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Abstract
Estudia la perspectiva que los propios internos tienen de la intervención social que se realiza con ellos desde el Centro Penitenciario de Zuera. Analiza sus opiniones, así como la de diversas profesionales respecto al trabajo social penitenciario realizado. Cote Aragón, Sara; López Martín, Beatriz; Solanas Castillo, Pilar; García Martínez, Jesús
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UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y DEL TRABAJO GRADO EN TRABAJO SOCIAL Trabajo Fin de Grado PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Alumnos/as: Sara Cote Aragón Beatriz López Martín Pilar Solanas Castillo Director: Prof. Jesús García Martínez Zaragoza, septiembre de 2013.
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PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 3 “El hombre que se levanta es aún más grande que el que no ha caído.” Concepción Arenal.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 4 En primer lugar nos gustaría agradecer la realización de este trabajo al Centro Penitenciario de Zuera, más concretamente a la Subdirectora de Tratamiento, Carolina, que ha hecho posible nuestro acceso al centro una vez finalizado el Prácticum de Intervención. También agradecer la participación a las trabajadoras sociales del centro, así como a todos los internos que han colaborado voluntariamente, sin los cuales la investigación no podría haberse llevado a cabo. Por otro lado, agradecer también a la Facultad de Ciencias Sociales y del Trabajo de la Universidad de Zaragoza la oportunidad de poder cursar estos estudios, y facilitar la realización de investigaciones como la nuestra. A su vez, nos gustaría mostrar nuestro agradecimiento a Miguel Miranda, que como Decano de nuestra facultad, ha hecho posible que se amplíe el periodo de acceso a nuestro campo de prácticas, y ahora de investigación. Y por último, pero no menos importante, agradecer a Jesús García Martínez, que como tutor nuestro del Trabajo de Fin de Grado nos ha asesorado y acompañado durante todo este proceso. Gracias a todos.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 5 INDICE. I. INTRODUCCIÓN. 9. 1. Introducción 9. 1.1. Justificación. 1.2. Objeto de trabajo. 2. Desarrollo metodológico. 12. 2.1. Desarrollo del método, técnicas y procedimiento empleado. 2.2. Hipótesis de investigación. 2.3. Población / Universo. 2.4. Ámbito geográfico. 2.5. Periodo cronológico/temporalización. 3. Estructura del trabajo. 18. II. DESARROLLO TEÓRICO. 21. 1. Conceptos relevantes. 21. 2. Evolución histórica del Sistema Penitenciario. 30. 3. Legislación de referencia. 33. 3.1. Constitución Española. 3.2. Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria. 3.3. Reglamento Penitenciario, Real Decreto 190/1996, de 9 febrero, BOE 15 febrero 1996.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 6 3.4. Código Penal. 4. Análisis del Centro Penitenciario de Zuera. 47. 4.1. Datos de identificación. 4.2. Ámbitos de actuación. 4.3. Objetivos del centro. 4.4. Modelo organizativo penitenciario. 4.5. Funcionamiento interno. 4.6. Recursos. 5. Trabajo Social Penitenciario. 59. 5.1. Aspectos generales. 5.1.1. Función de los Servicios Sociales Penitenciarios. 5.1.2. Departamento de Trabajo Social en el centro penitenciario. 5.2. Trabajo Social en C.P. Zuera. 5.2.1. Modelos teóricos de Intervención. 5.2.2. Objetivos de intervención desde Trabajo Social. 5.2.3. Metodologías y técnicas. 5.2.4. Actuaciones. 5.2.5. Planteamiento ideológico y filosófico. 6. Análisis del colectivo. 69. 6.1. Características de las personas internas. 6.2. Perfiles detectados en prisión.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 7 III. RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN. 74. 1. Resultados obtenidos. 74. 1.1. Datos obtenidos de los cuestionarios a internos. 1.2. Datos obtenidos de las entrevistas a profesionales. 2. Análisis de los datos obtenidos. 90. IV. CONCLUSIÓN. 97. V. PROPUESTAS DE MEJORA. 100. VI. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS. 102. 1. Bibliografía consultada. 102. 2. Webgrafía consultada. 105. VII. ANEXOS. 106.
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PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 9 I. INTRODUCCIÓN. 1. Introducción. La presente investigación tiene como objeto acercar el Trabajo Social Penitenciario a la población, intentando plasmar la labor llevada a cabo desde nuestra disciplina en estos centros. Para su elaboración, contaremos con las propias opiniones de los internos del Centro Penitenciario de Zuera, así como también con el testimonio de algunas de sus trabajadoras sociales. Con todo esto queremos conseguir aproximar lo máximo posible esta realidad, para que así no solo nosotras seamos las únicas en sacar las conclusiones al final del trabajo. Consideramos que esta investigación es una gran oportunidad para diferentes grupos poblacionales. Por un lado, todos vamos a tener la oportunidad de conocer más de cerca el Trabajo Social dentro del Sistema Penitenciario, y por otro, muchos internos van a poder plasmar sus opiniones e ideas a través de esta investigación. Por ello creemos en la importancia de este trabajo, ya que tenemos la oportunidad de contar con las opiniones de aquellas personas que se encuentran inmersas en esta realidad, los internos y las profesionales de Trabajo Social del Centro Penitenciario de Zuera. Esta investigación nos parecía un planteamiento interesante a estudiar sobre una realidad social a la que no resulta fácil su acceso. Además consideramos que ésta investigación resultará de gran utilidad debido a los escasos estudios realizados sobre el tema, porque la mayoría de las veces se cuenta con una perspectiva profesional y no de las personas reclusas.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 16 Dentro de esta primera hipótesis encontramos dos variables a estudiar: Número de Trabajadores Sociales: Variable independiente. Hemos escogido esta variable porque consideramos que el nivel de intervención desde el equipo de Trabajo Social se encuentra relacionado con el número de profesionales que lo componen. Resultando así el número de trabajadoras Sociales una variable independiente. Intervención desde el Trabajo Social: Variable dependiente. Hemos seleccionado la intervención como variable porque consideramos que ésta se encuentra directamente relacionada con el número de profesionales de Trabajo Social. A mayor número de profesionales, mayor intervención. Por lo tanto la variable intervención resulta una variable dependiente dentro de esta hipótesis. La segunda hipótesis quedaría establecida como: De esta hipótesis desglosamos varias variables de estudio: Internos primarios: Variable independiente. Internos reincidentes: Variable independiente. SEGUNDA HIPOTESIS Los internos primarios tienen una valoración más positiva del Trabajo Social en el Centro Penitenciario que los internos que son reincidentes.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 17 Hemos seleccionado estas dos variables porque consideramos que dependiendo del nivel de reincidencia que tengan los internos, su valoración sobre el trabajo social será más positiva o menos. Por lo tanto, internos primarios e internos reincidentes en esta hipótesis son variables independientes. Valoración hacia el Trabajado Social: Variable dependiente. La valoración resulta una variable dependiente del nivel de reincidencia de los internos. 2.3. Población / Universo. La población objeto de estudio está formada por las trabajadoras sociales del Centro Penitenciario de Zuera, y por un grupo determinado de internos clasificados en segundo grado y pertenecientes a distintos módulos residenciales (excluyéndose los módulos de ingresos, aislamiento y enfermería). 2.4. Ámbito geográfico. La presente investigación se realiza en la ciudad de Zaragoza, más concretamente en el término geográfico de Zuera dónde se encuentra el Centro Penitenciario donde se ha llevado a cabo dicha investigación. 2.5. Periodo cronológico/temporalización. Este trabajo de investigación se llevó a cabo durante los meses de Abril, Mayo, Junio, Julio y Agosto.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 18 La revisión bibliográfica y recopilación documental tuvo lugar durante el mes de Abril. Por otro lado, las entrevistas efectuadas a profesionales e internos del centro se llevaron a cabo en las siguientes fechas 3 : 9 de Mayo; Entrevistas a los módulos 5 y 8. 10 de Mayo; Entrevistas a los módulos 1 y 10. 13 de Mayo; Entrevistas a los módulos 3 y 4. 14 de Mayo; Entrevistas a los módulos 6 y 7. 20 de Mayo; Entrevistas a los módulos 2 y 11. 21 de Mayo; Entrevistas a los módulos 12 y 13. 22 de Mayo; Entrevistas a los módulos 9 y 14. 23 de Mayo; Entrevistas a las Trabajadoras Sociales. Finalmente, la elaboración del trabajo, redacción y el análisis del contenido tuvo lugar entre los meses de Junio, Julio y Agosto. 3. Estructura del trabajo. El trabajo ha sido estructurado en cinco grandes bloques. En el primero, comenzamos con una introducción, donde se explica el porqué de la elección de este trabajo, así como el objeto y las hipótesis planteadas. En ese mismo punto encontramos también el desarrollo metodológico con el que cuenta la investigación. 3 No pudimos seguir ningún tipo de orden en los módulos ya que dependíamos de la disponibilidad de los internos. Dentro del Centro Penitenciario de Zuera existen calendarios de actividades deportivas, educativas, talleres, etc., donde cada módulo tiene unos días asignados para las diferentes actividades.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 19 En ese apartado se puede ver el método seleccionado, las técnicas y procedimiento empleado, la población a estudiar en un ámbito geográfico concreto, y la temporalización en la que se ha realizado el trabajo. El segundo bloque cuenta con el desarrollo teórico, en el cual se ha comenzado definiendo una serie de conceptos relevantes que hemos considerado fundamentales para esta investigación. Además, se ha contado con la evolución histórica del sistema penitenciario, para así clarificar y detallar la realidad social que se va a estudiar. Para esto, consideramos también importante tener en cuenta una legislación de referencia, como la Constitución Española; la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria; el Reglamento Penitenciario, Real Decreto 190/1996, de 9 febrero, BOE 15 febrero 1996; y el Código Penal. Analizamos, en este mismo apartado, el Centro Penitenciario de Zuera, puesto que es donde vamos a centrar toda nuestra investigación. Para ello, contaremos con la identificación del mismo, los ámbitos de actuación, los objetivos del centro, cuál es el modelo organizativo penitenciario, el funcionamiento interno del centro, y los recursos que se emplean. Dado que en esta investigación hablamos del Trabajo Social Penitenciario, hemos contado con un apartado donde desarrollamos los aspectos generales, la función de los servicios sociales penitenciarios, y el departamento de trabajo social en el centro penitenciario, centrándonos posteriormente en el trabajo social del Centro Penitenciario de Zuera; dentro de éste trataremos los modelos teóricos de intervención, los objetivos de intervención desde el trabajo social, las técnicas y la metodología empleada, las actuaciones que se llevan a cabo, y el planteamiento ideológico y filosófico de la prisión. Para terminar este bloque, hemos realizado un análisis del colectivo, contando con las características de los internos y los perfiles detectados en prisión.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 20 El tercer bloque es el desarrollo práctico. En él explicamos cuales son los resultados que hemos obtenido a lo largo de toda la investigación, realizando también un análisis de los mismos. En el cuarto bloque tratamos de explicar cuáles son las conclusiones a las que hemos llegado tras el trabajo de campo llevado a cabo. El último, y quinto bloque, son las referencias bibliográficas, tanto las que hemos tenido de referencia durante toda la investigación, como la bibliografía consultada y web-grafía utilizada. Finalmente cabe destacar que el sistema de citación de bibliografía utilizada en este trabajo de investigación es el sistema APA (Asociación Americana de Psicología), el cual se indicó en las Directrices sobre metodología recomendadas para el Trabajo Fin de Grado 2012-2013.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 21 II. DESARROLLO TEÓRICO. 1. Conceptos relevantes. Para realizar un primer acercamiento teórico al tema de nuestro trabajo, nos parece recomendable exponer en primer lugar una serie de conceptos que tienen relación con el mismo, y cuya comprensión facilitará el entendimiento e inmersión en el trabajo. Estos conceptos son: - Interno. Este concepto hace referencia a aquella persona que se encuentra privada de libertad dentro de una prisión, y está obligada a permanecer allí como castigo ante ciertos delitos. El Estado, a través del poder judicial, es la institución que determina cuales son los individuos que han de ingresar en prisión. La pena deberá ser confirmada tras la celebración de un juicio en el que el acusado puede ejercer su derecho a la defensa. La persona deberá pasar el tiempo correspondiente en la cárcel en función de la pena impuesta, durante este periodo será un interno. - Prisión. Aquel lugar donde los presos permanecen privados de libertad. También conocida como cárcel, forma parte del sistema de justicia, y permite a las personas que han sido condenadas por algún delito, reeducarse para que puedan reinsertarse de nuevo a la sociedad 4 . 4 Información obtenida de los sitio web: http://definicion.de/prision/#ixzz2YUfjB0ju http://www.definicionabc.com/general/carcel.php#ixzz2YUg5uWQu
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 22 Se designa prisión a aquellos espacios que son específicamente pensados, diseñados y construidos para albergar a individuos que han transgredido la ley, cuya sanción está establecida en la misma normativa instaurada por la sociedad para mantener el orden. Por lo que cumple la función de aislar a esas personas como castigo o pena por tal situación cometida. - Trabajo Social Penitenciario. El trabajo social penitenciario es una disciplina de las ciencias sociales, enmarcada en la política penitenciaria, que se basa en el respeto de los derechos humanos y dignidad de la persona que ha quebrantado el ordenamiento legal; el quehacer profesional esta orientado al logro de un cambio social, la resolución de problemas en las relaciones humanas que promueve la resocialización del interno y la prevención del delito, mediante una metodología de intervención profesional individual, grupal y familiar. 5 Los profesionales del Trabajo Social penitenciario se ocupan de planificar, proyectar, calcular, aplicar, evaluar y orientar los servicios y políticas sociales penitenciarias, tanto en las penas privativas de libertad como en las penas privativas de derechos. En la vertiente intra-penitenciaria su fin se centra en la inserción de las personas reclusas o liberadas y en paliar las quiebras producidas en ellos y en sus familias por su ingreso, centrándose en los problemas derivados del internamiento y del retorno a la sociedad. Esta actividad es llevada a cabo por los Departamentos de Trabajo Social de los establecimientos penitenciarios y de los Centros de Inserción Social, en coordinación con las redes públicas de asistencia social. 6 5 Información obtenida del sitio web: http://www.inpe.gob.pe/contenidos.php?id=223&np=32&direccion=1 6 Información obtenida del sitio web: http://www.institucionpenitenciaria.es/web/portal/laVidaEnPrision/PrestacionesYServicios/accionSocial.html
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 23 - Reinserción. Este término está ampliamente relacionado con nuestra profesión, y se emplea “cuando se quiere dar cuenta de la situación de integrar nuevamente en la sociedad o comunidad a aquel individuo que por una determinada razón se encontraba viviendo por fuera de la misma” 7 durante un tiempo. La reinserción social es la base de nuestro nuevo sistema penal, que busca no castigar al delincuente, sino ayudarle a dejar los hábitos que lo llevaron a delinquir y brindarle ayuda para que se transforme en un ser humano que sea de utilidad para la sociedad. Para poder promover la readaptación de la persona que delinque, se le otorga una formación integral que le permita alcanzar una vida honrada y digna en el momento de dejarlo en libertad. - Perspectiva. Según el diccionario de la Real Academia Española, el término posee siete posibles significados distintos, de los cuales la aceptación que más nos interesa es “el punto de vista desde el cual se considera o se analiza un asunto” 8 . De este modo, consideraremos la perspectiva como la forma o modo en la que un sujeto, o en nuestro caso específico un interno o un profesional, observa y entiende una realidad concreta y cercana a él. - Tratamiento Penitenciario 9 . El tratamiento penitenciario consiste en el conjunto de actividades directamente dirigidas a la consecución de la reeducación y reinserción social de los penados. 7 Definición obtenida del sitio web: http://www.definicionabc.com/social/reinsercion.php 8 Definición obtenida del sitio web: http://www.rae.es/drae/srv/search?id=PBcqiKUvlDXX2s6mofda 9 Se dispone en el Título III del Tratamiento, arts. 59, 60, 61, 62, de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 24 Pretende hacer del interno una persona con la intención y la capacidad de vivir respetando la Ley penal, así como de subvenir a sus necesidades. A tal fin, se procurará, en la medida de lo posible, desarrollar en ellos una actitud de respeto a sí mismos y de responsabilidad individual y social con respecto a su familia, al prójimo y a la sociedad en general. Los servicios encargados del tratamiento deberán conocer la personalidad y ambiente del penado que puedan ser obstáculo para su finalidad. Se fomentará que interno participe en la planificación y ejecución de su tratamiento y colaborará para ser capaz de llevar, en el futuro, con conciencia social, una vida sin delitos. Se estimulará el interés y colaboración sobre su propio tratamiento, y se tendrá en cuenta la satisfacción de sus intereses personales con la finalidad del mismo. El tratamiento tiene los siguientes principios: basado en el estudio científico de la constitución, el temperamento, el carácter, las aptitudes y las actitudes del sujeto a tratar, así como de su sistema dinámico motivacional. Y del aspecto evolutivo de su personalidad, conducente a un enjuiciamiento global de la misma, que se recogerá en el protocolo del interno. - Programa Individual de Tratamiento (PIT). Desde la Administración se diseñan y plantean una serie de programas individualizados de tratamiento para cada uno de los internos, a los cuales se les motiva para lograr que intervengan en los mismos, y los lleven a cabo. Van dirigidos a favorecer una evolución positiva de las personas condenadas, sujetas a condiciones especiales de carácter social, delictivo o penitenciario. Estos programas se asignan teniendo en cuenta la evaluación global del penado, su personalidad, incluida su dimensión delictiva, y los pronósticos que se realizan periódicamente para analizar su evolución.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 25 Se programa así un tratamiento individual, continuo y dinámico 10 . En su elaboración se tienen en cuenta aspectos como la ocupación laboral, formación cultural y profesional, aplicación de medidas de ayuda, tratamiento y las que hubieran de tenerse en cuenta para el momento de su liberación. En el programa individualizado de tratamiento se asignan a cada interno/a dos niveles de actividades 11 : Actividades Prioritarias: Entendidas como tales las que están encaminadas a subsanar las carencias más importantes de un sujeto y en las que, o bien se interviene sobre los factores directamente relacionados con su actividad delictiva (drogodependientes, agresores sexuales etc.) o bien sobre sus carencias formativas básicas (analfabetismo, carencia de formación laboral etc.) Actividades Complementarias: Se trataría de actividades que no están relacionadas tan directamente con la etimología delictiva del sujeto, ni con sus carencias formativas básicas, pero que complementan a las prioritarias, dando al interno una mejor calidad de vida y más amplias perspectivas profesionales, educativas o culturales. Por otro lado, en el Título V, capítulo I, art. 110, del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, BOE 15 de febrero de 1996, del Reglamento Penitenciario se dispone que: “para la consecución de la finalidad resocializadora de la pena privativa de libertad, la Administración Penitenciaria, deberá diseñar programas formativos orientados a desarrollar las aptitudes de los internos, enriquecer sus conocimientos, mejorar sus capacidades técnicas o 10 Información obtenida del sitio web: http://www.institucionpenitenciaria.es/web/portal/Reeducacion/ProgramasEspecificos/ 11 Información obtenida del sitio web: http://www.institucionpenitenciaria.es/web/portal/Reeducacion/tratamientoPenitenciario.html
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 32 - 1980. Se crea el Comité de Ministros del Consejo de Europa, el Comité de Cooperación Penitenciaria, encargado especialmente de seguir la evolución de los Sistemas Penitenciarios de Europa, velar por la eficacia del conjunto de las Reglas Mínimas y formular proposiciones destinadas a mejorar su aplicación práctica. - 1984. El Comité de Cooperación Penitenciaria recibe el encargo de preparar un conjunto europeo de Reglas Mínimas revisadas, teniendo en cuenta las respuestas de los Estados miembros del Consejo de Europa a los informes que con periodicidad quinquenal se venían realizando sobre la materia. - 1987. Se aprueban las Reglas Penitenciarias Europeas en virtud de la Recomendación 87.3 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, de 12 de Febrero, con 100 Reglas. - 2006. Se aprueban unas nuevas reglas Penitenciarias Europeas a través de la Recomendación (2006) 2, de 11 de Enero, del Comité de Ministros del Consejo de Europa, con 108 reglas. Supone la revisión y actualización de las Reglas Penitenciarias Europeas de 1987. En relación con esto, cabe destacar el hecho de que los instrumentos que contienen las normas internacionales en materia penitenciaria, y que afectan al Derecho Penitenciario Español, han sido elaboradas bien por las Naciones Unidas o bien, por el Consejo de Europa. Estas normas son: - Declaración Universal de los Derechos Humanos. - Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos. - Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación racial.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 33 - Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos. - Declaración sobre protección de todas las personas contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o desagradables. 3. Legislación de referencia. La legislación de referencia que hemos utilizado para nuestro trabajo, considerándola la más importante por la temática de la investigación, es la siguiente: 3.1. Constitución Española. El título I, capítulo II de los Derechos y Deberes Fundamentales de la Constitución Española, recoge algunos artículos que son importantes de resaltar en este trabajo. En su artículo 14, la igualdad ante la ley, sin que prevalezca cualquier discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religió, o cualquier otra condición, opinión, o circunstancia personal o social. Es importante también nombrar el artículo 15, en la Sección 1ª, de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, recoge el derecho a la vida. Donde todas las personas tienen derecho tanto a la vida como a la integridad física y moral, sin que, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos. Por otro lado, el artículo 17, manifiesta el derecho a la libertad personal, en donde toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad. Con excepciones en los casos y en la forma prevista en la ley. Por lo que la detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en el plazo
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 34 máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial. Además, toda persona detenida debe ser informada inmediatamente, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca. La ley regulará un procedimiento para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional. El artículo 25, establece el principio de legalidad penal, donde nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento. Por otro lado, también constituye el trabajo remunerado para los reclusos, donde las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad. 3.2. Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria. De esta ley hay que destacar el título III, el cual habla del tratamiento. Desde el art. 59 al 72. Comenzando por el art. 59, en el que explica en qué consiste el tratamiento penitenciario, como un conjunto de actividades directamente dirigidas a la consecución de la reeducación y reinserción social de los penados. Pretende hacer del interno una persona con la intención y la capacidad de vivir respetando la Ley penal, así como de subvenir a sus necesidades.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 35 Se procurará desarrollar en ellos una actitud de respeto a sí mismos y de responsabilidad individual y social con respecto a su familia, al prójimo y a la sociedad en general. El art. 60, recoge que los servicios encargados del tratamiento se esforzarán por conocer y tratar todas las peculiaridades de personalidad y ambiente del penado que puedan ser un obstáculo para las finalidades indicadas en el artículo anterior. Y deberán utilizarse todos los métodos de tratamiento y los medios que puedan facilitar la obtención de dichas finalidades. Por otro lado, el art. 61, mantiene que se fomentará que el interno participe en la planificación y ejecución de su tratamiento y colaborará para, en el futuro, ser capaz de llevar, con conciencia social, una vida sin delitos. La satisfacción de sus intereses personales será tenida en cuenta en la medida compatible con las finalidades del mismo. El art. 62, tiene en cuenta los principios en los que se inspira el tratamiento, estará basado en el estudio científico de la constitución, el temperamento, el carácter, las aptitudes y las actitudes del sujeto a tratar, así como de su sistema dinámico motivacional. Y del aspecto evolutivo de su personalidad, conducente a un enjuiciamiento global de la misma, que se recogerá en el protocolo del interno. Guardará relación directa con un diagnóstico de personalidad criminal y con un juicio pronóstico inicial, que serán emitidos tomando como base una consideración ponderada del enjuiciamiento global a que se refiere el apartado anterior, así como el resumen de su actividad delictiva y de todos los datos ambientales, ya sean individuales, familiares o sociales, del sujeto. Será individualizado, consistiendo en la variable utilización de métodos médico-biológicos, psiquiátricos, psicológicos, pedagógicos y sociales, en relación a la personalidad del interno.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 36 Será programado, fijándose el plan general que deberá seguirse en su ejecución, la intensidad mayor o menor en la aplicación de cada método de tratamiento y la distribución de los quehaceres concretos integrantes del mismo entre los diversos especialistas y educadores. Será de carácter continuo y dinámico, dependiente de las incidencias en la evolución de la personalidad del interno durante el cumplimiento de la condena. El art. 63, trata sobre la individualización del tratamiento tras la adecuada observación de cada penado, se realizará su clasificación, destinándose al establecimiento cuyo régimen sea más adecuado al tratamiento que se le haya señalado, y, en su caso, al grupo o sección más idóneo dentro de aquél. La clasificación debe tomar en cuenta no solo la personalidad y el historial individual, familiar, social y delictivo del interno, sino también la duración de la pena y medidas penales en su caso, el medio a que probablemente retornará y los recursos, facilidades y dificultades existentes en cada caso y momento para el buen éxito del tratamiento. También el art. 64, el cual habla de que la observación de los preventivos se limitará a recoger la mayor información posible sobre cada uno de ellos a través de datos documentales y de entrevistas, y mediante la observación directa del comportamiento. Una vez recaída sentencia condenatoria, se completará la información anterior con un estudio científico de la personalidad del observado, formulando en base a dichos estudios e informaciones una determinación del tipo criminológico, un diagnóstico de capacidad criminal y de adaptabilidad social y la propuesta razonada de grado de tratamiento y de destino al tipo de establecimiento que corresponda. El art. 65, recoge que la evolución en el tratamiento determinará una nueva clasificación del interno, con la consiguiente propuesta de traslado al
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 37 establecimiento del régimen que corresponda, o, dentro del mismo, el pase de una sección a otra de diferente régimen. La progresión en el tratamiento dependerá de la modificación de aquellos sectores o rasgos de la personalidad directamente relacionados con la actividad delictiva; se manifestará en la conducta global del interno y entrañará un acrecentamiento de la confianza depositada en el mismo y la atribución de responsabilidades, cada vez más importantes, que implicarán una mayor libertad. La regresión de grado procederá cuando se aprecie en el interno, en relación al tratamiento, una evolución desfavorable de su personalidad. Cada seis meses como máximo, los internos deberán ser estudiados individualmente para reconsiderar su anterior clasificación, tomándose la decisión que corresponda, que deberá ser notificada al interesado. Cuando un mismo equipo reitere por segunda vez la calificación de primer grado, en interno podrá solicitar que su próxima propuesta de clasificación se haga en la central de observación. El mismo derecho le corresponderá cuando, encontrándose en segundo grado y concurriendo la misma circunstancia, haya alcanzado la mitad del cumplimiento de la condena. En el art. 66, para grupos determinados de internos, se podrá organizar en los centros correspondientes programas basados en el principio de comunidad terapéutica. Además, se concederá especial atención a la organización en los establecimientos de cumplimiento de cuantas sesiones de asesoramiento psicopedagógico y de psicoterapia de grupo se juzguen convenientes dada la programación del tratamiento y los criterios de selección usados en estos métodos así como a la realización de terapia de comportamiento y de procedimientos tendentes a modificar el sistema de actitudes del interno
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 38 cuando sean desfavorables o negativos, todo ello con absoluto respeto a la personalidad del mismo. En el programa de tratamiento se integrará también la formación y el perfeccionamiento profesional de aquellos sujetos cuya readaptación lo requiera, realizándose con asesoramiento psicológico continuo durante el proceso formativo y previa la orientación personal correspondiente. Concluido el tratamiento o próxima la libertad del interno, en el art. 67, se emitirá un informe pronóstico final, en el que se manifestarán los resultados conseguidos por el tratamiento y un juicio de probabilidad sobre el comportamiento futuro del sujeto en libertad, que se tendrá en cuenta en el expediente para la concesión de la libertad condicional. En los establecimientos para jóvenes menores de veintiún años, como indica el art. 68, al concluir el tratamiento con la emisión del juicio pronóstico final, se procurará la evaluación del resultado del mismo a través de los datos que proporcionen los servicios centrales correspondientes. En el art. 69, refleja, como las tareas de observación, clasificación y tratamiento las realizarán los equipos cualificados de especialistas, cuya composición y funciones se determinarán en el estatuto orgánico de funcionarios. Dichos equipos contarán con la colaboración y participación de los ciudadanos y de instituciones o asociaciones públicas o privadas ocupadas en la resocialización de los reclusos. Este equipo técnico de especialistas como indica el art. 70, tiene los siguientes fines: Completar la labor de los equipos de observación y de tratamiento en sus tareas específicas; resolver las dudas y consultas de carácter técnico que se formulen por el centro directivo; realizar una labor de investigación criminológica; participar en las tareas docentes de la escuela de estudios penitenciarios.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 39 El fin primordial del régimen de los establecimientos de cumplimiento, lo registra el art. 71, es lograr en los mismos el ambiente adecuado para el éxito del tratamiento, y en consecuencia, las funciones regimentales deben ser consideradas como medios y no como finalidades en sí mismas. Las actividades integrantes del tratamiento y del régimen, aunque regidas por un principio de especialización, deben estar debidamente coordinadas. La dirección del establecimiento organizará los distintos servicios de modo que los miembros del personal alcancen la necesaria comprensión de sus correspondientes funciones y responsabilidades para lograr la indispensable coordinación. Para terminar, el art. 72, establece que las penas privativas de libertad se ejecutarán según el sistema de individualización científica, separado en grados, el último de los cuales será el de libertad condicional, conforme determina el Código Penal. Los grados segundo y tercero se cumplirán respectivamente en establecimientos de régimen ordinario y de régimen abierto. Los clasificados en primer grado serán destinados a los establecimientos de régimen cerrado, de acuerdo con lo previsto en esta Ley. Siempre que de la observación y clasificación correspondiente de un interno resulte estar en condiciones para ello, podrá ser situado inicialmente en grado superior, salvo el de libertad condicional, sin tener que pasar directamente por los que le preceden. En ningún caso se mantendrá a un interno en un grado inferior cuando por la evolución de su tratamiento se haga merecedor a su progresión.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 40 3.3. Reglamento Penitenciario, Real Decreto 190/1996, de 9 febrero, BOE 15 febrero 1996. En el título I, de disposiciones generales, Capítulo I del ámbito de aplicación y principios generales, art.2 que recoge los fines de la actividad penitenciaria, refiere que ésta actividad tiene como fin primordial la reeducación y reinserción social de los sentenciados a penas y medidas de seguridad privativas de libertad, así como la retención y custodia de los detenidos, presos y penados y la asistencia social de los internos, liberados y de sus familiares. Por otro lado, en el título II de la organización general, capítulo VI de participación de los internos en las actividades de los establecimientos, se explica en el art. 55 las áreas de participación, donde los internos participarán en la organización del horario de las actividades de orden educativo, recreativo, religioso, laboral, cultural o deportivo. También se procurará la participación de los internos en el desenvolvimiento de los servicios alimentarios y de confección de racionados, de acuerdo con el artículo 24 de la Ley Orgánica General Penitenciaria y de lo que se establezca en las normas de desarrollo de este Reglamento. La participación de los internos en estas actividades en los Establecimientos de cumplimiento de régimen abierto y de régimen ordinario y en los de preventivos, se efectuará a través de Comisiones ajustándose a las normas que desarrollan los siguientes artículos. En el título III del régimen de los establecimientos penitenciarios, capítulo I de disposiciones generales, art. 73 define régimen penitenciario como el conjunto de normas o medidas que persiguen la consecución de una convivencia ordenada y pacífica que permita alcanzar el ambiente adecuado para el éxito del tratamiento y la retención y custodia de los reclusos. Las funciones regimentales de seguridad, orden y disciplina son medios para alcanzar los fines indicados, debiendo ser siempre proporcionadas al fin que
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 41 persiguen, y no podrán significar un obstáculo para la ejecución de los programas de tratamiento e intervención de los reclusos. Las actividades integrantes del tratamiento y del régimen, aunque regidas por un principio de especialización, deben estar debidamente coordinadas. Los tipos de régimen se encuentran recogidos en el art. 74, reflejando que el régimen ordinario se aplicará a los penados clasificados en segundo grado, a los penados sin clasificar y a los detenidos y presos. El régimen abierto se aplicará a los penados clasificados en tercer grado que puedan continuar su tratamiento en régimen de semi-libertad. El régimen cerrado se aplicará a los penados clasificados en primer grado por su peligrosidad extrema o manifiesta inadaptación a los regímenes comunes anteriores y a los preventivos en quienes concurran idénticas circunstancias. Los objetivos y principios del régimen abierto según el art. 83, es potenciar las capacidades de inserción social positiva que presentan los penados clasificados en tercer grado, realizando las tareas de apoyo y de asesoramiento y la cooperación necesaria para favorecer su incorporación progresiva al medio social. El ejercicio de estas funciones se regirá por los siguientes principios: a) Atenuación de las medidas de control, sin perjuicio del establecimiento de programas de seguimiento y evaluación de las actividades realizadas por los internos dentro y fuera del Establecimiento. b) Autorresponsabilidad, mediante el estímulo de la participación de los internos en la organización de las actividades. c) Normalización social e integración, proporcionando al interno, siempre que sea posible, atención a través de los servicios generales de la
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 48 36 destinadas al módulo de aislamiento. En la actualidad la cifra de internos en el centro supera los 1.600. 4.3. Objetivos del centro. Dentro del Centro Penitenciario Zuera se plantean una serie de objetivos a alcanzar: - Reinsertar al interno en la sociedad. - Reeducar para así compensar sus carencias. - Favorecer el contacto del interno con la sociedad. - Motivar al interno dentro del Centro Penitenciario. - Facilitar el aprendizaje para reaccionar debidamente cuando se encuentre en situación de libertad. - Corregir los efectos nocivos del internamiento facilitando las relaciones individuo-sociedad. 4.4. Modelo organizativo penitenciario. - Modelo Organizativo General 25 : en cada Establecimiento Penitenciario existen los siguientes órganos colegiados: - Consejo de dirección. - Junta de tratamiento. - Comisión disciplinaria. 25 Este modelo aparece especificado en el Titulo XI de la organización de los Centros penitenciarios, Capitulo Primero del Modelo organizativo de Centro penitenciario, Artículo 265.1 Estructura, del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, publicado en BOE de 15 de Febrero de 1996, y vigente desde 25 de Mayo de 1996 .
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 49 - Junta económico-administrativa. - Excepciones en la organización: las Comunidades Autónomas con competencias ejecutivas en materia penitenciaria. A continuación hemos plasmado un sencillo esquema 26 en el que se exponen la composición, las características de las reuniones y las funciones de los distintos órganos colegiados del modelo de organización general: Consejo de dirección. PRESIDENTE: Director. SECRETARIO: Funcionario que designe el Director de entre los destinados en el Establecimiento. Actuará con voz pero sin voto. MIEMBROS: Subdirector de Régimen. Subdirector de Seguridad. Subdirector de Tratamiento. Subdirector Médico o Jefe de Servicios Médicos. Subdirector de Personal, si lo hubiere. Administrador. 26 La información requerida como base para este esquema proviene de la Página Web: http://pendientedemigracion.ucm.es/info/eurotheo/normativa/organizacion.htm COMPOSICIÓN
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 50 SESIÓN ORDINARIA: Una vez al mes. SESIÓN EXTRAORDINARIA: Cuantas veces lo considere necesario su Presidente o el Centro Directivo. El Consejo de Dirección ejercerá las siguientes funciones: 1. Al consejo de Dirección le corresponde impulsar y supervisar las actuaciones de los restantes órganos del Centro Penitenciario y tendrá las funciones siguientes: Supervisar e impulsar la actividad general del Centro Penitenciario. Elaborar las normas de régimen interior del Centro Penitenciario para su aprobación por el Centro Directivo. Fijar el número de Equipos del Centro Penitenciario y determinar su organización, funcionamiento y composición conforme a las normas de desarrollo de este Reglamento. Determinar los puestos auxiliares que requieran las necesidades del Establecimiento conforme a las normas de desarrollo de este Reglamento. Fijar los días en que puedan comunicar los internos y establecer los horarios de las comunicaciones especiales, así como los recuentos ordinarios. 2. El Secretario del Consejo de Dirección remitirá al Centro Directivo mensualmente copia de las actas de las sesiones celebradas en el mes anterior. REUNIONES
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 51 Junta de tratamiento. PRESIDENTE: Director. SECRETARIO: Un funcionario del Centro designado por el Subdirector de Tratamiento. Actuará con voz, pero sin voto. MIEMBROS: Subdirector de Tratamiento. Subdirector Médico o Jefe de Servicios Médico. Técnicos de II.PP. que hayan intervenido en las propuestas. Un trabajador social que haya intervenido en las propuestas. Un educador que ya intervenido en las propuestas. Un jefe de servicios que haya intervenido en las propuestas. SESIÓN ORDINARIA: Una vez todas las semanas del año. SESIÓN EXTRAORDINARIA: Cuantas veces lo considere necesario su presidente. *Dentro de los cinco primeros días de cada mes se remitirá al Centro Directivo una copia de las actas de las sesiones celebradas en el mes anterior por la Junta de Tratamiento. La Junta de Tratamiento ejercerá principalmente las siguientes funciones: 1. Adoptar los acuerdos que estime pertinentes sobre las peticiones y quejas que formulen los internos a los Equipos Técnicos sobre su clasificación, tratamiento o programa de intervención. REUNIONES COMPOSICIÓN
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 52 2. Designar los internos que hayan de desempeñar las prestaciones personales en servicios auxiliares comunes del Establecimiento. Equipo técnico. El número y composición de los Equipos Técnicos es competencia del Consejo de Dirección en función de las características del establecimiento, del número de internos y de los empleados públicos penitenciarios existentes. Podrán formar parte del Equipo Técnico: un jurista, un psicólogo, un pedagogo, un sociólogo, un médico, un ayudante técnico sanitario, un maestro o encargado de taller, un educador, un trabajador social, un monitor socio-cultural o deportivo. El Equipo Técnico ejercerá principalmente las siguientes funciones: 1. Ejecutar los programas de tratamiento o los modelos individualizados de intervención penitenciarios que se establezcan para cada interno por la Junta de Tratamiento. 2. El conocimiento directo de los problemas y de las demandas que formulen los internos. COMPOSICIÓN
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 53 3. Proponer a la Junta de Tratamiento la adopción de las medidas necesarias para superar las carencias que presenten los internos. 4. Atender las peticiones y quejas que formulen los internos respecto de su clasificación, tratamiento o programa de intervención. Comisión disciplinaria. PRESIDENTE: Director. SECRETARIO: Funcionario que designe el Director de entre los destinados en él . MIEMBROS: Subdirector de Régimen. Subdirector de Seguridad. Un Jurista del Establecimiento. Un Jefe de Servicios. Un funcionario de la plantilla del Centro. *El Jefe de Servicios y el funcionario de la plantilla se elegirán anualmente por los empleados públicos del Centro Penitenciario. SESIÓN ORDINARIA: Cuatro veces al mes. SESIÓN EXTRAORDINARIA: Cuantas veces lo considere necesario su Presidente. COMPOSICIÓN REUNIONES
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 54 Las funciones de la Comisión Disciplinaria son: 1. Resolver los expedientes disciplinarios instruidos a los internos por la comisión de las infracciones muy graves o graves. 2. Ordenar al Secretario de la Comisión la notificación de los acuerdos sancionados en la forma y plazos establecidos en este Reglamento. 3. Acordar la ejecución inmediata de las sanciones impuestas por la comisión de faltas muy graves en las condiciones establecidas en este Reglamento. Junta económica administrativa. PRESIDENTE: Director. SECRETARIO: Funcionario que designe el Director entre los destinados en el Establecimiento. MIEMBROS: Administrador. Subdirector Médico o Jefe de Servicios Médicos. Subdirector de Personal, si lo hubiere. Coordinador de Formación Ocupacional y Producción. Un Jurista del Centro. SESIÓN ORDINARIA: Una vez al trimestre. SESIÓN EXTRAORDINARIA: Cuantas veces lo considere necesario su Presidente. COMPOSICIÓN REUNIONES
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 55 La Junta Económico-Administrativa ejercerá las siguientes funciones: 1. El análisis y la aprobación de la propuesta de necesidades de medios para el funcionamiento del Centro Penitenciario. 2. El seguimiento y control del sistema contable. 3. Informar las cuentas que se deban rendir al Centro Directivo. 4. El seguimiento y control de los gastos y de la ejecución presupuestaria del Centro Penitenciario en la forma en que se determine por el Centro Directivo. 4.5. Funcionamiento interno. Como hemos podido observar en el punto anterior existen diferentes áreas de intervención en el Centro Penitenciario de Zuera. El Consejo de Dirección, orientado a la dirección del centro y a su buen funcionamiento, la Junta de Tratamiento estaría relacionada a la toma de decisiones sobre los internos, en base a todo el seguimiento que el equipo técnico realiza con cada uno de ellos. La Comisión Disciplinaría se encuentra directamente relacionada con Régimen, todo aquello relacionado con las sentencias y con la seguridad de todos los que nos encontramos aquí dentro. Y por último la Junta Económica Administrativa, encargada de realizar todos los trámites relacionados con la administración. Si nos centramos en el funcionamiento con los internos podemos observar como todos se encuentran distribuidos en los diferentes módulos que conforman el Centro Penitenciario. Compuesto por 14 módulos que tienen un funcionamiento muy parecido en relación al trabajo con los internos, a diferencia de otros tres módulos aparte. En estos últimos se realiza una actuación diferenciada del resto.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 56 A continuación detallamos el perfil de los internos que integran cada uno de los módulos: Módulo 1: Este módulo está formado por internos que se encuentran penados, generalmente son reincidentes, sancionados y tienen un mal comportamiento y mala conducta. Módulo 2: Se encuentra formado por internos todavía no penados, que se encuentran preventivos hasta que se les dicte una sentencia firme, y por lo general suelen ser primarios. Módulo 3: Formado por internos que están condenados, presentan una mala conducta y poseen alguna sanción. Módulo 4: Se encuentran los internos con condenas de larga duración, tienen mala conducta, presentan alguna sanción, y la mayoría son portadores de VIH. Módulo 5: Módulo en el que los internos manifiestan una buena conducta, no presentan partes, y realizan actividades en talleres productivos. Módulo 6: Es un módulo de destinos, los internos presentan un buen comportamiento, suelen tener condenas de larga duración, realizan trabajos en cocina, lavandería, panadería, limpieza de los viales, de esta manera ganan dinero y cotizan a la seguridad social. Módulo 7: Módulo de talleres productivos, presentan buena conducta los internos, y suelen tener condenas de larga duración ya que así pueden desempeñar su función durante más tiempo en los talleres. Módulo 8: Es un módulo de semi-respeto, por lo que los internos que se encuentran aquí están ya condenados pero demuestran una buena conducta, la mayoría son primarios, aunque también hay reincidentes. Realizan actividades de educación, limpieza.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 57 Módulo 9: En este módulo se encuentran los internos que presentan un mal comportamiento, muchas sanciones, ya tienen una trayectoria en reformatorios y prisión, y muchos de estos internos acaban cambiando al módulo de aislamiento a cumplir sanciones. Cuando al interno lo progresan del módulo de aislamiento y sigue presentando mala conducta lo mandan a este módulo. Módulo 10: En este módulo se encuentran generalmente los internos no penados, están preventivos y suelen ser reincidentes. Aunque también hay internos penados que pueden tener algún parte, o que no lo llevan bien en otros módulos de penados y vienen a este módulo como última opción, por motivos de seguridad. Módulo 11: Es un módulo de respeto, los internos tienen muy buena conducta, no tienen sanciones, deben de cumplir unas normas ya que es un buen módulo y exige un mínimo de convivencia, de respeto, y de limpieza. Módulo 12: Módulo de respeto, internos que presentan muy buena conducta. También acceden internos que solicitan el GAD, o el Programa de Control de Impulsos, y ahí es donde se les va preparando para ir al módulo terapéutico. Módulo 13: Es el único módulo de mujeres que hay en el centro penitenciario es un módulo de respeto. Por lo que se encuentran tanto las mujeres que están preventivas como condenadas, tienen un buen comportamiento, pero en el caso de que tuvieran algunas sanciones o presentaran muy mal comportamiento se derivarían a otros centros penitenciarios. Módulo 14: Módulo terapéutico mixto en el que se realizan programas de GAD (Grupo de Ayuda a la Drogadicción), Programas de Control de Impulsos (para internos con delito de violencia de género), a este módulo los internos van de forma voluntaria que son ellos mismos los que lo solicitan, teniendo que comprometerse a cumplir una serie de normas del módulo (respetar a los demás, los horarios, limpieza, actividades…) que en el caso de no cumplir
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 64 El modelo de intervención en crisis presentaría las siguientes características generales (Viscarret, 2007): - Supone una intervención activa y directiva en la vida de la persona, cuyo objetivo es apoyar a la persona a conseguir que desarrolle capacidades para afrontar la situación de forma efectiva. - La intervención se centra en el presente, en el aquí y ahora, con lo que la historia de la persona no es un aspecto especialmente importante. - Necesidad de dar una respuesta rápida y breve. Es un aspecto de vital importancia. -Es una intervención especialmente centrada y estructurada. Los autores establecen tres fases de actuación, poniendo énfasis en la importancia que tiene la primera entrevista, en la que además de obtener la información más vital, el trabajador social deberá mostrarse receptivo, acogedor, y deberá plantear a su vez un plan de acción inmediato. - Total disponibilidad del trabajador social durante la fase de crisis, que no permite un periodo prolongado de estudio y de investigación y el mantenimiento de los contactos dentro del contexto de un horario establecido. - Es un método de intervención que utiliza el contrato, con el fin de que la persona se movilice en busca de la salida de la situación de crisis en la que se encuentra. - Unido al contrato, se encuentra la determinación de unos límites temporales. La intervención no debe prolongarse indefinidamente en el tiempo, debe tener unos claros límites temporales que la acoten.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 65 - Modelo Sistémico 31 : Los autores Pincus y Minahan desarrollaron un modelo de Trabajo Social con el fin de que se estableciera como un modelo unitario de actuación de la práctica de la profesión (Viscarret, 2007). El modelo se fundamenta en el principio de que los individuos para poder alcanzar sus metas y superar las dificultades dependen del apoyo de los sistemas sociales que existen en su entorno social más cercano, por lo que los profesionales de Trabajo Social deberían centrar la intervención en dichos sistemas. De este modo, el centro de la intervención no se colocara en los problemas que muestre el sujeto, o en los problemas de los sistemas de recursos, sino en las interacciones establecidas entre las personas y los sistemas de recursos, o las relaciones entre estos últimos. Los autores establecen una serie de fases a través de las cuales guiarse a la hora de llevar a cabo la intervención: - Evaluar los problemas, tratando de individualizar la situación con la que se está tratando e identificando los factores característicos más relevantes de la misma. - Recogida de datos a través de diversas herramientas, como serían las entrevistas o a propia observación. - Establecer unos contactos iniciales con los sujetos de la intervención. - Negociar un contrato con el cliente. 31 Información obtenida del sitio web: http://fundamentos-trabajo-social.blogspot.com.es/2012/11/modelos-deintervencion_10.html
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 66 - Formación de los sistemas de acción, así como mantenerlos y coordinarlos. Estos sistemas serían el trabajador social, y aquellas personas que colaboran en la realización de tareas para lograr los objetivos marcados. - Ejercicio de la influencia, es decir influencia al cliente de modo que pueda tener lugar el proceso de cambio. - Finalización de la acción de cambio. 5.2.2. Objetivos de intervención desde el trabajo social. -Conseguir del interno una persona con intención y capacidad de vivir respetando la ley penal. -Hacer del interno una persona capaz de subvenir a sus necesidades con medidas para así facilitar a aquellos que cuentan con mayores dificultades de reinserción los medios necesarios para participar en la vida social y económica. -Desarrollar en los internos una actitud de respeto a sí mismos y de responsabilidad individual y social con respecto a su familia, al prójimo y a la sociedad en general, ofreciéndole al interno los medios necesarios para resolver sus problemas y diferencias personales así como facilitarle la integración en la sociedad. 5.2.3. Metodologías y técnicas. La metodología empleada por los profesionales en el centro se ve caracterizada por la utilización de las siguientes técnicas: - Entrevistas. - Ficha social. - Historia social.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 67 - Informe social. - Hojas de registro de intervenciones. - Consulta de expedientes sociales, actualizar y revisar los datos. - Reuniones con el equipo interdisciplinar. 5.2.4. Actuaciones. Dentro del centro penitenciario, las principales actuaciones que llevan a cabo las profesionales de trabajo social se centrarían en las siguientes: - Seguimiento individualizado de cada uno de los internos. - Ayuda, apoyo y orientación para la realización de asuntos más personales del interno. - Atención de las llamadas que las familias realizan al centro en relación con los internos. 5.2.5. Planteamiento ideológico y filosófico. El Sistema Penitenciario no se rige por una ideología puesto que no se trata de una organización privada, sino que es una Institución Pública. Sin embargo la Institución Penitenciaria cuenta con una filosofía propia que se aplica a los Centros Penitenciarios. Las penas privativas de libertad y medidas de seguridad estarán orientadas a la reeducación y reinserción social y no pondrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de una serie de derechos fundamentales, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el sentido de la pena y por la ley penitenciaria. En todo caso, tendrán derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social así como el acceso a la cultura y al desarrollo integran de su personalidad.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 68 Deben seguirse actuaciones en la asignación de las actividades tanto prioritarias como complementarias del interno desde que ingresa en el Centro Penitenciario. Los criterios para la valoración de la participación en dichas actividades y para la obtención de beneficios penitenciarios es conocer la evolución y el comportamiento del interno, ya que todas estas actividades tienen el objetivo de potenciar la participación del conjunto de la población penitenciaria en los programas individualizados de tratamiento. Es importante motivar al interno por medio del conocimiento y estimulación de los valores sociales amparados por las normas sociales, lo que le capacitará para poder vivir conforme a las mismas e integrarse en la comunidad, se trata de todo un proceso de resocialización. Para terminar decir cómo se trabaja tanto en la reeducación y reinserción social como objetivos de la filosofía de prisión. La reeducación trata de compensar las carencias del recluso ofreciéndole posibilidades para facilitar su aprendizaje de cara a que cuando se produzca su libertad sepa reaccionar debidamente. Sobre la propia Institución Penitenciaria recae la obligación de suplir deficiencias encontradas por el recluido en el transcurso de su vida hasta su ingreso en prisión. La reinserción social trata de favorecer el contacto activo recluso-sociedad, para lo que la Administración Penitenciaria debe iniciar un proceso de recuperación de los contactos sociales del recluso haciendo que la vida en prisión se desarrolle en la forma que más se asemeje a la vida en libertad.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 69 6. Análisis del colectivo. 6.1. Características de las personas internas. La población penitenciaria en nuestro país registra cada año un aumento constante y progresivo del número de hombres y mujeres internados. La solución que podríamos considerar como más efectiva no es la construcción de más centros penitenciarios, sino la de detener las causas del problema de las conductas desadaptadas socialmente (Cáritas, 2009). Respecto a estas personas internas, podemos desglosar una diversidad de perfiles, en función del aspecto al que queramos hacer referencia, ya sea salud, demografía, o características individuales. En función de las características socio-demográficas el perfil clásico muestra a un español varón, con problemática familiar, fracaso escolar, déficit formativo, politoxicómano, y asociado a delitos contra la salud pública y contra la propiedad. A pesar de esto, hay que destacar que en estos momentos tiene lugar un aumento significativo de las tasas de extranjeros en las prisiones de Aragón. Por otro lado, la proporción de tiempo que una persona permanece ingresada en prisión se correlaciona con los niveles de prisionización que los internos muestran; es decir, a mayor duración de las condenas, mayores índices en los parámetros de sujeto prisionizado, así como menores condiciones y oportunidades efectivas para una posible reinserción social. La reincidencia penal es un poderoso agravante en el dictamen delas sentencias judiciales. Una estrategia que podría resultar efectiva para disminuir los porcentajes de reincidencia seria la aplicación de medidas alternativas al ingreso penitenciario. Para cualquier interno, la privación de su libertad conlleva un deterioro progresivo del estado de salud física y emocional. Una cuarta parte de los
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 70 internos en prisiones españolas presentan patologías mentales, las cuales han sido frecuentemente el origen del delito. El consumo de sustancias psicoactivas es una pauta muy propia de las personas encarceladas. Sumado a todas estas características, en cuestión de recursos, vivienda, salud, trabajo, estrategias, información, red social, familia… se ven marcadas por continuas barreras y obstáculos que en la mayoría de casos hacen bastante complejo el periodo de la salida de prisión, tanto en tercer grado, en libertad condicional como en libertad definitiva (Manzanos, 2005). Nos gustaría destacar que si bien dichas barreras vienen determinadas por el encarcelamiento, en muchos otros casos y de forma complementaria, también las determina el periodo anterior al encarcelamiento en el que muchas de estas personas se encuentran en situación de desventaja y desigualdad social bastante graves, y en otros casos por el periodo post-prisión en el que interfieren tanto los departamentos de justicia, su coordinación con los estados de bienestar y sus estructuras y políticas de intervención. Otro aspecto relevante a tener en cuenta a la hora de tratar sobre las personas internas es la vinculación que mantienen con su familia, la cual consideramos con un recurso de apoyo fundamental para el propio individuo ya que, obviamente, las personas que ingresan en una prisión provienen de la sociedad y han de volver nuevamente a ella, y esto debe tener lugar de tal modo que los excarcelados no se vean abocados a delinquir de nuevo y deban reingresar en prisión. Para esto es necesario que tengan el suficiente contexto exterior, familiar y social, que los acoja y apoye tras su liberación (Redondo 1993). El sistema penitenciario de España, posee mecanismos legales que permiten mantener la vinculación social de los presos mediante comunicaciones periódicas con familiares y amigos, visitas íntimas con sus parejas, llamadas
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 71 telefónicas, permisos de salida, y procedimientos de libertad progresiva como el régimen abierto, o la anticipada como la libertad condicional. Es una realidad que en muchas ocasiones los contextos familiares y sociales que aguardan a los encarcelados tras su liberación no son los más apropiados para su reinserción social, por lo cual la intervención de los servicios sociales penitenciarios no debe limitarse a un mero mantenimiento de los vínculos sociales existentes, sino, a una preparación y mejora del contexto al que vuelve el liberado. Para ello debe ser recabado también el auxilio de los recursos sociales de la comunidad a la que pertenece el interno, de modo que puede adquirir nuevas habilidades y herramientas sociales que lo capaciten para vivir sin delinquir. En relación con esto, la motivación que los propios sujetos posean resulta ser un factor fundamental. Por esto, las instituciones penitenciarias deben ser capaces de movilizar el deseo de los internos para llevar a cabo los nuevos aprendizajes para ponerlos en práctica (Redondo, 1993). Pero ¿cómo hacer que quienes se encuentran privados de liberad deseen amentar sus habilidades personales y sociales? Los internos se encuentran en prisión de un modo forzado, por lo que muchos no ven la conveniencia de cambiar sus hábitos de vida. Aunque se pueda localizar aquellos factores que son decisivos en el proceso de preparación de la reintegración social de los recluidos, sino se está en condiciones de motivarlos para hacerse partícipes de tales contenidos, difícilmente se lograra algo. Por ello, es sumamente importante que se estructuren y apliquen en las prisiones planes motivacionales dirigidos a romper la desidia carcelaria y hacer que la adquisición de nuevos aprendizajes sea algo estimulante.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 72 6.2. Perfiles detectados en prisión 32 . Dentro de las propias prisiones de Aragón, encontramos un abanico de diversos perfiles entre los internos. Existen una serie de características en común de las personas que se encuentran privadas de libertad, como son la procedencia de ámbitos de exclusión social, la inexistencia efectiva de igualdad de oportunidades educativas o laborales, es decir, importantes carencias formativas, y acumulación de fracasos; también suelen contar con una situación laboral irregular, formando parte de trabajos de la economía sumergida. A grandes rasgos, y teniendo estos aspectos en cuenta, podemos destacar los siguientes perfiles: - Perfiles clásicos: se trata de un varón entre 25 y 35 años, procedente de ambientes de extrema vulnerabilidad social, lo que repercute en un proceso deficiente de socialización. Presenta una acusada problemática de consumo de sustancias estupefacientes; su tipología delictiva corresponde a la comisión de delitos contra la salud pública, recurren al delito para financiarse el consumo. Han sido etiquetados como desviados sociales. Hay que destacar que cada vez ingresan en prisión sujetos con un perfil cada vez más joven, esto quiere decir que cada vez tienen más peso los grupos de edad situados entre los 18 y 30 años; muchos de estos jóvenes ya han tenido contacto con la Justicia con medidas judiciales de internamiento en Centros de Menores. - Mujer y cárcel: el número de mujeres privadas de libertad no es relevante, pero si su tendencia hacia el futuro. Existen algunos factores que generan problemas en la permanencia de la mujer en centros penitenciarios, como el cuidado de los hijos, la estigmatización social o la pérdida de vínculos con sus núcleos familiares. 32 VV.AA. (2009). La realidad penitenciaria de la comunidad autónoma de Aragón. Madrid: Cáritas.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 73 - Extranjero y cárcel: la heterogeneidad étnico-cultural va incrementando en el mundo de la cárcel, generalmente presentan menos apoyos familiares y de redes sociales que los internos nacionales. - Preso enfermo y cárcel, la problemática de salud: se entiende que los presos enfermos tienen una doble condena, la privación de libertad y la privación de un entorno de vida saludable. Estas carencias repercuten de forma negativa en la trayectoria vital de la salud mental. El tratamiento terapéutico y psiquiátrico debe tener prioridad a la hora de evaluar y decidir el estatus penitenciario del sujeto.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 80 Gráfico 2; Fuente: C.P. Zuera; Elaboración propia. En este gráfico se exponen los datos relacionados con la cantidad de profesionales de Trabajo Social que trabajan en el centro. De estos resultados cabe destacar el hecho de que el 68.5% de los encuestados opinan que hay pocos, mientras que ninguno cree que haya muchos profesionales. A pesar de esto, un 14.2% piensa que hay bastantes trabajadores sociales en la cárcel, y sólo un 2.8% afirman que hay muy pocos miembros del departamento de Trabajo Social. Finalmente, un 11.4% de los internos cree que la cantidad resulta normal; mientras que un 2.8% contestó a esta pregunta en el cuestionario con un “no sabe/no contesta”. En este caso, esta respuesta está justificada dado que los internos que eligieron esta opción no habían recibido ninguna visita por parte de las profesionales.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 81 Gráfico 3; Fuente: C.P. Zuera; Elaboración propia. Esta gráfica expone el trato ofrecido por los miembros del departamento de trabajo social, el 47.1% de los entrevistados considera que no todos los internos reciben el mismo trato por parte de las trabajadoras sociales. Mientras que el 45.7% piensa que sí, puesto que tienen que ser imparciales. Hay que destacar que ambos porcentajes son muy altos, tanto para los que piensan que sí que reciben un trato igualitario, como los que piensan que hay privilegios para algunos reclusos. Solo el 7.1% de los internos, no sabe o no contesta, puesto que saben el trato que reciben pero no si es igual para todos.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 82 Gráfico 4; Fuente: C.P. Zuera; Elaboración propia. En esta cuarta cuestión, y al igual que en la anterior, las posibles respuestas se ven reducidas a tres opciones. Destacamos de esta el hecho de que el 80% de los encuestados ha respondido positivamente, afirmando que una o varias profesionales han acudido a visitarles en alguna ocasión; mientras que un 20% responde que no han recibido ninguna visita por parte de las trabajadoras sociales durante el periodo que llevan de internamiento.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 83 Gráfico 5; Fuente: C.P. Zuera; Elaboración propia. Esta gráfica evalúa la frecuencia que los internos creen que son vistos por las trabajadoras sociales. Como dato destacable decir que un 0% de la población reclusa considera que sean vistos mucho por los miembros de trabajo social. Sí que un 31.4% consideran que las trabajadoras sociales van a verlos lo normal. Pero no se aprecia una gran diferencia entre los que piensan que es poco, muy poco, y bastante (25.7%; 20%; 21.4% respectivamente).
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 84 Gráfico 6; Fuente: C.P. Zuera; Elaboración propia. Ante esta cuestión, la mayoría de los sujetos entrevistados han respondido que sí que consideran positivas y beneficiosas las intervenciones que realizan las trabajadoras sociales de cara a su futura puesta en libertad, siendo un 80% las respuestas afirmativas. Por otro lado, tan sólo un 11.4% contestan que no creen que dicho trabajo les resulte útil a ellos una vez fuera de prisión. Mostrando una gran cercanía con este porcentaje, encontramos que un 8.5% no sabe o no contesta a esta pregunta.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 85 Gráfico 7; Fuente: C.P. Zuera; Elaboración propia. En cuanto a si les facilita a los entrevistados la estancia en prisión la intervención de la trabajadora social, en la gráfica se destaca que su gran mayoría con un 70% considera que sí. Mientras que el 21.4% considera que no, esto se debe a que no demandan el papel del trabajo social porque no lo consideran útil. A su vez, el 8.5% no sabe o no contesta, puesto que no lo han visitado y no conocen los recursos que pueden ofrecerle.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 86 Grafico 8; Fuente: C.P. Zuera; Elaboración propia. Consideramos que esta última cuestión tiene una gran relevancia a la hora de que los internos expresen sus opiniones más directas respecto a las trabajadoras sociales. Por esto mismo destacamos el hecho de que la respuesta más seleccionada ha sido aquella que caracteriza la implicación de las profesionales como normal (42.8%), seguido muy de cerca por aquellos que contestaron que dicha implicación era buena, siendo un 38.5% de los encuestados. Por otro lado nos gustaría destacar el hecho de que las dos opciones más extremas, tanto positiva una, como negativa otra (muy buena, muy mala), han recibido la misma cantidad de contestaciones, un 5.7%. Finalmente decir, que un 2.8% de los internos han contestado que consideran la implicación de las trabajadoras sociales como mala; así como un 4.2 % ha respondido que no sabe/no contesta.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 87 1.2. Datos obtenidos de las entrevistas a las profesionales. La entrevista realizada a las profesionales de Trabajo Social fue una entrevista semi-estructurada como ya se explicó con anterioridad en el punto de desarrollo metodológico. Las preguntas sobre las que se basó la entrevista fueron las siguientes: ¿Crees que la atención que se presta a los internos es la suficiente? ¿Qué aspectos mejorarías de la intervención que se realiza desde prisión? ¿Crees que hay suficientes profesionales de Trabajo Social? Sí aumentara la cantidad de profesionales ¿La calidad de la atención mejoraría? A continuación pasamos a desarrollar los resultados obtenidos en estas tres entrevistas. En cuanto a la atención prestada a los internos desde el departamento de Trabajo Social, todas las profesionales coinciden en que a pesar de que la plantilla se encuentre incompleta, la atención que se les ofrece es buena. Recalcando que siempre son atendidos cuando ellos lo solicitan a través de una instancia, así como también cada vez que son estudiados en la Junta de Tratamiento. Señalan que en el caso de que dicho departamento no pueda atenderles, sus demandas son derivadas a otros profesionales del C.P. de Zuera. La entrevistada número 3 (P.E.3), señala también que “la atención que reciben los internos actualmente es mejor que hace unos años cuando el departamento estaba integrado por menos profesionales que ahora”.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 88 En lo referente al tema que abarca la segunda pregunta, los aspectos que se podrían mejorar de la intervención, las respuestas han sido más dispares. Las entrevistadas número 2 y 3 (P.E.2 y P.E.3) coinciden en la necesidad de una mejor y mayor coordinación entre los diferentes miembros del equipo técnico, es decir, entre los departamentos de Trabajo Social, Psicología, Educación Social y Juristas. Por otro lado, P.E.2 añade también aspectos como la necesidad de una base de datos con todos los aspectos del interno informatizados. Cree en la necesidad de mejorar las entrevistas de ingresos, señalando que son entrevistas muy importantes ya que para muchas personas es su primer ingreso en prisión. En cambio se les dedica muy poco tiempo, limitándose solo a recoger unos datos básicos sobre el interno. También considera importante el tener más tiempo para conocer a todos los internos del módulo y no solo a aquellos que atiende con mayor frecuencia porque demandan más su atención. Echa en falta la participación en algunos programas que se llevan a cabo en el centro, incluso también algunos cursos de formación. Por último considera importante un mejor conocimiento y una mayor coordinación con los recursos externos existentes. P.E.1 uno considera importante el poder dedicar una mayor atención a las familias. Cree que en la mayoría de los casos el contacto es telefónico, para ella sería interesante el poder mantener también entrevistas. No culpa solo al volumen de trabajo que tienen, sino también otros factores como: lejanía del lugar de residencia de las familias, dificultades económicas de éstas para realizar los desplazamientos, la ubicación de centros penitenciarios lejanos a núcleos urbanos, etc.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 89 Otro aspecto que nuestra entrevistada señala son los frecuentes traslados de los internos, impidiendo finalizar procesos iniciados, es decir, interrumpiendo la actuación llevada a cabo. Por último, coincidiendo con P.E.2, hace referencia a los recursos externos e internos. Ella considera que no se utilizan correctamente o que resultan insuficientes. En cuanto a la tercera pregunta planteada sobre el número de profesionales de trabajo social, P.E.2 y P.E.3 coinciden en que no son suficientes. También coinciden en la explicación, argumentando que el volumen de internos que llevan es mucho mayor a deseado. Señalan que todos los internos son atendidos, pero que si tuvieran un volumen menor podrían prestarles más atención, ya que en algunas situaciones resulta escasa. P.E.3 ha contestado que ahora sí que hay suficientes, pero que si estuviesen más profesionales sería mejor para los internos. La cuarta pregunta les plantea una relación entre el aumento de profesionales con una mayor calidad. P.E.1 y P.E.2 coinciden en que sí que aumentaría la calidad si aumentaran los profesionales, ya que para ellas el volumen de internos disminuiría y por lo tanto la atención hacia ellos mejoraría. Por el contrario, P.E.3 considera que en vez de aumentar el número de profesionales, debería disminuir el número de internos derivándolos a recursos exteriores como: psiquiátricos, centros terapéuticos, etc.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 96 A su vez observamos casi una igualdad en la cantidad de contestaciones negativas de ambos grupos, siendo un 20.40% en los primarios, y un 19.05% por parte de los reincidentes. Destacar por último de esta gráfica, el hecho de que mientras que ningún interno reincidente ha optado por la opción de respuesta no sabe/no contesta, un 10.20% la ha elegido en el sector de los primarios. Este dato resulta ser idéntico a la misma opción de respuesta de este grupo en la pregunta anterior, lo cual nos puede llevar a pensar que se trata de internos primarios que aún no han recibido ninguna visita de las profesionales y que por lo tanto no pueden valorar su trabajo e intervenciones. Tras este breve análisis, de esta segunda tabla comparativa concluimos que igual que ocurría en el caso anterior, el grupo de internos reincidentes opina que la intervención de las trabajadoras sociales les facilita la estación en prisión, y lo valoran de una forma más positiva que los internos primarios. Una vez analizados los datos, y extraído las conclusiones de las gráficas comparativas de ambas preguntas, podemos afirmar que en ambos casos, el grupo de sujetos reincidentes valora más positiva el trabajo y las actuaciones de las profesionales de Trabajo Social; de modo que, remitiéndonos a la hipótesis que estamos analizando, podemos establecer que: La segunda hipótesis de nuestra investigación: “los internos primarios tienen una valoración más positiva del Trabajo Social en el Centro Penitenciario que los internos que son reincidentes”, NO se verifica, dado que los resultados obtenidos de los datos recogidos indican que son los internos reincidentes, en vez de los primarios, los que tienen una valoración más positiva del Trabajo Social en Prisión.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 97 IV. CONCLUSIÓN. Para el desarrollo de las conclusiones seguiremos el orden que ha seguido el desarrollo de la investigación. Comenzaremos haciendo referencia a la recopilación documental, una tarea que no considerábamos tan difícil cuando nos planteamos este tipo de investigación. Fue durante el periodo de análisis bibliográfico cuando fuimos conscientes de la dificultad que había para recopilar documentación en relación al Trabajo Social y el Sistema Penitenciario. Como ya señalábamos al principio de nuestra investigación el tema que abarcamos al igual que el trabajo social penitenciario en general, resulta un gran desconocido. En cuanto a los objetivos fijados en el punto de introducción, señalar que creemos haber conseguido alcanzar de manera satisfactoria todos ellos. En relación a nuestro objetivo general, “establecer un diagnóstico acerca de la opinión de los internos sobre la atención del Trabajo Social desde el Centro penitenciario de Zuera”, hemos de decir que ha sido posible alcanzarlo gracias a las setenta entrevistas y a los setenta cuestionarios realizados a los internos del Centro Penitenciario de Zuera. Gracias a la realización de dichas entrevistas y cuestionarios, han tenido la oportunidad de expresar sus opiniones acerca de la intervención social que se lleva a cabo con ellos. En cuanto al primer objetivo específico, creemos que a lo largo de este trabajo han quedado reflejadas las funciones del trabajo social en los centros penitenciarios, apareciendo de manera concreta y detallada en nuestro segundo bloque donde se desarrollaba la parte más teórica de la investigación. Gracias al testimonio de internos y profesionales hemos podido conseguir una información directa sobre nuestro segundo objetivo específico, el cual pretendía mostrar la realidad del trabajo social en el C.P.Zuera para así comparar las funciones llevadas a cabo en la realidad con las mencionadas en
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 98 el marco teórico. Nuestro último objetivo pretendía contrastar la opinión de los internos y las profesionales, dicha información ha sido contrastada en el punto de análisis de los datos. Además, debemos de apuntar que ambos grupos entrevistados han coincidido en muchas de las opiniones expresadas. En cuanto al resultado de nuestras hipótesis, decir que cuando fueron planteadas pensábamos que las opiniones hacia el papel del trabajador social en la Institución Penitenciaria iban a ser muy diferentes a las obtenidas. Nuestra primera hipótesis nos ha dejado muchas conclusiones que sacar. A pesar de que la mayoría de internos consideran que no hay suficiente personal de trabajo social, y que por ello las intervenciones se ven afectadas, las valoraciones hacia las intervenciones de las profesionales no han sido negativas. Cuando matizaban sus respuestas, lo internos señalaban que aunque escasas, las intervenciones eras buenas y entendían que las trabajadoras sociales no podían hacer mucho más debido a la cantidad de internos que llevaban. Muchos de los internos entrevistados las comparaban con otros miembros del equipo técnico, los educadores sociales, señalando que la situación de las trabajadoras sociales debería de ser como la de ellos. Con esto se quieren referir a que los educadores solo llevan un módulo cada uno, mientras que las trabajadoras sociales tienen asignados dos módulos fijos y tres que van rotando. En lo referente a la segunda hipótesis debemos mencionar una conclusión muy apreciable, y es que no esperábamos que las personas reincidentes valorarán más la intervención del trabajo social que aquellas personas que éste es su primer ingreso. Creíamos que al haber entrado otra vez en prisión pensarían que la función del trabajo social no es tan útil o no se lleva bien a cabo, sin embargo en su mayoría no ha sido así.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 99 Como conclusión podemos pensar que precisamente los internos reincidentes ya tienen otras experiencias pasadas en lo que intervención social respecta, y por ello pueden ser quienes mejor juzguen este trabajo. Por último, y a modo general queremos destacar la participación tan activa que ha habido por parte de los internos y de las profesionales del centro, posiblemente ellos sean los primeros en querer plasmar estas realidad y así poder conseguir que algunos aspectos mejoren.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 100 V. PROPUESTAS DE MEJORA. Como propuestas de mejora una vez realizada la investigación y tras nuestra experiencia personal queremos destacar la relevancia de la bibliografía y el marco teórico de base al cual se recurre respecto al tema seleccionado para el trabajo en cuestión; con esto queremos decir que a la hora de elegir un tema o ámbito concreto para realizar una investigación/trabajo de estas dimensiones hay que tener en cuenta la cantidad de información a la que se puede acceder respecto al mismo, ya que puede suceder, como en nuestro caso, que no exista demasiada información a la que recurrir. Por otro lado, proponemos captar una mayor muestra de la población objeto de estudio para investigaciones de envergadura similar a esta, dado que en nuestro caso consideramos que una muestra de 70 personas respecto a la población carcelaria total resulta representativa, pero a pesar de esto, una muestra mayor hubiese dado lugar a una investigación más detallada y la cual pudiese dar pie a nuevas investigaciones y beneficiar a estudios posteriores. Otro tipo de propuestas que planteamos son las relacionadas con la aplicación práctica de las conclusiones que hemos podido obtener. Por un lado, podríamos decir que el traslado de los internos de un centro penitenciario a otro de diferentes ciudades afecta a la intervención de los mismos, por lo que sería conveniente para ellos y para su posible reinserción que se mantuvieran en el mismo. Además consideramos que debería aumentarse la plantilla de profesionales de trabajo social para poder tener un acercamiento de las familias con las profesionales de trabajo social dado que son el apoyo más fuerte de los internos; así como que las entrevistas que se les hacen en los módulos no sólo
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 101 fueran a los que lo solicitan o deben ver, sino poder conocer a todos para saber qué tipo de intervención realizar para cada caso concreto, así como establecer empatía hacia la persona. Para terminar, sería conveniente realizarles una entrevista de ingreso de mayor profundidad para poder resolver dudas que se les presentaran en un futuro.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 102 V. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS. 1. Bibliografía consultada. - Arriagada, I. (2012). De cárceles y concesiones: Privatización carcelaria y penalidad neoliberal. Revista de Derecho, 25 (2), 9-31. - Barranco, C. La intervención en trabajo social desde la calidad integrada. Recuperado Abril de 2013 de http://rua.ua.es/dspace/bitstream/10045/5592/1/ALT_12_05.pdf - Carcedo, J., González, F. y Reiviriego P. (Eds.). Reinserción, derechos y tratamiento en los centros penitenciarios. Ediciones Amarú. Salamanca. - Castillo, J. y Ruiz García, M. (2007). Un reto educativo en el Sigo XXI: La educación de delincuentes dentro del ámbito penitenciario. Una perspectiva de género. Revista de educación, 9, ISSN 1575-0345, 301-314. - Centro de Estudios para la Administración Pública. Instituciones Penitenciarias (Cuerpo de Ayudantes). A., Rafael. - Código Penal. - Constitución Española 1978. - Du Ranquet, M. (1996). Los modelos en Trabajo Social. Intervención con personas y familias. Madrid. -García, S. (2004). Crimen y prisión en el nuevo milenio. Boletín Mexicano de Derecho Comparado, 37 (110), 547-595. México. -Giraldo, R. (2008). Prisión y sociedad disciplinaria. Revista entramado, 4 (1), 82-95, Colombia. ISSN (versión impresa): 1900-3803.
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PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 112 Otro aspecto a mejorar de la intervención es que en ocasiones recursos existentes (internos y externos) no son utilizados correctamente o resultan insuficientes. 3. ¿Crees que hay suficientes profesionales de Trabajo Social? Pienso que no. El volumen de internos que llevamos cada una es superior al deseado. Todos los casos están siendo atendidos pero la situación en la que estamos no siempre permite prestar la dedicación adecuada. 4. Si aumentara la cantidad de profesionales, ¿la calidad de la atención mejoraría? Sí, llevaríamos menor número de internos y esto permitiría un mayor control de los casos. 3.3. Entrevista 3. 1. ¿Crees que la atención que se presta a los internos es la suficiente? Teniendo en cuenta el número de profesionales que hay por modulo pienso que sí. De hecho creo que ahora es mejor que hace unos años en lo que respecta al departamento de trabajo Social, porque estábamos menos. 2. ¿Qué aspectos mejorarías de la intervención que se realiza desde Prisión? Por un lado, la coordinación entre distintos departamentos a la hora de realizar intervenciones sobre todo en el área de tratamiento, entre los miembros del equipo técnico. Esto supone tiempo y esfuerzo, a veces se hace y otras veces no. 3. ¿Crees que hay suficientes profesionales de Trabajo Social? Ahora sí, si contratan a más siempre es mejor para todos.
PERSPECTIVA DE LOS INTERNOS ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE ZUERA. Página 113 4. Si aumentara la cantidad de profesionales, ¿la calidad de la atención mejoraría? Pienso que más que aumentar la cantidad de profesionales, lo que hay es que disminuir el número de presos y ampliar recursos externos, como psiquiátricos, centros terapéuticos, etc.