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Parentesco y poder en León durante el siglo XI. La "casata" de Alfonso Díaz

Martínez Sopena, Pascual

Abstract

Producción Científica

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PARENTESCO Y PODER EN LEON DURANTE EL SIGLO XL LA «CASATA» DE ALFONSO DIAZ Pascual Martínez Sopeña El estudio de la aristocracia medieval de los reinos de Castilla y León está en gran medida por hacer, y esta impresión se acentúa para el período de la Alta Edad Media. No se ocultan a nadie las dificultades que entraña el manejo de una documentación dispersa, llena de lagunas y poco idónea a la hora de reconstruir series genealógicas fiables. O para averiguar la significación social de la nobleza, cuyo nacimiento se inscribe dentro de un proceso de organización y expansión de la sociedad; entre los siglos IX y XI las estructuras sociales son menos rígidas que más tarde, y puede admitirse que no conllevan una definición clara del concepto de «nobleza»1. Aun partiendo de que existía una aristocracia y del papel clave que debió tener en la vida del país, todavía queda una tarea muy amplia de sistematización de datos y de discusión de hipótesis, a lo que pretende contribuir esta monografía tomando como base una de las estirpes leonesas del siglo XI. Esta estirpe era conocida en el último cuarto del siglo como la «casata de Alfonso Didaz», expresión que servía para designar al conjunto de los descendientes de Alfonso Díaz, conde de Grajal en 10242. Por espacio de cuatro generaciones, el título fue considerado dentro de la familia, añadiéndosele a partir de la segunda otro condado, el de Cea. En su momento de mayor auge las propiedades familiares se disemi1 Insiste sobre este aspecto C. ESTEPA, La nobleza leonesa en los siglos XI y XII; un resumen de la bibliografía sobre el tema en P. MARTÍNEZ SOPEÑA, La Tierra de Campos occidental. Poblamiento, Poder y Comunidad del siglo X al XIII, Valladolid 1985, 327-329 (= P. MARTÍNEZ, Tierra de Campos). 2 En 1077, Ildonza Ovéquiz concedía un solar a cierto Fernando Ovéquez, a condición de que a la muerte de la donante sirviera «inter casata de Vani Mirel aut inter casata de Alfonso Didaz»: M. HERRERO DE LA FUENTE, Colección Diplomática del Monasterio de Sahagún, 1000-1109, Tesis Doctoral leída en la Universidad de Valladolid, septiembre de 1986, en prensa, n.° 384 (= M. HERRERO, Sahagún); el texto resulta revelador de la forma de denominar a las familias o parentelas magnaticias. Sobre la de Alfonso Díaz llamó la atención J. RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, Los fundadores del Monasterio de Gradefes: AL, 1970, n.° 47-48, 209-240; más tarde, C. CARLÉ (Gran propiedad y grandes propietarios: CHE, LVII-LVIII, 1973, espec. 220-222), que publicó un primer esquema genealógico y un mapa de sus posesiones, además de darles amplia cabida en su estudio y en el índice dé personajes complementario (= CARLÉ, Gran propiedad); en otra ocasión (Tierra de Campos, 352-359 y 368-386) les he dedicado numerosas páginas, que a pesar de la diferencia de perspectivas considero insuficientes de por sí, y ello me ha animado a estudiarlos de nuevo. 34 Pascual Martínez Sopeña naban desde la Liébana a la Extremadura y del Pisuerga al Cea. Por otro lado, los enlaces matrimoniales habían hecho a los Alfonso parientes de otras de las grandes estirpes del país: entre ellas, los Banu Mirel, los Fláinez o los Banu Gómez de Carrion. Las estrechas relaciones que mantuvieron con el cenobio benedictino de Sahagún y con el de Santa María de Piasca —del que eran dueños— han quedado plasmadas en casi un centenar de diplomas que constituyen, además, gran parte de la memoria histórica del linaje3. La ostentación de determinados cargos públicos, la extensión del área de su patrimonio y la amplia red de relaciones sociales constituyen los elementos básicos para situar a los Alfonso entre las familias de magnates del país. La cronología del estudio, los límites de la parentela y los caracteres del patrimonio sugieren otras consideraciones introductorias. A tenor de las referencias posteriores, Alfonso Díaz pasa por ser el fundador de la estirpe; nada seguro se sabe de sus antepasados, y bastante poco de él mismo, aunque resulta indudable que sus raíces se hallan en la Liébana4. Los años del reinado de Vermudo II marcan el inicio del análisis, porque en ellos se producen las primeras noticias sobre Alfonso Díaz; conviene advertir, en todo caso, que el futuro conde de Grajal había casado con María, nieta del magnate Ñuño Mirélliz, y que por ello los ancestros conocidos de la familia se remontan por vía femenina hasta mediados del siglo X, dato para tener en cuenta. En lo que toca al momento final del estudio, estimo oportuno hacerlo coincidir con 3 Gran parte de los documentos que dan noticias de la familia Alfonso se hallan en trance de edición. A la obra de M. Herrero sobre Sahagún, reseñada en la nota anterior (la cual será la referencia adoptada para los documentos de ese origen), se suma la de J. MONTENEGRO VALENTÍN, Liébana: Historia de un territorio a través de un centro monástico. Santa María de Piasca, 857-1252, Tesis Doctoral leída en la Universidad de Valladolid, septiembre de 1986, en prensa. La documentación de la Catedral de León, en cuya diócesis se ubicaban gran parte de los dominios familiares, proporciona un buen número de datos; actualmente está siendo editada por E. SÁEZ SÁNCHEZ, J. M. RUIZ ASENCIO y J. M. FERNÁNDEZ CATÓN, Colección Diplomática de la Catedral de León, 776-1230. Quiero agradecer sinceramente a las Profesoras M. Herrero y J. Montenegro y al Profesor Ruiz Asencio el haberme permitido utilizar sus excelentes trabajos, lo que por la misma razón hago extensivo a D. J. L. Rodríguez de Diego, Facultativo del Archivo General de Simancas, que al presente finaliza su Tesis Doctoral sobre Santa María de Aguilar de Campóo, cuyos documentos más antiguos aportan interesantes noticias colaterales sobre los Alfonso. Toda esta tarea ha tenido como marco el Departamento de Paleografía y Diplomática de la Universidad de Valladolid, y estoy persuadido de que constituye un hito en el conocimiento de las fuentes históricas de nuestra Edad Media: que sus autores, viejos amigos, acepten mi homenaje. Además de en estas obras, aparecen diplomas relacionados con los Alfonso de una u otra manera en las de E. JusuÉ, Libro de la regla o cartulario de la antigua abadía de Santillana del Mar, Madrid 1912 (= JusuÉ, Libro de Regla); M. MAÑUECO VILLALOBOS y J. ZURITA NIETO, Documentos de la Iglesia Colegial de Santa María la Mayor de Valladolid, Tomo I, Valladolid 1917 (= MAÑUECO y ZURITA, Valladolid); A. QUINTANA PRIETO, Santa Lucía de Montes: (ahora) Temas Bercianos. II. Los monasterios de El Bierzo Bajo, Ponferrada 1983, 343-390 (= QUINTANA, Santa Lucía de Montes); J. M. FERNÁNDEZ CATÓN, Documentos leoneses en escritura visigótica. Archivo del monasterio de San Pedro de las Dueñas, AL, n.° 54, 1973, 203-226; J. M. MÍNGUEZ FERNÁNDEZ, Colección Diplomática del Monasterio de Sahagún, siglos IX y X, León 1976 (= MÍNGUEZ, Sahagún); J. M. GARRIDO GARRIDO, Documentación de la Catedral de Burgos (804-1183), Burgos 1983; J. A. PÉREZ CELADA, Documentación del Monasterio de San Zoilo de Carrion (1047-1300) Palencia 1986; T. ABAJO MARTÍN, Documentación de la Catedral de Patencia (10351247), Palencia 1986. 4 Quienes habíamos escrito sobre los Alfonso apostábamos por su descendencia del conde Diego Muñoz de Saldaña; el cuidadoso análisis que dedica al asunto J. MONTENEGRO presenta argumentos muy sólidos para desechar tal idea (vid. En torno a los orígenes familiares de Diego Muñoz, primer conde de Saldaña: Actas del I Congreso de Historia de Palencia, vol. II) (Fuentes Documentales y Edad Media), Palencia 1987). Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 35 el del reinado de Alfonso VI; durante los últimos años del gobierno de este monarca, el linaje atraviesa un período de oscurecimiento que, por así decir, cierra el ciclo de los primeros descendientes directos del conde Alfonso Díaz. Como se ha indicado, los títulos condales se fueron trasmitiendo durante cuatro generaciones, de padres a hijos varones. Mientras esto sucedía así, los derechos sobre las propiedades se trasmitían por varones y mujeres a toda su prole, lo que permitió al conjunto de descendientes participar de bienes familiares, ya se hallaran éstos indivisos (era el caso de monasterios e iglesias propias) o fueran atribuidos individualmente; en consecuencia, los miembros de la casata se consideraban «hereditarios» o poseían «divisas» en un amplio número de sitios, aquellos que habían sido de los ascendientes comunes. Tal norma no se verifica sólo en la familia Alfonso; el mismo principio regía en aquellas otras estirpes con las que se hicieron los casamientos, de modo que los miembros de la casata estaban vinculados a otras por relaciones similares de sangre y propiedades comunes5. Esto tenía dos consecuencias inmediatas: los matrimonios adquirían un claro carácter de alianza, aunque sólo fuera por el componente patrimonial que conllevaban, y las herencias de los diferentes miembros de la estirpe tendieron parcialmente a diferenciarse, al incluir los bienes del linaje Alfonso y los de los respectivos consortes6. En función de ello, ya en el tercer cuarto del siglo XI se reconocían dentro de la casata una serie de «gentes», segmentos de linaje constituidos por las unidades conyugales y sus descendientes inmediatos7. En resumen, la atribución de títulos condales respondía a normas agnáticas —matizables, como se verá—, pero el carácter bilateral de los patrimonios heredados insistía en la importancia de los vínculos cognaticios8. En la exposición que sigue se desarrollan los elementos anteriores. Ya se ha destacado que a través del linaje se articula una compleja red de relaciones sociales, el análisis de la cual constituye la primera parte del estudio. Por otro lado, el linaje y sus miembros forman una entidad patrimonial no menos compleja; la segunda parte se centrará en las propiedades familiares y sus formas de transmisión. La última 5 Las tempranas relaciones con los Banu Mirel proporcionan un ejemplo palmario: como bisnietos de Ñuño Mirélliz, Munio y Gutier Alfonso compartieron con sus primos Pedro y Munio Núñez y Osorio Osoriz la propiedad indivisa del monasterio de Santa Lucía de Montes (QUINTANA, Santa Lucía de Montes, 389-90). Munio Alfonso se reclama heredero de Ñuño Mirélliz refiriéndose a sus propiedades en Villavega de Cisneros, donde también tenían bienes aquéllos (M. HERRERO, Sahagún, n.M 95, 105 y 272). Otros aspectos de los vínculos se verán más adelante. 6 Debe tenerse en cuenta además que cada individuo ha laborado —con éxito y amplitud de miras variable— por el incremento de su peculio personal, tercer componente de los bienes que trasmite a sus herederos. Por otro lado es convemente advertir que, dadas las conexiones con otras familias y la fluidez de vínculos, el análisis de cualquier linaje conlleva el de los otros relacionados con él. Sin perder de vista este hecho, se procurará no diluir el tema central de la monografía, remitiendo los datos sobre otras familias de la aristocracia leonesa a la bibliografía específica o al apéndice final. 7 En 1075, Urraca Alfonso —la única de las hijas vivas de Alfonso Díaz— establecía las normas de régimen de los monasterios de Piasca y San Martín de la Fuente de acuerdo «cum omnes gentes meas», es decir, los hijos e hijas (sic) del conde Munio Alfonso, los hijos, hijas y nietos del conde Gutier, los hijos (sic), hijas y nietos de la condesa Adosinda, esto es, la descendencia de cada uno de sus hermanos (ACL, n.œ 930-931). En el análisis de las behetrías de linaje se aportan nuevos datos sobre esta cuestión. 8 R. Fox, Sistemas de matrimonio y parentesco, Madrid 19854, 135-139. A modo de comparación, el triunfo de las tendencias agnáticas sobre las cognaticias en Portugal no empieza a revelarse antes de la segunda mitad del siglo XII (J. MATTOSO, Ricos-homens, infançoes e cavaleiros. A nobreza medieval portuguesa nos seculos XI e XII, Lisboa 19852, 107-109). En Cataluña y Francia, el mismo proceso parece culminar a mediados del XI (G. DUBY, El caballero, la mujer y el cura, Madrid 1983, 81). 36 Pascual Martínez Sopeña parte atiende al sentido de la evolución, comparando la situación de la familia en el tránsito de los siglos XI al XII con la que previamente se ha podido observar. Un apéndice prosopográfico que incluye a Alfonso Díaz y sus descendientes complementa la exposición, intentando ofrecer una visión sistemática de los datos genealógicos. I. EL LINAJE COMO ARTICULADOR DE RELACIONES SOCIALES La historia del linaje es la de su proyección social. Por eso se analizarán las diferentes facetas que la manifiestan en primer lugar. Sintéticamente, la proyección se expresa de dos formas: relaciones de poder y relaciones de dependencia. En el ámbito del poder caben las conexiones familiares con la monarquía, con los grandes establecimientos religiosos, con los pares de la aristocracia. En el de la dependencia, la posesión de iglesias propias, los vínculos vasalláticos, el dominio sobre los servidores domésticos y los campesinos. Pero cada una de las formas de relación no se ejerce siempre de la misma manera y, por otra parte, entre el poder y la dependencia hay zonas comunicadas. De ahí la estructura del capítulo, que no pretende imaginar tampoco un cuadro estático: los vaivenes de la política del siglo XI, las diferencias de destino entre los miembros de la parentela, o los cambios que se producen en la situación de los dependientes inferiores, introducen visibles elementos de dinamismo. 1. Los Alfonso y el poder real Antes del reinado de Fernando I, las relaciones entre los miembros de la familia y los monarcas no pueden seguirse de forma continuada y ceden amplio campo a las conjeturas. Por lo que respecta a Alfonso Díaz, no suscribe ninguna carta real antes de 1018; al año siguiente, sin embargo, es agraciado por Alfonso V con la donación de Villelga, lugar situado en el territorio de Grajal. Una prolongada pausa se extiende hasta 1024, cuando confirma como «comes» de Grajal; el documento permite deducir que comparte esta dignidad con Ñuño Erméildez. Esta es su última mención, pues en 1028 su mujer, la «comitissa» María, es acompañada sólo por sus hijos García, Munio y Gutier al suscribir la cesión a Sahagún de la iglesia de Villemar, otro lugar inmediato a Grajal y Villelga. En suma, datos escasos sobre Alfonso Díaz, pero no inexpresivos; la donación de Villelga permite situarlo entre los fidèles que recibieron mercedes del monarca por su ayuda en los años difíciles; el cargo condal indica que seguía teniendo la confianza del rey más tarde, y al propio tiempo su ascenso social. No es ajeno a esto su matrimonio con María, miembro de la casata Banu Mirel, muchos de cuyos intereses patrimoniales radicaban en la zona y uno de cuyos individuos más destacados —el conde Ñuño Erméildez, primo de aquélla— compartía con Alfonso Díaz la responsabilidad administrativa9. Como se ha indicado, María conservaba su rango tras la desaparición de Alfonso Díaz. En los momentos inmediatos, sólo García Alfonso aparece investido con el 9 J. M. FERNÁNDEZ DEL POZO, Alfonso V, Rey de León. Estudio Histórico-documental: León y su historia. Miscelánea Histórica V, León 1984 (= FERNÁNDEZ, Alfonso V), 203-204 y 210-211. La confirmación de 1024 en M. HERRERO, Sahagún, n.° 43; la de 1028, en ID., ibid., n.° 51. Ya en 1026 figuraban los tres hermanos solos, en medio de un grupo de magnates (J. M. Ruiz ASENCIO, Colección Diplomática de la Catedral de León, n.° 830 en prensa). Sobre las recompensas de Alfonso V a sus fieles, vid. FERNÁM i /'. ibid., 61-63 y 135-137. Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 37 título de «comes» en un documento de Vermudo III, donde suscribe10. Pero el rastro de este hijo de Alfonso Díaz se pierde, y hay que esperar a 1034 para encontrar a Gutier y Munio Alfonso honrados con título semejante, por cierto que en circunstancias llamativas: en el mes de enero, el «dux» Gutier y el «comes» Munio Alfonso están al lado de Vermudo III; a fines de febrero, ambos hermanos se hallan junto a Sancho III el Mayor, que ha ocupado León. Su comportamiento ha sido parecido al de otros miembros de la aristocracia leonesa, y debe suponerse que esas vacilaciones de fidelidad les llevan de nuevo al campo de Vermudo, en cuyo séquito figuran con sus títulos al restaurarse la diócesis de Palencia en 1035n. Gutierre Alfonso sigue reconociendo a Vermudo al menos hasta diciembre de 1036, pero Munio desaparece de los diplomas desde enero de ese año; una alusión posterior a los tiempos pasados en el exilio invita a pensar que Munio Alfonso se había alejado de su señor natural, tal vez dirigiéndose a Castilla12. En septiembre de 1037, Vermudo III moría en el combate de Tamarón, y los destinos del reino leonés quedaban en manos del victorioso conde Fernando de Castilla. Aun desconociendo el papel de Gutier y Munio Alfonso en el episodio militar y su contexto político, no parece ofrecer dudas su alineación inmediata con el vencedor, pues a principios de 1038 ambos condes suscriben alguna carta en la zona de Sahagún, y en junio se hallan junto al nuevo rey en los momentos de su coronación13; con ello inauguran una prolongada presencia en los diplomas de Fernando I, signo de su proximidad al monarca. Esta adhesión trasciende la formalidad de las confirmaciones para convertirse en testimonio tanto de la política de atracción del rey como de la consolidación de la familia. En primer lugar, quizá para premiar sus servicios o para asegurar su fidelidad, Fernando I contribuyó al acrecentamiento de las propiedades de los dos hermanos, donándoles en la etapa inicial del reinado las villas de Fontihoyuelo, Valparaíso, Santa Cruz de Valderaduey, Gordarizola, Raneiro y Villafámete, que formaban un conjunto muy compacto e inmediato a sus posesiones patrimoniales en Tierra de Campos; en un plazo breve, siguieron a éstas otras villas próximas —Fontecillas, Villa Curta y posiblemente Melgar de Abduz—14. En segundo lugar, los condes recibieron un cometido conjunto en la organización territorial; en octubre de 1041 aparecen como tenentes de Cea y Saldaña. Aunque la segunda 10 L. NÚÑEZ CONTRERAS, Colección Diplomática de Vermudo III, Rey de León: Historia, Instituciones, Documentos, 1977, n.° 4, 444-446. 11 Sobre la situación del año 1034, vid. Fr. J. PÉREZ DE URBEL, El Condado de Castilla. Los 300 años en que se hizo Castilla, s/1, 1970, tomo III, espec. 252-255 y 282-292. 12 M. HERRERO, ibid. n.° 79 (1036 DC 1). Munio Alfonso recompensa en 1042 a un servidor «pro eo quod existí mecum de terra mea» (ID., ibid., n.° 95) y como desde 1038 no hay ausencias notables del conde, se puede pensar en un exilio anterior. 13 Confirmación de ambos condes junto a Fernando y Gómez Díaz de Carrion en una carta referida a Galleguillos de Campos (1038 EN 14; M. HERRERO, ibid. n.° 82); junto al rey Fernando (21 JN 1038), en P. BLANCO LOZANO, Colección Diplomática de Fernando I (1037-1065), AL, 1986, n.° 79-80, 59-60. El rey fue coronado al día siguiente. 14 Aunque no han llegado los textos de las donaciones del rey, se puede dar una fecha «ante quam» a la del primer grupo de villas, pues Mumadonna Godesteiz indica en 1066 que la concesión se produjo antes de que Munio Alfonso casase con ella, y puesto que la carta de arras entre ambos esposos está fechada en marzo de 1042, la donación se produjo en los 4 primeros años del reinado. Antes de 1051, fecha en que desaparece Munio Alfonso, tuvieron lugar las otras —si es que todas ellas no fueron la misma—, según indica Gutier Alfonso en 1052 y la citada Mumadonna en 1071. Los documentos sucesivamente citados, en: ACL, Tumbo Lesiónense, fol. 35r-v; M. HERRERO, ibid., n.os 97, 185 y 338. 38 Pascual Martínez Sopeña plaza volvió pronto a la autoridad tradicional de los Banu Gómez, la primera representaba una extensión hacia el norte del control político que ejerciera Alfonso Díaz sobre Grajal y su territorio; esta última tenencia quedaba también en manos de los dos hermanos, al tiempo que añadían la de Tordesillas —con lo qual recibían los condes un papel relevante en la frontera meridional—15. En tercer lugar, las miras políticas del monarca no deben ser extrañas al enlace contraído en 1042 por Munio Alfonso con Mumadonna Godesteiz, a la sazón viuda de Nepociano Osóriz, el fiel «armiger» de Vermudo III desde 1032, con intención implícita de neutralizar elementos potenciales de oposición, de amortiguar los efectos de la cercana contienda, o de ambas cosas a la vez16. Munio Alfonso falleció hacia 1051. Su hijo Alfonso Muñoz, que era fruto de su primer matrimonio con Goto Fernández y ya suscribe alguna carta en 1030, había ido adquiriendo un protagonismo progresivo en vida de su padre, de suerte que en 1046 ya se intitulaba «comes». La innovación más destacable que debió producir la sucesión de Munio Alfonso fue el reparto de tenencias entre su hijo y Gutier Alfonso; el primero recibió la de Cea y el segundo se mantuvo en la de Grajal, rompiéndose así la solidaridad que había caracterizado la etapa anterior. Tío y sobrino desaparecieron de la escena simultáneamente en 105917. El linaje quedaba representado en estos momentos por los hijos, sobre todo hijas, de Gutier Alfonso, por los vastagos del segundo matrimonio de Munio Alfonso, y por los hijos del citado Alfonso Muñoz —aparte de Urraca, la única hija de Alfonso todavía viva, y las dos hijas de su hermana Adosinda—. Tras algunos años de falta de noticias, que coinciden con los últimos tiempos de Fernando I, su sucesor Alfonso VI parece distinguir de modo especial a los Alfonso. Aunque Pedro Muñoz, hijo de Mumadonna Godesteiz y fidelis del monarca, recibe en 1068 una corte en Villamuza por los servicios prestados y los que ha prometido prestar, su renombre no llega más allá, entre otras cosas porque muere pronto combatiendo con los musulmanes18. Los cargos vienen a ser monopolizados por los tres hijos varones de Alfonso Muñoz: Munio, Martín y Gonzalo Alfonso; sucesivamente son «armígeros» del rey: ya en 1065, Munio; entre septiembre de 1066 y enero de 1071, Martín; y en 1072, Gonzalo19. La figura de Martín Alfonso eclipsa las de sus hermanos, tal vez fallecidos prematuramente y sin descendencia. Su primera mención de «comes» no se produce antes de noviembre de 1070, casi al tiempo que abandona la alferecía real, pero a partir de estas fechas adquiere una importancia progresiva. De nuevo reúne las dos tenencias de Cea y Grajal; en junio de 1074 figura además al frente de la de Portillo, 15 Citas más antiguas de las diferentes tenencias: 1041 OCT 26 (Cea y Saldaña); 1042 AB 17 (Grajal); 1047 FB 21 (Tordesillas), siendo ya en este último año Gómez Díaz «comes in Saldania» (todo ello en M. HERRERO, ibid., n.os 93, 98, 131,139). 16 Los documentos reunidos por Núñez Contreras {vid. nota 10) subrayan la continuidad de Nepociano Osóriz en el cargo hasta 1037. En marzo de 1040 consta que Mumadonna había quedado recientemente viuda (ACL, n.° 212). 17 Las aludidas referencias sobre Alfonso Muñoz, en M. HERRERO, ibid., n.os 56 y 121; Alfonso Muñoz consta en Cea en 1054 (AHD de León, Fondo fotocopiado de Gradefes, n.° 1) y Gutier Alfonso en Grajal en 1058 (M. HERRERO, ibid., n.° 232). 18 ID., ibid., n.° 306. 19 Respecto a Munio Alfonso II, J. MONTENEGRO, Piasca, n.° 41; fechas límites documentadas de Martín Alfonso, ACL; Tumbo Legionense, fol. 35r-v, y M. HERRERO, ibid., n.° 327; sobre Gonzalo Alfonso, ID., ibid., n.° 344. Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 39 en los años 1088-1091 rige la de Simancas y, sustituyendo a su cuñado Pedro Ansúrez, vuelve a gobernar Tordesillas como su abuelo. Otros documentos atestiguan su mando en lugares o zonas donde su familia tiene propiedades, tales Torre —en Tierra de Campos— o Val de Rodias —en la Liébana—20. Pero lo más característico es su presencia en Tordesillas y Portillo y, hacia 1089, en Iscar, donde la iglesia de Santa María era el centro de los terrenos que había dispuesto para instalar a nuevos pobladores21. Ha habido, por tanto, una estrecha relación con la monarquía. Cuatro generaciones sucesivas han estado entre los «magnates palacii», el sector preeminente de la sociedad, cuyo nombre se relaciona con el lugar central que ocupa en el país la casa del rey. Los Alfonso se han sucedido ocupando cargos de la administración territorial y oficios palatinos, y se les ve aconsejando al monarca, dirimiendo pleitos por orden suya o acudiendo a la convocatoria del «fonsado» real, en el curso de uno de los cuales pudo morir Pedro Muñoz22. En fin, su tarea en la colonización de la Extremadura puede inscribirse en las directrices de la corona. Pero ¿acaso la monarquía no aceptaba otros hechos? Las tenencias más características de los Alfonso corresponden al centro de su dominio patrimonial; hasta mediados de siglo los títulos se han concedido conjuntamente, primero a Ñuño Ermeildez y Alfonso Díaz, luego a Munio y Gutier Alfonso; más tarde es perceptible en los documentos la vinculación de éste último y Alfonso Muñoz, que da paso a la de Martín Alfonso y Pedro Ansúrez. La atribución de cargos se adecúa a la realidad social de los linajes influyentes, quizá modificándola puntualmente: así, resulta poco claro por qué el protagonismo de los Alfonso eclipsa políticamente a las ramas masculinas de los Banu Mirel, con las que sin embargo las relaciones serán cordiales y constantes23. En todo caso, convendrá recordar que Alfonso V consiguió imponerse en su reino tras combatir largamente, y en definitiva procuró una estabilidad precaria; Fernando I y Alfonso VI tuvieron que utilizar métodos expeditivos para acabar con revueltas que sólo conocemos de forma oscura. En todo el período, la implicación de la aristocracia ocupa un papel relevante, ya sea como protagonista de los movimientos sediciosos o como beneficiaria de sus despojos. Junto a ello, la época de Vermudo III ofrece un panorama de cambios de adhesión que no tienen repercusiones negativas visibles sobre las familias nobiliarias involucradas. Todo conduce a pensar que, por debajo del innegable prestigio de la monarquía, hay una aristocracia 20 Primera referencia como «comes» en 1070 (ID, ibid., n.° 325); como tenente de Cea y Grajal en 1074 (ID, ibid., n.° 364); de Portillo, el mismo año (Fr. R. de ESCALONA, Historia del Real Monasterio de Sahagún, Madrid 1782, escrit. CVIII, 473); de Simancas, en 1088 (MAÑUECO y ZURITA, Valladolid, I, 7-8); de Tordesillas, en 1090 (M. HERRERO, ibid., n.° 497). Sobre Torre, en 1089 (ID, ibid., n.° 482) y sobre Val de Rodias en el mismo año (J. MONTENEGRO, Piasca, n.° 53). 21 MAÑUECO y ZURITA, ibid., 11-13. 22 En 1048, la presencia del conde Gutier Alfonso y todos los «magnates palacii» en una sesión del pleito sobre Villa Antoniane ilustra las funciones de consejo al monarca (M. HERRERO, Sahagún, n.° 145). En 1057, el rey manda al conde Alfonso Muñoz que se haga cargo del juicio para dirimir ciertos derechos sobre Villada (ID, ibid., n.° 220); en 1079, Alfonso VI premia a su fiel Diego Cítiz, «et ista carta fuit facta et roborata hic in ipso fluvio qui discurrit iusta (?) in fossato», siendo el documento confirmado por Martín y Gonzalo Alfonso (AHD de León, Fondo fotocopiado de Gradefes, n.° 5). 23 Los descendientes del conde Ñuño Ermeildez no volvieron a ostentar dicho rango, en Grajal ni en ninguna otra parte, y lo propio sucedió con los de su hermano Osorio Ermeildez, que también era conde en 1024; en cambio, algunos de ellos casaron con nietas de Alfonso Díaz, como se verá de inmediato y figuran entre los más asiduos suscriptores de las cartas de esta familia. 40 Pascual Martínez Sopeña que funciona con cierta autonomía. Se ha indicado antes la conveniencia política que para el nuevo rey leonés pudo suponer el matrimonio de Munio Alfonso y Mumadonna Godesteiz; pero, por ejemplo, el emparentamiento de Martín Alfonso y Pedro Ansúrez, dos fieles servidores de Alfonso VI, podía ser para el monarca tanto un factor de seguridad como de desasosiego, dada la imbricación de sus dominios al Norte y al Sur del Duero, la complejidad de relaciones que mantenían con sus iguales, y la red de intereses que tenían contraídos con sus inferiores. 2. Las vinculaciones de la aristocracia Los enlaces matrimoniales ocupan un lugar central en las relaciones de la familia, aun cuando éste no sea el único aspecto importante en el ámbito de las relaciones nobiliarias, como se verá. Idealmente, sería deseable fijar las coordenadas en que se inscribe cada matrimonio, pero los vacíos de la información y la falta de trabajos concretos lo limitan bastante. El material analizado consiste, como es obvio, en los enlaces conocidos. Pero el grado de conocimiento es variado; en ocasiones, no se dispone más que del nombre personal del cónyuge. Queda la duda, además, de si el silencio documental que pesa sobre ciertos individuos no condiciona su consideración como solteros. Todo esto añade elementos de perplejidad a un tema que se adivina complicado de por sí. No será ocioso advertir que, aun cuando los enlaces matrimoniales sean tratados como un todo, ofrecen perspectivas disimétricas; pensemos en los enlaces de los varones y los de las mujeres, o en los vastagos de las ramas condales y los de sus colaterales. Los matrimonios femeninos, orientados por los padres para consolidar el tejido de alianzas y de fidelidades, están sujetos también a los propios intereses de los maridos, sobre todo si son poderosos; en cuanto al otro aspecto, quizá se podría utilizar la imagen de núcleo y periferia familiar, para distinguir un sector progresivamente vinculado al círculo de los magnates y otro, mucho más amplio, en que los parientes de segundo rango tienden a relacionarse cada vez más con señores locales, y quizá a trasformarse en puras clientelas del grupo nuclear. Como primera cuestión, trataré de describir los enlaces según el ritmo de las generaciones, para pasar a continuación al análisis de los criterios y a los aspectos que revelan su funcionalidad. Pero, como indicaba al principio, los enlaces no son el único aspecto de interés; queda por reconstruir la red de fidelidades que se anudan en torno a la familia o a alguno de sus miembros. En el origen de la casata hay un matrimonio: el que contraen Alfonso Díaz y María. Tal vez la explicación del enlace de este lebaniego con una mujer de los Banu Mirel pase por el conde García Gómez, señor de Carrion y Liébana24. En todo caso, 24 A fines del siglo X y principios del XI, Alfonso Díaz y los Banu Mirel pudieron coincidir en sus relaciones amistosas con García Gómez (que en realidad serían vínculos de dependencia respecto al poderoso magnate). En 984, cierto Alfonso Díaz confirma en la carta donde García Gómez hace donación de la villa de Calzadilla de la Cueza a Gonzalo Onúscez (MÍNGUEZ, Sahagún, n.° 318) y en 1006, confirma tras dicho conde en la entrega al monasterio de Sahagún de una villa en la Valdoncina (M. HERRERO, Sahagún, n.° 5). Por lo que hace a los Banu Mirel, diversos miembros de la familia figuran en las cartas expedidas por el grupo de los Banu Gómez a fines de siglo, siendo especialmente reveladora la que contempla en 998 al conde García Gómez como juez de un pleito en Toro, o bien unos y otros suscriben juntos en ciertos diplomas (MÍNGUEZ, ibid., η.™ 331, 334 y 356). Por otro lado, García Gómez se titulaba conde de Cea y Grajal el año 1005 (M. HERRERO, ibid., n.° 13). Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 41 no parece haber dudas de que sirvió para proyectar a Alfonso Díaz en aquella zona de la Meseta, la Tierra de Campos, donde los ascendientes de su esposa figuraban como grandes propietarios desde algunas generaciones atrás. En tal sentido, su investidura como conde de Grajal no sólo atestigua la confianza del monarca, sino probablemente su aceptación dentro de un nuevo círculo familiar y de poder, lo que no le impide mantener los vínculos, al menos patrimoniales, con su tierra nativa. Entre los hijos de Alfonso Díaz, Gutier y Munio Alfonso casaron con mujeres cuyas familias tenían su hacienda en el sector oriental del reino de León. Los parientes de Goto, esposa de Gutier Alfonso, estaban implantados a lo largo del valle del Pisuerga, desde la comarca de Campóo a la de Trigueros, pasando por la zona de Hitero del Castillo, cerca de Castrojeriz25. Respecto a Munio Alfonso, nada se sabe sobre su primera esposa, Goto Fernández, pero las propiedades de la segunda, Mumadonna Godesteiz, radicaban también en el alto y medio Pisuerga, entre Cervera y Osorno aproximadamente; a esta zona de arraigo familiar debió añadirse una parte desconocida de los bienes de su primer marido, el alférez Nepociano Osóriz, que tenía posesiones al menos en la comarca de Valmadrigal, junto al Cea, y en la misma ciudad de León. Por lo que respecta a la única hija casada de Alfonso Díaz, Adosinda, su enlace probable con Munio Fernández, hijo del conde leonés Fernando Rainez, permitía conectar a la familia con otra de las más importantes del reino de León desde el último tercio del siglo X, con propiedades ampliamente extendidas tanto en las montañas del norte de la capital como entre el Cea y el Esla. En suma, las esposas de los varones procedían de tierras fronterizas con Castilla, pero asimismo de zonas que se hallaban entre el sector septentrional de las propiedades familiares, la Liébana, y el meridional de Tierra de Campos. En cuanto al matrimonio de Adosinda, aparte de enlazar a la familia con otros potentados del reino, debe tenerse en cuenta que renovaba relaciones anteriores de los Banu Mirel, alguno de cuyos miembros había buscado esposa entre los Fláinez26. En la generación siguiente aparecen otras tendencias junto a las ya esbozadas. Alfonso Muñoz, heredero del título condal, casó con Ildonza González, hija de un Gonzalo Muñiz desconocido, pero otro de cuyos vastagos, Alfonso González, sería conde en la época de Alfonso VI y poseedor de un patrimonio ubicado en la cabecera del Esla, esto es, al pie de los puertos que conducen a la Liébana. Su prima Fronilde Gutiérrez halló esposo en otra de las familias leonesas de raigambre, pues Fernando Ordóñez era hijo de un bastardo de Vermudo II, el infante Ordoño, y de Fronilde Peláez, hija del conde Pelayo Rodríguez, los cuales tenían sus propiedades en el valle del Esla y la comarca de la Lampreana, en el confín occidental de Tierra de Campos; pero al mismo tiempo, y quizá como signo de la coyuntura política, su hermana María Gutiérrez casaba con Ñuño Alvarez, uno de los magnates castellanos que acompañaban a Fernando I. La prácticamente desconocida relevancia documental 25 No he conseguido avanzar en una hipótesis: la relación que Goto, mujer de Gutier Alfonso, podía tener con la casa condal de Monzón o quizá con alguna rama menor de los Banu Gómez, habida cuenta de la disposición de su patrimonio. La desconocida personalidad de la primera mujer de Munio Alfonso, también llamada Goto (Fernández), plantea el mismo tipo de problemas. Por lo demás, todo el aparato documental correspondiente a los enlaces matrimoniales puede verse en el Apéndice, lo que me ayuda a simplificar al máximo las notas. 26 Me refiero al enlace de Gonzalo Gómez, hijo de Gome Mirélliz, con Jimena Muñiz, hija de Munio Fláinez (vid. P. MARTÍNEZ, Tierra de Campos, 347). 48 Pascual Martínez Sopeña monarca debió entregar a Munio y Gutier Alfonso el monasterio de San Juan de Fontecillas, que estaría comprendido en la donación de esta villa a ambos condes. El significado religioso de tales centros queda casi siempre formulado de modo ambiguo; las más de las veces se habla de «monasterio», pero dada la imprecisión del término no conviene deducir que se trataba en todos los casos de sedes de comunidades, salvo cuando se poseen indicios de una mínima organización o cuando hay alusiones explícitas a la existencia de una comunidad monástica. En tal sentido, los monasterios de San Cipriano de Trigueros y San Pedro de Canalejas parecen haber estado regidos por abades, y de modo más claro se habla de los de San Martín de la Fuente y Santa María de Piasca; se puede añadir que San Martín parece haber constituido una comunidad femenina y que la de Piasca era dúplice. Santa Lucía de Montes ofrece un testimonio de interés: el de su estado de abandono en 1045; había existido allí una comunidad masculina en el siglo X. En un sentido diferente se define a San Salvador de Cea en 1078: se trata de una iglesia parrocitane; posiblemente este era el cometido real de otros establecimientos situados en núcleos de población, como Santa María de Iscar o San Juan de Villafilar, en el siglo XI avanzado. Como se habrá podido advertir, la propiedad de los monasterios, es en mayor o menor grado, un hecho colectivo. La familia parece haber mantenido sobre los monasterios particulares un control bien provisto de criterios. En primer lugar, la constante atención se refleja en la docena de donaciones que Santa María de Piasca, San Martín de la Fuente y San Juan de Villátima recibieron durante el período 1030-1074, a lo cual cabe añadir que la influencia familiar debió propiciar la concesión de inmunidad otorgada por Alfonso VI a ciertas propiedades de Piasca47. Los bienes ofrecidos a este cenobio y al de San Martín lo fueron conforme a la localización de cada uno: de esta suerte, las donaciones a Piasca se concentran en la Liébana y las de San Martín en Tierra de Campos48. Ambos monasterios, además, se beneficiaron de otra iniciativa familiar: la supeditación a ellos de varias de las iglesias propias (al menos 3 se atribuyeron a Piasca, y otras 2 a San Martín). En segundo lugar, la tutela de los monasterios familiares —al menos de los más importantes— quedó centralizada en una sola persona, Urraca Alfonso, que los mantuvo bajo su férula al menos desde la década de 1040 a 1080. Urraca Alfonso no fue abadesa; consagrada a la vida religiosa durante toda su vida, asumió una autoridad superior a la de los abades de dichos cenobios, según reconocían estos, en que se venía a representar la del conjunto de la casata. Este hecho no suponía un absoluto abandono de prerrogativas por parte de los demás familiares. En 1075, los parientes Alfonso presididos por Urraca, establecían las normas rectoras de las relaciones del colectivo y de cada uno de sus miembros con los monasterios de Piasca y San Martín49. En principio, los monasterios representaban para los herederos una suma de derechos virtuales («partiones»), tantos cuan47 La concesión de inmunidad se extendía a la villa de Tabarniego y sus aldeas, que quedaban exentas de la jurisdicción real y debían servir únicamente a Piasca (J. MONTENEGRO, ibid., n.° 44). 48 J. MONTENEGRO {ibid., I, 201) lo ha advertido a propósito de las donaciones hechas por la familia a Piasca y a Sahagún donde pasa exactamente lo mismo. Lo propio sucede con San Juan de Villátima, a escala reducida por el menor número de ofrendas. 49 ACL, n.os 930 y 931. Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 49 tos fuera el número de individuos. Pero la indivisión de cada uno de los centros y de los bienes que tenían adscritos debía mantenerse, so pena de exclusión para aquél que intentase enajenar su parte («mittere partitione») que se haría extensiva a su descendencia. A los herederos correspondía la designación del abad; pero el abad escogido podría poner su establecimiento bajo la tutela de aquel de los herederos que juzgase más idóneo.como protector: «qui ad illos melior fecerit inter nos hereditarios»; éste sería el tutor del monasterio, aconsejado por el conjunto de la parentela. La fórmula sugiere que los monasterios familiares son considerados como behetrías de ünaje, y en efecto esta es la expresión que se utiliza en 1078, cuando Fronilde Gutiérrez cede a su nieto Pelayo Vermúdez todos sus bienes («adicio tibi adhuc illas benefectrias de illos monasterios de Sancto Martini et Sancta Maria»)50. Aparte de todo esto, los monasterios tenían ciertas obligaciones para con los herederos: en caso de vejez o si alguno caía enfermo, debería ser recibido en ellos si lo deseaba, y se le daría un trato honorable. El carácter de behetría de ünaje implicaba un deber de asistencia; probablemente, el destino de varias de las viudas o mujeres ancianas a que antes me referí quedó vinculado a los monasterios familiares, donde fueron acogidas como religiosas —lo que, por lo demás, no les impidió disponer de sus haciendas. Desde este punto de vista, los monasterios tenían un papel utilitario que justificaba los desvelos de la familia, al sustituirla en ciertas de las funciones de solidaridad atribuibles entre parientes. Además de Urraca Alfonso, los condes Gutier y Munio y sus mujeres e hijos protagonizan la relación de la familia con sus iglesias propias. Todos ellos son también los autores de un número similar de donaciones que tienen como destino el monasterio de Sahagún. La magnanimidad familiar hacia las instituciones religiosas se ha repartido durante los cincuenta años que median entre 1030 y 1080; las razones del hecho parecen deducirse, en primera instancia, de la ubicación de Sahagún en medio de las tierras que señorean los Alfonso; también en este caso se detecta una tradición de benevolencia hacia el monasterio de Domnos Sanctos que arranca de las donaciones hechas por los Banu Mirel del siglo X51. Sin embargo, se tiene la impresión de que las relaciones del cenobio sahaguntino con los descendientes inmediatos de Alfonso Díaz ha debido alcanzar un grado de intensidad mayor del que trasluce la docena de cartas en que se conceden heredades y divisas como hecho más habitual. Como primer indicio, algunos documentos establecen una especie de derecho subsidiario del monasterio.de Sahagún a ciertos bienes; la carta de arras otorgada por Munio Alfonso a Mumadonna Godesteiz en 1042 estipula que los bienes entregados deberán pasar a Sahagún si el matrimonio no tuviere descendencia; veinte años más tarde, cuando Urraca Alfonso concede un solar en Villa Elane a Rexendo, se establece que a la muerte de la citada señora el concesionario deberá servir a los descendientes de Alfonso Diaz o al citado cenobio52. Otras de las concesiones de behetría se hacen con la misma fórmula, que es utilizada también respecto a los monasterios de Piasca y San Martín de la Fuente. La idea de vínculos durables con Sahagún se refuerza a través de una expresión puesta en boca de Pelayo Vermúdez en 1084: «et tarn diu vixeri et serviam cum his herediM. HERRERO, Sahagún, n.° 395. MÍNGUEZ, Sahagún, η.08 303, 328, 342 y 345. M. HERRERO, ibid., η.08 45 y 262. 50 Pascual Martínez Sopeña tatibus meis ad Sanctorum Facundi et Primitivo, sicut (fecit avio) meo comité Guterre Adefonso»53. El conjunto de datos hace pensar en la existencia de una fraternitas entre el monasterio y la familia o ciertos de sus miembros, que se remonta a la primera mitad del siglo. El derecho a compartir los beneficios espirituales de la comunidad de Sahagún y la protección de sus santos patronos es correspondido con la ayuda material al monasterio y con la posibilidad de que ésta entre a participar en los derechos que corresponden a los miembros de la familia y a sus instituciones particulares sobre los campesinos dependientes, partiendo de un esquema conocido para tales asociaciones54. En dicho contexto podrían recibir una explicación satisfactoria el conjunto de donaciones que Sahagún recibe, o la profesión en dicho cenobio de ciertos miembros del linaje y la sepultura de algún otro, o el que, como colofón del período, se encargue a Urraca Alfonso el gobierno del monasterio de San Pedro, dependencia de Sahagún. Sahagún no fue el único centro familiar beneficiado por los Alfonso. Entre los que figuran antes de 1080, el más antiguamente acreditado es Sántillana, receptor de una viña en Liébana en 1021; en 1045, la catedral de Astorga obtenía de Munio y Gutier Alfonso y de otros descendientes de Ñuño Mirelliz el abandonado monasterio de Santa Lucía de Montes. Las relaciones con la catedral de León no son patentes hasta 1066; un nuevo documento de 1071 revela la cesión de la tercia pontifical de las villas del linaje a dicha sede —siguiendo la voluntad de los condes Munio y Gutier, precisa su autora, Mumadonna Gogesteiz—. Ella misma efectuará ese año otra donación a favor de la iglesia de Sasamón y de su obispo Ñuño55. En conjunto, se trata de una serie mucho más reducida que la relativa a Domnos Sanctos, pero no está falta de significación: se observa cómo las raíces norteñas del linaje han implicado relaciones con núcleos de devoción tradicionales y cercanos, como el de Santa Juliana. Mayor relieve tienen los indicios del peso creciente de la autoridad diocesana, que aquí se manifiesta en la anexión de centros secundarios y de parte de los diezmos. A través de la favorable actitud de la aristocracia, o de un sector de ella, se advierte el arraigo progresivo de las tendencias reformadoras de la Iglesia del país antes de que ocurra su estructuración definitiva. 4. La dependencia familiar de los hombres de behetría Las relaciones entre la familia y los campesinos se manifiestan prioritariamente a través de la constitución de behetrías, como se refleja en una veintena de cartas. El denominador común de todas ellas consiste en que un miembro del grupo entrega a otra persona ciertos bienes; el concesionario escogerá a su señor y le prestará servi53 ΙΌ., ibid., n.°448. 54 P. MiCHAUD-QuANTIN, Universitas. Expressions du mouvement communautaire dans le Moyen Age Latin, Paris 1970, 181. 55 E. JusuÉ, Libro de Regla, n.° XLIV, 58; otro documento del mismo fondo, sin fecha, se refiere a la «ereditatem que fuit de Fronilde Guterrez en Cavarçeno, que dedit in Sancta Iluliana» (n.° XXIV, 28). QUINTANA, Santa Lucía de Montes, 389-390. ACL, Tumbo Legionense, fols. 35r-v y 65r. J. M. GARRIDO, Documentación de la Catedral de Burgos (804-1183), n.° 23. En relación con la tercia pontifical, conviene subrayar que por los mismos tiempos se produjeron donaciones paralelas en beneficio del obispo de León protagonizadas por otras grandes familias: los Fláinez, los Froilaz y los Ansúrez (P. MARTÍNEZ, Tierra de Campos, 441). Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 51 ció, O como se dice en 1064, tomará como «domno» a «qui tibi melius fecerit et tu ad illo servicio». Los solares son el objeto de la concesión en 9 de cada 10 ocasiones, a la que puede añadirse un conjunto complejo de elementos, susceptible de incluir un huerto, una herrén o una era, el «murato» y el «antuzano», y algunas tierras y viñas o prados; más genéricamente se habla de la «heredad» del solar56. En lo que se refiere al concesionario, la frecuente referencia a los buenos servicios que ha prestado a quien le entrega el solar indica tanto un sentido de recompensa como la existencia de vínculos previos; aunque sólo una minoría de las cartas define más la personalidad del beneficiado, no es ocioso señalar que cuando así sucede se trata de algún servidor doméstico («amo», «criato»), o de «collazos», individuos también unidos al señor por lazos personales57. La propia entidad de los bienes recibidos permite hablar de gentes dedicadas a la agricultura, de campesinos. La variedad de miembros de la familia que a lo largo de medio siglo protagonizan las concesiones de behetría y la propia dispersión de éstas son signos de la generalización del fenómeno. En efecto, tal fórmula ha sido utilizada por varios hijos de Alfonso Díaz, por sus nietos y bisnietos, o por sus «propinquos», desde Liébana y Campóo hasta el bajo Pisuerga, pasando por Tierra de Campos, que conforme al mayor volumen de la documentación ofrece los ejemplos más numerosos. Sin embargo, hasta aquí sólo he considerado las relaciones establecidas entre dos individuos de situación social y económica desigual. Pero el grupo familiar tiene en ellas una parte muy significativa, que se sustancia, en primer término, en la elección de señor. Parece claro que el campesino deberá servir a quien le ha beneficiado mientras viva. Para cuando se produce la muerte del benefactor, los documentos ofrecen dos soluciones: en unos, el campesino de behetría puede escoger al señor que desee; en otros —y ésta es la solución adoptada en 3 de cada 4 ocasiones— el nuevo señor debe ser escogido entre los parientes del difunto. Con ello se atestigua el derecho que asiste a la familia sobre los bienes que uno de sus miembros ha cedido a terceros, es decir la superioridad que el grupo se atribuye sobre ciertos aspectos del patrimonio, independientemente de que haya titulares concretos. El número de posibles herederos no es tan amplio como harían imaginar otros vínculos en familia tan extensa. El criterio más definido en la trasmisión de derechos —que en todo caso debe considerarse indicativo—, se refiere a que el concedente tenga o no descendencia directa. Cuando posee hijos o nietos, la tendencia es que sean ellos quienes puedan acceder al señorío de la behetría; así se expresa Gutier Alfonso en 1047, o Munia Muñiz en 1074, o Ildonza González en 1094 y 109558. Pero cuando el señor de la behetría es soltero o no tiene descendientes vivos, el grupo se amplía hacia sus hermanos y la prole de éstos, o hacia todos aquéllos que provienen 56 Salvo sendas concesiones de un monasterio y de una corte, las demás behetrías se refieren a solares, los cuales se acompañan en una mayoría de casos (11) de algunos de los elementos señalados. 57 Los beneficiados de la concesión son «criatos» en 2 ocasiones (pero uno de ellos es denominado «amo» en otra tercera; lo había sido de Pedro Muñoz) (M. HERRERO, ibid., η08. 238, 270, 307). Otras 3 veces se trata de «collazos» (J. MONTENEGRO, Piasca, n.° 49; M. HERRERO, ibid., n.œ. 520 y 526); tomo esta denominación en su sentido primitivo (R. HOMET, Los collazos en Castilla: CHE, LIX-LX, 1976, 119). En otra ocasión, se trata de un presbítero (M. HERRERO, ibid., n.° 360). 58 M. HERRERO, ibid., η.08133, 350, 569 y 571. 52 Pascual Martínez Sopeña de un antepasado común, como hacen Urraca Alfonso en 1062 y 1071, Mumadonna Godesteiz y Adosinda Gutiérrez en 1064 y 107159. Esto ha implicado también que algún miembro del linaje y los suyos pasen a participar de derechos no previstos gracias a los que adquieren sus consortes de sus familiares directos60. Una segunda orientación aparece junto a la anterior: la procedencia del bien que ha sido trasferido como behetría dentro del contexto patrimonial. Esta circunstancia es relevante para aquellos familiares que en la tercera y cuarta generación eran esposas o hijas de varones de la casata Banu Mirel, las cuales optaron por la elección de señor dentro de los miembros de ella. Así, Paterna Muñiz en 1063 y 1069 —acompañada en esta ocasión de su hermana Juliana—, o Munia Muñiz en fecha anterior a 1084; conviene subrayar que en 2 de los 3 casos no se documentan bienes de los Alfonso en tales sitios, que habían quedado adscritos a dicha familia con posterioridad a Ñuño Mirélliz, el antepasado común61. En tercer lugar, se incorporan como herederas a las behetrías de linaje algunas instituciones eclesiásticas, como se ha indicado anteriormente. La mitad de las cartas conservadas denota que, aparte de los parientes, los campesinos tienen opción de acogerse a su patrocinio. La familia constituye para la gran mayoría de las behetrías su marco de relaciones; a la luz del análisis se observan otros matices, en el sentido de que las posibilidades de elección tienden a reducirse en beneficio de segmentos del linaje, o a ampliarse a través de las fraternidades espirituales y del papel jugado por los consortes. En lo que respecta al contenido de la relación, ya se ha dicho al principio que el señor de la behetría debe procurar el bien de su dependiente, a cambio del servicio que éste ha de proporcionarle. «Bene faceré» o «melius faceré» son expresiones que insinúan una función protectora, que el campesino buscará en quien mejor se la asegure; pero al mismo tiempo, ciertos datos sugieren que la elección del patrono tiene también que ver con la cesión complementaria de otros bienes en régimen precario. En 1071, una carta relativa a Torices, en la Liébana, permite escoger señor «inter filios et neptos de illo comité domno Adefonso Didaz et de Domna Maria... que andes ad préstamo inter illos qui te meliorem fuerint»; en 1074, otra behetría, esta vez en Tierra de Campos, aconseja al beneficiado que «vadas inter neptos de Adefonso Didaz et ereditarios de Villa Fateme et domno de Sancti Martini qui tibi melior fecerit vel prestaverit»; también en tierra de Campos se halla el solar que Ildonza González concede en 1095, indicando que antes perteneció a cierta Elvira «cum toto suo préstamo»62. De estos testimonios se podría deducir que, junto a los solares y sus dependencias anejas —que forman una unidad—, los campesinos pueden esperar del señor de la behetría la entrega de otros bienes, y fundamentar sobre esta dualidad lote inicial-préstamos posteriores la creación de pequeñas explotaciones. A la muerte del señor y la reversión del préstamo a sus herederos, el campesino escogería según esta hipótesis al que le proporcionara las mejores condiciones personales y materiales. 59 ID, ibid., n.os 252, 268 y 332; J. MONTENEGRO, Piasca, n.° 49. 60 ACL, n.° 221. Doña Tegridia establece que el beneficiario de cierta behetría pueda escoger señor entre los descendientes de sus hermanas Ofreisa y Goto, ésta última casada con el conde Gutier Alfonso, al que se menciona explícitamente. 61 M. HERRERO, ibid., η05. 315 y 443; ACL, n.° 247. 62 Las referencias proceden de J. MONTENEGRO, ibid., n.° 49, y M. HERRERO, ibid., η.08 360 y 591. Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 53 Por todo ello, el señor espera el «servitium» del campesino. Tal término corresponde especialmente a prestaciones de trabajo, como se viene señalando. La generalidad de los textos no aporta ninguna precisión, pero hay dos muy significativos: en 1064, Mumadonna Godesteiz y su hijo Pedro Muñoz concedían 2 solares en Villafilar a Bellite Alvarez, «et damus cum eos in foro que prendas in nostra divisa et ares quantum potueris», lo que es bastante similar a los lotes-corveas de otros sitios; en 1092, Ildonza González otorgaba otra behetría a Vellit Vidas, en este caso en el valle de Trigueros, que quedaba obligado a prestar 12 días de trabajo anuales a la condesa: «que detis in anno XII dies ad nostros lavores»63. En definitiva, y precisando una observación anterior, las concesiones de behetría sirven para que los miembros del linaje —señores potenciales dentro de ciertas reglas— se aseguren una aportación de mano de obra en el cultivo de sus explotaciones directas. Aparte de otros derechos que les puedan corresponder, y en cuya consideración no entraré por falta de documentación, el reconocimiento del solar como señorío familiar establece la relación entre señores y campesinos. Un vínculo que además se entiende perdurable, pues si las generaciones de los Alfonso se van sucediendo en sus derechos, también en los campesinos tal esquema de relación se trasmite de padres a hijos64. Todo esto sugiere una serie de problemas generales, que pasan por conocer si otros linajes magnaticios hicieron lo mismo. De momento, desde la perspectiva de los Alfonso se adivinan en esta proliferación de behetrías dos hechos: la modificación de la dependencia personal y los progresos de una dedicación agrícola más intensiva. Todo esto conlleva una cierta modificación de las estructuras de la gran propiedad. El paso del tiempo ha ido reuniendo bajo el poder de los grandes propietarios espacios que son controlados directamente y se someten a una explotación más o menos profunda, y un caudal de pequeñas propiedades anexionadas, que siguen en manos de sus antiguos cultivadores. Las cartas dé behetría analizadas son, quizá, un testimonio de la paulatina lotificación de algunas de las áreas de dominio directo, con evidentes implicaciones sociales y económicas. En relación con la dependencia personal, ya se ha indicado que los servidores domésticos y collazos son los elementos sociales mejor definidos en las concesiones de behetría; instalados ahora en explotaciones familiares, su situación cambia también porque los vínculos personales con el linaje se deslizan hacia lo territorial: en efecto, los hombres de behetría pueden ceder a otros los bienes que poseen del señor, con tal que sus sustitutos cumplan con las obligaciones inherentes al solar; el señor puede mediatizar las ventas, estableciendo un derecho de retracto o limitando lo que está autorizado a llevarse el campesino que abandona el solar, pero no las impide65. 63 Sobre la noción de «servitium», vid. G. del SER QUIJANO, La renta feudal en la Alta Edad Media. El ejemplo del Cabildo catedralicio de León en el período asturleonés: Stvdia Histórica, vol. IV, n.° 2, 1986, 59-75. Los documentos de referencia en M. HERRERO, ibid, n.œ. 270 y 526. 64 La mitad de las concesiones no especifican su duración; cuando lo hacen, 3 de cada 4 veces se entiende que la behetría es hereditaria para el campesino. 65 En 1084, un campesino vende a otro su behetría, señalando que el nuevo poseedor deberá servir por ella a la familia (M. HERRERO, ibid., n.° 443); esto ya está previsto en 1059, con derecho de retracto en favor de los posibles herederos de Tello Gutiérrez (ID., ibid., n.° 238). Las limitaciones a lo que el campesino puede llevarse se documentan en la citada concesión a Vellit Vidas (ID., ibid, n.° 526). 54 Pascual Martínez Sopeña En cuanto a la intensificación de la agricultura, datos como la roturación de una divisa, la plantación de viñas o la invitación a «rumpere» tierras, ilustran un proceso del que la citada donación de Ildonza González a su collazo Vellit Vidas constituye la mejor expresión: se trata de poblar la heredad de la condesa, transformando el «campo» en «solar»; al mismo tiempo se establece que las «adpresuras» de tierras y los «maliolos» —las viñas nuevas—, quedarán bajo la autoridad de los herederos de Trigueros, esto es, de los propios familiares de Doña Ildonza. Pero también resulta importante el que ya no se trate de un solo hombre de behetría, pues tales condiciones se harán extensivas a cuantos vengan con ánimo de poblar allí, y el marco jurídico establecido abarca una variada gama de derechos, contribuciones y penas por delito que no son patentes en las demás cartas de behetría. A escala ampliada, el fuero de Trigueros de 1092 viene a ser la conclusión de todas las experiencias acumuladas por la familia al menos desde los años 1040. II. FAMILIA Y PATRIMONIO Las anteriores referencias a la propiedad de monasterios y de behetrías por los Alfonso permiten deducir que el patrimonio familiar no sólo fundamenta la prosperidad del linaje y testimonia su implantación social, sino que es también un factor de cohesión. La realización de ésta y de las otras funciones han sido aseguradas —y esto no es sólo válido para la familia Alfonso—, por la aplicación de una serie de normas donde se reconoce, a veces explícitamente, la profunda huella del derecho privado visigótico. Este hecho, mantenido durante todo el período, constituye una peculiaridad del país en comparación con otras sociedades coetáneas, pero oscurece otros de los posibles elementos de cohesión familiar, y concretamente el conocimiento de la estructura del linaje desde el punto de vista jerárquico. Con anterioridad se ha esbozado la noción de núcleo y periferia de la familia, como una forma de subrayar las diferencias de posición social entre los miembros de la parentela y sus implicaciones en los enlaces matrimoniales. Da la impresión de que se podría hacer un nuevo uso de esta idea a propósito de la estructura del linaje, pues posiblemente también los condes de la familia tuvieron un papel de jefes de ésta, si nos atenemos a su continua presencia como suscriptores de las cartas familiares o a su eventual representación de intereses colectivos; este hecho no sería incompatible con la atribución de ciertas funciones a otros miembros de la parentela —valga el ejemplo del prolongado mando sobre los monasterios de Piasca y S. Martín por Urraca Alfonso—. Pero no puede confirmarse de modo certero a través del análisis del reparto del patrimonio, dadas las pautas legales a que se ajusta el funcionamiento de las herencias. 1. Los dominios Al filo de 1070, las propiedades de los Alfonso se distribuyen por no menos de 110 localidades, cifra que constituye el testimonio más gráfico de la acumulación de bienes producida durante las tres primeras generaciones de la familia. Más de la mitad de estos núcleos (aproximadamente el 55 %) se hallan en la zona de contacto entre la Tierra de Campos y los Páramos situados al Norte, a lo largo de los Valles del Cea, del Valderaduey y de otras corrientes menores, como el Seguillo, el Valdejinate y el río de la Cueza; se trata de un conjunto muy compacto cuyo centro viene Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 55 a ser Grajal de Campos, no en vano cabeza del título condal más arraigado en la familia. Otra zona de influencia es la Liébana, donde se ubica el 25 % de los lugares donde tiene intereses la familia, de forma especial en el valle de Lamedo —val de Rodias—, pero también en Valdeprado o en el valle de Polaciones. Más reducido, aunque igualmente compacto, es el conjunto articulado por el valle de Trigueros, inmediato al Bajo Pisuerga, que reúne el 11 % de las localidades. Quedan, en fin, propiedades dispersas en Campóo, la Valdavia e incluso el Bierzo. Tomando como punto de partida sus referencias más concretas, el patrimonio está constituido por una variedad de palacios e iglesias o monasterios, solares y cortes, sernas y tierras de labranza, viñas, áreas de monte y prados. Pero eventualmente, las concesiones de potestades públicas testimonian el ejercicio de la autoridad sobre los habitantes de tal o cual villa, y en el mismo sentido aboga la existencia de merinos particulares66; la sujeción de los campesinos de behetría antes analizada, o el ejercicio de derechos sobre los bienes de los campesinos mañeros son otros indicios del carácter de dominio señorial sobre tierras y hombres67. El patrimonio se ha ido formando a través de diversas vías. Los orígenes lebaniegos de Alfonso Díaz han debido aportar lo sustancial de su componente septentrional. A continuación, los matrimonios han tenido un papel destacable: desde una perspectiva general, el del propio Alfonso Díaz supone la implantación en Tierra de Campos, de tal modo que en adelante los lugares donde se documentan las propiedades de los Banu Mirel llevan asociada de forma mayoritaria la presencia de los Alfonso68; desde un punto de vista particular, la aparición del núcleo patrimonial de Trigueros y las propiedades en Campóo se deben al casamiento de Gutier Alfonso con Goto, que las aporta a las futuras herencias de sus hijos69. En tercer lugar, las donaciones reales han servido de acicate poderoso, pues tanto Alfonso Díaz como sus hijos han incrementado con ellas el poder que tenían en Tierra de Campos y sus aledaños, añadiendo al menos siete nuevas villas y propiedades en otras varias; de forma aislada, el eco de este apoyo se transmite a la intervención de Martín Alfonso en Extremadura. Quedan entre los testimonios documentales, además, las «ganantias», aquellas otras adquisiciones individuales hechas mediante profiliaciones, como 66 Vid. la donación de Villega a Alfonso Díaz en FERNÁNDEZ, Alfonso V, n.° 25, 210; cierto Ferreus, merino de la condesa Ildonza González, confirma una carta relativa a Gordaliza en 1095; debía serlo del lugar, pues aparece en otra referente al mismo sitio en 1096 (M. HERRERO, Sahagún, n.œ 584 y 604). 67 En 1068, Urraca Alfonso donaba a Piasca lo que pudiera corresponderle por los campesinos mañeros de Tabarniego (J. MONTENEGRO, Piasca, n.° 45). 68 Todavía a fines del siglo XIII, uno de los arciprestazgos de la diócesis de León se llamaba «de Valdemeriel», y luego pasó a denominarse «de Cisneros». Corresponde, efectivamente, a la zona de Tierra de Campos donde los Banu Mirel, y después los Alfonso, dominaban de modo más rotundo en los siglos anteriores (un mapa de dicha circunscripción y la lista de todos sus lugares e iglesias en J. A. FERNÁNDEZ FLOREZ, El «Becerro de Presentaciones». Cod. 13 del ACL. Un parroquial leonés de los siglos XIII-XV: León y su historia. Miscelánea histórica, V, León 1984, 443-449). Sobre otras adquisiciones de bienes como herencia de los consortes, vid. en cada caso los datos del Apéndice. 69 Sin embargo, algunos descendientes de su hermano el conde Munio Alfonso también poseían bienes en la zona de Trigueros; las noticias se centran en Alfonso Muñoz (tras su muerte, p. e. los disfrutaba su viuda Ildonza González, y su hija Elo se refiere a lo que heredó de su padre: M. HERRERO, Sahagún, n.° 526; MAÑUECO y ZURITA, Valladolid, 49). Hay dos vías posibles: a través de la desconocida Goto Fernández, primera esposa de Munio y madre de Alfonso Muñoz, lo que haría imaginar que provenía de la misma familia que la otra Goto, esposa del conde Gutier (Vid. ant. nota 25); o a través de una desconocida trasferencia de este último a su sobrino, que compartiría los bienes de Trigueros con los vastagos de Gutier Alfonso, sus primos. 56 Pascual Martínez Sopeña penas por homicidio, o simples compras, las cuales han venido a consolidar localmente los beneficios obtenidos mediante las fórmulas antes descritas70. Aunque la familia Alfonso posee bienes como tal, su dominio se halla repartido más generalmente entre los miembros de la parentela. La contigüidad entre las propiedades que los hermanos y su conjunto de primos más o menos próximos tienen en un mismo lugar proporciona un testimonio sugestivo de su antigua unidad, incluso física, cuando correspondían a un único dueño, y de la compleja historia de su fragmentación a lo largo de generaciones de herederos71. Este fenómeno multipüca su valor desde una perspectiva general: los diversos descendientes de Alfonso Díaz coinciden como propietarios en un núcleo básico de villas; desde luego, a esta herencia común se añaden en cada relevo generacional y en cada segmento del linaje nuevos bienes, mientras se segregan otros en cuantía variable a través de donaciones y de ventas, pero estos hechos no hace falta considerarlos aquí72. Conviene subrayar, sobre todo, que de los 110 lugares aludidos, la progenie de Munio Alfonso se documenta en 48 y la de Gutier Alfonso en 59; propiedades de ambas ramas coinciden en 21 sitios de todas las áreas geográficas antes reseñadas. Los datos no revelan el número total de los lugares donde esto ocurría, que debían ser muchos más, por las limitaciones de la propia información; pero al menos se perfila una tendencia que sólo a escala más reducida puede ser evaluada con mayor detalle73. 70 Anteriormente ya me he referido a las donaciones reales. Puede que esté relacionado con la función condal desempeñada por Gutier Alfonso en Tordesillas el que hijas suyas posean divisas en Villavellid (J. MONTENEGRO, Piasca, n.° 42). Aquel conde obtuvo bienes como resultado de profiliaciones, homicidos y compras en otros sitios (P. MARTÍNEZ, Tierra de Campos, 354); más referencias de donaciones particulares y compras hechas por diversos miembros de la familia se localizan en Cea, Villavega, Valparaíso, Villazanzo, Valdebaniego, Laguna, Cespedosa, Torre de Gonzalo González, Villa Velasco Manco, Villaseca, Trigueros y Grajal (M. HERRERO, ibid., η.08 95, 101, 121, 133, 225, 472, 489, 569, 630, y 725). Esto proporciona una leve idea sobre un importante proceso de adquisición de bienes desarrollado en paralelo a las transmisiones por herencia o por donación real que, a tenor de los lugares donde se concretó, venía a consolidar la implantación de la familia en ciertas zonas; es necesario advertir que una parte de tales adquisiciones se hicieron dentro del propio grupo de parientes. 71 Esto es especialmente perceptible en la zona donde el dominio de los Alfonso se superpone al de los Banu Mirel. Entre los ejemplos más significativos se destaca Villafilar, donde propiedades de Mumadonna Godesteiz y su hijo Pedro Muñoz limitan con otras del conde Gutier Alfonso, cuya hija Velasquita tiene bienes limítrofes con los del conde Martín Alfonso algún tiempo más tarde (M. HERRERO, ibid., η.™ 270 y 427) en Población de Cisneros, donde colindan solares de Ildonza Ovéquiz, Tegridia y María Gutiérrez y Munia Muñiz (ID., ibid., n.° 384); o en Villa Orelle, donde los bienes de Elvira Núñez, hija de Ñuño Erméildez, se hallan al lado de los de Munia Muñiz, Urraca Alfonso, Tegridia Gutiérrez, y de otras personas que los trasmitieron a Urraca Fernández, a las hijas de Munia Muñiz, al conde Pedro Ansúrez, marido de Elo Alfonso, y a María, hermana de ésta (ID., ibid., η.™ 345 y 574). Originariamente, estos bienes pudieron estar atribuidos en exclusiva a Ñuño Mirélliz, único antepasado común; en el apartado que se dedica a la herencia se insiste sobre el tema de las divisas y porciones individuales. 72 En la Introducción se ha planteado la herencia de los consortes; respecto a donaciones y ventas, vid. lo dicho a propósito de las instituciones eclesiásticas y los servidores nobles. 73 La comparación, por ejemplo, entre las largas enumeraciones de lugares donde habían heredado a sus padres Tegridia y Fronilde Gutiérrez, indica que son los mismos en el 68 % de los casos. De nuevo resulta interesante tomar como punto de referencia a los Banu Mirel, concretamente a aquellas personas cuyos vínculos con los Alfonso sólo se basan en la común descendencia de Ñuño Mirélliz (Elvira y Pedro Núñez, y Diego Osóriz): las coincidencias alcanzan al menos el 38 % de los lugares donde éstos últimos documentan sus posesiones. Quiero resaltar, sin embargo, que no debe llegarse a deducir una participación de todos los miembros en todos los lugares como se matizará después; por eso hablo de tendencia. Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 57 2. Los matrimonios La relación entre los enlaces matrimoniales y el patrimonio colectivo e individual resulta notoria, a tenor de los datos precedentes. En ese contexto se explica algún otro tema ya apuntado, como los casamientos de miembros de las familias Alfonso y Banu Mirel, que son un medio de reagrupar intereses comunes. Además, en los matrimonios se observan otras tendencias, quizá correspondientes a hechos socialmente generalizados porque implican no sólo al grupo familiar sino también a los otros grupos de donde provienen los consortes. Según parece, los varones tardan en casar. Tres series de datos corroboran esta impresión. En primer lugar, la idea de una prolongada «iuventute», que algunos no llegarán a abandonar; así Pedro Muñoz, nacido entre 1042 y 1048, moría sin haberse casado hacia 1071, según el testimonio de su madre Mumadonna Godesteiz. Su sobrino Gonzalo Alfonso, documentado ya en 1054 y alférez real en 1072, debió morir también soltero y no antes de 1086. Primos de éste eran dos nietos del conde Gutier Alfonso de los cuales tampoco consta matrimonio: Vermudo Fernández, fallecido hacia 1078, que ya figura en una carta de 1059 y debía haber nacido bastante antes, y Gonzalo Fernández, muerto en 1080, pero confirmante de documentos familiares desde 1062. El segundo tipo de hechos se refiere a la diferencia generacional entre los cúnyuges: por ejemplo, Munio Núñez y Osorio Osóriz, primos de los hijos de Alfonso Diez, cuyos padres Ñuño y Osorio Erméildiz habían sido condes al final de su vida, hacia 1024; ambos hallaron pareja entre los Alfonso, pero no entre sus primas, sino en las hijas de una de ellas. En un sentido semejante comparece Ñuño Alvarez, suscriptor de las cartas reales junto a los condes Munio y Gutier Alfonso desde 1038, el cual casó con una hija del segundo; aun cuando no tuviera la edad de su suegro, debía ser entre 10 y 20 años mayor que su mujer, María Gutiérrez, con quien podía estar casado hacia 1049. En buena medida es consecuencia de lo anterior el tercer orden de datos: la frecuencia de las viudedades femeninas. A lo largo de la centuria se registran en los documentos familiares alrededor de una docena de viudas; lo más llamativo son los largos períodos vividos en ese estado por aquéllas mejor conocidas: Mumadonna Godesteiz, la esposa de Munio Alfonso, no menos de 35 años (en todo caso era el segundo matrimonio de ambos cónyuges); Ildonza González, que lo fue de Alfonso Muñoz, hasta 38; Fronilde Gutiérrez, mujer de Fernando Ordóñez, unos 25, período parecido a la viuda de su sobrino Pedro Muñiz, Jimena González, que alcanzó los 26 años de viudedad; Munia Muñiz vivió alrededor de 20 años después de desaparecer Osorio Osóriz... Queda aparte el caso de María, la viuda del propio Alfonso Díaz, que quizá volvió a casarse y tuvo tres nuevos hijos de su unión con Ovecco Johannes74. Las motivaciones de este hecho deben ser complejas. Se puede pensar en limitaciones impuestas por la propia familia a la hora de los matrimonios masculinos; alguno de los vastagos debe casarse mientras los otros son destinados a la iglesia —como antes se ha visto— o deben buscar gloria y fortuna antes de tomar estado, como debió intentar Pedro Muñoz, «fidelis» de Alfonso VI caído en lucha con los musulmanes. Pero esta explicación no es todo lo completa que se desearía, dada la falta de concentración de la herencia en una sola persona y en la medida que alguno Sobre todos estos datos remito a las notas correspondientes del Apéndice. 64 Pascual Martínez Sopeña las donaciones hechas por gentes de la familia en favor de Piasca y San Martín de la Fuente; en 1080, Urraca Alfonso es encargada del monasterio de San Pedro por el rey Alfonso VI y el abad y reformador Roberto, para que lo gobierne bajo la autoridad del abad de Sahagún del mismo modo que las monjas de Marcigny reconocen como su superior al abad de Cluny98; durante el gobierno del Abad Diego de Sahagún, iniciado en 1088, se produce la desmembración de las «partiones» que los herederos de la familia tenían en los cenobios de Piasca y San Martín, las cuales son cedidas por sus titulares a aquel cenobio a modo de un goteo incesante hasta 1109", apoyado por la colaboración del monarca, que había llegado a ser propietario de algunas (como por ejemplo la de Rodrigo Ovéquiz, confiscada en provecho del rey). A todo esto se suman algunas otras donaciones de bienes durante el mismo período, hechas casi siempre en beneficio de Sahagún y de su filial femenina de San Pedro. No hay duda de que los precedentes de esta actitud se hallan en el reinado de Fernando I100; pero a partir de los años 1080 llama la atención su tono radical y el contraste que ofrecen con los propios presupuestos sancionados por el conjunto de la familia en 1075. En ese año, la parentela había dispuesto mantener bajo su autoridad a los abades de los monasterios familiares e impedir cualquier intento individual de enajenación de los derechos en favor de terceros; cinco años más tarde, la propia Urraca Alfonso aceptaba quedar sometida a la autoridad de Sahagún, si bien en otro cenobio diferente, y treinta años después las gentes de la familia habían trasferido todos sus derechos sobre los monasterios de Piasca y San Martín mediante desmembraciones individuales. En la cristalización del proyecto de los reformadores de Sahagún tuvo parte activa el monarca, que apoyaba explícitamente la iniciativa de 1080 y cedía sus propias partijas, pero además existió una sutil política de atracción de voluntades de los familiares: inicialmente, se podía contar con la antigua fraternidad establecida entre los Alfonso y Sahagún, que procuró potenciarse entregando a Urraca Alfonso una nueva comunidad reformada —lo que equivalía a reconocer los méritos de la religiosa—, y manteniendo vitaliciamente en favor de los sucesivos donantes de San Martín y Piasca algunos de los privilegios que les hubieran correspondido por su calidad de herederos101. Esto no ponía en entredicho la autoridad de Sahagún, sino que suavizaba el proceso de anexión. Dentro de esta perspectiva cabe el posterior reclutamiento de abadesas de S. Pedro entre gentes de la familia: la nueva fórmula fue tan flexible como para incardinar en el seno de las instituciones reformadas a personas que, de acuerdo con las antiguas circunstancias, hubieran podido ser destinadas a regir los monasterios particulares. 98 M. HERRERO, ibid., n.° 409. Dicho monasterio debe ser el conocido de San Pedro de las Dueñas, a pocos kilómetros de Sahagún. Sobre el problema de sus orígenes, vid., J. M. FERNÁNDEZ CATÓN, Documentos leoneses en escritura visigótica. Archivo del Monasterio de San Pedro de las Dueñas: AL, 54, 1973, 203-226. 99 Sobre la anexión de las «partiones» de Santa María, vid. J. MONTENEGRO, Piasca, I, 207 y 273-290. Varios de los documentos de referencia conllevan la entrega de las de San Martín de la Fuente, que es además objeto de las donaciones protagonizadas en 1101 y 1107 por los hijos de Fernando Erméildez y Juliana Muñiz, y por Elvira Osóriz (M. HERRERO, ibid., n.os 721 y 802). 100 He tenido ocasión de analizar un proceso semejante en el caso de San Félix de Bovatella, monasterio familiar de los Banu Mirel (Tierra de Campos, 348-352), que se inició en 1049 y culminó en 1096. 101 En 1107, varias de las hijas de Juliana Muñiz y su pariente Elo Martínez, hija de Martín Alfonso, entregaban sus partijas «tali conditione, ut nobis decenter congruit»; en 1108, Fernando Menéndez ofrecía las propias, manteniendo su derecho a ser recibido y servido como heredero en ambos monasterios mientras viviese (M. HERRERO, ibid., n.° 804 y 810). Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 65 Sin embargo, las relaciones con Sahagún experimentaron numerosas tensiones al final del siglo XI. A partir de 1088, el monasterio reclamó a Sancha Fernández la entrega de la mitad de los bienes de su hermano Gonzalo, que aquélla se resistía a hacer escudándose en la falta de un testimonio escrito de la voluntad del difunto. En 1090 sucedía lo mismo con Ildonza Ovéquiz, que se negaba a entregar los de su hermana Adosinda. Ese mismo año, los condes Martín Alfonso y Pedro Ansúrez reclamaban para la familia los bienes dados en arras por Munio Alfonso a Mumadonna Godesteiz, que los donara a Sahagún. Por las mismas fechas, el monasterio se sentía inquietado porque Munio Velázquez estaba comprando tierras en Vecilla, junto a Cisneros, y poblando solares. En 1105, varios de los hijos de Ñuño Muñiz y sus cónyuges reclamaban también la devolución de los bienes que uno de los hermanos había donado102. Los pleitos subsiguientes dieron paso a soluciones transaccionales, en las que Sahagún se vio forzado a retornar parte de lo que había recibido y a ceder otros bienes en precario para satisfacción de los parientes, sin evitar por ello que al cabo de poco tiempo se reprodujera el litigio, como sucedió con los hijos de Munio Velázquez en 1096103. Sobre todo, las reclamaciones ponían en cuestión la validez de ciertas donaciones estimadas abusivas por las gentes próximas a los difuntos, que llegaron con sus quejas hasta el poder real. No era obstáculo, en apariencia, que Munio Alfonso hubiera estipulado los derechos subsidiarios de Sahagún en su carta de arras de 1042, ni que Ildonza Ovéquiz y su hermana se hubieran comprometido con el monasterio en 1068. Las circunstancias parecían haber variado, y así como a partir de 1070 fueron raros los varones de la familia que hicieron donaciones pías al cenobio, en los años finales del siglo la voluntad de no desprenderse de los bienes patrimoniales se extendió a controlar las de los parientes cercanos. La multiplicación de los bienes del monasterio debía ser vista con recelo por los dueños colindantes, y se transformaba en una actitud de competencia o de extorsión, como la practicada por Munio Velázquez. A todo esto no era ajeno otro hecho: en los años 90, Sahagún parece haber optado por fórmulas de sujeción del campesinado más estrictas, y en ese camino no parece haber dudado en violentar el sentido que tenían las propias behetrías; sólo entre los años 1093 y 1097, 1 de cada 5 de las concedidas por la familia Alfonso renunció a la posibilidad de elegir señor para acogerse de modo exclusivo y hereditario al dominio del monasterio104. Los descendientes de quienes habían dado cabida a éste como uno más de los posibles señores de las behetrías quedaban en adelante imposibilitados de serlo. En ocasiones, los campesinos rechazaron la estricta sumisión a Sahagún: los de Villavicencio en 1091, y los de Patrocellos en 1099105; los primeros llegaron a contar con el apoyo activo del 102 ID, ibid., n.os 419, 496, 500, 515 y 769. 103 ID, ;&¿í/.,n.°635. 104 Los propios beneficiarios de las concesiones de behetría o sus hijos adoptaron esta solución; vid. comparativamente en ID., ibid. los n.os 238 y 543; 308 y 801; 591 y 604; 592 y 659. El primero de dichos casos tiene singular interés: Diego Patrez, hombre de behetría por concesión de Tello Gutiérrez en 1059, aceptó someter a Sahagún su solar de Valparaíso en 1093, que sería conservado por sus descendientes si continuaban bajo la misma dependencia. El abad Diego le concedió quedar exento de todo servicio personal mientras viviese, y que sus hijos no fueran sometidos tan rigurosamente como lo estaban sus otros dependientes, pues sólo trabajarían 12 días al año en beneficio del monasterio, y si tenían caballos podrían hacer su servicio como caballeros («cavallarios»). Esto proporciona una idea de que el cambio de situación representaba a los ojos de los campesinos un deterioro sensible respecto al modo de dependencia anterior. 105 lD.,/Wíí.,n.0S514y683. 66 Pascual Martínez Sopeña conde Martín Fláinez, lo que puede demostrar la oposición familiar ante semejante política, pero el monasterio impuso su criterio con unos u otros matices ante los tribunales reales. La prolongada turbulencia de los años posteriores da fe de la intensidad de los conflictos que se habían ido gestando106. 106 En relación con este tema, cuentan las Crónicas Anónimas de Sahagun que durante los movimientos sociales de la segunda década del XII, los campesinos negaban a sus señores «el servicio devido», y que «si alguno(s) de los nobles le(s) diese favor e ayuda, a tal como aqueste deseavan que fuesse su rey e señor» (texto en R. PASTOR, Conflictos sociales y estancamiento económico en la España Medieval, Barcelona 1973, 64, nota 79). Me parece que se sitúa en el mismo plano que lo ya apuntado, y dado que trasmite la versión del monasterio sobre los hechos, la correlación resulta evidente. No es éste el lugar, pero conviene aludir a otros hechos: los enfrentamientos de Sahagun con los burgueses de la villa habían comenzado también en los últimos años del siglo XI; después de que los Alfonso dejaran de ser condes de Grajal, el mercado de esta villa fue trasferido a Sahagun; en fin, varios de los parientes del linaje tuvieron una actuación claramente contraria al monasterio durante la crisis de 1111 a 1126. Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 67 APÉNDICE Notas prosopográficas sobre la familia de Alfonso Díaz Las notas que siguen permiten individualizar a cuatro generaciones de la familia Alfonso y proporcionan referencias del conjunto de la quinta. Sin embargo, no son un resumen biográfico de cada miembro. Los criterios de elaboración han pretendido indicar las referencias más antiguas de cada uno, así como sus últimas menciones; señalar los matrimonios y desde cuándo se documentan, esbozando brevemente la personalidad de los cónyuges enlazados con là familia; enumerar los hijos conocidos de cada pareja; y, en fin, observar la presencia que todos ellos tienen en las cartas familiares. Sumariamente, se ha procurado reconstruir los datos elementales de la vida individual y de relación. En otra oportunidad ofrecí un esquema de los integrantes de esta familia durante el siglo XI {Tierra de Campos, 352-359). No lo hice con esta sistemática y, además, debo dejar constancia de que la revisión de los documentos estudiados entonces y los nuevos datos ahora disponibles me han hecho modificar la posición de diferentes elementos del esquema, al que simultáneamente se han incorporado otros nuevos. No quedan resueltos por entero los problemas de filiación y en varias ocasiones se dejan planteadas hipótesis más o menos sólidas sobre los vínculos de ciertas personas con la familia; esto es especialmente importante para el anexo final, formado por gentes cuya relación concreta con los Alfonso no he conseguido establecer. La elaboración prosopográfica que sigue no puede entenderse, por tanto, como algo definitivo, aunque es un avance considerable respecto al trabajo anterior. La exposición tiene como punto de referencia a Alfonso Díaz y considera a todos sus descendientes, al margen de que lo sean por vía masculina o femenina. Los integrantes de cada una de las sucesivas generaciones conforman un estrato, señalándose los vínculos con la generación precedente en el encabezamiento de cada filiación. En las notas sobre cada uno de los miembros de la familia que tuvo hijos es donde se relacionan éstos. Como se ha indicado en la introducción, este apéndice quiere evitar algunos problemas expositivos que son habituales en los estudios basados en análisis genealógicos. Una parte notable del aparato erudito que recargaría el texto del estudio se halla aquí; pero todo tiene sus limitaciones y, a fin de no convertir en una maraña cada nota personal, se ha optado por prescindir de la reseña pormenorizada de los documentos en que el individuo correspondiente confirma, lo que ha sido sustituido por la referencia escueta de la cronología de sus suscripciones. 1. ALFONSO DIAZ Y MARIA Se ha indicado al principio del trabajo la dificultad de establecer los ascendientes de Alfonso Díaz. Simplemente, añadiré un dato que por el momento no posee más valor que el de indicio: en 1039, cierta Marina, hija de Diego y Teresa, ofrece unos bienes en Liébana al monasterio de Santa María de Piasca, que dice edificado por sus «abeos et parentes atque patronos», y al reiterar la donación pocos días después se refiere a su hermana Goto (Does. eds. por J. MONTENEGRO, Piasca, n.os 28 y 29). LOS DESCENDIENTES DE ALFONSO DIAZ 1020 1040 2.1 conde GUTIER ALFONSO Goto 1 060 1080 3.1 .1 FRONILOE Fernando Ordóííez 3.1 . 2 MARIA Nuno Alvarez 3.1 .3 ELO unio X 3.1 .4 TEGRIDIA Fernando ( ¿Gonza'lez ?) 3.1 .5 AOOSINDA 3.1.6 VELASQUITA 3.1.7 Τ ELLO I I 4.1.1.1 VERMUDO I / I 4.1 . 1.2 JIMENA = Nuffo X 4 I >1 .1 .3 NUNO I 4.1 . 2.1 GONZALO = Goto Gon :a'lez 1 4.1 . 2.2 URRACA ~l 4.1 . 3.1 PEDRO = Jimena Gonz a'lez I 4.1.4.1 GONZALO I 4 .1. 4.2 SANCHA = c onde Martín Flainez 1100 PELAYO FERNANDO TERESA RODRIGO PEDRO MUNIO 4.2.1 .1 conde MARTIN ALFONSO ELO | PEDRO I URRACA ROD 2.3. ADOSINDA ALFONSO 2.4. ENDERQUINA ALF Mum.0 ( ¿Fernandez?) 3.3.1. GOTO 4. 3. 1 .1 JULIANA Fernando Ermelldez MunLo Núñez 4.3.1 .2 PATERNA 4.3.1 . MUÑO 4.3.1.4 URRACA 4.3.1 MARI/ Munii VeLa'zqu m URRACA I GUTIER | MAYOR | GONZALO MUNIO GOTO ERMEILDO MARIA MUNIA PEDRO SANCHA MARIA rl VELASCO 1. conde ALFONSO DIAZ MARIA 3.2.1 conde ALFONSO MUÑOZ • tldonza González 2.2 conde MUNIO ALFONSO = (1) = (2) Goto Mumadonna Fernandez Godesteiz 4.2.1.2 4.2.1.3 4.2.1.4 4.2.1.5 4.2.1.6 ELO MUNIO GONZALO MARIA MAYOR 4.2.1.7 4.2.1.8 GOTO GUTIERRE 3. 2. 2. 3. 2. 3. 3.2.4. PEDRO JUAN PELAYO Gasende Pe'rez 4.2.2.1 MARIA 4.2.3.1 4.2.3.2 ROORIGO PELAYO conde Pedro Ansurez IO MAYOR Sancha ALFONSO | URRACA FERNÁN ALFONSO RODRIGO 2.5. ARCIA ALFONSO 2.6. URRACA ALFONSO 3.3.2. MUNIA 4.3.2.1 MARINA .CA TEGRIDIA MARTINO O so rio Osorlz 4.3.2.2 ELVIRA 4.3.2.3 4.3.2.4 ADOSINDA GUTIER MARIA SANCHA ANTONIO URRACA 70 Pascual Martínez Sopeña Dado que las expresiones son semejantes a las que utilizan otros miembros de la familia al conceder sus bienes al cenobio lebaniego, tal vez pudieran ser consideradas hermanas de Alfonso Díaz, del que conoceríamos además los nombres de sus padres. Lo único cierto respecto a María es que desciende de Ñuño Mirélliz por vía directa, según indica su hijo Munio Alfonso al referirse a bienes de la herencia de su «avio», que sería en realidad bisabuelo. María puede ser hija de Gutier Núñez, como propone C. Carié, o tal vez de Tello Núñez, ambos hijos de aquél; sobre la posible paternidad del segundo, se tendrá en cuenta que el primer documento protagonizado por uno de los hijos de Alfonso Díaz y María, precisamente una donación a Piasca que hace Munio Alfonso en 1030, es confirmado «in presentía Gutierre Telliz», un hijo de Tello (¿Núñez?) que vendría a resultar hermano de María (Ed. M. HERRERO, Sahagún, n.° 56). María sobrevivió algún tiempo a Alfonso Díaz, cuya última mención conocida data de 1024; suscriptora en 1031, tal vez se casó de nuevo (ver en Anexo: A. Los hijos de Ovecco Joannes). 2. HIJOS DE ALFONSO DIAZ 2.1. GUTIER ALFONSO (CASADO CON GOTO) Mencionado por vez primera en la suscripción de una carta de 1026, junto con sus hermanos García y Munio (ed. Ruiz ASENCIO, Colección Diplomática de la catedral de León, n.° 830, en prensa) el conde Gutier Alfonso desaparece de la documentación en 1059. En diciembre de 1031 figura ya a su lado su esposa Goto, cuyas menciones le acompañan regularmente a lo largo de su vida (M. HERRERO, Sahagún, n.° 59). En relación con Goto, un interesante documento fechado en 1047 (ACL, n.° 221) la hace hermana de las condesas D.a Ofreisa y D.a Tegridia, y las tres resultan herederas en Aguilar de Campóo. Los primeros documentos de la abadía de Santa María de Aguilar revelan a Tegridia, a Ofreisa y a los nietos de ésta (Monio, Tegridia y Fronilde Fernández) como propietarios en Castrillo de Centulo, Valdecañas y ribera del Arlanza, Hitero del Castillo, y en la comarca de Trigueros, en el Bajo Pisuerga (monasterios de San Miguel de Coreos y de San Tirso de Trigueros), amén de la propia zona aguilarense (San Miguel de Villazalima, Camporredondo). No he conseguido establecer una relación con sus ascendientes; cierto Fernando Fernández aparece como propietario de palacios en Aguilar en el citado documento de 1047. Respecto a sus vínculos posteriores con los Alfonso, la citada Fronilde Fernández parece que mantuvo relaciones estrechas, puesto que recibió bienes en herencia, con Fronilde Gutiérrez. Se reconocen como hijos del conde explícitamente los siguientes: Tello y Velasquita Gutiérrez (1059 JN 14; Id., ibid., n.° 238), María, Fronilde, Donello (Elo) y Tegridia Gutiérrez (1074 FB 20; Id., ibid., n.° 365). A ellos debe añadirse Adosinda Gutiérrez (1071 EN 13; Id., ibid., n.° 327), dada la coincidencia de sus propiedades, y probablemente García Gutiérrez, confirmante de las cartas familiares en el período 1042-1046, después del cual no se localizan rastros suyos. Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 71 2.2. MUNIO ALFONSO (CASADO CON GOTO FERNÁNDEZ Y CON MUMADONNA) Se acaba de hacer referencia de la primera mención de Munio junto a su hermano Gutierre en 1026. Munio falleció hacia 1050-1051. Había casado dos veces; la primera de ellas con Goto, a quien identifico con la Goto Fernández que suscribe en la donación hecha por Munio a Piasca en 1030 (M. HERRERO, Sahagún, n.° 56). Su segundo matrimonio fue con Mumadonna Godesteiz, viuda de Nepociano Osóriz, y de acuerdo con la carta de arras debe fecharse en 1042 (Id., ibid., n.° 97). Mumadonna fue viuda durante un largo período tras la muerte de Munio Alfonso; todavía vivía en 1083 (Id., ibid., n.° 434). Mumadonna Godesteiz, hija de Godesteo Díaz y Teresa Muñiz, había heredado de sus padres en Lantada, Lantadilla, Padilla de Arriba, Osorno, Valdeolmillos, Villa Godredo, Muda, Vergaño, Rabanales —cerca de Respenda de la Peña—, Redondo —cerca de Cervera—, Caraveio, Mazoferrero, Quintana Lebaniega, y Villamayor, herencia que se le ve compartir en diversas ocasiones con sus hermanos Gotina, Diego y Munio Godesteiz, y con Felipe Muñoz, hijo del último (documentos de referencia: Id., ibid., n.os 147, 158, 161 y 225; JusuÉ, Libro de Regla, n.° LXXIV, 94; J. MONTENEGRO, Piasca, n.° 46; J. M. GARRIDO, Documentos de la Catedral de Burgos, tomo I, n.° 23). Había tenido una hija de su primer matrimonio, Teresa, que no llegó a adulta, y cuyos bienes pasaron a la propia Mumadonna; se trataba de la herencia de Nepociano Osóriz y entre ellos se encontraba Pilella de Valmadrigal (ACL, Tumbo Legionense, fol. 35-35v). Como se observa, el patrimonio de Mumadonna Godesteiz se hallaba en torno al alto y medio Pisuerga, al menos según los lugares que he podido indentificar. Respecto a su familia, quizá se pueda identificar a Godesteo Díaz con el personaje homónimo que en 1002 figura como juez del rey Alfonso V (FERNÁNDEZ, Alfonso V, n.° I, 226-28). Su madre, Teresa Muñiz, tal vez no sea la hija del conde Munio Fernández de ese nombre, pues ciertamente los bienes de una y otra no coinciden en absoluto. Sus hermanos Diego y Munio Godesteiz figuran en algunas cartas de Fernando I (1038 JN 21 y 1050 AG 21; vid. P.BLANCO, Fernando I, n.os 8 y 44, 59-60 y 130-132). Munio Godesteiz es un confirmante muy frecuente en las cartas de los Alfonso desde 1042 a 1052. Como único hijo de su primer enlace con Goto, figura Alfonso Muñiz; de Mumadonna han nacido Juan y Pedro Muñiz. Pero aparte de éstos, aparece como hijo de Munio Alfonso Pelayo Muñiz, seguramente nacido de una unión extramatrimonial, pues cuando se identifica en 1068 JL 20 (M. HERRERO, Sahagún, n.° 309), alude a su madre, todavía viva. 2.3. ADOSINDA ALFONSO (CASADA CON MUNIO ¿FERNÁNDEZ?) Debió fallecer tempranamente; en 1048 se alude no a ella, sino a sus hijas Goto y Munia Muñiz, en un contexto donde se nombran los hijos de Alfonso Díaz y María (M. HERRERO, Sahagún, n.° 152). En relación con la personalidad de su marido, me inclino a pensar que se trata de Munio Fernández, hijo del conde Fernando Flaínez, sobre todo por un hecho: en 1073, Munia Muñiz concedía vitaliciamente a cierto presbítero su parte en el monasterio de San Salvador de Priamalias, en Noántica, y su parte en las villas de Ausculta 72 Pascual Martínez Sopeña y Riario; una noticia posterior indica que dicho presbítero había comprado también a Goto Muñiz sus derechos en San Salvador (Id., ibid., n.os 350 y 605). Establecido con ello que se trata de las hijas de Adosinda Alfonso, interesa resaltar que si bien este linaje no poseía propiedades en la zona de la montaña leonesa donde están Primajas y Reyero, abundan los testimonios de la implantación de los Flaínez en dicha comarca desde el siglo X: Flain Muñoz era propietario en Revero ya en 992, y personajes posteriores como Fáfila Pétriz seguían conservando los intereses familiares (vid. R. RODRÍGUEZ, Catálogo de Documentos del Monasterio de Santa María de Otero de las Dueñas, León 1949, n.os 25, 109, 177 y 186), sin que haya referencias de otras familias magnaticias implantadas allí, al menos hasta fines del siglo XI. Por lo tanto, resulta lógico pensar que Munia y Goto Muñiz accedieron a estos bienes por herencia paterna. En este punto, se anota la presencia de Munio Fernández y otros de sus parientes Flaínez en cartas de los Alfonso de la década de los 40, lo que es un indicio para suponerlo marido de Adosinda Alfonso; ello me hace reconsiderar la opinión que expresé anteriormente (cuando planteé que el marido de Adosinda había sido el conde Ñuño Mirélliz, en Tierra de Campos, p. 353). 2.4. ENDERQUINA ALFONSO En 1042 hacía una donación al monasterio familiar de San Martín de la Fuente (M. HERRERO, Sahagún, n.° 104). Murió pronto y sin descendencia, pues en 1046 su hermana Urraca se refiere a los bienes que ha heredado de ella, alusión que repite Munio Alfonso en 1048 (Id., ibid., n.os 119 y 143). No se conoce matrimonio. 2.5. GARCÍA ALFONSO Las escasas noticias sobre este personaje han sido recogidas en el capítulo sobre las relaciones del linaje con la monarquía. 2.6. URRACA ALFONSO Urraca Alfonso, a quien los documentos califican constantemente como «Christi Ancilla» y «Deovota», pasó su vida al cargo de los monasterios familiares de Piasca y San Martín de la Fuente, a cuyo frente se encuentra ya en 1042 (M. HERRERO, Sahagún, n.° 104). En 1075 establecía las normas de relación entre el linaje y ambos cenobios, figurando a la cabeza de la parentela (ACL, n.° 930 y 931). Todavía vivía en 1078, cuando hace una importante donación a Sahagún (M. HERRERO, ibid., n.° 398), y puede que sea la misma que recibe de Alfonso VI y el abad Roberto de Sahagún el monasterio de S. Pedro en 1080, con la orden de sujetarlo a las normas de Marcigny. Esta sería su última referencia (Id., ibid., n.° 409). 3. LOS NIETOS DE ALFONSO DIAZ 3.1. Los HIJOS DE GUTTER ALFONSO 3.1.1. Fronilde Gutiérrez (casada con Fernando Ordóñez) Las últimas noticias de Fronilde Gutiérrez se localizan en 1084, y como en 1085 su sobrina Sancha Fernández alude a los bienes recibidos de ella, puede pensarse Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 73 que falleció en el intervalo (M. HERRERO, Sahagún, n.° 448; ACL, n.° 269). Había estado casada con Fernando Ordóñez, nieto por línea paterna de Vermudo II y por línea materna del conde Pelayo Rodríguez; Fernando Ordóñez confirma con alguna frecuencia documentos de los Alfonso entre 1047 y 1049, signo de su enlace. En todo caso, Fronilde ya era viuda en 1059, cuando con los tres hijos habidos del matrimonio —Vermudo, Munio y Jimena—, reivindicaba algunos de los bienes que su marido le entregara al casarse (Id., ibid., n.° 240). En otra ocasión he indicado la importancia de la familia de Fernando Ordóñez a lo largo del valle del Esla y del sector más Occidental de la Tierra de Campos {Tierra de Campos, 333-337). 3.1.2. María Gutiérrez (casada con Ñuño Alvarez) Hasta 1074 se documenta María Gutiérrez (M. HERRERO, Sahagún, n.° 365). Su marido, Ñuño Alvarez, aparece en documentos de la familia Alfonso desde 1049, al mismo tiempo que comienzan a ser frecuentes sus suscripciones en los diplomas de Fernando I (sin embargo, ya figuraba entre los confirmantes castellanos del fechado en 1038 JN 21; P. BLANCO, Fernando I, n.° 8, 59-60). Del enlace de María y Ñuño parecen haber nacido al menos dos hijos, Gonzalo y Urraca Núñez, a los que se identifica a través de sus propiedades. La importancia del matrimonio radica en ser el origen de la Casa de Lara. 3.1.3. Elo Gutiérrez (casada con Munio) Como en el caso anterior, las últimas noticias de Elo Gutiérrez se remiten al documento expedido por cuatro de las hijas de Gutier Alfonso en 1074. Sobre su marido, no conocemos otra cosa que su nombre, y ello en función del hijo de ambos, Pedro Muñiz, «quam dicunt Bathallot», atestiguado como tal en 1065 (J. MONTENEGRO, Piasca, n.° 41). 3.1.4. Tegridia Gutiérrez (casada con Fernando ¿González?) Una vez más, la fecha de 1074 es el límite de las noticias sobre otra hija de Gutierre Alfonso. En ese año, además, entrega bienes a cierto presbítero junto con sus hijos Gonzalo y Sancha Fernández (M. HERRERO, Sahagún, n.° 360). Debió morir entre esta fecha y la de 1080, en que se puede datar el episodio de lucha de intereses entre el monasterio de Sahagún y Sancha Fernández, secundada por su marido el conde Martín Flaínez, por el haber de Gonzalo Fernández, es decir, por los bienes que ya habían heredado ambos de su madre (Id., ibid., n.° 419). No conocemos directamente la personalidad de Fernando, cónyuge de Tegridia, pero los textos proporcionan ciertos indicios: algunos documentos familiares de los años 1063-1065 mencionan entre los suscriptores a cierto Fernando González, que, de acuerdo con lo que se va viendo sobre confirmaciones de yernos o cuñados en las cartas de los Alfonso, puede ser el marido de Tegridia. Por otra parte, una comparación entre la larga lista de bienes que poseía Gonzalo Fernández según la ficción jurídica de 1080 y las de sus parientes maternos revela algunas breves diferencias: los lugares de Quintanilla de Avanates, Herrera, Mijieces y Frontada (todos ellos localizables en el sector nororiental de la actual provincia de Palencia, que no aparecen en otras cartas familiares y que además se agrupan al final de la susodicha relación) pueden corresponder a la herencia paterna, si es así, mucho más magra que la materna a primera vista. 80 Pascual Martínez Sopeña mente tampoco en 1107; M. HERRERO, ibid., n.os 686 y 804) y a Urraca (que ya había fallecido en 1101; PÉREZ CELADA, ibid., n.° 19, 35-36). Con datos posteriores he considerado también hijos de Martín Alfonso a Pedro, Rodrigo y Osorio Martínez {Tierra de Campos, 372-386). Queda planteado en la nota anterior el problema de Gómez Martínez, cuyo nombre podría ser otro indicio probatorio de la filiación materna de los condes de Carrion. 4.2.1.2. Elo Alfonso (casada con el conde Pedro Ansúrez) No he logrado encontrar datos anteriores a 1084 que acrediten el matrimonio de Elo Alfonso y Pedro Ansúrez (MAÑUECO y ZURITA, Sta. María de Valladolid, I, n.° 1, 1-3). Las referencias directas de Elo Alfonso se prolongan hasta 1112 (J. MONTENEGRO, Piasca, n.° 70). Resulta innecesario presentar la figura de su cónyuge, el conde Pedro Ansúrez (vid. J. RODRÍGUEZ, Pedro Ansúrez, León 1966); según este autor, los hijos del matrimonio fueron cuatro: Mayor (casada con Alvar Fáñez, y luego con Martín Pérez de Tordesillas, de donde proviene la familia Téllez de Meneses), María (esposa de Armengol V de Urgel), Urraca (casada con cierto conde Sancho), Alfonso (muerto en 1093, según reza su epitafio aparentemente sin descendencia) y Fernando (identificado por J. MONTENEGRO con «Fernán Pérez el arregaUado» que aparece circunstancialmente en la documentación de Piasca, n.° 90; estaba casado con cierta D.a Elo). Simplemente convendrá indicar, como signo del poder ostentado por el conde de la familia Banu Gómez, que, aparte de Carrion y Saldaña, tuvo las tenencias de Zamora, Toro, Tordesillas, Melgar, Torremormojón, Valladolid, Iscar, Cuéllar y Madrid de forma más o menos duradera, y que tras el fallecimiento de Elo Alfonso todavía volvió a casarse, pues desde 1114 aparece con su nueva esposa Elvira Sánchez (J. RODRÍGUEZ, ibid., 30 y 55). Pero Ansúrez parece haber iniciado su camino político simultáneamente a su futuro cuñado Martín Alfonso; al mismo tiempo que éste es «armiger» del monarca, Pedro Ansúrez aparece en 1067 como «maiordomus palacii», para desde 1070 ser mencionado en calidad de «comes» (ACL, Tumbo Legionense, fol. 181-182, y M. HERRERO, Sahagún, n.° 325). Desde esta última fecha hasta comienzos del siglo XII, el conde de Saldaña y Carrion suscribe continuamente las cartas de la familia Alfonso, lo que puede indicar que se hallaba casado con Elo mucho tiempo antes de que haya constancia documental. 4.2.1.3. Munio Alfonso Hay escasas noticias de este personaje, fuera de su identificación como «armiger» en 1065 (J. MONTENEGRO, Piasca, n.° 41) y unas suscripciones que pueden corresponderle en 1089 y 1090 (M. HERRERO, Sahagún, n.° 487 y 503). Rectifico con esto otra apreciación personal en que le atribuí título condal y la paternidad de Pedro y Pelayo Muñiz (Tierra de Campos, 356). 4.2.1.4. Gonzalo Alfonso En 1072, Gonzalo Alfonso ocupa por poco tiempo la alferecía de Alfonso VI (M. HERRERO, Sahagún, n.° 344). De tarde en tarde aparece confirmando documentos familiares o de otro tipo, siempre al lado de su hermano el conde Martín, el último de los cuales se fecha en 1086; si no falleció inmediatamente, al menos ya había muerto en 1094, cuando su madre Ildonza González hacía una donación a Sahagún por su alma (Id, ibid., n.os 458 y 570); se tiene la impresión de que, o no se casó, o Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 81 murió sin descendencia, pues en 1098 su hermana Elo era propietaria de diversos bienes que le habían pertenecido (Id, ibid., n.° 672). 4.2.1.5. María Alfonso En 1096 entrega al monasterio de Sahagún propiedades suyas situadas en Grajal y Melgar, concediendo al mismo tiempo al monasterio de San Pedro los bienes muebles que posea al morir (M. HERRERO, Sahagún, n.° 630). No hay entre los documentos consultados otras referencias. 4.2.1.6. Mayor Alfonso No he localizado ninguna referencia de este personaje, a excepción de su cita en la relación de hijos de Alfonso Muñiz de 1054, a que ya se hizo alusión en la nota correspondiente. A título de hipótesis indicaré, en primer lugar, que las propiedades de cierta «Domna Maiore» son linderas de las de un antiguo servidor de la familia en 1068, y que además en 1090 el conde Pedro Ansúrez recuerda que fue profiliado por cierta D.a Mayor, casada con Vermudo Muñoz y madre, al menos, de Sancha (M. HERRERO, Sahagún, n.os 300 y 501); tal vez sean indicios sobre dicha hija de Alfonso Muñiz. 4.2.1.7. Goto Alfonso A diferencia de todos los citados anteriormente, Goto Alfonso no aparece en el documento de 1054 que menciona los hijos de los condes Alfonso Muñiz e Ildonza González que vivían en esa fecha; debió nacer posteriormente, y murió pronto y sin descendencia, pues en 1071 su madre donaba a Sahagún varias divisas por el alma de Goto, hija de los condes (M. HERRERO, Sahagún, n.° 331). 4.2.1.8. Gutierre Alfonso Según se indicó en la nota correspondiente a Alfonso Muñiz, este Gutierre Alfonso pudo haber sido hijo suyo, aunque no legítimo, pues se refiere a su madre Fronilde cuando, en compañía de su mujer Sancha y sus hijos Alfonso y Rodrigo, dispone entregar a Sahagún su divisa en Elgare, caso de que «mea radice reamataverit» (M. HERRERO, Sahagún, n.° 318). Suscribe con cierta frecuencia en los documentos familiares, al menos entre 1068 y 1081. 4.2.2. Hija de Pedro Muñoz 4.2.2.1. María Pérez Esta hija ilegítima de Pedro Muñoz debió ser reconocida por su abuela Mumadonna Godesteiz, de la misma forma que Fronilde Gutiérrez lo hizo con Pelayo Vermúdez, o al menos quedó a su cargo. Eso puede explicar las formas en que la denomina, «mancipia» y «nepta», cuando al entregar bienes a instituciones religiosas descuenta los que le ha dado a aquélla en Valderrodias o en Fontihoyuelo (lugar que, por cierto, había correspondido a Pedro Muñoz en el «colmellum» de los tres varones legítimos de Munio Alfonso) (does, de referencia en ACL, Tumbo Legionense, fol. 35-35v, y M. HERRERO, Sahagún, n.° 332). La otra referencia posterior sigue siendo indirecta pues en 1102, Pelayo Muñoz, medio-hermano de Pedro, da noticia de que este repartió su divisa de Villaseca entre dichos Pelayo y María, a la que denomina «sobrine mee» (M. HERRERO, ibid., n.° 725); no se han averiguado otros datos. 82 Pascual Martínez Sopeña 4.2.3. Hijos de Pelayo Muñoz 4.2.3.1. 4.2.3.2. Rodrigo Peláez. Pedro Peláez. En el mismo documento citado en la nota anterior se indican los nombres de ambos hijos de Pelayo Muñoz y Gasenda Pérez; no he hallado ninguna otra referencia de ellos. 4.3. RAMA DE ADOSINDA ALFONSO 4.3.1. Hijos de Goto Muñiz 4.3.1.1. Juliana Muñiz (casada con Fernando Ermeildez) El matrimonio de Juliana Muñiz con Fernando Ermeildez se constata en 1069 (M. HERRERO, Sahagún, n.° 313); desde 1063, sin embargo, Juliana protagoniza documentos por sí sola, y todavía figura en otros junto con su hermana Paterna más tarde. Su última mención expresa data de 1084 (MAÑUECO y ZURITA, Sta. María de Valladolid, I, n.° 1, p. 3-5). Fernando Ermeildez vivía todavía en 1094, fecha en que coincide con Ermeildo Fernández, hijo de la pareja (M. HERRERO, ibid., n.° 569). Es posible que Fernando Ermeildez sea hijo de Ermeildo Núñez, otro posible vastago de Ñuño Ermeildez, el conde de Grajal en 1024; Ermeildo Núñez, casado con Adosinda, en 1042 hacía una donación a Sahagún de bienes en Villaveiga, cerca de Cisneros, donde es patente la herencia de los Banu Mirel (M. HERRERO, Sahagún, n.° 105), pero no figura en la carta de 1045 entre los nietos de Ñuño Mirélliz que eran propietarios de Sta. Lucía de Montes; confirma, en esa década, varias cartas relativas a la zona. Los hijos de Fernando Ermeildez y Juliana Muñiz se identifican por su filiación materna en 1101 (Id, ibid., n.° 721): se trata de Urraca, Ermeildo, Gutier, María, Mayor y Munia Fernández. La primera, Urraca Fernández, figura como abadesa; lo era del monasterio de S. Pedro, según se pone de manifiesto en 1107 (Id, ibid., n.° 804), en un documento que, como el anterior, hace referencia a la entrega de sus porciones en los monasterios propios de los Alfonso: Sta. María de Piasca y S. Martín de la Fuente. 4.3.1.2. Paterna Muñiz En el documento de 1069 aludido en la nota anterior, y en otro del mismo año, Paterna se identifica como hermana de Juliana Muñiz. Es la misma persona que protagoniza con anterioridad un acto de 1063 (ACL, n.° 247), y quizá la que, bajo el tratamiento de «comitissa Paterna, Christi ancilla», recibe para un monasterio familiar de los Banu Mirel, el de San Félix de Bovatella, ciertos bienes del presbítero Godesteo (M. HERRERO, Sahagún, n.° 171). Si ello es así —y las referencias de 1069 vinculan a ambas hermanas con raciones en San Félix—, el papel desempeñado por paterna en dicho cenobio sería similar al que Urraca Alfonso tenía en los monasterios particulares de San Martín de la Fuente y Santa María de Piasca, es decir, el de representar la tutela del linaje sobre dichas instituciones, dotadas por lo demás de abades propios. Después de 1069 no se recogen otras noticias de Paterna Muñiz. Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 83 4.3.1.3. Ñuño Muñiz A partir de 1064, Ñuño Muniz comienza a aparecer en las confirmaciones de los documentos familiares. Por espacio de un cuarto de siglo, su presencia como suscriptor es constante hasta que desaparece en 1090. Su nombre puede corresponder al «vigario» del conde Pedro Ansúrez en Tordesillas en 1085 (M. HERRERO, Sahagún, n.° 452). De su enlace con una mujer desconocida deben ser hijos Gonzalo, Pedro, Munio, Sancha, D.a Goto y María Núñez, protagonistas de dos donaciones a Sahagún en el año 1100 que afectan a bienes situados en el centro de Tierra de Campos, en la zona situada entre los ríos Sequillo y Camón (Id, ibid., n.os 709 y 710). Dado que Gonzalo Núñez ha compensado a sus hermanos con otros bienes a fin de entregar al cenobio de Domnos Sanctos una parte de la herencia común, se puede pensar que es el mismo personaje que en esos mismos años aparece junto al abad Diego de Sahagún adquiriendo diversas propiedades para el monasterio (Id, ibid., n.° 667, 696 y 712); Escalona considera que se trata del prior de Sahagún. En todo caso, no se dejará de observar que su coincidencia de nombre y cronología con el hijo de María Gutiérrez, que es cabeza de los Lara y también mantiene relaciones con Sahagún, deja la cuestión sin solución plena. 4.3.1.4. Urraca Muñiz La única referencia que he hallado de Urraca Muñiz proviene de su identificación como hermana de Ñuño Muñiz en 1070 (M. HERRERO, Sahagún, n.° 312); dado que este último dispone de la divisa de Urraca en San Félix de Bovatella puede imaginarse que ya había fallecido. 4.3.1.5. María Muñiz (casada con Munio Velázquez) La referencia de su matrimonio viene proporcionada por una carta de 1091, cuando Munio Velázquez ya había muerto (M. HERRERO, Sahagún, n.° 515); aparece allí con los hijos habidos de su enlace: Velasco, Mayor, Urraca, Sancha y Tegridia Muñoz. Vuelve a concurrir con ellos en 1095 (Id., ibid., n.° 603); aunque en la nómina faltan ya Mayor y Sancha, y aparece en su lugar cierta sobrina llamada Teresa Alvarez, hija de una de las ausentes). En 1096, ya fallecida María Muñiz, sus tres hijos vivos establecen un nuevo acuerdo con Sahagún (Id, ibid., n.° 635), institución con la que las relaciones no vienen siendo fáciles para el grupo familiar. En los últimos años del siglo XI y primeros del XII, Velasco Muñiz sigue presente como suscriptor de varios documentos de la comarca y de la familia. La personalidad de Munio Velázquez requiere un cierto comentario. Es hijo de Velasco González, eventual confirmante de cartas de los Alfonso en los años 1040, y de Tegridia, junto con la cual aparece haciendo una donación en 1055 (Id, ibid., n.° 205), lo que sirve como indicio para pensar en la desaparición previa de Velasco González. Pero las relaciones con los Alfonso quedan de relieve a través de su tío, Diego González, recompensado por el conde Munio con algunos bienes en Villavega, cerca de Cisneros (Id, ibid., n.° 95), por haberle acompañado al exilio. En esa zona y poco más al sur, en Pozadurama y Frechilla de Campos, radicaban los bienes familiares de Munio Velázquez, como ponen de relieve otros documentos (además de los citados en primer lugar, vid. Id, ibid., n.os. 131 y 146). Desde el año 1063, hasta la época de su fallecimiento, Munio Velázquez es suscriptor constante de las cartas de los Alfonso y de otras relativas a la comarca donde se hallan sus propiedades, de la misma forma que figura en algunos documentos reales. En 1090 se le hace 84 Pascual Martínez Sopeña tenente o señor de Pozadurama, el solar familiar, y ese mismo año figura como juez en un pleito que enfrenta al monasterio de Sahagún con Ildonza Ovequiz, a quien se reclaman bienes (Id, ibid., n.os, 494 y 496). 4.3.2. Hijos de Munia Muñiz 4.3.2.1. Marina Osoriz Tras las ocasiones en que aparece junto a su madre y hermanas, en 1081 se produce su última mención documentada, cuando entrega a cierto Avita Monniz bienes en ViUalba; aparece acompañada de sus hijos Martino, Antonino, María y Urraca, lo que deja suponer que ha quedado viuda anteriormente (ACL, n.° 264). 4.3.2.2. Elvira Osoriz Protagonista de algunas cartas cronológicamente intermedias, Elvira Osoriz comparece por última vez en 1107, al donar al monasterio de Sahagún su porción en el de San Martín de la Fuente (M. HERRERO, Sahagún, n.° 802). No consta en ningún momento que estuviese casada o su descendencia. Aprovecho para rectificar el enlace que le atribuí {vid. Tierra de Campos, 350) con Fernando Pérez, miembro de la familia Flaínez, que estuvo casado con otra mujer de los Banu Mirel, Elvira Núñez, la cual pertenecía a la generación precedente. 4.3.2.3. Adosinda Osoriz Sólo aparece identificada sin dudas en las cartas donde figura junto a sus padres y hermanos, o algunos de ellos; la última mención data de 1072 (M. HERRERO, Sahagún, n.° 347). 4.3.2.4. Gutier Osoriz Había fallecido ya en octubre de 1064, cuando su madre aplica por su alma varios de los bienes que dona a Sahagún; el documento tiene las características de una ficción jurídica, pues el difunto figura como otorgante, junto a sus padres y hermanas, de otros bienes (M. HERRERO, Sahagún, n.° 272). Desde 1062 hasta comienzos de 1064, su nombre figura repetidas veces en las suscripciones de las cartas de los Alfonso y de los Banu Mirel. Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 85 ANEXO A. Rodrigo, Ildonza y Adosina Ovequiz (hijos de Oveco Joannes) En 1075 se pone en boca de Ildonza Ovequiz y sus hermanos el término «propinquis nostris» para calificar su parentesco con la prole de Alfonso Díaz. Ya en 1048, los tres hermanos comparecen en una carta junto a ellos, figurando como hijos de Ovecco Joannes; veinte años más tarde, se atribuyen a Ildonza y Adosinda Ovequiz propiedades en Vega de Cofiñal, Palazuelo de Curueño, Tendal, Amellas, Oteruelo, Villaescusa, Villacidayo, Lorma, Villa Alcon, Añoza, Casares, Macintos, Población y Paredes, y algo más tarde en Torices; por \o demás, se sabe que Rodrigo Ovequiz tenía porción en Sta. María de Piasca (documentos de referencia: M. HERRERO, Sahagún, n.os 152, 299, 310; J. MONTENEGRO, Piasca, n.s. 50 y 61). Por lo que respecta a otros aspectos de su vida, se sabe que Rodrigo Ovequiz fue exonerado por Alfonso VI (C. CARLE, Gran propiedad, 39). En 1090 ya había fallecido Adosinda, pero no Ildonza, envuelta en esos momentos en un pleito con Sahagún (M. HERRERO, ibid., n.° 496). No hay datos concretos sobre descendientes de ninguno de ellos. Estos datos plantean diversos problemas. En primer término, la identificación de Oveco Joannes. Hallo su nombre en 1020, como suscriptor de la carta en que el conde Fernando Flaínez y su familia dotan al monasterio de San Martín de Pereda (L. FERNÁNDEZ, Colección Diplomática de la Abadía de Sta. María de Benevivere, 1020-1561), Madrid, 1967, n.° 1, 5-7). También confirma otro documento de 1026, en que el conde Diego Fernández devuelve Villa Revelle a la catedral de León, usurpada años atrás (J. M. Ruiz ASENCIO, Colección Diplomática de la catedral de León, n.° 830, en prensa); el dato de mayor interés es que figura entre García, Munio y Gutier Alfonso. A excepción de su referencia indirecta de 1048, no vuelvo a encontrar su nombre hasta 1051, suscribiendo una carta otorgada por Urraca Alfonso; esta es su última mención (M. HERRERO, ibid., n.° 178). De estos escasos datos se deduce su continuada relación con los Alfonso y sus posibles vínculos con los condes Fernando Flaínez y Diego Fernández. El patrimonio de sus hijos es el segundo elemento a considerar. De acuerdo con la lista de sus propiedades, se podía ver a modo de tres componentes; uno, el de las coincidencias locales con los Alfonso (Torices y Piasca; además, Añoza, Población y Moratinos); otro, las coincidencias con los Banu Mirel (aparte de los tres últimos lugares citados, Villa Alcón, Casares y Paredes); un tercer grupo tendría como denominador común el Norte y alrededores de la ciudad de León, englobando a los demás núcleos. En relación con lo dicho antes, se trata de lugares situados en las tierras altas donde predominan los Flaínez, con los que aparecía relacionado Ovecco Joannes, y por tanto resulta plausible pensar que son los que corresponden a la herencia paterna de Rodrigo, Ildonza y Adosinda Ovequiz. Si Ovecco Joannes no era miembro de aquel linaje, al menos era un propietario vecino de los Flaínez. En tales condiciones, la vinculación con los Alfonso tuvo que provenir de vía femenina. Ante esto se plantean dos hipótesis: la primera, que Ovecco Joannes hubiera casado con una hermana de Alfonso Díaz o de María, lo que proporcionaría explicaciones parciales para la situación de las propiedades de sus hijos junto a las de los Alfonso o las de los Banu Mirel; lo difícil sería saber por qué las tienen junto a las de ambos grupos. ¿Quizá con motivo de haber sido adoptados los vastagos de su hermana o de su cuñada por María, concediendo a los supuestos huérfanos un dere- 86 Pascual Martínez Sopeña cho de participación al lado de sus propios hijos? Dado que Ovecco Joannes todavía vivía en 1051, y que la primera referencia de derechos conjuntos data de 1048, esto resulta muy raro. La segunda hipótesis es, si cabe, más arriesgada, pero adelanto que la estimo verosímil. Parte de considerar un posible segundo enlace de María, ya viuda de Alfonso Díaz, con el propio Ovecco Joannes, del que serían fruto Rodrigo, Ildonza y Adosinda. Volvamos a los textos: en el citado de 1048, la relación de herederos de Alfonso y María viene encabezada por la indicación «domnis meis filios de Alfonso Didaz vel domna María»; en 1071, Urraca Alfonso estipula en una concesión de behetría que el beneficiado deberá servir «inter filios et neptos de illo comité Domno Adefonso Didaz et de Domna Maria, extra illa ratione de Rodrigo Ovequit», lo cual es una forma de incluirlo en la filiación (J. MONTENEGRO, ibid., n.° 49); en 1077, Ildonza Ovequiz concede otra behetría, cuyo poseedor podrá escoger señor «inter casata de Vanimirel aut inter casata de Alfonso Didaz» (M. HERRERO, ibid., n.° 384). Naturalmente, este segundo supuesto enlace debió acompañarse de acuerdos sobre el futuro reparto del patrimonio; pero este tipo de precisiones son conocidos, y la carta de arras de Munio Alfonso a su segunda mujer, Mumadonna Godesteiz, constituye un ejemplo cercano al proyectar que los hijos de los dos matrimonios sucesivos puedan participar conjuntamente en el disfrute de las herencias de ambas madres. B. Los hijos de Meriendo Pérez: Fernando Menéndez En septiembre de 1108, Fernando Menéndez donaba al monasterio de Sahagún su divisa y la de su fallecido hermano Pedro en los monasterios de Santa María de Piasca y San Martín de la Fuente, así como lo que había pertenecido a Pedro Menéndez en Melgar de Abduz y Castellanos (M. HERRERO, Sahagún, n.° 810). Dado que ambos cenobios eran propiedad de la familia Alfonso, la cual estaba también implantada en Melgar, se plantea que aquellas personas debían estar relacionadas con el linaje; la cuestión no queda resuelta satisfactoriamente con la documentación manejada. El punto de arranque es el matrimonio de cierto Ñuño Vermúdez y Goto Muñiz, la cual recibió de su marido en arras sus propiedades de Villafámete, San Martín del Cea y Villadolquiti, en el Esla, (Id., ibid., n.os. 597 y 656). Hija de ambos fue María Núñez, propietaria además en Cespedosa de la Cueza y Celada de Valderaduey (Id., ibid., n.° 562), la cual casó con Menendo Pérez, naciendo de esta unión los antes citados Pedro y Fernando Menéndez, además de Teresa y Adosinda, como aparece en el último de los documentos referidos. Menendo Pérez era castellano (F. J. HERNÁNDEZ, Los Cartularios de Toledo, Madrid, 1985, n.° 2) y confirma en algunas cartas reales y en otras de la propia familia Alfonso entre 1080 y 1095. Había fallecido ya en 1096, cuando su hijos dieron por su alma bienes en Villaf ámete y Bercianos (M. HERRERO, ibid., n.° 620). El repetidamente citado Fernando Menéndez aparece muchas veces más tarde, en el séquito de la reina Urraca; en 1113 era tenente de Villalobos (ACL, n.° 266). Para plantear alguna hipótesis me ha parecido conveniente recurrir a la implantación territorial de la familia. Destaca que de parte del antepasado Ñuño Vermúdez Parentesco y poder en León durante el siglo XI... 87 se hayan heredado bienes en Villaf ámete, y que su hija María los tuviera en Cespedosa y Celada. Las tres localidades están relacionadas con la familia Alfonso, y de modo especial la primera, concedida por Fernando I a los condes Gutier y Munio entre 1038 y 1042. Repartida a medias como otras villas que les fueron donadas en la misma oportunidad, la figura de Ñuño Vermúdez como propietario allí le puede hacer vastago de alguna hija de los condes; pero sólo Gutier tuvo hijas, y de éstas sólo Velasquita podría haber casado con alguien llamado Vermudo, tal vez el propietario en tierras del Cea y del Esla de quien hereda también Ñuño Vermúdez. Pero, como se ha visto, no se sabe nada del matrimonio de Velasquita, y la hipótesis queda simplemente aquí; desde luego, si así fuera, sería fácil explicar la presencia de sus supuestos descendientes en los monasterios anteriores o en Melgar. Hay otra posibilidad, y es que no exista una relación de sangre con el linaje. Aun coincidiendo la herencia de Villaf ámete y todo lo demás, se podría pensar en una adquisición de bienes por parte de Ñuño Vermúdez y por parte de algún otro miembro de su progenie, a gentes de la familia Alfonso, de suerte que a través de alguna donación o venta desconocida llegaran a poseer bienes de relativa importancia extraídos del patrimonio de aquel linaje.