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Abstract

Jerónimo de Blancas y Tomás (Zaragoza, ¿?-1590), segundo cronista del Reino de Aragón desde 1581 hasta su muerte, es una de las grandes personalidades del Aragón del Quinientos menos conocida y ello a pesar de las acaloradas discusiones que ha motivado su obra Aragonensium rerum comentarii (1588). Sin embargo, como decíamos, es poco todavía lo que sabemos del hombre, del estudiante, del notario y del cronista, es decir, de su trayectoria vital. Por ello, este trabajo aspira a ser una piedra de toque capaz de ofrecer algunos de los detalles más relevantes de su vida, detalles que pueden servir para reconstruir un rico telón de fondo desde el que reexaminar sus trabajos. Martín Berges, Eduardo; Colás Latorre, Gregorio

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ÍNDICE INTRODUCCIÓN............................................................................................................ 3 1. Genealogía de los Blancas............................................................................................ 8 Los Martínez de Gombalde .......................................................................................... 9 El linaje de los Blancas................................................................................................. 9 El núcleo familiar del cronista.................................................................................... 12 Los Blancas, entre infanzones y ciudadanos.............................................................. 13 Los enlaces matrimoniales de la familia Blancas y Tomás........................................ 17 Zaragoza en la segunda mitad del siglo XVI.............................................................. 24 2. Los pasos de una vida: Jerónimo de Blancas ............................................................. 29 El estudiante y sus maestros: Núñez, Agustín y Espés............................................... 29 Jerónimo de Blancas, notario público y de número de Zaragoza............................... 36 La carrera hacia el cargo de cronista.......................................................................... 45 Jerónimo de Blancas, coronista del Reyno................................................................. 57 Los últimos días.......................................................................................................... 76 CONCLUSIÓN .............................................................................................................. 83 APÉNDICE .................................................................................................................... 87 Tabla 1........................................................................................................................ 87 Tabla 2........................................................................................................................ 88 Tabla 3........................................................................................................................ 89 BIBLIOGRAFÍA............................................................................................................ 90 Fuentes primarias........................................................................................................ 90 Fuentes secundarias.................................................................................................... 90 3 INTRODUCCIÓN 1591 se erige en la historia moderna aragonesa como una cesura crucial para entenderla: hasta la rebelión, displicencia entre rey y reino a causa de dos formas —o fuerzas— de entender —o ejercer— el poder, pactismo frente absolutismo; a partir de tal fecha, tintes de sumisión o, cuando menos, de colaboracionismo. Esta excesiva simplificación sirve como punto de partida para valorar los juicios que los historiadores han elaborado sobre la obra del segundo cronista del Reino de Aragón, Jerónimo de Blancas, desde una perspectiva u otra. Y ello se debe a que raramente se ha abordado el estudio de los trabajos de Blancas sin tener en cuenta una cuestión de fondo: aquella relativa a la naturaleza del régimen político aragonés. De ahí que, por ejemplo, gran parte de las menciones a los tratados del historiador se encuentren en reflexiones que nada —o poco— tienen que ver directamente con su figura y, por supuesto, ni siquiera con la historiografía renacentista o barroca. Los nexos tendidos entre los escritos del cronista y la realidad política de su tiempo, sin duda alguna, se han correlacionado con las vinculaciones que los estudiosos de su obra han tenido con la política de su propio presente; es decir, los mismos usos de la historia que pueden reprocharse al autor son patentes en muchos de sus posteriores reseñadores: el uso político del pensamiento de Blancas, para uno u otro fin, ha sido la motivación principal de la consulta de su obra durante mucho tiempo, enturbiando cualquier tipo de rehabilitación crítica. Mucho es lo que a lo largo de la historia se ha hablado sobre la obra de Blancas, especialmente de sus Comentarii. Hubo tiempos de loa, sobre todo entre sus coetáneos, recibiendo elogios de sus naturales y de intelectuales como Antonio Agustín, César Baronio o Tomás Tamayo de Vargas; y también de censura a partir de la consolidación de la crítica histórica en el siglo XVII. Pero, como decimos, es cierto que, incluso recientemente, en la valoración del trabajo de Blancas ha jugado un importante papel la visión política de cada uno de los historiadores y eruditos que lo han estudiado 1 . Y es que, por ejemplo, esa crítica histórica encontró eco en aquellos medios más cercanos a 1 G IESEY , R. E., Si no, no. El juramento de los aragoneses y las legendarias Leyes de Sobrarbe, Madrid, Universidad Camilo José Cela, 2010 [ed. original 1968]. Uno de los mejores ejemplos sobre la relación de Blancas y su convulso tiempo con la política actual —más que con la de su presente— se encuentra en la edición española de 2010 de esta obra. En ella, los editores de la Universidad de Camilo José Cela nos recordaban nada más abrir el libro que «la obra de Giesey es un penetrante análisis de los enigmas de la constitución aragonesa, y constituye una crítica poco conocida en los estudios sobre Historia del Derecho Constitucional de Aragón. Con apoyo en el exponente impar del Justicia de Aragón, la obra “Si no, no”, alienta una cierta idea independentista que, personalmente, nos inquieta y sorprende por su coincidencia con las actuales tendencias políticas». La cursiva es nuestra. 4 la corte, quienes compartían el ideal histórico de la monarquía, en los escritos de Pellicer, Nicolás Antonio o el marqués del Risco; y sobre aquellos territorios que también trataban de esclarecer mediante la reflexión histórica su lugar en la inmensa monarquía Habsburgo, como era el caso del jesuita navarro José Moret. No en vano, esta era ya una vieja querella entre los historiadores de los distintos reinos peninsulares y la crítica de Alonso de Santa Cruz sobre los Anales de Zurita no puede ser más ilustrativa a tal efecto. La mayor parte de los escritos que trataron de censurar la obra del segundo cronista de Aragón no sobreviven al someterlos a la misma crítica. Pero no fueron únicamente los detractores los que se percataron de la carga ideológica que impregnaba la obra de Blancas y la utilidad de su discurso cobró vigencia conforme despuntaba la modernidad. Así, por ejemplo, en plena construcción del Estado liberal español y, sobre todo, al calor de las Cortes Constituyentes de 1869 tras la Gloriosa, fueron muchas y resonadas las voces que se apropiaron del pensamiento fuerista del aragonés para dar tradición e historia a sus planteamientos políticos. Durante buena parte del siglo XIX, los románticos como V. Balaguer, los federalistas como Pi i Margall y los republicanos como Castelar —y los no tan románticos, ni federalistas ni, por supuesto, republicanos como Cánovas del Castillo— se maravillaron ante el régimen político aragonés, sin llegar a comprender la intransigente destrucción del mismo por Felipe II —como así lo pensaban— en 1591. Ríos y ríos de tinta a causa de una perspicaz manipulación que, sin embargo, poco han venido a aclarar sobre la figura del cronista; el cual ha llegado a verse, no sin cierto paroxismo, como genuinamente particular, independiente, anómalo, fuera de la tradición historiográfica encabezada por Zurita que a la luz del progreso conectaría con nuestra disciplina actual 2 . Como decíamos, mucho es lo que se ha escrito sobre los Fueros y Reino de Sobrarbe, sobre el juramento real aragonés con su famosa coletilla «y si no, no», sobre la auténtica naturaleza de las libertades aragonesas… pero es poco todavía lo que sabemos del hombre, del estudiante, del notario y del cronista. Por ello, al calor de las nuevas investigaciones que se están realizando sobre los distintos cronistas de Aragón, cuyo impulso más sobresaliente tuvo lugar durante los días 4 y 5 de diciembre de 2012 a través del congreso «Jerónimo Zurita (1512-1580). Crónica, memoria e historia», realizado con motivo del quinto centenario del nacimiento del primer cronista de 2 Para ampliar este conjunto de elogios y críticas y, lo que es más importante, atender al contexto en el que tuvieron lugar y las premisas que los motivaron, véase C OLÁS L ATORRE , G., «Jerónimo Blancas y los Fueros de Sobrarbe» [en prensa], fruto de su ponencia en el congreso «Jerónimo Zurita (1512-1580). Crónica, memoria e historia». 5 Aragón; y a causa de nuestro interés por el significado de Blancas y de su obra, no podíamos sino acometer este primer paso antes de embarcarnos en investigaciones más profundas que esperamos poder concretar en un futuro próximo. De este modo, el objetivo de nuestro trabajo es intentar recopilar todo el conocimiento posible sobre Blancas y contextualizarlo social, política e intelectualmente con las grandes estructuras y coyunturas de un siglo, el XVI, que estuvo marcado por fuertes convulsiones sociopolíticas larvadas a lo largo de toda la centuria entre las cuales 1591, en Aragón, es el ejemplo más ilustrativo. Para lograr tal fin, en un primer momento atenderemos a la genealogía de los Blancas, sus orígenes y sus mecanismos para llegar a ser, a la altura de la vida de Jerónimo, una importante familia en la ciudad de Zaragoza. No es mucho lo que hemos podido apuntar, tan sólo unos cuantos nombres y oficios, pero consideramos que, si por algún punto debíamos empezar, era por el que hubiera empezado él mismo. Las noticias que disponemos, entonces, no son ni numerosas ni precisas, lo que nos ha obligado a construir nuestra exposición a través de huellas documentales y retazos que en ocasiones llegaban a contradecirse unos a otros, haciendo hasta cierto punto anfractuoso el fluir de nuestro discurso. Por ello, para intentar aligerar en lo posible esta pequeña parte del texto, adjuntamos un escueto apéndice gráfico con el objeto de hacer más sencilla la lectura y al que haremos referencia cuando sea conveniente. A continuación, nos hemos centrado en los aspectos socioeconómicos más llamativos del núcleo familiar del cronista y de sus familiares más allegados, radicados en Gallur. Gracias a ello hemos podido comprobar que los Blancas estaban integrados en una categoría social que se difuminaba entre dos estamentos, la baja nobleza y el vulgo más enriquecido, aquel que formaba parte de las oligarquías municipales, aportando unos el linaje, los otros la capacidad. De forma semejante, sabemos que las prácticas de la familia Blancas buscaron siempre la promoción social, bien mediante estratégicos matrimonios, bien a través de los oficios y las letras, caracterizando así sus relaciones sociales por la horizontalidad y la isogamia. Al mismo tiempo, hemos intentado esbozar la situación de Zaragoza en la segunda mitad del siglo XVI, un factor a tener en cuenta, pues el programa político de la elite aragonesa y de Blancas, los cuales no pueden entenderse sin tener en cuenta el humanismo cívico, quedó explicitado en algunos de los más insignes edificios que se levantaron durante la centuria. Por último, ofrecemos el análisis de algunos de los episodios más significativos de la vida de Blancas. Desde sus días de estudiante hasta la apertura de su testamento, el 6 objetivo ha sido valorar qué influencias pudieron modelar su actitud y sus pasos, saber qué razones pudieron encumbrarlo como cronista del Reino y por qué sus escritos, aun sin ser excepcionales por lo que a la tradición historiográfica aragonesa respecta, se alejaron en cierto modo de los de su predecesor en el cargo, Jerónimo Zurita. En cualquier caso, resulta imposible desligar a un historiador de su historia, tanto de la vivida como de la escrita, y es esta la razón por la que también nos hemos visto obligados a referenciar algunos de los trabajos del cronista que hemos podido conocer. No pretendemos adentrarnos en este terreno más de lo estrictamente necesario para explicar sus días, pero sí hemos lanzado algunas hipótesis a tener en cuenta sobre la obra de Blancas y, en particular, sobre su trabajo más controvertido, los Aragonensium rerum comentarii (1588). A pesar, entonces, de que algunos considerarán que ya está todo dicho sobre el cronista aragonés, lo cierto es que poco se sabe de la mano que escribió los Comentarii. Un hecho que, en nuestra opinión, resulta hasta cierto punto paradójico porque Jerónimo de Blancas fue un hombre de su tiempo y, como tal, su biografía puede ofrecer un rico telón de fondo desde el que poder reexaminar su obra, teniendo siempre presente que todo hecho histórico debe empezar a comprenderse, en primer lugar, por las causas que produjeron su existencia. Desde un punto de vista estrictamente formal, consideramos conveniente apuntar algunas advertencias. Dado que todas las abreviaturas utilizadas han sido explicitadas en su primera cita no hemos sopesado como necesario presentarlas en un cuerpo aparte. De forma semejante, hemos citado los protocolos notariales por su signatura, señalando entre paréntesis el año si fuera necesario, con el objeto de que el lector pueda identificar el volumen que debe consultar en caso de que bajo una misma referencia hubiese dos o más tomos documentales referidos a distintas fechas 3 . Por último, indicaciones tales como «supra» e «infra» remitirán siempre al cuerpo de este trabajo y las hemos utilizado, sobre todo, como memoranda de algunas cuestiones ya trabajadas, ya ampliadas en sucesivas páginas. No queremos explayarnos en asuntos bibliográficos —cuyas dificultades se han expuesto en el texto siempre que ha sido conveniente— pero es necesario decir que, sin lugar a dudas, este trabajo habría sido imposible de no contar con los escritos de dos de los «biógrafos» del cronista, el doctor Juan Francisco Andrés de Uztarroz y Félix de 3 No es extraño que cada una de las referencias notariales del cronista contenga protocolos relativos a más de un año, generalmente dos, pero también tres en alguna ocasión. 7 Latassa y Ortín y, en menor medida, con los papeles del genealogista Luis de Salazar y Castro. Los apuntes de Uztarroz y Salazar y Castro, guardados con celo en la Real Academia de la Historia, hemos podido conocerlos y presentarlos gracias a la encomiable labor de relación documental que preparó el conde de la Viñaza en su ya clásico estudio sobre los cronistas de Aragón. Desde estos apuntes, fundamentales, reconstruimos la genealogía de Blancas y gran parte de su vida. Igualmente, los protocolos notariales de nuestro hombre, los de su padre y los de Jerónimo Andrés, a quien solían acudir los Blancas para dar fe pública en aquello que necesitaran, nos han servido para perfilar, esencialmente, la posición socioeconómica de Jerónimo y su familia; aunque debemos hacer dos honestas advertencias: la primera, que sólo hemos trabajado con verdadera exhaustividad los de nuestro hombre, Blancas, publicando aquí los aspectos más característicos; y la segunda, que es imposible que, a pesar de haber recurrido también a las notas de Martín de Blancas y Jerónimo Andrés, se tenga por finalizada esta perspectiva social del estudio del cronista —qué decir de su familia— a la luz de la ingente cantidad de información notarial referente a la Zaragoza del siglo XVI. Por último, en una cantidad más reducida pero con unas cualidades no menos ricas, también han sido más que relevantes las escasas noticias que contamos sobre su persona dadas por el propio Blancas: la consulta de algunas epístolas —no tantas como hubiésemos deseado— copiadas a mano por interesados eruditos ya en el siglo XVII y los prólogos que el cronista dedicaba a sus obras nos ha permitido afinar algunas cuestiones relativas a su pensamiento, formación y deudos intelectuales. Sin documentos es imposible hacer historia, pero, de forma semejante, no habríamos podido dar estos primeros pasos en el oficio sin las manos que nos han prestado algunos maestros. Nos gustaría agradecer a Gregorio Colás su incondicional apoyo intelectual y personal, en todo momento, pero especialmente en aquellos que más lo necesitábamos; a Jesús Gascón, por sus ingeniosas y agudas ideas, a José Ignacio Gómez, por no hacernos olvidar que toda historia tiene siempre un dueño, y a María Narbona, por su paciencia frente a nuestra —nula— pericia informática. En este mismo sentido, también queremos recordar a los «compañeros» que cada jornada nos ofrecían sus consejos buscando documentación en el Archivo Histórico de Protocolos de Zaragoza: Joaquina Romero, Miguel Ángel Pallarés, José Antonio López y Manuel Gómez de Valenzuela. 8 1. Genealogía de los Blancas Unos orígenes fundidos con la leyenda, la repetición de los mismos nombres de pila en distintas generaciones, la parquedad de las fuentes —especialmente en lo cronológico— y la propia extensión familiar hacen harto difícil la tarea de reconstruir la familia Blancas. Tan sólo rastrear sus nombres es tarea complicada, más aún teniendo en cuenta los problemas que tuvieron ya en su propio tiempo algunos Blancas y que les llevaron a tener que pleitear para ver reconocida su infanzonía. De hecho, los propios coetáneos lo sufrían «por quanto es cosa hordinaria un mismo renombre y apellido serlo de diferentes familias de manera que aunque lleven un propio apellido de[s]cienden de diferente cepa y origen de[s]pues con la antiguedad del tiempo se viene este principio a escurecer de manera que con mucha facilidad se recibe equivocación, y engaño 4 ». Sea como fuere, es Juan Francisco Andrés de Uztarroz en la Vida de Geronimo de Blancas quien más información ofrece al respecto 5 . Cabe la posibilidad de que esta memoria fuera a formar parte del segundo volumen de los Progresos de la historia de Uztarroz —el primero se había centrado en la figura de Zurita y fue publicado de forma póstuma en 1680 por Diego José Dormer— y, seguramente, también es posible que Jerónimo de San José, hijo de Martín de Ezquerra de Rozas, notario, e Isabel de Blancas, participara en la construcción de la genealogía del cronista 6 . Un extracto de aquellos papeles, centrado únicamente en las cabezas de familia de cada generación, apareció ya en la edición que Uztarroz preparó de las Coronaciones de los Serenissimos Reyes de Aragón, escritas por Jerónimo de Blancas y que concluían con dos tratados sobre el modo de proceder en Cortes, uno del mismo cronista y otro de Martel 7 . Igualmente, la labor de don Luis de Salazar y Castro también aporta algunos datos gracias a la recopilación de documentos relativos a la familia Blancas, tales como un pleito por el reconocimiento de infanzonía o un proceso de limpieza de sangre 8 . 4 B[iblioteca] de la R[eal] A[cademia] de la H[istoria], Colección Salazar y Castro, H-25, f. 17. 5 B.R.A.H., 9/5952, ff. 81-113. Contiene cinco capítulos: «Nobleza y antigüedad del abolorio de Geronimo de Blancas, segundo cronista del Reino de Aragón», «Estudios de Geronimo de Blancas: ordenanle los Diputados que escriba la antigüedad del Magistrado del Justicia de Aragon», «Nombran los diputados a Geronimo de Blancas por cronista del Reino. Refierense sus escritos», «Fallecimiento de Geronimo de Blancas y señales de su predestinación» y «Empresa y elogios de Geronimo de Blancas». 6 B LECUA , J. M., «Cartas de Fray Jerónimo de San José al cronista Juan Francisco Andrés de Uztarroz» en AFA, núm. I (1945), p. 95. En la carta expuesta, Uztarroz reconocía tener la «memoria que el P. Fr. Ger.º de S. Josef me remitió de los Blancas». 7 La obra fue publicada en 1641 e impresa en las prolíficas prensas de Diego Dormer. Se trata de la misma biografía recogida en el facsímile de la traducción del escolapio M. Hernández (1878) a los Comentarii del cronista aragonés. 8 B.R.A.H., Colección Salazar y Castro, H-25, ff. 1-25. 9 Los Martínez de Gombalde La historia de la familia Blancas comenzó cuando todavía no se reconocía por ese apellido. La primera noticia de que disponemos nos remonta hasta el quinto abuelo de Jerónimo de Blancas, Andrés Martínez de Gombalde, natural de Ojos Negros (comarca del Jiloca, Teruel). Desde 1357 Andrés era alcayde de la Buenya, baluarte que Pedro IV de Aragón le había encomendado proteger, junto con su hermano, de los ataques dirigidos por su homónimo castellano en el suroeste aragonés durante la Guerra de los Dos Pedros (1356-1369). La defensa de la fortificación en 1363 se saldó con el degollamiento de dos de los hijos de los Martínez de Gombalde, pues las tropas castellanas los apresaron y amenazaron con matarles si no rendían la plaza; los hermanos, prefiriendo conservar el castillo, se vieron recompensados con un privilegio de libertad que ponía fin a sus problemas con la justicia a causa de un asesinato 9 . A pesar del trágico suceso, Andrés Martínez de Gombalde pudo dejar descendencia. Martín Martínez de Gombalde, cuarto abuelo de Jerónimo de Blancas, tuvo que marchar a Navarra en 1390 a causa de severos problemas con los «Garceses cavalleros de Molina», problemas que pudieron deberse a un asesinato en Ojos Negros, del cual no sabemos si tenía relación alguna con el perpetrado por su padre 10 . Martín fue quien abrió la saga de los Blancas, gracias a un suceso digno de todo un caballero medieval. Por lo que cuenta Uztarroz, Martín se enfrentó portando armas blancas a un alcayde del rey Carlos III de Navarra quien, traicionándolo, rindió una fortaleza situada entre Logroño y Calahorra a Juan I de Castilla. Martín lo venció en combate singular y la victoria le valió, aparte del sobrenombre Blancas por el color de sus armas, que Carlos III le entregara tal plaza. Además, como prosigue Uztarroz, «Jaime II certificado de su nobleza lo declaró por ingenuo, ermunio, franco y libre de contribuciones y villanías y que debía gozar las preeminencias y exenciones que los hidalgos 11 ». El linaje de los Blancas Martín Martínez de Gombalde, el de Armas Blancas, tuvo dos hijos, quienes se asentaron en Gallur. De uno de ellos poco sabemos. Se llamaba Juan de Blancas y dio 9 B.R.A.H., 9/5952, ff. 83v.-84; Colección Salazar y Castro, H-25, f. 12. 10 Mientras que Uztarroz sólo señala los problemas con la familia Garcés, el documento genealógico recogido por Salazar y Castro hace mención al asesinato. Resulta curioso este suceso porque Uztarroz escribió primero que la recompensa a los Martínez de Gombalde por defender el castillo de la Buenya fue la hidalguía, si bien lo corrigió después para apuntar que la dádiva era en realidad de un privilegio de libertad. 11 B.R.A.H., 9/5952, ff. 84v.-85v. 10 su nombre a muchos conversos, abriendo así la rama judía de los Blancas 12 . No sabemos con quien se desposó Juan, pero sí que lo hizo ya que tuvo una hija, Graciana de Blancas, quien casó dos veces, primero con Andrés de Ondeano y luego con Andrés de Zaldívar. El otro hijo fue el tercer abuelo del cronista: se llamaba Pedro de Blancas y nos ofrece la primera prueba de la inteligente política matrimonial que caracterizaría a la familia Blancas, hasta el punto que Uztarroz la definió como «importante […] por su antigüedad y casamientos». Pedro concertó matrimonio con Jordana Martínez del Castellar, perteneciente a una familia de notarios e infanzones oriunda de Tauste 13 . Martín de Blancas, vecino de la villa de Cortes, fue el hijo de Pedro y Jordana y el segundo abuelo de Jerónimo de Blancas. Conocido como el de Perpiñán, estuvo en la defensa de la ciudad en 1475, que al final fue rendida a los franceses a causa del hambre. Aun así, Juan II recompensó a Martín con el título de hidalgo. Martín casó con Catalina Escudero, natural de Cascante (merindad de Tudela, Navarra). Aquí surgen las primeras divergencias relevantes. Uztarroz nos dice que tuvo dos hijos: Martín de Blancas, el que fuera abuelo del cronista, y Sebastián de Blancas. Mientras, los papeles de Salazar y Castro consideran que fueron cuatro, pues a estos les siguieron la mencionada Graciana de Blancas y un tal Pedro de Blancas, que casó con María Arnat, natural de Gallur. Sea como fuere, sabemos que Sebastián de Blancas siguió viviendo en Cortes y se desposó con María de los Navarros, de Tauste. También conocemos algo de su descendencia: tuvo un hijo, llamado Jerónimo de Blancas quien, a su vez, tuvo dos hijos tras casar con Catalina Garro de Peralta. El primero se llamó como su padre y se casó con Isabel de Bierlas en Tarazona. El segundo, Sebastián, quien se asentó en Gallur, casó con Catalina Frontín y su hijo se llamó Custodio 14 . A raíz de un albarán en el que el cronista aparece como procurador de Catalina Frontín, sabemos que Martín Sebastián de Blancas, pues así se llamaba realmente, fue tasador en la tabla general de la villa de Gallur, oficio por el que recibía 500 sueldos al año. Murió el 11 de julio de 1579 dejando tres hijos: Victoria, Isabel y el mencionado Custodio de Blancas 15 . 12 B.R.A.H., Colección Salazar y Castro, H-25, f. 12; M-81, f. 9. Quizá a estos vástagos se refiera Juan Pérez de Nueros al señalar que envió a Juan Miguel Pérez de Nueros —sin poder decir nada más de ellos— «un papel del origen del apellido de Blancas y como se llamaron antiguamente Santangeles», la razón por la que tomaron el apellido y su árbol genealógico. 13 B.R.A.H., 9/5952, ff. 83v., 86v-87; Colección Salazar y Castro, H-25, f. 12; B-34, f. 72v. Mientras que Uztarroz señala que Juan de Blancas fue hijo de Martín Martínez de Gombalde, los papeles de Salazar y Castro lo señalan como vástago de Pedro de Blancas. 14 B.R.A.H., 9/5952, ff. 89-90v.; Colección Salazar y Castro, H-25, f. 13. 15 A[rchivo] H[istórico] de P[rotocolos] de Z[aragoza], 3.744, ff. 1230-1230v. Infra p. 87. 17 Blancas y otros fueron bastante fluidas, como así lo reflejan una manda testamentaria por la cual el cronista le legó a su primo Martín de Blancas —al que consideramos hijo y, hasta hallar el testamento, como posible heredero de Cristóbal de Blancas, el primo de Jerónimo de Blancas identificado en los papeles de Uztarroz y Salazar y Castro como ciudadano de Zaragoza y familiar del Santo Oficio pero, de ser el mismo, reconocido en la documentación como «infanzón de Gallur»— todas sus armas, así como todos los reposteros, con la condición de que engalanase con ellos la iglesia de San Pedro de Gallur durante las fiestas de la villa 42 ; y, de forma semejante, al que prestó en 1574 la cantidad de 17.600 sueldos para que éste afrontara una carta de encomienda, deuda que no se saldó hasta 1580, si bien Jerónimo renunciaría a 6.600 sueldos 43 . La rama de Gallur, en nuestra opinión, se trataba de la cabeza visible por aquel entonces de la genealogía. Por ejemplo, bien físicamente o en referencia a la estirpe con más raigambre de la familia, la documentación nos habla de la casa de los Blancas de Gallur como la «principal 44 ». Los enlaces matrimoniales de la familia Blancas y Tomás La isogamia matrimonial típica de las clases pudientes antiguorregimentales iba a marcar la dinámica de las relaciones de los Blancas. Martín de Blancas, por ejemplo, se casó con Catalina Tomás. Poco sabemos del linaje de su mujer, aparte del nombre de su padre —Antón Tomás—, pero los documentos nos han dejado algunas pistas. Isabel Tomás, seguramente hermana de la madre de Jerónimo de Blancas, estaba casada con Miguel Santuchos, mercader y ciudadano honrado de Zaragoza. La hija de ambos, Isabel Santuchos, se casó con micer Bartolomé Díaz, lugarteniente del Justicia, y Martín de Blancas la acompañó a la firma de sus capitulaciones matrimoniales. No es complicado imaginarse la capacidad adquisitiva de una familia que poseía una capilla en hecho que sabemos por el arrendamiento de la corambre que efectuó en 1572 en beneficio del guantero zaragozano Bartolomé Verdol. A.H.P.Z., 4.180 (1568), ff. 59 y ss. Cristóbal de Blancas no dudaría tampoco en usar los contactos familiares para aumentar su patrimonio. Por ejemplo, fue Diego de Morlanes, marido de Isabel Malo —hermana o tía de Margarita Malo, la mujer del cronista—, quien le vendió algunas de sus posesiones localizadas en Gallur. 42 A.H.P.Z., 3.755, f. 645v. 43 A.H.P.Z., 3.739, ff. 889-890; 3.745, ff. 232v. 44 A.H.P.Z., 3.741, ff. 119-131 [cita en 124v.]. Lo que nos induce a pensar que era Gallur donde se encontraba gran parte del patrimonio familiar proviene de la documentación notarial, así como de la torre que erigió allí el abuelo del cronista, Martín de Blancas. A causa de la fundación de un beneficio en la iglesia de San Pedro de Gallur en 1576 por los Blancas sabemos que la capilla y el altar adquiridos pertenecían a «la casa principal de los Blancas de la dicha villa de Gallur». No es complicado encontrar en los protocolos del cronista algunas de las rentas censales de su tío ni tampoco las ventas de las mismas. 18 Santa Engracia, donde descansaron los huesos del cronista, sus padres y su abuelo materno, y que era capaz de dotar a dos hijas conforme a su condición 45 . Si seguimos el hilo de la red de matrimonios del núcleo familiar de los Blancas continúan apareciendo familias relevantes de la ciudad y el reino durante el siglo XVI, algunas con una importante tradición a sus espaldas. Martín de Blancas consiguió vincular a su prole con la nobleza y el derecho. Son los casos de los Miravete, los Viota y los Malo. Isabel de Blancas, hija del matrimonio de Martín de Blancas y Catalina Tomás, se casó con micer Juan de Miravete, ciudadano de Zaragoza y consejero de la Real Audiencia de Aragón, institución surgida a raíz del Consejo Real, «único organismo con el que […] contaba el monarca en el Aragón de principios del siglo XVI», del que también formaba parte 46 . De hecho, sabemos que el conde de Chinchón, Tesorero General de la Corona de Aragón, le entregó los 12.000 sueldos que recibía por tal cargo 47 . No obstante, puede dudarse de la solvencia económica de los Miravete, puesto que el hermano de Juan, Antonio, notario causídico, dejó de gracia especial a Isabel de Blancas su arquimesa, recordándole que le «perdon[ara] por la miseria 48 ». En cualquier caso, que las relaciones entre los Blancas y los Miravete fueron estrechas puede colegirse fácilmente. Ante todo, porque eran familia, nexo verdaderamente capital en la sociedad del Antiguo Régimen y célula básica de la organización sociopolítica del 45 A.H.P.Z., 3.733, f. 908.; 4.178 (1561), ff. 129-132; 4.179 (1565), ff. 49-49v., 427 y ss.; 4.183 (1575), ff. 20v.-24v. La relación familiar entre los Santuchos y los Blancas puede deducirse porque, además de la procuración de Martín de Blancas, Isabel de Santuchos dejó como ejecutora de su testamento a Isabel de Blancas, hermana de Jerónimo de Blancas. Además, los Santuchos y Martín de Blancas aparecen como ejecutores testamentarios de Isabel Tomás, familiar de la esposa del padre del cronista. 46 J ARQUE M ARTÍNEZ , E. Y S ALAS A USÉNS , J. A., «El “Cursus honorum” de los letrados aragoneses» en Studia Historica. Historia Moderna, núm. VI (1988), p. 415. 47 A.H.P.Z., 3.730 (1567), ff. 229-230 y 4.179 (1565), ff. 186v.-188v. 6.000 sueldos procedían de las Generalidades, 2.000 de la Bailía General de Aragón y 4.000 de la villa de Fraga. 48 Ibíd., ff. 347-347v. Algunos detalles interesantes en A.H.P.Z., 3.736, ff. 789-794; 4.181 (1570), f. 310; 3.737, ff. 918-923. En tales documentos podemos observar que, por ejemplo, Isabel tuvo que vender algunas propiedades para poder afrontar las deudas y los gastos fijados por su difunto marido en sus últimas voluntades, como las 500 misas que Juan de Miravete solicitó. Para sufragarlos, la hermana del cronista no dudó en vender los tres «cahíces de trigo pan bueno limpio y mercadero» que Gaspar de Zaldívar y Luisa de Zuera, oriundos de Gallur, se habían comprometido a entregar a Miravete todos los años. El comprador fue Pedro de Robres, zalmedina de Zaragoza, de quien Blancas era escribano, y compañero en la cofradía de Nuestra Señora de Santa María la Mayor. Parece ser que no fue suficiente porque «et por quanto para cumplir y pagar los legados y algunas deudas y otras cosas que el dicho q[uondam] micer Juan de Miravete devia havemos tenido y tenemos necessidad de dineros para haver los quales no havemos hallado mas conveniente forma», Isabel también vendió algunos otros bienes a su hermano. Gran parte de los negocios de Blancas se producían a través de conexiones familiares o entre personas muy próximas y los ejemplos que estamos utilizando no hacen sino mostrarlo continuamente. Los lazos de parentesco, ora familiares ora clientelares, son uno de los aspectos más característicos —y corrientes dentro de la sociedad tardofeudal— en este primer acercamiento a la familia Blancas. 19 tardofeudalismo 49 . Y, lógicamente, porque Miravete era un buen cliente de la notaría de su cuñado y, por tanto, conocemos algunas huellas de su actividad. Por ejemplo, era habitual que Juan de Miravete cobrara algunos de los censos que el matrimonio tenía cargados en Gallur, seguramente aportados al matrimonio por su mujer, de manos de Cristóbal de Blancas; del mismo modo que recibía nueve cahíces de trigo de la hermana de Martín, Francisca, quien estaba casada con Cristóbal Garcés de Ortiz y vivía en Tauste; el mismo domicilio de la pareja, ubicado en la parroquia de San Felipe, pertenecía a Martín de Blancas, casas por las que éste se había visto obligado a pleitear 50 . Además, tanto Juan de Miravete como su hermano Antonio pertenecían a la Cofradía de Nuestra Señora de Santa María la Mayor, agrupación de la que también formaron parte Martín de Blancas, Jerónimo de Blancas y su mujer, y de la cual ambos Blancas llegaron a ser mayordomos 51 . Blancas llegó a estrechar lazos, incluso, con Antonio de Miravete y así, mientras que el primero se encargó de buena parte de los trámites del notario causídico, éste le sucedió en la notaría tras comprársela a su sobrino Martín Miravete de Blancas en 1591 por 14.000 sueldos 52 . Si Isabel entroncó con un linaje dedicado a la jurisprudencia y con importantes conexiones con los círculos realistas gracias al oficio de su marido en la Real Audiencia, Martín de Blancas, quien a su vez servía al Justicia del reino como escribano, decidió que fuera su hija Jerónima la que hiciese lo propio con la nobleza 49 Sobre el papel crucial de la familia durante la Edad Moderna, B EL B RAVO , M. A., La familia en la historia, Madrid, Encuentro, 2000, p. 109 y ss. B ESTARD , J., «El método comparativo: el caso de la familia y el parentesco en Europa» en G ARCÍA G ONZÁLEZ , F., La Historia de la Familia en la Península Ibérica (siglos XVI-XIX). Balance regional y perspectivas, Cuenca, Universidad de Castilla-La Mancha, 2008, pp. 483-484. Bestard habla de «etno-nacionalismo», pues se «representa a la nación como un grupo de filiación, con el énfasis en la sangre y en la línea de descendencia», puntal de apoyo en la concepción del Estado como suma de familias, algo de lo que los fogajes, por ejemplo, son una buena prueba. C HACÓN J IMÉNEZ , F., Historia Social de la familia en España, Alicante, Instituto de Cultura Juan GilAlbert, 1990. H ERNÁNDEZ F RANCO , J., «Historiografía sobre la familia en Murcia» en G ARCÍA G ONZÁLEZ , F., Historia de la Familia en la Península Ibérica (siglos XVI-XIX). Balance regional y perspectivas, Cuenca, Universidad de Castilla-La Mancha, 2008, p. 216. Hernández Franco rescata a Lévi-Strauss para reconocer que «sin familia no habría sociedad, pero sin sociedad no habría familia». 50 A.H.P.Z., 3. 726, ff. 692-692v. Juan de Miravete arrendó una casa ubicada en la parroquia de San Felipe por 10.000 sueldos jaqueses que era propiedad de su suegro. A.H.P.Z., 4.178 (1562), ff. 129v.-143; 4.179 (1565), f. 98 y 4.180 (1568), f. 364; 3.726, ff. 692-692v. Martín establecería un censo con el que luego dotaría a su hijo en las capitulaciones matrimoniales. El proceso se desarrolló en la corte del zalmedina. A.H.P.Z., 3.730 (1567), ff. 229-230. Un pago conjunto de 10.000 sueldos a favor de Martín Mario Martínez. A.H.P.Z., 4.184, ff. 239-241. En caso de no acudir a la notaría de su cuñado, no dudaba en consultar a algún Malo. 51 A.H.P.Z., 3.429, ff. 124v.-126v.; 4.182 (1571), ff. 1v.-2. B.R.A.H., Colección Salazar y Castro, H-25, f. 26. 52 A.H.P.Z., 877, ff. 412-414; 4.179 (1566), ff. 349v.-353; 4.180 (1567), ff. 93-97 y 311-330; 4.186, ff. 300v.-302v.; 4.187 (1581), ff. 67v.-68v. y 87-92v. Entre otros asuntos cotidianos, encontramos en los protocolos de Blancas las capitulaciones matrimoniales de Antonio y Ana Balaguer, hija de unos ciudadanos de Daroca; los testamentos de ambos o la compra de unas casas. 20 señorial aragonesa, casándola con Lope de Viota, señor de Larrés y Gordún. Las pocas noticias que podemos aportar de los Viota proceden de los apuntes genealógicos del propio Blancas y de José Pellicer de Ossau. Los Viota, si bien pertenecían a una modesta nobleza señorial, estaban conectados con familias importantes. El padre de Lope de Viota, Juan, se crió en casa de Miguel de Gurrea, gobernador del reino, pues su abuela era una Gurrea y él había quedado tempranamente huérfano de padre. Se casó con Ana Castellón, hija de su madrastra y de tal matrimonio nació Lope de Viota. El hijo de Juan, entonces, casó con Jerónima de Blancas —la cual falleció antes que él, pues Lope casó en segundas nupcias— y de su unión nació Claudio César Viota, sobrino del cronista y heredero en los lugares de su padre 53 . En la documentación hemos encontrado que la herencia sobre Larrés y Gordún no fue sencilla. En 1579, Isabel Monterde, quizá una de las esposas de Lope de Viota, tenía derecho de viudedad foral en «las pardinas y lugares de Gordún y Samper y Sotirana». Los lugares, reclamados por Claudio César, permanecieron hasta el 1 de agosto de 1579 en beneficio de Isabel, pero ésta aceptó la oferta que Jerónimo de Blancas hizo para que su sobrino adquiriese las heredades: Claudio César debía devolver a Isabel su dote y excrex, valorados en 55.000 sueldos, mientras que Isabel debía vender luego la dote al cronista 54 . No obstante, tres años más tarde éste contrajo la obligación de dotar con 100.000 sueldos al matrimonio de su sobrino con Mariana Larraga, siempre y cuando la unión no se disolviera y Jerónimo de Blancas falleciera sin hijos 55 . Éste recordó la obligación en su testamento y le encomendó a su heredero, Martín Miravete de Blancas, que saldara la deuda en cinco pagos anuales de 20.000 sueldos, ora en metálico ora en censales. Los pagos debían comenzar cinco años más tarde de la muerte de Jerónimo, momento en el que expiraba la viudedad foral de su mujer, Margarita Malo 56 . Martín de Blancas concertó un matrimonio para su heredero con otra de las familias dedicadas a la notaría en la ciudad de Zaragoza, haciendo gala de nuevo de una inquebrantable isogamia social. Los elegidos fueron los Malo, procedentes de Molina y vinculados con el linaje de los Salvador según el doctor Juan Francisco Andrés 57 . Gracias al proceso de limpieza de sangre que Margarita tuvo que superar entre 1566 y 1567 para formar parte de la cofradía en la que militaba su marido podemos ofrecer 53 B.R.A.H., Colección Salazar y Castro, B-34, ff. 61-61v. 54 A.H.P.Z., 3.744, ff. 222v.-224. 55 A.H.P.Z., 3.747, ff. 320-321. 56 A.H.P.Z., 3.755, f. 645v. 57 B.R.A.H., 9/5952, f. 94. Puede que se refiera a Molina de Aragón, pero no podemos concretarlo. 21 algunos datos sobre su familia. Margarita era hija de Jaime Malo, notario de número, y María Martínez, ciudadanos honrados de Zaragoza. Sabemos que sus abuelos paternos fueron Felipe Malo y Martina Foncellas, quienes vivieron durante muchos años en Laluenga por los testimonios de los testigos del proceso; mientras que Alonso Martínez e Isabel López fueron los padres de su madre. Además de ser ciudadano de Zaragoza, Alonso también disfrutó de una notaría pública en la ciudad, que fue la misma que pasó luego a Jaime Malo, padre de Margarita y marido de María Martínez, y la misma que este matrimonio legó a su hijo Jaime, hermano de la esposa del cronista, en 1571 58 . Así pues, el 20 de febrero de 1566, Jerónimo, Martín e Isabel de Blancas y Juan de Miravete acudieron a la notaría de Pedro López y allí se encontraron con Margarita, sus padres, su hermano Jaime acompañado de Gracia de Uncastillo, su mujer, Isabel Malo —no sabemos si hermana o tía de la contrayente— y uno de los mejores amigos en el futuro próximo del cronista, el marido de esta, Diego Morlanes, lugarteniente del Justicia de Aragón y ciudadano de Zaragoza. A pesar de que el decreto Tametsi había sido sancionado en 1563 durante las reuniones tridentinas, y de que muchos de los notarios ya lo habían asimilado, la capitulación de Blancas y Margarita nos muestra que el matrimonio se concertó «con licencia voluntad y consentimiento de los dichos sus padres y de los otros arriba nombrados parientes y amigos 59 ». Las capitulaciones matrimoniales, que habían sido elaboradas el día 16 de febrero, no distaron mucho de las entregadas por otras familias que ocupaban una posición social semejante: por ejemplo, capitularon antes de celebrar las nupcias y los bienes que ambas familias aportaron al matrimonio, independientemente de su naturaleza, se trajeron como bienes sitios, puesto que así quedaban siempre a propia herencia del otorgante 60 . Tras señalar a los concurrentes, el documento continuaba con el listado de los bienes que Jerónimo de Blancas iba a aportar al matrimonio, bienes que eran entregados por su padre Martín y, la mayoría de las veces en el caso de los bienes inmuebles, «para 58 B.R.A.H., Colección Salazar y Castro, H-25, ff. 27-28v. A.H.P.Z., 4.182 (1571), ff. 3v.-6v. 59 A.H.P.Z., 3.709, f. 255v.; 4.179 (1565), ff. 58v.-61. Blancas ya señala la formulación típica tras el concilio de Trento de «por palabras legítimas y de presente según la Santa Iglesia de Roma lo manda y San Pedro y San Pablo lo confirman» en 1565, ausentes en su capitulación matrimonial, puesto que aparece la fórmula de la cita. Para los cambios que supuso Trento en el matrimonio, véase A VELLANO , I. y U SNÁRIZ , J. M. (eds.), El matrimonio en Europa y el mundo hispánico. Siglos XVI y XVII, Madrid, Visor Libros, 2005, pp. 115-116, 167, 188-189. 60 G ÓMEZ Z ORRAQUINO , J. I., La burguesía mercantil en el Aragón de los siglos XVI y XVII (1516-1652), Zaragoza, DGA, 1987, p. 27. S AVALL Y D RONDA , P. y P ENÉN Y D EBESA , S., Fueros, observancias y actos de corte del Reino de Aragón [ed. facsimilar], Zaragoza, El Justicia de Aragón-Ibercaja, 1991, pp. 217218. 22 después de mis días [de Martín de Blancas] y no antes» o bien «para luego de [su] presente», proceder muy extendido en la España moderna 61 . De este modo, en cuanto a bienes inmuebles, Martín de Blancas le legó a su hijo el domicilio de los Blancas, donde él todavía vivía, con la condición de que el matrimonio permitiera que continuara haciéndolo. Gracias a ello sabemos dónde se encontraba y, como indicaba Martín, las casas están sitiadas parte de ellas en la parroquia de Nuestra Señora Santa María del Pilar y la Mayor […] y parte de ellas que es la parte que cae hacia el río Ebro está sitiada en la parroquia del señor San Juan del Puente y afrentan con casas de los herederos de […] Juan de Banarar, barbero, con el Mesón de los Reyes y pardinas del río Ebro y la calle que pasa entre las dichas casas y la Lonja y con calle pública que va para la iglesia de Nuestra Señora del Pilar 62 . Junto con la vivienda, Martín legaba a su hijo «el derecho de patronado laical que está unido y anexo a las dichas casas» por el cual el dueño del inmueble podía presentar capellanes y beneficiados para la capilla dedicada a San Antón que Martín de Blancas y Catalina Tomás instituyeron en la Seo 63 . El beneficiado de los 500 sueldos de la pensión era, al menos hasta 1567, Agustín Berdot, presbítero que testificó en el proceso de limpieza de sangre de Margarita Malo 64 . Los bienes sitios continuaban con dos viñas en la partida zaragozana de Pallaret, una de dos cahíces y dos arrobas de tierra y la otra de un cahíz y tres arrobas, ambas regadas por la cequia de Urdán. A ellos se deberían sumar el patrimonio que los Blancas fueron estableciendo en Peñaflor, barrio en el que Martín entregó a su hijo «unas casas con sus corrales, tres huertos, siete olivares, una era y un campo» y en el que Jerónimo realizaría una importante inversión 65 . 61 A.H.P.Z., 3.709, ff. 256 y 256v. C HACÓN J IMÉNEZ , F., Historia Social…, op. cit., pp. 51-54, 95. 62 A.H.P.Z., 3.709, ff. 255v.- 256. G ÓMEZ U RDÁÑEZ , C., Los palacios…, op. cit., p. 20. «Todas las viviendas de la ciudad […] eran casas [ya que] la palabra palacio entrañaba un significado jurídico: equivalía a casa del señor […] o sede del poder». A.H.P.Z., 3.746, pp. 1.210v.-1.211v. A pesar de lo parco de la documentación, podríamos preguntarnos si los Blancas dispondrían de lo que hoy denominamos como palacio. Por unas obras que acometieron con permiso de los señores de Osera, sus vecinos y propietarios del Mesón de los Reyes, sabemos que el domicilio tenía una escalera principal y que tenía algunas de sus ventanas adornada con alabastro. 63 A.H.P.Z., 3.709. f. 256. 64 A.H.P.Z., 3.730, ff. 50-51. B.R.A.H., Colección Salazar y Castro, H-25, f. 38v. 65 A.H.P.Z., 3.730, ff. 256v.-257. Algunos de los movimientos que conocemos en A.H.P.Z., 3.733, ff. 906v.-915v.; 3.746, ff. 1.177-1.182 y 1.201v.-1.202v. En 1581, Jerónimo anulaba el censo que habían cargado sus padres para fundar su capellanía en la Seo sobre esos mismos bienes de 400 sueldos de renta anual y 8.000 de propiedad al comprar el ius luendi al señor de Sobradiel, el cual disfrutaba del beneficio 23 Además de esas propiedades, Martín aportó otros bienes destinados a garantizar la base económica del matrimonio. Así, le entregó a su hijo «la notaría del número de cuarenta vulgarmente dicha de caja 66 » y también unas cuantas pensiones. En total, cinco censales de 2.228 sueldos de renta anual con 44.560 sueldos de propiedad 67 . De forma semejante, el padre del cronista legó también la mitad de «los bienes muebles, tapicería y plata y de los otros bienes muebles del servicio de la casa». Como el matrimonio se comprometió a permitir la cohabitación de Martín, éste no dividió la casa y como compensación entregó a su hijo 200 libras anuales y, por manda testamentaria, una taza de plata a «mi nuera […] a la cual amo y quiero como a mi propia hija en reconocimiento de alguna parte de los trabajos y pesadumbres que yo le he dado 68 ». La contribución de Margarita Malo se procuró mediante censales y dinero en metálico, una forma de actuar muy extendida entre las capas sociales más favorecidas. Mientras los bienes productivos solían ser aportados al matrimonio por el marido, la esposa solía entregar ropa, enseres domésticos —o, en caso de tenerlos, objetos de lujo— y la necesaria liquidez para la nueva pareja; ya que la dotación de la mujer era el medio más cotidiano de la disgregación patrimonial de la familia 69 . Y, al igual que en el caso de su futuro marido, la familia Malo aportó los bienes como sitios. En total, 67.000 sueldos entre censales y dinero en metálico 70 . que había recibido de su tío Pedro Jerónimo Cerdán de Escatrón. A.H.P.Z., 3.747, ff. 626-628v. Además de reducir las pensiones, Blancas trató de adquirir más tierras y de mejorar las que ya tenía. Al año siguiente, en 1582, compró un huerto de tres arrobas de tierra y la carta de gracia para luir un treudo de 5 sueldos cargado sobre las mismas por 500 sueldos. A.H.P.Z., 3.737, ff. 275v.-276v. Ya en 1572, por ejemplo, el cronista había concertado con dos labradores de Peñaflor la cesión del huerto más grande que tenía allí durante seis años por 80 sueldos al año. Las condiciones eran bastante favorables para los campesinos ya que aunque los labradores no podían arrancar ningún frutal —so pena de 20 sueldos— ni tampoco dejar entrar ganado —lo que se castigaría con 10 sueldos— y debían entregarlo mejorado —indicando así Blancas que arreglaran las tapias, plantaran más frutales y ensancharan los andadores, además de conservarlos «más limpios y anchos de lo que ahora están»—; Jerónimo se comprometía a no luir el contrato siempre y cuando le entregaran la mitad «del agua rosada de las rosas que hay». 66 A.H.P.Z., 3.709, ff. 264-264v. Martín señaló que «le hizo donación y renunciación de ella con todas las notas, protocolos, registros, procesos y escrituras que le habían sido encomendados y con todos los derechos y facultades». Tras la renuncia, Jerónimo «fue presentado en el colegio de los notarios del número de la dicha ciudad [de Zaragoza] y admitido por aquellos fue presentado a los señores jurados de la misma ciudad y proveído por ellos de la dicha notaría y hecha comisión de las notas y escrituras de aquella». 67 Cargados sobre el concejo de Zaragoza, el de Gallur, dos sobre las tierras del conde de Morata y otro sobre unas casas en la parroquia de San Felipe. 68 A.H.P.Z., 3.709, ff. 257-262v.; 3.733, ff. 906v.-915v. 69 H ERNÁNDEZ F RANCO , J., «Historiografía sobre la familia…, op. cit., p. 291. Chacón Jiménez, F. Historia Social…, op. cit., p. 131. 70 Seis censales cargados sobre las tierras del conde de Belchite, sobre el concejo de Monforte y otros cuatro sobre las Generalidades de Aragón, por valor de 51.000 sueldos de propiedad, que al año generaban 2.550 sueldos de pensión. Además, ocho días después de la boda Jaime Malo se comprometía a entregar 13.000 sueldos en metálico y, al año de la capitulación, el padre de Margarita se obligaba en 4.000 sueldos más que, efectivamente, fueron pagados el 20 de febrero de 1567. A.H.P.Z., 3.709, ff. 265- 24 La ceremonia nupcial no se demoraría demasiado tiempo, aunque es complicado señalar el día en concreto. Sea como fuere, el 4 de abril de 1566 Jerónimo de Blancas ya actuaba como procurador de los oscenses Alonso Cortés y Violante Malo, seguramente familiares de su mujer 71 . Las cláusulas matrimoniales, es decir, aquellos acuerdos tomados por ambas familias para asentar las primeras directrices del régimen económico de la familia, reflejan nuevamente el comportamiento habitual de las gentes de su condición. Lo más característico de estas instrucciones negociadas es el blindaje que cada una de las partes hizo de sus contribuciones, así como de los bienes que por título lucrativo recibiera cada una de las partes durante el matrimonio. Por ejemplo, se pactó que Jerónimo no tuviera «sino tan solamente el derecho de la administración que al marido pertenece y ha de pertenecer en los bienes de la mujer 72 ». De forma semejante, ambos contrayentes reconocieron el disfrute de viudedad por parte del supérstite, aunque con limitaciones a lo permitido en el derecho aragonés: Margarita, que fue quien a la postre la disfrutó, tendría derecho a usufructuar la casa de los Blancas y 1.000 sueldos de renta al año; mientras que Jerónimo, en caso de haber sobrevivido, hubiera tenido derecho de viudedad sobre 2.000 sueldos al año. Además, los Blancas se comprometieron a asegurar la dote estableciendo un excrex de 23.000 sueldos si el matrimonio conseguía descendencia, cantidad que debería dedicarse exclusivamente en el cuidado de la prole; en caso de no haberla, el excrex se reduciría a la mitad. Por último, ambas partes reconocieron que como Margarita había sido dotada, no tendría que afrontar las deudas de la casa a pesar de convenir en tales gastos 73 . Zaragoza en la segunda mitad del siglo XVI Si bien Blancas realizó sus estudios fuera del reino y durante 1564 vivió en Gallur, la vida pública del cronista tuvo lugar en su ciudad natal, Zaragoza. La capital del reino, cuarta urbe de España tras Valencia, Sevilla y Barcelona —también tras Madrid una vez establecida la corte en 1561—, tenía una población estimada en 25.000 271, 272-272v. 282-282v.; 3.710, f. 180v. Las fuentes señalan 68.000 pero la suma final de lo entregado asciende a la cifra indicada de 67.000 sueldos. El 1 de marzo Jerónimo y Jaime Malo acudían al notario para testificar que el segundo había entregado ya los 13.000 sueldos; 12.373 en metálico y 627 en forma de prorratas de algunos censales. 71 A.H.P.Z., 3.731, ff. 438 [s. n.]-440v. La ceremonia pudo tener lugar el mismo día de la entrega de los capítulos matrimoniales o, si acaso, al día siguiente pero como la documentación señala indistintamente el día de la firma y el día del casamiento como fecha de la entrega de los 4.000 sueldos al año de la boda, no podemos asegurarlo fehacientemente. 72 A.H.P.Z., 3.709, f. 278. Y así lo cumplió. A.H.P.Z., 3.710, ff. 57v.-58. 73 A.H.P.Z., 3.709, pp. 273v.-280v. 25 habitantes en 1548 y ya 30.000 para algunos historiadores a partir de 1561 74 . A pesar de contar con calles tortuosas y estrechas, especialmente por el constreñimiento de la ciudad cristiana sobre los límites de la romana primero, pero también por la herencia musulmana y por la expansión de la morería tras la conquista cristiana del enclave en 1118, el tinte mudéjar de su arquitectura, basada en el ladrillo, la diferenciaba del resto de las ciudades de los Habsburgo 75 . Además, durante buena parte del siglo XVI la ciudad estuvo en la búsqueda de un nuevo equilibrio funcional y racional y de un renovación estética con la que representar el signo de los nuevos tiempos, intentando plasmar los ideales renacentistas a través de la construcción de determinados símbolos que reflejaran la creación consciente de una estética urbana relacionada con los conceptos histórico-políticos con los cuales se identificaba su elite 76 . Durante la floreciente centuria, las autoridades del concejo y del reino decidieron levantar algunos de los edificios más característicos del renacer zaragozano. Por ejemplo, la progresiva secularización de la vida pública planteada por el humanismo se plasmó en el proyecto de la Torre Nueva, levantada en 1512, anunciando con sus campanas el tiempo del mercader 77 . En este mismo sentido debemos entender también la culminación de las obras de la Lonja en 1551 78 . La pujanza de ese nuevo linaje del tener del que antes hablábamos y al cual pertenecía la familia Blancas también se advierte en la consolidación de la universidad en 1587 de la mano de Pedro Cerbuna 79 . Es bueno recordar la trascendencia que estos grupos sociales —y también la monarquía en el caso peninsular— tuvieron en el desarrollo de centros académicos durante el siglo XVI, para cuyo despegue J. Verger ha señalado que era crucial 74 S ALAS A USÉNS , J. A., «La demografía histórica en Aragón, a estudio» en Revista de Historia Jerónimo Zurita, núm. 57 (1988), p. 13. K AGAN , R. L., Ciudades del Siglo de Oro: las vistas españolas de Anton Van der Wyngaerde, Madrid, El Viso, 1986, p. 142. 75 F RUTOS M EJÍAS , L. M., «Una visión de Zaragoza en el siglo XVI» en Cuadernos de Historia Jerónimo Zurita, núm. 21-22 (1968-1969), pp. 255-257. 76 C ORRAL L AFUENTE , J. L., «Significado y símbolo de la ciudad medieval» en Revista de Historia Jerónimo Zurita, núm. 56 (1987), pp. 143-149. 77 Véase L E G OFF , J., «Tiempo de la Iglesia y tiempo del mercader en la Edad Media» en L E G OFF , J., Tiempo, trabajo y cultura en el occidente medieval, Madrid, Taurus, 1983, pp. 54-62. P ARKER , G., Felipe II: la biografía definitiva, Barcelona, Planeta, 2010, p. 300. La preocupación por medir el paso del tiempo interesó desde muy pronto a las principales monarquías y, por supuesto, también a Felipe II. A.H.P.Z., 3.755, ff. 646v.-647. Para Blancas, el tiempo también fue algo importante: «señaladamente mi reloj quiero se de al convento de Aula Dei por otro no tan bueno que en días pasados me dio el padre don Losilla me dio y suplico a aquellos santos padres se acuerden de mi en sus oraciones». 78 G ÓMEZ U RDÁÑEZ , C., Arquitectura civil en Zaragoza en el siglo XVI, Zaragoza, Ayuntamiento de Zaragoza-Delegación de Acción Cultural, 1987-1988, Vol. I, pp. 82, 134. Buen reflejo del nivel económico es la utilización del vidrio en su construcción –que, según Delumeau, había comenzado a expandirse a partir de 1550y la piedra en sus columnas, material, dada la escasez, muy oneroso en la ciudad. 79 F RUTOS M EJÍAS , L. M., «Una visión de…, op. cit., p. 268. La fundación se produjo en 1542. 26 la existencia finalmente y la acción de un entorno local favorable, tanto para los profesores que desean enseñar como para los futuros estudiantes que quieran asistir a los cursos y postular a los diplomas que abrirían el camino a sus exitosas carreras públicas y privadas, eclesiásticas o seculares, a las que ellos mismos o sus familias aspiraban 80 . Pero si en algún sitio se apreciaron estos nuevos aires, en otras palabras, si en algún lugar quedó patente la plasmación estética del cosmos político de las elites aragonesas durante el siglo XVI, fue en las reformas de los principales centros de poder de la ciudad; por lo que a nosotros concierne, las que sufrió la Diputación del Reino de Aragón en la segunda mitad del siglo XVI. Los primeros retoques comenzaron en 1548. Sabemos que, tras arreglar el tejado, los diputados convinieron en el encargo de varias esculturas decorativas de madera con forma de niño, cuatro de ellas destinadas a decorar el escudo de la Diputación en sus «quatro cantonadas […] con las armas del reino los unos, las quatro cabeças el otro, el otro la cruz y el otro los vastones o vandas de las armas que el Reyno haze 81 ». En 1578, los diputados encargaron a Roland de Mois, pintor flamenco al servicio del duque de Villahermosa, cuarenta y ocho retratos enmarcados en madera sobredorada de los justicias del reino de Aragón por 14.400 sueldos para decorar «la dicha sala y consistorio del dicho Justicia de Aragon». En 1586 era el turno para la Sala Real de la Diputación, destinada a «tratar los negocios concernientes a las generalidades del Reyno, y otras cosas adherentes a ellas muy importantes y de gran confianza». Los diputados decidieron adornar la estancia con cuarenta retratos al óleo de los Reyes de Aragón, armados y vestidos a la antigua usanza. Para ello contrataron a Filippo Ariosto, quien recibió 40 escudos por cada cuadro 82 , con la excepción de las imágenes de los dos primeros Austrias, pintadas por Alonso Sánchez Coello por decisión de Felipe II 83 . Ambas remodelaciones tuvieron un gran significado. El objetivo no era otro que 80 V ERGER , J., «Étudiants et gradués des universités du Midi à la fin du Moyen Âge: problèmes de effectifs et d’origine» en G ILLI , P. (coord.), Les élites lettrées au Moyen Âge. Modèles et circulation des savoirs en Méditerranée occidentale (XIIe-XVe siecles), Montpellier, Presses Universitaires de la Méditerranée, 2008, p. 198. La traducción es nuestra. 81 S AN V ICENTE P INO , A., Lucidario de Bellas Artes de Zaragoza: 1545-1599, Zaragoza, Real Sociedad Económica de Amigos del País, 1991, p. 20. Llama la atención la ausencia del cuartel con la encina y la cruz sobrarbienses. 82 Ibíd., pp. 309, 317, 409, 419. E GIDO M ARTÍNEZ , A., «Retratos de los Reyes de Aragón» de Andrés Uztarroz y otros poemas de Academia, Zaragoza, IFC, 1979, p. 4 [cita]. 83 R EDONDO V EINTEMILLAS , G. y M ORTE G ARCÍA , C., «Introducción…, op. cit., p. 26. 33 de su regreso a Zaragoza, si bien su dilación debió concluir, como máximo, en 1561 ya que a partir de entonces Jerónimo comenzó su labor como notario público 105 . Otra gran figura en la formación intelectual del cronista fue Antonio Agustín 106 . Los contactos entre ambos zaragozanos, Agustín y Blancas, no se produjeron en las aulas sino, sobre todo, a través de su relación epistolar 107 . Amigo también de Núñez y, como este, profundo admirador de Cicerón, el arzobispo de Tarragona fue fuente de consulta y censura para Blancas, puesto que fue Agustín el principal corrector de los Aragonensium rerum comentarii. En carta al propio cronista le reconocía que te felicito ante todo, como debo, por haber heredado los títulos y la pluma de Jerónimo Zurita, como cronista de nuestro Reino, con grande aplauso de sus diputados y con aprobacion de la ciudad entera. Mi corazon ademas rebosa de contento, porque á una persona, objeto de mi entrañable amor por las singulares prendas de su ánimo y no vulgar amistad, le has sucedido igualmente tú, que al parecer, ni le cederás en el amarme ni en las dotes de historiador latino […] Con sumo gusto he leido el grueso volúmen de tus Comentarios; ya por ser cosa tuya á quien tanto estimo, ya porque en ellos tratas de un asunto que atañe tan de cerca á la dignidad y honra de la patria. De suerte, que yo pasaria plaza de ingrato para con ella, y por envidioso de tu gloria, porque yo espero que merecerá ciertamente la aprobacion de todos, y que ha de tener mucha aceptación entre los extranjeros, y más aun entre nuestros conciudadanos […] 108 . Aparte de los significativos elogios, la epístola es francamente elocuente. La importancia de Antonio Agustín en los Comentarii no se ha ponderado lo suficiente. De hecho, incluso le dio el nombre con el cual se publicó, si bien murió dos años antes de que el trabajo se diera a la imprenta. Así, los Comentarios a los Fastos sobre los Justicias de Aragón se convirtieron en los Aragonensium rerum comentarii. Y no dudó en señalar que tanto los conciudadanos como los extranjeros deberían aprobarla, algo que, como ahora veremos, debe tenerse realmente presente 109 . 105 A.H.P.Z., 4.178. Cuando menos, esa es la fecha del primer protocolo con el que contamos hoy. 106 B.R.A.H., 9/5952, f. 93v. 107 Aunque consideramos que se conocerían con anterioridad, en 1580 los diputados dejaron patente la relación entre el clérigo y Blancas, «de quien ya V. S. I. tiene noticia». Infra pp. 49-51. 108 B LANCAS Y T OMÁS , J. DE , Comentarios…, op. cit., p. 471. 109 A RCO Y G ARAY , R. DEL , Escritos inéditos del célebre Antonio Agustín: correcciones a los comentarios del Cronista Blancas, y Apuntes heráldicos por Arco Garay, Madrid, Viuda e hijos de Jaime Ratés, 1927, p. 1, 7. M AYÁNS Y S ISCAR , G., Vida de D. Antonio Agustín, Arzobispo de Tarragona, Madrid, Juan de Zúñiga, 1734, pp. 112-113. F LORES S ELLÉS , C., Epistolario de Antonio Agustín, Salamanca, Universidad 34 Los méritos de Antonio Agustín son harto conocidos 110 . No obstante, nos gustaría incluir aquí sólo una serie de apreciaciones relevantes para continuar con el propósito de nuestro discurso. Licenciado en ambos derechos, para Altamira fue el fundador «de la historia externa [las fuentes] del derecho canónico», asemejando su labor a la renovación que en la jurisprudencia romana efectuaron Alciato y Cujas 111 ; de hecho, Agustín fue discípulo en Bolonia de Alciato y de su renovador magisterio en el derecho, caracterizado por lo que se ha definido como Mos docendi gallicus —del que fue precursor— y, en un sentido más amplio, humanismo jurídico o humanismo racional 112 . Un reconocido hispanista como Joseph Pérez tampoco ha dudado en señalar que «el antiguo alumno de Salamanca, Antonio Agustín representa el punto más culminante del humanismo jurídico por cuanto respecta a las fuentes del derecho canónico, en cuya especialidad no fue superado por ningún otro 113 ». De este modo, Antonio Agustín fue uno de los seguidores de esa renovadora corriente humanista. El Mos gallicus afectó profundamente a la historia del derecho, motivando que muchos de los estudios se centraran en el derecho autóctono de los territorios, de sus instituciones, sus formas de gobierno y sus magistraturas; y alterando la concepción del derecho romano, el cual, desmitificado, comenzó a verse como un derecho histórico, con todas las consecuencias que eso conllevaba: por ejemplo, se constató la escasa vigencia o directamente la inaplicabilidad de muchos de sus principios en los tiempos modernos 114 . Sin ser un movimiento homogéneo, el Mos gallicus fue una forma de entender y, sobre todo, de enseñar el derecho basada en una reflexión teórica —que se daba a conocer en forma de ensayos o comentarios— construida desde la crítica filológica e histórica del derecho romano —especialmente del Código de Justiniano— en la línea de la iniciada por Lorenzo Valla durante el siglo XV. Al aplicar esta metodología, la de Salamanca, 1980, p. 7. La amistad entre Núñez y Agustín se debería, seguramente, a Zurita a quien el arzobispo dedicó en alguna que otra ocasión severos reproches. 110 En caso de desear consulta, véase, por ejemplo, M AYÁNS Y S ISCAR , G., Vida de…, op. cit. L ATASSA Y O RTÍN , F. DE , Biblioteca nueva de los escritores aragoneses: 1500-1599, Zaragoza, Ibercaja, 2005, pp. 304-310. 111 A LTAMIRA , R., Historia de España…, op. cit., p. 559. 112 Mayáns nos cuenta que prefirió su magisterio al de otros profesores en M AYÁNS Y S ISCAR , G., Vida de…, op. cit., p. 5. Algunas distinciones entre el Mos, el humanismo jurídico y el humanismo racional en C ARPINTERO B ENÍTEZ , F., Historia del derecho natural. Un ensayo, México, UNAM-Instituto de Investigaciones Jurídicas, 1999, pp. 107 y ss. 113 P ÉREZ , J., El siglo de Fray Luis de León. Salamanca y el Renacimiento, Salamanca, Universidad de Salamanca, 1991, p. 71. C LARAMUNT R ODRÍGUEZ , S. «Humanismo y Renacimiento…, op. cit., pp. 92-94. Como apunta el autor, conviene recordar que la penetración más importante del ciceronismo en la España moderna fue gracias a la actividad del Real Colegio de España en Bolonia. 114 R ODRÍGUEZ P UERTO , M. J., La Modernidad discutida. Iurisprudentia frente a iusnaturalismo en el siglo XVI, Cádiz, Universidad de Cádiz, 1998, p. 16. 35 jurisprudencia romana comenzó a ser vista como el producto de una época pretérita, como fruto de una sociedad histórica ausente en el presente bajomedival y moderno, por lo que vio su influencia entredicha. Como herramienta para el magisterio y en aras de una mejor comprensión del objeto de estudio, el Mos gallicus hizo especial hincapié en los studia humanitatis y en las sistematizaciones y depuraciones críticas del saber jurídico legado por el ius comune medieval. Esta «actitud» ante el derecho, cuyos orígenes primigenios podríamos situar en los enfrentamientos medievales entre el Papado y los poderes seculares, en el prehumanismo italiano y en el Mos italicus, método al que luego algunos eruditos enfrentarían, se desarrolló principalmente en Francia de la mano de profesores italianos y alemanes. No es casual que el florecimiento de esta corriente y de sus máximos exponentes, como Guillaume Budé (1467-1540), François Connan (1508-1551), François Hotman (1524-1590) o el primer Jean Bodin (1530-1596), tuviera lugar en el país galo puesto que allí había motivos para el debate: mientras el norte se caracterizaba por el derecho germánico consuetudinario, el sur, más o menos romanizado, conservaba importantes elementos del derecho romano; al mismo tiempo, en el contexto de las guerras de religión francesas, trató de refutar teóricamente el recurso que el derecho romano prestaba a los monarcas absolutos, por lo que no tardó en encontrar adeptos en toda la Europa continental 115 . Por último, pero no menos importante, queda señalar al maestro Diego de Espés, canónigo y beneficiado en el Pilar y posteriormente archivero en la misma iglesia y también en la Seo, así como encargado de ordenar el archivo del Reino de Aragón en 1600 y autor, entre otras obras, de una historia eclesiástica de la ciudad de Zaragoza 116 . Además de maestro del cronista, fue también uno de sus mejores amigos, a quien Blancas dejó en su testamento habitación de por vida 117 . Nos cuenta Uztarroz que el latín del cronista, quien podía llegar a hablarlo, superaba con creces al del canónigo y también señaló que Espés contribuyó en la obra 115 Ibíd., pp. 14-51. S KINNER , Q., Los fundamentos del pensamiento político moderno. El Renacimiento, Vol. I, México, FCE, 1985, pp. 227-247. C ARPINTERO B ENÍTEZ , F., Historia del derecho…, op. cit., pp. 81-137. Sobre la diferente naturaleza del derecho en Francia, P ÉREZ B USTAMANTE , R., «La Francia del Antiguo Régimen: vocación uniforme y diversidad jurídica e institucional» en R USSELL , E. y A NDRÉS G ALLEGO , J. (dirs.), Las monarquías del Antiguo Régimen: ¿monarquías compuestas?, Madrid, Universidad Complutense, 1996, pp. 124-125. 116 Más datos en G ÓMEZ U RIEL , M., Bibliotecas antigua y nueva de escritores aragoneses de Latassa aumentadas y refundidas en forma de diccionario bibliográfico-biográfico, Tomo I, Zaragoza, Imprenta de Calisto Ariño, 1884, pp. 438-440. G ASCÓN P ÉREZ , J., «El ideario político de los cronistas aragoneses» en El món urbà a la Corona d’Aragó del 1137 als decrets de Nova Planta: XVII Congreso d’història de la Corona d’Aragó, Vol. II, Barcelona, Universidad de Barcelona, 2003, p. 705. 117 A.H.P.Z., 3.755, f. 645v. 36 magna de su amigo aportando las más variadas noticias de los archivos que Jerónimo no podía consultar; hasta el punto que Blancas reconocería a García de Loaysa Girón pero más que todos cooperó con su ayuda nuestro íntimo amigo, al que tan bien conoces, el maestro Diego de Espés, natural de Arándiga, varón probo y docto, instruido en todas las ciencias, hasta en las más profundas, y la verdadera norma de todos nuestros estudios. Él, con sumo cuidado, diligencia y fidelidad, nos comunicó abundantes datos, tomados de los mismos archivos, no pudiendo ciertamente proporcionarnos mayor alivio de trabajo 118 . De hecho, no debieron ser pocos los que vieron claro el ascendente de Espés en los Comentarii, hasta el punto que Jerónimo de San José reprochó «que tienen que ver estos [agradecimientos a Espés] para afirmar que los mejores escritos de Blancas se deben al racionero 119 ». A la luz de nuestras investigaciones, valorar la influencia de Espés en el trabajo de Blancas resulta imposible. Lo que sí está claro es el conocimiento que el clérigo tenía sobre los papeles del cronista, como así se infiere de una de las cláusulas de su testamento 120 . En cualquier caso y sin por ello tener que involucrar a Espés en tal dinámica, convendría añadir que la historiografía eclesiástica del siglo XVI no gozó de buena reputación a la luz de la crítica posterior dada su tendencia a la divulgación de falsas crónicas, con algunos sucesos bastante sonados durante reinado de Felipe II. En este sentido, E. Fueter y E. Cochrane, entre otros, sostienen que la historiografía eclesiástica, ajena a la historia humanista y definida completamente por el contexto Reforma-Contrarreforma, resultó ser incompatible con la disciplina laica 121 . Jerónimo de Blancas, notario público y de número de Zaragoza Al igual que en otros aspectos, Uztarroz también pronunció sus impresiones con respecto al quehacer notarial del cronista, que comenzó en 1561 y se extendió hasta 1585, convirtiéndose en «notarii publici et de numero civitato Caesaraugustae» en 1565, al recibir la notaría y la clientela de su padre 122 . Lógicamente, una de las cosas 118 B LANCAS Y T OMÁS , J. DE , Comentarios…, op. cit., p. 10. 119 B.R.A.H., 9/5952, ff. 93, 111v. 120 Infra p. 82. 121 Véase G ODOY A LCÁNTARA , J., Historia crítica de los falsos cronicones, Madrid, M. Rivadeneyra, 1868. F UETER , E., Historia de la historiografía moderna, Vol. I, Buenos Aires, Nova, 1953, pp. 273 y ss. C OCHRANE , E., «Cesare Baronio e la Controriforma» en Studi Storici, vol. 20, núm. 4 (1979), p. 932. 122 A.H.P.Z., 4.179 (1565) [cita en la rúbrica inicial]. Para observar cómo Blancas continuó trabajando con los clientes de su padre en cuanto se hizo con la notaría de número de Martín, cf. A.H.P.Z., 4.177 37 que señaló el biógrafo fue que para poder ser aceptado en el colegio de notarios, Blancas tuvo que demostrar su limpieza de sangre «por los cuatro costados», así como ratificar que sus ascendientes no ejercieran o hubieran ejercido oficios mecánicos; buen ejemplo de los mecanismos que el gremio de la fe pública consiguió instituir con el fin de asegurarse su propia reproducción social. Esta situación se hace todavía más clara al saber que, según Uztarroz, el negocio de Blancas fue una imposición paterna, ya que Martín quiso que su hijo siguiera sus pasos 123 . De hecho, prosigue el erudito señalando que ni en la ocupación de Notario del numero cuidaba mucho de hacer autos sino los de sus amigos, porque la mayor parte del tiempo la gastaba leyendo los autores clasicos latinos y las Historias de España cuya genial inclinación gustosamente le divertia de otros empleos 124 . Ciertamente, el análisis de los protocolos notariales de Jerónimo de Blancas pone a relucir tal descripción. Sin duda, la escasa extensión de sus papeles es un hecho llamativo, al igual que la pulcritud con la que frecuentemente están escritos y anotados 125 ; pero lo que llama poderosamente la atención es la nómina de clientes recurrentes y casi privativos que protagonizaron el grueso de los registros de Blancas, de la que podrían establecerse cuatro grandes grupos: primero, la nobleza señorial aragonesa, sobre todo en los casos de Pedro Martínez de Luna y su hijo Miguel Martínez de Luna, ya que «los albaranes de Morata de aqui adelante hallarse han en el libro aparte que para ellos hice 126 ». En segundo lugar, una fuerte demanda eclesiástica, desde el Pilar, la Seo o la cartuja del Aula Dei pero especialmente con un fuerte protagonismo del monasterio jerónimo de Santa Engracia. El tercero lo constituían las personas cercanas al cronista. Como ya hemos visto, era bastante habitual que parientes de sangre y políticos exigieran sus servicios y de forma semejante, como veremos, lo (1563-1564) y 4.179 (1565-1566). Mientras que en los primeros protocolos todavía no son habituales los Morata o los Sástago, clientes de su padre, a partir de 1565 ya aparece dicha continuidad. A.H.P.Z., 4.178 (1561-1562-1563) ― 4.188 (1583-1584-1585). Carecemos de protocolo para los años 1564, 1573, 1578 y 1579. 123 B.R.A.H., 9/5952, ff. 93v.-94. 124 Ibíd., f. 105v. 125 Señalaba errores al margen —«esta proc[uración] havia de estar mas adelante y por descuido esta aqui»—, redactaba nuevas escrituras «por haberse perdido el protocolo de dicho año [de 1579]» o indicaba dónde se encontraban algunos documentos importantes, como el testamento de Francisco de Gurrea, que «esta en mi arquimesa con los otros». Véase 4.178 (1561), f. 60v.; 4.186, s. n. [primer folio del protocolo]; 4.179 (1565), s. n. [índice del protocolo]; 4.187, s. n. [índice del protocolo]. 126 A.H.P.Z., 4.188 (1585), s. n. 38 hacían parroquianos y hermanos cofrades. Por último, esa nómina de individuos, que podríamos señalar como «relleno» para nuestros propósitos, a la cual no podemos adscribir en ninguna relación. La documentación generada por los asiduos al establecimiento del cronista abre aquí una pequeña vía por la que conocer la consciencia de Blancas de su propio siglo y el marco en el que se desarrollaron parte de sus relaciones. El trabajo de Blancas con eminentes miembros de la nobleza aragonesa tuvo que ofrecerle una buena panorámica de la situación del estamento, protagonista en muchas de las «alteraciones sociales y conflictos políticos» que estudiaron G. Colás y J. A. Salas. De hecho, el cronista tuvo que estar al tanto de los movimientos antiseñoriales de carácter local, no por ello menos graves, que estallaron a lo largo de la centuria 127 . Por ejemplo, debía conocer la situación en Ayerbe, uno de los puntos calientes, pues fue el cronista quien expidió el perdón del barón Hugo de Urriés a sus vasallos en 1566 128 . El problema se enquistó varios años y no estuvo exento de cierta tensión. En 1568, «la nobilisima congregacion de San Jorge que tienen los nobles cavalleros e infanzones de Zaragoza», a la que Blancas pertenecía, se posicionó en defensa del magnate y de los fueros. Sería el propio Felipe II quien pusiera fin a la disputa, premiando a Hugo de Urriés no sólo con una resolución favorable, sino también con varias mercedes 129 . Tampoco podían serle demasiado desconocidos los problemas en Ribagorza, auténtico quebradero de cabeza durante el último tercio del siglo XVI tanto para la monarquía como para el reino y, como sostiene J. Gascón, uno de los episodios trascendentes «en la formación de un grupo de opinión sensibilizado por las injerencias de la Monarquía en el régimen político aragonés» de cara a la rebelión de 1591 130 . De forma semejante al caso de Urriés, ya el 25 de febrero 1557 Martín de Blancas había dado fe pública de los estatutos que a instancias de Jaime de Luna, lugarteniente de la corte del Justicia, debían aplicarse en el condado de Ribagorza por quanto en las villas y lugares terminos y territorio del condado de Ribagorza se han cometido y perpetrado y de cada dia se cometen y perpetran 127 C OLÁS L ATORRE , G. y S ALAS A USÉNS , J. A., Aragón en el siglo XVI: alteraciones sociales y conflictos políticos, Zaragoza, Departamento de Historia Moderna, Universidad de Zaragoza, 1982, pp. 93-150. Los autores destacan tres grandes focos de resistencia antiseñorial: Ariza, Ayerbe y Ribagorza. 128 A.H.P.Z., 4.179 (1566), ff. 501-502. 129 C OLÁS L ATORRE , G. y S ALAS A USÉNS , J. A., Aragón en el siglo XVI…, op. cit., pp. 125-126. B.R.A.H., 9/5952, f. 105 [cita]. 130 G ASCÓN P ÉREZ , J., Alzar banderas contra su rey. La rebelión aragonesa de 1591 contra Felipe II, Zaragoza, IFC-PUZ, 2010, p. 84. 39 muchos y diversos crímenes, excesos y delitos de manera que creciendo cada dia la malicia y la osadia de delinquir en los criminosos toda la tierra esta tiranizada y ocupada por ellos y las gentes pacificas estan oprimidas y los ministros y oficiales de la justicia no son parte por los remedios ordinarios de seguir a los malhechores ni de hacer que la justicia sea debidamente administrada contra ellos 131 . Pocos meses más tarde, Martín de Blancas sacaba a relucir otra de las constantes de la nobleza aragonesa en la segunda mitad del siglo XVI: la ruina económica 132 . Q. Skinner no ha dudado en señalar en relación a Francia, territorio en una coyuntura semejante agravada por una fuerte venalidad, que «el hecho de que los nobles estuvieran encontrando —o al menos persuadiéndose a sí mismos— que para mediados del siglo XVI sus ingresos ya no estaban a la altura de su categoría, hizo que la sistemática venta de cargos del gobierno fuese causa particularmente de poderosa hostilidad 133 », fenómeno que podríamos relacionar con la acusada defensa de los oficios que llevaron a cabo los naturales del reino de Aragón sobre los extranjeros. En cualquier caso, en las tierras aragonesas no era necesaria la persuasión. La ruina era un hecho. Los Blancas, en cambio, aprovecharon la débil situación financiera de los condes de Morata al llevar sus cuentas, hasta el punto que Jerónimo de Blancas se dedicaría casi con exclusividad a tal asunto durante los últimos años de su desempeño como notario 134 . Además de los albaranes, tanto el cronista como su padre se vieron obligados a acompañar a Pedro Martínez de Luna, el que fuera virrey de Aragón, o a su procurador a la Lonja de Zaragoza para dejar constancia de la presencia de uno u otro en la casa comercial con la intención de entregar las 9.000 libras que Morata debía por la concordia que había establecido con sus censalistas. El conde, incapaz de afrontar los pagos, solía acudir únicamente el día 31 de mayo, cuando generalmente la tabla de depósitos no estaba abierta 131 A.H.P.Z., 4.172 (1557), ff. 147-171 [cita f. 152]. La primera concordia se había establecido dos años antes, pero fue papel mojado. 132 Ibíd., ff. 687-727v. Se trata de la capitulación y concordia entre el conde de Morata y sus «encreedores y censalistas» para hacer frente a las deudas. Algunos han considerado esta situación como una de las causas de los movimientos antiseñoriales, por un aumento en la presión fiscal, véase A BADÍA I RACHE , A., Señorío y crédito…, op. cit., p. 141. 133 S KINNER , Q., Los fundamentos del pensamiento político moderno. La Reforma, Vol. II, México, FCE, 1993, p. 265. 134 Un buen ejemplo de esta dedicación en A.H.P.Z., 4.182 (1571), ff. 142-410. Capitulación entre Miguel Martínez de Luna e Inés de Mendoza y sus acreedores tras el fallecimiento de Pedro Martínez de Luna, I conde de Morata, así como anotación de las prórrogas y de las cancelaciones. 40 ni estaban alli los oficiales y ministros de la dicha tabla a causa segu[n] se allí se dijo de ser el postrero día del mes en el qual dia cada mes acostumbraban passar las cuentas de los dineros q[ue] en la dicha tabla havia 135 . Pero al igual que en Francia, la lucha por los oficios y, sobre todo, por sus pagos, también iba a ser una característica. En su testamento, Pedro Martínez de Luna se arrepentiría por «lo que la magestad del Rey N[ues]tro S[eño]r me deve del tiempo que lo servi siendo su lugarteniente general en este reyno de Aragon 136 », así como por esas mercedes reales con las que había dotado a su hija Catalina y que nunca se cobraban, obligando a la familia a pleitear 137 . Ciertamente, no debemos sobrestimar la relación profesional entre ambas partes, deduciendo posibles contactos más allá de la oficina del cronista pero, a pesar de ello, las relaciones de Jerónimo de Blancas con la casa de los Martínez de Luna no pueden ponerse en entredicho. Como hemos visto, Blancas pasaría por ser casi una especie de secretario de los señores de Morata. Acudía a sus pleitos, expedía sus escrituras, los acompañaba fielmente en asuntos delicados, tales como las visitas a la Lonja, y redactaba los documentos más personales de la familia, desde las disposiciones testamentarias del conde y su segunda esposa, Inés de Mendoza, hasta las capitulaciones matrimoniales de algunos de los vástagos, incluso si otro notario también daba fe de las nupcias 138 . Además, los servicios prestados al conde de Morata debieron facilitar al cronista la labor de conocer a los hombres más granados de Aragón. Sobre todo, por la propia pompa, ornato y defensa de la tradición que la nobleza aragonesa mantenía con pulso firme en pleno modernidad, sentir que transmiten varios de los documentos expedidos 135 A.H.P.Z., 4.180 (1567), ff. 169v.-170v. Y así lo hizo durante varios años. A.H.P.Z., 4.180 (1568), ff. 167v.-169; 4.171 (1570), ff. 151-151v. 136 A.H.P.Z., 4.181 (1579), f. 22v. El testamento del conde, ff. 209-224v. 137 A.H.P.Z., 4.180 (1568), ff. 125v.-126 y 278; 4.181 (1569), ff. 87-89v; 4.187 (1581), ff. 41v.-42v., 4343v. y 44-44v. La dotación de su hija Catalina de Luna fue problemática y el cobro de la misma engendró una sucesión de pleitos. Casada con Blasco de Alagón, hijo de Artal de Alagón y Martínez de Luna, III conde de Sástago, Morata le había dotado con, al menos, 10.000 escudos —es decir, 200.000 sueldos— procedentes de una serie de mercedes del rey concedidas sobre diversas rentas en Castilla. Catalina debía recibirlos a través del instrumento de la insolutación. No consideramos necesario explayarnos más en este punto, y ante cualquier interés sobre la ruina de la nobleza aragonesa, nos remitimos al magnífico trabajo de A BADÍA I RACHE , A., Señorío y crédito…, op. cit. 138 A.H.P.Z., 3.709, ff. 160-197v; 4.179 (1566), ff. 19-65v. Tanto Pedro López como Jerónimo de Blancas dejaron constancia de la capitulación matrimonial entre la hija del conde, Ana de Luna, y Alonso de Espés, señor de Albalate de Cinca y Selgua. Ambos notarios estuvieron presentes, de nuevo, en la ratificación del acuerdo en 1567, después de que la Iglesia otorgara la dispensa por consanguinidad. Algunos documentos ilustrativos en A.H.P.Z., 4.179 (1566), ff. 92 y ss., 177 y ss., 475 y ss. y 204; 4.180 (1568), ff. 209-213v.; 4.181 (1570), ff. 209-228 y 231-238; 4.186 (1580), ff. 141-184v.; 4.187 (1582), ff. 253v.-300v. 41 por Blancas 139 . Entre otros, dos actos públicos de desposorio de la familia de los condes de Morata que retratan una tradición viva en la nobleza aragonesa, pero languidecida en otras capas de la población, al menos en lo referente a sus huellas notariales. Estas reuniones eran un lugar idóneo para conocer a importantes títulos, sus cercanos y sus clientelas. Así pues, en el primer caso, Jerónimo de Blancas, el 11 de junio de 1566, se encargó de dejar constancia de la toma por palabras de presente de Felipe Moncayo de Navarra y Mariana de Luna ante algunos familiares y cercanos tales como Pedro Martínez de Luna e Inés de Mendoza, condes de Morata; Diego de los Cobos, marqués de Camarasa; el Justicia de Aragón Juan de Lanuza y su esposa Catalina de Urrea, Pedro de Alagón y Mariana de Luna, barones de Alfajarín, Juan Cerdán y Catalina Torrellas, barones de Pinseque; y, entre otros, Hugo de Urriés, señor de Ayerbe 140 . De forma semejante, doce años más tarde, Jerónimo se encontraba por segunda vez dando fe pública del desposorio entre Felipe Fernández de Heredia, VI conde de Fuentes y señor de Mura, y Catalina Baltasara de Luna, hija de Miguel Martínez de Luna, II conde de Morata, y Catalina Bravo del Río, su primera mujer, dentro de las casas dichas del conde de Sastago sitiadas en la parroquia de Nuestra Señora del Pilar de la ciudad de Zaragoza en la plaza llamada de la Justicia en las cuales casas de presente habita el Ilust[rusi]mo S[eño]r don Miguel Martinez de Luna conde de Morata con su mujer [Ana Antonia Ramírez de Arellano y Zúñiga, hija de los condes de Aguilar], hijos, casa y familia estando para el acto infrascripto presentes y ajuntados el Ex[celentisi]mo señor don Artal de Alagón conde de Sastago lugarteniente y capitan general por su majestad en el presente reyno de Aragon, la Il[ustrisi]ma Señora doña Aynes de Mendoza y de la Cerda, condesa de Morata […] 141 . 139 Sobre fiestas públicas y ceremonias rituales en el Aragón del siglo XVI, véase S ERRANO M ARTÍN , E., «Imágenes del rey e identidad del reino en los rituales y celebraciones públicas en Aragón en el siglo XVI» en Obradoiro de Historia Moderna, núm. 20 (2011), pp. 43-71. 140 A.H.P.Z., 4.179 (1566), ff. 177 y ss. Algunos apuntes sobre este ritual en G ARCÍA H ERRERO , M. DEL C., «Las capitulaciones matrimoniales en Zaragoza en el siglo XV» en En la España Medieval, núm. 8 (1986), pp. 382-383. Si bien la autora constata que se producían antes de la firma de los capítulos matrimoniales, en este caso las palabras de presente coincidieron con la solemne reunión en la iglesia parroquial de San Gil. 141 A.H.P.Z., 4.186, ff. 183-184v. De nuevo, esta ceremonia se llevó a cabo tras la firma de las capitulaciones matrimoniales pero antes de la misa nupcial. La firma capitular en A.H.P.Z., 4.186, ff. 141-182v. 42 Sabemos que la misa nupcial fue el 8 de marzo de 1580 en la iglesia del Pilar, en la capilla del obispo de Lérida 142 , y que a ella acudieron los padrinos, Artal de Alagón, camarlengo del rey, y Juana Enríquez, esposa de Juan Ximénez de Urrea, conde de Aranda; y, entre otros, el propio conde de Aranda, el Justicia de Aragón, el señor de Estercuel —Juan de Bardají—, Hugo de Urriés —señor de Ayerbe—, Juan Jorge Fernández de Heredia y Catalina de Pomar y Cerdán —futuro VIII conde de Fuentes—, el señor de Pinseque —Juan Cerdán—, Antonio de Villalpando —señor de Quinto—, Pedro de Híjar y el señor de Ariza, Francisco de Palafox 143 . Jerónimo de Blancas, por tanto, tenía unas buenas relaciones —cuando menos profesionales— con importantes títulos del reino. Además de ello, no sólo trabajaba con los señores de Morata, sino que su rúbrica también era habitual entre los papeles de los Espés, de los señores de Ayerbe, de los de Casetas y de los de Osera y de los condes de Belchite, de los de Sástago y de los de Fuentes. En cualquier caso, el número de documentos relativos a estos es menor que el dedicado a los Morata. Sin ir más lejos, Bartolomé Malo solía llevar las cuentas de los condes de Aranda y de Sástago y de los señores de Huerto 144 . Como decíamos, la clientela de Blancas se encontraba diversificada. Si el principal cliente fue el estamento nobiliario, diversas instituciones eclesiásticas también acudieron recurrentemente a sus servicios. El Pilar, la Seo, la Cámara Apostólica, Aula Dei… también fueron más o menos habituales, pero destacó aquí, sobre todo, el monasterio real y jerónimo de Santa Engracia. No hay que olvidar que los Blancas fueron enterrados en él, en la capilla que pertenecía a los Tomás, y que tanto el cronista como su padre ya habían estrechado relaciones con el capítulo eclesiástico por el arriendo de las escribanías del zalmedinado. Además, como reconoció el cronista en su testamento, sentía particular devoción por el patrono de la orden y apeló al «conocimiento y trato de tantos años y la devocion y voluntad que siempre les he tenido y tengo» para que los padres jerónimos se acordaran de rezar por su alma 145 . Generalmente, los documentos expedidos al monasterio eran albaranes de distintos pagos, arrendamientos, procuraciones y mandatos e, incluso, algunas voluntades de los jerónimos a título individual, como testamentos de novicios, pero 142 No sabemos si puede referirse a Antonio Agustín —obispo de Lérida entre 1561 y 1576— o a su entorno, al obispo de Lérida en ese momento o bien a alguna capellanía aneja a tal cargo. 143 A.H.P.Z., 4.186, ff. 188-189v. 144 A.H.P.Z., 4.286, ff. 364-412, 424-454 y 459-478. 145 A.H.P.Z., 3.755, ff. 642, 644. 49 Zurita, una iniciativa que ya había surgido en las Cortes de 1563 172 . En cualquier caso, la elección resultó francamente paradigmática, puesto que si bien podríamos adscribir a Blancas al bando fuerista, Pérez de Nueros era, como abogado fiscal, un leal a la monarquía; para Uztarroz la selección se basó en la estima que los diputados tenían de las letras de Blancas y en su reputación como erudito, algo que quizá pudieron ponderar de algunos de sus escritos anteriores, si es que los hubo 173 . La revisión del futuro cronista sobre la obra de su antecesor fue, en opinión de Uztarroz, inmejorable y la legó en algunos papeles que, en tiempos de Dormer, estaban en manos del Justicia 174 . A pesar del elogio de Uztarroz, no cabe duda de que los diputados vieron con buenos ojos la labor censaria del notario y, quizá, también alguna idea estimulante entre las valoraciones de la obra de Zurita. De hecho, Blancas, con Zurita todavía en el cargo, se estaba dedicando a la elaboración de un trabajo sobre el «principio y progressos del magistrado del Justicia de Aragon» con el auspicio de la Diputación 175 . Los representantes del consistorio el 28 de septiembre de 1580 le reconocían a Antonio Agustín que muchos dias ha que en este reyno buscamos tener escritas en particular las cosas que tocan al cargo del Justicia de Aragon como V. S. I. muy bien sabe es el amparo y defensa de nuestras leyes, que aunque lo que importa es su jurisdiccion y poder, esta bien claro, y harto fundado en nuestros Fueros todavia su institucion y de los que lo han tenido no tenemos casi nada escripto, y por esto havemos deseado siempre hiziese alguno se aficionase a tratar desto en particular, lo qual entendiendo Geronimo de Blancas de quien ya V. S. I. tiene noticia publico los dias pasados solos los nombres de los Justicias de Aragon y el tiempo de cada uno de ellos con que dio universal contentamiento a este Reyno, y mayor con lo que alli prometio de publicar con el tiempo esto que tanto deseamos y assi no ha faltado quien lo animase a ponerlo por obra porque realmente en los nombres que publico dio mucha luz y claridad y descubrio mucho de lo que agora entendemos ha trabajado porque 172 La amistad de Pérez de Nueros y Blancas en B.R.A.H., Colección Salazar y Castro, Leg. 38, Carpeta 3, núm. 7, f. 15. A NDRÉS DE U ZTARROZ , J. F. y D ORMER , D. J., Progressos de la Historia…, op. cit., p. 163. Los diputados fueron por la Iglesia, la nobleza, los caballeros e hijosdalgo y las universidades, respectivamente, Miguel Cortés Pardo, prior del Pilar de Zaragoza, y Antonio Aparicio Corbatón, canónigo de Albarracín; Manuel de Urrea y Pedro de Moncayo, Juan Bueno y Jerónimo Villanueva y Miguel Salazar y Juan Miguel Pallás. 173 Infra pp. 58 y ss. B.R.A.H., 9/5952, f. 94v. No sabemos si se prodigó en anteriores escritos, porque lo cierto es que gran parte de su producción se produjo a partir de 1581, aunque no tuviera relación con encargos de la Diputación. 174 Ídem, A NDRÉS DE U ZTARROZ , J. F. y D ORMER , D. J., Progressos de la Historia…, op. cit., p. 303. 175 B.R.A.H., 9/5952, f. 94v. Uztarroz sostuvo que fue la propia Diputación la que el encomendó el trabajo. 50 comunicandonos algunos de sus papeles nos [han] parescido tanbien y esso mesmo a otros curiosos de por aca que le habemos persuadido que antes de estar acabados se enviase a V. S. I. lo uno porque si alguna cosa huviesse que admitir V. S. nos la hiciesse y siempre a tiempo que pudiesse servir para lo que resta, lo otro para que con el parecer y censura de V. S. el y todos quedaramos muy satisfechos que como se ha movido a esto sin obligación deseamos no solo alibialle del trabajo, pero animalle a el, y assi enviamos a V. S. con este mensajero lo que hasta agora tiene hecho, recibiremos muchísima merced de V. S. I. como tan verdadero aragones lo reciva y censure que no podemos negar […] que gustariamos en extremo huviesse acertado segun lo poco que tenemos escripto en este particular y lo poco que entendemos se puede descubrir las cosas antiguedades que siendo assi y pareciendole a V. S. I. cualquier gasto se ofrezca en la publicacion desta obra lo tenemos por muy bien empleado pues en ella no solo se trata de nuestros Reyes y Reyno pero aun deste Magistrado que es la suma de las libertades. Guarde Nuestro Señor la Ilustrissima y Reverenciadissima persona de V. S. 176 . Los resultados iniciales de los que hablan —esa relación de nombres— se habían plasmado en 1578 en un opúsculo conocido como Fastos de los Justicias de Aragón hasta Juan de Lanuza IV, obra que Blancas remitió al obispo Antonio Agustín por recomendación de los diputados 177 : ofreciendose al M[aest]ro Espes q[u]e esta daria a V[uestra] S[eñora] Il[ustrisi]ma ocasión de ir a Lerida por cosas de Yglesia a me parecido pasase a besar las manos a V. S. de mi parte y q[u]e se llebase con sigo copia de dos Privilegios antiguos q[u]e he descubierto después q[u]e tiene V. S. esos borrones mios q[u]e por ellos si no me engaño se confirma del todo la sucesion q[u]e yo sigo de nuestros Reyes pues claramente el Rey don Sancho Ramirez dice que fue su tritavo el Rey don Sancho Abarca y según aquel lugar de Plauto en la Persona ha de ser quartus ab avo de manera q[u]e concuerda esto muy bien y aun obliga a tener por verdaderos los nuevos reyes q[u]e se añaden. Las firmas q[u]e hay en estos Privilegios en Arabigo no he hallado ninguno q[u]e me las supiere declarar por q[u]e nadie osa sin licencia del S[an]to Oficio y esa no la he podido aber hasta ahora V. S. Ilma. tendra alla mejor aparejo, de q[u]e sean autenticos no hai q[u]e dudar por q[u]e los originales estan en ser en S[a]n Juan de la Peña y se podran aver con facilidad. Suplico a V. S. me la haga asi en esto como en lo demas mandarme advertir lo q[u]e a V. S. pareciere y 176 B.R.A.H., Colección Salazar y Castro, H-25, ff. 61-61v. El papel señala que la carta es una copia del registro de actos comunes del año de 1580, f. 285. 177 B.R.A.H., 9/5952, f. 94v. 51 particularmente acerca de aquella memoria q[u]e embie a V. S. los dias pasados de lo q[u]e sucedió en Caragoça quando la perdida de España porque si no es lo del obispo Cirico lo demas parece trae consigo algunas especies de verosimilitud: en el monasterio de Obarra a donde fue trasladado el de San Pedro de Taberna oy dia segun el prior cuenta tienen un brazo que lo veneran por del apostol S[a]n Pedro q[u]e ayuda mucho para creher mas de la verdad de aquella historia pero como a V. S. escribe para que la tengamos en algo por aca aguardamos la censura de V. S. y aunque me pesaria de inportunar por ello no puedo sino suplicalla 178 . Esta carta plantea algunos enigmas. Uztarroz —y también Latassa, quien le sigue a la hora de elaborar la noticia del autor en su biblioteca— creía que Jerónimo de Blancas envió esta misiva a Antonio Agustín con motivo de la sugerencia de los diputados y la aporta como confirmación de ello, pero parece ser algo posterior 179 . Sobre todo, porque no hablan directamente de los papeles que Blancas quería que Agustín corrigiera, «esos borrones míos» que el arzobispo de Tarragona ya tenía en su poder, sino del descubrimiento de unos nuevos privilegios. Lastanosa —y Arco Garay, que se decantó por la misma versión—, por su parte, consideró que los «borrones» del cronista eran en realidad los «comentarios». Lo lógico es pensar en los Comentarii o, más propiamente, los comentarios a los Fastos, anejos a la carta en los papeles que pudo ver Lastanosa, como él mismo dejó indicado. No deja de ser llamativo el hecho de que una carta hablando sobre lo que posteriormente serían los Comentarii fuera enviada ya en marzo de 1581, meses antes de ser nombrado oficialmente cronista del reino 180 . Lo cierto es que ese mismo año Blancas estaba muy bien situado para ser elegido cronista. Sus vinculaciones con la Diputación estaban bien definidas, puesto que había sido diputado ya dos veces, tanto en el consistorio como en Cortes, y regentaba las escribanías del zalmedina, que se encontraban en el edificio. Además, Blancas había comenzado su investigación sobre la alta magistratura aragonesa antes de ser nombrado en el cargo, «poniendome en ello sin la obligacion, que despues por causa del oficio se me ha crecido 181 » e, incluso, su promesa de profundizar en tales conocimientos pudo ser 178 B.R.A.H., Colección Salazar y Castro, H-25, f. 62. La carta está fecha el 7 de marzo de 1581. 179 B.R.A.H., 9/5952, f. 94v. L ATASSA Y O RTÍN , F. DE , Biblioteca nueva…, op. cit., p. 365. 180 B[iblioteca] de H[uesca], Ms. 77, f. 99. V IÑAZA , C. M UÑOZ Y M ANZANO , CONDE DE LA , Los cronistas de Aragón, Zaragoza, Cortes de Aragón, 1986 [ed. facsimilar], p. 67. El conde de la Viñaza indicó que esta circular era para los diputados, una conclusión que no llegamos a entender. 181 B LANCAS Y T OMÁS , J. DE , Modo de proceder en Cortes de Aragon, Zaragoza, Diego Dormer, 1641, s. n. [cita en la introducción]. 52 una de las principales razones de su elección 182 . De hecho, hizo partícipes a los diputados de sus descubrimientos —algo que el cronista estaba obligado a hacer por las capitulaciones que sobre el oficio se establecieron en 1546 183 —, trasluciendo así la buena comunicación entre el censor de Zurita y el consistorio, que en un sentido más amplio no expresa sino el deseo de los diputados por estar en permanente comunicación con el historiador del reino y la curiosidad —con evidentes fines pragmáticos— que los escritos históricos generaban en los ambientes políticos. Eligiendo a Blancas, los delegados del reino podrían exprimir mucho más esta situación: al contrario que Zurita, el notario había hecho su vida en Zaragoza, lugar al que le ataba su negocio, y su familia residía en territorio aragonés. No era una cuestión baladí, puesto que esta razón fue una de las causas de los roces entre Zurita y los diputados, quienes el 28 de septiembre de 1576 le hicieron saber que v. m. en la capitulacion que con este Reyno tiene hecha, se obligo a residir en esta ciudad cuatro meses en cada un año, [y] seria muy necessaria su venida, para que cumpliendo con dicha capitulacion, con su presencia la acabe de perficionar, y algunos advertimientos que por los dichos Micer Iuan Perez de Nueros, y Geronimo de Blancas se han hecho los vea, y entienda v. m. y paresciendole tales los podra reparar, y poner en orden, para que se pueda imprimir; demas, que el casamiento de la señora Doña Iuana [hija de Zurita] es bastante ocasion para que v. m. pida licencia a su Magestad para venirse a residir en esta Ciudad los meses que tiene obligación, y entonces se tomara talle como esta obra salga a la luz, y se publique, pues tan bien lo merece 184 . Los diputados, entonces, sabían perfectamente a quién estaban eligiendo cuando nombraron a Jerónimo de Blancas como cronista del reino. E, igualmente, conocerían también con quienes se relacionaba, dada su filiación a la Cofradía de Santa María la Mayor, y cuáles eran sus posiciones con respecto a las cuestiones forales, tan debatidas 182 A LVAR E ZQUERRA , A. «Esteban de Garibay (1533-1599» recurso en web http// humanismoyhumanistas/estebande-garibay-biografia [consultado el 28 de agosto de 2013], pp. 41-48. Era frecuente que los aspirantes a cargos semejantes recurrieran a mostrar su capacidad. Un buen ejemplo es Esteban de Garibay, quien llegó a arruinarse para conseguir el cargo de cronista, con la impresión de su Compendio historial y algunos otros escritos. 183 B.R.A.H., 9/5569, ff. 487-488. «Item que el dicho coronista sea tenido y obligado en cada un año de residir dentro del presente Reyno de Aragon por tiempo de cuatro meses porque con mas facilidad […] pueda tener noticia de las cosas que convienen a la dicha coronica […]. Item que el dicho coronista en cada un año sea tenido y obligado de venir a las casas de la Diputacion del dicho Reyno donde los dichos diputados tienen su consistorio y dar cuenta y razon de lo que por aquel año tiene hecho y en caso de que no lo hiciere que pierda la cuarta parte del salario». 184 A NDRÉS DE U ZTARROZ , J. F. y D ORMER , D. J., Progressos de la Historia…, op. cit., p. 164. 53 en estos años de 1580, puesto que pertenecía al Capítulo de San Jorge el cual, como ya hemos señalado, tuvo una incidencia capital en la resistencia fuerista. ¿Qué había ocurrido, por tanto, para que la Diputación se decantara ahora por un hombre que, si bien compartía muchas cosas con Zurita, hacía gala de otras tantas que lo diferenciaban? Retomando las palabras de J. Gascón, sin duda alguna, el contexto. Y es que en ese camino hasta 1591 como punto culminante de unas relaciones rey-reino cada vez más fracturadas, en 1581 el incendio todavía no se había desatado, pero muchas de las brasas que lo provocaron estaban al rojo vivo. El mismo historiador, siguiendo a Lalinde Abadía y Morales Arrizabalaga, no duda en señalar que los Comentarios surgieron en un momento en el que «se rompió el equilibrio, de naturaleza meramente fáctica, que existía entre los estamentos y la Monarquía 185 ». La armonía entre ambas partes, chirriante hacia finales de siglo, siempre osciló entre la concepción del poder y la actuación absolutistas de la monarquía —quod principi placuit legis habet vigorem—, cuyo autoritarismo se acentuó a partir de la década de 1580 ante las exigencias de los conflictos internacionales y los problemas internos del reino 186 , y los principios pactistas —en Aragón antes hubo leyes que reyes— que regían el reino y que sus líderes querían hacer valer por encima de la voluntad del rey. Como señala G. Colás, es lógico que esta «pugna» tuviera «en la justicia su frente posiblemente más activo» 187 . En este sentido, la dedicatoria de Blancas a los diputados, escrita el 1 de septiembre de 1588 en pleno Pleito del Virrey Extranjero, no podía ser más gráfica al señalar a los reales magistrados, quienes quiera que sean, aconsejamos tengan entendido, que de los reyes recibieron aquel solo poder que les permiten y les conceden los fueros. No crean habérseles confiado la sola administracion de la justicia, mas tambien su defensa, y de suerte que no les será lícito obrar por 185 G ASCÓN P ÉREZ , J., Aragón en la monarquía de Felipe II. Historia y pensamiento, Vol. I, Zaragoza, Rolde de Estudios Aragoneses, 2007, p. 228 [cita]. Los frentes abiertos en Aragón a finales del siglo XVI en G ASCÓN P ÉREZ , J., Alzar banderas contra su rey…, op. cit., pp. 39-112. 186 Por ejemplo, los problemas entre la Inquisición y Teruel, el bandolerismo y el tráfico de caballos, la situación de Ribagorza, los movimientos antiseñoriales… de nuevo, para la situación del reino de Aragón durante el siglo XVI remitimos al estudio de C OLÁS L ATORRE , G. y S ALAS A USÉNS , J. A., Aragón en el siglo XVI…, op. cit. Sobre la idea imperial de Felipe II, que perseguía «una mayor coordinación e integración dentro de lo que ya empezaba a insinuarse como nuevo imperio», véase en concreto F ERNÁNDEZ A LBADALEJO , P., «Imperio de por sí: la reformulación del poder universal en la temprana Edad Moderna» en F ERNÁNDEZ A LBADALEJO , P., Fragmentos de monarquía, Madrid, Alianza, 1992, pp. 168-184 [cita en p. 175]. Un repaso de esa exigente coyuntura en P ARKER , G., «David o Goliath: Felipe II y su mundo en la década de 1580» en K AGAN , R. L. y P ARKER , G. (eds.), España, Europa y el mundo atlántico: homenaje a John H. Elliot, Madrid, Junta de Castilla y León-Marcial Pons, 2001, pp. 321-346. 187 C OLÁS L ATORRE , G., «El pactismo en Aragón. Propuestas para un estudio» en S ARASA S ÁNCHEZ , E. y S ERRANO M ARTÍN , E., La Corona de Aragón y el Mediterráneo: siglos XV-XVI, Zaragoza, IFC, 1997, pp. 276. 54 capricho, sino de acuerdo con el espíritu de la religion y de las leyes. Ni piense alguno que es él solo, ni que le está permitido cuanto le sugieran sus anteojos; sino que debe llamar por consejeros á las leyes, á la religion, á la equidad y á la fe publica 188 . Lógicamente, es impensable en la actualidad sostener que el creciente influjo de la monarquía sobre el reino podía producirse sin el apoyo de importantes cargos aragoneses 189 . Un buen ejemplo de ese colaboracionismo y de su influencia se muestra en la carta que el virrey de Aragón, Artal de Alagón, conde de Sástago, remitió el 19 de junio de 1580 al vicecanciller de la Corona de Aragón, Bernardo de Bolea, según la cual m[ice]r Alabiano murio, y en la provision de officio que vacca me parece lo que escrivio a su Mag[esta]d porque los lugartenientes del Justicia de Aragon atenderán mucho a pensar ser proveydos. Tengo entendido que el Justicia y don Frances [de Ariño] han despachado al duque de Alva y a otros para que pidan este officio a su Mag[esta]d para M[ice]r Barutel, y aunque no tengo certidumbre dello (en duda) me parecido avisarlo a V. S. para que lo se[p]a su Mag[esta]d de que este es el mas perjudicial hombre q[ue] ha entrado en aquel consistorio y el que siempre ha impugnado las regalias de su Mag[esta]d y lo mismo ha hecho M[ice]r Funes. Los que han defendido y botado por su Mag[esta]d son M[ice]r Cavalleria y M[ice]r Chalez que han andado juntos, y Chalez con grande muestra de dessear servir que si de lugartenientes se ha de hechar mano por las razones que represento avria de ser uno de estos dos, V. S. los conoce y sabe las aderencias que cada uno tiene, y no se puede negar que a Chalez hay particulares obligaciones. Lo q[ue] tienen malo los q[ue] han sido lugart[enient]es es tener hecho habito a no tener libertad, esto es lo q[ue] puedo rep[rese]ntar y que no aviendose de hechar mano dellos, concurren algunos letrados hombres de bien 190 . Además, Aragón tampoco estaba atravesando una de sus mejores coyunturas. Las principales casas nobiliares se encontraban en una profunda crisis de liquidez y las mercedes reales para los cargos del reino, como hemos visto en el caso de los Martínez de Luna, no llegaban. El temor a que las dádivas derivadas de ejercer cargos y oficios aragoneses acabaran en manos de extranjeros —especialmente castellanos— era una queja frecuente y, por tanto, es lógico que las sensibilidades entre los representantes del 188 B LANCAS Y T OMÁS , J. DE , Comentarios… op. cit., pp. 5-6. 189 Una pequeña síntesis interpretativa de las últimas consideraciones sobre la dinámica entre el rey y las elites locales en G ÓMEZ Z ORRAQUINO , J. I., El linaje de los Pérez de Nueros…, op. cit., pp. 16-22. 190 B[iblioteca] N[acional], Mss/1761, f. 47. 55 reino estuvieran a flor de piel. Este sentimiento, habitual por otra parte en todos los reinos peninsulares de la España moderna, se consolidó entre la nobleza aragonesa al sentirse efectivamente desplazada de los principales centros de decisión de la monarquía 191 . A este respecto son muy ilustradoras las palabras que el cardenal Granvela dedicó al mecenas Martín de Gurrea, duque de Villahermosa y conde de Ribagorza, pues le señaló que no debía sorprenderse «de que no le hagan mercedes ny le tracte bien la Corte, haziendo V. S. lo que haze». Granvela se refería con ello a la actitud fuerista que Martín realizaba «por no faltar a quien es» y también, para ser justos, por la defensa que los fueros le procuraban sobre sus derechos en el condado de Ribagorza 192 . Poco antes de la publicación de los Comentarios, tras la llegada del I marqués de Almenara a Zaragoza, los diputados no dudaron en hacerle saber al rey q[ue] V. M. se mande bien informar quien fueron aquellos [consejeros] y quienes son los q[ue] agora aconsejando lo contrario y q[ue] fines particulares les mueven y tamvien advertir q[ue] aun q[ue] estos y otros persuadan a V. M. q[ue] abra mas enterça y libertad p[ar]a la buena administra[cio]n de la Jus[tici]a en el estrangero q[ue] en el natural se ha esto de reglar conforme a las leies q[ue] V. M. nos tiene dadas juradas y declaradas a favor del Rey[n]o entre tanto q[ue] nos dieren otras y como el natural podria ser aficionado a ellas tambien el estrangero apasionado contra ellas por no tenerlas ni averse criado con ellas y q[ue] esta misma razon abia de militar en las providencias y gobiernos y cargos prin[cipal]es de Castilla y no se admite en ellos entra ningun estrangero o por la m[erce]d y favor q[ue] V. M. les hace o por convenir asi a ser conforme a las leies […] pues reyno como este, cabeça de otros muchos y nacion q[ue] ha goçado de mas de 700 años a esta parte de la pres[enci]a, govierno y regalo de sus propios Reies y prin[cip]es y los criaban entre ellos y de los mejores cargos y oficios dellos y de su real casa, q[ue] agora careçemos de todos estos bienes y favores en recompensa dellos se trate por mini[str]os de V. M. de poner Virrey estrangero nos hes de grande dolor y 191 Sobre la castellanización de España y la españolización de Castilla y el uso que los Habsburgo españoles hicieron de tal proceso en beneficio de su política imperialista en T HOMSON , I. A. A., «Castilla, España y la Monarquía: la comunidad política, de la patria natural a la patria nacional» en K AGAN , R. L. y P ARKER , G. (eds.), España, Europa y el mundo atlántico: homenaje a John H. Elliot, Madrid, Junta de Castilla y León-Marcial Pons, 2001, pp. 177-213. Un buen ejemplo de los recelos entre ambas coronas y los intereses que los generaban podemos encontrarlo en la historiografía: en concreto, en las aceradas y escasamente rigurosas críticas de Alonso de Santa Cruz a los Anales de Zurita, más preocupado por descalificar al cronista de Aragón con el objeto de conseguir su oficio en la corte que por hacer avanzar el conocimiento histórico. 192 P ARKER , G., Felipe II…, op. cit., pp. 891-892, 1132. Las citas corresponden a dos cartas, una de 1570 y otra de 1579 en las que Granvela también le recordó al duque-conde que la razón de que fuera titular en Ribagorza se debía a la traición de su predecesor. 56 aflicion y se ha mucho de considerar y a nosotros obligar a representarlo a V. M. y suplicarle de redovillas con toda la humil[da]d q[ue] podemos se sirva mandar sobre seher este pleyto y reservarlo para cortes en donde se ha acostumbrado tratar semejantes materias […] 193 . Pero Aragón no era el único reducto que intentaba hacer valer la ley por encima de la voluntad del rey, algo que, por otra parte, no impidió que se convirtiera para buena parte de la reflexión política europea en un arquetipo de gobierno capaz de frenar la absoluta voluntad del monarca 194 . El contexto internacional también estaba bastante caldeado. Como sugieren, desde otra perspectiva, E. Jarque, J. A. Salas o X. Gil, no hay que olvidar el «movimiento “anticuarista”» que despuntaba por toda Europa, en otras palabras, la lucha por las libertades tradicionales frente al avance del poder monárquico a través de la invocación de ancestrales derechos y privilegios sancionados por la costumbre. Se trataba, en definitiva, de la defensa de un «constitucionalismo corporativo» frente el paulatino incremento del poder real y que, en el contexto de las Guerras de Religión francesas y al socaire del humanismo jurídico, se dotó de una prolífica producción teórica caracterizada por las limitaciones al desempeño absoluto del poder por parte del rey, desempeño que no dejaba de tener, al menos en teoría, un fuerte antifeudalismo 195 . 193 B. N., Mss/2340, ff. 17-18v. [cita en 18-18v.]. Los diputados que firmaron la carta fueron Sancho Hernando, abad de Piedra; Jorge Fernández de Heredia y Antonio de Híjar, Miguel de Villanueva y Juan de Aguilar y Juan Jerónimo de Gotor. 194 Sobre la inspiración que el sistema político aragonés y su mitificación produjeron en la tratadística política europea, véase M AGONI , C., Fueros y libertades. El mito de la constitución aragonesa en la Europa Moderna, Zaragoza, El Justicia de Aragón, 2012. 195 J ARQUE M ARTÍNEZ , E. y S ALAS A USÉNS , J. A., «La Diputación aragonesa en el siglo XVI» en Ius Fugit, núm. 10-11 (2001-2002), pp. 297-298. S KINNER , Q., Los fundamentos…, op. cit., Vol I, pp. 227247 y Vol. II, pp. 132-170, 270-272. G IL P UJOL , X., «Introducción» en L EONARDO DE A RGENSOLA , L., Información de los sucesos del Reino de Aragón en los años 1590 y 1591, en que se advierte los yerros de algunos autores, Zaragoza, El Justicia de Aragón-Edizións de l’Astral, 1991, pp. XXVIII y, del mismo autor, «Constitucionalismo aragonés y gobierno Habsburgo: los cambiantes significados de libertad» en K AGAN , R. L. y P ARKER , G. (eds.), España, Europa y el mundo atlántico: homenaje a John H. Elliot, Madrid, Junta de Castilla y León-Marcial Pons, 2001, pp. 233-234. X. Gil define a este constitucionalismo, siguiendo los trabajos de J. H. Elliot o M. Roberts, como aristocrático o corporativo. Hemos preferido utilizar este segundo adjetivo por dos razones. La primera, porque denota más fielmente la realidad estamental del régimen político y, por tanto, ya deja a las claras el preponderante papel de la nobleza en él, al igual que en todas las realidades políticas estamentales del Antiguo Régimen; y, de ahí, la segunda, porque ha sido frecuente la contraposición constitucionalismo aristocrático-absolutismo para remarcar la fuerte impronta nobiliar que caracterizaba al primero. Es indudable, lógicamente, que el pactismo aragonés se trataba de un sistema político aristocrático. La cuestión es no olvidar si acaso el absolutismo, a pesar de su teórico antifeudalismo, no lo era. Véase G ONZÁLEZ A NTÓN , L., «Sobre la monarquía absoluta…, op. cit. y también, del mismo autor, España y las Españas, Madrid, Alianza, 1997. Sobre este punto ya ha llamado la atención C OLÁS L ATORRE , G., «Felipe II y los Reinos Hispánicos» en P EREIRA I GLESIAS , J. L. y G ONZÁLEZ B ELTRÁN , J. M. (eds.), Felipe II y su tiempo, Vol. I, Cádiz, Universidad de Cádiz-Asociación Española de Historia Moderna, 1999, p. 261. 57 La elección de Blancas, por tanto, no constituyó una anomalía. Buena parte de la historiografía tradicional ha tratado al cronista como un díscolo pensador que, junto a Costa y Martel, formó parte del grupo «de los historiadores “fueristas e independientes”» antes de la llegada, ya en el siglo XVII, de los hermanos Leonardo de Argensola y sus sucesores, quienes «sentirán plenamente el sentido de la integración nacional 196 ». Pero en nuestra opinión, considerar tal premisa es caer en un importante error. Primero, porque también algunos de los escritos de los hermanos poetas fueron expurgados y, además, porque el segundo cronista de Aragón gozó de buena reputación entre esos eruditos aragoneses del siglo XVII 197 . Segundo, porque Blancas fue antes una consecuencia que una causa y teniendo en cuenta las publicaciones sufragadas por la Diputación desde finales del siglo XV —sancionadas oficialmente, y que el cronista no dudó en utilizar—, su obra encaja con mejor armonía en esa visión de conjunto que la de su antecesor 198 . Jerónimo de Blancas, coronista del Reyno Como testificó Uztarroz, el día 11 de diciembre de 1581 Jerónimo de Blancas fue elegido para ocupar el cargo de cronista por los diputados del reino, que por aquel entonces eran el doctor Juan Villel, canónigo de Nuestra Señora del Pilar, y fray Sancho Hernando —ausente en el nombramiento—, abad del Real Convento de Nuestra Señora de Piedra, por el brazo eclesiástico; Blasco de Alagón, sucesor en el condado de Sástago y con quien Blancas había tratado algunos papeles notariales 199 , y el futuro señor de Quinto, Juan de Funes y Villalpando, por el brazo nobiliar; Hernando del Espital y Melchor González de Villasimpliz, señor de Arbañes, por el de caballeros e hijosdalgo; y Pedro López, ciudadano de Zaragoza —quizá, el notario que redactó las capitulaciones matrimoniales del cronista o algún familiar del mismo— y Juan de Arnedo y Vargas, ciudadano de Huesca, también ausente, por el de las universidades 200 . Por una copia del registro de actos comunes de la Diputación de Aragón sabemos que los susodichos 196 S OLANO C OSTA , F., «Zaragoza durante la Edad Moderna. Una interpretación de tres centurias de historia ciudadana» en Estudios, núm. 3 (1974), p. 14. 197 G ASCÓN P ÉREZ , J., «Y los cronistas de Aragón…, op. cit., p. 166. 198 Por ejemplo, los trabajos de Gauberto Fabricio de Vagad, el príncipe de Viana o la Carta Intimada de Jiménez Cerdán, véase P EDRAZA G ARCÍA , J. M., «Poder político e imprenta…, op. cit., pp. 298-305, 307. Esta es, a fin de cuentas, una de las conclusiones que pueden extraerse de la lectura del trabajo de G IESEY , R. E., Si no, no…, op. cit. 199 Blasco no llegó a ser el titular del condado, puesto que falleció en 1590, tres años antes que su padre. 200 B.R.A.H., 9/5952, f. 98. 58 nombraron coronista del presente Reyno conforme a los actos de Corte […] al magnifico Hieronimo de Blancas notario publico de la ciudad de Zaragoza que presente estaba al cual dichos señores diputados exortaron y compilieron que aceptara el dicho cargo de coronista con las preminencias prerrogativas que a semejante cargo se le acostumbra dar y atribuir et el dicho Hieronimo de Blancas suplico a sus señorias fuesen servidos dalle licencia para no aceptar dicho cargo, et los dichos señores diputados continuando la dicha nominacion dixeron que assi convenia se hiziere por tanto le encargaban, y rogavan aceptase el dicho cargo et el dicho Hieronimo de Blancas visto lo que por dichos señores diputados se le manda compelido por las señorias acepto el dicho cargo de coronista y se ofrecia presto y aparexado de hacer y con efecto cumplir todo aquello que dicho cargo y oficio tuviese obligación de hacer la qual nominacion hizieron dichos s[eñore]s diputados con salario en cada un año de 4.000 sueldos y le concedieron su privilegio de forma acostumbrada 201 . El doctor Juan Francisco Andrés no pudo menos que enfatizar la «gran confusión [que] puede causar a los ambiciosos la modestia increible de Geronimo de Blancas», y sentenció que por el rechazo a las excusas del cronista «esta diputación merecera por este acierto perpetua alabanza 202 ». En cualquier caso, los reparos iniciales del cronista guardaron más relación con las formas cortesanas que con un vívido y verdadero sentimiento, pues ya sabemos que había comenzado a trabajar por su cuenta antes del nombramiento y, además, lo había hecho en un tema tan significativo y sensible como el del Justicia 203 . La mayoría de las evidencias nos orientan a pensar que gran parte de los escritos del cronista se hicieron mientras éste ya ostentaba el cargo. No nos estamos refiriendo únicamente a las obras que sabemos encomendadas o protegidas por la Diputación, sino también a aquellos textos que Blancas perfiló sin el auspicio de la institución. De este modo, una primera división que podría hacerse de toda la producción literaria del cronista consiste en diferenciar entre las obras que escribió costeadas o amparadas por el consistorio y aquéllas de las que no tenemos constancia de que fueran solicitadas por los diputados, aun cuando las escribiera a partir de 1581, es decir, siendo ya cronista del Reino. 201 B.R.A.H., Colección Salazar y Castro, H-25, f. 60. 202 B.R.A.H., 9/5952, f. 98v. 203 Se trataba de los Fastos y de los primeros comentarios a los mismos. 65 por las manos de Felipe II, la Diputación, en pos de su publicación expresaba al Justicia y a sus lugartenientes que por quanto Geronimo de Blancas cronista de este reyno ha compuesto un libro en latin mui curioso y de grande trabajo en el cual se da particular noticia del Magistrado del Justicia de Aragon y de los que lo han tenido y de muchas otras cosas de este reyno muy importantes y dignas que sean sabidas y entendidas por los naturales de el y estamos certificados que el dicho libro ha sido visto examinado y aprobado por muy graves personas y ultimamente por su Magestad y los de su Real y Supremo Consejo de Aragon aviamos acordado que se imprima y publique como libro que de su publicacion ha de redundar mui grande honor y autoridad del dicho magistrado y a todo este Reyno, asi en los Reynos y señorios de su magestad como en los extranjeros por estar como esta compuesto en latin i tomada informacion de personas ¿juristas?, hallamos que para imprimir quinientos cuerpos que por agora no parece se deban imprimir mas assi para el papel y manos como para pagar el coste de diversas estampas de armas, sellos y monedas antiguas que […] se ponen y se han devido de cortar como se han cortado en Leon de Francia y para otros gastos que para dicha impresión se ofrecieren menester mil y dos cientas libras jaquesesas las que […] no teniendo forma para las gestar […] nuestra ordinaria facultad tan tenue y […] que apenas podra abastar para suplir a los ordinarios gastos […] nos vasta para que las nuestro año avemos acordado […] tomar del dinero que el Reyno tiene depositado en la tabla de los depositos de la presente ciudad de Caragoça 228 . Los Aragonensium rerum comentarii fueron publicados en 1588 por Simon de Portonariis, impresor del Reino, realizándose para ello una tirada de 300 ejemplares en latín —no muy numerosa, habitual ya a finales del siglo XV— tras haber recibido la licencia real en 1587 229 . A pesar de ello, la obra originalmente fue escrita en castellano y luego traducida para sortear la censura; una vez publicada, el cronista la corrigió tras su publicación con la intención de ofrecer una versión más acertada en una segunda edición que jamás tuvo lugar ya que, como le recordaba Antonio Agustín, «podrá ser que deteniendo la impresion descubra V.M. muchos otros privilegios y libros que le 228 B.R.A.H., Colección Salazar y Castro, H-25, ff. 65-65v. Los diputados que firmaron la carta fueron el doctor Agustín Pérez, Jorge Fernández de Heredia, Juan Gómez de Mara, Miguel de Villanueva, Juan de Aguilar y Juan Jerónimo de Gotor. 229 Agradecemos al profesor M. A. Pallarés Jiménez esta apreciación. La licencia fue expedida en el Bosque de Segovia el 21 de octubre de 1587, como puede consultarse en la edición latina. En ese mismo documento, Felipe II obligaba a entregar una copia impresa y el manuscrito para observar que no se había introducido ningún tipo de cambio entre el original y la versión que se iba a imprimir. 66 ayuden a poner mejor esas mismas cosas» 230 . Estas reflexiones trataron de llenar uno de los vacíos dejados por el cronista Zurita en relación a la principal de las magistraturas, que apenas abordó en sus Anales y sobre cuyas noticias históricas Blancas remarcaría que «sería tolerable el que no tuviésemos conocimiento de muchas cosas, si las noticias detalladas sobre la dignidad del Justiciazgo de Aragon no sólo estuviesen grabadas en los corazones, sino que se hubieran conservado íntegras y sin mancilla, esculpidas con caractéres de oro en documentos públicos 231 ». Intentar definir el libro y su naturaleza es francamente complicado. En opinión de G. Redondo y E. Sarasa, la obra trataba de explicitar lo «aragonés» sirviéndose de cualquier tipo de recurso, por lo que en todo caso, la obra Comentarios de las cosas de Aragón no es una crónica seriada […], ni un mero discurso foral […], ni siquiera una amplia genealogía comentada […]. Y sin embargo se relaciona directa o indirectamente con todo ello y sin asociarse exclusivamente a ninguno de los componentes mencionados 232 . A grandes rasgos, el libro era una síntesis de la historia de Aragón según «la sucesion q[u]e yo sigo de nuestros Reyes 233 » y de su derecho consuetudinario pero el objeto era dilucidar los orígenes del Justiciazgo, magistratura con la que el cronista trataba de remarcar la especificidad del reino en el conjunto de los territorios de Felipe II, quizá no en la coyuntura más propicia para ello 234 . Pero también era algo más y, en nuestra opinión, no puede perderse de vista en ese contexto el Mos gallicus, corriente que ya sabemos conocía el cronista y de la que se ayudaría para defender sus postulados 230 La cita en B.R.A.H., 9/5952, f. 96v.; 9/1640, Leg. C, Carpeta 10, núm. 21, s. n. Aquí se señala explícitamente que se ha tomado un pequeño apunte genealógico sobre los Lanuza de la versión castellana de los Comentarii. B.R.A.H., Colección Salazar y Castro, B-34, ff. 89-90v. En este papel encontramos algunos apuntes que para Pellicer eran adiciones para una segunda edición de los Comentarii, si bien como a Pellicer sólo le interesaba de la obra del cronista la genealogía, no se refieren sino a tales estudios. 231 B LANCAS Y T OMÁS , J. DE , Comentarios…, op. cit., p. 8. La cita se encuentra en la carta que el cronista envió al preceptor del futuro Felipe III, García de Loaysa Girón, el 1 de septiembre de 1588. 232 R EDONDO V EINTEMILLAS , G. y S ARASA S ÁNCHEZ , E., «Introducción» en B LANCAS Y T OMÁS , J. DE , Comentarios de las cosas de Aragón, Zaragoza, Cortes de Aragón, 1995 [ed. facsimilar de la traducción del escolapio Manuel Hernández de 1878], p. 19. 233 El cronista, además, ya había compartido y discutido esta sucesión, como mínimo, con Antonio Agustín, como así se lo había comentado por carta [Supra pp. 50-51]. Se trataba de una invención pero, en cualquier caso, ésta no fue burda puesto que además de necesitar tiempo y algunos documentos, quizá falsificados, el propio Antonio Agustín se mostró conforme con ella. 234 B LANCAS Y T OMÁS , J. DE , Comentarios…, op. cit., p. 14. El propio Blancas reconocería que si trataba la historia aragonesa era para advertir los sucesos que fueron definiendo la institución y que cómo tanto esta como el propio reino tuvieron su origen «enlazados», no era posible narrar lo uno sin lo otro. 67 políticos 235 . Para Blancas, el renacer del Renacimiento significaba precisamente eso. Algo había muerto y bajo ese nuevo espíritu conminaba a sus compatriotas a que «adoptemos un nuevo plan de vida al compás de las nuevas vicisitudes de la época 236 ». Su vinculación con las nuevas actitudes jurídicas y con esa concepción de Roma como modelo, pero también como sociedad pretérita, no pudo ser más explícita al señalar que a pesar de haber escrito los Comentarii en latín, no hemos creido que debíamos alterar por ello los nombres de nuestros magistrados, ni darles los que usaba Roma, sino conservar los mismos con que los apellidaron nuestros abuelos […]. Impropio por demás sería llamar Prefecto de la Justicia al Justicia de Aragon, al Gobernador Vicario, Pretor de la ciudad al Zalmedina, aplicando respectivamente á los nuestros los nombres de los magistrados romanos, porque no se expresan con los unos las atribuciones propias de los otros. Es muy diferente el deber del Zalmedina, de lo que fuera el cargo de los Pretores; no se designa con la palabra Vicario la verdadera potestad de nuestro Gobernador; ni es tanta la dignidad de nuestros Jurados como fué la de los Cónsules en Roma; ménos aún puede llamarse Presidente de la justicia al Justicia de Aragon; el único Prefecto de la justicia creemos que es el Rey […]. Ni se nos alcanza, á decir verdad, el por qué no hemos de tener nosotros la misma licencia que siempre tuvieron los romanos de introducir en el suyo palabras nuevas, tomadas de idiomas extranjeros. Latin hablaban ellos y les plugo usar las voces Filosofia, Aritmética, Geometría, con otras semejantes, latinizando con el uso esas palabras tan griegas como la misma Atenas 237 . El mundo que ellos vivían no podía medirse con el de Roma y, por tanto, el derecho romano no podía aplicarse sin ningún tipo de cortapisa en una sociedad que nada tenía que ver con la que lo había originado. No obstante, si bien Blancas utilizó el revolucionario método de la escuela jurídica francesa —sobre una tradición historiográfica que, además, le ofrecía formidables herramientas teóricas—, se abstuvo de llevarlo hasta sus últimas consecuencias. En Francia y Holanda, las reflexiones al calor de este marco de pensamiento pronto «adquirieron un nuevo sentido, favorable a 235 Ibíd., p. 40. Según señaló el escolapio M. Hernández, en el manuscrito de los Comentarii había una alusión directa a la Francogallia (1573) de F. Hotman, obra cumbre del Mos gallicus en la que el francés se servía del mítico juramento aragonés del «y si no, no» para legitimar la limitación del poder real en Francia. De hecho, el cronista llegó a redactar su propia versión del juramento, aunque no apareció en la versión impresa. 236 Ibíd., p. 5. 237 Ibíd., pp. 3-4. 68 la práctica religiosa reformada, por lo que la defensa de libertades e inmunidades tradicionales significó también reclamar la libertad de religión 238 » y derivaron en auténticas teorías de la resistencia para la Europa reformada 239 ; en Aragón la cuestión religiosa directamente no preocupó, pero con respecto al segundo corolario, Blancas amonestó que una advertencia me voy á permitir, siquiera me tache alguien de poco avisado […] y es, que no confundamos la libertad con la demasiada licencia. La única, la verdadera, es aquella libertad que sabe domeñar las pasiones; que está contento con el goce tranquilo de sus bienes; que los defiende con moderacion; que aleja las manos, hasta los pensamientos, de la propiedad ajena 240 . Así pues, Blancas trataba de establecer una diferenciación política con respecto a otras «provincias» amparada por la autoridad de la tradición y la historia, que se caracterizaba porque en Aragón el monarca estaba sometido a las leyes. Para ello escogía lo que necesitaba y obviaba aquellos datos que no sumaban en su propósito pero, en cualquier caso, no hacía sino servirse de una tradición historiográfica que se tenía como verdad oficial, sancionada por las licencias de impresión de la monarquía. El mejor ejemplo, obviamente, lo constituyó la presentación de los Fueros de Sobrarbe: queriendo evitar que el capricho de los monarcas se tradujese tambien entre nosotros por ley, como en otras provincias, establecieron de antemano algunas leyes que obviasen tamaño inconveniente. Estas leyes son las conocidas despues con el nombre de Fuero de Sobrarbe […] Al frente de ese fuero va colocada la precaucion siguiente: El futuro rey, supuesto que se le confiere libre y espontáneamente el cetro de un Reino ya conquistado de los moros y que vá prosperando, quedará obligado á la observancia de las leyes, y á la defensa de la libertad del Reino, ora por la religion del juramento, ora tambien por la fuerza y potestad de las mismas leyes 241 . Los Comentarii también sobresalieron por su estilo, algo que, en algunas ocasiones, se ha alabado tan sólo como punto anecdótico. Y, sin embargo, es harto significativo que la elocuencia y la pureza del latín del discurso de Blancas consiguieran el elogio posterior hasta por parte de los más críticos con su trabajo. Como bien señaló 238 G IL P UJOL , X., «Constitucionalismo aragonés…, op. cit., pp. 231-232. 239 S KINNER , Q., Los fundamentos…, op. cit., Vol. II, pp. 311 y ss. 240 B LANCAS Y T OMÁS , J. DE , Comentarios…, op. cit., p. 5. 241 Ibíd., p. 37. Supra p. 56. 69 A. Agustín, las «dotes» del cronista eran las propias del «historiador latino» y, siguiendo este arquetipo, su historia iba a tratar de ensalzar la patria, beneficiarla y defenderla de injerencias externas, principio que se había convertido en el pilar de los deberes seculares de los ciudadanos del siglo XVI 242 . Uztarroz, en este sentido, valoraría «la perpetua memoria y aclamaciones [que merecían los Comentarii] en los animos de todos los aragoneses porque la calidad del servicio no pudo ser mayor ni más conveniente 243 » y, al reseñar los elogios que el arzobispo de Tarragona dedicó a Blancas, sostenía que «alabale el estilo en primer lugar» ya que «sin esta circunstancia no se puede escribir la historia 244 »; poco tiempo antes, el menor de los Argensola rogaba a Jerónimo de San José —quien también comprendía el estilo como un requisito indispensable del ars historica— que no incluyera su lúcido ensayo sobre las técnicas y métodos de la disciplina como introducción de su Genio de la historia (1651), pues el oscense le cuestionaba «qual precepto o qual potentado le obliga a V. P. a ponerse tantas leyes al principio de sus escritos. Quien le persuade a constituirse en fiscal de si mismo […] si no le plugiyese esta mi advertencia, V. P. quedese lo dicho entre los dos y queme este papel 245 ». En un mismo sentido podemos interpretar las palabras de uno de los primeros críticos de Blancas, el novator Nicolás Antonio —amigo también de Antonio Agustín—, quien en su censura a la Historia de la Conquista…de Nueva España de Antonio Solís, Cronista Mayor de Indias, sentenciaba que si bien de la historia debían extraerse, sobre todo, los consejos que pueden aportar la toma de resoluciones y las deliberaciones, no era menos importante que se incurra por los escritores en algun error, que ofenda las Regalìas de V. A. el qual peligro cessa en èsta obra; pues quanto ella contiene, se ajusta rigurosamente a las reglas, i maximas que un prudente, i docto vasallo, i Ministro de V. A. tan graduado, debe seguir, i tener; sin que contra lo sagrado 242 Ibíd., p. 471. Para comprender el ideal de compromiso político del ciudadano con su república durante el siglo XVI, véase G IL P UJOL , X., «Ciudadanía, patria y humanismo cívico en el Aragón foral: Juan Costa» en Manuscrits, núm. 19 (2001), pp. 81-101. Debe valorarse que la obra que analiza X. Gil fuera realizada por el sucesor en el cargo de Blancas. Sobre su desarrollo a lo largo del siglo XV en las repúblicas italianas, S KINNER , Q., Los fundamentos…, op. cit., Vol I, pp. 92-105. Como bien señaló el inglés, en realidad esta defensa de las libertades —en ese momento republicanas— de las ciudades italianas tenía la misma base que la defensa hecha por los intelectuales del siglo XIII con la única diferencia de que, si bien a partir del quattrocento el enemigo de la independencia era el caudillo militar, durante la Edad Media lo que ponía en peligro las libertades eran las facciones. 243 B.R.A.H., 9/5952, f. 97v. 244 Ibíd., f. 97. 245 Ibíd., ff. 34-34v. La epístola data el 12 de diciembre de 1628. 70 de la Magestad y sus Derechos, ni contra la buena Politica, i Moral Filosofia, aya Yo hallado el mas leve descuido en que poder hacer reparo 246 . Los Comentarii habían sido escritos con un objetivo político y además eran francamente persuasivos —y con ello se refieren los autores al señalarlos como elocuentes—, sí, pero ya vemos que toda obra histórica compartía en su génesis unos principios similares, ya beneficiaran a unos ya lo hicieran con otros. Descartes y Pascal, por ejemplo, no dudarían en expulsar a la Historia del ámbito científico y es que ni siquiera los historiadores críticos más o menos coetáneos se alejaban demasiado del uso de fundamentos míticos para sustentar su visión política en el acontecer histórico, como ocurriría, por ejemplo, con el goticismo en el discurso histórico castellano 247 . El objetivo de la historia en el Renacimiento no era el conocimiento del pasado per se; antes bien, nacida al calor de la república —del poder—, la disciplina debía articular un elogio de su benefactor, legitimar el orden establecido y la cadena de valores por la que abogaban los que la habían financiado, así como persuadir a la masa lectora de la conveniencia de ese discurso; de hecho, «durante el Renacimiento, la historia se concibió a menudo como una rama de la retórica 248 ». De este modo, señalar a Blancas como un historiador deshonesto e impostor bajo los principios con los que actualmente criticamos y consideramos la labor histórica no favorece en absoluto la comprensión de la disciplina durante el Renacimiento y el Barroco; y, de forma semejante, sugerir un silencio sobre la existencia de la obra parece estar fuera de lugar a tenor del discurso histórico generalizado durante los siglos XVI y XVII, del mismo modo que lo está si queremos comprender por completo la acción política del Aragón de finales del siglo XVI 249 . Y es que, en nuestra opinión, el controvertido H. White, en una idea que 246 A NTONIO , N., Censura de historias fabulosas, Madrid, Visor Libros, 1999, p. 665. La carta fue enviada el 14 de julio de 1683. 247 C ARRERAS A RES , J. J., Seis lecciones sobre historia, Zaragoza, IFC, 2003, p. 19. Un buen ejemplo de los sesgos con los que escribían algunos de los historiadores críticos con la obra de Blancas como Pellicer, el marqués de Mondéjar o el maestro Pedro Abarca en B OTELLA O RDINAS , E., «La constitución de los territorios y la invención de España: 1665-1700» en Estudis. Revista de Historia Moderna, núm. 31 (2005), pp. 232-252 y, de la misma autora, sobre el goticismo como nexo y legitimación entre el pasado visigodo y el liderazgo castellano durante los Habsburgo, «Fruto, cruz y árbol de vida. Diseño castellano de un reino de Sobrarbe» en Espacio, tiempo y forma. Serie IV, Historia Moderna, núm. 11 (1998), pp. 179-214. De forma semejante, sobre las presiones y censuras en los cronistas reales, K AGAN , R. L., «Clío y la Corona: escribir historia en la España de los Austrias» en K AGAN , R. L. y P ARKER , G. (eds.), España, Europa y el mundo atlántico: homenaje a John H. Elliot, Madrid, Junta de Castilla y León-Marcial Pons, 2001, pp. 115-130. 248 B URKE , P., The Renaissance sense or the Past, Londres, Edward Arnold, 1969, p. 105 apud E GIDO M ARTÍNEZ , A., «Retratos…, op. cit., p. 6. La traducción es nuestra. 249 Tales epítetos, por ejemplo, son atribuidos por González Antón y A. Canellas, cf. G ONZÁLEZ A NTÓN , L., «Sobre la monarquía absoluta…, op. cit., p. 374 y C ANELLAS L ÓPEZ , A., «Antecedentes históricos de 71 también han compartido para sus respectivas áreas de estudio historiadores de diferentes escuelas y paradigmas como M. de Certeau —en la mística— , Q. Skinner —en los discursos políticos— o J. Burrow —en la propia historiografía—, dio en la tecla al proponer la consideración de los anales y la representación histórica de las crónicas no como las historias imperfectas que convencionalmente se consideran que son, sino más bien como productos particulares de posibles concepciones de la realidad histórica, concepciones que constituyen alternativas, más que anticipaciones fallidas del discurso histórico consumado que supuestamente encarna la historia moderna 250 . El otro de los libros que vio publicado, las Inscripciones, fue un texto que venía a dar cobertura al proyecto pictórico de la Diputación —auspiciado, según Uztarroz, por el propio cronista— y que situaba a Blancas como «“traductor” de cuadros». Realmente no sabemos si fue un pedido de la institución o por el contrario fue el cronista quien convenció a los diputados de su utilidad, pero en cualquier caso no deja de reflejar los aires del consistorio durante finales del siglo XVI. Este trabajo, en otro término de cosas, no puede sino cargar también con el sambenito de la falta de rigurosidad, puesto que el desfile de reyes corresponde a la sucesión monárquica por la que apostaba Blancas 251 . La obra, que vio la luz en 1587 en latín, «pequeña en volumen pero grande en la sustancia 252 », era un opúsculo con las inscripciones que Blancas había redactado para cada uno de los cuadros y que permitían reconocer los logros y hazañas de cada uno de los señores del reino. Según G. Redondo y C. Morte, el objetivo de la misma —y del propio programa iconográfico— no era sino buscar la benevolencia del monarca para con la obra magna del cronista, que en ese momento se encontraba todavía pendiente de las armas heráldicas de la Diputación de Aragón» en Estudios de la Edad Media de la Corona de Aragón, Zaragoza, CSIC, 1951, pp. 447. Sobre el contextualismo y el discurso como forma particular de acción o, en otras palabras, la reflexión teórica como base y legitimación de la praxis política, véase F ERNÁNDEZ S EBASTIÁN , J., «Historia intelectual y acción política: retórica, libertad y republicanismo. Una entrevista con Quentin Skinner» en Historia y política: ideas, procesos y movimientos sociales, núm. 16 (2006), pp. 237-243. 250 W HITE , H., El contenido de la forma. Narrativa, discurso y representación histórica, Barcelona, Paidós, 1992, pp. 21-22. 251 E GIDO M ARTÍNEZ , A., «Retratos…, op. cit., pp. 3-13 [cita]. 252 B.R.A.H., 9/5952, f. 99. La cita es del doctor Juan Francisco Andrés. 72 validación para poder publicarse 253 . En nuestra opinión, que no tiene por qué ser radicalmente opuesta a la de ambos profesores, los diputados utilizaron tales obras para hacer visible el pasado aragonés en el que, parafraseando sus propias palabras, los reyes se criaban entre las principales familias reino. No se trataba de que Aragón encontrase su sitio en la monarquía, sino de que los Habsburgo respetasen el lugar que les correspondía en Aragón: en la principal sala de la Diputación, organismo garante junto con el Justicia del cumplimiento de los fueros, descansaban los retratos de los reyes que —en la mentalidad colectiva de las elites aragonesas que Blancas contribuyó a fraguar— habían entregado y respetado las leyes del Reino. De ahí que los hombres del rey, en este caso el conde de Chinchón, hicieran saber a Felipe II lo que la Diputación se traía entre manos y que éste tempranamente «gustaría ver los Retratos como se fuesen haciendo», solicitándolos en la corte madrileña junto con el manuscrito miniado con las inscripciones realizado por Pedro Sánchez de Ezpeleta que, a diferencia de la obra publicada, sí fue dedicado a la persona del monarca 254 . Sin embargo, el segundo cronista de Aragón ha sido objeto de un ataque ad hominem bastante falaz que ha hecho que la sensación de deshonestidad y fraude se extendiera al resto de sus escritos, especialmente a aquellos que realizaba como encargos de la Diputación. Pero extrapolar los juicios lanzados sobre los Comentarii y las Inscripciones al resto de los trabajos del cronista no sería justo. No puede decirse que en Blancas el rigor histórico y la escrupulosidad documental brillaran pos su ausencia de manera taxativa en todos sus trabajos. De hecho, uno de los investigadores decimonónicos más exhaustivos y capaces en el tema, M. Danvila y Collado, se serviría del resto de obras de Blancas —especialmente de sus Coronaciones— para desacreditar los postulados que el mismo cronista mantuvo en sus Comentarii, sobre todo en relación al famoso juramento de los reyes que no sobrevivió en la versión impresa de aquellos en 1588 255 . 253 R EDONDO V EINTEMILLAS , G. y M ORTE G ARCÍA , C., «Introducción» en B LANCAS , J. DE , Explicación histórica de las inscripciones de los Reyes de Sobrarbe, Condes Antiguos, y Reyes de Aragón, puestos en la Real Sala de la Diputación de la Ciudad de Zaragoça, Zaragoza, Cortes de Aragón, 1996 [ed. facsimilar de la original traducida y ampliada por Martín Carrillo y Diego José Dormer, Zaragoza, Herederos de Diego Dormer, 1680], p. 13. Si conocemos hoy el trabajo se debe a esta reimpresión aumentada por parte de Diego José Dormer. 254 Ibíd., pp. 29, 33. En nuestra opinión, la apropiación metafórica de la estirpe real aragonesa por parte de la monarquía tuvo lugar unos años más tarde, en 1634, cuando Felipe IV encargó una copia para ese monumental símbolo histórico-político que fue el Palacio de Buen Retiro. 255 D ANVILA Y C OLLADO , M., Las libertades de Aragón: ensayo histórico, jurídico y político, Valladolid, Maxtor D. L., 2002 [edición facsimilar de la original realizada en Madrid, Imprenta de Fortanet, 1881], pp. 88-89. 73 Las tres obras que el cronista no pudo ver publicadas en vida —las Coronaciones, el Modo y el Sumario y Resumario— tuvieron un contexto muy similar, ya que fueron estudios originados al calor de las Cortes de Monzón de 1585, a las que también asistió, y por ello el cronista se lamentó del poco tiempo que había tenido desde que se le encomendaran las investigaciones hasta que se le exigiera su presentación. A pesar de que, en este caso, el rigor documental con el que Blancas trabajó es digno de mención, el cronista no dudó en seguir señalando en estas disertaciones las especificidades del reino de Aragón, cada vez más reducido entre los vastos territorios de la monarquía que, recordemos, hacía poco había añadido a sus ya inmensos dominios el reino de Portugal y su imperio colonial y que, hasta el fracaso de la Invencible, sopesaba la posibilidad de lanzarse a la conquista de China 256 . De forma semejante, el intento por sintetizar, depurar y explicar el derecho y la costumbre aragoneses —«hazer tratable, y reducir a algun metodo, y orden esta materia de Cortes» en palabras del cronista 257 — lo comparten tanto estos trabajos como los anteriores y es algo que debe comprenderse también como un rasgo definitorio de esa tendencia jurídica de finales de siglo XVI que ya hemos tratado, el Mos gallicus. El objetivo de las tres obras era establecer unas pautas seriadas de algunas de las ceremonias más importantes del reino y enseñar a la monarquía a desenvolverse en el pequeño «rinconcillo» que era Aragón. Puede colegirse, por tanto, que el encargo de tales ensayos es un fiel indicador de un sentimiento que, si bien podía no tener correlación con el mundo real, los diputados habían interiorizado: el hecho de que su monarca desconocía las reglas y protocolos de Aragón, al igual que en buena medida los desconocía el propio reino 258 . El Sumario y resumario lo conocemos actualmente gracias a la conservación de un manuscrito en propiedad de la Biblioteca Universitaria de Zaragoza. Mientras que Uztarroz recordó que el cronista había cobrado 3.200 reales de la Diputación por redactar el sumario y un resumen del mismo, Latassa apuntaba a que el cobro de los 320 256 B LANCAS Y T OMÁS , J. DE , Coronaciones…, op. cit., s. n. En la introducción de la obra, el cronista sostuvo «que aunque este Reyno, tomando el tamaño del, parezca un rinconcillo, al respecto Reynos, y Señorios tantos, y tan grandes, en que Dios nuestro Señor tiene puesto a V.M. por inmediato Lugarteniente suyo en lo temporal, que verdaderamente es la mayor Monarquia, que ha avido en el mundo: con todo esso [el reino] ha tenido, y tiene cosas particulares, muy señaladas, notables y dignas de saberse, en que se ha difere[n]ciado mucho de otras Provincias, y Reynos mayores: y dellas son, la manera del proceder en Cortes: y estas de las Coronaciones, y juras». 257 B LANCAS Y T OMÁS , J. DE , Modo…, op. cit., s. n. [cita en el prólogo]. 258 Ibíd., s. n. Antes de comenzar el discurso, Blancas reconoció que «esta materia de Cortes tan mal entendida, y por ninguno de los nuestros escrita hasta aora» presentaba severas dificultades. 74 escudos era a razón del Modo y del Sumario 259 . El escrito fue encomendado por los diputados del curso 1584-1585 y consistía en la relación de los registros de Cortes —hallados en el archivo de la Diputación y referentes a las asambleas producidas entre 1356 y 1563, pues no tuvo tiempo de trabajar también con los del notario de las Cortes y con los del Protonotario del reino— examinados por el cronista. La motivación de esta obra podría haber sido un tema tan mundano como el pecuniario, es decir, que los pedidos del monarca no excedieran los acostumbrados —recordemos que en el servicio de las últimas Cortes el donativo aragonés se había incrementado en 50.000 libras más de lo habitual 260 —, así como intentar llevar la reunión por los cauces que el consistorio consideraba adecuados, por ejemplo, conseguir esclarecer dónde y cuándo se debía tratar la elección del virrey. Como aclaraba en el prólogo del Modo, los diputados «me mandaron reconociesse los Registros de Cortes; para que sirviéndose su Magestad de mandarlas tener [las Cortes], se pudiesse dar la noticia que dellas conviniesse» 261 . El Modo, que en realidad fue el análisis detenido de esos registros, se presentó en las Cortes de Monzón de 1585 y, por lo que cuentan Blancas y Uztarroz, lo leyó el propio Felipe II 262 . La obra no estuvo exenta de cierta problemática, puesto que algunos naturales del reino sostenían que era imposible sintetizar el modo de proceder en las Cortes porque cualquier anomalía en su transcurso debía tener un valor propio y tan categórico como cualquier ceremonial o práctica habitual, ya que se trataba de la asamblea que ejecutaba el máximo poder en el reino. Para Blancas, por el contrario, sí era posible encontrar una serie de pautas racionales, las cuales explicó en su tratado. No obstante, el objetivo de este trabajo no era solamente dar lugar a una reflexión teórica, 259 B.R.A.H., 9/5952, ff. 99v.-100. El doctor, asimismo, informó de que el original había formado parte de la biblioteca de Jaime Aznárez, catedrático de Cánones de la Universidad de Zaragoza, fondo que en tiempo de Uztarroz se encontraba, a través de su donación, en el Hospital de Nuestra Señora de Gracia. L ATASSA Y O RTÍN , F. DE , Biblioteca nueva…, op. cit., p. 366. No sabemos si este manuscrito es el mismo que Latassa identificó como Estracto de todas las Cortes de Aragon celebradas en este Reyno, ya que el bibliófilo consideró que podía constar de dos tomos. 260 Supra, p. 47. L ATASSA Y O RTÍN , F. DE , Biblioteca nueva…, op. cit., p. 368. Lo que nos inspira a pensar así es el Discurso en que se vè, que el servicio que los Aragoneses han hecho à sus Reyes, ha sido siempre en Cortes y fenecidas estas y no de otra manera y esto con mil protestaciones de que era voluntario y que no deve dar, ni traer otra vez en consequencia. Se da tambien en este Discurso una Memoria de los servicios que se han hecho en todos tiempos, obra de Blancas y que nos cuenta Latassa se encuentra entre los papeles de las Cortes de Tarazona de 1592, en un tomo que perteneció a la librería del canónigo Turmo, de la que no hemos podido hablar aquí. 261 B LANCAS Y T OMÁS , J. DE , Modo…, op. cit., s. n. S ESMA M UÑOZ , J. A. y A RMILLAS V ICENTE , J. A., La Diputación de Aragón…, op. cit., p. 210. Los diputados fueron Francisco Pérez de Pomar, castellán de Amposta, y Alonso Gascón, canónigo del Sepulcro de Calatayud, Pedro Fernández de Híjar y Antonio Fernández de Híjar, Miguel López de Tolosa y Jaime de Aldovera y Jaime Calvo y Martín de Araus. 262 B.R.A.H., 9/5952, f. 100. B LANCAS Y T OMÁS , J. DE , Coronaciones…, op. cit., s. n. En el prólogo del libro, Blancas sugirió al rey si también podría «passar los ojos por el [en referencia a las Coronaciones], como me ha hecho V. M. favor de passallos por el otro Del Modo de proceder en Cortes». 81 morir estuvieran a su servicio y se casaran con la aprobación de Margarita 287 —, el cronista sumó algunas como pago de deudas familiares. Comenzó con su querida esposa, a quien dejó 10.000 sueldos —además de lo pactado en las capitulaciones, para lo que podía escoger los censales o bienes muebles que quisiera— y permitió no tener por qué afrontar las mandas testamentarias —a excepción de las piadosas— hasta que concluyese su viudedad foral «por el amor que en vida nos habemos tenido» y porque «yo conozco le debo mucha parte de la salvacion que espero ha de ser Nuestro Señor servido de concederme», si bien el cronista sabía «que aun durante su usufructo las cumplira 288 ». A su primo Martín de Blancas, como ya hemos visto, le dejó todas sus armas y reposteros, con la condición que durante las fiestas decorase con ellos la iglesia de San Pedro de Gallur; a su prima Francisca de Blancas, casada con Jerónimo Zaldívar, le entregó una taza de plata de doce onzas, como se estipulaba en las capitulaciones matrimoniales de dichos consortes; y a su sobrino Claudio César de Viota le legó 100.000 sueldos 289 . Pero las mercedes no concluían aquí, puesto que sus amigos y cercanos también se vieron agasajados con la dadivosidad del cronista. Destacó entre estos legados, sin duda, el que hizo a su gran amigo Diego de Espés, a quien Blancas le procuró habitación mientras viviere en todos los entresuelos y estudios de las casas de mi habitacion con todos los lienzos y colgaduras sillas mesas y arquimesas que en ellos se hallaren para que los goce y tenga con todos mis libros latinos y griegos durante su vida [deseando que Margarita] lo tenga en bien y que en todo lo que se ofreciere lleve con su reverenda persona la cuenta que el merece como hasta aqui la habemos todos llevado 290 . A continuación, en una muestra de la característica horizontalidad social del Antiguo Régimen, Blancas entregó 100 sueldos a Pedro Molinos, notario de la gobernación, y otros 100 a cada uno de sus regentes en las escribanías del zalmedinado, Martín de los Arcos, Pedro Martínez del Río, Miguel Samper y Gaspar Serrano 291 . Y por último, la donación de sus papeles. El cronista apuntaba que 287 Ídem. 288 Ibíd., ff. 645, 647-647v. [cita]. 289 Ibíd., ff. 645-645v. 290 Ibíd., f. 645v. 291 Ibíd., f. 647v. 82 quiero y mando que los libros de Historia compuestos por mi que no estuvieren publicados al tiempo de mi fin se entreguen a los señores diputados con mas los papeles y escrituras que en mi poder se hallaren tocantes a esto señaladamente si huviere algunos Registros de Cortes que el señor mosen Espes sabe los que son y a su sola relacion quiero que se este 292 . La herencia universal fue a parar a manos de su sobrino Martín Miravete de Blancas. Si bien la intención del cronista era que Margarita disfrutara el usufructo de todos sus bienes hasta que concluyera su viudedad foral 293 , el 28 de abril de 1591 acudía a la notaría de Jerónimo Andrés con Martín Miravete para solicitar una sentencia arbitral que resolviera algunos de los problemas que la herencia había causado. Bajo pena de 1.000 ducados, la esposa de Blancas y su sobrino deberían aceptar lo que Diego Morlanes y Diego de Espés considerasen oportuno como «amigos comunes y arbitros arbitradores». La resolución tuvo lugar el 8 de mayo de 1591, el mismo día que Martín de Miravete se deshizo de la notaría de su tío en favor de su otro tío, Antonio de Miravete, por 700 libras y con la aprobación de Margarita Malo 294 . Una apoplejía ponía fin a la vida del segundo cronista de Aragón en diciembre de 1590, por lo que no estuvo presente en las alteraciones que tuvieron lugar al año siguiente en Zaragoza. De haber vivido hasta entonces hoy tendríamos una imagen mucho más definida del segundo cronista de Aragón. A pesar de ello, un hecho incuestionable fue la influencia del pensamiento de Blancas en el ambiente zaragozano de finales del siglo XVI. 292 Ibíd., f. 646v. L ATASSA Y O RTÍN , F. DE , Biblioteca nueva…, op. cit., p. 369. Latassa aduce esta cláusula para inferir más escritos, pero estos papeles podrían ser el Modo, las Coronaciones y, como el cronista indicó, los registros de Cortes. 293 A.H.P.Z., 3.755, f. 648. 294 A.H.P.Z., 877, ff. 360-362, 412-414, 414-415, 415v.-451, 451v.-453v. 83 CONCLUSIÓN Todo lo que hemos tratado de hacer en este trabajo ha sido relacionar a Blancas con su tiempo. Es decir, intentar borrar esa imagen del cronista como nexo extraño e inusual entre las capas sociales dominantes y el común más privilegiado, como paréntesis en el desarrollo secular de una disciplina y su discurso, como excepción dentro de la tradición y pensamiento aragoneses. Creemos que, en cierto modo, lo hemos conseguido y esta llamada de atención facilitará el pensar en el segundo cronista del reino como un hombre de su tiempo en todas las facetas de la vida. Ya hemos visto que el cronista estuvo plenamente integrado en la sociedad que le tocó vivir. Pertenecía a ese estamento social a caballo entre la baja nobleza y la oligarquía urbana, con unos perfiles tan opacos que posibilitaban el hecho de que entre los miembros de su familia política pudieran encontrarse desde un señor hasta un burócrata al servicio del rey, pero con una categoría tan definida que le permitía relacionarse con las figuras más trascendentales del reino. De forma semejante, hemos podido apreciar al hombre imbuido por los ideales propios de su siglo, lo que puede apreciarse en sus constantes esfuerzos por triunfar en la lucha de cargos, en el respeto por el ascendiente paterno, que guió casi todos sus pasos, o en la defensa activa de su patria, de su respublica, en la cual participó mediante sus escritos, factores todos ellos que sin duda influyeron en el cariz de su producción historiográfica. Por otra parte, la contextualización de la obra de Blancas ha tratado de ofrecer un marco teórico desde el que comprender su labor histórica. Una primera conclusión es que la metodología de sus trabajos no se distanciaba mucho de la practicada por la historiografía imperante en su época. La historia renacentista, fuera de uno o de otro, tenía siempre un dueño y considerándolo antes como una alternativa a la disciplina normalizada que ahora disfrutamos que como un fracaso en su desarrollo, sobre el ars historica del cronista pueden concluirse dos apreciaciones fundamentales. Por un parte, la importante influencia del Humanismo en su pensamiento y el inevitable telón de fondo barroco. Las conexiones del cronista con hombres de leyes, muy habituales entre sus amistades, y con algunas de las teorías más vanguardistas de su tiempo son buena prueba de ello y, en concreto, su relación con el Mos gallicus permite comprender el hecho de que Blancas tratase de remarcar continuamente las especificidades propias de Aragón, ya se tratase del Justicia en los Comentarii, ya de los ritos ceremoniales de los monarcas en las Coronaciones, ya del proceder habitual de las Cortes en el Modo, ya de 84 la propia casa real aragonesa en las Inscripciones… Podemos pensar que, sin duda, el reclamo a tales especificidades se debía al mero hecho de pertenecer al inmenso imperio de los Habsburgo españoles, con la pérdida de protagonismo que ello suponía; pero al mismo tiempo, como señalaba Blancas, esas señas de identidad, que habían sido generadas durante la conquista de las tierras al Islam y que desde entonces habían articulado la vida pública del reino tenían por objeto, en definitiva, «evitar que el capricho de los monarcas se tradujese tambien entre nosotros por ley, como en otras provincias». Y es que es aquí donde la relación con el Mos gallicus puede percibirse más claramente en la obra del cronista porque la monarquía trataba de legitimar ese «capricho» mediante el recurso al derecho romano y, en concreto, a Ulpiano y el Digesto, expresado en la famosa máxima de aquel quod principi placuit legis habet vigorem. Por otra parte, y de forma semejante a los escritos del resto de sus colegas de profesión, un corolario que puede extraerse de la obra de Blancas es la retórica de su discurso, la utilidad con la que la disciplina servía al poder político. En este sentido, la carta de los diputados a Antonio Agustín en 1580 no podía ser más explícita al reconocer que si bien lo relevante del Justiciazgo «es su jurisdiccion y poder, esta bien claro, y harto fundado en nuestros Fueros», no por ello se iba a desdeñar el «tener escritas en particular las cosas que tocan al cargo del Justicia de Aragon como V. S. I. muy bien sabe es el amparo y defensa de nuestras leyes […] todavia su institucion y de los que lo han tenido no tenemos casi nada escripto, y por esto havemos deseado siempre hiziese alguno se aficionase a tratar desto en particular». La influencia de la historia sobre la política en el siglo XVI nos conduce a pensar en las premisas teóricas que el cronista pudo ofrecer al gobierno y a las mentalidades aragonesas. Un pensamiento que, por otra parte, tampoco puede considerarse como totalmente novedoso, puesto que siguiendo nuestro discurso ha podido verse que sus raíces se encontraban en cierta parte de la ideología fuerista aragonesa, larvada desde tiempos bajomedievales y que puede rastrearse en los títulos sufragados por la Diputación desde finales del siglo XV, de la cual Blancas fue punto culminante antes que fundador. Así pues, no debemos cargar sobre los hombros del cronista toda la responsabilidad historiográfica acerca de la problemática del mito de Sobrarbe y todas sus consecuencias ni tampoco calificarlo por ello como un historiador falaz que nada puede aportar al conocimiento del Aragón del Quinientos. Ello no implica que Blancas no fuera el que más brillara ni el que más lejos fuera en una tradición en la que es posible sentir su cenit hacia 1587, al compás de las 85 transformaciones simbólicas que supuso la nueva decoración de la principal sala del consistorio. Al ver su mano en la articulación plástica de ese pasado oficial es imposible no tener en cuenta la relevancia del cronista en la vida pública de la Zaragoza de finales del siglo XVI, así como la fuerte impronta que dejó en el ideal colectivo del reino. Nos gustaría finalizar el ensayo con dos reflexiones que invitan a rehabilitar la figura del segundo cronista de Aragón como objeto de estudio y a reconsiderar su significado. En primer lugar, porque en lo tocante a Aragón, C. Magoni ha señalado que la representación de la forma de gobierno del Reino de Aragón fue ante todo una autorepresentación, es decir, una imagen que la cultura jurídica e histórica aragonesas compuso del propio ordenamiento y de la cual la nación extrajo su identidad. En cuanto tal, e incluso en el momento en el que fue recibida fuera de la sociedad que la había construido, ella pertenece a la realidad, porque fueron reales los valores morales, políticos, las expectativas como las esperanzas que le fueron atribuidas 295 . En segundo lugar, y por lo que respecta a la condición de la historia como pulso de su tiempo, hacemos nuestras las palabras de Cepeda Adán para decir que el estudio de la producción histórica de una época tiene el valor de ser […] una forma adecuada de penetrar en lo hondo de una colectividad, en la reflexión que un pueblo se hace de su propia existencia, en el pálpito que los hechos diarios van dejando sobre él. Unos hechos que pueden interpretar, glosar, aplaudir, odiar, colorear, manipular incluso, pero que están ahí, enredados en su propio quehacer y constituyen la plataforma ineludible sobre la que tiene que enmarcarse el futuro. Viene a ser así la mejor manera de captar el tono afectivo de una comunidad en sí misma, y en relación con las demás de su entorno en una etapa de su desarrollo a través del tiempo, sea éste de expansión o de recogimiento, de optimismo o de pesimismo […]. La historia pocas veces engaña aunque el historiador intente engañarnos con ella en ocasiones. «La concienca histórica de un pueblo se pulsa en su historiografía —ha dicho José María Jover—. En su trasfondo encontramos siempre una idea madre, una filosofía de la Historia, con la cual aparecerá indisolublemente unida una filosofía de la Política 296 ». 295 M AGONI , C., Fueros y libertades…, op. cit., pp. 31-32. 296 C EPEDA A DÁN , J., «VI. La Historiografía» en M ENÉNDEZ P IDAL , R. (dir.), Historia de España: el siglo del Quijote (1580-1680). Religión, Filosofía, Ciencia, Madrid, Espasa-Calpe, 1986, p. 524. La cita del autor en J OVER Z AMORA , J. M., «Sobre la conciencia histórica del Barroco español» en Arbor, núm. 39 (1949), pp. 361-362. 86 Lo que planteó Blancas, entonces, no puede negarse, pero una reflexión más profunda sobre ese tema necesita de un tiempo y un espacio propios que no han tenido cabida en este trabajo. En un sentido más amplio, consideramos que el aporte principal de nuestro ensayo, por tanto, ha sido asentar la idea de que omitir su papel en la historia o concebirlo como un mero paréntesis en los progresos de los diversos fenómenos en los que se vio involucrado, tanto en la historiografía como en la actividad política, no conduce sino a sesgar el conocimiento sobre el propio reino de Aragón durante la segunda mitad del siglo XVI y, por extensión, también sobre los desafíos a los que la Monarquía Universal Católica tuvo que enfrentarse, siquiera en un «rinconcillo, al respecto [de los] Reynos, y Señorios tantos, y tan grandes» que componían sus vastos dominios. 87 APÉNDICE Tabla 1 88 Tabla 2 89 Tabla 3 90 BIBLIOGRAFÍA Fuentes primarias B LANCAS Y T OMÁS , J. 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