene algunas aplicaciones domésticas, sucede con frecuencia que la vasija que lo contiene se destina por equivocación ó ignorancia para recoger otros líquidos, agua, vino ó vinagre, mezclándose con ellos, y ocasionando, no la muerte, si es en pequeñas porcio- nes, pero sí trastornos considerables que se manifestarán es- pecialmente en el tubo digestivo. El envenenamiento á consecuencia de un acto voluntario, el suicidio, es lo más frecuente, y la sustancia empleada en estos casos es casi siempre la solución sulfúrica del azul de índigo, la cual se usa diariamente en ciertas profesiones. Es necesario examinar cómo se produce el envenenamiento que resulta de un acto criminal. El envenenador puede ver- ter simplemente el veneno en un vaso; pero en este caso, la persona á la cual el líquido está destinado, lo devuelve á la primer bocanada. Otra manera de administrar el ácido sulfúrico con un fin criminal, consiste en tomar el agua de cobre ó cualquier otro líquido, cuya base sea el ácido sulfú- rico, y mezclarla con el jarabe de cidra ó con limonada. Este caso es tanto más frecuente, cuanto que el culpable tiene facilidades para procurarse el veneno, sin despertar sospe- chas. Algunas veces el crimen se comete á viva fuerza, pero la víctima puede resistirse, defenderse, y entonces sucede que los labios, las mejillas, la barba, el cuello, y los ves- tidos presentan señales producidas por la acción de dicha sustancia corrosiva. TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  75 Signos deducidos de los síntomas observados en la víctima é) experimentados por ella.--Inmediatamente después de la in- gestión del líquido corrosivo estallan con violencia los sínto- mas del envenenamiento: dolores agudos, con sensación de constricción y de quemadura, se extienden desde la faringe hasta el estómago. Los enfermos tienen vómitos abundantes, incoercibles, y que no hacen más que aumentar sus sufrimien- tos. Las materias arrojadas son de un color rojo moreno : al- gunas veces conservan todavía el color del índigo. Son corro- sivas como el mismo veneno, y producen efervescencia cuando caen sobre ladrillo. Los dolores en el epigastrio son muy violentos, y pueden presentarse bajo la forma de calam- bres. Pulso pequeño, contraído, frecuente. La cara pálida, descompuesta, los ojos hundidos en las órbitas, denotando el sufrimiento y la ansiedad. Las quemaduras de los labios y de los contornos de la boca y las escaras, que en estos sitios se presentan, ya grises, ya morenas, algunas veces azuladas, completan el cuadro de la enfermedad. El cuerpo se enfría rápidamente ; los vómitos que habían cesado durante algún tiempo reaparecen, y las materias arrojadas últimamente pre- sentan un color moreno achocolatado. El abdomen no pre- senta fenómenos particulares : carencia de evacuaciones albi- nas, orina escasa y algunas veces suprimida. Signos suministrados por las lesiones anatómicas.—Las le- siones anatómicas producidas por el envenenamiento por el ácido sulfúrico son de dos clases: 1. a , las que se manifiestan desde el principio y producen una muerte rápida; 2. a , las que se desenvuelven lentamente, cuando el envenenamiento no ha terminado de un modo fatal en su primer período, y que no ocasionan la muerte sino en un plazo más ó menos largo. En el primer caso la autopsia cadavérica demuestra desde luego las lesiones características de los labios (escaras negruz- cas que presentan algunas veces el color azulado del ín- digo); estas escaras pueden continuar á cada lado de las co- misuras de los labios, faltando algunas veces, en los casos de suicidio por ejemplo, cuando el individuo ha tomado el veneno Ir" 015 76  LEGRAND DU SAULLE. de un solo trago. Generalmente se encuentran señales de que- madura en la lengua, y principalmente en la parte poste- rior de la boca. El esófago las presenta siempre más ó menos profundas, pudiendo interesar todo el espesor de este con- ducto. Algunas veces el líquido penetra en la tráquea y en los bronquios, y el enfermo puede morir sin que el brebaje tóxico haya llegado á su estómago. Este órgano puede no ser afec- tado sino ligeramente, pero la mayor parte de las veces pre- senta lesiones muy considerables. Se ve la membrana mucosa engrosada, presentando en ciertos puntos placas rojizas, tu- mefactas, negruzcas; las túnicas del estómago pueden estar enteramente carbonizadas y presentar á veces perforaciones que dan paso al líquido á la cavidad abdominal. Las visceral, el hígado, el bazo y el mesenterio, pueden estar lesionados. Si no hay perforación, la mucosa intestinal suele estar ordina- riamente sana ó un poco congestionada. En los órganos de la circulación se encuentran numerosos coágulos duros, resisten- tes, que se parecen mucho á los producidos por las inyecciones artificiales en las preparaciones anatómicas. Los accidentes de forma crónica, consecutivos al envenena- miento, tienen su asiento en el esófago, en el estómago ó en el mismo intestino, el cual puede estar verdaderamente atro- fiado. En el esófago se encuentran estrecheces fibrosas ó cica- triciales, consecutivas á la caída de las escaras; en el estómago, ulceraciones, cicatrices, un engrosamiento de la mucosa y una disminución del calibre, ó una disminución del órgano en totalidad. La dosis mortal, según Tardieu, Christison y Taylor, es de 4 á 15 gramos de ácido concentrado. II. ACIDO NÍTRICO. —Los signos suministrados por los con- memorativos, en el envenenamiento por el ácido nítrico, son absolutamente idénticos á los que hemos descrito como corres- pondientes á la intoxicación por el ácido sulfúrico. Lo mismo sucede con los signos deducidos de los síntomas, entre los cuales los más característicos consisten en vómitos amarillos ó negruzcos. TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  77 En cuanto á las lesiones anatómicas, existe un carácter esencial del envenenamiento por este ácido, y es que los vó- mitos están muchas veces mezclados con restos de la mucosa gástrica y esofágica; esto se debe á la gran energía del veneno, que desorganiza instantáneamente los tejidos. Los labios están amarillentos, lo mismo que los dientes, que se ponen vacilantes. Las manchas sobre la lengua son blancas ó tam- bién amarillentas ; la mucosa del esófago presenta el aspecto de un tejido grasiento de color anaranjado. La del estómago se ve cubierta por manchas negras ; la intestinal está hin- chada y cubierta de pequeños cuerpos amarillos. La dosis mortal según Taylor es de 3 á 10 gramos de ácido concen- trado. III. ACIDO CLORHÍDRICO.— Signos suministrados por los conmemorativos.—Son los mismos que los del ácido sulfúrico. Signos deducidos de los s í ntomas.--Tienen una gran analo- gía con los que hemos descrito como correspondientes al ácido sulfúrico, pero el ácido clorhidrico presenta la particularidad, cuando se toma en una dosis grande, de producir vapores blancos y espesos que salen por la boca y las narices, vómitos morenos, verdosos, y movimientos convulsivos de la columna vertebral. Lesiones anatómicas.—Análogas á las producidas por el ácido sulfúrico; además el cerebro está inyectado y se encuen- tra un derrame de serosidad en los ventrículos. Escaras de color gris ó moreno negruzco. Dosis mortal: de 10 á 20 gramos de ácido concentrado. IV. ACIDO ACÉTICO CONCENTRADO.—Los signos deducidos de los conmemorativos y de los síntomas, son los mismos que se presentan en los precedentes. Lesiones anatómicas.—En el contorno de los labios se ob- servan manchas morenas negruzcas desecadas, en tanto que las producidas por el ácido sulfúrico se presentan siempre hú- medas. Dientes blancos, no pareciendo que están alterados; lengua negruzca y contraída; sus papilas están muy pronun- ciadas. En el tubo digestivo existe exudación sanguínea, re- 78  LEGRAND DU SAULLE. blandecimiento é inflamación de la mucosa gastro-intestinal; puede haber también perforación. V. ACIDO oxÁ.Lico.—Entre los signos deducidos de los conmemorativos, este ácido presenta uno muy importante: consiste en su semejanza con el sulfato de magnesia (sal de Epsom), con el cual se confunde desgraciadamente con bas- tante frecuencia. Síntomas.—Dolor quemante en la garganta y en el epigas- trio, vómitos sanguinolentos, diarrea. Después de algunos momentos de calma los vómitos reaparecen, y se presenta la dificultad de la respiración. Pulso pequeño, irregular, apenas perceptible, sudor frío, convulsiones inmediatamente después de su ingestión. Lesiones anatómicas.—La mucosa de la boca, del esófago y estómago está generalmente blanca; erosión más ó menos completa de la mucosa estomacal con estado gelatinoso de los tejidos de este órgano. Coloración generalmente roja de la sangre y de todos los tejidos provistos de un sistema capilar muy desarrollado (Tardieu). Dosis mortal : de 2 á 10 gramos de ácido oxálico, de 12 á 16 gramos de sal de aceleras. VI. ACIDO TÁRTRico.—Signos deducidos de los conmemo- rativos y de los síntomas.—Son los mismos que los del ácido oxálico. Lesiones anatómicas.—Lesiones semejantes también á las del ácido oxálico; pero la sangre presenta una fluidez persis- tente y un color rojo grosella que comunica á todos los teji- dos. Congestiones y núcleos apopléticos en los pulmones. VII. ALCALIS Y SALES ALCALINAS. - Envenenamiento por la potasa y la sosa; signos suministrados por los conmemorati- vos.—Estos álcalis, lo mismo que el ácido sulfúrico, pueden presentarse como tipos de envenenamiento por las sustancias corrosivas. La potasa y la sosa del comercio (carbonato de potasa, carbonato de sosa), el agua segunda, de la cual se sirven los pintores y los grabadores y el agua de jabello (cloruro de po- TRATADO DF, MEDICINA LEGAL.  79 tasa ó de sosa), empleado por las lavanderas, son venenos enérgicos. De todas estas sustancias el agua de jabello es la más empleada en los envenenamientos. Síntomas.—Inmediatamente después de su ingestión, sen- sación de quemadura y de constricción que se propaga desde la boca hasta el estómago '' , dolor violento en la región epi- gástrica ; náuseas , vómitos , hipo frecuente, sudores fríos y movimientos convulsivos de los miembros. Lesiones anatómicas.—En la autopsia se encuentran le- siones del tubo digestivo, si no tan profundas, al menos más extensas como las que resultan del contacto de los ácidos. Reblandecimiento difuso de todas las membranas del estó- mago; la sangre conserva su . fluidez. Si la muerte se ha retardado, se presenta la inflamación ulcerosa ó purulenta de la membrana mucosa del tubo diges- tivo y el estrechamiento del esófago, con degeneración lardá- cea de sus paredes. VIII. BARITA.— (Envenenamiento muy raro.) Los sínto- mas son las siguientes: sensaciones de quemadura, vómitos, convulsiones, cefalalgia, sordera. La barita y sus compuestos solubles no obran solamente como cáusticos sino que son también absorbidos y producen una violenta excitación del cerebro y de la médula espinal; 30 gramos de cloruro de bario, tomados creyendo que era sulfato de sosa, produjeron la muerte al cabo de una hora. IX. AMONIACO LÍQUIDO (Álcali vaatil).—(Envenenamien- to muy raro.) Dosis tóxica : 4 á 8 gramos. Signos suministrados por los conmemorativos.— Son los mismos que para las sustancias precedentes. Síntomas.—Presentación inmediata de los accidentes des- pués de la ingestión del veneno. Sensación de ardor quemante en la garganta, angustia con sofocación, sensación desgarra- dora en la región epigástrica, tos convulsiva continua, sed ardiente, dificultad de la deglución, vómitos repetidos glerosos y estriados de sangre. La cara está pálida, los ojos huraños é inyectados; los labios están tumefactos y presentan un color 80  LEGRAND DU SAULLE. rojo que se extiende desde la boca á la faringe. Pulso lento é irregular; inteligencia clara. Lesiones anatómicas.—Enrojecimiento de la memb rana mu- cosa de las primeras vías digestivas. Algunas veces falsas membranas, escaras secas, y amarillas en la faringe, esófago y estómago, sobre la mucosa del cual se encuentran señales de hemorragias. Ulceraciones más ó menos profundas y se- ñales de flegmasia en los intestinos. En los órganos de la respiración se encuentran exudaciones membraniformes en los bronquios y congestión en el tejido pulmonar. Tardieu ha indicado el estado de disolución y flui- dez de la sangre que es incoagulable, y la esteatosis (degene- ración grasienta) del hígado y de los riñones. X. AGUA SEDATIVA.-El agua sedativa se emplea frecuen- temente en los envenenamientos, y en este caso se observan desórdenes nerviosos, convulsiones y delirio, debidos al alcan- for que entra en la composición de dicha agua. XI. INTOXICACIÓN POR LOS DRÁSTICOS.- Signos deducidos de los conmemorativos.—Puede producirse el envenenamiento cuando los drásticos son empleados como agentes terapéuti- cos, si se administran á altas dosis, ó también, y éste es el caso más frecuente, cuando son ingeridos con el fin de pro- vocar un aborto criminal. Se emplean raras veces como agen- tes homicidas, pero un descuido puede ser también la causa de un envenenamiento con estas sustancias, como sucede con frecuencia con la raíz de brionia, que se confunde con la del nabo. Síntomas.—Los drásticos producen casi todos los mismos efectos. Al exterior ejercen sobre la piel una irritación local enérgica. Tomados interiormente producen de un modo rá- pido síntomas graves: dolores quemantes en el vientre, náu- seas, vómitos biliosos repetidos y terribles, y evacuaciones al- binas abundantes, disentéricas, coleriformes, hemorrágicas prontamente seguidas de enfriamiento general, de pequeñez extrema del pulso, de postración, de convulsiones y de pa- rálisis. vy wy TRATADO DE MEDICINA LEGAL,  81 Lesiones anatómicas.—Los intestinos están más profunda- mente afectados que el estómago : la membrana mucosa- intestinal está reblandecida y sembrada de ulceraciones y manchas negruzcas y de placas gangrenosas. En el canal in- testinal se encuentra un líquido filamentoso blancuzco, mez- clado con sangre; hay reblandecimiento del hígado y del bazo. La brionia, la escila, la escamonea, el eléboro blanco, la coloquíntida, la goma gutta, el tártago, el aceite de croton, el cólchico de otoño, el árnica, la sabina, la celidónea, el tejo, la ruda, etc., etc., producen estos violentos efectos por prin- cipios que obran como irritantes enérgicos y están constitui- dos por alcaloides, resinas, gomas-resinas y aceites esenciales. El estudio toxicológico de la mayor parte de estas sustan- cias deja mucho que desear. § II.—Segunda clase : Intoxicación por los hipostenizantes. I. ARSÉNICO Y PREPARACIONES ARSENICALES.— El arsénico ha sido durante largo tiempo el veneno clásico por excelen- cia: la frecuencia de los envenenamientos criminales por esta sustancia justifica plenamente la importancia que en todo tiempo se le ha dado en medicina legal, las numerosas in- vestigaciones de que ha sido objeto y la tendencia que se ha tenido siempre á tomarlo, casi exclusivamente, por tipo en el estudio de la intoxicación en general. Desde hace algún tiem- po, bajo la doble influencia de las medidas administrativas tomadas por la policía y de la rigurosa exactitud con que el análisis químico nos enseña á descubrir la presencia de esta sustancia, el número de intoxicaciones arsenicales ha dismi- nuido considerablemente. Para convencerse de esto es sufi- ciente tener á la vista los cuadros estadísticos que dejamos reproducidos. De 35 casos ocurridos en 1851 la cifra ha des- cendido sucesivamente á 3 en 1860, para elevarse ligeramente hasta 5 en 1862, y esta disminución se ha acentuado aun más posteriormente, puesto que desde 1875 á 1880 la cifra da las intoxicaciones por el arsénico, es de 18. TOMO IV.  6 8 9 LEGRAND DU SAULLE. Las preparaciones arsenicales más empleadas son, el ácido arsenioso ó arsénico blanco, el óxido de arsénico ó mata-mos- cas, que contiene cierta preparación del primero; los verdes arsenicales, los verdes de Schweinfürt y los verdes de Scheele han dado lugar á intoxicaciones accidentales, ya en los obre- ros empleados en las preparaciones arsenicales ó ya en per- sonas que más ó menos directamente se ponen en contacto con los verdes de Schweinfürt y Scheele. Añadiremos, por fin, que ciertos cosméticos contienen arsénico, y su uso prolongado puede dar lugar á accidentes tóxicos. En la intoxicación criminal el modo de administración más empleado consiste en la ingestión del ácido arsenioso di- luido en las bebidas ó mezclado con las sustancias alimen- ticias. Es difícil determinar de una manera precisa la dosis á partir de la cual el ácido arsenioso puede producir accidentes tóxicos. Desde luego, abstracción hecha de la influencia de la costumbre, corno sucede á los arsenicófagos, y del estado de enfermedad, se puede decir de una manera general , según Lachése, que 6 miligramos de arsénico pueden producir en el hombre accidentes sin gravedad, de 1 á 3 centigramos sínto- mas de envenenamiento, de 5 á 10 centigramos la muerte. Según Taylor, la dosis de ácido arsenioso capaz de producir la muerte debe fijarse para un adulto, en dos á tres granos (12 á 18 centigramos); las otras vías de absorción del arsénico y de las preparaciones arsenicales son : 1. 0 , las heridas y úl- ceras para cuya curación se emplean cáusticos arsenicales; 2.°, la piel, con las lociones, y sobre todo con el uso de poma- das arsenicales; 3.°, la mucosa respiratoria para los polvos arsenicales, papeles pintados, artículos de tocador, etc.; 4.°, la mucosa de la vagina. Síntomas cíe la intoxicación.—Los síntomas del envenena- miento por el ácido arsenioso son de dos clases: los unos son síntomas de irritación localizada en las vías digestivas; los otros son consecutivos á la absorción del veneno y á su eli- minación. De una á dos horas después de la ingestión del veneno el t 1 TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  83 enfermo experimenta una sensación de acritud y de constric- ción en la garganta, seguida bien pronto de una sensación de dolor quemante en la región del estómago. No tardan en aparecer las náuseas y vómitos de materias mucosas ó gle- rosas, algunas veces estriadas de sangre. El dolor se hace cada vez más intenso y se exaspera por los vómitos, que son violentos é incesantes. La menor cantidad de alimento ó lí- quido introducido en el estómago exaspera estos dolores. La sed es intensa y no tarda en presentarse diarrea colérica disenteriforme acompañada' de tenesmo. Á estos síntomas de una viva irritación gastro-intestinal se añaden fenómenos de depresión de las fuerzas vitales, debidos en parte á la absorción del veneno, y en parte al trastorno que ejerce sobre el organismo toda irritación violenta del tubo digestivo. El abatimiento, la postración extrema, la altera- ción de las facciones, el hundimiento de los ojos en la órbita, la palidez y la frialdad de la piel, la pequeñez del pulso, el cual se hace apenas perceptible, los calambres de los miem- bros, algunas veces verdaderas convulsiones tetánicas y la su- presión de las orinas, dan á este primer período de la intoxi- cación arsenical una extraña semejanza con el cólera asiá- tico. Los síntomas subsiguientes varían según se trate de una in- toxicación aguda ó de una intoxicación subaguda. En el primer caso la reacción no llega á conseguirse ; el pulso se hace cada vez más pequeño, la respiración, que no era al principio más que dolorosa, se hace difícil, sobreviene la cianosis, la cara y las ex- tremidades toman una coloración azulada y el enfermo su- cumbe en el estupor, ó con la inteligencia perfectamente con- servada, y á menudo en medio de una falsa mejoría. En la forma subaguda los síntomas del primer periodo son menos graves; al cabo de dos ó tres días, sobreviene, en el estado de la víctima, una mejoría marcada; se suspenden los vómitos, el dolor del epigastrio disminuye ó desaparece completa- mente; sin embargo, queda todavía una sensación de, cons- tricción y de acritud en la garganta. En seguida el pulso se 84  LEGRAND DU SAULLE. rehace, sobreviene fiebre y tumefacción del vientre con dolor- á la presión ; la respiración es dolorosa y difícil; las conjun- tivas se inyectan; la postración de fuerzas y el abatimiento. son siempre considerables. En fin, el pulso se hace débil,. pequeño é irregular, la anuria reaparece si había desapareci- do, sobreviene la ictericia y el enfermo sucumbe por un estado adinámico al cabo de dos, ocho ó diez días. Desde el segundo ó quinto día de este segundo período aparecen en la piel pe- tequias ó erupciones papulosas, vesiculosas , pustulosas, etc... (Imbert-Gourveyre). Si el envenenamiento debe terminar de una manera favorable, los fenómenos disminuyen, desapa- reciendo poco á poco, las fuerzas se levantan y el individuo cura, pero siempre después de una larga convalecencia, y conservando durante largo tiempo, frecuentemente durante toda su vida, reliquias de este grave ataque inferido á su salud. En una tercera forma que Tardieu designa bajo el nom- bre de forma latente, forma rara por demás, no sobrevienen. vómitos ni deposiciones : la piel permanece fresca, el pulso tranquilo. No existe otro síntoma, sino una debilidad progre- siva caracterizada desde luego por los desvanecimientos, y las. lipotimias, y que produce una soñolencia en medio de la cual sobreviene la muerte tan rápidamente como en la forma aguda. La intoxicaeir:m lenta es casi siempre resultado de la admi- nistración lenta de dosis repetidas de la sustancia venenosa. Los accidentes de la intoxicación suba,guda aparecen, aunque menos marcados, después de cada ingestión del veneno; de' esto resultan al principio las alternativas de enfermedad y de salud, y en seguida de convalecencia y de recaída que acaban por poner al enfermo en. un estado de enflaquecimiento extra- ordinario, dándole una apariencia de vejez anticipada. Los síntomas de esta forma de envenenamiento arsenical son he- morragias variadas, manchas petequiales, erupciones milia res ó pustulosas, gastralgias, raquialgias con contractura de' los dedos de las manos y de los pies, acrodinia, accidentes, convulsivos ó temblorosos y las parálisis. TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  85 En la intoxicación consecutiva, la aplicación clínica de un tópico arsenical enérgico en pasta ó en polvo, los síntomas tóxicos consecutivos á la absorción del veneno y á su elimina- ción por la mucosa digestiva, no se presentan sino á las diez ó doce horas de la aplicación del tópico. Por lo demás no di- fieren de los que hemos descrito en la forma subaguda. En fin, en la intoxicación producida por las aplicaciones repetidas en pomada, ó loción, el principio es todavía más lento; los síntomas no se presentan sino después de seis á siete días, y desaparecen en cuanto se suprime la causa. El arsénico no permanece en el organismo sino durante un tiempo determinado, y se elimina rápidamente, sobre todo por las orinas. Según el Dr. Madagan, empieza á presentarse en la orina al cabo de tres cuartos de hora á una hora des- pués de ingerido ; y puede ser eliminado en totalidad al cabo de dos ó tres semanas si el enfermo sobrevive. Según las investigaciones de Mr. Scolosuboff, el arsénico se localiza en los centros nerviosos (cerebro y médula), prin- cipalmente en los casos de intoxicación lenta: sin embargo, las condiciones de esta localización no han sido precisadas por un número suficiente de experiencias para que estas investiga- ciones sean admitidas sin reserva. Lo mismo sucede con las investigaciones que nosotros hemos efectuado sobre la locali- zación del arsénico en el tejido óseo. Hemos observado esta localización muy claramente en el tejido de algunos huesos planos (cráneo y vértebras, especialmente) de perros adultos, sometidos á una ingistión prolongada de pequeñas dosis de arsénico ; estas porciones de arsénico se encontraron en los huesos cuando ya había desaparecido esta sustancia del hígado, de los músculos y de los centros nerviosos. Pero es necesario para que esta localización se produzca, que las dosis de arsé- nico administradas no sean muy débiles, y que la absorción del arsénico se prolongue por algún tiempo. El único hecho cierto que resulta para nosotros de estas investigaciones, es que una vez efectuada la localización del arsénico en el tejido óseo su eliminación es muy lenta. 86  LEGRAND DU SAULLE. Lesiones anat()inicas.—Las lesiones anatómicas principales tienen su asiento en el estómago y en los intestinos, cualquiera, que haya sido la vía de introducción del veneno; y estas lesio- nes son tanto más pronunciadas cuanto mayor ha sido la dosis de arsénico ingerido, y cuanto más largo tiempo ha sobrevi- vido la víctima. El estómago presenta las señales de una inflamación vio- lenta; la mucosa que se extiende desde el cardias hasta el pí- loro, está roja y congestionada por puntos ó por placas; la co- loración alcanza á veces hasta el rojo moreno; esta membrana está con frecuencia desprendida por placas y recubierta de una capa de moco gleroso mezclado con sangre en más ó menos cantidad; otras veces, en fin, está reblandecida, presentando una consistencia gelatinosa. En general, las lesiones inflama- torias son más marcadas al nivel del gran fondo de saco. Las ulceraciones y la gangrena son relativamente raras en el en- venenamiento arsenical. La gastritis arsenical se desenvuelve con gran rapidez. En un caso en que la muerte sobrevino al cabo de cuatro horas, se encontró la mucosa vivamente infla- mada (Taylor); la ulceración de la mucosa ha sido observada al cabo de diez horas. La mucosa del intestino delgado presenta lesiones análogas, pero menos pronunciadas. Están generalmente limitadas al duodeno y á la primera porción del yeyuno. El recto es de todas las porciones del intestino grueso la que se encuentra más frecuentemente inflamada. El hígado, el estómago y los riñones no presentan lesiones macroscópicas; pero si se examinan los tejidos al microscopio, se encontrarán con frecuencia las lesiones características de. una esteatosis de marcha rápida de los elementos celulares. Otras lesiones, en fin, han sido observadas en distintos ór- ganos. Ya hemos mencionado, entre los síntomas, las erupcio- nes en la piel, las lesiones observadas en los pulmones, en el corazón, en el cerebro y en las vías excretorias de la orina; consisten en congestiones y en equimosis que no tienen nada de característico. TRATADO DE MEDICINA LEGAL,  87 Un hecho digno de notarse es el estado sorprendente de conservació n en que se encuentran, largo tiempo después de la muerte, los órganos que han sido afectados por el veneno; el estómago y los intestinos conservan durante años las seña- les bien marcadas de la inflamación violenta de que han sido asiento. Sin embargo, parece que el arsénico absorbido no tiene la propiedad de impedir la descomposición de los órganos en los cuales está depositado (Taylor). DIAGNÓSTICO. —La intoxicación por el arsénico puede con- fundirse con el cólera, la fiebre perniciosa coleriforme y la in- digestión. 1.° Cólera.—Existe, en efecto, entre la intoxicación por el arsénico y el cólera una analogía de las más notables: vómi- tos, evacuaciones violentas con abatimiento y postracción con- siderables, enfriamiento de la piel, alteración de la fisonomía, anuria, pequeñez del pulso seguida ó no de síntomas de reac- ción inflamatoria; tales son los caracteres comunes á las dos enfermedades. La ausencia ó existencia del estado epidémico, la diarrea premonitoria que pertenece al cólera., y la sensación de constricción y de acritud en la garganta, que casi nunca falta en la intoxicación por el arsénico, pueden servirnos para establecer un diagnóstico entre estos dos estados. La reacción es más franca y más prolongada en el cólera. En la autopsia la congestión ocular es más frecuente en esta última enfer- medad, en la cual son también más considerables la emana- ción, la cianosis y repleción del sistema venoso, presentándose además un estado especial, como pegajoso, de las membranas serosas. La diarrea, común á las dos enfermedades, es, sin embargo, mucho más marcada y mucho más intensa en el cólera, en tanto que los equimosis y los sufusiones subpleu- rales, subpericárdicas y subendocárdicas son, según Tardieu' más frecuentes en la intoxicación por el arsénico. Si á pesar de todas estas distinciones dudásemos acerca de la naturaleza del mal, el análisis químico disiparía nuestra duda. 2.° Fiebre perniciosa coleriforme.—Es suficiente para hacer 88  LEGRAND DU SAULLE, la distinción entre esta enfermedad y la intoxicación arseni- cal, el recordar la hipertrofia y el reblandecimiento, á veces considerable, del bazo en esta forma de intoxicación palúdica. 3." Indigestión.—Se distingue por sus caracteres negativos, y no puede ser confundida sino con la forma lenta, en la cual los síntomas son poco acentuados, la terminación rápidamente funesta y las lesiones nulas. El diagnóstico entre la intoxicación por el arsénico y las intoxicaciones por otros hipostenizantes, lo haremos al tratar de cada uno de ellos. II. M5sFoRo.—En contraposición á lo que hemos observado respecto al arsénico, el número de intoxicaciones por el fós- foro, antiguamente tan raras, está en vías de progresión cre- ciente desde la introducción en la economía doméstica del uso de cerillas fosfóricas. De 3 casos en 1852 y 4 en 1853, el nú- mero se ha elevado á 23 en 1857 y á 16 en 1862; conviene hacer notar que la estadística de Briand y Chaudé no se ha hecho sino sobre la intoxicación criminal. La diferencia sería extremadamente grande si se hiciese entrar en ella el número de suicidios. El fósforo es un veneno violento, como lo prueban los dos casos siguientes, referidos por el Dr. Cristian: en el primero, grano y medio (8 , centigramos) de fósforo causó la muerte en doce días; en el segundo, 2 granos (11 centigramos) la produjo en ocho días. El fósforo se lo procuran generalmente los criminales y suicidas de las cerillas fosfóricas. Es impo- sible fijar la cantidad de cerillas fosfóricas necesarias para determinar la muerte, porque no es posible determinar la cantidad de fósforo perteneciente á cada clase de las mis- mas, pues varía según la fabricación, según las manipula- ciones sufridas por la pasta, los diversos ingredientes que la acompafían, y sobre todo, según el tiempo empleado en efec- tuar la maceración y la preparación del brebaje tóxico. Se puede tener una idea de las divergencias que se han producido con mo- tivo en esta cuestión por los ejemplos siguientes: se ha compro- bado la muerte por intoxicación fosfórica al cabo de tres días TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  89 de la absorción de un brebaje preparado con 60 cerillas, en tanto que en otro caso no se produjo la muerte al cabo de seis días, después de la ingestión de un líquido en el cual se ha- bían macerado 3.000. En este último caso la mayor parte del fósforo debió evidentemente haberse oxidado. Se ha creído durante largo tiempo que esta sustancia no era venenosa sino cuando pasaba por oxidación al estado de ácido fosfo- roso ó hipofosforoso. Experiencias hechas en Val-de-Gráce por Tardieu y Roussin, han demostrado, por el contrario, que al fósforo en estado de aislamiento, de pureza, es al que se deben atribuir las propiedades venenosas. En una de estas ex- periencias se hizo tornar á un perro en veinticuatro horas 12 gramos de ácido hipofosforoso diluido en agua, y el perro no murió; en tanto que la vigésima parte del fósforo contenido en este ácido y administrado al estado puro, fué suficiente para matarle en algunas horas. Las preparaciones de fósforo más empleadas son, por or- den de frecuencia : 1. 0 , el mastic inflamable de las cerillas fós- fóricas puesto en infusión, ó en maceración en el agua, en el café, etc.; 2.°, las pastas fosfóricas destinadas á destruir los animales , ingeridas por los niños ó mezcladas á las sustancias alimenticias; 3.°, el fósforo puro mezclado con los alimentos. Es necesario hacer notar además que el fósforo ha dado lugar algunas veces á envenenamientos indirectos. Con este nombre designamos, lo mismo que Tardieu, á los envenenamientos pro- ducidos por la ingestión de carne de animales que han muerto intoxicados por dicha sustancia. La intoxicación por el fósforo es algunas veces accidental: sin hablar de la intoxicación profesional, tan frecuente en los obreros empleados en la manufactura de cerillas fosfóricas, la intoxicación por el fósforo puede producirse haciendo uso de bebidas ó alimentos que hayan estado en contacto con ce- rillas fosfóricas, produciéndose accidentes graves y algunas veces la muerte. Todo lo que acabamos de decir se refiere únicamente al fósforo ordinario. Bien sabido es que el fósforo amorfo, el fós- 0'1 9 90  LEGRAND DU SAULLE. foro alotrópico , está completamente exento de propiedades venenosas. Taylor refiere que en Octubre de 1860 una mujer de 26 años tragó el mastic perteneciente á cierto número de cerillas hechas con el fósforo alotrópico y no experimentó nin- gún inconveniente. En otra ocasión ingirió una disolución en café de cerillas fabricadas con el fósforo ordinario y la infeliz murió. S¿ntomas.—E1 principio del envenenamiento por el fósforo es más lento que el de la intoxicación por el arsénico. Los pri- meros síntomas no empiezan á presentarse hasta las siete ho- ras, y á veces hasta los dos ó tres días. Ordinariamente los síntomas de irritación son los primeros que se presentan. Desde luego el enfermo siente un sabor aliáceo. El aire espi- rado presenta algunas veces el mismo olor. Hay una sensación de acritud y de calor en la garganta con sed intensa, náu- seas, dolor violento y sensación de pellizcamiento en el estó- mago, bien pronto seguida de abultamiento del abdomen y de vómitos frecuentes; las materias vomitadas son simplemente mucosas ó con más frecuencia de un color oscuro como posos de café; también exhalan un olor aliáceo, y algunas veces, en la oscuridad, se ven desprenderse de ellas vapores blanque- cinos. A estos síntomas de irritación vienen á unirse fenóme- nos generales que indican desde el principio la gravedad del estado del paciente: el pulso es pequeño y débil y hay postra- ción de fuerzas, Sobrevienen espasmos y convulsiones, se pre- senta el coma y la muerte , puede acaecer á las cuatro horas. (Orfila.) En otros casos sobreviene al cabo de dos ó tres días una mejoría engañadora; los vómitos cesan, disminuyen los dolores abdominales y la diarrea cuando existen, los enfermos se en- cuentran en estado de andar, experimentando solamente al- gunos vagos dolores erráticos en los miembros y otras veces una sensación de dolor más ó menos pronunciado y fijo en la región lumbar; el pulso es pequeño, depresible y siempre re- tardado; pero esta mejoría es de corta duración; al cabo de uno ó tres días aparecen síntomas graves que tienen gran TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  91 semejanza con los de la atrofia amarilla aguda del hígado; otras veces los individuos intoxicados mueren súbitamente sin haber presentado otro síntoma. Frecuentemente aparece desde luego una ictericia, más ó menos intensa, acompañada de he- morragias por diferentes vías: epistaxis , hematemesis , ente- rorragia, sufusiones sanguíneas en el espesor del dermis ó en el tejido celular subcutáneo (petequias , equimosis), y bien pronto sobreviene la postración y el enfermo sucumbe hacia el octavo ó duodécimo día. En otros casos son síntomas nerviosos graves los que acom- pañan á la ictericia fosfórica : espasmos, convulsiones, salto de tendones, en una palabra, todos los síntomas llamados atáxicos, ó ataxo-adinámicos , ó de colapso, que preceden á la terminación fatal. Lesiones anatómicas.—En el estómago y en los intestinos se encuentran todas las señales de una inflamación violenta. El estómago está contraído, replegado sobre sí mismo, la membrana mucosa está inflamada y roja, algunas veces de un rojo subido, ó bien reblandecida y destruida. Las perforacio- nes de esta víscera, como en los casos referidos por Worbe, son bastante raras. Se encuentra la mucosa levantada por pequeñas vesículas análogas á' las de la vexificación; esto tal vez sea debido á un fenómeno de putrefacción. El contenido del estómago consiste en materias mucosas más ó menos colo- readas por la sangre ó por las sustancias colorantes de la parte fosfórica. La sangre es negra y fluida y no se enrojece al contacto del aire; el cerebro está congestionado; existen sufu- siones sanguíneas bajo la piel y en la superficies de las vísce- ras. En fin, existe una degeneración grasienta del hígado, de los músculos de la vida animal y (le los riñones. Las vísceras exhalan un olor especial de ajo y vapores luminosos en la os- curidad. (Galtier, Toxicologie.) Diagnóstico.—La intoxicación por el fósforo presenta una gran analogía con la ictericia grave, atrofia amarilla aguda del hígado. Hasta tal punto que muchos médicos atribuyen á verdaderas intoxicaciones los casos de esteatosis general es- tM 411  '411 11' 9 9  LEGRAND DU SAULLE, pontánea rápidamente mortal, señalada primeramente por Rokitansky y estudiada en seguida por Wunderlich. Existen, sin embargo, entre estas dos afecciones, diferencias bien marcadas ; la sensación de calor y de acritud en la gar- ganta y los vómitos no existen en la ictericia grave. La icte- ricia fosfórica es más lenta en su aparición y no se acompaña de fiebre ni de congestión de las conjuntivas oculares ni de animación de la vista. En la intoxicación por el arsénico, los síntomas gástricos son más graves, la sensación de constricción á la garganta más constante, las erupciones cutáneas más frecuentes y más características, las hemorragias menos abundantes, las lesiones gastro-intestinales generalmente más acentuadas. Además, la esteatosis visceral y la ictericia son mucho más raras y no se presentan jamás en ella ni olor aliáceo ni vapores luminosos en la oscuridad. III. SALES DE COBRE.-El envenenamiento por las sales de cobre ocupa la tercera categoría en la estadística del enve- nenamiento criminal. Las preparaciones de cobre más frecuen- temente empleadas como venenos son el sulfato de cobre ó caparrosa azul, el subcarbonato y el subacetato, conocidas con el nombre de cardenillo. El envenenamiento por el verde de Scheele (arseniato de cobre), y por el verde Schweinfiirt (aceto-arseniato de cobre), entran en el dominio de la intoxi- cación arsenical. El cobre por sí mismo no es un veneno, pero por su contacto prolongado con los ácidos y los cuerpos gra- sos, puede dar origen á compuestos tóxicos. Así se explican los envenenamientos accidentales que resultan por el uso de vasijas de cobre mal estañadas. Las sales de cobre se mezclan con frecuencia, con los licores, como sucede con el ajenjo, con los bombones y con las conservas vegetales, tales como los pepinillos, ciruelas, guisantes, judías verdes, etc.; se ha lle- gado á teñir con el cardenillo las ostras para hacerlas pasar por ostras de Marennes; en fin, los panaderos añaden algunas veces sulfato de cobre al pan para darle más blancura y aumentar su peso, pues hace absorber á la masa mayor cantidad de agua. TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  93 El sulfato de cobre es venenoso á partir de la dosis de 60° centigramos; el cardenillo á la dosis de 2 á 3 gramos. Según las investigaciones de 111111. Jeltz y Ritter el acetato de cobre es más tóxico que el sulfato. Síntomas.--La presentación de los síntomas es ordinaria- mente muy rápida ; media hora 'después de la ingestión del veneno sobrevienen vómitos violentos que algunas veces dan afortunadamente por resultado la expulsión del mismo, antes de su absorción; esto sucede en los casos en que la dosis es muy fuerte. Estos vómitos son muy violentos y se acompañan de cólicos atroces, de deyecciones albinas, repetidas á veces, glerosas y aun sanguinolentas, cardialgia y tenesmo; las ma- terias vomitadas son notables por su color oscuro y contienen á veces cristales de sulfato de cobre que se reconocen con mu- cha facilidad. A estos síntomas de irritación gastrointestinal se agrega un sabor cobrizo persistente, de tal manera des- agradable, que solamente la vista de un objeto de cobre excita el vómito; el pulso es pequeño, hay cefalalgia y abatimiento. Los vómitos no cesan , sobreviene la ictericia, la estranomrria, y la anuria, el vientre se meteoriza y se presentan contracciones tetánicas de los músculos de las mandíbulas y de la faringe y calambres en las extremidades. En fin, los sudores fríos, los vértigos, los sincopes y las convulsiones anuncian la muerte, que puede llegar en algunas horas (Delaporte, Postal). Si la curación tiene lugar, quedan durante largo tiempo gastralgias, dispepsia y aun parálisis y temblores. La intoxicación crónica que resulta de la absorción gradual del veneno, principalmente en el estado de polvo, recuerda, según indica Corrigan, las pretendidas intoxicaciones lentas de la Edad Media. Esta intoxicación tiene por síntomas principales: cólicos frecuen- tes, gastralgias, dispepsias, tos, sudores nocturnos, encías rojizas purpurinas y, sobre todo, una emaciación considerable con debilidad extrema. Lesiones anatómicas.—Nada tienen de característico; son lesiones inflamatorias del tubo digestivo, y principalmente del estómago, llegando rara vez á la perforación. Algunas ve- 1,0 94  LEGRAND DU SAULLE. ces la mucosa digestiva presenta, en ciertos sitios, una decolo- ración azul verdosa que resiste al lavado, y también pequeñas partículas de cardenillo que, tratadas por el amoniaco, toman una coloración azul característica. Diagnóstico.—Hasta cierto punto el sabor cobrizo, la rapi- dez de la presentación y la frecuencia de los vómitos y de las deyecciones albinas, distinguen la intoxicación por el cobre de la producida por otros hipostenizantes; la ausencia de la corrosión de las primeras vías la distingue de la de los irri- tantes. El análisis químico podrá confirmar el diagnóstico. Apasionadas discusiones se han originado en estos últimos tiempos relativamente á la toxicidad de las sales de cobre. De acuerdo en esto con la mayoría de los toxicólogos, nos parece atrevido el negar esta cualidad á dichos compuestos. Pero re- sulta evidentemente de los numerosos trabajos á que esta cuestión ha dado lugar, que su poder tóxico se ha exagerado mucho, y no tenemos inconveniente en participar de la opi- nión de Mr. Galippe, que afirma la imposibilidad del envene- namiento agudo por las sales de cobre, á causa de su sabor horrible, de la dosis considerable que sería necesario em- plear y de la particularidad de que los vómitos abundantes y repetidos que sobrevienen rápidamente, expulsan del estó- mago la mayor parte del veneno. Es necesario admitir, y es- tos resultados están basados sobre un gran número de expe- riencias, que la absorción de pequeñas cantidades de cobre no presenta los peligros que se' le atribuían en otro "tiempo. Será, pues, necesario, para llegar á una conclusión precisa, averiguar con gran cuidado la cantidad de cobre existente en las diferen- tes vísceras, y esto es tanto más indispensable, cuanto que el co- bre se encuentra en una gran cantidad de bebidas, de alimen- tos y de vegetales, hecho que ha sido señalado lauprimera vez por Garceau. Esto explica que al hacer una investigación to- xicológica, sobre todo en los cadáveres de habitantes de las poblaciones , sea extremadamente raro no encontrar indicio de cobre, introducido ya por el empleo en los usos culinarios (le vasijas de este metal, ya porque algunas sustancias ali- TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  95 menticias contienen débiles porciones del mismo. Este metal se acumula, en efecto, en la economía, especialmente en el b  hí- uado no eliminándose sino con gran lentitud. MM. Bour- neville é Ivon han encontrado en el hígado de una mujer epi- léptica 295 miligramos de cobre metálico: esta mujer había seguido un tratamiento médico durante el cual había absor- bido, en el espacio de cuatro meses, 43 gramos de sulfato de cobre. IV. MERCITRIO.— L -E1 envenenamiento por las sales de mer- curio ocupa en la estadística de Briand y Chaudé el undé- cimo lugar; es, por lo tanto, menos frecuente que las intoxi- caciones por el arsénico, el fósforo y las sales de cobre. Ingerido en estado metálico y en gran cantidad, el mercurio atraviesa rápidamente el tubo digestivo, sin producir otros accidentes que los que resultan de su peso. Absorbido en pe- quenas dosis en el estado de vapor, ó bien por la piel por me- dio de lociones ó unciones repetidas, puede, por el contrario, determinar accidentes de intoxicación, que ceden inmediata- mente después de la supresión de la causa (fiebre, estomatitis m.ercuric.1). En fin, la exposición largo tiempo prolongada á las emanaciones mercuriales, determina una intoxicación cró-. nica, que pertenece más bien á la medicina propiamente dicha que á la medicina legal. La mayor parte de las preparaciones mercuriales son muy venenosas. La más peligrosa de todas es sin disputa subli- mado corrosivo, que por este motivo se toma como tipo de la intoxicación por el mercurio. El precipitado rojo (H.-óxido de mercurio), el protoioduro y el bi-ioduro, el cianuro y . el nitrato de mercurio no figuran más que entre las intoxicaciones acci- dentales. Los calomelanos no se convierten en veneno hasta tanto que no encuentran á su paso sustancias susceptibles de transformarlos en sublimado corrosivo (como sucede cuando se ponen en contacto de la sal de cocina ó sales ácidas) ó en cianuro, como sucede cuando se pone en contacto de almen- dras amargas. Todas las preparaciones mercuriales solubles son venenosas á pequeídas dosis (de 10 á 20 centigramos); 96  LEGRAND DU SAULLE. el sublimado corrosivo se ingiere ordinariamente en una solu- ción acuosa ó alcohólica, ó bien mezclado con los alimentos 6 con las bebidas. ,Si¿tomas.—Cualquiera que sea la cantidad de veneno inge- rido, los accidentes se presentan inmediatamente 6 después de algunos minutos. Un sabor metálico, comparado frecuen- temente con el sabor de cobre, se hace sentir en la boca; una, sensación de constricción, y de quemadura algunas veces, acompañada de sofocación, se experimenta en la garganta, y bien pronto desciende por el esófago hasta el estómago: des- pués de algunos minutos, un violento dolor, que aumenta por la presión, se manifiesta en el abdomen, y principalmente en  0 el epigastrio. Existen vómitos frecuentes de materias muco- sas, mezcladas con sangre, y deyecciones albinas, biliosas,  1/W sanguinolentas, repetidas, con tenesmo y tensión en el bajo vientre. La cara está unas veces encendida y bultuosa , otras pálida, el pulso pequeño, frecuente é irregular, y aun imper- ceptible en los casos muy graves. La lengua está húmeda y pastosa, con frecuencia abultada, así como la boca y los labios, que presentan además un aspecto blanquecino, como si se los hubiese tocado con nitrato de plata; el aliento se hace rápida- mente fétido, y se produce una salivación abundante; algunas veces la secreción urinaria está suprimida; la albuminuria se presenta frecuentemente. En cierto número de casos sobre- viene, después de este primer período, otro de reacción; pero ésta nunca es franca. El abatimiento no tarda en reaparecer, y sobreviene la muerte al cabo de veinticuatro á treinta y seis horas, á consecuencia de síncopes repetidos, de anestesia de los miembros inferiores, etc. En la forma subaguda, después de los síntomas que acaba- mos de describir, entre los cuales el más constante es una es- tomatitis intensa, sobreviene hacia el quinto ó sexto día una remisión aparente; los vómitos y las evacuaciones disminuyen ó desaparecen, lo mismo que el dolor; pero queda la debilidad y el calor general, algunas veces palpitaciones, hiperestesia é hipo, y la muerte llega sin convulsiones, sin agonía, al cabo TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  97 de ocho, diez ó doce días. Se observan con frecuencia en esta forma alternativas de remisión y de exacerbación con erupcio- nes petequiales ó de otra clase, hematemesis, hematuria, ó simplemente albuminuria. Diagnóstico. — La intoxicación por el sublimado corrosivo difiere de la intoxicación por el arsénico: 1. 0 , por su sabor me- tálico muy marcado; 2.°, por la invasión rápida y la violencia de los síntomas; 3. 0 , por la mayor frecuencia de sangre en las evacuaciones albinas. En la forma aguda, la intoxicación por el arsénico se asemeja al cólera, y la intoxicación por el subli- mado corrosivo se asemeja á la disentería. En esta forma, la terminación llega fatalmente del segundo al quinto día. En un caso referido por Taylor, la muerte se presentó al cabo de media hora. En la forma subaguda, el enfermo sucumbe entre el primero y el duodécimo día. Lesiones anatómicas.—Están, como en la intoxicación arse- nical, limitadas en gran parte al estómago y á los intestinos. Sin embargo, el sublimado corrosivo ataca también á la boca, la faringe y el esófago, cuya mucosa se hincha, se reblandece, coloreándose en blanco y en gris verdoso, y algunas veces está verdaderamente inflamada ó destruida por placas. La mucosa estomacal se inflama también en porciones ó placas lo mismo que los intestinos, y especialmente el ciego. La perforación del estómago es rara en esta intoxicación. Taylor solamente ha observado un caso. La esteatosis del hígado y de los riño- nes se ha observado muchas veces; los riñones presentan, so- bre todo, una degeneración análoga á la que caracteriza á la enfermedad de Bright. V. ANTIMONIO-EMÉTICO , CLORURO Ó MANTECA DE ANTIMO- Nio.—La intoxicación por las sales de antimonio es rara, sobre todo en Francia, en donde no ha sido observada sino acciden- talmente á consecuencia de dosis muy fuertes de emético ad- ministradas á los niños, y más rara vez á los adultos. Esta especie de envenenamiento parece ser más frecuente en Ingla- terra. El uso criminal que de esta sustancia se hace en este país, según se ha demostrado en las sesiones de otoño del Tri- TOMO IV.  7 LEGRAND DU SAULLE. bunal de Liverpool en 1856, se debe á la existencia, en ciertas comarcas del Norte, de la costumbre que algunas mujeres tie- nen de administrar, en las bebidas, á sus maridos ciertos polvos que se venden públicamente por los drogueros bajo el nombre  fl de polvos de tranquilidad (quietnes powder), con el objeto de corregir sus hábitos de embriaguez ; estos polvos consisten en una mezcla de tártaro estibiado y de crema de tártaro. El cloruro ó manteca de antimonio es también un veneno muy enérgico, no por el antimonio que entra en su composi- ción, sino á causa del ácido clorhídrico que contiene. Debe colocársele entre los venenos irritantes y al lado del ácido clorhídrico. Síntomas.—Tomado á dosis tóxicas, el tártaro estibiado produce en su primer período los síntomas siguientes: fuerte sabor metálico en la boca, dolor y constricción en la garganta, dificultad para tragar, dolor violento con sensación de quema- dura en el estómago, seguido bien pronto de vómitos y deyec- ciones albinas abundantes, biliosas, serosas, sanguinolentas y de abatimiento y depresión extrema. El pulso es pequeño y rápido, algunas veces imperceptible; la piel está cubierta de un sudor frío; la respiración es dolorosa, y el enfermo puede sucumbir en medio de accidentes adinámicos ó ataxo-adina- micos; en un caso, la muerte sobrevino á las diez horas. Si el enfermo dura más tiempo, hacia el cuarto ó quinto día aparecen erupciones vesículo - pustulosas ; los accidentes se agravan, los vómitos son reemplazados por un hipo persis- tente, el pulso se hace filiforme, las extremidades se ponen frías é insensibles, y la muerte, precedida de delirio ó convul- siones, sobreviene hacia el sexto día. «En ciertos casos muy raros, dice Tardieu, la ingestión de emético á dosis excesiva no determina vómitos, sino sola- mente algunas evacuaciones albinas, una postración completa, casi una sideración y movimientos convulsivos, sobreviniendo la muerte en algunas horas.» La administración sucesiva y repetida de dosis del emético, tal como ha sido empleada en Inglaterra por grandes crimi- TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  99 nales, entre ellos dos médicos, Palmer y Pritchard, da lugar á accidentes más insidiosos, pero siempre_ muy temibles. Tay- lor resume de este modo los síntomas de esta intoxicación lenta: náuseas, vómitos de materias biliosas y mucosas; gran depresión, deposiciones serosas , seguidas con frecuencia de estreñimiento; pulso pequeño, contraído y frecuente; pérdida de la voz y de la fuerza muscular; piel fría; sudores viscoáos; agotamiento completo de fuerzas, y muerte. Lesiones anatómicas.—En la intoxicación aguda se encuen- tran señales de una inflamación más ó menos violenta del esó- fago, del estómago y de los intestinos. Los pulmones están congestionados; algunas veces se observan en ellos verdaderos núcleos apópléticos , pero estas lesiones no tienen nada de es- pecial. La degeneración grasienta del hígado es probable, pero no está demostrada. En el envenenamiento lento puede haber ausencia com- pleta ó casi completa de lesiones anatómicas. VI. SAL DE NITRO. —La sal de nitro, nitrato de potasa, no es tóxica sino á dosis elevadas, de 8 á 12 gramos ó más, se- gún Orfila. Ha dado lugar frecuentemente á intoxicaciones accidentales á causa de su semejanza con la sal de Epsom y la de G-lauber. Síntomas.—Presentación rápida al cuarto de hora ó á la media hora; náuseas, vómitos biliosos ó sanguinolentos, de- yecciones albinas abundantes, mucosas, serosas y mezcladas con sangre, dolor quemante en el esófago, en el estómago y en el vientre, con angustia; después colapso profundo, con pe- queñez del pulso, enfriamiento de las extremidades, síncopes, vértigos, pérdida de la voz, convulsiones, sobreviniendo la muerte al cabo de dos á cinco horas, rara vez después de dos ó tres días. Lesiones anatómicas.—Inflamación del estómago, cuya mu- cosa está roja, equimosada algunas veces, ulcerada, y cuya cavidad está con frecuencia llena de sangre, flúida y de un rojo muy vivo. Existe también congestión venoas. VII. SAL DE Ac EDERAs.—Frecuentemente confundida con .1111 1'11\1 100  LEGRAND DU SAULLE. la crema de tártaro, la sal de acederas (bioxalato de potasa) es un veneno mortal á la dosis de 12 á 16 gramos para el adulto. Sin embargo, Taylor, cita el caso de una mujer de veinte años que sobrevivió á la ingestión de 30 gramos de esta sustancia, cuya mayor parte había sido, sin duda, arro- jada con el vómito. Los síntomas son casi los mismos de los del envenena- miento por la sal de nitro; se observan, sin embargo, algo más de oscurecimiento de la vista, dilatación de las pupilas, la fijeza del dolor en el epigástrio y en un punto correspondiente de la región dorsal y algunas veces vómitos no precedidos de náuseas. Bajo el punto de vista de las lesiones anatómicas, se nota la coloración roja encendida de los tejidos, y la fluidez de la sangre que los penetra. La ingurgitación de los pulmones es muy marcada; en las diferentes vísceras existen extravasacio- nes sanguíneas. El estómago no presenta algunas veces seña- les de inflamación. VIII. DIGITAL Y DIGITALINA.—E1 envenenamiento por la digital es muy raro y casi siempre accidental. Se produce por la ingestión de una fuerte cantidad de polvo ó de una decoc- ción de hojas de la planta ó de tinturas alcohólicas ó de ex- tracto de la misma. En cuanto á la intoxicación criminal, no existe ejemplo sino en algunos casos de tentativas de aborto por medio de esta planta. Sucede lo mismo con la digitalina ó principio activo de la digital; sin embargo, existe al menos un caso de envenena- miento criminal por el empleo de esta sustancia; el de la viuda de Pauw por el famoso Conty de la Pommerais. La di- gitalina es un veneno extremadamente violento; 5 miligramos de este alcaloide representan 40 centigramos de polvo de di- gital, y pueden dar lugar á accidentes muy graves. La dosis de 1 á 2 centigramos sería problamente suficiente para producir la muerte (1). (1) Estas dosis se refieren á la digitalina amorfa y no á la cristalizada, que es tres veces más activas TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  101 Síntomas—Cuando la digital se ha ingerido en grandes do- sis, los síntomas del envenenamiento se presentan al cabo de media á una hora, rara vez después de dos é tres horas, y más rara vez al cabo de veinticuatro. Después de un malestar más ó menos prolongado, sobrevienen vomitos violentos y repe- tidos de materias líquidas , glerosas , de color verdoso, cefa- lalgia, vértigos, desvanecimiento, perturbaciones de la vista, zumbido de oídos y una postración extrema. El pulso, al principio fuerte y precipitado, no tarda en descender á cua- renta ó cincuenta pulsaciones por minuto, conservando siem- pre su fuerza. Las pupilas se dilatan y se hacen insensibles á la luz; la respiración es suspirosa y profunda, el pulso se hace pequeño, i rregular é intermitente. Por último, los vómitos .son reemplazados por el hipo, el abatimiento aumenta más y más, sobreviniendo convulsiones precursoras de la muerte, la que tiene lugar al 'cabo de dos ó tres días de sufrimientos, y algunas veces del quinto al octavo. En los casos en que el envenenamiento resulta de la acción acumulada de dosis medicamentosas de digital, cesa de pronto la tolerancia y se ven aparecer súbitamente síntomas graves; desde luego se inicia la excitación: el enfermo se •estremece violentamente al menor ruido, experimenta saltos de tendones, movimientos tumultuosos del corazón, inquietud, pesadez de cabeza, vértigos, alucinaciones, zumbido de oídos; la pupila está dilatada, la visión indistinta, sobreviene el de- lirio, los síncopes, y algunas veces la hemiplejia. Los vómitos y la diarrea no se observan sino algún tiempo después, lo mismo que la lentitud del pulso que puede descender hasta veinticuatro pulsaciones por minuto. Se ve al mismo tiempo .sobrevenir la parálisis del sistema nervioso-motor de la vida de relación, después la del sistema nervioso de la vida orgá- nica, en fin, el abatimiento, la pérdida de la inteligencia, el coma y la insensibilidad general. Se observan en el momento de la muerte convulsiones que han sido atribuidas á la acu- mulación del ácido carbónico en la sangre á consecuencia de la debilidad de la circulación. La muerte sobreviene, ya des- 102  LEGRAND DU SAULLE. pues de algunos días, ya rápidamente. Se ha señalado la fre- cuencia, en los casos de intolerancia de las preparaciones de digital, de un delirio nocturno que ofrece muchas analogías con el delirio alcohólico. No siempre el envenenamiento por la digital produce nece- sariamente la muerte. En 28 observaciones reunidas por Tar- dieu, la curación tuvo lugar 19 veces, esto es, en las dos terceras partes de casos. Los síntomas de la intoxicación por la digitalina difieren muy poco de los del envenenamiento por la digital. En el cua- dro, tan perfectamente trazado por Tardieu, de la variedad entre estas dos intoxicaciones, no se encuentran otras diferen- cias que la supresión de las orinas, la prominencia de los ojos, las alucinaciones, la mialgias y raquialgias muy vivas que existen exclusivamente en el más alto grado de la intoxicación por la digitalina. En cuanto á los síntomas de reacción, no difieren de los que se observan en todos los envenenamientos por los hipostenizantes, excepción hecha de la lentitud é irre- gularidad del pulso, que persisten por largo tiempo. Las lesiones anatómicas son nulas ó no tienen nada de característico; algunas sufusiones sanguíneas, algunos puntos congestivos en el tubo digestivo y el estado de conservación del cadáver, exhumado trece días después de la muerte: tales son los únicos signos anatómicos observados por Tardieu en un caso memorable. Cuando la autopsia puede hacerseen seguida de la muerte, se encuentran los ventrículos del corazón vacíos y rígidos, las aurículas distendidas y repletas de sangre, la mucosa gástrica y la vesical congestionadas, y también con frecuencia las meninges; pero estos caracteres no pueden tomarse en consideración, á causa de las condiciones en que se hacen las autopsias de los cadáveres humanos. Si la into- xicación ha sido producida por semillas de digital, se podrán encontrar en el estómago y en los intestinos fragmentos de las mismas. En suma, los síntomas y las, lesiones anatómicas pueden, cuando más, inducirnos á sospechar el envenenamiento por la ra TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  103 digital. El análisis químico y la experimentación fisiológica podrán servirnos para afirmar ó confirmar el envenenamiento por esta sustancia. III.—Tercera clase: Intoxicación por los estupefacientes. I. PLomo.— El envenenamiento por el plomo puede ser agudo y crónico. Solamente el primero pertenece á la medi- cina legal. No describiremos, por lo tanto, el cólico de piorno ní los demás accidentes de la Intoxicación saturnina. En los envenenamientos agudos casi siempre el acetato de plomo es el agente venenoso. Puede ser administrado con un fin criminal, en sustancia ó disuelto; pero la mayor parte de las veces la imprudencia ó el fraude son la causa de este enve- nenamiento (litargirio, mezclado al vino para corregir su aci- dez; vino contenido por algún tiempo en vasijas de este metal, etc.); lo que 'decimos del vino puede decirse con mayor razón de la sidra v del vinagre. Síntomas. — Poco tiempo después de la ingestión , que pro- duce un sabor dulzaino, azucarado, sobrevienen náuseas, casi siempre seguidas de vómitos y de malestar en el hueco epi- gástrico; después accesos de cólicos muy agudos, unas veces con diarrea y más á menudo con estreñimiento: la piel está fria, los labios lívidos, las encías frecuentemente teñidas de azul al nivel del cuello de los dientes, y el aliento es fétido. Los miembros inferiores están edematosos, existe abatimiento general muy pronunciado ; más tarde la voz se extingue, el hipo, los síncopes y las convulsiones preceden por fin al estu- por, y la muerte sobreviene después de dos ó tres días de cama. Si no se produce la muerte, sobreviene una reacción vio- lenta con fiebre, desapareciendo los síntomas de intoxicación poco á poco y dejando en pos de sí gran debilidad, una dispep- sia rebelde y un estado de estupidez. Las lesiones anatómicas son poco marcadas ó nulas; apenas 104  LEGRAND DU SAULLE. se encuentra una inflamación ligera y superficial del estómago (Tardieu); los riñones presentan las alteraciones que caracte- rizan á la enfermedad de Bright, sobre todo en la forma sub- aguda y lenta de la intoxicación. Según el Dr. Mipscherlich7 citado por Taylor, cuando la dosis es fuerte, la mucosa esto- macal es atacada y corroída, lo cual atribuye él á una acción puramente química, debida al contacto de la sal de plomo. En pequeñas dosis, la sal sería descompuesta por el ácido del jugo gástrico, y no ejercería, por lo tanto, esta acción corrosiva. No tiene razón Tardieu al decir que Taylor atribuye la inflamación de la mucosa gástrica á un exceso de ácido acé- tico que haría irritante al acetato de plomo. Taylor dice pre- cisamente lo contrario: «Esta acción corrosiva pertenece á la sal neutra, y no se manifiesta cuando la dosis es pequeña ó cuando el veneno está combinado con un ácido.» Orfila ha radicado como signo propio y específico del envenenamiento por el acetato de plomo la formación de líneas de puntos blan- cos ó de un depósito de sustancia blanca más ó menos adhe- rente á la cara interna del estómago. II. BELLADONA Y ATROPINA. - La intoxicación por la bella- dona puede servir de tipo en la intoxicación por los estupefa- cientes. Este envenenamiento es muy frecuente, pues los niños y personas ignorantes toman por cerezas el fruto de la bella- dona, por el gran parecido que con ellas tiene. Algunos mé- dicos han producido también intoxicaciones involuntarias administrando dosis excesivas del medicamento; otras veces los enfermos ingieren, bajo diversas formas , esta sustancia, formulada por el médico para ser aplicada exteriormente. Este último accidente sobreviene con bastante frecuencia con los colirios de sulfato de atropina , que por un abuso inconcebible y mezclados con los frascos de otros medicamentos , se dejan en las taquillas de los hospitales á disposición de enfermos privados generalmente de vista. Síntomas.—Se manifiestan rápidamente por una sensación de calor y de sequedad en la garganta, constricción violenta de la faringe, náuseas y algunas veces vómitos. El paciente TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  105 está imposibilitado de hablar y de tragar, es acometido de temblores y espasmos ; el sentido del gusto está anulado y la piel toma un color rojo escarlatiniforme, haciéndose asiento de un calor intenso; la fisonomía está abotargada. Á estas pri- meras manifestaciones siguen una cefalalgia intensa, acelera- ción considerable de las contracciones cardíacas con aumento de la presión sanguínea, fotofobia, pupilas dilatadas, visión confusa, y algunas veces se presenta la diplopia; sobrevienen vértigos, delirio que puede ser alegre, turbulento, erótico, fu- rioso, siempre acompañado de alucinaciones, de excitación general y de convulsiones, presentándose bien pronto un es- tado de estupor y de letargia que dura hasta la muerte, la cual sobreviene á los dos ó tres días. Las secreciones salival y bronquial están más ó menos suprimidas. Algunas veces, sin embargo, y aun después de accidentes graves, se obtiene la curación precedida ó no de una reacción febril. En la intoxicación por la atropina, la marcha es más rá- pida. Taylor cita el caso de un joven que fué encontrado una mañana muerto y en estado de rigidez á consecuencia de ha- ber tomado la noche anterior, al acostarse, 10 centigramos de atropina. La belladona y la atropina, que constituyen para el hombre y los animales superiores, enérgicos venenos, son toleradas á dosis enormes por los herbívoros y los granívoros. Los cone- jos pueden ser alimentados durante algunas semanas con ho- jas de belladona sin que experimenten accidentes de ninguna clase; se citan casos de intoxicación provocados por la inges- tión de la carne de conejos ó liebres alimentados con bella- dona. Mr. H nchel ha hecho una curiosa observación, según la cual, los animales vertebrados son tanto más sensibles á las solanáceas virosis, cuanto más perfecto es su sistema nervioso. Los fenómenos producidos por la intoxicación son instan- táneos, si el alcaloide ha sido inyectado en la sangre; sobre- vienen al cabo de dos ó tres minutos si el tóxico ha penetrado por la vía hipodérmica; al cabo de cinco á diez minutos, lo más 1‘.'! 40, O?' n 1: 106  LEGRAND DU SAULLE, tarde, cuando han sido absorbidos por la mucosa estomacal. El paroxismo de los accidentes se presenta á las dos horas próximamente, se mantiene estacionario durante cierto tiempo (dos á cuatro horas, poco más ó menos), y declina en seguida. para desaparecer completamente á las doce ó quince horas, cuando la intoxicación no termina por la muerte. La eliminación de la atropina es, en efecto, muy rápida y se efectúa principalmente por las vías urinarias: no se acu- mula esta sustancia , en el organismo. Dragendorff y Schmidt han demostrado que la atropina se elimina totalmente á las diez ó veinte horas de haberse absorbido. En los animales herbívoros esta eliminación es mucho más rápida. Las lesiones anatómicas nada tienen de característico. Tay- lor indica que en muchos casos de intoxicaciones mortales, ob- servados en Lóndres en 1846, encontró congestionados los vasos del cerebro por una sangre líquida; palidez y flacidez del estómago y de los intestinos; algunos puntos rojos hacia el cardias; en otros casos, añade el mismo autor, los vasos del cerebro estaban distendidos por una sangre espesa y ne- gra; también indica la frecuencia de manchas de un rojo pur- purino en el esófago y en la faringe, y en un caso la existen- cia de focos de apoplejía capilar en el cerebro, el cerebelo y la médula oblongada. III.—BELEÑo ESTRAMONIO, HIERBA MORA.- Las intoxica- ciones casi siempre accidentales, ocasionadas per las raíces de beleño , tomadas equivocadamente por raíces de achicoria ó de nabo, por las hojas de esta planta, confundidas con las hojas del diente de lec1n y por las semillas del extrainonio y de la hierba mora , presentan una gran analogía con las intoxicaciones por la belladona. Trousseau dice que los síntomas producidos por la belladona, y los producidos por el estramonio presentan una. semejanza completa. El belefio contiene un alcaloide, llamado hioseiamina iso- mérico con la atropina, y que posee la misma acción fisioló- gica que ésta, aunque lin poco más atenuada. El estramonio y la hierba mora, se decía, en otro tiempo,. .01 TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  107 que contenían un alcaloide especial, al cual se había dado el nombre de daturina, cuya sustancia, según las recientes in- vestigaciones de Lademburg, está constituida por una mezcla de atropina y de hiosciamina (1). Se observa en la intoxicación por el estramonio, como sín- toma muy constante, una excitación maniaca muy intensa que puede durar, aunque atenuada , durante cierto tiempo después de la curación. Las alucinaciones que provoca, de una manera constante, son con frecuencia terroríficas y explican los movimientos desordenados de los enfermos intoxicados por esta sustancia. La toxicidad de esta planta se conoce desde hace mucho tiempo, y las denominaciones de hierba de las bru- jas, hierba del diablo, que la da el vulgo, demuestran cuán temidos son sus efectos. Cuando, después de la absorción de fuertes dosis, curan los enfermos, no conservan ningún re- cuerdo de sus terribles pesadillas ni de su intoxicación. Este veneno ha sido y es todavía frecuentemente empleado en Egipto y en la India, en cuyos países lo administran los lla- mados hechiceros con objeto de provocar sueños fantásticos y un delirio parecido al que produce el haschich. Lo mismo que en el envenenamiento por la atropina, la circulación está ace- lerada, y la respiración puede llegar á la enorme cifra de ciento cuarenta inspiraciones por minuto. Se convierte por fin en superficial y estertorosa, y se suspende de pronto, provo- cando secundariamente la suspensión de los movimientos cardiacos. En resumen, cualquiera que sea el modo de administrar los alcaloides ó las plantas de que acabamos de hablar (belladona, beleño, hierba mora, estramonio), estos venenos determinan , de una manera constante la dilatación de la pupila y la seque- dad de la garganta; los otros efectos son variables se g ún la 7  tZ, magnitud de la dosis absorbida. IV. TABACO.---E1 tabaco debe su acción tóxica á la nico- (1) La daturina se encuentra en el comercio bajo dos formas: la daturina pesada, c i  una c i ne es un mezcla de atropina, y de hiosciamina, rica en atropina, y la daturina ligera, constituida casi exclusivamente por la hiosciamina. 3 108  LEGRAND DU SAULLE. j  11 tina. La ingestión de tabaco en estado de maceración en el  f) vino ó en el agua ha sido empleada á veces con un fin crimi- nal. Los enemas de tabaco y la aplicación de esta sustancia al 11 exterior (Gallavardin) han producido más de una vez acciden- 1'40 tes tóxicos. '101 Síntomas.—Al cabo de dos á cinco minutos el individuo es acometido de vértigos, náuseas, vómitos, postración, enfria- ,?" miento de la piel y sudores fríos; en seguida sobreviene el delirio, la parálisis más ó menos completa de los miembros  51s1 inferiores y convulsiones ó temblores. La respiración es ester- 1;01 torosa y difícil, el pulso se hace menos frecuente cada vez y la muerte sobreviene al cabo de un cuarto de hora á veinte minutos en un estado de estupor, interrumpido por convulsio- nes generales ó parciales. En la intoxicación ligera, no mortal, se observan los sínto- 0 mas bien conocidos por los que , por primera vez, se atreven á fumar una pipa ó un cigarro : cefalalgia, náuseas, sudores fríos, palidez, enfriamiento, lentitud del pulso y abatimiento general muy marcado. Estos accidentes duran algunas horas generalmente; pero en algunos casos se han prolongado du- rante dos ó más días.. En la intoxicación por la nicotina la muerte es instantánea ó muy rápida; algunas gotas de esta sustancia instiladas en la boca, bastan para matar rápidamente á una persona. En el cadáver es, por lo tanto, donde hay que buscar los signos de la intoxicación. Las lesiones anatómicas son nulas ó poco caracterizadas en este envenenamiento; palidez considerable de los tejidos, al- gunas sufusiones sanguíneas en el tubo digestivo, sangre ne- gra y fluida. En el envenenamiento por la nicotina, las partes que han estado en contacto con el veneno están blancas, acorchadas, cubiertas de costras, como las que se presentan en los labios de los fumadores, ó bien de un blanco grisáceo, rojas, inyec- tadas, sembradas de placas negruzcas, como sucede en la fa- ringe, en el esófago y en la lengua y algunas veces en el estó- TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  109 mago. Todos los tegidos exhalan un fuerte olor á tabaco. Este último carácter no existía en un caso citado por Taylor. V. CICUTA.—Las hojas de la cicuta menor se confunden fácilmente con las del perejil; la raíz de la cicuta virosa se ha confundido también con la del nabo. La cicuta debe sus pro- piedades venenosas á la conicina. Los síntomas del envenena- miento por la cicuta no son siempre los mismos; en ciertos casos, dice Taylor, se ha observado únicamente el estupor, el coma y ligeras convulsiones, en tanto que en otros los efectos del veneno se han manifestado en la médula espinal por pa- rálisis del sistema muscular, que conserva á pesar de ello, su contractilidad eléctrica. Dicho autor cita el ejemplo siguiente, que da una idea de los síntomas de este envenenamiento mejor que una larga descripción: un individuo, creyendo tomar pe- rejil, ingirió una gran cantidad de cicuta; quince ó veinte minutos después sus miembros estaban paralizados, pero no experimentaba dolor; al marchar titubeaba como un ebrio, por fin, sus piernas se doblaron y el enfermo cayó al suelo. Algún tiempo después los miembros superiores estaban tam- bién paralizados y se dejaban caer como masas inertes; el enfermo no podía tragar, tenía parálisis parcial de la sensibi- lidad é inmovilidad de la pupila. No hubo convulsiones. Por fin, la muerte sobrevino á las tres horas y cuarto por asfixia gradual, debida á la parálisis de los músculos respiratorios. Existían las lesiones anatómicas siguientes: ligero derra- me de serosidad por debajo de la aranoides y reblandeci- miento de la sustancia cerebral con numerosos núcleos apo- pléticos; los pulmones estaban ingurgurgitados de sangre ne- gra y flúida, el corazón blando y flácido, el estómago contenía una masa pulposa verde semejante al perejil, la mucosa de este órgano estaba congestionada, sobre todo hacia su gran fondo, y alterada por numerosas extravasaciones sanguíneas que ocu- paban un espacio de la anchura de la mano; la sangre estaba negra y flúida. Según Christison, el estómago, triturado y tratado por la po- tasa cáustica, despide el olor característico de la conicina. 110  LEGRAND Dti SAULLE. Tardieu ha hecho notar la putrefacción rápida de los cadáve- res y la existencia de placas lívidas y, á veces, de manchas petequiales y de extravasaciones sanguíneas en la superficie del cuerpo. VI. ACÓNITO NAPELO.—El acónito napelo debe sus propie- dades venenosas á la aconitina, veneno de los más violentos y capaz de producir la muerte á la dosis de 10 miligramos (Perevia), y probablemente á la de 5 miligramos (Taylor). El envenenamiento por el acónito es casi siempre accidental ; su raíz se confunde fácilmente con la del rábano silvestre. La tintura de acónito ha dado también lugar á accidentes sensi- bles. Y,ntonzas.—Los síntomas determinados por la ingestión del acónito son muy varios, según que la cantidad de aconitina contenida en la sustancia absorbida es más ó menos conside- rable. A pequeña dosis se experimentan modificaciones en la inervación sensitiva; á dosis tóxica, pero relativamente mode- rada, el veneno ataca sobre todo al sistema muscular; á dosis masiva, el corazón se paraliza antes que los otros síntomas hayan podido manifestarse. Además de estos fenómenos pre- dominantes, se observan otros generales que varían según la dosis empleada. Según los trabajos recientes de Mr. Laborde, la aconitina obra de una manera predominante sobre la porción bulbar es- pinal (meso-céfalo) y consecutivamente sobre el gran simpá- tico, por intermedio del cual ejerce una acción más ó menos profunda sobre las principales funciones de la economía (La- borde y Ducuesnel; Des aeonits et de l'aconitine). Los síntomas más generalmente observados son los siguien- tes: de algunos minutos á una hora después de la ingestión del veneno, sensación de angustia, hormigueo en todo el cuerpo, entorpecimiento general, picazón en la nariz y en la punta de la lengua, perturbaciones en el gusto, estremecimientos par- ticulares análogos á los producidos por el paso de la corriente de una bobina de Rhumkorff. A estos fenómenos se añaden bien pronto la disiresis, y sobre todo una salivación abundante, ri TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  111 náuseas y vómitos; el enfermo experimenta una penosa sensa- ción de frío, el pulso baja, la respiración es entrecortada y len- ta, las pupilas se dilatan fuertemente, se presentan vértigos, zumbido de oídos, la sensibilidad desaparece, la temperatura disminuye notablemente y bien pronto se manifiestan fenó- menos asfiticos , cianosis, parálisis y, por fin sobreviene la muerte por asfixia y con más frecuencia por síncope. Nunca se observan trastornos cerebrales, y el enfermo muere casi siempre sin haber delirado. En una palabra, los fenómenos observados en la intoxicación por el acónito pueden resu- mirse en los tres grupos siguientes: 1.° Modificación especial de la inervación sensitiva, apre- ciable sobre todo en la esfera de acción del trigémino; 2.° Parálisis de las extremidades periféricas de los nervios motores por una acción análoga á la del curare; 3.. Parálisis de los músculos del aparato respiratorio, de- presión del sistema vascular y parálisis del corazón por una acción especial sobre el gran simpático. Las convulsiones, que se observan en los animales, no se observan generalmente en el hombre. Las lesiones anatómicas ' consisten en una gastro-enteritis sin caracteres particulares, pero que puede llegar algunas ve- ces hasta la gangrena. VII. SETAs.--La intoxicación criminal por las setas es muy rara; sin embargo, se ha observado alguna vez. Este envene- namiento es generalmente accidental. Síntomas.—Como es fácil de prever, los síntomas de esta intoxicación difieren según la especie del hongo ingerido; pero en todos los casos las manifestaciones gastro-intestinales son las predominantes. La manifestación de los primeros sínto- mas no tiene lugar sino bastantes horas después de la inges- tión -del veneno, y estos consisten en una sensación de mal- estar en la región epigástrica, constricción en la garganta y atontamiento ; el enfermo está angustiado y experimenta una sed ardiente; después sobrevienen náuseas, vómitos abundan- tes muy dolorosos, notables por su persistencia, por la energía 1 1 2  LEGRAND DU SAULLE. de las contracciones estomacales y por la postración que de- terminan; frecuentemente estos vómitos van acompañados, al cabo de cierto tiempo, de mucosidades sanguinolentas. A con- secuencia de cólicos extremadamente dolorosos, se presentan deyecciones albinas abundantes, frecuentemente negruzcas y mezcladas con sangre; el pulso se pone lento y la fisonomía adquiere una palidez extrema ; el enfermo presenta la facies abdominal. La emisión de orina, al principio poco abundante, pero frecuente y dolorosa, cesa en absoluto. Al mismo tiempo se presentan fenómenos de narcotismo, excitación, embria- guez, sueño invencible, vértigos, bamboleos, temblores, res- piración anhelante, irregularidad en los latidos cardíacos, y con frecuencia síncopes La pupila puede estar dilatada ó con- traída. Los trastornos de la vista y de la inteligencia, el estu- por, la lentitud del pulso, ]a cianosis, el enfriamiento de las extremidades y algunas veces el delirio y las convulsiones, preceden al coma y á la muerte. Cuando no es esta la conse- cuencia de la intoxicación, la convalecencia es larga, los trastornos digestivos persisten por mucho tiempo, y la entero- colitis puede durar muchas semanas. Según Leteller, los fenó- menos inflamatorios violentos que se producen constantemente en la intoxicación por las setas venenosas, son debidos á un principio acre, irritante, que complica el efecto tóxico de sus alcaloides (amanitina y muscarina). El principio del ataque puede manifestarse de las 14 á las 30 horas á contar desde la ingestión. (Journal de Chimie méd., 1853, pág. 694.) En la autopsia se ha encontrado una inflamación más ó menos violenta del estómago y de los intestinos, con conges- tión de los vasos del encéfalo. En el estómago y en el tubo digestivo se observan también manchas equimóticas , ya veces placas gangrenosas dise- minadas. Según Tardieu, el hígado está algunas veces enormemente aumentado de volumen, descolorido y reblandecido; el bazo está fuertemente congestionado. Los pulmones están ingurgi- y, • d ct TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  113 tados y presentan infiltraciones sanguíneas ; la sangre está negra y fluida, encontrándose repleto de ella el corazón, cuyo tejido, como todos los demás, presenta una flacidez consi- derable. VIII. CLOROFORMO, ÉTER Y AMILEN0. — La intoxicación por los anestésicos es siempre accidental. No nos ocuparemos por lo tanto de ella. IX. ALconoL.—Otro tanto diremos del alcohol y los alco- hólicos. § IV.—Cuarta clase: Intoxicación por /os narcóticos. Esta clase no comprende, como ya hemos dicho, más que el opio y sus preparaciones. La intoxicación es la mayor parte de las veces accidental ó el resultado de una tentativa de suicidio. Bien sabido es que los narcóticos producen en los niños accidentes graves y aun mortales. La dosis tóxica es dificil de fijar, aproximadamente un gramo de opio. Es nece- sario tener en cuenta la costumbre y la tolerancia. El opio presenta, según su procedencia, diferencias bastante considerables en su riqueza en principios activos. Además el número de los alcaloides que se pueden extraer del jugo con- centrado de adormideras, es muy considerable. Mencionaremos los principales, indicando la proporción en que están contenidos en el opio generalmente. Morfina   2 á 16 por 100 Narcotina.  0'6 á 9 Narcina.  0'5 á 8 Papavernia   1 á 2 Codeína  0'7 á 1'5 Tebaina  0'15 á 0'50 Claudio Bernard ha colocado á estos alcaloides en el orden siguiente, relativamente á su modo de acción. Acción soporífera. —Narceína-morfina-codeína: los otros tres están desprovistos de propiedades soporíferas. TOMO IV.  8 1 .,?41 114  LEGRAND DU SAULLE. Acción convulsiva .—Tebaina-papaverina-narcotina-codeína- morfina: la narceína no tiene acción convulsiva. Acción tóxica. — Tebaina-codeína-papaverina-narceína-mor- fina y narcotina. Según Rabuteau, la clasificación por orden tóxico decre- ciente, es para el hombre: mor fina-codeína-tebaína-papave- rina-nareeína y narcotina. A pesar de las diferencias, importantes sobre todo bajo el punto de vista de la fisiología pura y de la terapéutica, .seria- ladas por primera vez por Claudio Bernard en el modo de ac- ción de los diferentes alcaloides que se extraen del opio, no hay ningún interés, en lo que se refiere á la medicina legal práctica, en estudiar separadamente las intoxicaciones produ- cidas por tal ó cual de estos alcaloides, ó por las diferentes preparaciones que tienen por base los principios activos de la adormidera. Los síntomas son tan semejantes, y las cuestio- nes médico-legales originadas por estas intoxicaciones tan idén- ticas, que basta tomar como base la intoxicación por el opio. Los efectos inmediatos del envenenamiento por el opio son bastante notables: pesadez de cabeza, vértigos, exaltación de los sentidos, aumento del calor general y de la fuerza del pulso, sequedad de la garganta y de la piel, náuseas, vómitos, suspensión de todas las secreciones, prurito muy vivo acom- pañado frecuentemente de erupciones pustulosas ó vesiculo- sas; adormecimiento, algunas veces muy profundo desde el principio, flojedad de los miembros, inyección de la cara, fijeza de la mirada con estrechez pupilar (rara vez dilatación), respiración estertorosa; tales son,' según Tardieu, los síntomas más constantes. La curación se anuncia por sudores abundan- tes y por el retorno progresivo de la sensibilidad y de la inteli- o-encia. En presencia de una intoxicación deberá sospecharse que haya sido producida por el opio si el enfermo no ha experimen- tado, al tragar la sustancia sospechosa, un sabor ácido, amargo ó caústico ; si no ha tenido la sensación de quemadura y de ardor que se propaga desde la boca hasta el estómago, ni esos do- 1 r/ TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  115 lores violentos que tienen su asiento en la región epigástrica, ni esos vómitos pertinaces que se presentan en todas las in- toxicaciones de que acabamos de hablar. Tardieu designa tres formas de intoxicación por el opio: la forma fulminante, la forma aguda y la forma lenta. La forma fulminante: el síntoma que predomina es un sueño comatoso, del cual es imposible sacar al enfermo; la res- piración es estertorosa, y la muerte sobreviene, sin otro fenó- meno, en el espacio de una á dos horas. Es muy raro que se presenten convulsiones, pero es constante la dilatación de la pupila. En la forma aguda, que es la más común, los accidentes en lugar de presentarse inmediatamente como en la fulminante, aparecen algún tiempo después de la ingestión del veneno ( de media á una hora, y rara vez más). Al principio cefalalgia intensa, vértigos, exaltación de los sentidos de tal manera aguda, que el menor ruido ó una luz un poco viva provocan una sensación dolorosa. Una sensación de calor se extiende por todo el cuerpo; la fuerza del pulso indica que las contraccio- nes cardiacas y la presión sanguínea están aumentadas. So- brevienen aturdimientos, náuseas, algunas veces seguidas de vómitos, un prurito general intenso, frecuentemente acompa- ñado de erupciones sobre el tronco y los miembros; las se- creciones se suspenden, especialmente la secreción urinaria, aunque el enfermo está atormentado por deseos frecuentes de micción. Bien pronto se produce un adormecimiento profundo, la respiración es suspirosa, extensa, llegando á no haber más que cuatro ó cinco inspiraciones por minuto; algunas veces el adormecimiento, la flojedad de los miembros y la pérdida del sentido constituyen los primeros fenómenos; la cara está vultuosa, la mirada fija, estúpida y la pupila casi siempre contraída é insensible á la luz. La respiración se hace ester- torosa y cada vez más difícil las extremidades se enfrían, el pulso se hace pequeño y frecuente, y la muerte llega durante el coma, al cabo de cinco á quince horas. Taylor ha demostrado que las pupilas, contraídas al princi- 1:* 1‘1 116  LEGRAND DU SAULLE. pio de la intoxicación pueden dilatarse más tarde á medida que la muerte se acerca. También ha observado un caso en el que había dilatación en una pupila y contracción en la otra. Algunas veces se presenta una mejoría pasajera, el enfermo sale de su adormecimiento y presenta un estado de excitación que contrasta singularmente con el estado comatoso anterior; sin embargo, los sentidos continúan entorptcidos, y después de algunas alternativas de remisión y recaída, sobreviene de. nuevo la agitación, el delirio, las pesadillas, y por fin, el coma, y la muerte al cabo de dos, cuatro ó cinco días , rara vez des pués. Esta variedad remitente de la intoxicación .or el opio se- presenta bastantes veces. Cuando la curación es definitiva los enfermos experimentan, durante algunos días, mucha de- bilidad y están atormentados por vómitos y lipotimias. No tenemos para que ocuparnos , bajo el punto de vista. médico-legal, de la forma lenta de la intoxicación por el opio, que no se observa sino en circunstancias especiales, á conse- cuencia de la absorción repetida del veneno, produciendo un estado comparable al alcoholismo, al que se designa con el nombre de mortiomanía. Lesiones anatOmiects.—Las lesiones observadas en la autop- sia no tienen caracteres específicos; pero son, sin embargo, casi constantes. Se observa una congestión sanguínea muy considerable de los principales órganos, sobre todo de los pulmones y el cere- bro. La sangre es negra y generalmente. fluida; pero este ca- rácter puede faltar cuando la agonía se ha prolongado mucho.. Congestión cerebral muy manifiesta, sobre todo en la periferia. del encéfalo. Frecuentemente, congestión de los órganos se- xuales y de los riñones. El calor persiste largo tiempo y aun después de que la rigidez se ha apoderado del cadáver. La putrefacción está manifiestamente retardada (Tardieu). Cuando la intoxicación ha sido producida por el láudano se. observa una coloración amarilla intensa en el estómago y en el esófago, que llega algunas veces hasta el intestino delgado á una pequeña distancia del píloro, como sucedió en un caso »111, lp TRATADO DE MEDICINA LEGAL,  117 descrito por Tourdes, en el que esta coloración se extendía desde la boca hasta dos centímetros por debajo del píloro, é hizo, á primera vista, pensar que se trataba de una intoxi- cación por el ácido nítrico. LÁUDANO.—E1 láudano puesto en contacto con la piel des- provista del epidermis se absorbe inmediatamente, y se han visto ejemplos de intoxicación producida á consecuencia de la aplicación de una cataplasma rociada con gran cantidad de láudano. Esta sustancia colora los labios de amarillo; las ma- terias de los vómitos y de las deposiciones presentan también con frecuencia este color, que se debe al azafrán que entra en la composición de este producto farmacéutico. Dosis tóxica: 18 gramos, pudiendo serlo también de 9 á 10 gramos. Los síntomas son absolutamente idénticos á los que se presentan en la intoxicación por el opio. El láudano de Rousseau contiene más de doble cantidad de opio que el láudano de Sydenham; aquél es, por consecuencia., más peligroso, y se han visto sobrevenir accidentes desgracia- dos á consecuencia de la sustitución de un láudano por otro. MORFINA.  La morfina y sus sales ( acetato, sulfato, clor- hidrato) producen los mismos síntomas que el opio, pero con más energía. Dosis tóxica: 4 á 5 centigramos. Podrá confundirse el envenenamiento producido por el opio con el que resulta del empleo del beleño, de la belladona y del estramonio; pero estas sustancias determinan una fuerte dila- tación de la pupila, mientras que ésta está generalmente con- traída en el narcotismo producido por el opio. El beleño, la belladona y el estramonio no producen en la piel erupciones del mismo género que las que produce el opio, ni prurito, y rara vez determinan la transpiración abundante, característica del período de remisión en el envenenamiento por el opio y sobre todo en el de la morfina. CODEÍNA.—La codeína empleada á altas dosis puede tam- bién producir el narcotismo con todos sus síntomas, pero con mucha menos energía que la morfina. 118  LEGRAND DU SAULLE. § V.—Quinta clase: Intoxicación por los neurosténicos. ESTRIGNINA. — Signos conmemorativos.—Las intoxicaciones- por la estrignina pueden ser resultado de una intención crimi- nal, ó provenir de una mala administración de este producto empleado como agente terapéutico. Una equivocación (susti- tución del polvo de nuez vómica por otro de la misma apa- riencia) puede ser también la causa de una intoxicación. Dosis tóxica: 2 á 5 centigramos. Síntomas. —De diez á veinte minutos (rara vez más tarde) después de la ingestión del veneno sobreviene de una manera brusca un malestar indefinible en la cabeza, una congoja que va en aumento, espasmos, contracciones tóxica s, rigidez muscular, más bien general que local, la cabeza se mueve ha- cia atrás, el cuerpo entero es presa de agitación , la cara está pálida, la palabra es entrecortada, pero la inteligencia está clara; compresión convulsiva de las mandíbulas, sacudidas convulsivas de los miembros, que se contraen como el resto del cuerpo; el enfermo no puede cambiar de postura; está echado de espaldas; la respiración se hace corta, breve, con- vulsiva; la cara se enciende y se hincha; en el momento que la muerte parece inminente los músculós se aflojan y la tran- quilidad sucede á la rigidez espasmódica; después sobreviene un nuevo acceso más violento que el primero. El cuerpo es levantado en su totalidad por las sacudidas convulsivas, el opistótonos y el trismus llegan al más alto grado, los miem- bros, rígidos, experimentan convulsiones, la punta de los pies está vuelta hacia dentro, la respiración parece suspendida, la piel toma un tinte azulado ó violáceo; los ojos están promi- nentes y fijos, y las pupilas dilatadas; la inteligencia no está clara, á veces se pierde por completo; inmovibilidad é insen- sibilidad. Sin embargo, este segundo acceso no es ordinaria- mente el último; el enfermo se mejora, respira, su sangre se pone en circulación y los movimientos recobran en parte su libertad. Sobreviene un tercero y un cuarto acceso; el menor TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  119 ruido, el menor contacto, provocan nuevas convulsiones, y el último acceso, más corto y más terrible que los precedentes, se termina bruscamente por la muerte. La calma que separa es- tos accesos y la particularidad que tienen de reproducirse al menor ruido ó al más ligero contacto, son los síntomas que indican de una manera clara la intoxicación por la estrignina. A las sabias investigaciones de Tardien debemos el cono- cimiento exacto de los síntomas que acabamos de citar, toma- dos de la descripción que, acerca de este envenenamiento, ha hecho dicho autor. Cuando la muerte no es el resultado de la intoxicación , los accesos tetánicos van siendo menos frecuentes, su violencia, disminuye, y, al cabo de algunas horas, el enfermo no siente más que una debilidad extrema, una gran sensación de que- brantamiento y lapsitud física y moral, envaramiento muscu- lar persistente, y á veces una parálisis que dura algunos días. El sistema nervioso queda durante un tiempo bastante largo en un penoso estado de eretismo. Lesiones anatomices.—Los centros nerviosos son particu- larmente el asiento de las lesiones encontradas en la autopsia; congestión muy pronunciada de los vasos del cerebro, de sus membranas y de la médula espinal; suele haber derrame san- guineo en la sustancia cerebral ó en la cavidad raquidiana; el corazón está vacío, más ó menos contraído; la sangre está fluida. Los pulmones y los órganos digestivos no presentan nada de particular ; sin embargo, se ha observado en algunos casos la perforación del estómago. La rigidez cadavérica per- siste desde el momento en que cesa la vida, y ofrece una du- ración muy prolongada, según Taylor. BrtucINA.—La brucina produce efectos absolutamente idén- ticos á los de la intoxicación por la estrignina. ÁCIDO CIANHÍDRICO (Ácido p • ¿sico, ácido hidrociánico).— Este ácido, cuando está puro, constituye el más enérgico (le los venenos, así es que no debe administrarse como medica- mento, sino diluido en cierta cantidad de agua. En estado de pureza, una sola gota es suficiente pira matar á un perro, y :)10 120  LEGRAND DU SAULLE. es probable que dos ó tres gotas puedan dar la muerte á un hombre. En esta intoxicación, los efectos son tan rápidos, que no se pueden observar ni síntomas ni lesiones. Si la cantidad de veneno administrada no es suficiente para determinar inme- diatamente la muerte, se observan los fenómenos siguientes : pérdida del conocimiento, insensibilidad, pupilas inmóviles y dilatadas, respiración ruidosa, que se hace cada vez más difícil y convulsiva, ansiedad precordial, calambres que alternan con relajación completa de los músculos, pulso pequeño, dificil de percibir, cuerpo cubierto de sudor, extremidades frías é in- sensibles y, algunas veces, evacuaciones involuntarias. En estos casos se encuentran en la autopsia los gruesos vasos llenos de sangre negra; los pulmones contienen sangre sucia y fluida. El estómago y los intestinos presentan placas rojas regularmente esparcidas ; al abrir el cadáver se percibe un olor de almendras amargas que desaparece pronto. Se creía en otro tiempo que la muerte producida por el ácido prúsico era instantánea, pero las recientes investigacio- nes de Claudio Bernard, Vulpian, Preyer y Krimer, han de- mostrado que transcurre, entre el momento de la introducción en el organismo de dosis crecidas de ácido prúsico y la apa- rición de los primeros síntomas, un intervalo (quince segun- dos por término medio ) suficiente para que la sangre recorra todo el círculo vascular. Si se introduce el veneno por una parte del cuerpo, en la cual se hayan seccionado previamente los nervios, la muerte se produce también rápidamente , en tanto que no sobreviene con la misma rapidez cuando se han ligado los vasos de la región en que el veneno se ha intro- ducido. La absorción se hace prontamente por las mucosas y el te- jido celular subcutáneo. El tegumento externo, aun en estado de perfecta integridad, absorbe también este veneno, según parece demostrarlo el embotamiento y la insensibilidad de la piel que ha estado en contacto con el ácido cianhídrico con- centrado, insensibilidad que dura generalmente algunos días. g id TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  121 De todos los compuestos de este ácido, el cianuro de potasio es el que da lugar á mayor número de intoxicaciones, ya cri- minales ó ya accidentales. Una dosis de 15 á 25 centigramos de cianuro de potasio, es mortal. Los síntomas son los mis- mos que produce el ácido cianhídrico, pero se presentan y se suceden con menor rapidez ; se citan ejemplos de intoxicacio- nes por dosis enormes de cianuro de potasio, en los cuales la presentación de los accidentes tóxicos no tuvo lugar sino al cabo de algunos minutos (cinco á lo más). En la autopsia se encuentran las lesiones características de las sustancias corrosivas, efecto de la excesiva alcalinidad del cianuro de potasio; la lengua, la faringe, el esófago y el estó- mago, presentan su mucosa abultada , tumefacta y ulcerada. El color rojo caoba que presenta la mucosa del estómago y el contenido de esta víscera, se ha considerado como sínto- ma característico de la intoxicación por el ácido cianhídrico. La investigación química del veneno debe efectuarse lo más pronto posible, á causa de la descomposición del ácido cian- hídrico en formiato y sales amoniacales, sustancias que nada tienen de característico; hemos podido, sin embargo, descu- brir la presencia de este veneno en un cadáver inhumado hacía tres meses. LAUREL-CEREZO.--E1 laurel - cerezo, que debe su principio activo al ácido cianhídrico, se emplea con frecuencia en los usos culinarios. Puede producir accidentes parecido á los del ácido cianhídrico dilatado cuando se abusa de dicho condi- mento. CANTkRIDAS.— Es el único veneno enérgico perteneciente, por su origen, al reino animal. Generalmente las intoxicacio- nes por el polvo de cántaridas son accidentales, y se producen á consecuencia del empleo que se hace de esta sustancia como afrodisiaco y abortivo. Algunos gramos son suficientes para producir accidentes deplorables. Síntomas.—Tan pronto como es ingerido, el polvo de cán- taridas produce una sensación de ardor en la boca, sequedad y enrojecimiento de la lengua, sed viva, constricción violenta JyuZ 14L 122  LEGRAND DU SAULLE, de la laringe, deglución muy difícil y ojos chispeantes. Vó- mitos frecuentes de materias estriadas de sangre, en medio de, los cuales se observan pequeñas laminillas verde-doradas del insecto, excepto cuando la intoxicación ha sido producida por la tintura éterea ó alcohólica: dolores violentos en el epigas- trio y en los hipocondrios, cólicos atroces, ardor extremo en la región vesical, orina sanguinolenta , tenesmo rectal y vesi- cal, priapísmo pertinaz y doloroso sin deseos venéreos y sa- tiriasis. Lesiones anatómicas.—En la autopsia la membrana mucosa del estómago presenta un rojo negruzco, está equinaosada, y se han encontrado en ella, lo mismo que en el intestino, los puntos brillantes que hemos señalado en los vómitos. Cerebro lleno de sangre, flojosis de la mucosa genito-urinaria, y sobre todo de la vesical, que está recubierta por placas de falsas membranas (lorel-Lavallée). Nefritis, y alguna vez gangrena de los órganos genitales. Además de los envenenamientos que hemos descrito, nos queda todavía por señalar cierto número de sustancias sus- ceptibles de producir accid entes tóxicos más ó menos graves; pero como los envenenamie ntos á que éstas clan lugar son casi siempre accidentales, y como por otra parte sus síntomas son poco conocidos ó característicos, nos contentaremos con enumerarlos pura y simplemente, sin perjuicio de volver á ocuparnos, en el capítulo de química legal, de algunos de ellos. Estos son: el yodo, el bromo, el alumbre, las sales de hierro, de plata, de estaño, de zinc, la creosota, el alcanfor, la coca de le- vante, el cornezuelo, el tizón, la cizaña y algunos otros; ciertos venenos, en fin, en cuyo número citaremos el ácido sulfhídrico' (gas de las letrinas), y los comestibles alterados dan lugar á accidentes tóxicos, cuya gravedad es bien conocida: síncopes,. debilidad general con alteración de los fluidos de la economía. animal, las más de las veces sin inflamación local y sin per- turbación de las facultades intelectuales. La fluidez y colora- ción obscura de la sangre, la pérdida de la contractilidad muscular, la flacidez y putrefacción rápida de los tejidos son "  1 4 (0.  TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  123 también efectos de la intoxicación por estas sustancias llama- das sépticas. RESUMEN. § I.--En medicina legal, el envenenamiento puede defi- nirse: todo atentado á la vida de una persona por medio de ciertas sustancias que, ingeridas ó absorbidas, puedan produ- cir rápidamente la muerte. ;c1   El veneno puede penetrar en el organismo de diferentes maneras; la vía de entrada más frecuente es el tubo digestivo. La dosis de sustancia tóxica, su modo de administración, la edad, el estado de saludó enfermedad, las costumbres del sujeto, etc., ejercen gran influencia sobre los accidentes con- secutivos á la absorción del. veneno. § II.—Los signos de los envenenamientos pueden prove- nir de diversos orígenes: 1.°, pueden ser suministrados por los conmemorativos : 2. 6 , pueden deducirse de los síntomas que ha experimentado la víctima ó que han sido observados por el médico: 3.°, de las lesiones anatómicas externas ó internas descubiertas en la autopsia: 4.°, pueden ser el resultado de las investigaciones químicas é histológicas ó de la experi- mentación fisiológica. § III.—La investigación, en los casos de envenenamiento, se hará con gran cuidado: se evitarán todas las causas de error, empleando reactivos puros y frascos nuevos; se harán experiencias é investigaciones comparativas, etc. El médico legista se abstendrá de formular conclusiones definitivas, de- ducidas solamente de la autopsia cadavérica. En todos los casos propondrá el análisis químico. § IV.—Las intoxicaciones se pueden dividir, según Tar- dieu, en cinco clases: la primera clase comprende los venenos irritantes y córrosivos que determinan la inflamación, la ulce- ración y la mortificación de los tejidos. Estos son los ácidos (sulfúrico, nítrico, acético, clorhídrico, etc.); los álcalis (po- la  tasa, barita, amoniaco, etc.), y los drásticos. PP 124  LEGRAND DU SAULLE. La segunda clase comprende los hipostenizantes, es decir, aquellas sustancias que determinan como síntoma principal una depresión rápida y profunda de las fuerzas, tales son el arsénico, el fósforo, las sales de mercurio, el cobre, tártaro estibiado, la digital, etc. Los estupefacientes forman la tercera clase. La belladona es el tipo de esta clase de venenos. Su absorción á dósis tóxica produce sequedad de la garganta, dilatación de las pupilas, delirio alegre, erótico, furioso, y por fin, el estupor. En esta clase se comprenden el beleño, la hierba-mora, el tabaco, el plomo, la cicuta y el acónito. La cuarta clase comprende los narcóticos, es decir, el opio, sus alcaloides y sus compuestos. En la quinta clase son incluidos los neurosténicos, es decir, los venenos que tienen por acción especial una excitación vio- lenta de los centros nerviosos, pudiendo producir una muerte rápida y aun instantánea. En la intoxicación por la estrignina existen accesos convulsivos, violentos, separados por períodos de calma absoluta; los accesos se reproducen al menor ruido, al más ligero contacto. La brucina, el ácido cianhidrico, el agua de laurel-cerezo, etc son también venenos neurosténicos. .) tau ;11i la Pi )• e TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  125 MODELO DE INFORME. Informe sobre un caso de envenenamiento de un niño recién nacido por medio • de cerillas fosfóricas. Lós infrascritos, Ambrosio Tardieu y Zacarias Roussin, comisionados por auto del M. 11  , juez de instrucción del Tribunal de primera ins- tancia del Sena, con fecha del once de. Julio de mil ochocientos sesenta y siete (á fin de ejecutar una comisión rogatoria del señor juez de ins- trucción de Valognes, (Manche), por el cual se nos manda examinar y analizar los órganos extraídos del cadáver de un niño recién nacido é igualmente diversos vestidos y objetos unidos al proceso incoado contra la llamada G-....., mujer de L. P  , inculpada de infanticidio. Después de prestar juramento ante el señor juez de instrucción, hici- mos transportar desde la escribanía al laboratorio de uno de nosotros, calle de la Universidad, 160, los efectos abajo indicados, cuyo examen constituye el objeto de este informe. La caja que nos ha sido entregada en la escribanía es de madera de haya, provista de bisagras, perfectamente cerrada y sellada y lleva la etiqueta siguiente: «Piezas de convicción.—Causa de la mujer P.....» Al abrir esta caja hemos visto que todos los objetos sellados contenidos en ella estaban cuidadosamente conservados entre recortaduras de papel, y presentaban una integridad completa. Primer objeto sellado.—Consistía en un pequeño frasco de boca ancha, el cual encerraba el estómago y los intestinos del hijo de la mujer P . .. Estos órganos estaban perfectamente conservados; no exhalaban nin- gún olor pútrido y presentaban un aspecto y una resistencia normales, solamente en el intestino grueso se observaba una ligera coloración ama- rillo-verdosa y se encontraba distendido por la acumulación de algunos gases intestinales. El tubo pistro-intestinal estaba estrangulado en cada una de sus extremidades por una doble ligadura que ha conservado en el interior de estos órganos todas las materias que contenían en el momen- to de la muerte. Empezamos por colocar este tubo gastro-intestinal sobre la superficie de una ancha lámina de cristal muy limpia; después, por medio de pinzas y de tijeras romas, lo abrirnos en toda su longitud á fin de extenderlo completamente y examinarlo en su interior. En el estómago hemos encontrado cerca de ocho gramos de una ma- teria pultácea, rojiza, semi-líquida, la cual recogimos con cuidado por medio de un cristal de reloj, depositándola en un vaso cónico con dos veces su volumen de agua destilada. Por medio de un pincel de tejón y 126  LEGRAND DU SAULLE. de un chorro de agua destilada, acabamos de separar todas las materias adherentes á la mucosa, las que reunirnos á las primeras. De esta manera limpia la mucosa del estómago, apreciarnos en ella una inflamación pro- funda y uniforme: su superficie estaba roja en gran número de partes; dos largas ulceraciones que comenzaban en la inmediación de la región piló- rica, se continuaban y se irradiaban de una manera irregular hasta.la en- trada del intestino delgado. Por el mismo procedimiento recogimos las materias conservadas en los intestinos delgados, lavando cuidadosamente todo su interior. La su- perficie interna de este órgano aparecía inflamada y toda la longitud del duodeno era asiento de equimosis y de ulceraciones semejantes á las que existían en el estómago. Especialmente descubrimos dos erosiones bas- tante profundas, casi redondas, de la magnitud de una moneda de veinte céntimos y situadas en el tercio superior del duodeno. Estas erosiones no habían producido una perforación completa,, pero sí un adelgazamiento manifiesto y una transparencia notable del intestino. El intestino grueso no presentaba señales de inflamación ; encerraba todavía una materia amarillento-verdosa, de olor y apariencia de meconio ordinario y algunos gases ligeramente olorosos. Todas las sustancias extraídas de este intestino y del duodeno presen- taban una reacción ácida muy enérgica y desprendían un olor singular en el que se reconocía sin gran trabajo el olor especial del fósforo cuan- do se oxida lentamente en contacto del aire húmedo. A fin de comprobar inmediatamente por medio de una experiencia directa esta indicación, suministrada por el testimonio de los sentidos, preparamos el aparato de Mr. Mitscherlieh ( véase Tardieu et Roussin, Etudes médico-legales sur Tempoisrmnement, pág. 452, fig. 21), é introdujimos en el matraz , des- pués de haberlas diluido en una nueva proporción de agua destilada her- vida , las materias extraídas del estómago y del intestino delgado. Dis- pueato así el aparato, y colocado el refrigerante en un a completa oscuridad, calentamos en baño de arena el matraz con objeto de producir una rápida ebullición del líquido en él contenido. Apenas los primeros vapores de agua llegaron á la parte superior del tubo refrigerante, se produjo un resplandor vivo, al principio oscilante, más tarde fijo hacia la mitad del tubo, apareciendo en forma de un anillo luminoso persistente de más de 1111 centímetro de longitud. Este resplandor persistió durante más de veinticinco minutos con una intensidad casi igualmente sostenida: al cabo (le este tiempo empezó á decrecer y acercándose hacia el generador, se extinguió casi súbitamente. La ebullición del líquido se suspendió du- rante una hora y luégo se reprodujo por segunda vez á fin de comprobar si existían en las materias sometidas á la experiencia señales de fósforo oxidable. En esta segunda experiencia se observó un pequeño resplan- dor que duró un minuto, desapareciendo en seguida. El líquido condensado durante la destilación presentaba un volumen de ciento sesenta y dos Centímetros cúbicos ; era ligeramente opalino y tenía una reacción ácida muy enérgica, así corno un olor fosfórico mani- fiesto. Algunas gotas de nitrato de plata no determinaron al principio reacción, pero al cabo de algunos instantes, sobre todo, después de la aplicación del calor, la mezcla se ennegreció depositando un precipitado TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  127 blando y bastante pesado. Adicionamos al líquido destilado cuatro cen- tímetros cúbicos de ácido nítrico puro, y después de una digestión de dos horas en el baño de maría con agua hirviendo, evaporamos á sequedad el líquido ácido. El residuo se disolvió en algunas gotas de agua destila- da, y después se introdujo en un tubo de ensayo con una disolución de molibdato amónico acidulado con ácido nítrico ; esta mezcla, elevada lentamente á la temperatura de cien grados, tomó un color amarillo in- tenso dejando depositar un polvo amarillo muy pesado que se adhirió en gran parte á las paredes inferiores del tubo. Estas comprobaciones no permitían dudar que existía fósforo libre en las materias extraídas del tubo gastro -intestinal. Enfriado completamente el aparato de Mitscherlicli , vertimos todo el contenido del matraz en un vaso de decantación, mucho más alto que an- cho; abandonándolo durante veinticuatro horas á un reposo absoluto. Al cabo de este tiempo decantamos con precaución las cuatro quintas partes del líquido que sobrenadaba, diluyendo en una nueva cantidad de agua destilada la porción que quedaba en el fondo del vaso. Después de un re- poso de seis horas y de una nueva decantación, descubrimos en el fondo del decantador una cantidad relativamente considerable de pequeños fragmentos amarillos que aislamos y desecamos sobre papel secante á fin de proceder á su examen. Estos fragmentos, en número de diez y ocho, eran huy pequeños, de forma irregular, de un color amarillo brillante , muy duros y sobre todo muy friables; presentaban aristas vivas y puntas agudas. Estos cuerpos eran insolubles en el agua y en el alcohol; se disolvían prontamente en el sulfuro de carbono. Su punto de fusión era superior al punto de ebulli- ción del agua é inferior á ciento veinte grados. Estos fragmentos calen- — -Lados, se inflamaban á temperatura superior á la indicada ; ardían con llama azul, esparciendo un olor vivo de ácido sulfuroso que coloraeaba instantáneamente en azul un papel humedecido impregnado de engrudo de almidón y de iodato de potasa; y, finalmente, no dejaban ningún re- siduo. Dos de estos fragmentos, mantenidos lentamente en ebullición en el agua regia, acabaron por desaparecer completamente, y el líquido ácido resultante encerraba una cantidad considerable de ácido sulfúrico, fácilmente reconocido por los reactivos. Las partículas amarillas estaban formadas por azufre ordinario fun- dido, semejante al que entra en la composición de las cerillas. Independientemente de los fragmentos de azufre mencionados, existía en el fondo del vaso de decantación un polvillo tenue de color rojo, muy pesado, que separamos y recogimos sin trabajo; pues, por efecto de su gran densidad, era entre todas las sustancias sólidas suspendidas en el líquido la que se iba al fondo primeramente. Este polvo rojo era insoluble en el agua caliente ó fría, en el éter y en el alcohol; resistía á la calcinación y no cambiaba de color ni aun á la temperatura del rojo; los ácidos dilatados y el ácido nítrico concentrado, no atacaban á esta sustancia. Una solución de potasa cáustica disuelvía rápidamente, auxiliada de la ebullición, este polvo rojo, transformándo- le en polvo amarillo muy intenso. Esta solución alcalina, adicionada cou alcohol y después sobresaturada por un gran exceso de ácido sulfúrico 128  LEGRAND DU SAULLE. depositó rápidamente un abundante precipitado de sulfato de plomo quedando una sal de sesquióxido de cromo. Durante esta operación se desprendió un olor extremadamente vivo de aldehido. La sustancia roja en cuestión no era otra cosa sino el cromato bibá- sico de plomo ó cromato rojo, empleado desde hace mucho tiempo en la. coloración de los lacres del comercio y en la de las cerillas fosfóricas. Encerramos en dos pequeños tubos de vidrio que acompañan á este informe: primero, el resto de los fragmentos de azufre ; segundo, el resto del polvo rojo (cromato rojo de plomo), sustancias encontradas en el tubo digestivo del niño muerto. A continuación de las comprobaciones que preceden sometimos á un análisis químico regular los mismos órganos del niño, así como las ma- terias recogidas en el tubo digestivo. Creemos inútil exponer las largas y minuciosas operaciones de este. análisis, del cual no ha resultado la existencia de ninguna sustancia metálica tóxica. Queda, por consiguiente, bien demostrado que el fós- foro es la única materia tóxica encontrada en los órganos de la víctima. Segundo objeto sellado.-Consistía en un pequeño paquete rotulado: «Papel que contiene los labios de la victinum Al abrirlo descubrimos, en efecto, un anillo oblongo del dermis proce- dente de la escisión de los labios. Este fragmento estaba acorchado y de- secado ; su superficie estaba blancuzca y como farinácea ; se hallaba recubierto en gran parte por granulaciones salientes, irregularmente dis- tribuidas, y especialmente acumuladas en las anfractuosidades del der- mis. Con una lente se descubría que estas pequeñas granulaciones con- sistían en huevos de moscas, corno sucede frecuentemente á los tejidos animales expuestos durante algún tiempo al aire libre. En la comisura derecha de los labios encontramos dos pequeños frag- mentos amarillos, que recogimos por medio de unas pinzas, los cuales estaban constituidos por azufre fundido y quebrantado, semejantes en todo á los que habiamos encontrado en el tubo digestivo. Estos dos pe- queños fragmentos, encerrados en un tubo de cristal, acompañan también á este informe. Tercer objeto sellado.—Tenia un rótulo que decía: «Papel que contie- ne algunos granos de color rojizo encontrados sobre el La sustancia contenida en este papel pesaba 32 centigramos : exa- minada con un lente se observó que no era homogénea. En efecto, descubrimos en ella : primero , dos fragmentos bastante gruesos, casi incoloros , irregularmente cúbicos, de un gusto salado, solubles en el agua, y que varias reacciones químicas demostraban estar constituidos. por sal marina ordinaria; segundo, fragmentos amarillos quebradizos,. constituidos por azufre fundido, y de los que dos estaban adheridos á. unas fibrillas blancas de madera muy parecida á la que se usa para la fabricación de las cerillas químicas ; tercero, por fin , algunos granos. rojos, muy tenues, un poco húmedos y de una reacción ácida, manifiesta por el papel de tornasol. La proporción extremadamente pequeña y casi imponderable de estos fragmentos rojos, no nos permitió determinar la naturaleza exacta de este ácido; solamente pudimos comprobar que no era volátil ni se descomponía á la temperatura de 100 0 ; que precipitaba TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  129 en blanco amarillento con el nitrato de plata amoniacal, que este último precipitado era soluble en un exceso de amoniaco y en el ácido nítrico dilatado : caracteres todos que corresponden al ácido fosfórico ordinario. En cuanto á la materia colorante roja, por sí misma, pudimos cercio- ramos de que estaba formada de cromato bibásico de plomo. Cuarto objeto sellado.—Estaba constituido por una caja común de car- tón ligero y amarillento, que encerraba 30 ó 40 cerillas químicas ordina- rias, de pasta fosfórica roja. Un análisis directo nos demostró que la materia colorante roja de estas cerillas era el cromato bibásico de plomo. El examen atento de las mismas nos permitió apreciar las dos cir- cunstancias siguientes que creemos útil consignar, atendiendo á que pue- den contribuir al esclarecimiento de la verdad: Primero. Las 34 cerillas estaban todas despojadas de la mayor parte de su pasta fosfórica, pero esta sustracción de materia no había tenido lu- gar ni por frotamiento, ni por arrancamiento, ni por el empleo de un cuerpo duro, puesto que las porciones de pasta fosfóricas todavía adhe- rentes, habían conservado todas su forma lisa y redondeada ; ninguna de ellas se había inflamado aun, habiendo podido comprobar que á pesar de su pobreza en pasta fosfórica, se inflamaban, sin embargo, con facilidad. Nos parece, por lo tanto, muy probable que la porción super- ficial y la más exterior de la pasta fosfórica no ha podido ser despren- dida de una manera tan regular y tan uniforme, sino por medio de un reblandecimiento suficiente en un líquido acuoso. Segundo. El examen sucesivo de la extremidad fosfórica de cada una de estas cerillas, nos demostró además que cierto número de ellas ha- bían sido raspadas con un instrumento' cortante, tal como la hoja de un cuchillo. Pusimos aparte en un papel nuevo estas cerillas, en las que se pueden observar todavía y á primera vista las señales de este proce- dimiento que ha dado por resultado el corte superficial de la ma- dera de la cerilla y la formación de superficies planas sobre la capa de azufre y la pasta fosfórica, que, como es sabido , las presentan siempre curvas. Quinto objeto sellado.—Contenía una ca.misita de niño recién nacido, en la cual observamos muchas manchas de aspecto y naturaleza dife- rente. El análisis químico y el examen microscópico, á los que hemos sometido sucesivamente cada una de estas manchas, nos permiten agru- parlas en las divisiones siguientes: 1.° Manchas de un amarillo verdoso producidas manifiestamente por el meconio. 2.° En la parte correspondiente á la porción abdominal manchas rojas producidas por la sangre, y debidas, según toda probabilidad, á la sec- ción y ligadura del cordón umbilical del niño. 3.° Sobre el cuello de la camisita, gran número de manchas amarillo pálidas, esparcidas, difusas, irregulares y como borradas por el frote. Examinadas con la lente estas manchas se percibían en ellas partículas tenues de azufre fundido, cristalinas y quebradizas , entremezcladas con las fibras vellosas del tejido, al que estaban pegadas po,r medio de ;tina materia mucosa desecada. Por medio de una aguja de acero y de unas pequeñas pinzas extrajimos, sin trabajo, muchos de estos fragmentos de TOMO IV.  9 30  LEGRAND DU SAULLE. azufre, y los introdujimos en un tubo de vidrio que se acompaña al pre- sente informe. El tejido del cuellecito de la camisa conservaba todavía- un gran número, y la simple inspección bastaba para descubrirlos. 4.° Sobre la parte anterior izquierda del cuello de la camisita se ob- servaba una pequeña mancha encarnada del tamaño de un grueso grano de mijo. Toda la parte central de esta mancha estaba excavada profunda- mente por efecto de una destrucción real del tejido que parecía corroído y quemado. Esta mancha, señalada de una manera muy especial á nues- tra atención en los resultandos de la Comisión rogatoria de Valognes, no presentaba ningún carácter bien típico; á pesar de un examen minucioso, n . o hemos podido descubrir en ella ninguna partícula de sustancia extraña perceptible á simple vista ni con la lente. La única comprobación que juzgamos útil mencionar aquí es la siguiente : comprimiendo durante al- gimes minutos sobre la superficie de un papel azul de tornasol la parte anterior izquierda del cuello de la camisa, hemos•observado que el papel no se ha enrojecido sino en un solo sitio; este sitio era precisamente el que correspondía á la pequeña quemadura. Existe, pues, en este lugar parte fosforada que se inflamó accidentalmente en la superficie del te- jido, habiendo producido la mancha observada, y como en el acto de esta combustión el fósforo produce, á la vez que una alta temperatura, una sustancia muy ácida (ácido fosfórico), nos inclinamos á creer que el tejido subyacente se quemó de la misma manera, y que el lugar en que esta combustión se ha efectuado presenta una reacción ácida con el papel de tornasol. Sexto objeto sellado.— Encerraba una camiseta de niño; era de lana- y de las que se llaman de punto 6 hechas con aguja. Sobre sus dos mangas percibimos•numerosas manchas de color amarillo pálido, irregulares, un poco borradas, en medio de las cuales se distinguían, como sobre la ea- misita examinada anteriormente, muchas partículas de azufre fundido. Contorneamos todas estas manchas con un círculo trazado con tinta, y encerramos en un tubito de cristal, que va unido á este informe, algu- nos de dichos fragmentos de azufre encontrados en la superficie de dicha camiseta. Séptimo objeto sellado.—Consistía en una mantilla de niño, usada, des- garrada, y compuesta de varios y desiguales trozos de tela de hilo y de algodón. En ella había numerosas manchas verdosas, producidas por materia excrementicia de recién nacido, pero no encontramos ninguna otra materia sospechosa ni partículas de azufre. Octavo objeto sellado.—Contenía dos pequeños gorros de recién na- cido. Uno de ellos era de algodón blanco, adornado con un encaje blanco y estrecho. El otro de algodón estampado, forrado interiormente y ador- nado con un encaje de lana negra. El gorro blanco presenta solamente cerca de la atadura anterior dere- cha, en el sitio indicado por nosotros por medio de un círculo trazado con tinta, una mancha amarillo-pálida, en la cual se distinguen sin tra- bajo muchas partículas brillantes, de color amarillo - vivo, constituidas por azufre fundido. Noveno objeto sellado.—Contenia una funda de almohada, sucia y un poco usada. Excepción hecha de una mancha extensa gris, producida d i 511 t. s r TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  131 por el polvo y un cuerpo graso, no descubrirnos en ella ninguna sustan- cia sospechosa ni ninguna partícula de azufre. CONC LUSIONES. De las comprobaciones Materiales reunidas en este informe resulta: 1.° Que el tubo gastro-intestinal del niño P  era asiento de una in- flamación violenta que parecía haberse producido por el contacto de una -sustancia irritante. 2.° Que el análisis químico ha puesto fuera de duda la presencia del fósforo libre en este órgano, del cual hemos extraído también azufre fundido y cromato rojo de plomo. 3.° Que existían igualmente numerosos fragmentos de azufre fundido sobre la camisa, la camiseta y el gorrito del niño P 4.° Que la materia rojiza encontrada sobre el niño P  es una mezcla de fragmentos de sal común, de pasta fosfórica de base de cromato rojo de plomo y de fragmentos de azufre fundido, dos de los cuales se en- •cuentran aún adheridos á unas fibras de madera blanca. 5.° Que las 34 cerillas fosfóricas de base de cromato rojo de plomo, : parece que han sufrido una maceración en un líquido acuoso, y que nueve de ellas han sido rascadas con un instrumento cortante. 6.° Que en resumen, la muerte del niño P  nos parece realmente de- bida á la ingestión de pasta fosfórica, semejante á la que recubre á las .34 cerillas recogidas. Las piezas de convicción que unimos á nuestro informe llevan los números siguientes: Tubo núm. 1. Fragmentos de azufre fundido encontrados en el es- tómago y en el duodeno. Tubo núm. 2. Cromato rojo de plomo extraído del tubo digestivo. Tubo núm. 3. Dos pequeños fragmentos de azufre fundido encontra- dos sobre la comisura de los labios del niño P Tubo núm. 4. Fragmentos de azufre fundido recogidos sobre el cuello de la camisa. Tubo núm. 5. Fragmento de azufre fundido recogido sobre la cami- seta de lana. V CAPÍTULO Ill. Aplicaciones de la química á la medicina legal. CONSIDERACIONES PRELIMINARES. El médico legista tiene que recurrir frecuentemente en su práctica al auxilio que le prestan las ciencias llamadas acce- sorias para poder resolver con acierto las múltiples cuestiones que pueden presentarse á su examen y resolución. Sería de desear que el médico legista tuviese de todas estas ciencias un conocimiento profundo, pero tal deseo es irreali- zable, sobre todo al presente, pues vemos que estas ciencias ensanchan cada vez más su esfera de acción, y al hombre de inteligencia más previlegiada le sería imposible abarcar esta enorme serie de conocimientos. Además, las aplicaciones de cierta parte de estas ciencias necesitan una habilidad en las operaciones que tan sólo se adquiere después de muchos años de práctica. De aquí nace la necesidad que tiene el médico de colaborar en estos casos especiales con otra persona perita en la clase de conocimientos que al caso atañen ; pero nunca dejará de poseer aquellos co- nocimientos generales aplicables á la mayor parte de las ope- raciones, pues de esta manera está en disposición de seguir, y aun en. caso de necesidad de dirigir y de comprobar las experiencias, en las que más tarde se han de basar sus con- clusiones. De todas las ciencias accesorias la química es la que con más frecuencia se utiliza en gran número de circunstancias diversas; así es que en todos los tratados de Medicina legal y de jurisprudencia médica existe un capitulo más ó menos extenso que, bajo la denominación de «Química legal», pone al médico legista al corriente de las operaciones y de los análisis 134  LEGRAND DU SAULLE. más habitualmente empleados para resolver las cuestiones, propuestas por los jueces de instrucción. En este capítulo se estudian las investigaciones de los venenos y la resolución de- cierto número de cuestiones que se presentan con mucha fre- cuencia, tales como el examen de las manchas de esperma y de sangre, falsificación de las sustancias alimenticias ó me- dicamentos , alteración de los escritos, examen de las armas- de fuego, coloración artificial de la barba y del cabello, alte- ración de aleaciones monetarias , sofisticación de los tejidos,. etcétera, etc. Pasaremos muy rápidamente revista á la mayor parte de estas cuestiones, dejando á un lado aquellas que no presentan para el médico un interés directo y dando mucha importancia- á la química toxicológica en razón de la frecuencia de los casos en que hay necesidad de comprobar un envenenamiento, y de la multiciplidad y dificultad de las cuestiones que en- cierra esta parte, todavía oscura, de la ciencia química. Pon- dremos á contribución los progresos alcanzados desde hace algunos alíes, tanto en fisiología corno en química pura, para el descubrimiento é identificación de los venenos, teniendo al mismo tiempo la satisfacción de contribuir por nuestra parte á este resultado, consignando en este trabajo observaciones todavía inéditas acerca de algunos puntos de investigación toxicológica que, por nuestras funciones de perito, hemos tenido ocasión de poner en práctica ó de modificar. Química toxicológica. .—PROCEDIMIENTOS DE INVESTIGACIÓN. § I.—Exhumación y autopsia de los individuos envenenados- ó que se presume lo hayan sido. Se comprende fácilmente que, en materia de toxicología, la manera de practicar la exhumación y la autopsia es de una TRATADO DE MEDICINA LEGAL. 135 gran importancia; así es que se nos dispensará que entremos en este punto en detalles que es posible que, á primera vista, parezcan supérfiuos, pero cuyo olvido puede, cuando menos, dificultar seriamente el buen resultado de las investigaciones ulteriores ó hacerlas completamente ilusorias. El médico, lla- mado generalmente después de la exhumación para practicar una autopsia en un caso de envenenamiento cierto ó solamente presumido, debe persuadirse de que del cuidado con que haga sus primeras investigaciones, y de las precauciones que adopte durante las diversas operaciones necesarias en semejantes ca- sos, depende, en gran parte, el buen resultado de las investiga- ciones.toxicológicas. Debe, pues, sacrificar toda consideración á la necesidad absoluta de no hacer nada que pueda dificultar las' operaciones futuras, dejando las cosas de modo que pueda verificare una contraiuvestigación. Las reglas que se han de seguir en todos los casos han sido magistralmente trazadas por Orfila en su Tvaitj des exhuma- tions juridiques, y por Tardieu, cuyas indicaciones detalladas y precisas hemos dado á conocer al tratar de la intoxicación -en general. Insistiremos aquí solamente en la necesidad de se- parar todo lo posible las diferentes vísceras ó fragmentos de órganos destinados al examen químico, colocándolos en re- ceptáculos diferentes de una. capacidad que esté en relación con el volumen de dichas vísceras ó fragmentos. Igualmente será necesario recoger , siempre que sea posible, la sangre que se encuentre en las cavidades del corazón y en los grue- sos vasos, así • como también la orina contenida en la vejiga. El examen de estos dos líquidos es, en la mayor parte de los casos, de gran utilidad. En fin, el médico legista, al practicar la autopsia, pondrá gran cuidado en que el cadáver, y, sobre todo, las partes destinadas á la investigación química, no se pongan, ni por un momento, en contacto con sustancias tó- xicas , ó con compuestos que puedan contenerlas. Así es que para hacer la autopsia no colocará el cadáver sobre una mesa metálica ni se servirá de mastic ni de lacre para recubrir los tapones de los frascos, y con mayor razón no usará el espa- 136  LEGRAND DU SAULLE. radrapo ni ningún otro tejido recubierto de sustancia plás- tica para cerrar dichos frascos ó aislar diferentes fragmentos de órganos. Para hacer la autopsia no se desinfectará el cadáver por ningún motivo , pues es imposible evitar que se mezclen con los órganos las sustancias desinfectantes, pudiendo dar lugar á los más graves errores. Es necesario persuadirse de que el peligro que pueda exis- tir en la exhumación de un cadáver consiste solamente en el riesgo de asfixia, que afecta principalmente á los sepultureros ó á las personas que descienden á la fosa practicada para extraer el ataud. Este peligro existe sobre todo en los sepul- cros llamados «concesiones á perpetuidad », cuyo interior está revestido. Una vez expuesto al aire el cadáver, el médico encargado de hacer la autopsia no corre riesgo alguno de in- toxicarse por inhalacicjn, cualquiera que sea el tiempo que el cadáver haya permanecido inhumado. Cuando más, la prác- tica de estas autopsias puede ocasionar á las personas no acostumbradas á estos trabajos una diarrea pasajera, idéntica á la que determina la asistencia por primera vez á una sala de disección. No tendrá excusa, por lo tanto, el que con el fin de evitar un daño imaginario, haga aspersiones sobre el ca- dáver con soluciones desinfectantes (ácido fénico, hipocloritos alcalinos, permanganato de potasa, ácido crómico, cuerpos só- lidos en polvo, etc., etc.). Brouardel y Boutmy han referido últimamente el caso de un médico que, llamado para practi- car la autopsia de un cadáver exhumado, había esparcido al- rededor del cuerpo una capa de pólvora, á la cual puso fuego antes de proceder á la operación. Todos estos procedimientos son absolutamente inútiles y además censurables, puesto que pueden hacer imposible el esclarecimiento del hecho que se investiga. En el caso en que el médico haya creído conve- niente practicar un ensayo, de cualquier naturaleza que sea, sobre una porción de órganos, el fragmento destinado á este ensayo debe estar previamente separado por completo del resto del órgano y desechado definitivamente luego que haya Ef TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  137 servido á la experimentación. Los líquidos, como los sólidos ó los fragmentos de órganos destinados al examen químico, deben conservarse tales como existen en el cadáver en el mo- mento de la autopsia y sin haber experimentado otro contacto que el del instrumento de acero empleado para la apertura del cadáver ó la sección de las vísceras, tales como el estómago, los intestinos, el hígado, etc. Solamente con la observación rigurosa de todas estas pre- cauciones, el descubrimiento de una sustancia tóxica, revelada por el análisis químico, podrá tener todo su valor. Existe otra circunstancia que es necesario tomar en seria consideración cuando el cadáver, sobre que se ha de operar, ha sido exhumado: nos referimos á la naturaleza del terreno en el cual ha tenido lugar la inhumación. Á fin de poder apre- ciarla, el médico recogerá siempre porciones suficientes de tierra situada al rededor del cuerpo ó del féretro, así como también trozos de vestido, de sudario, de madera del ataud, en una palabra, de todo objeto que se encuentre en contacto inmediato con el cadáver. El examen comparativo de estas porciones de tierra con otras recogidas en diferentes puntos del cementerio, puede servir para esclarecer todas las dudas, si las investigaciones químicas conducen al principio á un re- sultado incierto ó insuficiente. Por lo que se refiere al arsé- nico, la cuestión está juzgada de una manera definitiva; este veneno no pasa en n i nguna caso desde el terreno á los teji- dos orgánicos. El arsénico que puede existir en un terreno se encuentra siempre en el estado de combinación insoluble y no puede pasar al estado soluble sino bajo la influencia de los ácidos y de una temperatura elevada. Las numerosas ex- periencias hechas con este motivo por Orfila, Devergie , Flandín, Dauger y Barse, son absolutamente concluyentes y no pueden dejar duda alguna, de tal manera que si nos encon- tramos en presencia de uno de estos casos, en los cuales, des- pués de una inhumación prolongada , todas las partes de un cadáver están reducidas á putrílago , siendo imposible su examen, la existencia de un compuesto arsenical soluble en 138  LEGRAND DU SAULLE. el agua, procedente del tratamiento de la porción de terreno  0 situado inmediatamente alrededor de la masa orgánica, bas- tará para poder afirmar que el arsénico proviene de los restos del cadáver y que ha podido determinar una intoxicación. Lá cuestión, desgraciadamente, está lejos de ser resuelta de una manera tan precisa en lo que se refiere á la mayor parte de las demás sustancias tóxicas, respecto á las cuales es po- sible encontrarse en condiciones tan especiales que no poda- mes llegar á una solución categórica. En estos últimos casos el análisis comparativo de las porciones de tierra recogidas en diferentes puntos y el de la madera del ataud, así como el de las telas que han estado en contacto con el cadáver,  Ck puede suministrar resultados capaces de esclarecer los hechos y de fijar definitivamente la opinión de los peritos. Así es que, en una causa de envenenamiento por el mercurio, cuyo metal se había encontrado solamente en muy pequeña cantidad, la defensa pretendía que la presencia del mercurio en las partes examinadas podía depender del terreno y no tener ningún valor decisivo, apoyándose para sostener esta opinión en el hecho de la creciente propagación de la sífilis que hacía ex- tremadamente frecuente la administración del mercurio y de. sus sales, y en que,' siendo lenta la eliminación de estos com- puestos, el terreno del cementerio podía contener accidental- mente aquel metal que, por imbibición, podía haber penetrado á través de la caja hasta el cadáver. El examen de las tablas de ésta, que no encerraban dicho compuesto tóxico sino en sus partes declives, fué para el médico la prueba de que el mer- curio provenía cierta y únicamente del cadáver. Este solo ejemplo puede hacer comprender toda la importancia de se- mejante cuestión, sobre la cual hemos de insistir en otro lugar.. la localización y eliminación de las sustancias tóxicas. Órganos en que deben buscarse estas sustancias. Las circunstancias en que el médico es llamado á com- probar un envenenamiento y determinar su naturaleza, son TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  139 generalmente muy desfavorables para la investigación de la mayor parte de las sustancias tóxicas. La mayoría de los crímenes se comprueban, ya porque sus señales son manifiestas en el momento de ser cometido, ya porque los desórdenes producidos no pueden borrarse por la putrefacción del cadáver; no sucede lo mismo con respecto á las intoxicaciones, en las que transcurre ordinariamente un tiempo más ó menos largo antes de que los Tribunales dispon- gan que se verifique la investigación pericial. Las dificultades del trabajo encomendado al toxicólogo se encuentran conside- rablemente aumentadas por esta razón, y es necesario recono- cer que, en muchos casos de este género, las investigaciones son completamente inútiles, sobre todo cuando no se trata de un tóxico mineral ó de algún alcaloide de los más conocidos. Los trabajos del médico legista deben entonces dirigirse, antes que á toda investigación toxicológica, á los datos que pueden suministrarle, ya el examen del enfermo, si la intoxicación no ha sido seguida de muerte, ya á la naturaleza de las lesiones comprobadas en la autopsia, y en todos los ca- sos, á los fenómenos patológicos que hayan podido ser observa- dos. Pero estos datos, unidos á los que hayan recogido los jueces de instrucción, son casi siempre insuficientes para establecer una convicción absoluta. Cuando la administración de la sustancia tóxica no ha de- terminado la muerte, el envenenamiento es difícil de probar; pues aun cuando los venenos manifiestan su acción por sínto- mas determinados, si el examen y la determinación de estos síntomas han sido hecho por personas extrailas á la ciencia (5 interesadas en desfigurar la verdad, y si además la elimina- ción de la sustancia tóxica es más ó menos completa á conse- cuencia del tiempo transcurrido desde la presentación de los síntomas del envenenamiento, se hace muy difícil establecer una conclusión definitiva. En los casos en que la muerte ha sido la consecuencia de la ingestión de upa sustancia tóxica, y la autopsia no se ha prac- ticado inmediatamente, la comprobación de las lesiones cante- 140  LEGRAND DU SAULLE. terísticas de tal ó cual veneno pierde parte de su válor, y el médico legista debe entonces investigar con escrupulosa aten- ción si las lesiones cadavéricas observadas son suficientes para basar la sospecha de envenenamiento, ó bien deben atribuirse á alteraciones experimentadas por el cadáver por efecto de una inhumación prolongada, ó bien si son puramente morbosas y patonogmónicas de una afección desconocida durante la vida. Resulta de las consideraciones precedentes que el conoci- miento e x acto de los diferentes órganos, en los cuales se loca- liza una sustancia tóxica determinada, y el estudio de las con- diciones según las cuales esta localización puede efectuarse, son de la mayor importancia bajo el punto de vista de la in- vestigación de los venenos, sobre todo cuando el toxicólogo posee, por otra parte, algunas indicaciones sobre la naturaleza presunta del envenenamiento. Absorbidas en cantidad suficiente para determinar acciden- tes, las diversas sustancias tóxicas poseen una especie de afi- nidad electiva especial, que se traduce por una influencia par- ticular sobre ciertos órganos; así es que los venenos del cerebro, los de la médula, los de los músculos, los del corazón y los hemáticos constituyen categorías toxicológicas bien dis- tintas. De esto no se deduce, sin embargo, que la localización de la sustancia tóxica siga siempre una marcha indéntica, y que un veneno muscular, por ejemplo, se haya de encontrar forzo- samente en cantidad preponderante en los músculos ; pero en cierto número de casos la acción electiva de un veneno deter- minado puede ocasionar en los órganos, sobre los cuales se ejerce, modificaciones susceptibles de ser reconocidas con pre- cisión por medio de procedimientos físicos y químicos. El exa- men espectroscópico de la sangre, por ejemplo, nos permitirá reconocer una intoxicación por el óxido de carbono, el hidró- geno sulfurado, y el ácido cianhídrico, aunque la de este último con menos seguridad. El microscopio revelará la esteatosis del hígado y de los riñones en el envenenamiento por el fósforo y por el arsénico. Estas modificaciones son el resultado de la eliminación del veneno. TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  141 Por otra parte, ciertas vísceras como los riñones, y sobre todo el hígado, poseen la propiedad notable de almacenar una porción de sustancia tóxica, muchas veces superior á la que se puede encontrar en los otros órganos, y cualquiera que haya sido la vía de introducción del veneno; aparato circula- torio, digestivo, aplicación sobre la superficie cutánea, inhala- ción, etc., etc. Por lo tanto, el examen del hígado tiene una gran importancia en todas las investigaciones toxicológicas. Esta acumulación del agente tóxico está en relación con la intensidad de la corriente sanguínea y la detención de su ve- locidad en estas glándulas, tan importantes por sus funciones de secreción y excreción. Las sustancias tóxicas volátiles, los anestésicos especial- mente, se acumulan, sobre todo, en el tejido nervioso ; así es que, según las investigaciones hechas sobre la localización del alcohol y del cloroformo en los diversos órganos de la eco- nomía, se ha podido formar el cuadro siguiente, tomando como unidad la cantidad de principio tóxico existente en un mismo peso. Alcohol.  Cloroformo. Sangre .  1,00  1,00 Cerebro  1,34  3,92 Hígado y bazo   1,48  2,08 Músculos.  indicios  0,16 La fibra nerviosa acumula también en cantidad apreciable la mayor parte de las sustancias tóxicas de origen miner al, en tanto que parece estar desprovista de esta propiedad tra- tándose de los alcaloides. Nuestras experiencias personales< nos han demostrado tam- bién que el tejido óseo, y sobre todo el de los huesos planos, en los cuales predomina la sustancia esponjosa (huesos del cráneo y vértebras especialmente) es lugar de acumulación de ciertos venenos minerales. Hemos encontrado en los huesos del cráneo, en las vérte- bras, en el omóplato y en los huesos ilíacos, cantidades apre- ciables al análisis químico, de arsénico, plomo y mercurio, 1 ;1 142  LEGRAJND DU SAULLE. mucho tiempo después de haber desaparecido estas sustancias de los demás órganos de la economía. Es muy probable que las demás sustancias tóxicas minerales se acumulen de igual manera. No tenemos necesidad de indicar el interés que pre- senta este hecho para la solución de ciertas cuestiones de to- xicología. En los casos en que la absorción de la sustancia tóxica no ha producido la muerte, la prueba de la intoxicación puede hacerse por el descubrimiento de esta sustancia tóxica elimi- nada del organismo por diferentes vías. En fisiología no puede considerarse el vómito como un medio de eliminación de la sustancia tóxica; pero bajo el punto de vista de la toxicología, este modo de expulsión tiene una gran importancia. Cuando es espontáneo revela, en efecto, los violentos esfuerzos lleva- dos á cabo por el organismo para desembarazarse del veneno. También el análisis de las materias que componen los vómitos, puede por sí solo conducir, casi infaliblemente, al conoci- miento del tóxico que los ha determinado. Desgraciadamente no es siempre posible operar sobre ellas, siendo necesario en- tonces recurrir al examen de productos generalmente menos ricos en sustancia tóxica, pero que constituyen sin embargo, un buen medio para la determinación del envenenamiento. La vía de eliminación por excelencia es la secreción renal. Si después de la absorción del veneno no ha transcurrido un tiempo excesivo, es decir, si no se ha dacio lugar á su completa eliminación, su presencia en la orina puede demostrarse en un momento dado. Esta demostración ha sido empleada con gran resultado en cierto número de casos, especialmente en el proceso del Duque de Praslin (Ámales d' Ilygiene et de Méde- eine légale. París, 1847, t. xxxvm, pág. 890). La supresión de la orina, que puede producirse en ciertos ca- sos de intoxicación subaguda, nunca es tan completa que pueda impedir esta determinación. Otro indicio de eliminación con- siste en la presencia en la orina de productos anormales, es- pecialmente de glucosa, ó también de albúmina ó de células épiteliales , procedentes de la exfoliación de los canalículos re- TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  143 Dales, ó también de productos compuestos tales como el ácido uroclorálico, que aparece en la orina después de la ingestión del cloral. Tardieu y Lássaigne han demostrado, y esto es un hecho muy importante en la cuestión que nos ocupa, que la eliminación se ejerce tan sólo sobre las sustancias ingeridas accidentalmente y no sobre aquellas que normalmente con- tienen los órganos ( _Annales d' Hygiene et de ii¿deeine lé- gale; 1854, 2. serie, t. m, pág. 213). Después del riñón, la mucosa pulmonar ocupa un lugar importante en la eliminación de las sustancias tóxicas: su po- der exosmótico, su superficie considerable y sus relaciones íntimas con la red capilar más rica de la economía, hacen de esta membrana un órgano perfectamente dispuesto para la eliminación de las sustancias tóxicas gaseosas y volátiles; pero esta vía de expulsión no tiene generalmente gran utilidad bajo el punto de vista de las investigaciones toxicológicas causa de la misma rapidez de la eliminación. Las glándulas constituyen también órganos importantes de eliminación : aquí el fenómeno se complica con un movimiento de exósmosis de la mucosa, cuyas causas son todavía mal co- nocidas. El análisis de las deyecciones diarreicas podrá con- firmar con frecuencia los resultados obtenidos por el de los vómitos y el de la orina. Verdaderamente se puede decir que todos los órganos de la economía concurren en cierto modo á la eliminación de las sustancias tóxicas, y parece que todos los tejidos emplean su vitalidad en desembarazarse de los productos anormales que entorpecen su evolución natural. Se observa también relativa- mente á la eliminación una especie de elegibilidad comparable á la que hemos indicado hace poco relativa á la acción de los venenos. Así es que las sales metálicas se eliminan principal- mente por la bilis; el ioduro de potasio por las orinas, el clo- rato de potasa por la saliva, el ácido sulfhídrico y el arsénico por la piel, etc., etc., sin que hayamos encontrado hasta el día una razón que explique satisfactoriamente estos hechos. Además, las diversas sustancias tóxicas eliminadas por el • 144  LEGRAND DU SAULLE. organismo, sufren, al menos algunas de ellas, transformacio- nes cuyo estudio está todavía poco adelantado aun cuando ofrece gran interés. En tanto que ciertas sustancias pare- cen atravesar la economía sin experimentar modificaciones, por cuanto es posible encontrarlas intactas entre los diferentes productos con los que son eliminadas, otras experimentan en su trayecto tales modificaciones, que su existencia no puede descubrirse en un primer examen. Estas modificaciones pue- den reducirse á dos procesos diametralmente opuestos: la oxi- dación y la reducción. Así es que las sales ácidas orgánicas son transformadas en carbonatos; los sulfuros, hiposulfitos y sulfitos, en sulfatos; y los hipofosfitos y fosfitos, en fosfatos, merced á una oxidación. En tanto que los hipocloritos, clori- tos, iodatos, etc., etc., son transformados por reducción en clo- ruros, ioduros, etc., etc. ;y el índigo azul en índigo blanco. Otros compuestos experimentan modificaciones más profundas toda- vía, dando origen á productos varios á consecuencia de su combinación con los compuestos normales del organismo. Ejemplo: los ácidos benzoico, quínico y cinámico pasan al es- tado de ácido hipúrico; el ácido salicílico se convierte en ácido salicilúrico á causa de su combinación con la glucocola; el cloral se transforma en ácido uroclorálico; el fénol y la esencia de trementina, en ácidos sulfo-congugados. Algunos compues- tos minerales experimentan desdoblamientos muy complejos: los ioduros de plomo, de mercurio, y de plata, dan origen al ioduro de sodio y á combinaciones indeterminadas del metal con las materias albuminoideas. Hemos encontrado en nues- tras investigaciones sobre la eliminación del plomo por la orina en las personas afectadas de saturnismo (Arch. de phy- siologie, serie, t. vi', 1880), la existencia, en esta secreción, de una combinación albuminoide-plámbica, y se conocen com- puestos, mejor definidos, del mercurio con la albúmina y las peptonas. La mayor parte de los alcaloides y cuerpos análogos, así como las materias colorantes vegetales y gran número de sales metálicas, pasan por la economía sin sufrir transforma- TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  145 ción alguna; ó cuando menos la naturaleza de estas transfor- maciones no se ha manifestado hasta ahora de una manera apreciable por nuestros actuales medios de investigación. Los conocimientos relativos á este asunto han nacido principal- mente del estudio acerca de la investigación de las sustancias extrañas al organismo á su paso por la secreción urinaria; á pesar de la insuficiencia de estos conocimientos, pueden, sin embargo, prestar ciertos servicios. A título de indicaciones generales, expondremos las conclu- siones siguientes relativas á los órganos, en los cuales se de- ben buscar principalmente las diversas sustancias tóxicas: Tóxicos MINERALES NO VOLÁTILES.—Hígado, tejido nervioso, tejido esponjoso de los huesos. Tóxicos MINERALES VOLÁTILES.—Sangre, tejido nervioso, hígado, vías respiratorias. ANEs'dsicos.—Tejido nervioso, hígado, sangre. ALCALOIDES VEGETALES Y COMPUESTOS ANÁLOGOS DE ORIGEN VEGETAL ó ANIMAL.—Hígado, bazo, ririones, contenido del in- testino y del estómago. Además, y aunque esta operación conduzca á veces á resul- tados negativos, se deberl,en todos los casos someter á las in- vestigaciones químicas el estómago, los intestinos y el conte- nido de estas vísceras. El examen de la sangre y de ]a orina jamás dejará de hacerse en los casos en que podamos disponer de estos líquidos. § III.—Casos ea los cuales la sustancia tóxica ha sido introdu- cida ea el cadáver ~pues de la muerte. En las investigaciones médico-legales suscitadas por ciertos casos de muerte, puede presentarse una circunstancia que exige por parte del perito encargado de las investigaciones toxicológicas gran habilidad y circunspección. Nos referimos á aquellos casos en los que la sustancia tóxica ha sido introdu- cida en el cadáver después de la muerte, ya para hacer pensar en un en venen amiento l accidental ó ya para encubrir las efec- TOMO IV.  1U 146  LEGRAND DU SAULLE. tos de otra sustancia tóxica empleada durante la vida. Si la sustancia venenosa ha sido introducida en los órganos inme- diatamente después de la muerte, mientras existe , todavía un resto de circulación y en tanto que el enfriamiento del cadáver no se ha verificado por completo, puede producirse un prin- cipio de difusión de esta circunstancia en la economía, sobre todo sí se trata de un tóxico que se observe enseguida ; en este caso la investigación química será impotente para deter- minar si el veneno ha sido la causa real de la muerte. Pero es preciso reconocer que esta condición, si no imposible, es muy difícil de realizar. Se necesitaría, en efecto, la elección de una sustancia tóxica, cuyos efectos pudieran confundirse con los síntomas observados antes de la muerte, y por otra parte, para que la introducción de esta sustancia no dejase señales , sería necesario que coincidiese casi con la cesación de la vida. Si la introducción del tóxico ha tenido lugar en una época más ó menos lejana pero posterior á la muerte, la absorción y, por consiguiente la difusión, se hacen imposi- bles; en este caso la sustancia venenosa no puede penetrar en la economía sino progresivamente y por inzbibici(jn. Entonces aplicaremos con fruto nuestros conocimientos relativos á la localización del compuesto tóxico, y las investigaciones quí- micas podrán demostrar con certeza que el veneno no ha sido absorbido, porque su repartición en el organismo no responde á su modo de localización y de elección. Vemos, por lo tanto, que la solución de los casos precedentes, aunque bastante delicada, puede obtenerse con bastante acierto. Puede suceder también que, con objeto de disimular una intoxicación real, el criminal haya hecho absorber, durante la vida, á su víctima una sustancia venenosa cuyos efectos per- turben en cierto modo el cuadro de los síntomas de intoxica- ción correspondientes al primer veneno, dificultando la obser- vación clínica y complicando los resultados de la observación toxicológica. Aun admitiendo que la investigación química ponga en evidencia con la más perfecta certidumbre la exis- tencia de dos sustancias venenosas diferentes, sería en ciertos TRATADO DE MEDICINA LEGAL.  147 casos bien difícil, si no imposible, que el perito pudiese for- mular una conclusión definitiva, y solamente en las circuns- tancias del hecho podrán buscarse, en estos casos, los escla- recimientos capaces de conducir á una solución satisfactoria. 'Se cita como ejemplo de este hecho, la administración de los hongos venenosos para disimular un envenenamiento y con el :fin de hacer creer en una intoxicación accidental. Diferentes fraudes pueden ser también puestos en juego para dificultar las investigaciones; tales son: la supresión sustitución de materias de las deyecciones ó de los vómitos, ó la adición á estas materias de productos tóxicos diferentes al que ha producido la muerte. No podemos más que señalar aquí las diferentes circunstancias en que el perito puede encon- trarse al efectuar sus investigaciones; su discusión no es del dominio de la toxicología química; lo que pretendemos sola- mente poner en evidencia es que, en el delicado estudio de estas cuestiones, el investigador debe estar prevenido contra todas las sorpresas y dispuesto contra todas las dificultades. En efecto, no es bastante encontrar uu veneno en los órganos ó en las deyecciones para poder asegurar que este veneno ha Sido -capaz de ocasionar la muerte. Al hablar de la intoxicación en general hemos expuesto las diferentes cuestiones á las cuales tendrá que responder el perito, y la necesidad en que se en- contrará de demostrar que el veneno encontrado es el que ver- daderamente ha producido la muerte : para esto es preciso •que encuentre correlación entre los síntomas observados du- rante la vida y los que determina la sustancia tóxica hallada , y ademas que esta sustancia tóxica haya sido encontrada en cantidad suficiente para producir la muerte. II. -EXAMEN DE LOS OBJETOS SELLADOS. La primera operación que debe, en todos los casos, practicar el perito consiste en el examen de los objetos sellados. Todas las particularidades reveladas por este examen, aun las más [Document text truncated for crawler view.]