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Documentos para el estudio del arte en Castilla: plateros de los siglos XVII y XVIII

García Chico, Esteban

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DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE EN CASTILLA por ESTEBAN GARCÍA CHICO PLATEROS DE LOS SIGLOS XVII Y XVIII JUAN DE NAPOLES • Celano v a. Monasterio de San Rosendo. Arcas de plata Sepan quantos esta c arta de obligacion y concierto y lo demas en ella contenido vieren como nos el doctor don Luis Niño chantre de la yglesia catedral de Vallid y vecino della en nombre e como procurador que soy del abad monjes e convento del monasterio del señor San Rosendo de Celanova que es en el reyno de galicia de la orden del señor san benito por virtud del poder que dellos tengo de la una parte de la otra juan de napoles platero Y marcela de montanos su muger todos de la ciudad de Vallid = decimos que por quanto entre nos las dichas partes sea tratado e concertado que yo el dicho juan de napoles platero haya de hazer y labrar dos arcas de plata para el dicho monasterio de zelanova para la custodia de los cuerpos de los gloriosos santos rosendo y sant torcuato que hay en el monasterio conforme a cierta tr a za y modelo que pa ra la labra sea fecho y dibuxado por nuestra orden cuyo modelo y dibuxo va firmado de nuestros nombres: Las condiciones con que sea de hazer y labrar dos arcas de plata para el monasterio de san rosendo patron e fundador del dicho convento y sant torcuato questan en el di cho monasterio para que con mayor veneración dichos cuerpos santos esten en custodia en las dichas arcas de plata. -Primeramente sean de hazer e labrar las dos arcas de plata para la custodia de los dichos cuer pos santos que pesen ducientos e quarenta marcos diez mas o menos los quales el maestro que la ha de hazer las de acabadas y puestas en perfecion dentro de dos años... conforme a la traza e modelo que para ello sea hecho questa firmado e rubricado de mi juan de napoles que me tengo que obligar a dar he c has y acabadas y puestas en perfecion las dos arcas de plata ... -Yten es condicion que cada una de las dichas arcas a de ser de largo cada una dellas de una vara y al respeto desto el ancho y alto que convenga segun arte. -Yten es condicion que cada una de las dichas dos arcas a de llevar 154 ESTEBAN GARCÍA CHICO quatro ystorias circulares de medio relieve conforme a la orden que se diera y señalare para ello al dicho juan de napoles por el dicho convento y lo demas de las dichas arcas han de llevar esmaltes a donde fuere necesarios. -Yten es condicion que si en las dichas arcas o en alguna dellas el dicho juan de napoles hechare alguna plata sin tener necesidad que declarando oficiales del arte que no fuere necesario hechar no se haya de pagar por la plata que asi hechare mas del peso que tuviere la dicha plata . -Yten es condicion que acabada la obra de las dos arcas de plata se hayan de tasar y tasen por maestros peritos en el arte nombrados por la• partes intresadas los quales sino las tasaran cada marco dellas por dos ducados mas del concierto de los dichos ochenta reales por cada marco labrado se haya de baxar y baxe al dicho juan de napoles del precio de los ochenta reales lo que menos fuere de este concierto y lo que mas subiere de la tasacion sera para el dicho monasterio e no se haya de dar cosa ninguna al dicho juan de napoles. -Yten es condicion quel dicho juan de napoles no sea obligado a poner las dichas arcas de plata acabadas como dicho es en el dicho monasterio de celanova sino en esta ciudad en poder del dicho señor chantre o de quien tuviere poder el dicho monasterio. Con las dichas condiciones sean de acabar las dichas dos arcas de plata de suso declaradas y lo firmaron de sus nombres. Las quales dichas condiciones suso yncorporadas nos las dichas partes las habemos visto y entendido por las haber firmado de nuestros nombres ... e como ciertas dellas las guardaremos e cumpliremos segun e de la manera que en ellas se contiene sin alterar ni mudar en cosa alguna .. . en testimonio de lo qual las dichas partes como dicho es cada una por lo que nos toca otorgamos esta publica escriptura.. . en la ciudad de vallid a once dias del mes de abril de mil quinientos noventa e ocho años siendo testigos juan de angulo y jorge de ortega y juan martín vezinos de vallid y los otorgantes que yo el dicho escribano doy fee conozc ·o lo firmaron de sus nombres en 11 registro. Don Luis Niño Chantre de Valladolid Don Alonso Vaca de Santiago Pasó ante mf Cristóbal de Madrigal (AH. P. de Va.Uia.dolid. N.º 893. Folio 155.) DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. 155 Oviedo. Catiedral. Custodia En la ciudad de vallid a diez y seis dias del mes de noviembre de mil 1eiscientos quince años... parescio presente de una parte juan de na polea Y de la otra juan lorenzo plateros vezinos desta ciudad = y dijeron que el dicho juan de napoles esta encargado de hazer una custodia de plata para la santa yglesia de oviedo que a de pesar ducientos e veinte marcos poco mas o menos para cuyo cumplimiento el dicho juan de napoles dio por su fiador al dicho juan lorenzo el ya hecho la dicha fianza de bajo de que se hubiese de hacer entrellos la escritura siguiente: -Quel dicho juan de napoles haya de entregar al dicho juan lorenzo en resguardo y prendas de la dicha fianza todo el dinero que fuere rescibiendo por quenta de la dicha custodia y a ello a de ser compelido por todo rigor= y agora le entregara mil ducados que por quenta della se le han dado al juan de napoles de los quales el dicho juan lorenzo se dio por contento por quanto los rescibio en plata agora de presente ... -Que) dicho juan lorenzo haya de yr entregando a juan de napoles para labrar la custodia los mil ducados y los demas que fueren dando a juan de napoles al dicho juan lorenzo en esta manera ... · -Que juan lorenzo a de tener un libro en que juan de napoles vaya escribiendo y firmando el dinero que fuere rescibiendo de juan loreru:o y la plata labrada que juan de napoles le fuere entregando y el mismo juan de napoles a de tener un libro en el · que juan lorenzo escriba y firme tambien la plata labrada que rescibe y dinero que fuere dando para que por qual - quiera de los dichos libros cada uno de los otorgantes pueda hacer la quenta de lo que hubiere dado y rescibido ... -Que despues de acabada de labrar la custodia el dicho juan lorenzo a de entregar lo que della tuviere a juan de napoles para que la vaya haciendo y armando sin que juan de napoles tenga obligación de la volver a entregar a juan lorenzo porque juan de napoles a de quedar con ella para la entregar a la dicha yglesia y cumplir con lo que esta obligado en su favor con juan lorenzo que quedara libre de la dicha fianza y en la dicha forma se hizo esta escritura por ambas partes las quales se obligaron con 11u1 personas a bienes . .. e lo firmaron lo dichos otorgantes a quien 70 el dicho escribano doy fee que conozco ... Juan de Nápoles Juan Lorenzo (A . H. P. de Valladolid. N.O 1.113. Folio J.287.) Seguidamente viene una carta de pago firmada por Juan de Nápoles de 11.000 reales que recibe a buena cuenta de manos de don Pedro del Campo, canónigo de la santa Iglesia de Oviedo, para la obra de la custodia . Ampudia. Colegiata . Relicario del Lignum Cruda En la villa de ampudia a ocho dias del mes de abril de mil seiscientos doze ... parescio presente juan de napoles platero de plata vecino de vallid parte principal y el licenciado hugo de bayo canonigo de la santa yglesia 156 ESTEBAN GARCÍA CHICO colegial desta villa e vecino della como su fiador e principal pagador .. . 1 dixeron que por quanto a de hacer una cruz de plata para poner el santo Lignum Crucis questa en la dicha santa yglesia.. . y que dicho juan de napoles platero lo baria como esta concertado con el abad y cabildo de la santa yglesia con las condiciones siguientes: -Primeramente que la cruz a de ser conforme al modelo que lleva el qual a de volver como va. -Yten que no a de ser la caxa de mas peso de nueve o diez marcos de plata y si escediere dello no a de llevar por lo que escediere cosa ninguna, sino que lo dara gracioso . -Yten que a de dar la cruz hecha y acabada para el dia de pasqua del espiritu santo deste año seiscientos doce y no lo habiendolo cumplido para el dicho dia pierda del precio della diez ducados . -Yten que la cruz a de ser labrada y dorada y esmaltada conforme al dicho modelo arriba dicho y a de ser a contento del señor abad y cabildo y regimiento desta villa. -Yten que le a de dar por cada marco labrado y dorado diez ducados y quatro reales. -Yten que los remates de oro y donde sean de engastar el Lignum Crucis sea de pagar la hechura conveniente. Canónigo Andrés Camago Juan de Nápoles Pasó ante mi Pedro Alexandre (A . H . P. de Palencia. N.0 2.703. Folio 599.) FRANCISCO REYNALTE Madrid. Carta de pago En la villa de madrid a veinte y seis dias del mes de abril de mill aeiacientos y once años. .. parecio presente francisco reynalte platero de oro de su magestad y dijo . que se dava y dio por contento y pagado a toda 1u voluntad del señor garcía mazo de la vega secretario de su magestad como tesorero del señor duque de lerma de siete mill ciento quarenta maravedís que hubo de haver por el peso y echura de unos botones de oro ... y dello otorgo carta de pago en forma y lo firmo qual doy fee que conozco. Pasó ante mí Esteban de Liaño H P de Madrid. Legajo 1.860. Folio 1.464.) (A . . . l>OCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. 157 Madrid. Hechura de unas alhajas del Duque de Lerma En la villa de madrid a veinte y cinco de mayo de mili seiscientos y once años ante mi el escrivano e testigos parecio presente francisco reynalte platero de oro de su magestad y dijo que se dava y dio por contento y pagado a toda sa voluntad del señor garcia mazo de la vega secretario de su magestad como tesorero del señor duque de lerma de trescientos y treinta y siete reales Y medio que su excelencia por libranza firmada de su mano fecha a dos deste presente mes de mayo se manda pagar por el precio y echura de doa cintillos de oro esmaltados que hizo para el servicio de su excelencia y confeso averlos recivido en dineros de contado por mano de femando de segura criado de su excelencia . .. y dello otorgo carta de pago en forma y lo firmo qual doy fee que conozco. Francisco Reynalte Pasó ante mí Esteban de Liaño (A. H. P. de Madrid . Legajo 1.860. Folio 1.464.) MATEO GAMONAL Calabazanos (Palencia). Monasterio de Clarisas En la villa de madrid a veinte dias del mes de julio de mil seiscientos once años ante mi el escrivano y testigos parecio presente mateo gamonal platero de oro residente en esta corte en nombre de la abadesa vicaria moxas y convento del monasterio de nuestra señora de la consolacion de la villa de calabazanos de la borden de san francisco y en virtud del poder que de suyo tiene especialmente para cobrar lo corrido y que corriere del censo que ira declarado que paso y se otorgo ante juan espina escrivano su fecha a seis días del mes de agosto del año proximo e pasado de mili seiscientos diez = de que usando digo y otorgo que se daba por contento y pagado a toda su voluntad del señor secretario garcía mazo de la vega como tesorero del señor duque le terma de veinte y tres mili doscientos catorce maravedis de la paga de san juan de junio pasado deste año de mili seiscientos once de los quarenta y seis mill quatrocientos veinte y ocho maravedis de censo en cada un año que el dicho monasterio tiene ... (A. H. P. de Madrid. Legajo 1.860. Folio 1.454.) 158 ESTEBAN GARCÍA CHICO DIEGO DE ZABALA Valdemoro. Franciscanas Descalzas. Custodia y cruz En la villa de madrid a diez y siete días del mes de agosto de mill seiscientos once años parecio presente diego de zabala platero residente en esta corte y dijo que se dava y dio por contento y pagado a toda su voluntad del señor garcia mazo de la vega secretario de su magestad como tesorero del señor duque de lerma de dos mili duscientos y sesenta reales que valen setenta y seis mili ochocientos sesenta y quatro maravedis que su excelencia por libranza firmada de su mano fecha a 29 días del mes de jullio deste año paga a saver los seiscientos noventa y cinco reales dellos por una custodia de plata dorada que por su borden hizo para el monasterio de franciscanas descalzas de su villa de valdemoro y los mili quinientos y sesenta y seis restantes por una cruz de plata dorada con sus recuadros y picada de lustre que ansi mismo hizo para el dicho monasterio como se declara en la libranza por quanto recivio en dineros de contado por mano de fernando segura criado del señor duque .. . Diego Zavala Pasó ante mi Esteban de Liaño (A. H. P. de Madrid. Legajo 1.860. Folio 1.431.) Madrid. Aderezo de diversas piezas de plata del Duque de Lerma En la villa de Madrid a diez y nueve dias del mes de junio de mili seiscientos doce años parecio presente diego de zabala platero vezino desta villa de madrid y dijo que se daba y dio por contento y pagado a toda su voluntad del señor juan ladron de guevara contador del sueldo de su magestad como tesorero del señor duque de lerma quatro mili sesenta y ocho reales que valen ciento treinta y ocho mili trescientos doce maravedís que su excelencia por libranza firmada de su mano fecha a dos de diciembre del año pasado de mil seiscientos once le manda pagar a cumplimiento siete mili quatrocientos sesenta y tres reales que hubo de haber por diversas piezas de plata aderezos y obras de su oficio que a hecho para el servicio de su excelencia desde el veinte de noviembre del año seiscientos siete hasta el trece de mayo del dicho seiscientos once como se declara en la dicha libranza a que se refiere ... Diego de Zabala (A. H. P. de Madrid . Legajo 1.861. Folio 516.) Valdemoro. Monasterio de Descalzas Franciscanas . Pie de cruz En la villa de Madrid a diez Y nueve dias del mes de junio de mili seiscientos doce años ante mi el ~scrivano Y testigos parecio presente diego de zabala platero vezino de la villa de madrid y dijo que se daba y dio por contento y pagado a toda su voluntad del señor juan ladron de guevara contador del sueldo de su magestad como tesorero del duque de lerma de DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. 159 aeaenta Y quatro mili ochocientos treinta y un maravedis que su excelencia por libranza firmada de su mano fecha a seis dias desde presente mea Y año le manda pagar por un pie de cruz de plata dorada con quatro ystoriaa Y sus cartelas y resaltiados con sus remates y picado con las armas de su excelencia que por su mandado se hizo para el guion de] monaterio de las descalzas franciscanas de su villa de valdemoro a quien entrego que peso quince marcos tres onzas y una ochava a razon de trece ducados e] marco como consta por fee del contraste y certificacion del dicho señor juan ladron de guevara como se declara en el dicho libramiento a que se refiere ... y ansi lo otorgo y firmo . Diego de ZabaJa (A . H. P. de Madrid. Legajo 1.861. Folio 517.) LESMES FERNANDEZ DEL MORAL Madrid. Testamento Ynde y nomine . Ai:nen. Sepan quantos esta carta de testamento huJtima 1 postrimera boJuntad hieren como yo lesmes femandez del moral ensayador mayor de las casas de moneda destos reynos por su magestad natural de] lugar cubillo en el arzobispado de burgos residente en esta corte estando como estoy enfermo de mi cuerpo ques cosa natural a toda criatura bibiente y creyente como firmemente creo en el misterio de Ja santisima trinidad ... otorgo esta carta que hago y hordeno mi testamento en la forma siguiente : -Primeramente encomiendo mi alma a dios nuestro señor que la crio Y redimio por Jos me ritos de su preciosisima sangre. .. y es mi voluntad que quando la suya fuere de me llevar desta presente vida mi cuerpo sea depositado en el monasterio de nuestra señora del carmen calzado desta villa de madrid en Ja parte y lugar que pareciere a mis testamentarios y acompañe mi cuerpo la cruz de la yglesia de san gines perrocha de Ja villa de madrid donde soy perrochano con Jos clerigos y frailes y niños de Ja doctrina y hermanos de anton martin que lleven mi cuerpo que pareciere a mis testamentarios .. . -Yten mando que mis guesos se lleven al lugar de pesquera que hes en el dicho arzobispado y se entierre en la yglesia de señor san sebastian del dicho lugar donde mando se haga una arco o capilla o alcoba la qual sea de hacer al lado izquierdo de la dicha yglesia enfrente de la que tiene el señor don rodrigo merino de porras mi suegro haciendo Ja obra Y altar en la forma y como a el le pareciere y a los demas testamentarios. -Yten mando se digan en el monasterio de la madre de dios que hes de monjas de la ciudad de burgos donde esta enterrada doña germana de arfe villafañez mi primera muger una misa rezada todas las semanas de] año perpetuamente al qua! se diga el lunes de cada semana en el dicho monesterio por mis testamentarios señalando y concretando la renta perpetua que fuere menester para ello la qua! se diga por el alma de la dicha germana y mia Y de sus padres mios. Yten mando se me digan por mi alma y de la dicha mi muger Y de mis padrea y suyos otras quatrocientas misas rezadas las doscientas en el dicho 160 ESTEBAN GARCÍA CHICO monasterio del carmen calzado donde ansi me mando depositar y las otras cien en la dicha yglesia de san gines donde soy parrochano por el dicho de la quarta parte y las otras cien restantes en el lugar de pesquera donde an de llevar mis guesos . . .. ... ... ... ... ... . .. . .. ... ... . .. ... ... ... . .. . .. .. . ... . .. ... . .. ... .. . ... . .. -Yten mando se entierre mi cuerpo con el habito de nuestra señora del carmen y se pague por el la limosna que se acostumbre -Yten nombro por persona que use y exerza el oficio de ensayador de la casa de la moneda de la ciudad de segovia a pedro enrriquez platero residente en esta villa de madrid al qual se le de por le usar y exercer aquello que ae concertare con el y mereciese lo cual hagan mis testamentarios y lo que mas valiere el dicho oficio de lo que concertare con el se le a de dar por le usar y ebc:ercer a de ser y sea y lo an de aver y heredar los heredieroa que yo dexare nombrados por mi testamento. ... .. . . .. ... ... ... . .. ... . .. . .. .. . ... ... ... ... ... . ..... .... .. .. .. .. ... .. . -Yten J]lando al señor san ysidro desta villa de madrid quatro reales. -Yten digo que por quanto yo tengo una hija que se llama germana francisca que hube con cierta muger estando casado mando que los herederos que yo dexare nombrados por este mi testamento tengan la obligacion a la sustentar y alimentar y metella monja en el monasterio de santo domingo ques en el lugar de cariega o · en otro quellos mas quisieren pagando de mi ha - cienda todo lo que se concertare por razon de recivilla por tal monja. -Yten dexo y nombro por mis testamentarios perpetuos aunque se pase el año de albaceazgo al dicho rodrigo merino de porras mi suegro Y a doña ana merino de porras su hija mi muger y a doña angela del moral mi hermana a las quales y a cada uno dellos por . si ynsolidum doy y otorgo todo mi poder para que cumplan este mi testamento y todo en el contenido. -Yten digo que por quanto yo he servido a su mag1estad muchos años en el oficio de ensayador de la dicha casa de la moneda de siegovia Y agora le sirvo en el de ensayador del reyno y tengo nombrado por mi teniente conforme a mi titulo a juan de carranza albear platero vezino desta villa de madrid el qua] es persona abil y suficiente y en qu i en concurren las calidades de derecho necesarias para que su magestad y señores de su consejo de camara le hagan merced de nombrarle despues de mis dias por tal ensayador mayor del reyno y ansi declaro por persona benemerita para ello al dicho juan carranza y pido y suplico a su magestad se sirva de hazelle esta merced en pago de sus servicios y mios. Y cumplido y pagado este mi testamento y todo en el contenido en el remanente que quedare de todos mis bienes muebles y raizes juros y censos despues de mi muerte dexo y nombro por mis her e deros universales en todos ellos & doña ana merino de pa rras mi muger y doña angela del moral mi hermana para que todas ellas los hayan y hereden por yguales partes tanto la una como la otra a las quales ruego y enca r go tengan e.n su casa crien 1 doctrinen a la dicha g~rmana fran c isca mi hija hasta meterla en relig ion como va dicho en este mt testamento. .. en test imonio de lo qua! lo otorgue ansi ante el presente escrivano Y testigos que fue flecho y otorgado en la · na de madrid a veinte Y siete dias del mes de marzo de mili seiscientos :int.e y tres años siendo testigos el padre fray diego martinez de la horden DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. 161 de nuestra señóra del carmen, juan de espinosa pedro perez de carrion y don pedro fernandez de angulo comisario de infantería española y francisco de murga estantes en esta corte y el dicho otorgante que yo el escrivano doy fee que conozco lo firmo de su nombre. Lesmes Fernández del Moral Pasó ante mí Antonio de la Riba Gastos de entierro y funeral Memorial de los maravedís que se gastaron en el entierro misas y funeral de lesmes fernandez del moral: -Primeramente doscientos cinquenta y cinco reales que se pago a luis de hoyos cerero por la cera que dio para su entierro de que hay carta de pago . -Al convento del carmen de los derechos de entierro deposito de la boveda , doce misas rezadas del alma y doscientas misas rezadas y otras cosas, secientos setenta y nueve reales como parecio por carta de pago. -A baltasar correas sepulturero del convento de nuestra señora del carmen ochenta reales de los derechos de los paños de luto con que se enluto la yglesia y del paño de la ataud y tumba cal y abrir la boveda y otras cosas. -A fray diego martinez de la di cha borden de nuestra señora del carmen veinte y quatro reales de limosna de dos misas del alma parecio por carta de pago. -A juan lorenzo hermano del ospital de los desamparados dos ducados del acompañamiento de los niños. -Al ospital de anton martín de llebar el cuerpo veinte y quatro reales parecio por carta de pago. -Mas doscientos y diez y siete reales a la yglesia de san gines donde fue parrochiano el dicho lesmes fernandez del moral de los derechos de la quarta parte de las misas acompañamiento de clerigos y otras cosas como parece por carta de pago. Monta este memorial como parece de las partidas de suso quarenta y quatro mili e treinta maravedís. Antonio de la Riba (A. H. P. de Madrid. Legajo 2.672. Folio 740.) Madrid. Inventario y partición de los bienes Particion de los bienes de lesmes fernandez del moral ensayad•r mayor de las casas de Ja moneda del reino entre sus herederos . Doña ana merino porras viuda de lesmes fernandez del moral Y doña angela del moral hermana del suso dicho como testamentarios Y herederos del dicho lesmes fernandez del moral decimos que el suso dicho es muerto y pasado desta presente vida y es necesario hacer ym-entario de los bienes que quedaron por su fin y mue r te. A V. m. pedimos Y suplicamos mande 168 ESTEBAN GARCÍA CHICO Valladolid. Colegio de San Gregorio . Una obra de plata Parescio presente juan lorenzo platero de plata vecino desta ciudad Y confeso de haber recibido de fray jeronimo elias procurador del colegio de san gregorio desta ci udad una cruz de plata antigua dorada que pesada en el contraste peso cinquenta y seis marcos que Jos quatro dellos es plata blanca los quales recibe para con ellos hacer cierta obra quel padre fray jeronimo de elias le a encargado y ordenado .. . Pesa la cruz antigua de plata dorada el contraste de la ciudad Alonso Requejo . (A . H. P. de Valladolid. N. 0 1.551. Folio 430.) Valladolid. Carta de aprendizaje .. . como yo madalena tesevra conberch flamenca muger de xaques de colona flamenco ausente . vezina de la villa de medina de rioseco estante al presente en esta cidad de vallid otorgo por esta carta que asiento Y pongo con juan lorenzo platero vezino de la dicha ciudad a juan colona mi hijo de edad de diez y ocho años poco mas o menos para que lo tenga en su casa Y servicio enseñandole el dicho oficio de platero de plata por tiempo de cinco años cumplidos... el qual en el dicho tiempo Je a de tener en su casa e servicio como tal aprendiz dandole de comer y beber y cama en que duerma y camisa !abada a su costa y curar las enfermedades que tuviere durante el dicho tiempo a su costa que no pasen de quince dias Y lo que mas pasaren han de ser por mi quenta y el calzar y bestir durante el dicho tiempo se lo tengo de dar a mi propia costa sin que el dicho lorenzo se lo de y en fin de los dichos cinco años le a de dar enseñado el dicho oficio a vista y contento de oficiales que dello entiendan e le tendra en su casa hasta que lo sepa dandole lo que un oficial de platero de plata Y para seguridad de que esta escritura doy por mi fiador alonso de cojios mercader flamenco ... Valladolid, 12 enero 1616. Alonso de Cojios Juan Lorenzo (A . H. P. de Valladolid. N.º 864. Folio s.f .) Monasterio de la Santa Espina . Dos lámparas Juan Lorenzo y su mujer Maria de Medina se obligan hacer dos lámparas de plata blanca para el monasterio de la Santa Espina, co~orme otra que tiene el monasterio, que cada una han de costar unos doscientos ducados. La encargo, y por lo tanto la escritura de concierto la firma con el artista , el Padre Fray Luis Bernardo, catedrático de Escritura de la Universidad de Salamanca. Valladolid, 7 diciembre 1616. (A. H. P. de Valladolid. N. 0 1.749. Folio 951.) DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. 169 Valladolid. Porta Celi. Reja Juan Lorenzo otorga un poder a favor de Juanes Guerra, vecino de San Sebastián, y Juan Pérez, vecino de Bilbao, para que en su nombre puedan comprar en las referidas villas o en otra cualquiera parte o lugar la cantidad de cizalla campanil u otro qualquier género de metal. .. , todo ello para la reja que estoy labrando y fabricando para el marqués de sieteyglesias y para la capilla mayor de su yglesia de nuestra señora de porta celi desta ciudad y asi mismo les doy este poder para que en mi nombre lo diezmen en vitoria o en otro cu ail quier puerto de su ma · gestad por donde viniere y se me enviare el dicho metal por mi quenta a la dicha ciudad ..• Valladolid, 20 abril 1618. Juan Lorenzo (A . H. P. de Valladolid . N.º 1.749. Folio 295.) Monasterio de Nuestra Señora de Retuerta. Báculo . . . me obligo hacer para el monasterio de nuestra señora de retuerta de la orden premostrense un baculo de plata blanca que a de pesar mili reales cien reales mas o menos el qual a de ser de largo como el baculo dorado del obispo desta ciudad de vallid sin faltar en el cosa alguna ansi en el baculo como en la maza salvo que la bara como es lisa la del seifor obispo porque esta a de ser labrada y lo a de dar hecho y acabado en toda perfecion para el primero de mayo primero que viene. .. mas dare el baculo para que sirva para el capitulo general que sea de hacer en el dicho mes de mayo ... y se me a de pagar a razon el marco de noventa J' quatro reales .. . Valladolid, 17 marzo 1621. Fray Pedro Zorrilla Juan Lorenzo (A. H. P. de Valladolid. N. 0 864. Folio 10 .) Toro. Santo Tomé. Crm de plata . .. otorgo que me obligo de hacer y hare con toda perlecion acabada para el dia de san juan de junio que vendra para la yglesia de señor santo tome de la ciudad de toro un guion de plata sin bara que tenga de peso cinco marcos y medio mas o menos de la hechura e modo quel guion que al presente tiene la yglesia del señor santiago de vallid = y un yncensario Y naveta liso muy bien hecho y acabado .. . para su hechura recibido agora de presente veynte marcos y seis onzas de plata vieja .. . Valladolid , 22 abril 1621. Juan Lorenzo A. H. P. de Valladolid. N.0 1. 094 . S. f.) 170 ESTEBAN GARCÍA CHICO Monasterio · de · San Cristóbal de Ibeas. Báculo Juan Lorenzo se da por contento y pagado del abad del monasterio de San Cristóbal de Ibeas de mil ciento ochenta y siete reales que montó un báculo que hizo para el referido cenobio, a razón de noventa reales el marco. Valladolid, 20 agosto 1621. (A. H. P. de Valladolid. N.º 864. Folio 28.) Monasterio de Santa María del Parral. Cálices parescieron de una parte el padre fray feliciano de carrión vicario del monasterio de nuestra señora del parral de la ciudad de segovia... y de la otra juan lorenzo platero de plata vecino desta ciudad que se haya de encargar como desde luego se encarga de hacer para el dicho convento de nuestra señora del parral ocho calices de plata doradas con sus patenas de peso cada caliz . y patena de cinco marcos poco mas o menos hechos y acabados a contento y satisfacion del dicho padre vicario y por cada uno de los marcos que pesaren los dichos calices y patenas le pagaran el marco a noventa y nueve reales. Valladolid, 10 noviembre 1621. . A. H. P. de Valladolid. N.º 1.726. Folio 749.) Nájera. Santa María la Real. Arca de plata . Escritura de contrato y obligacion entre el monasterio de san benito de najera Y juan lorenzo platero. Sepan quantos esta publica escritura de contrato Y obligacion vieren como yo el padre maestro fray francisco de lerma ... en virtud del poder que tengo del señor abad monjes y convento del monasterio de nra . señora santa maria la real de la ciudad de najera. .. otorgo e conozco que doy hazer a juan lorenzo platero vecino desta villa de vallid que esta presente una arca de plata en las condiciones siguientes: -Primeramente que a de tener de setenta a ochenta marcos de plata y no mas y si pusiese mas que no haya obligacion el pagar las hechuras de lo que fuere de mas sino que sea por quenta del dicho juan lorenzo. -Yten que a de ser Ja dicha arca conforme a un dibuxo que esta firmado del dicho señor abad fray diego de benagas abad de najera salvo que] largo a de ser de una bara entera con vuelos y todo a un lado a 'dd tener Ja figura que esta puesta en el dibuxo al otro lado de san vidal que esta pintado en un potro arriba y a Jos pies y a Ja cabecera · los dos escudos de armas salvo que en ellos ques de Ja cabecera sea de poner corona real y )as cartelas han de llevar Jos sobrepuestos esmaltes por las partes que pareciere mas conveniente . -Yten que dentro desta arca de plata a de haber una arquilla de cipres donde esten los cuerpos de los santos. -Yten ee condicion que a de estar acabada dicha arca para el primer DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC . 171 dia del mes de marzo del año venidero de mil seiscientos veinte y uno y en toda perfecion para que se pueda llevar a najera y sino estuviese acabada para entonces a de perder el dicho juan lorenzo cien ducados de lo que hubiere de haber de la hechura de la dicha arca ... -Yten se le a de pagar por cada marco de plata y hechura a doce ducados el marco y no mas . ... . .. ... .. . ... .. . ... ... ... -Yten con condicion que la dicha arca a de llevar algunos sobrepuestos esmaltados de azul y otros colores en las partes convenientes de la dicha arca. -Yten es condioion que los santos que lleva la dicha arca y toda la labor della a de ser de medio relieve y los escudos de armas zincelados y con estas condiciones en el dicho nombre obligo al dicho señor abad e monjes Y convento del dicho monesterio. .. que se le daran y pagaran al dicho juan lorenzo platero o a quien su poder hubiere los cien ducados al tiempo que la comience y los ciento cinquenta cada año por los principios de mano . hasta los haya acabado de pagar en esta ciudad de vallid... lo qua! lo otorgamos ante el presente escribano en la ciudad de vallid a nueve días del mes de marzo de mil seiscientos y veinte años testigos alonso mendez y francisco de la sierra y pedro perez vecinos y estantes en esta ciudad y los otorgantes . .. El Maestro Fray Francisco de Lerma Pasó ante mf Juan Martfnez de Salinas Juan Lorenzo Siguen varias cartas de poder y a todo folio la traza de la arqueta firmada por Fray Diego de Venagas y Juan Lorenzo. (A. H. P. de Valladolid. N.0 1.560. Folios 1.042 a 1.047.) Valladolid. Santiago . Cruz procesional En el inventario de la plata de la iglesia de Santiago hay este asiento: uYten otra cruz de plata sob1·edorada ya vieja que tiene a un lado un Crucifijo d~ plomo y de la otra un Santiago Romero de plata en un pie de cobre sobredorado.» Al margen se lee: uDesizose esta cruz para hacer un guión que hace juan lorenzo platero.• Libro de Cuentas de la iglesia parroquial del Apóstol Santiago de Valladolid. Monasterio de San Millán. Custodia juan lorenzo platero vecino desta ciudad Y dixo que esta concertado y convenido con el convento de san millan de la cogulla que es de orden de señor san benito de que haya de hacer y haga para el dicho convento una custodia de bronce y plata conforme a la traza que della se dio firmada 172 ESTEBAN GARCÍA CHICO del padre alonso del corral monxe en el dic ho monasterio y de millan de rep i de es cribano de camara de vizcaya de sta real audiencia. .. conforme a ella hara la custod ia y se obligo con su persona de hacer la dicha custodia acabada en toda perfecion y ac ontento de las personas que del dicho arte entiendan y pondra para ello el oro plata y br once. .. se obliga a dar fecha Y acabada para fin del mes de mayo puesta en es ta ciudad y por el oro plata Y bronce y demas cosas que para se ha c er y poner en toda perfecion conviene Y por su trabajo y ocupación se le han de dar por el dicho convento quatrocientos ochenta ducados ... -La planta ha de ser mayor que la traza dos dedos mayor en quadro Y conforme al ancho d1! le a de dar el alto en proporcion. -Las ocho columnas han de llevar dos tercios de plata sobre puestos y picados de lustre. -Las quatro pilastras de plata y estriadas. -El Araceli con su embalsamiento ha de ser todo de plata con sus sobrepuestos y esmaltes todo dorado . -Mas en el cue r po segundo ha de yr una fig ura de plata y por remate otra figura y en el tercer cuerpo quat ro campanillas pendientes de los quatro arcos. -Yten que en la urna a de llevar doce esmaltes y en las columnas tre i nta y dos y en los ocho angulos de los ar c os los que fueren menk!ster Y de los doce de la urna las quatro principales las armas de san millan Y en la cupula otros quatro esmaltes y en ocho cartelas diez y seis y en las partes que tambien tuviere necesidad sean de he char y todo lo de mas de bronce dorado la qua! custodia queda concertada en quatr o cientos y ochenta ducados at e ndiendo que la figura de ar r iba que la en la parte superior de la custidia a de ser de bronce dorado y · lo firmamos en valladolid en primero de noviembre de mil seiscientos veinte y tres años ... Fray Alonso de Corral Millán de Répide Juan Lorenzo (A. H. P. de Valladolid. N. 0 1.388. Folio 179.) Fuentesaúco. Lámpara de plata Se obliga hacer una lámpara de plata de diez y seis marcos medio mas o menos con cuatro escudos a cada lado con la insignia del Santísimo Sacramento dorado , en la forma , de la manera , tamaño y hechura de la lámpara que esta en la capilla de San Antonio de la Compañ '. a de Jesús que es de su mano. Valladilid , 5 setiembre 1639. (N.O 1.892. S. F.) Medina de Ríoseco . Santa Cruz. Custodia Juan lorenc;o platero vecino desta ciudad de la una parte Y de la otra tomas de sagun sanchez vecino de la ciudad de medina de rioseco y dixeron DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. .173 que el dicho juan de lorenzo por escritura que otorgaron en 20 de mayo de 1639, ante francisco cid de quiros se obligo de dar hecha y acabada en toda perfecion dentro de tres meses de la fecha della una custodia de plata dorada Y sobre puesta y que había de ser mayor de la que había hecho para la yglesia de san migue) desta ciudad y que babia de pesar diez y nueve marcos uno mas o menos Y con las mismas · circunstancias y calidades ... y por ca:lidades de marco della el dicho tomas de sagun se obligo de le pagar diez y nueve ducados de plata en que entra plata y oro y hechura y piedras y viriles de cristalinos y por quenta de los dichos marcos de plata y para efecto de hacerla le entregaron una custodia que es de la cofradía del Santísimo Sacramento de la yglesia de santa crw; de la dicha ciudad de medina de rioseco que peso seis marcos Y siete onzas y una ochava pesada por el contraste desta ciudad que valen quatrocientos quarenta y ocho reales de plata y aunque la dicha custodia tenia mas valor por estar sobredorada se convinieron de que fuese el dicho precio para hacerla nueva con mas comodidad y si pasado el plazo de los dichos tres meses no diese acabada la dicha custodia se pudiese comprar otra a su costa... para mas firmeza se obligo juntamente con el hernando gavilan mercader de lencería vecino desta ciudad .. . que! dicho juan lorenzo hara la dicha custodia de plata dorada y sobrepuesta picada de lustres con esmaltes y en los rayos lisos su piedra blanca por la una parte y por la otra de colores del grueso de un dedo el cerco y a de ser de menos tamaño y forma de una custodia que hizo para la yglesia de san migue) desta ciudad y no a de pesar mas de diez y ocho marcos y si pesare mas se le a de pagar a razon de sesenta y cinco reales de plata cada marco y hecha y acabada en toda perfecion la dara y entregara en esta ciudad al dicho tomas de sagun mayordomo ques o fuere del Santísimo Sacramento de la dicha parroqui , de santa cruz .. . Valladolid de 19 de febrero de 1641. Valladolid. San Lorenzo. Andas de plata de la Virgen En la ciudad de valladolid a diez y nueve del mes de hebrero de mil seiscientos veinte y siete años, ante mi el escribano y testigos... parecieron presentes de la una parte antolin de quadrillos escribano del numero Y ayuntamiento desta en nombre y como mayordomo que es de la yglesia parroquial de nuestra señora de san Jorenzo... y de la otra parte diego nuñez morquecho señor mayordomo del ayuntamiento desta ciudad y de la otra juan lorenzo platero vecino así mismo della asentaron y concertaron lo siguiente: -Primeramente que. el dicho juan lorenzo a de ser obligado desde hoy día de la fecha hasta el fin del mes de agosto primero que vendra hara unas andas de plata para la dicha santa ymagen de nuestra señora de san lorenzo fabricadas y acabadas en tod" perfeccion en conformidad a la traza que para ello esta hecha firmada de los dichos diego nuñez morquecho antolin quadrillos juan Jorenzo y diego diez pintor vecinos de la dicha ciudad que la traza quedo origina )mente en poder del dicho antolin quadrillos como mayordomo de Ja dicha yglesia y en poder del dicho juan lorenzo que dada un traslado della que se saco las quales dichas andas el dicho juan lorenzo se obliga 174 ESTEBAN GARCÍA CHICO que hara Y acabara para el plazo referido en la forma y con las condiciones siguientes: -Que en la dicha traza se acepta que) arco de dichas andas no suba mas que respectibamente el alto de Ja dicha santa ymagen hasta la punta de la corona que tiene en la cabeza. -Que los bancos que a de llevar las dichas andas han de ser todos de plata guarnl¡!cidos los nudetes y remates de bronce dorados y de la propia labor de las andas todos ellos y de media bai:a de largo cada uno de los quadros que han de llevar las dichas andas. -Que todas las andas han de ser de plata salvo cornisas basas cartelas remates y capiteles que todo esto a de ser de bronce dorado. -Que la cupula de las dichas andas no a de ser calada sino con cartelas sobrepuestas y los artesones han de ser de plata cincelados. -Que las dichas andas por dentro han de llevar la misma correspondencia que por la parte de fuera con su cornisa boveda y pechinas y la boveda a de tener de gueco el alto de los remates de los lados, -Que la cupula de las dichas andas a de ser portatil para poder . quitar y poner siempre que sea necesario . -Que el corredor que en la dicha traza esta señalado sobre la cornisa no le a de llevar dichas andas y sea de quitar. -Que la media luna que esta señalada en la dicha traza tan poco la a de llevar dichas andas y sea de quitar. -Que el trono que esta debajo de la Santa Ymagen a de ser de una nube de bronce dorado en la forma que esta pintada en la dicha traza con ocho serafines de plata. -Que las dichas andas hechas y acabadas en la forma referida han de llevar cien marcos de plata marco mas o menos. -Que para el efecto que se hagan las dichas andas con la brevedad puntualidad y perfeccion dicha el dicho diego nuñez morquecho por la devocion que tiene a la Santa Imagen de nuestra señora de san lorenzo la quiere servir y sirve para la dicha obra con quinientos ducados que valen cinco mil y quinientos reales de plata doble los quales se obliga que pagara en la dicha moneda de reales de plata doble al dicho juan lorenzo para fin del mes de abril primero que verna deste presente año de la fecha ... -Que en la delantera de las andas el dicho juan lorenzo a de poner de letras goticas muy bien perfeccionadas 7 acabadas un letrero que diga diego nuñez morquecho escribano mayor del ayuntamiento desta ciudad sirvio con estas andas a Nuestra Señora de San Lorenzo. -Que las dichas andas las a de hacer y acabar y entregar el dicho juan lorenzo a la dicha yglesia y al dicho antolin quadrillos su mayordomo en su nombre hechas y acabadas en la mayor proporcion y adorno y buena traza que convenga guardando las condiciones y traza dichas para el plazo referido fin de agosto primero que vendra deste presente año de la fecha a satisfaccion del dicho antolin quadrillos y del dicho diego nuñez morquecho y ademas dello las han de ver Y tasar dos personas peritas en el arte nombrada la una por antolin quadrillos mayordomo de la yglesia y la otra por juan lorenzo Ja qual dicha tasacion han de hacer los tales nombrados de lo que d. has andas merecieron ansi de plata como de bronce oro y hechura. . lC DOCU~ENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. 175 Y despues de hecha la tasación la a de ver y retasar diego diez pintor a quien de conformidad las dichas partes desde luego nombran por retasador de la dicha obra y lo que el dicho diego diez retasare y moderare eso se a de pagar por parte de la dicha yglesia al dicho juan lorenzo menos cien ducados que desde luego hace gracia y limosna a la dicha yglesia por la devocion que tiene a la Santa Ymagen de Nuestra Señora . de San Lorenzo. . . . e por mas firmeza todas las dichas partes las unas en favor de l~s otrae lo otorgaron ansi ante mi el presente escribano e testigos para que de a cada parte su traslado que fue fecha y otorgada esta carta en el dicho dia siendo testigos migue! de zamora velázquez, francisco cid de velasco J juan . quadrillos vecinos desta ciudad e yo el dicho escribano que doy fee que conozco a los dichos otorgantes y firmaron de sus nombres en el registro. Juan Lorenzo Antolin Quadrillos Diego Morquecho Hernando Rodríguez Gavilán Gaspar de Medina Pasó ante mí Lázaro de Quesada (A. H. P. de Valladolid. N. 0 1.422. Folio 222.) Nombramiento de tasadores En la ciudad de valladolid a onde días del mes de junio de mil seiscientos veinte y nueve años ante mi el escribano e testigos parecieron presentes de una parte gaspar de ortega vecino desta ciudad como mayordomo ques de la yglesia parroquial y fernando de carrion vecino ansi mismo desta ciudad como parroquiano de la yglesia parroquial de Nuestra Señora de San Lorenzo.. . y de la otra juan lorenzo platero vecino ansi mismo desta dicha ciudad ... y dixeron quo por quanto por ante mi el presente escribano en diez y nueve dias del mes de hebrero del año pasado de mil seiscientos veinte y siete antolin quadrillos escribano del numero y ayuntamiento desta ciudad en nombre y como mayordomo de la dicha yglesia y con su poder y de la otra juan lorenzo platero por su particular otorgaron una escritura de concierto por la qual el dicho juan lorenzo se obligo a hacer un tabernaculo y andas de plata para la dicha Santa Ymagen de Nuestra 8eñora de San Lorenzo en el tiempo forma y condiciones penas y posturas que en la dicha escritura se contiene entre las quales hay una que hecha y acabada la dicha obra se haya de nombrar por parte de la Y glesia un maestro y por parte de dicho juan lorenzo otro del dicho arte y oficio de platero para que la vean y tasen y si esta hecha y acabada conforme a la traza Y condiciones no obstante lo qual para mayor acertaciento de la dicha tasacion Y que en ella no haya lesion ni engaño contra niguna de las partes estan de acuerdo que cada una de las dichas partes hayan de nombrar dos maestros plateros que vean y tasen la dicha obra ansi de oro plata bronce Y hechura Y demas cosas a ellas tocantes y si esta hecha y acabada en toda perfeccion conforme a la 176 ESTEBAN GARCÍA CHICO traza Y condiciones de dicha escritura y para que lo dicho tenga efecto los dichos gaspar de ortega y fernando de carrion en nombre de la dicha yglesia nombraron por tasadores a luis manso y paulo saurina plateros vecinos de la dicha ciudad que estan presentes y el dicho juan lorenzo di.xo que nombraba Y nombro por su parte por tasadores a andres de campos y a diego perez plateros Y ansi mismo vecinos desta ciudad que tambien estan presentes que son personas entendidas y peritas en el dicho arte y oficio de platero ... juan lorenzo y gaspar de ortega y fernando de carrion questaran y pasaran por la tasacion que los dichos nombrados en Dios y su conciencia y debaxo de su juramento hicieren en razon del valor de la dicha obra y si esta hecha Y acabada en toda perfecion conforme a la traza y condiciones de la dicha escritura Y que no yran contra ella... siendo testigos a lo que dicho es salvador de azcutia juan de pesquera y francisco diez. Gaspar de Ortega Juan Lorenzo Pasó ante mí Lázaro de Quesada Memoria de lo que pesa la plata y bronce de las andas de Nuestra Señora de San Lorenzo. Seguidamente va un detallado informe de la tasación . (A. H. P. de Valladolid. N.º 1.424. Folios 379 a 392.) Valladolid. Testamento Ynde y nomine . Amen . Sepan por esta carta de testamento y postrimera voluntad como yo juan lorenzo platero vecino de vallid estando enfermo en la cama de la enfermedad que a nuestro señor a sido servido de me dar pero en mi juicio y entendimiento natural... hago otorgo y ordeno este mi testamento en la forma siguiente: -primeramente encomiendo mi anima a Dios nuestro señor .. . y el cuerpo a la tierra donde fue formado, mando mi cuerpo sea sepultado en la yglesia parroquial de san salavador en la sepultura que alli tengo propia mia. -me acompañen las cofradías del santisimo sacramento de san migue} y san salvador, san eloy, la misericordia, san alifonso, nuestra señora de la cabeza, la cruz y la pasion de todas soy cofrade y estan pagadas las entradas en cada una dellas. -mando que me lleven los hermanos de san juan de dios Y se les de la limosna acostumbrada . Declara que tiene grandes cantidades de vino en las bodegas de Rueda y trigo en las paneras de las monjas de Santa Clara de Tordesilla. -Declaro que el padre maestro orbea de nuestra señora del carmen me entrego para hacer una lampara sesenta marcos de plata vieja Y se esta bando y debe la hechura della que son ciento veinte Y quatro ducados aca d" h" 1 poco mas 0 menos y de la hechura de un guion y custo 1a que ice para e convento ciento cinquenta reales mando se cobren y se acabe la lampara y se entregue . DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. 177 -Declaro que tengo hechas unas andas para nuestra señora de san loren~o desta ciudad hace muchos dias e baxado y descontado todo lo recibido Y lo que baxo de la tasacion y de cinco mil reales que yo quite y baxe de mi voluntad se me debe veynte y nueve mil reales de vellon mando que pagando la dicha cantidad se le entreguen las andas . -Declaro que en mi poder esta y me entrego el arzipreste de san salvador thomas payon mayordomo que fue de la fabrica della cierta cantidad de plata vieja para hacer un yncensario vinaxeras y salba y otras cosas y las vinageraa Y yncensario esta entregado y la cantidad que se me entrego consta de una zedula que hice .. . Nombra por albaceas a Hernando Rodríguez Gavilán y Melchor González, vecinos de Valladolid ... «Y por mi heredero mi alma que mis testamentarios todo el residuo que queda de todos mis bienes Jo entreguen en dinero a Ja cofradia de san eloy y nuestra señora del val desta ciudad para que se funde una memoria en la yglesia de nuestra señora del val de misas rezadas perpetuamente para siempre jamas por las animas de nuestros padres y mia ... Y lo firmo en es ta s fox as de papel sellado en la ci u dad de vallid a veynte un dia sdel mes de diziembre de mil seiscientos y quarenta y un años •. Juan Lorenzo Al día siguiente otorga un codicilo ante el mismo escribano, para aclarar algunos puntos; por cie r to, sin ningún interés, pues no aporta dato nuevo. Actúan como testigos amigos y compañeros y vuelve el moribundo a estampar su firma de trazos vacilantes. (A. H. P. de Valladolid . N.O 1.894. S. F.) LAZARO DE ENCALADA Valladolid. Arca de plata · .. como yo !azaro de encalada platero vecino de la ciudad de vallid otorgo e conozco por esta carta e digo que por quanto yo estoy convenido e concertado con el señor doctor villafranca clerigo caballero de habito de calatraba y capellan del rey nuestro señor en que me obligo de hazer una arca guarnecida de plata conforme a un dibuxo que yo el dicho !azaro de encalada enseñe e mostre a los señores francisco de albornoz e juan rincon del consejo supremo del rey nuestro señor comisarios de la dicha orden Y al dicho señor doc tor villafranca la qua! dicha arca tengo de hazer en la forma y manera siguiente : -Yten que en la frontera de la dicha arca a de llevar tres figuras del tamaño que en la dicha frontera lo pidieren y en el claro della la figura del señor san benito en medio. -Y la figura del señor sant bernardo a la mano derecha Y la figura de señor sant reymundo a la mano izquierda y a de tener en la mano dere c ha una espada y en la otra una ygles ia y una cruz pequeña en la dicha yglesia de calatraba = Yten que a de llevar en la frontera del tapador de dicha 184 ESTEBAN GARCÍA CHICO xeron que eran convenidos de hacer y guardar y cumplir lo siguiente que andres de campos se obliga hacer una puerta de un sagrario de plata del tamaño de la que esta en el coro del dicho convento y de la traza que queda firmada por ambas parte s y se pondra con escultura con sus c orn i sas frontispicios cartelas Y urna que a de tener de peso todo treinta marcos a precio de cada marco de hechura de cinco ducados y recibe pa ra ello en barras de plata y moneda en reales mil quinientos sesenta y ocho real es de que se dio por entregados ... que el dicho andres de campos se obliga a da r acabada la puerta del sagrario en la forma que va referida en el capitulo antecedente a toda perfecion a vista de personas del arte al fin del presente año ... Andrés de Campos Guevara. Doña María de Guevara. Lleva un diseño. (A. H. P . de Valladolid. N. 0 1786. Folio 928.) Valladolid. San Lorenzo. Guión. En la ciudad de vallid a diez y ocho del mes de setiembre de mil seiscientos veynte Y quatro años ... parescieron presentes andres de campos platero vecino desta ciudad y confeso haber reribido de antolin quadrillos escribano del numero della como mayordomo de la yg lesia de Nuestra Señora de San Lorenzo mil doscientos reales los quales le pagan por el precio de un guión dorado Y picado de lustre con quatro ystorias de la pasion en el pie y un Christo Y Nuestra Señora en el arbol y con su bara de ocho caños dorado y recamado con su armadura de madera dentro y de yerro quel dicho antolin quadrillo como tal mayordomo compro del concertado en los dos mil y doscientos reales de toda costa y hechura de los quales el dicho andres de campos se dio por entregado y contento a su voluntad ... e lo otorgo ansi y firmo de su nombre ... Andrés de Campos Guevara. Testamento de Andrés de Campos Guevara platero . Andres de Campos Guevara familiar del Santo Oficio de la Inquisicion desta ciudad de Valladolid y platero vecino della, estando enfermo ordeno este mi testamento... Se manda enterrar en la yglesia del convento de San Pablo en la sepultura que tengo de mis padres ... Yten declaro que tengo en mi poder treinta marcos de plata de la yglesia mayor de Astorga para hacer dos lamparas las quales tengo labrados los cuerpos y un manipulo mando que se acaben y tasen, y se ajuste la quenta y se cobre lo que ello resultare. Yt en declaro que tengo de hacer una cruz de altar y seis cadeleros de altar para el colegio de la compañia de Jesus de Soria de orden de Juan Forman procurador de los ingleses desta ciudad ... Yten de c laro que debo a Diego Diez pintor vecino desta ciudad mil quinientos reales de plata que me dio para unos platos y no he cumplido con el mando se pa g ue n ... DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. 18~ Yten declaro tengo para hacer unos cetros para la villa de Cabezón lo que parece por mis libros y no otra cosa mando se acaben los cetros o se le devuelva la plata que obiere recibido. Yten declaro que tengo en mi poder treinta marcos de plata poco mas o menos que costara por mi libro da dos por el cura de San Nicolas desta ciudad ... se acabe la dicha obra que dice en mi libro y se ajuste con el dicho cura de San Nicolas. Yten declaro que un clerigo forastero que dijo era de la tierra de Soria me dio para hacer un jarro la plata que esta señalada en mi libro y a muchos dias y no ha venido por el. Yten declaro que me debe la ygle11ia de Santa María de Mojados el resto de la hechura de un guion que costara por papeles. Yten es mi voluntad que todas las herramientas moldes y demas cosas tocantes al oficio de platero que yo tengo quiero que use dellas a su voluntad Joseph Osorio de Soto que al presente e9ta en mi casa dando y pagando la qoorta parte de lo que se tasaren dichas herramientas. Deja de herederos a sus hijos Juan Antonio, Francisco y María . .. en la ciudad de Valladolid a once de noviembre de 1652 años siendo testigos Juan de Aguilar y Juan de Aranda plateros y Joseph de Haro vecinos y estantes en esta ciudad. Andrés de Campos Guevara. (A. H. P. de Valladolid. N.º 2350. Folio 838.) Pasó ante mi Gabriel de Medina. En el codicilo se cita un bufetillo de plata que esta en su poder del dean de la Santa Iglesia desta ciudad mando se le entregue . Yten declaro que tengo hacer un caliz de Ampudia de orden de un pariente de Ana Marcos que murio y que tengo recibida la plata mando se pague lo recibido ... 14 Noviembre de 1652. LAZARO DE MIRANDA Toro. Colegiata. Andas de plata. En la ciudad de Valladolid a catorce días del mes de junio de 1683 años ... parecieron de una parte Lázaro de Miranda platero, vecino della por si mismo y en nombre de Marcos Ibañez maestro del dicho oficio vecino desta dicha ciudad que al presente se halla fuera della en la ausencia de su negocio ... y de la otra el licenciado don Luis Alonso Alvarez abogado de los Reales Consejos vecino de la ciudad de Toro por si mismo y en nombre de Don Pedro de Victoria caballero de la orden de Santiago caballerizo de su magestad ... Y dixeron que hallandose mayordomos el año pasado de 1681 del Santisimo Sacramento y de la yglesia colegial de la ciudad de Toro por escriptura que otorgaron ante el presente escribano en esta dicha ciudad a once de abril de dicho año ajustaron el dicho Marcos Ibañez el que hubiere de hacer para mayor decencia culto y ESTEBAN GARCÍA CHICO beneracion de su divina Magestad unas andas de plata en que saliese en procesion de peso de quinientas onzas treinta mas o menos executando para su formacion la plata y dibuxo que se hizo y condiciones expresadas en las dichas escripturas por precio de cinco mil reales de vellon a demas de la plata que habian de llevar las andas pagado uno y otro a los plazos y en la forma que en ella se contiene y para que el dicho trato y concierto tuviere efecto dio Y pago el dicho don Pedro de Victoria Pacheco cinco mil trescientos reales de vellon Y doscientas seis onzas de plata blanca de que dio recibos el qual hizo las dichas andas pero acausa de haber salido de mucho mayor peso que la axustada por la dicha escriptura y acausa tambien de no haber executado conforme la dicha planta dibuxo y condiciones de la dicha escriptura dichos don Pedro de Victoria Pacheco y don Luis Alvarez pusieron pleito al dicho Marcos Ibañez ante uno de los señores Alcaldes del Crimen desta Corte y el presente escribano pretendiendo que había de volverles a pagar las dichas andas por los defectos que tenia respecto de que por otra escriptura otorgada en la ciudad de Toro en treinta de julio de 1681 ante Manuel de Pobeda escribano del numero de dicha ciudad ajustaron con Juan de Figueroa platero vecino de la ciudad de Salamanda el que hubiese de hacer como en efecto esta haciendo otras andas de plata en lugar de las referidas y el dicho Marcos Ihañez pretendia se babia de declarar haber cumplido con las que hizo que cuando esto cesare se le babia de dar termino competente para volverlas hacer y fabricar del peso plata Y dibuxo pactado por la dicha primera escriptura y en otra manera se le babia de pagar Y satisfacer la costa de la fabrica de las dichas andas que hizo Y los daños que le habian seguido y habiendose contradicho de parte a parte dichas pretensiones y recibiendose a prueba el dicho pleito por auto de los señores presidentes y oydores desta real audiencia de ocho de abril pasado de este año se mando despachase mandamiento de execucion contra la persona e bienes del dicho Marcos Ibañez por los dichos cinco mil trescientos reales de vellon Y ducientas seis onzas menos dos reales de plata que tenia recibidas y costas Y que habiendo pagado la dicha cantidades se le devolviese las dichas andas que babia hecho que al presente paran en poder del dicho Pedro de Victoria Pacheco como del dicho auto parece del qual el dicho Marcos Ibañez suplico ante los señores de cuya suplicacion se mando dar y dio traslado a la parte de los dichos don Pedro de Victoria Pacheco y don Luis Alonso Alvarez como todo resulta y parece en el dicho pleito a que se remite y agora por escusar pleitos costas y gastos y por er dudoso fin dellos estan convenidos y concertados las dichas partes por bien de paz y concordia de otorgar como otorgan esta escriptura de transacion y concierto con las calidades siguientes : -La primera que el dicho Don Luis Alonso Alvarez por si y en nombre de Don Pedro de Victoria Pacheco remite y perdona al dicho Marcos Ibañez mil reales de vellon de los cinco mil trescientos que tenia recibidos en dineros de forma que dellos solo le quedan de pagar quatro mil y trescientos reales cuya remision le hace de su voluntad por razon de los daños que pudo recibir en la fabrica de las dichas andas que hizo y de las costas y gastos del dicho pleito. -La segunda que los dicho quatro mil trescientos reales se obliga el dicho Lazaro de Miranda como tal fiador de pagar los dos mil reales luego de contado y los mil y trescientos reales restantes el dia catorce de julio que viene ... DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. 187 Lo otorgaron y firmaron ante mi el presente escribano a quienes doy fee co - nozco . .. Don Luis Alonso Alvarez. Lázaro de Miranda. (A . H. P. de Valladolid . N.º 2688. Folio 100.) FRANCISCO GONZALEZ Valverde de Campos. Santa Maria. Cruz de plata. -Mas se da por descargo a Francisco Gonzalez platero vecino de rioseco docientos treinta reales los quales les pago el guion que hizo de plata para la yglesia . Libro de Cuentas de Fabrica de la iglesia parroquial de Santa María de Valverde de Campos. Años 1633 a 1661. Folio 2' Cruz parroquial de plata con armadura de madera el cuerpo y brazos de la cruz lo restante mazizo que pesa doce libras y tres onzas. En el cuerpo de la cruz tiene once remates figurando hojas tres a la cabeza dos al pie y otros tres a cada brazo . Lo que se puede llamar peana de la cruz y arbol para poner el astil form¡l una especie de tambor que tiene las imagenes de quatro apostoles dos San Pedro Y San Pablo con ocho remates iguales que los descritos arriba dos por cada aposto} en forma de florones . (Libro Inventario de la iglesia parroquial de Santa Maria de Valverde de Campos.) JUAN DE PAREDES ESTRADA Asiento de aprendiz . En la ciudad de Valladolid a primero de febrero de mil seiscientos ochenta y siete ante el escribano y testigos parecieron de la una parte Cosme de Montenegro y de la otra Juan de Paredes Estrada platero de oro vecino de esta dicha ciudad y dixeron capitulaban y se obligaban a lo siguiente: Que el dicho Cosme de Montenegro pone de prendiz en casa del dicho Juan de Paredes pa ra la enseñair de dicho su oficio .!l Simon de Montenegro su hixo por tiempo y espacio de quatro años que sean de contar y correr desde hoy dia de la fecha de esta escritura y feneceran otro tal dia del año que viene de mil seiscientos noventa y uno en los quales el dicho Juan de Paredes le a de dar enseñado de dicho oficio de platero de oro a vista de otros plateros que declaren si esta habil y por el trabaxo y ocupación que ha de tener en la enseñanza se obliga a dar al dicho Juan de Paredes trescientos reales de vellon los ciento cinquenta luego de contado y Jos otros restantes luego que fenezca dicho tiempo . .. Firman los otorgantes. (A. H. P. de Valladolid . N. 0 2821. Folio 97.) 188 ESTEBAN GARCÍA CHICO BALTASAR Munoz Valladolid . Testamento. mando que mi cuerpo sea sepultado en el convento de san francisco desta ciudad en la sepultura que la cofradia de Nuestra Señora del Val desta ciudad tiene en el dicho convento para enterrar a sus cofrades. -Declaro que estoy debiendo a juan de aguilar platero vecino desta ciudad tres marcos y cinco onzas de plata = veynte y dos reales y medio de plata del valor de dos cucharas y trece reales y medio del valor de una caxa de plata . -Declaro que el padre abad de balbuena me entrego treinta doblones de a dos para hacer dos candeleros los quales les estan fabricando en casa del dicho juan de aguilar y estan casi acabados. -Declaro que tengo quentas con joseph de baro tornero de plata vecino desta ciudad declaro ansi para que se ajuste la dicha quenta y se cobre y pague los alcances que della hubiere . -Declaro me esta debiendo el comendador de la merced calzada desta ciudad quarenta Y quatro reales de plata del peso de un relicario que hice por una parte Y quarenta reales de vellon de la hechura del dicho relicario y vidrios que puse. -Declaro me esta debiendo el padre sacristan del convento de san agustín desta ciudad treinta reales del aderezo de la custodia del convento. Valladolid 6 diciembre de 1671. (A. H. P. de Valladolid. N.º 2675. Folio 87 .) JUAN DE AGUILAR Bezdemarban . San Miguel .Cruz profesional. Valladolid a 11 de setiembre de 1656 . .. parescieron el licenciado Francisco De Delgado y Carmona comisario del Santo Oficio cura propio de la iglesia de San Miguel del lugar de Bezdemarban jurisdicion de la ciudad de Toro Y diocesis de Zamora y Lazaro Conde mayordomo de la fábrica de la dicha yglesia estante al presente en esta ciudad de la una parte = y de la otra Juan de Aguilar platero vecino della y dixeron estaban convenidos y concertados en la forma y manera siguiente: El dicho Juan de Aguilar recibio de los dichos comisarios una cruz de plata en forma de guion de dicha yglesia sin peana y cantones que tiené en los cuatro brazos remates que peso ocho marcos una onza y dos ochavas y fue pesada por Alonso Requexo contraste desta dicha ciudad en presencia de mi el dicho escribano y asimismo recibio dos calices a lo antiguo y dos patenas de plata viexas que fueron pesadas por el dicho contraste y pesaron cinco marcos y tres ochavas y el dicho Juan de Aguilar se obligaba y obligo de que con los dichos dos calices y patenas hara de nuevo la peana y cañon de la dicha cruz y guion y todo lo a de bruñir y picar de lustre y la dicha peana a de llevar sus cartelas y sobre puestos y si faltare para ello alguna plata la a de suplir y poner el dicho Juan de Aguilar por cuenta de los dichos comisarios Y la dara hecha y acabada en toda perfecion dentro de dos meses primeros siguientes a vista de dos maestros del dicho arte de platero nombrados por el dicho Juan DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. 189 de Aguilar y los comisarios y por la ocupación y trabajo que en la dicha fabrica a de tener se le a de pagar quatrocientos cinquenta reales en moneda de vellón. Firman los otorgantes. (A. H. P. de Valladolid. N.0 2034. Folio 731.) JOSE DE ARANDA Medina de Ríoseco. Santa María. Andas ele la Custodia. En la ciudad de medina de rioseco a diez y nueve de setiembre de mil seiscientos noventa e tres años, estando en la sacristia de la yglesia parroquial de santa maria desta ciudad parescieron el mayordomo y oficiales de la cofradia del Santísimo Sacramento sita en la dicha yglesia ... dixeron que hallandose dicha cofradía con precisa necesidad de hacer el pedestal de plata para la custodia que del mismo metal tienen para el Santísimo Sacramento y las andas para la dicha custodia para la salida de la procesion general del dia del Corpus y de la Octaba y fiesta principal que hace la dicha cofradía y la que se a reconocido que es necesario para dicho pedestal y andas con asistencia de joseph de aranda maestro platero vecino de la ciudad de valladolid con quien esta ajustado y concertado su hechura y que para que cosa tan importante y decente para el culto divino y funciones tan principales tuviese el debido efecto . .. atendiendo a obra tan santa y del servicio de Dios nuestro señor se acudio a juan diez escribano mayor del Ayuntamiento de esta ciudad y de las rentas de los estados del excelentisimo señor almirante de castilla mi señor y cofrade quien para este efecto babia pedido se le reservase de mayordomo.. . por hallarse la cofradía faltosa de medios para hacer dicha obra el dicho juan diu con el celo de tal cofrade ofrecio entregar noventa onzas de plata en &laxas de plata labrada al dicho mayordomo quien las recibio en presencia de los dichos oficiales y luego entrego al dicho joseph de ar anda maestro platero .. . La obra lleva los punzones de José de A randa y del contraste Pedro Garrido . (A. H. P. de Valladolid . N. 0 7547. s. f.) JUAN DE FIGUEROA Valladolid. San Lorenzo. Andas de la Virgen. Condiciones con las quales sea de executar la obra de las andas para Nuestra Señora de San Lorenzo por Juan de Figueroa platero vezino de Salamanca. Lo primero que el dicho Juan de Figueroa a de executar las dichas andas conforme de Ja traza que a hecho y esta reconocida por la fabrica de la yglesia de Nuestra Señora de San Lorenzo que esta firmada del susodicho y del señor don Andres Bueno y del señor Juan Garcia cura Y mayordomo de la dicha yglesia cuias andas sean de componer de las piezas Y en la forma Y modo si - guiente= Que han de tener ocho pies de alto y quatro de ancho arreglandose a arte . 190 ESTEBAN GARCÍA CHICO Que han de llevar quatro machones y en cada uno de ellos cartelas arrimadas Y encada cartela su jana de latón doradas de oro molido y los perfiles de dichas cartelas han de ser de madera doradas de pan y ocho remates que han de llevar las cartelas han de ser de laton doradas de oro molido y los filetes de la cornisa del bragueton y de la cornisa de la obra han de ser de madera dorada de pan Y en el bragueton sean de poner las armas de San Lorenzo y de la ciudad doradas de oro molido y las ocho cartelas del brageton y las ocho que haran remate han de ir executadas como las del cuerpo y en las ocho cartelas del remate han de llevar ocho jarras con sus ramilleteros que jueguen con las del cuerpo y los ramilletes han de ser . recortados de diversas flores que compongan un ramillete y por remate a de llevar una figura de la Fe de una tercia de alta madera dorada de pan y en las quatro esquinas de las cornisas en lugar de las figuras quatro jarrones dorados de oro molido con sus ramilletes de plata y entre cartela y cartela del remate a de llevar de remates de bronce dorados de oro molido que los remates se componen de diez y seis y los jarrones de veinte y en las enjutas los serafines de plata levantados de medio relieve menos las cantoneras y cornisas que han de ser lisas y dicha obra a de jugar de la parte de dentro como por la parte de fuera = y la urna para poner el Santisimo sea de executar de madera dorada de pan sin llevar plata = y las quatro bolas han de ser de madera doradas de pan y en las pechinas de la parte de dentro sean de poner quatro atributos de Nuestra Señora el Sol la Luna la Paloma y el Cipres y sobrepuestos de plata y dorado de oro molido y las zerchas de los arcos de la parte de dentro y de la parte de afuera a de haber un dedo de ancho cada una y doradas de oro molido la qual dicha obra de la urna sea de executar como las andas de la yglesia de Santa Maria de Salamanca. Que las dichas andas executadas en conformidad referida no han de llevar mas que ochocientas onzas de plata y cinquenta onzas mas o menos con declaración y condicion expresa de que sillevare las dichas andas ochocientas cinquenta de onzas de plata estos se le han de pagar por la dicha fabrica al dicho Juan de Figueroa o persona en su nombre pero si llevaren mas de las ochocienta cinquenta onzas de plata la demasia poca o mucha que obiere desde luego para cuando llegue el caso el dicho Juan de Figueroa . las cede y alarga por via de limosna para Nuestra Señora de San Lorenzo ... y la plata referida se le a de entregar en esta ciudad acabadas que sean las dichas andas y traidas a ella a costa y riesgo del dicho Juan de Figueroa = Y por la hechura de la obra referida acabada a satisfacion oro bronce y maderaje y todo lo necesario para la armazon deíla poniendo la fabrica tan solamente la plata se le han de dar al dicho Juan de Figueroa setecientos ducados de vellon puestos y pagados en esta ciudad y al tiempo de la entrega de la plata y no antes porque hasta como va referido las haya puesto en esta . ciudad a su costa y riesgo no se le ha de dar plata ni maravedis ningunos y toda dicha obra la a de costear de su caudal. Que las dichas andas acabadas en la forma referidas han de estar en esta · d d para el dia del Corpus del año de 1693 a tiempo que si la dicha fabrica ClU a l" 'd quisiere usar dellas el dia referido lo pueda hacer y que par~ que se iqu1 e el peso de la plata que han de llevar las dichas andas a de tv~~a~ el .J~an de Figueroa a la dicha fabrica quien han de enviar persona a a ic a c1u ad de Sa.laanan.ca para que asis ·ba ail peso de la plata y traiga. fe del conitraste para que DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. 191 ae le de y pa g ue al dicho Juan de Figueroa la plata que llevaren dichas andas en la conformidad que va declarado en las condiciones antecedentes. Que si para la pe rfecion de la obra de las dichas andas se obrare mas en ellas que lo que demuestra la planta y esta executado en las andas de San Martin de la ciudad de Salamanca no a de poder pedir el dicho Juan de Figueroa mejoras ningunas porque se las hubiere las cede por vía de limosna para Nuestra Señora. Que la fabrica sea de obligar al cumplimiento de lo referido y el dicho Juan 1e Figueroa en la misma forma y siendo necesario afianzar a satisfacion dela dicha fabrica. Don Andrés Bueno La escritura de obligacion se otorga en Valladolid a 25 de agosto de 1692 entre el licenciado don Andres Bueno cura propio de la yglesia parrochial de N.ª S.ª de San Lorenzo Familiar del Santo Oficio de ella, Juan García escribano de esta corte y Chanchilleria mayordomo de la fabrica y Juan Juarez Marroqui alcaide de la caree) de esta ciudad y de la otra Manuel de Arana escribano de su magestad en nombre de Juan de Figueroa Vega platero vec ino de la ciudad de Salamanca . (A. H. P. de Valladolid. N.0 2521. Folio 552.) PEDRO GARRIDO Santuario de Nuestra Señora de las Ermitas. Obispado de Astorga . Frontal. En la ciudad de Valladolid a 3 del mes de setiembre de 1695, parescio pre - sente Pedro Garrido platero vecino desta ciudad y dixo se obligaba y obligo de hacer un frontal con su marco de plata conforme a la traza que hizo el otorgante que quedo en su poder para el santuario de nuestra de las ermitas en el reyno de Galicia obispado de Astorga el qua! hara conforme a las medidas que se le han dado de chapa zincelada y de lebantado medio relieve y los estipites que parecieren necesarios de chapa en los sitios donde fueren menester y las demas tapajuntas de las chapas baciadas y las tapajuntas del marco de dicho frontal irán bien vaciadas que sean unas bi chas y en medio de dicho frontal un retrato de Nuestra Señora de cuerpo entero y medio relieve con una orla de serafines = y en la zenefa sean de poner a cada lado un atributo diferente de loa de Nuestra Señora = y con estas calidades se obliga en hacerle conforme arte y arreglándose a la traza y a vista de dos plateros y del contraste de la ciudad .. . y le a de dar acabado y puesto en la ciudad de Astorga para el día quince de febrero del año que viene de 1696 .. . y desde luego confieso que para en quenta e parte del pago de la plata y hechura del dicho frontal averiguado realmente y con efecto el Yllmo Señor don Fray Antonio de Sanju obispo de la ciudad de Astorga por mano del Padre Fray Gabriel Lozano relixioso del orden de Santodomingo su mayordomo doze mil noventa Y tres reales de vellon los qua;les se .dio por bi en contento ... y por razon de la hechura de dicho fron- 192 ESTEBAN GARCÍA CHICO tal Y marco se le ha de dar y pagar por cada marco de plata de lo que pesare a razon de cuatro ducados de vellon ... Pedro Garrido Juan López del Aguila . Ante mi Bernardo Ablitas Aroco. Obispado de Astorga. Cruz procesional y otras joyas. En la ciudad de Valladolid a tres dias del mes de setiembre de 1695, parecio presente Pedro Garrido platero vecino de la ciudad y dixo que se obligaba Y obligo de hazer una cruz de plata para la parrocha! de peso de doscientas onzas de plata y un incensario y naveta de peso de quarenta onzas de plata y un platillo Y vinageras de plata de peso de veinte onzas todo e ello en perfecion Y conforme arte a la disposicion de los otorgantes y a vista de dos plateros Y del contraste de esta ciudad de que entregara certificacion para que conste su peso liquido y dicha obra es para la yglesia parrochal del lugar de Aroco reyno de Galicia obispado de Astorga y dichas alhajas las dara acabadas y puestas en la dicha ciudad de Astorga para el día de todos los Santos desde presente año Y el conducirlo a esta ciudad de Astorga sera de cuenta de dicha parrochia de Aroco. .. por la hechura de las dichas piezasse le a de pagar por cada marco de plata de los que pesar a razon de veinte y ocho reales de vellon el marco ... Pedro Garrido. Juan Perez del Aguila . (A . H. P. de Valladolid . N.º 2598. Folio 394.) DANIEL GOUTIER Palencia. Cofradía de la Soledad. Arco de plata. Sea notorio a los que vieren la presente escritura de obligacion y contrato como nos de la una parte Daniel goutier de nazion borgoñes maestro arquitecto de plateria residente en esta ciudad y jacinto gonzalez del mismo oficio vecino della como principales obligados .. . el licenciado don joseph santos cura y racionero titular de la santa yglesia cathedral de esta ciudad y thomas dominguez de fuenmayor mercader vecino della como sus fiadores llanos cumplidores y pagadores . .. = y de la otra mathias gutierrez alcalde de la cofradía de Nuestra Señora de la Soledad ynclusa en el convento de nuestro padre San Francisco y manuel de olaso cofrade de ella y comisario nombrados por sus acuerdos para lo ynfraescripto ... decimos que · por quanto para mayor culto y reverencia y devocion de Nuestra Señora en su c· apilla por los dichos acuerdos tienen resuelto y acordado se haga un arco de plata con sus rayos adorno y lucimiento que coxa todo el cuerpo de su santa ymagen con la plata que tiene la dicha cofradía y aplicado el ser licenciado don juan muñoz abogado de los reales consejos theniente de correxidor de esta ciudad de diferentes causas en el DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. 193 tiempo de su juzgado y la que ha dado y ofrecido diferentes devotos y cofrades Y todo demas que piadosamente se consiguiere y sacare de limosnas y para ese fin sea hecho traza y condiciones por manuel miranda platero vecino de la ciudad de Valladolid a que sean añadido las que contiene otro memorial con las quales se ajusto y concerto su hechura con yntervención de los dichos theniente Y comisarios con los dichos daniel goutier y jacinto gonzales en dos mil dos cientos reales pagados durante el tiempo que fueren labrando y executando el dicho arco de plata .. . segun y la forma que contiene dichas condiciones en todo guardando sus medidas y labores y proporciones según la traza y disposición en ellas expresadas con la plata que se nos a entregado y habemos recibido por peso que al presente son ciento treinta y una onzas y real de plata y la demás que se nos fuere entregando... y le daremos perfectamente acabado puesto y asentado a nuestra costa en la peana y trono de Nuestra Señora para el día domingo quinto de cuaresma que llaman de san }azaro del año proximo que viene de setecientos trece llanamente y sin pleito alguno... y asi lo otor· garon ante el presente escribano y testigos en la ciudad de palencia a veinte 7 dos de noviembre de mil setecientos y doze años. Daniel Goutier. Tomás Dominguez. Jacinto González. Matías Gutiérrez. Ante mi Francisco Montero Don José Santos. Manuel de Olaso . Condiciones con las que se ha de hacer el resplandor para Nuestra Señora de la Soledad son las siguientes : l. Que el dicho resplandor haya de ser de dos haces y los planos del Y los rayos han de hazer a dos hazes todo ello de chapa de plata y en los blancos levantadas sus ordenanzas zinceladas de medio relieve y los rayos levantados los lomos del medio. 2. Que los rayos han · de ser soldados una chapa con otra de suerte que · hagan cada rayo con el haz y en ves de una misma suerte y en las juntas de las chapas de la zercha a de llevar seis serafines de una cara y otros seis de la otra que sirvan de tapa juntas y estos han de ser baziados por ser necesario tengan fuerza en dichas juntas. 3. Tambien en la junta del centro de en medio punto del arco a de llevar dos tarxetas de chapa de plata levantadas de medio relieve que haga tapaxunta y sirva de decoro al dicho arco y encima del dicho zerramiento a de llevar una cruz a dos hazes de chapa levantada de medio relieve Y soldada porque no pese mucho y toda la dicha obra a de ser fixa con sus tornillos Y portezuela por la parte de adentro del dicho arco para que si en algun tiempo se quisiere desarmar y blanquear sin derrotarle ni hechar a perder nada. 4. Que el alma del dicho arco a de ser de madera que a de poner el que le hiciere y el herraxe necesario asi para fixar el dicho arco como para fixarle y asentarle en el trono de la ymaxen. 6. Que se seguira lo que dize arriba reservando que los serafines no han de ser baciados sino levantados de medio relieve. 6. Se añade la tarxeta con dos anxeles de cuerpo entero tocando a la cruz 200 ESTEBAN GARCÍA CHICO sarios que sirvan del menos estorbo que puedan repartiendolo por terceras partes de modo que cada una cierre en los dos estípites que van para la divisoria de los tres y en el escudo del medio sean de hechar y poner las armas del Cabildo con dos angeles que tengan en las · manos de atributos que puedan ser espigas y racimos y en los de los lados sean de hechar dos jarras de azucenas Y en todas tres ademas de lo dicho en el medio sean de hechar los adornos correspondientes bien cincelados limpios y tersos segun arte asi en ellos como en el marco. 4. Que los tres escudos de traza de forma que se puedan quitar y poner en los tres angulos del carro triunfal de forma que con el adorno que se pudiese en los tableros del haga juego a perfecion en dicho carro a lo mismo en el altar maior sin que sea necesario añadir ni quitar nada para su servicio perfecto. 6. Que para la obra a de dar el expresado señor don manuel agustin mili Y quinientas onzas de plata con las que se obliga los referidos andres francisco espetillo y consortes hacerlas íntegramente y si mas onzas fueren necesarias no sea de dar precio alguno por la labor y perfecion de las que este diesen de las dichas mili y quinientas onzas. 6. Que la expresada obra la han de dar fenecida y acabada a satisfacion del señor dean y del referido señor don manuel agustin como fabriquero de la dicha santa yglesia quatro dias antes del dia del Corpus Christi del año . que viene de mili setecientos cinquenta y cinco a modo que pueda servir perfectamente para el dicho día del Corpus Christi y en caso que los otorgantes falten á esta condicion han de perder los dichos maestros y fiadores dos mili reales de bellon del precio que se les deba dar por las onzas de plata que labrasen. 7. Que para cumplir mexor la condicion antecedente solo han de recibir el dicho andres francisco espetillo y juan francisco velasco maestros y los fiadores tres mili reales de vellon y a lo mas quatro mili hasta dar la obra fenecida y entregada a satisfacion de los dichos señores dean y fabriquero Y del maestro o maestros del arte de platería que se nombraren por ambas partes Y la juzgasen los que sean de satisfacer y pagar. 8. Que si alguna pieza de las que se hiciesen no saliesen a gusto Y satisfacion de dichos señores maestros que la reconociesen de haya de volver hacer nueva a costa del dicho andres francisco y consortes sin que por esto se haya de dar por su labor precio alguno mas que el peso de las onzas que se entregaren. 9. Que la plata que se les a de entregar para dicha obra a de ser en su calidad a satisfacion de los referidos maestros y la que estos volviesen a entregar labrada a de ser marcada por el contraste de la ciudad para mayor seguridad se entregaron a los dichos señores andres francisco espetillo Y con demas consortes trescientas o quatrocientas onzas de plata cada vez Y labradas estas y entregadas dicho fabriquero se les dara otras tantas mas o menos segun pareciere de modo que por tercios os sea de hir entregando la plata a dichos maestros y fiadores y estos lo han de devolver a entregar del mismo modo hasta su cumplimiento. 10. . Que por ningun camino ni con prestesto alguno sea da poder sacar hazer pi: :: a alg~m:i fuera desta ciudad sino que todo se haya de hazer en DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. 201 ella labrandolo y fabricandolo a vista de lo dichos señores dean y fabriquero ya nombrados. 11. Que para mejor cumplimiento de la expresada obra y que pueda concluir en el termino que queda señalado han de empezar a trabajar en ella de asiento en esta ciudad los referidos andres francisco espetillo y juan · francisco velasco desde el día quince del mes de octubre proximo deste año sin poner en ello escusa ni dilacion alguna. 12. Que toda la dicha obra sea de hazer segun y como se demuestra en la traza que a de estar firmada del dicho señor manuel agustín la que los expresados maestros han de hazer y ejecutar bien labrado cincelado y bruñido de . modo que los campos tengan lucimiento con el mayor primor y arte . Con cuyas calidades y condiciones nos obligamos yo el dicho manuel agustín pedrejon como tal administrador de las obras y fabrica de la dicha santa yglesia y nos los dichos andres francisco espetillo juan francisco velasco bernabe lo pez y juan calvo principales y fiadores de mancomun... asi lo otorgaron y todos lo firmaron y yo el escribano doy fe les conozco siendo testigos phelipe pinedo capellan en esta ciudad jose antiguedad vecino de ella y joseph gonzalez de villa alguacil de los quatro deste real adelantamiento. Don Manuel Agustín Pedrejón Bernabé López Paso ante mi Gregorio Boto Prieto (A. H. P. de Palencia. N. 0 2.302. Folios 281 y 282.) Palencia. Catedral Carro triunfante Juan Calvo 7 diciembre 1725 ... el señor canonigo agustín fabriquero de estan yglesia como pensando componer el carro donde sale el Santísimo en la solemne procesion del Corpus en fuerza del acuerdo del Cabildo av ía bajado a esta ciudad dos plateros de valladolid por quienes con deseos de encargarse de esta obra se avía dado un diseño o planta obligandose a no esceder de dos mil onzas de plata y executarla a razon de siete reales por onza con otras diversas condi c iones en razon del apropio de la plata necesaria Y caudales en cuia inteligencia deseaba que el Cabildo dispus i ese lo que fuese de mayor satisfacion en orden a tratar o no del ajuste de dicha obra Y enterado el Cabildo suspend io por aho ra la resolución acordo que para tomar la se ci tase en uno de los dias de la proxima semana . Domingo 12 diciembre 1751. Cabildo Claustral. Pasose a tratar sobre la obra que se intenta por el señor canonigo fabriquero en el carro del Santísimo segun queda relacionado en el proximo y aviendo dado cada uno de los señores presentes su di ctamen se acordo se executase dicha obra y que fuese con todas las magnificencias posibles a cuyo fin se hiciese sacar un diseño o traza con todo el aparato Y decencia que sea correspondiente. 202 ESTEBAN GARCÍA CHICO Miercoles 5 junio 1754 ... aviendo hecho presente el señor canonigo don pedro agustin como se hallaba perfectamente concluida la obra del carro triunfal que avia construido para llevar al Santísimo en la solemne procesion del Corpus cometio el Cabildo al señor Dean su reconocimiento . Miercoles 12 junio 1754 ... leyose otro memorial presentado por parte de andres francisco espetillo artífice platero vecino de la ciudad de valladolid de cuyo cargo y de francisco espetillo su hi jo ha corrido la obra del carro concluida dicha obra con el maior esmero excediendo al diseño y traza que se le entrego pido y suplico con el maior rendimiento que en atencion a los crecidos gastos que ha hecho estando soportando en el discurso del año que se ha mantenido trabajando en esta ciudad se le mande librar alguna ayuda de costa en cuia ocasión el señor dean del reconocimiento que en virtud de la orden del Cabfülo aiv.ia h ec ho de la di ci ha obra con ei señor canonigo fabriquero y que en su inteligencia hallaba proporcionado el que les diese de guantes de cinquenta a sesenta doblones y enterado el Cabildo teniendo como tiene plena satisfacion de la justificacion de dicho señor Dean Y fabriquero dejo a su arbitrio el agasajo a dichos maestros con la grati - fication que contentase correspondiendo a su trabajo y obra. (Archivo de la Catedral de Palencia . Libro de Acuerdos del Cabildo.) Yten dos quentos novecientos y nueve mil seiscientos y dos maravedís que tuvo de costa la fabrica del carro triunfante. Por la hechura de las 3.228 onzas de plata inclusas 978 del carro antiguo Y demas plata vieja que tenia la yglesia pago el di<'ho señor veinte Y dos mil quinientos noventa y seis reales a siete reales cada onza. Por coste de dorar la custodia y todo lo ciernas del carro antiguo excepto el dorado de San Antolin de la custodia que lo hizo un devoto a su costa diez Y seis mil seiscientos ochenta reales de vellon. A Ventura Ramos maestro tallista por el armazon para el asiento de la plata el qual reside en la ciudad de Vallid mil seis cientos reales. A Pedro Alvarez maestro de coches que reside en Palencia mil quinientos reales por el armazon para el movimiento del carro. A juan Cabañas platero contraste de esta ciudad por pesar toda la plata del carro treinta reales de vellon. (Archivo de la Catedral de Palencia. Libro de Cuentas. Años 1752 a 1756.) Aderezo de plata Yten tres mil quatro maravedis que dicho señor pago a Andres Espetil!o platero por blanquear y lucir las dos lamparas del altar mayor Y bl~nquear el San Antolin hechar una chapa a un cañon de los faroles que peso cinco ochavas y hechar un tornillo nuevo a un cirial. Año 1756. · . Yten diez y seis mil setecientos y cinquenta y quatro maraved1s que DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. 203 dicho señor pago Andres Espetillo artifice platero 6800 de unas vinageras que hizo para la capilla de la· Concepcion que pesan ocho onzas a cinco reales la onza; 7. 812 por quatro vasos de plata que hizo para los refrescos de los sermones que pesaron nueve onzas y cinco ochavas y media 20 reales incluso 36 de su hechura y los 2.142 maravedís restantes por componer tres veces los invensarios soldar una pieza de ellos blanquearles y componer Y aderezar quatro candeleros. (Archivo dela Catedral de Palencia. Libro de Cuentas. Años 1756 a 1760.) JUAN SANZ Medina de Ríoseco. Santa Cruz. Frontal de plata Está compuesto de tres compartimentos separados por grupos de columnas, y en el centro de cada uno hay un medallón con escenas de la Invención y Triunfo de la Cruz, cercado de ángeles que ostentan atributos de la Pasión. En el dibujo de esta excelente pieza, debida a la inspiración del maestro salmantino Juan Sanz (1759) se aprecia la influencia del estilo Luis XV, · de esa época de voluptuosidad, en que las costumbres disolutas imprimieron su sello a la línea hasta hacerla lánguida como una caricia. En diversas chapas está el punzón del artista juntamente con el escudo de la ciudad de Salamanca. TORIBIO SANZ DE VELASCO Medina de Ríoseco. Santa María. Frontal y candelabros Don Toribio Sanz de Velasco artifice platero vecino de la ciudad de salamanca principal obligado y don Andres Gutierrez fiador de la misma vecindad = decimos que con motivo de haberse fijado en ella y otras varias ciudades edicto y oficiales comisionados de la yglesia parroquial de Santa Maria de la ciudad de Medina de Ríoseco a fin de solicitar artifice que construya un frontal de plata candeleros y otras cosas señalando un remate para el dia 25 de marzo proximo pasado me presente yo el insinuado don Toribio en la ciudad de Medina de Ríoseco y junto en el mismo dia celebro la feligresia con la solemnidad y en el sitio que acostumbra y habiendo tratado y conferido el particular con presencia de trazas para lo uno Y lo otro me fue adjudicada bajo diversas condiciones como mejor licitador en competencia de don Juan Gabriel Fernández otro artífice platero vecino de la ciudad de Ríoseco como resulta acordado por la feligresia abades Y mayordomos de quienes y. de mi el don Toribio se halla firmado en el libro de acuerdos della por la fee de Francisco Garcia de Toro escribano de numero sin embargo de lo qual y de haber tomado para mi gobierno copia simple de las diChas condiciones a maior abundamiento aquí se insertan Y son del tenor siguiente: 204 ESTEBAN GARCÍA CHICO Frontal l. Que ha de ser hecho arreglado a la traza que a estado presente hecho de relive correspondiente a la labor que se figura y va firmada de Jos señores cura mayordomos don Fernando Largo mayordomo de fabrica y don Joaquín Pailencia como tairnbién del precitado don Toriibio Sanz por quien se a de volver a la entrega de la labor y sin separarse del estilo se a de permitir variar en alguna cosa el adorno en memoria y lucimiento de la dicha obra por hacer distintas vistas el dibujo de pequeño a grande. 2. Que los colgantes de que parecen pendientes las tarjetas y tambien los sobre puestos que sean de poner en el marco del dicho frontal tres angeles que se figura en el mismo dibujo y dos tarjetas que tiene a los lados con los dos atributos flor y cipres han de ser de cobre. 3. Que todos estos sobrepuestos colgantes y demas atributos que se espresan en la segunda seran seguros con tornillos y tuercas en sus respectivos lugares. 4. Que las tres tarjetas que figuran en el diseño solo se haran las dos colaterales en una el castillo que se ve en el y en Ja otra qualquier atributo de Nuestra Señora y la del medio acomodara la que estuviere en el frontal viejo arreglando a su figura el mismo diseño de la trajeta. 5. Que estas dos tarjetas de que se hace mención en Ja quarta sus centros en que se figuran los atributos han de ser tambien de cobre. 6. Que todo lo de cobre a de ser dorado a fuego excepto la tarjeta del medio que ya se halla dorada y sea de obligacion del artífice darlo con perfecion color de Alemania como a todo lo demas . ... ... ... ... ... ... .. . ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... 9. Que para la obra del frontal y candeleros dara fianzas necesarias al total de su valor y cumplimiento de condiciones con personas de todo abono en Salamanca ... 10. Que la obra a de ser vista por un artífice que elijan los señores comisarios y otro en caso necesario podra nombrar el maestro para ver si en todo estan cumplidas las condiciones con arreglo al mas perfecto arte. 11. Que la plata de toda la obra a de ser marcada por el contraste ensayador de que hara elecion dichos señores comisa~ios de quienes va firmado el diseño a su arbitrio. 12. Que a el peso y reconocimiento de la obra arreglada a el diseño Y condiciones anteriores asistiran los señores comisarios o diputaran persona que desempeñe esta confianza y se estara por lo que asi fuese ejecutado. Candeleros y cruz 13. Que la altura de cada uno de Jos candeleros ha de ser de una vara o algo más · arreglándose por pitipie al diseño que está presente Y va firmado de los señores que lo está el de el frontal y se devolverá igualmente con alli se dice. 14. Que en todo han de ser de la misma labor solamente que en los escudos asi de manzana en suviento como de el pie los atributos que dedemuestran sean de baciar poniéndoles correspondientes a los Misterios de Nuestra Señora. DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. 205 16. Que los atributos han de ser de cobre a fuego y color de Alemania. 16. Que la plata vieja que ha de recibir el maestro a de ser valorada segun ley que la pondra el marcador ensayador de la ciudad de Valladolid. 17. Que en atención a que en los dorados no es facil hacer arreglo por el alto y que esta operacion recabe con mayor seguridad y menor peligro despues de ejecutados dichos dorados no conformandose los dichos señores comisarios con la cuenta que les pasara el maestro se hallanaba este a la tasa de facultat i vos inteligentes. 18. Que poi · un computo prudencial se invertira plata en el frontal como de ocho cientos a novecientas onzas el mismo computo de cruz y candeleros Y de cobre en uno y otro como de quinientas onzas todo poco mas o menos . 19. Que dara por fenecida trasladada y colocada toda la obra en todo el resto del año presente. Bajo las quales me obligue a la ejecucion de la obra a precio de ocho reales y medio por onza así de plata como de cobre que pesare dicho frontal y candeleros y qualquiera otra obra correspondiente de juego y lucimiento a la par siendo como a de ser de cuenta de la feligresía la conducion de la obra desde esta ciudad a la dicha de Rioseco y para la averiguacion de onzas de plata por mi recibida hubo necesidad de pasarlas a la censura y reconocimiento del ensayador del reino fiel contraste de la ciudad de Valladolid en cuio testimonio así lo decimos y otorgamos ante Jose de Silva Martinez escribano de S. M. y del numero de esta ciudad de Salamanca a quatro de marzo de mil setecientos noventa . .. Don Enrique de Silva ensayador de oro y plata por S. M. en sus reinos casa de moneda y fiel cont ras te tocador de oro marcador de plata y tasador de joyas de esta ciudad de Salamanca su provincia y departamento, certi - fico he ensayado tres chapas pequeñas de plata con separación una de otra de tres fundiciones que el artífice don Toribio Sanz de Velasco ha ejecutado con presencia nuestra mucha parte del tiempo que ello invirtio de la plata que al parecer truxo de Ríoseco para cierta obra y executada la primera fundición consto su peso a quinientas onzas y hecho por mi el referido ensayo salieron de ley de d :i ez dineros y dos gramos fuertes que reducidos a la de once vale la onza a diez y ocho reales once maravedís y un tercio que en total importa nueve mil trescientos cinquenta reales. El de la segunda fundicion bajo deste mismo numero dos consto su peso secientos doce onzas y salio y es de ley de diez dineros y onze gramos que vale la onza a diez y nueve reales y 17 ,33 abos de maravedís y el total importa mil seiscientos treinta y siete reales y ocho maravedises. En la tercera entraron en la fundicion quatrocientos veinte y una onza y su ley consta de diez dineros y seis gramos que valen diez y ocho maravedís y el total importa siete mil ocho cientos quarenta y cinco reales y treinta maravedís. Tambien me exibio un cofre de filigrana que no ha fundido su peso ciento veinte y quatro onzas que aunque la materia principal es superior a la ley de once dineros en atencion a la mucha soludadura que encierra no se gradua mas que a veinte reales la onza que importa dos mil quatrocientos ochenta reales. (Arch i vo del Palacio Episcopal de · Palencia .) 206 ESTEBAN GARCÍA CHICO Medina de Ríoseco. Santiago. Faroles de plata 16 febrero 1793. .. Los mayordomos de Ja cofradía del Santísimo Sacramento de la iglesia de Santiago, dixeron que mediante que la obra de dos :faroles de plata naveta e incensario que se había mandado fabricar y hacer a don Toribio Sanz de Velasco artífice platero vecino de Salamanca estaba ya concluida y puesta en esta ciudad y contrastada por el contraste de la ciudad de Salamanca segun la certificacion que tiene dada y que el peso de loa faroles es de ciento cinquenta y tres onzas y media que en la contrata solo fueron de ciento a ciento diez onzas y haberse excedido en quarenta y tres onzas y media y el de la naveta y incensario fue la contrata de cinquenta onzas y pesa cinquenta y cinco por lo que hay de exceso cinco onzas y en ambas partidas quarenta y ocho onzas y media acordaron recibir la dicha obra respecto su buena labor y trabajo y que de devolverselo a el maestro tal vez en esto se siguiera perjuicio a la cofradía y para que esto no se verifique se entrega dicha obra pagandosela toda a excecion que por razon del trabajo en las onzas de mas solo se den al dicho platero doscientos realea. (Archivo de la cofradía Sacramental de la iglesia de Santiago de Medina de Ríoseco. Libro de Acuerdos. Años 1704 a 1810). VALLADOLID. CATASTRO DEL MARQUES DE LA ENSENADA Censo de plateros Joseph Gonzalez Maestro platero Utilidad de su oficio siete reales de vellon al dia. Joseph de Santa María Maestro platero, ocho reales de vellon. Joseph Torices del Corral Maestro platero, ocho reales de vellon. Francisco Espetillo Maestro platero. Utilidad de su oficio, se le ha considerado en respuestas generales nueve reales de vellou al día. Francisco de Villamar Maestro platero, siete reales de vellon. Andrés Francisco Espetillo Maestro platero, utilidad de su oficio se le ha considerado en respuestas generales diez reales de velloll al día . Juan Alvarez de Cartabio Maestro platero, nueve reales de vellon al día. DOCUMENTOS PARA EL ESTUDIO DEL ARTE, ETC. 207 Sebastián de la Fuente. Maestro platero. Una casa en la calle Empedrada .. . , utilidad de su oficio quatro reales. Pedro Bentura Maestro platero, tres reales de vellon al dia. Basilio Hernández Maestro platero, tres reales de vellon al dia . Diego Aguilar Oficial platero, dos reales y medio de vellon Juan Santos L6pez Oficial platero, quatro reales y medio al dia. Pedro Vázquez Oficial platero, quatro reales de vellon. Santiago Quiñones Oficial platero, quatro reales. Muri6. Juan Antonio Sanz de Velasco Maestro platero. Utilidad de su oficio diez reales de vellon al dia. Clemente Miranda Maestro platero. Casa tienda. Una casa situada en la calle de la Platería con quarto bajo principal, segundo y terrero, tiene tres baras de frente y onze de fondo, regulado su alquiler en quatrocientos y quarenta reales de vellon al año, confronta con casa del conde Toreno y otra del Cabildo. Utilidad de su oficio se le a considerado en respuestas generales la de doze reales de vellon al dia. Utilidad de un patronato . Obtiene el patronato de una capellania que se cumple en la capilla de la Soledad de la Antigua de esta ciudad y le produce la de once reales de vellon al año. Carga. Tiene sobre la casa un censo perpetuo en favor de Cabildo de esta ciudad de trescientos reales y quatro maravedís al año. Joseph Escobedo Maestro platero, tiene una casa en el corral de la Copera y otra en la calle de Tenerías. Utilidad de su oficio, seis reales de vellon al dia. Doña Manuela de Santamaría Viuda . Utilidad de su oficio, nueve reales de vellon al dia. Damián Bentura Maestro platero. Utilidad de su oficio, nueve reales de vellon al dia. Antonio de Escobar Maestro platero, nueve reales de vellon al dia. 208 ESTEBAN GARCÍA CHICO Doña María López de Aguilar Viuda, seis reales de vellon al dia. Francisca Gómez Viuda , siete reales de vellon al dia . Santiago del Castillo Maestro platero, seis reales de vellon al dia . Ganado , tiene en su casa dos cerdos . Juan Fernández Yáñez de Vega Maestro platero, seis reales de vellon al dia . Miguel Fernández Yáñez de Vega Maestro platero, tiene una casa en la calle de la Plateria y gana quince reales de vellon al dia . Manuel Aguilar Salcedo · Maestro platero, tiene una casa situada en el corrillo de la Pasión ... Utilidad de su oficio, en tres reales de vellon. Leonardo Vázquez Maestro platero , tiene una casa en la calle de los Templarios. Utilidad de su oficio, tres reales de vellon . Antonio González Maestro platero. Utilidad de su oficio, nueve reales de vellon al dia. Bernardo Tovar Maestro platero, ti ene una casa al Campo Grande y zera de Santiespiritu ... Otilidad de su oficio, seis reales de vellon al dia . Murió . a) LAMINA 1 } I 11 a) Slgüenza. Catedral. Custodia proc e sional , de Juan Rodríguez Bavla. b} b Vlllafuerte de Valdesgueva . Diseño de: un cetro, por 1-fernaodo de Ocampo.