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Señor. Don Fray Bruno de Salcedo Enriquez de Navarra, Abad ... de Nuestra Señora de Valdigna ... à los Reales Pies de V. Mad ... dize, que aviendo el ... Rey D. Jayme el Segundo de Aragon ... fundado aquel Monasterio ... no contento con la dote .

Salcedo Enriquez de Navarra, José

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ON Fray Bruno de Salcedo Enriquez de Navarra , Abad del Real Monafterio.de Nueftra Señora de Valdigna , Orden del Ciftér , á los Reales Pies de V. M. a d con el mas reverente , y profundo rendimien¬ to , dize: Que aviendo el Serenifsimo Se¬ ñor Rey D. Jayme el Segundo de Aragón, gloriofo Progenitor de V. M. a J fundado a f t u e * Monafterio en el Valle de Alfandech , Reyno de Valencia , no contento con la dote , que coi» liberal mano le avia feñalado; folicitó , que el Obifpo, y Ca¬ bildo de la Santa Iglefiade Valencia, unielTen al miímo’la úni¬ ca Parroquial, que entonces avia en dicho Valle , con fus diez¬ mos, y primicias , quedando á cargo de éfte el nombramien¬ to de un Clérigo Secular, que aprobado por el Ordinario Ecleíiaftico, cuidafle en lo efpiritual de aquella Feligresía, con nom¬ bre de Vicario; pero defpues convinieron los citados Obifpo y Cabildo , en que el Vicario no fue (Te Clérigo Secular fi uno de los Monges del Monafterio fuplicante. Aviendofe aumentado en dicho Valle el numero de los Chrif tianos, pot la nueva converfion de muchos Sarracenos fus po* bladores, fue ptecifo erigir en él nuevas Parroquiales loque fe executó en eUño i m . en los Lugaresde Taverna,’ Simare y otros , dexando al Monafterio el derecho de prefentar un Monge, para que en cada una de ellas fueíTe Vicario perpetuo con previa aprobación , y canónica inftitucion del Ordinario * Los inconvenientes que con el tiempo fe experimenta ron. de que los Monges, que profeftaron eftabilidad en el Monaf teño , vivieffen fuera lus Clauftros , como emancipados de é¡ al abrigo de un Beneficio perpetuo colativo; dieron motivo lo Primero, i q U e el Santo Pontífice Pió V. en una de f„c r ’ r tituciones Apoftolicas 47, en numero de las compiladas e^cl Bu- Bularlo, eílaHeciefle, que en las Parroquiales unidas álosMonaílerios, fe deílinarten Monges para Vicarios, no perpetuos, íí amovibles al arbitrio de fu Superior, con tal que con el Vicario huvieflende habitará lo menos otros quatro Monges. Lo fegundo,que á fuplicas del General, y Abades de la Con¬ gregación de la Regular Obfcrvancia de nueftro Padre S. Bernar¬ do en ellos Reynos de Efpaña , mandarte la Santidad de Clemente iVIII. con fu Bula dada en Roma en 10. de Marco del año paífado jypz.que en las Parroquias unidas á los Monafterios Ciílercienfes, fe pufieífe Vicario un Monge ; pero no de otra fuerte, que amovi¬ ble^ arbitrio de fus Superiores; confirmando en ello una declara¬ ción hecha por la Sagrada Congregación de Cardenales, Interp/etes del Santo Concilio de Trento. Lo tercero , que el Capitulo General de la Congregación Ciftercienfe de las Coronas de Aragón, y Navarra, en los principios del figle paífado, á pedimento del Monaílerio fuplicante bizieífe cierta difinicion , con que eftableció la manualidad délas Vicarias dependientes del mifmo,la que aprobb la Santidad de Gregor.XV. con fu Bula dada en Romaá los 21. de Febrero 162 Pero como el enemigo común procura con tanta vigilancia en¬ tre el buen trigo fobrefembrar zizaña, no puede el Monaílerio foplicante atribuir á otro los embarazos, que por muy cerca de dos figlos han detenido la execucion de tan fantas, y faludables Conítituciones Apoílolicas, refpefto folo de las Vicarias dependientes del Monaílerio de Valdigna.hallandofe yá obfervadas en todos los demas de eílos Reynos de Efpaña, no obílante que la M. del Se¬ ñor Felipe IV. con fu Real Carta dada en Madrid en2y. deN a * viembre 1664. empezó yá á interponer fu Regia mano, para q uC fe diefle cumplimiento á la citada difinicion. Aviendo los Suplicantes hallado oy en el Ordinario Eclcfiad 1 co de Valencia (á quien antes fe atribuyó la repugnancia) buena, J propenfa difpoficion áziael cumplimiéto délas exprefladas Con tituciones Canónicas, acudieron á fu Juzgado en la Vacante de a Vicaria de Taverna, con formal pediméto,paraquefeeílab!ec i e fe defde entonces la manualidad de ella, y de las demás para do fueflen vacando; lo que por éíle fe decretó afsi en vire ud e ^ facultades, que aun con independencia de las cicadas C°nft«n c , £ nes Apoílolicas concede á los Ordinarios el Santo Concil Trento para depurar Vicarios temporales, ó perpetuos, coltl ° . t a C j vieren que conviene en las Parroquias unidas. Y en confort* 11 ' de elle Decreto, pafsóel Abad fuplicante á nombrar un f. para Vicario temporal de aquella Iglefia. Mas de un año eftuvo el Monafterio , y Vicaria fin F n" a die pe r b aííe ru tl°A Z f C COte Soler ’ U n0 de loS componen l a ¿ 0r nu ÍdVpor effiiSrdf 6 ? fU Pt0f ^°° Rel $ ofa > yeftimana ; y conel ’ acudió á la Dataria Ro¬ ña, y reLvada ¿Tr í a U C VaC3ntC Ia Vicaria de Taveren el tiempo v Ú Tt P ° f D ° aVerfe hecho la P^vifsion la fefsio/24.’de r (? af °!' n ia P r e v e n i d a en el capitulo 18. de «ocien ° d^ San P t o" 0 " > Y « la Confti- - ni: „ p „TeS;;i ¿r- ><* Verr, a , Tacando Letras Ani r dlc ha torma: impetró el de TaValenda , en que mandaía fu Santidad ÍÍ' *' ?í d i wio d < ficando el impetrante el mnrl C C con ^ n e f le , verivacien del Boreficio ^ aVU eX P r e í Pad ° > X la W •y de la prckitldiSiiiiViJ'iQ notida de «fte atentado, Syndi c o del Monafterio ft moft r a , re pi e fo'°’ C l U e e l do la execucion y y conteftado y coóclufí TÍ ’ Concradici e nro no deverfe executar dichas Letras o , pleyto > fe declativos que fe expreíTan en la fe n t P n r : , ’ n os «Ovantes mo4ando el Monaftert^^^ m P a ñ a a fo P í «* ver en si al Monge impetrante inri T mi m ? s Carian bolmo dia de la fentencia^ con : ’ r rpU ^ ° a P d a c ’ o n en el mifpor fus parientes feculares v * e t neridad > fomentado ”f° Vi “ "“ s °l',.Ca„óLo OocorEltai que ha tomado fobre si l a J¿r„ C ° l e g,al de San Felioe P«e : , b ando la p« >/ coi* Je I, X 'goales, o quizás mas crecidas \l Jo al Mo " > B et¡o toó Aunque la Real > Sob r£ “ J ° í" ‘ !c <us Superiores. ”° P? e J ' eener muy 1 | a ^ P rf hwC « d" V. Mag. lencia , en que las Vicarias fean * as razones de conveP°r Religiofos; no pueden los funlT 1 111 ^ 5 < d u a nd o Pe f irv e t i pnas de las que tuvieron prefe P cantes dexar de ¡nfinuar al¬ io para follcitarlo aísi. P ntes > y animaron fu religiofozeLa primera refpeto de los P - . batido el Curato elU en CUatr ° c l u , a n o s > P u e s afsi como pata lograr fus aféenlos, apiiearfe 6 Secu . l a r e s > P r ocuran éftos, P ‘le coa el mayor conato al cuny* p!i- plimientode fu obligación, y cuidado de fu Feligresía; ata fe puede cieer lo haga un Vicario Monge , que no puede tener otro afcenta, que el de mantenerle en la Vicaria-, de donde puede íer removido con facilidad , no cumpliendo con fu obligación; y con dificultad , fi fe efmcra, y aplica al mayor confuelo , y beneficio efpii¡cual , y temporal de fus Feligrefes; cuyos clamores , p a r a que fe les conferve el Paitar, no pueden dexar de fer atendidos. Refpeto de los Monges, es notoria también fu convenie* 7 ^ ya porque aplicándoles el Superior la medicina de tcftiruirlcs Claudio, quando le pareciere conveniente , curarán en éldeh* enfermedades, é imperfecciones que pudo contraer fin efpí f ‘ c t I entre los bullicios del figloj ya porque coníiderandofe todos^ - pazes de poder fer empleados en edos Curatos temporales, f t 0 * curarán habilitarle con el edudio , á que quizás muchos n° & aplican , como devieran , por confiderar caíi impoísible llegn 1 * a una de edas Vicarias perpetuas, cuyas vacantes vienen de tarde & tarde, y cuyas provisiones fe creen refervadas para quien,al ú c a Y po que fucedieré aquellas,:uviere mas autoridad en el Monafi^* Finalmente, refpeto de éde , no es corta la conveniencia configue con las limofnas de celebraciones de las Iglefias en q^ e e !' tan fundadas, que fiendo los Vicarios perpetuos, fe íuelen dive f ^ á otras partes,fin acordarfe tal vez édos de fu Caía Madre, y c l ^ conveniencia , aunque temporal ,es la que abrióla puertaáb 5 ^ ilíones de los Beneficios,y las que quedan ponderadas,las que ^ vieron el animo de los Sumos Pontífices para que cdablecid^ temporales, y amovibles los Vicarios de Parroquias unidas i , naderios: y confiderando el de Valdigna , que fi en la Corte d°' mana fuefie contrario el éxito de la canfa tabre la Vicaria de ' verna (aunque no lo efpera,ni cree,como fe lo períuade fu al que ha tenido ante el Ordinario de Valencia, queda früftrada idea en perjuizio del edado Religiota, y gran| 4 fcrvicio de de V.Mag. cuyo Catholico zelo ha procurado fiempre el &*) beneficio efpiricual de fus Vafiallos. ^ Suplican por canto á V.Mag. el Abad,y Monges,fea de dignación de V. Mag. dar los ordenes maseficazes, y conV e í 1,e c al Minidro,y Agentede V.Mag. en la Corte Romana, proeexaneda cauíadel Monaderio tabre la Vicaria de Ta ver í%l folicitando, calme fu profecucion , 6 fe confirme la íentenc Ordinario de Valencia , y quede afsi edablecida la manual* ^^ las Vicarias del Monaderio de Valdigna. Lo que no duda & c í de la Real Clemencia de V. Mag.