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Señor. La Santa Iglesia de Toledo, Primada de las Españas, por si, y en nombre de las Santas Iglesias de las Coronas de Castilla, y Leon, llega à los Reales pies de V. Mag. con el rendimiento y veneracion, que corresponde à su obligacion, à representar el desconsuelo en que les ha puesto la noticia, de que auiendo obtenido en la Sacra Rota, la Santa Iglesia de Calahorra Executora de tres sentencias conformes, ...

Congregación de las Iglesias y Catedrales de los Reinos de Castilla y León

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UN Es Ze iS a: - A Santa lglefa de Toledo,Primada de lasEfpañas,por (iy en nom E - bredelas Santas Iglelias de las Coronas de Caftilla, y Leon', llega: “alos Reales piesde V.Magscon el rendimiento,y' veneración; que: correfpondea fuobligacion,a reprefentar el: defconfuelo: en“que les:ha. puefto la noticia, de que aviendo obtenido enla SacraRotasla Santa Igle< fia de Calahorra Executoria de tres fentencias conformes, con condena= cion de coftas contra Don Geronimo Joleph de Vrrutigoiti, y Goni; Aro cediano de Berberiego,Dignidad,y Canonigo de ella ,que pretendia ga= nárenaufencia los frutos de fus Prebendas; y vencidole tambiet dicha. Santa Iglefia,y el Procurador General delas Santas Iglefia s,en el Tribu= nal dela Nunciatura,en otro pleyto.fobrepretenderdele hiziefle prefentc,enfus Prebendas; por fer Capellán: de Honor: de-la:Real Capilla de V.Maguenvirtud delos Breves Apoftolicosde la Santidad: de Paulo Y y Gregorio:XV. Aviendofe tranfportado los Autos 4-la Rota; en fegui. miento de la apelacion;interpuefta por-fu parte , y del Fiícal: deda Real Capilla,quetalió 4 el pleyto,coadjuvando fu derecho los Auditores de Rotaya imftancias del Embaxador de V.Mag y de el Agente de lá Corté, Romanas laziendo oficios en Vueftro Real nombresfedeclararon Exec . tores de dichos Indultos Apoftolicos; y rebocaron,y dieron por nulas las dichas fentencias,que privavar de-losfrutos de fus Prebendas:2' el dicho Arcediano. Y figuiendofe deeftadeterminaciontannotable perjuizio 2 la puntual refidencia,quete deve profeflarenlasSantas 1 glelas.y. de que tanto cuidaron los ExcellosProgenitores de V.Mag.y:a:el mayor aumento del Sagrado Culto,y ottos gravifsimos inconvenientes; efperanlás:San tas Iglefras dela piadofa,yReal benignidad de Y .Mag.y defu gran Religion,fe ha de dignar favorecerlas,no dando lugara queel dicho.Don Ge-. ronimo Jofeph de Vrrutigoiti logre los fratos de fas Prebendas,el tiem po que ha faltado a fu relidencia,con pretéxto de fer Ca pellan de Honorde V.Mag;en atencion alos motivos tanjuítos,queobliganá las Santas Lgles, fas a hazer efta humilde fuplica a V.Mag.y a losquehallarx el Gatolico' zelo de V.Mag.en fuRial piedadiioo To baditroleb ona. ad _+ Larefidencia delos Prebendados de todas las Santaslolefías,fe halla tan: Privilegiada;y favorecida por Derecho,que no:cctflande recomendarla los Sagrados Canones,Concilios(G enerales,Bulas delos Sumos Pontifices, Eftatutos, y loablescoftumbres delos Cabildos.imponiendo penas ide privacion de frutos y diftribuciones, falpenlion, excomunion; y otras; halta: privacion de fus Prebendas,a los que faltana tan devida; prod aibl tenciayreprobando qualquier coftumbre, Eftatuto;y juraméto hzchospara ga- Bea, a A Sa z > | : , 4 E - Y “o. ganar en aufencia de fus Igleftas,los fritos de fus Prebendas, no teniendo para ello cauía julta,aprobada enel Derechozmirando en tan Santos Eftablecimientos a el mayor.decoro,efplendor,y ornato de el Culto Divino, y a confervar en fu primitivo, y antiguo Inftituto”las Santas Iglefias;porque,como le dize en el Santo Concilio de Trento,lasPrebendas de las Iglel1as Catedrales,y Colegiales,fe eltablecieron para fervir enlosMinilterios Ecleliafticos de el Culto Divino. Y en el Concilio Toledano del año de 1565.:0n:el Pontificidóde la Santidad de Pio 1111. y Pio V.. fe dize: Que las Diznidades,Canongras»y Prebendas5no por otra;razon fein/Bituyeró.endasIgle fiasCatedralesyy Colegialessque para que Los.que Jon mombrados.en ellas, fivvan cui= ' dadofamenteencelebrar dos Oficios Divinos de la Iole/ia,donde perciben. dos frutos; y Je dediquen a los Miñiflersos yque-por Derecho,o co/fumbre les eftan,preferiptosy; y afsi/lan.en el Coro 4 dos Oficios Divinos, y Horas Canonicas, dsisDSb ¿ñ ¿Atendiendo a tan Santo,yReligiolo Inftituro dedichasIgléhaselSan toConciliorde TrentosOrdeno repetidosDecretosenfavordela relidencia. de lasIglelias,mandando Alos.Ordinarios,que qa du buen govierno y: aumento del SagradoCulto,obliguená que relidan.todos los quetuvicren: qualefquiérBeneficios;que pidan relidencia,y que a ninguno puedaniapro-: “vechárlos Privilegiós;7 Indultos de gozar perpetuamentelos frutos de (us: Prebendás en aufencias Y en'odio dela falta derefidenciasy:por:reltables cerla continua,y que nofedifminuyaen parte alguna: el Divino Cultosf,, quete conferve en cb devido obfequiosordena el SantoConcilio,qhe enlas: Iglefias Catedrales, Colegialesjen queno huviere diftribuciones :quotidianás,o fuetlen tantenues,quete delpreciallenfefeparatle, y puliélle en diftribuciones la tercera:parte delos frutos de las Dignidades, Canongias;' y Raciones,y le dividiefle entrelos refiderites, dexando en fu firmeza las loables coftumbres delas 1glefiasyen quelos que:norefiden; no:gozan de, porcion alguna,ó menos de la tercera partezanulandoquale(quierexempciones,y coftumbresencontrariosaunque lean inmemoriales;y que fe pro= ceda contra los contumazes á las demas penasjordenadás por Derecho; y: Sagrados Canones: Y; queno fea licito alos que tienen talesPrebendas;fal= tar dé la refidencia de fus Iglefias,con pretexto:de qualquier Eftatuto 0: coftumbre,mas de tres Melescada:añosdexandoendú vi gor' las Conftitu=: cionesde lasIglefias;que piden mas largotiempo derelidenciasimponiendo. pena de la mitad de frutos por el primer año; y. por: el fegundo; de to-=. dos; y creciendo la contúmaziasfe proceda fegun: las Conftituciones de' los Sagrádos Ganbntsgp201 5 y.22M.V £ soboquioblimud so ross Lost En execucion de los referidos Decretos de el Santo Cencilio/de Tren=: toseftabléció el Concilio Toledano del año de-1 56. 5-que la: tercera: parte defrutos; que fe manda feparar para diftribuciones la adquierániolamés telos Prebendados,que aísifticilenalos Divinos Oficios:y eftandoauíen=! tes,fueíle para los quecumplian con la relidencia: Elmefmo año.de6s. la: Santidad de Pio Li .conla noticia de que algunos Prebendados y olvida= dosde fu oficio,y no fin grave ofenfa de:Dios,y difpendio de la falvacion;: vivianfuera de fus Iglefiasideteniendole mas frequentemente en la Cortes; s AAA Íien- nos;en primero de Noviembre de dichd año de 1 $65 :cometidoa el Obif; po Novariéle,lu Nuncio A poftolico,paraque les obligallea reidir en lus Iglelias,procediendo contra ellos con graves penasadu cumplimiento. >> - No ha fido inferior el Religiófozelo' de los Excellos Progenitores de V.Mag.en manifeltar fer de lu Real'agrado la puntual obleryaricia de la. refidencia de las Eglefias,impelidosde las Soberanasobligationes de Reli gion,y piedad,que heredáron de fus Augultifsimas Calas, y Reales Afcen= denciasslogrando en premio de lu aplicacional mayor CultoDivino,dila= tadiísimos Imperios,Reynos,y Provincias;viendofequm pliidala promefa que haze Diosenel libro de los Reyes; De que a qualquiera que: le-glopificdre, le glorificard. Y mo menos por obligació propria,porÉr calitodas las Fun= daciones,y Dotaciones delas Iglefias de eftosReynoshechasporlosSeños res Reyes, Progenitores de V.Mag,con grandes rentas,y polfelsionesen lu. Fundacion,con el fin Santo de que: fe hizielle en ellasel fervicio del Culto», Divino,con mayor autoridadsefplendor;y con el mayor numero.de Mini tros. Y porler los Señores Reyes de Efpaña Patronos,y Proteétores:de to- -daslas Iglef1as Catedrales,a cuyo oficio toca el procurar, fusIglelas fean bienafsiftidas de lus Miniftros,(in hazer aufencia notable de' ellas: lusBe= neficiados;y fer Protedtores del Santo Concilio de Trento,(donde.clftá tan recomendada la refidencia de los Prebendados)por Decreto: de el: Sánta Concilio,y. Bulas de la SantidaddePio HI. Pio V. y Gregotio XI l.que lesencarga lu Proteccion.Porlo qual elSeñor Rey Felipe Himanda en dús Leyesálos de: fu Confejoel cuidado de haze ! s de por la mayor obligacion: de acudir 4 el ferviciode Dios, fe tenga cuidado: de lascofas. eftablecidas. por. el Santo Concilio Tridentino,y de ddr: favor 4 los (Prelados. ra que: hagan guardar fus Inflicutos.s 20 000 CMBIVOS añad ¿Conoció bien.el Señor Rey-D.Alonfoel Sabio,quan perjudicial era 4 el fervicio delas Iglefas, la aufenciade fus Prebendados, y:la obligacion á tenia de cuidardequelas Iglefiaseftuviellen bien alsiftidas.diziendo: De: Jamparar non devendos Clerigos: Jus Egle/zaszen quebaná dezir y a Diosyrogandole: por: los Pucblos,que:les fueron encomendados. Y e] Señor Rey D.Hentique el HiL.en fu Ordenamento Real: Que el Culto Dibinosy las Isle _ fras padecen gran detrimento e/2ando aufentes , fuera. de Jus: tolefías das perfenás Eclefiafficas de ellas. El Señor Rey D.Felipe 1 l.el Grande; Padre de V.May. atendiendo a efta, obligacion de refidirlos Prebendadosen lus Iotefiasjordena,por fu Real Cedula de tres de:Abrilde 1626 que losPrebendadós de las Iglefías de las Indias¿no falganavilitar por: ( devacante,en que el Derecho lesconcede Acordando juftiísimamente dichos Señores Reyes, la obli sacionde que, a dz 1efie ndocofa llena de peligrosy efcandalo,y querepugña pravertiente a los . Inftitutos delos Santos Padres,expidió (a Breve efpecial paraseftos Rey = e ado de rfeexecuten los Decretos de el Santo Concilio,con eftas palabras,dignas de (Real zelo :Comencando. ' pas las Eloras, e fervir. porlos Ob:4pados;:aun en Se= | poderlo hazer, porel «perjuizio, > A A 2 Dña | ) - 8 . PR ; que [e haze a la refidencia *xprelía ndo entre otros motivos, que refúltan de: talesaufencias muy: grandes incombenientes, porquedemás de dexdr des fobvir Jus y E mA 0 É : . ' > ere y a , - s Lolefías, faltan a:elefplendor, y decenciazque fe devetener en las Iolefías Catedrales 28 a > e 4.el Altar que le fuftenta;y pues el Beneficio Ecleliaftico fe da por el Ofcio,esjuftosque los Miniftros de la Iglefia exerzan iempre los Minifterios Efpirituales; donde configuen tales temporalidades,y quenofalte el óbíequiosdonde fe configue el premio. >> | 126 0ola Los Señores Reyes D.Felipé H. Felipe 111. y D.Felipe HL. el Gráride, Padre de V.Mag.y el Señor Emperador Carlos V.consanta aplicacion,y Religiolo cuidado, miraron liempre por el cumplimiento ¿y obfervancia dela refidencia, favoreciendo continuamente elte principal defeo de las Santas Iglefias,efcriviendo repetidas vezes a lu Santidad;para que: no cócedieíle Breves para: ganar frutos en aufencia,y rebocaíle los concedidos; dando orden a 1us Embaxadores en la Corte Romana, para que reprelentallen en fu Real nombre,tuvicllen porbien mandarloadsi,por fer cola de que tanto daño le feguiaa las Igleliasde lus Reynos,y de fervicio del Culto Divino;quefi fe diefle lugar a efto,quedarian las Iglefías tan folas;que el Culto Sagrado vendría en gran diminucion,y lerian defraudadas de: fus Miniftros, llevando los aufentes losfrutos;q no les pertenecen,como:confta de las melmas cartas,cuyas copiaste hallan imprellas en el libro de Breves Apoftolicos del Eftado Eclefrafticozvna delaño de r602:0tra de dozede Noviembre de 1605.y de 27.de Agofto de 1606.otrá de trece de.A golto de 1607.y de 24.de Marco de 1614.y otras,de que le hazé mencionen las Aétas de lasCógregaciones de las Santas Iglefias delosaños de 1602608, 613-y 634.Lendo vno delos Capitulosde la Inftruccion,que los Señores Reyesdavan porlos años de 1602. 4 lus Embaxadores enRoma,contradixclien,y fuplicallen de los Breves,pára ganar frutos en aufencia ¿como de reficre enlas Altas dela Congregacion de aquel año; como tambien las Santas Iglelias la tienendada a lus ProcuradoresGenerales de ambas Cortes,delde tiempo muy antiguo, por fer tan perjudiciales 2 la Fundacion,y buen govierno de las Santas Ig lel1as. Y V.Mag.imitando el Catolito zelo de lus Mag+ftades,fue fervido repetir ¿fuSantidad la mefma luplica, haziendole en Vueltro Real nombre, governando eltos Reynos la Señora Reyna, Madre de V.Mag.nueftra Señóra,que Dios guarde; por: carta. de 21.de Junio de 1670. encargando muchoa lu Beatitud,atendiefle 4 delpachar a fu Embaxador el Marques deAftorgasfavorablementelobreefte punto;y en otra de lu Mag.a lu Embaxador., de la mefma fechasdize ; Y avsendofe.ijlo en el Confejo de Camara, conmigo confultado, os mando,que Inego, que recibais g/2a. , habless:a:fu: Santidad. , en:mi: Real nombre, y le Jupliqueis Je Jirva demandar no. fe. expidan Brevessni. fe den defpachos ,:en-orden-4 que las Prebendados' de las Iglefías puedan gozarlas Prebendas, fin refadirlas,con. atencion4 tan: grave per juizjo,como. fe ha experimentado cada dia; de que fe ocafrona falta de Miniftros; para:el:fervicio del Culto Divino, que és contra Derechos y contra los Decretos: del Santo Concilio de Trento, | Su Enfuerza del perjuiziotan confiderablezque fe liguiera 4: la relidencia delas Santas Iglefias,haziendo p relentes en fus Prebendas a los que fuel len Capellanes de Honor de V.Mag.nunca fe han pucíto en vío enelta , A R parrelidanlos Prebendados fus Prebendas;porqueesrázon,quecádawnolfirvá y parte los Indultos Á poftolicos,concedidosen favor delCapellan mayor,y Capellanes de Honor de la Real Capilla,para que gozaílen los frutos en aufencia,por la Santidad de Clemete VHL, por íu Breve del año de 1527. 2inftancia del Señor Carlos V. y porla Santidad de Paulo IHI.porfu:Breve de 154.3.4 fuplica del melmo Señor Emperador; y. porla Santidad de Paulo V..por fu Breve de 2 7.deFebrerode 161 4.4 inftancia del SeñorRey D. Felipe 111. y la de Gregorio "XV «a la del Señor Rey Felipe ILL Padre de V.Mag;por lu Breve de nueve de Mayo de 1623. modorandofe por los tres vitimos Breves, la concefsion de hazer los frutos fuyos,en aufencia, a treinta de los Capellanes de Honor folamente;como no1ean lusPrebendas: Teologas,ni de Penitenciasiendo los mefmos Señores Reyes D.Eelipe IL D.Felipe Hl:á cuya inftancia le obtuvieronlos que mas:procuraron,s que -nofe pulieflienen practicasen quanto ala relidenciasfino foloen quanto á las demás gracias,Cxempcionesy Privilegios,que contienen dichos Breves Apoftolicos,en favor de la Real Capilla,Capellan mayor, Capellanes de Honor de ellazcomo confta por diferentes Actas delasCongregaciones de Jas Santas Iglelias de eltos Reynos de V.Mag. 00010000 cabo 5 Enla Congregacion del año de 1618.enla Selsion VU. el Procurador 261 Generál de las Santas Iglehias,dió quenta en ella¿de que av endo: embiado fuMagí1 Roma ael Licenciado Navarrete, luCapellan,a confirmar de la Santa Sedé-Apoftolica las Bulas,y Privilegiosconcedidos por fus Ántecefforesafavor dela Capilla Real, y Capellanes,avia entre: ellas via gracias para quelós Prebendados,que fueflen Capellanesde fuMag.y rviellen en. íú Real Capilla,gozalfen de los frutos delas Prebendas 5 y: que .comyavilo deellozadvirtió a D. juan de Salazar, 4 gente en Romasquecltavielfe ala. mira,pata-defender,y «contradezir la dicha confitimacion ,avifandole de las razones)y caufas,que podia reprefentar;y quelaMas; del. Señor Rey D.Felipe1l. nunca permitio,que te vlalle dela dicha gracia ,y.eltava olvidada,y no.en vío;y que tambien lo avia tratado con elPatriarca D¡Diego de Guzman,Capellan mayor,con las mefmas razones; y caulas,y omiá refpondido;que la: pretenlion de lu.Mag;era confirmarlos dichos Privile= gios,y no perjudicaraálas Iglelias;y: que el Patriarca avia llamado 4 el dicho Procurador General,para que las Iglelias no hizicflenla dicha contradicion,pues le avia¡aflegurado,queno avia de hazeríuMag, ali. las Iglelias;yaviendo mandado dárdicho Brevela Santidad de Paulo V.. la Santa Iglefía de Toledo embió dos Cómitlariosá la. Corte, y hablaron ael Señor Rey Felipe IH.y a el Prelidentesy demás Miniftros del «Confejo dela Camara,y fueron muy bien oidos,dando intencion,que no fe ylaria de la dicha Confirmacion en perjuizio delas Santas Igielas, como: fe avia executadosaunque muchos Prebendados avianlalido A pretender Titulo de Capellanes de Horior. Y aviendo oido la Congregacion de las Santas. Igleltas dicha relacion del Procurador General, fe acordo, queen nombre detodas las Santas Iglefiasyte hizicífe muy grandeinitancia con luMag. dandole Memorialsreprefentando el perjuizio grande,qus relultaria para An relidencia,y Culto Divino,pontendolsen practica dicha concelsion» E o A3 | e AS +2> “Wenla Selsion XI y XIII. Le refiere el Memorial,que dieron' las San= tas Iplefíasa el Señor Rey Felipe II.en que manifeftaron aver entendido, que hallandofe entre los papeles del Real Patronato,vnaBula antigua,para ganar frutos en aufencia los Capellanes de Honor,que fueflen Prebendados; la qual avia cltado olvidada,y fin vío;fe avia confirmado por la Santa Sede Apoftolicay traido,para executarla;que el penfamiento de la Confirmacion,avia algunos años,que le movieronPrebendados delas Iglefras,que fe inclitavan a vivir en la Corte, juftificandolo con que muchas deellasembiavan Prebendados a la Corte a lus negocios,y que no harian - falta,donde avia otros,que refidiellen,y eltarian mas autorizados, y/aco- = modados en fervicio de la Real Mag.con las Prebendas, y Capellania ; y que por mucho quelo folicitaron diverías vezes,no lo avian permitidolos Señores Reyes,por no perjudicar a la refidencia,comolo efperavan del Se- | ñor Rey D.Felipe III. entonces,por los dañostan conocidos,que fefeguiá ' ala refidencia,mandando fe fufpendiefle la execucion dela dicha Bula,y le [irviefle,que en el Confejo de la Camara,donde eftava prefentada. fuel Len ordaslas Santas Iglefias. Y aviendole dado el Memorial a ls Mag. refpondió: quelo mandaría mirar,como el Eftado Ecleliafticolo pedia: y el Patriarca D.Diego de Guzman,Capellan mayor,que no vfaria de la grácia del Breve Apoftolico,en laforma,que prefuamian las Santas Iglefas; dexando la Congregacion del:Eftado Eclefiafticodelde dicho: año de 1618.orden,y Inftruccioón a tus Procuradores Generales,para contradezig : la obfervancia de dicho Breve,en qualquier calo quefe ofrecieflé;y:de pe: dir 4 los Capellanesmayores noconfultallen para Capellanes de Hónor alos Prebendados de las Isleliasicomo parece del cap. 2 2.de la Inftrucció, en la Congregacion de dicho año;y enla de el de 1624. donde fe dize:que el Señor Rey D.Felipe TI. nunca permitio,que fe víatle de efta gracia; y que hafta entonces, no le avia puelto en praética,por no eftáren vío. En la Congregación de las Santas Iglefias del año de 1629. cn la Sel, fion r69.el Procurador General hizo relacion,que no le avia innovado en efta materia,ni puefto en'execucion el dicho Brevezantes refirió: muchos - cafos,en que fe pudiera aver pretendido,y intentado fu execucion:; y. que no [e avia hecho: y en'el cap.1 5 «tocante a el Procurador General, fe dize: quelos Señores Reyes D. Felipe 11. y D.Felipe I11. porlas inftancias que hizo el Eltado Eclefiaftico,informandoles de losinconvenientes 'quetenia la execucion del Privilegio Apoftolico,para que losCapellanes,que firven en la Real Capilla,gozen fusPrebendas, fin obligacion deretidirlas.no die> ron lugar a que fe víalle de el;y encarga la Congregacion ¿cl Procurador Generalselte ala vilta,para faberfi fe itenta algana novedad en éfto,y informar a fu Mag. y a fu Confejo de la Camara, para que no denlagár a que fe perjudique la relidencia,y-avife Ga Santa Iglefia de Toledo,para que haga la defenía que convenga; y el Procurador General infifta con el Capellan mayor,para que no coníulte Prebendados de refidencia para Capellanes de Honor; pues ay otros muchos,que lo pueden fer,y el intento de fu Mag. es no hazer perjuizioa las lglelias. 00 A A En 'Enla Conpregació de las Santas Iglehas del año de-1634.fe réfherg:no aver eltado hafta entonces en vío dichos Privileg1os;y que los Señores Res - yes D.Felipe M.y D.Felipe ll.nunca permitieron,que fe víafle de dicho Privilegio,por el favor dela refidencia,y mayor culto de las Santas Igle- (1as. Y finalmente,enla vltima Congregacion que tuvieró las SantasIgleliasel año de 16 66.en el melmoCapitulo de la Inftruccion del Procurador General, Le refiere no averíe puefto en practica hafta aquel tiempo dicho Indulto A poftolico;y quelos Señores Reyes D. Felipe Il, D.Felipe LH. y D.Felipe 1111. Padre de V.Mag.informados de losinconvenientes;que tenia la execucion de la gracia referida,no dieron lugar ag fe víalle de:ella; y que aviendo avido pleytoentre el Abad,y Cabildo de la Iglefia Cole gial de Medina-Celi,y D.Antonio Zapata, Arciprefte de ella, y: Capellan de fu Mag:fobrela relidencia de lu Prebenda ¿de que: el dicho! D.Antonio pretendia:eximirle,por Capellan de Honor,tue condenado por:tres fen+ tenciasconformes;la vna del Proviforde Siguenca,pronunciada en:26, de. Mayodeé 163 5.la otra del Doétor D.Luys Suarez de Buftamante; Juez Apoftolico,pronunciada en nueve de Octubre del dicho/año: y la: vitima;, del Nuncio de fu Santidad,en 22.de Diziembre del mefmo año; y: que'el pleyto'original efta en el Oficio de Jufticia del Tribunal de laNunciatura. Por cuyos Áutosconfta avérfido condenado en coftas el dicho.D;:Antonio Zapatazy por depolicion de treze teftigos,q ninguno de dichos Bredes Apoltolicos le avia practicado,ni eftado en vío. Y qué aviendo eferito el Duque de MedinaGeli a.el Patriarca D.Alonío Perez deGuzmaAnipas ra que mandaíle a el dicho Arciprefte fuefle a relidir fix. Prebenda, por la falta que hazia a el fervicio de aquellalgleña,le relpondid,no labia en qué le fandava el dicho D:Antonio Zapata;; porque aunque fu. Mag; tenía, Breve de fu Santidad: para hazer: prefentes a los Capellanes de Fonorzuunca le avia puefto. en practica, porque la; Santa Congregación de. las Lolefias apia Juplicado:á fu Mag. fe. farviejfe de nodár lugar: a que por:e/ta canfa fedefrand afe laxrefiden. 26% -::Enelta confideracion,los Capellanes mayoresjendas Confiltas que han bechoafuMag.paraelfervicio de lá Real Capillasfiempre han atendido 4 no proponer lugetos,quetengan mcompatibilidad por razon defusPrebendas;y pretendiendo ter Capellan de Honor D.Gabriel Diez Calderó, Canonigo de Avilasel Patriarca D.Alófó Perez de G proponer a du Mag,lemándo permutaile primero du dolo executado'aísi,le propulo delpues 3 fia Mag - nor,que eltáva vaca,cumipliendo en efto la ordende la M ag.eltando cierto de que lu Real intencion no era,quecó elta gracia,y difpenfacion fe hiz1efle nunca exemplar de tan grave perjuizio a el Culto Divino, y relidencia de las Santas Igleliassteniendo la Capellania de Honor , por elta razon,por1ncompatiblecon Prebenda delas Santas Iglefias. La Señora Reyna, Madre de V.Mag.mueltra Señora,que Dios guarde, fiendo Governadora de eftos Reynos,prefentó en vna Racion dela Santa lgleia de Malaga,a D.Pedro de Aldao,haziendole juntamente graciade uZzman,para poderle Canonicato;y avien- «enlaCapellania de HoE | que A | EN que pudielfé percibir fus frutosfin refidir,en atención aterCapellandeAl. - E tany Organilta dela Real Capilla;y em biando atomar pollefsion de fu: Prebenda,y prefentarel Real defpacho de la dif; penfacion » aquella Santa: Iglelia»moticiada dé ello,acudió ante fu Prelado, prelentando Peticion de los inconvenientes quede feguirian en comun a las Santas Iglelias,y los efi peciales de la Sara glelra de:M alagasfuplicandole fobrefeyelle en íu execucionshafta informar a fuMag.del perjaizio tan confiderable,que era a la relidencia perfora] delas Santas Iglelias. Y aviendo acudido 2 hazer li1- -plicavaquella Santa Igleha a la Mag.y la de Tóledo,en nombre de todas las Santas Igleliasjembiando dos. Comillarios,con Memorial que dieron a: 4 Mag:manifeftando' lasrazones que avia para no. hazer prelente en fu Racion 2 D.Pedro Aldao; y. mandado la:gran'¡úftificacion de di Mag, | porfa Real Decreto,lewielle en Juíticiaz mformada «de 'que-los: Indultos ] Apoftolicosdela R:calCapillasno avia citadoen vfoyenla partede hazer prefentes alos Prebendadosen lus Iglelias.fiendo Capellanes de Honor:y' quejel Señor Rey D. Felipe MU.Padre de V.Mag.y los Señores Reyes D; FelipeALy D:Felipe II Lentendidos los inconvenientes que tenia lu execua ¡cionvunca dieronlugaraquele víallede dichos Privilegios;.en perjuizio dela relidencia: lefirvioel gran zelode fu Mag. mandar fuelle refidirta Racionada Santa Iglelta de Malaga el dicho: D'-Pedro de' Aldao ¿fégun conifta: de fu Real Decreto,que baxo2:la Camaras que dize: 4viendo dado dicencia:para ¿rd domar. pofJefsion,y 1c/dir la Prebenda; de:que:bizé merced: 2 D:Pedroda:Aldao,entá Santa Lolefía de Malaga, que vaco por: rerinncia de DA dresCajedntez por el Confejo de Camara. fe de: daránclos de/pachos niecejfarios;, en la: forma «ue. feaco/dumbra: Madrid; trece de Abril dex674.0 5 si3cio0o ss) Y lo qué hazé grande argumento de eftarantiquados; y: lin wfo:dichos Privilegios Apoftolicos dela Real Capilla,en el punto de hazer prefentes enlas Iglefías alos Prebendados Capellanes de Honores: Queconcediós dofepor los Breves.Apoftolicosde Clemente VIE: Paulo IM. Paulo. .V. Y Gregorio XV. al Capellan mayor,el ganar losfrutos de qualelquier Benés ficiosEcleliafticoszaunquefean:Canongras,y Prebendas.DignidadesPerfonados,Adminiftraciones;como perlona fenalada para dervirvel oficio de mayor Titular,pormerced del Señor Rey D.Alonío VlL:enmemoria de losfavoresrecibidos del'Apottol' Santiago, Patrof de Efpaña. ozinonso Nunca los Capellanes mayores,quehan tenido Dignidades, y Canor gas en las Santas Iglefras, (e han valido,oi podido valer de dichos: Indultos, pára ganar en aufencia lostiutos de fus:Prebendas; fiendd tan: dela obligacion de los Capellanes mayores el cuidado enla obfervanciaide las Bulas,y Privilegios de la R cal Capillaspor lu Minifterioy fenárcuyo fa> vor muy principalmente le conceden:dichos:Endultos:fi,quehanrecarrido 4 la Santa Sede Apoftolica por Breveselpeciálesspara gozar aufentes us - Prebendas;y concedidoloslos Sumos: Pontifices por tiempó:timitado. El. Patriarca D.António Manrique y Guzman,para ganar losfrutos del Car. nonicato,que gozo:en la Santa Iglehia de Toledo.; obtuvo Breves:de:la.. RS ' | AS Santidad de Clemente X. fu data en Roma 4 15.de OAubte de 1674.8n que le haze efta gracia por vn trienio Tolamente yen confideracion: a far Capellán mayor,y Limofnero de V.Mag. yotro de la Santidad de Inocencio XI.por otro trienio, fu fecha enRKoma,a cinco de Febrero de 1677. víando de ellosel Patriarca,fin llevar las diftribuciones quoridianas:: y el Patriarca D¿Antonio de Benavidesy Bazán, Comiflario General de la Santa Cruzada,y Arcediano de Alcaraz; Dignidad; y Canonigo de Toledo,obtuvo tambien Breves ef) pectalesde: la Santa Sede, poftolica,de tres en tresaños,para ganar en aulencia. los frutos defus Prebendas,de la San» tidad de Inócencio XL: de 2 5.de Febrero de1681.0tro de 30:de Mayo de 1684. otro de 27.dc Noviembre de 1687. y:pór no comprehender efte - wltimoel tiempo defde que cumplio'el Indulto antecedente hafta' que fe -concedio,le fué precitlo recurrir pornuevoBreve,que fanafle eftedefecto; elqual leconcedió la Santidad de Inocencio Xl.dadoen Roma 211: de Diziembre de 1688.con la condición de que la renta que corrclpondia: A el medio tiempo,no eltuviefle ya dividida entre losdemásC anoñigos.De que feinfierón doscofas. Vina,no eftár en vo los Privilegios de la Real Capilla,enquánto a ganar featos en aufencia ,que'a eltarlo ¿fuera demás el recurrir a hazer fuplica Af Santidad, teniédole concedido ¿nf poder. La otra,queño practicandofe con: los: Capellanes: mayores la Concelsion Apoftolicasmucho menos fe de veoblervarcon los Capellanes de H OnOX, poraver mayorcauía en el,por fu continúa,y precitla alsutencia cerca de los Señores Reyes; y la de los Gapellanes de Honores tar; leve; y Corta que tocara limitadamente d cada vno hazertodóslosaños dosjd tes: Se. manas de Millas enla Real Capillazy aun de elto puedeter la elenfen al. unos. Afsiftencia tan leve,que no le pro porcionasnicorrefponde en'nada ala delas Santas Igle(zas,ni puede juftificar baltantemente La deténcion con elte motivosen la Corte, haziendo fus Prebendas Beneficios: (imples en ella, en lugár de el pefo de lá continua refidencia,que incelfablemente les ocuparia en ls Iglefías, la mayor parte de el diaz mayormente aviendotantos Eclefiafticos de decencia,y grado,quetin efte efcrupulospudie- «ran dev enla Real Capillagio a Sapa subio Lomo dE Y aviendo paílado, defde la primera concelsion: del Privileoio.de la Real Capilla,queexpidió la Santidad de Clemente VI, <P eanicalo de 164.añ0s;y deldeel vltimo Breve de la: Santidad+deG regotio XV, 62. años,por elnovío de eftas graciasstolerado, confentidó ¿y tayorecido de los Señores Reyes,y Capellanes mayores, €s viftó eftar antiquado, y fin fuerza,en la parte de hazer prelentes en las Iglelías 2 los Ca pellanes de lonor defu Mag.cfpecialmente aviendofe ofrecido muchas ocafiónes en ps tiempo de valerfe los Capellanes de efta Indulgencia; fiendo muchos Prebendados delas Iglefías. Y que defendiendofe judicialmente D.Antonto Zapata, Arciprelte de Medina-Celifue condenado én tres inflancias, ganando Executoria contra El, el Abad;y Cabildode la Iglela Colegial de Medina-Celi. Y averfido vencido tambien enel Tribunal de la Nuñelatura,en contradictorio juizio,el dicho'D.Geronimo Jofeph de Vrrutiz gol269 Ñ | Ñ ¡ | | | | | | | | | ] | AA A — a e ¿<Q OA A A A A A A o A